Municipio de Chihuahua par un monto total de … Trimestre... · arrendamiento de un cargador...

12
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO NUMERO O.M.-27/16-A QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS C.P. Y M.A.P. VERONICA ESTELA RODULFO BORUNDA, C.P. AIDA AMANDA CORDOVA CHAvEZ, ING. MARIO HUMBERTO vAzquEz ROBLES Y C.P. CARLOS DAVID OROZCO CHACON, EN SUS RESPECTIVOS CARACTERES DE OFICIAL MAYOR, TESORERA MUNICIPAL, DIRECTOR DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES Y REGIDOR PRESIDENTE DE LA COMISION DE HACIENDA Y PLANEACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE CHIHUAHUA, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINAAA uEL MUNICIPIO" Y POR OTRA PARTE LA PERSONA FISICA DENOMINADA C. GUADALUPE LORENA DIAZ MONTES POR SU PROPIO DERECHO, A QUIEN EN LO SUBSECUENTE SE LE DENOMINAAA "EL ARRENDADOR", EN CONJUNTO DENOMINADAS LAS PARTES,SUJETANDOSE AMBAS AL TENOR DE LO SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS: ANTECEDENTES 1\ 1. Que mediante formate de solicitud de arrendamiento para someter a Cornite de Compras del IJ Municipio de Chihuahua, ia Direcclon de Servicios Publicos Municipales solldto la aprobacion para iniciar con el procedimiento de lidtacion publica, relativa ai arrendamiento de un / cargador frontal y dos compactadores de basura para trabajos del Relleno sanitario del (1. 1 Municipio de Chihuahua par un monto total de $3,000,000.00 M.N. (Tres Mi/lones de Pesos 00/100 Moneda Nacional) y un monto total de $6,000,000.00 M.N. (Seis Millones de Pesos , . !/ '\,/' i ' 00/100 Moneda Nacional) respectivamente, mismos que incluyen 10 correspondiente al '! i Impuesto al Valor Agregado; cuya justificaclon radica en que el arrendamiento de las h maqulnas es indispensable para los trabajo de cornpactaclon de la basura y para el arrastre V de material en el sitio de disposlcion final del relleno sanitario, trabejos que son ,h indispensables para evitar la acumuladon innecesaria de basura 10 cual puede generar accidentes, como incendios, poniendo en riesgo a Ja Ciudadania. II. Con fecha 07 de Didembre de 2016 se llevo a cabo la Sexta Sesion Ordinaria del Cornite de Compras del Municipio de Chihuahua, en el seno de la cual, entre otros asuntos mediante punto 19 y 20 se autonzo iniciar con el procedimiento de licitaclon publica, relativa al A arrendamiento de un cargador frontal y dos compactadores de basura para trabajos del / '7t---.. Relleno Sanitario, solicitado por la Direcclon de Servicios Publicos Municipales, con cargo al I ' presupuesto 2017, segun autorlzaclon otorgada por el H. Ayuntamiento en seslon nurnero LV 05/16 celebrada con fecha 02 de Diciembre de 2016; de conformidad con el articulo 31, fracclon I, 33 Y demas relativos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacion de (j Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua. 11 II 1 III. Que el Cornlte de Compras del Municipio de Chihuahua, con fecha 30 de Diciembre de 2016, ! Ii ernltio fallo adjudicatorio en la ticitacion Publica identificada con el No. O.M.-27/16, relativa flk al arrendamiento de maquinaria para ser utilizada en ei relleno sanitario dei Municipio Chihuahua, solicitados por la Dlrecdon de Servicios Publlcos Municipales, "c" l':,':...,., favor de la C. GUADALUPE LORENA DIAZ MONTES la partida UNO relativa ?10" \2] tJ(''j,'';y """ = .. ""' = .. , =""", !!!!!! = ""' """. = ..=. .. LUN I KAI U VI: LILli ALiUN PUtlLlLA U.M.L // l.b-A LtLttlKALJV tN I Kt El MUNICIPIO DE CHIHUAHUA Y LA PERSONA FfslCA ... I' LORENA DiAl MONTES, DE FECHAr DE ENERO DE 2017. YNC/NSLP(VRM ,--- _//.:..r,fi '../i co"".···· JI0"j,o(. f ,g--"---

Transcript of Municipio de Chihuahua par un monto total de … Trimestre... · arrendamiento de un cargador...

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO NUMERO O.M.-27/16-A QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS C.P. Y M.A.P. VERONICA ESTELA RODULFO BORUNDA, C.P. AIDA AMANDA CORDOVA CHAvEZ, ING. MARIO HUMBERTO vAzquEz ROBLES Y C.P. CARLOS DAVID OROZCO CHACON, EN SUS RESPECTIVOS CARACTERES DE OFICIAL MAYOR, TESORERA MUNICIPAL, DIRECTOR DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES Y REGIDOR PRESIDENTE DE LA COMISION DE HACIENDA Y PLANEACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE CHIHUAHUA, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINAAA uEL MUNICIPIO" Y POR OTRA PARTE LA PERSONA FISICA DENOMINADA C. GUADALUPE LORENA DIAZ MONTES POR SU PROPIO DERECHO, A QUIEN EN LO SUBSECUENTE SE LE DENOMINAAA "EL ARRENDADOR", EN CONJUNTO DENOMINADAS LAS PARTES,SUJETANDOSE AMBAS AL TENOR DE LO SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

1\ 1. Que mediante formate de solicitud de arrendamiento para someter a Cornitede Compras del IJ

Municipio de Chihuahua, ia Direcclon de Servicios Publicos Municipales solldto la aprobacion para iniciar con el procedimiento de lidtacion publica, relativa ai arrendamiento de un / cargador frontal y dos compactadores de basura para trabajos del Relleno sanitario del (1.1

Municipio de Chihuahua par un monto total de $3,000,000.00 M.N. (Tres Mi/lones de Pesos 00/100 Moneda Nacional) y un monto total de $6,000,000.00 M.N. (Seis Millones de Pesos , .!/ '\,/'i ' 00/100 Moneda Nacional) respectivamente, mismos que incluyen 10 correspondiente al

'!

i Impuesto al Valor Agregado; cuya justificaclon radica en que el arrendamiento de las h maqulnas es indispensable para los trabajo de cornpactaclon de la basura y para el arrastre Vde material en el sitio de disposlcion final del relleno sanitario, trabejos que son ,h

indispensables para evitar la acumuladon innecesaria de basura 10 cual puede generar accidentes, como incendios, poniendo en riesgo a Ja Ciudadania.

II. Con fecha 07 de Didembre de 2016 se llevo a cabo la Sexta Sesion Ordinaria del Cornite de Compras del Municipio de Chihuahua, en el seno de la cual, entre otros asuntos mediante punto 19 y 20 se autonzo iniciar con el procedimiento de licitaclon publica, relativa al A arrendamiento de un cargador frontal y dos compactadores de basura para trabajos del

/'7t---..Relleno Sanitario, solicitado por la Direcclon de Servicios Publicos Municipales, con cargo al I '

presupuesto 2017, segun autorlzaclon otorgada por el H. Ayuntamiento en seslon nurnero LV 05/16 celebrada con fecha 02 de Diciembre de 2016; de conformidad con el articulo 31, fracclon I, 33 Y demas relativos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacion de (j Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua. 11

II1

III. Que el Cornltede Compras del Municipio de Chihuahua, con fecha 30 de Diciembre de 2016, ! Ii ernltio fallo adjudicatorio en la ticitacion Publica identificada con el No. O.M.-27/16, relativa flk al arrendamiento de maquinaria para ser utilizada en ei relleno sanitario dei Municipio q't:>dik:iis~" Chihuahua, solicitados por la Dlrecdon de Servicios Publlcos Municipales, adjudicandose!a~.~";·fY)

"_<~:".<- "c" l':,':...,.,favor de la C. GUADALUPE LORENA DIAZ MONTES la partida UNO relativa ?10" \2]

tJ(''j,'';y =.~="""=..""'=.., =""", !!!!!! """"""""""""~~"IT!'= ""'""".= ..=. ..~"""""'~ LUN I KAI U VI: LILli ALiUN PUtlLlLA U.M.L // l.b-A LtLttlKALJV tN I Kt El MUNICIPIO DE CHIHUAHUA Y LA PERSONA FfslCA DENO~,...:J;t;,_~k,:§,~~:€ :!~,,~:_v,.w;'~:t~'l~7I'GUADALUP~ LORENA DiAl MONTES, DEFECHAr DE ENERO DE 2017. YNC/NSLP(VRM ,--- _N_g]".t§!~'L~'-~ _//.:..r,fi ~!!6!-.J'../i co"".···· JI0"j,o(.f ,g--"--- c;~~~~~~,),~u:~f~J~;/

arrendamiento de un cargador frontal para ser utillzado en ei Relleno Sanitario tal y como se acredita con el acta de esa misma fecha suscrita por el Comlte.

DECLARACIONES

I. Declara "EL MUNICIPIO", por conducto de sus representantes legales y bajo protesta de dedr verdad, que:

1. De conformidad con 10 dispuesto por los artlculos 115, fracdon II, de la Constitudon Polftica de los EstadosUnidos Mexicanos; 132 de la Constituclon Polftica del Estado de Chihuahua, 8 y 11 del C6digo Munidpal para el Estado de Chihuahua, es una instltuclon de orden publico con fa personalidad jurfdica y patrimonio proplo, siendo considerada parte integrante del Estado de Chihuahua, al igual que los otros 66 (sesenta y seis) municipios de la entldad, asf como base de su orqanlzadon territorial, politka yadministrativa;

2. Sus representantes cuentan con las facultades sufidentes y necesarias para suscribir el presente contrato, atendiendo a 10 prescrito por los artfculos 2, 35 fracoon II, 64, fracdon XI, 66, fracdones III, 67 del C6digo Municipal para el Estado de Chihuahua, entre otras disposidones vigentes yaplicables;

3. Cuenta con los recursos, solvenda y liquidez necesarios a fin de dar cumplimiento a las obligadones que contrae por virtud de la suscrtpclon del presente, manifestando que las erogaciones respectivas se encuentran debidamente previstas por las dlsposlciones presupuestales vigentes yaplicables;

4. 5e encuentra debidamente inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, contando con la Cedula de Identlflcadon Fiscal MCI-65101D-V22, estando a la fecha al corriente de los /impuestos y dernas contribuciones que Ie han correspondido de conformidad con la ,

leolslaclon fiscal vigente y aplicable; In!' l

5. Que seiiala como domicillo legal el de la Ofidalfa Mayor, situado en la CalleTamborel y g", nurnero 700 de la Colonia San Rafael c.P. 31050, telefono 072, en la Ciudad de Chihuahua, j Chihuahua. I

6. Es voluntad de su adrninistraclon suscribir el presente contrato, con el proposito de redbir de "EL ARRENDADOR" los BIENES, atendiendo en todo momenta a los terrninos y );condiciones descritos en el clausulado siguiente.

I1/'II. Declara el "EL ARRENDADOR", por proplo derecho y bajo protesta de decir verdad, que:

1. Es una persona f1sica, mexicana, mayor de edad, en pleno uso y goce de sus facultades 1hfisicas y mentales, por 10 que cuenta con la capacidad necesaria para suscribir el presente contrato; LV-,

2. No se encuentra en ninguno de los supuestos contemplados por el articulo 42 de la Ley de r) Adquisidones, Arrendamientos, Contratacton de Serviclos y Obra Publica del Estado de ! Chihuahua, por 10 que cuenta con la legitimidad para suscribir el presente; if

3. Cuenta con los recursos materiales y humanos necesarios y suficientes a fin de ObligarS~@I,~:,'~~ '''''';;,,;>~;..o-''··':''_~1 '

tenor del presente contrato, asi como la liquidez y solvencia requeridos para dicho efect<f"(';',.:, " I (S~~>~~} ;.~j !

'..../\-...''-.

em ~zr-)\t. __~:j'-' - , '

I

4. Se encuentra debidamente inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes, contando con Cedula de Identitlcadon Fiscal DIMG631217EP1, estando al corriente del pago de las contribuciones e impuestos que Ie han correspondido a la fecha;

5. Se encuentra debidamente inscrlta en el Padron de Proveedores del Municipio de Chihuahua con fecha de recepcion desde el 21 de Diciembre de 2016.

6. Que seFiala como domicilio para air y recibir todo tipo de notificaciones y documentos relacionados con el cumplimiento y ejecucion del objeto del presente contrato, incluyendo los de caracter legal yjo fiscal, el ubicado en la Calle Clpres, nurnero 1109-3, Colonia Granjas, c.p 31100, Teletono 614-421-15-00, en la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua;

7. se encuentra debidamente autorizada ante las autoridades fiscales competentes para expedir los cornprobantes a ser otorgados al MUNICIPIO contra el pago de las contraprestaciones acordadas en este contrato, y;

8. Es su Iibre voluntad celebrar el presente contrato, a fin de otorgar el usa y goce de los BIENES al MUNICIPIO, rnlsrnos que son descritos en la C1ausula Primera del mlsrno, atendiendo en todo momenta a los terminos y condiciones descritos en el clausulado siguiente.

III. Declaran las PARTES, por conducto de sus respectivos representantes legales la primera y por sus propios derechos la segunda y bajo protesta de dedr verdad, que se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan, edemas de concurrir a la suscripdon del presente contrato de buena fe, encontrandose libres de dolo, violenda, error, lesion 0 cualesquiera otros vicios en su consentimiento, con el proposito de obligarse al tenor de las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.OBJETO. Bajo los terrnlnos y condiciones de este instrumento, "EL ARRENDADOR" Y "EL MUNICIPIO", celebran un contrato relativo al arrendamiento de maquinaria para ser utilizada en el Relleno Sanitario del Municipio de Chihuahua, conforme a las caracterfsticas y especificaciones Tecnicas descritas en el Anexo 4 (Tecnico), de las bases de la l.ldtacion Publica O.M.-27j16, el cual presento "EL ARRENDADOR" debidamente firmado y que para efectos legales del presente Ainstrumento se consideran como si a la letra se insertasen y que a contlnuaclon se describe: Ii PARTIDA UNO.- ARRENDAMIENTO DE UN CARGADOR FRONTAL PARA SER UTIUZADO /"/

,

EN EL RELLENO SANITARIO DEL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA l ! PARTIDA DESCRIPCIONCANTIDADI

01 CARGADOR FRONTAL CON CAPACIDAO DE AL MENOS 4 YARDAS CUBICAS EN LA PALA DE CARGA, MANIOBRAS DE TIERRA ARCILLLA, CAUZA Y OTRAS, BASURA EN PAllO DE TIRO EN EL RELLENO SANITARID DEL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA, CORTE DE TERRENO,

UNO 01 MOTOR DIESEL, TRASMISION AUTOMATlCA, NEUMATlCA, MONTADA EN RUEDAS DE ACERO.

MARCA KOMATSU, AND 1997, MODELO WA-SOO, SERlE A61193, TlPO CARGADOR FRONTAL

INCLUYE: FLETE, MANTENIMIENTO PREVENTIVO CORRECTIVO, BITACORA DE SERVICIO Y (HOROMETRO), GRASAS, LUBRICANTES Y FILrnos DE AIRE HIDRAUUCOS, FILmos DE DIESEL, OPERADOR CAUFICADO, SEGURO DE COBERTURA AMPlIA QUE INCLUYA ENTRE OTRAS DANOS TERCEROS, A OPERADORES, SINIESTROS A LA PROPIA UNIDAD, INCLUYENDO COBERTURA POR ROBO.

NO INCLUYE: COMBUSTIBLES

I jlUNlOAD DE COSTO UNITARIO POR .'\ MEDIDA HORAINCLUYEl.V.A. I

I ( PARA 4200 HDRAS LLANTA

MENSUALES ~'''"' t;

(9I j

\yY

usa ACEITES, Yr::1

A ~:':1(;,! I IiI

ry I,··,i e:' I~ \ i '~.::: h,.:~:

0fJz)} CONTRATO DE L1CJTACI6N PUBLICAO.M.27!16-A CELEBRADO ENTRE ELMUNICIPIO DECHIHUAHUA Y LA PERSONA FISICADEN~'b'A}~~,::-r , ,0'

GUADALUPE LORENADIAZ MONTES, DE FECHA1" DE ENERODE 2017. YNC!NSLP/VRM §/ .... ~<!~~}i:~i' ...,;I':·~,I!1 ) ,7 ---- .t!,. j,;.-;U .)v' ",,/(j //

. '1,;/l.<'

I

I

gabriel.pacheco
Cuadro de Texto
ELIMINADO CUATRO RENGLONES DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO No. 002/TOM/17 DE FECHA 20 DE ABRIL DE 2017, DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA Y CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 2, 5 FRACCIÓN XVII, 33 FRACCIÓN XII, 36 FRACCIÓN III, 112 FRACCIÓN I DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 43, 68, 104 FRACCIÓN I, 113 FRACCIÓN V DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA; Y, LOS ARTÍCULOS 21, 22, 26 Y 27 FRACCIÓN I INCISO B) DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA; Y ANEXO 1 DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES EN MATERIA DE CLASIFICACIÓN Y DESCLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN, ASÍ COMO PARA LA ELABORACIÓN DE VERSIONES PÚBLICAS
gabriel.pacheco
Cuadro de Texto
gabriel.pacheco
Línea

SEGUNDA. RENTA. EI MUNICIPIO se obliga a pagar al "EL ARRENDADOR" la siguiente cantidad, misma que incluye el Impuesto al Valor Agregado:

COSTOMENSUAL l PARTIDA CANTIDAD

COSTOUNITARIO POR HORA INCLUYE I.V.A. TOTAL POR

PARTIDA INCLUYE I.Y.A.

UNO 01 $1,003.38 M.N. I $200,676.00 M.N.

TERCERA. TERMINOS Y CONDICIONES. La entrega de los BIENES debera atender a los siguientes terrnlnosy condiciones:

1. EI arrendamiento de los BIENES debera ser por el periodo comprendido entre el 10

(Primero) de Enero de 2017 al 31 (Treinta y Uno) de Diciembre de 2017.

2. "EL ARRENDADOR" debera prestar el arrendamiento de los BIENES en el lugar que ocupa el Relleno Sanitario del Municipio de Chihuahua.

3. "EL ARRENDADOR" responders por los dafios y perjuidos que resultaren en la entrega de los BIENES, respondiendo de inmediato con otros de las mismas caracterfsticas que fueron solicitadas.

4. "EL ARRENDADOR" asume toda la responsabilidad con respecto a las patentes y marcas registradas, ante las autoridades y personas fisicas y morales correspondientes.

5. EI "ARRENDADOR" se obliga a entregar al MUNICIPIO a la firma del presente contrato la poliza de cobertura amplia. Ii

/Ii

6. La Dlrecdcn Servldos Publlcos Municipales, sera fa encargada de supervisar la calidad de ;/ f

los BIENES arrendados de acuerdo a 10 establecido en el presente instrumento, los

/1I.

cuales tendran que prestarse a satlsfacdon de la misma. En caso de presentarse alguna controversia en relacion a los BIENES, la dependencia seiialada debera dar aviso por I!'escrito a Oficialfa Mayor. IIr

CUARTA. TIEMPO, LUGAR Y FORMA DE PAGO. Los pagos se haran a mas tardar dentro de los siguientes 30 dias posteriores a la presentadon de aquel comprobante que reuna los requisitos impuestos por la leqisladon vigente y aplicable al momenta de pago; 10 anterior mediante transferencia electronica de fondos 0 cheques nominativos expedidos a su favor, mismos que Ie seran 4h./ !/entregados en el domicilio de la Tesorerfa Municipal, ubicado en Calle Mina numero 408, Colonia ~.

centro, C. P. 31000, en la Ciudad de Chihuahua, Estado de Chihuahua. La entrega de los comprobantes (facturas) que fueron seiialados con anterioridad se hara en el domicilio que ocupa La Dlreccion de Servicios Publicos Municipalesel ubicado en la calle Tamborel y 9a. No.700 de la Colonia ,\/San Rafael, en esta Ciudad de Chihuahua, Chihuahua. Ie/" QUINTA. COMPROBANTE DE PAGO. A fin de que "EL MUNICIPIO" se encuentre en la )n'posibilidad de pagar a "EL ARRENDADOR" por los BIENES, en terminos de la Clausula anterior, .' i i este ultimo debera expedir y entregar anticipadamente a favor de aquel comprobantes que reunpn1;' ""'.1/ los requisitos impuestos por la teqislaclon vigente y aplicable al momenta de pago. !' . .... "U Los comprobantes descritos deberan expedirse atendiendo a los siguientes datos: >d. \

/: 'i.<

~, X:'j,..;j ......._ ,_ , !!!!!!!!!!!!!! ~ CQNTKATO DE L1CITACION PUBLICAO.M.27/16-A CELEBRADO ENTRE EL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA Y LA PERSONA FISICA DENQ.W;I~~#:It.} ,\\'~\~:~1#t,.; GUADALUPE LORENA DiAl MONTES, DE FECHA r DEENERO DE2017. YNC!NSLP/VRM " \~~:·~.:t.~G~.';.IA·,-,~;.:\~/~<~~;ii

-/'J_____ '<,,,cPU;" "t," '/1r ~_ -_. - U:"dc.c; jV':.!" ~/ 9

Contribuyente: Municipio de Chihuahua

R. F.e.: MQ-651010-VIZ

calle Minanurnero408 Col. Centro, C. P. 31000 Chihuahua, Chihuahua

SEXTA. REPARACIONES NECESARIAS. En cumplimiento a 10 dispuesto por el articulo 2,311, fracdon III, del Codigo Civil para el Estado libre y Soberano de Chihuahua, el ARRENDADOR se

compromete a realizar las reparaciones que sean necesarias sobre los BIENES, con el proposlto de

conservarlos en las mismas condiciones en que se encuentran en esta fecha durante todo el tiempo

que dure el presente arrendamiento. EI MUNICIPIO se obIiga a poner en conocimiento del

ARRENDADOR, a la brevedad poslble, la necesidad de dichas reparaciones, bajo pena de pagar dafios y perjuicios que su ornlslon cause, sequn dispone el articulo 2,314 del Codigo Civil para el

Estado Ubre y Soberano de Chihuahua.

SEPTIMA. REPARACIONES ORDINARIAS. EI ARRENDADOR se obliga a efectuar las reparaciones de deterioros originados por el uso normal de los BIENES, ya que el arrendamiento incluye operador calificado quien estara a cargo del usa de los BIENES, sequn dispone el articulo 2,366 del COdigo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua.

OCTAVA. RESPONSABIUDAD DEL MUNICIPIO. Segun dispone el articulo 1,809 del C6digo Civil

para el Estado libre y Soberano de Chihuahua, el MUNICIPIO estara obligado a responder por los

defies y perjuicios causados a los BIENES por parte de sus trabajadores 0 empleados. Esta

responsabilidad cesare si se demuestra que en la cornlslon del dana no se les puede imputar ninguna

culpa 0 negIigencia.

NOVENA. OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR. EI ARRENDADOR se compromete, en adcion al resto de las obligaciones contenidas en el presente instrumento, a:

1. A conceder el uso 0 goce temporal del bien arrendado, al tenor del articulo 2,311, fracdon I, y 2,313 del C6digo Civil para el Estado libre y Soberano de Chihuahua;

2. No estorbar, de manera alguna, el uso del BIEN MUEBLE, ni a mudar su forma, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables, al tenor de los artfculos 2,311, fracclon IV, y 2,313 del Codlqo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua;

3. Garantizar el usa 0 goce pacifico del BIEN MUEBLE por todo el tiempo de que dure el contrato, en cumpIimiento del articulo 2,311, fraccion V, del Codigo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua;

4. A conservar la cosa arrendada en el mismo estado, durante el arrendamiento, haciendo para ello todas las reparaciones necesarias, en cumplimiento del 2,311, fraccion III, del Codiqo Civil para el Estado libre y Soberano de Chihuahua;

5. Responder de los defies y perjuicios que sufra el MUNICIPIO por los defectos 0 vicios ocultos del BIEN MUEBLE, al tenor del articulo 2311, fracdon VI, del C6digo Civil para el Estado libre y Soberano de Chihuahua; &",

CONTRATO DE lICITACI6N PUBLICA 0.M.27/16-A CELEBRADO ENTRE EL MUNICIPIO DECHIHUAHUA Y LAPERSONA FiSICP';J)iN6~NAbA' GUADALUPE LORENA DIAl MONTES, DE FECHA 1° DE ENERQ DE 2017. YNC/NSLPJ\'RM -'T;::~",)S}-~.gihaS

~ -.0" ' C'

"r!,.,,;

11 i

/1/v

cb ;I

i)

M !

~ t ;

...~;/''~"&"'if ./.l.,."1,1 / i / Y TR,1 /

.cc.t­

7. A cumplir con todas las dernas obligaciones que el C6digo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua impone a los arrendadores de bienes muebles.

DEcIMA.OBLIGACIONES DEL MUNICIPIO. EI MUNICIPIO se compromete, edemas del resto

de las obligaciones contenidas en el presente instrumento, a:

1. Pagar en tiempo y forma la RENTA estipulada por el uso del BIEN MUEBLE, en cumplimiento del articulo 2,324, fracdon I, del C6digo Civil para el Estado de Chihuahua;

2. EI arrendatario esta obligado a poner en conocimiento del arrendador mediante el operador calificado, a la brevedad poslble, la necesidad de las reparaciones, bajo pena de pagar los daiios y perjuicios que su omisi6n cause, en cumplimiento al articulo 2, 314 del Codigo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua;

3. Utilizar el BIEN MUEBLE exclusivamente para el fin a que corresponde su naturaleza, sequn el articulo 2,324, fracclon III, del C6digo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua;

4. A cumplir con todas las dernas obligaciones que el C6digo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua impone a los arrendatarios de bienes muebles.

DECIMA PRIM ERA. SUBARRENDAMIENTO. EI MUNICIPIO se compromete a no subarrendar, ni a ceder a terceras personas, parcial 0 totalmente, ei usa de los BIENES, a menos de que cuente con el consentimiento por escrito del ARRENDADOR. En caso de hacerlo sin dicha autonzadon, el

MUNICIPIO sera responsable solidariamente con el subarrendatario 0 subarrendatarios respectivos

por los daiios y perjuidos causados al ARRENDADOR, sequn dispone el articulo 2,377 del C6digo

Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua.

DECIMA SEGUNDA. GARANTlAS. En terrninos de 10 dispuesto por los articulos 39 y 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendarnlentos, Contratadon de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua, "EL ARRENDADOR" debera otorgar las siguientes garantias:

I /1. GARANTlA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. En la fecha de la firma del presente contrato, "EL ARRENDADOR" debera de entregar una paliza de fianza en moneda nacional emitida por una Afianzadora legalmente autorizada y acreditada en esta Ciudad a fil favor de la Tesorerfa del Municipio de Chihuahua, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto total a contratar, sin incluir 10 correspondlente al Impuesto al Valor Agregado. Esta garantfa subslstira hasta el 31 de Diciembre de 2017, una vez que el arrendamiento haya concluido.

2. GARANTlA PARA RESPONDER DEL SANEAMIENTO EN CASO DE EVICCION, DEFECTOS; VICIOS OCULTOS, DANOS Y PERJUICIOS, 0 CUALQUIER OTRA tPRESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL ARRENDADOR. Con anterioridad a que los BIENES se entreguen "EL ARRENDADOR" debera de entregar una paliza de fianza en rnoneda nacional emitida por una Afianzadora legalmente autorizada y acreditada en esta

.~ ',;>2: c<

'?~~~a~§ ,:r c:

Ciudad a favor de fa Tesoreria del Municipio de Chihuahua, por un importe def10% (diez por ciento) del monto total a contratar, sin incluir 10 correspondiente al Impuesto al Valor Agregado. Esta garantia subststlra durante un periodo de 12 (dace) rneses, contados a partir de la fecha de la terminadon del presente contrato.

f CONTRAlO DE L1CITACI6N PUBLICA O.M.27/16-A CELEBRADO ENTRE ELMUNICIPIO DECHIHUAHUA Y LA PERSONA FfslCA DENO~6A:~':': GUADALUPE LORENA DiAl MONTES, DEFECHA lQ DE[NERO DE2017. YNC/NSLPf'JRM

DEcIMA TERCERA. INCUMPLIMIENTO Y RESCISION ADMINISTRATIVA. "EL MUNICIPIO" podra rescindir administrativamente este contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del "EL ARRENDADOR", sequn dispone el articulo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contrataclon de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua. En tal supuesto, el "EL MUNICIPIO" hara efectiva la garantia otorgada por el "EL ARRENDADOR" para el cumplimiento del presente contrato, atendiendo al procedimiento establecido por los artfculos 114 y dernas aplicables de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacion de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua.

DEcIMA CUARTA. DURACION Y TERMINACION ANTICIPADA. Las PARTES convienen que el presente contrato tendra por duraclon el periodo comprendido entre el 10 (Primero) de Enero de 2017 al31 (Treinta y Uno) de Diciembre de 2017.

No obstante, en termlnos del articulo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacion de 5ervicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua, "EL MUNICIPIO" podra dar por terminado anticipadamente el presente contrato par razones de lnteres general debidamente fundadas, dando aviso al "EL ARRENDADOR", cuando menos con 5 (cinco) dfas naturales de antelaclon.

DEcIMA QUINTA. INCUMPLIMIENTO POR CASO FORTUITO 0 FUERZA MAYOR. Ante el advenimiento de alguna causa 0 circunstancia que razonablemente pueda ser considerada como Caso Fortuito 0 evento de Fuerza Mayor, misma que impida a cualquiera de las PARTES el cumplimiento total 0 parcial de las obligaciones asumidas por virtud de la suscripclon del presente instrumento, este podra darse por terminado par anticipado y de forma inmediata por cualquiera de las PARTES, notificando dicha circunstancia a la otra dentro de los 10 (diez) dfas naturales siguientes a la fecha en que haya ocurrido la causa 0 circunstancia mencionada. En tal supuesto, las PARTES se obligan a saldar las cantidades pendientes de pago a la brevedad posible.

DECIMA SEXTA. OBLIGACIONES FISCALES. AI encontrarse dadas de alta y regularizadas ante el Registro Federal de Contribuyentes, asf como al corriente en el pago de los impuestos y contribuciones que les han correspondido a la fecha, las PARTES convienen en que cada una de elias sufraqara par separado el pago de los impuestos que individualmente les correspandan por ei cumplimiento de los terrninos y condiciones del presente instrumento, atendiendo a la leqislacion fiscal vigente y aplicable, obliqanoose a dejar en paz y a salvo a la otra con respecto de cualquier responsabilidad fiscal que pudiera ser imputada en contravenclon a esta Clausula por las autoridades competentes.

DEcIMA SEPTIMA. CONFIDENCIALIDAD. Las PARTES se obligan expresamente a mantener con el caracter de confidencial la totalidad de la informacion pasada, presente y future que se relacione con este instrumento, otorqandole para tal efecto dicho caracter al ser revelada a cualquier persona ffsica 0 moral. La PARTE que reciba la informacion confidencial debera Iimitar el aoceso a la misma a sus representantes 0 empleados que, bajo una causa justificada y razonable, lIegaren a solicitar aoceso a tal informacion. En dichos supuestos, las PARTES deberan hacer partfcipes y obligados solidarios con respecto a las obligaciones de confidencialidad acordadas a los sujetos a los que se revele la informacion confidencial. Para efectos de la presente dausula, no sera considerada como informacion confidencial: 1. La informacion que hubiera sido legitimamente conocida y obtenida por la PARTE receptora con anterioridad a la susotpcion de este convenio; 2. La informacion que sea a la fecha 0 en el futuro considerada del dominio publico, siempre y cuando tal consideraclon no derive del incumplimiento de alguna de las PARTES de 10 estipulado en esta dausula, 0; 3. La informacion que deba ser revelada conforme a derecho por mandato administrativo 0 judicial emitido por las autoridades competentes, incluyendo aquella que el MUNICIPIO deba revelar al publico en general atendiendo a los prindplos de transparencia y acceso a la informacion publica conternplados por ei Kegiamemo

,/ (

/ /

l f".:

.

~ ~

,), I

Y I:

cc i i para la Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Gubernamental del Municipio de Chihuahuai,"; .71: Las PARTES convienen que la vigencia de las obligaciones contrafdas par virtud de la presente ;":'::ll? dausula subslstlra indefinidamente, incluso despues de terminada la duraclon de este Instrumento.j- ,,\;)

<;j;~~>::~:,~~_;t ""'--=, - ..-""'.,~_.<"""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""'"._-""",-"""-""'

f CUN I KA I U lJl: UU IAliUN PUBLICA O,M.2 tj16-A CElEBRADO ENTRE El MUNICIPIO DE CHIHUAHUA Y LA PERSONAFfslCA DENO~-ft.~.A.. ;:. ~ :: ~_.r:--" ?:~ f~~.7 GUADALUPELORENADIAZ MONTES, DE FECHA 1" DE ENERO DE 2017. YNCjNSLP/VRM '::\ Pa.r",!.r·· ,~;jmw:>~il£j'!j

~) . ".""", ':i(f»->: :::'~i;C;~:;~: Jt:<;' lJ:~i \.

En caso de incumpliniiento, las PARTES se reservan expresamente ias acciones que conforme a derecho les corresponden, tanto administrativas 0 judiciales, a fin de reclamar las indemnizaciones conducentes por los daiios y perjuicios causados, as! como la aplicaclon de las sanciones a que haya lugar.

DEcIMA OCTAVA. AVISO DE PRIVACIDAD. Se seiiala al ARRENDADOR que el MUNICIPIO cuenta con un sistema de datos personates y que los datos obtenidos en virtud del presente contrato, son para efecto de ejecutar las acciones necesarias para su suscrlpdon, por 10 que la finalidad de la obtencion de los datos personales es para verificar la viabilidad de la informacion proporcionada para la continuidad del trarnlte que corresponda.

Los datos personales que se solicitan son exclusivamente los necesarios para la reallzadon de los fines mencionados, por 10 que es obligatorio el proporcionar la informacion requerida.

AI proporcionar de manera exacta su informacion, se tendra por satisfecho un requisito indispensable para la suscripcion del acto juridico y subsecuentes, y par 10 tanto la atendon que se Ie brinde por la Unidad Juridica de Oficialia Mayor sera mas eficaz; en contravendon con 10 anterior, la negativa a sumlnistrar la informacion que de manera obligato ria u opcional Ie fue solicitada, tiene como consecuencia la imposibilidad de la autoridad de ejecutar la solicitud recibida no solo para la elaboraoon del contrato, si no para los trarnltes posteriores a este, y en los casos en que los datos personales proporcionados sean inexactos, acarrea efectos como la imposibilidad de atendon de los

tramites Ylo servicios solicitados.

Los datos que EL ARRENDADOR haya proporcionado seren transferidos a la Unidad de Datos Personales, y de ahi se Ie dara el manejo adecuado y dltuslon en los casos necesarios para el mejor

funcionamiento de esta instltudon y la protecdon de los mismos.

De acuerdo con 10 seiialado en la Ley de Protecdon a los Datos Personales del Estado de Chihuahua, los titulares de los datos personales tienen la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificacion, cancetaclon u oposlcion sobre sus datos personales, sin necesidad de que una solicitud

Ie preceda a otra, ante la unidad de lnformadon de esta institudon.

//1

EI nivel de medidas de seguridad para efectos de resguardo de los datos personales es considerado MEDIO conforme a 10 establecido por el articulo 27, fracdon II, inciso b) de la Ley de Protecdon de Datos Personales del Estado de Chihuahua, toda vez se cuentan con medidas de orqanizadon y et acceso restringidas para efecto de que los datos que nos ha proporcionado, sean utilizados unka y : exclusivamente para los fines anteriormente mencionados. ' ),y

Como encargado del sistema de datos personales es la Lie. Viviana Ramirez Montiel como Jefe ,,/ s:!

de la Unidad Juridica con domicilio oficial en la Calle Victoria e Independencia, Octavo Piso, ttEdificio del Real" Colonia Centro, C.P 31000, numero de telefono 072, extension 6358.

DEcIMA NOVENA. RELACIONES LABORALES. Parael cumplimiento de las obligaciones que cada CD una de las PARTES contrae por virtud de la suscrlpdon de este contrato, manifiestan que actuaran como entidades totalmente independientes.

A 11

En consecuencia, las PARTES bajo nlnqun supuesto podran comprometer a la otra en convenio 0 ~ i

contrato alguno, ni contratar empleados 0 trabajadores en nombre 0 representacion de su contraparte.

E, cuanto a sus respectivos "''''J","~ y ~P'"""', las 'AIUES manitlestan qu no exlste J:Jb relaclon laboral alguna entre los trabajadores y empleados del Municipio con el "EL ARRENDADOIt"/ -; , .. '(, ni entre los propios de este con aquel. Asf, las PARTES manifiestan ser los patrones de s'u's'"

""."":'..""'.""'.""""""""","" .... """ .. ... ...__ __.. ... !!!!!!.. "".""""""""""""""._"".""."""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""",~;·\5,5:;}· CUN I KAIU lJl: L1C11AUON I-'Ul:ILlLAO.M.2/{16-A U:.LI:.BRADO EN1KI:. EL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA YLA PERSONAFfslCA DENO~f'~t'("·',':i :~\ :"" ":~1)?/!:A,

GUADALUPE LORENA DIAZMONTES, DE FECHA 1° DE ENERO DE2017. YNC!NSLP/VRM .~ C2~;~;~~S:-~~~l.:,:c,,;_:,~~rfP?J-d"! -( ) '00.'"'' .......c ... '7f . ~ o~~~~~'~~~!';~\l~i :;~j;~ (

v ,

I

respectivos trabajadores y empleados en cumplimiento de la legislacion laboral y de seguridad social vigente y aplicable, siendo las unicas y exclusives responsables por 10 que respecta a las obligaciones laborales y de seguridad social a ser cumplidas a favor de dichos sujetos.

Consecuentemente, las PARTES se obligan a Iiberar a la otra de cualquier responsabilidad laboral 0

de seguridad social que pudiera irnputarseles en contravencion a esta Clausula con relacion a sus

respectivos trabajadores y empleados, en terrnlnos de la leqislecicn laboral y de seguridad social vigente y aplicable; no sin antes establecer ciertos terrnlnos y condiciones que aplicaran para

ambas PARTES suscriptoras del presente contrato:

1. En terminos de 10 establecido por el articulo 15-A de la Ley Federal del Trabajo "El ARRENDADOR" manifiesta que presta los servicios objeto del presente instrumento con empleados y recursos propios. Asi mismo reconoce que cuenta con elementos propios, y con la suficiente Iiquidez y solvencia para cumplir con las obligaciones laborales que se deriven de las relaciones con sus trabajadores en terrnlnos del articulo 15-8 de la citada Ley.

2. Sequn 10 seiialado en el numeral 15-C del rnlsrno ordenamiento legal, "El ARRENDADOR" debera presentar ante la dependencia contratante la docurnentadon necesaria para acreditar que cumple con sus obligaciones patronales de la Leqislacion Laboral y de Seguridad Social Vigente respecto a los empleados que asigna para el objeto motivo del presente contrato.

3. Las partes reconocen que las atribuciones del "Municipio", como lnstitudon de orden publico, son diversas a las actividades del "Arrendador" y sus facultades se encuentran debidamente reguladas por la Constitucion Polltica de los Estados Unidos Mexicanos, COdigo Municipal para el Estado de Chihuahua y Ja Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacon de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua.

VIGESIMA. ENTIDADES SEPARADAS. Ninguno de los terrninos y condiciones del presente instrumento debera interpretarse en el sentido de que las PARTES han constituido alguna reladon )

Jlde sociedad 0 asoclacion, por 10 que no se conjuntan ni se unen activos para efectos de /{responsabilidades fiscales 0 frente a terceros, ni de cualquier otra naturaleza.

;I.'

VIGESIMA PRIM ERA. CESION. Ninguna de las PARTES estara en la posibilidad de ceder, ya sea parcial 0 total mente, los derechos y obligaciones derivados de la suscripcion del presente contrato a favor de cualesquiera otra persona fislca 0 moral, sequn establece el articulo 55 de la Ley de

(:J -!Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacion de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua, con excepdon de los derechos de cobro, en cuyo caso el "El ARRENDADOR" debera contar con la conformidad previa del Municipio. A VIGESIMA SEGUNDA. AVISOS, NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES. Las PARTES ~ convienen que cualesquiera avisos, notificaciones 0 comunicaciones que sea necesario dar a la otra /'i I

deberan elaborarse par escrito. LV EI envio de dichos documentos podra efectuarse por 3 (tres) medios: 1. Por mensajerfa simple ! entregada en propia mana 0 por correa certlflcado, ambos con acuse de recibo; 2. Por fax, 0; 3. Por X' . correo electronlco. En este ultimo caso, el envfo solamente se conslderara valido y legalmente i / realizado cuando la recepclon del correo electromco respectivo sea confirmada electronlcarnente "', dentro de los 3 (tres) dias naturales siguientes al envio, ya sea de forma autornatica por algun , . ( programa de software, 0 de forma express, mediante un mensaje de contestadon y conflrrnadon Ii enviado por el destinatario. V Las PAR!.ES convienen .de igual forma qu~ los avisos, notificac!ones y ~municaciones .efectuadiJ,s Ii-/' ,:s"M con relaclon al presente mstrumento surtlran los efectos respectlvos el dia de su recepoon. En CGlso;<·;'";i'.~ , de que dlchas misivas incluyan alqun tipo de termino, el mismo comenzara a correr al dla siguie~t¥~"-!~£ •.; en que se confirme su recepdon, independientemente de que sea laboral 0 natural. :/!i<' ;,>r ''''''.....!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!.....!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!~!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!'''"'''... h.'J";';! CONTAATO DE L1CITACION PUBLICA O.M.27/16-A CELEBRADO ENTRE ELMUNICIPIO DECHIHUAHUA YLA PERSONA FfslCADEN,?M~APA,._ ': .'"' e "': /j

GUADALUPE LOREr>,iA DIAZMONTES, DEFECHA r DEENERO DE2017. YNC/NSLPNRM ,('~~~ha~}.::?_:?:':~B.,,~~~.t:"'_'._ /f jl"l' ... ,~!' .i!'!-fJ';!j f~'--" .~:,:- ];;~J'~c,. ;~~{k' t'

,

VIGESIMA TERCERA. PERSONAS DE CONTACTO. Las PARTES convienen en que la totalidad de.los avisos, notificaciones 0 comunicaciones que sea necesario dar ala otra derivado de los terrnlnos y condiciones del presente instrumento deberan destinarse indistintamente a las siguientes personas:

EI MUNICIPIO: "EL ARRENDADOR":

ING. MARlO HUMBERTO VAzQUEZ ROBLES C. GUADALUPE LORENA DiAl MONTES

En caso que sea su voluntad cambiar a las personas de contacto, las PARTES convienen en notificar ala otra sobre tal circunstancia con cuando menos 5 (cinco) dias naturales de antlclpacion a la fecha en que efectivamente sea realizado el cambio. EI incumplimiento de la obligacion descrita lmpllcara que los avisos, notificaciones 0 comunicaciones enviados y entregados a nombre de los destinatarios originales de la PARTE que realice el cambio, surtiran todos los efectos legales a favor de la PARTE que no haya sldo notificada oportunamente, a partir de la fecha de entrega y mientras subsista el incumplimiento.

VIGESIMA CUARTA. AMPLIACIONES. Para efectos del articulo 58 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacion de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua, el presente contrato podra ser ampliado en un treinta por ciento en los conceptos y volurnenes establecidos originalmente, yel precio de los bienes no exceda en un 5% al pactado originalmente, dentro de los seis meses posteriores a la firma. En el supuesto de que el presente contrato se arnplie, "EL ARRENDADOR" se obliga a ampliar las garantias en el mismo porcentaje mencionado en la dausula octava.

VIGESIMA QUINTA. INDEPENDENCIA DE LAS CLAUSULAS. En caso de que alguna ciausula del presente instrumento sea declarada invalida por la autoridad competente, el resto del c1ausulado contenido en el mismo seguira siendo valido, no siendo afectado por la resoludon respectiva en forma alguna.

VIGESIMA SEXTA. LEY APLICABLE. EI presente instrumento se regira y sera interpretado de conformidad con 10 prescrito por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contrataclon de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua y por el Codiqo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua, entre otras disposiciones legales vigentes y aplicables.

VIGESIMA SEPTIMA. PENA CONVENCIONAL. En caso de incumplimiento del contrato 0 atraso en la entrega de los BIENES el MUNICIPIO podra aplicar las penalidades en los terrnlnos del articulo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contretacion de 5ervicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua, a razon dell% (uno por ciento) diario del importe total del presente contrato, multiplicado por el nurnero de dlas en que el ARRENDADOR incurra en incumplimiento hasta el monto de la garantia, momenta en el cual podra optar por la recision del contrato y hacer valida la garantia correspondiente.

VIGESIMA OCTAVA. JURISDICCION. Atendiendo 10 dispuesto por el articulo 13 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratadon de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua, el presente sera considerado como un contrato administrativo, de Derecho Publico, por 10 que las controversias que se susciten con motivo de su interpretacion y cumplimiento seran resueltas mediante Juicio de Oposidon previsto en el Codigo Fiscal del Estado, mismo que debera promoverse en cualquier caso ante el Supremo Tribunal de Justicia del Estado, en fa Ciudad de Chihuahua, Estado de Chihuahua. Consecuentemente, las PARTES renuncian desde ahora a cualquier otra jurtsdiccion o fuero que pudiera corresponderles por razon de sus domicilios presentes 0 futuros, 0 por cualesquiera otras circunstancias. No obstante, las PARTES pondran el mayor empeiio posible para resolver, de cornun acuerdo, las discrepancias futuras y previsibles relacionadas con problemas especfficos de caracter tecnlco y administrativo.

j

I j \

h;yJ/7

cP

':;- :;, ··.·Fo'··'

y ;

LEIDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR LAS PARTES Y ENTERADAS DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR TRIPLICADO EN LA CWDAD DE CHIHUAHUA, ESTADO DE CHIHUAHUA, AL PRIMERO DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE.

EI MUNICIPIO:

lI~PA\c_6RDOVACHAvEZ NIOPAL

rtI'

BERTO VAzQUEZ ROBLES

!'

DE SERVICIOS PUBUCOS

'l,t;'j.) • _ _ -'._~_L

CON I KA I U LJt LlCITAUON PUBLICA O.M.27/16~A CELEBRADO ENTRE EL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA Y LA PERSONA FISICA DE~f!.1WA'D,~.}_":: ..' ". ~": q '\

GUADALUPE LORENA DIAZMONTES, DE FECHA 1· DE ENERO DE2017. YNC!NSLP/VRM ,....7~~11;;7·,: -~~::';;

OFIC".:. '. 1/~;:''';''·;.Ju'' c:> •

~ C.P. CARLOS ACON

REGIDOR PRESIDENTE DE , CIENDA Y PUINEACION DEL H. AYUN IHUAHUA

.-/

EI ARRENDADOR:

Ll '?1 / cY ~~

C. GUADALUJSrtOREN)t1)IAZ ",ONTES POR SU PROPIO DERECHO

lAS FIRMAS QUE ANTECEDEN CORRESPONDEN AL CONTRATD O.M.-27/1Ei-A, RELATIVO AL ARRENDAMIENTO, DE HAQUINARIA PARA SER yUTILlZAOA EN er RELLEND SANITARIO DEl MUNICIPIO DE CHIHUAHUA, SOUCITADO POR LA DIRECCION DE SERVICIOS PUBUCOS MUNICIPALES CELEliRADO ENTRE El MUNICIPIO DE CHIHUAHUA Y lA PERSONA FiSICA DENOMINADA GUADALUPE LORENA OIAZ MONTES, DE FECHA 1 0 DE ENERO DE 2017.

~:;;.. -<

CONTRATO DE L1CITACJON PUBLICAO.M.27/16-A CElEBRADDENTRE ELMUNICIPIO DE CHIHUAHUAY LA PERSONA FISICA DENON'I'l.~.&i~1, .:"",~' -, :':; ;~,;~,

f GUADALUPE LORENA DIAZMONTES, DEFECHA l' DE ENERO DE 2017. YNC!NSLP!VRM ~~g;."~,"1 '~.". ::·.·.~.·£~·;~,?·:-~/l 'j

••dd .•..• "c,{!;jtd"/ ";F,C!.':,:.

:} '.:oa(! ;,'fIj /""17/