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REPÚBLICA DE CHILE
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Dirección Jurídica
MVB. .
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17 DIC. 2012
VISTOS: QF1CINA DE partes
DECRETO EXENTO
SAN MIGUEL, , 7
2
LOF
,3
.2012
Io El Decreto Alcaldicio N°80 de 25 de junio de 2012, que
instruyó sumario administrativo y el expediente administrativo con el que
se tramitó dicho sumario;
2o La vista fiscal, de fecha 27 de septiembre de 2012;
3o La carta renuncia presentada por don Juan Carlos Castillo
Vera agregada al expediente sumarial indicado en forma posterior a la
vista fiscal y la solicitud contenida en el memorando N°516-2012, de la
Dirección Jurídica;
4o Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica
Constitucional de Municipalidades, y la Ley N° 18.883, sobre Estatuto
Administrativo para Funcionarios Municipales;
Y CONSIDERANDO:
Io Que la resolución del presente sumario no se llevo a efecto
con anterioridad por la prohibición de aplicar la medida de destitución 30
días antes de un proceso eleccionario;
2° Que habiéndose presentado renuncia voluntaria por el
encartado señor Juan Carlos Castillo Vera, antes del pronunciamiento de
esta autoridad sobre sus inasistencias reiteradas e inhabilidad
sobreviniente por detención y condena judicial por delito, debidamente
acreditados, corresponde dar curso a esa renuncia voluntaria sin más
trámite y no aplicarle la medida de destitución, teniendo especialmente
presente que igualmente le afecta inhabilidad para reingresar al servicio
público.
Por lo expresado, ante el hecho nuevo acreditado, no se aprobará la
vista fiscal y en su lugar se ordenará el sobreseimiento del presente
sumario,
DECRETO:
Se decreta el sobreseimiento del sumario administrativo señalado en
los vistos.
Anótese, notifíquese, comuniqúese, regístrese y archívese.
VELASQUEZ
ALCALDE
CRETARÍO
3VAL GÓMEZ
MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
ALCALDÍA
ORIGEN: JURÍDICO
PASEA JURÍDICO
ENV.10/12/2012 PLAZO:3 DÍAS Q
PROVN" 2878/2012 FECHA 10/12/2012
ANT.: MEMO N°: 516
SR. DIRECTOR JURÍDICO
MAL: PROPONE
PROCEDIMIENTO
POR CORRESPONDERLE
01 TOMAR CONTACTO CON
02 ESTUDIO Y PROPOSICIÓN
03 RESOLVER SEGÚN CORRESPONDA
04 PREPARAR RESP. CON FIRMA ALCALDE TIENE
05 DISCUTIR MATERIA CON ALCALDE
06 PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES
07 PARA SU INFORMACIÓN
08 PARA DAR SOLUCIÓN
09 INF 'ME VERBAL
10 INFORME ESCRITO
11 PARA SU VISACIÓN
12 PARA ARCHIVAR
13 CONCEDER AUDIENCIA PARA EL DÍA Y HORA
14 PRESENTAR EN COMITÉ TÉCNICO
< 15 PREPARAR DECRETO
16 RESPONDER POR ORDEN DEL ALCALDE
17 COORDINA
DIAS CORRESPONDIENDO EL
OBSERVACIONES:
COMIÓ SE PIDE. CARTA RENUNCIA DEL SR. CASTILLO SE ENCUENTRA EN DAF
h
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
JURÍDICA
MEMORÁNDUM N
ANT.: Sumario administrativo
80/2012. Carta de don Juan Carlos
Castillo Vera.
MAT-: Propone sobreseimiento y
aceptación de renuncia.
SAN MIGUEL, 1 0 D I C 2012
A: JULIO PALESTRO VELÁSQUEZ, ALCALDE DE LA ILUSTRE
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
DE: MARIO VALLEJOS BALBOA, DIRECTOR JURÍDICO.
Esta Unidad ha tomado conocimiento de la renuncia voluntaria presentada
por don Carlos Castillo Vera a contar del día 9 de septiembre de 2012, en
circunstancias que se encuentra pendiente la resolución del sumario
administrativo incoado por sus inasistencias al trabajo.
En razón de lo anterior, esta unidad estima procedente que, por el
nuevo antecedente, se sobresea el sumario administrativo ordenado
instruir por decreto N" 80/2012 de 25 de junio de 2012, y se proceda, a su
vez, a aceptar la renuncia voluntaria del funcionario indicado.
MARIO VALLEJOS BALBOA
DIRECTOR JURÍDICO
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Dirección Jurídica
Control
San Miguel, ó de diciembre de 2012
Señor
Alcalde Municipalidad de San Miguel
Don Julio Palestra Velásquez
Presente
Con esta fecha vengo en presentar mi renuncia al cargo Administrativo
Grado 13 de esta Municipalidad, a contar del día 9 de septiembre de
2011, lo anterior debido a que fui condenado por sentencia judicial, lo
que me inhabilita para proseguir ejerciendo como funcionario público.
No había presentado antes mi renuncia por encontrarme detenido.
Saluda atentamente a usted,
JUAN CARíS STILLO VERA
O SECRETARIO =
■z. MUNICIPAL c \j
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
ALCALDÍA
PROVN" 2813/2012 FECHA 03/12/2012
ORIGEN: FISCALÍA ADMINISTRATIVA
PASEA JURÍDICO
=NV.03/12/2012 PLAZO:2 DÍAS 0
ANT.: RESERVADO N°: 06
FISCALÍA EN COMISIÓN
MAT.: REMITE
EXPEDIENTE Y VISTA FISCAL
POR CORRESPONDERLE
31 TOMAR CONTACTO CON
32 ESTUDIO Y PROPOSICIÓN
33 RESOLVER SEGÚN CORRESPONDA
34 PREPARAR RESP. CON FIRMA ALCALDE TIENE
35 DISCUTIR MATERIA CON ALCALDE
Í6 PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES
)7 PARA SU INFORMACIÓN
)8 PARA DAR SOLUCIÓN
J91 ' " ME VERBAL
10 INFORME ESCRITO
11 PARA SU VISACIÓN
¡2 PARA ARCHIVAR
3 CONCEDER AUDIENCIA PARA EL DÍA Y HORA
4 PRESENTAR EN COMITÉ TÉCNICO
C 15 PREPARAR DECRETO
6 RESPONDER POR ORDEN DEL ALCALDE
7 COORDINA
DÍAS CORRESPONDIENDO EL
OBSERVACIONES:
ACOGE PROPOSICIÓN DE FISCALÍA. COMO SE PIDE
&
IVJW1CIPALIDAD DE SAN MIGUEL"1
DIRECCIÓN JURÍDICA
FISCALÍA ADMINISTRATIVA
k
RES : 06
ANT : Decreto Alcaldicio N° 80 de 25/06/2012
que ordena instruir sumario
administrativo.
MAT: Remite Expediente y Vista Fiscal.
SAN MIGUEL, Septiembre 28 de 2012.
A: SEÑOR ALCALDE (S)
DON DAVID SIERRA CISTERNAS
En relación a Decreto Alcaldicio N° 80, de 25 de junio de 2012, que ordena instruir
Sumario Administrativo, adjunto remito a usted expediente sumarial y Vista Fiscal.
Saluda atentamente a usted,
■ MARJkYN ZAMORANClESEINOZA
/-ACTUARIO
LUIS MCpRALES^GALDAMES
FISCAL
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VISTA FISCAL
En San Miguel, a 27 de septiembre de 2012
VISTOS:
1. EL Decreto Alcaldicio N° 80, de 25 de Junio de 2012, a fojas 1 que ordenainstruir sumario administrativo en relación a funcionario Juan Carlos CasblioVera quien fue condenado por el delito de lavado de activos sin que seremitiera la condena de cinco años y un día de privación de libertad, por lo queprocede la investigación correspondiente para determinar si debe ser excluido
del servicio.
2. La notificación al Fiscal y el nombramiento de actuario a fojas 21.
3. Los antecedentes acumulados en la etapa indagatoria, fojas 23 a fojas 47.
4. La formulación de cargos a don Juan Carlos Castillo Vera, a fojas 48.
5. La resolución, de 13 septiembre de 2012, que declara cerrado este sumario
administrativo, a fojas 47.
CONSIDERANDO:
Que en el período indagatorio se han establecido los siguientes hechos:
1. Que, según veredicto del Sexto Tribuna! de Juicio Oral en lo Penal de Santiago,
de fecha veintisiete de abril del año dos mil once, se establece que elfuncionario don Juan Carlos Castillo Vera, en causa RUC 0700935945-6, RIT5685-2007, ha incurrido en hechos que configuran el delito establecido en el
artículo 27 de la Ley 19.913 sobre lavado y blanqueo de activos.
2. Que, en fallo de la Tercera Sala de la I. Corte de Apelaciones de San Miguel,de siete de septiembre de dos mil once, a fojas 10, relacionado con recurso de
nulidad presentados entre otros por el encartado, consta que en causa RUC
0700935945-6 e interno del Tribunal 802-2010, se condenó a Juan Carlos
Castillo Vera a cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo,accesorias legales y multa de 200 UTM y costas como autor del delito de
lavado de activos.
3. Que, según certificado de la Jefe de Causa y Sala del 10° Juzgado de Garantíade Santiago, de seis de septiembre de dos mil doce, a fojas 40, en causa RUC
0700935945-6, RIT 5685-2007, de este Juzgado, la sentencia dictada en la
presente causa en contra de JUAN CARLOS CASTILLO VERA, quedódebidamente ejecutoriada para todos los efectos legales con fecha 8
de septiembre de 2011.
4. Que, el Dictamen N° 24.201, de 24/05/2006, de la Contraloría General de la
República, a fojas 30, dispone : ".... en cuanto a la fecha en que el funcionario
que se ve afectado por una inhabilidad sobreviniente debe informar ai
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FISCALÍA ADMINISTRATIVA
Municipio, cabe indicar, que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 64 de
Ley N° 18.575, de Bases Genera/es de la Administración del Estado, las
inhabilidades sobrevinientes deben ser declaradas por el funcionario afectado a
su superior jerárquico, dentro de los diez días siguientes en que ella se
configure, en este caso, desde que se le notificó la sentencia ejecutoriada".
5. Que, el Dictamen N° 16.914, de 22/07/1985, de la Contraloría General de la
República dispone, en la parte que nos interesa: " ... se encuentra declarado
reo en un proceso criminal, por cuanto, las inasistencias serán justificadas o
injustificadas según el curso que siga el proceso criminal, ya que si el
funcionario no se ve afectado por ei, las ausencias serán justificadas porque se
ha operado un caso de fuerza mayor para el empleado; pero, si es condenado
en ese juicio, las ausencias serán injustificadas y autorizaran la aplicación de
una medida disciplinaria, previo el correspondiente sumario".
6. Que, considerando lo precedentemente expuesto, con fecha 14 de septiembre
de 2012, se le formulan al funcionario Juan Carlos Castillo Vera, los siguientes
cargos:
Cargo Uno
Haber perdido el requisito de ingreso a la Municipalidad establecido en la letra
f) del Artículo 10° del Estatuto Administrativo, al ser condenado, por el Sexto
Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, con fecha ocho de septiembre de dos mil
once, a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo,
condena que al no ser declarada por usted, a su superior jerárquico, dentro de
los diez días siguientes desde que se notificó la sentencia ejecutoriada,
configuró una inhabilidad sobreviniente que lo obligaba a presentar su
renuncia al cargo dentro del mismo plazo, según lo dispone el Artículo 64° de la
Ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado.
Cargo dos
Haber infringido lo dispuesto en la letra d) del Artículo N° 58 de la Ley N°
18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales y Artículo N° 62
del mismo texto legal, al haber faltado a su labores, con justificación entre el
período que corre entre el día 28 de julio de 2009, fecha en que venció el
permiso administrativo autorizado mediante Decreto Exento N° 1.201, de 16 de
junio de 2009, hasta el 8 de septiembre de 2011, fecha en que quedó
ejecutoriado un fallo en su contra, del Sexto Tribunal Oral en lo Penal de
Santiago, por el delito de lavado de activos, siendo condenado a la pena de
cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo; por lo tanto, no
están justificadas sus ausencias desde el día 8 de septiembre de dos mil once,
a la fecha.
7. Que, según lo dispone el Artículo 129° del Estatuto Administrativo, el 14 de
septiembre de 2012, a fojas 49, se notificaron los cargos al encartado, al
domicilio que registra en esta Municipalidad, ocasión que la Señora Actuario
fue atendida en dicho lugar por doña Eiizabeth Sepúlveda, sobrina del
funcionario Castillo Vera; reiterándose la notificación por este mismo medio,
con fecha 20 de septiembre de 2012, ocasión en que la Señora Actuaría no
encontró habitantes en la vivienda, motivo por el cual con fecha 25 de
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septiembre de 2012, a fojas 51, se notificaron los cargos mediante carta
certificada enviada al domicilio del encartado.
8. Que, según consta a fojas 53, vencido el plazo para que el encartado
presentara respuesta a los cargos formulados, se dejó constancia que esta
Fiscalía no recibió documento alguno de parte de este funcionario.
9. Que, considerando lo precedentemente expuesto y Dictamen N° 24.201, de 24
de mayo de 2006, a fojas 30, en la parte que nos interesa * sobre que
procedimiento seguir en caso que un funcionario no comunique la inhabilidad
sobreviniente dentro de! plazo legal, cabe indicar, que conforme a lo dispuesto
en el inciso 2° del articulo 64 de Ley N° 18.575, la omisión de la comunicación
por parte del funcionario a su empleador, debe ser sancionada con la medida
disciplinaria de destitución.", agregando " por lo tanto, debe ser separado de
su cargo desde la fecha en que se le notificó la sentencia ejecutoriada", esta
Fiscalía es de opinión que el funcionario Juan Carlos Castillo Vera debe ser
excluido del servicio.
POR TANTO:
En mérito de lo expuesto, el suscrito viene en proponer al Señor Alcalde, salvo su
superior resolución, lo siguiente:
1. Según lo dispone el inciso 2o del artículo N° 64 de la Ley N° 18.575 y la letra
a) del Artículo N° 123 del Estatuto Administrativo para Funcionarios
Municipales, aplicar a don Juan Carlos Castillo Vera, RUT 7.573.670-3, la
medida disciplinaria de destitución.
2. Emitir Decreto Alcaldicio declarando vacante, desde el nueve de septiembre de
dos mil once, el cargo Escalafón Administrativo Grado 12, correspondiente al
funcionario Juan Carlos Castillo Vera, RUT 7.573.670-3.
A^ORANO/ESPINOZA LUIS M RALES GALDAM ES
FISCAL