N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 1 BOLETÍN OFICIAL · Guadalajara, 9 de enero de 2015.– El...

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N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 1 Edita: DIPUTACIÓN PROVINCIAL - Directora: Eloísa Rodríguez Cristóbal INSERCIONES - Por cada línea o fracción ................................ 0,52 € - Anuncios urgentes .......................................... 1,04 € EXTRACTO DE LA ORDENANZA REGULADORA La Administración anunciante formulará orden de inserción en la que expresará, en su caso, el precepto en que funde la exención, no admitiéndose invocación genérica a Ley o Reglamento, o los preceptos de la Ley 5/02, 4 de abril reguladora de los B.O.P. o a los de la Ordenanza Reguladora. En este caso no se procederá a la publicación y se concederá plazo para subsanación, que transcurrido se archivará sin más trámites. Los particulares formularán solicitud de inserción. Las órdenes y solicitudes junto con la liquidación y justificante de ingreso, en su caso, se presentarán en el registro general de la Diputación. DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA Se publica todos los Lunes, Miércoles y Viernes. Administración: Excma. Diputación Provincial, Pza. Moreno, N.º 70. Teléfono: 949 88 75 72. BOLETÍN OFICIAL 162 EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE GUADALAJARA Servicio Provincial de Recaudación ANUNCIO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA SOBRE ACEPTACIÓN DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA, EN MATERIA DE TRIBUTOS DE VENCIMIENTO PERIÓDICO De conformidad con el informe suscrito por el Ad- junto Jefe de Servicio-Asesor Jurídico, visado por la Vicetesorera Jefa del Servicio de Recaudación, a propuesta del Diputado-Delegado de Economía y Hacienda, y habiendo sido dictaminado favora- blemente por la Comisión Informativa de Cuentas, Hacienda, Economía y Régimen Interior en fecha 3 de diciembre de 2014; el Pleno de la Corporación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de diciembre de 2014, por veinticinco (25) votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, adoptó el acuerdo que, en su parte dispositiva, a continuación se transcribe: «PRIMERO.- Aceptar la delegación de las facul- tades de gestión, liquidación, inspección y/o recau- dación de los tributos locales y otros ingresos de derecho público de vencimiento periódico, cuya titu- laridad ostenta el municipio de Fuembellida, a favor de la Diputación Provincial de Guadalajara, con la extensión, características, contenido y efectos que se indican a continuación:

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N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 1

Edita: DIPUTACIÓN PROVINCIAL - Directora: Eloísa Rodríguez Cristóbal

INSERCIONES

- Por cada línea o fracción ................................ 0,52 €

- Anuncios urgentes .......................................... 1,04 €

EXTRACTO DE LA ORDENANZA REGULADORA

La Administración anunciante formulará orden de inserción en la que expresará, en su caso, el precepto en que funde la exención, no admitiéndose invocación genérica a Ley o Reglamento, o los preceptos de la Ley 5/02, 4 de abril reguladora de los B.O.P. o a los de la Ordenanza Reguladora. En este caso no se procederá a la publicación y se concederá plazo para subsanación, que transcurrido se archivará sin más trámites.

Los particulares formularán solicitud de inserción.

Las órdenes y solicitudes junto con la liquidación y justificante de ingreso, en su caso, se presentarán en el registro general de la Diputación.

DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARASe publica todos los Lunes, Miércoles y Viernes. Administración: Excma. Diputación Provincial, Pza. Moreno, N.º 70. Teléfono: 949 88 75 72.

BOLETÍN OFICIAL

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EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE GUADALAJARA

Servicio Provincial de Recaudación

ANUNCIO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA SOBRE ACEPTACIÓN DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE

ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA, EN MATERIA DE TRIBUTOS DE VENCIMIENTO

PERIÓDICO

De conformidad con el informe suscrito por el Ad-junto Jefe de Servi cio-Asesor Jurídico, visado por la Vicetesorera Jefa del Servi cio de Recaudación,

a propuesta del Diputado-Delegado de Economía y Hacienda, y habiendo sido dictaminado favora-blemente por la Comisión Informativa de Cuentas, Hacienda, Economía y Régimen Interior en fecha 3 de diciembre de 2014; el Pleno de la Corporación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de diciembre de 2014, por veinticinco (25) votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, adoptó el acuerdo que, en su parte dispositiva, a continuación se transcribe:

«PRIMERO.- Aceptar la delegación de las facul-tades de gestión, liquidación, inspección y/o recau-dación de los tributos locales y otros ingresos de derecho público de vencimiento periódico, cuya titu-laridad ostenta el municipio de Fuembellida, a favor de la Diputación Provincial de Guadalajara, con la extensión, características, contenido y efectos que se indican a continuación:

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B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 3

SEGUNDO.- La delegación de competencias comprenderá, a título enunciativo, las siguientes fun-ciones:

1. Elaboración de listas cobratorias en los tribu-tos de carácter periódico y exposición públi-ca de estas (en el caso de los tributos que tienen delegada la gestión tributaria).

2. Emisión de instrumentos cobratorios en va-lores recibo correspondientes al conjunto de los tributos de cobro periódico y envío de los mismos (la notificación colectiva de tasas, precios públicos y contribuciones especiales corresponderá a los respectivos ayuntamien-tos).

3. Concesión y denegación de exenciones, re-ducciones y bonificaciones (en el caso de los tributos que tienen delegada la gestión tribu-taria).

4. Práctica de liquidaciones de ingreso directo y reglamentaria, notificación de las mismas.

5. Recaudación en período voluntario y en vía de apremio.

6. Determinación de períodos de cobranza.

7. Dictar la providencia de apremio.

8. Liquidación de intereses de demora.

9. Concesión de aplazamientos y fracciona-mientos de pago.

10. Resolución de expedientes de devolución de ingresos indebidos.

11. Resolución de los recursos que se interpon-gan contra los actos anteriores.

12. Actuaciones de comprobación e investiga-ción de los tributos correspondientes.

Además de las funciones que se concretan en el apartado anterior, la Diputación Provincial de Gua-dalajara podrá desarrollar otras que coadyuven a la mayor eficacia en la gestión de los tributos locales y otros ingresos de derecho público, dando cuenta a las Entidades Locales delegantes.

TERCERO.- La delegación se establece por un período mínimo de seis años, a contar desde el día señalado en la tabla. Quedará automáticamente pro-rrogada, de año en año, si no hubiese denuncia ex-presa al respecto.

No obstante lo anterior, será posible la renuncia de la delegación por parte de la entidad local me-diante resolución expresa, siempre que la misma se ponga en conocimiento de la Diputación Provincial con una antelación mínima de seis meses a la fe-cha en que deba surtir efecto; si bien, en concepto de gastos varios deberá abonar a esta corporación provincial una cantidad equivalente al 5 por 100 de los ingresos brutos recaudados en el año inmediata-mente anterior. También será posible la revocación de la delegación por parte de la Diputación Provin-cial de Guadalajara por incumplimiento grave de las obligaciones y otros supuestos legalmente previstos.

CUARTO.- En concepto de entrega a cuenta, se pagará a los Ayuntamientos, en 12 mensualidades, el 90 por 100 de la recaudación de los padrones puestos al cobro en el ejercicio anterior. No obstan-te lo anterior, en el mes de octubre se realizará una revisión de los padrones de tasas y tributos varios puestos al cobro, al objeto de realizar los ajustes oportunos, en caso de ser inferiores a los del año precedente que sirve de referencia para el cálculo. A efectos de formalización contable, los anticipos men-suales del 90 por 100 a los Ayuntamientos que tienen convenio para la gestión de Recaudación, figuran en el Estado de operaciones no presupuestarias.

En el mes de enero del año siguiente a liquidar, siempre que circunstancias ajenas no lo impidan, la Diputación Provincial de Guadalajara realizará una única liquidación, deduciendo, de forma automática, del importe total de la recaudación voluntaria obte-nida los anticipos a cuenta previstos en el párrafo anterior, el importe de la tasa por prestación de los servi cios de gestión, liquidación, inspección y recau-dación tributarias, y cualesquiera otras cantidades que por participaciones o recargos puedan corres-ponder a la Diputación Provincial de Guadalajara; realizando, a su vez, las distribuciones de los im-puestos legalmente previstas entre los Ayuntamien-tos afectados.

La cantidad resultante de dicha liquidación será transferida a la entidad local dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha de la presentación de la mencionada liquidación.

QUINTO.- El acuerdo se publicará en el Bole-tín Oficial de la Provincia y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, para su general conocimiento, de conformidad con lo previsto en el ar tícu lo 7.2 TR-LRHL».

Guadalajara, 9 de enero de 2015.– El Diputado-Delegado de Economía y Hacienda, Lorenzo Robis-co Pascual.

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EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE GUADALAJARA

Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Turismo

ANUNCIO

El Pleno de esta Corporación provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de diciembre de 2014, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar inicial-mente la modificación de los Estatutos del Consor-cio Camino del Cid, para su adaptación a lo previsto en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de raciona-lización y sostenibilidad de la Administración Local, en cumplimiento de lo dispuesto en su disposición transitoria sexta; así como a la regulación igualmen-te prevista en la Sección 2.ª del Capítulo II, arts. 12

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al 15 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, conforme a la propuesta formulada por el Consejo Rector de dicho Consorcio, en sesión celebrada el pasado 13 de noviembre de 2014.

Se somete a trámite de información pública y audiencia de los interesados por un plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la publi-cación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para la presentación de reclamaciones y sugerencias. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera presentado reclamación o sugerencia algu-na, se entenderá definitivamente adoptado el acuer-do.

Guadalajara, 19 de enero de 2015.– La Presiden-ta, Ana Guarinos López.

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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA

Economía y Hacienda

EDICTO

Aprobada la matrícula de contribuyentes, relativa al Precio público de participación económica de los usuarios por la prestación del Servi cio de ayuda a domicilio, correspondiente al mes de noviembre del ejercicio 2014, queda expuesta al público en las ofi-cinas de este Excmo. Ayuntamiento, para examen y reclamaciones por parte de los legítimamente inte-resados, durante el plazo de quince días, contados a partir de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

La exposición al público de la matrícula produ-cirá los efectos de notificación de las liquidaciones contenidas en la misma, a los fines de la notifica-ción colectiva prevista en el ar tícu lo 102.3 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, pudiéndose interponer contra dichos actos recurso de reposición, previo al contencioso-administrati-vo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la finalización del periodo voluntario de pago.

Periodo de pago:

Pago en periodo voluntario: En aplicación del ar-tícu lo 62.3 del citado texto legal, queda fijado el si-guiente plazo de ingreso en período voluntario del Precio público de participación económica de los usuarios por la prestación del Servi cio de ayuda a domicilio, correspondiente al mes de noviembre de 2014.

Del 20 de febrero de 2015 al 20 de marzo de 2015.

Horario de ingreso: de 9 horas a 14 horas, de lu-nes a viernes.

Pago en periodo ejecutivo: Transcurridos los pla-zos anteriormente señalados, las deudas no satisfe-chas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio del 20%, intere-ses de demora y, en su caso, las costas que se pro-duzcan. No obstante, este recargo será del 5% una vez vencido el periodo en voluntaria hasta la notifi-cación de la providencia de apremio, y, se cobrará el recargo de Apremio reducido del 10%, desde la no-tificación de la providencia de apremio hasta la fina-lización del plazo del ar tícu lo 62.5 de la Ley 58/2003 General Tributaria, de 17 de diciembre.

Se recuerda la posibilidad y conveniencia de utili-zar la modalidad de domiciliación bancaria.

Lugar de pago:

El ingreso deberá efectuarse en cualquier su-cursal de las entidades colaboradoras que a conti-nuación se relacionan, en el horario de atención al público que cada entidad tenga establecido, acom-pañando el juego de impresos que recibirán a tal fin en su domicilio.

Entidades colaboradoras:

Caja Rural Castilla-La Mancha, Banco Bilbao-Vizcaya, Banco Santander, Ibercaja Banco, S.A.U., Bankia, S.A., Caixabank, S.A., Banco de Caja Espa-ña de Inversiones, Salamanca y Soria, S.A.U., Ban-co de Castilla-La Mancha, S.A., Novagalicia Banco y Banco Gallego.

Duplicados:

Los contribuyentes que no reciban los documen-tos de cobro pueden dirigirse a cualquiera de las ofi-cinas de la entidad gestora Ibercaja para solicitarlos.

Guadalajara, 20 de enero de 2015.– El Concejal-Delegado de Hacienda, Alfonso Esteban Señor.

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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA

ANUNCIO

La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayunta-miento de Guadalajara, en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2014, acordó modificar la compo-sición de la Mesa de Contratación en los siguientes términos:

Primero. Designar a D. Fernando Barrio Sastre, como Vocal Suplente de la Vocal Titular D.ª Elena Martínez Ruiz, Secretaria General del Ayuntamiento, salvo en el supuesto de que aquel tuviera que asistir como Suplente del Secretario de la Mesa, en cuyo caso continuaría D. Miguel Ángel de la Torre como Vocal Suplente de la Vocal Titular Secretaria Gene-ral.

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Segundo. Designar como Concejales en repre-sentación del Grupo Municipal PSOE, como Vocal Titular a D. Daniel Jiménez Díaz, y como Vocal Su-plente a D. Víctor Manuel Cabeza López.

Contra el precedente acuerdo, definitivo en vía administrativa, podrá interponerse potestativamen-te recurso de reposición ante este Excmo. Ayunta-miento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se publique el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia; o, de no hacer uso de dicho recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de di-cha jurisdicción con sede en Guadalajara, en el pla-zo de dos meses, contado a partir del día siguiente a aquel en que reciba la presente notificación, así como cualquier otro que estime de interés en defen-sa de su derecho; rogándole firme el duplicado que se acompaña en prueba de quedar enterado y para constancia en el expediente de su razón.

Guadalajara, 2 de enero de 2015.– El Concejal Delegado de Contratación.

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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA

CONVOCATORIA DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA PARA LA CONCERTACIÓN DE

UNA OPERACIÓN A LARGO PLAZO

- Entidad adjudicadora:

Ayuntamiento de Guadalajara.

- Objeto:

Operación de crédito a largo plazo por importe de 2.997.550,00 euros para financiar Opera-ciones de inversión y Transferencias de capital.

- Presentación ofertas:

De 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, en la Intervención Municipal, c/ Doctor Mayoral núm. 4 de Guadalajara.

- Plazo:

20 días naturales, a contar a partir del siguiente al de publicación de la presente convocatoria.

- Lugar:

Intervención Municipal.

Las condiciones para tomar parte en la contrata-ción de esta operación y demás documentación se hallan a disposición de los interesados en la Inter-vención Municipal.

Guadalajara, 22 de enero de 2015.– El Alcalde, Antonio Román Jasanada.

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ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Cifuentes

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automática-mente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza Fis-cal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, cuyo texto íntegro se hace pú-blico, para su general conocimiento y en cumplimien-to de lo dispuesto en el ar tícu lo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el ar tícu lo 56 del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

Se modifica la redacción del ar tícu lo 8.º de la Or-denanza que quedaría del siguiente tenor:

«Ar­tícu­lo­8.­Bonificaciones

1. Se establece una bonificación de hasta el 95 por 100 de la cuota del Impuesto sobre Cons-trucciones, Instalaciones y Obras, a favor de las construcciones, instalaciones u obras declaradas de especial interés o utilidad municipal, en las que concurran circunstancias que supongan el fomen-to del empleo estable, siempre y cuando la activi-dad económica que se vaya a realizar en la nueva construcción o, en su caso, construcción reforma-da, rehabilitada o modificada, genere nuevo empleo o mejore las condiciones de estabilidad o duración del ya existente.

Se considerará que existe fomento del empleo siempre y cuando la actividad económica genere nuevo empleo o mejore las condiciones de estabi-lidad o duración ya existente y, en particular, en los siguientes supuestos:

a) Conversión de contratos de trabajo temporales en contratos indefinidos.

b) Concertación de nuevos contratos de trabajo indefinidos.

c) Concertación de contratos temporales de una duración mínima de 12 meses.

La presente bonificación no será de aplicación a los contratos de trabajo suscritos por los contratis-tas que ejecuten materialmente las obras, ni a los contratos de trabajo suscritos por el promotor, en los supuesto de ejecución material de las obras por el propio promotor, ni a cualquier contrato que no esté relacionado con la actividad económica a desarrollar en la nueva construcción o construcción modificada, reformada o rehabilitada.

2. Corresponderá la declaración de especial inte-rés o utilidad municipal al Pleno del Ayuntamiento de Cifuentes, y se acordará, previa solicitud del sujeto

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pasivo, por el voto favorable de la mayoría simple de sus miembros.

3. Podrán ser beneficiarios de la bonificación los promotores de la obra, de acuerdo con la definición de promotor del ar tícu lo 9.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, en los que además concurra la condición de sujeto pa-sivo del impuesto.

Asimismo, para la concesión de esta bonificación, el sujeto pasivo deberá coincidir con el titular de la actividad económica que se pretenda desarrollar, en el caso de nuevas construcciones, o ya en ejercicio, para las actividades económicas existentes.

4. Para la concesión de la presente bonificación, deberá presentarse, para su estudio por el Pleno de la Corporación, en el Registro del Ayuntamiento jun-to con la solicitud de licencia de obra, declaración responsable o comunicación previa, la siguiente do-cumentación:

a) Dirección y n.º de referencia catastral del in-mueble, debiendo ser titular del inmueble el peticio-nario.

b) Alta en el Impuesto sobre Actividades Econó-micas, debiendo estar destinado el inmueble a la ac-tividad empresarial señalada en el Real Decreto Le-gislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

c) Fotocopia del recibo del Impuesto sobre Ac-tividades Económicas pagado, correspondiente al ejercicio anterior al de la solicitud. En el caso de no existir recibo por estar exento del impuesto o ser una empresa de nueva creación, deberá presentarse co-pia del alta en el impuesto efectuada en la Agencia Tributaria.

d) Fotocopia del recibo del Impuesto sobre Bie-nes Inmuebles pagado, correspondiente al ejercicio anterior al de la solicitud y al inmueble en el que se ejerce la actividad

e) En el caso de actividades económicas en ejer-cicio, licencia de inicio de actividad o de apertura en vigor correspondiente al inmueble cuya bonifica-ción se solicita. En el supuesto de que el ejercicio de la actividad hubiera sido objeto de declaración responsable o comunicación previa, deberá apor-tarse documento de comprobación establecido en el ar tícu lo 10.º de la Ordenanza municipal regula-dora del procedimiento de comprobación de activi-dades comerciales incluidas en el Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servi-cios.

f) Documentos relativos al alta en la Seguridad Social de los Trabajadores de la empresa (mode-los TC1 y TC2 mensuales), así como justificación del carácter indefinido de la contratación o de una duración superior a 12 meses en el supuesto de contratos temporales, que, en el caso de empresas ya existentes, deberán suscribirse en el plazo de 6

meses desde el acuerdo de concesión de la boni-ficación

En el supuesto de empresas de nueva instalación, junto con la solicitud, se presentará por el interesa-do, para la obtención de la bonificación, en los pla-zos establecidos, memoria con el número de traba-jadores que se pretenden contratar durante el primer ejercicio de actividad económica, debiendo realizar-se las contrataciones en el plazo de 6 meses, des-de la puesta en marcha de la actividad, tomándose como fecha de inicio de actividad el día siguiente a la fecha que figure en el título habilitante para el ejer-cicio de la misma. En el supuesto de no aportarse en el citado plazo los documentos relativos al alta en la Seguridad Social de los trabajadores en la empresa, ni el carácter de dichas contrataciones, se liquidará el impuesto correspondiente sin bonificación alguna.

g) Declaración responsable del obligado tributa-rio, en la que ponga de manifiesto el compromiso del mantenimiento de la plantilla de trabajadores duran-te todo el año.

5. La concesión de la bonificación estará condi-cionada al mantenimiento de los contratos de tra-bajo y el resto de requisitos que se establezcan en el acuerdo plenario de concesión de la bonificación, pudiendo el Ayuntamiento de Cifuentes, de acuerdo con lo previsto en el ar tícu lo 115.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, efectuar en cualquier momento controles que verifiquen el man-tenimiento de dichos requisitos.

En caso de no mantenerse el empleo durante el periodo establecido en el acuerdo de concesión de bonificación, se procederá por el Ayuntamiento a la liquidación del importe bonificado, debiendo el obli-gado tributario, previa notificación de la liquidación, proceder a su abono dentro de los plazos estableci-dos por la normativa tributaria.

6. No procederá la aplicación de bonificación al-guna si como consecuencia de las construcciones, instalaciones u obras ejecutadas se sancionara la comisión de alguna infracción urbanística.

No se aplicará bonificación alguna sobre la cuota liquidada para los supuestos en los que, practicada comprobación administrativa, en los términos previs-tos en el ar tícu lo 103 párrafo segundo del TRLRHL, se determine una base imponible superior a la decla-rada por el sujeto pasivo, en la solicitud de licencia de obra, bien a la comunicación de la finalización de la obra, ni cuando se produzca el impago de la cuota bonificada del impuesto, en los plazos establecidos en la normativa tributaria.

En estos supuestos se procederá por el Ayun-tamiento a la liquidación del importe bonificado, debiendo el obligado tributario, previa notificación de la liquidación, proceder a su abono dentro de los plazos establecidos por la normativa tributa-ria».

Contra el presente acuerdo, se interpondrá recur-so contencioso-administrativo, ante el órgano com-petente de la jurisdicción contencioso-administrativa,

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en el plazo de dos meses, a contar desde el día si-guiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el ar tícu lo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Adminis-trativa.

En Cifuentes a 30 de diciembre de 2014.– El Al-calde, José Luis Tenorio Pasamón.

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ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Alique

ANUNCIO

El Pleno del Ayuntamiento de Alique en su se-sión ordinaria celebrada el día 19 de diciembre de 2014, adoptó el acuerdo provisional de modificación de las Bases de ejecución del Presupuesto corres-pondiente al ejercicio de 2014, por lo que de confor-midad con lo establecido en los ar tícu los 169.1 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, el expediente se expone al público por un plazo de quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y pre-sentar reclamaciones ante el Pleno. La modificación se considerará definitivamente aprobada si durante el citado período no se hubiesen presentado relacio-nes. En caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.

En Alique a 2 de enero de 2014.– El Alcalde, Sal-vador Ortiz García.

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ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Torrejón del Rey

De conformidad con lo establecido en el ar tícu-lo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Pro-cedimiento Administrativo Común, no siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a la Administración y habiéndose realizado, al menos, los intentos de notificación exigidos por el citado ar­tícu lo, por el presente anuncio se cita a los interesa-dos o representantes que se relacionan en el anexo, para ser notificados por comparecencia de los ac-tos administrativos derivados de los procedimientos sancionadores, que igualmente se especifican.

Los interesados o sus representantes deberán comparecer para ser notificados en un plazo de quin-ce días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en horario de 9 a 14 h, de lunes a vier-nes, en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Torrejón del Rey, sitas en Plaza de Mayor, n.º 1.

Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, según lo esta-blecido en el ar tícu lo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO

Expte. Fecha Trámite Nombre Objeto sanción Artículo Ordenanza

765/14 13/11/14 Inicio Andrés Sánchez Martín

C/ Río Sil, 1504 30.1.f) Limpieza vías

públicas y domicil.

En Torrejón del Rey a 26 de diciembre de 2014.– El Alcalde, Mario San Martín García.

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ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Villanueva de la Torre

ANUNCIO CORRECCIÓN DE ERRORES

Advertido error en la publicación de la Ordenan-za fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación de

Servi cios de enseñanza en escuelas municipales, art. 4 se ha procedido a su corrección y publicación.

En el art. 4 se procede a la corrección de las cuan-tías de la Tasa por las escuelas deportivas, quedan-do redactado:

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8 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10

Así lo manda y firma en Villanueva de la Torre.– La Alcaldesa, Marta Valdenebro Rodríguez.

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Ayuntamiento de Salmerón

ANUNCIO

Por acuerdo de Pleno de fecha 1 de diciembre de 2014, se adjudicó el contrato de prestación de los servi cios sociales municipales de carácter asisten-cial en la Vivienda de mayores «Villa de Salmerón», publicándose su formalización a los efectos del ar-tícu lo 154 del Texto Refundido de la Ley de Contra-tos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre:

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Ayuntamiento de Salmerón (Gua-dalajara).

b) Dependencia que tramita el expediente: Secre-taría.

2. Objeto del contrato:

a) Tipo: Contrato de Gestión de Servi cios Públi-cos.

b) Descripción: Gestión de la Vivienda de mayo-res de Salmerón.

c) Medio de publicación del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

d) Fecha de publicación del anuncio de licitación: 27 de octubre de 2014.

3. Tramitación y procedimiento:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.

4. Presupuesto base de licitación: 57.274,00 y 5.727,40 euros de IVA. Importe total: 63.001,40 euros.

5. Formalización del contrato:a) Fecha de adjudicación: 1 de diciembre de 2014.b) Fecha de formalización del contrato: 9 de di-

ciembre de 2014.c) Contratista: María Isabel Taravilla Montero.d) Importe o canon de adjudicación: Impor-

te neto: 57.274,00 euros. Importe total: 63.001,40 euros.

En Salmerón a 1 de diciembre de 2014.– La Alcal-desa, María Teresa Balcones Orcero.

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Ayuntamiento de El Pobo de Dueñas

EDICTO

Al no haberse presentado reclamación alguna contra el Expediente de Modificación de Créditos n.º 02/2014 del Presupuesto de 2014, queda apro-bado definitivamente, según se indica:

ESCUELAS DEPORTIVAS TASA €/mes

Actividades en general 20,00 €

Actividades Ciclo Indoor 30,00 €

En actividades en general, por segunda actividad de cualquier miembro dentro de la unidad familiar*. 15% de bonificación 17,00 €

En actividades en general, por tercera y sucesivas actividades de cualquier miembro dentro de la unidad familiar*. 25% de bonificación 15,00 €

Bonificación por familias numerosas**. 20% a todos los miembros 16,00 €

Matricula anual 25,00 €

Crédito extraordinario:

Capítulo Concepto Importe aumento

7 Transferencias de capital 13.200,00 €

Financiación (Bajas por anulación)

Capítulo Concepto Importe bajas

6 Inversiones reales 13.200,00 €

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B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 9

Contra el presente, podrán los interesados pre-sentar recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación del presente.

En El Pobo de Dueñas a 14 de octubre de 2014.– El Alcalde, Alberto Checa Arauz.

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ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de El Pobo de Dueñas

EDICTO

Al no haberse presentado reclamación alguna contra el Expediente de Modificación de Créditos n.º

01/2014 del Presupuesto de 2014, queda aprobado definitivamente, según se indica:

Altas: Suplemento de crédito:

Capítulo Concepto Importe aumento

6 Inversiones reales (a) 24.100,00 €

Crédito extraordinario:

Capítulo Concepto Importe aumento

6 Inversiones reales (b) 8.520,00 €

Importe total aumento (a+b) 32.620,00 €

Financiación (Baja de crédito)

Capítulo Concepto Importe bajas

6 Inversiones reales 32.620,00 €

Contra el presente, podrán los interesados pre-sentar recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación del presente.

En El Pobo de Dueñas a 30 de julio de 2014.– El Alcalde, Alberto Checa Arauz.

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Ayuntamiento de El Pobo de Dueñas

EDICTO

Al no haberse presentado reclamación alguna contra el Expediente de Modificación de Créditos

n.º 03/2014 del Presupuesto de 2014, queda apro-bado definitivamente, según se indica:

Page 10: N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 1 BOLETÍN OFICIAL · Guadalajara, 9 de enero de 2015.– El Diputado-Delegado de Economía y Hacienda, Lorenzo Robis-co Pascual. 203 EXCMA. DIPUTACION

10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10

Altas: Suplemento de crédito:

Capítulo Concepto Importe aumento

6 Inversiones reales 52.000,00 €

Financiación (Baja de crédito)

Capítulo Concepto Importe bajas

6 Inversiones reales 52.000,00 €

gislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el ar tícu lo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación pre-ceptiva por plazo de quince días desde la publica-ción de este anuncio, a los efectos de reclamacio-nes y alegaciones.

De conformidad con el acuerdo adoptado, el Pre-supuesto se considerará definitivamente aprobado si, durante el citado plazo, no presenten reclamaciones.

En Millana a 18 de diciembre de 2014.– La Alcal-desa, María Soledad Lope Pardo.

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Ayuntamiento de Torija

ANUNCIO

Publicado anuncio en relación al acuerdo de Ple-no de 22 de diciembre de 2014, para la adjudica-ción del contrato de obras de Centro de Iniciativas Empresariales «Vivero de Empresas», el 29 de di-ciembre de 2014, por medio del presente anuncio, se efectúa a la rectificación de errores materiales, donde pone: Importe total 4.353.038,79 euros, debe poner 435.038,78.

En Torija a 29 de diciembre de 2014.– La Alcalde-sa, Asunción Heras Padín.

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Ayuntamiento de Málaga del Fresno

ANUNCIO

Aprobado inicialmente por el Pleno de este Ayun-tamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 11 de diciembre de 2014, el Presupuesto general y la Plantilla de personal para el ejercicio económico de 2015.

En cumplimiento de lo dispuesto en el ar tícu-lo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido

Contra el presente, podrán los interesados pre-sentar recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación del presente.

En El Pobo de Dueñas a 4 de noviembre de 2014.– El Alcalde, Alberto Checa Arauz.

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Ayuntamiento de Quer

VADOS QUER 2015

Conforme a lo establecido en el ar tícu lo 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se abre período de exposición al Público de los si-guientes Padrones de Tasas:

Padrón Tasa por entrada de ve hícu los a través de las aceras y reservas de vía pública para apar-camiento exclusivo, parada de ve hícu los, carga y descarga de mercancías de cualquier clase para el ejercicio 2015.

Los padrones se expondrán durante el plazo de 15 días, a partir de su publicación en el Boletín Ofi-cial de la Provincia

En Quer, 2 de enero de 2015.– El Alcalde, José Ramón Calvo Carpintero.

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ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Millana

ANUNCIO

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 18 de di-ciembre de 2014, el Presupuesto general, Bases de ejecución y la Plantilla de personal funciona-rio, laboral y eventual para el ejercicio económico 2015, con arreglo a lo previsto en el ar tícu lo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Ha-ciendas Locales, aprobado por Real Decreto Le-

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B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 11

de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el ar tícu lo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, el expediente queda expuesto al público en la Secretaría-Intervención de esta entidad, durante el plazo de quince días hábiles, a fin de que los inte-resados, que se señalan en el ar tícu lo 170 de dicha Ley, puedan presentar las reclamaciones que consi-deren oportunas, por los motivos que se indican en el punto 2.º del citado último ar tícu lo, ante el Pleno del Ayuntamiento.

En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se produjeran reclamaciones, de con-formidad con lo previsto en el ar tícu lo 169 del referido texto legal, el Presupuesto se considerará definitiva-mente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso.

Málaga del Fresno a 18 de diciembre de 2014.– El Alcalde, Luis Camino Jiménez.

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Ayuntamiento de Alovera

NOTIFICACIÓN EDICTAL

No habiéndose podido notificar en el último do-micilio conocido, se procede, de conformidad con el ar tícu lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre), a notificar mediante el presente edicto la Resolución de la Alcaldía número 951/2014, de fecha 12 de diciembre, cuyo tenor lite-ral es el siguiente:

«ASUNTO: INCOACIÓN EXPEDIENTE 07/2014 BAJA DE OFICIO POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL PADRÓN DE HABITANTES.

Con fecha 7 de agosto de 2014 ha tenido entrada en el Ayuntamiento de Alovera, con número de regis-tro 2798, solicitud realizada por don Dorin Ilie Fanea, por la que manifiesta que en el domicilio, sito en la Camino Valbueno, 27, de esta localidad, se encuen-tran empadronadas las siguientes personas:

NOMBRE Y APELLIDOS DNI

MIRELA JIANU Y1885955-S

M. A. J. (menor)

Los cuales no se fueron a Huelva y Rumania, res-pectivamente, por lo cual ya no residen de forma real y efectiva en dicha vivienda, por lo que solicita la baja en el Padrón Municipal de Habitantes de dichas personas.

En virtud del ar tícu lo 72 del Reglamento de Po-blación y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadrona-dos incumpliendo los requisitos establecidos en el ar tícu lo 54 del citado Reglamento, una vez compro-bada esta circunstancia en el correspondiente expe-diente en el que se dará audiencia a los interesados.

Visto el informe de comprobación de los hechos, que ha sido emitido por parte de la Policía local, de fecha 13 de diciembre, sº referencia 922/2014, en el que se pone de manifiesto que no cumplen con los re-quisitos mínimos (residencia habitual), del ar tícu lo 54.1 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demar-cación Territorial de las Entidades Locales.

RESUELVO

PRIMERO.- Incoar expediente 07/2014 para pro-ceder a dar de baja por inscripción indebida a las personas arriba indicadas.

SEGUNDO.- Darles audiencia, por plazo de diez días, para que presenten las alegaciones, los docu-mentos o, las informaciones, estimen convenientes. En caso de no recibir contestación en el citado plazo, se dará la baja de oficio.

Para que así conste, expido el presente de orden y con el visto bueno de la Sra. Alcaldesa en Alovera a 12 de diciembre de 2014.»

Lo que se notifica, haciendo saber que el pre-sente acto es de trámite, no siendo definitivo en vía administrativa, y que, a partir de la notificación del presente, queda abierto el trámite de audiencia a los interesados por plazo de diez días, para que se presenten en las Dependencias de este Ayuntamien-to y examinen el expediente, a los efectos de que puedan alegar y presentar los documentos y justifi-caciones que estimen oportunos. Caso de no recibir contestación en el plazo citado, se procederá a dar la baja de oficio.

En Alovera a 15 de diciembre de 2014.– La Alcal-desa, María Purificación Tortuero Pliego.

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ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Alovera

NOTIFICACIÓN EDICTAL

No habiéndose podido notificar en el último domi-cilio conocido, se procede, de conformidad con el ar-tícu lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre), a notificar mediante el presente edicto la Resolución de la Alcaldía número 963/2014

Page 12: N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 1 BOLETÍN OFICIAL · Guadalajara, 9 de enero de 2015.– El Diputado-Delegado de Economía y Hacienda, Lorenzo Robis-co Pascual. 203 EXCMA. DIPUTACION

12 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10

de fecha 16 de diciembre, cuyo tenor literal es el si-guiente:

«ASUNTO: INCOACIÓN EXPEDIENTE 08/2014 BAJA DE OFICIO POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL PADRÓN DE HABITANTES.

Con fecha 27 de agosto de 2014 ha tenido entra-da en el Ayuntamiento de Alovera, con número de registro 3009, solicitud realizada por doña María Mi-lagros del Rey Calvo, con domicilio en calle Adolfo Centenera, 49, por la que manifiesta que, en su pro-piedad, sita en la calle La Soledad, 18, portal A, 2.º F, de esta localidad, se encuentran empadronadas las siguientes personas:

NOMBRE Y APELLIDOS DNI

MARIO MIGUEL AMADOR NICIEZA 03.223.750-R

DAYREL RIVERO YERA X9535024-Y

Realizada consulta al actual inquilino de la vivien-da, manifiesta que no los conoce y que desconoce el lugar de residencia, por lo cual no residen de forma real y efectiva en dicha finca.

En virtud del ar tícu lo 72 del Reglamento de Po-blación y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadrona-dos incumpliendo los requisitos establecidos en el ar tícu lo 54 del citado Reglamento, una vez compro-bada esta circunstancia en el correspondiente expe-diente en el que se dará audiencia a los interesados.

Visto el informe de comprobación de los hechos, que ha sido emitido por parte de la Policía local, de fecha 14 de diciembre, sº referencia 925/2014, en el que se pone de manifiesto que no cumplen con los re-quisitos mínimos (residencia habitual), del ar tícu lo 54.1 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demar-cación Territorial de las Entidades Locales.

RESUELVO

PRIMERO.- Iniciar expediente 08/2014 para pro-ceder a dar de baja por inscripción indebida a las personas arriba indicadas.

SEGUNDO.- Darles audiencia, por plazo de diez días, para que presenten las alegaciones, los docu-mentos o las informaciones que estimen convenien-tes. En caso de no recibir contestación en el citado plazo, se dará la baja de oficio.

Para que así conste, expido el presente de orden y con el visto bueno de la Sra. Alcaldesa en Alovera a 16 de diciembre de 2014.»

Lo que se notifica, haciendo saber que el presente acto es de trámite, no siendo definitivo en vía adminis-trativa, y que, a partir de la notificación del presente, queda abierto el trámite de audiencia a los interesa-

dos, por plazo de diez días, para que se presenten en las Dependencias de este Ayuntamiento y examinen el expediente, a los efectos de que puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que esti-men oportunos. Caso de no recibir contestación en el plazo citado, se procederá a dar la baja de oficio.

En Alovera a 15 de diciembre de 2014.– La Alcal-desa, María Purificación Tortuero Pliego

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ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Alovera

NOTIFICACIÓN EDICTAL

No habiéndose podido notificar en el último domici-lio conocido, se procede, de conformidad con el ar tícu-lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre), a notificar mediante el presente edicto la Resolución de la Alcaldía número 964/2014, de fe-cha 16 de diciembre, cuyo tenor literal es el siguiente:

«ASUNTO: INCOACIÓN EXPEDIENTE 04/2014 BAJA DE OFICIO POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL PADRÓN DE HABITANTES.

Con fecha 7 de abril de 2014, ha tenido entrada en el Ayuntamiento de Alovera, con número de re-gistro 1052, solicitud realizada por doña Eva Simo Raventós, por la que manifiesta que, en su domicilio, sito en el número 27, de la calle Río Jarama, de esta localidad, se encuentran empadronadas las siguien-tes personas:

NOMBRE Y APELLIDOS DNI

HATTAB HICHAM X7071906G

VANIEL DA SILVA VIEIRA YA062711

Los cuales eran inquilinos a los que alquilé una habitación, pero el primero se caso con una chica es-pañola y se marchó, y el segundo, se fue en diciem-bre de 2013 a Brasil de vacaciones y no ha vuelto, por lo cual no residen de forma real y efectiva en di-cha vivienda, por lo que solicita la baja en el Padrón municipal de habitantes de dichas personas.

En virtud del ar tícu lo 72 del Reglamento de Po-blación y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadrona-dos, incumpliendo los requisitos establecidos en el ar tícu lo 54 del citado Reglamento, una vez compro-bada esta circunstancia en el correspondiente expe-diente, en el que se dará audiencia a los interesados.

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B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 13

Visto el informe de comprobación de los hechos, que ha sido emitido por parte de la Policía local, de fe-cha 16 de diciembre, sº referencia 925/2014, en el que se pone de manifiesto que no cumplen con los requi-sitos mínimos (residencia habitual), del ar tícu lo 54.1 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Población y De-marcación Territorial de las Entidades Locales.

RESUELVO

PRIMERO.- Incoar expediente 04/2014 para pro-ceder a dar de baja por inscripción indebida a las personas arriba indicadas.

SEGUNDO.- Darles audiencia, por plazo de diez días, para que presenten las alegaciones, los docu-mentos o las informaciones que estimen convenien-tes. En caso de no recibir contestación en el citado plazo, se dará la baja de oficio.

Para que así conste, expido el presente de orden y con el visto bueno de la Sra. Alcaldesa en Alovera a 3 de diciembre de 2014.»

Lo que se notifica, haciendo saber que el presente acto es de trámite, no siendo definitivo en vía adminis-trativa, y que, a partir de la notificación del presente, queda abierto el trámite de audiencia a los interesa-dos, por plazo de diez días, para que se presenten en las Dependencias de este Ayuntamiento y examinen el expediente, a los efectos de que puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que esti-men oportunos. Caso de no recibir contestación en el plazo citado, se procederá a dar la baja de oficio.

En Alovera a 16 de diciembre de 2014.– La Alcal-desa, María Purificación Tortuero Pliego.

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ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Azuqueca de Henares

Anuncio del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares (Guadalajara), sobre aprobación (única) de­la­«Modificación­n.º­7­del­Plan­de­Ordenación­Municipal-Ordenanza ZU-D» promovida por este Ayuntamiento.

Se hace público que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2014, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«3.­ Modificación número 7 del POM de Azuque-ca de Henares, relativa a la ordenanza ZU-D, Expe-diente: P/2014/1.

Examinada la propuesta de modificación núm. 7 del Plan de Ordenación Municipal, relativa a la ordenanza ZU-D, según documento técnico elaborado por los ar-quitectos municipales el 1 de septiembre de 2014.

Resultando que el objeto de la modificación propuesta (según su Memoria) es únicamente el

art. 14.2 (Determinaciones sobre uso y destino de la edificación y el suelo) de la ordenanza ZU­D (la cual es parte del Tomo III: Ordenanzas particulares del vigente Plan de Ordenación Municipal de Azuqueca de Henares) en los siguientes aspectos:

- incluir y especificar los usos compatibles y complementarios al uso dotacional, en el ám-bito de aplicación de la referida ordenanza, permitiendo como tales usos los terciarios (comercial, hostelero y hotelero) y establecer la cuantía máxima de edificabilidad de unos y otros, respecto de la máxima permitida en las parcelas con destino a equipamientos.

En particular, del documento técnico elaborado por los arquitectos municipales el 1 de septiembre de 2014 se desprende la necesidad o conveniencia de la modificación propuesta, sucintamente, para:

- compatibilizar en las parcelas de equipamiento los usos estrictamente dotacionales con otros que les aporten una diversidad funcional, com-plementando un régimen de actividades que las convierta verdaderamente en un «nodo» de cen-tralidad urbana. Ello es posible asociando ciertos usos comerciales de primera necesidad y de for-ma minoritaria, sin que pueda llegar, en ningún momento, a desvirtuar el carácter de la zona, pero sí ayudar a potenciarlo, que mantengan la acti-vidad y potencien la funcionalidad diaria de este entorno, ayudando al mantenimiento y correcto funcionamiento de este tipo de equipamientos.

Resultando que el expediente ha sido sometido a información pública por plazo de un mes, mediante anuncio publicado en el Diario Oficial de Castilla­La Mancha, núm. 201, de 17 de octubre de 2014; en el periódico Cinco Días, de 14 de octubre de 2014; en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento, desde el 23 de septiembre de 2014 hasta el 18 de noviem-bre de 2014, y en la web del Ayuntamiento, desde el 16 de octubre de 2014 hasta el 18 de noviembre de 2014. En el expediente, figura certificado del Secre-tario, de 24 de noviembre 2014, según el cual no se han presentado alegaciones en el referido trámite.

Vistos los informes favorables del Arquitecto mu-nicipal, de 20 de noviembre de 2014, y de la Letrado de urbanismo, de 24 de noviembre de 2014, según los cuales, sucintamente, la propuesta se adecua a las determinaciones correspondientes de la ordena-ción estructural del POM de Azuqueca de Henares, aprobado definitivamente el 13 de mayo 1999 por la Comisión Provincial de Urbanismo de Guadalajara (DOCM de 25 de junio de 1999; BOP Guadalajara de 12 de julio de 2001).

En consideración a cuanto antecede, se entiende suficientemente justificadas la legalidad y oportunidad de la referida propuesta de Modificación núm. 7 del Plan de Ordenación Municipal, ordenanza ZU-D, y se estima procedente su aprobación y que, para ello, se someta el presente dictamen de la Comisión Informati-va de Urbanismo, Obras e Infraestructuras (arts. 82.2, 93, 97.1 ROF; acuerdo plenario de creación de dicha Comisión de 29 de junio de 2011, que le atribuye esta

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14 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10

función en virtud del art. 124.2 ROF) al Pleno para que, en cumplimiento de lo dispuesto en los art. 38.2 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territo-rio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo; arts. 139.3.b.) y 152.2 del Decreto 248/2004, de 14 septiembre, que aprueba el Reglamento de Planea-miento de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística; así como en el art. 22.2.c) de las Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen local, adopte, en su caso, el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.­ Aprobar la propuesta de Modificación núm. 7 del Plan de Ordenación Municipal, ordenanza ZU-D, según documento técnico elaborado por los arquitectos municipales el 1 de septiembre de 2014.

SEGUNDO.- Publicar íntegramente el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Gua-dalajara, en el Diario Oficial de Castilla­La Mancha, en el tablón de anuncios y en la web del Ayuntamiento. Publicar asimismo en el BOP el texto articulado modi-ficado.

TERCERO.­ Remitir certificado del presente acuerdo, junto con un ejemplar de la modificación debidamente diligenciado, a los Servi cios Periféricos en Guadalajara de la de la Consejería competente en materia de ordenación territorial y urbanística.

CUARTO.- Depositar un ejemplar, debidamente diligenciado, en el Ayuntamiento para su publicidad».

Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recur-so contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la última de las dos publicaciones del presente anuncio, bien en el Boletín de la Provincia de Guadalajara bien en el Dia-rio Oficial de Castilla­La Mancha. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime pertinente y de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Azuqueca de Henares a 12 de diciembre de 2014.– La 3.ª Teniente de Alcalde (por delegación en Decreto de 25 de abril de 2012, BOP n.º 58 de 14 de mayo de 2012), Beatriz Pérez López.

MODIFICACIÓN­N.º­7­DEL­PLAN­DE­ORDENACIÓN MUNICIPAL – ORDENANZA ZU-D

Texto­modificado­y­refundido

Art. 14. ORDENANZA ZU-D.

Art.­14.1.­Definición.

Regula la edificación en parcelas de uso exclusi-vo dotacional.

Art. 14.2. Determinaciones de aprovechamien-to­y­volumen­edificable.

A) Las edificaciones dotacionales insertas tipoló-gicamente en la trama urbana se regularán por la ordenanza de la zona. Los parámetros exigidos a las edificaciones dotacionales por la Ordenanza que fuera de aplicación se adaptarán a las necesidades que del uso dotacional requiera, cumpliendo la nor-mativa específica de los organismos públicos con competencia sobre dichos equipamientos, si fue-ra necesario, la Junta de Gobierno podrá autorizar transferencia de aprovechamiento.

B) Las edificaciones dotacionales en parcelas de ocupación parcial no insertas en trama urbana se re-gularán por las siguientes determinaciones:

14.2.B.1. Alineaciones.Serán las indicadas en el plano de alineaciones

del Plan de Ordenación Municipal.14.2.B.2. Altura máxima.Será de dos plantas (7,50 m). Se exceptúan aque-

llos elementos singulares como campanarios, etc.Estos parámetros, de número de plantas máximo

y altura máxima, se adaptarán a las necesidades que el uso dotacional requiera, cumpliendo la normativa específica de los organismos públicos con compe-tencia sobre dichos equipamientos.

14.2.B.3. Aprovechamiento.Urbanístico.­ La capacidad del sólido definido por

las condiciones de altura y ocupación.Tipo.­ Será el resultado de aplicar a su superficie

una edificabilidad de 1 m2/m2 de uso característico dotacional.

Privativo.- Si se tratase de actuaciones proceden-tes del desarrollo de Unidades de Actuación en que el aprovechamiento correspondiente a la Admón. hu-biese sido localizado en parcelas específicas en el desarrollo del planeamiento, igual al tipo. En el resto de los casos en base al grado de consolidación, se-gún lo dispuesto en la LOTAU.

14.2.B.4. Ocupación.La ocupación máxima de la edificación será del

50%.14.2.B.5. Retranqueos.El retranqueo a linderos será, como mínimo, igual

a la mitad de la altura de la edificación. En el lindero frontal, podrá eximirse de la reserva del retranqueo cuando las edificaciones de la calle a que de frente formen fachada continua sin retranqueos.

Art. 14.3. Determinaciones de uso y destino de la­edificación­y­el­suelo.

Todos los usos deberán cumplir las condiciones que para los mismos se especifican en las Condicio-nes generales de uso.

Uso predominante.Dotacional.- El Plan de Ordenación Municipal

asigna un uso a cada reserva, que podrá modificarse por acuerdo de Pleno, siempre que se justifique la no

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B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 15

necesidad del asignado por el Plan de Ordenación Municipal, y sustituirse por cualquiera de los con-templados por dicho documento. En cualquier caso, los usos Cementerio y Servi cios funerarios, Deporti-vo D-2, Sanitario S-1 y Servi cios Administrativos, en sus categorías A-2, A-3, A-5 y A-6, requerirán para su implantación en reservas en las que no estuvieran asignados, un estudio específico de impacto.

Red viaria y de comunicaciones: En su categoría AP-1.

Usos compatibles en edificio exclusivo.

En manzanas calificadas en su totalidad con destino a uso dotacional y en las que previamente se instalen edificaciones con usos pormenorizados socio-culturales y de movilidad, se permitirán como usos compatibles en edificio exclusivo los usos si-guientes:

Terciario: Comercial: En categorías C-1, C-2, C-3 y C-5.

Terciario: Hotelero: En categorías H1 y H2, hasta 50 habitaciones.

La suma de la superficie construida de los usos compatibles en edificio exclusivo no podrá ser su-perior al 30% de la edificabilidad total dotacional permitida en la parcela. Para el cálculo del aprove-chamiento consumido por cada uso compatible en edificio exclusivo, respecto del aprovechamiento máximo de la parcela dotacional, su superficie cons-truida se deberá homogeneizar con los coeficientes de uso correspondientes.

Su ocupación no podrá ser superior al 30% de la superficie de la parcela.

Usos complementarios.

Los ligados funcionalmente al uso principal.

Se permiten todos los usos complementarios ne-cesarios para el buen funcionamiento de la dotación de que se trate. Incluida, en su caso, la vivienda para vigilancia de la instalación y residencias religiosas o deportivas en las reservas de estos usos. Asimismo, se permite como uso complementario la instalación de infraestructuras con permiso municipal previo.

En manzanas calificadas en su totalidad con des-tino a uso dotacional y en las que previamente se instalen edificaciones con usos pormenorizados so-cio-culturales y de movilidad, se considerarán como usos complementarios los usos de establecimientos públicos recreativos y de hostelería no hoteleros, permitiéndose en edificio exclusivo con una edifica-bilidad de hasta un máximo del 20% de la edificabi-lidad total dotacional permitida de la manzana. Para el cálculo del aprovechamiento consumido por cada

uno de estos usos complementarios en edificio ex-clusivo, respecto del aprovechamiento máximo de la manzana dotacional, su superficie construida se deberá homogeneizar con los coeficientes de uso correspondientes.

Su ocupación no podrá ser superior al 20% de la superficie de la parcela.

Limitación de usos compatibles en edificio exclu-sivo y complementarios.

La suma de la superficie construida de los usos compatibles y complementarios en edificio exclusivo, no podrá ser superior al 50% de la edificabilidad total dotacional permitida en la parcela, ni tener una ocu-pación de mas del 50% de la superficie de la misma.

187

ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Marchamalo

ANUNCIO

NOTIFICACIÓN POR EDICTO DE RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA

De conformidad con lo establecido en el ar tícu-lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y ha-biendo sido intentada por 2 veces la notificación in-dividual sin que haya resultado posible practicarla, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la Resolución de la Alcaldía de fecha 21 de noviembre de 2014, relativa a la informa-ción pública del proyecto de reparcelación del sector SP.pp.100 de suelo urbanizable industrial – Ciudad del Transporte.

- Interesada: Doña Carmen García Urrea y here-deros de don Emilio de Diego León.

- Parte dispositiva de la resolución:«PRIMERO.- Requerir a Desarrollos Tecnológi-

cos y Logísticos, S.A., para que de conformidad con los informes emitidos, lleve a cabo, en el proyecto de reparcelación del sector de suelo urbanizable de uso residencial SP.pp.100 – Ciudad del Transporte, las modificaciones siguientes:

(…)2.- Incorporar al proyecto de reparcelación las

modificaciones que a continuación se expresan:

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16 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10

Titular ModificaciónFinca

Aportada Catastral Registral

María Magdalena de Diego León

La finca incluida parcialmente en el ámbito (5.972,56 m2 de los 30.898 m2 de superficie total) es la registral 7.718, catastral 82, de la que es titular registral don Emilio de Diego León, no doña María Magdalena de Diego León.

41 82/13 7.718

Carmen García Urrea

Doña Carmen García Urrea ostenta la posesión de la herencia de don Emilio de Diego León, por lo que habrá de ser tenida como interesada en la reparcelación, de acuerdo con los arts. 1709 a 1730 del Código Civil, en su condición de administradora de los bienes del difunto.

41 82/13 7.718

(…)

TERCERO.- Una vez incorporados los cambios a que hace referencia el apartado primero, notificar a los titulares incluidos en el punto 1 del citado apartado que no fueron tenidos en cuenta en la elaboración del pro-yecto de reparcelación y a los titulares incluidos en el punto 2, afectados por las modificaciones expresadas, otorgándoles a todos ellos audiencia por plazo de un mes, para que efectúen las alegaciones, sugerencias, observaciones y reclamaciones que estimen oportunas; sin necesidad de nuevo trámite de información pública.»

Presentado en el Ayuntamiento, con fecha 4 de diciembre de 2014 por parte de Desarrollos Tecno-lógicos y Logísticos, S.A., el Proyecto de Reparce-lación del sector SP.pp.100 – Ciudad del Transporte, con las modificaciones ordenadas en la resolución de la Alcaldía antes transcrita; se les notifica en su condición de afectados por dichas modificaciones, en cuanto a la finca aportada núm. 41, catastral 82/13, registral 7.718, para que puedan examinar el proyecto y presentar alegaciones, en su caso, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al del recibo de la presente notificación, de acuerdo con lo previsto en el art. 54 del RAELOTAU.

En Marchamalo a 19 de enero de 2015.– El Alcal-de, Rafael Esteban Santamaría.

37

ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Centenera

ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de este Ayuntamiento, de fecha 22 de diciembre de 2014, el Presupuesto general, Bases de ejecución y la Plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2015, con arreglo a lo previsto en el ar tícu lo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, apro-bado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el ar tícu lo 20 del Real Decreto 500/1990, de

20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.

De conformidad con el acuerdo adoptado el Pre-supuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.

En Centenera a 22 de diciembre de 2014.– El Al-calde, Roberto Gómez Monge.

218

ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Mondéjar

RECAUDACIÓN MUNICIPAL

EDICTO DE NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA DE LA DILIGENCIA

PRACTICADA DE EMBARGO DE BIENES MUEBLES EN CADA UNO DE LOS EXPEDIENTES

No habiendo sido posible realizar la notificación del embargo de bienes inmuebles, practicado en su corres-pondiente expediente de apremio, al deudor (D) y/o a su cónyuge (C), terceros poseedores (T) y acreedores hipotecarios si los hubiere (A), siempre por causas no imputables a este Ayuntamiento, habiéndose intentado por dos o más veces, según establece el ar tícu lo 112 de la Ley General Tributaria (58/2003, de 17 de diciembre), o no conocerse su domicilio actual, se cita a los con-tribuyentes y demás personas o entidades afectadas por el embargo practicado. Son las relacionados en el Anexo adjunto y se les requiere para que comparezcan, al objeto de ser notificados del embargo practicado en el procedimiento ejecutivo de apremio que se sigue.

LUGAR Y PLAZO: La comparecencia deberá pro-ducirse en las Oficinas de este Ayuntamiento, en pla-zo de 15 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de este edicto. Transcurrido di-cho plazo sin comparecer, la notificaron se entende-rá producida a todo los efectos legales el día siguien-te al del vencimiento del plazo.

Page 17: N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 1 BOLETÍN OFICIAL · Guadalajara, 9 de enero de 2015.– El Diputado-Delegado de Economía y Hacienda, Lorenzo Robis-co Pascual. 203 EXCMA. DIPUTACION

B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 17

EXP . NOMBRE NIF-CIF D/ C/ T/ A

1752 FRANCISCO HERNANDEZ RUEDA 70163222C D

323 LUIS MARTIN PERALEDA 2214542X D

1024 LEMOSMONT DE RICCIARDI MARIA DO PILAR X01456434 D

1268 SORIN COTIRLEA ADRIAN X4270557D D

1279 MOHAMMED LAHLOU X3433200J D

1645 EXPLOT. RUST. CASTILLO ANGUIX A19002096 D

1665 IMAGEN MONDEJAR S.L. B19234954 D

1666 MARICEL CIUREANU X6021768 D

En Mondéjar a 19 de diciembre de 2014.– Por la Recaudación.

220

ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Yebra

RECAUDACIÓN MUNICIPAL

EDICTO DE NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA DE LA DILIGENCIA

PRACTICADA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES EN CADA UNO DE LOS

EXPEDIENTES

No habiendo sido posible realizar la notificación del embargo de bienes inmuebles, practicado en su

correspondiente expediente de apremio, al deudor (D) y/o a su cónyuge (C), terceros poseedores (T) y acreedores hipotecarios si los hubiere (A), siem-pre por causas no imputables a este Ayuntamiento, habiéndose intentado por dos o más veces, según establece el ar tícu lo 112 de la Ley General Tributaria (58/2003, de 17 de diciembre), o no conocerse su domicilio actual, se cita a los contribuyentes y de-más personas o entidades afectadas por el embargo practicado. Son las relacionados en el Anexo adjunto y se les requiere para que comparezcan, al objeto de ser notificados del embargo practicado en el procedi-miento ejecutivo de apremio que se sigue.

LUGAR Y PLAZO: La comparecencia deberá pro-ducirse en las Oficinas de este Ayuntamiento, en pla-zo de 15 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de este edicto. Transcurrido di-cho plazo sin comparecer, la notificaron se entende-rá producida a todo los efectos legales el día siguien-te al del vencimiento del plazo.

EXP . NOMBRE NIF-CIF D/ C/ T/ A

1.236 MIRALCARRIA S.L. B-19214600 D

En Yebra a 16 de diciembre de 2014.– Por la Re-caudación.

35

ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Yebra

ANUNCIO

Aprobado definitivamente por este Ayuntamiento el Presupuesto general y Plantilla de personal para

el ejercicio de 2014 y de conformidad con lo precep-tuado en el art. 169.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RD 2/2004, de 5 de marzo, se procede a su publica-ción.

Page 18: N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 1 BOLETÍN OFICIAL · Guadalajara, 9 de enero de 2015.– El Diputado-Delegado de Economía y Hacienda, Lorenzo Robis-co Pascual. 203 EXCMA. DIPUTACION

18 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10

I) RESUMEN DEL REFERENCIADO PRESUPUESTO PARA 2014

INGRESOS

Capítulo Denominación €

A) OPERACIONES CORRIENTES

1 Impuestos directos 255.000

2 Impuestos indirectos 6.200

3 Tasas y otros ingresos 160.700

4 Transferencias corrientes 419.100

5 Ingresos patrimoniales 31.000

B) OPERACIONES DE CAPITAL

7 Transferencias de capital 38.500

TOTAL 910.500

GASTOS

Capítulo Denominación €

A) OPERACIONES CORRIENTES

1 Gastos de personal 257.100

2 Gastos en bienes corrientes y servi cios 322.000

3 Intereses préstamos 5.000

4 Transferencias corrientes 92.100

B) OPERACIONES DE CAPITAL

6 Inversiones reales 175.300

9 Pasivos financieros 59.000

TOTAL 910.500

9.º- Socorrista.N.º de puestos: 1.Forma de provisión: Contratado.Titulación académica: Salvamento y socorrismo.

Conforme al ar tícu lo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, por los motivos y los interesados que señala el ar tícu lo 170 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como el ar tícu lo 63 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Yebra, 29 de diciembre de 2014.– El Alcalde, Juan Pedro-Sánchez Yebra.

36

ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Morenilla

EDICTO

Al no haberse presentado reclamación alguna contra el Expediente 01/2014 de Modificación de créditos del Presupuesto de 2014, queda aprobado definitivamente en la siguiente cuantía:

Page 19: N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 1 BOLETÍN OFICIAL · Guadalajara, 9 de enero de 2015.– El Diputado-Delegado de Economía y Hacienda, Lorenzo Robis-co Pascual. 203 EXCMA. DIPUTACION

B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 19

Crédito extraordinario:

Capítulo Denominación Aumento

7 Transferencia de capital 2.000,00 €

Financiación con baja de créditos

Capítulo Concepto Importe bajas

2 Gastos en bienes corrientes y servicios 1.900,00 €

4 Transferencias corrientes 100,00 €

Total 2.000,00 €

Contra el presente los interesados podrán inter-poner recurso contencioso-administrativo en la for-ma y los plazos establecidos en los ar tícu los 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar tícu lo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectivi-dad del acto o acuerdo impugnado.

En Morenilla a 29 de octubre de 2014.– El Alcal-de, Vicente Pérez Pascual.

39

ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Establés

ANUNCIO

Por Resolución de Alcaldía de fecha 19 de diciem-bre de 2014, se aprobó el arrendamiento del bien inmueble fincas rústicas, propiedad de este Ayunta-miento, ubicadas en polígono 7, parcela 332; polígo-no 7, parcela 385; polígono 7, parcela 501; polígono 7, parcela 509; polígono 9, parcela 173; polígono 14, parcela 91; polígono 14, parcela 93; polígono 14, parcela 94 y polígono 14, parcela 95; en los parajes «Matillas», «Campillo» y «Corredera», para desti-narla a uso agrícola lo que se publica a los efectos oportunos.

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Ayuntamiento de Establés.

b) Dependencia que tramita el expediente: Secre-taría.

c) Número de expediente: AR/2014.

2. Objeto del contrato:Arrendamiento fincas rústicas para destino agrí-

cola.

3. Tramitación y procedimiento:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.

4. Importe del arrendamiento: 2.715,00 €.

5. Formalización del contrato:a) Fecha de formalización del contrato: 19 de di-

ciembre de 2014.

En Establés a 7 de enero de 2015.– El Alcalde, Santos Gutiérrez Clares.

197

ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Loranca de Tajuña

APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO 2015

Aprobado definitivamente por este Ayuntamiento el Presupuesto general, se hace público, de confor-midad con lo establecido en los ar tícu los 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Re-guladora de las Haciendas Locales.

Page 20: N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 1 BOLETÍN OFICIAL · Guadalajara, 9 de enero de 2015.– El Diputado-Delegado de Economía y Hacienda, Lorenzo Robis-co Pascual. 203 EXCMA. DIPUTACION

20 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10

PRESUPUESTO DE INGRESOS

Capítulos Denominación Euros

A) INGRESOS CORRIENTES

1 Impuestos directos 428.212,14

2 Impuestos indirectos 17.478,50

3 Tasas y otros ingresos 151.277,93

4 Transferencias corrientes 172.898,24

5 Ingresos patrimoniales 7.054,63

B) INGRESOS DE CAPITAL

6 Enajenación de inversiones reales 0,00

7 Transferencias de capital 0,00

8 Activos financieros 0,00

9 Pasivos financieros 0,00

TOTALES DE INGRESOS 776.960,98

PRESUPUESTO DE GASTOS

Capítulos Denominación Euros

A) OPERACIONES CORRIENTES

1 Gastos de personal 275.473,55

2 Gastos corrientes en bienes y servicios 420.079,31

3 Gastos financieros 0,00

4 Transferencias corrientes 14.408,12

B) OPERACIONES DE CAPITAL

6 Inversiones reales 67.000,00

7 Transferencias de capital 0,00

8 Activos financieros 0,00

9 Pasivos financieros 0,00

TOTALES DE GASTOS 776.960,98

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B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 21

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22 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10

Contra el referido Presupuesto podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en un plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la pu-blicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, las personas y entidades a que hace refe-rencia el ar tícu lo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Tex-to Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por los motivos únicamente enumerados en el n.º 2 del citado art. 170.

Loranca de Tajuña a 16 de enero de 2015.– El Alcalde, Miguel García Maroto.

222

CONSORCIO PARA EL SERVI CIO DE PREVENCION, EXTINCION DE

INCENDIOS, PROTECCION CIVIL Y SALVAMENTO DE LA PROVINCIA

DE GUADALAJARA (CEIS GUADALAJARA)

De acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, según la redacción otorgada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio; los ar-tícu los 101 y 102 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el ar-tícu lo 168 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servi cio de la Administra-ción General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcio-narios Civiles de la Administración General del Es-tado, y los ar tícu los 78 y 79 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y el ar tícu lo 68 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo de Castilla-La Mancha, y, en base a lo anterior, el Decreto de la Presidencia del CEIS Gua-dalajara n.º 8, de fecha 12 de enero de 2015, por el que se aprueban las bases para la provisión de 2 puestos de bombero-conductor-mecánico vacantes del personal funcionario para el parque de Molina de Aragón y 1 puesto de bombero-conductor-mecánico vacante del personal funcionario para el parque de Sigüenza, mediante concurso general, anunciándo-se la convocatoria a la que se hace referencia:

BASES

PRIMERA.- Requisitos de participación.

Podrán participar en el presente procedimiento todos los bomberos-conductores-mecánicos, funcio-narios de carrera del CEIS Guadalajara, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los sus-

pensos en firme que no podrán participar mientras dure la suspensión, y siempre que reúnan las con-diciones generales y los requisitos específicos exi-gidos en esta convocatoria, que hayan permanecido en su puesto de trabajo con carácter definitivo un mínimo de dos años.

Deberán participar en el presente procedimiento todos los bomberos-conductores-mecánicos, funcio-narios de carrera del CEIS Guadalajara que se en-cuentren en activo y no ostenten puesto de trabajo con carácter definitivo.

SEGUNDA.- Presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguien-te hábil al de la publicación de la presente convoca-toria en el Boletín Oficial de la Provincia, debiendo efectuarse esta presentación en el Registro Gene-ral del CEIS Guadalajara (c/ Atienza 4 – Centro San José – 19071 Guadalajara), o en la forma prevista en el ar tícu lo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común.

Las solicitudes, en modelo anexo a estas bases (Anexo II), se dirigirán a la Sra. Presidenta del CEIS Guadalajara. En el caso de ser necesario, cada uno de los funcionarios de carrera participantes debe-rá solicitar, por orden de preferencia, los puestos anexados que crea convenientes, siempre que re-únan los requisitos exigidos para cada uno de ellos.

En todo caso y acompañando a la solicitud, debe-rá presentarse informe acreditativo de la vida laboral del solicitante, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, cuya fecha de expedición no po-drá ser anterior al inicio del plazo de presentación de solicitudes ni posterior a la finalización del mismo. El informe de vida laboral permitirá la participación en el presente concurso a todos aquellos solicitantes que no hayan compatibilizado sus actividades con el desempeño, por sí o mediante sustitución, de un segundo puesto de trabajo o actividad, tanto en el sector público como el privado, en los últimos dos años o, en su caso, presenten certificado del órgano competente de reconocimiento de compatibilidad.

TERCERA.- Valoración de méritos.

Se valorarán el grado personal consolidado, el trabajo desarrollado, los cursos de formación y per-feccionamiento aquí definidos, la antigüedad y la conciliación de la vida familiar y laboral hasta un máximo de 100 puntos, con arreglo al siguiente ba-remo y condiciones:

1. Valoración del grado personal consolidado.

Se adjudicará hasta un máximo de 10 puntos, dis-tribuidos de la forma siguiente:

• Por tener grado personal consolidado del mis-mo o inferior nivel al del puesto que se concur-sa: 6 puntos.

Page 23: N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 1 BOLETÍN OFICIAL · Guadalajara, 9 de enero de 2015.– El Diputado-Delegado de Economía y Hacienda, Lorenzo Robis-co Pascual. 203 EXCMA. DIPUTACION

B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 23

• Por tener grado personal consolidado del nivel inmediatamente superior al del puesto que se concursa: 8 puntos.

• Por tener grado personal consolidado de ma-yor nivel, en más de uno, al del puesto que se concursa: 10 puntos.

2. Valoración del trabajo desarrollado.El trabajo desarrollado se valorará en atención a

la experiencia en el desempeño de los puestos de trabajo de bombero-conductor-mecánico, cabo-jefe de dotación, sargento-jefe de parque o aquellos que fueran iguales o equivalentes a los anteriores en otras administraciones, de forma que se adjudicará hasta un máximo de 35 puntos, distribuidos de la for-ma siguiente:

• Por cada mes completo desempeñando el puesto de bombero-conductor-mecánico o equivalente: 0,16 puntos.

• Por cada mes completo desempeñando el puesto de cabo-jefe de dotación o equivalente: 0,19 puntos.

• Por cada mes completo desempeñando el puesto de sargento-jefe de parque o equiva-lente: 0,21 puntos.

A efectos de la presente valoración, no se con-siderará el período que se hubiera podido realizar como funcionario en prácticas.

3. Cursos de formación y perfeccionamiento re-cibidos.

Por cursos de formación y perfeccionamiento po-drá alcanzarse hasta un máximo de 15 puntos, distri-buidos de la forma siguiente:

a) Debido a la especial trascendencia que tienen la práctica, continuidad y actualización de conoci-mientos, técnicas y habilidades para las funcio-nes desarrolladas, corresponderán 0,2 puntos por cada hora cumplimentada en cursos de for-mación y perfeccionamiento impartidos durante los tres años anteriores al de la fecha de expira-ción del plazo de presentación de instancias.

b) Para valorar también la formación acumula-da, corresponderán 0,05 puntos por cada hora cumplimentada en otros cursos de formación y perfeccionamiento.

A efectos del cómputo de este punto 3, solo se considerarán los cursos de formación y perfeccio-namiento recibidos cuyo contenido verse sobre ma-terias directamente relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo del ámbito de bom-beros, que hayan sido impartidos u homologados por el INAP, la Diputación Provincial de Guadalajara, la FEMP, la formación continua de los sindicatos y otras Administraciones públicas en las que se haya expe-dido diploma o certificación de aprovechamiento y siempre que se hayan desarrollado con anterioridad a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, exceptuándose la formación corporati-va del CEIS, los cursos selectivos, los realizados du-

rante la situación de funcionario en prácticas, y todos aquellos que fueran de carácter básico, entendiendo como tales aquellos cuyo contenido sea el inicial ne-cesario para el desempeño de sus funciones profe-sionales no especializadas.

4. Antigüedad.Se valorará por años de servi cio, hasta un máxi-

mo de 30 puntos, computándose, a estos efectos, también los años reconocidos que se hubieran pres-tado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de carrera del CEIS, en cualquiera de las Administraciones públicas de la siguiente forma:

- A razón de 2,3 puntos por cada año completo de servi cio en la escala: Administración Espe-cial, subescala: Servi cios Especiales y clase: Extinción de Incendios.

- A razón de 0,23 puntos por cada año completo de servi cio en cualquier otra escala, subescala y clase.

A efectos del cómputo de la antigüedad, no se computarán los servi cios prestados que se solapen temporalmente con otros igualmente alegados.

5. Conciliación de la vida familiar y laboral.Se valorarán con un máximo de 10 puntos las si-

guientes situaciones:a) El destino previo del cónyuge funcionario. Se

valorará con 5 puntos, siempre que se haya obtenido mediante convocatoria pública, en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se acceda desde municipio distinto.

b) El cuidado de hijos, tanto cuando lo sean por naturaleza como por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años, siempre que se acredite por los interesados fehacientemente, y confor-me a los requerimientos de la base quinta de la presente convocatoria, que el puesto que se solicita permite una mejor atención del menor. Se valorará con 5 puntos.

c) El cuidado de un familiar, hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retri-buida, siempre que se acceda desde un mu-nicipio distinto, y siempre que se acredite fe-hacientemente por los interesados, y conforme a los requerimientos de la base quinta de la presente convocatoria, que el puesto que se solicita permite una mejor atención del fami-liar. Se valorará con 5 puntos. La valoración de este supuesto será incompatible con la otorga-da por el cuidado de hijos.

CUARTA.- Criterios.La puntuación mínima para la adjudicación de

destino definitivo será de 20 puntos.

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24 VIERNES, 23 DE ENERO DE 2015 B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 10

La propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato que haya superado la puntuación míni-ma y obtenido mayor puntuación total del concurso, entendida esta como la suma de los apartados 1, 2, 3, 4 y 5 de la base tercera.

En caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en el apartado 1 del presente ar tícu lo, por el orden expresado. De persistir el empate, se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo.

Cuando el funcionario obtenga más de un puesto, la prelación para adjudicarlo será la que el interesa-do haya indicado en su solicitud.

QUINTA.- Acreditación de méritos.

Todos los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instan-cias y se acreditarán mediante certificación o docu-mento suficiente del CEIS Guadalajara, en base al expediente de los interesados o a aquella documen-tación que el CEIS considerase necesaria.

Los méritos de los puntos 3 y 5 de la base ter-cera deberán justificarse aportando, en todo caso, los documentos originales o fotocopia compulsada de los mismos con la solicitud de participación. Se considerará igualmente válida la presentación de un documento que justifique que el documento acredita-tivo del mérito se ha solicitado a la entidad suminis-tradora, aunque no se haya recibido todavía, siem-pre que se entregue al CEIS el original, o fotocopia compulsada, antes de que se reúna la comisión de valoración.

Para que puedan ser valorados las situaciones re-lativas a la conciliación familiar, los solicitantes que las aleguen deberán acreditarlas, necesariamente, mediante la presentación de la siguiente documen-tación:

a) Destino previo del cónyuge funcionario:

• Copia del libro de familia o documento ofi-cial que acredite la unión.

• Certificación acreditativa del destino del cónyuge y de su forma de provisión, expedi-da por la unidad administrativa competente donde el cónyuge se halle destinado.

b) Cuidado de hijos:

• Copia del libro de familia o resolución ad-ministrativa o judicial de la adopción, acogi-miento permanente o preadoptivo.

• Certificado de empadronamiento probatorio del domicilio y residencia del solicitante.

• Declaración del solicitante justificando feha-cientemente las razones que avalan que el cambio de destino permite una mejor aten-ción, relevante y significativa, del menor. Dicha declaración deberá ir acompañada de la correspondiente documentación que acredite cada una de las razones expues-

tas, en su caso. La declaración previa en este apartado podrá no tenerse en cuenta, si la Comisión de valoración dispone de do-cumentación oficial que invalide, de forma negativa, la justificación contenida en dicha declaración.

c) Cuidado de un familiar:

• Copia del libro de familia o documento pú-blico que acredite la relación hasta el se-gundo grado, inclusive, de consanguinidad o afinidad.

• Certificados de empadronamiento probato-rios del domicilio y residencia del solicitante y del dependiente.

• Documento de los órganos de la Adminis-tración pública competente en la materia que acrediten la situación de dependencia por edad, accidente, enfermedad o discapa-cidad y la concesión del cuidado del depen-diente al solicitante.

• Certificado de no encontrarse de alta en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social y declaración de la persona depen-diente de que no desempeña actividad re-tribuida alguna.

• Declaración del solicitante justificando feha-cientemente las razones que avalan que el cambio de destino permite una mejor aten-ción, relevante y significativa, del familiar dependiente. Dicha declaración deberá ir acompañada de la correspondiente docu-mentación que acredite cada una de las razones expuestas, en su caso. La decla-ración previa en este apartado, podrá no tenerse en cuenta si la Comisión de valora-ción dispone de documentación oficial que invalide, de forma negativa, la justificación contenida en dicha declaración.

Si existiese discrepancia entre los datos com-pletados por los aspirantes y los que contenga la Administración se dará traslado de la misma a los interesados. A tal efecto, podrán recabarse de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la docu-mentación adicional que se estimen necesarias.

Los aspirantes dispondrán de 5 días naturales para formular alegaciones o dirigir reclamaciones a la Comisión de valoración sobre los datos expuestos por esta, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dichas alegaciones o reclamaciones serán tenidas en cuenta por la Comisión en sus deli-beraciones, entendiéndose resueltas con la decisión que se derive de la publicación definitiva.

Los aspirantes que procedan de la situación admi-nistrativa de suspensión de funciones, acompañarán su solicitud con documentación acreditativa de haber finalizado el período de suspensión. Los funciona-rios que se encuentren en situación de excedencia voluntaria deberán acreditar que no han sido sepa-rados del servi cio ni inhabilitados para el desempeño de funciones públicas.

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SÉPTIMA.- Comisión de valoración.

La Comisión de valoración estará integrada por los miembros titulares que se indican a continuación y sus respectivos suplentes:

• Presidente: El Administrador del CEIS Guada-lajara o funcionario en quien delegue.

• Secretaria: La del CEIS Guadalajara o funcio-nario en quien delegue, con voz pero sin voto.

• Cuatro vocales:

- El Oficial – Jefe de Servi cio del CEIS Gua-dalajara o funcionario en quien delegue.

- Un funcionario de carrera designado por la presidencia del CEIS Guadalajara.

- Un funcionario de carrera designado por la JJ.CC. de Castilla-La Mancha.

- Un funcionario de carrera propuesto por la Junta de Personal del CEIS, que no será representante de esta, sino que actuará a título individual.

En el caso de los vocales propuestos por la JJ.CC. de Castilla-La Mancha y por la Junta de Personal, si no se formula la propuesta de nombramiento por parte de estos en el plazo de cinco días hábiles des-de la petición, se entenderá que se ha decaído en su opción.

Los miembros de la Comisión deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de Grupos de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados. Asi-mismo, estarán sujetos a lo establecido en los ar tícu-los 28 y 29 sobre abstención y recusación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

A los miembros componentes de la Comisión de Valoración se les abonarán las asistencias corres-pondientes por su participación en este proceso de provisión de puestos de trabajo, de conformidad con lo establecido en el ar tícu lo 27 del Real Decre-to 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servi cio.

La Comisión de valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos que en calidad de asesores actuarán con voz pero sin voto.

OCTAVA.- Adjudicación de destinos.

La presente convocatoria se resolverá por Reso-lución de la Presidencia del CEIS Guadalajara, de conformidad con la propuesta que realice la Comi-sión de valoración.

Los destinos adjudicados se considerarán de ca-rácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derechos al abono de indemnización por concepto alguno.

Una vez transcurrido el periodo de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vin-culantes para el peticionario y los destinos adjudica-dos serán asimismo irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiese obtenido otro distinto mediante otra convocatoria pú-blica, en cuyo caso y si optó por este, deberá comu-nicarlo en un plazo de diez días y por escrito.

NOVENA.- Resolución y toma de posesión.El plazo máximo para la resolución del concurso

será de dos meses, contados desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de solicitudes.

La resolución del concurso se motivará con refe-rencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso de-berán quedar acreditadas en el procedimiento, como fundamentos de la resolución adoptada, la obser-vancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos.

DÉCIMA.- Recursos.La presente convocatoria y sus bases, que ago-

tan la vía administrativa, podrán ser impugnadas por los interesados directamente mediante recurso con-tencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Con-tencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el boletín y, potestativamente, el de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los ar tícu los 116 y 117 de la Ley 30/1992.

Anexo I. Puestos de trabajo vacantes.El listado de puestos de trabajo vacantes es el

que a continuación se relaciona: • 2 plazas de Bombero-Conductor-Mecánico en

el parque de bomberos de Molina de Aragón, grupo C2, nivel 18, escala Administración Es-pecial, subescala Servi cios Especiales, clase Extinción de Incendios.

• 1 plaza de Bombero-Conductor-Mecánico en el parque de bomberos de Sigüenza, grupo C2, nivel 18, escala Administración Especial, subescala Servi cios Especiales, clase Extin-ción de Incendios.

• Vacantes que pudieran generarse.La Presidenta, Ana Guarinos López.

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ANEXO II.- Solicitud para tomar parte en la Provisión de Puestos del Personal Funcionario del CEIS Guadalajara mediante Concurso General

NOMBRE y APELLIDOS: NIF:

QUE OCUPA EL PUESTO DE: EN EL DESTINO o PARQUE DE:

SIENDO ESTE PUESTO CON CARÁCTER: W Definitivo W Provisional

Y ESTANDO EN SITUACIÓN ADMINISTRATIVA DE:W Servicio Activo W Excedencia Vol. Por interés particularW Servicios Especiales W Otras:___________________________

SOLICITA Tomar parte en la convocatoria de Concurso de Provisión de Puestos de Trabajo publicada en el BOP número____ de fecha __________ para proveer la siguiente relación priorizada de puestos del CEIS Guadalajara:

(INDICAR LA PRIORIDAD ESTABLECIENDO UNA NUMERACIÓN DEL 1 al 2)

Bombero – Conductor – Mecánico en el parque de bomberos de Molina de Aragón,grupo C2, nivel 18, escala Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Extinción de Incendios.Bombero – Conductor – Mecánico en el parque de bomberos de Sigüenza, grupo C2, nivel 18, escala Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Extinción de Incendios.

Y DECLARA tener los siguientes MÉRITOS, acordes con la base tercera:

1.- GRADO PERSONAL CONSOLIDADO:____________________ 3.- CURSOS DE FORMACIÓN Y PERFTO. (CURSO / Fecha / horas):

2.- TRABAJO DESARROLLADO _______________________________________________ / _______ / ____

PUESTO:___________________ NIVEL CD: ____ MESES:____ _______________________________________________ / _______ / ____

PUESTO:___________________ NIVEL CD: ____ MESES:____ _______________________________________________ / _______ / ____

PUESTO:___________________ NIVEL CD: ____ MESES:____ _______________________________________________ / _______ / ____

PUESTO:___________________ NIVEL CD: ____ MESES:____ _______________________________________________ / _______ / ____

4.- ANTIGÜEDAD. AÑOS Extinción de Incendios: _____________ _______________________________________________ / _______ / ____

4.- ANTIGÜEDAD. AÑOS Otros: __________________________ _______________________________________________ / _______ / ____

5.- CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL: _______________________________________________ / _______ / ____

5.a) CÓNYUGE FUNCIONARIO en el término de: ___________ _______________________________________________ / _______ / ____

5.b) CUIDADO DE HIJOS < 12 AÑOS _______________________________________________ / _______ / ____

5.c) CUIDADO DE FAMILIAR _______________________________________________ / _______ / ____

Otros méritos alegados u observaciones:

Entiendo y acepto todos los términos y condiciones establecidas en las bases a las que se refiere la presente convocatoria y en los Anexos que las acompañan.

en _____________________,

a ____/_____/___________

Fdo: _____________________

SRA. PRESIDENTA DEL CEIS GUADALAJARA(firma)