nandina

95
1 Expositor: Edgar Preciado Pineda Responsable del tema de Mercado Ampliado Contacto: [email protected] Cámara de Comercio de Lima 20 de agosto de 2008 Lima – Perú cnicas Avanzadas para una cnicas Avanzadas para una Correcta Clasificaci Correcta Clasificació n Arancelaria n Arancelaria Nomenclatura Aduanera NANDINA Programa Legislativo Aduanero - CAN

Transcript of nandina

1

Expositor: Edgar Preciado PinedaResponsable del tema de Mercado Ampliado Contacto: [email protected]

Cámara de Comercio de Lima20 de agosto de 2008Lima – Perú

TTéécnicas Avanzadas para una cnicas Avanzadas para una Correcta ClasificaciCorrecta Clasificacióón Arancelarian Arancelaria

Nomenclatura AduaneraNANDINA

Programa Legislativo Aduanero - CAN

2

Nomenclatura Aduanera - NANDINA

Desde el 1 de enero de 1988 entró en vigencia el Convenio Internacional sobre el Sistema de Armonizado de Designación y Codificación de mercancías (Sistema Armonizado) del Consejo de Cooperación Aduanera, que comprende una nomenclatura que tiene, entre otras finalidades, la de constituir la nomenclatura de los Aranceles Nacionales y de Estadísticas de Comercio Exterior.

Con base en la Nomenclatura del Sistema Armonizado se ha establecido la Nomenclatura Común de Designación y Codificación de Mercancías de los Países Miembros de la Comunidad Andina “NANDINA”, que es objeto de actualización de acuerdo a las Recomendaciones del Consejo de Cooperación Aduanera.

NOMENCLATURA COMÚN NANDINA

Decisión 653, Actualización de la Nomenclatura Común –NANDINA (17.11.06).- que incorpora la Cuarta Recomendación de Enmienda del Sistema Armonizado (SA), la misma que entrará en vigencia el 1º de enero de 2007.

Decisión 675: Modificaciones a la Decisión 653,sobre Actualización de la Nomenclatura NANDINA.Vigente, a más tardar, el 1 de enero de 2008

Resolución 871 Reglamento de Procedimientos de Gestión de la NANDINA, (11.11.04).- Establece mecanismos para aplicar de manera uniforme en los Países Miembros la Nomenclatura NANDINA.

Nomenclatura Aduanera - NANDINA

3

• Análisis de las solicitudes de los Países Miembros sobre la creación, supresión y modificación de la Nomenclatura NANDINA.

• Atención de los casos en que exista discrepancia de criterios de clasificación para un mismo producto en al menos dos Países Miembros, de conformidad con la Resolución 871, que aprueba el Reglamento de Procedimiento de Gestión de la Nomenclatura NANDINA.

• Aprobar mediante Resolución la adopción de los lineamientos de la Organización Mundial de Aduanas-OMA, en materia de laboratorios aduaneros, esta actividad tiene por finalidad fortalecer la labor que realizan los laboratorios de las Administraciones Aduaneras de los Países Miembros.

Nomenclatura Aduanera - NANDINA

T.A. Ricardo Pedro Dávila Vega

4

LA MERCANCÍA COMO OBJETO DE CLASIFICACIÓN

�� El El elementoelemento base del base del comerciocomercio lo lo constituyeconstituye la la mercancmercancííaa, , sobresobre la la queque giragira todotodo el el conjuntoconjunto de de medidasmedidas inherentesinherentes a los a los intercambiosintercambios comercialescomerciales

�� Para Para nuestrosnuestros fines fines debemosdebemos disponerdisponer de un de un conceptoconcepto de de mercancmercancííaa y de y de susu alcancealcance..

�� UnaUna de de laslas caractercaracteríísticassticas de de laslas cosascosas parapara ser ser calificadascalificadascomocomo mercancmercancííasas en el en el comerciocomercio exterior, exterior, eses queque respondanrespondan a a unauna realidadrealidad corpcorpóórearea

�� La La aptitudaptitud de de laslas cosascosas parapara ser ser transportadastransportadas eses otrootro elementoelementofundamental del fundamental del vocablovocablo mercancmercancííaa..

�� MERCANCMERCANCÍÍA: A: ““COSA MUEBLE QUE RESPONDE A UNA COSA MUEBLE QUE RESPONDE A UNA REALIDAD CORPREALIDAD CORPÓÓREA, NATURAL O ARTIFICIAL QUE ES REA, NATURAL O ARTIFICIAL QUE ES SUSCEPTIBLE DE SER TRANSPORTADASUSCEPTIBLE DE SER TRANSPORTADA””

�� Es necesario tambiEs necesario tambiéén, delimitar el alcance de los tn, delimitar el alcance de los téérminos rminos utilizados para designarlautilizados para designarla

�� UnaUna clasificaciclasificacióónn correctacorrecta y y detalladadetallada de de laslas mercancmercancííasas ha de ha de responder a responder a principiosprincipios tan tan necesariosnecesarios comocomo: : susu origenorigen, , naturalezanaturaleza, , claseclase, , composicicomposicióónn o o constituciconstitucióónn, , usouso o o funcionesfuncionesy forma de y forma de presentacipresentacióónn

4

LA NOMENCLATURA U ORDEN CLASIFICATORIO

�� NOMENCLATURA: Viene del NOMENCLATURA: Viene del latinlatin ““nomenclaturenomenclature””, , que significa lista, rol o catque significa lista, rol o catáátologo de nombres o tologo de nombres o personas o cosas.personas o cosas.

�� ConsisteConsiste en en unauna forma de forma de nombrarnombrar y y ordenarordenar los los elementoselementos de de unauna ddíísciplinasciplina..

�� Los componentes fundamentales de una Los componentes fundamentales de una Nomenclatura son: 1) los tNomenclatura son: 1) los téérminos usados para rminos usados para designar las cosas, y por otra el mdesignar las cosas, y por otra el méétodo, esquema o todo, esquema o procedimiento que permite su aplicaciprocedimiento que permite su aplicacióónn

�� LA EFICACIA DE UNA NOMENCLATURA RADICA EN EL HECHO LA EFICACIA DE UNA NOMENCLATURA RADICA EN EL HECHO DE QUE UNA MERCANCDE QUE UNA MERCANCÍÍA SOLO PUEDE CLASIFICARSE EN UN A SOLO PUEDE CLASIFICARSE EN UN ÚÚNICO CNICO CÓÓDIGO ARANCELARIO.DIGO ARANCELARIO.

�� Condiciones: Sencillez, PrecisiCondiciones: Sencillez, Precisióón, Objetividad, Polivalencian, Objetividad, Polivalencia�� Dos son los conceptos integrantes de toda Nomenclatura: El Dos son los conceptos integrantes de toda Nomenclatura: El CCóódigo o Partida y los Descriptores o Designacionesdigo o Partida y los Descriptores o Designaciones

4

5

Clasificar correctamente mercancClasificar correctamente mercancClasificar correctamente mercancClasificar correctamente mercancííííasasasasClasificar correctamente mercancClasificar correctamente mercancClasificar correctamente mercancClasificar correctamente mercancClasificar correctamente mercancClasificar correctamente mercancClasificar correctamente mercancClasificar correctamente mercancííííííííasasasasasasasas

MÉTODO QUE PERMITE LA UBICACIÓN CORRECTA DE LA MERCANCÍA EN EL CÓDIGO DE

UNA DETERMINADA NOMENCLATURA, LEGALMENTE

SUSTENTADA.

MMÉÉTODO QUE PERMITE LA TODO QUE PERMITE LA UBICACIUBICACIÓÓN CORRECTA DE LA N CORRECTA DE LA MERCANCMERCANCÍÍAA EN EL CCÓÓDIGO DE DIGO DE

UNA DETERMINADA UNA DETERMINADA NOMENCLATURA, LEGALMENTE NOMENCLATURA, LEGALMENTE

SUSTENTADA.SUSTENTADA.

Modo de decir o hacer con orden.(RAE)

Bienes que pueden ser objeto de regímenes, operaciones y destinos

aduaneros .(LGA – GTA)

Combinación de signos que tiene un determinado valor

dentro de un sistema establecido.(RAE)

Enumeración ordenada y descriptiva de mercancías, basado en diversos

criterios técnicos y jurídicos. Normas, reglamentos y procedimientos vigentes en el

marco jurídico nacional, comunitario e internacional (RPDVPERU)

6

•• Nombre ComercialNombre Comercial•• Nombre TNombre Téécnicocnico•• Forma de presentaciForma de presentacióónn•• Componentes Componentes •• UsosUsos•• CatCatáálogoslogos•• InformaciInformacióón Tn Téécnica: Literatura o cnica: Literatura o Especialistas (Laboratorios)Especialistas (Laboratorios)

7

NOMENCLATURANOMENCLATURANOMENCLATURANOMENCLATURANOMENCLATURANOMENCLATURANOMENCLATURANOMENCLATURAARANCELARIAARANCELARIAARANCELARIAARANCELARIAARANCELARIAARANCELARIAARANCELARIAARANCELARIA

•INFORMACIÓN•COMPRENDER

CONOCIMIENTOCONOCIMIENTOCONOCIMIENTOCONOCIMIENTOCONOCIMIENTOCONOCIMIENTOCONOCIMIENTOCONOCIMIENTO

•APLICAR

Compra y venta de

bienes y servicios para satisfacer

las necesidades

COMERCIO INTERNACIONAL

La revolución industrial y tecnológica impulsa Aun mas el comercio

con el resto del mundo

8

Mercancías que ingresan al País están sujetas al pago de los derechos de Aduanas establecidos en los aranceles nacionales

Todas las mercancías, para salir ó ingresar a otro país, deben cumplir con ciertas formalidades de registro y control

• Pagar correctamente mis impuestos (Aduanas e Internos)

• Registrar el ingreso o salida de las mercancía creando estadísticas confiables

• Asegurar que es factible el ingreso (Restricciones y Prohibiciones)

• Evitar demoras y sanciones

Clasificar ? Para que

9

• Existen diferentes niveles arancelarios0%, 9% y 17%0%, 9% y 17%

NomenclaturaNomenclaturaNomenclatura

•• Todas las mercancTodas las mercancíías pagan as pagan impuestos, salvo excepcionesimpuestos, salvo excepciones

•• CCóómo determinar el nivel ?mo determinar el nivel ?

•• ClasificaciClasificacióón acertadan acertada

• LISTADO DE MERCANCÍAS

• ESTRUCTURADA PARA UNA FÁCIL UBICACIÒN

• USO PRINCIPALMENTE, EN LOS ARANCELES Y LAS ESTADÍSTICAS

• FACILITAR EL COMERCIO

• LISTADO DE MERCANCÍAS

• ESTRUCTURADA PARA UNA FÁCIL UBICACIÒN

• USO PRINCIPALMENTE, EN LOS ARANCELES Y LAS ESTADÍSTICAS

• FACILITAR EL COMERCIO

10

SISTEMA ARMONIZADO

�� UnaUna NomenclaturaNomenclatura polivalentepolivalente de de mercancmercancíías as creadacreada porpor la OMA.la OMA.

�� Base de Base de arancelesaranceles y y estadestadíísticassticas comercialescomerciales paraparammáás de s de 175175 papaíísesses y y unionesuniones econeconóómicas.micas.

�� MMáás de s de 98 %98 % del del comerciocomercio mundialmundial estestáá basadobasado en en el SA.el SA.

�� Un Un lenguajelenguaje econeconóómicomico universal y universal y unauna codificacicodificacióón n parapara laslas mercancmercancíías as transportablestransportables..

�� EntrEntróó en vigor a en vigor a nivelnivel internacionalinternacional en 1988 en 1988 mediantemediante el el ConvenioConvenio del SA (del SA (130130 PartesPartesContratantesContratantes en en juniojunio de 2007).de 2007).

�� GestiGestióón n porpor la OMA la OMA mediantemediante el el ComitComitéé del SA del SA integradointegrado porpor laslas PartesPartes ContratantesContratantes..

�� La La SubdirecciSubdireccióón de la n de la NomenclaturaNomenclatura funcionafunciona comocomoSecretarSecretaríía.a.

4

11

2

Aplicación del SA

APLICACIAPLICACIÓÓN DEL SISTEMA ARMONIZADON DEL SISTEMA ARMONIZADO((SituaciSituacióón en n en septiembreseptiembre de 2003)de 2003)

No-aplicación del SA

5

Partes Contratantes

4

••Estudio Estudio permanente sobre permanente sobre

el quehacer el quehacer aduaneroaduanero

Organismo Organismo IntergubernamentalIntergubernamental

••PromocionPromocion, , ArmonizaciArmonizacióón y n y Uniformidad de Uniformidad de instrumentos instrumentos aduaneros,aduaneros,

••Desarrolla, Difunde, Desarrolla, Difunde, PromuevePromueve, Interpreta Interpreta y resuelvey resuelveProcedimientos Procedimientos Aduaneros UniformesAduaneros Uniformes

••Protege la Protege la SociedadSociedad

••PERPERÚÚ LO ADOPTLO ADOPTÓÓ EL 31 XII 1969 LEY 18090EL 31 XII 1969 LEY 18090

12

SISTEMA ARMONIZADO(Principios)

�� Es flexible, Es flexible, parapara ser ser utilizadautilizada porpor los los diversosdiversos actoresactores..

�� Se Se basabasa en en laslas NomenclaturasNomenclaturas NCCA CUCI(Rev) y NCCA CUCI(Rev) y otrosotrossistemassistemas de de clasificaciclasificacióónn existentesexistentes..

�� Las Las definicionesdefiniciones se se establecenestablecen con con referenciareferencia a a sussuscaracteristicascaracteristicas tecnoltecnolóógicasgicas..

�� MencionaMenciona todastodas laslas mercancmercancííasas queque tienentienen comerciocomercioapreciableapreciable..

�� TieneTiene un un sistemasistema de de codificacicodificacióónn totalmentetotalmente numnumééricorico..

�� PermitePermite insertarinsertar nuevosnuevos gruposgrupos o o subgrupossubgrupos de de mercancmercancííasas sin sin necesidadnecesidad de de alteraralterar la la estructuraestructura del del conjuntoconjunto..

�� PuedePuede ser ser utilizadoutilizado manualmentemanualmente o o mediantemediante mediosmediosinforminformááticosticos..

4

AREAS PRINCIPALES DE APLICACIÓN DEL SA

�� ARANCELES Y ESTADARANCELES Y ESTADÍÍSTICAS COMERCIALES STICAS COMERCIALES ((ObligatorioObligatorio segsegúúnn el el ConvenioConvenio del SA)del SA)

�� DETERMINACIDETERMINACIÓÓN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCÍÍASAS

�� ACUERDOS DE LA OMC Y LISTAS DE CONCESIONES ACUERDOS DE LA OMC Y LISTAS DE CONCESIONES ARANCELARIASARANCELARIAS

�� SISTEMAS DE CLASIFICACISISTEMAS DE CLASIFICACIÓÓN DE LAS NACIONES N DE LAS NACIONES UNIDAS (CUCI, CPC UNIDAS (CUCI, CPC ……))

�� REGLAMENTACIONES COMERCIALES (REGLAMENTACIONES COMERCIALES (LicenciasLicencias, , contingentescontingentes ……))

�� IMPUESTOS INDIRECTOS NACIONALES (IVA IMPUESTOS INDIRECTOS NACIONALES (IVA ……))

�� TARIFAS DE FLETESTARIFAS DE FLETES

�� CONTROL COMERCIAL DE LAS MERCANCCONTROL COMERCIAL DE LAS MERCANCÍÍAS AS PELIGROSAS (PELIGROSAS (ProductosProductos ququíímmicosicos queque reducenreducen la la capacapade de ozonoozono, , desechosdesechos peligrosospeligrosos, , narcnarcóóticosticos, , armasarmasququíímicas)micas)

7

13

CONVENIO DEL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACION Y CODIFICACION DE MERCANCIAS

ANEXO NOMENCLATURA

Subcomité de RevisiónSubcomité CientíficoGrupos de Trabajo

6 Reglas Generales Interpretativas

21 Secciones con sus Notas Legales

96 Capítulos con sus Notas Legales.

1 221 Partidas de 4 Dígitos

5 052 Subpartidas de 6 dígitos con Notas de Subpartida

Notas Explicativas

Criterios de Clasificación

Índice de Productos

Base de Datos

COMITÉ TECNICO

TEXTOS AUXILIARES QUE NO FORMAN

PARTE DEL CONVENIO

CONVENIO DEL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACION Y CODIFICACION DE MERCANCIAS

EL CONVENIO DEL SISTEMA ARMONIZADO

�� ConstaConsta de 20 de 20 artartíículosculos, , juntojunto con un con un AnexoAnexo quequeconstituyeconstituye la la propiapropia nomenclaturanomenclatura..

�� Art.2. El Art.2. El anexoanexo forma parte del forma parte del ConvenioConvenio del SA.del SA.�� Art.1. El SA Art.1. El SA estestáá constituconstituíídodo porpor laslas partidaspartidas, , subpartidassubpartidasy los y los ccóódigosdigos numnumééricosricos correspondientescorrespondientes, , laslas NotasNotas de de seccionessecciones, , capcapíítulostulos y y subpartidassubpartidas, , asasíí comocomo laslas reglasreglasgeneralesgenerales parapara la la interpretaciinterpretacióónn del SA.del SA.

�� Art.3. Art.3. EnunciaEnuncia laslas obligacionesobligaciones de de laslas PartesPartesContratantesContratantes..

�� Art.4. Art.4. EstableceEstablece posibilidadposibilidad de de aplicaciaplicacióónn parcialparcial porpor los los PaPaíísesses en en desarrollodesarrollo..

�� Art.8. Art.8. ConfiereConfiere a la OMA a la OMA laslas facultadesfacultades de de interpretaciinterpretacióónndel SA.del SA.

�� En la prEn la prááctica esta misictica esta misióón de interpretacin de interpretacióón se realiza n se realiza mediante el Comitmediante el Comitéé TTéécnicocnico

4

14

¿ COMO ESTA CONSTITUIDO EL SA ?

2121 SECCIONES (CATEGORSECCIONES (CATEGORÍÍAS DE MERCANCAS DE MERCANCÍÍAS)AS)

96 96 CAPCAPÍÍTULOSTULOS

12211221 PARTIDAS (VERSIPARTIDAS (VERSIÓÓN 2007), GENERALMENTE N 2007), GENERALMENTE ORDENADAS DE MANERA PROGRESIVA SEGORDENADAS DE MANERA PROGRESIVA SEGÚÚN EL N EL

GRADO DE ELABORACIGRADO DE ELABORACIÓÓNN

50525052 CCÓÓDIGOS DE 6 CIFRAS (VERSIDIGOS DE 6 CIFRAS (VERSIÓÓN 2007)N 2007)

Y QUE COMPRENDE TAMBIY QUE COMPRENDE TAMBIÉÉN LAS REGLAS GENERALES N LAS REGLAS GENERALES

PARA LA CLASIFICACIPARA LA CLASIFICACIÓÓNN

6

Sistema ArmonizadoDe

Designación y CodificaciónDe Mercancías

5052 5052 SUBPARTIDASSUBPARTIDAS

1221 1221 PARTIDASPARTIDAS

15

• RESPETA LOS REINOS DE LA NATURALEZA

• TAL COMO SE PRESENTA

• CON CIERTAS MANIPULACIONES

• AQUELLAS QUE MUEVEN LAS MÁQUINAS

• LAS MAQUINAS

• DE DIVERSIÓN

• USO DIVERSOS

• ARTE Y ANTIGÜEDADES

16

S: I

S: XXI

C: 1

C: 97

S: XVC: 83

S: XVIC: 84

FrescoFrescoFrescoFresco

SecoSecoSecoSeco

PolvoPolvoPolvoPolvo

ExtractoExtractoExtractoExtracto

GalletasGalletasGalletasGalletas

PastillasPastillasPastillasPastillas

CCCCáááápsulaspsulaspsulaspsulas

CarameloCarameloCarameloCaramelo

0714.90.10.00

0714.90.10.00

1106.20.10.001302.19.90.00

1302.19.91.00

1704.90.10.00

BebidaBebidaBebidaBebida

Bebidas no alcohólicas a base de Maca

2202.90.00.00

1905.31.00.00

Principio del valor agregadoPrincipio del valor agregado

S XVIS XVIPartesPartes

EsquemaEsquema

Casos 2Casos 2Casos 1Casos 1Casos 1Casos 1

17

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS SISTEM

A ARMONIZADO D

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANC

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓ

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS SISTEM

A ARMONIZADO D

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS SISTEM

A ARMONIZADO D

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS SISTEM

A ARMONIZADO D

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS SISTEM

A ARMONIZADO D

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS SISTEM

A ARMONIZADO D

ISTEMA ARMONIZADO D

N Y CODIFICACI

Pimienta del género Pipper; frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados

09.04

-

-

.110904

0904.12

0904

0904

.10

.20

Pimienta

Sin triturar ni pulverizar

Triturada o pulverizada

Frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados

:

- -- -

Capsicumpaprika, pimentón

Capsicumpaprika, pimentón

PimientaPimienta 07.09

QUE ES UNA ENMIENDA?QUE ES UNA ENMIENDA?QUE ES UNA ENMIENDA?QUE ES UNA ENMIENDA?QUE ES UNA ENMIENDA?QUE ES UNA ENMIENDA?QUE ES UNA ENMIENDA?QUE ES UNA ENMIENDA?RAE

2. f. Propuesta de variante, adición o reemplazo de un proyecto, dictamen, informe o documento análogo.

4. f. Der. En los escritos, rectificación perceptible de errores materiales, la cual debe salvarse al final

ENMENDAR

1. tr. Arreglar, quitar defectos. U. t. c. prnl.

Para el S.A. es mantener actualizado la Nomenclatura tanto en sus aspectos editoriales, identificación de

nuevas mercancías, en su estructura, en las demandas internas y externas , para realizar un mejor control, etc.

18

ACTUALIZACIÓN DEL S.A.

EL ART. 16 PROCEDIMIENTOS DE ENMIENDA DEL S.AEL ART. 16 PROCEDIMIENTOS DE ENMIENDA DEL S.A..

PRIMERA ENMIENDA 1992PRIMERA ENMIENDA 1992

-- PRINCIPALMENTE ERRORES DE REDACCIPRINCIPALMENTE ERRORES DE REDACCIÓÓNN

-- CCÓÓDIGOS S.A. : DE 5019 A 5018DIGOS S.A. : DE 5019 A 5018

SEGUNDA ENMIENDA 1996SEGUNDA ENMIENDA 1996

-- 393 GRUPOS DE ENMIENDAS393 GRUPOS DE ENMIENDAS

-- CCÓÓDIGOS S.A. : DE 5018 A 5113DIGOS S.A. : DE 5018 A 5113

TERCERA ENMIENDA 2002TERCERA ENMIENDA 2002

-- 374 GRUPOS DE ENMIENDAS 374 GRUPOS DE ENMIENDAS

-- CCÓÓDIGOS S.A. : DE 5113 A 5224DIGOS S.A. : DE 5113 A 5224

CUARTA ENMIENDA 2007CUARTA ENMIENDA 2007-- 354 GRUPOS DE E354 GRUPOS DE ENMIENDASNMIENDAS

-- CCÓÓDIGOS SA. : DE 5224 A 5052DIGOS SA. : DE 5224 A 5052

10

S.A. 2007S.A. 2007

S.A. 2007 ENMIENDAS

-- Agricultura 41Agricultura 41

-- QuQuíímicos 75micos 75

-- Papel 13Papel 13

-- Textiles 46Textiles 46

-- Metales base 20Metales base 20

-- Maquinaria 57Maquinaria 57

-- Otros 102Otros 102

19

Razones para las Enmiendas del SARazones para las Enmiendas del SA

–– ProgresoProgreso TecnolTecnolóógicogico

–– DescripcionesDescripciones de los de los textostextos con mayor con mayor claridadclaridad

–– AdaptaciAdaptacióónn a la a la practicaspracticas comercialescomerciales

–– NecesidadNecesidad de los de los usuariosusuarios

–– AspectosAspectos socialessociales y del y del mediomedio ambienteambiente ((DrogasDrogas, , sustanciassustancias sicotrsicotróópicaspicas, CITES, etc., CITES, etc.

EEvolucivolucióónn tecnoltecnolóógica y las modificaciones en el comercio gica y las modificaciones en el comercio internacional, internacional,

IV ENMIV ENM

MANTENIMIENTO MANTENIMIENTO -- CREACION DE NUEVAS CREACION DE NUEVAS

PARTIDAPARTIDAS S óó SUBPARTIDASSUBPARTIDASELIMINACION DE MERCANCIAS POR SU BAJO VOLUMENELIMINACION DE MERCANCIAS POR SU BAJO VOLUMEN

POR SU VOLUMEN DE COMERCIO MUNDIAL

Partida = mayores a $ 100 millones,

Subpartida = mayor a $ 50 millones).

EXCEPCION: MERCANCIAS VINCULADAS A LOS ASPECTOS DE LA SALUD Y ELMEDIO AMBIENTE

20

PRIORIDADES DE LA OMA EN CUANTO AL SA(Objetivos del Plan estratégico)

1.1. APLICACIAPLICACIÓÓN UNIFORME :N UNIFORME :INTERPRETACIINTERPRETACIÓÓN APROPIADA DE LOS TEXTOS LEGALES N APROPIADA DE LOS TEXTOS LEGALES CON EL FIN DE ASEGURAR UNA CLASIFICACICON EL FIN DE ASEGURAR UNA CLASIFICACIÓÓN N UNIFORME DE LAS MERCANCUNIFORME DE LAS MERCANCÍÍAS POR PARTE DE TODOS AS POR PARTE DE TODOS LOS USUARIOS.LOS USUARIOS.

2.2. ACTUALIZACIACTUALIZACIÓÓN :N :ENMIENDAS A LOS TEXTOS LEGALES PARA REFLEJAR ENMIENDAS A LOS TEXTOS LEGALES PARA REFLEJAR LOS CAMBIOS EN LA TECNOLOGLOS CAMBIOS EN LA TECNOLOGÍÍA Y EN LOS PATRONES A Y EN LOS PATRONES DEL COMERCIO, ASDEL COMERCIO, ASÍÍ COMO PARA SATISFACER OTRAS COMO PARA SATISFACER OTRAS NECESIDADES DE LOS USUARIOS DEL S.A.NECESIDADES DE LOS USUARIOS DEL S.A.

3.3. PROMOCIPROMOCIÓÓN :N :APLICACIAPLICACIÓÓN, LA MAS EXTENSA POSIBLE DEL S.A.N, LA MAS EXTENSA POSIBLE DEL S.A.

8

APLICACIÓN UNIFORME

11.. RESOLUCIRESOLUCIÓÓN DE PROBLEMAS DE CLASIFICACIN DE PROBLEMAS DE CLASIFICACIÓÓN Y DE N Y DE DISPUTASDISPUTAS

2. PUBLICACI2. PUBLICACIÓÓN DE LAS DECISIONES DE CLASIFICACIN DE LAS DECISIONES DE CLASIFICACIÓÓN N MEDIANTE INTERNET (MEDIANTE INTERNET (www.wcoomd.orgwww.wcoomd.org))

3. NOTAS EXPLICATIVAS Y CRITERIOS DE CLASIFICACI3. NOTAS EXPLICATIVAS Y CRITERIOS DE CLASIFICACIÓÓNN4. APLICACI4. APLICACIÓÓN DE LAS DECISIONES DE CLASIFICACIN DE LAS DECISIONES DE CLASIFICACIÓÓNN5. BASE DE DATOS DE PRODUCTOS DEL S.A.5. BASE DE DATOS DE PRODUCTOS DEL S.A. (CD(CD--ROM)ROM)6. INFORMACI6. INFORMACIÓÓN EN CUANTO A LA CLASIFICACIN EN CUANTO A LA CLASIFICACIÓÓN N PREVIA A LA IMPORTACIPREVIA A LA IMPORTACIÓÓNN

7. ESTRUCTURA TIPO DE LOS TRABAJOS DE 7. ESTRUCTURA TIPO DE LOS TRABAJOS DE CLASIFICACICLASIFICACIÓÓNN

8. ASISTENCIA TECNICA PARA PA8. ASISTENCIA TECNICA PARA PAÍÍSES EN DESARROLLOSES EN DESARROLLO9.9. CDCD--ROM DE FORMACIROM DE FORMACIÓÓN N ““HARMONIZERHARMONIZER””

9

21

PROMOCIÓN DEL S.A.

�� ASESORAR A LOS PAASESORAR A LOS PAÍÍSES QUE UTILIZAN EL S.A. SES QUE UTILIZAN EL S.A. SIN SER PARTES CONTRATANTES PARA QUE SIN SER PARTES CONTRATANTES PARA QUE TOMEN MEDIDAS PARA ADHERIR AL CONVENIOTOMEN MEDIDAS PARA ADHERIR AL CONVENIO

�� PROMOVER LA APLICACIPROMOVER LA APLICACIÓÓN DEL S.A. ENTRE N DEL S.A. ENTRE LOS PALOS PAÍÍSES QUE NO LO APLICAN TODAVSES QUE NO LO APLICAN TODAVÍÍAA

�� PROMOVER LA UTILIZACIPROMOVER LA UTILIZACIÓÓN DEL S.A. EN N DEL S.A. EN SECTORES NO TRADICIONALES Y ASESORAR A SECTORES NO TRADICIONALES Y ASESORAR A DICHOS USUARIOSDICHOS USUARIOS

11

GESTIÓN DEL S.A.

1.1. COMITCOMITÉÉ DEL SISTEMA ARMONIZADODEL SISTEMA ARMONIZADO

2.2. SUBCOMITSUBCOMITÉÉ CIENTCIENTÍÍFICOFICO

3.3. SUBCOMITSUBCOMITÉÉ DE REVISIDE REVISIÓÓN N

4.4. SUBDIRECCISUBDIRECCIÓÓN DE LA NOMENCLATURAN DE LA NOMENCLATURA

12

22

COMITÉ DEL SISTEMA ARMONIZADO

�� COMPUESTO DE REPRESENTANTES DE LAS PARTES COMPUESTO DE REPRESENTANTES DE LAS PARTES CONTRATANTES AL CONVENIO DEL S.A. (130 EN JUNIO CONTRATANTES AL CONVENIO DEL S.A. (130 EN JUNIO DE 2007)DE 2007)

�� DOS SESIONES CADA ADOS SESIONES CADA AÑÑOO

�� ASUNTOS DE CLASIFICACIASUNTOS DE CLASIFICACIÓÓN (INCLUSO LAS DISPUTAS)N (INCLUSO LAS DISPUTAS)

�� CRITERIOS DE CLASIFICACICRITERIOS DE CLASIFICACIÓÓNN

�� ENMIENDAS DE LAS NOTAS EXPLICATIVASENMIENDAS DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS

�� ENMIENDAS DE LOS TEXTOS LEGALESENMIENDAS DE LOS TEXTOS LEGALES

�� RECOMENDACIONES DEL CONSEJO RELACIONADAS RECOMENDACIONES DEL CONSEJO RELACIONADAS CON EL S.A.CON EL S.A.

�� ASUNTOS GENERALES RELACIONADOS CON EL S.A.ASUNTOS GENERALES RELACIONADOS CON EL S.A.

13

SUBCOMITÉ CIENTÍFICO

�� REPRESENTANTES DE LOS LABORATORIOS REPRESENTANTES DE LOS LABORATORIOS --PAPAÍÍSES SES MIEMBROSMIEMBROS

�� SE REUNE AL MENOS UNA VEZ AL ASE REUNE AL MENOS UNA VEZ AL AÑÑOO

�� ASESORA AL COMITASESORA AL COMITÉÉ DEL S.A. EN CUANTO A ASUNTOS DEL S.A. EN CUANTO A ASUNTOS DE CLASIFICACIDE CLASIFICACIÓÓN N

�� REDACTA PROYECTOS DE TEXTOS LEGALES Y DE NOTAS REDACTA PROYECTOS DE TEXTOS LEGALES Y DE NOTAS EXPLICATIVAS QUE NECESITAN UN PLANTEAMIENTO EXPLICATIVAS QUE NECESITAN UN PLANTEAMIENTO CIENTCIENTÍÍFICO, A PETICIFICO, A PETICIÓÓN DEL COMITN DEL COMITÉÉ DEL S.A. O DEL DEL S.A. O DEL SUBCOMITSUBCOMITÉÉ DE REVISIDE REVISIÓÓNN

�� ESTUDIA LAS POSIBLES MEJORAS A LOS TEXTOS DE LOS ESTUDIA LAS POSIBLES MEJORAS A LOS TEXTOS DE LOS CAPCAPÍÍTULOS RELACIONADOS CON LOS PRODUCTOS TULOS RELACIONADOS CON LOS PRODUCTOS QUQUÍÍMICOS (25MICOS (25--40)40)

�� ASESORA A LA SECRETARASESORA A LA SECRETARÍÍA EN CUANTO A LOS A EN CUANTO A LOS PROGRAMAS DE ASISTENCIA TPROGRAMAS DE ASISTENCIA TÉÉCNICA RELACIONADOS CNICA RELACIONADOS CON LOS LABORATORIOSCON LOS LABORATORIOS

14

23

SUBCOMITÉ DE REVISIÓN

�� SE RESE REÚÚNE DOS VECES AL ANE DOS VECES AL AÑÑOO

�� ENMIENDAS A LOS TEXTOS LEGALES DEL S.A.ENMIENDAS A LOS TEXTOS LEGALES DEL S.A.

�� ENMIENDAS CONSECUTIVAS A LAS NOTAS ENMIENDAS CONSECUTIVAS A LAS NOTAS EXPLICATIVASEXPLICATIVAS

�� LOS TEXTOS FINALIZADOS SON SOMETIDOS AL LOS TEXTOS FINALIZADOS SON SOMETIDOS AL COMITCOMITÉÉ

�� TODOS LOS TEXTOS LEGALES SON AGRUPADOS EN TODOS LOS TEXTOS LEGALES SON AGRUPADOS EN UNA RECOMENDACIUNA RECOMENDACIÓÓN DEL CONSEJO, CON EL FIN N DEL CONSEJO, CON EL FIN DE SER APROBADOS POR LAS PARTES DE SER APROBADOS POR LAS PARTES CONTRATANTESCONTRATANTES

�� ENMIENDA DEL S.A. A INTERVALOS FIJOS, CON EL ENMIENDA DEL S.A. A INTERVALOS FIJOS, CON EL FIN DE ASEGURAR UNA APLICACIFIN DE ASEGURAR UNA APLICACIÓÓN SIMULTN SIMULTÁÁNEA NEA POR PARTE DE TODOS LOS USUARIOSPOR PARTE DE TODOS LOS USUARIOS

15

DIRECCIDIRECCIÓÓN DE ARANCELES N DE ARANCELES Y Y

ASUNTOS COMERCIALESASUNTOS COMERCIALES

JunioJunio 20072007

DAACFEBRERO2001.PPT

24

DIRECCIÓN DE ARANCELES Y ASUNTOS COMERCIALESJunio de 2007

DIRECCIÓN DE ARANCELES Y ASUNTOS COMERCIALESJunio de 2007

OFICINA DEL DIRECTOR

Director

Secretaria

OFICINA DEL DIRECTOROFICINA DEL DIRECTOR

DirectorDirector

SecretariaSecretaria

CENTRO DE DOCUMENTACIÓN

Funcionario administrativo

Auxiliares administrativosprincipales : 2

CENTRO DE DOCUMENTACICENTRO DE DOCUMENTACIÓÓNN

FuncionarioFuncionario administrativoadministrativo

AuxiliaresAuxiliares administrativosadministrativosprincipalesprincipales : 2: 2

SUBDIRECCIÓNDE NOMENCLATURA

Director adjunto

Supervisor

Administradores técnicos : 8

Agregados técnicos : 2

Auxiliares administrativasprincipales : 2

SUBDIRECCISUBDIRECCIÓÓNNDE NOMENCLATURADE NOMENCLATURA

Director Director adjuntoadjunto

SupervisorSupervisor

AdministradoresAdministradores ttéécnicoscnicos : 8: 8

AgregadosAgregados ttéécnicoscnicos : 2: 2

AuxiliaresAuxiliares administrativasadministrativasprincipalesprincipales : 2: 2

SUBDIRECCIÓNDEL VALOR

Director adjunto

Administradores Técnicos : 4

Agregados técnicos : 2

Auxiliar administrativoprincipal

SUBDIRECCISUBDIRECCIÓÓNNDEL VALORDEL VALOR

Director Director adjuntoadjunto

AdministradoresAdministradores TTéécnicoscnicos : 4: 4

AgregadosAgregados ttéécnicoscnicos : 2: 2

AuxiliarAuxiliar administrativoadministrativoprincipalprincipal

2

SUBDIRECCIÓNDE ORIGEN

Director adjunto

Administrador técnico

Agregados técnicos : 3

Auxiliar administrativaprincipal

SUBDIRECCISUBDIRECCIÓÓNNDE ORIGENDE ORIGEN

Director Director adjuntoadjunto

AdministradorAdministrador ttéécnicocnico

AgregadosAgregados ttéécnicoscnicos : 3: 3

AuxiliarAuxiliar administrativaadministrativaprincipalprincipal

25

SUBDIRECCIÓN DE NOMENCLATURA (SECRETARÍA)

�� CONSULTAS DE CLASIFICACICONSULTAS DE CLASIFICACIÓÓN (ALREDEDOR DE 400 AL AN (ALREDEDOR DE 400 AL AÑÑO)O)

�� DOCUMENTOS DE TRABAJO DEL CSA Y DE LOS SUBCOMITDOCUMENTOS DE TRABAJO DEL CSA Y DE LOS SUBCOMITÉÉS ; INFORMES S ; INFORMES ACERCA DE LAS SESIONESACERCA DE LAS SESIONES

�� COMPILACICOMPILACIÓÓN DE LAS DECISIONES Y PUBLICACIN DE LAS DECISIONES Y PUBLICACIÓÓN MEDIANTE INTERNETN MEDIANTE INTERNET

�� HOJAS DE ACTUALIZACIHOJAS DE ACTUALIZACIÓÓN RELATIVAS A LAS PUBLICACIONES DEL S.A., N RELATIVAS A LAS PUBLICACIONES DEL S.A., CONSECUTIVAS A DECISIONES ADOPTADAS POR EL CSACONSECUTIVAS A DECISIONES ADOPTADAS POR EL CSA

�� BASE DE DATOS DE PRODUCTOS DEL S.A. (CDBASE DE DATOS DE PRODUCTOS DEL S.A. (CD--ROM)ROM)

�� BASE DE DATOS EN CUANTO A LOS DOCUMENTOS BASE DE DATOS EN CUANTO A LOS DOCUMENTOS

�� MANUAL RELATIVO A LOS LABORATORIOS DE ADUANAS MANUAL RELATIVO A LOS LABORATORIOS DE ADUANAS

�� PROMOCIPROMOCIÓÓN DE LA ESTRUCTURA TIPO DE LOS TRABAJOS DE CLASIFICACIN DE LA ESTRUCTURA TIPO DE LOS TRABAJOS DE CLASIFICACIÓÓN N ((RecomendaciRecomendacióón)n)

�� CDCD--ROM DE FORMACIROM DE FORMACIÓÓN ACERCA DEL S.A. N ACERCA DEL S.A.

�� MANUAL DE CLASIFICACIMANUAL DE CLASIFICACIÓÓN (en N (en preparacipreparacióón)n)

�� VERIFICACIVERIFICACIÓÓN DE LOS ARANCELES BASADOS EN EL S.A. N DE LOS ARANCELES BASADOS EN EL S.A.

�� MISIONES DE ASISTENCIA TMISIONES DE ASISTENCIA TÉÉCNICACNICA

�� COORDINACICOORDINACIÓÓN DE LOS ASUNTOS RELATIVOS AL S.A. CON OTRAS N DE LOS ASUNTOS RELATIVOS AL S.A. CON OTRAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALESORGANIZACIONES INTERNACIONALES

16

LOS TEXTOS AUXILIARES DEL SA

LAS NOTAS EXPLICATIVAS (NN.EE):LAS NOTAS EXPLICATIVAS (NN.EE):

�� CONSTITUYEN EL ELEMENTO INTERPRETATIVO DE LOS CONSTITUYEN EL ELEMENTO INTERPRETATIVO DE LOS TEXTOS DE LAS PARTIDAS, LA ACLARACION DE SU TEXTOS DE LAS PARTIDAS, LA ACLARACION DE SU ALCANCE Y CONTENIDOALCANCE Y CONTENIDO

�� NO SON UNA ENCICLOPEDIA DEL CONOCIMIENTO, SINO NO SON UNA ENCICLOPEDIA DEL CONOCIMIENTO, SINO INDICACIONES TENDIENTES A SU RECONOCIMIENTO E INDICACIONES TENDIENTES A SU RECONOCIMIENTO E IDENTIFICACIIDENTIFICACIÓÓNN

�� LAS NNEE SON UN VALIOSO INSTRUMENTO AUXILIAR LAS NNEE SON UN VALIOSO INSTRUMENTO AUXILIAR PARA LA CORRECTA CLASIFICACIPARA LA CORRECTA CLASIFICACIÓÓN DE LAS N DE LAS MERCANCMERCANCÍÍAS, SIN EMBARGO SU ALCANCE E AS, SIN EMBARGO SU ALCANCE E INTERPRETACIINTERPRETACIÓÓN HA DE QUEDAR REDUCIDO A LOS N HA DE QUEDAR REDUCIDO A LOS TEXTOS DE PARTIDAS O PARTES DE LA NOMENCLATURA TEXTOS DE PARTIDAS O PARTES DE LA NOMENCLATURA A LOS QUE ATAA LOS QUE ATAÑÑE.E.

�� EN EL MARCO DEL CONVENIO DE MEXICO SE HA EN EL MARCO DEL CONVENIO DE MEXICO SE HA TRABAJADO EN UNA VERSION UNICA EN ESPATRABAJADO EN UNA VERSION UNICA EN ESPAÑÑOL DE OL DE LAS NNEE DEL SA.LAS NNEE DEL SA.

15

26

LOS TEXTOS AUXILIARES DEL SA

LOS CRITERIOS DE CLASIFICACILOS CRITERIOS DE CLASIFICACIÓÓN:N:

�� ANTE CASOS CONCRETOS DE CLASIFICACIANTE CASOS CONCRETOS DE CLASIFICACIÓÓN, EL N, EL CSA HA CONSIDERADO CONVENIENTE CLARIFICAR CSA HA CONSIDERADO CONVENIENTE CLARIFICAR EL PROBLEMAEL PROBLEMA

�� EMITE UN CRITERIO QUE, EN CADA CASO, EMITE UN CRITERIO QUE, EN CADA CASO, DETERMINE LA CLASIFICACIDETERMINE LA CLASIFICACIÓÓN CORRECTA QUE N CORRECTA QUE CORRESPONDE A UN PRODUCTO CONCRETOCORRESPONDE A UN PRODUCTO CONCRETO

�� ESTOS CRITERIOS SON PUBLICADOS POR LA OMA ESTOS CRITERIOS SON PUBLICADOS POR LA OMA (EN INGLES Y FRANCES.(EN INGLES Y FRANCES.

�� EN EL MARCO DEL CONVENIO DE MEXICO SE TIENE EN EL MARCO DEL CONVENIO DE MEXICO SE TIENE YA UNA VERSION UNICA EN ESPAYA UNA VERSION UNICA EN ESPAÑÑOL DE LOS OL DE LOS CRITERIOS DE CLASIFICACICRITERIOS DE CLASIFICACIÓÓN.N.

15

LOS TEXTOS AUXILIARES DEL SA

INDICE DE PRODUCTOS:INDICE DE PRODUCTOS:

�� INCLUYE ORDENADAMENTE DE FORMA ALFABETICA TODAS INCLUYE ORDENADAMENTE DE FORMA ALFABETICA TODAS LAS MERCANCLAS MERCANCÍÍAS CITADAS EN: Las Notas de SecciAS CITADAS EN: Las Notas de Seccióón, n, capcapíítulo y de subpartida, los textos de las Partidas y tulo y de subpartida, los textos de las Partidas y Subpartidas y en las Notas Explicativas.Subpartidas y en las Notas Explicativas.

�� SU UTILIZACISU UTILIZACIÓÓN ES MUY LIMITADA YA QUE DEPENDE DE LA N ES MUY LIMITADA YA QUE DEPENDE DE LA VERSIVERSIÓÓN LINGN LINGÜÍÜÍSTICA Y LA UTILIZACION DE DISTINTOS STICA Y LA UTILIZACION DE DISTINTOS NOMBRES EN LAS DISTINTAS RAMAS TECNICAS O LAS NOMBRES EN LAS DISTINTAS RAMAS TECNICAS O LAS CIENCIASCIENCIAS

LA BASE DE DATOS:LA BASE DE DATOS:

�� ESTESTÁÁ FORMADA POR EL CONJUNTO DE DICTFORMADA POR EL CONJUNTO DE DICTÁÁMENES DE MENES DE CLASIFICACICLASIFICACIÓÓN EMITIDOS POR LA SECRETARIA DEL CNN EMITIDOS POR LA SECRETARIA DEL CN

�� ESTA PUBLICADA POR LA OMA EN CD, NO EXISTIENDO ESTA PUBLICADA POR LA OMA EN CD, NO EXISTIENDO VERSIVERSIÓÓN EN ESPAN EN ESPAÑÑOL.OL.

15

27

OTRAS RECOMENDACIONES DEL COMITÉ TÉCNICO

QUE INCIDEN EN EL SA, SON LAS RELATIVAS A LA QUE INCIDEN EN EL SA, SON LAS RELATIVAS A LA CLASIFICACION DE PRODUCTOS COMO CLASIFICACION DE PRODUCTOS COMO CONSECUENCIA DEL:CONSECUENCIA DEL:��Convenio Convenio UnicoUnico sobre estupefacientes de 1961, sobre estupefacientes de 1961, modificado por el Protocolo de 1972 sobre sustancias modificado por el Protocolo de 1972 sobre sustancias sicotrsicotróópicas (25 de junio de 1999).picas (25 de junio de 1999).

��Convenio sobre la prohibiciConvenio sobre la prohibicióón del desarrollo, n del desarrollo, producciproduccióón y empleo de armas qun y empleo de armas quíímicas (25 de junio micas (25 de junio de 1999).de 1999).

Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que empobrecen la capa de ozono (25 de junio de 1999).empobrecen la capa de ozono (25 de junio de 1999).��UtilizaciUtilizacióón de unidades estn de unidades estáándar de comercializacindar de comercializacióón n de mercancde mercancíías del 25 de junio de 1999as del 25 de junio de 1999

15

VERSIÓN EN ESPAÑOL DEL SA

��EN EL MARCO DEL CONVENIO DE MEN EL MARCO DEL CONVENIO DE MÉÉXICO, SE XICO, SE REALIZARON ESTOS TRABAJOS ENTRE 1992 Y REALIZARON ESTOS TRABAJOS ENTRE 1992 Y 20052005

�� DICHO PROYECTO FUE APROBADO DICHO PROYECTO FUE APROBADO MEDIANTE EL ACUERDO DE LIMA TOMADO EN MEDIANTE EL ACUERDO DE LIMA TOMADO EN LA XV REUNION DEL CONVENIO DE MEXICO EN LA XV REUNION DEL CONVENIO DE MEXICO EN OCTUBRE DE 1994OCTUBRE DE 1994

��EN EL MARCO DEL CONVENIO DE MEXICO EN EL MARCO DEL CONVENIO DE MEXICO FUE APROBADA TAMBIFUE APROBADA TAMBIÉÉN LA VERSION EN N LA VERSION EN ESPAESPAÑÑOL DEL SA, QUE RECOGE LA CUARTA OL DEL SA, QUE RECOGE LA CUARTA ENMIENDA.ENMIENDA.

15

28

NANDINA - ANTECEDENTES

• La Nomenclatura NANDINA, fue aprobada inicialmente mediante la Decisión 249 del 21-07-89, empezó a regir a partir del 01-01-91

• Se tuvo en cuenta los mecanismos vigentes de la Comunidad Andina en esa época

• Está basada en el Sistema Armonizado, lo toma íntegramente y lo subdivide cuando ha sido necesario

• Contiene Notas Complementarias de Sección y Capítulos, es decir notas relativas a las subdivisiones NANDINA

ORGANISMOS ENCARGADOS DE ACTUALIZAR LA NANDINA

• Es la Comisión de la Comunidad Andina, que es la instancia política del Proceso de integración

• En el marco del CAAA, se ha creado el Grupo de Expertos Gubernamentales en NANDINA, como un organismo de consulta permanente en la materia.

• Está integrado por funcionarios técnicos de los servicios nacionales de Aduana y son acreditados por sus respectivos gobiernos

• En la practica es este Grupo de Expertos en NANDINA, el que aprueba técnicamente las modificaciones a la NANDINA y los trabajos complementarios sobre esta materia

• En la preparación de la Propuestas de actualización de la NANDINA, la SG, que es el órgano técnico, cuenta con el apoyo del ComitéAndino de Asuntos Aduaneros (CAAA).

29

OTRAS RECOMENDACIONES DE LA OMA INCORPORADAS EN LA NANDINA VIGENTE

• Sustancias reglamentadas por el Convenio sobre la prohibición del desarrollo, producción, almacenamiento y empleo de armas químicas y sobre su destrucción.

• Utilización de unidades estándar de comercialización de mercancías a fin de facilitar la recopilación, comparación y análisis de las estadísticas del comercio internacional.

• Sustancias controladas, conforme a las modificaciones al Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que empobrecen la capa de ozono.

• Productos especificados en el Protocolo sobre las Armas de Fuego en el marco del Convenio de las Naciones Unidas contra el Crimen Transnacional Organizado.

• Sustancias reglamentadas por el Convenio Unico sobre estupefacientes de 1961, modificado por el Protocolo de 1972 sobre sustancias sicotrópicas.

MODIFICACIONES REALIZADAS A LA NANDINA

• La NANDINA aprobada en 1989, fue modificada por las Decisiones 270 y 286 de 1991, 346 de 1993, 363 de 1994, 381 de 1995, 422 de 1998, 507 de 2001, 570 de 2003 y finalmente por la Decisión 653 del 2006, que está vigente. Está aprobada la Dec. 675 de modificación parcial de la NANDINA, entrará en vigencia el 01-01-08.

• La Dec. 653 incorpora la 4ra Recomendación de Enmienda al SA que entró en vigencia el 01-01-07, la Versión Única en Español del Sistema Armonizado (Versión 2007) y otras recomendaciones de la OMA.

• .

• En 7 reuniones de Expertos en NANDINA del CAAA, realizadas el 2005 y 2006, se revisó el Anexo del Proyecto de Decisión sobre actualización de la NANDINA.

30

DECISIÓN 653 - DE ACTUALIZACIÓN DE LA NANDINA VIGENTE

• Art. 7mo. Establece las funciones de la Secretaria General en la materia y le delega facultades para aprobar mediante Resoluciones, los textos auxiliares de la NANDINA, previa opinión del Comité Andino de Asuntos Aduaneros.

• Se menciona en la Disp.Transitoria Única que los P.M. podrán crear Notas Complementarias Nacionales y desdoblamientos a diez dígitos, para la elaboración de sus Aranceles

• Art.6: El grupo de expertos en NANDINA, para el ejercicio de sus competencias, se regirá por la Res. 871 sobre el Reglamento de Procedimientos de Gestión de la NANDINA.

• .

CUADRO COMPARATIVO SA - NANDINA

6,690

2,293

827

4,397

5,224

NANDINA 2002

7,092

3,126

1,086

3,966

5,052

NANDINA

2007

6,5586,685TOTAL DE SUBPARTIDAS NANDINA (a + b)

2,2752,601Y, se convierten en Subpartidas NANDINA (b)

830941Subpartidas del SA que se desdoblan en la NANDINA

4,2834,084Subpartidas del SA que no se desdoblan en la NANDINA (a)

5,1135,025Subpartidas del Sistema Armonizado (SA)

NANDINA 1996

NANDINA 1995

Conceptos

31

RESOLUCIÓN 871: REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS DE GESTION DE LA NANDINA

• Unifica el sistema de clasificación arancelaria aplicable por los Países Miembros. Da las suficientes garantías jurídicas a los operadores económicos de comercio exterior

• El Cap. III establece los criterios y procedimientos a tener en cuenta en la parte técnica para efectuar modificaciones a la NANDINA, sobre las Notas Explicativas Complementarias de la NANDINA y los procedimientos para establecer los criterios vinculantes de clasificación

• Los Cap. I, II, IV, V Y VI están referidos al funcionamiento del Grupo de Expertos en NANDINA de los P.M.

PROCESO DE SOLICITUDES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA POR PARTE DE LOS PAÍSES MIEMBROS

32

RESOLUCIÓN 871: REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS DE GESTION DE LA NANDINA

• Sobre NANDINA: Criterios a responder. Periodos de presentación. Información que debe contener la solicitud.

• Sobre los criterios vinculantes de clasificación: Sólo para discrepancias de criterio para un mismo producto en al menos dos Países Miembros. Serán complementarios a los Criterios de Clasificación de la OMA. Las solicitudes se realizarán a través de sus respectivos Organos de Enlace. Los datos que debe contener la solicitudes.

• Sobre Notas Explicativas de la NANDINA: En base a las subp. NANDINA existentes y para las que sean necesario aclaraciones. Las solicitudes de NANDINA deben ir acompañadas de su correspondiente propuesta de Nota Explicativa.

• Toda solicitud será sometida a consideración del Grupo de Expertos en NANDINA (30 días). Si no hubiera consenso se solicita la Opiníón de la OMA (90 días).

NOTAS EXPLICATIVAS COMPLEMENTARIAS DE NANDINA (NEC)

• Las NEC de la NANDINA tendrán por objeto facilitar la aplicación de la NANDINA, aclarando sus contenidos en los casos procedentes, sin que por ello puedan ser consideras sustitutorias de sus homónimas del S.A.

• Criterios que se ha tenido en cuenta para la elaboración del Proyecto de NEC

• Una vez analizado el Proyecto por los P,M, será aprobado por el Grupo de Expertos en NANDINA y se elevará a la SG para su aprobación mediante Resolución.

• En el marco del Proyecto de GRANADUA, se avanzó en la elaboración de los primeros 63 capítulos del Proyecto de NEC

33

INDICE DE SUSTANCIAS QUIMICAS CLASIFICADAS SEGÚN LA NANDINA (ISQ)

• En el marco del Proyecto de GRANADUA, se culminó la elaboración de dicho Índice.

• El ISQ se basó en el ECICS 2000 (Inventario Aduanero Europeo de Sustancias Químicas)

• El ISQ contiene 30 000 productos (36 000 denominaciones)

• El ISQ tiene como objetivo principal facilitar la clasificación de productos químicos, teniendo en cuenta que es necesario conocer la subpartidaNANDINA correspondiente a fin de poder determinar el tratamiento aduanero de dichas mercancías

• EL ISQ contiene sólo compuestos orgánicos o inorgánicos de composición química definida presentados por separado, y no comprende las mezclas ni las preparaciones

• EL Grupo de Expertos en NANDINA aprobó técnicamente el ISQ y solicitó a la SG, lo difunda por diversos medios en los P.M.

¿QUÉ CONTIENE EL ISQ CLASIFICADAS SEGÚN LA NANDINA?

• Todos los plaguicidas y otros productos fitosanitarios codificados en la norma internacional ISO 1750 (500 productos, aproximadamente)

• Sales y ésteres de DCI (unos 1 000 productos), denominados DCIM (‘M’ = ‘modificado’)

• Productos intermedios farmacéuticos, como p.ej.: compuestos empleados en la fabricación de productos farmacéuticos acabados (unos 900 productos)

• Todas las denominaciones comunes internacionales (DCI) atribuidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) a los productos farmacéuticos y que figuran en las listas DCI, (6 900 productos, aprox)

• Estupefacientes, sustancias psicotrópicas y sus precursores (unos 300 productos)

• Sustancias químicas que agotan la capa de ozono (unos 270 productos). Substancias químicas tóxicas y peligrosas controladas por el Convenio sobre Armas Químicas (unos 65 productos)

34

INDICE DE SUSTANCIAS QUIMICAS CLASIFICADAS SEGÚN LA NANDINA

DCI0P90402-40-733055abanoquilo2933 49 005

DCI0P65195-55-337377abamectina2941 90 904

DCI0P129639-79-840838abafungina2941 90 903

DCI0P136470-78-540892abacavir2933 59 902

2S97-56-310635AAT2927 00 001

TipoOrNivCAS RNCUSNombreNANDINANºOrd

NANDINA NANDINAN NANDINA NANDINA NANDINA NANDINAN NANDINA NANDINA NANDINA

NANDINA NANDINAN NANDINA NANDINA

NANDINA NANDINAN NANDINA NANDINA NANDINA NANDINAN NANDINA NANDINA NANDINA

NANDINA NANDINAN NANDINA NANDINA NANDINA NANDINAN NANDINA NANDINA NANDINA

NANDINA NANDINAN NANDINA NANDINA NANDINA NANDINAN NANDINA NANDINA NANDINA

NANDINA NANDINAN NANDINA NANDINA NANDINA NANDINAN NANDINA NANDINA NANDINA

NANDINA NANDINAN NANDINA NANDINA NANDINA NANDINAN NAND

Pimienta del género Pipper; frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados

09.04

-

-

.110904

0904.12

0904

0904

.10

.20

Pimienta

Sin triturar ni pulverizar

Triturada o pulverizada

Frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados

:

- -- -

Paprika (capsicum annum, L.)

Los demás

0904.20

0904.20

.10

.90 - -

- -:

.00

.00

.00

Capsicumpaprika, pimentón

Capsicumpaprika, pimentón

PimientaPimienta

35

Acuerdo de Cartagena Acuerdo de Cartagena Comunidad Andina 26Comunidad Andina 26

de Mayo de 1969 de Mayo de 1969

ALADI 12.AGO.80 por losALADI 12.AGO.80 por los papaííses ses conformantesconformantes de ALALCde ALALCMexicoMexico

ParaguayParaguay

BrasilBrasil

BoliviaBolivia

ColombiaColombia

EcuadorEcuador

PerPerúú

UruguayUruguay

ArgentinaArgentina

ChileChile

TRATADO DE MONTEVIDEO 1960TRATADO DE MONTEVIDEO 1960ALALCALALC

CubaCuba

Cuba 26/08/99Cuba 26/08/99

VenezuelaVenezuela

20 septiembre 2006

Decisión 645 País Miembro Asociado

SUNAT SUNAT -- PERPERÚÚ

Decreto Supremo N. 017-2007-EF

Arancel de Aduanas de Perú 2007

Artículo 2° - La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, dispondrá lo conveniente a fin de llevar a cabo la difusión del Arancel de Aduanas anexo al presente Decreto Supremo.

36

ESTRUCTURA DEL ARANCEL DE ADUANAS DE PERÚ

100,0 %7,360TOTAL

10.8 %79217

35.5 %2,6169

53.7 %3,9520

PORCENTAJESNo. SUBPARTIDASNIVELES

Cargo de Entrada

En el Puerto de Payta en trese dias de el mes de febrero de Mill setesientos treinta y ciete años entero en est Rl Caja Don Juan Antonio Marthinez beinti un peso dos rreales de a 8 Por tanto que lo ynportaron el Rl derecho de almojarifasgo de entrada en este Puerto de Catorse Barriles y dos Cajones de tavaco de la Havana que trajo embarcados y en Partida de Rexo de la Ciud de Panama en el Barco Nonbrado Nuestra señora de la soledad de que es dueño Don Joseph Noël, que avaluados al Rl haranzel ynportan dhos pesos de que me ago cargo..........U021,,2

Manuel Beano Juan Antonio Martinez

37

ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL

ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL

ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL

ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARAN

ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARANCEL ARAN

Pimienta del género Pipper; frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados

09.04

-

-

.110904

0904.12

0904

0904

.10

.20

Pimienta

Sin triturar ni pulverizar

Triturada o pulverizada

Frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados

:

- -- -

Paprika (capsicum annum, L.)

Los demás

0904.20

0904.20

.10

.90 - -

- -:

.00

.00

.00

Capsicumpaprika, pimentón

Capsicumpaprika, pimentón

PimientaPimienta

Entera

En trozos o rodajas

Triturados o pulverizados

0904.20.10

0904.20.10

0904.20.10

.10

.20

.30

- - -- - -- - -

:

.00

.00

.00

.00

NNNNOOOOMMMMEEEENNNNCCCCLLLLAAAATTTTUUUURRRRAAAA

NNNNOOOOMMMMEEEENNNNCCCCLLLLAAAATTTTUUUURRRRAAAA

99

9999

9

9

TTTTAAAARRRRIIIIFFFFAAAA

TTTTAAAARRRRIIIIFFFFAAAA

38

Se indica en forma detallada las características técnicas de la mercancía, indicando fórmulas, composición, atributos tecnológicos, usos o destinos, funcionamiento, dimensiones y demás propiedades particulares del producto, sin referirse a lo que literalmente se menciona en los textos de partida del Arancel Nacional de Aduanas.

Retornar

.. .0000 00 00 00NNºº.C.C.. NNºº.O.O..

PARTIDAPARTIDA

S.PS.P. S.A. . S.A. CCóódigo del S.A.digo del S.A.

S.PS.P. NANDINA . NANDINA SPSRSPSR

S.PS.P. NACIONAL. NACIONAL

39

LA CODIFICACIÓN

ESTÁ CONSTITUÍDA POR EL CONJUNTO DE DÍGITOS ASIGNADOS A LAS SUBPARTIDAS DE LOS TEXTOS DE LA NOMENCLATURA

SISTEMA ARMONIZADO

NANDINA APERTURA NACIONAL

21 43 65 87 109

Ejemplo:Ejemplo:27 Combustibles minerales (Cap27 Combustibles minerales (Capíítulo)tulo)

27.10 Aceites de Petr27.10 Aceites de Petróóleo (Partida)leo (Partida)

2710.11 Aceites livianos (Subpartida SA)2710.11 Aceites livianos (Subpartida SA)

2710.11.12 Para motores de veh2710.11.12 Para motores de vehíículos (Subpartida NANDINA)culos (Subpartida NANDINA)

2710.11.12.10 Gasolina Especial (Subpartida Nacional)2710.11.12.10 Gasolina Especial (Subpartida Nacional)

LA CODIFICACIÓN EN EL SA

• Cuando la 5ta y 6ta cifra son cero significa que la partida no se ha subdividido, mientras que cuando la 5ta cifra no es cero significa que se ha subdividido esta partida.

0501.00 Cabello en bruto, incluso lavado o desgrasado, desperdicios de cabello.

05.02 Cerdas de cerdo o de jabalí, pelo de tejón y demás pelos para cepillería, desperdicios de dichos cerdas o pelos.

0502.10 - Cerdas de cerdo o de jabalí y sus desperdicios.

0502.90 - Las demás

40

• El código de la 5ta cifra de dos subpartidas sucesivas no tiene que ser siempre correlativo, por reserva de espacios donde poder insertar subdivisiones suplementarias en el futuro.0502.10 - Cerdas de cerdo o de jabalí y sus desperdicios.

0502.90 - Las demás

• Cuando la 6ta cifra es cero el orden de apertura indicado por la 5ta cifra no se ha subdivido, mientras que cuando la 6ta cifra no es cero la subpartida correspondiente al orden de apertura indicado por la 5ta cifra ha sido subdividida.06.04 Follaje, hojas, ramas y demás partes de plantas,

sin flores ni capullos y hiervas, musgos y líquenes, para ramos o adornos, frescos, secos, blanqueados, teñidos, impregnados o preparados de otra forma:

0604.10 - Musgos y líquenes.

- Los demás:0604.91 - - Frescos:

0604.99 - - Los demás:

41

• Si la sexta cifra es un 9 la subpartida que ocupa dentro de la partida correspondiente se ha subdividido y esta subdivisión es la última que se codifica, por ejemplo:

06.04 Follaje, hojas, ramas y demás partes de plantas, sin flores ni capullos y hiervas, musgos y líquenes, para ramos o adornos, frescos, secos, blanqueados, teñidos, impregnados o preparados de otra forma:

0604.10 - Musgos y líquenes.

- Los demás:0604.91 - - Frescos:

0604.99 - - Los demás:

• Las subpartidas residuales, se codifican con el código 9 en su 5ta o 6ta cifra en su caso. Pero, cuando se trata de máquinas o aparatos tanto mecánicos como eléctricos, las subpartidas residuales se codifican con el código 8, reservando la cifra 9 para las partes.8406.82 - - Demás turbinas de potencia inferior o igual a 40

MW:

8406.90 - Partes de las turbinas de vapor

• Subpartidas residuales son aquellas que incluyen a los artículos que no están especificados en ningún otro lugar.

42

Principio Básico para la Clasificación en el SA

“Las mercancías se clasifican en la subdivisión de nivel más bajo”, entendiéndose por tal la subpartida correspondiente al producto a clasificar que esté precedida del mayor número de guiones, que es donde el producto se encuentra descrito de formamás completa.

Como elemento fundamental para facilitar la localización de las subpartidas se utilizan guiones con los siguientes propósitos:

• Indicar el grado de una subdivisión

• Suplir el texto o los textos de partida y subpartida que originaron la apertura

Rango de la Subpartida

• El guión sirve en primer lugar como guía que indica el rango de la subpartida.

• En las primeras segmentaciones que se hacen de una partida, los textos que las definen irán siempre precedidos de un guión, lo que indica que se trata de una primera apertura.

• En el fraccionamiento que se hace de esas primeras aperturas el texto ira obligatoriamente precedido de dos guiones indicativos de que se trata de una segunda subdivisión

• En los fraccionamientos que se realicen posteriormente, se procederá de la misma forma, y asísucesivamente

• Los guiones evitan la repetición de los textos de las subpartidas de procedencia, haciendo que las designaciones sean lo mas concisas posible. El guión suple en parte el texto de las subpartidas

43

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS SISTEM

A ARMONIZADO D

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANC

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓ

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS SISTEM

A ARMONIZADO D

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS SISTEM

A ARMONIZADO D

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS SISTEM

A ARMONIZADO D

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS SISTEM

A ARMONIZADO D

SISTEM

A ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS SISTEM

A ARMONIZADO D

ISTEMA ARMONIZADO D

N Y CODIFICACI

Pimienta del género Pipper; frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados

09.04

-

-

.110904

0904.12

0904

0904

.10

.20

Pimienta

Sin triturar ni pulverizar

Triturada o pulverizada

Frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados

:

- -- -

Capsicumpaprika, pimentón

Capsicumpaprika, pimentón

PimientaPimienta 07.09

SUBPARTIDAS del S.A.SUBPARTIDAS del S.A.SUBPARTIDAS del S.A.

• CÓDIGO DE 6 CIFRAS

• TIPOS:

• - DE PRIMER NIVEL

• - - DE SEGUNDO NIVEL

• CERRADA

•• CCÓÓDIGO DE 6 CIFRASDIGO DE 6 CIFRAS

•• TIPOS:TIPOS:

•• -- DE PRIMER NIVELDE PRIMER NIVEL

•• -- -- DE SEGUNDO NIVELDE SEGUNDO NIVEL

•• CERRADACERRADA

ok

44

07.0807.08

07.0907.09

37.0237.02

79.0579.05

48.2348.23

97.0397.03

SPCESPCE

3 SPPN3 SPPN

6 SPPN6 SPPN2 SPSN2 SPSN

1 SPPN1 SPPN17 SPSN17 SPSN

4 SPPN4 SPPN2 SPSN2 SPSN

SPCESPCE

EQUIPO 1EQUIPO 1EQUIPO 1EQUIPO 1

EQUIPO 4EQUIPO 4EQUIPO 4EQUIPO 4EQUIPO 4EQUIPO 4EQUIPO 4EQUIPO 4

EQUIPO 5EQUIPO 5EQUIPO 5EQUIPO 5EQUIPO 5EQUIPO 5EQUIPO 5EQUIPO 5

EQUIPO 2EQUIPO 2EQUIPO 2EQUIPO 2

EQUIPO 6EQUIPO 6EQUIPO 6EQUIPO 6

EQUIPO 3EQUIPO 3EQUIPO 3EQUIPO 3

LA CODIFICACIÓN EN LA NANDINA

• La codificación en la NANDINA consta de 8 dígitos, siendo los 6 primeros los correspondientes al SA.

• Las cifras 7ma y 8va corresponden a la NANDINA.

• Cuando una Partida o Subpartida del SA no haya sido subdividida por necesidades comunitarias, las cifras 7ma y 8va serán “00”.

• El criterio seguido para codificar las subpartidas NANDINA es elmismo que para las subpartidas del SA.

• Cuando la 7ma cifra no es cero significa que se ha subdividido la subpartida NANDINA y no siempre es correlativa. (Reserva de espacios).

• También se utiliza los guiones como procedimiento para estructurar las subpartidas NANDINA.

• El No de guiones indica el grado de subdivisión de una subpartida.

45

LA CODIFICACIÓN EN EL ARANCEL DE ADUANAS DE PERÚ

• La codificación en el ARANCEL consta de 10 dígitos, siendo los 6 primeros los correspondientes al SA, los dos siguientes identificativos de la NANDINA.

• Las cifras 9na y 10ma corresponden al ARANCEL, mediante los que se senala la normativa nacional.

• Cuando una Partida o Subpartida del ARANCEL no haya sido subdividida por necesidades nacionales, las cifras 9na y 10ma serán “00”.

• El criterio seguido para codificar las subpartidas NACIONALES esel mismo que para las subpartidas del SA y la NANDINA.

• Cuando la 9na cifra no es cero significa que se ha subdividido la subpartida NACIONAL y no siempre es correlativa. (Reserva de espacios).

• También se utiliza los guiones como procedimiento para estructurar las subpartidas NACIONALES.

• El No de guiones indica el grado de subdivisión de una subpartida NACIONAL.

•Tarea:•Conectar los 16 puntos •6 lineas rectas•No despegar el lápiz•No retroceder sobre la misma linea

46

La Clasificación de las Mercancías

• Es el conjunto de operaciones encaminadas a determinar la partida en que debe ser clasificada una mercancía, utilizando para ello el SA, la NANDINA y el Arancel de Importaciones.

• El Arancel clasifica las mercancías mediante un código de 10 dígitos el mismo que es un desarrollo de la codificación de 6 dígitos del SA y 8 dígitos de la NANDINA, utiliza las mismas reglas y metodología clasificatoria que el SA y NANDINA, por lo que hay uniformidad en la aplicación de dichas nomenclaturas

• La clasificación es una construcción basada en las RG, de las cuales la primera es la columna que vértebra el entramado que forman las secciones y los capítulos.

• La correcta aplicación de las Reglas Generales conduce a la determinación de la partida o código, que corresponde aplicar a cada mercancía.

Continúa: La Clasificación de las Mercancías

• Las Secciones y los Capítulos se encuentran encabezados por unas notas que marcan las pautas a seguir para localizar el texto de partida mas idónea.

• Para clasificar una mercancía es necesario seguir los procedimientos que establecen las RG, que deben ser aplicadas de acuerdo con su orden de numeración.

• La correcta aplicación de las Reglas Generales conduce a la determinación de la partida o código, que corresponde aplicar a cada mercancía.

• Las secciones y los Capítulos, son los agrupamientos sobre los que se encuentra organizado estructuralmente el Sistema Clasificatorio.

• Las secciones responden a una división convencional de los sectores productivos, partiendo de los productos naturales hasta aquellos que presentan un orden tecnológico mas sofisficado.

47

CLASIFICACIÓNCLASIFICACICLASIFICACIÓÓNN

• MÉTODO

• DETERMINAR

• CÓDIGO

• MEDIANTE NORMAS

• A UNA DETERMINADA MERCANCÍA.

•• MMÉÉTODOTODO

•• DETERMINARDETERMINAR

•• CCÓÓDIGODIGO

•• MEDIANTE NORMASMEDIANTE NORMAS

•• A UNA DETERMINADA MERCANCA UNA DETERMINADA MERCANCÍÍAA..

MERCANCIAMERCANCIA

PARTIDAPARTIDA

C. M.C. M.C. M. R.G.I.R.G.I.R.G.I.

48

CONOCIMIENTO DE LA MERCANCCONOCIMIENTO DE LA MERCANCÍÍAA

•• Nombre ComercialNombre Comercial•• Nombre TNombre Téécnicocnico•• Forma de presentaciForma de presentacióónn•• Componentes Componentes •• UsosUsos•• CatCatáálogoslogos•• InformaciInformacióón Tn Téécnica: Literatura o cnica: Literatura o Especialistas (Laboratorios)Especialistas (Laboratorios)

REGLAS GENERALES DE INTERPRETACIÓNREGLAS GENERALES DE INTERPRETACIÓN

• UNIFORMIZAR LA CORRECTA UBICACIÓN DE LAS MERCANCÍAS EN LA NOMENCLATURA NANDINA.

• PRECISAR LOS ELEMENTOS QUE SE DEBEN DE TOMAR EN CONSIDERACIÓN

• UNIFORMIZAR LA CORRECTA UBICACIÓN DE LAS MERCANCÍAS EN LA NOMENCLATURA NANDINA.

• PRECISAR LOS ELEMENTOS QUE SE DEBEN DE TOMAR EN CONSIDERACIÓN

49

Reglas Reglas GGeneralesenerales de Interpretacide Interpretacióónn

• Uniformiza la ubicación correcta de las mercancías en la Nomenclatura

• Son 6

• Las 5 primeras se refieren a las PARTIDAS

• La sexta explica como ubicar las SUBPARTIDAS

• Todas plantean principios para una correcta Clasificación

• Precisan los elementos que deben ser tomados en consideración

• Norma única

• Forma parte de la Nomenclatura

11111111°°°°°°°°MMMMMMMMOOOOOOOOMMMMMMMMEEEEEEEENNNNNNNNTTTTTTTTOOOOOOOO

MERCANCÌAMERCANCÌAMERCANCÌAMERCANCÌAMERCANCÌAMERCANCÌAMERCANCÌAMERCANCÌA

REGLA 1REGLA 1REGLA 1REGLA 1REGLA 1REGLA 1REGLA 1REGLA 1

REGLA 2REGLA 2a)b)

REGLA 3REGLA 3REGLA 3REGLA 3REGLA 3REGLA 3REGLA 3REGLA 3a)b)c)

REGLA REGLA REGLA REGLA 4444REGLA REGLA REGLA REGLA 4444

REGLASEXTAREGLASEXTA

22222222°°°°°°°°MMMMMMMMOOOOOOOOMMMMMMMMEEEEEEEENNNNNNNNTTTTTTTTOOOOOOOO

50

1er 1er 1er 1er 1er 1er 1er 1er MOMOMOMOMOMOMOMOMENMENMENMENMENMENMENMENTOTOTOTOTOTOTOTO

2do 2do MOMOMENMENTOTO

Casos1.

REGLA 1REGLA 1

Los tLos tíítulos de las Secciones, Captulos de las Secciones, Capíítulos tulos o de los Subcapo de los Subcapíítulos solo tienen untulos solo tienen unvalor indicativo,valor indicativo, ya que la clasificaciya que la clasificacióónnestestáá determinada legalmente por losdeterminada legalmente por losTextos de las Partidas y de las NotasTextos de las Partidas y de las Notasde Seccide Seccióón o de Capn o de Capíítulo y,tulo y,

si nsi no sono soncontrarias a los Textos de dichas Parcontrarias a los Textos de dichas Par--tidas y Notas, de acuerdo a las reglastidas y Notas, de acuerdo a las reglassiguientessiguientes

51

Valor indicativoValor indicativo

Valor legalValor legal

Valor condicionalValor condicional

AplicaciAplicacióónnRGI 1RGI 1ªª

Conocimiento de la mercancConocimiento de la mercancConocimiento de la mercancConocimiento de la mercancííííaaaa

BBBBúúúúsqueda de squeda de squeda de squeda de lalalala(s(s(s(s)))) SecciSecciSecciSeccióóóónnnn(es), , , , CapCapCapCapíííítulotulotulotulo(s) o o o o SubcapSubcapSubcapSubcapíííítulotulotulotulo(s) correspondientecorrespondientecorrespondientecorrespondiente(s)

BBBBúúúúsqueda de squeda de squeda de squeda de lalalala(s) PartidaPartidaPartidaPartida(s) y Notas Legalesy Notas Legalesy Notas Legalesy Notas Legales

Lectura y elecciLectura y elecciLectura y elecciLectura y eleccióóóón de la partida que identifique a la mercancn de la partida que identifique a la mercancn de la partida que identifique a la mercancn de la partida que identifique a la mercancíííía de acuerdo a sus a de acuerdo a sus a de acuerdo a sus a de acuerdo a sus

caractercaractercaractercaracteríííísticassticassticassticas

Si dos o mSi dos o mSi dos o mSi dos o máááás partidas lo admiten sin ninguna duda, aplicar las dems partidas lo admiten sin ninguna duda, aplicar las dems partidas lo admiten sin ninguna duda, aplicar las dems partidas lo admiten sin ninguna duda, aplicar las demáááás s s s

Reglas.Reglas.Reglas.Reglas.

52

REGLA 1REGLA 1

Los tLos tíítulos de las Secciones, Captulos de las Secciones, Capíítulos tulos o de los Subcapo de los Subcapíítulos solo tienen untulos solo tienen unvalor indicativo,valor indicativo,

SECCIONESSECCIONESCAPITULOSCAPITULOS

SUBCAPITULOSSUBCAPITULOS

SECCIONESSECCIONES• AGRUPACIÓN CON CARÁCTER DE GENERALIDAD DE

UNA O VARIAS CATEGORÍAS DE MERCANCÍAS• SE EXPRESA EN NÚMEROS ROMANOS• SON XXI SECCIONES

• AGRUPACIÓN CON CARÁCTER DE GENERALIDAD DEUNA O VARIAS CATEGORÍAS DE MERCANCÍAS

• SE EXPRESA EN NÚMEROS ROMANOS• SON XXI SECCIONES

CAPITULOSCAPITULOS• ES PARTE DE UNA SECCIÓN

• EL CAPÍTULOS 77 ESTÁ VACÍO

• SE EXPRESA EN NÚMEROS ARÁBIGOS. SON 96 CAPÍTULOS

• EN EL ESTABLECIMIENTO DE LOS CAPÍTULOS SE HAN TOMADO LOS CRITERIOS RELATIVOS A LA MATERIA CONSTITUTIVA, ASÍ COMO A SU USO O FUNCIÓN

•• ES PARTE DE UNA SECCIES PARTE DE UNA SECCIÓÓNN

•• EL CAPEL CAPÍÍTULOS 77 ESTTULOS 77 ESTÁÁ VACVACÍÍOO

•• SE EXPRESA EN NSE EXPRESA EN NÚÚMEROS ARMEROS ARÁÁBIGOS. SON 96 CAPBIGOS. SON 96 CAPÍÍTULOSTULOS

•• EN EL ESTABLECIMIENTO DE LOS CAPEN EL ESTABLECIMIENTO DE LOS CAPÍÍTULOS SE HAN TULOS SE HAN TOMADO LOS CRITERIOS RELATIVOS A LA MATERIA TOMADO LOS CRITERIOS RELATIVOS A LA MATERIA CONSTITUTIVA, ASCONSTITUTIVA, ASÍÍ COMO A SU USO O FUNCICOMO A SU USO O FUNCIÓÓNN

SUBCAPSUBCAPÍÍTULOSTULOS

•• ORDENAMIENTO DE UN CAPORDENAMIENTO DE UN CAPÍÍTULOTULO

•• EXISTEN SOLO 7 CAPEXISTEN SOLO 7 CAPÍÍTULOS QUE TIENEN UN TOTAL DE 33 SC.TULOS QUE TIENEN UN TOTAL DE 33 SC.

•• SE EXPRESA EN NSE EXPRESA EN NÚÚMEROS ROMANOS MEROS ROMANOS

53

LECTURA DE LOS TÍTULOS DE LAS SECCIONES Y CAPÍTULOS

LECTURA DE LOS TLECTURA DE LOS TÍÍTULOS DE LAS SECCIONES Y TULOS DE LAS SECCIONES Y CAPCAPÍÍTULOSTULOS

• Lectura de Sección I

• Lectura y comparación de los capítulos 1 y 3

• Un pescado vivo corresponde al capítulo 1 o al capítulo 3?

•• Lectura de SecciLectura de Seccióón In I

•• Lectura y comparaciLectura y comparacióón de los capn de los capíítulos 1 y tulos 1 y 33

•• Un pescado vivo corresponde al capUn pescado vivo corresponde al capíítulo 1 tulo 1 o al capo al capíítulo 3?tulo 3?

REGLA 1REGLA 1

ya que la clasificaciya que la clasificacióónnestestáá determinada legalmente por losdeterminada legalmente por losTextos de las Partidas y de las NotasTextos de las Partidas y de las Notasde Seccide Seccióón o de Capn o de Capíítulo y,tulo y,

TEXTO DE PARTIDASTEXTO DE PARTIDASYY

NOTAS LEGALESNOTAS LEGALES

54

TEXTOTEXTODEDE

PARTIDASPARTIDAS

CARÁCTERÍSTICAS DE LAS PARTIDAS

• Tienen un carácter emininentemente restrictivo.

• Los artículos descritos en los textos han de responder a la condición física en que se encuentran normalmente.

• Cuando hacen referencia a una materia, ha de entenderse que sólo se refieren a ésta y a los artículos elaborados con ella. Excepción Part. 42.01 y 42.02

• Sólo hacen referencia a los artículos a título individual, con excepciones como las notas de la Sección XVI y del Capítulo 90.

• Los textos de partida de naturaleza genérica son los que presentan las mayores dificultades.

55

PARTIDA DE CARÁCTER ESPECIFICOPARTIDA DE CARPARTIDA DE CARÁÁCTER ESPECIFICOCTER ESPECIFICO

� Expresa detalladamente a la mercancía,citan artículos concretos

� No conduce a errores. Ver la Partida 85.10

PARTIDA DE CARÁCTER GENÉRICOPARTIDA DE CARPARTIDA DE CARÁÁCTER GENCTER GENÉÉRICORICO

� Designa ampliamente el contenido de las mercancías. Ver partida 85.09

� Permite , en primera instancia, especular de su contenido y conducirnos a errores,

� Agrupa mercancías no expresadas en otras Partidas.

NOTAS LEGALES NOTAS LEGALES DE SECCIDE SECCIÓÓN, DE N, DE CAPCAPÍÍTULO Y TULO Y

COMPLEMENTARIASCOMPLEMENTARIAS

56

NOTAS NOTAS NOTAS NOTAS NOTAS NOTAS NOTAS NOTAS

• NOTAS LEGALES• TEXTOS QUE AMPLÍAN,

NORMAN RESTRINGEN, EXCLUYEN, DEFINEN, ETC.EL CONTENIDO DE UNA SECCIÓN -CAPÍTULO O SUBPARTIDA

•• NOTAS LEGALESNOTAS LEGALES•• TEXTOS QUE AMPLTEXTOS QUE AMPLÍÍAN, AN,

NORMAN RESTRINGEN, NORMAN RESTRINGEN, EXCLUYEN, DEFINEN, EXCLUYEN, DEFINEN, ETC.EL CONTENIDO DE ETC.EL CONTENIDO DE UNA SECCIUNA SECCIÓÓN N --CAPCAPÍÍTULO O TULO O SUBPARTIDASUBPARTIDA

• EXCLUYENTES

• AMPLIATORIAS

• NORMATIVAS

• RESTRICTIVAS

• DEFINITORIAS

•• EXCLUYENTESEXCLUYENTES

•• AMPLIATORIASAMPLIATORIAS

•• NORMATIVASNORMATIVAS

•• RESTRICTIVASRESTRICTIVAS

•• DEFINITORIASDEFINITORIAS

TIPOSTIPOS:

S e c c i ó n X V IMAQUINAS Y APARATOS, MATERIAL ELECTRICO Y SUS PARTES; APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DE SONIDO, APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DE IMAGEN Y SONIDO EN TELEVISION, Y LAS PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS APARATOS

3. Salvo disposición en contrario, las combinaciones de máquinas de diferentes clases destinadas a funcionar conjuntamente y que formen un solo cuerpo, así como las máquinas concebidas para realizar dos o más funciones diferentes, alternativas o complementarias, se clasificaránsegún la función principal que caracterice al conjunto.

NORMATIVANORMATIVANORMATIVA

57

Notas1. Este Capítulo sólo comprende los productos cerámicos cocidos después de darles forma. Las partidas nos 69.04 a 69.14 comprenden exclusivamente los productos que no puedan clasificarse en las partidas nos 69.01 a 69.03.

CapCapíítulo 69tulo 69Productos CerProductos Ceráámicosmicos

RESTRICTIVARESTRICTIVARESTRICTIVA

3. En la Nomenclatura, se considera marfil la materia de las defensas de elefante, hipopótamo, morsa, narval o jabalí y los cuernos de rinoceronte, así como los dientes de todos los animales.

Capítulo 5Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte

DEFINITORIADEFINITORIADEFINITORIA

58

Capítulo 2

Carne y despojos comestibles

Nota. 1. Este Capítulo no comprende:

a) respecto de las partidas nos 02.01 a 02.08 y 02.10, los productos impropios para la alimentación humana;

b) las tripas, vejigas y estómagos de animales (partida no 05.04), ni la

sangre animal (partidas nos 05.11 ó 30.02);

c) las grasas animales, excepto los productos de la partida no 02.09 (Capítulo 15).

EXCLUYENTEEXCLUYENTEEXCLUYENTE

DOCUMENTOS AUXILIARESDOCUMENTOS AUXILIARESDOCUMENTOS AUXILIARES

• NOTAS EXPLICATIVAS• ÍNDICES DE CRITERIOS• TABLAS DE CORRELACIONES• ÍNDICE ALFABÉTICO• INDICE DE SUSTANCIAS QUIMICAS EXPRESADAS EN NANDINA

• NOTAS EXPLICATIVAS COMPLEMENTARIAS DE LA NANDINA

• NOTAS EXPLICATIVAS• ÍNDICES DE CRITERIOS• TABLAS DE CORRELACIONES• ÍNDICE ALFABÉTICO• INDICE DE SUSTANCIAS QUIMICAS EXPRESADAS EN NANDINA

• NOTAS EXPLICATIVAS COMPLEMENTARIAS DE LA NANDINA

59

MALETIN DE ALUMINIOMALETIN DE ALUMINIO

42.02 42.02 óó 76.16 ??76.16 ??

42.02 Baúles, maletas (valijas), maletines, incluidos los de aseo y los portadocumentos, portafolios (carteras de mano), cartapacios, fundas y estuches para gafas (anteojos), binoculares, cámaras fotográficas o cinematográficas, instrumentos musicales o armas y continentes similares; sacos de viaje, sacos (bolsas) aislantes para alimentos y bebidas, bolsas de aseo, mochilas, bolsos de mano (carteras), bolsas para la compra, billeteras, portamonedas, portamapas, petacas, pitilleras y bolsas para tabaco, bolsas para herramientas y para artículos de deporte, estuches para frascos y botellas, estuches para joyas, polveras, estuches para orfebrería y continentes similares, de cuero natural o regenerado, hojas de plástico, materia textil, fibra vulcanizada o cartón, o recubiertos totalmente o en su mayor parte con esas materias o papel.

42.02 Baúles, maletas (valijas), maletines, incluidos los de aseo y los portadocumentos, portafolios (carteras de mano), cartapacios, fundas y estuches para gafas (anteojos), binoculares, cámaras fotográficas o cinematográficas, instrumentos musicales o armas y continentes similares; sacos de viaje, sacos (bolsas) aislantes para alimentos y bebidas, bolsas de aseo, mochilas, bolsos de mano (carteras), bolsas para la compra, billeteras, portamonedas, portamapas, petacas, pitilleras y bolsas para tabaco, bolsas para herramientas y para artículos de deporte, estuches para frascos y botellas, estuches para joyas, polveras, estuches para orfebrería y continentes similares, de cuero natural o regenerado, hojas de plástico, materia textil, fibra vulcanizada o cartón, o recubiertos totalmente o en su mayor parte con esas materias o papel.

76.16 Las demás manufacturas de aluminio.

60

•Botellas de plástico de un litro de capacidad,

•Conteniendo aceite vegetal color amarillo

pálido, de aspecto oleoso y olor característico.

•Es utilizado en alimentación humana.

•Químicamente presenta la siguiente

composición:

Aceite de soyaAceite de soya 90%90%Aceite de girasolAceite de girasol 10%10%

••““ACEITE VEGETAL, SOYAACEITE VEGETAL, SOYA--GIRASOLGIRASOL

IIIIII

1515

IIIIII

1515

••ACEITE VEGETAL, ACEITE VEGETAL, ••90% SOYA 90% SOYA ••10% GIRASOL10% GIRASOL

15.0715.07Aceite de soya

15.1215.12Aceite de girasol

SOYA GIRASOL

RGI 1era y 6ta

15.1715.17Mezclas de Aceite

IIIIII

1515

Margarina; mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este Capítulo, excepto las grasas y aceites alimenticios y sus fracciones, de la partida 15.16.

Margarina; mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales ovegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este Capítulo, excepto las grasas y aceites alimenticios y sus fracciones, de la partida 15.16.1517.901517.90

1517.90.001517.90.00

1517.90.00.001517.90.00.00

ESTRUCTURA DE LA SUBPARTIDAESTRUCTURA DE LA SUBPARTIDA

Otro caso

61

Casos 1Casos 1 S XVIS XVIPartesPartes EsquemaEsquema Casos 2Casos 2NMNMNMNMNMNMNMNM V.A.V.A. MuelaMuela

XX

XVIXVIXVIXVIXVIXVIXVIXVI

84.3784.3784.3784.3784.3784.3784.3784.37

8484848484848484

XIIIXIIIXIIIXIIIXIIIXIIIXIIIXIII

(84(84(84(84(84(84(84(84--------1)a)1)a)1)a)1)a)1)a)1)a)1)a)1)a)

68.0468.0468.0468.0468.0468.0468.0468.04

6868686868686868

62

Por aplicaciPor aplicacióón de la RGI 1, y 6ta n de la RGI 1, y 6ta

8484848484848484

XX

XIIXIIXIIXIIXIIXIIXIIXII

6868686868686868

68.0468.0468.0468.0468.0468.0468.0468.04

XVIXVIXVIXVIXVIXVIXVIXVI

(84.1)a(84.1)a(84.1)a(84.1)a(84.1)a(84.1)a(84.1)a(84.1)a

84.3784.3784.3784.3784.3784.3784.3784.37

6804.236804.236804.236804.236804.236804.236804.236804.23

6804.10.006804.10.006804.10.006804.10.006804.10.006804.10.006804.10.006804.10.00

6804.10.00.006804.10.00.006804.10.00.006804.10.00.006804.10.00.006804.10.00.006804.10.00.006804.10.00.00

????????6804.106804.106804.106804.106804.106804.106804.106804.10

ESTRUCTURA DE LA SUBPARTIDAESTRUCTURA DE LA SUBPARTIDA

PVA

CASOS 1

Muelas para moler o desfibrar

Las demás muelas y artículos similares

De diamante natural o sintético, aglomerado

De los demás abrasivos aglomerados o de cerámica

De piedras naturales

Piedras de afilar o pulir a mano

.21

.22

.23

----

----

----

---- ----

---- ----

---- ----

.30

.20

.10

.00.00

.00.00

.00.00

.00.00

.00.00

::::

6804

6804

6804

6804

6804

6804

6804

6804

6804

Retornar Como elegir una subpartida ?

68.04 Muelas y artículos similares, sin bastidor, para moler, para moler, para moler, para moler, desfibrardesfibrardesfibrardesfibrar, triturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o troceartriturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o troceartriturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o troceartriturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o trocear, piedras de afilar o pulir a manopiedras de afilar o pulir a manopiedras de afilar o pulir a manopiedras de afilar o pulir a mano, y sus partes, de piedra natural, de abrasivos naturales o artificiales aglomerados o de cerámica, incluso con partes de otras materias

68.04 Muelas y artículos similares, sin bastidor, para moler, para moler, para moler, para moler, desfibrardesfibrardesfibrardesfibrar, triturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o troceartriturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o troceartriturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o troceartriturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o trocear, piedras de afilar o pulir a manopiedras de afilar o pulir a manopiedras de afilar o pulir a manopiedras de afilar o pulir a mano, y sus partes, de piedra natural, de abrasivos naturales o artificiales aglomerados o de cerámica, incluso con partes de otras materias

68.04 Muelas y artículos similares, sin bastidor, para moler, para moler, para moler, para moler, desfibrardesfibrardesfibrardesfibrar, triturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o troceartriturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o troceartriturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o troceartriturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o trocear, piedras de afilar o pulir a manopiedras de afilar o pulir a manopiedras de afilar o pulir a manopiedras de afilar o pulir a mano, y sus partes, de piedra natural, de abrasivos naturales o artificiales aglomerados o de cerámica, incluso con partes de otras materias

68.04 Muelas y artículos similares, sin bastidor, para moler, para moler, para moler, para moler, desfibrardesfibrardesfibrardesfibrar, triturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o troceartriturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o troceartriturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o troceartriturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o trocear, piedras de afilar o pulir a manopiedras de afilar o pulir a manopiedras de afilar o pulir a manopiedras de afilar o pulir a mano, y sus partes, de piedra natural, de abrasivos naturales o artificiales aglomerados o de cerámica, incluso con partes de otras materias

63

La clasificaciLa clasificaciLa clasificaciLa clasificacióóóón de mercancn de mercancn de mercancn de mercancíííías en las as en las as en las as en las subpartidas de una misma partidasubpartidas de una misma partidasubpartidas de una misma partidasubpartidas de una misma partida estestestestáááádeterminada legalmente por los determinada legalmente por los determinada legalmente por los determinada legalmente por los textos de textos de textos de textos de estas subpartidasestas subpartidasestas subpartidasestas subpartidas y de las y de las y de las y de las Notas de Notas de Notas de Notas de subpartidasubpartidasubpartidasubpartida asasasasíííí como, como, como, como, mutatismutatismutatismutatis mutandismutandismutandismutandis, por , por , por , por las Reglas anterioreslas Reglas anterioreslas Reglas anterioreslas Reglas anteriores, bien entendido que , bien entendido que , bien entendido que , bien entendido que solo solo solo solo pueden compararse subpartidas del mismo pueden compararse subpartidas del mismo pueden compararse subpartidas del mismo pueden compararse subpartidas del mismo nivelnivelnivelnivel. A efectos de esta Regla, tambi. A efectos de esta Regla, tambi. A efectos de esta Regla, tambi. A efectos de esta Regla, tambiéééén se n se n se n se aplican las Notas de Secciaplican las Notas de Secciaplican las Notas de Secciaplican las Notas de Seccióóóón y de Capn y de Capn y de Capn y de Capíííítulo, tulo, tulo, tulo, salvo disposicisalvo disposicisalvo disposicisalvo disposicióóóón en contrario.n en contrario.n en contrario.n en contrario.

ContinuarContinuar

Denominación: ChompaTejido de punto con lana de alpacaPara hombre Cuello: oval

XIXI

6161

61.1061.10

(XI-2)a)b)

6110.196110.19

6110.19.106110.19.10

6110.19.10.906110.19.10.90

8.A los efectos de los Capítulos 50 a 60:

a) no se clasifican en los Capítulos 50 a 55 y

60 ni, salvo disposición en contrario, en los

Capítulos 56 a 59, los artículos

confeccionados tal como se definen en la Nota

7 anterior;

b) no se clasifican en los Capítulos 50 a 55 y

60 los artículos de los Capítulos 56 a 59.

1.En la Nomenclatura se entiende por:a) lana, la fibra natural que recubre los ovinos;b) pelo fino, el pelo de alpaca, llama (incluido el guanaco), vicuña, camello, dromedario, yac, cabra de Angora («mohair»), cabra del Tíbet, cabra de Cachemira o cabras similares (excepto cabras comunes), conejo (incluido el conejo de Angora), liebre, castor, coipo o rata almizclera;

c) pelo ordinario, el pelo de los animales no citados anteriormente, excepto el pelo y las cerdas de cepillería (partida 05.02) y la crin (partida 05.11).

(51-1)

Subpartida del Sistema Armonizado

Subpartida NANDINA

Subpartida Nacional

sigue

64

Pasos para clasificar una mercancPasos para clasificar una mercancííaa

•• Tener debidamente identificado a la mercancTener debidamente identificado a la mercancíía:a:

• Denominaciones _ Características_ Atributos _ Presentación

•• Conocer la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la NANDINA y el Conocer la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la NANDINA y el

Arancel Nacional vigente y las Normas que lo rigen:Arancel Nacional vigente y las Normas que lo rigen:

• Ubicarles la Sección, el Capítulo y EL Subcapítulo de existir,

• Buscar y asignarle una o varias subpartidas posibles

• Realizar la lectura de las diversas Notas Legales tanto de la Sección o

de Capítulo que han sido considerado en la búsqueda,

• Tomar la decisión de elegir una Partida; en el supuesto caso de tener

dos o más partidas efectivas, se tendrá que recurrir a la Tercera

Regla y aplicar los criterios de la especificidad de la Partida, o el

carácter esencial o simplemente asignarle legalmente la última

Partida por orden de numeración.

• Inmediatamente se deberá ubicar la Subpartida respectiva, para lo

cual se tomará en cuenta inicialmente el primer nivel y luego los

siguientes.

• Esta búsqueda es tanto para la Subpartida del Sistema Armonizado,

la NANDINA, así como la Subpartida Nacional contenida en nuestro

Arancel vigente Documento elaborado por rpdvperusigue

ResumenResumen

• La clasificación de las mercancías dependerán de dos elementos inseparables

• Conocer la mercancía• Aplicar las Reglas Generales de Interpretación • Metodología:• 1.- Ubicar si se encuentra dentro del Grupo de la Materia o del uso, o ambas

• 2.- Ubicar la o las Secciones así como los Capítulos

• 3.- Ubicar la o las Partidas probables• 4.- Lecturas de las Notas Legales• 5.- Decisión

65

1

6

96

6111

70

8

36

9525

8790

88

48

82

91

93

19

73

3

89

83

49

92

71

66

94

7

16

22

4

34

84

65

85

2

11

22

33

44

55

66

130

Regla2

Regla2

CONDICIONES EN QUE PUEDEN PRESENTARSE CONDICIONES EN QUE PUEDEN PRESENTARSE LAS MERCANCLAS MERCANCÍÍASAS

Se compone de dos apartados que dicen:Se compone de dos apartados que dicen:

66

2 a) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.

Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.

ARTICULO INCOMPLETOARTICULO INCOMPLETOARTICULO COMPLETOARTICULO COMPLETO

MONTADOMONTADO

APLICACIAPLICACIÓÓN:N:Si tiene las características del artículo completo o terminado clasificarlo en

dicha partida

SIN MONTARSIN MONTAR

ARTICULO SIN TERMINARARTICULO SIN TERMINARARTICULO TERMINADOARTICULO TERMINADO

67

2.2. a)a) Cualquier referencia a un artCualquier referencia a un artíículo en una partida culo en una partida determinada determinada alcanza al artalcanza al artíículo incluso incompleto o sin terminarculo incluso incompleto o sin terminar, siempre , siempre que que ééste presente las caracterste presente las caracteríísticas esenciales del artsticas esenciales del artíículo completo o culo completo o terminado. Alcanza tambiterminado. Alcanza tambiéén al n al artartíículo completo o terminadoculo completo o terminado, o , o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes,considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando cuando se presente desmontado o sin montar todavse presente desmontado o sin montar todavííaa..

Regla 2 a)Regla 2 a)

22 b)b) Cualquier referencia a una Cualquier referencia a una materia materia en una partida en una partida determinada determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materiasmaterias. Asimismo, cualquier referencia a las . Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas manufacturas de una materia de una materia determinada determinada alcanza tambialcanza tambiéén a las constituidas total o parcialmente por n a las constituidas total o parcialmente por dicha materiadicha materia. La clasificaci. La clasificacióón de estos productos mezclados o de estos n de estos productos mezclados o de estos artartíículos compuestos se efectuarculos compuestos se efectuaráá de acuerdo con los principios enunciados de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3.en la Regla 3.

Regla 2 b)Regla 2 b)

68

REGLA GENERAL 2DA CONDICIONES EN QUE PUEDEN PRESENTARSE LAS MERCANCIAS

Se aborda la clasificación de las mercancías desde una triple perspectiva:

•Que se presenten de forma incompleta o sin terminar

•Que se presenten desmontadas o sin montar

•Que su materia constitutiva se encuentre mezclada o asociada con otra u otras materias de distinta naturaleza

LA PRIMERA PARTE DE LA REGLA 2 a)

"Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza también al artículo incompleto o sin terminar, siempre que ya presente las características esenciales del artículo completo o terminado“

• Se amplía el alcance de las partidas que mencionan un artículo determinado, de tal forma que comprendan, no sólo al artículo completo, sino también al artículo incompleto o sin terminar siempre que presente las características esenciales del artículo completo o terminado•En cuanto al hecho de que la forma en que se presente un artículo pueda considerarse como completa o incompleta siempre dependerá de que tenga todas sus partes o elementos constitutivos o carezca de alguno de ellos. En este caso habrá de estimarse si las partes o elementos de que carece son suficientes para determinar la pérdida de su naturaleza como tal artículo

69

COMENTARIOS SOBRE LA PRIMERA PARTE DE LA REGLA 2 a)

• Siempre hemos de considerar que para que un artículo incompleto pueda ser clasificado como completo ha de presentar todos los elementos necesarios para poder determinar el texto de partida correspondiente al artículo terminado

• Así pues un zapato que se presente sin su piso o suela es un zapato incompleto, sin que podamos decir que presente las características del completo al faltarle uno de los elementos determinantes de su clasificación, dado que los textos de partida relativos a la clasificación del calzado lo hacen en consideración a los materiales constitutivos de su parte superior o corte y los de su piso o suela, cuestiones que no pueden ser apreciadas en el caso que se comenta

• Como principio general, podemos decir que este criterio relativo a la forma de presentación es inaplicable a los artículos que se encuentran clasificados en las primeras seis secciones de la nomenclatura

LA SEGUNDA PARTE DE LA REGLA 2 a)

"Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía”.• Está destinada a determinar la clasificación de aquellos artículos que se presentan sin montar todavía, o que una vez montados han sido desmontados para facilitar su transporte, manipulación o montaje en lugares en los que su instalación no sería posible de otra forma•Sin embargo, es procedente señalar que esta regla sólo puede ser aplicada a petición de los que lo soliciten, ya que la Administración no puede pronunciarse de forma objetiva más que sobre los artículos sometidos a su consideración en el acto del despacho.

70

2 b) Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3.

2 b) Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3.

MANUFACTURAMANUFACTURA

MEZCLAMEZCLAMEZCLAMEZCLAMEZCLAMEZCLAMEZCLAMEZCLA ASOCIACIONASOCIACIONASOCIACIONASOCIACIONASOCIACIONASOCIACIONASOCIACIONASOCIACION

APLICACIAPLICACIÓÓN:N:

REGLA 2 b)

REGLA 3

MATERIAMATERIA

71

LA REGLA GENERAL 2 b)

"Cualquier referencia a una materia en una partida alcanza a dicha materia, tanto pura como mezclada o asociada con otras materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos productos mezclados o de los artículos compuestos se hará de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3:• La aplicación de esta Regla afecta a los artículos constituidos por la mezcla de varias materias y que como tales no se encuentran recogidos por los textos de las partidas. En los casos en que los textos de partida hagan expresa mención de tales mezclas su clasificación ha de ser hecha por aplicación de la Regla Primera.•Consecuente con ello, la aplicación de esta Regla ha de utilizarse para ampliar el alcance del texto de una partida comprensiva de artículos constituidos por una materia determinada y que sólo están constituidos parcialmente por dicha materia, que se presenta unida, mezclada o asociada con otra u otras de naturaleza diferente.

COMENTARIOS A LA REGLA GENERAL 2 b)

Está destinada a determinar la clasificación de los artículos de naturaleza mixta, toda vez que en la mayoría de los casos los artículos manufacturados no están constituidos por una sola clase de materia sino que pueden presentarse como:

•Una mezcla o combinación de dos o más materias íntimamente asociadas .

•Una unión o asociación de distintas partes en las que cada una presenta una naturaleza diferente.

•Un artículo formado por dos o más piezas independientes y de distinta naturaleza.

•Un conjunto, surtido o juego, formado por distintas unidades físicas de naturaleza variada que a efectos clasificatorios constituyan una unidad.

72

CONDICIONES PARA LA APLICACIONCONDICIONES PARA LA APLICACION1.1. No debe existir una partida propiaNo debe existir una partida propia2.2. La concurrencia de las materias noLa concurrencia de las materias noestestéé indicada por una NL.indicada por una NL.3.3. El texto de la partida y notas prohEl texto de la partida y notas prohííbabaotras materiasotras materiasAPLICACIAPLICACIÓÓN:N:

2 b)2 b)

CON LA MATERIA QUECON LA MATERIA QUE

INDISCUTIBLEMENTE ES DOMINANTE INDISCUTIBLEMENTE ES DOMINANTE (no existe(no existeduda que el carduda que el caráácter de la mercanccter de la mercancíía no cambia)a no cambia)

SI ES DISCUTIBLE CUAL ES DOMINANTE SI ES DISCUTIBLE CUAL ES DOMINANTE APLICAR LOS PRINCIPIOS DE LA RGI 3.APLICAR LOS PRINCIPIOS DE LA RGI 3.

Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue:

REGLA 3REGLA 3REGLA 3

73

LA REGLA GENERAL 3

•Esta Regla prevé tres métodos de clasificación de las mercancías que por su naturaleza podrían incluirse en varias partidas y se aplica en el mismo orden en que figuran citadas; así, la Regla 3 b) sólo se aplica si la Regla 3 a) no aporta ninguna solución al problema, y la Regla 3 c) entrará en juego sí las Reglas 3 a) y 3 b) son inoperantes

•el orden sucesivo de aplicación corresponde a los conceptos siguientes:

•a) la partida más específica

•b) el carácter esencial

•c) la última partida por orden de numeración.

LA REGLA GENERAL 3 a)

"La partida más específica tendrá prioridad sobre la más genérica. Sin embargo, cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyan un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos, en el caso de mercancías presentadas en surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben considerarse igualmente especificas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa o completa".•Este método constituye el replanteamiento de la Regla Primera para los artículos compuestos o mezclados, restringiendo su aplicación a las partidas de naturaleza específica, es decir a aquellas que identifiquen más claramente y con una descripción más precisa y completa la mercancía considerada

74

COMENTARIOS A LA REGLA GENERAL 3 a)

Este método es de sencilla aplicación en aquellos casos en los que la simple contemplación de la mercancía no ofrece dudas respecto a su naturaleza, tal como sucede en los innumerables ejemplos que la vida cotidiana nos ofrece. Así, si se nos presenta una mesa con el tablero de madera y las patas metálicas, sin estar avezados en la materia lo calificamos a primera vista como mesa de madera

La mayor complejidad en la aplicación de este apartado la constituye la clasificación de los productos formados por la mezcla íntima de otros, tal como sucede con los productos químicos, los alimenticios y otros de naturaleza análoga, en los que la determinación de su especificidad exige un conocimiento adecuado de su estructura y de la naturaleza de sus componentes, por eso es necesario disponer de una analítica adecuada, así como de los parámetros relativos a sus características, propiedades y utilización.

LA REGLA GENERAL 3 b)

"Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasificarán con la materia o el artículo que les confiera el carácter esencial, si fuera posible determinarlo".•El factor determinante del carácter esencial varía según la clase de mercancía. Puede residir en la naturaleza de su materia constitutiva, en el conjunto de artículos que la componen, en el volumen, la cantidad, el peso, el valor, o en la importancia de una de las materias en relación con su utilización

75

COMENTARIOS A LA REGLA GENERAL 3 b)

Para la aplicación de la presente Regla, también se incluyen aquellas manufacturas en las que sus elementos son separables, a condición de que estén adaptados unos a otros, que sean complementarios, y que unidos constituyan un todo que no pueda venderse normalmente por elementos separados, por lo que generalmente se presentan asociados como sucede en la unidad que forman la taza y el plato.

Aunque normalmente el factor determinante del carácter esencial es la naturaleza del artículo predominante en peso, no podemos obviar que en algunas ocasiones no lo constituye éste, sino otros factores que en cada caso es necesario ponderar, una labor que constituye todo un ejercicio mental de investigación.

LA REGLA GENERAL 3 c)

"Cuando las Reglas 3 a) y 3 b) no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificará en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse en cuenta”."•Sólo se aplica en aquellos casos en que la clasificación del artículo propuesto no puede ser hecha en función de los principios precedentes por lo que debemos proceder a clasificar el artículo en cuestión en la partida que ordinalmente esté situada en último lugar entre las de posible consideraciónPor último, se ha de considerar también la aplicación de esta Regla General Tercera al conjunto de elementos que suelen acompañar a un artículo o mercancía y que comercialmente son inherentes a ella, tales como catálogos, hojas técnicas, planos de montaje y otros con los que habitualmente se presentan

76

JERSEY DE PUNTO CON UNA COMPOSICIÓN DEL 50% DE ALGODÓN Y 50% DE POLIÉSTER

• Comenzamos la clasificación identificando la sección a la que corresponde el artículo.

• Los jerseys estarían incluidos en el Cap.61. Una vez identificado el capítulo, el siguiente paso es determinar la partida, que en este caso sería el 61.10

• Las prendas están clasificadas según su composición. En este caso sabemos que el jersey tiene un 50% de algodón y un 50% de poliéster. Las Notas de la Sección XI nos indican que es necesario aplicar la Regla 3 de clasificación. (ver Nota 2-A)

• Aplicando esta regla clasificaremos el jersey como si estuviera constituido enteramente por poliéster, por lo que el siguiente nivel de clasificación sería la Subpartida 6110.30.90, ya que el poliéster es una fibra sintética.

ABRELATAS DE METAL

• Este artículo corresponde a la Sección XV. En principio podría ser clasificado en dos capitulos: el 73 o el 82. Sin embargo las Notas Explicativas de la Partida 73.23 excluyen específicamente los abrelatas.

• Una vez definido el Cap. 82, una lectura de las Notas Explicativas nos indica que la partida 82.05 incluye los abrelatas sencillos, manuales. Ver Nota Explicativa E) 1) de la Partida 82.05

• Por exclusión, la subpartida correspondiente para este tipo de abrelatas sería la 8205.51.00

• Si se tratara de un abrelatas mecánico, la partida correspondiente sería la 8210.00.90

77

1.- TEXTILES

Capítulo 61:

Prendas y complementos (accesorios) de vestir, de punto

Capítulo 62:

Prendas y complementos (accesorios) de vestir, excepto de punto

1.1 Nota legal 14 - Sección XI

Se entiende por Prendas de vestir: las comprendidas en las partida 61.01 a 61.14 y en las partidas 62.01 a 62.11

En consecuencia, los complementos (accesorios) de vestir: están comprendidas en las partidas 61.15 a 61.17 y en las partidas 62.12 a 62.17

78

1.2 Descripción mínima:

1. Denominación de la prenda o complemento ( por ejemplo: pantalón, camisa, blusa, T-shirt, etc.)

3. Hombre (niño) o mujer (niña)

4. Tela: Composición (%) de materias textiles (por ejemplo: % algodón; % fibra sintética o artificial, etc)

2. Tipo de tejido : punto o no

1.3 Hombre (niño) o Mujer (niña)

Notas legales 9-61 y 8-62:

Prendas de vestir que se cierran por delante:

a) De izquierda sobre derecha : hombre o niños

b) De derecha sobre izquierda : mujeres o niñas

c) Unisex : se clasifican como para mujeres o niñas

79

1.4 Clasificación de tejidos formados por mezclas de materias textiles

N.L. 2 – Sección XI :A. Los Productos Cap. 50 a 55 o 58.09 o 59.02, que contengan 2

o más materias textiles: se clasifica por la materia que predomine en peso, si ninguno predomina: última partida.

B. Para la aplicación de esta regla:

b) Primero se elige el Capítulo y luego la partida

c) Cuando entren en juego los Capítulos 54 y 55, y otrosCapítulos, éstos dos capítulos se consideran uno solo

d) Cuando un Capítulo o partida se refieran a varias materias textiles, dichas materias se consideran una sola materia

Tejido formado por:

1. Peso inferior a 200 g-m255% de algodón ( Cap. 52)22% de fibra sintética o artificial (Cap. 55)21% de lana (Cap. 51)2% de seda (Cap. 50)

Se clasifica en el Capítulo 52 (mayor peso)

Partida 52.10 : Tejido de algodón con un contenido de algodón < 85% en peso, mezclado exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, de peso > = a 200 g-m2

80

Tejido formado por:

2. 40% de fibra sintética discontinua (55.15)

35% de lana peinada (51.12)

25% de pelo fino peinado (51.12)

El peso de la lana y del pelo fino se suman = 60%

Por que pertenecen a una misma partida

Capítulo 51: partida 51.12

Tejido formado por:

3. Peso = 210 g-m2

40% de algodón (52.11)

30% de fibra sintética discontinua (55.14)

30% de fibra artificial discontinua(55.16)El peso de las fibras sintéticas y artificiales se suma = 60%

Por que pertenecen a un mismo Capítulo

Capítulo 55 : partida 55.16 (última partida)

81

Tejido formado por:

4. 35% de lino (53.09)

25% de yute (53.10)

40% de algodón (52.12)

Se suman el peso de lino y yute = 60%

Por que pertenecen a un mismo Capítulo

Capítulo 53 : partida 53.09 (mayor peso)

Tejido formado por:

5. 35% de filamento sintético (54.07)

25% de fibra sintética discontinua (55.15)

40% de lana peinada (51.12)

Se suman pesos de filamento y fibra = 60%

Por que involucra Capítulos 54 y 55 con otro Capítulo

Capítulo 54 ( mayor peso) : partida 54.07

82

Prendas de vestir

Pantalón de hombre, de punto:

a) 70% algodón + 30% poliéster

b) 55% poliéster + 45% algodón

¿Clasifica por N.L. 2 – Sección XI ?

N.L. Subpartida 2 A) – Sección XI:

Los productos de los Capítulos 56 a 63 que contengan 02 o más materias textiles, se considerarán constituidos totalmente por la materia textil que les correspondería de acuerdo a la Nota 2 de esta Sección

1.5 Fibras sintéticas o artificiales

• Fibras = fibras discontinuas (fibras cortas)

• Filamento = fibras continuas (fibras largas)

Principales fibras sintéticas:

Fibras de poliéster, de poliuretano, de polietileno, polipropileno, nailon, acrílicas, modacrílicas, etc.

Principales fibras artificiales:

Rayón viscosa, rayón cupro amoniacal, acetato de celulosa, fibras proteicas o proteínicas, fibras algínicas, etc.

83

Camisas, blusas, blusas camiseras

Características:a) Llevan mangas (largas o cortas)b) No tienen bolsillos por debajo de la cintura ni

acanalados elásticos u otro medio para ceñir el bajo de la prenda

c) Tienen una abertura, incluso parcial que se inicia en el escote

d) Pueden llevar cuello y bolsillos pero solamente por encima de la cintura

e) Las blusas pueden carecer de mangas y no llevar abertura en el escote

T- SHIRT

Características:a) Puede tener bolsillos o no

b) Con mangas larga o corta

c) Sin botones ni otro sistema de cierre

d) Sin cuello

e) Sin abertura en el escote

f) La parte baja no tiene elementos para ceñir

84

1.6 Surtidos

N.L. 14 – Sección XI :

Salvo disposición en contrario, las prendas de vestir que pertenezcan a partidas diferentes se clasificarán en sus respectivas partidas, incluso si se presentan en surtidos para la venta al por menor.

Camiseta interior (61.09) + calzoncillo (61.07), de punto

Ejemplos:

¿ Clasifican por separados, por N.L. 14 SecXI ? o ¿Regla 3b)

Clasifican por separado:

Regla 1 ( N.L. 14-Sección XI)

85

TEX = Peso en gramo de unKilómetro de hilado

1 TEX = un hilado de 1000 metros que pesa 1 gramo

25 TEX = Un hilado de 1000 metros que pesa 25 gr.

1 Decitex (dtex) = 1 TEX / 10 = un hilado de 10,000

metros que pesa 1 gramo

3. Pescados, crustáceos, moluscos

• Langostino pelados, cocidos en agua, refrigerados

• Filete de bacalao empanado• Salmón crudo condimentado con especies

N.L. 1 –16:

Este Capítulo no comprende los pescados, preparados o conservados por los procedimientos citados en el Capítulo 3 (vivos, frescos, refrigerados, congelados, seco, salado, salmuera, ahumado, harina, polvo )1605.20 , 1604.19 y 1604.11 respectivamente

86

4.- Productos lácteos

Capítulo 4:

• Sólo componentes naturales de la leche

• Pueden tener: vitaminas, estabilizantes (consistencia), emulsionantes (anticoagulantes)

Capítulo 19:

• Preparaciones a base de productos lácteos

• Sustituyen uno o varios componentes naturales

• Pueden tener cacao < 5% en peso

172

Regla4

Regla4

MERCANCMERCANCÍÍAS SIN POSIBLE ENCUADRE AS SIN POSIBLE ENCUADRE CLASIFICATORIOCLASIFICATORIO

87

REGLA GENERAL 4TA MERCANCIAS SIN POSIBLE ENCUADRE CLASIFICATORIO

"Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las reglas anteriores se clasificarán en la partida que comprenda los artículos con los que tengan mayor analogía".•Esta Regla exige la comparación de las mercancías presentadas con artículos similares para determinar las analogías existentes entre ellos, y clasificarlos en la partida correspondiente a los artículos con los que existan mayores afinidades•Con esta Regla se pretende completar el círculo clasificatorio para que, al menos teóricamente, no exista la posibilidad de que quede fuera de la nomenclatura ningún artículo

REGLA 4REGLA 4

�� Si una mercancSi una mercancíía no se ubicaa no se ubicadentro de las 1221 partidasdentro de las 1221 partidas

AplicaciAplicacióón:n:

Elegir partida que tenga mayor analogía

88

COMENTARIOS SOBRE LA REGLA CUARTA

• En la práctica es muy difícil contemplar lo que debe entenderse por artículo análogo (por su denominación, por su forma, por sus elementos constituyentes, por sus funciones, etc.)

• La aplicación indiscriminada de este principio ha originado disfunciones clasificatorias, como sucede con la P. 84.71, en la que se clasifican las computadoras, que por principios de clasificación debieran serlo en el Cap. 85, y todo esto porque estas máq. han venido a sustituir a las obsoletas máq. estadísticas cuyo fundamento operativo es esencialmente mecánico

NOTA 5) DE LA SECCIÓN XVII

5. Los vehículos de cojín (colchón) de aire se clasificarán con los vehículos con los que guarden mayor analogía: ”.•a) del Capítulo 86, si están concebidos para desplazarse sobre una vía guía (aerotrenes);•b) del Capítulo 87, si están concebidos para desplazarse sobre tierra firme o indistintamente sobre tierra firme o sobre agua;•c) del Capítulo 89, si están concebidos para desplazarse sobre agua, incluso si pueden posarse en playas o embarcaderos o desplazarse también sobre superficies heladas.Estos vehículos se clasifican por Regla 4ta? o

1ra?

89

REGLA 5REGLA 5

estuchesestuchesREGLA 5a)REGLA 5a)

REGLA 5b)REGLA 5b) envasesenvases

EstucheEstucheREGLA 5a)REGLA 5a)

REGLA 5b)REGLA 5b)

EnvaseEnvasecasoscasos

90

5. Además de las disposiciones precedentes, a las mercancías consideradas a continuación se les aplicarán las

Reglas siguientes:a) los estuches para aparatos fotográficos, instrumentos musicales, armas, instrumentos de dibujo, collares y continentessimilares, especialmente apropiados para contener un artículo determinado o un surtido, susceptibles de uso prolongado y presentados con los artículos a los que están destinados, se clasificarán con dichos artículos cuando sean de los tiposnormalmente vendidos con ellos. Sin embargo, esta Regla no afectaa la clasificación de los continentes que confieran al conjunto el carácter esencial;

REGLA 5a)REGLA 5a)

REGLA 5a)REGLA 5a)REGLA 5a)

�� Apropiado para contener unApropiado para contener unarticulo, juego o surtidoarticulo, juego o surtido

�� Ser de uso prolongadoSer de uso prolongado�� Presentado en el despachoPresentado en el despacho�� Venta solidariaVenta solidaria�� Sigue el rSigue el réégimen del articulogimen del articulo

estuches:estuches:

Estuches de mayorEstuches de mayorrelevanciarelevancia

No aplicable:No aplicable:

91

COMENTARIOS A LA REGLA GENERAL 5 a)

Es aplicable exclusivamente a los continentes que presentan simultáneamente las características siguientes:

•Estar especialmente preparados para alojar un artículo determinado o un surtido, es decir acondicionados de tal manera que el artículo contenido encuentre su lugar exacto .

•Ser susceptibles de uso prolongado, es decir que estén concebidos, principalmente en cuanto a resistencia o acabado, para tener una duración de uso en relación con la de su contenido.

COMENTARIOS A LA REGLA GENERAL 5 a)

Los criterios que permiten su clasificación junto con los artículos a los que se destinan son los siguientes:

•Se presenten con los artículos que han de contener, aunque estén envasados separadamente para facilitar el transporte. En el caso de presentarse aisladamente, los continentes siguen su propio régimen .

•Sean de una clase que se venda normalmente con dichos artículos

•No confieran al conjunto el carácter esencial .

92

b) salvo lo dispuesto en la Regla 5 a) anterior, los envases que contengan mercancías se clasificarán con ellas cuando sean del tipo de los normalmente utilizados para esa clase de mercancías. Sin embargo, esta disposición no es obligatoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizadosrazonablemente de manera repetida.

REGLA 5b)REGLA 5b)

REGLA 5b)REGLA 5b)REGLA 5b)

�� Excepto los estuchesExcepto los estuches�� Usualmente utilizados en elUsualmente utilizados en el

comerciocomercio�� Sigue el rSigue el réégimen de la gimen de la

mercancmercancííaa

envases:envases:

Envases de usoEnvases de usorepetitivorepetitivo

No aplicable:No aplicable:

93

COMENTARIOS A LA REGLA GENERAL 5 b)

•Rige la clasificación de los envases normalmente utilizados para las mercancías que contienen. Sin embargo, esta disposición no es obligatoria cuando tales envases sean claramente susceptibles de utilización repetida

•el concepto de estuche se encuentra íntimamente ligado al de protección individual.

•No sucede lo mismo con los envases, ya que este término es extrapolable hasta el extremo de comprender a todo aquello que constituye el elemento de presentación o acondicionamiento habitual de ciertos artículos a los que acompaña.

COMENTARIOS A LA REGLA GENERAL 5 b)

En las Notas Explicativas Complementarias de la Nomenclatura Combinada se hace una aclaración sobre la aplicación de esta regla, señalando lo siguiente:

•“Los envases habitualmente utilizados en la comercialización de bebidas, compotas, mostaza, especias u otras preparaciones similares, se clasifican con las mercancías que contengan, incluso cuando sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida”.

94

6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de las subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatismutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplicarán las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

REGLA 6REGLA 6REGLA 6

REGLA 6REGLA 6REGLA 6

�� Textos de las SubpartidasTextos de las Subpartidas�� Textos de las Notas de SPTextos de las Notas de SP�� De una misma partidaDe una misma partida�� Compara subpartidas de unCompara subpartidas de un

mismo nivelmismo nivel�� Aplicar Aplicar MutatisMutatis MutandisMutandis concon

las reglas 2 y 3.las reglas 2 y 3.�� AplicaciAplicacióón de las n de las NLsNLs de S.y de C.de S.y de C.

95

COMENTARIOS A LA REGLA GENERAL 6

Las Reglas 1 a 5 precedentes rigen, "mutatis mutandis", la clasificación a nivel de subpartidas dentro de una misma partida

Subpartidas del mismo nivel, son las que se encuentran precedidas del mismo número de guiones, por lo que si en el marco de una misma partida pueden tomarse en consideración dos o más subpartidas con un guión, debe apreciarse la especificidad de cada una de estas subpartidas con un guión en relación a un artículo determinado.

Cuando ya se ha hecho la elección de la subpartida más específica con un guión y ésta se encuentra subdividida, entonces y sólo entonces, interviene el considerar el texto de las subpartidas con dos guiones para determinar cuál de ellas debe mantenerse finalmente.