NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel...

40
1 NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS POR DAÑOS A TERCEROS DE VEHICULOS DE TRANSPORTE DE TIPO PESADO

Transcript of NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel...

Page 1: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

1

NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS POR DAÑOS A

TERCEROS DE VEHICULOS DE TRANSPORTE DE TIPO PESADO

Page 2: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

2

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO

NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS POR DAÑOS A TERCEROS DE VEHICULOS

DE TRANSPORTE DE TIPO PESADO

INSTITUCIÓN: INVERSIONES CASTIÑEIRA C.A

AUTORA: MARCANO JOSMARY C.I.: 13.134.931

San Diego, Octubre de 2014

Page 3: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

3

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO

NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS POR DAÑOS A TERCEROS DE VEHICULOS

DE TRANSPORTE DE TIPO PESADO

CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN

_________________________________________________ Nombre, firma y cédula de identidad del tutor académico

__________________________________________________ Nombre, firma y cédula de identidad del tutor institucional __________________________________________________ Nombre, firma y cédula de identidad del tutor metodológico

AUTORA: MARCANO JOSMARY C.I.: 13.134.931

San Diego, Septiembre de 2014

Page 4: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

4

AGRADECIMIENTOS

Agradezco a:

Dios, por ser mi guía en todo momento y en cada paso que doy en mi vida.

Aunque no tuve padre físico, la vida me ha premiado en tener la gran

protección y compañía de un ser inigualable.

Mi madre, por ser una mujer fuerte y luchadora, que siempre ha estado a mi

lado, ayudándome en todo.

Y por último, mi familia, mis hijos y mi esposo

Josmary Marcano

iv

Page 5: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

5

ÍNDICE GENERAL

Pp. CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN………………………………………………....iii

AGRADECIMIENTOS………………………………………………………………iv

INDICE………………………………………………………………………………..v

RESUMEN……………………………………………………….…...……...……...vii

INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………….1 I. INSTITUCIÓN

1.1 Nombre………………………….…….…………………………………..3

1.2 Ubicación…………………….……….…………………………………...3

1.3 Descripción…………………..……….…….……………………………..3

1.4 Estructura Organizativa……..………….…………………………………3

1.5 Misión……………………………………………………………………..4

1.6 Visión………..…….……………………………...………….……………4

1.7 Valores………………………………………………………………….…4

1.8 Actividades Desarrolladas durante la Pasantía…...……………………….4 II. EL PROBLEMA

2.1 Planteamiento del Problema…………………….…………….....………..5

2.2 Formulación del Problema…………………….…………..…...…..….......7

2.3 Objetivo General……………………………………..……………………8

2.4 Objetivos Específicos……………………………………..………......…..8

2.5 Justificación y Alcance………………………………...………………….8

2.6 Limitaciones del Estudio……………………………………….….....……9 III. MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL

3.1 Antecedentes………………………………………..………..…….....….10

3.2 Bases Teóricas…………………………………...………..…..…………12

3.3 Bases Legales……………………………………………………….....…15

3.4 Definición de Términos Básicos………………………………………....21

Page 6: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

6

IV. MARCO METODOLÓGICO

4.1 Tipo y Nivel de Investigación………………….…………………....…...22

4.2 Diseño de la Investigación……………………….………….………..….23

4.3 Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos………………………23

4.4 Fases Metodológicas……………………………….…………..……...…24

V. RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

5.1 Resultados, Conclusiones y Recomendaciones………………………….26

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ………………………………………….…32

vi

Page 7: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

7

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO

NATURALEZA JURÍDICA DEL

CONTRATO DE SEGUROS POR DAÑOS A TERCEROS DE VEHICULOS DE TRANSPORTE DE TIPO PESADO

Autora: Marcano Josmary Tutora: Prof. Olga López Fecha: Octubre, 2014

RESUMEN

El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una suma de dinero, conocida como prima, a indemnizar a otra llamada asegurado o a la persona que este designe, beneficiario, de un perjuicio o daño que pueda causar un suceso incierto. De tal manera que la suma objeto de indemnización, que fue pactada expresamente, sea pagada cuando ocurra el suceso o riesgo cubierto por el seguro, sea pagada cuando ocurra el suceso o riesgo cubierto por el seguro. El asegurador estará obligado al pago de la indemnización, al término de las encuestas y peritaciones precisas y pertinentes para establecer la existencia del siniestro y en su caso el importe de los daños que resulten del mismo. No procederá la indemnización cuando el siniestro haya sido causado por mala fe del asegurado. La presente investigación plantea la naturaleza jurídica del contrato de seguros por daños a terceros de vehículos de transporte de tipo pesado, dado que el tema en el aspecto de seguros es de gran utilidad y relevancia al ciudadano común, en aras de velar sus intereses, bien sea por protección, previsión, tranquilidad o seguridad, debido a la importancia que la misma sociedad le ha otorgado. La responsabilidad civil a la que se hace menciona, nace del incumplimiento de una obligación proveniente de un contrato de seguros, donde la empresa aseguradora está obligada a indemnizar al tomador por cualquier daño sufrido por el bien objeto del contrato unas vez materializado e riesgo cubierto, tomando en cuenta que la empresa de seguros es aquella obligada a resarcir el daño a cambio de una prima que constituye el precio por el cual la empresa aseguradora asume la responsabilidad del riesgo. El objetivo general de la investigación es; analizar la naturaleza jurídica de los contratos de seguros por daños a terceros de vehículos de transporte de tipo pesado. En cuanto a la estructura metodológica, es de tipo documental, con un nivel descriptivo, apoyado en un diseño bibliográfico que permitió cumplir con el aporte universal del trabajo de pasantía. Descriptores: Contratos de Seguros, Responsabilidad Civil, Indemnizar, Prima, Daño, Riego.

vii

Page 8: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

8

INTRODUCCIÓN

El Derecho de Seguros, se encuentra revestido de una destacada importancia, tanto

para su aplicabilidad actual como por su utilidad al momento de servir como

instrumento auxiliar en el aspecto económico y social, lo primero porque repara la

lesión patrimonial sufrida y lo segundo porque le imprime seguridad a las personas en

su vida diaria, permitiéndoles actuar con la confianza de que, al presentarse un

siniestro, el cual implicaría una disminución de su activo patrimonial, este será

fácilmente reparable gracias a la ayuda que ofrece la suscripción de un seguro. En

efecto, el seguro es considerado por algunos autores tales como Lansberg citado por

Acedo (1999), “como un medio social que reduce los riesgos mediante la reunión

suficiente de unidades expuestas”.

Así que, el seguro garantiza una protección efectiva al asegurado, resguardándolo

contra la responsabilidad que los terceros puedan deducir en su contra y del cual es

responsable. Teniendo como característica primordial, que la causa de los riesgos es

la culpa del asegurado, siendo totalmente opuesto al evento fortuito o de fuerza

mayor, que constituían las únicas fuentes previstas para motivar la suscripción de un

seguro.

La naturaleza jurídica del derecho de seguros, se puede decir que es mucho más

certera y aplicable a todos los seguros de la previsión. Con el estudio de la naturaleza

del seguro, se logra la ubicación del contrato de seguros de vehículos de transporte de

tipo pesado, en virtud de seguros de daños al patrimonio, buscando la protección del

patrimonio asegurado que puede sufrir un detrimento al momento de surgir una

responsabilidad que implique una indemnización pecuniaria.

Page 9: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

9

Para abordar lo anteriormente expuesto la investigación en estudio se conformó

por tres capítulos para lo cual se detallan el contenido de cada uno de la siguiente

forma: En el Capítulo I describe la Institución donde se realizó la pasantía, sus

objetivos misión y visión así como las actividades desarrollas durante el periodo de

pasantía, desde enero 2014 a abril de 2014.

El Capítulo II . Comprende la problemática presente como punto de partida en la

investigación ya antes mencionada. En este capítulo se enfoca el planteamiento del

problema, su formulación, objetivo general y específico, justificación y la limitación

de la investigación.

Por consiguiente en el Capítulo III. Se incluye el Marco Conceptual, además

contiene algunas investigaciones que describen los antecedentes, así como también

las bases teóricas que fundamentan el tema estudiado; constituyendo la recopilación

de datos procedentes de diferentes y confiables fuentes de información, también las

bases legales donde se pueden observar los aspectos esenciales que conforman la

columna vertebral de dicha investigación. Finalmente, se presentan la definición de

algunos e importantes términos básicos asociados con el tema expuesto anteriormente

para su compresión por parte de lectores no familiarizados.

Para responder correctamente al abordaje y consecución de los objetivos en el

Capítulo IV . Se desarrolla el Marco Metodológico, utilizando los procedimientos

metodológicos para definir la modalidad de la investigación, su tipo, el diseño de la

misma y las técnicas e instrumento de recolección de datos; todos estos elementos

metodológicos son de gran utilidad y ayuda en la investigación realizada, ya que

permitieron lograr la construcción y desarrollo de los objetivos.

Finalmente, el Capítulo V se estableció los resultados obtenidos, conclusiones y

recomendaciones en la presente investigación.

2

Page 10: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

10

CAPÍTULO I

INSTITUCIÓN

1.1 Nombre

INVERSIONES CASTIÑEIRA C.A

1.2 Ubicación

Calle Bella Vista, N° 17, sector Arias Blanco. El Limón. Maracay, Estado

Aragua. Teléfono: 0414-5438960

1.3 Descripción

Es una empresa constituida con el fin de proporcionar servicios de transporte de

carga terrestre en Venezuela de la más alta calidad y logística. Nuestro compromiso y

dedicación con nuestros clientes y afiliados nos diferencia de las demás empresas

transportadoras en la industria ya que buscamos beneficios mutuos y relaciones a

largo plazo con estos mismos.

1.4 Estructura Organizativa

DIRECCIÓN GENERAL DE INVERSIONES CASTIÑEIRA C.A

RECURSOS

HUMANOS

PASANTE

ADMINISTRACIÓN CONSULTORÍA

JURÍDICA

Page 11: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

11

1.5 Misión

Ofrecer el más eficiente y confiable servicio de transporte especializado y carga

pesada, basado en nuestra amplia experiencia para satisfacer las necesidades de

nuestros clientes y contribuyendo con el desarrollo sostenible del país.

1.6 Visión

Consolidar un Servicio de Transporte de Carga Terrestre en todo el territorio

venezolano, con la habilidad de atraer gente capaz, donde se ejecuten aquellas

fortalezas particulares que comprometan una actitud de trabajo duro y constante, que

posibiliten un futuro promisorio con proyección internacional.

1.7. Valores

• Comunicativa

• Ágil

• Eficiente

• Comprometida

• Responsable

• Trabajo en Equipo.

1.8 Actividades desarrolladas durante la pasantía

1. Revisar de las pólizas de seguros.

2. Solicitar nuevas cotizaciones a diferentes empresas aseguradoras.

3. Llamar a la empresa aseguradora para actualizar datos del transporte de carga

pesada

4. Llamar a la empresa aseguradora para renovar pólizas de seguros.

5. Atender los requerimientos de los empleados desde el punto de vista jurídico

4

Page 12: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

12

CAPÍTULO II

EL PROBLEMA

2.1 Planteamiento del Problema El derecho de seguro es una de las instituciones más remotas conocidas por el

hombre. Amerita en todo caso una comunión de voluntades asociadas en la búsqueda

de un bienestar común. La conciencia social por prever aquellos sucesos,

consecuencia del normal desenvolvimiento de la vida y de la interacción de unos con

otros, que pueden surgir a los largo del camino de toda la historia. Una vez que el

hombre como ente individual y social se preocupa por tales sucesos, decide

organizarse para minimizar el efecto que los mismos puedan causar a su propia vida,

a su industria, a su salud, a su familia y a su comercio. Tales efectos adoptan formas

muy variadas que van desde lo económico hasta lo moral.

Dentro de los seguros terrestres, el primero fue el seguro de vida. El 9 de mayo de

1401, se encuentra en los archivos de Pisa, un “seguro de vida”, aunque suscrito y

previsto con un neto contenido indemnizatorio, que trató de resarcir el daño

patrimonial causado por la muerte de una esclava, si ésta fallecía durante la travesía.

Atendiendo a la función económica individual del Contrato de Seguros, en la

sociedad moderna, el individuo está sometido a una expectativa de necesidades

futuras, cuya producción, siendo incierta (en el an, el guando o el quantum), depende

de un evento futuro e igualmente incierto (un accidente, un robo, un incendio, la

propia muerte, el nacimiento de una deuda, entre otros).

Estos eventos futuros e inciertos pueden producir efectos patrimonialmente

desfavorables, porque al provocar una necesidad exigen medios económicos

Page 13: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

13

suficientes para satisfacerla. Se desprende de ello que las personas (físicas o jurídicas)

están constantemente sometidas a un conjunto de riesgos, o sea, a un haz de

probabilidades de que, sobre ellas, sus cosas o su patrimonio entero incidan ciertos

eventos o circunstancias que generen consecuencias patrimonialmente desfavorables.

Aparece así el concepto de riesgo, entendido como posibilidad de que se produzca un

evento o suceso que genere un daño o provoque una necesidad pecuniaria.

El contrato de seguro está íntimamente ligado al riesgo, puesto que su finalidad es

precisamente prevenir o reparar las consecuencias patrimonialmente desfavorables o

las necesidades que un riesgo desencadena. Más, no todos los riesgos que inciden

sobre una persona son susceptibles de ser asegurados o cubiertos por un contrato de

seguro.

El objeto del contrato, no es, en puridad, la ocurrencia “del evento previsto” y

aquí, claramente, las deficiencias de haber optado por una interpretación de

comportamientos y situaciones, cuando se intentó definir sino el riesgo que, dicha

ocurrencia, representa para el tomador de la cobertura, en la afectación de un interés

asegurable (requisito ineludible, de fuente legal, para que un riesgo pueda constituirse

como objeto de un contrato de seguros).

En lo que respecta a los seguros terrestres, se extrae el Seguro de Responsabilidad

Civil, por lo que hoy en día ha logrado una gran importancia por sus características y

peculiaridades por lo que responde a la evolución especial de la responsabilidad del

asegurador frente al asegurado por daños a terceros. El hecho de configurar en

algunas legislaciones, un seguro de carácter obligatorio para la circulación de

vehículos, lo cual originan un cambio en la forma individualista del seguro a la forma

social del mismo, por imponerlo el Estado por causas de interés público, como

protección a las eventuales víctimas, además de consagrar una responsabilidad.

6

Page 14: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

14

Sobre el seguro de Transporte, existe un seguro de responsabilidad civil (daños a

terceros), es decir el seguro que pueda tomar al conductor de un transporte, por los

daños que pudiera ocasionar con motivo de su trabajo. El transportista con

frecuencia, asegura por su cuenta su responsabilidad civil y puede asegurar también la

mercancía por cuenta de un tercero.

Las legislaciones en general han sido bastantes reservadas, evitando definir el

seguro o en todo caso, limitándose a definir sus ramas fundamentales, o como la

legislación venezolana define al contrato de segur, aun cuando igualmente adolece de

fallas al no permitir la inclusión en dicha definición de todos los tipos de contratos de

seguros, como por ejemplo el Contrato de Seguro de Responsabilidad Civil, que no

encuentra su fundamento legal en dicha definición.

Siendo en nuestra legislación venezolana de carácter obligatorio, ya que impone la

obligación al propietario del vehículo de constituir y mantener en garantía, mediante

un seguro de responsabilidad civil de vehículos, el cual se presenta así en una Ley

Especial, la aparición real del Seguro de Responsabilidad Civil en nuestro

ordenamiento jurídico, estableciendo una responsabilidad solidaria entre el conductor,

propietario y su garante para el momento del accidente de tránsito

Conforme a lo descrito anteriormente, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido

en la investigación, se formuló la siguiente interrogante:

2.2 Formulación del Problema

¿Qué importancia tiene la naturaleza jurídica de los contratos de seguros por daños

a terceros de vehículos de transporte de tipo pesado?

7

Page 15: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

15

2.3 Objetivo General

Analizar la naturaleza jurídica de los contratos de seguros por daños a terceros de

vehículos de transporte de tipo pesado.

2.4 Objetivos Específicos

Determinar los elementos fundamentales de la naturaleza jurídica de los contratos

de seguros por daños a terceros de vehículos de transporte de tipo pesado.

Revisar los efectos jurídicos derivados de los contratos de seguros por daños a

terceros de vehículos de tipo de transporte, durante un siniestro.

Verificar los eximentes de responsabilidad por parte de la empresa de seguros por

daños a terceros.

2.5 Justificación de la Investigación

La importancia de la presente investigación parte de que el seguro es que el

mismo ofrece una garantía, que consiste en distribuir las perdidas individuales, entre

un grupo de personas que las soporten equitativamente; es una aplicación especial del

instinto de asociación: el hombre busca y obtiene la ayuda de sus semejantes, para

soportar un peso que excede de sus propias fuerzas. El principio básico del seguro, es

que la pérdida que un individuo no puede soportar, solo puede ser soportada por los

distintos componentes de un grupo, siempre que esté debidamente repartida.

Este proyecto beneficiará a los estudiantes de la escuela de Derecho por cuanto

brindará información valiosa relacionada con el área de Contratos de Seguros,

permitiéndoles reforzar sus conocimientos en dicha área, sobre todo desde el punto de

vista por daños a terceros de vehículos de transporte de tipo pesado.

8

Page 16: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

16

Por otra parte, desde el punto de vista teórico está centrado en presentar detalles

naturaleza jurídica de los contratos de seguros, de conformidad con el tratamiento

legal aplicable en Venezuela, manteniendo una naturaleza meramente indemnizatoria,

pues su finalidad se tratará siempre de reponer una cantidad de dinero, o evitar que

este salga de ese patrimonio, siendo totalmente tasable y valorable en dinero, no cabe

ninguna duda acerca de la naturaleza jurídica establecida.

Desde el punto de vista práctico, la investigación brindará herramientas a los

futuros abogados que podrán ser aplicadas en la práctica laboral, con proyección

hacia la sociedad, beneficiándose de ésta, ya sea una persona, organización o grupo

social.

Finalmente, en el aspecto metodológico, esta investigación proporcionará aportes

a otras investigaciones, pues el diseño utilizado permitirá generar conocimiento

válido y confiable dentro del área de los contratos de seguro y de las Ciencias del

Derecho en general.

2.6 Limitaciones de la Investigación

Esta investigación presentó limitaciones en relación al tiempo y recursos

requeridos para llevar a cabo el estudio de acuerdo a los lineamientos exigidos por la

Universidad José Antonio Páez, debido a que se debe realizar el proceso de pasantías

y la presentación del informe de la misma. De igual la escasa bibliográfica existente

en la Universidad sobre el tema a investigar

9

Page 17: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

17

CAPÍTULO III

MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL

3.1 Antecedentes de Investigación Una vez definido el planteamiento del problema y precisados el objetivo general y

los específicos, que determinaron el propósito de la investigación, se establecieron los

antecedentes del estudio los cuales tienen constituidos por trabajos de grado de nivel

académico de pregrado, relacionados con el objeto de estudio. Entre los que se

encuentran los siguientes:

Marín D (2007). “Alcance y Naturaleza Jurídica de los Contratos de

Adhesión frente al Consentimiento de otra persona”. Trabajo de grado para optar

al título de abogado en la Universidad Rafael Urdaneta, en Maracaibo, Estado Zulia.

El objetivo general de la investigación tuvo como propósito establecer los límites de

una de las partes contratantes al momento de contratar. Esta investigación concluye

que, los contratos de adhesión son unos de esos contratos, que limitan en parte, sino

es en todo, la naturaleza jurídica del control, haciéndose indispensable determinar el

alcance y naturaleza jurídica del contrato de adhesión frente al consentimiento de la

otra parte. Por tal razón este trabajo tuvo como finalidad establecer los límites

necesarios de una de las partes contratantes o predisponente al momento de contratar

y determinar la calificación de contrato, a tal figura jurídica de los contratos de

adhesión, esto es, si ciertamente pueden denominarse contratos.

La relación existente entre la investigación anteriormente citada y este informe,

tiene su punto de convergencia, en función de que define e identifica claramente la

naturaleza jurídica del contrato, siendo ésta una característica fundamental distintiva

Page 18: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

18

del contrato de seguro, al igual que lo es, la aceptación o el consentimiento del

tomador, guardando así concordancia con el objeto general de la presente

investigación.

Rivas J (2007), en una investigación concerniente a la “Falta de Regulación del

Seguro Marítimo dentro del Derecho Guatemalteco”. Trabajo de Grado para optar

de Abogado en la Universidad De San Carlos de Guatemala. Analizó la importancia

de ser necesario partir del hecho de que la economía guatemalteca se mueve

principalmente a través del comercio; es decir, del intercambio, compra y venta de

mercancías y servicios, y también que, debido a la globalización de las relaciones

comerciales; éstas se han expandido hacia nuevos mercados haciendo que dichas

relaciones tengan nuevos sujetos participantes en ellas: proveedores, clientes,

consumidores y, en general, nuevos mercados, que trascienden las fronteras e incluso

los océanos, permitiendo que en pocos días, pueda consumarse una relación

comercial entre dos sujetos, sean éstos personas individuales o personas jurídicas, que

estén en dos continentes distintos sin importar la distancia entre ellos.

De lo antes expuesto, se desprende la relación existente con la presente

investigación, puesto que para el hombre, en su afán de regular estas relaciones, ha

buscado mediante el derecho y, en particular, mediante el derecho, regular y normar

estas relaciones con el fin de darle seguridad jurídica a tales relaciones.

Bermúdez C (2003). “El Contrato de Seguros a Raíz de la Promulgación del

Decreto con Fuerza de Ley del Contrato de Seguro”. Trabajo de grado para optar

al título de Abogado en la Universidad Rafael Urdaneta, en Maracaibo, Estado Zulia.

El objetivo general de la investigación tuvo como propósito el análisis del contrato de

seguro. Los resultados de la investigación determinaron que el Decreto con Fuerza de

Ley del Contrato de Seguros (2011), es verdaderamente amplio, justo y equitativo,

otorgándole al tomador del seguro la posibilidad de discusión del contrato para así

obtener el mejor beneficio de éste, destacando que, queda en manos del Estado,

11

Page 19: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

19

representando por la superintendencia de seguros, hacer cumplir sus derechos

estipulados por ley, y sancionar a los infractores, quienes obvian el carácter de

discusión de la póliza, lo cual va en contra de la ley.

Dicha investigación se relaciona con el informe tratado, ya que se plantea la

discusión del contrato por parte del tomador y conseguir beneficios más satisfactorio

para él, por esta razón se considera como un aspecto importante dentro de la

investigación al ser un elemento fundamental relacionado al análisis de los plazos de

duración del contrato de seguros.

3.2 Bases Teóricas

Las bases teóricas constituyen el eje epistémico del trabajo de investigación, pues

es sobre este que se construye todo el contexto teórico formando la plataforma sobre

la cual se basará el análisis de los resultados en la investigación, presentando la

estructura sobre la cual se diseña el estudio.

Contratos de Seguros

Según Marmol (1999), el contrato de seguro lo define de la siguiente manera:

aquel por el cual una parte llamada asegurador, asume frente a la otra la obligación de

indemnizar total o parcialmente daños patrimoniales a futuro e inciertos previamente

determinados, o de cumplir alguna otra prestación según la duración o las

eventualidades de la vida de una persona, contra el pago de una prima calculada.

Asimismo el Southerland (1988), señala que el seguro trata de compensar los

riesgos por medio de fondos formados por una serie de personas que a su vez están

sometidas a los mismos riesgos. De lo expuesto anteriormente se entiende entonces

por contratos de seguros como, aquel convenio donde las partes contratantes

responden recíprocamente, una de ellas llamadas asegurador asume frente a la otra

llamada tomador, la obligación de indemnizarla o compensar cualquier daño futuro e

12

Page 20: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

20

incierto que acontezca durante su vigencia, siempre que éste cumpla con la

contraprestación del pago de la prima.

Aspectos del Seguro

Para Arellano (1976), el seguro está constituido por tres aspectos:

1. El jurídico: el cual se encuentra conformado por las características del seguro,

su naturaleza, las relaciones contractuales a que da nacimiento entre otras

cosas.

2. El económico: está relacionado con la finalidad del seguro, por cuanto se trata

de hallar una protección, una garantía, una indemnización, es decir prevenir y

compensar los daños ocasionados.

3. Aspecto Técnico: se manifiesta a través de su organización, ya que yace sobre

dos bases; primero la existencia de una mutualidad inconsciente entre los

tomadores, según lo cual los daños de unos se pagan con la prima de todos; y

el segundo el cálculo de las probabilidades de riesgo.

Principios que Rigen al Seguro

Según Esteves (1994), existen una serie de principios que rigen al seguro, entre

los cuales se destaca:

1. Principio de no lucratividad: determina que el seguro jamás puede convertirse

en fuente de provecho ni de beneficio para el tomador, puesto que la

indemnización del seguro es considerada una garantía y en consecuencia a

esto, con el seguro lo que se busca es resarcir el daño ocasionado.

2. Principio del interés asegurable: se hace referencia a la relación económica

vinculante entre una persona, con los bienes que han de ser objetos del

contrato, de manera que la conservación de dichos bienes le produzcan

provecho, y su deterioro o menos cabo le ocasione daños a su patrimonio.

3. Principio de máxima de buena fe: no basta la buena fe corriente. Se exige

también la máxima de buena fe. El proponente de un contrato de seguros, está

13

Page 21: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

21

obligado a decirle a la compañía de seguros todas las características del bien a

asegurar o circunstancias que rodeen el acto asegurador

Naturaleza Jurídica del Contrato de Seguros

Existen tres categorías encargadas de estudiar la naturaleza jurídica del contrato de

seguros que a continuación se describe:

1. Teoría de la Necesidad: según Mármol (1999), establece que el seguro es un

recurso donde un gran número de existencias económicas amenazadas de

peligros se organizan para atender mutuamente necesidades tasables y

fortuitas de dinero. Ahora bien el seguro, es una necesidad por cuanto se

contrata para satisfacer una necesidad tasable y fortuita en dinero, recalcando

que, si no existe la posibilidad de una necesidad económica tasable, aunque

sea eventual, no hay aseguramiento.

2. Teoría de la Previsión: según Mármol (1999), la predeterminación del

remedio antes del que daño ocurra y su eficaz preparación son también

formas de prevenir. Por otro lado Rangel (2001), sostiene lo siguiente: el acto

de la previsión de la mente humana como una anticipación, puramente

representativa, de un hecho eventual que de suceder, causaría un daño que a

su vez generaría una necesidad económica d reparación, tasable en dinero.

3. Teoría de la Indemnización: según Mármol (1999) sostiene: el seguro sería

una institución económica prevista para reparar las consecuencias de un daño

patrimonial eventual. A su vez la teoría de la indemnización, considera la

contratación de un seguro para la reparación de un daño.

Concepto del Contrato de Seguro de Responsabilidad Civil

Según Mármol (1999), el contrato de seguros de responsabilidad civil, es aquél

mediante el cual el asegurador se compromete a garantizar a su asegurado las

reclamaciones de los terceros a quienes el vehículo ha causado daño a cambio de un

pago por parte del asegurado, denominado prima, el cual se hace por adelantado y por

14

Page 22: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

22

vencimientos periódicos, es un contrato de resarcimiento y el asegurador no puede

quedar obligado más allá del monto asegurado, el asegurado tiene la libertad de

extender la cobertura del seguro, es decir, la obligatoriedad de la ley se refiere a un

monto que cubre los daños a personas y un monto por daños acosas.

Toda persona física o jurídica es susceptible de producir un daño a un tercero, ya

sea por acción, omisión o negligencia. El daño puede conllevar consecuencias

penales, cuando la acción, omisión o negligencia está tipificada como delito,

consecuencias civiles cuando se entienda que no siendo delito, sea preciso reparar o

reponer la situación anterior al daño o ambas.

3.3 Bases Legales

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como carta magna y

base fundamental del ordenamiento jurídico venezolano, consagra expresamente

como debe estar dirigida la actuación del Estado y todos sus órganos además

garantizar y proteger los derechos de todos los ciudadanos.

Artículo 7. La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento

jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos

a esta Constitución.

Ley de Empresas de Seguros y Reaseguro (2001)

Artículo 1. El presente Decreto Ley regula la actividad aseguradora, reaseguradora,

de producción de seguros, de reaseguros y demás actividades conexas.

A los fines de este Decreto Ley, se entiende por actividad aseguradora, aquella

mediante la cual existe la obligación de prestar un servicio o el pago de una cantidad

de dinero, en caso de que ocurra un acontecimiento futuro e incierto y que no

dependa exclusivamente de la voluntad del beneficiario, a cambio de una

contraprestación en dinero.

15

Page 23: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

23

Se rigen por este Decreto Ley y, en consecuencia, sólo podrán realizar sus

operaciones, previa autorización de la Superintendencia de Seguros, las empresas de

seguros, de reaseguros, los agentes de seguros, corredores de seguros, las sociedades

de corretaje de seguros y de reaseguros, oficinas de representación y sucursales de

empresas de reaseguros o sociedades de corretaje de reaseguros del exterior y los

peritos avaluadores, inspectores de riesgos y ajustadores de pérdidas, así como las

personas naturales o jurídicas que se dediquen al financiamiento de la actividad

aseguradora, siempre que no estén regidas por la Ley General de Bancos y otras

Instituciones Financieras.

En caso de duda acerca de la naturaleza de las operaciones que realice una empresa o

un sujeto cualquiera, corresponde a la Superintendencia de Seguros decidir si las

mismas son aquellas sometidas al régimen establecido en el presente Decreto Ley.

Igualmente la Superintendencia de Seguros es el organismo competente para

determinar si una operación que realiza cualquiera de las personas sujetas a su control

es compatible con la naturaleza de la actividad para la que se le ha autorizado.

La Superintendencia de Seguros podrá suspender preventivamente, las operaciones

que considere incompatibles con la naturaleza de la empresa o sujeto, y tomará

cualesquiera otras medidas en resguardo de los intereses del público y del mercado

asegurador en general.

La Superintendencia de Seguros queda facultada para efectuar la regulación,

inspección, vigilancia, supervisión, control y fiscalización de las personas naturales o

jurídicas que realicen, o presuma que realicen, cualquier operación cuya práctica

requiera autorización conforme a este Decreto Ley.

Artículo 79. Los modelos de pólizas, recibos, solicitudes de seguro, finiquitos o

recibos de indemnización, notificaciones de siniestros, anexos y demás documentos

utilizados en ocasión de los contratos de seguros o las tarifas que las empresas de

seguros utilicen en sus relaciones con el público deberán ser aprobados previamente

por la Superintendencia de Seguros. La solicitud deberá ser presentada a este

16

Page 24: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

24

Organismo con por lo menos treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha en la

que pretendan ponerse en uso, el cual tendrá quince (15) días hábiles para decidir.

Las pólizas, recibos, solicitudes de seguro, finiquitos o recibos de indemnización,

notificaciones de siniestros, anexos y demás documentos o tarifas que no hayan sido

aprobadas previamente por la Superintendencia de Seguros o la modificación de

aquellos que hayan sido aprobados serán nulos en lo que perjudiquen al tomador, al

asegurado o al beneficiario, en cuyo caso se aplicarán las condiciones aprobadas.

La Superintendencia de Seguros velará porque el contenido de las pólizas se ajuste a

las disposiciones legales correspondientes, estén redactadas en términos que sean de

fácil comprensión, no contenga cláusulas abusivas, y guarden el equilibrio que debe

existir entre las partes.

El reglamento establecerá la forma y distribución del contenido de la póliza.

Las pólizas deberán estar íntegramente redactadas en idioma castellano, pero se

permiten pólizas que contengan simultáneamente traducciones en otros idiomas,

cuando la naturaleza del riesgo a asegurar así lo recomiende. Las pólizas deben

escribirse en una letra que no sea inferior a la denominada aria¨ 11 puntos, y deben

estar redactadas de manera que sean de fácil comprensión.

Las coberturas básicas y las exclusiones deberán estar en caracteres resaltados y

figurar en las primeras disposiciones de la póliza.

Artículo 244. Son derechos de los tomadores, los asegurados o los beneficiarios de

los seguros los siguientes:

1. Información adecuada sobre las diferentes pólizas y servidos que les permitan

elegir conforme a sus deseos y necesidades.

2. Redacción de los contratos de seguros de manera tal que se facilite su

comprensión.

3. Promoción y protección de sus intereses económicos, en reconocimiento de su

condición de débil jurídico en las transacciones del mercado asegurador.

4. Educación, instrucción y orientación sobre la adquisición y utilización de las

pólizas y servidos.

17

Page 25: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

25

5. Protección de los intereses colectivos o difusos.

6. Protección contra la publicidad engañosa o abusiva, los métodos comerciales

coercitivos o desleales que distorsionen la libertad de elegir y las prácticas o cláusulas

abusivas impuestas por los sujetos regulados por el artículo 1 del presente Decreto

Ley.

7. Constitución de asociaciones para la representación y defensa de sus derechos e

intereses.

Ley del Contrato de Seguro (2001)

Artículo 1. El presente Decreto Ley tiene por objeto regular el contrato de seguro en

sus distintas modalidades; en ese sentido se aplicará en forma supletoria a los seguros

regidos por leyes especiales.

Artículo 2°. Las disposiciones contenidas en el presente Decreto Ley son de carácter

imperativo, a no ser que en ellas se disponga expresamente otra cosa. No obstante, se

entenderán válidas las cláusulas contractuales que sean más beneficiosas para el

tomador, el asegurado o el beneficiario.

Artículo 3°. Los contratos de seguros de cualquier especie, siempre que sean hechos

entre comerciantes, serán contratos mercantiles. Si sólo la empresa de seguros es

comerciante el contrato sólo será mercantil para ella.

Artículo 5°. El Contrato de seguro es aquél en virtud del cual una empresa de

seguros, a cambio de una prima, asume las consecuencias de riesgos ajenos, que no se

produzcan por acontecimientos que dependan enteramente de la voluntad del

beneficiario, comprometiéndose a indemnizar, dentro de los límites pactados el daño

producido al tomador, al asegurado o al beneficiario, o a pagar un capital, una renta u

otras prestaciones convenidas, todo subordinado a la ocurrencia de un evento

denominado siniestro, cubierto por una póliza.

Las disposiciones del contrato de seguro se aplicarán a los convenios mediante los

cuales una persona se obliga a prestar un servido o a pagar una cantidad de dinero en

caso de que ocurra un acontecimiento futuro e incierto y que no dependa

18

Page 26: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

26

exclusivamente de la voluntad del beneficiario a cambio de una contraprestación,

siempre que no exista una ley especial que los regule.

Artículo 20. El tomador, el asegurado o el beneficiario, según el caso, deberá:

1. Llenar la solicitud del seguro y declarar con sinceridad todas las

circunstancias necesarias para identificar el bien o personas aseguradas y

apreciar la extensión de los riesgos, en los términos indicados en este Decreto

Ley.

2. Pagar la prima en la forma y tiempo convenidos.

3. Emplear el cuidado de un diligente padre de familia para prevenir el siniestro.

4. Tomar las medidas necesarias para salvar o recobrar las cosas aseguradas o

para conservar sus restos.

5. Hacer saber a la empresa de seguros en el plazo establecido en este Decreto

Ley después de la recepción de la noticia, el advenimiento de cualquier

incidente que afecte su responsabilidad, expresando claramente las causas y

circunstancias del incidente ocurrido.

6. Declarar al tiempo de exigir el pago del siniestro los contratos de seguros

que cubren el mismo riesgo.

7. Probar la ocurrencia del siniestro.

8. Realizar todas las acciones necesarias para garantizar a la empresa de seguros

el ejercicio de su derecho de subrogación.

Artículo 21. Son obligaciones de las empresas de seguros:

1. Informar al tomador, mediante la entrega de la póliza y demás documentos, la

extensión de los riesgos asumidos y aclarar, en cualquier tiempo, cualquier

duda que éste le formule.

2. Pagar la suma asegurada o la indemnización que corresponda en caso de

siniestro en los plazos establecidos en este Decreto Ley o rechazar, mediante

escrito debidamente motivado, la cobertura del siniestro.

Artículo 80. Se entiende por seguro de transporte terrestre, aquél mediante el cual la

empresa de seguros se obliga, dentro de los límites establecidos por la ley y en el

19

Page 27: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

27

contrato, a indemnizar los daños materiales que puedan sufrir los bienes asegurados,

desde el momento que salen del lugar de origen hasta que lleguen a su destino final.

Artículo 81. En el caso de que el viaje se efectúe utilizando diversos medios de

transporte, y no pueda determinarse el momento en que se produjo el siniestro, se

aplicarán las normas del seguro de transporte terrestre si el viaje por este medio

constituye la travesía más larga del mismo.

En caso de que el transporte terrestre sea accesorio de un transporte marítimo se

aplicarán a todo el transporte las normas del seguro marítimo. En caso de que el

transporte terrestre sea accesorio de uno aéreo, se aplicarán las normas del presente

Decreto Ley a falta de disposición especial preferente.

Artículo 82. El seguro de transporte terrestre puede contratarse por un solo viaje o

por los viajes que se realicen dentro de un período determinado. En cualquier caso, la

empresa de seguros indemnizará, de acuerdo con lo contenido en el contrato de

seguro, los daños que sean consecuencia de siniestros acaecidos durante el plazo de

vigencia del contrato, aunque sus efectos se manifiesten con posterioridad, pero

siempre dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de su expiración.

La empresa de seguros no responderá por el daño derivado de la naturaleza intrínseca

o vicios propios de las mercancías transportadas.

Artículo 83. La cobertura del seguro prevista en los artículos anteriores comprenderá

el depósito transitorio de las mercancías y de la inmovilización del vehículo o su

cambio durante el viaje cuando se deban a incidencias propias del transporte

asegurado y no hayan sido causados por algunos de los acontecimientos excluidos del

seguro, salvo pacto expreso en contrario.

La póliza podrá establecer un plazo máximo y transcurrido éste sin reanudarse el

transporte, cesará la cobertura del seguro.

Artículo 84. El asegurado no perderá su derecho a la indemnización cuando se haya

alterado el medio de transporte, el itinerario o los plazos del viaje o éste se haya

realizado en tiempo distinto al previsto, en tanto la modificación no sea imputable al

asegurado o al conductor.

20

Page 28: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

28

Artículo 85. La empresa de seguros indemnizará los gastos de salvamento que fueran

necesarios para evitar que se agrave el daño o para enviar a su destino los objetos

transportados.

Artículo 86. En caso de pérdida total del vehículo el asegurado podrá abandonarlo a

la empresa de seguros, si así se hubiese pactado, siempre que se observen los plazos y

los demás requisitos establecidos por la póliza.

Artículo 87. La empresa de seguros se subrogará una vez pagada la indemnización en

las acciones que tenga el beneficiario en contra de los porteadores, por los daños de

los que éstos fueren responsables.

3.4 Definición de Términos Básicos

Asegurado: persona natural o jurídica propietaria del vehículo asegurado, que en sus

bienes o en sus intereses económicos está expuesta a los riesgos amparados en la

póliza.

Empresa de Seguros: persona jurídica que asume los riesgos amparados en la póliza.

Ocupante: persona transportada en el vehículo asegurado o que esté subiendo o

bajando del mismo.

Póliza: documento escrito donde constan las condiciones del contrato de seguro.

Prima: es la contraprestación indicada en el cuadro-recibo que debe pagar el tomador

a la empresa de seguros.

Tomador: persona natural o jurídica que obrando por cuenta propia o ajena traslada

los riesgos y se obliga al pago de la prima.

21

Page 29: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

29

CAPÍTULO IV

MARCO METODOLÓGICO

La metodología constituye una de las piezas más importantes dentro de una

investigación, ya que a través de ella se da sentido, coherencia y secuencia a las

actividades que se realizan en el proceso metodológico.

Tamayo y Tamayo (2007), sostienen que la metodología constituye la medula del

plan, se refiere a la descripción de unidades de análisis y la recolección de datos, los

instrumentos, los procedimientos y las técnicas de análisis (p.113).

4.1 Tipo y Nivel de Investigación

Según el carácter, la estructura y el nivel de abordaje del estudio, se trata de una

investigación de tipo descriptivo, en la cual se aborda un hecho o fenómeno que se da

de manera natural o espontanea en la sociedad (no experimental), para conocer sus

aspectos fundamentales, sus características y las relaciones e interrelaciones que se

dan en torno a la cuestión que se investiga.

En ese sentido, Padron (1998), plantea que se pueden concebir los procesos de

investigación, según su estructura y dinámica. Señalando en cuanto a las

investigaciones descriptivas: que parten del hecho que hay una cierta realidad, que

resulta aun insuficientemente conocida y a la vez relevante e interesante para ciertos

desarrollos. Enfocándose en un buen registro de información en torno a los hechos y

características que definen esa realidad, para contribuir a su compresión e

interpretación.

Page 30: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

30

Para desarrollar la presente investigación se utiliza el método documental para

estudiar la naturaleza jurídica del contrato de seguros por daños a terceros de

vehículos de transporte de tipo pesado y como toda investigación el propósito de esta

investigación es el aporte de nuevos conocimientos.

Según Arias (2006), el método documental es un proceso basado en la búsqueda,

recuperación, análisis, crítica e interpretación de datos secundarios, es decir, los

obtenidos y registrados por otros investigadores en fuentes documentales: impresas,

audiovisuales o electrónicas.

4.2 Diseño de la Investigación

En los estudios documentales, cuyo propósito inicial es abordar y analizar un

problema previamente delimitado, profundizando en un análisis sistemático, a través

de diversas fuentes de documentos. El diseño de la investigación según los datos que

se han de recopilar desde fuentes confiables, referencias de investigaciones, informes,

archivos, entre otros, por lo cual el punto de partida para el análisis es la observación

documental de los materiales para captar los aspectos de interés y los planteamientos

esenciales.

Siendo un diseño de carácter bibliográfico, los datos se obtiene a partir de la

aplicación de técnicas documentales, ya que se realizó mediante textos, revistas y

documentos especializados, trabajos de investigación, medios impresos, medios

audiovisuales o electrónicas de donde se obtuvo una serie de conclusiones y

argumentos fundamentales aparecidos en las diferentes bibliográficas contrastando

las diversas informaciones entre sí.

4.3 Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos

La recolección de datos es un proceso meticuloso y difícil, pues requiere un

instrumento adecuado para obtener la información necesaria según el caso, para

23

Page 31: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

31

estudiar un aspecto o conjunto de aspecto del problema. Cuando se está planificando

una investigación, luego de definir sus objetivos, es preciso diseñar la estrategia para

al alcanzarlos. En cuanto a los aspectos a considerar en la recolección de datos, Arias

(2006), señala que la técnica de procesamiento y análisis de datos es donde se

describen las distintas operaciones a las que están sometidos los datos que se

obtengan; clasificación, tabulación y codificación si fuere el caso (p. 44).

En esta investigación se utiliza fuentes impresas, electrónicas, leyes, libros, tesis

de grado, en sí se utiliza cualquier base documental que se pueda analizar e

interpretar a fin de llevar a buen término el presente estudio.

4.4 Fases Metodológicas

Así, que las fases metodológicas se define como un procedimiento reflexivo,

sistemático, controlado, metódico y crítico que conduce hacia el descubrimiento en

cualquier campo del conocimiento. Muñoz, C. (1998) citado por Arias (2006) explica

que “procedimiento es el modo ordenado de actuar con el propósito de alcanzar un fin

definido.” (p. 202).

Fase I. Determinar los elementos fundamentales de la naturaleza jurídica de

los contratos de seguros por daños a terceros de vehículos de transporte de tipo

pesado. En esta fase es necesario, al análisis y el estudio de las distintas disposiciones

teóricas, a través de las diferentes fuentes bibliográficas a través de libros, trabajo de

grado, fuentes impresas y electrónicas, que sustenten la naturaleza jurídica de los

contratos de seguros por daños a terceros de vehículos de transporte de tipo pesado,

para así poder explicar y establecer los elementos fundamentales del mismo y así

generar el logro de este objetivo y de esta manera formar el resultado, la conclusión y

la recomendación.

24

Page 32: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

32

Fase II. Revisar los efectos jurídicos derivados de los contratos de seguros por

daños a terceros de vehículos de tipo de transporte, durante un siniestro. Para el

logro de este objetivo y poder crear su resultado, conclusión y recomendación es

importante y necesario la revisión de la técnica del análisis de leyes según el

ordenamiento jurídico venezolano y de esta manera tener la respuesta de esta fase y

lograr revisar los efectos jurídicos derivados de los contratos de seguros por daños a

terceros de vehículo (póliza de responsabilidad civil) de tipo de transporte, durante un

siniestro.

Fase III. Verificar los eximentes de responsabilidad por parte de la empresa

de seguros por daños a terceros. Se procede a la revisión de las diferentes

disposiciones legales del ordenamiento jurídico venezolano y también las diferentes

fuentes bibliográficas a través de libros, tesis, trabajos, revistas, fuentes impresas y

electrónicas para poder generar el logro de este objetivo y principalmente dar

resultado, conclusión y recomendación de esta fase que es verificar los eximentes de

responsabilidad por parte de la empresa de seguro por daños a terceros.

25

Page 33: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

33

CAPITULO V

RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Fase I. Determinar los elementos fundamentales de la naturaleza jurídica de

los contratos de seguros por daños a terceros de vehículos de transporte de tipo

pesado.

Resultado. En esta fase se determinó los elementos fundamentales de la

naturaleza jurídica de los contratos de seguros por daños a terceros de vehículos de

transporte de tipo pesado, por lo que se menciona lo siguiente:

• El interés asegurable, ya que es un requisito fundamental para quien desee la

cobertura de algún riesgo, pero la realidad es que el deseo es que no se

produzca el siniestro, ya que pudiera afectar su patrimonio.

• El riesgo asegurable, se debe tomar en cuenta que el riego es la probabilidad

de un acontecimiento futuro, incierto e impredecible, se dé o no se dé, podría

decirse que en un suceso incierto. Por lo que el riego en el seguro, es un

elemento aleatorio que integra el fundamento de ese contrato, que obliga al

asegurado, mientras no se produzca, a abonar a la prima y al asegurador a

reparar los daños, a entregar la suma convenida, de convertirse el riesgo en

siniestro.

• La prima, no es más que la cantidad que en el contrato de seguros se cobra en

compensación del riesgo que la empresa aseguradora afronta, por otro lado se

puede decir que la prima de riesgo es la contribución que pide el asegurador a

cada asegurado para así formar el fondo de primas suficiente para hacerle

frente a los siniestros. Dicha prima debe estar en función del riesgo, también

debe ser estable y suficiente.

Page 34: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

34

• Obligación del asegurador a indemnizar, éste a través del contrato de seguros,

tiene el compromiso el cual queda obligado cuando se materialice algún

riesgo.

Conclusión. Se puede concluir que, partiendo del hecho que las regulaciones

generales acerca del contrato de seguros, se puede decir que el contrato de seguro es

de los más perfectamente normados por la ley, ya que las obligaciones del asegurador

deben cumplirse tal y como se pactaron las cláusulas contractuales.

Ahora bien, el contrato de seguros por ser un contrato de adhesión, donde se tiene

en consideración la autonomía de la voluntad de las partes, el tomador decide si se

adhiere al contrato con las condiciones fijadas en las clausulas preestablecidas por las

empresas aseguradoras, manifestando su consentimiento para el perfeccionamiento

del mismo o si rechaza.

Así que, este tipo de seguro es posible contratar, y además tiene una característica

básica: es obligatorio, es decir, que la Ley obliga a tener contratado este tipo de

seguro como mínimo para poder circular con un vehículo, cual quiera que sea su tipo.

La importancia del seguro de responsabilidad civil obligatorio, radica pues, en que

se indemniza los daños con la confiabilidad que inspiran las leyes del país y la buena

fe de las personas que en el contrato intervienen.

Recomendación. Se recomienda al Estado y creen grupos organizados a través del

Instituto Nacional de Transporte Terrestre para que visite y así supervise a empresas

que presten el servicio de transporte de carga pesada cuenten con pólizas de seguro de

responsabilidad civil y así evitar multas cuando los conductores se encuentren en la

vía.

27

Page 35: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

35

Fase II. Revisar los efectos jurídicos derivados de los contratos de seguros por

daños a terceros de vehículos de tipo de transporte, durante un siniestro.

Resultado. La compañía de seguros es la responsable de responder por lo

amparado. Asimismo el contrato de seguros genera un conjunto de deberes y

obligaciones, las cuales guardan correlación y por esta razón debe llevarse a cabal

cumplimiento de las mismas, pues se encuentra tipificas en la legislación.

En consecuencia, las obligaciones que acarrean las partes durante la vigencia del

contrato de seguros, se encuentra plasmada en los artículos 20 y 21 de la Ley de

Contratos de Seguros (2001).

Artículo 20. El tomador, el asegurado o el beneficiario, según el caso, deberá:

1. Llenar la solicitud del seguro y declarar con sinceridad todas las circunstancias necesarias para identificar el bien o personas aseguradas y apreciar la extensión de los riesgos, en los términos indicados en este Decreto Ley.

2. Pagar la prima en la forma y tiempo convenidos. 3. Emplear el cuidado de un diligente padre de familia para

prevenir el siniestro. 4. Tomar las medidas necesarias para salvar o recobrar las cosas

aseguradas o para conservar sus restos. 5. Hacer saber a la empresa de seguros en el plazo establecido

en este Decreto Ley después de la recepción de la noticia, el advenimiento de cualquier incidente que afecte su responsabilidad, expresando claramente las causas y circunstancias del incidente ocurrido.

6. Declarar al tiempo de exigir el pago del siniestro los contratos de seguros que cubren el mismo riesgo.

7. Probar la ocurrencia del siniestro. 8. Realizar todas las acciones necesarias para garantizar a la

empresa de seguros el ejercicio de su derecho de subrogación. Artículo 21. Son obligaciones de las empresas de seguros:

1. Informar al tomador, mediante la entrega de la póliza y demás documentos, la extensión de los riesgos asumidos y aclarar, en cualquier tiempo, cualquier duda que éste le formule.

28

Page 36: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

36

2. Pagar la suma asegurada o la indemnización que corresponda en caso de siniestro en los plazos establecidos en este Decreto Ley o rechazar, mediante escrito debidamente motivado, la cobertura del siniestro.

En este sentido, resulta posible evidenciar de forma clara que el tomador del

seguro, la compañía aseguradora también está en la responsabilidad de cumplir con

una serie de obligaciones, las cuales abarcan tanto en el inicio como final de la

duración de la póliza.

Por otro lado se puede afirmar que uno de los principales efectos jurídicos es la

indemnización, así que la compañía de seguros por la ocurrencia del siniestro se

obliga a responder y a obtener la reparación material de la perdida ocasionada. Por lo

que con respecta a dicha indemnización el seguro se caracteriza por prever solamente

la indemnización del siniestro ocurrido, mas no puede ser fuente de enriquecimiento a

favor del tomador, pues la indemnización solo debe ser por lo justo, es decir no se le

pagara más que por el daño sufrido.

Fase II. Conclusión. Se concluyó que el seguro es una cobertura que la

aseguradora paga en caso se provoquen accidentes de tránsito, el que debe ser

cancelado al tercero que resultó dañado en su patrimonio, por lo que el seguro es una

reposición al tercero cuando sufre daños y perjuicios.

Asimismo, al contratar esta cobertura el usuario se asegura que la compañía se

haga cargo de los daños producidos a terceros. ¿Quiénes son esos terceros?:

• Daños materiales a las cosas (por ejemplo, los daños causados a otro

vehículo)

• Daños físicos a las personas (por ejemplo, atropellar a un peatón)

Fase II. Recomendación. Se recomienda elaborar trípticos con información

relacionada a la naturaleza jurídica de los contratos de seguros por daños a terceros de

vehículos de transporte de tipo pesado y de esta manera informar a todos los

29

Page 37: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

37

empleados no solo a nivel administrativo sino también informar a los conductores

sobre este tipo de póliza y sus efectos jurídicos

Fase III. Verificar los eximentes de responsabilidad por parte de la empresa

de seguros por daños a terceros.

Resultado. La responsabilidad civil se caracteriza por la obligación que tiene un

sujeto de reparar aquellos daños causados producto del incumplimiento de la misma,

ya sea, por culpa de éste o por existir hechos que le sean imputables, comprometiendo

el autor del daño, su patrimonio para cubrir sus obligación de reparar dicho daño.

De acuerdo a la exoneración de responsabilidad por parte de la empresa de seguros

por daños a terceros, el artículo 44 de la Ley de Contratos de Seguros (2001)

establece lo siguiente:

La empresa de seguros no estará obligada al pago de la indemnización por los siniestros ocasionados por culpa grave, salvo pacto en contrario, o dolo del tomador, del asegurado o del beneficiario, pero sí de los ocasionados en cumplimiento de deberes legales de socorro o en tutela de intereses comunes con la empresa de seguros en lo que respecta a la póliza de seguro.

De igual manera el artículo 32, conjuntamente con el artículo 22 de la Ley de

Contratos de Seguros (2001), ambos en su penúltimo aparte, establecen lo siguiente:

Artículo 32: …el deber de indemnización de la empresa de seguros se reducirá proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que se hubiera aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del riesgo, salvo que el tomador o el asegurado hayan actuado con dolo o culpa grave, en cuyo caso la empresa de seguros quedará liberada de responsabilidad.

Artículo 22: ….Si el tomador o asegurado actúa con dolo o culpa grave, la empresa de seguros quedará liberada del pago de la indemnización y de la devolución de la prima.

30

Page 38: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

38

De los artículos anteriormente citados, se puede evidenciar la culpa grave y el dolo

por parte del tomador, cuya actuación trae como consecuencia la liberación de

responsabilidad la empresa aseguradora, la cual consiste en que la aseguradora no

asume ni garantiza el pago de los daños sufridos por el vehículo siniestrado.

Ahora bien, en el artículo 39 de la Ley de Contratos de Seguros (2001), en su

último aparte, se encuentra otra causal que vendría a ser, la manifestación de la

declaración del siniestro fuera del lapso estipulado.

Artículo 39: …La empresa de seguros quedará exonerada de toda responsabilidad si el obligado hubiese dejado de hacer la declaración del siniestro en el plazo fijado, a menos que compruebe que la misma dejó de realizarse por un hecho ajeno a su voluntad.

Fase III. Conclusión: Se puede concluir en relación a las eximentes de

responsabilidad por parte de la empresa de seguros por daños a terceros, se determinó

unas causales, las cuales justifican a las compañías aseguradoras en liberarse de

cualquier responsabilidad, entre las cuales se encuentra el hecho de que el siniestro

haya sido ocasionado con dolo o culpa grave.

Finalmente se concluye que la empresa aseguradora responderá por cualquier

eventualidad que se manifieste durante el transcurso del plazo siempre y cuando el

tomador cumpla con las obligaciones, aclarando que en caso de no ser así, dará lugar

a las compañías de seguros a eximirse de la responsabilidad en cuanto a la

indemnización.

Fase III. Recomendación. Se recomienda a las empresas aseguradoras

suministrar información detallada a los contratantes acerca de la póliza de seguro de

responsabilidad civil o de daños a tercero y el contenido de la misma, de manera que

a la hora de contratar, el dueño o encargado de la empresa que preste servicio de

transporte de carga pesada, posea conocimientos al respecto.

31

Page 39: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

39

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

TEXTOS

Acedo M (1999). Temas sobre Derechos de Seguros. Editorial Jurídica Venezolana.

Caracas Venezuela.

Arellano A (1976). Doctrina y Legislación sobre Seguros Mercantiles. Editorial

Jurídica de Chile. Santiago de Chile, Chile.

Arias F (2006). El Proyecto de Investigación. Inducción a la metodología

científica. Editorial Episteme. Caracas, Venezuela.

Esteves J (1994). Temas de Banca y Seguros. Editorial Panapo. Caracas,

Venezuela.

Mármol H (1999). Fundamentos del Terrestre Seguro. Editorial Liber. Caracas

Venezuela.

Padrón J (1998). La estructura de los procesos de investigación. Decanato de

Postgrado de la Universidad Simón Rodríguez. Caracas, Venezuela.

Rangel J (2001). Visión y Revisión del Contrato de Seguro. Editorial Jurídica Alva.

Caracas, Venezuela.

Southerland J (1988). Temas de Derecho Mercantil II. Universidad Católica del

Táchira. San Cristóbal, Venezuela.

Tamayo y Tamayo (2007). El proceso de investigación científica. Editorial Limusa.

Ciudad de México.

32

Page 40: NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE SEGUROS TERCEROS DE ... · El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una

40

LEYES

Asamblea Nacional. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

(2000). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.433

extraordinario, del 24 de marzo de 2000.

Asamblea Nacional. Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros (2001). Gaceta

Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.561 Extraordinario del 28 de

noviembre de 2001.

Asamblea Nacional. Ley del Contrato de Seguro (2001). Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela N° 5.553, del 12 de noviembre de 2001.

TRABAJOS DE GRADO

Bermúdez C (2003). “El Contrato de Seguros a Raíz de la Promulgación del

Decreto con Fuerza de Ley del Contrato de Seguro”. Trabajo de grado para optar

al título de Abogado en la Universidad Rafael Urdaneta, Maracaibo, Estado Zulia,

Venezuela.

Marín D (2007). “Alcance y Naturaleza Jurídica de los Contratos de

Adhesión frente al Consentimiento de otra persona”. Trabajo de grado para optar

al título de abogado en la Universidad Rafael Urdaneta, Maracaibo, Estado Zulia,

Venezuela.

Rivas J (2007), en una investigación concerniente a la “Falta de Regulación del

Seguro Marítimo dentro del Derecho Guatemalteco”. Trabajo de Grado para optar

de Abogado en la Universidad De San Carlos de Guatemala.

33