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Clave: 9311-003-014

ÍNDICE

Página 1 Base normativa 3

2 Objetivo 3

3 Ámbito de aplicación 3

4 Políticas 3

5 Definiciones 5

6 Descripción 7

7 Diagrama de flujo

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8 Relación de documentos 18

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Procedimiento para el control de bienes abandonados

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1 Base normativa

Las actividades que realicen las Oficinas para Cobros del Instituto Mexicano del Seguro Social en el cumplimiento de sus funciones en esta materia, se realizarán con apego al presente procedimiento, a los artículos 288, 289 y 291, primer párrafo de la Ley del Seguro Social (LSS) publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995 y sus reformas; 134, 137, 139, 185, último párrafo, 195, último párrafo y 196-A del Código Fiscal de la Federación (CFF)publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1981y sus reformas; 42 de la Ley Federal de Derechos (LFD) publicada ene el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1981; 149, 150, 154, fracciones I y II y 155 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social (RIIMSS publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2006 y sus reformas).

2 Objetivo Establecer las acciones que debe llevar a cabo la Oficina para Cobros, con el fin de recuperar los adeudos o parte de ellos, logrando la depuración de los bienes que han causado abandono, recobrando así, espacios para los nuevos bienes asegurados.

3 Ámbito de aplicación El presente procedimiento es de observancia obligatoria para el personal adscrito a la Oficina para Cobros de las Subdelegaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social.

4 Políticas

4.1 El titular de la Subdelegación será el responsanble de difundir oportunamente este procedimiento y el jefe de Departamento de Cobranza vigilará que las áreas operativas de cobranza, den cumplimiento a las disposiciones en él contenidas. 4.2 El titular de la Subdelegación y el jefe de la Oficina para Cobros, vigilarán que la aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución, se apegue estrictamente a lo dispuesto en el CFF, a su Reglamento y a lo establecido en el presente procedimiento.

4.3 El jefe del Departamento de Supervisión de Cobranza Delegacional y el jefe del Departamento de Cobranza Subdelegacional, deberán difundir el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, las modificaciones a las disposiciones legales aplicables a este procedimiento.

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4.4 El jefe de la Oficina para Cobros vigilará que el responsable de Remates e Intervenciones, efectúe la inmediata afectación al Sistema de Cobranza Fiscal (SICOFI). 4.5 El jefe de la Oficina para Cobros, vigilará que el responsable de Remates e Intervenciones verifique mensualmente la situación que guardan los bienes en “depositaría IMSS”. 4.6 El jefe de la Oficina para Cobros supervisará que el responsable de Remates e Intervenciones, vigile que el encargado de bodega, realice el control, resguardo y custodia de los bienes. 4.7 El jefe de la Oficina para Cobros vigilará que el encargado de bodega lleve el registro preciso y ordenado de los bienes embargados depositados en la bodega, de forma tal que se encuentren debidamente identificados en la Tarjeta de Identificación de los bienes embargados 9311-009-031. 4.8 El jefe de la Oficina para Cobros, supervisará que el responsable de Remates e Intervenciones, y el encargado de bodega, de manera conjunta realicen mensualmente el inventario físico de los bienes embargados y abandonados depositados en la bodega. 4.9 El responsable de Remates e Intervenciones, vigilará que la descripción de los bienes contenidos en la documentación generada, sea coincidente al 100% con los mismos. 4.10 El jefe de la Oficina para Cobros deberá estampar su firma autógrafa en original y copia en todos los documentos a notificar, y el responsable de Ejecución Fiscal, vigilará que las firmas que sean plasmadas en aquellos documentos que se deban elaborar para efectuar las diligencias, sean autógrafas. 4.11 El responsable de Remates e Intervenciones, verificará en el minutario de salidas de bienes, que la información contenida en el reporte de bienes abandonados, sea la que realmente corresponda a éstos y no contenga bienes de los que se haya omitido la captura de salida física. 4.12 El encargado de bodega en caso de la desaparición, robo simple o con violencia de alguno de los bienes en resguardo, deberá informar al Jefe de la Oficina para Cobros y al Responsable de Remates e Intervenciones, levantando acta circunstanciada de lo hechos, para que estos a su vez hagan del conocimiento a las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas y de Servicios Jurídicos, vía correo electrónico, fax o cualquier otro medio de comunicación, para los efectos de sus respectivas competencias conforme a los procedimientos aplicables.

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4.13 La entrada en vigor del presente procedimiento actualizará y dejará sin efecto el siguiente documento : Procedimiento para el control de bienes abandonados” 9311-003-014, validado y registrado con fecha 14 de diciembre de 2007, folio 171. 5 Definiciones Para efectos del presente procedimiento se entenderá por: 5.1 bien: Todas las cosas cuyo dominio le pertenecen legalmente a un individuo y de las que no puede aprovecharse ningúna persona sin consentimiento de éste o mediante la disposición de la Ley. 5.2 bien abandonado: Aquel cuyo propietario o interesado no lo reclamó dentro de los plazos previstos en el articulo 196-A del Código Fiscal de la Federación. 5.3 bien embargado: Retención o apoderamiento que de los bienes del deudor que se efectúa en el procedimiento administrativo de ejecución, a fin de que con ellos o con el producto de la venta de los mismos, satisfaga la incumplida obligación a favor del acreedor. 5.4 bienes fungibles: Son los que pueden ser reemplazados por otros de la misma especie, calidad y cantidad. 5.5 bienes de dominio del poder público: Son los que pertenecen a la Federación, a los Estados o a los Municipios. 5.6 bienes de propiedad de los particulares: Todas las cosas cuyo dominio les pertenece legalmente y de las que no puede aprovecharse ninguno sin consentimiento del dueño o autorización de la ley. 5.7 bienes inmuebles: Son aquellos bienes que no se pueden trasladar de un lugar a otro sin alterar, en algún modo su forma o sustancia, siéndolo unos, por su naturaleza, otros por disposición legal expresa en atención a su destino. 5.8 bienes muebles: Son aquellos bienes susceptibles de ser trasladados de un lugar a otro sin alterar ni su forma ni su sustancia. 5.9 bienes mostrencos: Son los muebles abandonados y los perdidos cuyo dueño se ignore. 5.10 bienes no fungibles: Son los que no pueden ser sustituidos por otros de la misma especie, calidad y cantidad. 5.11 bienes vacantes: Son los inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido. 5. 12 CFF: Código Fiscal de la Federación.

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5.13 IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social. 5.14 LFD: Ley Federal de Derechos. 5.15 LSS: Ley del Seguro Social. 5.16 ORCC: Oficina de Registros y Control de la Cartera. 5.17 PAE: Procedimiento Administrativo de Ejecución. 5.18 patrón: Persona física o moral que tenga ese carácter en los términos de la Ley Federal del Trabajo. 5.19 postor: Persona física o moral registrada ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, a fin de participar en los remates de bienes convocados a través de su página electrónica. 5.20 RIIMSS: Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social. 5.21 SICOFI: Sistema de Cobranza Fiscal. 5.22 SISCOB: Sistema de Cobranza.

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6. Descripción de actividades del procedimiento para el control de bienes abandonados

Responsable Actividad Documentos involucrados

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Responsable de Remates e Intervenciones

1. Solicita mediante “Memorando” a la Oficina de Registros y Control de la Cartera (ORCC), dentro de los primeros cinco días hábiles siguientes al proceso de cierre de mes del SISCOB, dentro del módulo de control de reportes, el correspondiente a Bienes abandonados EECBX069 COP y EEDBX069 RCV, del mes anterior y genera archivo electrónico como respaldo.

Memorando Archivo electrónico del Reporte de bienes abandonados EECBX069 COP Archivo electrónico del Reporte de bienes abandonados EEDBX069 RCV

2. Extrae del archivo los “Expedientes patronales”, con el fin de cotejarlos con los reportes de bienes abandonados EECBX069 COP y EEDBX069 RCV y guarda la impresión de los mismos en “Minutario”.

Expediente patronal Archivo electrónico del Reporte de bienes abandonados EECBX069 COP Archivo electrónico del Reporte de bienes abandonados EEDBX069 RCV Minutario

3. Detecta en los reportes de bienes abandonados EECBX069 COP y EEDBX069 RCV, los casos en que ha transcurrido el plazo de abandono y elabora en original y dos copias el “Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono”, clave 9311-009-097.

NOTA: Deberá observar en relación al plazo, las disposiciones contenidas en el artículo 196-A del CFF.

Archivo electrónico del Reporte de bienes abandonados EECBX069 COP Archivo electrónico del Reporte de bienes abandonados EEDBX069 RCV

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Responsable de Remates e Intervenciones

Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono 9311-009-097

4. Recaba firma del jefe de la Oficina para Cobros en el original y dos copias del “Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono” clave 9311-009-097 y obtiene número de folio correspondiente.

Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono 9311-009-097

5. Turna al responsable de Ejecución Fiscal el original y copia del “Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono”, clave 9311-009-097, para notificar a cada propietario y recaba acuse de recibido en una copia.

Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono 9311-009-097

Responsable de Ejecución Fiscal

6. Recibe del responsable de Remates e Intervenciones, el original y una copia del “Oficio en que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono”, clave 9311-009-097, para su notificación por medio de un ejecutor, quien realiza las actividades de la 1 a la 12 del Procedimiento para la ejecución de diligencias de notificación, embargo, remoción de depositario y ampliaciones de embargo, 9311-003-002.

Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono 9311-009-097

Responsable de Remates e Intervenciones

7. Integra en el “Expediente” copia del “Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono”, clave 9311-009-097.

Expediente Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono 9311-009-097

8. Guarda el “expediente” en archivo transitorio y por orden cronológico, en espera de que se notifique.

Expediente

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Responsable de Remates e Intervenciones

9. Recibe del responsable de Ejecución Fiscal, el acuse de recibido del “Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono”, clave 9311-009-097, de ser el caso, copia del “Citatorio para notificación”, clave 9311-009-007, así como de la “Constancia de notificación”, clave 9311-009-008 y “Acta circunstanciada”.

Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono 9311-009-097 Citatorio para notificación 9311-009-007 Constancia de notificación 9311-009-008 Acta circunstanciada

10. Extrae expediente de archivo transitorio, y analiza las copias del “Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono, 9311-009-097”, clave del “Citatorio para notificación”, clave 9311-009-007, en su caso, así como de la “Constancia de notificación”, clave 9311-009-008 y el original del “Acta circunstanciada” y determina si se efectuó la notificación según lo señalado en las actividades 1 a 12 del Procedimiento para la ejecución de diligencias de notificación, embargo, remoción de depositario y ampliaciones de embargo, 9311-003-002.

Expediente Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono 9311-009-097 Citatorio para notificación 9311-009-007 Constancia de notificación 9311-009-008 Acta circunstanciada

Si se efectuó la notificación, continúa con la actividad 16.

No se efectuó, continúa con la actividad

11

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Responsable de Ejecución Fiscal

11. Devuelve al responsable de Remates e Intervenciones el original y copia del “Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono”, clave 9311-009-097.

Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono 9311-009-097

Responsable de Remates e Intervenciones

12. Emite y recaba firma del jefe de la Oficina para Cobros en original y dos copias del “Acuerdo para la notificación por estrados”, clave 9313-009-064, original del “Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono”, clave 9311-009-097, y obtiene el folio correspondiente.

Acuerdo para la notificación por estrados 9313-009-064 Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono 9311-009-097

13. Fija durante un periodo de quince días hábiles, el original del “Acuerdo para la notificación por estrados”, clave 9313-009-064 y el original del “Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono”, clave 9311-009-097, en la página www.imss.gob.mx, así como en un sitio abierto al público de la Oficina para Cobros, conforme lo establece el artículo 139 del CFF.

Acuerdo para la notificación por estrados 9313-009-064 Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono 9311-009-097

14. Archiva en el expediente una copia del “Acuerdo para la notificación por estrados”, clave 9313-009-064, y el “Acta circunstaciada y guarda en archivo transitorio”.

Acuerdo para la notificación por estrados 9313-009-064 Acta circunstanciada

15. Vigila el vencimiento del plazo de quince días hábiles que marca el artículo 139 del CFF, dicho plazo se contará a partir del día siguiente a aquel en que el documento fue fijado y publicado en la página electrónica, levantándose “Acta

Acta circunstanciada.

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Responsable de Remates e Intervenciones

circunstanciada al efecto”.

16. Integra en el expediente una copia del “Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono”, clave 9311-009-097, y en su caso del “Citatorio para notificación”, clave 9311-009-007, y la “Constancia de notificación”, clave 9311-009-008.

Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono 9311-009-097 Citatorio para notificación 9311-009-007 Constancia de notificación 9311-009-008

17. Archiva el “Expediente” en el archivo transitorio por orden cronológico, vigilando el vencimiento del plazo.

Expediente

18. Revisa en agenda la fecha de notificación de los “Oficios en los que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono”, clave 9311-009-097 y determina los casos en que ha trascurrido el plazo de 15 días hábiles.

Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono 9311-009-097

19. Extrae del archivo transitorio solo los “Expedientes” que contengan los “Oficios en los que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono”, clave 9311-009-097 y cuyos términos hayan vencido.

No se recogieron los bienes mencionados en oficio de comunicación

del bien abandonado, continúa con la actividad 20

Expediente Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono 9311-009-097

Se recogieron los bienes mencionados

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Responsable de Remates e Intervenciones

en oficio de comunicación del bien abandonado, continúa con la actividad

22.

20. Requisita original y dos copias del “Acuerdo en el que se declara que los bienes han causado abandono a favor del IMSS”, clave 9311-009-098, recaba firma del jefe de la Oficina para Cobros y obtiene el folio correspondiente. NOTA: Debe observarse lo establecido en el artículo 196-A del CFF, en lo relativo a los plazos.

Acuerdo en el que se declara que los bienes han causado abandono a favor del IMSS 9311-009-098

21. Integra en el “Expediente” y en “Minutario anual”, una copia del “Acuerdo en el que se declara que los bienes han causado abandono a favor del IMSS”, clave 9311-009-098.

Expediente Minutario Acuerdo en el que se declara que los bienes han causado abandono a favor del IMSS 9311-009-098

22. Solicita al propietario de los bienes, se identifique. Tratándose de persona física: Presentará en original identificación

oficial vigente, tales como credencial de elector, pasaporte, cédula profesional; o cartilla del servicio militar.

Tratándose de persona moral: Deberá acreditarse, mediante original

del acta constitutiva o poder notarial. Identificacion oficial del representante

legal tales como credencial de elector, pasaporte, cédula profesional; o cartilla del servicio militar.

NOTA: Deberá solicitarse copia de la documentación mencionada.

Identificación oficial vigente. Credencial de elector Pasaporte Cédula profesional Cartilla del servicio militar Acta constitutiva Poder notarial

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Clave: 9311-003-014

Responsable de Remates e ntervenciones

23. Extrae del “Minutario” de autorización de entrega de bienes y revisa la copia de la “Autorización de entrega de bienes COFI-21 correspondiente al patrón”.

Minutario Autorización de entrega de bienes COFI-21.

24. Verifica la fecha en que se pusieron a su disposición los bienes embargados, a fin de determinar los gastos de almacenaje.

25. Calcula el importe por concepto de gastos de almacenaje, aplicando las tarifas establecidas en el artículo 42 de la LFD.

26. Obtiene del propietario la copia de la “ficha de depósito”, del pago de gastos de almacenaje, recabando acuse de recibido en un tanto, y le indica que acuda con el encargado de bodega.

Ficha de depósito.

Encargado de Bodega

27. Realiza las actividades de la 20 a la 24 del Procedimiento para el control de bienes embargados, 9311-003-005.

Responsable de Remates e Intervenciones

28. Integra al expediente copia de la “ficha de depósito”.

Ficha de depósito.

29. Guarda expediente en archivo de bajas.

Fin del procedimiento

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7. Diagrama de flujo del procedimiento para el control de bienes abandonados

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Minutario

ReporteEEDBXO69 RCV

ReporteEECBXO69 COP

O-C1Memorando

O-C1Formato 9311-009-097

O-C2Formato 9311-009-097

O-C2Formato 9311-009-097

O-C2Formato 9311-009-097

ReporteEEDBXO69 RCV

ReporteEECBXO69 COP

ReporteEEDBXO69 RCV

ReporteEECBXO69 COP

SISCOB

Acta circunstanciada

5

6

4

3

O-C0Formato 9311-009-008

9

2

INICIO

1

Recaba firma del jefe de la Oficina para Cobros en el Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono y obtiene número de folio correspondiente.

Turna al responsable de Ejecución Fiscal el Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono, para notificar a cada propietario y recaba acuse de recibo.

a

Aa

Recibe del responsable de Remates e Intervenciones, el Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono, para su trámite conforme al Procedimiento 9311-003-002.

O-C0Formato 9311-009-007

RESPONSABLE DE EJECUCIÓN FISCAL

RESPONSABLE DE REMATES E

INTERVENCIONES

Procedimiento para la ejecución de diligencias de

notificación, embargo, remoción de depositario y ampliaciones de embargo

9311-003-002.Actividades 1 a 12

C1Formato 9311-009-097

Recibe del responsable de Ejecución Fiscal el Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono, Citatorio para notificación, Constancia de notificación y Acta circunstanciada.

8Orden cronológico

RESPONSABLE DE REMATES E

INTERVENCIONES

7

C1Formato 9311-009-097

Solicita mediante “Memorando” a la ORCC dentro de los primeros cinco días hábiles siguientes al proceso de cierre de mes del SISCOB, dentro del módulo de control de reportes el correspondiente a bienes abandonados y genera archivo electrónico como respaldo.

SISCOB

SISCOBDetecta los casos en que ha transcurrido el plazo de abandono y elabora el Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono, de cada caso.

NOTA

Expediente patronal Extrae del archivo los expedientes de los patrones, con el fin de cotejarlos con los reportes de bienes abandonados y guarda la impresión de los mismos en Minutario.

ExpedienteIntegra en el Expediente copia del Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono.

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O-C0Formato 9311-009-097

Acta circunstanciada

O-C0Formatjo 9311-009-008

O-C0Formato 9311-009-007

C1Formato 9311-009-097

Orden cronológico

C1Formato 9311-009-008

C1Formato 9311-009-007

C1Formato 9311-009-097

O-C0Formato 9311-009-097

O-C2Formato 9313-009-064

16

A

13

Integra en el expediente el Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono, y en su caso del Citatorio para notificación, y la Constancia de notificación.

B

b

b

12

Emite y recaba firma del jefe de la Oficina para Cobros en el Acuerdo para la notificación por estrados, del Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono y obtiene el folio correspondiente.

O-C0Formato 9313-009-064

14

Fija durante quince días hábiles, el Acuerdo para la notificación por estrados y el Oficio, en la página www.imss.gob.mx, así como en un sitio abierto al público de la Oficina para Cobros conforme lo establece el artículo 139 del CFF.

17

11

O-C1Formato 9311-009-097

Devuelve al Remates e Intervenciones el Oficio en el que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono

RESPONSABLE DE EJECUCIÓN FISCAL

Acta circunstanciada

15Vigila el vencimiento del plazo de quince días hábiles que marca el artículo 139 del CFF, dicho plazo se contará a partir del día siguiente a aquel en que el documento fue fijado y publicado en la página electrónica, levantándose Acta circunstanciada al efecto.

¿Efectuó la notificación?

NO

SI

16

10

10

RESPONSABLE DE REMATES E

INTERVENCIONES

Procedimiento para la ejecución de diligencias de

notificación, embargo, remoción de depositario y ampliaciones de embargo

9311-003-002Actividades 1 a 12

Expediente

Extrae Expediente de archivo temporal, analiza la documentación y determina acciones.

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Cc

cB

C1Formato 9311-009-097

19

22

Solicita al propietario de los bienes, se identifique, tratándose de persona física o persona moral.

NOTAO-C1

Cartilla de servicio militar

O-C1Cédula profesional

O-C1Pasaporte

O-C1Credencial de elector

Persona física

Persona moral

O-C1Cartilla de servicio

militar

O-C1Cédula profesional

O-C1Pasaporte

O-C1Credencial de elector

O-C1Poder notarial

O-C1Acta constitutiva

20O-C2

Formato 9311-009-098Requisita el Acuerdo en el que se declara que los bienes han causado abandono a favor del IMSS, recaba firma del jefe de la Oficina para Cobros y obtiene el folio correspondiente.

NOTA21

¿Se recogieron los bienes?

SI

NO

Formato 9311-009-097

18Revisa en agenda la fecha de notificación de los Oficios en los que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono y determina los casos en que ha trascurrido el plazo de 15 días hábiles.

Expediente

Extrae del archivo transitorio solo los Expedientes que contengan los Oficios en los que se comunica al propietario que a transcurrido el plazo de abandono, y cuyos términos hayan vencido.

Page 17: ÍNDICE - IMSSreposipot.imss.gob.mx/normatividad/DNMR/Procedimiento/9311-003-014.pdf · de alguno de los bienes en resguardo, deberá informar al Jefe de la Oficina para Cobros y

Página 17 de 18

Clave: 9311-003-014

27

Realiza con las actividades de la 20 a la 24 del Procedimiento para el control de bienes embargados.

C d

Ficha de depósito

28

RESPONSABLE DE REMATES E

INTERVENCIONES

FIN

29

Integra al expediente copia de la ficha de depósito.

d

Ficha de depósito

26

Obtiene del propietario la copia de la ficha de depósito, del pago de gastos de almacenaje, recabando acuse de recibo en un tanto, y le indica que acuda con el encargado de bodega.

Procedimiento para el control de bienes embargados

9311-003-005Actividades 20 a 24

25

Calcula el importe por concepto de gastos de almacenaje, aplicando las tarifas establecidas en el artículo 42 de la LFD.

24

Verifica la fecha en que se pusieron a su disposición los bienes embargados, a fin de determinar los gastos de almacenaje.

23

C1Formato COFI-21

ENCARGADO DE BODEGA

Minutario

Extrae del Minutario de autorización de entrega de bienes y revisa la Autorización de entrega de bienes correspondiente al patrón.

.

Page 18: ÍNDICE - IMSSreposipot.imss.gob.mx/normatividad/DNMR/Procedimiento/9311-003-014.pdf · de alguno de los bienes en resguardo, deberá informar al Jefe de la Oficina para Cobros y

8. Relación de documentos que intervienen en el procedimiento para el control de bienes abandonados

Clave Titulo del documento Observaciones

Página 18 de 18 Clave: 9311-003-014

EECBX069 (COP) Reporte de bienes abandonados Automatizado

EEDBX069 (RCV) Reporte de bienes abandonados Automatizado

9311-009-097 Oficio en el que se comunica al propietario que ha transcurrido el plazo de abandono

Catálogo de formatos de la DIR

9311-009-007 Citatorio para notificación Catálogo de formatos de la DIR

9311-009-008 Constancia de notificación Catálogo de formatos de la DIR

9313-009-064 Acuerdo para la notificación por estrados Catálogo de formatos de la DIR

9311-009-098 Acuerdo en el que se declara que los bienes han causado abandono a favor del IMSS

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COFI-21 Autorización de entrega de bienes Catálogo de formatos de la DIR