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Normas de Ingeniería de Oleoductos SEÑALIZACIÓN TEMPORAL NIO-0304 Setiembre 2002 Hoja 1 de 3 1 ALCANCE Esta norma reglamenta la señalización que debe realizar el contratista en todo momento en diferentes áreas de trabajo, incluyendo actividades relacionadas con la apertura del derecho de vía, descarga de taludes, cruce con otras vías, cruces de aguas, instalación de tubería, accesos al derecho de vía, etc. que permita garantizar la seguridad de sus trabajadores y la de terceros. Esta señalización durará el tiempo que dure la obra y cuando se requiera según las condiciones del caso. 2 REFERENCIAS Dentro de esta norma se hace referencia a los siguientes documentos: NIO-0402: Apertura o Adecuación del Derecho de Vía. NIO-0403: Conformación de Derecho de Vía Existente. Plan de Manejo Ambiental (PMA) del proyecto. Estudio de Impacto Ambiental EIA 3 DESCRIPCION 3.1 La ejecución de estos trabajos debe estar conforme a lo estipulado en la presente norma y lo dispuesto a la norma ambiental respectiva anexa a esta especificacion. El diseño de las señales y su instalación debe estar regido por las normas del MOPT 3.2 Cuando se esté trabajando cerca o sobre carreteras, ferrocarriles y caminos, el contratista debe mantener día y noche señales adecuadas para proteger a las personas de cualquier accidente y prevenir a los conductores de la obstrucción existente. En particular debe informarse la ubicación de vías de acceso a la obra para no interferir con el tráfico contínuo de vehículos por vías principales. 3.3 El contratista debe dejar durante las horas de la noche un dispositivo luminoso ( Ej. linternas, mecheros, etc) encendidos al borde de la zanja, uno cada 10 metros por cada lado, durante el tiempo en que esta permanezca abierta. Deberá también colocar estos dispositivo en los sitios donde este intervenido un paso transitorio

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Normas de Ingeniería de OleoductosSEÑALIZACIÓN TEMPORAL

NIO-0304Setiembre 2002

Hoja 1 de 2

1 ALCANCE

Esta norma reglamenta la señalización que debe realizar el contratista en todo momento en diferentes áreas de trabajo, incluyendo actividades relacionadas con la apertura del derecho de vía, descarga de taludes, cruce con otras vías, cruces de aguas, instalación de tubería, accesos al derecho de vía, etc. que permita garantizar la seguridad de sus trabajadores y la de terceros. Esta señalización durará el tiempo que dure la obra y cuando se requiera según las condiciones del caso.

2 REFERENCIAS

Dentro de esta norma se hace referencia a los siguientes documentos:

NIO-0402: Apertura o Adecuación del Derecho de Vía.

NIO-0403: Conformación de Derecho de Vía Existente.

Plan de Manejo Ambiental (PMA) del proyecto.

Estudio de Impacto Ambiental EIA

3 DESCRIPCION

3.1 La ejecución de estos trabajos debe estar conforme a lo estipulado en la presente norma y lo dispuesto a la norma ambiental respectiva anexa a esta especificacion. El diseño de las señales y su instalación debe estar regido por las normas del MOPT

3.2 Cuando se esté trabajando cerca o sobre carreteras, ferrocarriles y caminos, el contratista debe mantener día y noche señales adecuadas para proteger a las personas de cualquier accidente y prevenir a los conductores de la obstrucción existente. En particular debe informarse la ubicación de vías de acceso a la obra para no interferir con el tráfico contínuo de vehículos por vías principales.

3.3 El contratista debe dejar durante las horas de la noche un dispositivo luminoso ( Ej. linternas, mecheros, etc) encendidos al borde de la zanja, uno cada 10 metros por cada lado, durante el tiempo en que esta permanezca abierta. Deberá también colocar estos dispositivo en los sitios donde este intervenido un paso transitorio de vehiculos o transeúntes durante las horas del día. En lugares próximos a viviendas, escuelas o lugares públicos, el contratista debe aislar a lo largo de la obra con cercas, cintas de paso restringido, barricadas, estañones, etc. de tal forma que indiquen claramente el paso restringido por la zona.

3.4 Los diferentes tipos de señales se deben instalar antes de la iniciación de las operaciones de construcción en el sector. El diseño e instalación de las señales debe estar de acuerdo con las normas de la entidad afectada.

3.5 Cualquier tipo de accidente causado por la mala adecuación de la señalización, será responsabilidad del contratista y este debe responder por los perjuicios causados a terceros.

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3.6 Visibilidad. Todas las señales que exijan visibilidad durante las horas de la noche deben ser reflectivas o estar convenientemente iluminadas.

3.7 Conservación. Todas las señales deben permanecer en su posición correcta, suficientemente claras y legibles durante el tiempo de su utilización; todas aquellas que por acción de agentes externos se hayan deteriorado y ya no cumplan su función deben ser reemplazadas o retocadas.

3.8 Señales preventivas. Estas deberán ser de forma cuadrada, las cuales se deben colocar con una diagonal en sentido vertical. Dimensión mínima del lado del cuadrado: 90 cm. Color: Fondo anaranjado y símbolos y orla negra. Estas dimensiones pueden aumentarse proporcionalmente, conservando las demás características, si las condiciones de tráfico de la vía así lo exigen, en todo caso se deben respetar las exigencias de la entidad competente.

3.9 Señales reglamentarias.(Forma circular). Diámetro mínimo del círculo: 90 cm. Color: Fondo blanco y símbolo y orla negra, trazado oblicuo rojo. Las señales reglamentarias que indican prohibición, deben tener un trazo oblicuo descendente a 45° con la horizontal de izquierda a derecha, desde el punto de vista del usuario.

3.10 Señales informativas.( Forma rectangular). Se deben hacer con la mayor dimensión en posición horizontal. Las dimensiones del rectángulo varían de acuerdo con el mensaje. El lado menor debe ser mínimo de 50 cm. Color del fondo anaranjado. Letra y orla negras. Las señales informativas deben indicar, además, entradas y salidas de equipos pesados y su ubicación debe ser escogida en forma tal que sea fácilmente visible y no interfiera el tránsito continuo de los vehículos ni la visibilidad, ya sea por la ubicación o por las demoras ocasionadas por su lectura.

3.11 Barricadas. Se deben formar por bandas o listones horizontales de longitud no superior a 3 m y ancho de 30 cm separados por espacios iguales a sus anchos. La altura de cada barricada debe tener un mínimo de un 1.5 m. Las bandas horizontales se pintan con franjas alternadas negras y anaranjadas reflectivas que formen un ángulo de 45° con la vertical.

3.12 Estañones. Cuando la construcción de barricadas no es factible, se pueden utilizar estañones llenos de suelo, previo acuerdo con RECOPE, las cuales deben pintarse con franjas alternadas reflectivas negras y anaranjadas de 20 cm de ancho; la altura de los estañones no debe ser inferior a 80 cm.

3.13 Conos. Existen conos de delineación y delineadores luminosos. Se deben utilizar conos con una altura mínima de 45 cm, los cuales se emplean para delinear los sitios temporales de construcción cuando el flujo de tránsito sea temporalmente desviado de su ruta. En vías donde haya tráfico nocturno se deben utilizar señales intermitentes que demarquen la calzada de tránsito por medio de focos luminosos distanciados no más de 10 m. Ademas el contratista debera cumplir con lo especificado en la norma ambiental de RECOPE.