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Nociones de Derecho Marítimo bajo la legislación Peruana.

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Nociones de Derecho Marítimo bajo la

legislación Peruana.

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Introducción

Cruz del Sur 133, oficina 903, Las Condes. Santiago. Chile Fono: (56-2) 2082993, Fax: (56-2) 2089802 www.araya.cl

• En el Perú, el transporte de contenedores aumentó un 8,7% el2014.

• Solo durante 2014, Callao movilizó 1.992.473 TEU.

• El transporte marítimo de perecibles se encuentra sujeto a unagran cantidad de riesgos, ya sean transportados en cámara o encontenedores, y en necesario conocer los principales aspectos quelo regulan en el País y a nivel internacional, a fin de disminuirlos ysaber enfrentarlos.

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Principales convenciones en transporte marítimo.

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• Reglas de La Haya (1924) (o Convenio de Bruselas).

- Gran número de exenciones del porteador (existe un largo catálogo).- Limitación de responsabilidad por un bajo monto: 100 Libras esterlinas por

bulto o paquete.

• Reglas de La Haya-Visby (1968).

- Protocolo que modifica el Convenio de Bruselas.- Responsabilidad “gancho a gancho”.- Cambia los límites de responsabilidad: 30 francos oro por kilo o 10.000

por bulto, lo que resulte mayor.

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Principales convenciones en transporte marítimo.

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• 3. Reglas de Hamburgo (1978).- Intento de solución de los problemas de los anteriores (escasa

responsabilidad y baja limitación de responsabilidad).- Se aplica al contrato de transporte aunque no exista Bill of Lading.- Mayor responsabilidad para el porteador: responsabilidad “puerto a

puerto”.i) Transportista es responsable por las mercancías mientras se

encuentren bajo su custodia.ii) Se crea responsabilidad por retraso (no contemplada antes).iii) Mayor limitación de responsabilidad.iv) Aumento en los plazos para efectuar protestas y mayor lapso de

prescripción.v) Protegen debidamente los intereses de los exportadores.

• De aplicación en Chile.

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Principales convenciones en transporte marítimo.

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• 4. Reglas de Rotterdam (2008).

- Otorgan la posibilidad de pactar algunas cláusulas libremente (contratos devolumen). Ej. Service Agreement.

- Modificación en las reglas de responsabilidad del porteador o naviera. Seadopta largo listado de excepciones.

- Jurisdicción. En caso de siniestros eventualmente no será posible demandar alporteador responsable en Perú (Paramount clauses).

• Han sido duramente criticadas por el sector exportador y cargador anivel internacional.

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Convención suscrita por el Perú.

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• Por Decreto Supremo N°687 del 16 de Octubre de 1964,se incorpora a la legislación peruana las reglas de laHaya, las cuales entran en vigor el 29 de Abril de 1965.

• Régimen con una marcada tendencia en favor deltransportista.

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Legislación Interna.

• Las reglas de la Haya (1924) son aplicadas en conjunto conlas normas derivadas del Código de Comercio.

• No existe un criterio definido en los fallos judiciales“Convivencia de la convención y la legislación interna”.

• Ejemplos:• Limites de responsabilidad del transportador.• Aplicación de reglas generales del derecho civil.

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Responsabilidad del transportador marítimo.

• Artículo 632 Código de Comercio: “El capitán responderá delcargamento desde que se hiciere entrega de él en el muelle, o alcostado a flote en el puerto en donde se cargue, hasta que loentregue en la orilla o en el muelle del puerto de la descarga, a nohaberse pactado expresamente otra cosa”.

• Por regla general, la responsabilidad del porteador es en principio“gancho a gancho (Hook to Hook)”, esto quiere decir que estatermina al momento de descargar la carga en puerto de destino, noobstante lo anterior, muchas navieras en su conocimiento deembarque extienden su periodo de responsabilidad hasta la entregaefectiva de la carga al consignatario.

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Responsabilidad del transportador marítimo.

• 1.- Presunción de buena entrega al porteador.

Al momento en que un exportador entrega mercancías a unanaviera para su transporte y se emite un conocimiento de embarque“limpio a bordo” o sin indicar ninguna mención, se presumelegalmente que las mercancías se encontraban en buen estado almomento de ser recepcionadas por dicha naviera.

• 2.- Presunción de mala entrega al consignatario.Si luego de ser puestas en poder del consignatario las

mercancías, este presenta una protesta en contra de la naviera,dentro de plazo de 3 días, se presumirá legalmente que dichasmercancías no se entregaron en igual estado que fueronrecepcionadas.

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Responsabilidad del transportador marítimo.

• ¿Cuándo es el transportador responsable?

Inaptitud de la nave para navegar antes y al comienzo del viaje,incluyendo armamento, vituallas y adecuación de bodegas ycámaras de frío: ¿Qué pasa con el tránsito?

Criterio de diligencia debida: Para exonerarse de cualquier daño,el transportador debe demostrar que actuó con la debidadiligencia

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Responsabilidad del transportador marítimo.

• Las Reglas de la Haya contemplan un extenso listado con casos en que el

transportador NO será responsable: Artículo IV de la convención.

• Inaptitud de navegabilidad sobreviniente en tránsito.

• Riesgos de la aventura marítima.

• Culpa en la navegación: Retrasos por maniobras inadecuadas de la

tripulación.

• Actos de terceros: Ej. Retrasos por congestión portuaria.

• Caso fortuito: Tormenta imprevista.

• Embalaje inadecuado o defectos de origen.

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Limitación de responsabilidad.

• Las reglas de la haya permiten al transportador limitar suresponsabilidad a 100 Libras esterlinas por bulto o unidad,considerando su valor oro.

• A comienzos de 2015USD 27.089.

• En la jurisprudencia peruana, solo dos fallos de larga data hanreconocido esta limitación.

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Documentación del transporte: Bill of Lading.• El principal documento del transporte es el Conocimiento de

Embarque (Bill of Lading).

• 1. Funciones:

• A. Probatoria: Acredita la existencia del contrato de transporte marítimo.

• B. Probatoria: Acredita que el transportador marítimo ha tomado a su cargo o ha cargado las mercancías.

• C. Título-valor representativo de mercancías: El transportador marítimo se obliga a entregar las mercancías contra la presentación del B/L una persona determinada (B/L nominativo), a su orden (B/L a la Orden) o al portador (B/L al portador).

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Documentación del transporte: Bill of Lading.

• Como título, le permite a su beneficiario disponer de lasmercancías en tránsito o reclamarlas en destino.

2. Cláusulas del B/L y su validez.

• Normalmente, en el reverso de los B/L’s, se establecen una seriede supuestas estipulaciones introducidas por los transportadores.

• Si ellas se apartan de lo establecido en el Código de Comercio, setienen por no escritas. Esto con el objeto de proteger alexportador y consignatario.

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Documentación del transporte: Bill of Lading.• La jurisprudencia Peruana tiende a considerar el contrato de

transporte como uno de Adhesión.

• En este sentido, hace una aplicación extensiva de la disposicióncontenida en el artículo 1398 del código civil: “En los contratoscelebrados por adhesión y en las cláusulas generales decontratación no aprobadas administrativamente, no son válidaslas estipulaciones que establezcan, en favor de quien las haredactado, exoneraciones o limitaciones de responsabilidad;facultades de suspender la ejecución del contrato, de rescindirloo de resolverlo, y de prohibir a la otra parte el derecho deoponer excepciones o de prorrogar o renovar tácitamente elcontrato”.

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Documentación del transporte: Bill of Lading.• Ejemplos de cláusulas no válidas:

1. Plazo para demandar: “El plazo para presentar un reclamo en contra delporteador prescribirá en el plazo de 9 meses a contar de la fecha de entrega”(cláusula 23 B/L de K Line).

No es válida ya que la legislación establece un plazo de 1 años para este caso.

2. Ley aplicable y Jurisdicción: “… Será aplicable la ley de los Estados Unidosde Norteamérica y la Corte Federal del Distrito Sur de New York tendrájurisdicción exclusiva para conocer de todas las controversias y disputas que sepresente”(cláusula 26 B/L Maersk).No es válida ya que el Código de Comercio establece que siempre que el puertode desembarque se encuentre en Perú, los tribunales serán competentes y seráaplicable la legislación Peruana.

¿Puerto de zarpe en Perú? Discutido, disparidad de criterios.

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Prescripción de las acciones.

• Contrato de Transporte: El plazo es de un año, contadosdesde el día en que la carga es descargada de la nave, noobstante, dependerá del B/L de cada transportista, puesalgunos extienden su responsabilidad hasta el momento dela entrega efectiva al consignatario, o hasta la salida de lacarga del recinto portuario.

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Seguro Marítimo.

• Definición: La Marine Insurance Act Inglesa de 1906, en su Sección1ª, lo define como “un contrato por el cual el asegurador se obligaa indemnizar al asegurado, de una forma y en la medida ahípactada, contra las pérdidas marítimas, es decir, las pérdidasincidentales de la aventura marítima.”

• Sujetos que intervienen: En todo seguro marítimo, intervienenlas siguientes personas:

i. Asegurador: Ente que toma sobre sí determinado riesgo.ii. Asegurado: Es el titular del interés sometido al riesgo.iii.Tomador o Contrayente: Persona que celebra el seguro y en quien

recaen las obligaciones del contrato (prima).iv. Beneficiario: Aquel que tiene derecho a la indemnización.

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Tipos de seguro marítimo.

• Póliza de casco: Recae sobre un buque o artefacto naval en general.

• Pólizas de mercancías: Recae sobre cualquier tipo de mercancíastransportados por mar, lagos o ríos.Es la principal póliza utilizada por exportadores.

• Pólizas de fletes y desembolsos: Recae sobre el valor del flete

• Póliza o cobertura de responsabilidad: Cubre los daños que puedacausar la mercancía transportada, a terceros u otros bienes, comoconsecuencia de la navegación.

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Seguro de carga en el Perú.

• Mediante un seguro de carga, es posible cubrir los riesgosderivados del comercio marítimo que las reglas de la Haya nocontemplan y/o excluyen.

• Cada póliza tiene sus propias condiciones: Siempre es necesariodar un estudio acabado a la póliza ofrecida: cobertura de riesgosderivados de retrasos, variaciones de temperatura, y problemas derefrigeración en diferente medida y bajo diferentes condiciones.

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Seguro de carga en el Perú.

• Las principales compañías de seguro que ofrecen seguros detransporte marítimo, son alemanas. Entre ellas, se encuentran:

• GRUNDEMANN & WILDE.

• AON

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Seguro de Responsabilidad Civil.

• Cobertura respecto de la responsabilidad civilextracontractual: acciones u omisiones culposas en quehaya incurrido el asegurado respecto de tercerosperjudicados, fuera del ámbito de un contrato y que nose encuentre expresamente excluida en las CondicionesGenerales de la póliza.

• Asegurador se obliga a indemnizar los daños yperjuicios civiles causados a terceros por el asegurado.

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Seguro de Responsabilidad Civil.

La indemnización se pagará sólo en aquellos casos en que el daño aterceros haya sido provocado por hechos cubiertos en la póliza ysiempre que así lo declare una sentencia firme o se haya celebradotransacción judicial o extrajudicial aprobada por el asegurador.

Por reglar general, a través de las condiciones particulares de lapóliza, se incluye la indemnización del daño moral (dañoextrapatrimonial) y el lucro cesante que sea condenado a pagar elasegurado.

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Importancia.

• Desarrollo económico y sociocultural a nivel global: “cultura dela reclamación de la sociedad”.

• El seguro de responsabilidad civil se ha convertido en lamodalidad aseguradora de mayor función social, sino la única,ya que nos enfrentamos a un riesgo de cuantía totalmentedesconocida. (ej. Caso de petrolera BP en que acordó el pagode BB 18,7 USD por derrame en golfo de México en 2010)

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Recomendaciones.

1. Contratación de un seguro adecuado:• Que contenga coberturas necesarias de supuestos de

responsabilidad acordes con productos, mercados de destino y montos.

• Evitar la doble contratación de seguros (seguros en Perú y otras legislaciones sobre los mismos riesgos).

2. Delimitar responsabilidades mediante escrituración de contratos con productores y recibidores.

3. Conocer a cabalidad su póliza.

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FIN

MUCHAS GRACIASRafael Durán Sanhueza

[email protected]