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PLENO MUNICIPAL ACTA DE FECHA: 29 de julio de 2010

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ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL PLENO MUNICIPAL CELEBRADA EL 29 de julio de 2010

En la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Fuenlabrada, a las 10,00 horas del 29 de julio de 2010 , celebró sesión extraordinaria EL PLENO MUNICIPAL, en primera convocatoria y con la asistencia de los señores/as que al margen se citan.

Asiste, asimismo D. EMILIO ALVAREZ SAEZ, como Secretario General Accidental del Ayuntamiento y Dª. BEATRIZ RUBIO ABANTO Viceinterventora del Ayuntamiento. Abierta la sesión por el Presidente, se dio comienzo a la misma, con arreglo al Orden del Día oportunamente repartido.

ASISTENTES: Presidente: D. MANUEL ROBLES DELGADO PSOE Concejales: D. JULIO CRESPO SANTOS PSOE Dª CARMEN BONILLA MARTÍNEZ PSOE D. ISIDORO ORTEGA LÓPEZ PSOE D. FCO. JAVIER AYALA ORTEGA PSOE D. JOSÉ S. SÁNCHEZ LUQUE PSOE Dª RAQUEL LÓPEZ RODRÍGUEZ PSOE D. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ PALACIOS PSOE D. SANTIAGO TORRES GARCÍA PSOE D. ADRIÁN PEDRO C. MARTÍN DÍEZ PSOE Dª YOLANDA SERRANO PÉREZ PSOE Dª Mª DEL CARMEN LÓPEZ HERRERA PSOE D. JOSÉ BORRÁS HERNÁNDEZ PSOE D. JOSÉ MANUEL SIMANCAS JIMÉNEZ PSOE Dª Mª DEL CARMEN GAMÓN LAVIANA PP D. JOSÉ RAMÓN GARCÍA JIMÉNEZ PP Dª MARÍA CAMISÓN OJALVO PP Dª Mª INÉS BERRIO FDEZ. CABALLERO PP D. SERGIO LÓPEZ VAQUERO PP D. JOSÉ JAVIER FERNÁNDEZ GARCÍA PP D. RAFAEL NAVARRO BENÍTEZ PP D. JOSÉ Mª ROMERA CASADO PP Dª TERESA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ IU D. RAMÓN GLEZ. LÓPEZ DE LA OSA IU NO ASISTENTES JUSTIFICADOS Dª ISABEL Mª BARRIENTOS BURGUILLOS PSOE Dª MARÍA LUISA GONZÁLEZ BLAS PSOE Dª SUSANA MOZO ALEGRE PP

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1 . 0 .- . MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE LAS MUJERES MUERTAS VICTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GENERO

EL AYUNTAMIENTO PLENO, guardó un respetuoso minuto de silencio en memoria de las mujeres muertas víctimas de la violencia de género.

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2.-0- DAR CUENTA DE LA NUEVA COMPOSICION DE LAS DIFERENTES COMISIONES DE PLENO.

EL AYUNTAMIENTO PLENO tomó conocimiento de la nueva composición de las diferentes comisiones:

.-Comisión Informativa de Presidencia:

Cese de: Dª RAQUEL LOPEZ RODRIGUEZ, del Grupo Municipal Socialista

Se incorpora: D. SERGIO LOPEZ VAQUERO, del grupo Municipal Popular

.-Comisión Informativa de Hacienda:

Cese de: Dª RAQUEL LOPEZ RODRIGUEZ, del Grupo Municipal Socialista

Se incorpora: Dª Mª Inés Berrio Fernández-Caballero, del grupo Municipal Popular

.-Comisión Informativa de Bienestar Social:

Cese de: D. JOSE MANUEL SIMANCAS JIMENEZ, del Grupo Municipal Socialista

Se incorpora: Dª MªCARMEN GAMON LAVIANA, del grupo Municipal Popular

.- Comisión especial de Cuentas:

Cese de: Dª RAQUEL LOPEZ RODRIGUEZ, del Grupo Municipal Socialista

Se incorpora: D. SERGIO LOPEZ VAQUERO, del grupo Municipal Popular

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3.- MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS.

3.-1.- MODIFICACION PRESUPUESTARIA Nº MC Nº 107/10.

Vista la propuesta de fecha 08 de julio de 2010, del Sr. Alcalde Presidente:

“PROPUESTA AL PLENO MUNICIPAL REFERIDA A LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA DEL AYUNTAMIENTO MEDIANTE BAJA DE CRÉDITO POR ANULACIÓN POR IMPORTE TOTAL DE 1.545.828,70.-€ PARA FINANCIAR REMANENTE DE TESORERIA PARA GASTOS GENERALES NEGATIVO DE 2009, EN CUMPLIMIENTO DEL REAL DECRETO LEY 8/2010 (MC nº 107/10). Y MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS DE LOS CINCO ORGANISMOS AUTÓNOMOS MEDIANTE BAJA DE CRÉDITO POR ANULACIÓN POR IMPORTES TOTALES DE 359.034,26.-€ (PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA MC Nº 04/10, DE 85.844,03.-€ PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES MC Nº 08/10, DE 74.476,12.-€ INSTITUTO MUNICIPAL DE LIMPIEZA Y SERVICIOS PÚBLICOS MC Nº 01/10, DE 40.899,40.-€ CENTRO DE INICIATIVAS PARA LA FORMACIÓN Y EL EMPLEO MC Nº 02/10, DE 58.418,69.-€ Y OFICINA TRIBUTARIA AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA MC Nº 02/10, DE 99.396,02-€.). Visto el Artículo 14 del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, según el cual se declaran recursos afectados los derivados de la aplicación de las medidas de reducción de costes de personal en los ejercicios 2010 y 2011, que se destinarán con el orden de preferencia a sanear el Remanente de Tesorería derivado de la última liquidación (2009), cuando éste fuera negativo. Visto que la Liquidación del ejercicio 2009 del Ayuntamiento arroja un Remanente de Tesorería para Gastos Generales negativo por importe superior a la reducción de los costes de personal, procede realizar una Modificación Presupuestaria mediante Baja por Anulación en el presupuesto del Ayuntamiento en 2010 por dicho importe, y a su vez dar cumplimiento parcialmente al Artículo 193 de Real Decreto LEY 2/2004, DE 5 DE MARZO, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Visto el Informe de fecha 06 de julio de 2010, del Director General de Recursos Humanos, y que a continuación cito: “PRIMERO.- Tal y como se acordó, en Junta de Gobierno Local de fecha 25 de junio de 2010, nuestra entidad ha adoptado las medidas suficientes para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Real Decreto Ley 8/2010 y lograr la consecución de reducción de la masa retributiva en un 5% para el periodo comprendido entre junio y diciembre. SEGUNDO.- La comprobación efectiva de las medidas adoptadas para la consecución del ahorro previsto, debe “demostrarse” a partir de la efectiva retención de los créditos previstos en las aplicaciones presupuestarias objeto de la propuesta aprobada en la Junta de Gobierno Local de 25 de junio de 2010, tal y como se hizo.

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TERCERO.- Sobre la propuesta presentada por esta Dirección General, tras la revisión del expediente por nuestra Intervención Municipal, se incluyeron los importes correspondientes a las aportaciones a los planes de pensiones de los Organismos Autónomos (que inicialmente no estaban previstos) y se retiró, a efectos del cálculo necesario, los importes previstos de reducción en contrataciones temporales (aunque la medida seguirá manteniéndose). Con estas matizaciones, el objetivo de reducción en nuestra entidad municipal será de 1.545.828,70 euros. CUARTO.- Dado que el Artículo 14 del Real Decreto Ley 8/2010 declara recursos afectados los derivados de la aplicación de las medidas de reducción de costes de personal en los ejercicios 2010 y 2011 que se destinarán con el orden de preferencia a sanear el Remanente de Tesorería derivado de la última liquidación (2009) cuando éste fuera negativo, entiende quien suscribe que debe procederse a las convenientes modificaciones presupuestarias. QUINTO.- La modificación de crédito se debe realizar por importe total de 1.545.828,70.-€, una vez realizadas las correcciones especificadas por la Intervención en su informe a la Junta de Gobierno Local de fecha 24.06.10 (nº registro de salida 1031). El detalle es el siguiente, donde se puede apreciar las variaciones introducidas respecto de lo previsto en el informe económico que acompañaba a la propuesta a la Junta de Gobierno Local:

MEDIDAS PROPUESTAS IMPORTES INICIALES

IMPORTES DEFINITIVOS

Disminución retribuciones cargos políticos y personal eventual

113.132,11 113.132,11

Amortización de puestos de personal eventual 84.046,73 84.046,73 Eliminación contrataciones habituales de verano

21.212,77 21.212,77

Contrataciones Temporales 150.000,00 0,00 Ahorro Retribuciones Funcionarios 464.121,84 464.121,84 Ahorro Personal Laboral Fijos 59.020,50 59.020,50 Ahorro Personal Laboral Temporales 69.933,09 69.933,09 Gratificaciones y Horas Extraordinarias 300.000,00 300.000,00 Reducción Complementos Personales Transitorios

33.327,40 33.327,40

Reducción Plan de Pensiones Ayuntamiento 39.375,00 42.000,00 Reducción retribuciones OO.AA 218.918,72 230.066,13 Reducción Gratificaciones y Horas Extraordinarias OO.AA

120.500,00 120.500,00

Reducción Plan de Pensiones OO.AA 0,00 8.468,13 Total……………………………….. 1.673.588,16 1.545.828,70

Las diferencias se han debido únicamente a que no se han tenido en cuenta las contrataciones temporales para compensar la reducción del 5% de las retribuciones de los empleados públicos, aunque se tendrán en cuenta como medida adicional, también se ha incluido la cifra correcta de reducción del crédito destinado a plan de pensiones del Ayuntamiento y OO.AA, y de reducción retribuciones OO.AA.

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Teniendo en cuenta que el 5% de las retribuciones del personal del Ayuntamiento y OO.AA alcanzaba la cifra de 1.522.551,21.-€, la cantidad propuesta para realizar la baja de créditos es suficiente, por ser superior a la misma.” En base a los antecedentes anteriores, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto 500/1990 y 15 de las vigentes Bases de Ejecución, se propone al Pleno Municipal la adopción de los siguientes:

ACUERDOS: PRIMERO: Aprobar el expediente nº 107/2010 de Modificación Presupuestaria del Ayuntamiento mediante Baja de Crédito por anulación de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto 500/1990 y 15 de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, por importe total de 1.545.828,70-€, para financiar Remanente de Tesorería para Gastos Generales Negativo del ejercicio 2009 en cumplimiento del Real Decreto Ley 8/2010, con cargo a las aplicaciones presupuestarias siguientes:

APLICACIÓN DENOMINACIÓN IMPORTE € 2010-1011-912-10000 Retrib. Básicas miembros de los Órganos de Gobierno 43.382,44 2010-3012-920-11000 Retrib. Básicas y ot. Remuneraciones del Personal Eventual 51.998,52 2010-2021-163-11000 Retrib. Básicas y ot. Remuneraciones del Personal Eventual 13.662,99 2010-2012-450-11000 Retrib. Básicas y ot. Remuneraciones del Personal Eventual 4.307,05 2010-2013-169-11000 Retribuciones Básicas 7.519,17 2010-4051-331-11000 Retrib. Básicas y ot. Remuneraciones del Personal Eventual 15.868,69 2010-4041-232-11000 Retrib. Básicas y ot. Remuneraciones del Personal Eventual 4.200,47 2010-1011-920-11000 Retrib. Básicas y ot. Remuneraciones del Personal Eventual 37.854,29

2010-4031-23010-12000 Retribuciones Básicas Personal Funcionario Grupo A1 2.320,16 2010-2012-450-12000 Retribuciones Básicas Personal Funcionario Grupo A1 14.177,09 2010-4031-230-12000 Retribuciones Básicas Personal Funcionario Grupo A1 28.122,21

2010-4011-32106-12000 Retribuciones Básicas Personal Funcionario Grupo A1 1.797,15 2010-4011-32419-12000 Retribuciones Básicas Personal Funcionario Grupo A1 1.489,04 2010-4031-23010-12000 Retribuciones Básicas Personal Funcionario Grupo A1 36.665,54 2010-4011-32315-12001 Retribuciones Básicas Personal Funcionario Grupo A2 4.735,76 2010-4031-23207-12001 Retribuciones Básicas Personal Funcionario Grupo A2 11.788,74 2010-4031-23210-12001 Retribuciones Básicas Personal Funcionario Grupo A2 1.196,77 2010-3031-13253-12004 Retribuciones Básicas Personal Funcionario Grupo C2 50.503,91

2010-4011-320-12005 Retribuciones Básicas Personal Funcionario Grupo E 24.473,11 2010-2011-150-12101 Complemento Especifico Personal Funcionario 208.403,99 2010-1011-920-12101 Complemento Especifico Personal Funcionario 86.217,15 2010-3012-920-12700 Contribución Plan de Pensiones Personal Funcionario 42.000,00 2010-3012-920-13000 Retribuciones Básicas Personal Laboral Fijo 31.334,70 2010-4031-230-13000 Retribuciones Básicas Personal Laboral Fijo 3.733,65 2010-4071-337-13000 Retribuciones Básicas Personal Laboral Fijo 6.623,54 2010-2011-150-13000 Retribuciones Básicas Personal Laboral Fijo 27.956,59

2010-4031-23010-13000 Retribuciones Básicas Personal Laboral Fijo 5.917,81 2010-2012-450-13000 Retribuciones Básicas Personal Laboral Fijo 4.536,70

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2010-3012-920-13001 Horas Extraordinarias Personal Laboral Fijo 280.000,00 2010-2011-150-13100 Retribuciones Básicas Laboral Temporal 18.045,88

2010-4031-23010-13100 Retribuciones Básicas Laboral Temporal 811,09 2010-4031-23010-13100 Retribuciones Básicas Laboral Temporal 6.821,18

2010-4041-232-13100 Retribuciones Básicas Laboral Temporal 9.340,84 2010-1021-920-13100 Retribuciones Básicas Laboral Temporal 13.727,47 2010-4021-313-13100 Retribuciones Básicas Laboral Temporal 16.572,47

2010-4041-23255-13100 Retribuciones Básicas Laboral Temporal 2.913,10 2010-4031-23207-13100 Retribuciones Básicas Laboral Temporal 3.117,59

2010-2012-450-13100 Retribuciones Básicas Laboral Temporal 4.811,96 2010-4031-23281-13100 Retribuciones Básicas Laboral Temporal 1.512,66 2010-4031-23282-13100 Retribuciones Básicas Laboral Temporal 4.327,93

2010-4011-320-13100 Retribuciones Básicas Laboral Temporal 7.545,80 2010-2021-162-15100 Gratificaciones 20.000,00 2010-4021-313-16000 Seguridad Social 4.640,30

2010-4032-23324-16000 Seguridad Social 1.433,72 2010-3012-920-16000 Seguridad Social 14.559,59 2010-2021-163-16000 Seguridad Social 3.825,63 2010-4051-331-41012 Transferencia Corriente Patronato de Cultura 85.844,03 2010-4061-340-41013 Transferencia Corriente Patronato Municipal de Deportes 74.476,12 2010-2051-241-41017 Transferencia corriente C.I.F.E. 58.418,69 2010-4011-320-41018 Instituto Municipal de Limpieza y Servicios Públicos 40.899,40 2010-3011-932-41019 Transferencia Corriente O.T.A.F. 99.396,02

TOTAL………………………………. 1.545.828,70 SEGUNDO: Aprobar los expedientes de Modificación Presupuestaria de los siguientes Organismos Autónomos mediante Baja de Crédito por anulación de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto 500/1990 y 15 de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, como consecuencia de la minoración de la transferencia del Ayuntamiento, que se propone en el punto anterior, y todo ello en cumplimiento del Real Decreto Ley 8/2010: BAJA DE CRÉDITO Nº 01/10 DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LIMPIEZA Y SERVICIOS PÚBLICOS:

APLICACIÓN DENOMINACIÓN IMPORTE € 2010-3049-920-13000 Retribuciones Básicas Personal laboral 40.899,40

TOTAL………………………………. 40.899,40

BAJA DE CRÉDITO Nº 08/10 DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DE FUENLABRADA:

APLICACIÓN DENOMINACIÓN IMPORTE € 2010-4069-341-13700 Contribuciones a planes y fondos de pensiones 2.949,79 2010-4069-341-13001 Horas extraordinarias 12.400,56 2010-4069-342-13101 Horas extraordinarias laboral temporal 2.407,54 2010-4069-340-13001 Horas extraordinarias 191,90 2010-4069-341-13000 Retribuciones básicas 56.526,33

TOTAL………………………………. 74.476,12

BAJA DE CRÉDITO Nº 04/10 DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA Y UNIVERSIDAD POPULAR:

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APLICACIÓN DENOMINACIÓN IMPORTE €

2010-4059-330-13700 Contribuciones a planes y fondos de pensiones 3.791,67 2010-4059-330-13001 Horas Extraordinarias 8.000,00 2010-4059-330-13101 Horas Extraordinarias Laboral 5.970,40 2010-4059-330-15100 Gratificaciones 7.530,00 2010-4059-332-13000 Retribuciones Básicas Laboral Fijo 60.552,36

TOTAL………………………………. 85.844,03

BAJA DE CRÉDITO Nº 02/10 DEL CENTRO DE INICIATIVAS PARA LA FORMACIÓN Y EMPLEO DE FUENLABRADA:

APLICACIÓN DENOMINACIÓN IMPORTE € 2010-2059-241-13001 Horas Extraordinarias Laboral Fijo 24.000,00 2010-2059-241-13000 Retribuciones Básicas Laboral Fijo 34.418,69

TOTAL………………………………. 58.418,69

BAJA DE CRÉDITO Nº 02/10 DE LA OFICINA TRIBUTARIA DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA:

APLICACIÓN DENOMINACIÓN IMPORTE € 2010-3019-932-12700 Contribuciones A planes y Fondos de Pensiones 1.726,67 2010-3019-932-13000 Retribuciones Básicas Laboral Fijo 37.669,35 2010-3019-932-15100 Gratificaciones 60.000,00

TOTAL………………………………. 99.396,02

TERCERO: Aprobar la reducción del importe total de las gratificaciones del Ayuntamiento y de los Organismos autónomos, que está implícita en la baja de crédito que se propone en el punto anterior. Visto el informe favorable de fiscalización emitido por la Intervención Municipal (nº 1113 de 08/07/10). Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Personal, Régimen Interior, Empresas Públicas, Patrimonio, Atención Ciudadana, Comunicación e Innovación, Seguridad Ciudadana y Tráfico, que por unanimidad de los asistentes, informa favorablemente la documentación del expediente arriba indicado de fecha 26 de julio de 2010.

VOTACIÓN

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EL AYUNTAMIENTO PLENO acordó, por unanimidad de los Concejales asistentes, aprobar lo siguiente: ACUERDOS:

1.- Aprobar el expediente nº 107/2010 de Modificación Presupuestaria del Ayuntamiento mediante Baja de Crédito por anulación, en los términos recogidos en la propuesta transcrita.

2.- Aprobar los expedientes de Modificación Presupuestaria de los siguientes Organismos Autónomos mediante Baja de Crédito por anulación, nº 04/10 (PMC), nº 08/10 (PMD), nº 01/10 (IMLSP), nº 02/10 (CIFE) y nº 02/10 (OTAF), en los términos recogidos en la propuesta transcrita.

3.- Aprobar la reducción del importe total de las gratificaciones del Ayuntamiento y de los Organismos autónomos, que está implícita en la baja de crédito que se propone en el punto anterior.

3.-2.- MODIFICACION PRESUPUESTARIA Nº 108/10. Vista la propuesta de fecha 07 de julio de 2010, del Sr. Alcalde Presidente:

“PROPUESTA AL PLENO MUNICIPAL REFERIDA AL PROYECTO DE GASTO “2010-3-MEJ.1011”. MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO Y CRÉDITO EXTRAORDINARIO Y FINANCIADO CON BAJA. (Expte. MC nº 108/2010). Visto el informe suscrito el 7 de Julio de 2010 por la Técnico de Educación, y que cito a continuación: El proyecto de gastos “2010-3-MEJ.1011” definido con cargo a las partidas presupuestarias 4011-32420-22715, 4011-32420-41018 y 4011-32420-48902, denominado “Convenio Mejora y Extensión de los Servicios Educativos (del 24/06/2010 al 26/06/2011)”, se encuentra definido en la actualidad, en términos de créditos/previsiones, tal y como muestra el cuadro adjunto, encontrándose los créditos financiados en situación de disponible (*):

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2010-3-MEJ.1011

EJERCICIO CONCEPTO IMPORTE (Euros) FINANCIACIÓN IMPORTE (Euros)

4011-32420-22715 // Trab. Realiz. Otras empresas. Animajoven

235.699,27CAM – Convenio MEJORA SCIOS. EDUCATIVOS (Del 24/06/2010 al 31/12/2010)

4011-32420-41018 // Inst. Mpal. Limpieza y Scios. Públicos

407.500,002010-4011-45030 (CIC 2010-132-0-P y 2010-132-1-A)

Recursos propios según Convenio 407.500,00

Mayor aportación mpal (no sujeta al Convenio)

106.841,12

4011-32420-22715 // Trab. Realiz. Otras empresas. Animajoven

277.501,65CAM – Convenio MEJORA SCIOS. EDUCATIVOS (Del 01/01/2011 al 23/06/2011)

0703-42220-41018 // Inst. Mpal. Limpieza y Scios. Públicos

407.500,002011-411-45030 (CIC 2011-18-0-P 2011-18-3-A)

4011-32420-48902 // Otras transf. Proy. Amanecer

44.197,35 Recursos propios 407.500,00

1.393.541,12 TOTAL 1.393.541,12TOTAL

4011-32420-48902 // Otras transf. Proy. Amanecer

21.142,85

2011

2010

CONVENIO MEJORA Y EXTENSIÓN DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS (DEL 24/06/2010 AL 23/06/2011)

150.001,00

321.699,00

(*) Definición pendiente de aprobar en la Junta de Gobierno Local del 9 de Julio de 2010. En los momentos actuales, para ejecutar una parte del Convenio es preciso dotar de crédito y financiación a las partidas 4011-32420-48902 y 4011-32420-44910 por importes respectivos de 7.762,83 € y 173.447,78 €. Para ello se realizará una modificación de crédito mediante suplemento de crédito y crédito extraordinario y financiada con baja por anulación en la partida 4011-32420-22715, y ello en base a lo establecido por la normativa presupuestaria de régimen local (artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 35 y siguientes del Real Decreto 500/1990 por el que se desarrolla la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en materia de presupuestos) y por las Bases de Ejecución del Presupuesto (artículo 10).” Por todo ello, se propone al Pleno Municipal la adopción de los siguientes

ACUERDOS

PRIMERO: Aprobar el expediente nº 108/10 de modificación presupuestaria mediante suplemento de crédito --por importe de 7.762,83 €-- y de crédito extraordinario --por importe de 173.447,78 €-- financiada con baja de crédito por importe total de 181.210,61 €, según los detalles de partidas, proyecto de gasto, importes y tipo de modificaciones siguientes: Partidas del Estado de Gastos:

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PROYECTOIMPORTE (Euros)

TIPO DE MODIFICACIÓN

DE CTO.

2010-3-MEJ.1011 7.762,83 SC

7.762,83

2010-3-MEJ.1011 173.447,78 CE

173.447,78

181.210,61 SC y CETOTAL SUPLEMENTO DE CRÉDITO Y CRÉDITO EXTRAORDINARIO

4011-32420-44910 TRANSF. CTE. A ANIMAJOVEN

TOTAL CRÉDITO EXTRAORDINARIO

PARTIDA DENOMINACIÓN

4011-32420-48902

TOTAL SUPLEMENTO DE CRÉDITO

OTRAS TRANSF. PROYECTO AMANECER

Fuente de Financiación: Baja de crédito

PROYECTOIMPORTE (Euros)

2010-3-MEJ.1011 181.210,61

181.210,61TOTAL BAJA DE CRÉDITO

PARTIDA DENOMINACIÓN

4011-32420-22715TRAB. REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS.

ANIMAJOVEN

SEGUNDO: Redefinir el proyecto de gasto “2010-3-MEJ.1011 tal y como muestra el cuadro adjunto:

2010-3-MEJ.1011

EJERCICIO CONCEPTO IMPORTE (Euros) FINANCIACIÓN IMPORTE (Euros)

4011-32420-22715 // Trab. Realiz. Otras empresas. Animajoven

54.488,66CAM – Convenio MEJORA SCIOS. EDUCATIVOS (Del 24/06/2010 al 31/12/2010)

4011-32420-41018 // Inst. Mpal. Limpieza y Scios. Públicos

407.500,002010-4011-45030 (CIC 2010-132-0-P y 2010-132-1-A)

4011-32420-44910 // Transf. Cte a Animajoven

173.447,78Mayor aportación mpal (no sujeta al Convenio)

106.841,12

4011-32420-22715 // Trab. Realiz. Otras empresas. Animajoven

277.501,65CAM – Convenio MEJORA SCIOS. EDUCATIVOS (Del 01/01/2011 al 23/06/2011)

0703-42220-41018 // Inst. Mpal. Limpieza y Scios. Públicos

407.500,002011-411-45030 (CIC 2011-18-0-P 2011-18-3-A)

4011-32420-48902 // Otras transf. Proy. Amanecer

44.197,35 Recursos propios 407.500,00

1.393.541,12 TOTAL 1.393.541,12TOTAL

Recursos propios según Convenio 407.500,004011-32420-48902 // Otras transf. Proy. Amanecer

28.905,68

2011

321.699,00

CONVENIO MEJORA Y EXTENSIÓN DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS (DEL 24/06/2010 AL 23/06/2011)

2010

150.001,00

Visto el informe favorable de fiscalización emitido por la Intervención Municipal (nº 1127 de 09/07/2010).

Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Personal, Régimen Interior, Empresas Públicas, Patrimonio, Atención Ciudadana, Comunicación e Innovación, Seguridad Ciudadana y Tráfico que por unanimidad, informa favorablemente la documentación del expediente arriba indicado.

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VOTACIÓN EL AYUNTAMIENTO PLENO acordó, por unanimidad de los Concejales asistentes, aprobar lo siguiente: ACUERDOS:

1.- Aprobar el expediente nº 108/10 de modificación presupuestaria mediante suplemento de crédito y crédito extraordinario financiado con baja, en los términos recogidos en la propuesta transcrita.

Exponer al público este expediente, por un plazo de 15 días hábiles, mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. Se hace la advertencia de que estas modificaciones presupuestarias se considerarán definitivamente aprobadas si durante el plazo de exposición al público no se presentara alegación o reclamación alguna.

2.- Redefinir el proyecto de gasto “2010-3-MEJ.1011”, en los términos recogidos en la propuesta transcrita.

3.-3.- MODIFICACION PRESUPUESTARIA Nº 114/10 Vista la propuesta de fecha 19 de julio de 2010, del Sr. Alcalde Presidente:

“PROPUESTA AL PLENO MUNICIPAL REFERIDA A LA BAJA DE CRÉDITO Y

REDEFINICIÓN DEL PROYECTO DE GASTO 2010-3-EINFA1011, DESTINADO A LA EJECUCIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE EDUCACIÓN INFANTIL CORRESPONDIENTE AL CURSO 2010-2011. (Expte. MC nº 114/2010). Visto el informe suscrito el 19 de Julio de 2010 por el Jefe de los Servicios Educativos, y que cito a continuación: “ El proyecto de gasto 2010-3-EINFA1011, incluido en el Anexo de proyectos de gasto corriente con financiación afectada aprobado con el presupuesto municipal 2010, está destinado a la ejecución del Convenio en materia de Educación Infantil para el curso 2010-2011, y presenta la siguiente estructura en términos de previsiones:

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2010-3-EINFA1011

EJERCICIO CONCEPTO IMPORTE (Euros) FINANCIACIÓN IMPORTE (Euros)

4011-32106-12000 // R. Bcas. Personal funcionario grupo A1

5.806,47CAM Convenio ESCUELAS INFANTILES (Del 01/09/2010 al 31/12/2010)

4011-32106-12006 // R. Bcas. Personal funcionario trienios

2.547,87 2010-4011-45030

4011-32106-12100 // Complemento destino personal funcionario

2.683,32

4011-32106-12101 // Complemento específico personal funcionario

5.888,76

4011-32106-16000 // Seguridad Social 4.739,40Ayto. aportac. Mantenimiento (según contrato)

51.086,02

4011-32106-22799 // O.T.realizados p.ot.empresas y profesionales

751.573,95Mayor aportación municipal fuera de Convenio

21.665,82

4011-32106-12000 // R. Bcas. Personal funcionario grupo A1

10.451,64

4011-32106-12006 // R. Bcas. Personal funcionario trienios

4.586,17

4011-32106-12100 // Complemento destino personal funcionario

4.829,99Aportación municipal según Convenio EE II 476.138,32

4011-32106-12101 // Complemento específico personal funcionario

10.599,78

4011-32106-16000 // Seguridad Social 8.530,92

4011-32106-22799 // O.T.realizados p.ot.empresas y profesionales

1.503.147,90Mayor aportación municipal fuera de Convenio

38.998,50

2.315.386,17 TOTAL 2.315.386,17

CONVENIO EN MATERIA DE EDUACIÓN INFANTIL (Del 01/09/2010 al 31/08/2011)

CAM Convenio ESCUELAS INFANTILES (Del 01/01/2011 al 31/08/2011) 2011-4011-45030

924.837,54

238.069,16

462.418,77

TOTAL

102.172,04

2011/1

2010/2

Ayto. aportac. Mantenimiento (según contrato)

Aportación municipal según Convenio EE II

La Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Fuenlabrada, en el marco del Convenio vigente establece la colaboración conjunta referente a los siguientes centros y servicios de Educación Infantil de titularidad municipal: Escuela Infantil El Bonsái

• Escuela Infantil El Escondite • Escuela Infantil Gallipatos • Escuela Infantil La Linterna Mágica • Escuela Infantil El Molino • Escuela Infantil La Piñata • Casa de Niños Pablo Picasso • Sede Equipo Atención Temprana.

La modalidad de gestión así como el sistema de financiación de las Escuelas Infantiles y Casas de Niños objeto del presente convenio se regulan en el Decreto 105/2009 de 29 de diciembre de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. La Orden 1532/2010, de 17 de marzo de la Consejería de Educación establece los módulos de financiación aplicables para el curso 2010-2011. Todas las Escuelas Infantiles incluidas en el Convenio están acogidas al sistema de financiación por módulos, que está contemplado en el artículo 8 del Decreto 105/2009 antes referido, a excepción de la Escuela Infantil Bonsái. La Junta de Gobierno Local celebrada el 16/07/2010, aprueba la firma del Anexo al Convenio de colaboración en materia de Educación Infantil entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación) y el Ayuntamiento de Fuenlabrada, correspondiente al curso 2010-2011, con vigencia hasta el 31 de agosto de 2011.

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En el Anexo del convenio cuyo resumen seguidamente se reproduce, se establecen las aportaciones económicas para el Curso Escolar 2010-2011:

Comunidad Ayuntamiento1.250.597,95 € 665.770,89 €

416.865,98 € 221.923,63 €833.731,96 € 443.847,26 €104.216,50 € 55.480,91 €

Ejercicio 2010: Periodo septiembre-DiciembreEjercicio 2011: Periodo Enero-AgostoMensuales

AportacionesTOTAL CENTROS Y SERVICIOS

Curso Escolar 2010-2011

La aportación de la Comunidad de Madrid se encuentra contabilizada en los siguientes Compromisos de Ingreso con cargo al proyecto de gasto 2010-3-EINFA1011: 2010-3-EINFA1011

Nº CIC IMPORTE Euros

2010-138-0-P 416.865,98

2011-25-0-P 833.731,96

1.250.597,94TOTAL

CAM. Convenio Educación Infantil (Septiembre/Diciembre 20104011-45030

Cam. Convenio Educación Infantil (Enero/Agosto 2011)

CONCEPTO/DESCRICPCIÓN

La previsión inicial de Ingresos en 2010 dentro del concepto 4011-45030 para este proyecto 2010-3-EINFA1011 era de 462.418,77 por lo que en estos momentos, procede tramitar una baja de crédito por importe de 45.552,79 € con cargo a la partida 4011-32106-22799 así como redefinir el proyecto de gasto 2010-3-EINFA1011 ajustando los créditos y financiación definitivos para todo el periodo de vigencia del Convenio. Mencionar que la aportación municipal contemplada en el proyecto de gastos 2010-3-EINFA1011 financia, además de la parte fijada mediante convenio y regulada en el Decreto 105/2009 de 29 de Diciembre de la Consejería de Educación de la C.A.M, una cuantía fija para las escuelas en concepto de gastos de mantenimiento que no se recoge en el convenio. “ En base a todo lo anteriormente expuesto, y considerando la competencia que establece el artículo 25 de las bases de ejecución del vigente presupuesto 2010, se propone al Pleno Municipal la adopción de los siguientes:

ACUERDOS:

PRIMERO: Aprobar el expediente nº 114/2010 de modificación presupuestaria mediante Baja de Crédito por anulación, de acuerdo con lo establecido en artículo 49 del Real Decreto 500/1990 y 15 de las Bases de Ejecución del presupuesto Municipal, por importe de 45.552,79 €, con cargo a la partida 4011-32106-22799 y el proyecto “2010-3-EINFA1011”, conforme muestra el cuadro adjunto:

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2010-3-EINFA1011IMPORTE (Euros)

45.552,79

45.552,79TOTAL CRÉDITO

PATIDA DENOMINACIÓN

4011-32106-22799 O.T. Realizados por ot. Empresas y profesionales

SEGUNDO: Redefinir el proyecto de gasto 2010-3-EINFA1011 correspondiente al Convenio de colaboración en Materia de Educación Infantil suscrito con la Comunidad de Madrid para el curso 2010-2011, que se identifica con la orgánica 4011 y la funcional 32106, conforme al siguiente detalle:

2010-3-EINFA1011

EJERCICIO CONCEPTO IMPORTE (Euros) FINANCIACIÓNIMPORTE (Euros)

4011-32106-12000 // R. Bcas. Personal funcionario grupo A1

5.806,47CAM Convenio ESCUELAS INFANTILES (Del 01/09/2010 al 31/12/2010) CIC 2010-138-0-P

4011-32106-12006 // R. Bcas. Personal funcionario trienios

2.547,87 2010-4011-45030

4011-32106-12100 // Complemento destino personal funcionario

2.683,32

4011-32106-12101 // Complemento específico personal funcionario

5.888,76

4011-32106-16000 // Seguridad Social 4.739,40Ayto. aportac. Mantenimiento (según contrato)

51.086,02

4011-32106-22799 // O.T.realizados p.ot.empresas y profesionales

706.021,16Mayor aportación municipal fuera de Convenio

37.811,35

4011-32106-12000 // R. Bcas. Personal funcionario grupo A1

10.451,64CAM Convenio ESCUELAS INFANTILES (Del 01/01/2011 al 31/08/2011) CIC 2011-25-0-P

4011-32106-12006 // R. Bcas. Personal funcionario trienios

4.586,17 2011-4011-45030

4011-32106-12100 // Complemento destino personal funcionario

4.829,99Aportación municipal según Convenio EE II 443.847,26

4011-32106-12101 // Complemento específico personal funcionario

10.599,78

4011-32106-16000 // Seguridad Social 8.530,92

4011-32106-22799 // O.T.realizados p.ot.empresas y profesionales

1.412.042,32Mayor aportación municipal fuera de Convenio

71.289,56

2.178.727,80 TOTAL 2.178.727,80

833.731,96

Ayto. aportac. Mantenimiento (según contrato)

102.172,04

TOTAL

CONVENIO EN MATERIA DE EDUACIÓN INFANTIL (Del 01/09/2010 al 31/08/2011)

2010/2

416.865,98

Aportación municipal según Convenio EE II

221.923,63

2011/1

Visto el informe favorable de fiscalización emitido por la Intervención Municipal (nº 1213 de 20/07/2010).

Visto que la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Personal, Régimen Interior, Empresas Públicas, Patrimonio, Atención Ciudadana, Comunicación e

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Innovación, Seguridad Ciudadana y Tráfico por unanimidad, informa favorablemente la documentación del expediente arriba indicado. VOTACIÓN

EL AYUNTAMIENTO PLENO acordó, por unanimidad de los Concejales asistentes, aprobar lo siguiente:

ACUERDOS:

1.- Aprobar el expediente nº 114/2010 de modificación presupuestaria mediante Baja de Crédito por anulación y el proyecto “2010-3-EINFA1011”, en los términos recogidos en la propuesta transcrita.

2.- Redefinir el proyecto de gasto 2010-3-EINFA1011 correspondiente al Convenio de colaboración en Materia de Educación Infantil suscrito con la Comunidad de Madrid para el curso 2010/2011, en los términos recogidos en la propuesta transcrita.

3.-4.- MODIFICACION PRESUPUESTARIA Nº 110/10 Vista la propuesta de fecha 12 de julio de 2010, del Sr. Alcalde Presidente:

PROPUESTA AL PLENO MUNICIPAL REFERIDA A LOS PROYECTOS DE GASTO “2008-3-CCLL30/08”, “2008-3-CCLL31/08” Y “2009-3-OPEAS” FINANCIADOS POR EL SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO. MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA MEDIANTE BAJA DE CRÉDITO. REDEFINICIÓN DE LOS PROYECTOS. (Expte. MC nº 110/2010) Visto el informe de la Jefa de Administración del CIFE, de fecha 12 de Julio de 2010 que cito a continuación: DEFINICIÓN ACTUAL PROYECTO “2008-3-CCLL30/08” El proyecto de Gastos 2008-3-CCLL30/08 destinado a “Catálogo de Empresas. Estudio de necesidades, formación y empleo en empresas de Fuenlabrada”, se encuentra definido en la actualidad tras la devolución de ingresos efectuada el 24 de febrero de 2010 a requerimiento del Servicio Regional de Empleo, tal y como muestran los cuadros adjuntos.

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1003-322.30-131.04/160.00 (partida presupuestaria 2008 y 2009)

1003-32248-22104/22112 (partidas presupuestarias 2008 y 2009)

2051-24148-22199 (aplicación equivalente 2010)

2008-3-CCLL 30/08Importes en Euros

AÑO CAP 1 CAP 2 TOTAL S.R.E. CAP 1 AHRR. TOTAL2008 156.936,60 156.936,60 156.936,60 156.936,602009 -2.753,91 396,72 -2.357,19 -2.753,91 396,72 -2.357,192010 3.218,16 3.218,16 -3.218,16 3.218,16 0,00

TOTALES 154.182,69 3.614,88 157.797,57 150.964,53 3.614,88 154.579,41

2008-3-CCLL 30/08Importes en Euros

AÑO CAP 1 CAP 2 TOTAL S.R.E. CAP 1 AHRR. TOTAL2008 41.057,23 41.057,23 0,002009 113.125,46 396,72 113.522,18 156.936,60 396,72 157.333,322010 -5.972,07 3.218,16 -2.753,91

TOTALES 154.182,69 396,72 154.579,41 150.964,53 3.614,88 154.579,41

RE DEFINICIÓN PROYECTO OBLIGACIONES Y DERECHOS

OBLIGACIONES REC. FINANCIACIÓN (DER. REC.)

RE DEFINICIÓN PROYECTO CRÉDITOS Y PREVISIONES

CRÉDITO FINANCIACIÓN (PREVISIONES)

Del análisis del cuadro anterior se deduce la existencia de un saldo de crédito en la partida y proyecto de referencia, por importe de 3.218,16 €, que se encuentra en su totalidad en situación de disponible. Desde el punto de vista de la financiación del proyecto, y mediante Resolución 2330/08 del Servicio Regional de Empleo, el Ayuntamiento de Fuenlabrada resultó beneficiario de una subvención en el ámbito de los Convenios de Colaboración entre la Comunidad de Madrid y las Corporaciones Locales de la región, para el desarrollo de proyectos de Interés Social, por importe de 156.936,60 € que se recogió en el Documento DR nº 2009-61. A requerimiento de la Comunidad de Madrid ha sido preciso devolver parte de la subvención, por importe de 5.972,07 €. A tal efecto se aprobó la Resolución de Alcaldía con número 203/10, para devolver la cantidad citada, registrada el documento contable Nº 2010-125-0-P. DEFINICIÓN ACTUAL PROYECTO “2008-3-CCLL31/08” El proyecto de Gastos 2008-3-CCLL31/08 destinado a “Información y Revisión del Sistema de Recogida Selectiva de RSU”, se encuentra definido en la actualidad tras la devolución de ingresos efectuada el 24 de febrero de 2010 a requerimiento del Servicio Regional de Empleo, tal y como muestran los cuadros adjuntos.

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1003-322.31-131.04/160.00 (partida presupuestaria 2008 y 2009)

1003-32248-22104/22112 (partidas presupuestarias 2008 y 2009)

2051-24148-22199 (aplicación equivalente 2010)2008-3-CCLL 31/08Importes en Euros

AÑO CAP 1 CAP 2 TOTAL S.R.E. CAP 1 AHRR. TOTAL2008 162.137,42 162.137,42 162.137,42 162.137,422009 -12.592,28 493,29 -12.098,99 -12.592,28 493,29 -12.098,992010 16.172,29 16.172,29 -16.172,29 16.172,29 0,00

TOTALES 149.545,14 16.665,58 166.210,72 133.372,85 16.665,58 150.038,43

2008-3-CCLL 31/08Importes en Euros

AÑO CAP 1 CAP 2 TOTAL S.R.E. CAP 1 AHRR. TOTAL2008 37.171,26 37.171,26 0,002009 112.373,88 493,29 112.867,17 162.137,42 493,29 162.630,712010 -28.764,57 16.172,29 -12.592,28

TOTALES 149.545,14 493,29 150.038,43 133.372,85 16.665,58 150.038,43

RE DEFINICIÓN PROYECTO CRÉDITOS Y PREVISIONES

CRÉDITO FINANCIACIÓN (PREVISIONES)

RE DEFINICIÓN PROYECTO OBLIGACIONES Y DERECHOS

OBLIGACIONES REC. FINANCIACIÓN (DER. REC.)

Del análisis del cuadro anterior se deduce la existencia de un saldo de crédito en la partida y proyecto de referencia, por importe de 16.172,29 €, que se encuentra en su totalidad en situación de disponible. Desde el punto de vista de la financiación del proyecto, y mediante Resolución 2331/08 del Servicio Regional de Empleo, el Ayuntamiento de Fuenlabrada resultó beneficiario de una subvención en el ámbito de los Convenios de Colaboración entre la Comunidad de Madrid y las Corporaciones Locales de la región, para el desarrollo de proyectos de Interés Social, por importe de 162.137,42 € que se recogió en el Documento DR nº 2009-60. A requerimiento de la Comunidad de Madrid ha sido preciso devolver parte de la subvención, por importe de 28.764,57 €. A tal efecto se aprobó la Resolución de Alcaldía con número 203/10, para devolver la cantidad citada, registrada el documento contable Nº 2010-126-0-P. PROYECTO DE GASTOS 2009-3-OPEAS El proyecto de Gastos 2009-3-OPEAS destinado a “Acciones para la orientación y el autoempleo”, se encuentra definido en la actualidad tras la devolución de ingresos efectuada el 13 de abril de 2010 a requerimiento del Servicio Regional de Empleo, tal y como muestran los cuadros adjuntos.

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1003-322.16-131.04/160.00 (partida presupuestaria 2009)

1003-32216-22000 (partida presupuestaria 2009)

2051-24148-22199 (partida presupuestaria 2010)2009-3-OPEASImportes en Euros

AÑO CAP 1 CAP 2 TOTAL S.R.E. CAP 1 AHRR. TOTAL2009 64.207,10 64.207,10 64.207,10 0,00 64.207,10

2009 Aj -33.532,70 -33.532,70 -33.532,70 -33.532,702010 10.651,69 10.651,69 -10.651,69 10.651,69 0,00

TOTALES 30.674,40 10.651,69 41.326,09 20.022,71 10.651,69 30.674,40

2009-3-OPEASImportes en Euros

AÑO CAP 1 CAP 2 TOTAL S.R.E. CAP 1 AHRR. TOTAL2009 30.674,40 30.674,40 64.207,10 64.207,102010 0,00 0,00 0,00 -44.184,39 10.651,69 -33.532,70

TOTALES 30.674,40 0,00 30.674,40 20.022,71 10.651,69 30.674,40

RE DEFINICIÓN PROYECTO CRÉDITOS Y PREVISIONES

CRÉDITO FINANCIACIÓN (PREVISIONES)

RE DEFINICIÓN PROYECTO OBLIGACIONES Y DERECHOS

OBLIGACIONES REC. FINANCIACIÓN (DER. REC.)

Del análisis del cuadro anterior se deduce la existencia de un saldo de crédito en la partida y proyecto de referencia, por importe de 10.651,69 €, que se encuentra en su totalidad en situación de disponible. Desde el punto de vista de la financiación del proyecto, y mediante Resolución del Servicio Regional de Empleo con número de expediente 6/2008 PE, el Ayuntamiento de Fuenlabrada resultó beneficiario de una subvención para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y de asistencia para el autoempleo, por importe de 64.207,10 € que se recogió en el Documento DR nº 2009-160. A requerimiento de la Comunidad de Madrid ha sido preciso devolver parte de la subvención, por importe de 44.184,39 €. A tal efecto se aprobó la Resolución de Alcaldía con número 357/10, para devolver la cantidad citada, registrada el documento contable Nº 2010-244-0-P. Como consecuencia de la minoración de la financiación mencionada, es preciso en los momentos actuales ajustar los tres proyectos desde el punto de vista presupuestario y financiero.” Por todo lo expuesto anteriormente, se propone al Pleno Municipal la adopción de los siguientes

ACUERDOS

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PRIMERO: Aprobar el expediente nº 110/10 de modificación presupuestaria mediante Baja de Crédito por anulación de acuerdo con lo establecido en artículo 49 del Real Decreto 500/1990 y 15 de las Bases de Ejecución del presupuesto Municipal, por importe total de 30.042,14 €, con cargo a la partida 2051/24148/22199 y a los proyectos “2008-3-CCLL30/08”, 2008-3-CCLL31/08” y “2009-3-OPEAS”, tal y como muestra el cuadro adjunto:

PROYECTO IMPORTE (Euros)

2008-3-CCLL30/08 3.218,16

2008-3-CCLL31/08 16.172,29

2009-3-OPEAS 10.651,69

30.042,14

2051-24148-22199 Otros suministros

TOTAL

PARTIDA DESCRIPCIÓN

SEGUNDO: Redefinir el proyecto de gastos “2008-3-CCLL30/08” conforme detalla el cuadro adjunto:

1003-322.30-131.04/160.00 (partida presupuestaria 2008 y 2009)

1003-32248-22104/22112 (partidas presupuestarias 2008 y 2009)

2051-24148-22199 (aplicación equivalente 2010)2008-3-CCLL 30/08Importes en Euros

AÑO CAP 1 CAP 2 TOTAL S.R.E. CAP 1 AHRR. TOTAL2008 156.936,60 0,00 156.936,60 156.936,60 156.936,602009 -2.753,91 396,72 -2.357,19 -2.753,91 396,72 -2.357,192010 3.218,16 3.218,16 -3.218,16 3.218,16 0,00

2010 Ajust -3.218,16 -3.218,16TOTALES 154.182,69 396,72 154.579,41 150.964,53 3.614,88 154.579,41

2008-3-CCLL 30/08Importes en Euros

AÑO CAP 1 CAP 2 TOTAL S.R.E. CAP 1 AHRR. TOTAL2008 41.057,23 41.057,23 0,002009 113.125,46 396,72 113.522,18 156.936,60 396,72 157.333,322010 -5.972,07 3.218,16 -2.753,91

TOTALES 154.182,69 396,72 154.579,41 150.964,53 3.614,88 154.579,41

OBLIGACIONES REC. FINANCIACIÓN (DER. REC.)

REDEFINICIÓN PROYECTO CRÉDITOS Y PREVISIONES

CRÉDITO FINANCIACIÓN (PREVISIONES)

REDEFINICIÓN PROYECTO OBLIGACIONES Y DERECHOS

TERCERO: Redefinir el proyecto de gastos “2008-3-CCLL31/08” conforme detalla el cuadro adjunto:

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1003-322.31-131.04/160.00 (partida presupuestaria 2008 y 2009)

1003-32248-22104/22112 (partidas presupuestarias 2008 y 2009)

2051-24148-22199 (aplicación equivalente 2010)2008-3-CCLL 31/08Importes en Euros

AÑO CAP 1 CAP 2 TOTAL S.R.E. CAP 1 AHRR. TOTAL2008 162.137,42 162.137,42 162.137,42 162.137,422009 -12.592,28 493,29 -12.098,99 -12.592,28 493,29 -12.098,992010 16.172,29 16.172,29 -16.172,29 16.172,29 0,00

2010 ajust -16.172,29 -16.172,29 0,00TOTALES 149.545,14 493,29 150.038,43 133.372,85 16.665,58 150.038,43

2008-3-CCLL 31/08Importes en Euros

AÑO CAP 1 CAP 2 TOTAL S.R.E. CAP 1 AHRR. TOTAL2008 37.171,26 37.171,26 0,002009 112.373,88 493,29 112.867,17 162.137,42 493,29 162.630,712010 -28.764,57 16.172,29 -12.592,28

TOTALES 149.545,14 493,29 150.038,43 133.372,85 16.665,58 150.038,43

REDEFINICIÓN PROYECTO OBLIGACIONES Y DERECHOS

OBLIGACIONES REC. FINANCIACIÓN (DER. REC.)

REDEFINICIÓN PROYECTO CRÉDITOS Y PREVISIONES

CRÉDITO FINANCIACIÓN (PREVISIONES)

CUARTO: Redefinir el proyecto de gastos “2009-3-OPEAS” conforme detalla el cuadro adjunto:

1003-322.16-131.04/160.00 (partida presupuestaria 2009)

1003-32216-22000 (partida presupuestaria 2009)

2051-24148-22199 (partida presupuestaria 2010)2009-3-OPEASImportes en Euros

AÑO CAP 1 CAP 2 TOTAL S.R.E. CAP 1 AHRR. TOTAL2009 64.207,10 64.207,10 64.207,10 0,00 64.207,10

2009 Aj -33.532,70 -33.532,70 -33.532,70 -33.532,702010 10.651,69 10.651,69 -10.651,69 10.651,69 0,00

2010 ajust -10.651,69 -10.651,69TOTALES 30.674,40 0,00 30.674,40 20.022,71 10.651,69 30.674,40

2009-3-OPEASImportes en Euros

AÑO CAP 1 CAP 2 TOTAL S.R.E. CAP 1 AHRR. TOTAL2009 30.674,40 30.674,40 64.207,10 64.207,102010 0,00 0,00 0,00 -44.184,39 10.651,69 -33.532,70

TOTALES 30.674,40 0,00 30.674,40 20.022,71 10.651,69 30.674,40

CRÉDITO FINANCIACIÓN (PREVISIONES)

REDEFINICIÓN PROYECTO OBLIGACIONES Y DERECHOS

OBLIGACIONES REC. FINANCIACIÓN (DER. REC.)

REDEFINICIÓN PROYECTO CRÉDITOS Y PREVISIONES

Visto el informe favorable de fiscalización emitido por la Intervención Municipal (nº 1222 de 21/07/2010).

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Visto el informe de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Personal, Régimen Interior, Empresas Públicas, Patrimonio, Atención Ciudadana, Comunicación e Innovación, Seguridad Ciudadana y Tráfico que por mayoría de los asistentes informa favorablemente la documentación del expediente arriba indicado.

VOTACIÓN

EL AYUNTAMIENTO PLENO acordó, por unanimidad de los Concejales asistentes, aprobar lo siguiente:

ACUERDOS:

1.-Aprobar el expediente nº 110/10 de modificación presupuestaria mediante

Baja de Crédito por anulación y los proyectos “2008-3-CCLL30/08”, 2008-3-CCLL31/08” y “2009-3-OPEAS”, en los términos recogidos en la propuesta transcrita.

2.- Redefinir los proyectos de gastos “2008-3-CCLL30/08”, “2008-3-CCLL31/08”

, “2009-3-OPEAS”, en los términos recogidos en la propuesta transcrita.

3.-5.- MODIFICACION PRESUPUESTARIA Nº 117/10 Vista la propuesta de fecha 20 de julio de 2010, del Sr. Alcalde Presidente: “PROPUESTA AL PLENO MUNICIPAL EN MATERIA DE MODIFICACIÓN

PRESUPUESTARIA MEDIANTE SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON BAJA DE CRÉDITO. (Expte MC nº 117/2010) Visto el informe del Director General del Área de Economía y Hacienda, suscrito el 20 de Julio de 2010 y que cito a continuación: En los momentos actuales, es preciso incrementar crédito en la aplicación presupuestaria 3011-932-41019 por el importe que al pie se cita, para abordar gastos que necesariamente habrán de acometerse dentro del presente ejercicio:

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DESCRIPCIÓN IMPORTE (Euros)

3011-932-41019 Transf. Corriente a O.T.A.F. 54.000,00

TOTAL 54.000,00

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Para ello, resulta necesario iniciar la tramitación de un expediente de suplemento de crédito por importe de 54.000,00 €, financiado con baja por anulación en la aplicación presupuestaria 3011-011-31000 y ello en base a lo establecido por la normativa presupuestaria de régimen local (artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 35 y siguientes del Real Decreto 500/1990 por el que se desarrolla la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en materia de presupuestos) y por las Bases de Ejecución del Presupuesto (artículo 10). Considerando el informe que se adjunta, suscrito el 20 de Julio de 2010 por la Responsable del Órgano de Presupuestación del Ayuntamiento de Fuenlabrada, la partida 3011-011-31000 denominada “Gastos Financieros Intereses de préstamos” cuenta con crédito disponible que podrá ser utilizado para transferirse a otras aplicaciones presupuestarias. “ Por ello, se propone al Pleno Municipal la adopción de los siguientes

ACUERDOS PRIMERO: Aprobar el expediente nº 117/2010 de modificación presupuestaria mediante suplemento de crédito por importe de 54.000,00 € financiado con baja de crédito, conforme al siguiente detalle: Partida objeto de incremento:

IMPORTE (Euros)

54.000,00

54.000,00TOTAL

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DESCRIPCIÓN

3011-932-41019 Transf. Corriente a O.T.A.F.

Partida objeto de baja: Fuente de financiación:

IMPORTE (Euros)

54.000,00

54.000,00TOTAL

3011-011-31000 Gastos financieros Intereses de préstamos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DESCRIPCIÓN

SEGUNDO: Dar cuenta a la Intervención General de la Modificación presentada”. Visto el informe favorable de fiscalización emitido por la Intervención Municipal (nº 1226 de 22/07/2010).

Page 24: NOMBRE DE DOCUMENTO a08 USUARIO sga 1 …...Humanos, y que a continuación cito: “PRIMERO.- Tal y como se acordó, en Junta de Gobierno Local de fecha 25 de junio de 2010, nuestra

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Visto el informe de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Personal, Régimen Interior, Empresas Públicas, Patrimonio, Atención Ciudadana, Comunicación e Innovación, Seguridad Ciudadana y Tráfico que por mayoría de los asistentes informa favorablemente la documentación del expediente arriba indicado. �

VOTACIÓN

EL AYUNTAMIENTO PLENO acordó, por unanimidad de los Concejales asistentes, aprobar lo siguiente:

ACUERDOS:

1.- Aprobar el expediente nº 117/2010 de modificación presupuestaria mediante

suplemento de crédito financiado con baja de crédito, en los términos recogidos en la propuesta transcrita.

Exponer al público este expediente, por un plazo de 15 días hábiles, mediante

inserción de anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. Se hace la advertencia de que estas modificaciones presupuestarias se considerarán definitivamente aprobadas si durante el plazo de exposición al público no se presentara alegación o reclamación alguna.

2.- Dar cuenta a la Intervención General de la Modificación presentada.

3.-6.- MODIFICACION PRESUPUESTARIA Nº 118/10. Vista la propuesta de fecha 20 de julio de 2010, del Sr. Alcalde Presidente: “PROPUESTA AL PLENO MUNICIPAL EN MATERIA DE MODIFICACIÓN

PRESUPUESTARIA MEDIANTE TRANSFERENCIA DE CRÉDITO ENTRE PARTIDAS DE DISTINTO GRUPO DE FUNCIÓN. (Expte. MC nº 118/2010). Visto el informe del Director General del Área de Economía y Hacienda, suscrito el 20 de Julio de 2010 y que cito a continuación: En los momentos actuales, es preciso incrementar crédito en las aplicaciones presupuestarias 4051-331-20900 y 4051-331-41012 por el importe que al pie se cita, para abordar gastos que necesariamente habrán de acometerse dentro del presente ejercicio:

Page 25: NOMBRE DE DOCUMENTO a08 USUARIO sga 1 …...Humanos, y que a continuación cito: “PRIMERO.- Tal y como se acordó, en Junta de Gobierno Local de fecha 25 de junio de 2010, nuestra

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IMPORTE (Euros)

44.000,00

8.000,00

52.000,00TOTAL

4051-331-20900 Cánones

4051-331-41012 Tranf. Cte. Patronato de Cultura

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DESCRIPCIÓN

Según informe que se adjunta, suscrito el 20 de Julio de 2010 por la responsable del Órgano de Presupuestación del Ayuntamiento de Fuenlabrada, la partida 3011-011-31000 denominada “Gastos Financieros Intereses de préstamos” cuenta con crédito disponible que podrá ser utilizado para transferirse a otras aplicaciones presupuestarias. Por ello, efectuará una transferencia de crédito desde la referida aplicación 3011-011-31000, por importe de 52.000,00 euros, y ello de acuerdo con lo establecido en los artículos 179 y 180 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, 40 y siguientes del Real Decreto 500/1990, y 11 de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal. “ Por todo lo cual, se propone al Pleno Municipal la adopción de los siguientes

ACUERDOS PRIMERO: Aprobar el expediente nº 118/2010 de Modificación Presupuestaria mediante Transferencia de Crédito de acuerdo con lo establecido en los artículos 179 y 180 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, 40 y siguientes del Real Decreto 500/1990, y 11 de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, por importe de 52.000,00 €, conforme al detalle siguiente:

Importes en Euros

CONCEPTO/DENOMINACIÓNIMPORTE (Euros)

Partida objeto deminoración

3011-011-31000 Gastos financieros Intereses depréstamos

52.000,00

52.000,00

4051-331-20900 Cánones 44.000,00

4051-331-41012 Transf. Cte. Patronato de Cultura 8.000,00

52.000,00

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

TOTAL IMPORTE PARTIDA QUE CEDE CRÉDITO

TOTAL IMPORTE PARTIDAS QUE RECIBEN CRÉDITO

Partidas objeto de incremento

SEGUNDO: Dar cuenta a la Intervención General de la Modificación presentada”.

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Visto el informe favorable de fiscalización emitido por la Intervención Municipal (nº 1230 de 22/07/2010). Visto el informe de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Personal, Régimen Interior, Empresas Públicas, Patrimonio, Atención Ciudadana, Comunicación e Innovación, Seguridad Ciudadana y Tráfico que por mayoría de los asistentes informa favorablemente la documentación del expediente arriba indicado. VOTACIÓN

EL AYUNTAMIENTO PLENO acordó, por unanimidad de los Concejales asistentes, aprobar lo siguiente:

ACUERDOS:

1.- Aprobar el expediente nº 118/2010 de Modificación Presupuestaria

mediante Transferencia de Crédito, en los términos recogidos en la propuesta transcrita.

Exponer al público este expediente, por un plazo de 15 días hábiles, mediante

inserción de anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. Se hace la advertencia de que estas modificaciones presupuestarias se considerarán definitivamente aprobadas si durante el plazo de exposición al público no se presentara alegación o reclamación alguna.

2.- Dar cuenta a la Intervención General de la Modificación presentada.

4.- CONVALIDACIONES DE GASTO.

Vista la propuesta de la Concejala Delegada de Salud, Comercio y Consumo, que

literalmente se transcribe;

“PROPUESTA AL PLENO MUNICIPAL QUE PRESENTA Dª TERESA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, CONCEJAL DE SALUD, COMERCIO Y CONSUMO En uso de las facultades delegadas por el Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada en su decreto 807/07 de fecha 22/06/07, por medio del presente realiza la siguiente propuesta de acuerdo al Pleno de la Corporación Local. Visto el Informe presentado por la técnico del servicio, correspondiente al servicio de organización y producción de la III Feria de Apoyo al Pequeño Comercio.

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Considerando lo establecido en el Art. 67.4 de la Ley 30/1992 de RJAP y PAC, así como el Art. 22 b)1 de las Bases de Ejecución del vigente Presupuesto, haciendo constar que no existe impedimento o limitación alguna en relación a las necesidades de la partida durante el año en curso. Por todo lo anterior, se propone al Pleno Municipal la adopción del siguiente acuerdo ÚNICO: Aprobar la Convalidación de Gasto por importe de 99.876,00 € reflejado en la factura que a continuación se detalla Emitida por: N.I.F Nº FRA. Fecha Importe M6 Grupo Empresarial de Proyectos, S.L.

B84187095

1.225

30/06/10 99.876,00 €

Visto el informe de fiscalización emitido por la Intervención Municipal (nº 1236 de 23/07/2010). Visto el informe de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Personal, Régimen Interior, Empresas Públicas, Patrimonio, Atención Ciudadana, Comunicación e Innovación, Seguridad Ciudadana y Tráfico que por mayoría de los asistentes informa favorablemente la documentación del expediente arriba indicado.

VOTACIÓN

EL AYUNTAMIENTO PLENO acordó, por unanimidad de los Concejales asistentes, aprobar lo siguiente:

UNICO:

1.- Aprobar la Convalidación de Gasto por importe de 99.876,00 €,

5.-0.- ACUERDO SOBRE LA REDUCCIÓN DE RETRIBUCIONES DE : LA SECRETARIA GENERAL DE PLENO, ORGANO DE APOYO A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL E INTERVENCION GENERAL.

Vista la propuesta de fecha 24 de junio de 2010, del Sr. Alcalde Presidente en

Funciones: “En el marco de los compromisos adquiridos por España con la Unión Europea para

reducir el déficit público, y con el fin de acelerar el cumplimiento de los objetivos fijados en el Plan de Acción inmediata, el Gobierno de España ha dictado el Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, decreto que fue convalidado por el Congreso de los Diputados con fecha 27 de mayo de 2010.

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Entre las diversas medidas que dicho Real Decreto Ley incorpora destaca por su complejidad y amplitud el objetivo de reducir la masa salarial de las distintas administraciones públicas en un 5%, tal y como señala su exposición de motivos.

El citado Real Decreto Ley, respetando el marco de atribución de competencias

actualmente fijado, ha marcado dicho objetivo, pero delega a las distintas administraciones su aplicación concreta, con exclusión de la fijación de las retribuciones básicas, antigüedad y complemento de destino para funcionarios, cuya fijación le corresponde al Gobierno de España.

En este sentido, el pasado pleno ordinario celebrado el día 18 de junio de 2010, en el

ejercicio de sus competencias, aprobó una moción por la que se acordaba la reducción de retribuciones tanto del Alcalde y Concejales como de los órganos directivos y del personal eventual. No obstante, queda por regular la reducción de retribuciones aplicable a aquellos órganos directivos que tienen la particularidad de encontrarse reservado a funcionarios con habilitación estatal, es decir, a día de hoy, Secretaría General de Pleno, Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local e Intervención General.

En este sentido, y a la hora de fijar la minoración de las retribuciones del personal que

ocupa estos puestos directivos debe tenerse en cuenta que el pleno, atendiendo a sus particularidades, optó por que la estructura de sus retribuciones fuera equivalente a la de los funcionarios públicos, asociando su salario básico y el importe del complemento de destino a lo fijado por el Estado, y fijando la correspondiente retribución complementaria mediante la fijación de un importe en concepto de complemento específico fijado libremente por el Pleno.

Por coherencia con este sistema retributivo, debe operar en el salario base y

complemento de destino asignado a estos órganos directivos las reducciones que, para estos mismos conceptos, ha realizado el Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo. Procede, igualmente fijar un nuevo complemento específico atendiendo a la exigencia general de reducción del 5% de la masa salarial. En este sentido, la práctica seguida para casos similares al de nuestro Ayuntamiento ha sido la de optar por una reducción del 5% en el complemento específico asignado a estos puestos, criterio que parece razonable, ponderada y adecuada al global de las retribuciones y las características de las funciones realizadas por los mismos.

Compete al Pleno Municipal la aprobación del régimen retributivo de los órganos

directivos conforme a lo dispuesto en el artículo 122.1.n de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Es por todo ello y conforme a lo establecido por la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora

de Bases de Régimen Local, que se PROPONE AL PLENO: 1. Los importes del salario base y Complemento de Destino de para el periodo

comprendido entre junio y diciembre para Secretaría General del Pleno, Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local e Intervención General serán los aprobados en el Real Decreto Ley 8/2010.

2. La minoración porcentual del abono del concepto retributivo antigüedad conforme a lo establecido para los funcionarios municipales.

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3. La reducción para el periodo comprendido entre junio y diciembre de 2010 de un 5% de los Complementos Específicos asignados a Secretaría General del Pleno, Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local e Intervención General.

4. La paga extraordinaria del mes de junio de 2010 se abonará a los órganos citados

de conformidad con los criterios establecido en el artículo 1 del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, de medidas extraordinarias de reducción del déficit público”.

Visto el informe del Director General de Recursos Humanos y la Conformidad de la Intervención Municipal.

Visto el informe de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Personal, Régimen Interior, Empresas Públicas, Patrimonio, Atención Ciudadana, Comunicación e Innovación, Seguridad Ciudadana y Tráfico que por unanimidad, informa favorablemente la documentación del expediente arriba indicado.

VOTACIÓN

EL AYUNTAMIENTO PLENO acordó, por unanimidad de los Concejales asistentes, aprobar lo siguiente:

ACUERDOS:

1.-Los importes del salario base y Complemento de Destino de para el periodo

comprendido entre junio y diciembre para Secretaría General del Pleno, Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local e Intervención General serán los aprobados en el Real Decreto Ley 8/2010.

2.-La minoración porcentual del abono del concepto retributivo antigüedad

conforme a lo establecido para los funcionarios municipales.

3.-La reducción para el periodo comprendido entre junio y diciembre de 2010 de un 5% de los Complementos Específicos asignados a Secretaría General del Pleno, Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local e Intervención General.

4.-La paga extraordinaria del mes de junio de 2010 se abonará a los órganos

citados de conformidad con los criterios establecido en el artículo 1 del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, de medidas extraordinarias de reducción del déficit público”.

6.- 0.- RATIFICACION DE OPERACIONES DE CRÉDITO CONCERTADAS POR EL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA EN LOS EJERCICIOS 2008, 2009 Y 2009.

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Vista la propuesta del Teniente Alcalde del Área de Economía, Hacienda, Régimen Interior y Empresas Públicas de fecha 20-07-2010, que literalmente se transcribe;

“Visto el escrito de la Dirección General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales de fecha 31 de marzo de 2010, recibido el 6 de abril siguiente, en cuya virtud se traslada acuerdo desestimatorio de la convalidación de las tres operaciones de crédito concertadas por el Ayuntamiento en 2008 y 2009 resolviéndose que se deben adoptar los acuerdos necesarios para dejar sin efecto estas tres operaciones así como no concertar nuevas operaciones de endeudamiento en tanto no se regularicen las anteriores. Vista la desestimación del requerimiento interpuesto, al amparo del art. 44 de la ley 29/1998, el 4 de junio de 2010 por el Ayuntamiento ante la Dirección General de Coordinación financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales, contra el acuerdo de denegación de la convalidación de las tres operaciones de crédito concertadas por el Ayuntamiento en 2008 y 2009. Visto que, con fecha 26 de febrero de 2010, anteriormente por tanto al acuerdo mencionado de la Dirección General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales, la Junta de Gobierno Local adjudicó dos nuevos préstamos por importes de 3.800.000,00.-€ (con Banesto) y 3.781.017,00.-€ (con BBVA) respectivamente. Vistos los informe de Intervención emitidos en relación a este asunto. Considerando que, de lo expuesto se deduce que existen diferentes interpretaciones posibles de la normativa de aplicación y que por la Dirección General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales se ha mostrado su diferente criterio pero no consta la interposición de recurso contencioso administrativo, por lo que se aprobaron las operaciones de crédito citadas son plenamente válidos y eficaces al día de la fecha, SE PROPONE AL PLENO MUNICIPAL LA ADOPCIÓN DE LOS SIGUIENTES ACUERDOS:

1) Ratificar y mantener, dejando efectivas, las operaciones de crédito concertadas por el Ayuntamiento de Fuenlabrada en los ejercicios 2008, 2009 y 2010 y que se exponen a continuación:

a) La operación de refinanciación concertada en 2008 por importe de 6.696.579.-€

b) Las dos operaciones de crédito concertadas en 2009 por importes idénticos de 3.832.000.-€

c) Las dos operaciones de crédito concertadas en 2010 por importes de 3.800.000,00.-€ y 3.781.017,00.-€ respectivamente.

2) Autorizar la disposición de los préstamos enumerados anteriormente en el

momento que lo determine la Tesorería Municipal, así como que estos préstamos financien las inversiones que este Ayuntamiento haya aprobado en su Presupuesto 2010 o apruebe próximamente mediante modificaciones de crédito (incluidas las modificaciones que se financien con Remanentes de Tesorería

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Afectados o con compromisos de ingresos procedentes de estos préstamos ya concertados), a los efectos de lo previsto en el artículo 217.2 del TR de la ley reguladora de las Haciendas Locales.

Visto el informe de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Personal, Régimen Interior, Empresas Públicas, Patrimonio, Atención Ciudadana, Comunicación e Innovación, Seguridad Ciudadana y Tráfico, que por mayoría de los asistentes, informa favorablemente la documentación del expediente arriba indicado”.

VOTACIÓN

EL AYUNTAMIENTO PLENO por mayoria absoluta de los concejales asistentes, con los votos a favor de los concejales del grupo socialista y de IU (15) y el voto en contra de los concejales del grupo municipal del PP (8):

ACUERDOS: 3) Ratificar y mantener, dejando efectivas, las operaciones de crédito concertadas por el Ayuntamiento de Fuenlabrada en los ejercicios 2008, 2009 y 2010 y que se exponen a continuación: a) La operación de refinanciación concertada en 2008 por importe de 6.696.579.-€ b) Las dos operaciones de crédito concertadas en 2009 por importes idénticos de

3.832.000.-€ c) Las dos operaciones de crédito concertadas en 2010 por importes de

3.800.000,00.-€ y 3.781.017,00.-€ respectivamente. 2) Autorizar la disposición de los préstamos enumerados anteriormente en el momento que lo determine la Tesorería Municipal, así como que estos préstamos financien las inversiones que este Ayuntamiento haya aprobado en su Presupuesto 2010 o apruebe próximamente mediante modificaciones de crédito (incluidas las modificaciones que se financien con Remanentes de Tesorería Afectados o con compromisos de ingresos procedentes de estos préstamos ya concertados), a los efectos de lo previsto en el artículo 217.2 del TR de la ley reguladora de las Haciendas Locales.

7.-0.- SUBSANACION DE ERROR MATERIAL EN ACUERDO ADOPTADO POR EL PLENO MUNICIPAL EN SESION CELEBRADA EL 18 DE JUNIO DE 2010, PUNTO 12.4.

Vista la propuesta de fecha 21 de junio de 2010, del Sr. Alcalde Presidente

“PROPUESTA AL PLENO EN MATERIA DE SUBSANACIÓN DE ERROR

MATERIAL EN EL ACUERDO ADOPTADO POR EL PLENO MUNICIPAL EN SESIÓN CELEBRADA EL 18 DE JUNIO DE 2010, PUNTO 12.4.

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Visto: Que el Acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en el punto 12.4 de la sesión celebrada el 18 de Junio de 2010 adolece de un error material el su apartado TERCERO:

Donde dice: “2012-162-60900” “20007-2-LIQ.ERNE” Debe decir: “2021-162-60900” “2007-2-LIQ.ERNE”

En base a ello, se propone al Pleno Municipal la subsanación del error material, haciendo constar que en el apartado TERCERO del Acuerdo realmente adoptado,

Donde dice: “2012-162-60900” “20007-2-LIQ.ERNE” Debe decir: “2021-162-60900” “2007-2-LIQ.ERNE”

Visto el informe del Director General del Area de Economía, Hacienda, Regimen Interior y Empresas Públicas y la Conformidad de la Intervención Municipal.

Visto el informe de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Personal, Régimen Interior, Empresas Públicas, Patrimonio, Atención Ciudadana, Comunicación e Innovación, Seguridad Ciudadana y Tráfico que por unanimidad, informa favorablemente la documentación del expediente arriba indicado��

VOTACIÓN

EL AYUNTAMIENTO PLENO acordó, por unanimidad de los Concejales asistentes, aprobar lo siguiente:

UNICO:

1.- Acordar la subsanación del error material, en los términos recogidos en la propuesta transcrita.

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8.-0.- CONVENIO URBANISTICO DE VENTA DE APROVECHAMIENTO.

Vista la propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo, Obras Públicas y

Mantenimiento Urbano de fecha 29-06-2010, que literalmente se transcribe:

“PUNTO 7.0 - JUNTA DE COMPENSACIÓN UE 11-2 - CONVENIO URBANÍSTICO VENTA 10% DE APROVECHAMIENTO EN LA UNIDAD DE EJECUCIÓN 11-2 Visto el convenio urbanístico suscrito con la Junta de Compensación de la UE 11-2, para la sustitución económica del 10% del aprovechamiento urbanístico en la Unidad de Ejecución 11-2, y visto el informe de los Servicios Técnicos Municipales y Servicios Jurídicos, se propone al Pleno Municipal la aprobación del citado convenio cuyo texto literal es el siguiente: Ante mí, Dª ROCÍO PARRA CASTEJÓN, Secretaria General del Ayuntamiento de Fuenlabrada (Madrid), siendo las 12,45 horas del día catorce de diciembre de dos mil nueve.

COMPARECEN D. MANUEL ROBLES DELGADO, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, con domicilio a estos efectos en Fuenlabrada, Pza. de la Constitución, nº. 1 y provisto de D.N.I. nº 50.671.172 - X. D. MIGUEL ANGEL ANDRÉS FERNÁNDEZ, mayor de edad, casado, vecino de Madrid, con domicilio en la calle Viriato nº 47 y N.I.F. 1.389.810-N. D. JOSÉ MANUEL OCAÑA FERNÁNDEZ, mayor de edad, casado, vecino de Moraleja de Enmedio (Madrid), con domicilio en la calle Torrelaguna nº 13 de dicha localidad y provisto de N.I.F. Nº 52.098.299-X I N T E R V I E N E N El primero, en su calidad de Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de la Villa de Fuenlabrada, en uso de las facultades que le confiere la vigente Ley de Régimen Local, Ley del Suelo y Reglamentos que la complementan, como representante del mismo.

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El segundo, en su propio nombre y derecho y en nombre y representación de su hermana Ana Isabel Andrés Fernández, según poder otorgado ante el Notario de Madrid D. José Ordóñez Cuadros, el día 10 de agosto de 1.993 bajo el nº 5.236 de su protocolo. Interviene en calidad de Administrador Único del Consejo Rector de la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación 11-2 del Plan General de Fuenlabrada, inscrita en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, al folio 71, del libro 36, con el nº 1.059 de inscripción. El tercero en su propio nombre y derecho y, además, como mandatario verbal de su hermano D. JUAN JOSÉ OCAÑA FERNÁNDEZ, mayor de edad, casado, con domicilio en la calle María Auxiliadora nº 13 de Bollullos Par del Condado (Huelva) y provisto de N.I.F. nº 5.256.127 Y.

E X P O N E N I.- Que por acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Fuenlabrada en fecha 6 de abril de 2.001, se aprobaron los Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación 11-2 del Plan General de Fuenlabrada. Por acuerdo adoptado por el Pleno Municipal con fecha 28 de mayo de 2.004, se aprobó la escritura pública otorgada el día 24 de enero de 2.003, ante el Notario de Madrid, D. José Ordóñez Cuadros, bajo el nº 756 de su protocolo. II.- Que, a la vista de la solicitud formulada por la Junta de Compensación el día 25 de octubre de 2.007, la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 8 de noviembre de 2.007, aprobó la aceptación de la sustitución de la cesión del 10% por su equivalente económico, indicando en dicho acuerdo que la formalización de dicha sustitución debería realizarse a través de un convenio urbanístico a suscribir entre la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución nº 11-2 y el Ayuntamiento de Fuenlabrada. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la Ley 9/2.001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. La motivación de la sustitución económica aprobada respondía fundamentalmente a la imposibilidad de materializar la edificabilidad en una parcela con una superficie superior o igual a la mínima, evitando asimismo la creación de proindivisos. III.- Que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 96.3 de la Ley 9/2.001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, cuando no sea posible, previa aceptación de la Administración municipal, podrá sustituirse la cesión en terrenos edificables por su equivalente económico. En todo caso, el suelo cedido o su equivalente económico quedarán incorporados al patrimonio municipal del suelo. IV.- Que de la ordenación propuesta por el Plan General para la Unidad de Ejecución nº 11-2, de la superficie neta de las parcelas edificables resultantes y de la aplicación de la ordenanza correspondiente, resulta que la superficie total edificable es de 2.593,20 m2, por lo que la edificabilidad correspondiente al Ayuntamiento es de 259,32 m2.

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V.- Que por acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 14 de noviembre de 2.008, se aprobó inicialmente el denominado Proyecto de desarrollo de la Unidad de Ejecución 11-2 que incluye el Proyecto de Compensación (Reparcelación) y el de Urbanización, procediendo a incluir en el reparto de derechos y obligaciones de los propietarios de la unidad, el aprovechamiento de cesión obligatoria a favor del Ayuntamiento cuya cuantía asciende a 259,32 m2. VI.- Que realizada la valoración económica correspondiente al 10% del aprovechamiento urbanístico de la unidad de ejecución nº 11-2 por el Arquitecto municipal, se estima que los comparecientes han de abonar al Ayuntamiento de Fuenlabrada la cantidad de CIENTO SETENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y UN EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS DE EURO, (171.151,20.-€) por tal concepto; cantidad que quedará adscrita a los fines del patrimonio municipal de suelo. VII.-. Condiciones todas ellas que se plasman en el presente documento con el carácter de PROPUESTA DE CONVENIO URBANÍSTICO, que no adquirirá plena eficacia, hasta su ratificación por el Pleno Municipal tras la tramitación que prevé el artículo 247 de la Ley 9/2.001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, de conformidad con las siguientes E S T I P U L A C I O N E S

PRIMERA.- Las partes comparecientes pactan expresamente que constituye parte del clausulado del presente convenio la totalidad de sus expositivos, que a tal fin se dan aquí por total e íntegramente reproducidos.

SEGUNDA.- El Ayuntamiento de Fuenlabrada y la JUNTA DE COMPENSACIÓN

DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN 11-2, con la finalidad de materializar los pactos alcanzados, acuerdan la venta del 10% de cesión obligatoria del aprovechamiento urbanístico de la unidad de ejecución nº 11-2 para alcanzar así ésta última el 100 % del aprovechamiento de la unidad y contribuir al desarrollo urbanístico racional de la misma, pactando como precio de la enajenación la cantidad de CIENTO SETENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y UN EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS DE EURO, (171.151, 20.- €), que será abonada de forma proporcional al derecho que ostenta cada propietario en la Junta de Compensación, correspondiendo una cuota de un 79,43 % a D. Miguel Angel y Ana Isabel Andrés y una cuota de un 10,28% a D. José Manuel y D. Juan José Ocaña Fernández, respectivamente.

TERCERA.- La JUNTA DE COMPENSACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN Nº

11-2 se obliga y compromete a incorporar el presente convenio al Proyecto de Reparcelación de dicho ámbito, del que formará parte integrante e inseparable, quedando

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supeditada su eficacia a la aprobación definitiva de dicho Proyecto; circunstancia que las partes comparecientes declaran conocer y a la que expresamente se someten en este acto.

CUARTA.- La JUNTA DE COMPENSACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN 11-2 se obliga y compromete a abonar el precio de la enajenación al Ayuntamiento de Fuenlabrada en el plazo de ocho días siguientes a la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución 11-2, por la Junta de Gobierno Local.

QUINTA.- Los gastos e impuestos que se deriven del presente convenio, serán satisfechos por las partes según ley.

SEXTA.- El presente convenio tiene naturaleza jurídica administrativa, sometiéndose

las partes expresamente a la jurisdicción contencioso administrativa para cualquier discrepancia que surja en torno a su interpretación y ejecución.

Leído por sí y en prueba de conformidad, se firma el presente en el lugar y fecha

indicados en su encabezamiento.

Vistos los informes de los servicios técnicos y jurídicos de la Delegación de Urbanismo, el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Presidencia, Urbanismo, Industria, Medio Ambiente, Obras Públicas, Movilidad Urbana, Transporte y Empleo de fecha 29/06/2010 y el informe nº 895 de fecha 08/06/10 de la Intervención Municipal.

VOTACIÓN

EL AYUNTAMIENTO PLENO por mayoria absoluta de los Concejales asistentes, con los votos a favor de los Concejales del Grupo Socialista y de Izquierda Unida (15) y abstención de los Concejales del Grupo Municipal del PP (8), acordó:

1.- Aprobar Convenio Urbanístico de venta del 10% del aprovechamiento urbanístico, con la Junta de Compensación de la UE 11-2, en los términos recogidos en la propuesta transcrita.

2.- Notificar a los interesados.

9.-0.- APROBACION INICIAL DE LA MODIFICACION PUNTUAL Nº 7 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE FUENLABRADA.

Vista la propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo, Obras Públicas y

Mantenimiento Urbano de fecha 29-06-2010, que literalmente se transcribe;

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“PUNTO 6.4 - AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA - APROBACIÓN INICIAL DE

LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 7 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE FUENLABRADA A la vista del informe de los Servicios Jurídicos Municipales del Departamento de Urbanismo, se propone al Pleno Municipal la adopción del siguiente acuerdo: Visto el documento para la Modificación Puntual nº 7 del Plan General de Ordenación Urbana, referente al artículo 10.5.12., sobre compatilbilidad del uso dotacional en la norma zonal de uso terciario, redactada de oficio por el Ayuntamiento de Fuenlabrada. Visto lo establecido en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus modificaciones y revisiones en su fase municipal.El citado procedimiento comienza con la aprobación inicial del documento por el Pleno de la Corporación, posterior sometimiento a información pública por plazo no inferior a un mes y, simultáneamente, el requerimiento de los informes a los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos o que, por razón de la posible afección de los intereses públicos por ellos gestionados, deban ser necesarios. Y visto el informe de los Servicios Jurídicos Municipales, se propone al Pleno Municipal, lo siguiente: PRIMERO.- Aprobar inicialmente la Modificación Puntual nº 7 del Plan General de Ordenación Urbana, referente al artículo 10.5.12., sobre compatilbilidad del uso dotacional en la norma zonal de uso terciario, redactada de oficio por el Ayuntamiento de Fuenlabrada SEGUNDO.- Someter el expediente a información pública mediante anuncio que se insertará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en uno de los periódicos de mayor difusión, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, indicando que el citado trámite tendrá una duración de un mes a partir del día siguiente a estas publicaciones, en este plazo, los interesados podrán formular las alegaciones que tengan por conveniente para la defensa de sus derechos.

Vistos el informe jurídico de la Letrada de Urbanismo y el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Presidencia, Urbanismo, Industria, Medio Ambiente, Obras Públicas, Movilidad Urbana, Transporte y Empleo de fecha 29/06/2010.

VOTACIÓN

EL AYUNTAMIENTO PLENO por mayoria absoluta de los concejales asistentes, con los votos a favor de los Concejales del Grupo Socialista y de Izquierda Unida (15) y abstención de los Concejales del Grupo Municipal del PP (8), acordó:

1.- Aprobar inicialmente la Modificación Puntual nº 7 del Plan General de Ordenación Urbana sobre compatibilidad del uso dotacional en la norma zonal de uso terciario, redactada de oficio por el Ayuntamiento de Fuenlabrada.

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2.- Someter el expediente a información pública, por plazo de un mes,

mediante inserción de anuncio en el B.O.C.M, en uno de los periódicos de mayor difusión y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.”

10.-0.- APROBACION DEL CONVENIO/ESTATUTO DE CONSTITUCION DEL CONSORCIO CENTRO ASOCIADO DE LA UNED, MADRID SUR.

Vista la propuesta de la 2ª Teniente de Alcalde, Responsable del Area Social y

Concejala Delegada de Educación de fecha 24-06-2010, que literalmente se transcribe;

Dña. Carmen Bonilla Martinez, segunda Teniente de Alcalde, Responsable de Area Social y Concejala de Educación:

En uso de las facultades delegadas por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada en su Decreto 805/07 de 22 de junio de 2007.

A la vista del informe que emite la Técnico de los Servicios de Educación, Gema Rubio Mateo, de fecha 23 de junio de 2010, y que se transcribe literalmente:

“Reunidos los Ayuntamientos recogidos en el convenio anexo (Alcorcón, Fuenlabrada, getafe, Leganés, Móstoles, Parla, Pinto, Valdemoro) y la UNED a través de su Centro asociado de Madrid, se acuerda constituir el Centro Asociado de la UNED Madrid-Sur, con sede en uno de los municipios que suscriben el acuerdo y con subsedes donde se imparten estudios de la UNED en el resto de los municipios que suscriben el presente acuerdo.

Que siendo un acuerdo que beneficia a los alumnos de la zona sur de Madrid y en concreto a los alumnos vecinos de la localidad de Fuenlabrada por acercar la oferta de los estudios de la UNED y la sede para la realización de todas las gestiones administrativas y de ñps exámenes, y que estando de acuerdo todos los municipios implicados en el presente convenio y que el único cambio que implica en la realación bilateral del Ayuntamiento de Fuenlabrada con la UNED, es que el convenio no va a suponer un gasto mayor que el actual y que el convenio de colaboración se suscribirá en este caso con el nuevo Centro Asociado de la UNED MADRID-SUR.

Por ello desde los Servicios de Educación se informa favorablemente a la firma del convenio/estatuto que se presenta”

Vengo a proponer al Pleno Municipal la adopción del siguiente Acuerdo:

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PRIMERO: Aprobar el convenio/estatuto de constitución del Consorcio Centro Asociado de la UNED, Madrid Sur.

SEGUNDO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de este convenio/estatuto.

CONVENIO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO CENTRO ASOCIADO DE LA UNED MADRID-SUR

I N T E R V I E N E N

En Madrid, a de de 2010 De una parte,

��El Excmo. Sr. D. Juan Gimeno Ullastres, en su condición de Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

Y de otra, ��El Excmo. Sr. D. Enrique Cascallana Gallastegui Alcalde-Presidente del

Excmo.Ayuntamiento de Alcorcón. ��El Excmo. Sr. D. Manuel Robles Delgado Alcalde-Presidente del Excmo.

Ayuntamiento de Fuenlabrada. ��El Excmo. Sr. D. Pedro Castro Vázquez Alcalde-Presidente del Excmo.

Ayuntamiento de Getafe. ��El Excmo. Sr. D. Rafael Gómez Montoya Alcalde-Presidente del Excmo.

Ayuntamiento de Leganés. ��El Excmo. Sr. D. Esteban Parro del Prado Alcalde-Presidente del Excmo.

Ayuntamiento de Móstoles. ��El Excmo. Sr. D. José Maria Fraile Campos Alcalde-Presidente del Excmo.

Ayuntamiento de Parla. ��El Excmo. Sr. D. Juan José Martín Nieto Alcalde-Presidente del

Excmo.Ayuntamiento de Pinto. ��El Excmo. Sr. D. José Miguel Moreno Torres Alcalde-Presidente del Excmo.

Ayuntamiento de Valdemoro. E X P O N E N

CLÁUSULAS

PRIMERA:

El Consorcio del Centro Asociado de Madrid-Sur es la agrupación de entidades o

instituciones bajo cuya protección o cuidado se halla dicho Centro de la UNED. El Consorcio queda constituido por

El Excmo. Ayuntamiento de Alcorcón. El Excmo. Ayuntamiento de Fuenlabrada. El Excmo. Ayuntamiento de Getafe. El Excmo. Ayuntamiento de Leganés. El Excmo. Ayuntamiento de Móstoles.

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El Excmo. Ayuntamiento de Parla. El Excmo. Ayuntamiento de Pinto. El Excmo. Ayuntamiento de Valdemoro. La Universidad Nacional de Educación a Distancia, sin perjuicio de que otras

entidades puedan en el futuro incorporarse al mismo. SEGUNDA:

La Entidad pública que se constituye recibirá el nombre de Consorcio Universitario

"Centro Asociado de la UNED Madrid-Sur" El presente Consorcio es una entidad de derecho público dotada de personalidad

jurídica y de la capacidad jurídica y de obrar que se requiera para la realización de sus objetivos.

Los actos del Consorcio se regirán por las disposiciones que sobre procedimiento y régimen jurídico se contienen en la legislación vigente de: Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley Orgánica 6/2001, de 21 de Diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de Abril; RDLeg. 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales; normativa académica interna de la UNED y demás preceptos que sean de aplicación. Los actos del Consorcio serán impugnables ante los tribunales contencioso-administrativos salvo que, por la naturaleza concreta del acto de que se trate, sea de aplicación otra instancia o jurisdicción.

TERCERA:

El Consorcio tendrá por finalidad el sostenimiento y superior dirección del Centro Asociado como unidad de estructura académica de la UNED, a fin de servir de apoyo a la Enseñanza Superior y a colaborar al desarrollo cultural del entorno, así como otras actividades directamente relacionadas con los objetivos antes expresados y que acuerde la Junta Rectora del Consorcio.

CUARTA: El Centro Asociado contará con sedes docentes en los distintos términos

municipales de los Ayuntamientos que integran el Consorcio. La cesión del edificio la realizará cada ayuntamiento de modo gratuito para la realización de la actividad académica (docente, cultural y administrativa) del Centro Asociado.

Cada sede docente contará con el espacio e instalaciones adecuadas a la normativa exigida con carácter general por la UNED, especialmente, en lo referente a accesibilidad y movilidad a las personas con discapacidad.

El número de aulas y servicios deberán ajustarse a las necesidades y demanda derivada del número de estudiantes, profesores-tutores y personal de administración y servicios.

Cada Ayuntamiento deberá proporcionar los locales con las características generales expresadas en los anteriores párrafos de la presente cláusula. Dichos locales

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serán, preferentemente, en edificios de uso exclusivo para el Centro Asociado y la cesión de los locales al Consorcio será gratuita y garantizada por un periodo no inferior a cinco años.

En el caso de que las necesidades docentes requieran una ampliación de los locales, o que el Ayuntamiento propusiera al Consorcio un cambio de la sede docente, las nuevas instalaciones deberán cumplir los requisitos expresados en los tres primeros párrafos de la presente cláusula. Igualmente, las nuevas instalaciones deberán contar con la aprobación del Director del Centro Asociado y del Vicerrectorado de Centros Asociados de la UNED.

El cambio de sede nunca podrá realizarse durante el curso académico, salvo causa de fuerza mayor, y deberá ser comunicado al Consorcio, al menos, ocho meses antes del inicio de un curso académico.

La cesión de uso gratuito queda supeditada a que la UNED realice sus actividades académicas (docentes, culturales y administrativas). En caso de producirse, por parte de la UNED, otros usos distintos a los académicos, se derivará la reversión de uso al Ayuntamiento cesionista, previo requerimiento por escrito al Consorcio, en el plazo de un mes.

La cesión gratuita de los locales se mantendrá mientras el Ayuntamiento forme parte del Consorcio. La denuncia del Convenio, por parte del Ayuntamiento, supondrá la reversión del uso de los locales cedidos. Dicha reversión será efectiva a partir del cuarto año de la denuncia del Convenio, durante este periodo se mantendrá la actividad académica que se irá extinguiendo gradualmente durante dicho periodo.

El servicio de Biblioteca podrá prestarse a través de la Biblioteca Municipal o de una Biblioteca específica, instalada en cada sede, en función de lo que se acuerde con cada Ayuntamiento.

Los gastos de rehabilitación, reparación o mejora del edificio o locales (fachadas, techos, cimientos, etc.), obras de interior, -cualquiera que sea su naturaleza- (tabique, suelo, techos, conducciones de luz, agua, calefacción, etc.), incluidos los de infraestructura técnica, gastos generales (electricidad, luz, seguridad, comunicaciones, limpieza, etc) y de personal administrativo serán costeados por el respectivo Ayuntamiento.

QUINTA: El Consorcio, a todos los efectos legales, estará domiciliado en la sede del Centro

Asociado y su sede administrativa se ubicará en…………………………. Se constituirá una Junta Rectora del Consorcio, titular del Centro Asociado, la cual

asumirá las facultades que le corresponda como órgano superior de dirección, administración y representación ante terceros.

La Junta Rectora estará constituida por 17miembros, siendo 3 el número de

miembros en representación de la UNED, un representante por cada Ayuntamiento, el Director/a del Centro, el Subdirector/a, el/la Representante de los Profesores Tutores del Centro, el/la Delegado/a de estudiantes del Centro y el/la Representante del Personal de Administración y Servicios del Centro. Actuará como Secretario/a de la Junta Rectora, el Secretario/a del Centro Asociado, convoz pero sin voto. En caso de que algún miembro de la Junta Rectora no pudiera asistir a una reunión podrá designar delegado con voz y voto.

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La composición de la Junta Rectora queda determinada en el Acta Adicional I que se

adjunta a este Convenio.

La Junta Rectora se reunirá al menos una vez al año en sesión ordinaria, convocando a sus miembros con un mínimo de 10 días hábiles de antelación, ó 6 días si fuera convocatoria extraordinaria.

El Presidente de la Junta Rectora será elegido por ésta de entre los miembros de las instituciones financiadoras del Centro Asociado.

SEXTA: La Junta Rectora elaborará los Estatutos que regulen el funcionamiento del

Consorcio y los elevará al Consejo de Gobierno de la UNED para su aprobación y publicación en el Boletín Interno de la UNED. Será necesaria la ratificación de las Instituciones consorciadas en aquellos acuerdos de la Junta Rectora que supongan alteración de la voluntad inicial tales como transformación de la personalidad jurídica, su disolución, elaboración o reforma de Estatutos del Consorcio, entre otros.

SÉPTIMA:

El Consorcio se compromete a la financiación de todos los gastos correspondientes al presupuesto anual ordinario de funcionamiento académico y administrativo.

Los ingresos del Consorcio estarán constituidos por: - La aportación económica de la UNED según lo previsto en el Real Decreto

1317/1995 de 21 de julio o cualquier otra ayuda que permita la legislación vigente. Ello sin perjuicio de las subvenciones extraordinarias que puedan aportar otros miembros del Consorcio y la propia UNED.

- Los aportados por los Ayuntamientos que conforman el Consorcio, especialmente, los necesarios para los gastos del Cursos de Acceso Directo de mayores de 25 años e infraestructura informática y de TIC’s

- Los ingresos patrimoniales y financieros derivados de la actividad propia del Centro Asociado. Los gastos administrativos y derivados de la infraestructura se sufragarán en virtud de lo expresado en la cláusula cuarta. Los gastos derivados de la actividad académica y cultural, así como los de desplazamiento de Profesores-Tutores y otro personal del Centro para asistir a reuniones organizadas por la Universidad y los de desplazamiento de profesores de los Departamentos de la Universidad para participar en Seminarios y convivencias del Centro Asociado y cualquier otro gasto consignado en el presupuesto ordinario del Centro; se imputarán a dicho presupuesto del Centro Asociado.

Los gastos del Curso de Acceso Directo para mayores de 25 años y de infraestructura informática y TIC’s se realizarán según el siguiente reparto:

- Los derivados de la docencia del Curso de Acceso Directo para mayores de 25

años serán sufragados en cada municipio al 50% por cada Ayuntamiento y el restante 50% se imputará a los presupuestos generales del Centro Asociado.

- La infraestructura informática y de TIC´s en cada ayuntamiento será sufragada al 50% entre cada Ayuntamiento y la UNED.

- Los gastos docentes de la impartición de enseñanzas regladas se imputará a los presupuestos generales del Centro Asociado.

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- La impartición presencial de los títulos de Grado se distribuirá entre los distintos ayuntamientos en función de la matrícula y la disponibilidad de espacios para su impartición, teniendo en cuenta el plan docente establecido por la Dirección del Centro Asociado y en coordinación con la organización del Campus del Sureste.

El Centro Asociado podrá establecer anexos específicos a este convenio para la impartición de enseñanzas no regladas (CUID, UNED Senior y otras) con los distintos ayuntamientos que conforman el Consorcio y con el régimen económico que apruebe la Junta Rectora del Consorcio.

El Centro Asociado no podrá percibir cantidad alguna de los alumnos matriculados en la Universidad por las enseñanzas regladas ni podrá imponerle ningún tipo de actividades complementarias por las que haya de desembolsar cantidad alguna. Tampoco podrá existir vinculación de ninguna clase entre el Centro y otras Entidades, no autorizadas por la UNED, que proporcionen enseñanza a los alumnos de esta Universidad.

OCTAVA:

El ámbito territorial del Centro Asociado comprende la Comunidad Autónoma de Madrid. El Centro Asociado, previo acuerdo de la Junta Rectora y aprobación por parte del Consejo de Gobierno de la UNED, podrá extender su actividad académica y cultural a otros municipios que lo soliciten y aporten los gastos correspondientes, a través de la creación de Aulas Universitarias.

NOVENA:

El Centro Asociado tendrá un Director que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2��del Real Decreto 1317/1995, de 21 de julio, será nombrado por el Rector de la UNED, oída la �Junta Rectora.

El Centro Asociado tendrá un Secretario cuyas funciones serán determinadas en los Estatutos del Consorcio y en el Reglamento de Régimen Interior del Centro. En cuanto cargo de confianza del Director, será nombrado y removido por la Junta Rectora a propuesta del Director del Centro, comunicándose posteriormente su nombramiento al Rectorado de la UNED.

DÉCIMA: El Centro Asociado contará con el personal no docente necesario para atender a

todas las funciones administrativas y subalternas que aseguren el correcto funcionamiento de las distintas sedes y cuyo coste será asumido por el respectivo Ayuntamiento según queda establecido en la cláusula cuarta. Adicionalmente contará con el personal no docente necesario para el funcionamiento administrativo y de gestión de la sede administrativa donde se ubique el domicilio del Centro Asociado. El horario de servicio de este personal cedido se prestará durante las horas necesarias para el funcionamiento docente y administrativo del Centro Asociado. En caso de que este personal no sea cedido por las distintas Corporaciones, su vinculación con el Consorcio será de carácter laboral, rigiéndose por la legislación vigente y los Estatutos del Consorcio; cada Corporación Municipal aportará al presupuesto del Consorcio la cuantía necesaria para hacer frente a los gastos derivados de este personal.

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En todo caso, cada sede, tendrá que contar, como mínimo con una persona en Secretaría, un ordenanza y, en el caso de que la biblioteca esté ubicada en la sede donde se presten los servicios de la UNED, un bibliotecario/a o auxiliar de biblioteca.

DÉCIMO PRIMERA:

En el orden académico y docente, el Centro Asociado queda plenamente incorporado a la UNED como unidad de estructura académica. De ella recibirá las instrucciones oportunas estando sometido igualmente a las directrices del Consejo de Gobierno, Juntas de Facultad, Departamentos, profesores encargados de la docencia y demás órganos directivos de la UNED dentro del ámbito de sus competencias respectivas.

El Centro Asociado a efectos organizativos docentes quedará integrado en el Campus Sureste, según la Organización Académica y Funcional en Red del Vicerrectorado de Centros Asociados de la UNED

DÉCIMO SEGUNDA: El gobierno y administración del Centro se ajustará a lo consignado en el

Reglamento de Régimen Interior que, elaborado por los órganos colegiados del Centro, apruebe el Consejo de Gobierno de la UNED.

El Centro remitirá anualmente a la UNED, en los plazos que a tal efecto fije ésta con

carácter general, una Memoria de las actividades realizadas durante el curso, su presupuesto, la liquidación y demás documentos que la UNED pueda exigir. Esta documentación, deberá ajustarse a los modelos que la UNED establezca para los Centros Asociados.

La UNED podrá inspeccionar o realizar auditorías en el Centro en cualquier momento.

DÉCIMO TERCERA:

Para llevar a cabo sus labores docentes el Centro Asociado contará con Profesores/astutores/as. Las condiciones del concurso y la selección de tutores/as se atendrán a las disposiciones y normas emanadas del Consejo de Gobierno de la Universidad de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente.

La vinculación de los Profesores-tutores con el Centro Asociado será la establecida en la legislación vigente. Los Profesores-tutores deberán cubrir un mínimo de horas fijado por la UNED, respetando la legislación sobre incompatibilidades. Los Profesores-tutores no podrán ejercer ninguna actividad docente dirigida a los alumnos de la UNED en Centros no autorizados por la Universidad. El Centro Asociado hará lo necesario para hacer respetar esta prohibición.

DÉCIMO CUARTA: La programación de todo tipo de actividades de Educación Permanente y Extensión

Universitaria que se organicen en el Centro Asociado, se ajustará a las normas establecidas por el Consejo de Gobierno de la Universidad.

DÉCIMO QUINTA:

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La denuncia del presente Convenio por cualquiera de las partes deberá ser

notificada con un año de antelación como mínimo.

DÉCIMO SEXTA:

El Consorcio se disolverá por alguno de los siguientes motivos: - Por disposición legal.

- Por imposibilidad de cumplir sus fines y objetivos.

- Por insuficiencia de medios económicos.

En caso de disolución del Consorcio, cada Entidad asumirá la responsabilidad del

personal que de su plantilla estuviera adscrito al Centro Asociado.

El destino de los bienes inventariables será el siguiente: si fueron aportados por una sola entidad fundadora, revertirán a ella automáticamente y quedarán desafectados si es un ente público. Si fueron aportados por varias entidades y formasen un conjunto inseparable, corresponderán a quien hubiera aportado la porción de mayor valor, pero debiendo indemnizar a las demás por el importe del valor de sus aportaciones actualizadas al momento de la liquidación, entendiéndose, en su caso, desafectados.

No obstante, antes de que las entidades consorciadas decidan la disolución de la JuntaRectora, el Consejo de Gobierno de la UNED, a la vista de la disponibilidad de sus recursos económicos y previo informe de viabilidad económica, podrá continuar con las actividades administrativas y docentes en el Centro Asociado si considerase que puede hacer frente a todos los gastos y manteniendo las mismas sedes como se especifica en la cláusula cuarta.

DÉCIMO SEPTIMA: La separación del Consorcio de alguno de sus miembros patrocinadores podrá

producirse a petición de la parte interesada o por incumplimiento de sus obligaciones. En este último caso se requerirá acuerdo de dos tercios de sus miembros y el voto favorable de los representantes de la UNED.

POR LA UNIVERSIDAD

POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ......

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Visto el informe de la Técnica de Educación.

Visto el informe de la Comisión Informativa Permanente con carácter general del Área Social, que por unanimidad de los asistentes, informa favorablemente la documentación del expediente arriba indicado.�

VOTACIÓN

EL AYUNTAMIENTO PLENO acordó, por unanimidad de los Concejales asistentes, aprobar lo siguiente:

UNICO: 1.- Aprobar el convenio/estatuto de constitución del Consorcio Centro Asociado de la UNED, Madrid Sur.

2.��������Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de este convenio/estatuto. Y no habiendo más asuntos que tratar el Sr. Presidente levantó la sesión, siendo las 10,30 horas, de todo lo cual como Secretario General Accidental doy fe. Vº Bº EL SECRETARIO GENERAL ACCTAL. EL ALCALDE