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NORMA TECNICA DE ACTIVIDADES TURISTICAS PRINCIPALES Y ACCESORIAS Acuerdo Ministerial 75 Registro Oficial Suplemento 105 de 25-feb.-2009 Estado: Vigente Arq. Esteban Delgado de la Cuadra MINISTRO DE TURISMO (e) Considerando: Que, los artículos 1, 4 y 15 de la Ley de Turismo; "El Ministerio de Turismo es el organismo rector y regulador de la actividad turística ecuatoriana, con sede en la ciudad de Quito, estará dirigido por el Ministro quien tendrá entre otras las siguientes atribuciones: 1. Preparar las normas técnicas y de calidad por actividad que regirán en todo el territorio nacional"; Que, el artículo 46 de la Ley Orgánica de Régimen Especial de Galápagos, en lo pertinente prescribe que "Dentro del Parque Nacional Galápagos y Reserva Marina de la provincia de Galápagos, le compete al Ministerio de Turismo normar los niveles mínimos en la calidad de servicios turísticos y las demás atribuciones que conforme a la Ley Especial de Desarrollo Turístico tiene en el otorgamiento de beneficios, regulación y control de prestación del servicio respecto del usuario."; Que, el artículo 4 del Reglamento General a la Ley de Turismo, determina como; "Funciones y atribuciones del Ministerio de Turismo.- A más de las atribuciones generales que les corresponden a los ministerios contenidas en el Título VII, Capítulo III de la Constitución Política de la República del Ecuador y el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, en virtud de la Ley de Turismo le corresponde al Ministerio de Turismo: 1. Preparar y expedir con exclusividad a nivel nacional las normas técnicas y de calidad por actividad que regirán en todo el territorio nacional. Esta potestad es intransferible"; Que, el artículo 1 del Reglamento Especial de Turismo en áreas protegidas señala que dicha norma rige y establece el régimen y procedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de sus competencias y por el Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales, otorgando competencias claras y suficientes en materia turísticas al Ministerio de Turismo en cuanto a la regulación de las actividades turísticas; Que, el Reglamento Especial de Turismo en Areas Protegidas, en su artículo 6 señala que: "Al Ministerio de Turismo le corresponde la promoción, planificación y control de las actividades turísticas. Además, le corresponde expedir la normativa relativa a los niveles mínimos de calidad de los servicios y actividades turísticas definidas en la Ley Especial de Desarrollo Turístico, los reglamentos y normas técnicas específicas, que se desarrollen en el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas"; y, En ejercicio de la facultad determinada en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva. Acuerda: Art. 1.- Expedir las Normas Técnicas de conformidad con el siguiente detalle: 1 NORMA TECNICA DE ACTIVIDADES TURISTICAS PRINCIPALES: NORMA TECNICA DE ACTIVIDADES TURISTICAS PRINCIPALES Y ACCESORIAS - Página 1 eSilec Profesional - www.lexis.com.ec

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NORMA TECNICA DE ACTIVIDADES TURISTICASPRINCIPALES Y ACCESORIAS

Acuerdo Ministerial 75Registro Oficial Suplemento 105 de 25-feb.-2009Estado: Vigente

Arq. Esteban Delgado de la CuadraMINISTRO DE TURISMO (e)

Considerando:

Que, los artículos 1, 4 y 15 de la Ley de Turismo; "El Ministerio de Turismo es el organismo rector yregulador de la actividad turística ecuatoriana, con sede en la ciudad de Quito, estará dirigido por elMinistro quien tendrá entre otras las siguientes atribuciones: 1. Preparar las normas técnicas y decalidad por actividad que regirán en todo el territorio nacional";

Que, el artículo 46 de la Ley Orgánica de Régimen Especial de Galápagos, en lo pertinente prescribeque "Dentro del Parque Nacional Galápagos y Reserva Marina de la provincia de Galápagos, lecompete al Ministerio de Turismo normar los niveles mínimos en la calidad de servicios turísticos ylas demás atribuciones que conforme a la Ley Especial de Desarrollo Turístico tiene en elotorgamiento de beneficios, regulación y control de prestación del servicio respecto del usuario.";

Que, el artículo 4 del Reglamento General a la Ley de Turismo, determina como; "Funciones yatribuciones del Ministerio de Turismo.- A más de las atribuciones generales que les corresponden alos ministerios contenidas en el Título VII, Capítulo III de la Constitución Política de la República delEcuador y el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, en virtud de laLey de Turismo le corresponde al Ministerio de Turismo: 1. Preparar y expedir con exclusividad anivel nacional las normas técnicas y de calidad por actividad que regirán en todo el territorio nacional.Esta potestad es intransferible";

Que, el artículo 1 del Reglamento Especial de Turismo en áreas protegidas señala que dicha normarige y establece el régimen y procedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacionalde Areas Protegidas que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de suscompetencias y por el Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursosnaturales, otorgando competencias claras y suficientes en materia turísticas al Ministerio de Turismoen cuanto a la regulación de las actividades turísticas;

Que, el Reglamento Especial de Turismo en Areas Protegidas, en su artículo 6 señala que: "AlMinisterio de Turismo le corresponde la promoción, planificación y control de las actividadesturísticas. Además, le corresponde expedir la normativa relativa a los niveles mínimos de calidad delos servicios y actividades turísticas definidas en la Ley Especial de Desarrollo Turístico, losreglamentos y normas técnicas específicas, que se desarrollen en el Sistema Nacional de AreasNaturales Protegidas"; y,

En ejercicio de la facultad determinada en el artículo 17 del Estatuto del Régimen JurídicoAdministrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Expedir las Normas Técnicas de conformidad con el siguiente detalle:

1 NORMA TECNICA DE ACTIVIDADES TURISTICAS PRINCIPALES:

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1.1 Crucero navegable.1.2 Tour de bahía y buceo clase 1.1.3 Tour de bahía y buceo clase 2.1.4 Tour de bahía clase 3.1.5 Tour de puerto a puerto.1.6 Tour diario.1.7 Tour de buceo navegable.

2. NORMA TECNICA DE ACTIVIDADES TURISTICAS ACCESORIAS2.1 Kayaking de mar.2.2 Deporte de vela.2.3 Recorrido en panga.2.4 Buceo superficial.2.5 Tabla hawaiana.2.6 Natación.2.7 Pesca vivencial.

Art. 2.- Son parte integrante del presente acuerdo los catorce (14) expedientes en donde constandesagregadas las referidas normas técnicas.

Art. FINAL.- Encárguese a la Gerencia Nacional de Recursos Turísticos la convalidación de laspresentes normas técnicas en el Instituto Ecuatoriano de Normalización, y a la Subsecretaría deTurismo a través de la Gerencia Regional Galápagos, del cumplimiento del presente acuerdoministerial, mismo que entrará en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial.

Dado en Quito D. M., a 15 de diciembre del 2008.

Comuníquese y publíquese.

f.) Arq. Esteban Delgado de la Cuadra, Ministro de Turismo (e).

NORMA TECNICA NT-CN-01ACTIVIDAD TURISTICA PRINCIPALCRUCERO NAVEGABLE

1. INTRODUCCION

De acuerdo al Art. 6 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas, alMinisterio de Turismo le corresponde la promoción, planificación y control de las actividadesturísticas, así como normar los niveles mínimos de calidad de los servicios y actividades turísticasdefinidas en la ley, los reglamentos y normas técnicas específicas que se desarrollen en el SistemaNacional de Areas Protegidas del Estado.

De acuerdo al Art. 15, literal 1 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el órgano rector dela actividad turística ecuatoriana, el mismo que dentro de sus principales atribuciones considera lapreparación de normas técnicas y de calidad que regirán en todo el territorio nacional.

Bajo esta premisa, el desarrollo y evolución constante del turismo a nivel mundial, hace que nuestraactividad turística considere como imperiosa la necesidad de ofrecer servicios turísticos de calidad alturista, entonces, es necesario la aplicación de instrumentos técnicos, cuyo objetivo sea garantizar elbienestar social, ambiental, turístico y empresarial.

La presente norma es el resultado de un proceso de consulta y validación con actores clave de lacomunidad local, además, de la aplicación de normas oficiales nacionales existentes y normatividadinternacional aplicable a la realidad de Galápagos, estableciendo condiciones mínimas de calidad enel turismo, al considerar aspectos físicos, ambientales, de seguridad, responsabilidad social,

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servicios turísticos y servicios integrales de las operaciones turísticas, establecidas en el ReglamentoEspecial de Turismo en Areas Naturales Protegidas.

Esta normativa implementa estándares orientados a convertir el concepto de efectividad en elmanejo de la calidad turística en algo real y aplicable en el contexto de la competitividad. Laevaluación inicial será un paso para que las embarcaciones puedan ingresar a un sistema decertificación de calidad. Igualmente, cabe pensar que es necesario el desarrollo de un mecanismo deevaluación de la operación turística para hacer más eficientes las acciones que realiza el Ministeriode Turismo.

2. OBJETIVOS

Determinar los niveles mínimos de calidad en los servicios y actividades turísticas para la operaciónturística de "Crucero Navegable" en el Parque Nacional Galápagos (PNG) y Reserva Marina deGalápagos (RMG).

3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

PNG: Parque Nacional Galápagos.

RMG: Reserva Marina de Galápagos.

RETANP: Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas.

Ambito.- El ámbito es el indicador de mayor jerarquía que permite visualizar aspectos globales delmanejo de la operación turística.

Características de la embarcación.- Consideran las características físicas mínimas con las que debecontar la embarcación para ser considerada apta para la operación turística.

Comunidad local.- Es la organización comunitaria organizada y capacitada, reconocida como tal, queejecute actividades de ecoturismo en un área geográfica determinada para tal efecto.

Embarcación de turismo.- Nave acuática (bote o barco), utilizada para el transporte de pasajeros,sea ésta para la realización de operaciones diarias o para la permanencia por varios días. Estasembarcaciones deben contar con la respectiva inspección de seguridad y la matrícula anual de Navede Turismo (TN) otorgada por parte de la autoridad marítima competente.

Equipos y máquinas.- Son aquellos necesarios para el funcionamiento de la embarcación y elservicio al turista.

Instalaciones.- Se refiere a las condiciones físicas que posee la embarcación, para que tanto latripulación, los empleados y obviamente los turistas hagan uso.

Información.- Es el medio por el cual los visitantes obtienen nuevas experiencias y conocimientos y através de la cual que se logra su satisfacción.

Garantías laborales.- Conjunto de normas y leyes que garantizan los deberes y derechos deltrabajador.

Guías.- Son los profesionales que acompañan a los visitantes hasta los lugares permitidos, cumpleny hacen cumplir las normas ambientales, difunden la información básica existente y actualizadasobre el ecosistema y los elementos que lo componen.

Norma técnica.- Se considera como tal, a una especificación técnica, e instrumento jurídico queestablece los requisitos y regulaciones especiales que definen ámbitos, variables, subvariables y

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parámetros de calidad que aseguran la aptitud para la operación turística.

Parámetro.- Es el indicador de menor jerarquía y mayor especificidad del sistema, relativo a unasubvariable y, por ende a la variable respectiva.

Prácticas ambientales.- Comprende todos aquellos temas concernientes al desempeño ambiental dela empresa turística; incluyen tanto el manejo eficiente de aspectos básicos como agua, energíaeléctrica y desechos, así como aquellos referidos a la relación de la empresa con su entorno natural,conservación del ambiente y el desarrollo sostenible del turismo.

Responsabilidad social.- La mayoría de las definiciones de la responsabilidad social de las empresasentienden este concepto como la integración voluntaria, por parte de las empresas, de laspreocupaciones sociales y medio ambientales en sus operaciones turísticas y sus relaciones con lacomunidad local para desarrollo y bienestar. Si bien es parte no obligatoria dentro de la normativa, siinfluye en el momento de la categorización de la empresa.

Seguridad.- Son todos los aspectos dirigidos a brindar seguridad a la embarcación, tripulación y alvisitante antes, durante y después de la operación turística.

Servicios turísticos.- Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a lasatisfacción, expectativa y necesidad del visitante.

Servicios integrales.- Es el conjunto de actividades que realiza la empresa desde el momento delcontacto con el visitante en su país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta elretorno a su país.

Tour de crucero navegable.- Es la operación turística que realiza travesía por mar en embarcacionesacondicionadas para pasajeros, quienes pernoctan a bordo. Están autorizados para desembarcar ensitios de visita establecidos en sus itinerarios determinados, sin perjuicio de lo señalado en el Art. 48de la Ley de Régimen Especial para Conservación y Desarrollo Sustentable de la Provincia deGalápagos. Se mantienen los cruceros combinados (buceo y tierra) de embarcaciones que hayanobtenido sus patentes de este tipo de operación turística antes de la expedición de la ley.

Tripulación.- Es todo el personal logístico que se encuentran a bordo durante el cumplimiento deltour en cualquier modalidad, encargado del funcionamiento y movimiento de la embarcación.

Variable.- Son los indicadores de mayor sensibilidad para describir una acción, actividad o situaciónrelativa a un determinado ámbito.

4. AMBITO Y ALCANCE

Este documento establece las normas técnicas que se aplican a todas las embarcaciones queforman parte de la operación turística "Crucero Navegable" que se desarrolla en el PNG y RMG.Además cumplen con la normativa legal establecida en los artículos 183, 184, 185 del Libro III "DelRégimen Forestal" del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, losartículos 33, 37 y 52 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP);Esta norma técnica pertenece al Ministerio de Turismo.

Normas técnicas aplicadas a otras áreas e instituciones, han demostrado ser una herramientavaliosa que permite conocer el nivel de cumplimiento de actividades tendientes a la protección delmedio ambiente y buen ordenamiento turístico. Esta norma técnica es un apoyo más en los aspectosrelacionados al mejoramiento de los servicios turísticos, identifica aquellos aspectos que requierenatención, de esta manera el empresario planea mejor su trabajo, busca el apoyo necesario y,finalmente, logra un manejo balanceado y satisfactorio de la operación turística "Crucero Navegable".De ninguna manera estas normas reemplazan o limitan otras normas técnicas o institucionespúblicas con sus propias responsabilidades y jurisdicciones relacionadas a la actividad turística.

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Se aplica a todas las embarcaciones turísticas que realizan la operación turística "CruceroNavegable" estas normas permiten corregir debilidades y falencias en la operación, de modo que secumplan por lo menos con los estándares mínimos requeridos para lograr una actividad realmentesatisfactoria tanto para el visitante como para la tripulación y empresarios.

5. BASE LEGAL

De acuerdo al Art. 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas porpersonas naturales o jurídicas que se dediquen o la prestación remunerada de modo habitual a unao más de las siguientes actividades:

a) Alojamiento;b) Servicios de alimentos y bebidas;c) Transportación cuando se dedica principalmente al turismo inclusive al transporte aéreo, marítimo,fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esta actividad seconsidera parte del agenciamiento;e) La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadores de eventos y convenciones:y,f) Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables.

De acuerdo al Art. 8 de la Ley de Turismo, para el ejercicio de actividades turísticas se requiereobtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad delservicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes.

De acuerdo al Art. 15 numeral 1 del la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el organismorector de la actividad turística ecuatoriana y debe preparar las normas técnicas y de calidad poractividad que regirán en todo el territorio nacional.

El Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP) (Decreto EjecutivoNo. 3516. Registro Oficial Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003) establece el régimen yprocedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas(SNAP), que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de sus competencias y porel Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales; así como elrégimen para el otorgamiento de autorizaciones y permisos de operación turística dentro del SNAP.En su Capítulo VI, establece los principios, regulaciones y disposiciones aplicables a las operacionesturísticas en la provincia de Galápagos.

De acuerdo al objetivo básico 4 del Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos se busca lograrun mayor apoyo de la población galapagueña y los visitantes a la gestión que realiza el ParqueNacional Galápagos, difundiendo la importancia socioeconómica que tiene la conservación de lanaturaleza, fomentando modelos participativos de manejo y aprovechando las oportunidades queofrecen las áreas protegidas para la educación, interpretación ambiental y el turismo de naturaleza.

De acuerdo al Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (Edición Especial del31 de marzo del 2003) en el artículo 36, las operaciones turísticas autorizadas en Parque NacionalGalápagos y en la Reserva Marina de Galápagos son principales y accesorias. Las actividadesprincipales son: crucero navegable, tour diario, tour de bahía y buceo (clase 1), tour de bahía ybuceo (clase 2), tour de bahía (clase 3), pesca deportiva, tour de buceo navegable, tour de puerto apuerto, y las actividades accesorias: buceo de superficie (snorkel), kayaking de mar, recorrido enpanga, tabla hawaiana, natación, deportes de vela entre otras.

6. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

- La responsabilidad de cumplir con estas normas técnicas recae en los propietarios de la empresa

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turística.- La autoridad para aplicar estas normas técnicas es el Ministerio de Turismo.- El responsable de categorizar es el Ministerio de Turismo.

7. NORMA TECNICA

Esta norma se divide en los siguientes niveles de indicadores:

A. Ambito;B. Variable;C. Subvariable;D. Parámetro.

Los indicadores de mayor jerarquía son: los ámbitos, que corresponden a las operaciones turísticasque se mencionan en el RETANP Art. 36, y son los siguientes:

A. Crucero navegable;B. Tour diario;C. Tour de bahía y buceo (clase 1);D. Tour de bahía y buceo (clase 2);E. Tour de bahía (Clase 3);F. Tour de buceo navegable; y,G. Tour de puerto a puerto.

El siguiente nivel de indicador son las variables, las cuales se agrupan como:

A. Características de la embarcación;B. Seguridad;C. Prácticas ambientales;D. Responsabilidad social;E. Servicio turístico; y,F. Servicios integrales.

Finalmente los parámetros, siendo estos indicadores de menor jerarquía, pero son los indicadoresclaves para la categorización de la operación turística. Los parámetros se basan en normas oficialesnacionales existentes y aquellas sugeridas a nivel internacional y aplicables a la realidad deGalápagos.

8. IDENTIFICACION DE INDICADORES

A. CARACTERISTICAS DE LA EMBARCACIONA.1. INFORMACION AL VISITANTEA.1.1. Letreros informativos.A.1.1.1. Letreros que indiquen zonas de alto riesgo y/o áreas restringidas.A.1.1.2. Letreros que muestren la ubicación de extintores, bombas de agua y salidas de emergencia.A.1.1.3. Letreros con la ubicación de los baños sociales claramente señalizados.A.1.1.4. Letreros para que el visitante participe en los programas para evitar contaminación.A.1.1.5. Letreros, carteleras, guías, papelógrafos u otros medios donde se encuentre un mapa de lasinstalaciones, y se ubiquen las áreas recreacionales y sociales; los dormitorios, los baños sociales, elcomedor, etc.

A.1.2. Información escritaA.1.2.1. Información sobre políticas ambientales de la empresa, en donde uno de los aspectos es unsimple recordatorio al visitante, que indique la adopción de hábitos sencillos para reducir de formanotable el gasto de agua, energía eléctrica y manejo de residuos, de manera que los visitantesadopten medidas responsables.

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A.1.2.2. Al final del tour se receptan encuestas a los visitantes sobre la operación turística.A.1.2.3. Al final del tour los guías aplican la encuesta de "satisfacción del visitante".A.1.2.4. Folletería y material promocional escrito y/o audiovisual, mostrando la realidad del lugardonde se desarrolla la operación.A.1.2.5. Información en los camarotes sobre horarios de limpieza.

A.2. EQUIPOS Y SISTEMAS DE COMUNICACIONA.2.1. Sistema de comunicación con el exterior, por ejemplo; radio de larga frecuencia y/o teléfono.A.2.2. Equipo móvil de comunicación para garantizar la comunicación constante entre embarcación yel guía sobre todo en caso de emergencia.A.2.3. Televisión en área social y en los camarotes.A.2.4. Música ambiental en los camarotes.A.2.5. DVD en área social.A.2.6. Retroproyector.A.2.7. Fax.A.2.8. Computador para uso del turista.A.2.9. Internet para pax.A.2.10. Micrófono para intérprete.

A.3. INSTALACIONESA.3.1. Escalera para subir al barco.A.3.2. Barandas.A.3.3. Area de recepción.A.3.4. Cabinas sencillas.A.3.5. Cabinas matrimoniales.A.3.6. Cabinas dobles.A.3.7. Cabinas triples.A.3.8. Cabinas suites.A.3.9. Cabinas para tripulación.A.3.10. Restaurante.A.3.11. Cafetería.A.3.12. Bar.A.3.13. Cocina.A.3.14. Baños sociales.A.3.15. Sala de lectura.A.3.16. Sala de reuniones o uso múltiple.A.3.17. Biblioteca.A.3.18. Dispensadores de agua.A.3.19. Cuartos fríos.A.3.20. Bodega para almacenaje adecuado de alimentos.A.3.21. Solario.A.3.22. Piscina/Jacuzzi.A.3.23. Area de carga y descarga.A.3.24. Gimnasio.A.3.25. Area de Parilla.

A.4. TRIPULACIONA.4.1. Capitán.A.4.2. Marinero.A.4.3. Maquinista.A.4.4. Cocinero.A.4.5. Guía naturalista. (*)A.4.6. Camarero. (*)A.4.7. Hotel manager.A.4.8. Timonel.A.4.9. Anfitrión. (*)

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A.4.10. Ayudante de cocina.A.4.11. Salonero. (*)A.4.12. Barman. (*)

B. SEGURIDADB.1. Planes y programas*B.1.1. La empresa cuenta con un plan de contingencia para emergencias ambientales.B.1.2. La empresa cuenta con un plan de contingencia para emergencias de salud de tripulación yturistas.B.1.3. La empresa cuenta con pólizas de seguro contra accidentes durante la operación turísticapara proteger a su tripulación y turistas.B.1.4. Plan de respuesta a situaciones de emergencia en donde se especifiquen procedimientos debúsqueda y rescate.B.1.5. Plan de mantenimiento de máquinas.

B.2. Dispositivos de salvamento.B.2.1. Chalecos salvavidas.B.2.2. Aros salvavidas.B.2.3. Balsas salvavidas.B.2.4. Botiquín de primeros auxilios.B.2.5. Detectores de humo.

C. PRACTICAS AMBIENTALESC.1. AguaC.1.1 Políticas y medidas para el uso eficiente y ahorro de agua se dan a conocer a tripulación yturistas.*C.1.2. La empresa cuenta con medidas para el ahorro de agua potable por ejemplo: usa llaves deagua con dispositivos especiales en los lavamanos.C.1.3. El agua empleada para consumo humano, incluyendo hielo, es demostrablemente potable opurificada.C.1.4. La empresa evita el uso de cloro en la lavandería.

C.2. Flora y faunaC.2.1. Tiene bibliografía sobre especies de flora y fauna existentes en el área de visita, tanto a bordode la embarcación como en las oficinas de operación.C.2.2. No se consumen, venden o exhiben especies en veda o peligro de extinción.C.2.3. No se mantienen animales vivos de ninguna especie en la embarcación.C.2.4. Se evita la alimentación artificial de animales.C.2.5. El control de insectos y roedores es ambientalmente amigable (no uso de insecticidas ovenenos).

C.3. Tratamiento de desechosC.3.1. La empresa participa en los programas de reciclaje.C.3.2. Recicla el aceite de la cocina, para evitar arrojarlo al mar.C.3.3. La empresa tiene un programa para minimizar la compra de insumos que producen desechos(ejemplo: compra productos a granel, no utiliza platos y vasos desechables, utiliza botellasretornables).C.3.4. Se implementan acciones para la reutilización de papel, recipientes, etc.C.3.5. La operación debe utilizar papel reciclado y blanqueado sin cloro para la impresión de por lomenos el 50% del material producido (promocional, informativo, etc.).

C.4. EnergíaC.4.1. Sistema de aire acondicionado y refrigeración de la embarcación no tiene refrigerantes cornoel CFC u otros gases destructores de la capa de ozono.C.4.2. Productos de limpieza y lavandería con sellos que indican ser biodegradables.C.4.3. Productos cosméticos para el uso de clientes y empleados deben ser biodegradables.

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C.4.4. Los niveles de ruido en las cabinas no exceden los 70 decibeles.C.4.5. Pangas con motores de cuatro tiempos.C.4.6. La empresa adopta medidas para minimizar las emisiones de aerosoles contaminantes yolores fuertes (indicar cuáles medidas han sido adoptadas).

D. RESPONSABILIDAD SOCIALD.1. CapacitaciónD.1.1. La empresa cuenta con un cronograma de capacitación en donde se especifique:

a) Capacitación de los empleados en aspectos relacionados a mejorar sus capacidades en el áreade su competencia;b) Capacitación a los empleados en aspectos de prevención de impactos ambientales;c) Cursos a los empleados sobre relaciones humanas; y,d) Capacitación con ternas particulares de interés a la operación, sean estos ambientales, culturalesy/o de servicio al cliente.

D.1.2. La empresa desarrolla programas de capacitación dirigidos hacia la comunidad local queforma parte de la empresa, a fin de incentivarlos a apoyarla y sentirse comprometidos con ella.D.1.3. La empresa apoya al desarrollo de proyectos en beneficio de la comunidad.D.1.4. La empresa ofrece programas de capacitación para la comunidad local.D.1.5. La empresa tiene convenios con universidades y asociaciones especialistas en teniasambientales, turísticos y de calidad de los servicios.D.1.6. La empresa ofrece la posibilidad de cruceros educativos con gente local sector tercera edad.D.1.7. La empresa ofrece la posibilidad de cruceros educativos con asociaciones o instituciones.D.1.8. La empresa ofrece la posibilidad de cruceros educativos con gente local sector estudiantil.D.1.9. Existen manuales de procedimientos de la tripulación con el visitante.D.1.10. Se incluye visitas en las comunidades a los programas ambientales, artísticos y culturales enla comunidad local.

D.2. Contribución al desarrollo localD.2.1. Procura la compra de productos locales (alimentos, artesanías, etc.), para la operaciónturística y efectuará un pago justo por éstos, de acuerdo al mercado.D.2.2. Aporta al bienestar de las comunidades locales a través de la compra de servicios, de acuerdoa las necesidades de la empresa.D.2.3. La empresa prefiere proveedores que practican técnicas amigables con el medio ambiente.D.2.4. Respeto en el mercadeo del producto en operaciones formales con precio justo y según loofrecido.D.2.5. Se incentiva y participa en programas de limpieza, mantenimiento y similares en: senderos,playas, etc.

D.3. CertificaciónD.3.1. La empresa cuenta con una certificación ambiental.D.3.2. La empresa cuenta con un código de ética ambiental.

E. SERVICIOS TURISTICOSE.1. ServiciosE.1.1. Servicio médico, con un médico permanente a bordo.E.1.2. Servicio a la habitación con personal encargado de atender los pedidos de los turistas durantelas 24 horas del día tanto en comidas como en bebidas.E.1.3. Servicio de despertado automático o personal.E.1.4. Servicio telefónico en los camarotes.E.1.5. Servicio de transfer de equipaje (tripulación se encarga del equipajeaeropuerto-barco-aeropuerto).E.1.6. Dispensadores de agua.E.1.7. Servicio de comidas nacionales e internacionales.E.1.8. Servicio de buffet.

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E.1.9. Servicio de comida nacional.E.1.10. Servicio de bar.E.1.11. Servicio de charlas del guía (Briefings).E.1.12. Servicio de masajes.E.1.13. Servicio de recreación pasiva: juegos de mesa.E.1.14. Servicio telefónico con llamadas internacionales.

E.2. Servicios complementariosE.2.1. Toallas extras sin costo.E.2.2. Bebidas y snacks de cortesía.E.2.3. Actividades de bienvenida y despedida.E.2.4. Alquiler de equipo para buceo superficial.E.2.5. Alquiler de equipo para kayak.E.2.6. Alquiler de wet suit para época de frío.E.2.7. Actividades recreacionales en la embarcación: show, música.

E.3. Servicio de GuíasE.3.1. Los guías son calificados por la autoridad competente, en el caso de operar dentro de un áreaprotegida se exigirá que sea guía naturalista certificado por el área protegida (verificar certificaciónde los guías de planta de la empresa y/o de los guías eventuales).E.3.2. Los guías de planta tienen actualizaciones periódicas certificadas.E.3.3. Los guías deben hablar al menos un idioma diferente al español.E.3.4. Los guías deben estar correctamente uniformados de acuerdo al uniforme señalado por laautoridad competente.E.3.5. Los guías cumplen con las siguientes funciones:

- Colaborar con el área protegida en el patrullaje de las actividades de manejo.- Brindar información a los visitantes sobre las medidas de seguridad que debe adoptar durante elviaje.- Indicar las normas de conducta en los sitios de visita.- Indicar las regulaciones del área protegida. F. SERVICIOS INTEGRALES

F.1. Promoción y seguimientoF.1.1. La información a brindarse al pasajero y las políticas de la empresa deben constar en unapágina web o en material promocional escrito.F.1.2. Información de la página web o material promocional escrito es clara, completa y veraz sobrelas condiciones de los productos y servicios que la empresa ofrece.F.1.3. Información sobre lo que incluye y "no" incluye cada paquete, programa, actividad y/odeterminados servicios*.F.1.4. La empresa tiene registro de propiedad intelectual del nombre de la embarcación.F.1.5. La empresa hace un seguimiento al turista luego de su regreso al país de origen (servicio postventa).

F.2. Facilidades para el visitanteF.2.1. Dentro de la medida de lo posible, las facilidades y actividades turísticas brindan facilidadespara personas con discapacidad física o mental.F.2.2. Oficina con un mínimo de facilidades y recursos que permitan la realización y tratamiento delas reservas y contratación de servicios turísticos mediante comunicaciones telefónicas, correo postaly/o electrónico y que permita procesar todos los documentos necesarios para el buen desempeño dela actividad o programa.F.2.3. La empresa cuenta con un mecanismo para recibir evaluaciones, quejas y comentarios de losclientes (ejemplo: buzón de sugerencias).

F.3. Políticas de la EmpresaF.3.1. La empresa identifica sus principales impactos ambientales negativos y adopta medidas parasu prevención o mitigación.

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F.3.2. La empresa cuenta con un código de ética propio y escrito, que considere aspectos referentesa promoción de servicios para sus clientes y empleados.F.3.3. La empresa tiene políticas escritas de responsabilidad de la empresa por accidentes sufridospor el visitante durante la operación turística.F.3.4. Normas de conducta entre la tripulación y los turistas.F.3.5. La política ambiental de la empresa se da a conocer a clientes, empleados y propietarios.F.3.6. Manual de filosofía corporativa.

9. REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS

Los parámetros que califican las operaciones de turismo, objeto de esta norma, deben cumplir conlas normas oficiales nacionales existentes y con la normatividad internacional aplicable.

Para efecto de esta norma técnica, las embarcaciones de turismo, deben cumplir con todas lasespecificaciones mencionadas como obligatorias dentro del manual para la categorización, en casode no cumplir con alguna de ellas, el Ministerio de Turismo tiene la facultad de otorgar un plazoperentorio para el cumplimiento de la normativa.

NORMA TECNICA NT-BB1-02ACTIVIDAD TURISTICA PRINCIPAL

TOUR DE BAHIA Y BUCEO (Clase 1)

1. INTRODUCCION

De acuerdo al Art. 6 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas, alMinisterio de Turismo le corresponde la promoción, planificación y control de las actividadesturísticas, así como normar los niveles mínimos de calidad de los servicios y actividades turísticasdefinidas en la ley, los reglamentos y normas técnicas específicas que se desarrollen en el SistemaNacional de Areas Protegidas del Estado.

De acuerdo al Art. 15, literal 1 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el órgano rector dela actividad turística ecuatoriana, el mismo que dentro de sus principales atribuciones considera lapreparación de normas técnicas y de calidad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

Bajo esta premisa, el desarrollo y evolución constante del turismo a nivel mundial, hace que nuestraactividad turística considere como imperiosa la necesidad de ofrecer servicios turísticos de calidad alturista, entonces, es necesario la aplicación de instrumentos técnicos, cuyo objetivo sea garantizar elbienestar social, ambiental, turístico y empresarial.

La presente norma es el resultado de un proceso de consulta y validación con actores clave de lacomunidad local, además, de la aplicación de normas oficiales nacionales existentes aplicable a larealidad de Galápagos, estableciendo condiciones mínimas de calidad en el turismo, al consideraraspectos físicos, ambientales, de seguridad, responsabilidad social, servicios turísticos y serviciosintegrales de las operaciones turísticas, establecidas en el Reglamento Especial de Turismo enAreas Naturales Protegidas.

Esta normativa implementa estándares orientados a convertir el concepto de efectividad en elmanejo de la calidad turística en algo real y aplicable en el contexto de la competitividad.

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2. OBJETIVOS

- Determinar los niveles mínimos de calidad en los servicios y actividades turísticas para la operaciónturística de "Tour de Bahía y Buceo (Clase 1)" en el Parque Nacional Galápagos (PNG) y ReservaMarina de Galápagos (RMG).

3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

PNG.- Parque Nacional Galápagos.

RMG.- Reserva Marina de Galápagos.

RETANP.- Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas.

Ambito.- El ámbito es el indicador de mayor jerarquía que permite visualizar aspectos globales delmanejo de la operación turística.

Características de la embarcación.- Consideran las características físicas mínimas con las que debecontar la embarcación para ser considerada apta para la operación turística.

Comunidad local.- Es la organización comunitaria organizada y capacitada, reconocida como tal, queejecute actividades de ecoturismo en un área geográfica determinada para tal efecto.

Embarcación de turismo.- Nave acuática (bote o barco), utilizada para el transporte de pasajeros,sea ésta para la realización de operaciones diarias o para la permanencia por varios días. Estasembarcaciones deben contar con la respectiva inspección de seguridad y la matrícula anual de Navede Turismo (TN) otorgada por parte de la autoridad marítima competente.

Equipos y máquinas.- Son aquellos necesarios para el funcionamiento de la embarcación y elservicio al turista.

Instalaciones.- Se refiere a las condiciones físicas que posee la embarcación, para que tanto latripulación, los empleados y obviamente los turistas hagan uso.

Información.- Es el medio por el cual los visitantes obtienen nuevas experiencias y conocimientos y através de la cual que se logra su satisfacción.

Garantías laborales.- Conjunto de normas y leyes que garantizan los deberes y derechos deltrabajador.

Guía naturalista.- Son personas naturales no dependientes del Estado, que tienen la responsabilidadde prestar servicios de conducción, interpretación, educación, y conservación de los recursosnaturales para el esparcimiento y educación de visitantes dentro del área protegida, previo laaprobación del curso de capacitación dictado por el Ministerio del Ambiente en coordinación con elMinisterio de Turismo.

Guía naturalista de la reserva marina.- Son personas naturales no dependientes del Estado, quetienen la responsabilidad de prestar servicios de conducción, interpretación, educación, yconservación de los recursos naturales para el esparcimiento y educación de visitantes dentro de lasáreas de la reserva marina de Galápagos, previo la aprobación del curso de capacitación dictado porel Ministerio del Ambiente en coordinación con el Ministerio de Turismo.

Norma técnica.- Se considera como tal, a una especificación técnica, e instrumento jurídico queestablece los requisitos y regulaciones especiales que definen ámbitos, variables, subvariables yparámetros de calidad que aseguran la aptitud para la operación turística.

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Parámetro.- Es el indicador de menor jerarquía y mayor especificidad del sistema relativo a unasubvariable y, por ende a la variable respectiva.

Prácticas ambientales.- Comprende todos aquellos temas concernientes al desempeño ambiental dela empresa turística; incluyen tanto el manejo eficiente de aspectos básicos como agua, energíaeléctrica y desechos, así como aquellos referidos a la relación de la empresa con su entorno natural,conservación del ambiente y el desarrollo sostenible del turismo.

Responsabilidad social.- La mayoría de las definiciones de la responsabilidad social de las empresasentienden este concepto como la integración voluntaria, por parte de las empresas, de laspreocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones turísticas y sus relaciones con lacomunidad local para desarrollo y bienestar. Si bien es parte no obligatoria dentro de la normativa, siinfluye en el momento de la categorización de la empresa.

Seguridad.- Son todos los aspectos dirigidos a brindar seguridad a la embarcación, tripulación y alvisitante antes, durante y después de la operación turística.

Servicios turísticos.- Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a lasatisfacción, expectativa y necesidad del visitante.

Servicios integrales.- Es el conjunto de actividades que realiza la empresa desde el momento delcontacto con el visitante en su país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta elretorno a su país.

Tour de bahía y buceo (clase 1).- Es la operación turística que se realiza en embarcaciones desde 9metros de eslora con características definidas por la autoridad interinstitucional de manejo, travesíapor mar con hospedaje en tierra con autorización para desembarcar en sitios de visita recreacionalesy de buceo definidos en la zonificación cuyo ámbito de operación está restringido a áreasespecíficamente permitidas por la Dirección del Parque Nacional Galápagos, el Plan de Manejo ycaracterísticas de la embarcación. Esta operación turística permite la posibilidad de realizartransporte de turistas entre puertos poblados y de solicitar la autorización mediante resoluciónadministrativa para realizar pesca deportiva.

Tripulación.- Es todo el personal logístico que se encuentran a bordo durante el cumplimiento deltour en cualquier modalidad, encargado del funcionamiento y movimiento de la embarcación.

Variable.- Son los indicadores de mayor sensibilidad para describir una acción, actividad o situaciónrelativa a un determinado ámbito.

4. AMBITO Y ALCANCE

Este documento establece las normas técnicas que se aplican a todas las embarcaciones queforman parte de la operación turística "Tour de Bahía y Buceo (Clase 1)" que se desarrolla en el PNGy RMG. Además cumplen con la normativa legal establecida en los artículos 183, 184, 185 del Libro111 "Del Régimen Forestal del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio delAmbiente, los artículos 33. 37 y 52 del Reglamento Especial de Turismo en Areas NaturalesProtegidas (RETANP); Esta norma técnica pertenece al Ministerio de Turismo.

Normas técnicas aplicadas a otras áreas e instituciones, han demostrado ser una herramientavaliosa que permite conocer el nivel de cumplimiento de actividades tendientes a la protección delmedio ambiente y buen ordenamiento turístico. Esta norma técnica es un apoyo más en los aspectosrelacionados al mejoramiento de los servicios turísticos, identifica aquellos aspectos que requierenatención, de esta manera el empresario planea mejor su trabajo, busca el apoyo necesario y,finalmente, logra un manejo balanceado y satisfactorio de la operación turística "Tour de Bahía yBuceo (Clase 1)". De ninguna manera estas normas reemplazan o limitan otras normas técnicas oInstituciones Públicas con sus propias responsabilidades y jurisdicciones relacionadas a la actividad

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turística.

Se aplica a todas las embarcaciones turísticas que poseen cupo de operación turística "Tour deBahía y Buceo (Clase 1)", estas normas permiten corregir debilidades y falencias en la operación, demodo que se cumplan por lo menos con los estándares mínimos requeridos para lograr una actividadrealmente satisfactoria tanto para el visitante como para la tripulación y empresarios.

5. BASE LEGAL

De acuerdo al Art. 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas porpersonas naturales o jurídicas que se dediquen o la prestación remunerada de modo habitual a unao más de las siguientes actividades:

a) Alojamiento;b) Servicios de alimentos y bebidas;c) Transportación cuando se dedica principalmente al turismo inclusive al transporte aéreo, marítimo,fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esta actividad seconsidera parte del agenciamiento;e) La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadores de eventos y convenciones;y.f) Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables.

De acuerdo al Art. 8 de la Ley de Turismo, para el ejercicio de actividades turísticas se requiereobtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad delservicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes.

De acuerdo al Art. 15 numeral 1 del la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el organismorector de la actividad turística ecuatoriana y debe preparar las normas técnicas y de calidad poractividad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

El Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP) (Decreto EjecutivoNo. 3516, Registro Oficial Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003) establece el régimen yprocedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas(SNAP), que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de sus competencias y porel Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales; así como elrégimen para el otorgamiento de autorizaciones y permisos de operación turística dentro del SNAP.En su Capítulo VI, establece los principios, regulaciones y disposiciones aplicables a las operacionesturísticas en la provincia de Galápagos.

De acuerdo al objetivo básico 4 del Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos se busca lograrun mayor apoyo de la población galapagueña y los visitantes a la gestión que realiza el ParqueNacional Galápagos, difundiendo la importancia socioeconómica que tiene la conservación de lanaturaleza, fomentando modelos participativos de manejo y aprovechando las oportunidades queofrecen las áreas protegidas para la educación, interpretación ambiental y el turismo de naturaleza.

De acuerdo al Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (Edición Especial del31 de marzo del 2003) en el artículo 36, las operaciones turísticas autorizadas en Parque NacionalGalápagos y en la Reserva Marina de Galápagos son principales y accesorias. Las actividadesprincipales son: crucero navegable, tour diario, tour de bahía y buceo (clase 1), tour de bahía y

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buceo (clase 2), tour de bahía (clase 3), pesca deportiva, tour de buceo navegable, tour de puerto apuerto, y las actividades accesorias: buceo de superficie (snorkel), kayaking de mar, recorrido enpanga, tabla hawaiana, natación, deportes de vela entre otras.

6. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

- La responsabilidad de cumplir con estas normas técnicas recae en los propietarios de la empresaturística.- La autoridad para aplicar estas normas técnicas es el Ministerio de Turismo.- El responsable de categorizar es el Ministerio de Turismo.

7. NORMA TECNICA

Esta norma categoriza a las embarcaciones de "Tour de Bahía y Buceo (Clase 1)" en las siguientescategorías:

- Lujo.- Primera Categoría.- Segunda Categoría.- Tercera Categoría.

La categorización se realizará en base a una inspección física donde se evaluará los siguientesindicadores:

Ambito.Variable.Subvariable; y,Parámetro.

El siguiente nivel de indicador son las variables, las cuales se agrupan como:

Características de la embarcación;Seguridad;Prácticas ambientales;Responsabilidad social;E. Servicio turístico; y,F. Servicios integrales.

Dentro de estas algunos variables existen subvariables y son:

A. Información al visitante;B. Instalaciones;C. Equipos de comunicación;D. Tripulación;E. Dispositivos de seguridad;F. Planes y programas;G. Medidas de seguridad;H. Agua;I. Flora y fauna;J. Tratamiento de desechos;K. Energía;L. Certificación;M. Capacitación al personal;N. Contribución al desarrollo local;O. Servicios;P. Actividades;

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Q. Servicios complementarios;R. Guías;S. Administración; y,T. Políticas.

Finalmente los parámetros, siendo estos indicadores de menor jerarquía, pero son los indicadoresclaves para la categorización de la operación turística. Los parámetros se basan en normas oficialesnacionales existentes y aquellas sugeridas a nivel internacional y aplicables a la realidad deGalápagos. La tabla 1 indica las variables, subvariables y parámetros. Las normas técnicas para laoperación turística "Tour de Bahía y Buceo (Clase 1)" están determinadas en la Tabla 2.

8. IDENTIFICACION DE INDICADORES

A. CARACTERISTICAS DE LA EMBARCACIONA.1. INFORMACION AL VISITANTEA.1.1. Letreros informativos.A.1.1.1 Letreros que indiquen zonas de alto riesgo y/o áreas restringidas. A.1.1.2 Letreros quemuestren la ubicación de extintores, bombas de agua y salidas de emergencia.A.1.1.3 Letreros con la ubicación de los baños sociales claramente señalizados.A.1.1.4 Letreros para que el visitante participe en los programas para evitar contaminación.A.1.1.5 Letreros apropiados para advertir sobre riesgos y peligros.

A.1.2. Información escritaA.1.2.1 Al final del tour los guías aplican la encuesta de "satisfacción del visitante".A.1.2.2 Folletería y material promocional escrito, mínimo en 2 idiomas mostrando la realidad del lugardonde se desarrolla la operación.

A.2. EQUIPOS Y SISTEMAS DE COMUNICACIONA.2.1 Sistema de comunicación con el exterior, por ejemplo; radio de larga frecuencia y/o teléfono.A.2.2 Equipo móvil de comunicación para garantizar la comunicación constante entre la embarcacióny el guía sobre todo en caso de emergencia.

A.3. INSTALACIONESA.3.1 Escalera para subir al barco.A.3.2 Barandas.A.3.3 Baños sociales.A.3.4 Ambiente sala comedor.A.3.5 Bodega para equipo y equipaje.A.3.6 Biblioteca.

A.4. TRIPULACIONA.4.1 Capitán o timonel.A.4.2 Marinero.A.4.3 Guía buzo. (*)

B. SEGURIDADB.1. Planes y programasB.1.1 La empresa cuenta con un plan de contingencia para emergencias ambientales.B.1.2 La empresa cuenta con un plan de contingencia para emergencias de salud de tripulación yturistas.B.1.3 La empresa cuenta con pólizas de seguro contra accidentes durante la operación turística paraproteger a su tripulación y turistas.B.1.4 Plan de respuesta a situaciones de emergencia en donde se especifiquen procedimientos debúsqueda y rescate.B.1.5 Plan de mantenimiento de máquinas.B.1.6 La empresa tiene un plan médico de cámara hiperbárica para casos de emergencia de

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tripulación y turistas.

B.2. Dispositivos de salvamento.B.2.1 Chalecos salvavidas.B.2.2 Aros salvavidas.B.2.3 Balsas salvavidas.B.2.4 Botiquín de primeros auxilios.B.2.5 Detectores de humo.B.2.6 Extintor.B.2.7 Dispositivo de flotación personal (PSD) por cada pasajero.B.2.8 Sistema de bengalas o dispositivo de señales de emergencia.B.2.9 Bandera de buceo/buceador.B.2.10 Luz blanca brillante.B.2.11 Ropa para aguas frías.B.2.12 Compresor de alta presión de aire comprimido.B.2.13 Edad mínima del cliente de buceo: 10 años.B.2.14 Clientes con licencia o certificado vigente de buzo recreativo.B.2.15 Máscara.B.2.16 Aletas.B.2.17 Tubos.B.2.18 Reguladores.B.2.19 Botellas.B.2.20 Profundímetros.B.2.21 Manómetros sumergibles.

C. PRACTICAS AMBIENTALESC.1. AguaC.1.1 La empresa cuenta con medidas para el ahorro de agua por ejemplo: usa llaves de agua condispositivos especiales en los lavamanos.C.1.2 El agua empleada para consumo humano, incluyendo hielo, es demostrablemente potable opurificada.

C.2. Flora y faunaC.2.1 Tiene bibliografía sobre especies de flora y fauna existentes en el área de visita, tanto a bordode la embarcación como en las oficinas de operación.C.2.2 No se consumen, venden o exhiben especies en veda o peligro de extinción.C.2.3 No se mantienen animales vivos de ninguna especie en la embarcación.C.2.4 Se evita la alimentación artificial de animales.C.2.5 El control de insectos y roedores es ambientalmente amigable (no uso de insecticidas ovenenos).

C.3. Tratamiento de desechosC.3.1 La empresa participa en los programas de reciclaje.C.3.2 Se implementan acciones para la reutilización de papel, recipientes, etc.

C.4. EnergíaC.4.1 Uso de focos ahorradores de energía.C.4.2 Sistema de refrigeración de la embarcación no tiene refrigerantes como el CFC u otros gasesdestructores de la capa de ozono.C.4.3 Productos de limpieza y lavandería con sellos que indican ser biodegradables.C.4.4 Productos cosméticos para el uso de clientes y empleados son biodegradables.C.4.5 Pangas con motores de cuatro tiempos.C.4.6 La empresa adopta medidas para minimizar las emisiones contaminantes y olores fuertes(indicar cuáles medidas han sido adoptadas).

D. RESPONSABILIDAD SOCIAL

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D.1. Capacitación al personalD.1.1 La empresa permite a sus empleados realizar capacitaciones en los siguientes temas:

a) Capacitación de los empleados en aspectos relacionados a mejorar sus capacidades en el áreade su competencia;b) Capacitación a los empleados en aspectos de prevención de impactos ambientales; y,c) Capacitación con temas particulares de interés a la operación, sean estos ambientales, culturalesy/o de servicio al cliente.

D.1.2 La empresa desarrolla programas de capacitación dirigidos hacia la comunidad local que formaparte de la empresa, a fin de incentivarlos a apoyarla y sentirse comprometidos con ella.D.1.3 La empresa tiene convenios con universidades y asociaciones especialistas en temasambientales, turísticos y de calidad de los servicios.D.1.4 Existen manuales de procedimientos de la tripulación con el visitante.

D.2. Contribución al desarrollo localD.2.1 Procura la compra de productos locales (alimentos. artesanías, etc.), para la operación turísticay efectuará un pago justo por éstos, de acuerdo al mercado.D.2.2 Aporta al bienestar de las comunidades locales a través de la compra de servicios, de acuerdoa las necesidades de la empresa.D.2.3 La empresa prefiere proveedores que practican técnicas amigables con el medio ambiente.D.2.4 Respeto en el mercadeo del producto en operaciones formales con precio justo y según loofrecido.D.2.5 Se incentiva y participa en programas de limpieza, mantenimiento y similares en: senderos,playas, etc.D.2.6 La operación debe utilizar papel reciclado y blanqueado sin cloro para la impresión de por lomenos el 50% del material producido (promocional, informativo, etc.).

D.3. CertificaciónD.3.1 La empresa cuenta con una certificación ambiental.D.3.2 La empresa cuenta con un código de ética ambiental.

E. SERVICIOS TURISTICOSE.1. ServiciosE.1.1 Servicio de dispensadores de agua.E.1.2 Servicio de charlas del guía (Briefings).E.1.3 Servicio de lunch.

E.2. Servicios complementariosE.2.1 Toallas extras sin costo.E.2.2 Bebidas y snacks de cortesía.E.2.3 Actividades de bienvenida y despedida.E.2.4 Alquiler de equipo para kayak.E.2.5 Servicio de aire comprimido.

E.3. Guías NaturalistasE.3.1 Para la operación de tour de bahía, el guía debe ser certificado como guías naturalista delParque Nacional Galápagos.E.3.2 En el caso de operar dentro del área protegida marina se exigirá que sea guía naturalista de laReserva Marina de Galápagos certificado.E.3.3 Los guías de planta tienen actualizaciones periódicas certificadas.E.3.4 Los guías deben hablar al menos un idioma diferente al español.E.3.5 Los guías deben estar correctamente uniformados de acuerdo al uniforme señalado por laautoridad competente.E.3.6 Los guías cumplen con las siguientes funciones:

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a) Colaborar con el área protegida en el patrullaje de las actividades de manejo.b) Brindar información a los visitantes sobre las medidas de seguridad que debe adoptar durante elviaje.c) Indicar las normas de conducta en los sitios de visita.d) Indicar las regulaciones del área protegida.

E.3.7 Procedimientos de inmersión/recuento de pasajeros.

F. SERVICIOS INTEGRALESF.1. Promoción y seguimientoF.1.1 La información a brindarse al pasajero y las políticas de la empresa deben constar en unapágina web de la empresa o en material promocional escrito.F.1.2 Información de la página web o material promocional escrito es clara, completa y veraz sobrelas condiciones de los productos y servicios que la empresa ofrece y sobre lo que incluye y "no"incluye cada paquete, programa, actividad y/o determinados servicios.F.1.3 La empresa tiene registro de propiedad intelectual del nombre de la embarcación.

F.2. Facilidades para el visitanteF.2.1 Oficina con un mínimo de facilidades y recursos que permitan la realización y tratamiento delas reservas y contratación de servicios turísticos mediante comunicaciones telefónicas, correo postaly/o electrónico y que permita procesar todos los documentos necesarios para el buen desempeño dela actividad o programa.F.2.2 La empresa cuenta con un mecanismo para recibir evaluaciones, quejas y comentarios de losclientes (ejemplo: buzón de sugerencias).

F.3. Políticas de la EmpresaF.3.1 La empresa identifica sus principales impactos ambientales negativos y adopta medidas parasu prevención o mitigación.F.3.2 La empresa cuenta con un código de ética propio y escrito, que considere aspectos referentesa promoción de servicios para sus clientes y empleados.F.3.3 Políticas escritas de responsabilidad de la empresa por accidentes sufridos por el visitantedurante la operación turística.F.3.4 Normas de conducta entre la tripulación y los turistas.F.3.5 La política ambiental de la empresa se da a conocer a clientes, empleados y propietarios.

9. REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS

Los parámetros que califican las operaciones de turismo, objeto de esta Norma, deben cumplir conlas normas oficiales nacionales existentes.

Para efecto de esta Norma Técnica, las embarcaciones de turismo de "Tour de Bahía y Buceo (Clase1)", deben cumplir con todas las especificaciones mencionadas como obligatorias dentro del manualpara la categorización, en caso de no cumplir con alguna de ellas, el Ministerio de Turismo tiene lafacultad de otorgar un plazo perentorio para el cumplimiento de la normativa.

Adicionalmente deberán cumplir con la presentación de los siguientes requisitos:

1. Certificado otorgado por el Parque Nacional Galápagos de que el residente permanente esbeneficiario de un cupo de operación turística.2. Copia certificada de la escritura de constitución, debidamente inscrita en el Registro Mercantil ysus reformas, en caso de haberlas, en el caso de personas jurídicas.3. Copia del nombramiento de representante legal, debidamente inscrito en el Registro Mercantil.4. Copia del registro único de contribuyentes (R.U.C).5. Copia de documentos personales del representante legal o armador de la embarcación.6. Copia de documentos personales del residente permanente de Galápagos incluido copia deresidencia.

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7. Copia de la patente de operación turística, emitida por el Parque Nacional Galápagos.8. Copia del permiso de tráfico, emitido por la DIGMER.9. Copia del certificado de inspección de seguridad, emitido por la DIGMER.10. Copia de la matrícula del armador.11. Copia del certificado de arqueo, medidas, clasificación y avalúo, emitido por la DIGMER.12. Inventario valorado de maquinaria, muebles, enseres y equipos, firmado bajo la responsabilidaddel propietario o representante legal, sobre los valores declarados, a fin de determinar el valor acancelar por concepto del 1x1000.13. Declaración de activos fijos para la cancelación del 1 por mil (formulario del Ministerio deTurismo).

NORMA TECNICA NT-BB2-03

ACTIVIDAD TURISTICA PRINCIPALTOUR DE BAHIA Y BUCEO (Clase 2)

1. INTRODUCCION

De acuerdo al Art. 6 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas, alMinisterio de Turismo le corresponde la promoción, planificación y control de las actividadesturísticas, así como normar los niveles mínimos de calidad de los servicios y actividades turísticasdefinidas en la ley, los reglamentos y normas técnicas específicas que se desarrollen en el SistemaNacional de Areas Protegidas del Estado.

De acuerdo al Art. 15, literal 1 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el órgano rector dela actividad turística ecuatoriana, el mismo que dentro de sus principales atribuciones considera lapreparación de normas técnicas y de calidad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

Bajo esta premisa, el desarrollo y evolución constante del turismo a nivel mundial, hace que nuestraactividad turística considere como imperiosa la necesidad de ofrecer servicios turísticos de calidad alturista, entonces, es necesario la aplicación de instrumentos técnicos, cuyo objetivo sea garantizar elbienestar social, ambiental, turístico y empresarial.

La presente norma es el resultado de un proceso de consulta y validación con actores clave de lacomunidad local, además, de la aplicación de normas oficiales nacionales existentes y normatividadinternacional aplicable a la realidad de Galápagos, estableciendo condiciones mínimas de calidad enel turismo, al considerar aspectos físicos, ambientales, de seguridad, responsabilidad social,servicios turísticos y servicios integrales de las operaciones turísticas, establecidas en el ReglamentoEspecial de Turismo en Areas Naturales Protegidas.

Esta normativa implementa estándares orientados a convertir el concepto de efectividad en elmanejo de la calidad turística en algo real y aplicable en el contexto de la competitividad.

2. OBJETIVOS

- Determinar los niveles mínimos de calidad en los servicios y actividades turísticas para la operaciónturística de "Tour de Bahía y Buceo (Clase 2)" en el Parque Nacional Galápagos (PNG) y ReservaMarina de Galápagos (RMG).

3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

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PNG: Parque Nacional Galápagos.

RMG: Reserva Marina de Galápagos.

RETANP: Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas.

Ambito.- El ámbito es el indicador de mayor jerarquía que permite visualizar aspectos globales delmanejo de la operación turística.

Características de la embarcación.- Consideran las características físicas mínimas con las que debecontar la embarcación para ser considerada apta para la operación turística.

Comunidad local.- Es la organización comunitaria organizada y capacitada, reconocida como tal, queejecute actividades de ecoturismo en un área geográfica determinada para tal efecto.

Embarcación de turismo.- Nave acuática (bote o barco), utilizada para el transporte de pasajeros,sea ésta para la realización de operaciones diarias o para la permanencia por varios días. Estasembarcaciones deben contar con la respectiva inspección de seguridad y la matrícula anual de Navede Turismo (TN) otorgada por parte de la autoridad marítima competente.

Equipos y máquinas.- Son aquellos necesarios para el funcionamiento de la embarcación y elservicio al turista.

Instalaciones.- Se refiere a las condiciones físicas que posee la embarcación, para que tanto latripulación, los empleados y obviamente los turistas hagan uso.

Información.- Es el medio por el cual los visitantes obtienen nuevas experiencias y conocimientos y através de la cual que se logra su satisfacción.

Garantías laborales.- Conjunto de normas y leyes que garantizan los deberes y derechos deltrabajador.

Guía naturalista.- Son personas naturales no dependientes del Estado, que tienen la responsabilidadde prestar servicios de conducción, interpretación, educación, y conservación de los recursosnaturales para el esparcimiento y educación de visitantes dentro del área protegida, previo laaprobación del curso de capacitación dictado por el Ministerio del Ambiente en coordinación con elMinisterio de Turismo.

Guía naturalista de la reserva marina.- Son personas naturales no dependientes del Estado, quetienen la responsabilidad de prestar servicios de conducción, interpretación, educación, yconservación de los recursos naturales para el esparcimiento y educación de visitantes dentro de lasáreas de la Reserva Marina de Galápagos, previo la aprobación del curso de capacitación dictadopor el Ministerio del Ambiente en coordinación con el Ministerio de Turismo.

Norma Técnica.- Se considera como tal, a una especificación técnica, e instrumento jurídico queestablece los requisitos y regulaciones especiales que definen ámbitos, variables, subvariables yparámetros de calidad que aseguran la aptitud para la operación turística.

Parámetro.- Es el indicador de menor jerarquía y mayor especificidad del sistema, relativo a unasubvariable y, por ende a la variable respectiva.

Prácticas ambientales.- Comprende todos aquellos temas concernientes al desempeño ambiental dela empresa turística; incluyen tanto el manejo eficiente de aspectos básicos como agua, energíaeléctrica y desechos, así como aquellos referidos a la relación de la empresa con su entorno natural,conservación del ambiente y el desarrollo sostenible del turismo.

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Responsabilidad social.- La mayoría de las definiciones de la responsabilidad social de las empresasentienden este concepto como la integración voluntaria, por parte de las empresas, de laspreocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones turísticas y sus relaciones con lacomunidad local para desarrollo y bienestar. Si bien es parte no obligatoria dentro de la normativa, siinfluye en el momento de la categorización de la empresa.

Seguridad.- Son todos los aspectos dirigidos a brindar seguridad a la embarcación, tripulación y alvisitante antes, durante y después de la operación turística.

Servicios turísticos.- Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a lasatisfacción, expectativa y necesidad del visitante.

Servicios integrales.- Es el conjunto de actividades que realiza la empresa desde el momento delcontacto con el visitante en su país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta elretorno a su país.

Tour de bahía y buceo (clase 2).- Es la operación turística que se realiza en embarcaciones desde 9metros de eslora, travesías por mar con hospedaje en tierra, con autorización para desembarcar ensitios de visita recreacionales y de buceo, definidos en la zonificación cuyo ámbito de operación estárestringido a áreas específicamente permitidas por la Dirección del Parque Nacional Galápagos, elPlan de Manejo y características de la embarcación. Esta operación turística permite la posibilidad desolicitar la autorización del PNG mediante resolución administrativa para realizar pesca deportiva.

Tripulación.- Es todo el personal logístico que se encuentran a bordo durante el cumplimiento deltour en cualquier modalidad, encargado del funcionamiento y movimiento de la embarcación.

Variable.- Son los indicadores de mayor sensibilidad para describir una acción, actividad o situaciónrelativa a un determinado ámbito.

4. AMBITO Y ALCANCE

Este documento establece las normas técnicas que se aplican a todas las embarcaciones queforman parte de la operación turística "Tour de Bahía y Buceo (Clase 2)" que se desarrolla en el PNGy RMG. Además cumplen con la normativa legal establecida en los artículos 183, 184, 185 del LibroIII "Del Régimen Forestal" del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente,los artículos 33, 37 y 52 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas(RETANP); Esta norma técnica pertenece al Ministerio de Turismo.

Normas técnicas aplicadas a otras áreas e instituciones, han demostrado ser una herramientavaliosa que permite conocer el nivel de cumplimiento de actividades tendientes a la protección delmedio ambiente y buen ordenamiento turístico. Esta norma técnica es un apoyo más en los aspectosrelacionados al mejoramiento de los servicios turísticos, identifica aquellos aspectos que requierenatención, de esta manera el empresario planea mejor su trabajo, busca el apoyo necesario y,finalmente, logra un manejo balanceado y satisfactorio de la operación turística "Tour de Bahía yBuceo (Clase 2)". De ninguna manera estas normas reemplazan o limitan otras normas técnicas oinstituciones públicas con sus propias responsabilidades y jurisdicciones relacionadas a la actividadturística.

Se aplica a todas las embarcaciones turísticas que poseen cupo de operación turística "Tour deBahía y Buceo (Clase 2)", estas normas permiten corregir debilidades y falencias en la operación, demodo que se cumplan con los estándares mínimos requeridos para lograr una actividad realmentesatisfactoria tanto para el visitante como para la tripulación y empresarios.

5. BASE LEGAL

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De acuerdo al Art. 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas porpersonas naturales o jurídicas que se dediquen o la prestación remunerada de modo habitual a unao más de las siguientes actividades:

a) Alojamiento;b) Servicios de alimentos y bebidas;c) Transportación cuando se dedica principalmente al turismo inclusive al transporte aéreo, marítimo,fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esta actividad seconsidera parte del agenciamiento;e) La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadores de eventos y convenciones:y.f) Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables.

De acuerdo al Art. 8 de la Ley de Turismo, para el ejercicio de actividades turísticas se requiereobtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad delservicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes.

De acuerdo al Art. 15 numeral 1 del la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el organismorector de la actividad turística ecuatoriana y debe preparar las normas técnicas y de calidad poractividad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

El Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP) (Decreto EjecutivoNo. 3516, Registro Oficial Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003) establece el régimen yprocedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas (SNAP)que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de sus competencias y por elMinisterio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales; así como elrégimen para el otorgamiento de autorizaciones y permisos de operación turística dentro del SNAP.En su Capítulo VI, establece los principios, regulaciones y disposiciones aplicables a las operacionesturísticas en la provincia de Galápagos.

De acuerdo al Objetivo básico 4 del Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos se busca lograrun mayor apoyo de la población galapagueña y los visitantes a la gestión que realiza el ParqueNacional Galápagos, difundiendo la importancia socioeconómica que tiene la conservación de lanaturaleza, fomentando modelos participativos de manejo y aprovechando las oportunidades queofrecen las áreas protegidas para la educación, interpretación ambiental y el turismo de naturaleza.

De acuerdo al Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (Edición Especial del31 de marzo del 2003) en el artículo 36, las operaciones turísticas autorizadas en Parque NacionalGalápagos y en la Reserva Marina de Galápagos son principales y accesorias. Las actividadesprincipales son: crucero navegable, tour diario, tour de bahía y buceo (clase 1), tour de bahía ybuceo (clase 2), tour de bahía (clase 3), pesca deportiva, tour de buceo navegable, tour de puerto apuerto, y las actividades accesorias: buceo de superficie (snorkel), kayaking de mar, recorrido enpanga, tabla hawaiana, natación, deportes de vela entre otras.

6. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

- La responsabilidad de cumplir con estas normas técnicas recae en los propietarios de la empresaturística.- La autoridad para aplicar estas normas técnicas es el Ministerio de Turismo.

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- El responsable de categorizar en base a estándares de calidad es el Ministerio de Turismo.

7. NORMA TECNICA

Esta norma categoriza a las embarcaciones de "Tour de Bahía y Buceo (Clase 2)" en las siguientescategorías:

- Lujo.- Primera Categoría.- Segunda Categoría.- Tercera Categoría.

La categorización se realizará en base a una inspección tísica donde se evaluará los siguientesindicadores:

A. Ambito:B. Variable;C. Subvariable; y,D. Parámetro.

Los indicadores de mayor jerarquía son los ámbitos, que corresponden a las operaciones turísticasque se mencionan en el RETANP Art. 36, y son los siguientes:

A. Crucero navegable;B. Tour diario;C. Tour de bahía y buceo (Clase 1);D. Tour de bahía y buceo (Clase 2);E. Tour de bahía (Clase 3);F. Tour de buceo navegable; y,G. Tour de puerto a puerto.

El siguiente nivel de indicador son las variables, las cuales se agrupan como:

A. Características de la embarcación;B. Seguridad;C. Prácticas ambientales;D. Responsabilidad social;E. Servicio turístico; y.F. Servicios integrales.

Dentro de estas algunos variables existen subvariables y son:

A. Información al visitante;B. Instalaciones;C. Equipos de comunicación;D. Tripulación;E. Dispositivos de seguridad;F. Planes y programas;G. Medidas de seguridad;H. Agua;I. Flora y fauna;J. Tratamiento de desechos;K. Energía;L. Certificación;M. Personal de la empresa;N. Capacitación al personal;

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O. Contribución al desarrollo local;P. Servicios;Q. Actividades;R. Servicios complementarios;S. Guías;T. Administración; y,U. Políticas.

Finalmente los parámetros, siendo estos indicadores de menor jerarquía, pero son los indicadoresclaves para la categorización de la operación turística. Los parámetros se basan en normas oficialesnacionales existentes y aquellas sugeridas a nivel internacional y aplicables a la realidad deGalápagos. La tabla 1 indica las variables, subvariables y parámetros. Las normas técnicas para laoperación turística "Tour de Bahía y Buceo (Clase 2)" están determinadas en la Tabla 2.

8. IDENTIFICACION DE INDICADORES

A. CARACTERISTICAS DE LA EMBARCACIONA.1. INFORMACION AL VISITANTEA.1.1. Letreros informativos.A.1.1.1 Letreros que indiquen zonas de alto riesgo y/o áreas restringidas.A.1.1.2 Letreros que muestren la ubicación de extintores, bombas de agua y salidas de emergencia.A.1.1.3 Letreros con la ubicación de baños claramente señalizado.A.1.1.4 Letreros para que el visitante no bote basura al mar.

A.1.2. Información escritaA.1.2.1 Al final del tour se receptan encuestas a los visitantes sobre la operación turística ysatisfacción del visitante.A.1.2.2 Folletería y material promocional escrito, mínimo en 2 idiomas mostrando la realidad del lugardonde se desarrolla la operación.

A.2. EQUIPOS Y SISTEMAS DE COMUNICACIONA.2.1 Sistema de comunicación con el exterior, por ejemplo; radio de larga frecuencia y/o teléfono.A.2.2 Equipo móvil de comunicación para garantizar la comunicación constante entre la embarcacióny el guía sobre todo en caso de emergencia.

A.3. INSTALACIONESA.3.1. Asientos confortables para viaje.A.3.2 Escalera para subir al barco.A.3.3 Barandas.A.3.4 Baño.A.3.5 Bodega para equipo y equipaje.A.3.6 Biblioteca.

A.4. TRIPULACIONA.4.1 Capitán o timonel.A.4.2 Marinero.A.4.3 Guía buzo. (*)

B. SEGURIDADB.1. Planes y programasB.1.1 La empresa cuenta con un plan de contingencia para emergencias ambientales.B.1.2 La empresa cuenta con un plan de contingencia para emergencias de salud de tripulación yturistas.B.1.3 La empresa cuenta con pólizas de seguro contra accidentes durante la operación turística paraproteger a su tripulación y turistas.B.1.4 Plan de respuesta a situaciones de emergencia en donde se especifiquen procedimientos de

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búsqueda y rescate.B.1.5 Plan de mantenimiento de máquinas.B.1.6 La empresa tiene un plan médico de cámara hiperbárica para casos de emergencia atripulación y turistas.

B.2. Dispositivos de salvamento.B.2.1 Chalecos salvavidas.B.2.2 Aros salvavidas.B.2.3 Balsas salvavidas.B.2.4 Botiquín de primeros auxilios.B.2.5 Detectores de humo.B.2.6 Extintor.B.2.7 Dispositivo de flotación personal (PSD) por cada pasajero.B.2.8 Sistema de bengalas o dispositivo de señales de emergencia.B.2.9 Bandera de buceo/buceador.B.2.10 Luz blanca brillante.B.2.11 Ropa para aguas frías.B.2.12 Compresor de alta presión de aire comprimido.B.2.13 Edad mínima del cliente de buceo: 10 años.B.2.14 Clientes con licencia o certificado vigente de buzo recreativo.B.2.15 Máscara.B.2.16 Aletas.B.2.17 Tubos.B.2.18 Reguladores.B.2.19 Botellas.B.2.20 Profundímetros.B.2.21 Manómetros sumergibles.

C. PRACTICAS AMBIENTALESC.1. AguaC.1.1 La empresa cuenta con medidas para el ahorro de agua por ejemplo: usa llaves de agua condispositivos especiales en los lavamanos.C.1.2 El agua empleada para consumo humano, incluyendo hielo, es potable o purificada.C.1.3 La empresa evita el uso de cloro en la limpieza.

C.2. Flora y faunaC.2.1 Tiene bibliografía sobre especies de flora y fauna existentes en el área de visita, tanto a bordode la embarcación como en las oficinas de operación.C.2.2 No se consumen, venden o exhiben especies en veda o peligro de extinción.C.2.3 No se mantienen animales vivos de ninguna especie en la embarcación.C.2.4 Se evita la alimentación artificial de animales.C.2.5 El control de insectos y roedores es ambientalmente amigable (no uso de insecticidas ovenenos).

C.3. Tratamiento de desechosC.3.1 La empresa participa en los programas de reciclaje.C.3.2 Se implementan acciones para la reutilización de papel, recipientes, etc.C.3.3 La operación debe utilizar papel reciclado y blanqueado sin cloro para la impresión de por lomenos el 50% del material producido (promocional, informativo, etc.).

C.4. EnergíaC.4.1 Uso de focos ahorradores de energía.C.4.2 Sistema de refrigeración de la embarcación no tiene refrigerantes como el CFC u otros gasesdestructores de la capa de ozono.C.4.3 Productos de limpieza y lavandería con sellos que indican ser biodegradables.C.4.4 Productos cosméticos para el uso de clientes y empleados son biodegradables.

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C.4.5 Pangas con motores de cuatro tiempos.C.4.6 La empresa adopta medidas para minimizar las emisiones contaminantes y olores fuertes(indicar cuáles medidas han sido adoptadas).

D. RESPONSABILIDAD SOCIALD.1. Capacitación al personalD.1.1 La empresa permite a sus empleados realizar capacitaciones en los siguientes temas:

a) Capacitación de los empleados en aspectos relacionados a mejorar sus capacidades en el áreade su competencia;b) Capacitación a los empleados en aspectos de prevención de impactos ambientales;c) Cursos a los empleados sobre relaciones humanas; y,d) Capacitación con temas particulares de interés a la operación, sean estos ambientales, culturalesy/o de servicio al cliente.

D.1.2 La empresa desarrolla programas de capacitación dirigidos hacia la comunidad local que formaparte de la empresa, a fin de incentivarlos a apoyarla y sentirse comprometidos con ella.D.1.3 La empresa ofrece programas de capacitación para la comunidad local.D.1.4 La empresa tiene convenios con universidades y asociaciones especialistas en temasambientales, turísticos y de calidad de los servicios.D.1.5 Existen manuales de procedimientos de la tripulación con el visitante.D.1.6 Clientes con el seguro ofrecido por DAN (Dive Alert Network).D.1.7 El personal entrenado.

D.2. Contribución al desarrollo localD.2.1 Procura la compra de productos locales (alimentos, artesanías, etc.), para la operación turísticay efectuará un pago justo por éstos, de acuerdo al mercado.D.2.2 Aporta al bienestar de las comunidades locales a través de la compra de servicios, de acuerdoa las necesidades de la empresa.D.2.3 La empresa prefiere proveedores que practican técnicas amigables con el medio ambiente.D.2.4 Respeto en el mercadeo del producto en operaciones formales con precio justo y según loofrecido.D.2.5 Se incentiva y participa en programas de limpieza, mantenimiento y similares en: senderos,playas, etc.

D.3. CertificaciónD.3.1 La empresa cuenta con un código de ética ambiental.

E. SERVICIOS TURISTICOSE.1. ServiciosE.1.1 Servicio de dispensadores de agua.E.1.2 Servicio de charlas del guía (Briefings).E.1.3 Servicio de lunch.

E.2. Servicios complementariosE.2.1 Toallas extras sin costo.E.2.2 Bebidas y snacks de cortesía.E.2.3 Actividades de bienvenida y despedida.E.2.4 Alquiler de equipo para kayak.E.2.5 Servicio de aire comprimido.

E.3. GuíasE.3.1 Para la operación de tour de bahía, el guía debe ser certificado como guías naturalista delParque Nacional Galápagos.E.3.2 En el caso de operar dentro del área protegida marina se exigirá que sea guía naturalista de lareserva marina de Galápagos certificado.

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E.3.3 Los guías de planta tienen actualizaciones periódicas certificadas.E.3.4 Los guías deben hablar al menos un idioma diferente al español.E.3.5 Los guías deben estar correctamente uniformados de acuerdo al uniforme señalado por laautoridad competente.E.3.6 Los guías cumplen con las siguientes funciones:

a) Colaborar con el área protegida en el patrullaje de las actividades de manejo;b) Brindar información a los visitantes sobre las medidas de seguridad que debe adoptar durante elviaje;c) Indicar las normas de conducta en los sitios de visita; y,d) Indicar las regulaciones del área protegida.

E.3.7 Procedimientos de inmersión/recuento de pasajeros.E.3.8 Garantiza que todos los cursos de certificación de buceo y los programas de experiencia serealizan utilizando métodos acordes con las normas internacionales tal y como aparecen indicadasen los manuales internacionales de instructor.

F. SERVICIOS INTEGRALESF.1. Promoción y seguimientoF.1.1 La información a brindarse al pasajero y las políticas de la empresa deben constar en unapágina web de la empresa o en material promocional escrito.F.1.2 Información de la página web o material promocional escrito es clara, completa y veraz sobrelas condiciones de los productos y servicios que la empresa ofrece y sobre lo que incluye y "no"incluye cada paquete, programa, actividad y/o determinados servicios.F.1.3 La empresa tiene registro de propiedad intelectual del nombre de la embarcación.

F.2. Facilidades para el visitanteF.2.1 Dentro de la medida de lo posible, las facilidades y actividades turísticas brindan facilidadespara personas con discapacidad física o mental.F.2.2 Oficina de operación con un mínimo de facilidades y recursos que permitan la realización ytratamiento de las reservas y contratación de servicios turísticos mediante comunicacionestelefónicas, correo postal y/o electrónico y que permita procesar todos los documentos necesariospara el buen desempeño de la actividad o programa.F.2.3 La empresa cuenta con un mecanismo para recibir evaluaciones, quejas y comentarios de losclientes (ejemplo: buzón de sugerencias).

F.3. Políticas de la empresaF.3.1 La empresa identifica sus principales impactos ambientales negativos y adopta medidas parasu prevención o mitigación.F.3.2 La empresa cuenta con un código de ética propio y escrito, que considere aspectos referentesa promoción de servicios para sus clientes Y empleados.F.3.3 Políticas escritas de responsabilidad de la empresa por accidentes sufridos por el visitantedurante la operación turística.F.3.4 Normas de conducta entre la tripulación y los turistas.F.3.5 La política ambiental de la empresa se da a conocer a clientes, empleados y propietarios.F.3.6 Manual de filosofía corporativa.

9. REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS

Los parámetros que califican las operaciones de turismo, objeto de esta norma, deben cumplir conlas normas oficiales nacionales existentes.

Para efecto de esta norma técnica, las embarcaciones de turismo de "Tour de Bahía y Buceo (Clase2)", deben cumplir con todas las especificaciones mencionadas como obligatorias dentro del manualpara la categorización, en caso de no cumplir con alguna de ellas, el Ministerio de Turismo tiene lafacultad de otorgar un plazo perentorio para el cumplimiento de la normativa.

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Adicionalmente deberán cumplir con la presentación de los siguientes requisitos:

1. Certificado otorgado por el Parque Nacional Galápagos de que el residente permanente esbeneficiario de un cupo de operación turística.2. Copia certificada de la escritura de constitución, debidamente inscrita en el Registro Mercantil ysus reformas, en caso de haberlas, en el caso de personas jurídicas.3. Copia del nombramiento de representante legal, debidamente inscrito en el Registro Mercantil.4. Copia del registro único de contribuyentes (R.U.C).5. Copia de documentos personales del representante legal o armador de la embarcación.6. Copia de documentos personales del residente permanente de Galápagos incluido copia deresidencia.7. Copia de la patente de operación turística, emitida por el Parque Nacional Galápagos.8. Copia del permiso de tráfico, emitido por la DIGMER.9. Copia del certificado de inspección de seguridad, emitido por la DIGMER.10. Copia de la matrícula del Armador.11. Copia del certificado de arqueo, medidas, clasificación y avalúo, emitido por la DIGMER.12. Inventario valorado de maquinaria, muebles, enseres y equipos, firmado bajo la responsabilidaddel propietario o representante legal, sobre los valores declarados, a fin de determinar el valor acancelar por concepto del l x l 000.13. Declaración de activos fijos para la cancelación del 1 por mil (formulario del Ministerio deTurismo).

NORMA TECNICA NT-B3-04

ACTIVIDAD TURISTICA PRINCIPALTOUR DE BAHIA (Clase 3)

1. INTRODUCCION

De acuerdo al Art. 6 del Reglamento Especial de Turismo en áreas naturales protegidas, al Ministeriode Turismo le corresponde la promoción, planificación y control de las actividades turísticas, asícomo normar los niveles mínimos de calidad de los servicios y actividades turísticas definidas en laley, los reglamentos y normas técnicas específicas que se desarrollen en el Sistema Nacional deAreas Protegidas del Estado.

De acuerdo al Art. 15, literal 1 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el órgano rector dela actividad turística ecuatoriana, el mismo que dentro de sus principales atribuciones considera lapreparación de normas técnicas y de calidad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

Bajo esta premisa, el desarrollo y evolución constante del turismo a nivel mundial, hace que nuestraactividad turística considere como imperiosa la necesidad de ofrecer servicios turísticos de calidad alturista, entonces, es necesario la aplicación de instrumentos técnicos, cuyo objetivo sea garantizar elbienestar social, ambiental, turístico y empresarial.

La presente norma es el resultado de un proceso de consulta y validación con actores clave de lacomunidad local, además, de la aplicación de normas oficiales nacionales existentes y normatividadinternacional aplicable a la realidad de Galápagos, estableciendo condiciones mínimas de calidad enel turismo, al considerar aspectos físicos, ambientales, de seguridad, responsabilidad social,servicios turísticos y servicios integrales de las operaciones turísticas", establecidas en el

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Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas.

Esta normativa implementa estándares orientados a convertir el concepto de efectividad en elmanejo de la calidad turística en algo real y aplicable en el contexto de la competitividad.

2. OBJETIVOS

- Determinar los niveles mínimos de calidad en los servicios y actividades turísticas para la operaciónturística de "Tour de Bahía (Clase 3)" en el Parque Nacional Galápagos (PNG) y Reserva Marina deGalápagos (RMG).

3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

PNG: Parque Nacional Galápagos.

RMG: Reserva Marina de Galápagos.

RETANP: Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas.

Ambito.- El ámbito es el indicador de mayor jerarquía que permite visualizar aspectos globales delmanejo de la operación turística.

Características de la embarcación.- Consideran las características físicas mínimas con las que debecontar la embarcación para ser considerada apta para la operación turística.

Comunidad local.- Es la organización comunitaria organizada y capacitada, reconocida como tal, queejecute actividades de ecoturismo en un área geográfica determinada para tal efecto.

Embarcación de turismo.- Nave acuática (bote o barco), utilizada para el transporte de pasajeros,sea ésta para la realización de operaciones diarias o para la permanencia por varios días. Estasembarcaciones deben contar con la respectiva inspección de seguridad y la matrícula anual de Navede Turismo (TN) otorgada por parte de la autoridad marítima competente.

Equipos y máquinas.- Son aquellos necesarios para el funcionamiento de la embarcación y elservicio al turista.

Instalaciones.- Se refiere a las condiciones físicas que posee la embarcación, para que tanto latripulación, los empleados y obviamente los turistas hagan uso.

Información.- Es el medio por el cual los visitantes obtienen nuevas experiencias y conocimientos y através de la cual que se logra su satisfacción.

Garantías laborales.- Conjunto de normas y leyes que garantizan los deberes y derechos deltrabajador.

Guía naturalista.- Son personas naturales no dependientes del Estado, que tienen la responsabilidadde prestar servicios de conducción, interpretación, educación, y conservación de los recursosnaturales para el esparcimiento y educación de visitantes dentro del área protegida, previo laaprobación del curso de capacitación dictado por el Ministerio del Ambiente en coordinación con elMinisterio de Turismo.

Norma técnica.- Se considera como tal, a una especificación técnica, e instrumento jurídico queestablece los requisitos y regulaciones especiales que definen ámbitos, variables, subvariables yparámetros de calidad que aseguran la aptitud para la operación turística.

Parámetro.- Es el indicador de menor jerarquía y mayor especificidad del sistema, relativo a una

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subvariable y, por ende a la variable respectiva.

Prácticas ambientales.- Comprende todos aquellos temas concernientes al desempeño ambiental dela empresa turística; incluyen tanto el manejo eficiente de aspectos básicos como agua, energíaeléctrica y desechos, así como aquellos referidos a la relación de la empresa con su entorno natural,conservación del ambiente y el desarrollo sostenible del turismo.

Responsabilidad social.- La mayoría de las definiciones de la responsabilidad social de las empresasentienden este concepto como la integración voluntaria, por parte de las empresas, de laspreocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones turísticas y sus relaciones con lacomunidad local para desarrollo y bienestar. Si bien es parte no obligatoria dentro de la normativa, siinfluye en el momento de la categorización de la empresa.

Seguridad.- Son todos los aspectos dirigidos a brindar seguridad a la embarcación, tripulación y alvisitante antes, durante y después de la operación turística.

Servicios turísticos.- Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a lasatisfacción, expectativa y necesidad del visitante.

Servicios integrales.- Es el conjunto de actividades que realiza la empresa desde el momento delcontacto con el visitante en su país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta elretorno a su país.

Tour de bahía (clase 3). Es la operación turística que se realiza en embarcaciones de hasta 9 metrosde eslora, que no admite actividades de buceo SCUBA. Las operaciones de visita a tierra serealizarán dentro de los sitios de recreación poblacional, contemplados en el Plan de Manejo delPNG. El buceo superficial se realizará dentro del rango definido para los sitios de visita recreativaaledaños a los respectivos puertos, contemplados en el Plan de Manejo del PNG.

Tripulación.- Es todo el personal logístico que se encuentran a bordo durante el cumplimiento deltour en cualquier modalidad, encargado del funcionamiento y movimiento de la embarcación.

Variable.- Son los indicadores de mayor sensibilidad para describir una acción, actividad o situaciónrelativa a un determinado ámbito.

4. AMBITO Y ALCANCE

Este documento establece las normas técnicas que se aplican a todas las embarcaciones queforman parte de la operación turística "Tour de Bahía (Clase 3)" que se desarrolla en el PNG y RMG.Además cumplen con la normativa legal establecida en los artículos 183, 184, 185 del Libro 111 "DelRégimen Forestal" del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, losartículos 33, 37 y 52 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP);Esta norma técnica pertenece al Ministerio de Turismo.

Normas técnicas aplicadas a otras áreas e instituciones, han demostrado ser una herramientavaliosa que permite conocer el nivel de cumplimiento de actividades tendientes a la protección delmedio ambiente y buen ordenamiento turístico. Esta norma técnica es un apoyo más en los aspectosrelacionados al mejoramiento de los servicios turísticos, identifica aquellos aspectos que requierenatención, de esta manera el empresario planea mejor su trabajo, busca el apoyo necesario y,finalmente, logra un manejo balanceado y satisfactorio de la operación turística "Tour de Bahía(Clase 3)". De ninguna manera estas normas reemplazan o limitan otras normas técnicas oinstituciones públicas con sus propias responsabilidades y jurisdicciones relacionadas a la actividadturística.

Se aplica a todas las embarcaciones turísticas que poseen cupo de operación turística "Tour deBahía (Clase 3)", estas normas permiten corregir debilidades y falencias en la operación, de modo

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que se cumplan por lo menos con los estándares mínimos requeridos para lograr una actividadrealmente satisfactoria tanto para el visitante como para la tripulación y empresarios.

5. BASE LEGAL

De acuerdo al Art. 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas porpersonas naturales o jurídicas que se dediquen o la prestación remunerada de modo habitual a unao más de las siguientes actividades:

a) Alojamiento;b) Servicios de alimentos y bebidas;c) Transportación cuando se dedica principalmente al turismo inclusive al transporte aéreo, marítimo,fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esta actividad seconsidera parte del agenciamiento;e) La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadores de eventos y convenciones;y,f) Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables.

De acuerdo al Art. 8 de la Ley de Turismo, para el ejercicio de actividades turísticas se requiereobtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad delservicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes.

De acuerdo al Art. 15 numeral 1 del la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el organismorector de la actividad turística ecuatoriana y debe preparar las normas técnicas y de calidad poractividad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

El Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP) (Decreto EjecutivoNo. 3516. Registro Oficial Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003) establece el régimen yprocedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas(SNAP), que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de sus competencias y porel Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales; así como elrégimen para el otorgamiento de autorizaciones y permisos de operación turística dentro del SNAP.En su Capítulo VI, establece los principios, regulaciones y disposiciones aplicables a las operacionesturísticas en la provincia de Galápagos.

De acuerdo al objetivo básico 4 del Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos se busca lograrun mayor apoyo de la población galapagueña y los visitantes a la gestión que realiza el ParqueNacional Galápagos, difundiendo la importancia socioeconómica que tiene la conservación de lanaturaleza, fomentando modelos participativos de manejo y aprovechando las oportunidades queofrecen las áreas protegidas para la educación, interpretación ambiental y el turismo de naturaleza.

De acuerdo al Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (Edición Especial del31 de marzo del 2003) en el artículo 36, las operaciones turísticas autorizadas en Parque NacionalGalápagos y en la Reserva Marina de Galápagos son principales y accesorias. Las actividadesprincipales son: crucero navegable, tour diario, tour de bahía y buceo (clase 1), tour de bahía ybuceo (clase 2), tour de bahía (clase 3), pesca deportiva, tour de buceo navegable, tour de puerto apuerto, y las actividades accesorias: buceo de superficie (snorkel), kayaking de mar, recorrido enpanga, tabla hawaiana, natación, deportes de vela entre otras.

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6. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

- La responsabilidad de cumplir con estas normas técnicas recae en los propietarios de la empresaturística.- La autoridad para aplicar estas normas técnicas es el Ministerio de Turismo.- El responsable de categorizar en base a estándares de calidad es el Ministerio de Turismo.

7. NORMA TECNICA

Esta norma categoriza a las embarcaciones de "Tour de Bahía (Clase 3)" en las siguientescategorías:

- Lujo.- Primera Categoría.- Segunda Categoría.- Tercera Categoría.

La categorización se realizará en base a una inspección física donde se evaluará los siguientesindicadores:

A. Ambito;B. Variable;C. Subvariable; y,D. Parámetro.

Los indicadores de mayor jerarquía son los ámbitos, que corresponden a las operaciones turísticasque se mencionan en el RETANP Art. 36, y son los siguientes:

A. Crucero navegable;B. Tour diario;C. Tour de bahía y buceo (Clase 1);D. Tour de bahía y buceo (Clase 2);E. Tour de bahía (Clase 3);F. Tour de buceo navegable; y,G. Tour de puerto a puerto.

El siguiente nivel de indicador son las variables, las cuales se agrupan como:

A. Características de la embarcación,B. Seguridad;C. Prácticas ambientales;D. Responsabilidad social;E. Servicio turístico; y,F. Servicios integrales.

Dentro de estas algunos variables existen subvariables y son:

A. Información al visitante;B. Instalaciones;C. Equipos de comunicación;D. Tripulación;E. Dispositivos de seguridad;F. Planes y programas;G. Medidas de seguridad;H. Agua;I. Flora y fauna;

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J. Tratamiento de desechos;K. Energía;L. Certificación;M. Capacitación al personal;N. Contribución al desarrollo local;O. Servicios;P. Actividades;Q. Servicios complementarios;R. Guías;S. Administración: y,T. Políticas.

Finalmente los parámetros, siendo estos indicadores de menor jerarquía, pero son los indicadoresclaves para la categorización de la operación turística. Los parámetros se basan en normas oficialesnacionales existentes y aquellas sugeridas a nivel Internacional y aplicables a la realidad deGalápagos. La tabla 1 indica las variables, subvariables y parámetros. Las normas técnicas para laoperación turística "Tour de Bahía (Clase 3)" están determinadas en la Tabla 2.

8. IDENTIFICACION DE INDICADORES

A. CARACTERISTICAS DE LA EMBARCACIONA.1. INFORMACION AL VISITANTEA.1.1. Letreros informativos.A.1.1.1 Letreros que indiquen zonas de alto riesgo y/o áreas restringidas.A.1.1.2 Letreros que muestren la ubicación de extintores, bombas de agua y salidas de emergencia.A.1.1.3 Letreros con la ubicación de baño, claramente señalizado.A.1.1.4 Letreros para que el visitante no bote basura al mar.

A.1.2. Información escritaA.1.2.1 Al final del tour se receptan encuestas a los visitantes sobre la operación turística.A.1.2.2 Folletería y material promocional escrito, mínimo en 2 idiomas mostrando la realidad del lugardonde se desarrolla la operación.

A.2. EQUIPOS Y SISTEMAS DE COMUNICACIONA.2.1 Sistema de comunicación con el exterior, por ejemplo; radio de larga frecuencia y/o teléfono.A.2.2 Equipo móvil de comunicación para garantizar la comunicación constante entre la embarcacióny el guía sobre todo en caso de emergencia.

A.3. INSTALACIONESA.3.1 Asientos confortables para viaje.A.3.2 Escalera para subir al barco.A.3.3 Barandas.A.3.4 Baño.A.3.5 Bodega para equipo y equipaje.A.3.6 Biblioteca.

A.4. TRIPULACIONA.4.1 Capitán o timonel.A.4.2 Marinero.A.4.3 Guía naturalista. (*)

B. SEGURIDADB.1. Planes y programasB.1.1 La empresa cuenta con un plan de contingencia para emergencias ambientales.B.1.2 La empresa cuenta con un plan de contingencia para emergencias de salud de tripulación yturistas.

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B.1.3 La empresa cuenta con pólizas de seguro contra accidentes durante la operación turística paraproteger a su tripulación y turistas.B.1.4 Plan de respuesta a situaciones de emergencia en donde se especifiquen procedimientos debúsqueda y rescate.B.1.5 Plan de mantenimiento de máquinas.

B.2. Dispositivos de salvamento.B.2.1 Chalecos salvavidas.B.2.2 Aros salvavidas.B.2.3 Balsas salvavidas.B.2.4 Botiquín de primeros auxilios.B.2.5 Detectores de humo.B.2.6 Máscara.B.2.7 Extintor.B.2.8 Sistema de bengalas o dispositivo de señales de emergencia.B.2.9 Ropa para aguas frías.B.2.10 Aletas.

C. PRACTICAS AMBIENTALESC.1. AguaC.1.1 El agua empleada para consumo humano, incluyendo hielo, es purificada.C.1.2 La empresa evita el uso de cloro en la limpieza.

C.2. Flora y faunaC.2.1 Tiene bibliografía sobre especies de flora y fauna existentes en el área de visita, tanto a bordode la embarcación como en las oficinas de operación.C.2.2 No se consumen, venden o exhiben especies en veda o peligro de extinción.C.2.3 No se mantienen animales vivos de ninguna especie en la embarcación.C.2.4 Se evita la alimentación artificial de animales.C.2.5 El control de insectos y roedores es ambientalmente amigable (no uso de insecticidas ovenenos).

C.3. Tratamiento de desechos.C.3.1 La empresa participa en los programas de reciclaje.C.3.2 Se implementan acciones para la reutilización de papel, recipientes, etc.C.3.3 La operación debe utilizar papel reciclado (promocional, informativo, etc.).

C.4. EnergíaC.4.1 Productos de limpieza con sellos que indican ser biodegradables.C.4.2 Productos cosméticos para el uso de clientes y empleados son biodegradables.C.4.3 La empresa adopta medidas para minimizar las emisiones contaminantes y olores fuertes.(indicar cuáles medidas han sido adoptadas).

D. RESPONSABILIDAD SOCIALD.1. Capacitación al personalD.1.1 La empresa permite a sus empleados realizar capacitaciones en los siguientes temas:

a) Capacitación de los empleados en aspectos relacionados a mejorar sus capacidades en el áreade su competencia;b) Capacitación a los empleados en aspectos de prevención de impactos ambientales;c) Cursos a los empleados sobre relaciones humanas; y,d) Capacitación con temas particulares de interés a la operación, sean estos ambientales, culturalesy/o de servicio al cliente.

D.1.2 La empresa desarrolla programas de capacitación dirigidos hacia la comunidad local que formaparte de la empresa, a fin de incentivarlos a apoyarla y sentirse comprometidos con ella.

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D.1.3 La empresa tiene convenios con Universidades y Asociaciones especialistas en temasambientales, turísticos y de calidad de los servicios.D.1.4 Existen manuales de procedimientos de la tripulación con el visitante.

D.2. Contribución al desarrollo localD.2.1 Procura la compra de productos locales (alimentos. artesanías, etc.), para la operación turísticay efectuará un pago justo por éstos, de acuerdo al mercado.D.2.2 Aporta al bienestar de las comunidades locales a través de la compra de servicios, de acuerdoa las necesidades de la empresa.D.2.3 La empresa prefiere proveedores que practican técnicas amigables con el medio ambiente.D.2.4 Respeto en el mercadeo del producto en operaciones formales con precio justo y según loofrecido.D.2.5 Se incentiva y participa en programas de limpieza, mantenimiento y similares en: senderos,playas, etc.

D.3. CertificaciónD.3.1 La empresa cuenta con un código de ética ambiental.

E. SERVICIOS TURISTICOSE.1. ServiciosE.1.1 Servicio de dispensadores de agua.E.1.2 Servicio de charlas del guía (Briefings).E.1.3 Servicio de lunch.

E.2. Servicios complementariosE.2.1 Toallas extras sin costo.E.2.2 Bebidas y snacks de cortesía.E.2.3 Actividades de bienvenida y despedida.

E.3. GuíasE.3.1 Para la operación de tour de bahía, el guía debe ser certificado como guías naturalista delParque Nacional Galápagos.E.3.2 En el caso de operar dentro del área protegida marina se exigirá que sea guía naturalista de laReserva Marina de Galápagos certificado.E.3.3 Los guías de planta tienen actualizaciones periódicas certificadas.E.3.4 Los guías deben hablar al menos un idioma diferente al español.E.3.5 Los guías deben estar correctamente uniformados de acuerdo al uniforme señalado por la.autoridad competente.E.3.6 Los guías cumplen con las siguientes funciones:

a) Colaborar con el área protegida en el patrullaje de las actividades de manejo;b) Brindar información a los visitantes sobre las medidas de seguridad que debe adoptar durante elviaje;c) Indicar las normas de conducta en los sitios de visita; y,d) Indicar las regulaciones del área protegida.

F. SERVICIOS INTEGRALESF.1. Promoción y seguimientoF.1.1 La información a brindarse al pasajero y las políticas de la empresa deben constar en unapágina web de la empresa o en material promocional escrito.F.1.2 Información de la página web o material promocional escrito es clara, completa y veraz sobrelas condiciones de los productos y servicios que la empresa ofrece y sobre lo que incluye y "no"incluye cada paquete, programa, actividad y/o determinados servicios.F.1.3 La empresa tiene registro de propiedad intelectual del nombre de la embarcación.

F.2. Facilidades para el visitante

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F.2.1 La empresa cuenta con un mecanismo para recibir evaluaciones, quejas y comentarios de losclientes (ejemplo: buzón de sugerencias).

F.3. Políticas de la EmpresaF.3.1 La empresa identifica sus principales impactos ambientales negativos y adopta medidas parasu prevención o mitigación.F.3.2 La empresa cuenta con un código de ética propio y escrito, que considere aspectos referentesa promoción de servicios para sus clientes y empleados.F.3.3 Políticas escritas de responsabilidad de la empresa por accidentes sufridos por el visitantedurante la operación turística.F.3.4 Normas de conducta entre la tripulación y los turistas.F.3.5 La política ambiental de la empresa se da a conocer a clientes, empleados y propietarios.F.3.6 Manual de filosofia corporativa.

9. REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS

Los parámetros que califican las operaciones de turismo, objeto de esta norma, deben cumplir conlas normas oficiales nacionales existentes.

Para efecto de esta norma técnica, las embarcaciones de turismo de "Tour de Bahía (Clase 3)",deben cumplir con todas las especificaciones mencionadas como obligatorias dentro del manual parala categorización, en caso de no cumplir con alguna de ellas, el Ministerio de Turismo tiene lafacultad de otorgar un plazo perentorio para el cumplimiento de la normativa.

Adicionalmente deberán cumplir con la presentación de los siguientes requisitos:

1. Certificado otorgado por el Parque Nacional Galápagos de que el residente permanente esbeneficiario de un cupo de operación turística.2. Copia certificada de la escritura de constitución, debidamente inscrita en el Registro Mercantil ysus reformas, en caso de haberlas, en el caso de personas jurídicas.3. Copia del nombramiento de representante legal, debidamente inscrito en el Registro Mercantil.4. Copia del registro único de contribuyentes (R.U.C).5. Copia de documentos personales del representante legal o armador de la embarcación.6. Copia de documentos personales del residente permanente de Galápagos incluido copia deresidencia.7. Copia de la patente de operación turística, emitida por el Parque Nacional Galápagos.8. Copia del permiso de tráfico, emitido por la DIGMER.9. Copia del certificado de inspección de seguridad, emitido por la DIGMER.10. Copia de la matrícula del armador.11. Copia del Certificado de Arqueo, Medidas, Clasificación y Avalúo, emitido por la DIGMER.12. Inventario valorado de maquinaria, muebles, enseres y equipos, firmado bajo la responsabilidaddel propietario o representante legal, sobre los valores declarados, a fin de determinar el valor acancelar por concepto del 1x1000.13. Declaración de activos fijos para la cancelación del 1 por mil (formulario del Ministerio deTurismo).

NORMA TECNICA NT-PP-05

ACTIVIDAD TURISTICATOUR PUERTO A PUERTO

1. INTRODUCCION

De acuerdo al Art. 6 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas, alMinisterio de Turismo le corresponde la promoción, planificación y control de las actividadesturísticas, así como normar los niveles mínimos de calidad de los servicios y actividades turísticas

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definidas en la ley, los reglamentos y normas técnicas específicas que se desarrollen en el SistemaNacional de Areas Protegidas del Estado.

De acuerdo al Art. 15, literal 1 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el órgano rector dela actividad turística ecuatoriana, el mismo que dentro de sus principales atribuciones considera lapreparación de normas técnicas y de calidad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

Bajo esta premisa, el desarrollo y evolución constante del turismo a nivel mundial, hace que nuestraactividad turística considere como imperiosa la necesidad de ofrecer servicios turísticos de calidad alturista, entonces, es necesario la aplicación de instrumentos técnicos, cuyo objetivo sea garantizar elbienestar social, ambiental, turístico y empresarial.

La presente norma es el resultado de un proceso de consulta y validación con actores clave de lacomunidad local, además, de la aplicación de normas oficiales nacionales existentes y normatividadinternacional aplicable a la realidad de Galápagos, estableciendo condiciones mínimas de calidad enel turismo, al considerar aspectos físicos, ambientales, de seguridad, responsabilidad social,servicios turísticos y servicios integrales de las operaciones turísticas, establecidas en el ReglamentoEspecial de Turismo en Areas Naturales Protegidas.

Esta normativa implementa estándares orientados a convertir el concepto de efectividad en elmanejo de la calidad turística en algo real y aplicable en el contexto de la competitividad. Laevaluación inicial será un paso para que las embarcaciones puedan ingresar a un sistema decertificación de calidad. Igualmente, cabe pensar que es necesario el desarrollo de un mecanismo deevaluación de la operación turística para hacer más eficientes las acciones que realiza el Ministeriode Turismo.

2. OBJETIVOS

- Determinar los niveles mínimos de calidad en los servicios y actividades turísticas para la operaciónturística de "Tour de Puerto a Puerto" en el Parque Nacional Galápagos (PNG) y Reserva Marina deGalápagos (RMG).

3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

PNG: Parque Nacional Galápagos.

RMG: Reserva Marina de Galápagos.

RETANP: Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas.

Ambito.- El ámbito es el indicador de mayor jerarquía que permite visualizar aspectos globales delmanejo de la operación turística.

Características de la embarcación.- Consideran las características físicas mínimas con las que debecontar la embarcación para ser considerada apta para la operación turística.

Comunidad local.- Es la organización comunitaria organizada y capacitada, reconocida como tal, queejecute actividades de ecoturismo en un área geográfica determinada para tal efecto.

Embarcación de turismo.- Nave acuática (bote o barco), utilizada para el transporte de pasajeros,

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sea ésta para la realización de operaciones diarias o para la permanencia por varios días. Estasembarcaciones deben contar con la respectiva inspección de seguridad y la matrícula anual de Navede Turismo (TN) otorgada por parte de la autoridad marítima competente.

Equipos y máquinas.- Son aquellos necesarios para el funcionamiento de la embarcación y elservicio al turista.

Instalaciones.- Se refiere a las condiciones físicas que posee la embarcación, para que tanto latripulación, los empleados y obviamente los turistas hagan uso.

Información.- Es el medio por el cual los visitantes obtienen nuevas experiencias y conocimientos y através de la cual que se logra su satisfacción.

Garantías laborales.- Conjunto de normas y leyes que garantizan los deberes y derechos deltrabajador.

Guía naturalista.- Son personas naturales no dependientes del Estado, que tienen la responsabilidadde prestar servicios de conducción, interpretación, educación, y conservación de los recursosnaturales para el esparcimiento y educación de visitantes dentro del área protegida, previo laaprobación del curso de capacitación dictado por el Ministerio del Ambiente en coordinación con elMinisterio de Turismo.

Norma técnica.- Se considera como tal, a una especificación técnica, e instrumento jurídico queestablece los requisitos y regulaciones especiales que definen ámbitos, variables, subvariables yparámetros de calidad que aseguran la aptitud para la operación turística.

Parámetro.- Es el indicador de menor jerarquía y mayor especificidad del sistema, relativo a unasubvariable y, por ende a la variable respectiva.

Prácticas ambientales.- Comprende todos aquellos temas concernientes al desempeño ambiental dela empresa turística; incluyen tanto el manejo eficiente de aspectos básicos como agua, energíaeléctrica y desechos, así como aquellos referidos a la relación de la empresa con su entorno natural,conservación del ambiente y el desarrollo sostenible del turismo.

Responsabilidad social.- La mayoría de las definiciones de la responsabilidad social de las empresasentienden este concepto como la integración voluntaria, por parte de las empresas, de laspreocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones turísticas y sus relaciones con lacomunidad local para desarrollo y bienestar. Si bien es parte no obligatoria dentro de la normativa, siinfluye en el momento de la categorización de la empresa.

Seguridad.- Son todos los aspectos dirigidos a brindar seguridad a la embarcación, tripulación y alvisitante antes, durante y después de la operación turística.

Servicios turísticos.- Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a lasatisfacción, expectativa y necesidad del visitante.

Servicios integrales.- Es el conjunto de actividades que realiza la empresa desde el momento delcontacto con el visitante en su país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta elretorno a su país.

Tour de puerto a puerto.-Es la operación turística marítima realizada en embarcaciones sinposibilidades que los turistas pernocten a bordo y cuyo ámbito de operación está restringido atranspone de turistas entre los puertos poblados del Archipiélago de Galápagos y con acceso a lossitios recreacionales del Parque Nacional Galápagos.

Tripulación.- Es todo el personal logístico que se encuentran a bordo durante el cumplimiento del

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tour en cualquier modalidad, encargado del funcionamiento y movimiento de la embarcación.

Variable.- Son los indicadores de mayor sensibilidad para describir una acción, actividad o situaciónrelativa a un determinado ámbito.

4. AMBITO Y ALCANCE

Este documento establece las normas técnicas que se aplican a todas las embarcaciones queforman parte de la operación turística "Tour Puerto a Puerto" que se desarrolla en el PNG y RMG.Además cumplen con la normativa legal establecida en los artículos 183, 184, 185 del Libro III "DelRégimen Forestal" del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, losartículos 33, 37 y 52 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP);Esta norma técnica pertenece al Ministerio de Turismo.

Normas técnicas aplicadas a otras áreas e instituciones, han demostrado ser una herramientavaliosa que permite conocer el nivel de cumplimiento de actividades tendientes a la protección delmedio ambiente y buen ordenamiento turístico. Esta norma técnica es un apoyo más en los aspectosrelacionados al mejoramiento de los servicios turísticos, identifica aquellos aspectos que requierenatención, de esta manera el empresario planea mejor su trabajo, busca el apoyo necesario y,finalmente, logra un manejo balanceado y satisfactorio de la operación turística "Tour de Puerto aPuerto". De ninguna manera estas normas reemplazan o limitan otras normas técnicas oinstituciones públicas con sus propias responsabilidades y jurisdicciones relacionadas a la actividadturística.

Se aplica a todas las embarcaciones turísticas que realizan la operación turística "Tour de Puerto aPuerto", estas normas permiten corregir debilidades y falencias en la operación, de modo que secumplan por lo menos con los estándares mínimos requeridos para lograr una actividad realmentesatisfactoria tanto para el visitante como para la tripulación y empresarios.

5. BASE LEGAL

De acuerdo al Art. 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas porpersonas naturales o jurídicas que se dediquen o la prestación remunerada de modo habitual a unao más de las siguientes actividades:

a) Alojamiento;b) Servicios de alimentos y bebidas;c) Transportación cuando se dedica principalmente al turismo inclusive al transporte aéreo, marítimo,fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esta actividad seconsidera parte del agenciamiento;e) La de intermediación, agencia de servicios turísticos Y organizadores de eventos y convenciones;y,f) Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables.

De acuerdo al Art. 8 de la Ley de Turismo, para el ejercicio de actividades turísticas se requiereobtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad delservicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes.

De acuerdo al Art. 15 numeral 1 del la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el organismorector de la actividad turística ecuatoriana y debe preparar las normas técnicas y de calidad poractividad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicas

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y de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

El Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP) (Decreto EjecutivoNo. 3516, Registro Oficial Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003) establece el régimen yprocedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas(SNAP), que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de sus competencias y porel Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales; así como elrégimen para el otorgamiento de autorizaciones y permisos de operación turística dentro del SNAP.En su Capítulo VI, establece los principios, regulaciones y disposiciones aplicables a las operacionesturísticas en la provincia de Galápagos.

De acuerdo al objetivo básico 4 del Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos se busca lograrun mayor apoyo de la población galapagueña y los visitantes a la gestión que realiza el ParqueNacional Galápagos, difundiendo la importancia socioeconómica que tiene la conservación de lanaturaleza, fomentando modelos participativos de manejo y aprovechando las oportunidades queofrecen las áreas protegidas para la educación, interpretación ambiental y el turismo de naturaleza.

De acuerdo al Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (Edición Especial del31 de marzo del 2003) en el artículo 36, las operaciones turísticas autorizadas en Parque NacionalGalápagos y en la Reserva Marina de Galápagos son principales y accesorias. Las actividadesprincipales son: crucero navegable, tour diario, tour de bahía y buceo (clase 1), tour de bahía ybuceo (clase 2), tour de bahía (clase 3), pesca deportiva, tour de buceo navegable, tour de puerto apuerto, y las actividades accesorias: buceo de superficie (snorkel), kayaking de mar, recorrido enpanga, tabla hawaiana, natación, deportes de vela entre otras.

6. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

- La responsabilidad de cumplir con estas normas técnicas recae en los propietarios de la empresaturística.- La autoridad para aplicar estas normas técnicas es el Ministerio de Turismo.- El responsable de categorizar en base a estándares de calidad es el Ministerio de Turismo.

7. NORMA TECNICA

Esta norma se divide en los siguientes niveles de indicadores:

A. Ambito;B. Variable;C. Subvariable; y,D. Parámetro.

Los indicadores de mayor jerarquía son los ámbitos, que corresponden a las operaciones turísticasque se mencionan en el RETANP Art. 36, y son los siguientes:

A. Crucero navegable;B. Tour diario;C. Tour de bahía y buceo (Clase 1);D. Tour de bahía y buceo (Clase 2);E. Tour de bahía (Clase 3);F. Tour de buceo navegable; y,G. Tour de puerto a puerto.

El siguiente nivel de indicador son las variables, las cuales se agrupan como:

A. Características de la embarcación;

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B. Seguridad;C. Prácticas ambientales;D. Responsabilidad social;E. Servicio turístico; y,F. Servicios integrales.

Dentro de estas algunos variables existen subvariables y son:

A. Información al visitante;B. Instalaciones;C. Equipos de comunicación;D. Tripulación:E. Dispositivos de seguridad;F. Planes y programas;G. Medidas de seguridad;H. Agua;I. Flora y fauna;J. Tratamiento de desechos;K. Energía;L. Certificación;M. Personal de la empresa;N. Capacitación al personal;O. Contribución al desarrollo local;P. Servicios;Q. Actividades;R. Servicios complementarios;S. Guías;T. Administración; y.U. Políticas.

Finalmente los parámetros, siendo estos indicadores de menor jerarquía, pero son los indicadoresclaves para la categorización de la operación turística. Los parámetros se basan en normas oficialesnacionales existentes y aquellas sugeridas a nivel internacional y aplicables a la realidad deGalápagos. La tabla 1 indica las variables, subvariables y parámetros. Las normas técnicas para laoperación turística "Tour de Puerto a Puerto" están determinadas en la Tabla 2.

8. IDENTIFICACION DE INDICADORES

A. CARACTERISTICAS DE LA EMBARCACIONA.1. INFORMACION AL VISITANTEA.1.1. Letreros informativos.A.1.1.1 Letreros que indiquen zonas de alto riesgo y/o áreas restringidas.A.1.1.2 Letreros que muestren la ubicación de extintores, bombas de agua y salidas de emergencia.A.1.1.3 Letreros con la ubicación del baño claramente señalizado.A.1.1.4 Letreros para que el visitante participe en los programas para evitar contaminación.

A.1.2. Información escritaA.1.2.1 Al final del tour se receptan encuestas a los visitantes sobre la operación turística ysatisfacción del visitante.A.1.2.2 Folletería y material promocional escrito y/o audiovisual, mostrando la realidad del lugardonde se desarrolla la operación.

A.2. EQUIPOS Y SISTEMAS DE COMUNICACIONA.2.1 Sistema de comunicación con el exterior, por ejemplo: radio de larga frecuencia y/o teléfono.A.2.2 Equipo móvil de comunicación para garantizar la comunicación constante entre la embarcacióny el guía sobre todo en caso de emergencia.

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A.3. INSTALACIONESA.3.1 Escalera para subir al barco.A.3.2 Barandas.A.3.3 Asientos confortables para viaje.A.3.4 Baño.A.3.5 Bodega para equipo y equipaje.A.3.6 Biblioteca.

A.4. TRIPULACIONA.4.1 Capitán o timonel.A.4.2 Marinero.A.4.3 Guía naturalista.

B. SEGURIDADB.1. Planes y programas

B.1.1 La empresa cuenta con un plan de contingencia para emergencias ambientales.B.1.2 La empresa cuenta con un plan de contingencia para emergencias de salud de tripulación yturistas.B.1.3 La empresa cuenta con pólizas de seguro contra accidentes durante la operación turística paraproteger a su tripulación y turistas.B.1.4 Plan de respuesta a situaciones de emergencia en donde se especifiquen procedimientos debúsqueda y rescate.B.1.5 Plan de mantenimiento de máquinas (dique anual).

B.2. Dispositivos de salvamentoB.2.1 Chalecos salvavidas.B.2.2 Aros salvavidas.B.2.3 Balsas salvavidas.B.2.4 Botiquín de primeros auxilios.

C. PRACTICAS AMBIENTALESC.1. AguaC.1.1 La empresa cuenta con medidas para el ahorro de agua por ejemplo: usa llaves de agua condispositivos especiales en los lavamanos.C.1.2 El agua empleada para consumo humano, incluyendo hielo, es purificada.C.1.3 La empresa evita el uso de cloro en lavandería y limpieza.

C.2. Flora y faunaC.2.1 Tiene bibliografía sobre especies de flora y fauna existentes en el área de visita, tanto a bordode la embarcación como en las oficinas de operación.C.2.2 No se consumen, venden o exhiben especies en veda o peligro de extinción.C.2.3 No se mantienen animales vivos de ninguna especie en la embarcación.C.2.4 Se evita la alimentación artificial de animales.C.2.5 El control de insectos y roedores es ambientalmente amigable (no uso de insecticidas ovenenos).

C.3. Tratamiento de desechosC.3.1 La empresa participa en los programas de reciclaje.C.3.2 Se implementan acciones para la reutilización de papel, recipientes, etc.C.3.3 La operación debe utilizar papel reciclado para la impresión de por lo menos el 50% delmaterial producido (promocional, informativo, etc.).

C.4. EnergíaC.4.1 Productos de limpieza y lavandería con sellos que indican ser biodegradables.

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C.4.2 Productos cosméticos para el uso de clientes y empleados son biodegradables.C.4.3 Pangas con motores de cuatro tiempos.C.4.4 La empresa adopta medidas para minimizar las emisiones contaminantes y olores fuertes quemolesten a los turistas (indicar cuáles medidas han sido adoptadas).

D. RESPONSABILIDAD SOCIALD.1. CapacitaciónD.1.1 La empresa permite a sus empleados realizar capacitaciones en los siguientes tenias:

a) Capacitación de los empleados en aspectos relacionados a mejorar sus capacidades en el áreade su competencia.b) Capacitación a los empleados en aspectos de prevención de impactos ambientales.c) Cursos a los empleados sobre relaciones humanas.d) Capacitación con temas particulares de interés a la operación, sean estos ambientales, culturalesy/o de servicio al cliente.

D.1.2 La empresa ofrece la posibilidad de tours educativos con asociaciones o instituciones, gentelocal o sector estudiantil.D.1.3 Existen manuales de procedimientos de la tripulación con el visitante.

D.2. Contribución al desarrollo localD.2.1 Respeto en el mercadeo del producto en operaciones formales con precio justo y según loofrecido.D.2.2 Se incentiva y participa en programas de limpieza, mantenimiento y similares en: senderos,playas, bahías, etc.

E. SERVICIOS TURISTICOSE.1. ServiciosE.1.1 Servicio de dispensadores de agua.E.1.2 Servicio de lunch.E.1.3 Bebidas y snacks de cortesía.E.1.4 Actividades de bienvenida y despedida.

F. SERVICIOS INTEGRALESF.1. Promoción y seguimientoF.1.1 La información a brindarse al pasajero y las políticas de la empresa deben constar en unapágina web de la empresa o en material promocional escrito.F.1.2 Información de la página web o material promocional escrito es clara, completa y veraz sobrelas condiciones de los productos y servicios que la empresa ofrece y sobre lo que incluye y "no"incluye cada paquete, programa, actividad y/o determinados servicios.F.1.3 La empresa tiene registro de propiedad intelectual del nombre de la embarcación.

F.2. Facilidades para el visitanteF.2.1 Dentro de la medida de lo posible, las facilidades y actividades turísticas brindan facilidadespara personas con discapacidad física o mental.F.2.2 Oficina con un mínimo de facilidades y recursos que permitan la realización y tratamiento delas reservas y contratación de servicios turísticos mediante comunicaciones telefónicas, correo postaly/o electrónico y que permita procesar todos los documentos necesarios para el buen desempeño dela actividad o programa.F.2.3 La empresa cuenta con un mecanismo para recibir evaluaciones, quejas y comentarios de losclientes (ejemplo: buzón de sugerencias).

F.3. Políticas de la EmpresaF.3.1 La empresa identifica sus principales impactos ambientales negativos y adopta medidas parasu prevención o mitigación.F.3.2 La empresa cuenta con un código de ética propio y escrito, que considere aspectos referentes

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a promoción de servicios para sus clientes y empleados.F.3.3 Políticas escritas de responsabilidad de la empresa por accidentes sufridos por el visitantedurante la operación turística.F.3.4 Normas de conducta entre la tripulación y los turistas.

9. REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS

Los parámetros que califican las operaciones de turismo, objeto de esta Norma, deben cumplir conlas normas oficiales nacionales existentes.

Para efecto de esta Norma Técnica, las embarcaciones de turismo de "Tour Puerto a Puerto", debencumplir con todas las especificaciones mencionadas como obligatorias dentro del manual para lacategorización, en caso de no cumplir con alguna de ellas, el Ministerio de Turismo tiene la facultadde otorgar un plazo perentorio para el cumplimiento de la normativa.

Adicionalmente deberán cumplir con la presentación de los siguientes requisitos:

1. Certificado otorgado por el Parque Nacional Galápagos de que el residente permanente esbeneficiario de un cupo de operación turística.2. Copia certificada de la escritura de constitución, debidamente inscrita en el Registro Mercantil ysus reformas, en caso de haberlas, en el caso de personas jurídicas.3. Copia del nombramiento de representante legal, debidamente inscrito en el Registro Mercantil.4. Copia del registro único de contribuyentes (R.U.C).5. Copia de documentos personales del representante legal o armador de la embarcación.6. Copia de documentos personales del residente permanente de Galápagos incluido copia deresidencia.7. Copia de la patente de operación turística, emitida por el Parque Nacional Galápagos.8. Copia del permiso de tráfico, emitido por la DIGMER.9. Copia del certificado de inspección de seguridad, emitido por la DIGMER.10. Copia de la matrícula del armador.11. Copia del certificado de arqueo, medidas, clasificación y avalúo, emitido por la DIGMER.12. Inventario valorado de maquinaria, muebles, enseres y equipos, firmado bajo la responsabilidaddel propietario o representante legal, sobre los valores declarados, a fin de determinar el valor acancelar por concepto del l x 1000.13. Declaración de activos fijos para la cancelación del 1 por mil (formulario del Ministerio deTurismo).

NORMA TECNICA NT-TD-06

ACTIVIDAD TURISTICA PRINCIPALTOUR DIARIO

1. INTRODUCCION

De acuerdo al Art. 6 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas, alMinisterio de Turismo le corresponde la promoción, planificación y control de las actividadesturísticas, así como normar los niveles mínimos de calidad de los servicios y actividades turísticasdefinidas en la ley, los reglamentos y normas técnicas específicas que se desarrollen en el SistemaNacional de Areas Protegidas del Estado.

De acuerdo al Art. 15, literal 1 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el órgano rector dela actividad turística ecuatoriana, el mismo que dentro de sus principales atribuciones considera lapreparación de normas técnicas y de calidad que regirán en todo el territorio nacional.

Bajo esta premisa, el desarrollo y evolución constante del turismo a nivel mundial, hace que nuestraactividad turística considere como imperiosa la necesidad de ofrecer servicios turísticos de calidad al

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turista, entonces, es necesario la aplicación de instrumentos técnicos, cuyo objetivo sea garantizar elbienestar social, ambiental, turístico y empresarial.

La presente norma es el resultado de un proceso de consulta y validación con actores clave de lacomunidad local, además, de la aplicación de normas oficiales nacionales existentes y normatividadinternacional aplicable a la realidad de Galápagos, estableciendo condiciones mínimas de calidad enel turismo, al considerar aspectos físicos, ambientales, de seguridad, responsabilidad social,servicios turísticos y servicios integrales de las operaciones turísticas, establecidas en el ReglamentoEspecial de Turismo en Areas Naturales Protegidas.

Esta normativa implementa estándares orientados a convertir el concepto de efectividad en elmanejo de la calidad turística en algo real y aplicable en el contexto de la competitividad.

2. OBJETIVOS

- Determinar los niveles mínimos de calidad en los servicios y actividades turísticas para la operaciónturística de "Tour Diario" en el Parque Nacional Galápagos (PNG) y Reserva Marina de Galápagos(RMG).

3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

PNG: Parque Nacional Galápagos.

RMG: Reserva Marina de Galápagos.

RETANP: Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas.

Ambito.- El ámbito es el indicador de mayor jerarquía que permite visualizar aspectos globales delmanejo de la operación turística.

Características de la embarcación.- Consideran las características físicas mínimas con las que debecontar la embarcación para ser considerada apta para la operación turística.

Comunidad local.- Es la organización comunitaria organizada y capacitada, reconocida como tal, queejecute actividades de ecoturismo en un área geográfica determinada para tal efecto.

Embarcación de turismo.- Nave acuática (bote o barco), utilizada para el transporte de pasajeros,sea ésta para la realización de operaciones diarias o para la permanencia por varios días. Estasembarcaciones deben contar con la respectiva inspección de seguridad, la matrícula anual de navede turismo (TN) otorgada por parte de la autoridad marítima competente y cupo de operaciónturística.

Equipos y máquinas.- Son aquellos necesarios para el funcionamiento de la embarcación y elservicio al turista.

Instalaciones.- Se refiere a las condiciones físicas que posee la embarcación, para que tanto latripulación, los empleados y obviamente los turistas hagan uso.

Información.- Es el medio por el cual los visitantes obtienen nuevas experiencias y conocimientos y através de la cual que se logra su satisfacción.

Garantías laborales.- Conjunto de normas y leyes que garantizan los deberes y derechos deltrabajador.

Guía naturalista.- Son personas naturales no dependientes del Estado, que tienen la responsabilidadde prestar servicios de conducción, interpretación, educación, y conservación de los recursos

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naturales para el esparcimiento y educación de visitantes dentro del área protegida, previo laaprobación del curso de capacitación dictado por el Ministerio del Ambiente en coordinación con elMinisterio de Turismo.

Norma técnica.- Se considera como tal, a una especificación técnica, e instrumento jurídico queestablece los requisitos y regulaciones especiales que definen ámbitos, variables, subvariables yparámetros de calidad que aseguran la aptitud para la operación turística.

Parámetro.- Es el indicador de menor jerarquía y mayor especificidad del sistema, relativo a unasubvariable y, por ende a la variable respectiva.

Prácticas ambientales.- Comprende todos aquellos temas concernientes al desempeño ambiental dela empresa turística; incluyen tanto el manejo eficiente de aspectos básicos como agua, energíaeléctrica y desechos, así como aquellos referidos a la relación de la empresa con su entorno natural,conservación del ambiente y el desarrollo sostenible del turismo.

Responsabilidad social.- La mayoría de las definiciones de la responsabilidad social de las empresasentienden este concepto como la integración voluntaria, por parte de las empresas, de laspreocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones turísticas y sus relaciones con lacomunidad local para desarrollo y bienestar. Si bien es parte no obligatoria dentro de la normativa, siinfluye en el momento de la categorización de la empresa.

Seguridad.- Son todos los aspectos dirigidos a brindar seguridad a la embarcación, tripulación y alvisitante antes, durante y después de la operación turística.

Servicios turísticos.- Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a lasatisfacción, expectativa y necesidad del visitante.

Servicios integrales.- Es el conjunto de actividades que realiza la empresa desde el momento delcontacto con el visitante en su país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta elretorno a su país.

Tour diario.- Es la operación turística que realiza travesía diaria por mar en embarcacionesacondicionadas para pasajeros que no pernoctan a bordo, autorizadas para desembarcar en sitiosde visita establecidos en su recorrido.

Tripulación.- Es todo el personal logístico que se encuentran a bordo durante el cumplimiento deltour en cualquier modalidad, encargado del funcionamiento y movimiento de la embarcación.

Variable.- Son los indicadores de mayor sensibilidad para describir una acción, actividad o situaciónrelativa a un determinado ámbito.

4. AMBITO Y ALCANCE

Este documento establece las normas técnicas que se aplican a todas las embarcaciones queforman parte de la operación turística "Tour Diario" que se desarrolla en el PNG y RMG. Ademáscumplen con la normativa legal establecida en los artículos 183. 184, 185 del Libro III "Del RégimenForestal" del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, los artículos 33,37 y 52 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP); Esta normatécnica pertenece al Ministerio de Turismo.

Normas técnicas aplicadas a otras áreas e instituciones, han demostrado ser una herramientavaliosa que permite conocer el nivel de cumplimiento de actividades tendientes a la protección delmedio ambiente y buen ordenamiento turístico. Esta norma técnica es un apoyo más en los aspectosrelacionados al mejoramiento de los servicios turísticos, identifica aquellos aspectos que requierenatención, de esta manera el empresario planea mejor su trabajo, busca el apoyo necesario y,

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finalmente, logra un manejo balanceado y satisfactorio de la operación turística "Tour Diario". Deninguna manera estas normas reemplazan o limitan otras normas técnicas o instituciones públicascon sus propias responsabilidades y jurisdicciones relacionadas a la actividad turística.

Se aplica a todas las embarcaciones turísticas que realizan la operación turística "Tour Diario" estasnormas permiten corregir debilidades y falencias en la operación, de modo que se cumplan por lomenos con los estándares mínimos requeridos para lograr una actividad realmente satisfactoria tantopara el visitante como para la tripulación y empresarios.

5. BASE LEGAL:

De acuerdo al Art. 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas porpersonas naturales o jurídicas que se dediquen o la prestación remunerada de modo habitual a unao más de las siguientes actividades:

a) Alojamiento;b) Servicios de alimentos y bebidas;c) Transportación cuando se dedica principalmente al turismo inclusive al transporte aéreo, marítimo,fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esta actividad seconsidera parte del agenciamiento;e) La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadores de eventos y convenciones;y,f) Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables.

De acuerdo al Art. 8 de la Ley de Turismo, para el ejercicio de actividades turísticas se requiereobtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad delservicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes.

De acuerdo al Art. 15 numeral 1 del la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el organismorector de la actividad turística ecuatoriana y debe preparar las normas técnicas y de calidad poractividad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

El Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP) (Decreto EjecutivoNo. 3516, Registro Oficial Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003) establece el régimen yprocedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas(SNAP), que será regulada por el Ministerio de "Turismo dentro del ámbito de sus competencias ypor el Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales; así comoel régimen para el otorgamiento de autorizaciones y permisos de operación turística dentro delSNAP. En su Capítulo VI, establece los principios, regulaciones y disposiciones aplicables a lasoperaciones turísticas en la provincia de Galápagos.

De acuerdo al objetivo básico 4 del Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos se busca lograrun mayor apoyo de la población galapagueña y los visitantes a la gestión que realiza el ParqueNacional Galápagos, difundiendo la importancia socioeconómica que tiene la conservación de lanaturaleza, fomentando modelos participativos de manejo y aprovechando las oportunidades queofrecen las áreas protegidas para la educación, interpretación ambiental y el turismo de naturaleza.

De acuerdo al Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (Edición Especial del31 de marzo del 2003) en el artículo 36, las operaciones turísticas autorizadas en Parque Nacional

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Galápagos y en la Reserva Marina de Galápagos son principales y accesorias. Las actividadesprincipales son: crucero navegable, tour diario, tour de bahía y buceo (clase 1), tour de bahía ybuceo (clase 2), tour de bahía (clase 3), pesca deportiva, tour de buceo navegable, tour de puerto apuerto, y las actividades accesorias: buceo de superficie (snorkel), kayaking del mar, recorrido enpanga, tabla hawaiana, natación, deportes de vela entre otras.

6. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

- La responsabilidad de cumplir con estas normas técnicas recae en los propietarios de la empresaturística.- La autoridad para aplicar estas normas técnicas es el Ministerio de Turismo.- El responsable de categorizar en base a estándares de calidad es el Ministerio de Turismo.

7. NORMA TECNICA

Esta norma categoriza a las embarcaciones de "Tour Diario" en las siguientes categorías:

- Lujo.- Primera Categoría.- Segunda Categoría.- Tercera Categoría.

La categorización se realizará en base a una inspección física donde se evaluará los siguientesindicadores:

A. Ambito;B. Variable;C. Subvariable; y,D. Parámetro.

Los indicadores de mayor jerarquía son los ámbitos, que corresponden a las operaciones turísticasque se mencionan en el RETANP art. 36, y son los siguientes:

A. Crucero navegable;B. Tour diario;C. Tour de bahía y buceo (Clase 1);D. Tour de bahía y buceo (Clase 2);E. Tour de bahía (Clase 3);F. Tour de buceo navegable; y,G. Tour de puerto a puerto.

El siguiente nivel de indicador son las variables, las cuales se agrupan como:

A. Características de la embarcación:B. Seguridad;C. Prácticas ambientales;D. Responsabilidad social;E. Servicio turístico; y,F. Servicios integrales.

Dentro de estas algunos variables existen subvariables y son:

A. Información al visitante;B. Instalaciones;C. Equipos de comunicación;D. Tripulación;

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E. Dispositivos de seguridad;F. Planes y programas;G. Medidas de seguridad;H. Agua;I. Flora y fauna;J. Tratamiento de desechos;K. Energía;L. Certificación;M. Personal de la empresa;N. Capacitación al personal;O. Contribución al desarrollo local;P. Servicios;Q. Actividades;R. Servicios complementarios;S. Guías;T. Administración; y,U. Políticas.

Finalmente los parámetros, siendo estos indicadores de menor jerarquía, pero son los indicadoresclaves para la categorización de la operación turística. Los parámetros se basan en normas oficialesnacionales existentes y aquellas sugeridas a nivel internacional y aplicables a la realidad deGalápagos. La tabla 1 indica las variables, subvariables y parámetros. Las normas técnicas para laoperación turística "Tour Diario" están determinadas en la tabla 2.

8. IDENTIFICACION DE INDICADORES

A. CARACTERISTICAS DE LA EMBARCACIONA.1. INFORMACION AL VISITANTEA.1.1. Letreros informativos.A.1.1.1 Letreros que indiquen zonas de alto riesgo y/o áreas restringidas.A.1.1.2 Letreros que muestren la ubicación de extintores, bombas de agua y salidas de emergencia.A.1.1.3 Letreros con la ubicación del baño social claramente señalizados.A.1.1.4 Letreros para que el visitante participe en los programas para evitar contaminación.

A.1.2 Información escritaA.1.2.1 Al final del tour se receptan encuestas a los visitantes sobre la operación turística.A.1.2.2 Al final del tour los guías aplican la encuesta de "satisfacción del visitante".A.1.2.3 Folletería y material promocional escrito y/o audiovisual, mostrando la realidad del lugardonde se desarrolla la operación.

A.2. EQUIPOS Y SISTEMAS DE COMUNICACIONA.2.1 Sistema de comunicación con el exterior, por ejemplo; radio de larga frecuencia y/o teléfono.A.2.2 Equipo móvil de comunicación para garantizar la comunicación constante entre la embarcacióny el guía sobre todo en caso de emergencia.

A.3. INSTALACIONESA.3.1 Escalera para subir al barco.A.3.2 Barandas.A.3.3 Baños sociales.A.3.4 Ambiente sala comedor.A.3.5 Bodega para equipo y equipaje.A.3.6 Biblioteca.

A.4. TRIPULACIONA.4.1 Capitán o timonel.A.4.2 Marinero.

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A.4.3 Guía naturalista. (*)

B. SEGURIDADB.1. Planes y programasB.1.1 La empresa cuenta con un plan de contingencia para emergencias ambientales.B.1.2 La empresa cuenta con un plan de contingencia para emergencias de salud de tripulación yturistas.B.1.3 La empresa cuenta con pólizas de seguro contra accidentes durante la operación turística paraproteger a su tripulación y turistas.B.1.4 Plan de respuesta a situaciones de emergencia en donde se especifiquen procedimientos debúsqueda y rescate.B.1.5 Plan de mantenimiento de máquinas (dique anual).

B.2. Dispositivos de salvamentoB.2.1 Chalecos salvavidas.B.2.2 Aros salvavidas.B.2.3 Balsas salvavidas.B.2.4 Botiquín de primeros auxilios.

C. PRACTICAS AMBIENTALESC.1. AguaC.1.1 La empresa cuenta con medidas para el ahorro de agua por ejemplo: usa llaves de agua condispositivos especiales en los lavamanos.C.1.2 El agua empleada para consumo humano, incluyendo hielo, es purificada.C.1.3 La empresa evita el uso de cloro en la limpieza.

C.2. Flora y faunaC.2.1 Tiene bibliografía sobre especies de flora y fauna existentes en el área de visita, tanto a bordode la embarcación como en las oficinas de operación.C.2.2 No se consumen, venden o exhiben especies en veda o peligro de extinción.C.2.3 No se mantienen animales vivos de ninguna especie en la embarcación.C.2.4 Se evita la alimentación artificial de animales.C.2.5 El control de insectos y roedores es ambientalmente amigable (productos biodegradables).

C.3. Tratamiento de desechosC.3.1 La empresa participa en los programas de reciclaje.C.3.2 Se implementan acciones para la reutilización de papel, recipientes, etc.C.3.3 La operación debe utilizar papel reciclado para la impresión de por lo menos el 50% delmaterial producido (promocional, informativo, etc.).

C.4. EnergíaC.4.1 Sistema de refrigeración de la embarcación no tiene refrigerantes como el CFC u otros gasesdestructores de la capa de ozono.C.4.2 Productos de limpieza y lavandería con sellos que indican ser biodegradables.C.4.3 Productos cosméticos para el uso de clientes y empleados son biodegradables.C.4.4 Pangas con motores de cuatro tiempos.C.4.5 La empresa adopta medidas para minimizar las emisiones contaminantes y olores fuertes(indicar cuáles medidas han sido adoptadas).

D. RESPONSABILIDAD SOCIALD.1. CapacitaciónD.1.1 La empresa cuenta con un cronograma de capacitación en donde se especifique:

a) Capacitación de los empleados en aspectos relacionados a mejorar sus capacidades en el áreade su competencia;b) Capacitación a los empleados en aspectos de prevención de impactos ambientales;

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c) Cursos a los empleados sobre relaciones humanas; y,d) Capacitación con temas particulares de interés a la operación, sean estos ambientales, culturalesy/o de servicio al cliente.

D.1.2 La empresa apoya al desarrollo de proyectos en beneficio de la comunidad.D.1.3 La empresa ofrece programas de capacitación para la comunidad local.D.1.4 La empresa ofrece la posibilidad de cruceros educativos con gente local sector tercera edad.D.1.5 La empresa ofrece la posibilidad de cruceros educativos con asociaciones o instituciones.D.1.6 La empresa ofrece la posibilidad de cruceros educativos con gente local sector estudiantil.D.1.7 Existen manuales de procedimientos de la tripulación con el visitante.D.1.8 Se incluye visitas en las comunidades a los a programas ambientales, artísticos y culturales enla comunidad local.

D.2. Contribución al desarrollo localD.2.1 Procura la compra de productos locales (alimentos, artesanías, etc.), para la operación turísticay efectuará un pago justo por éstos, de acuerdo al mercado.D.2.2 Aporta al bienestar de las comunidades locales a través de la compra de servicios, de acuerdoa las necesidades de la empresa.D.2.3 La empresa prefiere proveedores que practican técnicas amigables con el medio ambiente.D.2.4 Respeto en el mercadeo del producto en operaciones formales con precio justo y según loofrecido.D.2.5 Se incentiva y participa en programas de limpieza, mantenimiento y similares en: senderos,playas, bahías, etc.

D.3. CertificaciónD.3.1 La empresa cuenta con un código de ética ambiental.

E. SERVICIOS TURISTICOSE.1. ServiciosE.1.1 Servicio de dispensadores de agua.E.1.2 Servicio de charlas del guía.E.1.3 Servicio de lunch.

E.2. Servicios complementariosE.2.1 Toallas extras sin costo.E.2.2 Bebidas y snacks de cortesía.E.2.3 Actividades de bienvenida y despedida.E.2.4 Alquiler de equipo para buceo superficial.E.2.5 Alquiler de equipo para kayak.E.2.6 Alquiler de wet suit para época de frío.

E.3. Servicio de GuíasE.3.1 Los guías son calificados por la autoridad competente, en el caso de operar dentro de un áreaprotegida se exigirá que sea guía naturalista certificado por el área protegida.E.3.2 Los guías de planta tienen actualizaciones periódicas certificadas.E.3.3 Los guías deben hablar al menos un idioma diferente al español.E.3.4 Los guías deben estar correctamente uniformados de acuerdo al uniforme señalado por laautoridad competente.E.3.5 Los guías cumplen con las siguientes funciones:

a) Colaborar con el área protegida en el patrullaje de las actividades de manejo;b) Brindar información a los visitantes sobre las medidas de seguridad que debe adoptar durante elviaje;c) Indicar las normas de conducta en los sitios de visita; y,d) Indicar las regulaciones del área protegida.

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F. SERVICIOS INTEGRALESF.1. Promoción y seguimientoF.1.1 La información a brindarse al pasajero y las políticas de la empresa deben constar en unapágina web de la empresa o en material promocional escrito.F.1.2 Información de la página web o material promocional escrito es clara, completa y veraz sobrelas condiciones de los productos y servicios que la empresa ofrece y sobre lo que incluye y "no"incluye cada paquete, programa, actividad y/o determinados servicios.F.1.3 La empresa tiene registro de propiedad intelectual del nombre de la embarcación.

F.2. Facilidades para el visitanteF.2.1 Dentro de la medida de lo posible, las facilidades y actividades turísticas brindan facilidadespara personas con discapacidad física o mental.F.2.2 Oficina con un mínimo de facilidades y recursos que permitan la realización y tratamiento delas reservas y contratación de servicios turísticos mediante comunicaciones telefónicas, correo postaly/o electrónico y que permita procesar todos los documentos necesarios para el buen desempeño dela actividad o programa.F.2.3 La empresa cuenta con un mecanismo para recibir evaluaciones, quejas y comentarios de losclientes.

F.3. Políticas de la empresaF.3.1 La empresa identifica sus principales impactos ambientales negativos y adopta medidas parasu prevención o mitigación.F.3.2 La empresa cuenta con un código de ética propio y escrito, que considere aspectos referentesa promoción de servicios para sus clientes y empleados.F.3.3 Políticas escritas de responsabilidad de la empresa por accidentes sufridos por el visitantedurante la operación turística.F.3.4 Normas de conducta entre la tripulación y los turistas.F.3.5 La política ambiental de la empresa se da a conocer a clientes, empleados y propietarios.

9. REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS

Los parámetros que califican las operaciones de turismo, objeto de esta Norma, deben cumplir conlas normas oficiales nacionales existentes.

Para efecto de esta Norma Técnica, las embarcaciones de turismo de "Tour Diario", deben cumplircon todas las especificaciones mencionadas como obligatorias dentro del manual para lacategorización, en caso de no cumplir con alguna de ellas, el Ministerio de Turismo tiene la facultadde otorgar un plazo perentorio para el cumplimiento de la normativa.

Adicionalmente deberán cumplir con la presentación de los siguientes requisitos:

1. Certificado otorgado por el Parque Nacional Galápagos de que el residente permanente esbeneficiario de un cupo de operación turística.2. Copia certificada de la escritura de constitución, debidamente inscrita en el Registro Mercantil ysus reformas, en caso de haberlas, en el caso de personas jurídicas.3. Copia del nombramiento de representante legal, debidamente inscrito en el Registro Mercantil.4. Copia del registro único de contribuyentes (R.U.C)5. Copia de documentos personales del representante legal o armador de la embarcación.6. Copia de documentos personales del residente permanente de Galápagos incluido copia deresidencia.7. Copia de la patente de operación turística, emitida por el Parque Nacional Galápagos.8. Copia del permiso de tráfico, emitido por la DIGMER.9. Copia del certificado de inspección de seguridad, emitido por la DIGMER.10. Copia de la matrícula de la embarcación, emitido por la DIGMER.11. Copia del certificado de arqueo, medidas, clasificación y avalúo, emitido por la DIGMER.12. Inventario valorado de maquinaria, muebles, enseres y equipos, firmado bajo la responsabilidad

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del propietario o representante legal, sobre los valores declarados, a fin de determinar el valor acancelar por concepto del (x1000.13. Declaración de activos fijos para la cancelación del 1 por mil (formulario del Ministerio deTurismo).

NORMA TECNICA NT-BN-07

ACTIVIDAD TURISTICATOUR DE BUCEO NAVEGABLE

1. INTRODUCCION

De acuerdo al Art. 6 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas, alMinisterio de Turismo le corresponde la promoción, planificación y control de las actividadesturísticas, así como normar los niveles mínimos de calidad de los servicios y actividades turísticasdefinidas en la ley, los reglamentos y normas técnicas específicas que se desarrollen en el SistemaNacional de Areas Protegidas del Estado.

De acuerdo al Art. 15, literal 1 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el órgano rector dela actividad turística ecuatoriana, el mismo que dentro de sus principales atribuciones considera lapreparación de normas técnicas y de calidad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

Bajo esta premisa, el desarrollo y evolución constante del turismo a nivel mundial, hace que nuestraactividad turística considere como imperiosa la necesidad de ofrecer servicios turísticos de calidad alturista, entonces, es necesario la aplicación de instrumentos técnicos, cuyo objetivo sea garantizar elbienestar social, ambiental, turístico y empresarial.

La presente norma es el resultado de un proceso de consulta y validación con actores clave de lacomunidad local, además, de la aplicación de normas oficiales nacionales existentes y normatividadinternacional aplicable a la realidad de Galápagos, estableciendo condiciones mínimas de calidad enel turismo, al considerar aspectos físicos, ambientales, de seguridad, responsabilidad social,servicios turísticos y servicios integrales de las operaciones turísticas, establecidas en el ReglamentoEspecial de Turismo en Areas Naturales Protegidas.

Esta normativa implementa estándares orientados a convertir el concepto de efectividad en elmanejo de la calidad turística en algo real y aplicable en el contexto de la competitividad. Laevaluación inicial será un paso para que las embarcaciones puedan ingresar a un sistema decertificación de calidad. Igualmente, cabe pensar que es necesario el desarrollo de un mecanismo deevaluación de la operación turística para hacer más eficientes las acciones que realiza el Ministeriode Turismo.

2. OBJETIVOS

- Determinar los niveles mínimos de calidad en los servicios y actividades turísticas para la operaciónturística de "Tour de Buceo Navegable.

3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

PNG: Parque Nacional Galápagos.

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RMG: Reserva Marina de Galápagos.

RETANP: Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas.

Ambito.- El ámbito es el indicador de mayor jerarquía que permite visualizar aspectos globales delmanejo de la operación turística.

Características de la embarcación.- Consideran las características físicas mínimas con las que debecontar la embarcación para ser considerada apta para la operación turística.

Comunidad local.- Es la organización comunitaria organizada y capacitada, reconocida como tal, queejecute actividades de ecoturismo en un área geográfica determinada para tal efecto.

Embarcación de turismo.- Nave acuática (bote o barco), utilizada para el transporte de pasajeros,sea ésta para la realización de operaciones diarias o para la permanencia por varios días. Estasembarcaciones deben contar con la respectiva inspección de seguridad y la matrícula anual de navede turismo (TN) otorgada por parte de la autoridad marítima competente.

Equipos y máquinas.- Son aquellos necesarios para el funcionamiento de la embarcación y elservicio al turista.

Instalaciones.- Se refiere a las condiciones físicas que posee la embarcación, para que tanto latripulación, los empleados y obviamente los turistas hagan uso.

Información.- Es el medio por el cual los visitantes obtienen nuevas experiencias y conocimientos y através de la cual que se logra su satisfacción.

Garantías laborales.- Conjunto de normas y leyes que garantizan los deberes y derechos deltrabajador.

Guías.- Son los profesionales que acompañan a los visitantes hasta los lugares permitidos, cumpleny hacen cumplir las normas ambientales, difunden la información básica existente y actualizadasobre el ecosistema y los elementos que lo componen.

Norma técnica.- Se considera como tal, a una especificación técnica, e instrumento jurídico queestablece los requisitos y regulaciones especiales que definen ámbitos, variables, subvariables yparámetros de calidad que aseguran la aptitud para la operación turística.

Parámetro.- Es el indicador de menor jerarquía y mayor especificidad del sistema, relativo a unasubvariable y, por ende a la variable respectiva.

Prácticas ambientales.- Comprende todos aquellos temas concernientes al desempeño ambiental dela empresa turística; incluyen tanto el manejo eficiente de aspectos básicos como agua, energíaeléctrica y desechos, así como aquellos referidos a la relación de la empresa con su entorno natural,conservación del ambiente y el desarrollo sostenible del turismo.

Responsabilidad social.- La mayoría de las definiciones de la responsabilidad social de las empresasentienden este concepto como la integración voluntaria, por parte de las empresas, de laspreocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones turísticas y sus relaciones con lacomunidad local para desarrollo y bienestar. Si bien es parte no obligatoria dentro de la normativa, siinfluye en el momento de la categorización de la empresa.

Seguridad.- Son todos los aspectos dirigidos a brindar seguridad a la embarcación, tripulación y alvisitante antes, durante y después de la operación turística.

Servicios turísticos.- Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a la

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satisfacción, expectativa y necesidad del visitante.

Servicios integrales.- Es el conjunto de actividades que realiza la empresa desde el momento delcontacto con el visitante en su país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta elretorno a su país.

Tour de buceo navegable.- Es la operación turística que realiza travesía por mar con hospedaje abordo, su característica principal es la realización de buceo deportivo, sin autorización paradesembarcar en sitios de visita y cuyo ámbito de operación está restringido a áreas específicamentepermitidas por la Dirección del Parque Nacional Galápagos y el Plan de Manejo.

Tripulación.- Es todo el personal logístico que se encuentran a bordo durante el cumplimiento deltour en cualquier modalidad, encargado del funcionamiento y movimiento de la embarcación.

Variable.- Son los indicadores de mayor sensibilidad para describir una acción, actividad o situaciónrelativa a un determinado ámbito.

4. AMBITO Y ALCANCE

Este documento establece las normas técnicas que se aplican a todas las embarcaciones queforman parte de la operación turística "Tour de Buceo Navegable" que se desarrolla en el PNG yRMG. Además cumplen con la normativa legal establecida en los artículos 183, 184, 185 del Libro111 "Del Régimen Forestal" del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio delAmbiente, los artículos 33, 37 y 52 del Reglamento Especial de Turismo en Areas NaturalesProtegidas (RETANP); Esta norma técnica pertenece al Ministerio de Turismo.

Normas técnicas aplicadas a otras áreas e instituciones, han demostrado ser una herramientavaliosa que permite conocer el nivel de cumplimiento de actividades tendientes a la protección delmedio ambiente y buen ordenamiento turístico. Esta norma técnica es un apoyo más en los aspectosrelacionados al mejoramiento de los servicios turísticos, identifica aquellos aspectos que requierenatención, de esta manera el empresario planea mejor su trabajo, busca el apoyo necesario y,finalmente, logra un manejo balanceado y satisfactorio de la operación turística "Tour de BuceoNavegable". De ninguna manera estas normas reemplazan o limitan otras normas técnicas oinstituciones públicas con sus propias responsabilidades y jurisdicciones relacionadas a la actividadturística.

Se aplica a todas las embarcaciones turísticas que realizan la operación turística "Tour de BuceoNavegable", estas normas permiten corregir debilidades y falencias en la operación, de modo que secumplan por lo menos con los estándares mínimos requeridos para lograr una actividad realmentesatisfactoria tanto para el visitante como para la tripulación y empresarios.

5. BASE LEGAL:

De acuerdo al Art. 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas porpersonas naturales o jurídicas que se dediquen o la prestación remunerada de modo habitual a unao más de las siguientes actividades:

a) Alojamiento;b) Servicios de alimentos y bebidas;c) Transportación cuando se dedica principalmente al turismo inclusive al transporte aéreo, marítimo,fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esta actividad seconsidera parte del agenciamiento;e) La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadores de eventos y convenciones;y,f) Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables.

NORMA TECNICA DE ACTIVIDADES TURISTICAS PRINCIPALES Y ACCESORIAS - Página 56eSilec Profesional - www.lexis.com.ec

De acuerdo al Art. 8 de la Ley de Turismo, para el ejercicio de actividades turísticas se requiereobtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad delservicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes.

De acuerdo al Art. 15 numeral 1 del la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el organismorector de la actividad turística ecuatoriana y debe preparar las normas técnicas y de calidad poractividad que regirán en todo el territorio nacional.

El Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP) (Decreto EjecutivoNo. 3516, Registro Oficial Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003) establece el régimen yprocedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas(SNAP), que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de sus competencias y porel Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales; así como elrégimen para el otorgamiento de autorizaciones y permisos de operación turística dentro del SNAP.En su Capítulo VI, establece los principios, regulaciones y disposiciones aplicables a las operacionesturísticas en la provincia de Galápagos.

De acuerdo al objetivo básico 4 del Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos se busca lograrun mayor apoyo de la población galapagueña y los visitantes a la gestión que realiza el ParqueNacional Galápagos, difundiendo la importancia socioeconómica que tiene la conservación de lanaturaleza, fomentando modelos participativos de manejo y aprovechando las oportunidades queofrecen las áreas protegidas para la educación, interpretación ambiental y el turismo de naturaleza.

De acuerdo al Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (Edición Especial del31 de marzo del 2003) en el artículo 36, las operaciones turísticas autorizadas en Parque NacionalGalápagos y en la Reserva Marina de Galápagos son principales y accesorias. Las actividadesprincipales son: crucero navegable, tour diario, tour de bahía y buceo (clase 1), tour de bahía ybuceo (clase 2), tour de bahía (clase 3), pesca deportiva, tour de buceo navegable, tour de puerto apuerto, y las actividades accesorias: buceo de superficie (snorkel), kayaking de mar, recorrido enpanga, tabla hawaiana, natación, deportes de vela entre otras.

6. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

- La responsabilidad de cumplir con estas normas técnicas recae en los propietarios de la empresaturística.- La autoridad para aplicar estas normas técnicas es el Ministerio de Turismo.- El responsable de categorizar es el Ministerio de Turismo.

7. NORMA TECNICA

Esta norma se divide en los siguientes niveles de indicadores:

A. Ambito;B. Variable;C. Subvariable; y,D. Parámetro.

Los indicadores de mayor jerarquía son los ámbitos, que corresponden a las operaciones turísticasque se mencionan en el RETANP Art. 36, y son los siguientes:

A. Crucero navegable;B. Tour diario;C. Tour de bahía y buceo (Clase 1);D. Tour de bahía y buceo (Clase 2);E. Tour de bahía (Clase 3);

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F. Tour de buceo navegable; y,G. Tour de puerto a puerto.

El siguiente nivel de indicador son las variables, las cuales se agrupan como:

A. Características de la embarcación:B. Seguridad:C. Prácticas ambientales;D. Responsabilidad social;E. Servicio turístico; y,F. Servicios integrales.

Dentro de estas algunos variables existen subvariables y son:

A. Información al visitante;B. Instalaciones;C. Equipos de comunicación;D. Tripulación;E. Dispositivos de seguridad;F. Planes y programas:G. Medidas de seguridad;H. Agua;I. Flora y fauna;J. Tratamiento de desechos:K. Energía;L. Certificación;M. Capacitación al personal;N. Contribución al desarrollo local;O. Servicios;P. Actividades;Q. Servicios complementarios;R. Guías;S. Administración; y,T. Políticas.

Finalmente los parámetros, siendo estos indicadores de menor jerarquía, pero son los indicadoresclaves para la categorización de la operación turística. Los parámetros se basan en normas oficialesnacionales existentes y aquellas sugeridas a nivel internacional y aplicables a la realidad deGalápagos. La tabla 1 indica las variables, subvariables y parámetros. Las normas técnicas para laoperación turística "Tour de Buceo Navegable" están determinadas en la Tabla 2.

8. IDENTIFICACION DE INDICADORES

A. CARACTERISTICAS DE LA EMBARCACIONA.1. INFORMACION AL VISITANTEA.1.1. Letreros informativos.A.1.1.1 Letreros que indiquen zonas de alto riesgo y/o áreas restringidas.A.1.1.2 Letreros que muestren la ubicación de extintores, bombas de agua y salidas de emergencia.A.1.1.3 Letreros con la ubicación de los baños sociales claramente señalizados.A.1.1.4 Letreros para que el visitante participe en los programas para evitar contaminación.A.1.1.5 Letreros, carteleras, guías, papelógrafos u otros medios donde se encuentre un mapa de lasinstalaciones, y se ubiquen las áreas recreacionales y sociales; los dormitorios, los baños sociales, elcomedor, etc.

A.1.2. Información escritaA.1.2.1 Información sobre políticas ambientales de la empresa, en donde uno de los aspectos es un

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simple recordatorio al visitante, que indique la adopción de hábitos sencillos para reducir de formanotable el gasto de agua, energía eléctrica y manejo de residuos, de manera que los visitantesadopten medidas responsables.A.1.2.2 Al final del tour se receptan encuestas a los visitantes sobre la operación turística.A.1.2.3 Al final del tour los guías aplican la encuesta de "satisfacción del visitante".A.1.2.4 Folletería y material promocional escrito y/o audiovisual, mostrando la realidad del lugardonde se desarrolla la operación.A.1.2.5 Información en los camarotes sobre horarios de limpieza.

A.2. EQUIPOS Y SISTEMAS DE COMUNICACIONA.2.1 Sistema de comunicación con el exterior, por ejemplo; radio de larga frecuencia y/o teléfono.A.2.2 Equipo móvil de comunicación para garantizar la comunicación constante entre la embarcacióny el guía sobre todo en caso de emergencia.A.2.3 Televisión en área social y en los camarotes.A.2.4 Música ambiental en los camarotes.A.2.5 DVD en área social.A.2.6 Retroproyector.A.2.7 Fax.A.2.8 Computador para uso del turista.A.2.9 Internet para pax.A.2.10 Micrófono para intérprete.

A.3. INSTALACIONESA.3.1 Escalera para subir al barco.A.3.2 Barandas.A.3.3 Area de recepción.A.3.4 Cabinas sencillas.A.3.5 Cabinas matrimoniales.A.3.6 Cabinas dobles.A.3.7 Cabinas triples.A.3.8 Cabinas suites.A.3.9 Cabinas para tripulación.A.3.10 Restaurante.A.3.11 Cafetería.A.3.12 Bar.A.3.13 Cocina.A.3.14 Baños sociales.A.3.15 Sala de lectura.A.3.16 Sala de reuniones o uso múltiple.A.3.17 Biblioteca.A.3.18 Cuartos fríos.A.3.19 Bodega para almacenaje adecuado de alimentos.A.3.20 Solario.A.3.21 Piscina/Jacuzzi.A.3.22 Area de carga y descarga.A.3.23 Gimnasio.A.3.24 Area de Parilla.A.3.25 Boutique.

A.4. TRIPULACION

A.4.1. Personal de trabajoA.4.1 Capitán.A.4.2 Marinero.A.4.3 Maquinista.A.4.4 Cocinero.

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A.4.5 Guía buzo. (*)A.4.6 Camarero. (*)A.4.7 Hotel Manager.A.4.8 Timonel.A.4.9 Anfitrión. (*)A.4.10 Ayudante de cocina.A.4.11 Salonero. (*)A.4.12 Barman. (*)

B. SEGURIDADB.1. Planes y programasB.1.1 La empresa cuenta con un plan de contingencia para emergencias ambientales.B.1.2 La empresa cuenta con un plan de contingencia para emergencias de salud de tripulación yturistas.B.1.3 La empresa cuenta con pólizas de seguro contra accidentes durante la operación turística paraproteger a su tripulación y turistas.B.1.4 Plan de respuesta a situaciones de emergencia en donde se especifiquen procedimientos debúsqueda y rescate.B.1.5 Plan de mantenimiento de máquinas.B.1.6 Afiliados la empresa para los turistas a un plan médico de cámara hiperbárica.B.2. Dispositivos de salvamento.B.2.1 Chalecos salvavidas.B.2.2 Aros salvavidas.B.2.3 Balsas salvavidas.B.2.4 Botiquín de primeros auxilios.B.2.5 Detectores de humo.B.2.6 Extintor.B.2.7 Dispositivo de flotación personal (PSD) por cada pasajero.B.2.8 Sistema de bengalas o dispositivo de señales de emergencia.B.2.9 Bandera de buceo/buceador.B.2.10 Luz blanca brillante.B.2.11 Ropa para aguas frías.B.2.12 Compresor de alta presión de aire comprimido.B.2.13 Máscara.B.2.14 Aletas.B.2.15 Tubos.B.2.16 Reguladores.B.2.17 Botellas.B.2.18 Profundímetros.B.2.19 Manómetros sumergibles.

C. PRACTICAS AMBIENTALES

C.1. AguaC.1.1 Políticas y medidas para el uso eficiente y ahorro de agua se dan a conocer a tripulación yturistas.C.1.2 La empresa cuenta con medidas para el ahorro de agua potable por ejemplo: usa llaves deagua con dispositivos especiales en los lavamanos.C.1.3 El agua empleada para consumo humano, incluyendo hielo, es demostrablemente potable opurificada.C.1.4 La empresa evita el uso de cloro en la lavandería.

C.2. Flora y faunaC.2.1 Tiene bibliografía sobre especies de flora y fauna existentes en el área de visita, tanto a bordode la embarcación como en las oficinas de operación.C.2.2 No se consumen, venden o exhiben especies en veda o peligro de extinción.

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C.2.3 No se mantienen animales vivos de ninguna especie en la embarcación.C.2.4 Se evita la alimentación artificial de animales.C.2.5 El control de insectos y roedores es ambientalmente amigable (no uso de insecticidas ovenenos).

C.3. Tratamiento de desechosC.3.1 La empresa tiene un programa para minimizar la compra de insumos que producen desechos(ejemplo: compra productos a granel, no utiliza platos y vasos desechables, utiliza botellasretornables).C.3.2 Se separan los desechos para su reutilización, reciclaje y disposición final adecuada.C.3.3 Se implementan acciones para la reutilización de papel, recipientes, etc.C.3.4 Se evita el uso de empaques y utensilios no reutilizables.C.3.5 La empresa participa en los programas de reciclaje.C.3.6 Recicla el aceite de la cocina, para evitar arrojarlo al mar.C.3.7 La empresa tiene un programa para minimizar la compra de insumos que producen desechos(ejemplo: compra productos a granel, no utiliza platos y vasos desechables, utiliza botellasretornables).C.3.8 Se implementan acciones para la reutilización de papel, recipientes, etc.C.3.9 La operación debe utilizar papel reciclado y blanqueado sin cloro para la impresión de por lomenos el 50% del material producido (promocional, informativo, etc.).

C.4. EnergíaC.4.1 Sistema de aire acondicionado y refrigeración de la embarcación no tiene refrigerantes como elCFC u otros gases destructores de la capa de ozono.C.4.2 Productos de limpieza y lavandería con sellos que indican ser biodegradables.C.4.3 Productos cosméticos para el uso de clientes y empleados son biodegradables.C.4.4 Los niveles de ruido en las cabinas no exceden los 70 decibeles.C.4.5 Pangas con motores de cuatro tiempos.C.4.6 La empresa adopta medidas para minimizar las emisiones contaminantes y olores fuertes(indicar cuáles medidas han sido adoptadas).

D. RESPONSABILIDAD SOCIAL

D.1. Capacitación al personalD.1.1 La empresa cuenta con un cronograma de capacitación en donde se especifique:

a) Capacitación de los empleados en aspectos relacionados a mejorar sus capacidades en el áreade su competencia.b) Capacitación a los empleados en aspectos de prevención. de impactos ambientales.c) Cursos a los empleados sobre relaciones humanas.d) Capacitación con temas particulares de interés a la operación, sean estos ambientales, culturalesy/o de servicio al cliente.

D.1.2 La empresa desarrolla programas de capacitación dirigidos hacia la comunidad local que formaparte de la empresa, a fin de incentivarlos a apoyarla y sentirse comprometidos con ella.D.1.3 La empresa ofrece programas de capacitación para la comunidad local.D.1.4 La empresa tiene convenios con universidades y asociaciones especialistas en temasambientales, turísticos y de calidad de los servicios.D.1.5 Existen manuales de procedimientos de la tripulación con el visitante.D.1.6 Clientes con el seguro ofrecido por DAN (Dive Alert Network).

D.2. Contribución al desarrollo localD.2.1 Procura la compra de productos locales (alimentos, artesanías, etc.) para la operación turísticay efectuará un pago justo por éstos, de acuerdo al mercado.D.2.2 Aporta al bienestar de las comunidades locales a través de la compra de servicios, de acuerdoa las necesidades de la empresa.

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D.2.3 La empresa prefiere proveedores que practican técnicas amigables con el medio ambiente.D.2.4 Respeto en el mercadeo del producto en operaciones formales con precio justo y según loofrecido.D.2.5 Se incentiva y participa en programas de limpieza, mantenimiento y similares en: senderos,playas, etc.

D.3. CertificaciónD.3.1 La empresa cuenta con una certificación ambiental.D.3.2 La empresa cuenta con un código de ética ambiental.

Puede ser de gran utilidad conocer los principios5 establecidos por el Comité de la WFOE (WorldFundation Organization Environmental) en ingeniería y medio ambiente para el Código de EticaAmbiental. Son los siguientes:

- Procure con su mayor capacidad, ánimo, entusiasmo y dedicación alcanzar un logro técnicosuperior, el cual contribuirá y proporcionará un ambiente saludable a todos los hombres, tanto enespacios abiertos como en cerrados.- Haga un esfuerzo para alcanzar los objetivos económicos de su trabajo, con el mínimo consumo dematerias primas y energía y la mínima producción de residuos y cualquier otra clase decontaminación.- En particular, trate de las consecuencias de sus propuestas y acciones, directas o indirectas, acorto o largo plazo, sobre la salud de la gente, la equidad social y los valores locales.- Estudie en todos sus aspectos el medio ambiente que será afectado, valore todos los impactos quepuedan aparecer en el estado dinámico y estático de los ecosistemas comprometidos, urbanizado onatural, así como los pertinentes sistemas socio - económicos, y seleccione la mejor alternativa paraun desarrollo ambientalmente profundo y sostenible.- Promueva un claro entendimiento de las acciones necesarias para restaurar y, si es posible, paramejorar el medio ambiente que pueda ser perturbado, e incluya dichas acciones en sus propuestas.- Rechace cualquier tipo de compromiso que suponga daños para los ambientes humanos ynaturales, y disponga la mejor solución social y política.- Tenga en cuenta que los principios de interdependencia del ecosistema, mantenimiento de ladiversidad, recuperación de los recursos y la armonía interrelacionada forman las bases de nuestraexistencia, y que cualquiera de estas bases representa un umbral al desarrollo sostenible que nodeberá ser sobrepasado.

Y añade: "recuerde siempre que la guerra, miseria e ignorancia, más los desastres naturales, asícomo la contaminación y destrucción de recursos provocados por el hombre, son las principalescausas del progresivo empeoramiento del medio ambiente y corresponde por tanto a los miembrosde la profesión el usar el talento, conocimientos e imaginación, para ayudar a la sociedad a la mejorade la calidad de vida de la gente".

E. SERVICIOS TURISTICOS

E.1. Servicios

E.1.1 Servicio médico, con un médico permanente a bordo.E.1.2 Servicio a la habitación con personal encargado de atender los pedidos de los turistas durantelas 24 horas del día tanto en comidas como en bebidas.E.1.3 Servicio de despertado automático o personal.E.1.4 Servicio telefónico en los camarotes.E.1.5 Servicio de transfer de equipaje (tripulación se encarga del equipajeaeropuerto-barco-aeropuerto).E.1.6 Servicio de dispensadores de agua.E.1.7 Servicio de comidas nacionales e internacionales.E.1.8 Servicio de Buffet.E.1.9 Servicio de comida nacional.

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E.1.10 Servicio de Bar.E.1.11 Servicio de charlas del guía (Briefings).E.1.12 Servicio de masajes.E.1.13 Servicio de recreación pasiva: Juegos de mesa.E.1.14 Servicio telefónico con llamadas internacionales.

E.2. Servicios complementariosE.2.1 Toallas extras sin costo.E.2.2 Bebidas y snacks de cortesía.E.2.3 Actividades de bienvenida y despedida.E.2.4 Alquiler de equipo para kayak.E.2.5 Actividades recreacionales en la embarcación: show, música.E.2.6 Ofrece el servicio de aire comprimido.

E.3. Servicio de GuíasE.3.1 Los guías son calificados por la autoridad competente, en el caso de operar dentro de un áreaprotegida se exigirá que sea guía naturalista certificado por el área protegida (verificar certificaciónde los guías de planta de la empresa y/o de los guías eventuales).E.3.2 Los guías de planta tienen actualizaciones periódicas certificadas.E.3.3 Los guías deben hablar al menos un idioma diferente al español.E.3.4 Los guías deben estar correctamente uniformados de acuerdo al uniforme señalado por laautoridad competente.E.3.5 Los guías cumplen con las siguientes funciones:

a) Colaborar con el área protegida en el patrullaje de las actividades de manejo:b) Brindar información a los visitantes sobre las medidas de seguridad que debe adoptar durante elviaje;c) Indicar las normas de conducta en los sitios de visita; y,d) Indicar las regulaciones del área protegida.

E.3.6 Procedimientos de inmersión/recuento de pasajeros.E.3.7 Garantiza que todos los cursos de certificación de buceo y los programas de experiencia serealizan utilizando métodos acordes con las normas internacionales, tal y como aparecen indicadasen los manuales internacionales de instructor.

F. SERVICIOS INTEGRALESF.1. Promoción y seguimientoF.1.1 La información a brindarse al pasajero y las políticas de la empresa deben constar en unapágina web o en material promocional escrito.F.1.2 Información de la página web o material promocional escrito es clara, completa y veraz sobrelas condiciones de los productos y servicios que la empresa ofrece.F.1.3 Información sobre lo que incluye y "no" incluye cada paquete, programa, actividad y/odeterminados servicios*.F.1.4 La empresa tiene registro de propiedad intelectual del nombre de la embarcación.F.1.5 La empresa hace un seguimiento al turista luego de su regreso al país de origen (servicio postventa).

F.2. Facilidades para el visitanteF.2.1 Dentro de la medida de lo posible, las facilidades y actividades turísticas brindan facilidadespara personas con discapacidad física o mental.F.2.2 Oficina con un mínimo de facilidades y recursos que permitan la realización y tratamiento delas reservas y contratación de servicios turísticos mediante comunicaciones telefónicas, correo postaly/o electrónico y que permita procesar todos los documentos necesarios para el buen desempeño dela actividad o programa.F.2.3 Ofrece para la venta y tiene una selección de equipo de buceo y snórquel que incluya comomínimo, máscara, aletas, tubos, chalecos, reguladores, botellas, profundímetros, manómetros

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sumergibles y trajes de protección.F.2.4 La empresa se asegura que, o bien, un divemaster, assistant instructor, o instructor de buceocertificados están presentes y dirigiendo todas las salidas ofrecidas de buceo recreativo o de buceode superficie.F.2.5 La empresa cuenta con un mecanismo para recibir evaluaciones, quejas y comentarios de losclientes; mantiene un registro de ellos y de las acciones correctivas.

F.3. PolíticasF.3.1 La empresa identifica sus principales impactos ambientales negativos y adopta medidas parasu prevención o mitigación.F.3.2 La empresa cuenta con un código de ética propio y escrito, que considere aspectos referentesa promoción de servicios para sus clientes y empleados.F.3.3 La empresa tiene políticas escritas de responsabilidad de la empresa por accidentes sufridospor el visitante durante la operación turística.F.3.4 Normas de conducta entre la tripulación y los turistas.F.3.5 La política ambiental de la empresa se da a conocer a clientes, empleados y propietarios.F.3.6 Manual de filosofia corporativa.

9. REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS

Los parámetros que califican las operaciones de turismo, objeto de esta norma, deben cumplir conlas normas oficiales nacionales existentes y con la normatividad internacional aplicable.

Para efecto de esta norma técnica, las embarcaciones de turismo, deben cumplir con todas lasespecificaciones mencionadas como obligatorias dentro del manual para la categorización, en casode no cumplir con alguna de ellas, el Ministerio de Turismo tiene la facultad de otorgar un plazoperentorio para el cumplimiento de la normativa.

NORMA TECNICA NT-K-08ACTIVIDADES TURISTICAS ACCESORIAS

KAYAKING DE MAR

1. INTRODUCCION

De acuerdo al Art. 6 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas, alMinisterio de Turismo le corresponde la promoción, planificación y control de las actividadesturísticas, así como normar los niveles mínimos de calidad de los servicios y actividades turísticasdefinidas en la ley, los reglamentos y normas técnicas específicas que se desarrollen en el SistemaNacional de Areas Protegidas del Estado.

De acuerdo al Art. 15, literal 1 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el órgano rector dela actividad turística ecuatoriana, el mismo que dentro de sus principales atribuciones considera lapreparación de normas técnicas y de calidad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

Bajo esta premisa, el desarrollo y evolución constante del turismo a nivel mundial, hace que laactividad turística ecuatoriana considere como imperiosa la necesidad de ofrecer servicios turísticosde calidad, entonces es necesaria la aplicación de instrumentos técnicos, cuyo objetivo seagarantizar el bienestar social, ambiental, turístico y empresarial.

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El presente manual es el resultado de un proceso de consulta y validación con actores clave de lacomunidad local, que pretende normar las demandas ambientales y sociales actuales de laoperación turística de "Kayaking de Mar", establecida en el RETANP como una de las actividadesturísticas accesorias de Galápagos.

Esta normativa implementa estándares orientados a convertir el concepto de efectividad en elmanejo turístico en parámetros reales y aplicables en el contexto de la calidad.

2. OBJETIVO

- Determinar estándares mínimos necesarios para desarrollar la actividad turística accesoria"Kayaking de Mar" que permitan brindar un servicio de calidad al visitante.

3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

Características de los equipos

Considera las características físicas mínimas con las que debe contar el equipo para ser consideradoapto para la operación turística.

Kayaking de mar

Deporte náutico que consiste en la navegación en una embarcación ligera construida de múltiplesmateriales propulsada por remos y que usualmente está destinada a paseos, regatas ocompetencias.

Norma técnica

Se considera como tal, a una especificación técnica, e instrumento jurídico que establece losrequisitos y regulaciones especiales que definen ámbitos, variables, subvariables y parámetros decalidad que aseguran la aptitud para la operación turística.

Prácticas ambientales

Comprende todos aquellos temas concernientes al desempeño ambiental de la empresa turística;incluyen tanto el manejo eficiente de aspectos básicos como agua, energía eléctrica y desechos, asícomo aquellos referidos a la relación de la empresa con su entorno natural, conservación delambiente y el desarrollo sostenible del turismo.

Responsabilidad social

Se entiende como la integración voluntaria, por parte de las empresas a las preocupaciones socialesy medioambientales en sus operaciones turísticas y sus relaciones con la comunidad local paradesarrollo y bienestar.

Guía naturalista

Son personas naturales no dependientes del Estado, que tienen la responsabilidad de prestarservicios de conducción, interpretación, educación, y conservación de los recursos naturales para elesparcimiento y educación de visitantes dentro del área protegida, previo la aprobación del curso decapacitación dictado por el Ministerio del Ambiente en coordinación con el Ministerio de Turismo.

Servicios complementarios

Es el conjunto de servicios que realiza la empresa desde el momento del contacto con el visitante ensu país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta el retorno a su país.

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Servicios integrales

Es el conjunto de actividades que realiza la empresa desde el momento del contacto con el visitanteen su país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta el retorno a su país.

Servicios turísticos

Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a la satisfacción, expectativa ynecesidad del visitante.

Snorkeling

Es la práctica de nadar en la superficie del agua con una máscara subacuática, un tubo y por logeneral con aletas. En climas más fríos se emplea un traje de buzo. La combinación de estasherramientas permite observar a la vida acuática por períodos extendidos y con relativamente pocoesfuerzo. La máscara permite que ni el agua ni la sal entren en los ojos, y el tubo permitela respiración para que la persona no tenga que salir del agua y perder la imagen así como eliminarel movimiento en el agua.

Wetsuit

Traje de Neopreno aislante entre el cuerpo humano y el agua a bajas temperaturas.

* Ordenado alfabéticamente.

4. AMBITO Y ALCANCE

Esta norma será aplicable en territorio ecuatoriano a todas las personas naturales o jurídicas querealicen la actividad "Kayaking de Mar" como servicio turístico.

Además cumplen con la normativa legal establecida en los artículos 183, 184, 185 del Libro III "DelRégimen Forestal" del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, losartículos 33, 37 y 52 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP);la Sección Sexta del Estatuto Administrativo de la Dirección Parque Nacional Galápagos yResolución Administrativa No. 0053 de la Dirección Parque Nacional Galápagos, sin perjuicio de lasnormativas legales existentes en el país.

Normas técnicas aplicadas a otras áreas e instituciones, han demostrado ser una herramientavaliosa que permite conocer el nivel de cumplimiento de actividades tendientes a la protección delmedio ambiente y buen ordenamiento turístico. Esta norma técnica, es un apoyo más en losaspectos relacionados a los servicios turísticos, identifica aquellos aspectos que requieren atención,de esta manera el empresario planea mejor su trabajo, busca el apoyo necesario y, finalmente, lograun manejo balanceado y satisfactorio de la operación turística "Kayaking de Mar".

De ninguna manera estas normas reemplazan o limitan otras normas técnicas de institucionespúblicas con sus propias responsabilidades y jurisdicciones relacionadas a la actividad turística.

5. BASE LEGAL:

De acuerdo al Art. 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas porpersonas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada de modo habitual a unao más de las siguientes actividades:

a) Alojamiento;b) Servicios de alimentos y bebidas;

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c) Transportación cuando se dedique principalmente al turismo inclusive al transporte aéreo,marítimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esta actividad seconsidera parte del agenciamiento;e) La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadores de eventos y convenciones;y,f) Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables.

De acuerdo al Art. 8 de la Ley de Turismo, para el ejercicio de actividades turísticas se requiereobtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad delservicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes.

De acuerdo al Art. 15 numeral 1 del la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el organismorector de la actividad turística ecuatoriana y debe preparar las normas técnicas y de calidad poractividad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

El Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP) (Decreto EjecutivoNo. 3516, Registro Oficial Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003) establece el régimen yprocedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas(SNAP), que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de sus competencias y porel Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales; así como elrégimen para el otorgamiento de autorizaciones y permisos de operación turística dentro del SNAP.En su Capítulo VI, establece los principios, regulaciones y disposiciones aplicables a las operacionesturísticas en la provincia de Galápagos.

De acuerdo al objetivo básico 4 del Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos, se busca lograrun mayor apoyo de la población galapagueña y los visitantes a la gestión que realiza el ParqueNacional Galápagos, difundiendo la importancia socioeconómica que tiene la conservación de lanaturaleza, fomentando modelos participativos de manejo y aprovechando las oportunidades queofrecen las áreas protegidas para la educación, interpretación ambiental y el turismo de naturaleza.

De acuerdo al Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (Edición Especial del31 de marzo del 2003) en el artículo 36, las operaciones turísticas autorizadas en Parque NacionalGalápagos y en la Reserva, Marina de Galápagos, son principales y accesorias. Las actividadesprincipales son: crucero navegable, tour diario, tour de bahía y buceo (clase 1), tour de bahía ybuceo (clase 2), tour de bahía (clase 3), pesca deportiva, tour de buceo navegable, tour de puerto apuerto, y las actividades accesorias: buceo de superficie (snorkel), kayaking de mar, recorrido enpanga, tabla hawaiana, natación, deportes de vela entre otras.

La norma técnica será aplicable a nivel nacional y donde el Ministerio de Turismo tenga jurisdicción ycompetencia.

6. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

- La responsabilidad de cumplir con estas normas técnicas es de las personas naturales o jurídicasque se dedique a la prestación de servicios turísticos de "Kayaking de Mar".- La autoridad para aplicar estas normas técnicas es el Ministerio de Turismo.- El cumplimiento de la normativa técnica servirá para que el operador turístico pueda obtener elRegistro de Turismo emitido por el Ministerio de Turismo.- Además del registro de turismo, los operadores turísticos deberán poseer la licencia única anual de

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funcionamiento.- En el caso de que la actividad se realice dentro de un área protegida, es necesario que el operadorcuente con los permisos o autorizaciones expedidos por la autoridad ambiental competente.- El registro de turismo, no exime al operador turístico del cumplimiento de lo estipulado en otrasleyes o reglamentos vigentes en la legislación ecuatoriana.

7. NORMA TECNICA

A. Características de los equipos:

A.1 Las embarcaciones para el servicio turístico de kayaking de mar, podrán ser de lascaracterísticas sit-on-top (principiantes) o de las características sit-in-inside (avanzados), podrán serpara uno o dos pasajeros.A.2 Remos en buenas condiciones.A.3 Chalecos salvavidas limpios y en buenas condiciones para todos los participantes que incluyasilbatos de emergencia.A.4 Trajes tipo wetsuit para aguas frías o zonas con vientos de 5 a 3mm.A.5 Bomba de achique portátil para kayak de mar tipo profesional.A.6 Luz estroboscópica.A.7 Flotador de remo.A.8 Navaja o cuchillo.A.9 Bolsa impermeable para implementos electrónicos y de seguridad.A.10 Cantimplora para bebidas hidratantes, de preferencia hidrobags.

B. Seguridad:B.1 Si la operación de kayaking de mar, la va a realizar un grupo de 6 o más kayaks o dependiendode la dificultad de la zona donde se realizare la operación será necesario el acompañamiento de unfacilitador o guía de kayak.B.2 El guía deberá poseer una línea de remolque de al menos 50 metros.B.3 Los kayaks de mar deberán tener un ancla.B.4 El guía deberá poseer botiquín de primeros auxilios con todos los implementos necesarios paraatender emergencias.B.5 El guía deberá poseer un equipo completo de snorkeling para posibles rescates.B.6 El guía deberá poseer una radio portátil en frecuencia marina.B.7 Para el caso de actividades turísticas lejos de las zonas pobladas se deberá contar con unaembarcación que cumpla con todos los requisitos establecidos por las autoridades competentes pararealizar turismo en áreas naturales protegidas y cumplir con las normas de seguridad establecida porla autoridad marítima.

C. Prácticas ambientales:C.1 El operador turístico deberá garantizar que en su actividad se realice buen manejo de losdesechos sólidos, retornándolos a los centros poblados y disponerlos de manera adecuada.C.2 El operador turístico deberá poseer una descripción exacta de los sitios en los cuales se va adesarrollar la actividad incluyendo la flora y fauna del lugar.C.3 En caso de realizar la actividad dentro de un área protegida, el operador turístico deberá contarcon la autorización administrativa y zonificación de la autoridad ambiental competente.C.4 El guía deberá proporcionar información y conocer las prácticas ambientales que se debencumplir en los diferentes sitios en donde se desarrolla la actividad.

D. Responsabilidad social:D.1 El operador turístico deberá promover la creación de fuentes de empleo para residentes de lacomunidad local más cercana a su operación.

E. Servicios turísticos:E.1 El operador turístico deberá garantizar 1 guía para máximo 6 kayaks de mar y que cumpla conlos siguientes requisitos:

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a) El guía deberá tener certificación de aprobación del curso de especialización en kayaking de mar;b) El guía deberá tener conocimientos de la zona a interpretar;c) El guía deberá tener certificaciones que comprueben conocimientos de primeros auxilios;d) Si el guía va a realizar la actividad dentro de área protegida, deberá ser calificado como guíanaturalista; y,e) El operador turístico deberá ofrecer bebidas a los turistas durante los recorridos largos y en lasparadas box lunch si es necesario.

F. Servicios integrales:F.1 Información sobre lo que incluye y "no" incluye cada paquete, programa, actividades y/odeterminados servicios.F.2 Información clara, completa y veraz sobre las políticas de reservaciones y venta de los productosy servicios que la empresa ofrece.F.3 Material promocional con información veraz.F.4 Agencia de viajes a través de la cual se realice la actividad legalmente establecida.

NORMA TECNICA NT-DV-09ACTIVIDADES TURISTICAS ACCESORIAS

DEPORTES DE VELA

1. INTRODUCCION

De acuerdo al Art. 6 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas, alMinisterio de Turismo le corresponde la promoción, planificación y control de las actividadesturísticas, así como normar los niveles mínimos de calidad de los servicios y actividades turísticasdefinidas en la ley, los reglamentos y normas técnicas específicas que se desarrollen en el SistemaNacional de Areas Protegidas del Estado.

De acuerdo al Art. 15, literal 1 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el órgano rector dela actividad turística ecuatoriana, el mismo que dentro de sus principales atribuciones considera lapreparación de normas técnicas y de calidad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

Bajo esta premisa, el desarrollo y evolución constante del turismo a nivel mundial, hace que laactividad turística ecuatoriana considere como imperiosa la necesidad de ofrecer servicios turísticosde calidad, entonces es necesaria la aplicación de instrumentos técnicos, cuyo objetivo seagarantizar el bienestar social, ambiental, turístico y empresarial.

El presente manual es el resultado de un proceso de consulta y validación con actores clave de lacomunidad local, que pretende normar las demandas ambientales y sociales actuales de laoperación turística de "Deportes de Vela", establecida en el RETANP como una de las actividadesturísticas accesorias de Galápagos.

Esta normativa implementa estándares orientados a convertir el concepto de efectividad en elmanejo turístico en algo real y aplicable en el contexto de la competitividad.

2. OBJETIVO

* Determinar los estándares mínimos necesarios para desarrollar la actividad turística accesoria

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"Deportes de Vela" y que permita brindar un servicio de calidad al visitante.

3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

Características de los equipos

Considera las características físicas mínimas con las que debe contar el equipo para ser consideradaapta para la operación turística.

Deportes de vela

Deporte náutico que consiste en la navegación en una embarcación ligera construida de múltiplesmateriales propulsada por una vela y que usualmente está destinada a paseos, regatas ocompetencias.

Funboard

Es una novedosa modalidad intermedia del deporte de la tabla a vela, entre el surf y winsurf, pero unpoco más sofisticado. Su práctica requiere de una tabla de mayor tamaño, y de una vela con diseñodistinto, apropiada para poder desplazarse mejor en el agua.

Kitesurf

Se basa en las técnicas de las cometas. El buen viento y las pocas olas hacen ideal a este lago parasu práctica. El kite consta de una pequeña tabla, sobre la cual se para la persona, la cual esarrastrada por una especie de parapente, el cual se conduce mediante sendos hilos que estánfijados a una barra de control. Cuando el kite (corneta en inglés) vuela cruzando el cielo,genera una fuerza de empuje hacia arriba igual a la de los aviones.

Prácticas ambientales

Comprende todos aquellos temas concernientes al desempeño ambiental de la empresa turística;incluyen tanto el manejo eficiente de aspectos básicos como agua, energía eléctrica y desechos, asícomo aquellos referidos a la relación de la empresa con su entorno natural, conservación delambiente y el desarrollo sostenible del turismo.

Responsabilidad social

Se entiende como la integración voluntaria, por parte de las empresas a las preocupaciones socialesy medioambientales en sus operaciones turísticas y sus relaciones con la comunidad local paradesarrollo y bienestar.

Servicios integrales

Es el conjunto de actividades que realiza la empresa desde el momento del contacto con el visitanteen su país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta el retorno a su país.

Servicios turísticos

Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a la satisfacción, expectativa ynecesidad del visitante.

Velero láser

Su longitud es de 4.2 metros de eslora y pesa 59 kg.

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Velero lightning

El lightning es un velero de 5,76 metros de eslora y 318 Kg. de desplazamiento diseñado paratravesías más largas.

Velero optimis

Es un barco simple, estable, y, a la vez, competitivo su eslora es de 2,30 metros y pesa 35kg.

Wetsuit

Traje de Neopreno aislante entre el cuerpo humano y el agua a bajas temperaturas.

Windsurf

Originado por la combinación de dos deportes: surf y vela; el windsurf consiste en desplazarse por elagua sobre una tabla con una vela impulsada por el viento. Dependiendo del grado de dominio y tipode equipo se pueden practicar distintas variantes, en las que se incluyen piruetas, saltos y velocidad.El windsurf está constituido por dos partes principales: la tabla y el aparejo.

* Ordenado alfabéticamente.

4. AMBITO Y ALCANCE

Esta norma será a todas las personas naturales o jurídicas que realicen la actividad accesoria"Deportes de Vela" como operación turística.

Este documento establece las normas técnicas que se aplican a las actividades accesorias que sedesarrolla en el PNG y RMG. Además cumplen con la normativa legal establecida en los artículos183, 184, 185 del Libro III "Del Régimen Forestal" del Texto Unificado de Legislación Secundaria delMinisterio del Ambiente, los artículos 33, 37 y 52 del Reglamento Especial de Turismo en AreasNaturales Protegidas (RETANP); la Sección Sexta del Estatuto Administrativo de la Dirección ParqueNacional Galápagos y Resolución Administrativa No. 0053 de la Dirección Parque NacionalGalápagos, sin perjuicio de las normativas legales existentes en el país.

Normas técnicas aplicadas a otras áreas e instituciones, han demostrado ser una herramientavaliosa que permite conocer el nivel de cumplimiento de actividades tendientes a la protección delmedio ambiente y buen ordenamiento turístico. Esta norma técnica es un apoyo más en los aspectosrelacionados a los servicios turísticos, identifica aquellos aspectos que requieren atención, de estamanera el empresario planea mejor su trabajo, busca el apoyo necesario y, finalmente, logra unmanejo balanceado y satisfactorio de la operación turística "Deportes de Vela".

De ninguna manera estas normas reemplazan o limitan otras normas técnicas o institucionespúblicas con sus propias responsabilidades y jurisdicciones relacionadas a la actividad turística.

5. BASE LEGAL:

De acuerdo al Art. 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas porpersonas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada de modo habitual a unao más de las siguientes actividades:

a) Alojamiento;b) Servicios de alimentos y bebidas;c) Transportación cuando se dedique principalmente al turismo inclusive al transporte aéreo,marítimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esta actividad se

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considera parte del agenciamiento;e) La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadores de eventos y convenciones;y,f) Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables.

De acuerdo al Art. 8 de la Ley de Turismo, para el ejercicio de actividades turísticas se requiereobtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad delservicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes.

De acuerdo al Art. 15 numeral 1 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el organismorector de la actividad turística ecuatoriana y debe preparar las normas técnicas y de calidad poractividad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

El Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP) (Decreto EjecutivoNo. 3516, Registro Oficial Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003) establece el régimen yprocedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas(SNAP), que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de sus competencias y porel Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales; así como elrégimen para el otorgamiento de autorizaciones y permisos de operación turística dentro del SNAP.En su Capítulo VI, establece los principios, regulaciones y disposiciones aplicables a las operacionesturísticas en la provincia de Galápagos.

De acuerdo al objetivo básico 4 del Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos se busca lograrun mayor apoyo de la población galapagueña y los visitantes a la gestión que realiza el ParqueNacional Galápagos, difundiendo la importancia socioeconómica que tiene la conservación de lanaturaleza, fomentando modelos participativos de manejo y aprovechando las oportunidades queofrecen las áreas protegidas para la educación, interpretación ambiental y el turismo de naturaleza.

De acuerdo al Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (Edición Especial del31 de marzo del 2003) en el artículo 36, las operaciones turísticas autorizadas en Parque NacionalGalápagos y en la Reserva Marina de Galápagos son principales y accesorias. Las actividadesprincipales son: crucero navegable, tour diario, tour de bahía y buceo (clase 1), tour de bahía ybuceo (clase 2), tour de bahía (clase 3), pesca deportiva, tour de buceo navegable, tour de puerto apuerto, y las actividades accesorias: buceo de superficie (snorkel), kayaking del mar, recorrido enpanga, tabla hawaiana, natación, deportes de vela entre otras.

La norma técnica será aplicable a nivel nacional y donde el Ministerio de Turismo tenga jurisdicción ycompetencia.

6. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

- La responsabilidad de cumplir con estas normas técnicas es de las personas naturales o jurídicasque se dedique a la prestación de servicios turísticos de "Deportes de Vela".- La autoridad para aplicar estas normas técnicas es el Ministerio de Turismo.- El cumplimiento de la normativa técnica servirá para que el operador turístico pueda obtener elRegistro de Turismo emitido por el Ministerio de Turismo.- Además del registro de turismo, los operadores turísticos deberán poseer la licencia única anual defuncionamiento.- En el caso de que la actividad se realice dentro de un área protegida, es necesario que el operadorcuente con los permisos o autorizaciones expedidos por la autoridad ambiental competente.

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- El Registro de Turismo, no exime al operador turístico del cumplimiento de lo estipulado en otrasleyes o reglamentos vigentes en la legislación ecuatoriana.

7. NORMA TECNICA

A. Características de los equipos:

A.1 Los equipos destinados para el deporte de vela pueden ser windsurf, funboard, kitesurf o velerostipo optimist, laser o lightning.A.2 Chalecos salvavidas limpios y en buenas condiciones para todos los participantes que incluyasilbatos de emergencia.A.3 Espejos de reflexión.A.4 Trajes tipo wetsuit para aguas frías o zonas con vientos de 5 a 3mm.A.5 Luz estroboscópica:

B. Seguridad:

B.1 Los practicantes de este deporte deberán demostrar sus conocimientos del manejo de losequipos y será necesario la firma de un documento de responsabilidad entre el operador turístico yturista y adicionalmente la contratación de un seguro contra accidentes.B.2 Los veleros tipo optimist, laser o lightning deberán contar con todas las normas de seguridadestablecidas por la autoridad marítima.B.3 El guía deberá poseer botiquín de primeros auxilios con todos los implementos necesarios paraatender emergencias y quemaduras de sol.B.4 El guía deberá poseer una radio portátil en frecuencia marina y GPS.B.5 Para el caso de actividades turísticas lejos de las zonas pobladas se deberá contar con unaembarcación que cuente con todos los requisitos establecidos por las autoridades competentes pararealizar turismo en áreas naturales protegidas y cumplir con las normas de seguridad establecida porla autoridad marítima.

C. Prácticas ambientalesC.1 El operador turístico deberá garantizar que en su actividad se realice buen manejo de losdesechos sólidos, retornándolos a los centros poblados y disponerlos de manera adecuada.C.2 El operador turístico deberá poseer una descripción exacta de los sitios en los cuales se va adesarrollar la actividad incluyendo la flora y fauna del lugar.C.3 En caso de realizar la actividad en área protegida, el operador turístico deberá poseer laautorización y zonificación de la autoridad ambiental competente.C.4 El guía deberá proporcionar información y conocer las prácticas ambientales que se debencumplir en los diferentes sitios en donde se desarrolla la actividad.

D. Responsabilidad social:D.1 El guía deberá promover en su grupo de turistas el uso de bienes y servicios locales asegurandola participación de la comunidad local.

E. Servicios TurísticosE.1 El operador turístico deberá garantizar un guía para máximo 6 turistas y que cumpla con lossiguientes requisitos:

a) El guía deberá tener certificación de aprobación del curso de especialización en velerismo odeportes de vela, otorgado por la autoridad competente;b) El guía deberá tener conocimientos de la zona a interpretar;c) El guía deberá tener certificaciones que comprueben conocimientos de primeros auxilios;d) El guía debe dominar al menos dos idiomas;e) Si el guía va a realizar la actividad dentro de área protegida, deberá ser calificado como guíanaturalista; y,f) El operador turístico deberá ofrecer bebidas a los turistas durante los recorridos y en las paradas

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box lunch si es necesario.

E.2 El operador turístico proporcionará un seguro contra accidentes y vida por el periodo de suoperación.

F. Servicios Integrales:F.1 Información sobre lo que incluye y "no" incluye cada paquete, programa, actividades y/odeterminados servicios.F.2 Información clara, completa y veraz sobre las políticas de reservaciones y venta de los productosy servicios que la empresa ofrece.F.3 Material promocional con información veraz.F.4 Agencia de viajes a través de la cual se realice la actividad legalmente establecida.

NORMA TECNICA NT-RP-10ACTIVIDADES TURISTICAS ACCESORIAS

RECORRIDO EN PANGA

1. INTRODUCCION

De acuerdo al Art. 6 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas, alMinisterio de Turismo le corresponde la promoción, planificación y control de las actividadesturísticas, así como normar los niveles mínimos de calidad de los servicios y actividades turísticasdefinidas en la ley, los reglamentos y normas técnicas específicas que se desarrollen en el SistemaNacional de Areas Protegidas del Estado.

De acuerdo al Art. 15, literal 1 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el órgano rector dela actividad turística ecuatoriana, el mismo que dentro de sus principales atribuciones considera lapreparación de normas técnicas y de calidad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

Bajo esta premisa, el desarrollo y evolución constante del turismo a nivel mundial, hace que laactividad turística ecuatoriana considere como imperiosa la necesidad de ofrecer servicios turísticosde calidad, entonces es necesaria la aplicación de instrumentos técnicos, cuyo objetivo seagarantizar el bienestar social, ambiental, turístico y empresarial.

El presente manual es el resultado de un proceso de consulta y validación con actores clave de lacomunidad local, que pretende normar las demandas ambientales y sociales actuales de laoperación turística de "Recorrido en Panga", establecida en el RETANP como una de las actividadesturísticas accesorias de Galápagos.

Esta normativa implementa estándares orientados a convertir el concepto de efectividad en elmanejo turístico en parámetros reales y aplicables en el contexto de la calidad.

2. OBJETIVO

* Determinar los estándares mínimos necesarios para desarrollar la actividad turística accesoria"Recorrido en Panga" y que permita brindar un servicio de calidad al visitante.

3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

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Características de los equipos

Considera las características físicas mínimas con las que debe contar el equipo para ser consideradaapta para la operación turística.

Prácticas ambientales

Comprende todos aquellos temas concernientes al desempeño ambiental de la empresa turística;incluyen tanto el manejo eficiente de aspectos básicos como agua, energía eléctrica y desechos, asícomo aquellos referidos a la relación de la empresa con su entorno natural, conservación delambiente y el desarrollo sostenible del turismo.

Recorrido en panga

Circuito cerca de las costas, bahías o áreas de interés turístico con una embarcación de tipo inflablesemi - rígida, madera, fibra de vidrio o metal denominada "Panga" por su tamaño.

Responsabilidad social

Se entiende como la integración voluntaria, por parte de las empresas a las preocupaciones socialesy medioambientales en sus operaciones turísticas y sus relaciones con la comunidad local paradesarrollo y bienestar.

Servicios integrales

Es el conjunto de actividades que realiza la empresa desde el momento del contacto con el visitanteen su país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta el retorno a su país.

Servicios turísticos

Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a la satisfacción, expectativa ynecesidad del visitante.

* Ordenado alfabéticamente.

4. AMBITO Y ALCANCE

Esta norma será aplicable a todas las personas naturales o jurídicas que realicen la actividadaccesoria "Recorrido en Panga" como operación turística.

Además cumplen con la normativa legal establecida en los artículos 183, 184, 185 del Libro III "DelRégimen Forestal" del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, losartículos 33, 37 y 52 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP);la Sección Sexta del Estatuto Administrativo de la Dirección Parque Nacional Galápagos yResolución Administrativa No. 0053 de la Dirección Parque Nacional Galápagos, sin perjuicio de lasnormativas legales existentes en el país.

Normas técnicas aplicadas a otras áreas e instituciones, han demostrado ser una herramientavaliosa que permite conocer el nivel de cumplimiento de actividades tendientes a la protección delmedio ambiente y buen ordenamiento turístico. Esta norma técnica, es un apoyo más en losaspectos relacionados a los servicios turísticos, identifica aquellos aspectos que requieren atención,de esta manera el empresario planea mejor su trabajo, busca el apoyo necesario y, finalmente, lograun manejo balanceado y satisfactorio de la operación turística "recorrido en panga".

De ninguna manera estas normas reemplazan o limitan otras normas técnicas o institucionespúblicas con sus propias responsabilidades y jurisdicciones relacionadas a la actividad turística.

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5. BASE LEGAL:

De acuerdo al Art. 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas porpersonas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada de modo habitual a unao más de las siguientes actividades:

a) Alojamiento;b) Servicios de alimentos y bebidas;c) Transportación cuando se dedique principalmente al turismo inclusive al transporte aéreo,marítimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esta actividad seconsidera parte del agenciamiento;e) La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadores de eventos y convenciones;y,f) Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables.

De acuerdo al Art. 8 de la Ley de Turismo, para el ejercicio de actividades turísticas se requiereobtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad delservicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes.

De acuerdo al Art. 15 numeral 1 del la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el organismorector de la actividad turística ecuatoriana y debe preparar las normas técnicas y de calidad poractividad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

El Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP) (Decreto EjecutivoNo. 3516, Registro Oficial Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003) establece el régimen yprocedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas(SNAP), que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de sus competencias y porel Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales; así como elrégimen para el otorgamiento de autorizaciones y permisos de operación turística dentro del SNAP.En su Capítulo VI, establece los principios, regulaciones y disposiciones aplicables a las operacionesturísticas en la provincia de Galápagos.

De acuerdo al objetivo básico 4 del Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos se busca lograrun mayor apoyo de la población galapagueña y los visitantes a la gestión que realiza el ParqueNacional Galápagos, difundiendo la importancia socioeconómica que tiene la conservación de lanaturaleza, fomentando modelos participativos de manejo y aprovechando las oportunidades queofrecen las áreas protegidas para la educación, interpretación ambiental y el turismo de naturaleza.

De acuerdo al Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (Edición Especial del31 de marzo del 2003) en el artículo 36, las operaciones turísticas autorizadas en Parque NacionalGalápagos y en la Reserva Marina de Galápagos son principales y accesorias. Las actividadesprincipales son: crucero navegable, tour diario, tour de bahía y buceo (clase 1), tour de bahía ybuceo (clase 2), tour de bahía (clase 3), pesca deportiva, tour de buceo navegable, tour de puerto apuerto, y las actividades accesorias: buceo de superficie (snorkel), kayaking de mar, recorrido enpanga, tabla hawaiana, natación, deportes de vela entre otras.

La norma técnica será aplicable a nivel nacional y donde el Ministerio de Turismo tenga jurisdicción ycompetencia.

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6. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

- La responsabilidad de cumplir con estas normas técnicas es de las personas naturales o jurídicasque se dedique a la prestación de servicios turísticos de "Recorrido en Panga".- La autoridad para aplicar estas normas técnicas es el Ministerio de Turismo.- El cumplimiento de la normativa técnica servirá para que el operador turístico pueda obtener elregistro de turismo emitido por el Ministerio de Turismo.- Además del registro de turismo, los operadores turísticos deberán poseer la licencia única anual defuncionamiento.- En el caso de que la actividad se realice dentro de un área protegida, es necesario que el operadorcuente con los permisos o autorizaciones expedidos por la autoridad ambiental competente.- El Registro de Turismo, no exime al operador turístico del cumplimiento de lo estipulado en otrasleyes o reglamentos vigentes en la legislación ecuatoriana.

7. NORMA TECNICA

A. Características de los equipos:A.1 La embarcación podrá ser del tipo inflables semi-rígido, madera, fibra de vidrio o metal.A.2 La embarcación debe contar con piso antideslizante, en el caso de botes inflables semi rígidostipo zodiac, esta protección será optativa.A.3 Debe tener asientos laterales con colchonetas para su mayor comodidad.A.4 El motor fuera de borda debe ser de ecológico o de 4 tiempos.A.5 El motor fuera de borda debe tener una protección de la propela para evitar accidentes con lafauna marina y bañistas.A.6 Chalecos salvavidas limpios y en buenas condiciones para todos los participantes que incluyasilbatos de emergencia.

B. Seguridad:B.1 La embarcación deberá cumplir con todas las normas de seguridad exigidas por la autoridadmarítima.B.2 Si la actividad se realiza dentro del área protegida, deberá contratar los servicios de un guíanaturalista.B.3 El guía deberá poseer botiquín de primeros auxilios con todos los implementos necesarios paraatender emergencias.B.4 El guía deberá poseer una radio portátil en frecuencia marina.

C. Prácticas ambientales:C.1 El servidor turístico deberá garantizar que en su actividad se realice buen manejo de losdesechos sólidos, retornándolos a los centros poblados y disponerlos de manera adecuada.C.2 El servidor turístico deberá poseer una descripción exacta de los sitios en los cuales se va adesarrollar la actividad incluyendo la flora y fauna del lugar.C.3 En caso de realizar la actividad en área protegida, el servidor turístico deberá poseer laautorización y zonificación de la autoridad ambiental competente.C.4 El guía deberá proporcionar información y conocer las prácticas ambientales que se debencumplir en los diferentes sitios en donde se desarrolla la actividad.

D. Responsabilidad social:D.1 El guía deberá promover en su grupo de turistas el uso de bienes y servicios locales asegurandola participación de la comunidad local.

E. Servicios turísticos:E.1 El servidor turístico deberá garantizar 1 guía para máximo 10 pasajeros y que cumpla con lossiguientes requisitos:

a) El guía deberá tener conocimientos de la zona a interpretar;

NORMA TECNICA DE ACTIVIDADES TURISTICAS PRINCIPALES Y ACCESORIAS - Página 77eSilec Profesional - www.lexis.com.ec

b) El guía deberá tener certificaciones que comprueben conocimientos de primeros auxilios;c) El guía debe dominar al menos dos idiomas;d) Si el guía va a realizar la actividad dentro de área protegida, deberá ser calificado como guíanaturalista; y,e) El servidor turístico deberá ofrecer bebidas a los turistas durante los recorridos y en las paradasbox luch si es necesario.

E.2 El servidor turístico proporcionará un seguro contra accidentes y vida por el periodo de suoperación.

F. Servicios integrales:F.1 Información sobre lo que incluye y "no" incluye cada paquete, programa, actividades y odeterminados servicios.F.2 Información clara, completa y veraz sobre las políticas de reservaciones y venta de los productosy servicios que la empresa ofrece.F.3 Material promocional con información veraz.F.4 Agencia de viajes a través de la cual se realice la actividad legalmente establecida.

NORMA TECNICA NT-BS-11ACTIVIDADES TURISTICAS ACCESORIAS

BUCEO SUPERFICIAL

1. INTRODUCCION

De acuerdo al Art. 6 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas, alMinisterio de Turismo, le corresponde la promoción, planificación y control de las actividadesturísticas, así como normar los niveles mínimos de calidad de los servicios y actividades turísticasdefinidas en la ley, los reglamentos y normas técnicas específicas que se desarrollen en el SistemaNacional de Areas Protegidas del Estado.

De acuerdo al Art. 15, literal 1 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el órgano rector dela actividad turística ecuatoriana, el mismo que dentro de sus principales atribuciones considera lapreparación de normas técnicas y de calidad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo, estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

Bajo esta premisa, el desarrollo y evolución constante del turismo a nivel mundial, hace que laactividad turística ecuatoriana considere como imperiosa la necesidad de ofrecer servicios turísticosde calidad, entonces es necesaria la aplicación de instrumentos técnicos, cuyo objetivo seagarantizar el bienestar social, ambiental, turístico y empresarial.

El presente manual, es el resultado de un proceso de consulta y validación con actores clave de lacomunidad local, que pretende normar las demandas ambientales y sociales actuales de laoperación turística de "Buceo Superficial", establecida en el RETANP como una de las actividadesturísticas accesorias de Galápagos.

Esta normativa implementa estándares orientados a convertir el concepto de efectividad en elmanejo turístico en parámetros reales y aplicables en el contexto de la calidad.

2. OBJETIVO

NORMA TECNICA DE ACTIVIDADES TURISTICAS PRINCIPALES Y ACCESORIAS - Página 78eSilec Profesional - www.lexis.com.ec

* Determinar que los estándares mínimos necesarios para desarrollar la actividad turística accesoria"Buceo Superficial" y que permita brindar un servicio de calidad al visitante.

3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

Características de los equipos

Considera las características físicas mínimas con las que debe contar el equipo para ser consideradaapta para la operación turística.

Prácticas ambientales

Comprende todos aquellos temas concernientes al desempeño ambiental de la empresa turística;incluyen tanto el manejo eficiente de aspectos básicos como agua, energía eléctrica y desechos, asícomo aquellos referidos a la relación de la empresa con su entorno natural, conservación delambiente y el desarrollo sostenible del turismo.

Responsabilidad social

Se entiende como la integración voluntaria, por parte de las empresas a las preocupaciones socialesy medioambientales en sus operaciones turísticas y sus relaciones con la comunidad local paradesarrollo y bienestar.

Servicios integrales

Es el conjunto de actividades que realiza la empresa desde el momento del contacto con el visitanteen su país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta el retorno a su país.

Servicios turísticos

Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a la satisfacción, expectativa ynecesidad del visitante.

Snorkeling

Es la práctica de nadar en la superficie del agua con una máscara subacuática, un tubo y por logeneral con aletas. En clima más fríos se emplea un traje de buzo. La combinación de estasherramientas permite observar a la vida acuática por períodos extendidos y con relativamente pocoesfuerzo. La máscara permite que ni el agua ni la sal entren en los ojos, y el tubo permitela respiración para que la persona no tenga que salir del agua y perder la imagen así como eliminarel movimiento en el agua.

Wetsuit

Traje de Neopreno aislante en entre el cuerpo humano y el agua a bajas temperaturas.

* Ordenado alfabéticamente.

4. AMBITO Y ALCANCE

Esta norma será aplicable en las Islas Galápagos a todas las personas naturales o jurídicas querealicen la actividad accesoria "Buceo Superficial" como servicio turístico.

Además cumplen con la normativa legal establecida en los artículos 183, 184, 185 del Libro III "DelRégimen Forestal" del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, losartículos 33, 37 y 52 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP);

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la Sección Sexta del Estatuto Administrativo de la Dirección Parque Nacional Galápagos yResolución Administrativa No. 0053 de la Dirección Parque Nacional Galápagos, sin perjuicio de lasnormativas legales existentes en el país.

Normas técnicas aplicadas a otras áreas e instituciones, han demostrado ser una herramientavaliosa que permite conocer el nivel de cumplimiento de actividades tendientes a la protección delmedio ambiente y buen ordenamiento turístico. Esta norma técnica es un apoyo más en los aspectosrelacionados a los servicios turísticos, identifica aquellos aspectos que requieren atención, de estamanera el empresario planea mejor su trabajo, busca el apoyo necesario y, finalmente, logra unmanejo balanceado y satisfactorio de la operación turística "Buceo Superficial".

De ninguna manera estas normas reemplazan o limitan otras normas técnicas o institucionespúblicas con sus propias responsabilidades y jurisdicciones relacionadas a la actividad turística.

5. BASE LEGAL:

De acuerdo al Art. 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas porpersonas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada de modo habitual a unao más de las siguientes actividades:

a) Alojamiento;b) Servicios de alimentos y bebidas;c) Transportación cuando se dedique principalmente al turismo inclusive al transporte aéreo,marítimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esta actividad seconsidera parte del agenciamiento;e) La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadores de eventos y convenciones;y,f) Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables.

De acuerdo al Art. 8 de la Ley de Turismo, para el ejercicio de actividades turísticas se requiereobtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad delservicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes.

De acuerdo al Art. 15 numeral 1 del la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el organismorector de la actividad turística ecuatoriana y debe preparar las normas técnicas y de calidad poractividad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

El Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP) (Decreto EjecutivoNro. 3516, Registro Oficial Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003) establece el régimen yprocedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas(SNAP), que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de sus competencias y porel Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales; así como elrégimen para el otorgamiento de autorizaciones y permisos de operación turística dentro del SNAP.En su Capítulo VI, establece los principios, regulaciones y disposiciones aplicables a las operacionesturísticas en la provincia de Galápagos.

De acuerdo al objetivo básico 4 del Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos se busca lograrun mayor apoyo de la población galapagueña y los visitantes a la gestión que realiza el ParqueNacional Galápagos, difundiendo la importancia socioeconómica que tiene la conservación de la

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naturaleza, fomentando modelos participativos de manejo y aprovechando las oportunidades queofrecen las áreas protegidas para la educación, interpretación ambiental y el turismo de naturaleza.

De acuerdo al Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (Edición Especial del31 de marzo del 2003) en el artículo 36, las operaciones turísticas autorizadas en Parque NacionalGalápagos y en la Reserva Marina de Galápagos son principales y accesorias. Las actividadesprincipales son: crucero navegable, tour diario, tour de bahía y buceo (clase 1), tour de bahía ybuceo (clase 2), tour de bahía (clase 3). pesca deportiva, tour de buceo navegable, tour de puerto apuerto, y las actividades accesorias: buceo de superficie (snorkel), kayaking de mar, recorrido enpanga, tabla hawaiana, natación, deportes de vela entre otras.

La norma técnica será aplicable a nivel nacional y donde el Ministerio de Turismo tenga jurisdicción ycompetencia.

6. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

- La responsabilidad de cumplir con estas normas técnicas es de las personas naturales o jurídicasque se dedique a la prestación de servicios turísticos de "Buceo Superficial".- La autoridad para aplicar estas normas técnicas es el Ministerio de Turismo.- El cumplimiento de la normativa técnica servirá para que el operador turístico pueda obtener elRegistro de Turismo emitido por el Ministerio de Turismo.- Además del registro de turismo, los operadores turísticos deberán poseer la licencia única anual defuncionamiento.- En el caso de que la actividad se realice dentro de un área protegida, es necesario que el operadorcuente con los permisos o autorizaciones expedidos por la autoridad ambiental competente.- El registro de turismo, no exime al operador turístico del cumplimiento de lo estipulado en otrasleyes o reglamentos vigentes en la legislación ecuatoriana.

7. NORMA TECNICA

A. Características de los equipos:A.1 Equipo completo de snorkeling (aletas, máscara, tubo de respiración).A.2 Trajes tipo wetsuit para aguas frías o zonas con vientos de 5mm a 3mm.A.3 Silbato con cordón.A.4 Chalecos salvavidas para casos especiales (personas que no sepan nadar correctamente otengan algún impedimento físico).A.5 Toalla de playa limpia.

B. Seguridad:B.1 El guía deberá poseer botiquín de primeros auxilios con todos los implementos necesarios paraatender emergencias.B.2 El guía deberá poseer una radio portátil en frecuencia marina.B.3 Se deberá tener una marcación de la zona de snorkeling para prevenir accidentes con otrasembarcaciones.B.4 Para el caso de actividades turísticas lejos de la rada de zonas pobladas se deberá contar conuna embarcación que cuente con todos los requisitos establecidos por las autoridades competentespara realizar turismo en áreas naturales protegidas y cumplir con las normas de seguridadestablecida por la autoridad marítima.

C. Prácticas ambientales:C.1 El servidor turístico deberá garantizar que en su actividad se realice buen manejo de losdesechos sólidos, retomándolos a los centros poblados y disponerlos de manera adecuada.C.2 El servidor turístico deberá poseer una descripción exacta de los sitios en los cuales se va adesarrollar la actividad incluyendo la flora y fauna del lugar.C.3 En caso de realizar la actividad en área protegida, el servidor turístico deberá poseer laautorización y zonificación de la autoridad ambiental competente.

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C.4 El guía deberá proporcionar información y conocer las prácticas ambientales que se debencumplir en los diferentes sitios en donde se desarrolla la actividad.

D. Responsabilidad social:D.1 El guía deberá promover en su grupo de turistas el uso de bienes y servicios locales asegurandola participación de la comunidad local.

E. Servicios turísticos:E.1 El servidor turístico deberá garantizar 1 guía para máximo 10 turistas de mar y que cumpla conlos siguientes requisitos:

a) El guía deberá ser especializado en natación y snorkeling;b) El guía deberá tener conocimientos de la zona a interpretar;c) El guía deberá haber realizado cursos de salvataje y rescate en aguas abiertas;d) El guía deberá tener certificaciones que comprueben conocimientos de primeros auxilios;e) El guía debe dominar al menos dos idiomas;f) Si el guía va a realizar la actividad dentro de área protegida, deberá ser calificado como guíanaturalista; y,g) El servidor turístico deberá ofrecer bebidas a los turistas durante los recorridos y en las paradasbox luch si es necesario.

E.2 El servidor turístico proporcionará un seguro contra accidentes y vida por el periodo de suoperación.

F. Servicios integrales:F.1 Información sobre lo que incluye y "no" incluye cada paquete, programa, actividades y/odeterminados servicios.F.2 Información clara, completa y veraz sobre las políticas de reservaciones y venta de los productosy servicios que la empresa ofrece.F.3 Material promocional con información veraz.F.4 Agencia de viajes a través de la cual se realice la actividad legalmente establecida.

NORMA TECNICA NT-TH-12ACTIVIDADES TURISTICAS ACCESORIAS

TABLA HAWAIANA

1. INTRODUCCION

De acuerdo al Art. 6 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas, alMinisterio de Turismo le corresponde la promoción, planificación y control de las actividadesturísticas, así como normar los niveles mínimos de calidad de los servicios y actividades turísticasdefinidas en la ley, los reglamentos y normas técnicas específicas que se desarrollen en el SistemaNacional de Areas Protegidas del Estado.

De acuerdo al Art. 15, literal 1 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el órgano rector dela actividad turística ecuatoriana, el mismo que dentro de sus principales atribuciones considera lapreparación de normas técnicas y de calidad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

Bajo esta premisa, el desarrollo y evolución constante del turismo a nivel mundial, hace que la

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actividad turística ecuatoriana considere como imperiosa la necesidad de ofrecer servicios turísticosde calidad, entonces es necesaria la aplicación de instrumentos técnicos, cuyo objetivo seagarantizar el bienestar social, ambiental, turístico y empresarial.

El presente manual es el resultado de un proceso de consulta y validación con actores clave de lacomunidad local, que pretende normar las demandas ambientales y sociales actuales de laoperación turística de "Tabla Hawaiana", establecida en el RETANP como una de las actividadesturísticas accesorias de Galápagos.

Esta normativa implementa estándares orientados a convertir el concepto de efectividad en elmanejo turístico en parámetros reales y aplicables en el contexto de la calidad.

2. OBJETIVO

Determinar los estándares mínimos necesarios para desarrollar la actividad turística accesoria "TablaHawaiana" y que permita brindar un servicio de calidad al visitante de Galápagos.

3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

Características de los equipos

Considera las características físicas mínimas con las que debe contar el equipo para ser consideradaapta para la operación turística.

Prácticas ambientales

Comprende todos aquellos temas concernientes al desempeño ambiental de la empresa turística;incluyen tanto el manejo eficiente de aspectos básicos como agua, energía eléctrica y desechos, asícomo aquellos referidos a la relación de la empresa con su entorno natural, conservación delambiente y el desarrollo sostenible del turismo.

Rash Vest

Traje de Neopreno delgado que permite evitar la abrasión del pecho del deportista consecuencia dela tabla hawaiana y mantiene el calor corporal.

Responsabilidad social

Se entiende como la integración voluntaria, por parte de las empresas a las preocupaciones socialesy medio ambientales en sus operaciones turísticas y sus relaciones con la comunidad local paradesarrollo y bienestar.

Servicios integrales

Es el conjunto de actividades que realiza la empresa desde el momento del contacto con el visitanteen su país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta el retorno a su país.

Servicios turísticos

Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a la satisfacción, expectativa ynecesidad del visitante.

Snorkeling

Es la práctica de nadar en la superficie del agua con una máscara subacuática, un tubo y por logeneral con aletas. En clima más fríos se emplea un traje de buzo. La combinación de estas

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herramientas permite observar a la vida acuática por períodos extendidos y con relativamente pocoesfuerzo. La máscara permite que ni el agua ni la sal entren en los ojos, y el tubo permitela respiración para que la persona no tenga que salir del agua y perder la imagen así como eliminarel movimiento en el agua.

Tabla Hawaiana

Deporte náutico que consiste en mantener el equilibrio sobre la cresta de las olas con una tablaespecial.

Traction Pad

Implemento que se adhiere a la tabla hawaiana que permite la tracción al momento de ponerse depie.

Wetsuit

Traje de Neopreno aislante en entre el cuerpo humano y el agua a bajas temperaturas.

* Ordenado alfabéticamente.

4. AMBITO Y ALCANCE

Esta norma será aplicable en las Islas Galápagos a todas las personas naturales o jurídicas querealicen la actividad accesoria "Tabla Hawaiana" como servicio turístico.

Además cumplen con la normativa legal establecida en los artículos 183, 184, 185 del Libro III "DelRégimen Forestal" del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, losartículos 33, 37 y 52 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP);la Sección Sexta del Estatuto Administrativo de la Dirección Parque Nacional Galápagos yResolución Administrativa No. 0053 de la Dirección Parque Nacional Galápagos, sin perjuicio de lasnormativas legales existentes en el país.

Normas técnicas aplicadas a otras áreas e instituciones, han demostrado ser una herramientavaliosa que permite conocer el nivel de cumplimiento de actividades tendientes a la protección delmedio ambiente y buen ordenamiento turístico. Esta norma técnica es un apoyo más en los aspectosrelacionados a los servicios turísticos, identifica aquellos aspectos que requieren atención, de estamanera el empresario planea mejor su trabajo, busca el apoyo necesario y, finalmente, logra unmanejo balanceado y satisfactorio de la operación turística "Tabla Hawaiana".

De ninguna manera estas normas reemplazan o limitan otras normas técnicas o institucionespúblicas con sus propias responsabilidades y jurisdicciones relacionadas a la actividad turística.

5. BASE LEGAL:

De acuerdo al art. 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas porpersonas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada de modo habitual a unao más de las siguientes actividades:

a) Alojamiento;b) Servicios de alimentos y bebidas;c) Transportación cuando se dedique principalmente al turismo inclusive al transporte aéreo,marítimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esta actividad seconsidera parte del agenciamiento;e) La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadores de eventos y convenciones;

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y,f) Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables.

De acuerdo al Art. 8 de la Ley de Turismo, para el ejercicio de actividades turísticas se requiereobtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad delservicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes.

De acuerdo al Art. 15 numeral 1 del la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el organismorector de la actividad turística ecuatoriana y debe preparar las normas técnicas y de calidad poractividad que regirán en todo el territorio nacional.

El Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP) (Decreto EjecutivoNo. 3516, Registro Oficial Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003) establece el régimen yprocedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas(SNAP), que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de sus competencias y porel Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales; así como elrégimen para el otorgamiento de autorizaciones y permisos de operación turística dentro del SNAP.En su Capítulo VI, establece los principios, regulaciones y disposiciones aplicables a las operacionesturísticas en la provincia de Galápagos.

De acuerdo al objetivo básico 4 del Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos se busca lograrun mayor apoyo de la población galapagueña y los visitantes a la gestión que realiza el ParqueNacional Galápagos, difundiendo la importancia socioeconómica que tiene la conservación de lanaturaleza, fomentando modelos participativos de manejo y aprovechando las oportunidades queofrecen las áreas protegidas para la educación, interpretación ambiental y el turismo de naturaleza.

De acuerdo al Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (Edición Especial del31 de marzo del 2003) en el artículo 36, las operaciones turísticas autorizadas en Parque NacionalGalápagos y en la Reserva Marina de Galápagos son principales y accesorias. Las actividadesprincipales son: crucero navegable, tour diario, tour de bahía y buceo (clase 1), tour de bahía ybuceo (clase 2), tour de bahía (clase 3), pesca deportiva, tour de buceo navegable, tour de puerto apuerto, y las actividades accesorias: buceo de superficie (snorkel), kayaking de mar, recorrido enpanga, tabla hawaiana, natación, deportes de vela entre otras.

La norma técnica será aplicable a nivel nacional y donde el Ministerio de Turismo tenga jurisdicción ycompetencia.

6. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

- La responsabilidad de cumplir con estas normas técnicas es de las personas naturales o jurídicasque se dedique a la prestación de servicios turísticos de "Tabla Hawaiana".- La autoridad para aplicar estas normas técnicas es el Ministerio de Turismo. Sin perjuicio de otrasleyes, reglamentos y competencias.

7. NORMA TECNICA

A. Características de los equipos:A.1 Tablas Hawaianas de al menos 2 tipos diferentes, enfocadas para deportistas principiantes eintermedios en buenas condiciones.A.2 Trajes tipo wetsuit para aguas frías o zonas con vientos de 5 a 3mm.A.3 Vestimenta apropiada para protección de tórax (Rash Vest).A.4 Cera para tracción para tabla hawaiana y/o accesorios sintéticos de tracción (traction Pad).A.5 Todas las tablas hawaianas deben tener cordón de seguridad en óptimas condiciones.

B. Seguridad:B.1 El guía deberá poseer botiquín de primeros auxilios con todos los implementos necesarios para

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atender emergencias y quemaduras de sol.B.2 El guía deberá poseer un equipo completo de snorkeling.B.3 El guía deberá poseer una radio portátil en frecuencia marina.B.4 El guía deberá proporcionar un silbato a todos los turistas y poseer uno el también.B.5 Para el caso de actividades turísticas lejos de las zonas pobladas se deberá contar con unaembarcación que cuente con todos los requisitos establecidos por las autoridades competentes pararealizar turismo en áreas naturales protegidas y cumplir con las normas de seguridad establecida porla autoridad marítima.

C. Prácticas ambientales:C.1 El servidor turístico deberá garantizar que en su actividad se realice buen manejo de losdesechos sólidos, retornándolos a los centros poblados y disponerlos de manera adecuada.C.2 El servidor turístico deberá poseer una descripción exacta de los sitios en los cuales se va adesarrollar la actividad incluyendo la flora y fauna del lugar.C.3 En caso de realizar la actividad en área protegida, el servidor turístico deberá poseer laautorización y zonificación de la autoridad ambiental competente.C.4 El guía deberá proporcionar información y conocer las prácticas ambientales que se debencumplir en los diferentes sitios en donde se desarrolla la actividad.

D. Responsabilidad social:D.1 El guía deberá promover en su grupo de turistas el uso de bienes y servicios locales asegurandola participación de la comunidad local.

E. Servicios turísticos:E.1 El servidor turístico deberá garantizar 1 guía para máximo 8 surfistas y que cumpla con lossiguientes requisitos:

a) El guía deberá tener certificaciones que comprueben conocimientos de tabla hawaiana.b) El guía deberá tener conocimientos de la zona a interpretar.c) El guía deberá tener certificaciones que comprueben conocimientos de primeros auxilios.d) El guía debe dominar al menos dos idiomas.e) Si el guía va a realizar la actividad dentro de área protegida, deberá ser calificado como guíanaturalista.

- El servidor turístico deberá ofrecer bebidas a los turistas durante los recorridos y en las paradasbox luch si es necesario.

E.2 El servidor turístico proporcionará un seguro contra accidentes y vida por el periodo de suoperación.

F. Servicios integrales:F.1 Información sobre lo que incluye y "no" incluye cada paquete, programa, actividades y/odeterminados servicios.F.2 Información clara, completa y veraz sobre las políticas de reservaciones y venta de los productosy servicios que la empresa ofrece.F.3 Material promocional con información veraz.F.4 Agencia de viajes a través de la cual se realice la actividad legalmente establecida.

NORMA TECNICA NT-N-13ACTIVIDADES TURISTICAS ACCESORIAS

NATACION

1. INTRODUCCION

De acuerdo al Art. 6 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas, al

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Ministerio de Turismo le corresponde la promoción, planificación y control de las actividadesturísticas, así como normar los niveles mínimos de calidad de los servicios y actividades turísticasdefinidas en la ley, los reglamentos y normas técnicas específicas que se desarrollen en el SistemaNacional de Areas Protegidas del Estado.

De acuerdo al Art. 15, literal 1 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el órgano rector dela actividad turística ecuatoriana, el mismo que dentro de sus principales atribuciones considera lapreparación de normas técnicas y de calidad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

Bajo esta premisa, el desarrollo y evolución constante del turismo a nivel mundial, hace que laactividad turística ecuatoriana considere como imperiosa la necesidad de ofrecer servicios turísticosde calidad, entonces es necesaria la aplicación de instrumentos técnicos, cuyo objetivo seagarantizar el bienestar social, ambiental, turístico y empresarial.

El presente manual es el resultado de un proceso de consulta y validación con actores clave de lacomunidad local, que pretende normar las demandas ambientales y sociales actuales de laoperación turística de "Natación", establecida en el RETANP como una de las actividades turísticasaccesorias de Galápagos.

Esta normativa implementa estándares orientados a convertir el concepto de efectividad en elmanejo turístico en algo real y aplicable en el contexto de la competitividad.

2. OBJETIVO

- Determinar los estándares mínimos necesarios para desarrollar la actividad turística accesoria"Natación" y que permita brindar un servicio de calidad al visitante.

3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

Características de los equipos

Considera las características físicas mínimas con las que debe contar el equipo para ser consideradaapta para la operación turística.

Prácticas ambientales

Comprende todos aquellos temas concernientes al desempeño ambiental de la empresa turística;incluyen tanto el manejo eficiente de aspectos básicos como agua, energía eléctrica y desechos, asícomo aquellos referidos a la relación de la empresa con su entorno natural, conservación delambiente y el desarrollo sostenible del turismo.

Responsabilidad social

Se entiende como la integración voluntaria, por parte de las empresas a las preocupaciones socialesy medioambientales en sus operaciones turísticas y sus relaciones con la comunidad local paradesarrollo y bienestar.

Servicios integrales

Es el conjunto de actividades que realiza la empresa desde el momento del contacto con el visitante

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en su país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta el retorno a su país.

Servicios turísticos

Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a la satisfacción, expectativa ynecesidad del visitante.

Guía especializado

Es el guía de turismo que demuestre poseer los suficientes conocimientos académicos o empíricos,experiencia; o práctica especializada que le habiliten para conducir grupos de turistas en sitios ozonas geográficas específicas.

Natación de aguas abiertas

Deporte en el que la persona realiza travesías por mar de un punto a otro utilizando como propulsiónúnicamente su cuerpo.

Wetsuit

Traje de Neopreno aislante entre el cuerpo humano y el agua a bajas temperaturas.

* Ordenado alfabéticamente.

4. AMBITO Y ALCANCE

Esta norma será aplicable en las Islas Galápagos a todas las personas naturales o jurídicas querealicen la actividad accesoria "Natación" como servicio turístico.

Además cumplen con la normativa legal establecida en los artículos 183, 184, 185 del Libro III "DelRégimen Forestal" del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, losartículos 33, 37 y 52 del Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP);la Sección Sexta del Estatuto Administrativo de la Dirección Parque Nacional Galápagos yResolución Administrativa No. 0053 de la Dirección Parque Nacional Galápagos, sin perjuicio de lasnormativas legales existentes en el país.

Normas técnicas aplicadas a otras áreas e instituciones, han demostrado ser una herramientavaliosa que permite conocer el nivel de cumplimiento de actividades tendientes a la protección delmedio ambiente y buen ordenamiento turístico. Esta norma técnica es un apoyo más en los aspectosrelacionados a los servicios turísticos, identifica aquellos aspectos que requieren atención, de estamanera el empresario planea mejor su trabajo, busca el apoyo necesario y, finalmente, logra unmanejo balanceado y satisfactorio de la operación turística "Natación".

De ninguna manera estas normas reemplazan o limitan otras normas técnicas o institucionespúblicas con sus propias responsabilidades y jurisdicciones relacionadas a la actividad turística.

5. BASE LEGAL:

De acuerdo al Art. 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas porpersonas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada de modo habitual a unao más de las siguientes actividades:

a) Alojamiento;b) Servicios de alimentos y bebidas;c) Transportación cuando se dedique principalmente al turismo inclusive al transporte aéreo,marítimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;

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d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esta actividad seconsidera parte del agenciamiento;e) La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadores de eventos y convenciones;y,f) Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables.

De acuerdo al Art. 8 de la Ley de Turismo, para el ejercicio de actividades turísticas se requiereobtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad delservicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes.

De acuerdo al Art. 15 numeral 1 del la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el organismorector de la actividad turística ecuatoriana y debe preparar las normas técnicas y de calidad poractividad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

El Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP) (Decreto EjecutivoNo. 3516. Registro Oficial Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003) establece el régimen yprocedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas(SNAP), que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de sus competencias y porel Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales; así como elrégimen para el otorgamiento de autorizaciones y permisos de operación turística dentro del SNAP.En su Capítulo VI, establece los principios, regulaciones y disposiciones aplicables a las operacionesturísticas en la provincia de Galápagos.

De acuerdo al objetivo básico 4 del Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos se busca lograrun mayor apoyo de la población galapagueña y los visitantes a la gestión que realiza el ParqueNacional Galápagos, difundiendo la importancia socioeconómica que tiene la conservación de lanaturaleza, fomentando modelos participativos de manejo y aprovechando las oportunidades queofrecen las áreas protegidas para la educación, interpretación ambiental y el turismo de naturaleza.

De acuerdo al Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (Edición Especial del31 de marzo del 2003) en el artículo 36, las operaciones turísticas autorizadas en Parque NacionalGalápagos y en la Reserva Marina de Galápagos son principales y accesorias. Las actividadesprincipales son: crucero navegable, tour diario, tour de bahía y buceo (clase 1), tour de bahía ybuceo (clase 2), tour de bahía (clase 3), pesca deportiva, tour de buceo navegable, tour de puerto apuerto, y las actividades accesorias: buceo de superficie (snorkel), kayaking de mar, recorrido enpanga, tabla hawaiana, natación, deportes de vela entre otras.

La norma técnica será aplicable a nivel nacional y donde el Ministerio de Turismo tenga jurisdicción ycompetencia.

6. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

- La responsabilidad de cumplir con estas normas técnicas es de las personas naturales o jurídicasque se dedique a la prestación de servicios turísticos de "Natación".- La autoridad para aplicar estas normas técnicas es el Ministerio de Turismo.- El cumplimiento de la normativa técnica servirá para que el operador turístico pueda obtener elregistro de turismo emitido por el Ministerio de Turismo.- Además del registro de turismo, los operadores turísticos deberán poseer la licencia única anual defuncionamiento.- En el caso de que la actividad se realice dentro de un área protegida, es necesario que el operador

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cuente con los permisos o autorizaciones expedidos por la autoridad ambiental competente.- El Registro de Turismo, no exime al operador turístico del cumplimiento de lo estipulado en otrasleyes o reglamentos vigentes en la legislación ecuatoriana.

7. NORMA TECNICA

A. Características de los equipos:A.1 Equipo completo para natación (gorra, gafas de natación, aletas).A.2 Trajes wetsuites para aguas frías de 5 a 3mm.A.3 Silbato con cordón.A.4 Chalecos salvavidas para casos especiales (personas que no sepan nadar correctamente otengan algún impedimento físico).

B. Seguridad:B.1 El grupo de turistas siempre contará con un guía especializado que deberá poseer botiquín deprimeros auxilios con todos los implementos necesarios para atender emergencias y deberá estaracompañado por una embarcación o kayak que de soporte al grupo que realiza la actividad turística.B.2 El guía deberá poseer una radio portátil en frecuencia marina, en caso de estar en zonas lejanasa los centros poblados.B.3 Se deberá tener una marcación de la zona de natación para prevenir accidentes con otrasembarcaciones.B.4 Para el caso de actividades turísticas lejos de las zonas pobladas se deberá contar con unaembarcación que cuente con todos los requisitos establecidos por las autoridades competentes pararealizar turismo en áreas naturales protegidas y cumplir con las normas de seguridad establecida porla autoridad marítima.

C. Prácticas ambientales:C.1 El servidor turístico deberá garantizar que en su actividad se realice buen manejo de losdesechos sólidos, retornándolos a los centros poblados y disponerlos de manera adecuada.C.2 El servidor turístico deberá poseer una descripción exacta de los sitios en los cuales se va adesarrollar la actividad incluyendo la flora y fauna del lugar.C.3 En caso de realizar la actividad en área protegida, el servidor turístico deberá poseer laautorización y zonificación de la autoridad ambiental competente.C.4 El guía deberá proporcionar información y conocer las prácticas ambientales que se debencumplir en los diferentes sitios en donde se desarrolla la actividad.

D. Responsabilidad social:D.1 El guía deberá promover en su grupo de turistas el uso de bienes y servicios locales asegurandola participación de la comunidad local.

E. Servicios turísticos:E.1 El operador turístico deberá garantizar 1 guía para máximo 10 nadadores, una embarcación deapoyo y que cumpla con los siguientes requisitos:

a) El guía deberá tener certificación de aprobación del curso de especialización en natación,otorgado por la autoridad competente;b) El guía deberá tener certificaciones que comprueben conocimientos de primeros auxilios;c) El guía debe dominar al menos dos idiomas; y,d) El servidor turístico deberá ofrecer bebidas a los turistas durante los recorridos y en las paradasbox lunch si es necesario.

F. Servicios integrales:F.1 Información sobre lo que incluye y "no" incluye cada paquete, programa, actividades y/odeterminados servicios.F.2 Información clara, completa y veraz sobre las políticas de reservaciones y venta de los productosy servicios que la empresa ofrece.

NORMA TECNICA DE ACTIVIDADES TURISTICAS PRINCIPALES Y ACCESORIAS - Página 90eSilec Profesional - www.lexis.com.ec

F.3 Material promocional con información veraz.F.4 Agencia de viajes operadora a través de la cual se realice la actividad legalmente establecida.

NORMA TECNICA NT-PV-14ACTIVIDADES TURISTICAS ACCESORIAS

PESCA VIVENCIAL

1. INTRODUCCION

La pesca vivencial es una de las últimas modalidades de turismo autorizadas en la Reserva Marinade Galápagos. Es una resolución de la Autoridad Interinstitucional de Manejo de la Reserva Marinade Galápagos, el 20 de diciembre del 2005, luego de aceptar la recomendación de la Junta deManejo Participativo, quién durante seis meses discutió y acordó sobre el tema.

La Pesca Artesanal Vivencial (PAV), es una actividad de turismo y pesca, en la cuál un pescadorartesanal con licencia PARMA, comparte con los turistas su experiencia de pescador, su estilo devida, tradiciones y cosmovisión, utilizando su propia embarcación, aparejos y conocimientos. Se tratade una fuente alternativa de trabajo para los pescadores, cuyo objetivo es reducir la extracción deespecies marinas y lograr conservar el frágil ecosistema marino, y a la vez es un servicio turístico.

Esta actividad tiene la característica de ser una actividad pesquera y turística a la vez, por lo quedebe cumplir con los requisitos legales para ambas actividades. Al transportar turistas en laembarcación se debe cumplir con normas mínimas de seguridad, de cuidado ambiental y servicioturístico.

2. OBJETIVO

- Determinar los estándares mínimos necesarios para desarrollar la actividad pesquera-turística"Pesca Artesanal Vivencial" y que permita brindar un servicio de calidad al visitante de Galápagos.

3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS

AIM

Autoridad Interinstitucional de Manejo.

Artes de pesca

Son los implementos, artificios o aparejos de pesca que son utilizados para extraer los recursoshidrobiológicos de la Reserva Marina de Galápagos.

Características de los equipos

Considera las características físicas mínimas con las que debe contar el quipo para ser consideradaapta para la operación turística.

DIGMER

Dirección General de Marina Mercante.

PAV

Pesca Artesanal Vivencial.

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Prácticas ambientales

Comprende todos aquellos temas concernientes al desempeño ambiental de la empresa turística;incluyen tanto el manejo eficiente de aspectos básicos como agua, energía eléctrica y desechos, asícomo aquellos referidos a la relación de la empresa con su entorno natural, conservación delambiente y el desarrollo sostenible del turismo.

Recorrido en panga

Circuito cerca de las costas, bahías o áreas de interés turístico con una embarcación de de tipoinflable semi - rígida, madera, fibra de vidrio o metal denominada "Panga" por su tamaño.

Responsabilidad social

Se entiende como la integración voluntaria, por parte de las empresas a las preocupaciones socialesy medioambientales en sus operaciones turísticas y sus relaciones con la comunidad local paradesarrollo y bienestar.

RMG

Reserva Marina de Galápagos.

Servicios integrales

Es el conjunto de actividades que realiza la empresa desde el momento del contacto con el visitanteen su país de origen, la toma y aplicación del paquete turístico hasta el retorno a su país.

Servicios turísticos

Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a la satisfacción, expectativa ynecesidad del visitante.

* Ordenado alfabéticamente.

4. AMBITO Y ALCANCE

Esta norma será aplicable en las Islas Galápagos a todos los pescadores artesanales de la ReservaMarina de Galápagos, que estén autorizados para realizar la actividad de pesca artesanal vivencialmediante una patente de operación turística.

La norma técnica, determina los requerimientos mínimos turísticos que los operadores de PAVdeben cumplir para ser aprobados por el Ministerio de Turismo.

La autorización por parte del Ministerio de Turismo, es independiente de otros permisos que losoperadores de PAV deban cumplir para legalizar su actividad. A igual que en otras modalidades,existen varias competencias que regulan la actividad desde diferentes perspectivas. La presente NTregula desde el ámbito turístico.

Al ser NT mínimas, esto permite que si el operador de PAV tiene características superiores a lasdeterminadas por la norma, pueda contar con la autorización del Ministerio de Turismo y a la vez sermás competitivo que otros operadores.

5. BASE LEGAL:

De acuerdo al Art. 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas porpersonas naturales o jurídicas que se dediquen o la prestación remunerado de modo habitual a una

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o más de las siguientes actividades:

a) Alojamiento;b) Servicios de alimentos y bebidas;c) Transportación cuando se dedique principalmente al turismo inclusive al transporte aéreo,marítimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;d) Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esta actividad seconsidera parte del agenciamiento;e) La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadores de eventos y convenciones;y,f) Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables.

De acuerdo al Art. 8 de la Ley de Turismo, para el ejercicio de actividades turísticas se requiereobtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad delservicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes.

De acuerdo al Art. 15 numeral 1 del la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo es el organismorector de la actividad turística ecuatoriana y debe preparar las normas técnicas y de calidad poractividad que regirán en todo el territorio nacional.

De acuerdo al Art. 19 de la actual Ley de Turismo, donde el Ministerio de Turismo estableceráprivativamente las categorías oficiales para cada actividad vinculada al turismo. Estas categoríasdeberán sujetarse a las normas de uso internacional. Para este efecto expedirá las normas técnicasy de calidad generales para cada actividad vinculada con el turismo y las específicas de cadacategoría.

El Reglamento Especial de Turismo en Areas Naturales Protegidas (RETANP) (Decreto EjecutivoNo. 3516. Registro Oficial Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003) establece el régimen yprocedimientos aplicables a la actividad turística en el Sistema Nacional de Areas Protegidas(SNAP), que será regulada por el Ministerio de Turismo dentro del ámbito de sus competencias y porel Ministerio del Ambiente en lo que se refiere al uso sustentable de recursos naturales; así como elrégimen para el otorgamiento de autorizaciones y permisos de operación turística dentro del SNAP.En su Capítulo VI, establece los principios, regulaciones y disposiciones aplicables a las operacionesturísticas en la provincia de Galápagos.

De acuerdo al objetivo básico 4 del Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos, se busca lograrun mayor apoyo de la población galapagueña y los visitantes a la gestión que realiza el ParqueNacional Galápagos, difundiendo la importancia socioeconómica que tiene la conservación de lanaturaleza, fomentando modelos participativos de manejo y aprovechando las oportunidades queofrecen las áreas protegidas para la educación, interpretación ambiental y el turismo de naturaleza.

La Resolución 006-2005 de la AIM aprobó la incorporación de la PAV entre las modalidadespermitidas en la RMG. En su mismo artículo 2 encargó al Parque Nacional Galápagos emitir lasregulaciones específicas.

Con Resolución 003 del Parque Nacional Galápagos se emitieron las regulaciones específicas a laPAV, el 10 de enero del 2006. Posteriormente la DIGMER extendió las regulaciones de seguridadespecíficas para la actividad.

6. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

- La responsabilidad de cumplir con estas normas técnicas es de las personas naturales o jurídicasque se dedique a la prestación de servicios turísticos de "Pesca Artesanal Vivencial".- La autoridad para aplicar estas normas técnicas es el Ministerio de Turismo.- El cumplimiento de la normativa técnica servirá para que el operador turístico pueda obtener elregistro de turismo emitido por el Ministerio de Turismo.

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- Además del registro de turismo, los operadores turísticos deberán poseer la licencia única anual defuncionamiento.- En el caso de que la actividad se realice dentro de un área protegida, es necesario que el operadorcuente con los permisos o autorizaciones expedidos por la autoridad ambiental competente.- El Registro de Turismo, no exime al operador turístico del cumplimiento de lo estipulado en otrasleyes o reglamentos vigentes en la legislación ecuatoriana.

7. NORMA TECNICA

A. Características de los equipos:A.1 La eslora de las embarcaciones no debe ser menor a 6.5 metros y no superior a los 9.5 metros.A.2 La embarcación deberá estar en buenas condiciones, pintada, limpia.A.3 Dos motores fuera de borda.A.4 Tolda para protección para el sol, piso antideslizante y asientos acolchonados.A.5 Baño social.A.6 Manejo adecuado de los combustibles.

B. Seguridad:B.1 Se debe contar con todos los equipos de comunicación y de respuesta a emergencias.B.2 Disponer de un botiquín de primeros auxilios.B.3 Contar con suficientes chalecos salvavidas, aros salvavidas, según requerimientos de laautoridad marítima.B.4 No se debe permitir fumar en la embarcación.B.5 Se debe tener normas de seguridad básicas escritas en un sitio visible de la embarcación, almenos en inglés y español.B.6 El Guía debe explicar las normas de seguridad a los pasajeros, inmediatamente antes de partir.

C. Prácticas ambientales:C.1 El operador deberá tener un plan de buen manejo de los desechos sólidos, llevando los residuosa puerto.C.2 Disponer de basureros de clasificación.C.3 Tener claramente visible un letrero indicando que no se debe arrojar ningún residuo al mar.C.4 Se deberá poseer un folleto informativo dirigido al turista con las prácticas ambientales que sedeben cumplir en los diferentes sitios en donde se desarrolla la actividad.C.5 Cumplir con los requerimientos ambientales adicionales indicados por el Parque NacionalGalápagos.

D. Responsabilidad social:D.1 El guía deberá promover en su grupo de turistas el uso de bienes y servicios locales asegurandola participación de la comunidad local, incluyendo la visita en la población a casas de pescadores.

E. Servicios turísticos:E.1 Cada embarcación debe contar con un guía especializado que puede ser el armador de laembarcación.E.2 El guía debe tener los conocimientos de artes de pesca.E.3 El guía debe hablar un idioma adicional al español.E.4 Se debe otorgar una botella de agua o bebida refrescante, y se tratará en lo posible de usarenvases retornables o reutilizables.E.5 Se debe contar con un folleto impreso multicolor, que contenga los peces que se espera capturardurante la faena de pesca.

F. Servicios integrales:F.1 (sic) Información sobre lo que incluye y "no" incluye cada paquete programa, actividades y/odeterminados servicios.F.2 (sic) Información clara, completa y veraz sobre las políticas de reservaciones y venta de losproductos y servicios que la empresa ofrece.

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F.3 (sic) Material promocional con información veraz.

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