Normas de Convivencia

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Colegio Público “Federico Romero” Consejería de Educación Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento. 1 NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL C.E.I.P. “FEDERICO ROMERO” DE LA SOLANA.

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Colegio Primaria

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Colegio Público “Federico Romero” Consejería de Educación Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento.

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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO DEL

C.E.I.P. “FEDERICO ROMERO” DE LA SOLANA.

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ÍNDICE

1.-Carta de convivencia ......................................................................................................... ……….…3

2.-Principios que inspiran el proyecto educativo ................................................................... ………….4

3.- Procedimiento de elaboración, aplicación y revisión en el nivel del centro…………..…………….5

Las normas de convivencia, organización y funcionamiento del Centro, Proyecto Educativo del Centro, Composición y

procedimiento de elección de los componentes de la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar

4.- Criterios comunes, procedimiento de elaboración y responsables de la aplicación de las normas

de convivencia en las aulas. …………………………………………………………………………...........5

Criterios comunes para la elaboración de las normas de convivencia en las aulas, Procedimiento de elaboración y

responsables de su aplicación

5.-Competencias, derechos y obligaciones de los miembros de la comunidad educativa……………6

Órganos de gobierno-Equipo Directivo-Claustro-Consejo Escolar-Órganos de coordinación didáctica-Comisión de

Coordinación Pedagógica-Los Equipos de Ciclo-El Equipo Docente-El Equipo de Orientación y Apoyo-La Tutoría-Equipo de

Secciones europeas-El profesorado -Órganos de participación-El alumnado-Las familias-Personal laboral

6.-Medidas Preventivas …………………………………………………………………………………….16

El enfoque de la convivencia escolar-Integración de la convivencia en el currículo-Mediación de conflictos-Mediación entre

profesorado y alumnado- Mediación entre el mediador de la Comisión de Convivencia y el alumnado.

7.-Conductas contrarias a las normas de convivencia y conductas gravemente perjudiciales para la

convivencia…………………………………………………………………………………………………….18

Conductas contrarias a las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del Centro y del aula-Conductas

gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro.

8.-Medidas correctoras ......................................................................................................... ………..19

Medidas correctoras ante las conductas contrarias a la convivencia -Medidas correctoras ante las conductas gravemente

perjudiciales -Procedimientos de aplicación y responsables de las medidas correctoras.

9.- Criterios establecidos por el claustro para la asignación de tutorías……………………………….22

10.- Organización de los espacios y del tiempo en el centro……………………………………………23

Entradas, salidas y desplazamientos -Los recreos- Faltas y permisos del profesorado y personal no docente -Las

sustituciones -Jornada y horario escolar (Educación Infantil, Organización del periodo de adaptación y Educación Primaria )

11.- Funcionamiento .............................................................................................................. ………...26

Plan de acogida -Definición y elección de grupos- Horarios del profesorado: Horario lectivo y horario complementario-Otras

consideraciones-Funcionamiento de servicios educativos: Aula matinal y comida.

12.- Normas para el uso de las instalaciones ....................................................................... ………...28

La biblioteca -El aula Althia -El pabellón deportivo .

13.- Normativa legal .............................................................................................................. ………...30

14.- Anexo Educación Infantil……………………………………………………………………………….30

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1. CARTA DE CONVIVENCIA.

“En la educación de los/as niños/as es más conveniente decir no en voz baja que decir sí

gritando” (Ángel Jordán Goñi).

“El objetivo de la educación es la virtud y el deseo de convertirse en un buen ciudadano”

(Platón).

Como fruto de la reflexión de nuestra pequeña comunidad educativa, así como del análisis de la legislación vigente y observación del contexto en que nos encontramos, nace esta Carta de Convivencia. Pretende ser el pilar de valores, sobre el que construyamos nuestro quehacer diario, nuestro aprendizaje en sociedad: En primer lugar, apostaremos todos los días por el respeto mutuo y la tolerancia. Respeto hacia nuestros iguales, hacia nuestros mayores, para con el entorno. Aceptaremos las opiniones de los otros, actuaremos con sinceridad y trataremos de resolver los conflictos de manera pacífica.

En segundo lugar, se hace fundamental la aceptación de la diferencia, de la diversidad. Tendremos en cuenta la realidad de cada individuo (cultural, social, física, intelectual...), favoreciendo la integración y la no discriminación. Todos debemos gozar de los mismos derechos y oportunidades. Avanzaremos creyendo en el pacifismo, la democracia, el diálogo y la solidaridad. Pondremos en práctica acciones que vayan modificando los actuales estereotipos sexistas, los prejuicios hacia las personas culturalmente distintas, etc.

Así mismo, pretendemos fomentar el espíritu de colaboración: que fomente actitudes solidarias de compañerismo y amistad, que valore el hecho de saber compartir, que siente las bases de relaciones basadas en el diálogo, en el trabajo en equipo, en el respeto mutuo.

De otro lado, apostaremos por el trabajo desde el esfuerzo y la responsabilidad. Se promoverá la iniciativa, la toma de decisiones reflexiva, la autoevaluación del propio trabajo. Favoreceremos la autonomía motriz, afectiva y de aprendizaje, y ayudaremos a nuestros alumnos a crearse una imagen positiva y ajustada de sí mismos, aceptando sus limitaciones y conociendo sus posibilidades.

Aspiraremos a formar personas dotadas de capacidad crítica, que les posibilite su autoconocimiento; caracterizadas por actitudes y razonamientos flexibles; capaces de asumir críticas ajenas, que les ayuden a crecer intelectual y emocionalmente.

Por último, no dejaremos de tener presente en todo momento la función socializadora que tiene el colegio, posibilitando la construcción de relaciones sociales y afectivas en un ambiente acogedor y seguro. Trabajaremos para crear vínculos de relación que respeten la diferencia e individualidad y desarrollen actitudes de ayuda y colaboración. Fdo. Presidenta del Consejo Escolar: Fdo. Secretaria del Consejo Escolar:

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2. PRINCIPIOS QUE INSPIRAN EL PROYECTO EDUCATIVO.

Los principios básicos de actuación que van a regular la convivencia en nuestro Centro en el marco del Proyecto Educativo a través del documento “Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y de las aulas” son los siguientes:

1. Propiciar una educación moral, para la convivencia y la paz comprometida con la construcción de una sociedad democrática plural y crítica.

2. Nuestra escuela creará un clima acogedor y confortable tanto en su aspecto físico como en aquellos de relaciones interpersonales que estimulen al alumno a acudir a ella.

3. Se fomentará la participación activa y democrática de todos los miembros de la comunidad educativa fomentando la libertad de expresión y la toma de acuerdos por consenso.

4. Se fomentarán las relaciones interpersonales acogiendo e integrando a todos sus miembros especialmente al alumnado con necesidades educativas, buscando una educación personalizada e inclusiva.

5. La escuela respetará las diversas ideologías y creencias de las familias y miembros de la comunidad educativa, sin condicionar a la participación en actividades que supongan un menoscabo de sus propios principios.

6. Coeducación entendida no solamente como tener juntos en el aula a niños y niñas, como la eliminación de cualquier trato diferencial por razón de sexo.

7. Educación Medioambiental, cuyo objetivo es contribuir a frenar el cambio climático, a través de actuaciones de concienciación y sensibilización dirigidas a toda la comunidad educativa.

8. Educación plurilingüe e interculturalidad: Se pretende realizar y seguir un curriculum integrado de lenguas e integrar el inglés como lengua para enseñar áreas no lingüísticas.

9. Desarrollar las nueve competencias básicas siguiendo la normativa europea.

3. PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN EN EL NIVEL DEL CENTRO.

3.1. Las normas de convivencia, organización y funcionamiento del Centro. Son elaboradas, con las aportaciones de la comunidad educativa, por el Equipo Directivo; informadas por el Claustro y aprobadas por el Consejo escolar por mayoría de dos tercios de sus componentes con derecho a voto. El procedimiento para su elaboración es el siguiente:

1) El Equipo Directivo elabora un borrador con los diferentes contenidos que marca la normativa.

2) La Comunidad educativa lo estudia y hace aportaciones al mismo. 3) Unificación por parte del Equipo Directivo.

Una vez aprobadas, pasan a ser de obligado cumplimiento para toda la comunidad educativa. El Director del Centro las ha de hacer públicas procurando la mayor difusión entre la comunidad educativa. Su revisión se realizará a propuesta del Equipo directivo, Claustro o Representantes de los padres en el Consejo escolar. El procedimiento para la revisión es el que sigue:

1) Al principio de cada curso escolar, en el primer Claustro, se incluirá un punto sobre la posibilidad de revisar-actualizar las normas de convivencia, organización y funcionamiento del Centro.

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2) La persona u organismo que quiera realizar una revisión-actualización, debe presentar una propuesta a toda la Comunidad educativa (Equipo Directivo, Claustro y Consejo escolar).

3) La propuesta es estudiada por toda la Comunidad educativa realizando las aportaciones que estimen oportunas.

4) El Equipo directivo es quien reelabora el documento, informa al Claustro y, de nuevo debe ser aprobado por el Consejo Escolar por mayoría de dos tercios de sus componentes con derecho a voto.

3.2. Proyecto Educativo del Centro.

Su realización sigue el mismo procedimiento que el descrito para las normas de convivencia, organización y funcionamiento del Centro. Por tanto, en la primera sesión del Claustro se incluirá un punto sobre realización y actualización de documentos: el Proyecto Educativo y las Normas de convivencia, organización y funcionamiento. 3.3. Composición y procedimiento de elección de los componentes de la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar.

El Consejo Escolar velará por el correcto ejercicio de los derechos y deberes de los alumnos. Para facilitar dicho cometido se constituirá una Comisión de Convivencia, compuesta por un maestro/a y un padre o madre, elegidos por el sector correspondiente, y que será presidida por el Director. Las funciones principales de dicha Comisión serán las de resolver y mediar en los conflictos planteados y canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en el Centro. 4. CRITERIOS COMUNES, PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN Y RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LAS AULAS. 4.1. Criterios comunes para la elaboración de las normas de convivencia en las aulas.

Las normas de convivencia, organización y funcionamiento específicas de cada aula serán elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente por el profesorado y el alumnado que conviven en el aula, coordinados por el tutor o tutora del grupo. La elaboración de dichas normas debe de atenerse a los siguientes criterios:

- Se gestionarán de forma democrática. - Tendrán un objetivo claro y serán flexibles con las pequeñas variaciones que puedan

sufrir. - Serán negociadas y elegidas en base a alguna razón, sentido o intención. - Se aprobarán por todo el alumnado y el profesorado del curso y, en lo posible, con la

implicación de las familias. - Deberán ser pocas pero efectivas. - Se publicarán dentro del aula, en la puerta de entrada al aula y en la página web del

colegio. - Poseerán un lenguaje incentivado y no prohibitivo. - Reforzarán las conductas positivas. - Se basarán en principios de convivencia y no en un listado de posibles sanciones. - Tenderán hacia la responsabilización colectiva y compartida, evitando la huida de

conflictos. - Serán una vía de resolución de los problemas que puedan surgir. - Tendrán en cuenta a toda la Comunidad Educativa. - Se referirán a todos los espacios del Centro (aulas, pasillos, biblioteca, patio...) y

tiempos (horas de clase, recreos...). 4.2. Procedimiento de elaboración y responsables de su aplicación.

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Las normas de convivencia organización y funcionamiento específicas de cada aula serán elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente, de forma consensuada, por el profesorado y el alumnado que convive en ellas a través de la acción tutorial, con el asesoramiento del responsable

de orientación. Finalmente habrán de ser refrendadas por el Consejo Escolar. Dicha actuación debe quedar recogida en la programación didáctica de Conocimiento del Medio para la etapa de Educación Primaria y, en la programación didáctica de Conocimiento e interacción con el entorno de Educación Infantil. 5. COMPETENCIAS, DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. 5.1. Órganos de gobierno. 5.1.1. Equipo Directivo. El Equipo Directivo es el órgano de gobierno ejecutivo del Centro y estará integrado por el Director, el Jefe de Estudios y el Secretario.

Competencias del Director.

a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.

b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar.

c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes. e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro. f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los

conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.

g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.

h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.

i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.

j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo

directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro. l) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa. m) Supervisar y participar en el buen funcionamiento de la Sección Europea.

Competencias del Jefe de Estudios.

a) Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en

todo lo relativo al régimen académico. b) Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad.

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c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación con el proyecto educativo, las programaciones didácticas y la programación general anual y, además, velar por su ejecución.

d) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.

e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo. f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del responsable de orientación del

centro, conforme al plan de acción tutorial. g) Coordinar, con la colaboración del representante del claustro en el centro de profesores y

recursos, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro.

h) Organizar los actos académicos. i) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente

en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización. j) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación

general anual, junto con el resto del equipo directivo. k) Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para imponer las

correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en las normas de convivencia, organización y funcionamiento, y los criterios fijados por el consejo escolar.

l) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

m) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro del ámbito de su competencia. Competencias del Secretario.

a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del director. b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de

las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director. c) Custodiar los libros y archivos del centro. d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados. e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado. f) Custodiar y disponer la utilización de los medios, informáticos, audiovisuales y del resto del

material didáctico. g) Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de

administración y de servicios adscrito al centro. h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro. i) Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del director,

realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes. j) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación

general anual, junto con el resto del equipo directivo. k) Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las

indicaciones del director. l) Cualquier otra función que le encomiende el director dentro de su ámbito de competencia.

5.1.2. Claustro.

El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del Centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del Centro. El Claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el Centro.

Son competencias del Claustro:

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a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.

b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.

c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.

f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

h) Informar de las normas de organización y funcionamiento del centro. i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por

que éstas se atengan a la normativa vigente. j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las

respectivas normas de organización y funcionamiento. l) Colaborar activamente en el desarrollo de la Sección Europea.

5.1.3. Consejo Escolar.

El Consejo Escolar es el órgano colegiado de gobierno cuya composición se ajustará a lo establecido en el artículo 126 de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación:

- El director del Centro, que será su Presidente. - El jefe de estudios. - Un concejal o representante del Ayuntamiento. - Un número de profesores, elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un tercio

del total de los componentes del Consejo. - Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no

podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo. El alumnado deberá ser del tercer ciclo de la educación primaria y, no podrá participar en la elección y cese del director.

- Un representante del personal de administración y servicios del Centro. - El secretario del Centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.

El Consejo escolar tendrá las siguientes competencias: a) Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título

V de la LOE. b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las

competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

d) Participar en la selección del director del centro en los términos que la Ley establezca. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

e) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en la Ley y disposiciones que la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director

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correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo legalmente establecido.

i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa. 5.2. Órganos de Coordinación Didáctica.

5.2.1. Comisión de Coordinación Pedagógica. La Comisión de Coordinación Pedagógica es el órgano responsable de velar por la

coherencia pedagógica entre ciclos de cada etapa, de las etapas del Centro y entre éste y otros centros. La Comisión de Coordinación Pedagógica estará formada por:

- La Directora, que será su Presidenta. - El jefe de estudios, si lo hubiere. - El responsable de orientación. - Los coordinadores de ciclo. - El responsable de formación. Con objeto de tratar aquellos asuntos que así lo requieran, el director podrá convocar a las

reuniones a cualquier otra persona o representantes de alguna entidad distintos a los miembros de la misma. Son competencias de la C.C.P.

a) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las

programaciones didácticas. b) Supervisar la elaboración y revisión de las programaciones didácticas, y asegurar su

coherencia con el proyecto educativo. c) Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y de la acción tutorial.

d) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las

adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales.

e) Proponer al claustro las programaciones didácticas para su aprobación. f) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de las programaciones didácticas. g) Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación,

de acuerdo con la Jefatura de Estudios. h) Proponer al claustro de profesores el plan de evaluación interna. i) Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con

las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o j) de la Administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime

necesario, como resultado de dichas evaluaciones. k) Colaborar con el Equipo directivo en la planificación y desarrollo de las actuaciones

establecidas en el programa de actividades extracurriculares del centro

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La Comisión de Coordinación Pedagógica se reunirá mensualmente de manera ordinaria y, cuantas se estimen de manera extraordinaria convocadas por la Directora. El Equipo de actividades extracurriculares coincidirá con la Comisión de Coordinación Pedagógica. Asimismo, podrán integrarse en este equipo representantes de padres y alumnos.

5.2.2. Los Equipos de ciclo. Los Equipos de ciclo son un órgano de coordinación docente, y son responsables directos

de la elaboración, desarrollo y evaluación de las programaciones didácticas. En el equipo de ciclo se agruparán a todos los maestros/as que impartan docencia en él. El profesorado especialista que no tenga asignada una tutoría será adscrito al equipo de ciclo en cuyos cursos tenga una mayor dedicación horaria o, en su caso, en el que determine la jefatura de estudios, que deberá procurar un reparto proporcional y equilibrado de este profesorado entre los diferentes equipos.

Son competencias del equipo de ciclo: a) Formular propuestas al equipo directivo y al claustro relativo a la elaboración del

proyecto educativo y de la programación general anual. b) Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica relativas a la

elaboración de las programaciones didácticas. c) Mantener actualizada la metodología didáctica. d) Organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares. Los coordinadores de ciclo desempeñarán su cargo durante un curso académico y serán

designados por el director, oído el equipo de ciclo. El Coordinador de ciclo debe ser un maestro/a que imparta docencia en el ciclo y, preferentemente, con destino definitivo y horario completo en el centro.

Las competencias del coordinador de ciclo son: a) Coordinar la elaboración de las programaciones didácticas y elevar a la Comisión de

Coordinación Pedagógica las propuestas formuladas a este respecto por el equipo de ciclo.

b) Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con las programaciones didácticas.

c) Aquellas otras funciones que le encomiende el jefe de estudios en el área de su competencia, especialmente las relativas a refuerzo educativo, adaptación curricular y actividades complementarias.

Los ciclos se reunirán con carácter ordinario una vez al mes, y con carácter extraordinario las veces que hiciere falta. En las reuniones ordinarias estará presente el responsable de orientación para el asesoramiento a ciclos. El contenido de las sesiones y los acuerdos adoptados serán recogidos en un acta.

5.2.3. El Equipo docente. El Equipo docente es un órgano de coordinación docente que está constituido por el tutor,

que lo coordina, y el conjunto de profesores que imparten enseñanza al mismo grupo de alumnos y alumnas. El tutor convocará al equipo docente con motivo de la evaluación de los alumnos.

5.2.4. El Equipo de Orientación y Apoyo. El Equipo de Orientación y Apoyo es la estructura de coordinación docente responsable de

asesorar al profesorado en la planificación, desarrollo y evaluación de las actuaciones de orientación y de las medidas de atención a la diversidad del Centro y de llevar a cabo las actuaciones de atención específica y apoyo especializado.

El Equipo de Orientación y Apoyo está constituido por el responsable de orientación, el profesor de pedagogía terapéutica. La coordinación será ejercida por el responsable de orientación.

El Equipo se reunirá con carácter ordinario una vez al mes, y con carácter extraordinario las

veces que hiciere falta. El contenido de las sesiones y los acuerdos adoptados serán recogidos en un acta.

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Procedimiento para la realización de la Evaluación Psicopedagógica

Cuando un alumno/a haya agotado todas las medidas ordinarias de refuerzo educativo, y se sospeche que pueda presentar necesidades específicas de apoyo educativo, el tutor de dicho alumno presentará una demanda de actuación, rellenando un cuestionario, que será entregado al responsable de orientación del centro, y determinará la necesidad y prioridad de la evaluación psicopedagógica para ese alumno/a. Dicha evaluación la coordinará el responsable de orientación con la colaboración del EOA, así como del tutor, y todo el equipo docente del alumno/a en cuestión.

Es necesario que la familia manifieste previamente, de forma expresa, su consentimiento. El modelo de consentimiento de las familias estará en Jefatura de Estudios.

Por otro lado, con el listado que se nos proporcione desde el POZ sobre los posibles niños que se van a escolarizar en 3 años, en los que se sospechen necesidades educativas especiales, se procederá a realizar la respectiva evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización, según el procedimiento establecido en el POZ.

5.2.5 Equipo de Sección Europea. El Equipo de Sección Europea estará formado por todos aquellos especialistas y tutores que se

encuentren directamente implicados en el proceso de enseñanza aprendizaje de las distintas áreas dadas en lengua inglesa. El equipo será coordinado por el asesor lingüístico. Este equipo se reunirá de forma periódica y establecerá una línea común en cuanto a programaciones y metodología .El contenido de las sesiones será recogido en acta.

A principios de cada curso programará las actividades extraescolares relacionadas directamente con la Sección Europea.

5.2.6. La tutoría. La tutoría es un órgano de coordinación docente. El tutor será designado por el director a

propuesta de la jefatura de estudios, de acuerdo con los criterios establecidos en el Claustro en estas normas de convivencia, organización y funcionamiento.

Las funciones del tutor son: a) Desarrollar con el alumnado programas relativos a la mediación y mejora de la

convivencia, a los hábitos y técnicas de estudio, a la toma de decisiones y al pensamiento creativo y emprendedor.

b) Facilitar el intercambio y la coherencia del proceso educativo con las familias y establecer una vía de participación activa de la comunidad educativa en la vida del centro.

c) Coordinar al profesorado que interviene en un mismo grupo de alumnos para garantizar la coherencia del proceso de enseñanza y aprendizaje.

d) Colaborar con el resto de niveles de la orientación para favorecer un desarrollo gradual y coordinado a través del asesoramiento y el intercambio.

Además de estas funciones, el tutor adoptará las funciones que se le encomienden en el

programa de prevención y control del absentismo. Asimismo, durante el curso celebrarán al menos tres reuniones con el conjunto de las familias y una individual con cada una de ellas. 5.2.7. El profesorado. El profesorado del Centro está compuesto por todos los maestros y maestras del segundo ciclo de Educación Infantil y de la etapa de Educación Primaria. Las funciones que a continuación se detallan se realizarán desde el principio de colaboración y trabajo en equipo.

Las funciones del profesorado son: a) La programación y la enseñanza de las áreas que tienen encomendados.

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b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.

c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.

d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración con el Equipo de Orientación y Apoyo.

e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado. f) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o

fuera del Centro educativo. g) La contribución a que las actividades del Centro se desarrollen en un clima de respeto,

de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.

h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.

i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas.

j) La participación en la actividad general del Centro. k) La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones

educativas o el Centro. l) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza

correspondiente. 5.3. Órganos de participación.

Las Asociaciones de madres y padres de alumnos. En el Centro se pueden constituir cuantas asociaciones de Madres y Padres de alumnos

sean promovidas por las madres, padres y tutores legales, que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto 268/2004 de 26 de octubre, de asociaciones de madres y padres de alumnos y sus federaciones y confederaciones en los centros docentes que imparten enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

La Asociación de madres y padres de alumnos tiene como finalidad colaborar y participar en el marco del Proyecto Educativo, en la planificación, desarrollo y evaluación de la actividad educativa; así como intervenir en la gestión y control del Centro, participando a través de sus representantes en los órganos colegiados, y apoyar y asistir a las familias en todo lo que concierne a la educación de sus hijos e hijas. Los fines de la Asociación son:

a) Informar a los padres de las actividades propias de la asociación y potenciar su participación activa en la vida de la asociación.

b) Promover acciones formativas con las familias dirigidas a fomentar su actuación como educadores y a dar a conocer los derechos y deberes que, como padres, asumen en el desarrollo de la educación de sus hijos.

c) Asesorar a las familias, de forma individual o colectiva, en todo aquello que concierna a la educación de sus hijos, prestando especial atención a aquellos asociados cuyos hijos tengan necesidades educativas derivadas de la capacidad personal, de la problemática social o de la salud.

d) Fomentar en las familias el desarrollo de actitudes y valores éticos, solidarios, democráticos y participativos, así como las acciones que posibiliten el desarrollo de actitudes de colaboración, respeto mutuo y búsqueda de consenso en el seno de la comunidad educativa.

e) Promover, dinamizar y facilitar la participación y la colaboración de las familias con el centro docente para garantizar el buen funcionamiento del mismo y fomentar la práctica del acuerdo y el consenso en la toma de decisiones.

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f) Colaborar con el Centro educativo y otras instituciones en la programación, desarrollo y evaluación de actividades extracurriculares en el marco del proyecto educativo.

g) Representar a las personas asociadas, establecer relaciones y coordinar actuaciones con la propia Administración educativa, las Administraciones locales, asociaciones de alumnos y alumnas y cualquier otra organización que promueva actividades educativas.

h) Velar por los derechos de los padres y madres en todo lo que concierne a la educación de sus hijos e hijas, en el ámbito escolar.

i) Participar en los órganos de gestión del Centro que contemple la legislación vigente. j) Promover la plena realización del principio de gratuidad en el ámbito del Centro, así

como la efectiva igualdad de derechos de todo el alumnado, sin discriminación por razones socioeconómicas, confesionales, de raza o sexo.

k) Cualesquiera otras que en el marco de la normativa vigente les asignen sus propios estatutos.

Sus derechos son:

a) Presentar candidaturas diferenciadas para las elecciones de representantes de madres

y padres al Consejo Escolar en los términos que se establezcan. b) Participar en cuantas acciones estén dirigidas a la elaboración y revisión del Proyecto

Educativo del Centro. c) Participar, a través de sus representantes, en cuantas actuaciones se desarrollen en el

Consejo Escolar del Centro y las comisiones que se constituyan para facilitar sus actuaciones y queden recogidas en las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del Centro.

d) Acceder a la información sobre documentos programáticos o sobre cualquiera de las actuaciones programadas por el Centro y elaborar informes con la finalidad de mejorar aspectos concretos de la vida del Centro.

e) Utilizar con preferencia, las instalaciones del Centro para el desarrollo de las funciones establecidas, siempre que no interfieran el desarrollo de la actividad docente.

f) Presentar y desarrollar proyectos de actividades extracurriculares que se incorporen a la programación anual.

g) Participar en los procesos de evaluación interna y colaborar en los de evaluación externa del Centro.

h) Tener reservado en el Centro, un espacio claramente diferenciado, para informar a sus socios.

5.4. El alumnado. El alumnado de nuestro Centro está formado por todo el alumnado del segundo ciclo de

educación infantil y toda la etapa de educación primaria, y, en su caso, el alumnado escolarizado en la unidad de educación especial.

El alumnado tiene derecho a:

a) Recibir una formación y orientación escolar y profesional para conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones o intereses.

b) Ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia y convivencia democráticas. c) Formular ante los profesores y la dirección del Centro cuantas iniciativas, sugerencias y

reclamaciones consideren oportunas y a recibir de éstos la explicación adecuada. d) Recibir las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza. e) Que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e

higiene.

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f) La no discriminación por razón de nacimiento; raza; sexo; capacidad económica; nivel social; convicciones políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

g) A la privacidad de sus datos personales y familiares.

h) El establecimiento de medidas compensatorias que garanticen la igualdad real y

efectiva de oportunidades. i) Recibir las ayudas precisas que compensen carencias familiares. El Consejo Escolar

aprobará medidas a propuesta del profesor/a. j) Formar parte del Consejo Escolar del Centro a través sus representantes elegidos

democráticamente entre los alumnos del tercer ciclo de E. Primaria. k) Que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad. l) Reclamar contra las decisiones y calificaciones que, como resultado del proceso de

evaluación, se adopten al finalizar un ciclo o curso. Dicha reclamación deberá basarse en la inadecuación de la prueba propuesta al alumno en relación con los objetivos o contenidos del área sometida a evaluación y con el nivel previsto en la programación, o en la incorrecta aplicación de los criterios de evaluación establecidos.

m) Que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales e ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones.

n) Que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes.

o) Participar en el funcionamiento y en la vida del Centro, en la actividad escolar y en la gestión del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento Orgánico.

p) Asociarse, creando asociaciones, federaciones y confederaciones de alumnos. Todo ello en los términos previstos en la legislación vigente.

q) A la libertad de expresión sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.

r) Reunirse en su Centro docente para actividades de carácter escolar o extraescolar que formen parte del Proyecto Educativo del Centro, bajo la supervisión de una persona adulta.

El alumnado tiene la obligación de:

a) Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo de

unidades de trabajo. b) Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del

Centro. c) Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarle el

debido respeto y consideración. d) Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros. e) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la

dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa. f) Respetar el Proyecto Educativo y las Normas de convivencia, organización y

funcionamiento. g) Cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del Centro y

respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa. h) Participar en la vida y funcionamiento del Centro.

5.5. Las familias.

Las familias del alumnado tiene derecho a:

a) Formar parte de la Asociación de madres y padres.

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b) Participar en la elaboración del Proyecto Educativo del Centro, ayudando a definir el modelo educativo del mismo.

c) Participar en la elección de sus representantes en el Consejo Escolar. d) Llevar al Consejo Escolar, a través de sus representantes, las sugerencias o problemas

que considere oportunos.

e) Ser informados por sus representantes en el Consejo Escolar. f) Recibir información de la Dirección sobre la organización y gobierno del Centro. g) Recibir información periódica sobre el rendimiento de sus hijos/as, y sobre el sistema de

trabajo utilizado así como de su evaluación, en los días que el Centro determine. h) Ser consultado sobre cualquier decisión que afecte a su hijo/a. i) Proponer actividades complementarias. j) Celebrar reuniones en las dependencias del Centro, previa comunicación a la Dirección

del Centro. k) Participar en las actividades de formación organizadas por el Centro. l) Utilizar las instalaciones del Centro para realizar actividades en beneficio de la labor

educativa, siempre que no interfieran la marcha del Centro, de acuerdo con la m) normativa vigente, respetando las condiciones de seguridad, robos, accidentes,

responsabilidad civil... n) Conocer las faltas que se atribuyen a sus hijos. o) Decidir sobre el tipo de formación religiosa o moral que reciben sus hijos/as dentro de la

oferta del Centro y que resulte acorde con sus creencias o convicciones, sin que esta elección pueda derivarse discriminación alguna.

p) Presentar sus posibles quejas y opiniones con el debido respeto. El orden será: Tutor, Jefatura de Estudios y Dirección.

Las familias del alumnado tiene la obligación de:

a) Respetar el Proyecto Educativo, Programaciones Didácticas del Centro y el sistema de

trabajo del Centro. b) Cumplir las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del Centro. c) Participar activamente en las asociaciones de padres y madres. d) Respetar los horarios lectivos del Centro, de trabajo y visitas. e) Facilitar información sobre aquellos aspectos de sus hijos e hijas que puedan tener una

especial relevancia en el proceso de enseñanza. f) Ayudar y colaborar con el profesorado en la ejecución de un proceso educativo unitario. g) Justificar, en su caso, las ausencias y las faltas de puntualidad de sus hijos e hijas en el

Centro. h) Cubrir el material escolar que necesiten sus hijos para el desarrollo del proceso

educativo. i) Fomentar en sus hijos el respeto a la escuela, a los profesores y a sus compañeros. j) Respetar la integridad física y moral y la dignidad de todos los miembros de la

Comunidad Educativa. k) Asistir a las reuniones periódicas a las que sea convocado tanto a nivel formativo como

informativo. l) Participar de forma activa en las actividades complementarias, si se les demanda.

5.6. Personal Laboral.

El personal laboral del Centro está constituido en estos momentos por la Auxiliar Técnico

Educativo, la maestra de religión, el profesional de fisioterapia y la conserje.

El personal laboral tendrá derecho a: a) Ser respetados por las demás personas del Centro, tanto en su dignidad personal como

en sus ideas morales, religiosas o políticas.

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b) Encauzar sus necesidades, intereses y problemas a través del Equipo directivo. c) Ser informado y/o consultado ante cualquier cambio que le afecte dentro del Centro. d) Utilizar el edificio, material e instalaciones cuando sea necesario para el desarrollo de su

trabajo, previa consulta con el Equipo directivo. e) Que se le respete su horario laboral. f) Desempeñar sus funciones en el Centro de acuerdo con su convenio laboral.

El personal laboral tendrá la obligación de:

a) Atender las indicaciones de los miembros del Equipo Directivo. b) Colaborar con el resto de la comunidad educativa en el cumplimiento de las normas. c) Colaborar en la formación de un ambiente educativo que garantice el cumplimiento de

los objetivos del Centro. d) Adoptar una actitud de colaboración hacia los miembros de la comunidad educativa y

favorecer la convivencia y disciplina del alumnado.

6. MEDIDAS PREVENTIVAS.

6.1. El enfoque de la convivencia escolar.

La convivencia ha de abordarse en positivo; educar para la convivencia no es renunciar a la existencia de conflictos sino saber enfrentarlos y superarlos positiva y efectivamente. Por tanto, se ha de adoptar un enfoque proactivo y educativo trabajando desde intenciones claras, legítimas y necesarias. Finalmente, hemos de adoptar también un enfoque comunitario, porque para mejorar la convivencia es importante el compromiso de todos: de la Administración; de la comunidad en su conjunto; del profesorado comprometido a impulsar, en el desarrollo de su actividad docente, la formación en valores; de las familias, sin cuya colaboración no se puede llevar a cabo una educación coordinada en sus principios y acciones; y por supuesto, de los alumnos y alumnas, que deben colaborar en la concienciación de todos sus compañeros sobre la necesidad de actuar en la prevención y en la solución de los conflictos.

6.2. Integración de la convivencia en el currículo. Generalmente se describen tres modelos distintos de gestión de la convivencia:

a) El modelo sancionador, coercitivo o punitivo, que se basa en la aplicación de sanciones como principal medida para el tratamiento de la convivencia.

b) El modelo relacional, donde las partes del conflicto, por propia iniciativa o animados por otros, buscan la solución a sus problemas de manera que, a través del diálogo, tratan de llegar a la resolución del conflicto.

c) El modelo integrado da un paso más, los procedimientos para la resolución de conflictos quedan recogidos en el reglamento del Centro, esto es, en las Normas de convivencia, organización y funcionamiento, y se apoyan en estructuras que potencien el diálogo, como los equipos de mediación y las fórmulas para incrementar la participación.

Estos tres modelos no deben verse como contrapuestos; de hecho, la opción por un modelo

integrado no excluye, sino todo lo contrario, la necesidad de adoptar, en determinados momentos y circunstancias, medidas de tipo punitivo o coercitivo.

Por tanto, este modelo que adoptamos se denomina integrado porque se inserta en el

currículo, esto es, en el núcleo mismo del proceso de enseñanza y aprendizaje, y también en la cultura organizativa del centro.

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La mejor manera de integrar la convivencia en el currículo es a través de unidades de trabajo de las diferentes áreas. Por tanto, es conveniente programar actividades relacionadas con la convivencia en todas las áreas. El tutor o tutora tienen que incluir dentro del horario del grupo de alumnas y alumnos que tutoriza, un tiempo semanal para desarrollar tareas propias de orientación y seguimiento del conjunto del proceso de enseñanza y aprendizaje y actividades que contribuyan al desarrollo de habilidades propias de la competencia social y ciudadana, de la competencia para

aprender a aprender, de la competencia de autonomía e iniciativa personal y de la

competencia emocional.

6.3. Mediación de conflictos.

La mediación escolar es un método de resolución de conflictos en el que, mediante la intervención imparcial de una tercera persona, se ayuda a las partes implicadas a alcanzar por sí mismas un acuerdo satisfactorio.

El proceso de mediación se utilizará como estrategia preventiva para la resolución de conflictos que deriven o no de conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia del centro. No se podrá ofrecer la mediación en los siguientes casos:

- Ante el acoso o violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

- Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquellas que tengan una implicación de género, sexual, religiosa, racial o xenófoba, o se realicen contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus características personales, económicas, sociales o educativas.

- Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así como la manifestación de ideologías que preconicen el empleo de la violencia, la apología de los comportamientos xenófobos o del terrorismo.

- Cuando en el mismo curso escolar, se haya utilizado el proceso de mediación en la gestión de dos conflictos con el mismo alumno o alumna, siempre que los resultados de los procesos hayan sido negativos.

La mediación escolar se va a establecer a dos niveles. En primer lugar, el primer mediador

ante un conflicto va a ser siempre el tutor-profesor. El siguiente nivel de mediación lo encontramos en la Comisión de Convivencia para aquellos conflictos que no hayan sido resueltos en el primer nivel. Una norma básica para llevar a cabo este tipo de mediación en la resolución de un conflicto interpersonal es que no se producen ganadores-perdedores, sino ganador-ganador.

El mediador debe contar con las habilidades sociales y emocionales necesarias que requiere la tarea, que no son otras que promover el diálogo, la comunicación, la libre expresión de opiniones, sentimientos y deseos, así como lograr que sean los propios alumnos quienes propongan las soluciones y las aceptan. 6.3.1. Mediación entre profesorado y alumnado.

El objetivo es lograr que los alumnos adquieran su responsabilidad en la solución del conflicto. El maestro/a debe evitar juzgar, culpar, tratar de solucionar el problema y dar consejos a los alumnos. Los pasos que deben seguir, en caso de un conflicto puntual, son:

1) Parar y escuchar al alumno que nos cuenta el conflicto. - Escuchar activamente. - Dejar un tiempo para que se calme.

2) Reunir a los implicados. - Cada uno cuenta el problema desde su punto de vista.

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- El maestro/a les ayuda a comunicar cómo se sienten. - Cuando uno habla el otro escucha. - El maestro/a se asegura de que ambas partes han comprendido a la otra.

3) Recapitular y resumir. - El maestro/a trata de esclarecer qué afecta a cada parte y lo verbaliza. - Extrae deseos o necesidades por ambas partes.

4) Se proponen soluciones:

- Ambos alumnos aportan diversas soluciones. - En principio se aceptan todas. - El maestro/a controla que no haya descalificaciones ni faltas de respeto.

5) Se elige una solución.

- Los alumnos eligen la solución/es que mejor les parece. - Debería incluir ganancia y satisfacción para ambas partes.

6) Puesta en práctica. - El maestro/a concreta los pasos específicos: ¿Qué va a hacer cada uno? ¿Cuándo?

¿Dónde? 7) El maestro/a informa al tutor/a. 8) Evaluación de los resultados.

- El maestro/a realiza un seguimiento de la solución. - Reflexiona con los alumnos los resultados.

6.3.2. Mediación entre el mediador de la Comisión de Convivencia y el alumnado. La Comisión de Convivencia que está formado por un maestro/a y un padre o madre tiene

carácter de Equipo de Mediación para la mediación de conflictos. Los componentes de este equipo deben recibir formación específica para dicha tarea.

Este proceso de mediación se puede iniciar a instancia de cualquier maestro/a, padre o

madre, o alumno/a implicado directamente en el conflicto, siempre que las partes del conflicto lo acepten voluntariamente. Dicha aceptación exige que las partes asuman ante la dirección del centro y las madres y padres o tutores legales, el compromiso de cumplir el acuerdo al que se llegue.

La Comisión de Convivencia deberá convocar un encuentro de las personas implicadas en el conflicto para concretar el acuerdo de mediación con los pactos de conciliación y o reparación a que quieran llegar.

Si el proceso de mediación se interrumpe o finaliza sin acuerdo, o si se incumplen los pactos de reparación, la Comisión de Convivencia o persona mediadora debe comunicar estas circunstancias al Director del Centro para que actúe en consecuencia.

Esta mediación escolar se basará en los siguientes principios: - La libertad y voluntariedad de las personas implicadas en el conflicto para acogerse o

no a la mediación y para desistir de ella en cualquier momento del proceso. - La actuación imparcial de la persona mediadora para ayudar a las personas implicadas

a que alcancen un acuerdo sin imponer soluciones ni medidas. Para garantizar este principio, la persona mediadora no puede tener ninguna relación directa con los hechos, ni con las personas que han originado el conflicto.

- El compromiso de mantenimiento de la confidencialidad del proceso de mediación. - El carácter personal que tiene el proceso de mediación, sin que pueda existir la

posibilidad de sustituir a las personas implicadas por representantes o intermediarios. - La práctica de la mediación como herramienta educativa para que el alumnado

adquiera, desde la práctica, el hábito de la solución pacífica de los conflictos. 7. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTAS

GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA.

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En el ejercicio de nuestra autonomía, determinamos las conductas que no se ajustan a los

principios y criterios que regulan la convivencia del Centro. Por tanto, las conductas que deben ser sancionadas son todas aquellas que alteran la convivencia escolar e implican un problema en las relaciones interpersonales.

7.1. Conductas contrarias a las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del Centro y del aula.

Son conductas contrarias a las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del aula y el centro, las siguientes:

a) Las faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad. b) La desconsideración con los otros miembros de la comunidad escolar. c) La interrupción del normal desarrollo de las clases. d) La alteración del desarrollo normal de las actividades del centro. e) Los actos de indisciplina contra miembros de la comunidad escolar. f) El deterioro, causado intencionalmente, de las dependencias del centro o de su

material, o del material de cualquier miembro de la comunidad escolar

7.2. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro.

Son conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, las siguientes: a) Los actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de las actividades

del centro. b) Las injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad escolar. c) El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales para la salud y la

integridad personal de los miembros de la comunidad educativa. d) Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquellas que tengan una implicación de

género, sexual, religiosa, racial o xenófoba, o se realicen contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus características personales, económicas, sociales o educativas.

e) La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos y material académico.

f) El deterioro grave, causado intencionalmente, de las dependencias del centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

g) Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así como la manifestación de ideologías que preconicen el empleo de la violencia, la apología de los comportamientos xenófobos o del terrorismo.

h) La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro. i) El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad.

8. MEDIDAS CORRECTORAS.

Las medidas correctoras tienen que tener un carácter recuperador, educador y/o reparador. Para la aplicación de las medidas correctoras se tendrán en cuenta, junto al nivel escolar, las circunstancias personales, familiares y sociales.

Las medidas correctoras deben ser proporcionales a la gravedad de la conducta que se pretende modificar y deben contribuir al mantenimiento y la mejora del proceso educativo. En ningún caso pueden imponerse medidas correctoras que atenten contra la integridad física y la dignidad personal del alumnado. Tampoco, el alumnado puede ser privado del ejercicio de su derecho a la educación.

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Para la adopción de las medidas correctoras, será preceptivo el trámite de audiencia al alumno o alumna, las familias y el conocimiento del tutor o tutora.

En el caso de aquellas conductas que son constitutivas de delito o falta perseguible penalmente, la Dirección del Centro las comunicará al Ministerio fiscal y a la Delegación Provincial de Educación y Ciencia.

8.1. Medidas correctoras ante las conductas contrarias a la convivencia.

1. La amonestación verbal. 2. La amonestación por escrito. 3. La restricción de uso de determinados espacios y recursos del Centro. 4. La sustitución del recreo por una actividad alternativa de mejora de la conservación

de algún espacio del Centro. 5. El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula de grupo

habitual, siempre desde el control del profesorado del centro. 6. La realización de tareas escolares en el Centro en horario no lectivo, por un tiempo

limitado y con el conocimiento y la aceptación de los padres o tutores legales del alumno o alumna.

7. La obligatoriedad de reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación.

La decisión de aplicar estas medidas correctoras puede ser llevada a cabo por cualquier maestro/a del Centro, oído el alumno o alumna, en los casos 1, 2, 4 y 5 de este apartado. El tutor/a puede aplicar todos los casos.

En todos los casos quedará constancia escrita de las medidas adoptadas, que se notificarán a la familia.

Estas medidas correctoras no serán objeto de ulterior recurso, sin perjuicio de la facultad general que asiste a los interesados de acudir a la dirección del centro o la Delegación Provincial, para formular la reclamación que estimen oportuna.

Estas medidas prescriben trascurrido el plazo de un mes a contar desde la fecha de su comisión.

8.2. Medidas correctoras ante las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.

1. La realización en horario no lectivo de tareas educativas por un periodo superior a una semana e inferior a un mes.

2. La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias durante un periodo que no podrá ser superior a un mes.

3. El cambio de grupo o clase. 4. La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal de la

asistencia al propio centro docente por un periodo que no podrá ser superior a quince días lectivos, sin que ello comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua, y sin perjuicio de la obligación de que el alumno o alumna acuda periódicamente al centro para el control del cumplimiento de la medida correctora. En este supuesto, el tutor o la tutora establecerá un plan de trabajo con las actividades a realizar por el alumno o la alumna sancionado, con inclusión de las formas de seguimiento y control durante los días de no asistencia al centro, para garantizar así el derecho a la evaluación continua. En la adopción de esta medida tienen el deber de colaborar las madres, padres o representantes legales del alumno.

5. Cambio de Centro. El director puede proponer al responsable de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia, el cambio de centro de un alumno o alumna por problemas graves de convivencia o por otras causas de carácter educativo

relacionadas con un determinado entorno que esté afectando gravemente a su normal proceso de escolarización y de aprendizaje.

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Estas medidas correctoras serán adoptadas por el director del centro, de lo que dará traslado a la Comisión de Convivencia.

Estas medidas correctoras podrán ser revisadas por el Consejo Escolar a instancia de los padres, madres o representantes legales del alumnado. La reclamación se presentará por los interesados en el plazo de dos días a contar desde el siguiente a la imposición de la corrección, y para su resolución se convocará una sesión extraordinaria del Consejo Escolar del Centro en el plazo máximo de dos días lectivos a contar desde la presentación de aquella, en la que éste órgano colegiado de gobierno confirmará o revisará la decisión adoptada, proponiendo en su caso, las medidas que consideren oportunas.

Estas medidas prescriben por el transcurso de un plazo de tres meses contando a partir de su comisión. 8.3.- PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN Y RESPONSABLES DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS.

PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS Conductas contrarias a las normas de convivencia

Procedimiento

¿Quién?

a)Faltas injustificadas de asistencia.

1º Control y recopilación de faltas de asistencia. 2º Contacto telefónico con la familia solicitando los documentos justificativos de la ausencia (Anexo 1). En el caso de no poder contactar telefónicamente, se le notificará por escrito (Anexo 2). 3º Al final de cada mes, la Jefatura de estudios recopila la hoja resumen del alumnado absentista (Anexo 3). 4º El tutor abrirá un expediente para cada alumno absentista (Anexo 4). 5º El Director citará a la familia a una comparecencia (Anexo 5). 6º El Director levantará acta de la comparecencia con los acuerdos establecidos (Anexo 6). 7º Si se resuelve el problema del absentismo se enviará una carta de felicitación (Anexo 7). 8º Si persiste la problemática, se pedirá valoración técnica al responsable de orientación (Anexo 8). 9º Si de la valoración predominan los factores socio familiares, se solicitará una valoración a los Servicios Sociales (Anexo 9). 10º Los Servicios Sociales remitirá la valoración al centro. 11º Valoración conjunta entre los S.S. y el responsable de orientación y elaboración de un plan de intervención socioeducativo. 12º Comunicación por escrito, oficial y certificado a la Inspección educativa (Anexo 10) y a la Comisión Local de Absentismo (Anexo 11).

- Tutor. - Tutor. - Jefatura de estudios. - Tutor. - Director. - Director. - Tutor y director. - Responsable de orientación. - Servicios Sociales y responsable de orientación. - Servicios Sociales. - Servicios Sociales, Responsable de Orientación y tutor. - Director.

PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS Conductas contrarias a las normas de convivencia

Procedimiento ¿Quién?

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b. Desconsideración con los otros miembros de la comunidad escolar. c.La interrupción del normal desarrollo de las clases. d.La alteración del desarrollo normal de las actividades del centro. e.Los actos de indisciplina contra miembros de la comunidad escolar.

1º Amonestación privada y verbalmente. 2º Si acumula dos o más conductas leves en el mismo día se le amonesta por escrito (anexo I). 3º En la amonestación debe quedar reflejado la medida correctora a aplicar. 4º La amonestación por escrito se enviará a la familia vía correo, la jefatura de estudios archivará una copia de dicha amonestación. 5º La familia tiene que dar por enterada la comunicación al Centro y confirmar su asistencia. 6º En la entrevista tutor-familia, el tutor tiene que registrar dicha entrevista y enviar una copia a la jefatura de estudios (anexo II).

- Cualquier maestro puede aplicar: la sustitución del recreo o hacer actividades escolares en otro espacio distinto del aula. Tiene que informar al tutor. - El tutor puede aplicar las anteriores medidas, además de la restricción del uso de espacios y la aplicación de tareas escolares en el centro en horario no lectivo. - El director puede aplicar todas las medidas descritas. - El equipo directivo tiene que llevar un control de estas situaciones, debe informar periódicamente a la Inspección y al Consejo Escolar.

f.El deterioro, causado intencionadamente, de las dependencias del centro o de su material, o del material de cualquier miembro de la comunidad escolar.

El procedimiento es idéntico a los casos anteriores excepto en los pasos primero y segundo, con lo cual, el procedimiento empezaría en el paso tercero.

- El tutor o director.

PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.

Procedimiento ¿Quién?

Las descritas en los puntos a), b), d), e), f), g), h) e i) del apartado 7.2. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.

1º Amonestación privada y por escrito. 2º Derivación del caso al Director donde convocará a la Comisión de convivencia para ese mismo día. Se inicia un expediente. 3º El Director impondrá las medidas correctoras pertinentes. 4º El Director citará a la familia para dar audiencia sobre las medidas correctoras (anexo III). 5º El Director registrará la entrevista (anexo IV).

- El director. - El equipo directivo tiene que llevar un control de estas situaciones, debe informar periódicamente a la inspección y al consejo escolar.

La referida al punto c) del apartado 7.2. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia. ACOSO.

1º Identificación de un caso de maltrato entre iguales. La comunicación se la pasa al equipo directivo (Documento 3.1. comunicación de maltrato). 2º El Director constituye un grupo de trabajo formado por un miembro del equipo directivo, el responsable de orientación y un profesor del claustro que no sea el tutor del alumno acosado. 3º El Director debe informar a las familias de todos los implicados y a la Inspección periódicamente (documento 3.2.). 4º El grupo de trabajo tiene que garantizar la inmediata seguridad a través de la observación (Documentos 4.1 y 4.2), y entrevistas a la victima, el agresor o agresores y a los espectadores (Documento 6) y adoptar medidas cautelares para los agresores (se consideran conductas graves contrarias a las normas de convivencia) 5º Si el grupo de trabajo confirma la existencia de maltrato, la Dirección y el grupo de trabajo deben elaborar un plan de actuación: El acosado a través de apoyo, protección e intervención de los servicios sociales. Con los agresores, la aplicación de las normas correctivas consideradas graves e intervención de los Servicios Sociales. 6º El Director debe informar al Consejo escolar.

- Cualquier miembro de la comunidad educativa: alumnado, profesorado, familias, personal no docente. - Director. - Director. - Equipo de trabajo. - Equipo de trabajo y director. - Director.

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9.- CRITERIOS ESTABLECIDOS POR EL CLAUSTRO PARA LA ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS.

“El tutor será designado por el director a propuesta de la jefatura de estudios, de entre los maestros que imparten docencia al grupo, de acuerdo con los criterios establecidos por el claustro en las Normas de convivencia, organización y funcionamiento” (Artículo 46 de la Orden de 25 de junio de 2007).

Los criterios establecidos por el Claustro son los siguientes: - La asignación de tutorías debe garantizar la continuidad de cada tutor con un grupo de

alumnos durante un ciclo completo.

- Las tutorías del primer ciclo de E. Primaria serán llevadas a cabo por el profesorado definitivo en el centro.

- Se han de tener en cuenta las situaciones anteriores del grupo a la hora de asignar tutorías, para evitar que todos los años se cambie de tutor.

- La disposición de un mayor número de horas de cada tutor/a con cada uno de los grupos. - El tutor/a obligatoriamente tiene que impartir a su grupo las áreas de lenguaje, matemáticas; y

en el tercer ciclo, además de las áreas anteriores, Educación para la ciudadanía y los derechos humanos.

- En cuanto a la prioridad de elección serán los siguientes: 1) Miembros del Equipo Directivo que tengan que ejercer labor de tutoría. 2) Maestros definitivos, dando preferencia a la antigüedad en el Centro, contada desde la

toma de posesión en el mismo. 3) A los maestros profesores provisionales les será adjudicada tutoría por el Jefe de

Estudios, en función de las necesidades del Centro. 4) A los maestros profesores interinos les será adjudicada tutoría por el jefe de Estudios,

en función de las necesidades del Centro y después de elegir los provisionales. 10.- ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS Y DEL TIEMPO EN EL CENTRO.

10.1. Entradas, salidas y desplazamientos.

El Centro educativo permanece abierto para las actividades docentes de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas. Durante los meses de septiembre y junio, el horario del viernes es de 9:00 a 13:00 horas.

Durante todo el curso escolar, el centro permanecerá abierto también en horario de tarde los lunes de 15:00 hasta las 19:00 horas.

El centro educativo presta el servicio de comedor (aula matinal y comida) por lo que estará abierto desde las 7:30 hasta las 16:00 todos los días para el alumnado que disfrute del servicio.

El profesorado se hará cargo de sus alumnos tanto a la entrada como a la salida. En la entrada, el profesorado procurará estar en la puerta de entrada de los edificios, para acompañar a su curso a sus clases. Tanto las entradas como salidas se realizarán en orden y silencio. A la salida, se asegurará que todo el alumnado haya abandonado el edificio.

Durante el horario lectivo, todos los desplazamientos que deban hacer los diferentes grupos por las diferentes dependencias del centro, deberán ser acompañados por los especialistas.

El profesorado de Educación Infantil, en las salidas acompañará al alumnado hasta la puerta del edificio, y lo entregará a los padres, tutores legales o personas expresamente por los mismos ante el personal del colegio. En el caso de que ninguna persona autorizada acudiera a recoger a algún menor, el tutor/a, o en su defecto, la Dirección del Centro habilitará los medios para la localización de sus familiares y la custodia del mismo hasta la entrega a su familia.

Las madres, padres o tutores legales del alumnado evitarán interrumpir las clases fuera del horario establecido de visitas. Para ello, tienen asignado una hora de tutoría con los tutores.

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Cuando un alumno/a tenga que salir del Centro durante el horario escolar, éste avisará a primera hora a su tutor/a a través de un justificante firmado por los padres o tutores legales. Será la madre, el padre o el tutor legal quien recoja al niño/a en la propia aula. En el caso de que el alumno/a tenga que entrar en el Colegio fuera del horario de entrada, se seguirá el mismo procedimiento. 10.2. Los recreos.

El tiempo de recreo es horario lectivo para el profesorado, lo que implica la responsable vigilancia por parte del mismo según los turnos establecidos por la Jefatura de Estudios. En el horario del recreo, el alumnado no puede permanecer en las clases, pasillos o baños. En aquellos casos que algún alumno/a permaneciera en una clase por alguna razón estará siempre acompañado por un maestro/a. Si algún alumno/a durante el recreo tiene la necesidad de ir al baño irá siempre acompañado de un maestro de vigilancia del recreo.

Los días de lluvia se evitarán la salida al patio quedando los alumnos al cargo de los respectivos tutores. Esta orden será comunicada por la Dirección del Centro a través de la Conserje. El resto de profesorado especialista vigilará pasillos y demás dependencias del centro y ayudará a los tutores en caso de ausencia o salida.

Algunas de las normas que se deben recordar y hacer públicas en todas las aulas para los recreos y espacios comunes son:

- Mantener limpio el patio y pasillos. - Formar filas a las entradas y salidas para el alumnado de primer, segundo y tercer ciclo

de Educación Primaria por la puerta del huerto escolar. - No permanecer en el pasillo o clases en las horas de recreo. - No correr por los pasillos. - No pisar los jardines. - Durante los recreos no pasar al otro patio. - Cerrar los grifos después de usarlos. - Cuidar y recoger el material del aula de informática y de la biblioteca. - Queda prohibido jugar en el horario del recreo con balones de reglamento. - Apagar luces y cerrar puertas para ahorro de energía. - Al finalizar la clase, cada profesor correrá el cargo de cerrar las persianas, del aula en

la que se encuentre.

10.3. Faltas y permisos del profesorado y personal no docente.

Cuando un profesor o personal no docente vaya a faltar al Centro, éste está obligado a comunicarlo lo más urgentemente posible a la Jefatura de Estudios para que se pueda organizar las sustituciones.

Las ausencias al Centro están obligadas a presentar un justificante con el motivo de la ausencia y del tiempo que dure dicha ausencia.

Cuando se prevea una ausencia prolongada que obligue al nombramiento de un sustituto, el profesor dejará preparada la programación para los primeros días de ausencia.

10.4. Las sustituciones. Las sustituciones serán organizadas por la Jefatura de Estudios. La Jefatura de Estudios

llevará un cuadrante que se hará público en los tablones de información del Centro donde se especificará el día de la sustitución, la clase y el número de sustituciones que realiza cada profesor/a.

Los criterios para la aplicación de estas serán tomadas por la Jefatura de Estudios con arreglo a las circunstancias del momento: varias bajas a la vez, profesorado en actividades fuera del Centro, ubicación de aulas, varias ausencias en el mismo nivel...

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En Educación Infantil serán realizadas preferentemente por el profesorado del ciclo. En el caso de que falten dos o más maestras de educación infantil, se priorizarán en las maestras/os de primer ciclo de Educación Primaria. Los criterios a seguir serán:

1º El profesorado del ciclo sustituirá a la maestra cuya ausencia sea más prolongada. 2º El profesorado y los especialistas del ciclo, en los casos en los que la ausencia sea de igual duración, asistirá al grupo de más bajo nivel.

En Educación Primaria los criterios son los siguientes: 1º. Por el maestro/a del mismo ciclo. 2º. Por el maestro/a especialista del mismo ciclo. 3º. Por los maestros/as del resto de ciclos.

10.5. Jornada y horario escolar.

10.5.1.- Educación Infantil.

El horario de los alumnos de Educación Infantil se basarán en las necesidades Psicológicas y fisiológicas del niño, que marcan la frecuencia necesaria para su orientación; por tanto, la organización del tiempo responderá al principio de globalización evitando las segmentaciones arbitrarias. Se han de tener en cuenta los siguientes criterios:

Proporcionar seguridad a los niños y niñas que le permitan diferenciar los distintos momentos del día y llegar a prever y anticipar qué pasará después.

Flexibilidad, ya que los niños y niñas no pueden vivir con prisas y tensiones, sino en función de sus ritmos y necesidades.

La organización del periodo de adaptación. Ver Anexo I

10.5.2. Educación Primaria. Las clases se impartirán en 6 sesiones. Todas las sesiones serán de 45 minutos. Se ha de

tener en cuenta los siguientes criterios: - Procurar que las dos primeras horas de la mañana cada tutor esté con su curso para

impartir las áreas instrumentales y facilitar el desdoble. Las áreas que requieren menos grado de concentración por parte de los alumnos se realizan en las últimas sesiones de la mañana.

- Ajustar el número de horas de cada área según la normativa legal vigente que es la

siguiente:

- Flexibilidad. - Globalización.

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El maestro/a tutor/a incorporará dentro del horario que comparte con el grupo de alumnas y

alumnos un tiempo semanal para desarrollar las tareas propias de orientación y seguimiento del conjunto del proceso de enseñanza y actividades que contribuyan al desarrollo de las habilidades propias de la competencia social y ciudadana, de la competencia para aprender a aprender, de la competencia de autonomía e iniciativa personal y de la competencia emocional.

Todas estas áreas se organizan en dos grandes bloques. Un bloque formado por contenidos que acerca al alumnado al conocimiento del mundo que le rodea y que deben ser impartidas siempre por el tutor. Estas son: Conocimiento del medio natural, social y cultural, Matemáticas, Lectura y Educación para la ciudadanía y derechos humanos. El segundo bloque está formado por áreas lingüísticas: Lengua castellana y literatura, lengua extranjera, Educación artística y Educación física. Que pueden ser impartidas, bien por el tutor o bien por los especialistas.

El área de religión tiene carácter voluntario. Serán los padres o tutores legales quienes estén en opción de decidir si su hijo o hija cursarán el área de religión. Para aquellos alumnos/as que no cursen dicha área, el tutor/a deberá elaborar un programa con objetivos, contenidos y criterios de evaluación que estén dirigidos al desarrollo de las competencias anunciadas en el currículo de Castilla-La Mancha. 11. FUNCIONAMIENTO.

11.1. Plan de acogida. La incorporación de cualquier nuevo miembro al Centro, bien sea alumno/a, familia,

profesorado o personal no docente hace que forme parte de nuestra Comunidad Educativa. Para favorecer dicha incorporación se pondrá en marcha el Plan de Acogida del Centro.

11.2. Definición y elección de grupos. La organización de los grupos de alumnos y alumnas respetará, en todos los casos, el

criterio de heterogeneidad y el principio de no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Para garantizar esta situación, todos los grupos de un mismo nivel tendrán un número semejante de alumnado e incorporará de manera equilibrada al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

11.3. Horarios del profesorado.

11.3.1. Horario lectivo. El horario lectivo del profesorado en el Centro es de 25 horas semanales. Este horario sólo

puede ser dedicado a la docencia directa con el alumnado y otras funciones específicas. La docencia con el alumnado incluye la docencia de las áreas, el desarrollo de las medidas de refuerzo y ampliación previstas en el plan de atención a la diversidad, la atención en recreos. Las funciones específicas se refieren a:

- El ejercicio de la función directiva, 8 horas. - El ejercicio de las tareas específicas de orientación educativa (responsable de

orientación), la dedicación plena en el horario lectivo. - Riesgos laborales: 1 hora. - El responsable de formación: 2 horas - Los coordinadores de ciclo, una hora. - El responsable de la biblioteca del Plan de Lectura: 1 sesión. - El responsable de formación en el Centro, será también el responsable de tecnología

de la información: 2 sesiones. - Responsable del comedor: 4 horas lectivas (si hay más de 60 comensales y además

lleva al aula matinal). - El coordinador de las secciones europeas (dos horas) y el profesorado de áreas no

lingüísticas que imparte docencia a grupos bilingües, una hora.

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- El profesorado que coordina proyectos de innovación autorizados por la Conserjería (según acuerdo del proyecto).

11.3.2. Horario Complementario.

El horario complementario es de cuatro horas semanales que pueden ser de cómputo mensual que deben ser autorizadas por el Jefe de Estudios, y en su caso, por el Director.Las horas complementarias se destinarán a las siguientes actividades: - El desarrollo de la función directiva. - Las reuniones de los órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente. - Las reuniones de los tutores con la jefatura de estudios y el responsable de orientación. - La tutoría con familias. El calendario y el horario de tutoría con las familias se expondrá

en el tablón de anuncios del Centro. - Las reuniones del equipo docente.

- El claustro y C.C.P. - Las reuniones con el equipo de biblioteca. - La coordinación y preparación de materiales curriculares. - Participación en las actividades de formación. - La tutoría de prácticas del alumnado universitario o del profesorado, durante el periodo

en el que se desarrolla, tendrá una dedicación de una hora semanal. - Las actuaciones derivadas del programa de Secciones europeas.

11.3.3. Otras consideraciones. El profesorado con edades comprendidas entre cincuenta y cinco y cincuenta y nueve años

puede pedir una reducción de hasta tres periodos lectivos. El equipo directivo le asignará tareas que redunden en la mejora del servicio educativo y en el desarrollo del proyecto educativo del centro.

El profesorado que, por razones de guarda legal, tengan a su cuidado directo algún menor de 6 años, anciano que requiera especial dedicación o a un disminuido psíquico o físico que no desempeñe actividad retributiva, tendrá derecho a la disminución de su jornada de trabajo.

El profesorado dispondrá de siete días por curso académico para la asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con la propia práctica docente, siempre que las disponibilidades del centro lo permitan. El director del Centro, a la vista de la petición del profesor, emitirá un informe que trasladará a la Delegación Provincial.

Las tardes de los lunes serán asignadas para la formación, claustros, C.C.P. y reuniones de coordinación, preparación de material y atención a familias. Las tutorías a familias, una hora semanal, serán asignadas la tarde de los lunes de cinco a seis de la tarde.

11.4. Funcionamiento de servicios educativos: aula matinal y comida. El servicio de comedor, como parte integrante del sistema escolar, además de cumplir una

función social, contribuye a la formación del niño/a creando hábitos de CONVIVENCIA, COMPORTAMIENTO EN LA MESA Y RESPONSABILIDAD.

11.4.1 - Normas para el alumnado:

- Lavarse las manos antes de comer.

- No coger los alimentos con las manos.

- No cambiar los vasos ni coger alimentos de los compañeros con los cubiertos propios.

- Ayuda mutua, uso adecuado del menaje y trato correcto con los compañeros.

- Colaborar en la recogida de mesas (según la edad).

- Permanecer en el recinto escolar, en los lugares indicados para tal fin.

- Pedir lo que se necesita por favor y sin gritar.

- Usar la servilleta antes de beber agua y después de comer.

- Masticar con la boca cerrada.

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- Levantarse de la mesa sin arrastrar la silla.

- Mantener una conversación en la mesa sin subir la voz.

11.4.2- Normas para las familias - Para cualquier salida del Centro será imprescindible una autorización de la familia. - Para tener plaza en el comedor escolar será preciso la domiciliación bancaria de los

recibos. - Las bajas deben comunicarse en Dirección con cinco días de antelación. - El menú será único para todos los usuarios del servicio comedor (ORDEN 917/2002 DE 14

DE MARZO). - Los alumnos/as con alergias con previa presentación de certificado médico, se le

elaborará comidas especiales. - Los alumnos inscritos que por enfermedad o causa mayor no pudieran hacer uso del

Comedor, tendrán que comunicarlo antes de las 9,30 del día señalado.

- Cualquier alumno/a que deje sin abonar un mes de comedor se dará baja de este servicio. - El pago de la cuota del Comedor Escolar se realizará mediante domiciliación bancaria en

los primeros 10 días del mes siguiente. - Los alumnos/as que hagan uso del servicio de Comedor traerán útiles de aseo con su

nombre (bolsa de aseo con cepillo, pasta de dientes y toalla). - La TEJI y las cuidadoras serán los responsables de la higiene del alumnado. - Los monitores serán los responsables de programar actividades de ocio para el alumnado

usuario del Comedor Escolar en horario de 15,00 hasta 16,00 h.

- Los alumnos/as que necesiten algún tipo de atención específica deberán comunicarlo.

El Equipo Directivo es el encargado del Comedor, conjuntamente con el Ayuntamiento de La Solana. Para cualquier sugerencia o información serán atendidos por el mismo.

11.4.3. Sanciones y pérdida de la plaza de comedor. Un alumno/a causará baja en el comedor por las siguientes causas:

Sanción según lo establecido en las normas de convivencia del Centro, que puede deberse a las siguientes faltas:

- No cuidar el menaje o el mobiliario del comedor. - Tirar comida al suelo o lanzarla a los demás compañeros. - Sacar comida del comedor - Salir del colegio sin permiso. -

- Agredir de palabra y obra a compañeros, monitores y personal encargado del

servicio de comedor. Los apercibimientos por estas faltas serán orales. Si no surten estas correcciones se

comunicará por escrito a los padres o tutores la falta cometida. El segundo aviso por escrito llevará consigo la expulsión del comedor durante tres días. Si el

mal comportamiento persiste, el tercer aviso llevará consigo la baja del alumnado en el servicio del Comedor.

Retraso reiterativo (tres veces) en el pago de alguna mensualidad.

Impago de la mensualidad correspondiente. 12. NORMAS PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES.

12.1. La biblioteca.

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1. Pueden utilizar la biblioteca escolar los docentes del Centro, los alumnos y alumnas del mismo, así como sus padres y madres. El documento que da acceso a todos los materiales y servicios es el carné de la BE.

2. La biblioteca permanecerá abierta, para préstamos, durante el horario lectivo, diariamente en los recreos. Cada grupo de alumnos, con su tutor, se le reservará una sesión semanal para realizar actividades de animación lectora en la biblioteca.

3. Al cargo de la biblioteca habrá maestros y alumnos/as de 6º de Educación Primaria durante el recreo. Todos ellos serán responsables del préstamo.

4. El alumnado accederá en grupos de cinco para realizar el préstamo de material. Los alumnos ayudantes serán los encargados de controlar el acceso a la biblioteca y de ayudar en la colocación de los materiales devueltos.

5. El tiempo de préstamos será de quince días, con opción a renovación. 6. Cada lector es responsable de los libros que toma en préstamo y, si se deterioran o

pierden deberá reponerlos. 7. Los docentes, el alumnado y las familias pueden participar en la gestión de la

biblioteca escolar a través del préstamo de libros, periódico digital y tertulias literarias. Se pueden hacer propuestas sobre la adquisición de fondos, la organización, funcionamiento, así como de las actividades. “Yo recomiendo” es una sección del panel informativo en la que recomendamos libros que hemos leído y nos han gustado.

8. El uso de la biblioteca requiere silencio y orden.

12.2. El aula Althia. Al principio de cada curso se asignará en el primer claustro a un responsable del aula Althia.

Esta persona también será el responsable de Tecnologías de la Información y de comunicación donde podrá dedicar a esta función hasta un máximo de cinco horas de las consideradas lectivas. Su horario debe publicarlo en la puerta del Aula Althia para conocimiento de toda la comunidad educativa. También deberá publicar en la puerta del Aula el horario de funcionamiento del Aula Althia. Será también responsable de publicar en todas las aulas donde se dispongan de ordenadores las siguientes normas:

1. Dejar los ordenadores y pantallas correctamente apagados, máxime si se trata de la última sesión de la mañana.

2. Procurar dejar las sillas ordenadas, (dos por puesto), si es que se ha tenido que alterar su colocación por algún motivo.

3. Procurar un correcto uso de los distintos elementos del equipo informático por parte de los alumnos: ratones, cascos, alfombrillas, teclados, monitores y cajas.

4. Incidir en que los alumnos no desconecten ningún cable, ni den tirones fuertes de ratones y teclados.

5. Prestar especial atención siempre que los alumnos trabajen autónomamente en el uso de internet.

6. Dejar los distintos materiales informáticos correctamente colocados en su archivo. 7. Ante cualquier incidencia sobre algo que no funcione correctamente, por favor, anótenlo

en el Cuaderno de Incidencias para que pueda ser subsanada lo antes posible. 8. El Aula Althia dispone de un Buzón de Sugerencias y Recomendaciones para que sea

posible atender las opiniones tanto de alumnos como maestros. 9. El Aula también dispone de un Cuaderno de Recursos informáticos, donde sería

adecuado que se anotaran recursos informáticos y páginas web útiles con el fin de crear un fichero por ciclos y áreas que nos facilite el trabajo a todos.

10. En caso de duda o problema con los ordenadores consultad al encargado del Aula Althia.

12.3. El pabellón deportivo.

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1. Las entradas y salidas se realizarán en filas siempre acompañados por el maestro/a especialista.

2. La recogida y entrada de material del almacén, se hará siempre acompañado del maestro especialista.

3. El material debe dejarse ordenado en su lugar correspondiente. 4. Hacer un uso correcto tanto del material como de las instalaciones. 5. Hacer un uso correcto de los aseos (encender y apagar las luces, tirar de la cadena,

cerrar los grifos,...). 6. El polideportivo se utilizará preferentemente para las clases de Educación Física

debiendo avisar con antelación para su uso en la realización de otro tipo de actividades. 7. Dejar las puertas de acceso al polideportivo cerrado en los periodos en los que no se

utilice (recreos y fin de las clases).

13. NORMATIVA LEGAL.

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.

Decreto 3/2008, de 8 de enero, de la Convivencia Escolar en Castilla-La Mancha.

Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.

Ley Orgánica 8/1985 reguladora del Derecho a la Educación.

Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo de 1995, derechos y deberes de los alumnos y normas de convivencia.

Orden de 25-06-2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se dictan instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los colegios de educación infantil y primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Decreto 43/2005, de 26-04-2005, por el que se regula la Orientación educativa y profesional en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Orden 15/06/2005 por la que se regula el régimen de funcionamiento de las unidades de orientación en los centros públicos que imparten infantil y primaria en Castilla La Mancha.

Orden de 09-03-2007, de las Consejerías de Educación y Ciencia y de Bienestar Social, por la que se establece los criterios y procedimientos para la prevención, intervención y seguimiento sobre absentismo escolar.

Resolución de 20-01-2006, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se acuerda dar publicidad al protocolo de actuación ante situaciones de maltrato entre iguales en los centros docentes públicos no universitarios de Castilla-La Mancha.

Decreto 268/2004, de 26-10-2004, de asociaciones de madres y padres de alumnos y sus federaciones y confederaciones en los centros docentes que imparten enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Ley 3/2007 de 8/3/2007 de participación social de Castilla La Mancha. ANEXO I EDUCACIÓN INFANTIL: Período de adaptación, metodología y otros.

El período de adaptación es un tiempo que está destinado a la correcta adaptación del niño a su nueva situación: la incorporación al colegio.

Los niños de 2 y 3 años necesitan este periodo debido a que van a sufrir una serie de cambios importantes, como son: nuevos horarios, nuevas personas, situaciones, costumbre,

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normas, actividades, y todo esto supone el cambio del marco del hogar por el marco escolar y se debe organizar de la mejor forma para facilitar su inserción en el centro.

El proceso de adaptación se entiende como un proceso individual de cada uno de los niños que depende de una serie de factores diferenciales, que suelen ser:

El número de hermanos que tiene y el orden que ocupa entre ellos.

La situación familiar.

La experiencia que tiene de escolarización previa, etc. Los niños deben adaptarse a nuevos espacios físicos y nuevos materiales, nuevos hábitos,

nuevas personas, etc., y estos cambios son positivos para ellos, pero provocan diferentes respuestas entre ellos, que dependen de factores personales y de la reacción de los padres. Por todo ello la escuela prevé un programa de acogida que incluye acciones tanto para las familias como para el centro.

Este programa garantiza el horario normalizado en un período de diez días lectivos, asegura la presencia de todo el alumnado de forma gradual y se garantiza el derecho de todo el alumnado a incorporarse desde el inicio del curso. OBJETIVOS.

CONOCIMIENTO DE SÍ MISMO Y AUTONOMÍA PERSONAL. -Adaptarse con el menor trauma posible a los nuevos espacios, personas, rutinas y costumbres.

CONOCIMIENTO E INTERACCIÓN CON EL ENTORNO. -Conocer los nuevos espacios y personas.

LOS LENGUAJES: COMUNICACIÓN Y REPRESENTACIÓN. -Comunicarse con los adultos y los iguales. -Expresar sus sentimientos y pensamientos dentro de un clima de confianza. CONTENIDOS.

CONOCIMIENTO DE SÍ MISMO Y AUTONOMÍA PERSONAL. -Atención personalizada a cada uno de los alumnos/as. -Creación de un clima de seguridad y confianza. -Respeto a los demás.

CONOCIMIENTO E INTERACCIÓN CON EL ENTORNO. -La escuela y la clase. Exploración del entorno (escuela, en general, y clase, en particular). -El maestro/a, los adultos y los iguales. -Rutinas y costumbres. -Actitud positiva frente a la escuela.

LOS LENGUAJES: COMUNICACIÓN Y REPRESENTACIÓN.-Establecimiento de relaciones con adultos e iguales.

COMPETENCIAS BÁSICAS.

COMPETENCIA EN AUTONOMÍA E INICIATIVA PERSONAL. -Participa en las actividades comunes. (CE) -Realiza progresivamente algunas rutinas. (CE)

COMPETENCIA EMOCIONAL. -Se siente importante, querido. (AP)

COMPETENCIA EN EL CONOCIMIENTO Y LA INTERACCIÓN CON EL MUNDO FÍSICO. -Se orienta en los espacios del aula y del centro. (CE) -Se familiariza con los materiales y su uso. (CE)

COMPETENCIA SOCIAL Y CIUDADANA. -Adquiere hábitos y normas de convivencia. (CE)

COMPETENCIA EN COMUNICACIÓN LINGÜÍSTICA.

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-Se comunica con adultos e iguales. (CYR) PRINCIPIOS METODOLÓGICOS -Atención individualizada del niño/a. -El juego, como factor importante de desarrollo y elemento motivador. En cuanto a la organización espacial, se ofrecerá a los niños/as espacios propios y se hará una división entre zona de asamblea, zona de trabajo y zonas de juego. En relación a la organización temporal, haremos cuatro grupos que acudirán a clase de la manera que aparece en el cuadrante que se adjunta al final. HORARIOS Y PROCEDIMIENTOS SEMANA DEL 12 AL 16 SEPTIEMBRE

GRUPO A: De 9’00 a 11’00 GRUPO B: De 11’00 a 13’00

SEMANA DEL 19 AL 23 SEPTIEMBRE

GRUPO B: De 9’00 a 11’00 GRUPO A: De 11’00 a 13’00

SEMANA DEL 26 AL 30 SEPTIEMBRE LOS DOS GRUPOS: 9,00 a 13,00 A PARTIR DEL MES DE OCTUBRE EL HORARIO SERÁ DE 9,00 A 14,00 HORAS En cuanto a los procedimientos que se van a llevar a cabo son los siguientes:

Una atención individualizada prestando a cada niño una acogida y atención especiales que les haga sentirse aceptados e importantes dentro del grupo.

Una exploración de los espacios del aula y del centro.

La realización progresiva de algunas rutinas escolares.

La creación de un ambiente cálido, alegre, seguro, afectivo…. en el que el niño se sienta querido y confiado.

INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y ACUERDO CON LAS FAMILIAS

En el programa de adaptación que comienza en el mes de septiembre también se incluyen acciones con las familias, que son de dos tipos: colectivas e individuales.

En primer lugar se lleva a cabo una reunión colectiva con todas las familias para explicar todo el proceso (horarios, organización…), en la cual se entrega a los padres una copia del periodo de adaptación con los aspectos más relevantes. En esta reunión además de tratar estos aspectos se recomienda a los padres acciones que favorezcan la integración de los niños como:

Visitar la escuela antes del inicio.

Iniciar los cambios de horarios y hábitos.

No desesperarse si el periodo de adaptación es lento.

No engañar a los niños.

Ser flexibles y tolerantes con las reacciones de los niños.

Ser puntuales y no alargar las despedidas.

Hablar favorablemente de la escuela.

Además de la reunión colectiva, después se lleva a cabo una entrevista individual con cada una de las familias para conocer tantos datos como sea posible del alumno. PROPUESTA DE ACTIVIDADES Las actividades de adaptación llevadas a cabo durante estas dos semanas son breves y flexibles y están planificadas para dar respuestas individuales y generales a los niños y al grupo, respectivamente. Las actividades adaptativas deben propiciar:

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El conocimiento del docente. El conocimiento de los compañeros, reafirmando la identidad individual y estableciendo nuevos vínculos afectivos. El conocimiento del medio escolar. La introducción a nuevos hábitos de comportamiento, de autonomía y de trabajo. Las actividades que se llevarán a cabo son: Asamblea: saludos, presentaciones… Cuentos, poesías, plastilina, juegos por rincones y al aire libre, dibujos con ceras o pinturas. Al finalizar la sesión, se llevará a cabo un recuerdo de la jornada y, a continuación, la

despedida, con su canción correspondiente. ATENCIÓN A NIÑOS A TIEMPO COMPLETO.

En la reunión colectiva se informa a todas las familias del derecho de todo el alumnado a incorporarse en el centro desde el inicio de curso y con el horario completo.

Hasta el momento no ha habido ninguna familia que reclame este derecho, todos los alumnos se han incorporado escalonadamente.

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