Normativa Mec

5
NORMATIVA MEC El Ministerio de Educación y Ciencia reguló mediante la Orden de 26 de noviembre de 1992 (BOE nº 296 de 10 de diciembre) , la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado y estableció la equivalencia de las actividades de Investigación y de las Titulaciones Universitarias para el territorio MEC. Esta Orden reguló por primera vez las actividades de formación del profesorado, estableciendo su clasificación, convocatoria, evaluación y reconocimiento. Creó los cauces para la efectiva participación de otras Instituciones denominadas “Instituciones colaboradoras” y estableció el Registro general de Formación Permanente del Profesorado para la inscripción de las actividades de formación reconocidas. Estableció en el apartado segundo que: “Las actividades de formación irán dirigidas al profesorado y personal especializado con destino en centros públicos y privados, en los que se impartan enseñanzas de régimen general y de régimen especial, y en servicios técnicos de apoyo a los mismos”. Dispuso también, los efectos retributivos para los funcionarios docentes, de las actividades de formación permanente y determinó las modalidades básicas y sus características, de las actividades de formación: - Cursos - Seminarios - Grupos de Trabajo Estas actividades se valoran en créditos de formación de acuerdo a los siguientes criterios: Para cursos y seminarios: 1) De 8 a 12 horas : 1 crédito 2) De 13 a 17 horas: 1,5 créditos 3) De 18 a 22 horas: 2 créditos 4) De 23 a 27 horas: 2,5 créditos 5) De 28 a 32 horas: 3 créditos

description

e

Transcript of Normativa Mec

NORMATIVA MEC

NORMATIVA MEC

El Ministerio de Educacin y Ciencia regul mediante la Orden de 26 de noviembre de 1992 (BOE n 296 de 10 de diciembre), la convocatoria, reconocimiento, certificacin y registro de las actividades de formacin permanente del profesorado y estableci la equivalencia de las actividades de Investigacin y de las Titulaciones Universitarias para el territorio MEC.

Esta Orden regul por primera vez las actividades de formacin del profesorado, estableciendo su clasificacin, convocatoria, evaluacin y reconocimiento. Cre los cauces para la efectiva participacin de otras Instituciones denominadas Instituciones colaboradoras y estableci el Registro general de Formacin Permanente del Profesorado para la inscripcin de las actividades de formacin reconocidas.

Estableci en el apartado segundo que: Las actividades de formacin irn dirigidas al profesorado y personal especializado con destino en centros pblicos y privados, en los que se impartan enseanzas de rgimen general y de rgimen especial, y en servicios tcnicos de apoyo a los mismos. Dispuso tambin, los efectos retributivos para los funcionarios docentes, de las actividades de formacin permanente y determin las modalidades bsicas y sus caractersticas, de las actividades de formacin:

- Cursos

- Seminarios

- Grupos de Trabajo

Estas actividades se valoran en crditos de formacin de acuerdo a los siguientes criterios:

Para cursos y seminarios:

1) De 8 a 12 horas : 1 crdito

2) De 13 a 17 horas: 1,5 crditos

3) De 18 a 22 horas: 2 crditos

4) De 23 a 27 horas: 2,5 crditos

5) De 28 a 32 horas: 3 crditos

Y as sucesivamente.

Para grupos de trabajo: Los crditos que previamente se determinen. Cada componente podr obtener hasta un mximo de 10 crditos anuales. Las actividades de menos de 8 horas no son computables ni pueden acumularse para dar lugar a uno o ms crditos, excepto en el caso de los profesores, ponentes o tutores.

Una vez concluida y realizada la evaluacin final se expide el correspondiente certificado acreditativo de haber superado la actividad. El personal docente que preste sus servicios en la red de formacin y en determinados servicios tcnicos no recibe certificado por actividades de formacin, pero se les reconoce, segn la mencionada Orden, 2 crditos de formacin por ao.

Se reconocen tambin:

1.- Titulaciones de enseanzas de rgimen especial:

- Grado medio de Msica y Danza: 10 crditos

- Ciclo elemental de Enseanzas de Idiomas: 10 crditos

- Ciclo superior de Enseanzas de Idiomas: 10 crditos

2.- Titulaciones Universitarias

- Titulaciones de Primer ciclo: 30 crditos

- Titulaciones de Segundo ciclo: 30 crditos

- Por superar el Programa de Doctorado: 30 crditos

- Por la obtencin del ttulo de Doctor: 30 crditos

3.- Actividades de Investigacin

Deben realizarse en el marco de la Universidades Pblicas, Organismos pertenecientes a las Administraciones Pblicas, Organismos pblicos de investigacin, Programas de investigacin de Instituciones Privadas o Fundaciones que hayan subscrito convenios con el MEC.

Pueden otorgarse como mximo 10 crditos de formacin anuales a cada miembro del equipo investigador, en funcin de la documentacin aportada. La Orden anterior fue desarrollada por la Resolucin de 27 de abril de 1994 (BOE n 124 de 25 de mayo), que introdujo algunas novedades:

1) Estableci la equivalencia en crditos de formacin de las actividades de investigacin:

- Actividades realizadas en desarrollo de una convocatoria pblica de mbito nacional o autonmico: 10 crditos anuales, con un mximo de 30 por investigador.

- Actividades realizadas en desarrollo de una convocatoria pblica de mbito provincial o municipal, o efectuada por una Universidad: 5 crditos anuales, con un mximo de 15 crditos por investigacin.

- Actividades realizadas en desarrollo de una convocatoria de carcter distinto a las anteriores: 3 crditos anuales, con un mximo de 9 crditos por investigacin.

- El clculo de crditos para cada uno de los miembros de un equipo de investigacin se establece de la siguiente forma: el investigador principal recibir el nmero mximo de crditos posibles, de acuerdo con lo anterior y los colaboradores recibirn un mximo del 50% del citado nmero mximo de crditos.

- El reconocimiento de crditos se certifica por el CIDE

- La inscripcin en el Registro se realiza a travs de la Subdireccin General de Formacin del Profesorado.

2) Se reconocen las actividades de formacin realizadas en el extranjero

3) Se reconocen los Ttulos propios de las Universidades y los cursos de Postgrado, con un mximo de 20 crditos.

4) Se reconocen los certificados y diplomas expedidos por las universidades

La Resolucin de 8 de noviembre de 1995 (B.O.E. n288 de 2 de diciembre) establece el reconocimiento y certificacin de las actividades de innovacin realizadas con alumnos, consistentes en la participacin en las Olimpiadas Nacionales e Internacionales de Fsica, Qumica y Matemticas, considerndose las actividades realizadas por los docentes para la preparacin de alumnos como actividades de innovacin, con la adjudicacin de 1 crdito de formacin

La Resolucin de 24 de enero de 1996 (BOE n 38 de 13 de febrero) regul el reconocimiento y certificacin de las actividades de: Vacaciones Escolares; Intercambios Escolares; Escuelas Viajeras; Proyectos Educativos Conjuntos en el marco Scrates, Lengua, Accin E; Programa de recuperacin y utilizacin educativa de Pueblos Abandonados y Centros de Educacin Ambiental.

Estas actividades estn consideradas como actividades de innovacin y la Asignacin de crditos de las mismas es llevada a cabo por cada Comisin Provincial.

Atendiendo a la calidad de las memorias presentadas se otorgar como mximo un crdito de formacin a los profesores responsables de la realizacin de la actividad.

En 1998, mediante la Resolucin de 12 de noviembre de 1998 (BOE n 293 de 8 de diciembre), se estableci con carcter general el reconocimiento de crditos de formacin permanente al profesorado que realizara funciones de coordinacin o tutora en determinadas actividades de formacin:

- Tutora de prcticas de alumnos de Magisterio: 5 crditos.

- Coordinacin de prcticas de alumnos de Magisterio:6,5 crditos.

- Profesor tutor de cursos del CAP: 5 crditos.

- Profesor colaborador tutor de prcticas del CAP: 5 crditos.

- Profesores de Secundaria asociados a la Universidad que realicen la coordinacin de los profesores tutores: 6,5 crditos.

- Profesor funcionario de carrera tutor de las prcticas de los aspirantes seleccionados en concurso-oposicin de acceso a los cuerpos docentes: 5 crditos.

- Profesor funcionario de carrera tutor de las prcticas de los alumnos que realicen estudios de licenciatura en las que se deban llevar a cabo prcticas en centros de la Administracin educativa:5 crditos.

En territorio MEC para acceder a un sexenio es necesario realizar 100 horas de formacin (10 crditos) o de otras actividades equivalentes.