NORMATIVIDAD LEGAL PRINCIPAL 1. NORMATIVA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO: NUEVA LEY DE...

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NORMATIVIDAD LEGAL NORMATIVIDAD LEGAL PRINCIPALPRINCIPAL

11. . NORMATIVA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO:NORMATIVA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO: NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, APROBADA CON

DECRETO LEGISLATIVO 1017, PUBLICADO EL 04 DE JUNIO 2008. REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO,

APROBADO CON D.S. 184-2008-EF, PUBLICADO EL 1° DE ENERO 2009.

LEY 29873 (1-6-2012), MODIFICA LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, artículos: 3°,9°,11°,19°,20°,22°,23°,27°,28°,32°,39°,41°,51°,52°,58°,60°,62°,63°,64°,68°,70° y 5° Disposición Complementaria Final

MODIFICATORIAS EFECTUADAS AL REGLAMENTO:– D.S. 021-2009-EF (01-02-2009): Art. 19°, 24°, 44°-47°, 55°, 57°-

59°, 71°,88°, 155°, 157°, 161°, 252° y 259°. – D.S. 140-2009-EF (22-06-2009): Art. 255°, 259°, 265° y 272° – D.S. 154-2010-EF (18-07-2010): Art. 43°, 63°, 69°, 97°-103°,

138°, 157°, 255°, 265°, 272° y 282°– D.S. 046-2011-EF (24-03-2011): Adicionan Art. 85ª, y modifican

Art. 157° y 237°. – D.S. 138-2012-EF (07-08-2012): modifican más de 120 artículos

del RLCE.

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NORMAS DEL OSCENORMAS DEL OSCE DIRECTIVA 006-2012-OSCE/CD, ELEVACION DE DIRECTIVA 006-2012-OSCE/CD, ELEVACION DE

OBSERVACIONES A LAS BASES Y EMISION DE OBSERVACIONES A LAS BASES Y EMISION DE PRONUNCIAMIENTO.PRONUNCIAMIENTO.

DIRECTIVA 007-2012-OSCE/CD, DIRECTIVA 007-2012-OSCE/CD, Disposiciones Aplicables al Disposiciones Aplicables al Registro de Información en el Sistema Electrónico de Registro de Información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE)Contrataciones del Estado (SEACE)

DIRECTIVA 015-2012-OSCE/CD, DIRECTIVA 015-2012-OSCE/CD, Aplicación de la modalidad Aplicación de la modalidad Especial de Selección por Subasta InversaEspecial de Selección por Subasta Inversa

DIRECTIVA 016-2012-OSCE/CD, DIRECTIVA 016-2012-OSCE/CD, Participación de Participación de proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estadoproveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado

DIRECTIVA 018-2012-OSCE/CD, DISPOSICIONES SOBRE EL DIRECTIVA 018-2012-OSCE/CD, DISPOSICIONES SOBRE EL CONTENIDO DE LAS BASES ESTANDARIZADAS QUE LAS CONTENIDO DE LAS BASES ESTANDARIZADAS QUE LAS ENTIDADES DEL ESTADO UTILIZARAN OBLIGATORIAMENTE ENTIDADES DEL ESTADO UTILIZARAN OBLIGATORIAMENTE EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN QUE CONVOQUEN.EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN QUE CONVOQUEN.

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NORMAS DEL OSCENORMAS DEL OSCE DIRECTIVA 005-2009-OSCE/CD, PLAN ANUAL DE DIRECTIVA 005-2009-OSCE/CD, PLAN ANUAL DE

CONTRATACIONESCONTRATACIONES

DIRECTIVA 009-2009-OSCE/CD, LINEAMIENTOS SOBRE LOS DIRECTIVA 009-2009-OSCE/CD, LINEAMIENTOS SOBRE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN POR LA MODALIDAD ESPECIAL PROCESOS DE SELECCIÓN POR LA MODALIDAD ESPECIAL DE SUBASTA INVERSADE SUBASTA INVERSA

DIRECTIVA 009-2009-OSCE/CD, LINEAMIENTOS PARA LA DIRECTIVA 009-2009-OSCE/CD, LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE LA GARANTIA POR FIEL CUMPLIMIENTO POR APLICACIÓN DE LA GARANTIA POR FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIASPRESTACIONES ACCESORIAS

DIRECTIVA 010-2009-OSCE/CD, LINEAMIENTOS PARA LA DIRECTIVA 010-2009-OSCE/CD, LINEAMIENTOS PARA LA CONTRATACION EN QUE SE HACE REFERENCIA A MARCA O CONTRATACION EN QUE SE HACE REFERENCIA A MARCA O TIPO PARTICULAR.TIPO PARTICULAR.

DIRECTIVA 001-2011-OSCE/CD, DISPOSICIONES SOBRE DIRECTIVA 001-2011-OSCE/CD, DISPOSICIONES SOBRE CERTIFICACION DE FUNCIONARIOS Y SERVIDORES QUE CERTIFICACION DE FUNCIONARIOS Y SERVIDORES QUE LABORAN EN EL ORGANO ENCARGADO.LABORAN EN EL ORGANO ENCARGADO.

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PROCESOS DE SELECCION

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PROCESOS DE SELECCIÓN

Licitación Pública (LP) Concurso Público (CP) Adjudicación Directa (AD):

– Pública (ADP)– Selectiva (ADS)

Adjudicación de Menor Cuantía (AMC)

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TIPO DE PROCESO BIENES SERVICIOS OBRAS

LICITACIÓN PUBLICA >= a 400,000 >= a 1,800,000

CONCURSO PUBLICO >= a400,000

ADJUDICACIÓN DIRECTA

PÚBLICA < de 400,000> de 200,000

< de 400,000> de 200,000

< de 1,800,000> de 900,000

SELECTIVA < = a 200,000> =a 40,000

<= a 200,000>= a 40,000

<= a 900,000>= a 180,000

ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA

< de 40,000> de 10,950

< de 40,000> de 10,950

< de 180,000> de 10,950

Artículo 13º de la Ley Nº 29812. Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012

MONTOS PARA LOS PROCESOS DE SELECCIÓN 2012

S1. 10 / 17

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PROCESOS DE SELECCIONPlazos generales:

Entre la convocatoria y presentación de propuestas, los plazos mínimos serán:– LP y CP = 22 días hábiles – AD = 10 días hábiles– AMC = 02 días hábiles– En el caso de AMC derivadas de LP, CP y

AD declarados desiertos: 06 días hábiles – Para el caso de ejecución y consultoría de

obras AMC = 06 días hábiles. En el caso de AMC derivadas de LP, CP y AD desiertos: 08 días hábiles

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PROCESOS DE SELECCION

Plazos generales:Entre la integración de bases y presentación de propuestas, los plazos mínimos serán:

– LP y CP = 05 días hábiles (mínimo) – AD = 03 días hábiles (mínimo)

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PROCESOS DE SELECCION

- Consentimiento de Buena Pro:LP-CP- 2 ó más propuestas: 8 días hábiles

- 1 sola oferta : Mismo día otorgamiento de buena pro

AD - AMC- 2 ó más propuestas: 5 días hábiles

- 1 sola oferta : Mismo día otorgamiento de buena pro

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Normas dispuestas por la Ley de

Contrataciones del Estado(Dec. Leg. 1017)

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METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN Para acreditar el cumplimiento de los

factores de evaluación, se solicitará los documentos estrictamente necesarios, tales como: copia de contratos, comprobantes de pagos, declaraciones juradas, constancias, certificaciones, catálogos, etc..

Para el caso de subasta inversa, no se aplicará puntajes ni bonificación alguna en la evaluación de propuestas económicas.

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Factores de Evaluación TécnicaAdquisición de Bienes Art. 44° Reg.

Plazo de entrega Garantía Comercial del postor y/o fabricante Disponibilidad de Servicios y Repuestos Capacitación del personal Mejoras a las características técnicas y condiciones

previstas en las Bases Experiencia del Postor:

– Monto acumulado en un período de hasta 08 años, hasta 5 veces el VR, con un máximo de 20 contrataciones, sin importar el número de documentos que las sustenten

Cumplimiento de la Prestación: en función a Certificados o constancias de haber efectuado la prestación sin incurrir en penalidades.

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Factores de Evaluación TécnicaServicios en General Art. 45° Reg.

Factores Referidos al Postor Experiencia:

– Monto facturado en un período de hasta 08 años– No mayor a 5 Veces el Valor Referencial– Máximo 10 servicios

Cumplimiento del servicio:Certificados o constancias que acrediten haber brindado el servicio sin incurrir en penalidades. Máximo 10

• Factores Referidos al Personal• Mejoras a las condiciones previstas en las Bases• Otros, tales como: equipamiento, infraestructura

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Factores de evaluación: Servicios en general

Art. 45º del Reglamento: Experiencia del postor: Actividad y/o

especialidad Tiempo Máximo 8 años Hasta 5 veces el Valor Referencial Cumplimiento del servicio (10 servicios) Personal propuesto para la prestación del

servicio Mejoras Otros factores referidos al objeto de la

convocatoria tales como equipamiento, infraestructura

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Factores de Evaluación Técnica para Obras

LP y ADP) Art. 47° Regto.

Experiencia en obras en general:– Ejecutados hasta en los últimos 10 años– Hasta 5 Veces el Valor Referencial

Experiencia en obras similares:– Ejecutados hasta en los últimos 10 años – Por un máximo acumulado equivalente al Valor

Referencial. Cada obra mínimo 15% del VR

• Factores Referidos al Personal Propuesto• Cumplimiento de ejecución de Obras:

Certificados o constancias por ejecución de obras sin penalidad. Máximo 10, la acreditación será con copias de contratos y actas de recepción y conformidad.

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EXPERIENCIA DE CONSORCIOS

Art. 48° Regto. En la evaluación técnica de la

propuesta, el consorcio podrá acreditar como experiencia la sumatoria de los montos facturados de aquellos integrantes que se hubieran comprometido a ejecutar conjuntamente el objeto materia de la convocatoria.

(VER MODIFICACIONES)

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EVALUACION ECONOMICAArt. 70° Regto. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje

máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta económica i Om = Propuesta económica de monto o precio más

bajo PMPE = Puntaje máximo de la propuesta económica

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ETAPAS DE LOS PROCESOS DE SELECCION

CONVOCATORIA REGISTRO DE PARTICIPANTES PRESENTACION DE CONSULTAS Y

OBSERVACIONES ABSOLUCION DE CONSULTAS Y

OBSERVACIONES INTEGRACION DE LAS BASES PRESENTACION DE PROPUESTAS EVALUACION Y BUENA PRO

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ETAPAS POSTERIORES DE LOS PROCESOS DE SELECCION

CONSENTIMIENTO DE BUENA PRO NOTIFICACION DE BUENA PRO AL

POSTOR GANADOR SUSCRIPCION DE CONTRATO

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CONCLUSION DE PROCESOS CONCLUSION DE PROCESOS DE SELECCIONDE SELECCION

Los procesos culminan cuando se Los procesos culminan cuando se produce alguno de los siguientes produce alguno de los siguientes eventos: eventos: – Suscripción del contrato o perfeccionamiento Suscripción del contrato o perfeccionamiento

de éste (O/C u O/S)de éste (O/C u O/S)– Cancelación del procesoCancelación del proceso– Se deja sin efecto el otorgamiento de la buena Se deja sin efecto el otorgamiento de la buena

pro por causa imputable a la Entidadpro por causa imputable a la Entidad– No se suscriba el contrato por las causales No se suscriba el contrato por las causales

señaladas en el Art. 137° señaladas en el Art. 137° (Recorte (Recorte presupuestas, desaparezca necesidad, etc).presupuestas, desaparezca necesidad, etc).

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REGIMEN DE NOTIFICACIONESREGIMEN DE NOTIFICACIONES

Todos los actos realizados durante Todos los actos realizados durante el desarrollo de los procesos de el desarrollo de los procesos de selección, se entenderán selección, se entenderán notificados el mismo día de su notificados el mismo día de su publicación en el SEACE.publicación en el SEACE.

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Integración de BasesIntegración de BasesArt. 59° Rgto.

• Una vez absueltas las consultas y observaciones, o si las mismas no se han presentado, las Bases quedarán integradas como reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía, ni modificadas por autoridad administrativa alguna.

• Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal podrá declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. (*)

(*) Dicha competencia aplica al Titular Entidad durante un Recurso de Apelación, según Art. 114° RLCE, 2° párrafo, numeral 3.

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Plazos para Integración de BasesPlazos para Integración de Bases

Art. 59° Rgto.

• No hubo observaciones: Día siguiente vencido plazo para absolver observaciones

• Si hubo observaciones: Día siguiente vencido plazo para solicitar elevación base

• Se solicitó elevación : Dos días hábiles de notificado

pronunciamiento.

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Presentación de PropuestasPresentación de Propuestas

Acto Público (LP, CP y ADP)Acto Público (LP, CP y ADP) Acto Privado (ADS y AMC)Acto Privado (ADS y AMC)

Sobres a presentar:Sobres a presentar: propuesta técnica y propuesta económica.propuesta técnica y propuesta económica.

Propuesta Técnica: Original y copias; Propuesta Técnica: Original y copias; Propuesta Económica: solo originalPropuesta Económica: solo original

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Contenido de las Propuestas

Sobre Nº 1, Propuestas Técnica◦Documentos Obligatorios (RTM)◦Formatos◦Constancia RNP

Sobre Nº 2, Propuesta Económica◦Formato de la oferta económica. La

propuesta no debe mayor del monto del V.R. en el caso de bienes y servicios, no hay limite inferior.

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Presentación de PropuestasPresentación de PropuestasAcreditación de Representantes:Acreditación de Representantes: En caso de persona natural carta poder simple En caso de persona natural carta poder simple

En caso de personas jurídicas la acreditación de En caso de personas jurídicas la acreditación de representantesrepresentantes legaleslegales: copia simple del documento registral vigente; en caso : copia simple del documento registral vigente; en caso de de apoderadosapoderados: carta poder simple más copia del documento : carta poder simple más copia del documento registral vigente del representante legalregistral vigente del representante legal

Presentación de DocumentosPresentación de Documentos Documentos que sustenten cumplimiento de RTM o factores de Documentos que sustenten cumplimiento de RTM o factores de

evaluación, se presentarán en idioma castellano ó evaluación, se presentarán en idioma castellano ó traducción traducción efectuada por traductor público juramentadoefectuada por traductor público juramentado. . La omisión La omisión de la presentación del documento o su traducción no es de la presentación del documento o su traducción no es subsanable.subsanable.

VER COMENTAR MODIFICACIONESVER COMENTAR MODIFICACIONES

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Presentación de PropuestasPresentación de Propuestas

Presentación de DocumentosPresentación de Documentos

Cuando se exija la presentación de documentos Cuando se exija la presentación de documentos que sean emitidos por autoridad pública en el que sean emitidos por autoridad pública en el extranjero, el postor podrá presentar copia extranjero, el postor podrá presentar copia simple de los mismos sin perjuicio de su ulterior simple de los mismos sin perjuicio de su ulterior presentación, previa a la firma del contrato.presentación, previa a la firma del contrato.

Dichos documentos deberán estar debidamente Dichos documentos deberán estar debidamente legalizados por el Consulado respectivo y por el legalizados por el Consulado respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en caso sea Ministerio de Relaciones Exteriores, en caso sea favorecido con la Buena Pro.favorecido con la Buena Pro.

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Limites Mínimos y Máximos de las Limites Mínimos y Máximos de las Propuestas EconómicasPropuestas Económicas

Bienes y ServiciosBienes y Servicios

Límite mínimo: No hayLímite mínimo: No hay

Límite máximo 100%Límite máximo 100%

ObrasObras

Límite mínimo 90%Límite mínimo 90%

Límite máximo 110%Límite máximo 110%

Consultoría Consultoría

Límite mínimo 90%Límite mínimo 90%

Límite máximo 100%Límite máximo 100%

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CONSORCIOSCONSORCIOS

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SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS I – SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS I – Art. 68° del RGTO. Art. 68° del RGTO.

1. Se adiciona que en caso que algún postor haya 1. Se adiciona que en caso que algún postor haya omitido la presentación de uno o más documentos que omitido la presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los RTM, el Comité acrediten el cumplimiento de los RTM, el Comité Especial Especial podrápodrá otorgar un plazo entre uno (1) o dos otorgar un plazo entre uno (1) o dos (2) días para que el postor subsane dicha omisión, (2) días para que el postor subsane dicha omisión, siempresiempre que se trate de documentos emitidos por que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con “anterioridad” a la fecha por el postor con “anterioridad” a la fecha establecida para la presentación de propuestasestablecida para la presentación de propuestas..

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SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS II – SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS II – Art. 68° del RGTO.Art. 68° del RGTO.

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SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS III – SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS III – Art. 68° del RGTO. Art. 68° del RGTO.

En ambos casos (notificación en el mismo acto En ambos casos (notificación en el mismo acto público o desde el día siguiente de registrado el público o desde el día siguiente de registrado el requerimiento en el SEACE), la requerimiento en el SEACE), la propuesta propuesta continuará vigente para todo efectocontinuará vigente para todo efecto, a , a condición de la efectiva enmienda del error o la condición de la efectiva enmienda del error o la omisión dentro del plazo previsto. La presentación omisión dentro del plazo previsto. La presentación de los documentos a ser subsanados se realiza a de los documentos a ser subsanados se realiza a través de la través de la Unidad de Trámite Documentario Unidad de Trámite Documentario de la Entidadde la Entidad, a efectos de evidenciar el , a efectos de evidenciar el cumplimiento del plazo otorgado por el Comité cumplimiento del plazo otorgado por el Comité Especial. Si luego de vencido el plazo otorgado, no Especial. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.tendrá la propuesta por no admitida.

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CALIFICACION DE PROPUESTASArtículo 71.- Evaluación de propuestas Artículo 71.- Evaluación de propuestas La evaluación de propuestas se sujeta a las siguientes La evaluación de propuestas se sujeta a las siguientes

reglas:reglas:

11. Etapa de evaluación técnica:. Etapa de evaluación técnica:

a) El Comité Especial evaluará cada propuesta de a) El Comité Especial evaluará cada propuesta de acuerdo con las Bases y conforme a una escala que acuerdo con las Bases y conforme a una escala que sumará cien (100) puntos.sumará cien (100) puntos.

b) Para acceder a la evaluación de las propuestas b) Para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de sesenta (60), salvo en el caso de el puntaje mínimo de sesenta (60), salvo en el caso de la contratación de servicios y consultoría en que el la contratación de servicios y consultoría en que el puntaje mínimo será de ochenta (80). Las propuestas puntaje mínimo será de ochenta (80). Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas en esta etapa.descalificadas en esta etapa.

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CALIFICACION DE PROPUESTASArtículo 71.- Evaluación de propuestas Artículo 71.- Evaluación de propuestas

2. 2. Etapa de evaluación económica:Etapa de evaluación económica: El puntaje de la propuesta económica se calculará El puntaje de la propuesta económica se calculará

siguiendo las pautas del artículo 70°, donde el puntaje siguiendo las pautas del artículo 70°, donde el puntaje máximo para la propuesta económica será de cien máximo para la propuesta económica será de cien (100) puntos.(100) puntos.

3. 3. Determinación del puntaje total:Determinación del puntaje total: Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica

se procederá a determinar el puntaje total de las se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.mismas.

Tanto la evaluación técnica como la evaluación Tanto la evaluación técnica como la evaluación económica se califican sobre cien (100) puntos. económica se califican sobre cien (100) puntos.

El puntaje total de la propuesta será el promedio El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:aplicación de la siguiente fórmula:

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Cálculo del Puntaje TotalCoeficientes de Ponderación

Bienes, Servicios y Obras

0.60 < C1 < 0.70

0.30 < C2 < 0.40

Servicios de Consultoría

0.70 < C1 < 0.80

0.20 < C2 < 0.30

PTPi = C1PTi + C2PEi

C1 + C2 = 1.00

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OTORGAMIENTO BUENA PRO

POSTORPOSTOR PUNTAJEPUNTAJE

TCO.TCO. ECO.ECO. PPTPPT PPEPPE TOTALTOTAL

C1C1 C2C2

AA 9090 8080 54.054.0 32.0 32.0 86 86

BB 100100 8585 60.060.0 34.0 34.0 94 94

CC 8080 9090 48.048.0 36.0 36.0 84 84

DD 7070 100100 42.042.0 40.0 40.0 82 82

C1 = 0.60C1 = 0.60

C2 = 0.40C2 = 0.40

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SOLUCIÓN EN CASO DE EMPATE

Art. 73° Rgto.:1. En AD y AMC, a favor de las MYPES integradas por personas con

discapacidad o a los consorcios conformados en su totalidad por estas empresas, siempre que acrediten tener tales condiciones de acuerdo con la normativa de la materia; o

2. En AD y AMC, a favor de las MYPES o a los consorcios conformados en su totalidad por éstas, siempre que acrediten tener tal condición de acuerdo con la normativa de la materia; o

3. A favor del postor con mejor puntaje económico, en el caso de bienes u obras; o el mejor puntaje técnico, tratándose de servicios; o

4. A prorrata entre los postores ganadores, de acuerdo con el monto de sus propuestas, siempre que el objeto de la contratación sea divisible y aquellos manifiesten su voluntad de cumplir la parte correspondiente del contrato. Este criterio no será de aplicación para el caso de consultoría en general, consultoría y ejecución de obras; o

5. A través de sorteo en el mismo acto.

NOTA: Cuando el otorgamiento de la Buena Pro se desarrolle en acto privado, la aplicación de los dos últimos criterios de desempate requiere de la citación oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar el veedor del Sistema Nacional de Control.

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OTORGAMIENTO BUENA PRO

POSTORPOSTOR PUNTAJEPUNTAJE

TCO.TCO. ECO.ECO. PPTPPT PPEPPE TOTALTOTAL

C1C1 C2C2

AA 95.095.0 92.592.5 57.057.0 37.0 37.0 94 94

BB 100100 85.085.0 60.060.0 34.0 34.0 94 94

CC 90.090.0 100100 54.054.0 40.0 40.0 94 94

DD 98.098.0 88.088.0 58.858.8 35.2 35.2 94 94

C1 = 0.60C1 = 0.60

C2 = 0.40C2 = 0.40

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BASE LEGAL:

•D. LEG. 1017•D. S. 184-2008-EF•DIRECTIVA 015-2012-OSCE/CD

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La Subasta inversaLa Subasta inversa

•Es la modalidad de selección a través de la cual las Entidades eligen al proveedor de bienes o servicios comunes teniendo en consideración únicamente a los precios ofrecidos mas no a las características técnicas del bien o servicio requerido, dado que estas se encuentran predeterminadas en las Fichas Técnicas respectivas.

•Puede ser Presencial o Electrónica

CONCEPTO:

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La Subasta inversaLa Subasta inversa

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Lista de Bienes y Servicios ComunesLista de Bienes y Servicios ComunesTotal de Bienes Comunes: 1401Total de Bienes Comunes: 1401

Alimento Para Animales Alimento Para Animales Alimentos Y Bebidas Para Personas Alimentos Y Bebidas Para Personas Bienes De Activo Fijo No Bienes De Activo Fijo No

Catalogados Por Sbn Catalogados Por Sbn Cocina Y Comedor Cocina Y Comedor Combustibles, Carburantes Y Combustibles, Carburantes Y

Lubricantes Lubricantes Construcciones : Materiales, Rptos Y Construcciones : Materiales, Rptos Y

Acc. Incluye Sanitarios Acc. Incluye Sanitarios Electricidad : Materiales Y Electricidad : Materiales Y

Accesorios Accesorios Electronica : Materiales Electronica : Materiales Elevacion, Generac, Distrib, Y Cont, Elevacion, Generac, Distrib, Y Cont,

De La Electricad : Rptos. Y De La Electricad : Rptos. Y Accesorios Accesorios

Filatelia Y Numismatica : Materiales, Filatelia Y Numismatica : Materiales, Accesorios Y Repuestos Accesorios Y Repuestos

Fisica Y Quimica : Materiales, Fisica Y Quimica : Materiales, Productos Y Reactivos Productos Y Reactivos

Labor. Y Gabinete: Implem., Rptos. Labor. Y Gabinete: Implem., Rptos. Acc. Y Materiales Acc. Y Materiales

Maquinaria, Vehiculos Y OtrosMaquinaria, Vehiculos Y Otros SOAT SOAT

Medicamentos (Excepto Petitorio Medicamentos (Excepto Petitorio Nacional) Nacional)

Medicinas Medicinas Oficina : Utiles Y Materiales Oficina : Utiles Y Materiales Pinturas, Barnis, Pegam. Y Ot. Pinturas, Barnis, Pegam. Y Ot.

Revestim : Prod.Y Acces Revestim : Prod.Y Acces Proces. Autom. De Datos : Rptos, Proces. Autom. De Datos : Rptos,

Accesorios Y Materiales Accesorios Y Materiales Ropa De Cama Y Equipo De Ropa De Cama Y Equipo De

Campaña Campaña Seguridad: Repuestos, Accesorios Y Seguridad: Repuestos, Accesorios Y

Protectores Protectores Seguros Seguros Simbolos, Distintivos, Simbolos, Distintivos,

Condecoraciones Y Objetos Condecoraciones Y Objetos Decorativos Decorativos

Telas Y Materiales Textiles. Incluye Telas Y Materiales Textiles. Incluye Vestuario Vestuario

Telecomunicaciones Telecomunicaciones Transporte Terrestre: Repuestos Y Transporte Terrestre: Repuestos Y

Accesorios Accesorios Zapateria Y Talabarteria: Prod., Zapateria Y Talabarteria: Prod.,

Materiales., Acc. Y Rptos Materiales., Acc. Y Rptos

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INAPLICACION DE SUBASTA INAPLICACION DE SUBASTA INVERSAINVERSA

ExcepciónExcepción 11 → Cuando el bien se encuentre en el → Cuando el bien se encuentre en el Catálogo de Convenios MarcoCatálogo de Convenios Marco

ExcepciExcepcióón 2:n 2:Uso de otro procedimiento que la Entidad Uso de otro procedimiento que la Entidad considere más eficiente, previa aprobación de considere más eficiente, previa aprobación de OSCE.OSCE.Autorización previa del OSCE para convocar proceso Autorización previa del OSCE para convocar proceso tradicionaltradicionalCondiciones mas ventajosas para la Entidad que sean:Condiciones mas ventajosas para la Entidad que sean:

– ObjetivasObjetivas– Demostrables y Demostrables y – SustancialesSustanciales

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COMITE ESPECIALCOMITE ESPECIAL

Tres miembrosTres miembros– LP, CPLP, CP

– ADS, ADPADS, ADP

– AMC (Electrónico)AMC (Electrónico)

BASESBASES

Condiciones mínimasCondiciones mínimas

– Ficha técnicaFicha técnica

– ConvocatoriaConvocatoria

– Registro de Registro de

ParticipantesParticipantes

– Presentación de Presentación de

propuestas, Puja y propuestas, Puja y

Buena ProBuena Pro

– Proforma del contrato: Proforma del contrato:

Plazos, forma y lugar Plazos, forma y lugar

para la entrega.para la entrega.

LA SUBASTA INVERSA

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Subasta Inversa PresencialSubasta Inversa PresencialETAPAS DE Proceso de SelecciónETAPAS DE Proceso de Selección

CONVOCATORIA

REGISTRO DE PARTICIPANTES

Presentación de Propuestas

Puja

Otorgamiento de Buena Pro

2 3

1Mín.8 o 5 días

ACTO PÚBLICO

** No se consideran las etapas de Consulta ni Observación a las Bases.

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La Subasta inversaLa Subasta inversa

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SOBRE DE HABILITACIONSOBRE DE HABILITACION

•Constituye el conjunto de documentos exigidos por el comité especial a los postores, para que queden habilitados en la medida que lo hayan cumplido, así como aquellos documentos de carácter facultativos indicados en las bases.

CONCEPTO:

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SOBRE DE HABILITACIONSOBRE DE HABILITACION

a) Declaración Jurada conforme a lo establecido en el acápite i, literal a), numeral 1 del artículo 42 del Reglamento;

b) Promesa formal de consorcio, de ser el caso;

c) Copia simple de aquellos documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Entidad por tener estricta relación con la habilitación de un postor para cumplir con el objeto de la contratación, incluyendo aquellos exigidos expresamente por la ficha técnica como parte del sobre de habilitación.

En el caso de procesos convocados según relación de ítems, el sobre de habilitación podrá ser presentado por cada ítem o podrá contener la documentación correspondiente a todos los ítems a los que se presenta el postor, siempre que dicha documentación se encuentre debidamente identificada y sea posible vincularla con el ítem al cual se presente.

CONTENIDO:

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PROPUESTA ECONOMICAPROPUESTA ECONOMICA

La propuesta económica se presentará en sobre La propuesta económica se presentará en sobre cerrado, indicará el precio ofertado en función al cerrado, indicará el precio ofertado en función al valor referencial total del proceso o del ítem al cual valor referencial total del proceso o del ítem al cual se presenta el postor, según corresponda, y deberá se presenta el postor, según corresponda, y deberá expresarse expresarse hasta con dos (2) decimaleshasta con dos (2) decimales. .

En ningún caso, podrá exceder el valor referencial En ningún caso, podrá exceder el valor referencial total del proceso o del ítem respectivo. total del proceso o del ítem respectivo.

Asimismo, en los procesos convocados bajo el Asimismo, en los procesos convocados bajo el sistema de contratación a precios unitarios, tarifas sistema de contratación a precios unitarios, tarifas o porcentajes, el postor deberá adjuntar el detalle o porcentajes, el postor deberá adjuntar el detalle de precios unitarios. de precios unitarios.

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PROPUESTA ECONOMICAPROPUESTA ECONOMICA

La propuesta económica deberá incluir todos La propuesta económica deberá incluir todos los conceptos a que se refiere el artículo 63 los conceptos a que se refiere el artículo 63 del Reglamento. del Reglamento.

En caso de procesos de selección según En caso de procesos de selección según relación de ítems, los postores deberán relación de ítems, los postores deberán presentar por cada ítem el sobre que contenga presentar por cada ítem el sobre que contenga la propuesta económica.la propuesta económica.

Bajo esta modalidad de selección no es posible Bajo esta modalidad de selección no es posible que un postor presente propuestas que un postor presente propuestas alternativas o más de una propuesta para un alternativas o más de una propuesta para un mismo ítem o proceso de selección.mismo ítem o proceso de selección.

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ACTO PUBLICOACTO PUBLICO

El Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio a dar inicio a la puja, realizando lances verbales, y luego a los demás postores siguiendo la secuencia de menor a mayor precio.

En caso de haberse producido un empate en el monto de las propuestas económicas, el Comité Especial realizará el sorteo respectivo entre ellos, para determinar el orden de los lances.

Los lances verbales que se efectúen durante el período de puja deberán contemplar necesariamente el valor monetario fijado como decremento mínimo, aplicado al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento.

PERIODO DE PUJA:

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ACTO PUBLICOACTO PUBLICO

Los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales.

Sin embargo, considerando que se hallan en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectada por el Comité Especial y el Notario Público o Juez de Paz, será considerada como un acto de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los postores implicados.

Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres (3) minutos para dar una respuesta; de no hacerlo, se le tendrá por desistido.

PERIODO DE PUJA:

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ACTO PUBLICOACTO PUBLICO

Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento. Una vez desistido, el postor no podrá volver a efectuar lances en las rondas sucesivas.

De otro lado, si el lance no respeta el decremento mínimo previsto en las Bases, el Comité Especial debe indicarle al postor que su lance no es válido y que puede efectuar otro lance, siempre que no hayan transcurrido los tres (3) minutos.

No cabe la rectificación de un lance válido, debiendo el Comité Especial sólo tomar en cuenta el primer lance realizado.

El período de puja culmina cuando se ha identificado el precio más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir efectuando nuevos lances.

PERIODO DE PUJA:

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Otorgamiento de la buena pro:Otorgamiento de la buena pro: Una vez culminado el período de puja, se establecerá Una vez culminado el período de puja, se establecerá

el orden de prelación de los postores en función al el orden de prelación de los postores en función al último precio ofrecido, incluyendo aquellos que no último precio ofrecido, incluyendo aquellos que no participaron de la puja. participaron de la puja. No se asignarán puntajes ni No se asignarán puntajes ni bonificacionesbonificaciones. .

Sólo en el caso que se haya otorgado un plazo para la Sólo en el caso que se haya otorgado un plazo para la subsanación del sobre de habilitación, se suspenderá subsanación del sobre de habilitación, se suspenderá el acto público hasta el día siguiente en que se venza el acto público hasta el día siguiente en que se venza el plazo concedido por el Comité Especial, fecha en la el plazo concedido por el Comité Especial, fecha en la cual se reanudará el acto público. cual se reanudará el acto público.

Si vencido el referido plazo, el postor no ha cumplido Si vencido el referido plazo, el postor no ha cumplido con efectuar la subsanación, el Comité Especial lo con efectuar la subsanación, el Comité Especial lo descalificará.descalificará.

Consentida la Buena Pro el procedimiento de suscripción y ejecución contractual se rige por lo dispuesto en la Ley y el Reglamento.

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Otorgamiento de la buena pro:Otorgamiento de la buena pro: Se otorgará la Buena Pro al postor que haya Se otorgará la Buena Pro al postor que haya

ofrecido el precio más bajo. ofrecido el precio más bajo. En caso de empate, el único supuesto de En caso de empate, el único supuesto de

desempate es el sorteo en el mismo acto público. desempate es el sorteo en el mismo acto público. A efectos de impugnar el otorgamiento de la A efectos de impugnar el otorgamiento de la

Buena Pro, el postor deberá dejar expresa Buena Pro, el postor deberá dejar expresa constancia de dicha intención. Tratándose de constancia de dicha intención. Tratándose de ítems, el postor deberá identificar cuáles son los ítems, el postor deberá identificar cuáles son los ítems que impugnará. ítems que impugnará.

En el caso de un proceso de Adjudicación de En el caso de un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, el plazo para interponer el recurso Menor Cuantía, el plazo para interponer el recurso de apelación es de cinco (5) días hábiles.de apelación es de cinco (5) días hábiles.

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CASO PRACTICO

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RECURSO DE APELACION

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RECURSO DE APELACION

PLAZOS PARA IMPUGNAR: 08 días hábiles, salvo en AD y AMC: 05 días hábiles

En relación de Items, el VR total del proceso determinará ante quién se presentará el Recurso de Apelación.

Se impugnará ante la Entidad: VR = 600 UIT

Se impugnará ante el Tribunal: VR Mayor a 600 UIT

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RECURSO DE APELACION

Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal.

En aplicación de la Décimo Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ley, el Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública.

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ACTOS IMPUGNABLES

Los actos dictados por el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, durante el desarrollo del proceso de selección.

Los actos expedidos luego de haberse otorgado la Buena Pro y hasta antes de la celebración del contrato.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuación del proceso de selección, distintos de aquellos que resuelven recursos de apelación, tales como nulidad de oficio, cancelación u otros.

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ACTOS NO IMPUGNABLES

1. Las actuaciones y actos preparatorios de la Entidad convocante, destinadas a organizar la realización de procesos de selección.

2. Las Bases del proceso de selección y/o su integración.

3. Las actuaciones materiales relativas a la programación de los procesos de selección en el SEACE y las referidas a la inscripción de participantes.

4. Los actos que aprueban la exoneración del proceso de selección.

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GARANTIAS EN IMPUGNACIONES 3% del V.R. del proceso de selección y en

relación de Items, etapas, tramos o paquetes, será el mismo porcentaje del Items, etapas, tramos o paquetes. En ningún caso será menor al 50% UIT

Garantía ante la Entidad, deberá tener vigencia mínima 20 días calendarios y 30 días calendarios cuando sea ante el Tribunal.

En ambos casos debe ser renovada hasta que queda agotada la vía administrativa.

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EXONERACIONES

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CAUSAL DE EXONERACIÓN: CAUSAL DE EXONERACIÓN: SITUACIÓN DE EMERGENCIA I Art. 128° SITUACIÓN DE EMERGENCIA I Art. 128°

del RGTO.del RGTO. En virtud de acontecimientos En virtud de acontecimientos

catastróficos, o de situaciones que catastróficos, o de situaciones que afecten la defensa o seguridad nacional, o afecten la defensa o seguridad nacional, o de situaciones que supongan el grave de situaciones que supongan el grave peligro de que alguno de los supuestos peligro de que alguno de los supuestos anteriores ocurra, la Entidad deberá anteriores ocurra, la Entidad deberá contratar en forma inmediata lo contratar en forma inmediata lo estrictamente necesario para prevenir los estrictamente necesario para prevenir los efectos del evento próximo a producirse, efectos del evento próximo a producirse, así como para atender los requerimientos así como para atender los requerimientos generados como consecuencia directa del generados como consecuencia directa del evento producido.evento producido.

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CAUSAL DE EXONERACIÓN: CAUSAL DE EXONERACIÓN: SITUACIÓN DE EMERGENCIA II Art. SITUACIÓN DE EMERGENCIA II Art.

128° del RGTO.128° del RGTO. Los acontecimientos catastróficos son Los acontecimientos catastróficos son

aquellos de carácter extraordinario, aquellos de carácter extraordinario, ocasionados por la naturaleza o por la ocasionados por la naturaleza o por la acción u omisión del obrar humano, que acción u omisión del obrar humano, que generan daños afectando a una generan daños afectando a una determinada comunidad.determinada comunidad.

Las situaciones que afectan la defensa o Las situaciones que afectan la defensa o seguridad nacional están dirigidas a seguridad nacional están dirigidas a enfrentar agresiones de orden interno o enfrentar agresiones de orden interno o externo que menoscabe la consecución externo que menoscabe la consecución de los fines del Estado.de los fines del Estado.

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CAUSAL DE EXONERACIÓN: CAUSAL DE EXONERACIÓN: SITUACIÓN DE EMERGENCIA III Art. SITUACIÓN DE EMERGENCIA III Art.

128° del RGTO.128° del RGTO. Se ha precisado que una vez realizada la Se ha precisado que una vez realizada la

contratación por situación de emergencia, la contratación por situación de emergencia, la Entidad deberá convocar los respectivos Entidad deberá convocar los respectivos procesos de selección para atender las procesos de selección para atender las necesidades que no estén directamente necesidades que no estén directamente relacionados con la situación que sustentó la relacionados con la situación que sustentó la exoneración. Cuando no corresponda realizar un exoneración. Cuando no corresponda realizar un proceso de selección posterior, las razones que proceso de selección posterior, las razones que motivan la contratación definitiva deben motivan la contratación definitiva deben encontrarse fundamentadas en el o los informes encontrarse fundamentadas en el o los informes previos a la autorización de la exoneración.previos a la autorización de la exoneración.

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CAUSAL DE EXONERACIÓN: CAUSAL DE EXONERACIÓN: SITUACIÓN DE EMERGENCIA IV Art. SITUACIÓN DE EMERGENCIA IV Art.

128° del RGTO.128° del RGTO. Toda contratación realizada para enfrentar una Toda contratación realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de efectuada la entrega del bien o la primera efectuada la entrega del bien o la primera entrega en el caso de suministros, o del inicio de entrega en el caso de suministros, o del inicio de la prestación del servicio o del inicio de la la prestación del servicio o del inicio de la ejecución de la obra. Para tal efecto, la Entidad ejecución de la obra. Para tal efecto, la Entidad debe incluir el proceso en su Plan Anual de debe incluir el proceso en su Plan Anual de Contrataciones, así como elaborar y publicar en Contrataciones, así como elaborar y publicar en el SEACE la resolución o acuerdo el SEACE la resolución o acuerdo correspondiente y el informe a que se refiere el correspondiente y el informe a que se refiere el mencionado artículo 133°. mencionado artículo 133°. Adicionalmente, Adicionalmente, debe cumplir con formalizar las debe cumplir con formalizar las actuaciones de la fase de actos actuaciones de la fase de actos preparatorios y del perfeccionamiento del preparatorios y del perfeccionamiento del contrato que resulten aplicables.contrato que resulten aplicables.

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CAUSAL DE EXONERACIÓN: CAUSAL DE EXONERACIÓN: DESABASTECIMIENTO INMINENTE I DESABASTECIMIENTO INMINENTE I

Art. 129° del RGTO.Art. 129° del RGTO.La situación de desabastecimiento se configura La situación de desabastecimiento se configura

ante la ausencia inminente de determinado bien o ante la ausencia inminente de determinado bien o servicio, debido a la ocurrencia de una situación servicio, debido a la ocurrencia de una situación extraordinaria e imprevisible, que compromete la extraordinaria e imprevisible, que compromete la continuidad de las funciones, servicios, actividades continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo.u operaciones que la Entidad tiene a su cargo.

La necesidad de los bienes o servicios debe ser La necesidad de los bienes o servicios debe ser actual e imprescindible para atender los actual e imprescindible para atender los requerimientos inmediatos.requerimientos inmediatos.

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CAUSAL DE EXONERACIÓN: CAUSAL DE EXONERACIÓN: DESABASTECIMIENTO INMINENTE II DESABASTECIMIENTO INMINENTE II

Art. 129° del RGTO.Art. 129° del RGTO.

No puede invocarse la existencia de una No puede invocarse la existencia de una situación de situación de desabastecimiento en las desabastecimiento en las siguientes contrataciones:siguientes contrataciones:– En contrataciones bajo la cobertura de un tratado En contrataciones bajo la cobertura de un tratado

o compromiso internacional que incluya o compromiso internacional que incluya disposiciones sobre contrataciones públicas, disposiciones sobre contrataciones públicas, cuando el desabastecimiento se hubiese originado cuando el desabastecimiento se hubiese originado por negligencia, dolo o culpa inexcusable del por negligencia, dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de la Entidad.funcionario o servidor de la Entidad.

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CAUSAL DE EXONERACIÓN: CAUSAL DE EXONERACIÓN: DESABASTECIMIENTO INMINENTE III DESABASTECIMIENTO INMINENTE III

Art. 129° del RGTO.Art. 129° del RGTO.

No puede invocarse la existencia de una No puede invocarse la existencia de una situación de situación de desabastecimiento en las desabastecimiento en las siguientes contrataciones:siguientes contrataciones:– En contrataciones bajo la cobertura de un tratado En contrataciones bajo la cobertura de un tratado

o compromiso internacional que incluya o compromiso internacional que incluya disposiciones sobre contrataciones públicas, disposiciones sobre contrataciones públicas, cuando el desabastecimiento se hubiese originado cuando el desabastecimiento se hubiese originado por negligencia, dolo o culpa inexcusable del por negligencia, dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de la Entidad.funcionario o servidor de la Entidad.

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PROVEEDOR ÚNICO DE PROVEEDOR ÚNICO DE BIENES O SERVICIOS QUE BIENES O SERVICIOS QUE NO ADMITE SUSTITUTOS – NO ADMITE SUSTITUTOS –

Art. 131° RGTO.Art. 131° RGTO.

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SERVICIOS PERSONALÍSIMOS – Art. SERVICIOS PERSONALÍSIMOS – Art. 132° RGTO.132° RGTO.

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LIMITACIONES A LAS CONTRATACIONES LIMITACIONES A LAS CONTRATACIONES EXONERADAS –Art. 136° RGTO.EXONERADAS –Art. 136° RGTO.

Situación de emergencia y Situación de emergencia y desabastecimiento inminentedesabastecimiento inminente

– NONO serán aplicables las contrataciones serán aplicables las contrataciones complementarias. Asimismo, bajo dichos complementarias. Asimismo, bajo dichos supuestos, de ser necesario prestaciones supuestos, de ser necesario prestaciones adicionales se requerirá previamente la adicionales se requerirá previamente la emisión de un nuevo acuerdo o emisión de un nuevo acuerdo o resolución de exoneración.resolución de exoneración.

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REQUISITOS PARA REQUISITOS PARA SUSCRIBIR EL CONTRATOSUSCRIBIR EL CONTRATO

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Consorcios Consorcios

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ÁNGEL MANUEL CARRILLO LÉVANOÁNGEL MANUEL CARRILLO LÉVANOMUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓNMUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN

Teléfonos: 995276290 / RPM #368719 Teléfonos: 995276290 / RPM #368719 Correo Electrónico: Correo Electrónico:

[email protected] hotmail.com [email protected]@hotmail.com