NOS LOS INOÜISIDO A LA HERETICA PRAVEDAD Y...

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si NOS LOS INOÜISIDO A LA HERETICA PRAVEDAD Y APOSTASIA EN LA CIUDAD Y ARZOBISPADO DE VALENCIA , OBISPADOS DE TORTOSA . SEGORBE, ALBARRACIN Y TERUEL , CON TODO SU DISTRITO, POR AUTORIDAD Apostólica , Real y Ordinaria , &c. A todas las personas de qualquier estado , grado y condición, y dignidad Eclesiástica, Secular y Regular que sean dentro de dicho nuestro Distrito , ha- cemos saber, que por el limo, y Excmo. Sr. D. Francisco Xavier Mier y Campillo , Obispo de Almería , Inquisidor General de estos Reynos , se ha expedido un Edicto del tenor siguiente: A todas y quaiesquicra personas cíe qnalqnier estado , condición , preeminencia ó dignidad que sean , estantes y habitantes en las Ciudades , Villas y Lugares de este nuestro distrito : Hacemos saber, que á nuestra noticia h i llegado haberse escrito , impreso ó divulgado varios libros, tratados y papeles que pueden ocasionar la ruina espiritual de vuestras almas, los quales mandamos prohibir y expurgar respectiva- mente , corno aquí se expresa , y son ios siguientes: PROHIBIDOS I N T O T U M A U N P A R A LOS QUE TIENEN LICENCIA. r. El folleto titulado: Disciplina eclesiástica nacional ^ observaciones sobre la autoridad del Papú , r mudanzas en la Iglesia Española , m - preso en Mallorca en la oficina de Miguel Domingo año de 1813: su au- tor I . M . de A . M . : por ser un libelo infamatorio contra la suprema au- toridad del Romano Pomííice y Estado eclesiástico. 1. ^ Política eclesiástica , observaciones sobre el juramento de obe- diencia ^ que los Obispos prestan al Papa en el acto de la consagración: tolleto impreso en Palma en la imprenta de Miguel Domingo año de 1813: su autor M. A.. : por contener proposiciones escandalosas , falsas , sedicio- sas , temerarias , erróneas, blasfemas, cismáticas , heréticas é injuriosas al Romano Pontííke , RR. Obispos y Santo Tribunal de Inquisición. 3. Os rogos dnn gallego dedicados os seus paisanos para ahrirlles os olios sobre certas inorancias \ impreso de quatro hojas en 4.0 en verso, reimpreso en Santiago en la oficina de R e y , g r a t i s , por D. Sinforiano López: por contener proposiciones falsas, erróneas, impías, blasfemas, denigrativas en sumo grado , inductivas á error y heréticas. 4. Réglemens de la R. L . des amis reunis de St, Josef al 0. £ Vi- torta : folleto en 4.0 , precedido de un discurso del orador titular de la misma logia : por contener proposiciones falsas , erróneas , escandalosas, su- persticiosas , ridiculas, impías y heréticas. y Quatro verdades útiles d la Nación , extractadas de algunos es- critos españoles: folleto en 8.°, impreso en Palma en la oficina de D o - mingo año de 1810: por sedicioso, revolucionario, anti-monárquico, anti- cristiano, y por estar sembrado de proposiciones falsas, escandalosas, er- róneas , contrarias á los sagrados cánones , á la moral del Evangelio y cxemplos de Jesucristo. 6. Un papel impreso en siete fojas 4.9 mayor, que empieza: Sit tnt- hi fas audita loqui , sit pandere res alta tetra calígine mersas. Yo soy Josef Antonio nacido en la ciudad de la Puebla de los Angeles: por ser un libelo infamatorio contra las legítimas potestades , denigrativo del Santo Oficio y de su recto modo de proceder. 7. Cornelia Bororqnia , segunda edición, revista , corregida y aumen- tada , impresa en París año de 1800 : por comprendida con igual nota en edicto de n . de Febrero de 1804; y además porque sus adiciones y cor- recciones son un texido de calumnias y proposiciones ofensivas en sumo grado al Santo Oficio , impías , escandalosas , sediciosas , erróneas , blas- femas , injuriosas al Estado eclesiástico secular y regular , contrarias á la buena fama de los Soberanos Católicos , y en especial de los Señores D. Fernando el Católico , Carlos V . y Felipe II. , y por promover en varias partes el tolerantismo. ^ 8. Rejiexiones criticas sobre la Constitución Española , Cortes na- cionales y estado de la presente guerra, por el Capitán D. Pedro Canel Acevedo, Comandante de las alarmas del Principado de Asturias: Ovie- do , sin año de impresión : por contener proposiciones heréticas, erróneas, escandalosas , impías , subversivas é injuriosas al Clero secular y regular, á los Monarcas y al Santo Oficio. Nota. Aunque por el edicto de 18. de Agosto de 1762. se prohibie- ron , aun para los que tienen licencia , las obras de Mr. Voltaire, y se- gún la regla 13. del Indice del expurgatorio las obras prohibidas en un idioma deben entenderse igualmente prohibidas en otro, se ha creído sin embargo conveniente renovar la prohibición de La Henriada , poema épico francés, traducido en verso español por el Dr. D. Pedro Bazan de Men- doza , con un prólogo del mismo , é impreso en Alais en la imprenta de Martin, impresor y librero, año de 1816. PROHIBIDOS IN T O T U M P A R A L O S Q U E N O TIENEN LICENCIA. 1. Catecismo político sentencioso , 6 doctrina del buen ciudadano aman- te de su Religión , de su Patria y de su Rey. D . A. V . I . D. , im- preso en Madrid, reimpreso en Zaragoza en la imprenta de Andrés Sebas- t¡;-n ano de 1814: se prohibe por el abuso que en él se hace del método catequístico con que se enseñan las verdades mas principales de la Keligion Católica ; por la profanación con que se mezclan las preguntas mas sagra- das con las respuestas mas ridiculas , y por contener en estas proposicio- nes Lisas , erróneas , temerarias , escandalosas y próximas á heregía. 2. Discurso sobre la opinión nacional de h i p ña acerca de la guer- ra con Francia : su autor D. Juan Antonio Llórente: se prohiben todas las ediciones de este quaderno en 8.° por estar escrito con un espíritu se- ductor y revolucionario , y por contener proposiciones injuriosas al Santo Oficio , al Clero secular y regular , y á ciertas y determinadas personas. 3. Observaciones sobre las dinastías de España: su autor D . Juan Antonio Llórente : un quaderno en 8.°: se prohibe por seductivo , incen- diario, é injurioso á los generosos sacrificios que la Nación Española hizo para reponer en su trono á su legítimo Soberano. 4. Discurso que dirige d los pueblos del obispado de Lérida e l D r . Josef Vidal, Canónigo Penitenciario , Vicario general , Gobernador eclesiástico de dicho obispado , y Caballero de la Orden Real de Espa- ña , con motivo del Concordato ajustado en 2). de Enero de este año de 181j . entre el Emperador Napoleón y el Sumo Pontífice P i ó V I L zn la imprenta de Lérda : por sedicioso , tumultuario , capcioso , injurioso al Gobierno de España y á los verdaderos españoles ; por inducir á estos á que se separen de su legítimo Gobierno ; por calumnioso á los mismos que siguen la verdadera religión , y finalmente por blasfemo , pues hace á Dios autor del mal. 5. Proclama d los nobles habitantes de las riberas del Tajo > inser- ta en el nua$. 165. del Redactor general de España , y reimpresa en la ciudad de Cuenca por un ciudadano constitucional: por falsa , erró- nea , temeraria, injuriosa, escandalosa , capciosa y seductiva. 6. Poema Eucarístico , por D. Valentín Lafnente \ un folleto en I J . páginas en verso , impreso en Pau en ¡a imprenta de Tonnet: por conte- ner proposiciones falsas, erróneas, sediciosas , inductivas á la idolatría , é injuriosas á nuestro Católico Monarca el Señor D. Fernando V I I . 7. Historia de la revolución de España , 6 sea rápida ojeada sobre los principales sucesos de la Península desde principios de l$CJ* hasta Noviembre de 18J%. y pérdida de los franceses en ella , traducida del original francés , impreso en Londres , adicionada con una -introducción y los sucesos ocurridos posteriormente, por M. de B. : impresa en Madrid ' en la imprenta de Alvarez año de 1813 : por contener proposiciones fal- , sas , escandalosas y atrozmente injuriosas á los Regulares. ' 8. Romance en que se refiere lo que unos perversos judíos han exe~ \ cutado con unas formas consagradas : sin nombre de autor ni lugar de impresión , que empieza : A la Reyna de los Cielos , y acaba quando es- ' tán mas descuidados: por contener proposiciones simplicimn seductivas é , inductivas á vana confianza. 9. Otro romance titulado : Historia de la desgraciada muerte de nna ¡ doncella por haber jurado en falso , que empieza : Alerta^ alerta , mor- tales > y concluye por haber jurado en falso: por la misma razón. 10. Proclama de un labrador inserta en el núm. 71. del periódico po- Utico y mercantil de la villa de Reus , reimpresa en Cuenca y otras par- tes de la Península: por sediciosa , injuriosa al Estado eclesiástico secular y regular , escandalosa y subversiva del Gobierno monárquico. ir. Escrito que dirige dios Eclesiásticos de Cataluña el Dr. D. Josef Vidal, autor del discurso comprendido en el núm. 4.0 , en respuesta ala carta del Dr. D. Juan Prim , Cura Párroco de Fondarella Sidamunt d los mismos Eclesiásticos , y a l diálogo de un Cura con Arcadio por un anónimo , sobre el juramento de obediencia y fidelidad prestado d Napoleón I . : por contener proposiciones falsas, capciosas , temerarias, es- candalosas , calumniosas á los pastores y fieles de los primeros siglos ; i n - juriosas al Sumo Ponúíice , á nuestro Católico Monarca, al Clero de Es- paña y á la Nación Española , y fautoras de la intrusión y tiranía. 12. Del origen de la potestad temporal dt los Papas, obra escrita en francés por Mr. Sabbathier , y traducida al castellano por D . C. y C. impreso en Madrid por D. Antonio Espinosa año de 1789 : ppr ser un te-, gido de imposturas y sátiras contra la Silla Apostólica , injuriosas á los Papas , y denigrativas de la buena memoria de algunos Sumos Pontífices que hoy venera la Iglesia por Santos. 13. Libro de desconjuros para alcanzar tesoros , folleto manuscrito: y contrarías á los derechos de la Iglesia y del Soberano. 32. El fingido Ermitaño , comedia en dos actos en verso y manus- crita: por comprendida en las reglas 7.a y 16.a del Indice expurgatorio. 33. Las Monjas Visitandinas , ópera en verso en dos actos : por comprendida en las mismas reglas 7.a y 16.a 34. E l pueblo gallego no hizo gestión alguna para que el supremo Gobierno restablezca el tribunal de la Inqidsicion & c . : folleto anóni- mo , impreso en la Coruña año de 1812. en la oficina de D . Antonio Rodríguez : por sedicioso , insolente , subversivo , impío y calumnioso. Y se advierte que este folleto es el comprendido entre los mandados reco- ger con conocimiento y aprobación de S. M . por el Edicto del Excmo. Sr. Inquisidor general de 22. de Julio de i8rj. baxo el título E l pueblo gallego en el tribunal de la Inquisición, y no el que con el mismo se dió á luz por Fr. Antonio Fernandez , Agustino calzado, el qual fue impreso en la Coruña en la oficina del exacto Correo año de 1812. 35. Compendio de las alabanzas } prodigios , finetas y gracias que las armas españolas contra el tirano de la Francia se representó en l a ciudad de Cartagena el día 18. de Julio de J 8IJ: su autor D. Agus- tín Juan de Poveda : por contener expresiones y sentencias escandalosas, temerarias, piarum aurium ofensivas é Injuriosas en sumo grado al Santo Oficio , y á los Sumos Pontífices que le han aprobado y consentido en la Iglesia. 15. La comedia titulada: Princesa Ramera y Mártir Santa Afra , de D. Tomás de Añorbe y Corregel i se prohibe no solo su representación sino también su lectura , por contener expresiones injuriosas al adorable misterio de la Providencia , y que sujetan la libertad del hombre al hado; por estar sembrada de chistes que ofenden el decoro y magostad de nues- tra augusta Religión , y por comprendida en las reglas 7.a y 16. del ex- purgatorio. 16. El Observador de Segura : periódico impreso en Murcia en la imprenta del Gobierno superior político : se prohiben todos sus números, por contener proposiciones alarmantes , injuriosas á los Soberanos , deni- grativas de muchos sabios y juiciosos españoles , temerarias , sediciosas, impías , escandalosas é injuriosas á los Predicadores de la divina palabra y á la Santa Iglesia , y contrarias á las Santas Escrituras. 17. La triple Alianza: el núm. 2.0 del papel periódico con este tí- tulo , impreso en la Isla de León año de 1811. sin nombre de autor: por contener proposiciones temerarias, erróneas , escandalosas, sapientes has- resim , y heréticas. concluye del agrado de Dios nuestro Señor : por inductivo á vana con- fianza , y referir milagros apócrifos. 36. Oración apologética de la Constitución política de la Monarquía Española , por D . JuTian González , Canónigo , Cura de la Real insig- ne Colegiata de Valpuesta , impresa en Vitoria por Baltasar Manteíi: por atrozmente injuriosa al Santo Oficio de la Inquisición , y á quantos le han sostenido y sostienen. 37. El impreso titulado Informe y pedimento fiscal sobre el pedimen- to presentado por los locos ante el supremo tribunal de la razón hu- mana', yax contener proposiciones y doctrinas respectivamente impías, he- réticas, sediciosas, é injuriosas al Clero secular y regular, que inducen al materialismo y pelagianismo , y por estar comprendido en las reglas del Expurgatorio 3.a, 12.a y 16.a 38. El Filósofo cristiano, ó impugnación de la obra intitulada Car- ta crítica de un filósofo rancio : folleto en 4.0 , impreso en la Coruña año de 1812. en la oficina de D . Antonio Rodríguez: por contener pro- posiciones respectivamente falsas , capciosas , sospechosas é inductivas i heregía , depresivas de la autoridad Pontificia y Real, y por estar lleno de otros errores , que terminan á desautorizar al Rey, desacreditar la I n - quisición , y empobrecer los Ministros del altar para envilecerlos y desa- creditarlos de este modo. 39. Oración manuscrita , que se supone ser dictada por N. SS. P. Pió V I L para preservarse del castigo amenazado en el año de i8ojt 18. Constitución fundamental secreta para el gobierno de los liberales-. °\) Por comprendida en la regla 8.a del Indice expurgatorio, peí manuscrito : por capcioso , sedicioso , herético , escandaloso , blas- ^> 40. El sueño de Lucifer y Perico el de los Palotes , auto al femó y subversivo del buen orden. 19. Novena deprecatoria á la Santísima Virgen María de la Mer- ced y reimpresa en Cádiz en la imprenta de la calle de San Francisco á expensas de su fervorosa y amante esclavitud : por inductiva á vana con- fianza. 20. Félix y Paulina, 6 el sepulcro al pie del monte Jura , dos to- mitos en 8.° , escritos en francés por P. Blanchard , y traducido al caste- llano por D. V . A . , impresos en Madrid año de 1806. en la imprenta de Villalpando : por contener expresiones obscenas y máximas contrarias á nuestra sagrada Religión. 21. Carta gratulatoria d E . E . D . P. , autor del argumento sin respuesta , o convencimiento sin excusa , folleto en 4.0 , Impreso en Jaén por D. Manuel María de Doblas: por contener máximas y doctrinas falsas, erróneas , cismáticas , calumniosas y heréticas. 22. Breve exhorto que en la solemne misa de acción de gracias por la publicación de la Constitución política de la Monarquía Española pronunció el dia 10. de Agosto de J 8 II . D. Jítan de Frías , Cura Pár- roco del Sagrario de la Catedral de Canaria , impreso á solicitud y expensas del muy ilustre Ayuntamiento de la misma : por comprendido en el edicto de 22. de Julio de 1815. é injurioso á los Soberanos , y por contener proposiciones falsas , malsonantes, inductivas á la rebelión con- tra las legítimas potestades , y contrarias á la doctrina católica sobre la debida -obediencia á ellas. 23. Devoción al Santísimo Cristo de la Espiración, 6 sea copla de la relación que fue hallada en el santo sepulcro de nuestro Señor Je- sucristo , la qual tiene el Santo Pontífice en su oratorio, y el Rey Felipe I V . en una lámina de plata , que principia: Sabed mis queri- das hijas i y concluye Parirá sin peligro : por las Inconexiones y em- bustes que contiene , por las vanas esperanzas que promete á los que la lleven consigo , y por estar comprendida en la regla 8.a del expurgatorio. 24. Noticias históricas de D. Gaspar Melchor de Jovellanos : con- ságralas á sus respetables cenizas I . M . de A. M . , papel en 4.0, reim- preso en Palma en la imprenta de Miguel Domingo : por contener pro- posiciones escandalosas, falsas , sediciosas, impías, blasfemas , antimonár- quicas , sapientes haeresim , inductivas á la revolución y al deísmo , é injuriosas ai Estado , á la Iglesia y á la Religión cristiana. 25. El Cigarrón , periódico de Puerto-Rico, que principió á publi- carse en 1.0 de Mayo de 1814. por contener proposiciones injuriosas al Santo Oficio y á varios RR. Obispos , promovedoras de la soberanía del pueblo , é injuriosas al Romano Pontífice y Estado eclesiástico, 26. Los libertinos confundidos : comedia en prosa en tres actos , sin nombre de autor , y manuscrita : por contener proposiciones temerarias, escandalosas , inductivas á la torpeza y sensualidad , malsonantes, injurio- sas al Santo Sacramento del Matrimonio, y por estar sembrada de sátiras contra los maridos amantes de sus mugeres. 27. El Pájaro extrangero, canción divertida y graciosa', papel im- preso en una quartilla , que consta de 25. coplas , sin año ni lugar de impresión : por ser un conjunto de obscenidades , que desdoran la religio- sidad de la Nación Española, y por injurioso al Estado eclesiástico. 28. Chistoso pasage que ha acontecido en este presente a ñ o en X c - réz de la Frontera , sucedido entre un Molinero y un Corregidor : pa- pel en quartilla , dado á luz en Barcelona en la imprenta de Brusi y Ferrer : por comprendido en la regla 7.a del Indice expurgatorio. 20. Dos manuscritos intitulados el uno : Cantinela con un Frayle y una Jóven > y el otro : L a confesión de Una Niña casadita : por estar sembrados de proposiciones escandalosas , torpes , blasfemas é incitativas á lujuria , y ser Injuriosas á los Ministros del Sacramento de la Penitencia. 30. La Arcadia en Belén: comedia famosa al nacimiento del Hijo <£¡ de Dios \ por contener proposiciones malsonantes , piarítm aurium ofen- sivas , hechos perniciosísimos á las buenas costumbres , mutuas maldición nes j por ser su argumento la pintura de una pasión amorosa , satisfecha por medio de pacto con el demonio , en quien supone facultad de mudar a su arbitrio la voluntad de los hombres , y por comprendida en las re- glas 6.a y 16.a del Indice expurgatorio. 31. Elementos de Derecho de Gentes , escritos en francés por Mr. Lacroix , traducidos libremente al castellano por D. Benito Romero: Ali- cante, imprenta de Manuel Muuoz año de 1813. por contener, así la obra como la traducción y sus notas , proposiciones malsonantes , sub- versivas del buen orden, falsas, reprobadas é injuriosas al Santo Oficio, Naci- miento , por un ingenio de Salamanca : por contener proposiciones erró- neas 1 próximas á heregía , opuestas á la sagrada Escritura y común sen- tir de los Santos Padres ; por sus equívocos malsonantes , peligrosos é inductivos al error ya condenado de los Jansenistas, y por comprendido en las reglas 7.a y ió.a del Indice expurgatorio. 41. La Vieja hipócrita , saynete nuevo para diez personas : por ser un abuso notable de la sagrada oración del Padre nuestro , trayéndola varias veces ad scurrilia contra la prohibición del Santo Concilio de Trento , y por lo mismo comprendida en la regla 16.a del Indice ex- purgatorio. 42. E l Cura en el tribunal de los sabios : folleto en 4.0 , impreso ea Zaragoza en la oficina de Andrés Sebastian año de 1814 , sin nombre de autor : por contener proposiciones falsas , injuriosas á los Gobernado- res y Prelados eclesiásticos , sediciosas, inductivas á insubordinación y sospechosas de error. , 43. Le cousin de Mahomet, tomo 1.0, en 12. 0 impreso en Constan- tinopla año de 1757. se prohibe este y los demás de que consta la obra por impúdica , excitativa á lujuria , y comprendida en la regla 7.a del Indice expurgatorio. 44. Afiele et Théodore 011 lettres sur V education : un tomo en T2.# ! impreso en Londres en lengua francesa sin nombre de autor \ por con- ) tener proposiciones malsonantes , capciosas , falsas , inductivaR á ^reor, ! y e>rcitativas de ideas torpes. " 45. Principes de politique aplicables a tous les GouverneMens tepre~ , sentatifs , et particulierement a la Consíitut ion actuelle de la Trance, par Mr. Benjamín Constante Conseiller d' Etat. París 181$. por con- 1 tener máximas y proposiciones falsas en lo político y órden gerárquico, contrarias al espíritu de la Religión, capciosas, subversivas de la potes- tad de la Iglesia , anti-dogmáticas , inductivas al cisma y al tolerantismo religioso , y perniciosas al Estado. 46. Cornelie Sedley , ou memoires d' une jeune venve , traduit de V 1 anglois , par M r . de la Montagne : en cuatro tomos en 8.° , impresa en Ginebra año de 1789. por ser una obra obscena , y contener pro- posiciones respectivamente erróneas , sapientes haresim , heréticas , revo- \ lucionarias , y denigrativas del Santo Oficio y del Estado eclesiástico secular y regular. 47. Memorias para la historia de la revolución Española con do- cumentos justificativos, recogidos y compilados por D. Juan Nellerto: París en la imprenta de Mr. Plassan , calle de Vaugirand , núm. 17. año de 1814. dos volúmenes 8.° mayor: se prohiben estos y los demás to- mos de esta obra que fueren saliendo por estar comprendidas en el úl- timo Edicto del Excmo. Sr. Inquisidor general de 22. de Julio de 1815. MANDADOS EXPURGAR. 1. E n la novena á la gloriosa virgen y mártir Sta. Bárbara , dad A d luz por un devoto , é impresa en Barcelona por Josef Altés , cx- púrguese la estrofa 10. de los gozos , folio 59. que empieza : A un di~ funto que fiel era ; y acaba á la patria mas dichosa : por ser indua- tlva á error , y falsa. 2. En la Historia eclesiástica del limo. Sr. D . Félix Amat , to- mo 6.°, libro 6.°, página 155. líneas 7. y 8. de la edición de Madrid año de 1806. y 1807. se empieza el segundo anatematismo de S. Cirilo Alejandrino en estos términos : Si alguno confiesa , debiendo decir; Si alguno no confiesa , conforme á la edición también de Madrid año de 1799. página 1^3. líneas 28. y 29. por haberse omitido en aquella el no por error de imprenta , y hacer sin dicha negación un sentido herético. 3. En la obra en dos tomos en 4.0 titulada Epidemiología española, 6 historia cronológica de las pestes , contagios , epidemias y epizootias que han acaecido en España desde la venida de los cartagineses hasta el año de J 8 OI. por el Lic. D. Joaquín de Villalba , bórrense en el folio 15. de la introducción, línea 4. las palabras que por solo el voto hecho d esta Virgen ó a l otro Santo cesó esta ó la otra enfermedad epidémica : por quanto unidas á las antecedentes hacen sentido de que es ridicula esta creencia. En la página 40. año de 1342. D. C. , línea de este año , bórrese Y profesa la religión mahometana : y en la 6. Siguiendo el culto de diferentes religiones : por equivocaciones malsonan- tes , é inductivas á error por la poca claridad con que están concebidas. Por tanto queriendo prevenir con oportuno0 remedio el daño que de la lección de dichos libros, tratados y proposiciones se puede seguir á los fieles y á la Religión católica, por estar divulgados y extendidoc en estos Reynos, hemos mandado se prohiban , recojan y expurguen respectivamente , según la calidad que á cada uno de ellos corresponde , para que ninguna persona pueda vender, leer ni retener dichos libro» y papeles impresos ni manuscritos, en qualquiera lengua ó impresión que lo estén, pena de excomunión mayor latae sententiae , y de doscientos ducados para gastos del Santo Oficio , y demás establecidas por de- recho. En su consecuencia , por tenor de la presente exhortamos y requerimos , y siendo necesario en virtud de santa obediencia , so la pena dicha de excomunión mayor y pecuniaria , mandamos que desde el dia en que nuestra carta os fuere leida ó publicada , ó como de ella supiéredes en qualquiera manera hasta los seis primeros siguientes , los quales os damos y asignamos por canónica monición en tres términos, y el ultimo petentorio , traigáis , exhibáis y presentéis ante Nos los dichos libros, tratados y papeles enteramente prohibidos, con lo demás en este Edicto contenido , ó ante los Comisarios del Santo Oficio que residen en los lugares de nuestro distrito , para que nos remitan los que tuviéredes, y manifestéis los que otras personas tuvieren y ocultaren. Y lo contrario haciendo, dichos términos pasados, los que contumaces y rebeldes fuéredes en no hacer y cumplir lo susodicho : Nos desde ahora para entonces , y desde entonces para ahora, ponemos y promulgamos en vos y cada uno de vos la dicha sentencia de excomunión mayor , y os ha- bernos por incursos en las dichas censuras y penas. Y os apercibimos que procederemos contra vos á la execucicn de ella , y como hallemos por derecho. En testimonio de lo qual mandamos dar y dimos esta nuestra carta, firmada de nuestros nombres, sellada con el sello del Santo Oficio , y refrendada de uno de los Secretarios del Secreto de él. Dada en la Inquisición de Valencia á dos dias de Marzo de mil ochocientos diez y siete. LÍG.do D. Nicolás Rodríguez Laso, Dr. D. Francisco de la Encina,. Dr. D . Miguel Toranzo y Ceballos. Por mandado del Santo Óficío: T>r, D, Juan Bautista Falcó y Valer 9^ Secretario.

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NOS LOS INOÜISIDO A LA HERETICA PRAVEDAD Y APOSTASIA E N LA CIUDAD Y ARZOBISPADO DE VALENCIA , OBISPADOS DE TORTOSA . SEGORBE, ALBARRACIN Y TERUEL , CON TODO SU DISTRITO, POR AUTORIDAD Apostólica , Real y Ordinaria , &c. A todas las personas de qualquier estado , grado y condición, y dignidad Eclesiástica, Secular y Regular que sean dentro de dicho nuestro Distrito , ha­cemos saber, que por el limo, y Excmo. Sr. D. Francisco Xavier Mier y Campillo , Obispo de Almería , Inquisidor General de estos Reynos , se ha expedido un Edicto del tenor siguiente:

A todas y quaiesquicra personas cíe qnalqnier estado , condición , preeminencia ó dignidad que sean , estantes y habitantes en las Ciudades , Villas y Lugares de este nuestro distrito : Hacemos saber, que á nuestra noticia h i llegado haberse escrito , impreso ó divulgado varios libros, tratados y papeles que pueden ocasionar la ruina espiritual de vuestras almas, los quales mandamos prohibir y expurgar respectiva­mente , corno aquí se expresa , y son ios siguientes:

P R O H I B I D O S I N T O T U M A U N P A R A L O S Q U E T I E N E N L I C E N C I A .

r . E l folleto t i t u l a d o : D i s c i p l i n a e c l e s i á s t i c a nacional ^ observaciones sobre l a a u t o r i d a d d e l P a p ú , r mudanzas en l a Igles ia E s p a ñ o l a , m -preso en Mallorca en la oficina de Miguel Domingo a ñ o de 1813: su au­tor I . M . de A . M . : por ser un libelo infamatorio contra la suprema au­tor idad del Romano P o m í í i c e y Estado eclesiást ico.

1. ^ P o l í t i c a e c l e s i á s t i c a , observaciones sobre e l j u ramen to de obe­diencia ^ que los Obispos pres tan a l P a p a en e l acto de l a c o n s a g r a c i ó n : tolleto impreso en Palma en la imprenta de M i g u e l Domingo año de 1813: su autor M . A.. : por contener proposiciones escandalosas , falsas , sedicio­sas , temerarias , e r r ó n e a s , blasfemas, cismáticas , heré t icas é injuriosas al Romano P o n t í í k e , R R . Obispos y Santo T r ibuna l de Inquis ic ión.

3. Os rogos d n n ga l lego dedicados os seus paisanos p a r a a h r i r l l e s os olios sobre certas inorancias \ impreso de quatro hojas en 4.0 en verso, reimpreso en Santiago en la oficina de R e y , g r a t i s , por D . Sinforiano L ó p e z : por contener proposiciones falsas, e r r ó n e a s , i m p í a s , blasfemas, denigrativas en sumo grado , inductivas á error y he ré t i cas .

4. R é g l e m e n s de l a R . L . des amis reunis de St, J o s e f a l 0 . £ V i -t o r t a : folleto en 4.0 , precedido de un discurso del orador t i tular de la misma logia : por contener proposiciones falsas , e r róneas , escandalosas, su­persticiosas , r id iculas , impías y h e r é t i c a s .

y Quatro verdades ú t i l e s d l a N a c i ó n , ex t r ac t adas de algunos es­cri tos e s p a ñ o l e s : folleto en 8 . ° , impreso en Palma en la oficina de D o ­mingo año de 1810: por sedicioso, r evo luc ionar io , a n t i - m o n á r q u i c o , ant i ­cr is t iano, y por estar sembrado de proposiciones falsas, escandalosas, er­r ó n e a s , contrarias á los sagrados cánones , á la moral del Evangelio y cxemplos de Jesucristo.

6. Un papel impreso en siete fojas 4.9 m a y o r , que empieza: Sit tnt-h i f a s a u d i t a l o q u i , si t pandere res a l t a t e t r a c a l í g i n e mersas. Yo soy J o s e f Anton io nacido en l a c i u d a d de l a P u e b l a de los Angeles: por ser un libelo infamatorio contra las legít imas potestades , denigrativo del Santo Oficio y de su recto modo de proceder.

7. Cornelia B o r o r q n i a , segunda e d i c i ó n , revista , corregida y aumen­tada , impresa en Pa r í s año de 1800 : por comprendida con igual nota en edicto de n . de Febrero de 1804; y además porque sus adiciones y c o r ­recciones son un texido de calumnias y proposiciones ofensivas en sumo grado al Santo Oficio , impías , escandalosas , sediciosas , e r róneas , blas­femas , injuriosas al Estado eclesiást ico secular y regular , contrarias á la buena fama de los Soberanos C a t ó l i c o s , y en especial de los Señores D . Fernando el C a t ó l i c o , Carlos V . y Felipe I I . , y por promover en varias partes el tolerantismo.

^ 8. Rejiexiones c r i t i cas sobre l a Cons t i t uc ión E s p a ñ o l a , Cortes n a ­cionales y estado de l a presente g u e r r a , por el C a p i t á n D . Pedro Canel A c e v e d o , Comandante de las alarmas del Principado de Astur ias : O v i e ­do , sin año de impres ión : por contener proposiciones h e r é t i c a s , e r r ó n e a s , escandalosas , impías , subversivas é injuriosas al Clero secular y regular, á los Monarcas y al Santo Oficio.

N o t a . Aunque por el edicto de 18. de Agosto de 1762. se prohibie­ron , aun para los que tienen licencia , las obras de M r . V o l t a i r e , y se­g ú n la regla 13. del Indice del expurgatorio las obras prohibidas en un idioma deben entenderse igualmente prohibidas en o t r o , se ha c re ído sin embargo conveniente renovar la p r o h i b i c i ó n de L a H e n r i a d a , poema épico

f r a n c é s , traducido en verso e spaño l po r el D r . D . Pedro Bazan de M e n ­doza , con un p r ó l o g o del mismo , é impreso en Alais en la imprenta de M a r t i n , impresor y l i b r e r o , a ñ o de 1816.

P R O H I B I D O S I N T O T U M P A R A L O S Q U E N O T I E N E N L I C E N C I A .

1. Catecismo po l í t i co sentencioso , 6 doc t r ina d e l buen ciudadano a m a n ­te de su Re l ig ión , de su P a t r i a y de su Rey. D . A . V . I . D . , i m ­preso en M a d r i d , reimpreso en Zaragoza en la imprenta de A n d r é s Sebas-t¡;-n ano de 1814: se prohibe por el abuso que en él se hace del m é t o d o ca tequís t ico con que se enseñan las verdades mas principales de la Keligion Ca tó l i ca ; por la p ro fanac ión con que se mezclan las preguntas mas sagra­das con las respuestas mas ridiculas , y por contener en estas proposicio­nes Lisas , e r róneas , temerarias , escandalosas y p róx imas á he reg ía .

2. Discurso sobre l a opinión nacional de h i p ñ a acerca de l a g u e r ­r a con F r a n c i a : su autor D . Juan Anton io L l ó r e n t e : se prohiben todas las ediciones de este quaderno en 8.° por estar escrito con un espír i tu se­ductor y revolucionario , y por contener proposiciones injuriosas al Santo Oficio , al Clero secular y regular , y á ciertas y determinadas personas.

3. Observaciones sobre las d i n a s t í a s de E s p a ñ a : su autor D . Juan Antonio L l ó r e n t e : un quaderno en 8 . ° : se prohibe por seductivo , incen­d i a r io , é injurioso á los generosos sacrificios que la N a c i ó n E s p a ñ o l a hizo para reponer en su t rono á su legí t imo Soberano.

4. Discurso que d i r i g e d los pueblos d e l obispado de L é r i d a e l D r . Jose f V i d a l , Canónigo Peni tenciar io , Vicar io genera l , Gobernador

ec l e s i á s t i co de dicho obispado , y Cabal lero de l a Orden R e a l de E s p a ­ñ a , con motivo d e l Concordato ajustado en 2 ) . de Enero de este a ñ o de 181 j . entre e l Emperado r N a p o l e ó n y e l Sumo Pon t í f i ce P i ó V I L zn la imprenta de L é r d a : por sedicioso , tumul tuar io , capcioso , injurioso al Gobierno de E s p a ñ a y á los verdaderos e spaño les ; por inducir á estos á que se separen de su legít imo Gobierno ; por calumnioso á los mismos que siguen la verdadera religión , y finalmente por blasfemo , pues hace á Dios autor del mal.

5. P roc l ama d los nobles habitantes de las r iberas d e l Tajo > inser­t a en e l nua$. 165. d e l Redactor genera l de E s p a ñ a , y reimpresa en l a c i u d a d de Cuenca por un ciudadano cons t i tuc iona l : por falsa , e r r ó ­nea , temerar ia , injur iosa, escandalosa , capciosa y seductiva.

6. Poema E u c a r í s t i c o , p o r D . V a l e n t í n Lafnente \ un folleto en I J . pág inas en verso , impreso en Pau en ¡a imprenta de T o n n e t : por conte­ner proposiciones falsas, e r r ó n e a s , sediciosas , inductivas á la ido la t r ía , é injuriosas á nuestro Ca tó l i co Monarca el Señor D . Fernando V I I .

7. H i s t o r i a de l a revoluc ión de E s p a ñ a , 6 sea r á p i d a ojeada sobre los p r inc ipa les sucesos de l a P e n í n s u l a desde pr inc ip ios de l$CJ* hasta Noviembre de 18J%. y p é r d i d a de los franceses en e l l a , traducida del original francés , impreso en Londres , adicionada con una - in t roducción y los sucesos ocurridos poster iormente , por M . de B . : impresa en M a d r i d ' en la imprenta de Alvarez año de 1813 : por contener proposiciones f a l - , sas , escandalosas y atrozmente injuriosas á los Regulares. '

8. Romance en que se refiere lo que unos perversos j u d í o s han exe~ \ cutado con unas f o r m a s consagradas : sin nombre de autor ni lugar de impres ión , que empieza : A l a Reyna de los Cielos , y acaba quando es- ' t á n mas descuidados: por contener proposiciones s impl i c imn seductivas é , inductivas á vana confianza.

9. O t ro romance t i tu lado : H i s t o r i a de l a desgraciada muerte de nna ¡ doncel la por haber j u r a d o en f a l s o , que empieza : A l e r t a ^ a l e r t a , m o r ­ta les > y concluye po r haber j u r a d o en f a l s o : por la misma r a z ó n .

10. P roc lama de un l ab rador inserta en e l n ú m . 71. d e l p e r i ó d i c o po-Utico y mercan t i l de l a v i l l a de Reus , reimpresa en Cuenca y otras p a r ­tes de l a P e n í n s u l a : por sediciosa , injuriosa al Estado eclesiástico secular y regular , escandalosa y subversiva del Gobierno m o n á r q u i c o .

i r . E s c r i t o que d i r i ge d i o s E c l e s i á s t i c o s de C a t a l u ñ a e l D r . D . Jose f V i d a l , autor del discurso comprendido en el n ú m . 4.0 , en respuesta a l a ca r t a d e l D r . D . J u a n P r i m , Cura P á r r o c o de F o n d a r e l l a S idamunt d los mismos E c l e s i á s t i c o s , y a l d i á l o g o de un Cura con A r c a d i o po r un anón imo , sobre e l ju ramento de obediencia y fidelidad prestado d N a p o l e ó n I . : por contener proposiciones falsas, capciosas , temerarias, es­candalosas , calumniosas á los pastores y fieles de los primeros siglos ; i n ­juriosas al Sumo P o n ú í i c e , á nuestro C a t ó l i c o M o n a r c a , al Clero de Es­paña y á la N a c i ó n E s p a ñ o l a , y fautoras de la in t rus ión y t i ran ía .

12. D e l origen de l a potes tad tempora l d t los P a p a s , obra escrita en francés por M r . Sabbathier , y traducida al castellano por D . C . y C . impreso en M a d r i d por D . Antonio Espinosa a ñ o de 1789 : ppr ser un te-, gido de imposturas y sátiras contra la Silla A p o s t ó l i c a , injuriosas á los Papas , y denigrativas de la buena memoria de algunos Sumos Pont í f ices que h o y venera la Iglesia por Santos.

13. L i b r o de desconjuros p a r a a l canza r tesoros , folleto manuscrito:

y con t r a r í a s á los derechos de la Iglesia y del Soberano. 32. E l fingido E r m i t a ñ o , comedia en dos actos en verso y manus­

c r i t a : por comprendida en las reglas 7.a y 16.a del Indice expurgatorio. 33. L a s Mon jas Vis i t and inas , ó p e r a en verso en dos actos : por

comprendida en las mismas reglas 7.a y 16.a 34. E l pueblo ga l l ego no hizo g e s t i ó n a lguna p a r a que e l supremo

Gobierno restablezca e l t r i b u n a l de l a Inqids ic ion & c . : folleto anóni­mo , impreso en la C o r u ñ a a ñ o de 1812. en la oficina de D . An ton io R o d r í g u e z : por sedicioso , insolente , subversivo , imp ío y calumnioso. Y se advierte que este folleto es el comprendido entre los mandados reco­ger con conocimiento y a p r o b a c i ó n de S. M . por el Edic to del Excmo . Sr. Inquis idor general de 22. de Jul io de i 8 r j . baxo el t í t u lo E l pueblo ga l lego en e l t r i b u n a l de l a I n q u i s i c i ó n , y no el que con el mismo se d ió á luz por F r . An ton io Fernandez , Agustino calzado, el qual fue impreso en la C o r u ñ a en la oficina del exacto Correo año de 1812.

35. Compendio de las a labanzas } prodigios , f i n e t a s y g rac ia s que

las a rmas e s p a ñ o l a s contra e l t i rano de l a F r a n c i a se r e p r e s e n t ó en l a c i u d a d de Cartagena e l d í a 18. de J u l i o de J 8 I J : su autor D . A g u s ­tín Juan de Poveda : por contener expresiones y sentencias escandalosas, temerarias, p i a r u m a u r i u m ofensivas é Injuriosas en sumo grado al Santo Oficio , y á los Sumos Pont í f ices que le han aprobado y consentido en la Iglesia.

15. L a comedia t i tu lada : Pr incesa Ramera y M á r t i r Santa A f r a , de D . T o m á s de A ñ o r b e y Corregel i se prohibe no solo su r e p r e s e n t a c i ó n sino t a m b i é n su lectura , por contener expresiones injuriosas al adorable misterio de la Providencia , y que sujetan la l ibertad del hombre al hado; por estar sembrada de chistes que ofenden el decoro y magostad de nues­tra augusta Re l ig ión , y por comprendida en las reglas 7.a y 16. del ex ­purgatorio.

16. E l Observador de Segura : p e r i ó d i c o impreso en Murcia en la imprenta del Gobierno superior pol í t ico : se prohiben todos sus n ú m e r o s , por contener proposiciones alarmantes , injuriosas á los Soberanos , den i ­grativas de muchos sabios y juiciosos españoles , temerarias , sediciosas, impías , escandalosas é injuriosas á los Predicadores de la divina palabra y á la Santa Iglesia , y contrarias á las Santas Escrituras.

17. L a t r i p l e A l i a n z a : el n ú m . 2.0 del papel pe r iód ico con este t í ­tu lo , impreso en la Isla de L e ó n a ñ o de 1811. sin nombre de a u t o r : por contener proposiciones temerarias, e r róneas , escandalosas, sapientes has-resim , y h e r é t i c a s .

concluye d e l agrado de D i o s nuestro S e ñ o r : por induc t ivo á vana con­fianza , y referir milagros apóc r i fo s .

36. O r a c i ó n a p o l o g é t i c a de l a Cons t i tuc ión p o l í t i c a de l a M o n a r q u í a E s p a ñ o l a , por D . JuTian G o n z á l e z , C a n ó n i g o , Cura de la Real ins ig ­ne Colegiata de Valpuesta , impresa en V i t o r i a por Baltasar Man te í i : por atrozmente injuriosa al Santo Oficio de la Inqu i s i c ión , y á quantos le han sostenido y sostienen.

37. E l impreso t i tulado Informe y pedimento fiscal sobre e l pedimen­to presentado po r los locos ante e l supremo t r i b u n a l de l a r a z ó n h u ­mana', yax contener proposiciones y doctrinas respectivamente i m p í a s , he ­r é t i c a s , sediciosas, é injuriosas al Clero secular y regu la r , que inducen al materialismo y pelagianismo , y por estar comprendido en las reglas del Expurga tor io 3 .a , 12.a y 16.a

38. E l F i lósofo c r i s t i ano , ó i m p u g n a c i ó n de l a obra i n t i t u l a d a Ca r ­t a c r í t i c a de un filósofo rancio : folleto en 4.0 , impreso en la C o r u ñ a a ñ o de 1812. en la oficina de D . An ton io R o d r í g u e z : por contener p ro ­posiciones respectivamente falsas , capciosas , sospechosas é inductivas i heregía , depresivas de la autoridad Pontificia y R e a l , y por estar lleno de otros errores , que terminan á desautorizar al R e y , desacreditar la I n ­quisición , y empobrecer los Ministros del altar para envilecerlos y desa­creditarlos de este modo .

39. O r a c i ó n manuscr i ta , que se supone ser d i c t ada p o r N . SS. P . P i ó V I L p a r a preservarse d e l castigo amenazado en e l a ñ o de i 8 o j t

18. C o n s t i t u c i ó n f u n d a m e n t a l secreta p a r a e l gobierno de los liberales-. °\) Por comprendida en la regla 8.a del Indice expurgatorio, peí manuscrito : por capcioso , sedicioso , he r é t i co , escandaloso , blas- ^> 40. E l s u e ñ o de L u c i f e r y Per ico e l de los Palotes , auto a l

femó y subversivo del buen orden. 19. Novena deprecator ia á l a S a n t í s i m a V i r g e n M a r í a de l a M e r ­

ced y reimpresa en C á d i z en la imprenta de la calle de San Francisco á expensas de su fervorosa y amante esclavitud : por inductiva á vana con­fianza.

20. F é l i x y P a u l i n a , 6 e l sepulcro a l p ie d e l monte J u r a , dos t o -mitos en 8 .° , escritos en francés por P. Blanchard , y t raducido al caste­llano por D . V . A . , impresos en M a d r i d a ñ o de 1806. en la imprenta de V i l l a l p a n d o : por contener expresiones obscenas y m á x i m a s contrarias á nuestra sagrada R e l i g i ó n .

21. C a r t a g r a t u l a t o r i a d E . E . D . P . , au tor d e l argumento s in respuesta , o convencimiento sin excusa , folleto en 4.0 , Impreso en J a é n por D . Manue l M a r í a de Doblas : por contener m á x i m a s y doctrinas falsas, e r r ó n e a s , c ismát icas , calumniosas y he ré t i ca s .

22. Breve exhorto que en l a solemne misa de acc ión de g rac i a s p o r l a p u b l i c a c i ó n de l a Cons t i tuc ión p o l í t i c a de l a M o n a r q u í a E s p a ñ o l a p r o n u n c i ó e l d i a 10. de Agosto de J 8 I I . D . J í t a n de F r í a s , Cura P á r ­roco d e l Sagrar io de l a Ca t ed ra l de Canar i a , impreso á s o l i c i t u d y expensas d e l muy i lus t re Ayuntamiento de l a misma : por comprendido en el edicto de 22. de Ju l io de 1815. é injurioso á los Soberanos , y por contener proposiciones falsas , malsonantes, inductivas á la rebe l ión c o n ­tra las legí t imas potestades , y contrarias á la doctrina ca tó l ica sobre la debida -obediencia á ellas.

23. D e v o c i ó n a l S a n t í s i m o Cristo de l a E s p i r a c i ó n , 6 sea copla de l a r e l a c i ó n que f u e h a l l a d a en el santo sepulcro de nuestro S e ñ o r J e ­sucristo , l a q u a l tiene e l Santo Pon t í f i ce en su o r a t o r i o , y e l Rey F e l i p e I V . en una l á m i n a de p l a t a , que p r i n c i p i a : Sabed mis q u e r i ­das hijas i y concluye P a r i r á sin pe l ig ro : por las Inconexiones y e m ­bustes que contiene , por las vanas esperanzas que promete á los que la lleven consigo , y por estar comprendida en la regla 8.a del expurgatorio.

24. Not ic ias h i s t ó r i c a s de D . Gaspa r M e l c h o r de Jovel lanos : con­s á g r a l a s á sus respetables cenizas I . M . de A . M . , papel en 4.0, r e i m ­preso en Palma en la imprenta de Migue l Domingo : por contener p r o ­posiciones escandalosas, falsas , sediciosas, i m p í a s , blasfemas , a n t i m o n á r ­quicas , sapientes haeresim , inductivas á la r evo luc ión y al de í smo , é injuriosas ai Estado , á la Iglesia y á la Rel ig ión cristiana.

25. E l C i g a r r ó n , pe r iód ico de P u e r t o - R i c o , que p r inc ip ió á p u b l i ­carse en 1.0 de M a y o de 1814. por contener proposiciones injuriosas al Santo Oficio y á varios R R . Obispos , promovedoras de la soberan ía del pueblo , é injuriosas al Romano Pontífice y Estado eclesiást ico,

26. L o s l iber t inos confundidos : comedia en prosa en tres actos , sin nombre de autor , y manuscrita : por contener proposiciones temerarias, escandalosas , inductivas á la torpeza y sensualidad , malsonantes, i n j u r i o ­sas al Santo Sacramento del M a t r i m o n i o , y por estar sembrada de sátiras contra los maridos amantes de sus mugeres.

27. E l P á j a r o e x t r a n g e r o , canción d i v e r t i d a y graciosa ' , papel i m ­preso en una quar t i l la , que consta de 25. coplas , sin a ñ o ni lugar de impres ión : por ser un conjunto de obscenidades , que desdoran la re l ig io­sidad de la N a c i ó n E s p a ñ o l a , y por injurioso al Estado ecles iás t ico .

28. Chistoso pasage que ha acontecido en este presente a ñ o en X c -r é z de l a F r o n t e r a , sucedido entre un M o l i n e r o y un Corregidor : pa­pel en quart i l la , dado á luz en Barcelona en la imprenta de Brusi y Ferrer : por comprendido en la regla 7.a del Ind ice expurgatorio.

20. Dos manuscritos intitulados el uno : Cant inela con un F r a y l e y una J ó v e n > y el o t ro : L a confesión de Una N i ñ a casadi ta : por estar sembrados de proposiciones escandalosas , torpes , blasfemas é incitativas á lujuria , y ser Injuriosas á los Ministros del Sacramento de la Penitencia.

30. L a A r c a d i a en B e l é n : comedia famosa a l nacimiento d e l H i j o <£¡ de D i o s \ por contener proposiciones malsonantes , p i a r í t m a u r i u m ofen­sivas , hechos pern ic ios ís imos á las buenas costumbres , mutuas ma ld ic ión nes j por ser su argumento la pintura de una p a s i ó n amorosa , satisfecha por medio de pacto con el demonio , en quien supone facultad de mudar a su arbi t r io la voluntad de los hombres , y por comprendida en las re­glas 6.a y 16.a del Indice expurgatorio.

31. Elementos de Derecho de Gentes , escritos en francés por M r . Lacro ix , traducidos libremente al castellano por D . Beni to R o m e r o : A l i ­c a n t e , imprenta de Manue l Muuoz a ñ o de 1813. por con tener , así la obra como la t r a d u c c i ó n y sus notas , proposiciones malsonantes , sub­versivas del buen o r d e n , falsas, reprobadas é injuriosas al Santo Ofic io ,

N a c i ­miento , por un ingenio de Salamanca : por contener proposiciones e r r ó ­neas 1 p r ó x i m a s á hereg ía , opuestas á la sagrada Escritura y c o m ú n sen­t i r de los Santos Padres ; por sus e q u í v o c o s malsonantes , peligrosos é inductivos al error y a condenado de los Jansenistas, y por comprendido en las reglas 7.a y ió .a del Indice expurgator io .

41. L a Vieja h i p ó c r i t a , saynete nuevo para diez personas : por ser un abuso notable de la sagrada o r a c i ó n del Padre nuestro , t r a y é n d o l a varias veces a d s c u r r i l i a contra la p roh ib ic ión del Santo Conc i l io de Tren to , y por lo mismo comprendida en la regla 16.a del Ind ice e x ­purgator io.

42. E l Cura en e l t r i b u n a l de los sabios : folleto en 4.0 , impreso ea Zaragoza en la oficina de A n d r é s Sebastian a ñ o de 1814 , sin nombre de autor : por contener proposiciones falsas , injuriosas á los Gobernado­res y Prelados eclesiást icos , sediciosas, inductivas á i n s u b o r d i n a c i ó n y sospechosas de error. , 43. L e cousin de M a h o m e t , tomo 1 .0 , en 12.0 impreso en Cons tan -

t inopla a ñ o de 1757. se prohibe este y los demás de que consta la obra por i m p ú d i c a , excitativa á lujuria , y comprendida en la regla 7.a del Ind ice expurgatorio.

44. Afie le et T h é o d o r e 011 le t t res sur V education : un tomo en T2.# ! impreso en Londres en lengua francesa sin nombre de autor \ por c o n -) tener proposiciones malsonantes , capciosas , falsas , i n d u c t i v a R á ^ r e o r ,

! y e>rcitativas de ideas torpes. " 45. Pr inc ipes de po l i t i que aplicables a tous les GouverneMens tepre~

, sentatifs , et pa r t i cu l ie rement a l a C o n s í i t u t ion actuelle de l a T r a n c e , p a r M r . B e n j a m í n Constante Conseiller d ' E t a t . P a r í s 181$. por con-

1 tener m á x i m a s y proposiciones falsas en lo pol í t i co y ó r d e n g e r á r q u i c o , contrarias al espír i tu de la R e l i g i ó n , capciosas, subversivas de la p o t e s ­tad de la Iglesia , a n t i - d o g m á t i c a s , inductivas al cisma y al tolerantismo religioso , y perniciosas al Estado.

46. Cornelie Sedley , ou memoires d ' une jeune venve , t r a d u i t de V 1 anglois , p a r M r . de l a Montagne : en cuatro tomos en 8.° , impresa

en Ginebra a ñ o de 1789. por ser una obra obscena , y contener p r o ­posiciones respectivamente e r r ó n e a s , sapientes hares im , heré t icas , revo-

\ lucionarias , y denigrativas del Santo Oficio y del Estado eclesiást ico secular y regular.

47. Memor i a s p a r a l a h is tor ia de l a revolución E s p a ñ o l a con d o ­cumentos j u s t i f i c a t i v o s , recogidos y compilados po r D . J u a n Ne l l e r to : Pa r í s en la imprenta de M r . Plassan , calle de Vaug i rand , n ú m . 17. a ñ o de 1814. dos vo lúmenes 8.° m a y o r : se prohiben estos y los d e m á s t o ­mos de esta obra que fueren saliendo por estar comprendidas en el ú l ­t imo Ed ic to del Excmo. Sr. Inquis idor general de 22. de Jul io de 1815.

M A N D A D O S E X P U R G A R .

1. E n l a novena á l a g lor iosa v i rgen y m á r t i r Sta . B á r b a r a , d a d A d l u z por un devoto , é impresa en Barce lona po r J o s e f A l t é s , c x -p ú r g u e s e la estrofa 10. de los gozos , folio 59. que empieza : A un d i ~

f u n t o que fiel era ; y acaba á l a p a t r i a mas dichosa : por ser i ndua -t lva á error , y falsa.

2. E n l a H i s t o r i a e c l e s i á s t i c a d e l l i m o . Sr . D . F é l i x A m a t , t o ­mo 6 . ° , l ibro 6 . ° , página 155. l íneas 7. y 8. de la edic ión de M a d r i d a ñ o de 1806. y 1807. se empieza el segundo anatematismo de S. C i r i l o Alejandrino en estos t é rminos : S i alguno confiesa , debiendo d e c i r ; S i alguno no confiesa , conforme á la ed ic ión t a m b i é n de Madr id a ñ o de 1799. pág ina 1^3. l íneas 28. y 29. por haberse omit ido en aquella el no por error de imprenta , y hacer sin dicha negac ión un sentido h e r é t i c o .

3. E n la obra en dos tomos en 4.0 t i tulada E p i d e m i o l o g í a e s p a ñ o l a , 6 h is tor ia c ronológica de las pestes , contagios , epidemias y epizootias que han acaecido en E s p a ñ a desde l a venida de los cartagineses hasta e l a ñ o de J8OI. por el L i c . D . J o a q u í n de V i l l a l b a , b ó r r e n s e en e l folio 15. de la i n t r o d u c c i ó n , l ínea 4. las palabras que p o r solo e l voto hecho d esta V i r g e n ó a l otro Santo cesó esta ó l a o t r a en fe rmedad e p i d é m i c a : por quanto unidas á las antecedentes hacen sentido de que es r idicula esta creencia. E n la página 40. a ñ o de 1342. D . C. , línea de este a ñ o , bó r r e se Y profesa l a re l ig ión mahometana : y en la 6. Siguiendo e l culto de diferentes religiones : por equivocaciones malsonan­tes , é inductivas á error por la poca claridad con que es tán concebidas.

Por tanto queriendo prevenir con oportuno0 remedio el daño que de la lección de dichos libros, tratados y proposiciones se puede seguir á los fieles y á la Religión católica, por estar divulgados y extendidoc en estos Reynos, hemos mandado se prohiban , recojan y expurguen respectivamente , según la calidad que á cada uno de ellos corresponde , para que ninguna persona pueda vender, leer ni retener dichos libro» y papeles impresos ni manuscritos, en qualquiera lengua ó impresión que lo estén, pena de excomunión mayor l a t ae sententiae , y de doscientos ducados para gastos del Santo Oficio , y demás establecidas por de­recho. En su consecuencia , por tenor de la presente exhortamos y requerimos , y siendo necesario en virtud de santa obediencia , so la pena dicha de excomunión mayor y pecuniaria , mandamos que desde el dia en que nuestra carta os fuere leida ó publicada , ó como de ella supiéredes en qualquiera manera hasta los seis primeros siguientes , los quales os damos y asignamos por canónica monición en tres términos, y el ultimo petentorio , traigáis , exhibáis y presentéis ante Nos los dichos libros, tratados y papeles enteramente prohibidos, con lo demás en este Edicto contenido , ó ante los Comisarios del Santo Oficio que residen en los lugares de nuestro distrito , para que nos remitan los que tuviéredes, y manifestéis los que otras personas tuvieren y ocultaren. Y lo contrario haciendo, dichos términos pasados, los que contumaces y rebeldes fuéredes en no hacer y cumplir lo susodicho : Nos desde ahora para entonces , y desde entonces para ahora, ponemos y promulgamos en vos y cada uno de vos la dicha sentencia de excomunión mayor , y os ha­bernos por incursos en las dichas censuras y penas. Y os apercibimos que procederemos contra vos á la execucicn de ella , y como hallemos por derecho. En testimonio de lo qual mandamos dar y dimos esta nuestra carta, firmada de nuestros nombres, sellada con el sello del Santo Oficio , y refrendada de uno de los Secretarios del Secreto de él. Dada en la Inquisición de Valencia á dos dias de Marzo de mil ochocientos diez y siete.

LÍG.do D. Nicolás Rodríguez Laso, Dr. D. Francisco de la Encina,. Dr. D. Miguel Toranzo y Ceballos.

Por mandado del Santo Óficío: T>r, D, Juan Bautista Falcó y Valer9^

Secretario.