NOTA DE PRENSA SOBRE TRABAJADORES/AS DE GRUPO RAGA EN ESTEPONA (MALAGA)

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ESTEPONA UNIÓN LOCAL DE CC.OO. DE ESTEPONA Avda. San Lorenzo, nº 11 29680 Estepona (Málaga) Telf.: 952 80 73 50 Móvil: 638 04 05 13 UNIÓN LOCAL DE CC.OO. de ESTEPONA Avda. San Lorenzo, nº 11 29680 Estepona (Málaga) Telf.: 952 80 73 50 Móvil: 638 04 05 13 ESTEPONA CC.OO. MANIFIESTA QUE LA EMPRESA RAGA S.A. PODRIÁ ESTAR VULNERANDO DERECHOS FUNDAMENTALES Con fecha 8 de octubre de 2012 se ha notificado por la empresa RAGA S.A. la suspensión de determinados Artículos del Convenio Colectivo vigente: Art. 27, (AMPLIACIÓN JORNADA LABORAL) 30 (REDUCCIÓN LICENCIAS Y PERMISOS) , 29 (REDUCCIÓN VACACIONES) ,58.8 (LIMITACIÓN DE DERECHOS SINDICALES) , 35 (MEJORAS DE JUBILACIÓN) y 11.4 (ELIMINACIÓN DE PAGA EXTRA NAVIDAD) , según nos indican en aplicación al Real Decreto-Ley 20/2012 de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad y la Ley 2/2012 de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado. Para CC.OO. dicha legislación es aplicable como indica el Art. 22 de la propia Ley de Presupuestos Generales del Estado y Art. 2 del Real Decreto-Ley 20/2012 sobre gastos del personal al servicio del sector público que está perfectamente definido, quienes conforman el SECTOR PÚBLICO En su Apartado Uno indica: A efectos de lo establecido en el presente artículo, constituyen el sector público: a) La Administración General del Estado, sus Organismos autónomos y Agencias estatales y las Universidades de su competencia. b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, los Organismos de ellas dependientes y las Universidades de su competencia. c) Las Corporaciones locales y Organismos de ellas dependientes. d) Las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social. e) Los órganos constitucionales del Estado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 72.1 de la Constitución. f) Las sociedades mercantiles públicas. g) Las entidades públicas empresariales y el resto y el resto de los organismos públicos y entes del sector público estatal, autonómico y local. Esta legislación no es norma de aplicación para las empresas privadas, ya que son acordadas para el sector público, auque sea contratista de la Administración, pues ni lo impone la Ley ni lo autoriza el Convenio Colectivo, como ha determinado el Tribunal Supremo en relación con el recorte salarial del 5% en 2010 al sector público (Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público). CC.OO. advierte a la empresa que la aplicación de dichas normas a los/as trabajadores/as en la empresa se estarían vulnerando derechos fundamentales y Ley Orgánica de Libertad Sindical. CC.OO. ha solicitado la inmediata anulación de las mencionadas medidas ya que la empresa RAGA S.A. no forma parte del sector público y son legalmente inaplicables. En Estepona a 9 de octubre de 2012

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NOTA DE PRENSA SOBRE SITUACION DE TRABAJADORES/AS DEL GRUPO RAGA EN AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA

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ESTEPONA

UNIÓN LOCAL DE CC.OO.

DE ESTEP ONA

Avda. San Lorenzo, nº 11 29680 Estepona (Málaga) Telf.: 952 80 73 50 Móvil: 638 04 05 13

U N I Ó N L O C A L D E C C . O O . d e E S T E P O N A

Avda. San Lorenzo, nº 11 29680 Estepona (Málaga) Telf.: 952 80 73 50 Móvil: 638 04 05 13 ESTEPONA

CC.OO. MANIFIESTA QUE LA EMPRESA RAGA S.A. PODRIÁ ESTAR VULNERANDO DERECHOS

FUNDAMENTALES Con fecha 8 de octubre de 2012 se ha notificado por la empresa RAGA S.A. la suspensión de determinados Artículos del Convenio Colectivo vigente: Art. 27, (AMPLIACIÓN JORNADA LABORAL) 30 (REDUCCIÓN LICENCIAS Y PERMISOS) , 29 (REDUCCIÓN VACACIONES) ,58.8 (LIMITACIÓN DE DERECHOS SINDICALES) , 35 (MEJORAS DE JUBILACIÓN) y 11.4 (ELIMINACIÓN DE PAGA EXTRA NAVIDAD) , según nos indican en aplicación al Real Decreto-Ley 20/2012 de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad y la Ley 2/2012 de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado. Para CC.OO. dicha legislación es aplicable como indica el Art. 22 de la propia Ley de Presupuestos Generales del Estado y Art. 2 del Real Decreto-Ley 20/2012 sobre gastos del personal al servicio del sector público que está perfectamente definido, quienes conforman el SECTOR PÚBLICO En su Apartado Uno indica: A efectos de lo establecido en el presente artículo, constituyen el sector público:

a) La Administración General del Estado, sus Organismos autónomos y Agencias estatales y las Universidades de su competencia.

b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, los Organismos de ellas dependientes y las Universidades de su competencia.

c) Las Corporaciones locales y Organismos de ellas dependientes. d) Las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social. e) Los órganos constitucionales del Estado, sin perjuicio de lo establecido en

el artículo 72.1 de la Constitución. f) Las sociedades mercantiles públicas. g) Las entidades públicas empresariales y el resto y el resto de los

organismos públicos y entes del sector público estatal, autonómico y local.

Esta legislación no es norma de aplicación para las empresas privadas, ya que son acordadas para el sector público, auque sea contratista de la Administración, pues ni lo impone la Ley ni lo autoriza el Convenio Colectivo, como ha determinado el Tribunal Supremo en relación con el recorte salarial del 5% en 2010 al sector público (Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público). CC.OO. advierte a la empresa que la aplicación de dichas normas a los/as trabajadores/as en la empresa se estarían vulnerando derechos fundamentales y Ley Orgánica de Libertad Sindical. CC.OO. ha solicitado la inmediata anulación de las mencionadas medidas ya que la empresa RAGA S.A. no forma parte del sector público y son legalmente inaplicables.

En Estepona a 9 de octubre de 2012