NOTAS DE CRÉDITO

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1. NOTAS DE CRÉDITO Que es una nota de credito? Antes de esbozar cualquier definición, es preciso aclarar que este artículo hará referencia a la nota de credito tributaria o contable y no así a la de carácter bancario, generalmente conocida como “nota de cargo”. Siempre ligada a la nota de débito en términos conceptuales, la NC es un comprobante de uso cotidiano especialmente utilizado para salvar el cobro ‘de más’ de un determinado gasto, para concretar la anulación total de una exigencia de pago o para asignar un descuento en una compra específica. Este documento, inmerso en el quehacer diario de la comunidad socio-económica de los diferentes países, será igualmente válido para los contribuyentes del Régimen General como para aquellos incluidos en el Régimen Especial. Como se confecciona? La nota de credito es el documento administrativo más utilizado para asentar sobre el papel los movimientos que se ejecutan sobre una transacción anterior, que, por lo general, fue registrada en una factura perteneciente a una caja ya cerrada. Fundamentalmente se utiliza para remendar errores de facturación, otorgar beneficios no contemplados de antemano o reflejar la concesión de un reintegro ante la devolución de una determinada mercadería por parte del cliente. A pesar de su uso extendido – y obligatorio en ciertas circunstancias – surgen muchas dudas en relación a su

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1. NOTAS DE CRÉDITOQue es una nota de credito?Antes de esbozar cualquier definición, es preciso aclarar que este artículo hará referencia a la nota de credito tributaria o contable y no así a la de carácter bancario, generalmente conocida como “nota de cargo”.

Siempre ligada a la nota de débito en términos conceptuales, la NC es un comprobante de uso cotidiano especialmente utilizado para salvar el cobro ‘de más’ de un determinado gasto, para concretar la anulación total de una exigencia de pago o para asignar un descuento en una compra específica.

Este documento, inmerso en el quehacer diario de la comunidad socio-económica de los diferentes países, será igualmente válido para los contribuyentes del Régimen General como para aquellos incluidos en el Régimen Especial.

Como se confecciona?La nota de credito es el documento administrativo más utilizado para asentar sobre el papel los movimientos que se ejecutan sobre una transacción anterior, que, por lo general, fue registrada en una factura perteneciente a una caja ya cerrada.

Fundamentalmente se utiliza para remendar errores de facturación, otorgar beneficios no contemplados de antemano o reflejar la concesión de un reintegro ante la devolución de una determinada mercadería por parte del cliente.A pesar de su uso extendido – y obligatorio en ciertas circunstancias – surgen muchas dudas en relación a su expedición, las cuales podrán ser evacuadas a través de este artículo.

Casos en los que se utilizaAunque sus motivos pueden ser varios y variados, y cada ocasión es particular, en las ciencias económicas se tienden a agrupar los casos en los que se recurre a la NC en cinco oportunidades diferentes, contribuyendo con su expresión y estudio. Detallemos estas clasificaciones.- Descuentos

La NC tiene su esencia contable y tributaria. Algunas empresas suelen descontar porcentajes a sus

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mejores clientes, o a quienes compran por grandes volúmenes. Sin embargo, por cuestiones propias de la administración, y dependiendo las formas de asentamiento en los libros contables, es común que la clientela perciba el beneficio posteriormente y a través de una NC.Diferentes tiposDe acuerdo a su definición más amplia, la nota de credito es un documento a través del cual se informa la disminución de un determinado valor numérico.Sin embargo, la utilización de este recurso en distintos ámbitos ha dado lugar a confusiones y dudas que este artículo pretende despejar.

La NC comercialEn el área de los negocios y las empresas, la N/C es un elemento sumamente utilizado, no sólo como documento capaz de garantizar trasparencia en el manejo interno de la compañía sino para respaldar ante la ley una parte de las operaciones comerciales que se realizan.

4 motivos por los que se recibe una nota de credito bancariaUna nota de credito es un documento que expresa un saldo a nuestro favor; sus causas son variadas, y por lo general se manifiestan en los movimientos de las cuentas corrientes. ¿Cuáles son las ocasiones más frecuentes en las que nos otorga?1 – Devoluciones por errores contablesUn asunto muy común por el cual podemos recibir una NC son los errores en la contabilidad. En ocasiones se trata de cálculos mal hechos o escritos incorrectamente, y en otras, de conceptos equivocados. Por ejemplo, puede que al realizar una compra grande, quien nos vendió haya incluido mal el precio de un producto, y por los plazos acordados, nosotros ya lo hayamos pagado. Si la adquisición es esporádica (es decir, no se trata de un proveedor frecuente), la devolución probablemente se realice con una NC bancaria. También puede darse que recibamos un depósito por cuestiones no comerciales en nuestra cuenta, y un controlador impositivo nos descuente un porcentaje; al demostrar que el concepto de la retención fue equivocado, nos devolverán el monto con este documento y a través del banco.

La nota de credito hipotecariaCon la idea de introducir un conjunto de reformas tendientes a la creación de un nuevo modo de financiamiento para la adquisición de viviendas, Uruguay dispuso la sanción de una ley que creó la nota de crédito hipotecaria.

Antes de contar con la anuencia del Poder Legislativo local para la cristalización de la iniciativa, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente uruguayo le encargó a la Agencia Nacional de la Vivienda del mismo país la elaboración de un proyecto de ley capaz que cumplir con ese anhelo.

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Así, luego de una ardua tarea, la iniciativa que postuló la creación de la NC hipotecaria fue aprobada por el Parlamento el 8 de septiembre de 2009, fecha desde la que reviste carácter de normativa.

Su uso en la conciliación bancariaA los efectos de registrar cada uno de los movimientos realizados en su cuenta bancaria, las empresas poseen un libro auxiliar, donde asientan el giro y la anulación de cheques y consignaciones y la expedición de notas de credito y de débito.

A su vez, la entidad financiera que alberga las cuentas de las empresas apunta las acciones efectuadas por los clientes, a quienes, en forma regular, les envía un extracto o síntesis de la actividad que hubo y el saldo que tienen al último día del mes en curso.

Por lo general, lo que las compañías suponen que poseen no coincide con lo que marca el resumen del banco, situación que amerita un cotejo pormenorizado entre éste y los datos incluidos en los libros auxiliares de la empresa.

Este proceso de confrontación de movimientos y valores que llevan a cabo las dos caras de la misma moneda recibe el nombre de “conciliación bancaria”.

Documentos comercialesLos documentos comerciales como la nota de crédito son comprobantes extendidos por una empresa o negocio para certificar las operaciones que se concretan en el ámbito de las transacciones.

Su importancia radica en la necesidad de controlar todas las acciones que se llevan adelante en una compañía: precisando el vínculo jurídico entre las partes que intervienen en un determinado intercambio, los documentos comerciales son pruebas fieles de que la empresa se adecua a las disposiciones de la ley y de que sus procesos cumplen con los usos y costumbres generalizados en la sociedad que la contiene.

Sin embargo, la existencia de los documentos comerciales también constituye un elemento central para la comprobación de los asientos de contabilidad, hecho que ha obligado a su conservación por 10 años registrados a partir de la fecha de emisión; recién luego de ese período, se pueden desechar.

Preguntas frecuentes sobre este documento1 – ¿Para qué sirve una nota de crédito?Es un documento comercial, complementario a la factura, que se utiliza con el objeto de reducir el monto fijado en un recibo emitido con anterioridad.

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2- ¿Quiénes deben expedir una NC?La tarea está a cargo de los vendedores o prestadores de servicios, quienes dispondrán de este documento ante la necesidad de disminuir un valor por una circunstancia dada.

3 – ¿Ante qué eventualidades se debe emitir?La disminución en el valor de una factura puede ser necesaria por diferentes motivos: que existan diferencias entre el precio real y el monto cobrado, que se deseen otorgar descuentos o bonificaciones luego de haber confeccionado el ticket o que el comercio o empresa precise restituir una determinada suma a un cliente que le devolvió una mercadería (cualquiera fuera la causa).

2. LETRA DE CAMBIOLa letra de cambio es un documento que substituye al dinero, originalmente fue creado en la época de los fenicios, y tenía la función de substituir la mercancía usada para el trueque o substituir el dinero.

Hace alusión directa del crédito (credibilidad de la persona), y de esta forma un individuo podía adquirir artículos, materias primas, mercancías o cualquier cosa, comprometiéndose a pagar en un plazo específico o cuando le hagan un cobro.Enfoca una confianza en una persona (física o moral) para realizar negocios; la letra de cambio pertenece a los títulos de crédito.

Hoy en día, una letra de cambio es un documento con el que se puede obligar a una persona a pagar una cierta cantidad de dinero a otra o a una tercera persona. Es uno de los documentos o títulos de crédito más utilizados en las transacciones privadas y generalmente no es susceptible de que le recaigan impuestos. El uso privado de este documento puede abarcar negocios entre particulares (personas físicas), o entre empresas (personas morales), o en trámites gubernamentales con personas físicas o morales indistintamente o entre instituciones.

Para qué sirve la letra de cambioLa letra de cambio, sirve para  transferir dinero de una persona en particular o una persona física a otra persona distinta sin que exista intervención del estado o institución bancaria.

La transacción por medio de letra de cambio es meramente civil, y como se dijo arriba, la intervención de la autoridad solo se realiza en caso de incumplimiento.Es un método de pago o promesa de pago, que pertenece a los títulos de crédito, y por su naturaleza refleja la confianza que se tiene para recibir un pago en un tiempo futuro.

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La letra de cambio evita manejar grandes montos y pagarlos a futuro.

En la letra de cambio, se puede especificar el monto a pagar y la fecha para realizar el pago correspondiente.

Existen variantes en las letras de cambio como son: letra de cambio a plazo fijo, letra de cambio a cobro específico y letra de cambio pagadera en mercancía o en especie que deberá ser pagada al momento de presentarse el cobro correspondiente.

Las letras de cambio suelen ser sin intereses, pero hay casos en los que se establecen dichos intereses.

Por lo general son letras únicas, pero existe la posibilidad de que sean parte de una serie de letras.

La letra de cambio sirve para: Pagar por medio de una tercera persona

ajena al negocio Para realizar cobros económicos Para realizar pagos sin contar con

efectivo.

Puede tener fecha límite, aunque existen muchas variantes en este sentido. Puede endosarse para que la deuda se transfiera a otra persona.

De la letra de cambio se han derivado algunas variedades de títulos de crédito como lo son: El pagaré El cheque y El billete

Que a pesar de su similitud tienen ciertas características particulares que las distinguen del resto y les dan funciones específicas e intransferibles.

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Características de la letra de cambioLa letra de cambio es un documento muy difundido y es utilizado para transferir la propiedad de cosas, artículos y servicios en términos particulares; en muchas ocasiones se encuentra avalado con un contrato y de no ser así con dos avales es suficiente.

Las características de la letra de cambio  son entre otras:a)     Ser un documento al alcance de todos,b)    Su valor causa obligaciónc)     Forma un compromisod)    Puede formar historial crediticio

Personas que intervienen en la letra de cambio:El girador, o sea la persona que suscribe el documento El girado o pagador, que es la persona a cuyo cargo se extiende el

documento; esto es, la que debe pagarlo. El beneficiario o tomador, que es la persona a cuyo favor se extiende el

documento, es decir, la que debe cobrarlo.

También en la práctica suelen llamarse a las tres personas con otros nombres que son: Girador: librador, suscriptor. Beneficiario: tenedor, portador, cobrador. Girado: librado, pagador.

Datos que debe contener:1. Lugar y fecha en que se expide.2. Plazo en que debe pagarse.3. Orden incondicional al girado para efectuar el pago.4. Mención de ser letra de cambio, escrita en el texto del documento.5. Lugar donde debe cubrirse el documento.6. Nombre del beneficiario a cuya orden debe hacerse el pago.7. Cantidad que debe cubrirse, en número y letra.8. Concepto por el cual se extiende el documento (valor recibido, valor en

cuenta, etc.)9. Firma del girador.10.Nombre y dirección del girado o pagador.

Épocas de pago. Se entiende como época de pago a la fecha en que se debe realizar este:1. A la vista.  Significa que el pagador debe cubrir el importe de la letra de

cambio en cuanto le sea presentada por el tenedor o beneficiario de la misma. La presentación puede hacerse en cualquier día dentro de los seis meses que sigan a la fecha de expedición, salvo acuerdo especial en contrario, que debe anotarse en el documento.

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2. A cierto tiempo vista. Significa que la letradebe pagarse tantos días después de que ha sido presentada por el tenedor, y aceptada por el girado o pagador.

3. A cierto tiempo fecha. Significa que el documento debe pagarse tantos días después de la expedición, a contratar de la fecha en que se extendió el documento.

4. A días o plazo fijo. Significa  que la letra debe pagarse precisamente en el día que en la misma se indica. En estos casos, la expresión a tantos días vista se constituye por la de “el 1º de octubre del año en curso” por ejemplo.

Cuando se omite la época de pago se presume que es a la vista.Conceptos por los que se expide. El “concepto”, en la letra de cambio, es la explicación por la que se extiende el documento.

Los más usados son los siguientes: Valor recibido en efectivo. Significa que el girador recibió del beneficiario el

importe de la letra de cambio en efectivo y a entera satisfacción. Valor en mercancías. Significa que el girador recibió del beneficiario

mercancías por cuyo importe extiende la letra. Valor en cuenta. Indica que el girado abrió crédito al girador por cuyo

motivo extiende letras de cambio. Esto da motivo, en contabilidad, al estudio de las cuentas corrientes.

Valor entendido. Significa que entre el girador y el girado existe un convenio especial.

Cómo se llena la letra de cambioPara llenar una letra de cambio, solo hay que llenar los campos o líneas en la forma correspondiente.

Por lo general cuentan con la siguiente conformación e información1. Número de la letra de cambio este puede ser “UNICO” si se trata de una sola

letra, pero en el caso de ser más, se suelen colocar cardinales escritos (PRIMERA, SEGUNDA, TERCERA, etc.,).

2. El segundo dato es el valor de la letra de cambio, (en caso de ser varias letras, se divide el valor entre todas para poner la cantidad a excepción de que sean pagos de diferentes denominaciones o que varíen por fecha o mes).

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Uso cotidiano de las letras de cambio3. El tercer dato es la fecha de elaboración del documento, que debe escribir

en el campo correspondiente.4. Lugar en el que se suscribe el documento5. En algunos formatos de letras de cambio, se deja un campo para escribir el

número de la colección o conjunto de letras de cambio, (suele escribirse el total en letra o único en caso de ser solo uno)

6. Nombre del   beneficiario, (persona a la que se le debe pagar el documento).7. El monto escrito en letras (este debe coincidir con el primer monto y en caso

de controversia o reclamo, es la cifra valida).8. Nombre del deudor, junto con la dirección, población, número telefónico etc.9. Firma del deudor aceptando la deuda adquirida.10.En la parte posterior se escriben los nombres de los avales y sus datos junto

con su firma.11.En caso de traspaso de propiedad, se escriben los datos del nuevo

propietario y la fecha correspondiente12.Si existen pagos parciales, en la parte del reverso se escriben los abonos

realizados.

guia para llenar una letra de cambio

3. NOTA DE REMISIÓNLa Nota de Remisión es aquel documento que se utiliza casi excluyentemente a instancias de un contexto mercantil para acreditar o dejar constancia de la entrega de un pedido. El mismo para que tenga efecto y validez deberá ser sí o sí firmado por el receptor de la mercancía hecho que dará constancia que la mercadería ha sido recibida correctamente y de acuerdo a las condiciones convenidas.

En tanto, dentro de lo que se conoce como compra venta, que puede responder a cualquier índole, libros, muebles, etc., la nota de remisión servirá como prueba documental que la entrega de bienes se hizo conforme.

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De lo mencionado se desprende entonces que a la Nota de Remisión se le encuentran dos objetivos diferentes, al comprador le servirá para comparar con el pedido que haya realizado, a efectos de constatar si se trata de la mercadería solicitada y para controlar posteriormente si la misma corresponde a lo que se factura.

Y para el vendedor, porque al recibir el duplicado de la nota de remisión, oportunamente firmada por el comprador, tendrá una constancia no solamente de haber entregado la mercadería y así poder facturarla, sino que además que la misma fue aceptada conforme.La nota de remisión deberá expedirse como mínimo por duplicado y deberá contener la lista de mercadería o de elementos suministrados. Lo más frecuente es que la misma se extienda por triplicado, el original para el comprador, la copia para el vendedor y la tercera para quien transporta la mercadería a efectos que le sirva como constancia de la operación que se llevó a cabo en caso de haber reclamos de parte de algunas de las dos partes, comprador o vendedor.

Las notas de remisión no son incluidas en los libros de contabilidad dado que las mismas generalmente se emiten sin valores, hecho por el cual no tienen un valor tributario, principal diferencia que guardan con respecto a las facturas y que nos permitirá diferenciar entre una y otra. Es más bien una especie de documento interno de las empresas que cumple una función de verificación.

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Si bien la denominación nota de remisión se encuentra muy extendida en la mayoría de los países hispanoparlantes como ser México, Colombia, Paraguay, Bolivia, también a la misma se la conoce con otras denominaciones en América Latina, por ejemplo en Argentina se la llama remito, en Chile guía de despacho, en Costa Rica y Guatemala nota de entrega, en Perú y Ecuador guía de remisión y en República Dominicana conduce.

4. NOTAS DE ABONOLas notas de abono se crean «partiendo de cero» o a partir de una factura contabilizada.Tenga en cuenta que, cuando contabiliza una nota de crédito, no se compensará automáticamente contra la factura.

Cómo compensar una nota de crédito contra una factura1. Haga clic en «Factura» > «Clientes» > «"Lista de clientes"».2. Haga clic en el icono «Asientos abiertos» situado a la derecha.3. Haga clic en el icono «Coincidencia» situado a la derecha de la nota de crédito para abrir una lista de facturas abiertas.4. Haga clic en la factura para compensar contra la misma la nota de crédito.Tenga en cuenta que también se puede seleccionar primero la factura y después compensar la nota de crédito.

Notas de abono creadas partiendo de ceroPara crear una nota de crédito partiendo de cero, cree una factura e introduzca un importe negativo en el campo Cantidad. Así, la factura se convertirá en una nota de abono.

Notas de abono creadas a partir de una factura contabilizadaPara crear una nota de crédito a partir de una factura contabilizada:1. Haga clic en «Factura» > «Archivo».2. En la lista desplegable «Tipo», seleccione «Factura / Nota de crédito».3. Edite los campos. Información.Tenga en cuenta que no todos los campos son obligatorios.4. Haga clic en «Aceptar».5. Cuando haya encontrado la factura, haga clic en el icono «Copiar y girar» situado a la derecha. Haga clic en «Mostrar factura» para comprobar que la factura se ha convertido en una nota de abono y que el importe es negativo.

¡Comparta lo que sabe!Creemos que usted, estimado cliente, puede proporcionar buenos consejos y trucos sobre el programa a los demás usuarios. Consejos y trucos en los que en el servicio técnico ni siquiera hemos pensado.

A continuación puede encontrar nuestra sección de debate (Discussion) y nos alegra decir que algunos de nuestros clientes ya la han utilizado.

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Si tiene idea de un par de trucos, no dude en compartir lo que sabe con el servicio técnico y con nada menos que con el resto de nuestros clientes.

Sin embargo, en caso de que tenga una pregunta más específica, le rogamos que envíe un correo electrónico a: [email protected].

5. BOLETAS DE PAGO Y VENTA¿Qué tipos de Comprobante de Pago existen?Existen distintos tipos de comprobantes de pago, dependiendo de la actividad u operación que usted realice. A continuación veamos algunos de estos tipos:

a) FACTURAEs el comprobante de pago que se emite en las operaciones entre empresas o personas que necesitan acreditar costo o gasto para efecto tributario, sustentar el pago del IGV por la operación efectuada y poder ejercer, de esta manera, el derecho al crédito fiscal. Por ejemplo, cuando una empresa compra papel y tóner

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para sus impresoras debe exigir que le otorguen una factura.  

b) BOLETA DE VENTAEs un comprobante de pago que se emite en operaciones con consumidores o usuarios finales. No permite ejercer el derecho al crédito fiscal, ni sustentar gasto o costo para efecto tributario.

Por ejemplo: Si usted compra los víveres para la semana en una tienda de abarrotes, debe exigir que le otorguen una boleta de venta. Lo mismo si acude a una peluquería o salón de belleza, o va a comer a un restaurante o compra un

libro.

Cuando el importe de la venta efectuada o del servicio prestado supere los setecientos nuevos soles (S/. 700.00) por operación será necesario consignar en la boleta de venta los datos de identificación del adquirente o usuario: apellidos y nombres completos, y el número de su documento de identidad. 

c) TICKET O CINTA EMITIDO POR MAQUINA REGISTRADORAEste comprobante de pago puede ser emitido únicamente en moneda nacional. 

Cuando es emitido en operaciones con consumidores o usuarios finales, no

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permite ejercer el derecho a crédito fiscal, crédito deducible ni sustentar gasto o costo para efecto tributario.

Cuando el comprador requiera sustentar crédito fiscal, costo o gasto para efecto tributario o crédito deducible deberá: identificar al adquiriente o usuario con su número de RUC, consignar los apellidos y nombres o denominación o razón social, discriminando el monto del tributo que grava la operación.

Los tickets pueden también ser emitidos a través de sistemas informáticos, siempre que el emisor haya obtenido la autorización de uso correspondiente a través del Formulario N° 845. Tal es el caso de supermercados, tiendas por departamento, farmacias, estaciones de combustible, restaurantes, entre otros tipos de negocios que emplean sistemas autorizados. Estos tickets deben cumplir los mismos requisitos que los tickets emitidos por máquinas registradoras.   

d) RECIBO POR HONORARIOSEs el comprobante de pago que emiten las personas naturales que se dedican en forma individual al ejercicio de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio. Por ejemplo: médicos, abogados, gasfiteros, artistas, albañiles, entre otros. 

Pueden ser utilizados a fin de sustentar gasto o costo para efecto tributario y para sustentar crédito deducible.

e) LIQUIDACIÓN DE COMPRAEste comprobante de pago es emitido por todos aquellos que realizan adquisiciones a personas naturales productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal, extracción de madera, de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía y desperdicios y desechos metálicos y no metálicos, desechos de papel y desperdicios de caucho que no cuentan con número de RUC. Tal es el caso de las personas o empresas que realizan compras a pequeños mineros, artesanos o agricultores los que, por encontrarse en lugares muy alejados a los centros urbanos, se ven imposibilitados de obtener su número de RUC y así poder emitir sus comprobantes de pago. 

Las Liquidaciones de Compra solo pueden ser emitidas por los contribuyentes del Régimen General y del Régimen Especial del Impuesto a la Renta.

Asimismo, existen otros DOCUMENTOS AUTORIZADOS que son considerados COMPROBANTES DE PAGO, entre los cuales tenemos a:

Boletos que emiten las compañías de aviación comercial por el servicio de transporte aéreo de pasajeros

Carta de porte aéreo por el servicio de transporte de carga aérea Recibos por el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles que generen rentas

de primera categoría Documentos emitidos por los bancos, por las entidades financieras y de seguros,

así como por las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos

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del público, que se encuentren bajo el control de la Superintendencia de Banca y Seguros

Recibos por servicios públicos de suministro de energía eléctrica, agua, teléfono, télex y telegráficos y otros servicios complementarios que se incluyan en el recibo de servicio público

Boletos emitidos por las empresas de transporte público urbano de pasajeros Boletos de viaje emitidos por las empresas de transporte público nacional de

pasajeros dentro del país Documentos emitidos por la Iglesia Católica por el arrendamiento de sus bienes

inmuebles Boletos numerados o entradas por atracciones y espectáculos públicos Conocimiento de embarque por el servicio de transporte de carga marítima Pólizas de Adjudicación emitidas con ocasión del remate o adjudicación de bienes

por venta forzada, por los martilleros o las entidades que rematen o subasten bienes por cuenta de terceros

Documentos que emitan los concesionarios del servicio de revisiones técnicas vehiculares, por la prestación de dicho servicio

Boletos emitidos por servicio de transporte ferroviario público de pasajeros

6. PAGARÉSUn pagaré es un documento que contiene la promesa incondicional de una persona (denominada suscriptora), de que pagará a una segunda persona (llamada beneficiaria o tenedora), una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaración de obligaciones: "debo y pagaré".

Antecedentes El pagaré aparece como una forma exclusiva del contrato de cambio que se contiene en la cambial y como medio de eludir la prohibición de estipular, que la Iglesia repudiaba. Como originalmente el título de cambio era expresión del contrato de cambio trayectorio y el derecho canónico prohíbe del pacto de intereses, se ideo la emisión de un título análogo al cambiario en el cual la obligación de pagar los intereses se ocultara bajo la apariencia de una deuda comercial o un préstamo, sin que, de otro lado, tuviese que emitirse el título para pagar en una plaza diferente a la orden de tercera persona.

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RequisitosAl ser un instrumento de pago formal, el pagaré debe poseer ciertos requisitos llamados de validez a la persona debida.

Mención de ser pagaréSe debe indicar que el instrumento es un "pagaré" -o de otra forma- deberá contener este término dentro del texto del documento, siendo expresado en el idioma que se firme el convenio de pago. Al ser impreso el documento, el título del pagaré debe ser escrito totalmente en el mismo idioma del país donde se suscribe. Este requisito es imprescindible.

Promesa incondicional de pagoEl pagaré, a diferencia de la letra de cambio, posee una promesa incondicional de pagar una suma de dinero y sus respectivos intereses en moneda nacional o su equivalente internacional. La suma se debe expresar en número(s) y en letras, como también el tipo de moneda en que se efectuará el pago. Si se paga en moneda extranjera, se debe indicar el tipo de cambio o equivalencia entre las monedas, que deberá tenerse en cuenta a su vencimiento. Este requisito es lo que lo distingue de los otros títulos de crédito.

Nombre del beneficiarioEs imprescindible identificar a la persona a quien debe hacerse efectivo el pagaré. Puede ser a favor de una persona natural o persona jurídica. En este último caso se trataría de una denominada "razón social" o sociedad comercial.

Fecha y lugar del pagoLa fecha de vencimiento corresponde al día en que el título deberá ser pagado. El vencimiento debe ser una fecha posterior a la fecha en que se suscribe. El pagaré debe indicar el lugar en que se debe presentar el documento para su propio pago.

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Fecha y lugar en que se suscribeEl pagaré debe contener la fecha en que ha sido creado. Es imprescindible para su relación con la fecha de vencimiento (determinando del plazo); y además para respetar los tiempos en que corresponde aplicar (cuando la ley lo disponga) el sellado o timbrado correspondiente;Firma del suscriptorNo se exige el nombre del suscriptor, sino solamente su firma, y no admite otro medio para sustituirla, sino la firma de otra persona, que suscriba a ruego o en nombre del girador. No se admitirá el uso de marcas o huellas digitales. La firma es indispensable y lógicamente torna nulo al título su falta, ha de considerarse que no podrá ser suplantada por la impresión digital.

TransmisibilidadEl pagaré será transmisible por endoso, que será total, puro y simple, es decir, no será transmisible el endoso por una parte del pagaré ni aquel que incluya condiciones.

Aval En virtud del aval se garantiza en todo o en parte el pago del pagaré. La persona que se obliga a garantizar el pago se llama avalista; aquella por quien se presta el aval recibirá el nombre de avalado (suscriptor).

El avalista se convierte en deudor solidario junto con el avalado (suscriptor) y su obligación es válida, aun cuando la obligación garantizada sea nula.

El pagoEl pago debe hacerse contra la entrega del pagaré. El pagaré es independiente del acto de comercio de que deriva, basta su presentación para exigir su pago, incluso en el caso de que se haya efectuado ya el pago correspondiente pero no se hubiera recogido el pagaré; En este caso, la persona que tratara de hacer el cobro del pagaré dos veces estaría incurriendo en delito penal, pero habría que poder demostrarlo ante las autoridades judiciales de lo penal que tuvieran competencia, independientemente de lo cual el tenedor del pagaré podrá procurar su cobro por la vía mercantil.

Si el pagaré vence a la vista, deberá presentarse para su pago dentro de un término de seis meses a contar de la fecha de suscripción.

Pago parcialEl tomador está obligado a recibir un pago parcial del pagaré; pero retendrá el documento en su poder mientras no se le cubra íntegramente, anotará en el cuerpo del mismo los pagos parciales que reciba, y extenderá recibo por separado en cada caso. Conservando los derechos contra los demás obligados.

ProtestoEl protesto es un acto de naturaleza formal, que demuestra de manera auténtica, que el pagaré fue presentado oportunamente para su cobro.

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Se practica el protesto por medio de un funcionario que tenga fe pública y se levantará la correspondiente acta de protesto contra el suscriptor o sus avalistas.La sanción por la falta de protesto es la pérdida de la acción cambiaria de regreso. El protesto tiene que cumplir obligatoriamente con las acciones para que no vuelvan a cambiar de regreso.

La acción cambiariaEs la acción ejecutiva derivada del pagaré. La acción cambiaria es directa o de regreso. Será directa cuando su fundamento sea una obligación cambiaria directa y de regreso cuando sirva para exigir una obligación cambiaria de regreso. Consecuentemente será directa contra el suscriptor y sus avalistas y de regreso, contra todos los demás obligados del documento.

Prescripción: la acción cambiaria directa prescribe en Colombia y en España a los tres años contados desde la fecha de vencimiento. La acción cambiaria de regreso prescribe en tres meses de la fecha de protesto. Aunque existen otras causas que ocasionan la caducidad de la acción cambiaria de regreso, como la falta de protesto.

Contenido de la acción cambiaria: el tomador puede reclamar: El importe del pagaré; los intereses moratorios al tipo legal, desde el día del vencimiento; los gastos de protesto y de los demás gastos legítimos y; el premio de cambio entre la plaza en que debería haberse pagado el documento y la plaza en que se lo haga efectivo, más los gastos de situación.

Ejercicio de la acción cambiaria: el tomador del pagaré puede exigir el pago de cualquiera de los obligados o de todos a la vez.

Principales diferencias entre la letra de cambio y el pagaréLas diferencias principales entre los documentos pueden concretarse a los elementos personales y al contenido básico de cada uno de los títulos.

Elementos personales: en la letra de cambio los elementos personales son el girador o librador, el girado o librado y el tomador o beneficiario; en el pagaré son dos: el suscriptor y el tomador o tenedor. El suscriptor equivale al aceptante en una letra de cambio.

Contenido: la letra de cambio es concretamente una orden de pago, mientras que el pagaré es una promesa de pago.

Empresas de descuento de pagarés: Además de los bancos, existen empresas especializadas en descuento de pagarés que ofrecen este servicio a empresas y autónomos que requieren anticipar el cobro para financiar su circulante. La operativa es más sencilla y rápida que la de la banca clásica.

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El descuento de pagarés es un servicio financiero que, al igual que otros servicios crediticios, están regulados por el Banco de España, pudiendo prestarse por Entidades de Crédito, Establecimiento Financiero de Crédito o Sociedades de Intermediación Financiera.

7. VALESUn vale es un documento comercial, para pagar un producto, ya sea bien o servicio. Puede representar el pago total o parcial (descuento inmediato en el momento de la compra por la cantidad que aparece en el vale). Lo más habitual es que los establecimientos comerciales proporcionen vales a sus clientes para fidelizarlos.

También sirve para darse a conocer a clientes nuevos, ofreciéndoles un artículo más barato o gratuito. En otros casos forma parte del proceso de devolución, el comercio extiende un vale que permite cambiar un producto adquirido por otro en un tiempo futuro.

Por último, el vocablo vale se utiliza para movimientos internos de una oficina o empresa. Cuando un empleado toma dinero para comprar algún material o artículos que no haya en existencia en la empresa, o porque desea un adelanto sobre su salario, se llena un «vale de caja». Este vale contiene:

Fecha Cantidad (en número y letra) Especificación clara sobre el concepto Rúbrica de autorización Firma de la persona que recibe el dinero

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El vale como herramienta de promociónEl vale es una oferta de reducción del precio final del artículo que puede estar patrocinado por el fabricante o por el minorista.

Vale del fabricanteEs un medio de promoción muy apropiado para introducir nuevos productos en el mercado. Los consumidores están más dispuestos a probar una novedad si el precio que deben pagar es menor que el recomendado. En este tipo de promoción se implican también las tiendas ya que admiten el descuento propuesto por el fabricante cuando un cliente redime un vale. A lo largo de la campaña de promoción, la tienda va recuperando ese dinero más una gratificación por su colaboración.

Vale del distribuidorEs un medio de promoción que beneficia a compradores que ya consumían el producto. El minorista los emite para mantener a esos clientes y conseguir que aumente o el gasto por compra o el gasto por cliente (incrementando el número de veces que acude al establecimiento).

Estos vales pueden estar formulados de diversas formas: 15 % descuento en la compra de XXX cantidad del artículo YYY hasta el día

ZZZ. 20 % de descuento en XXX, si compra 2 ó más unidades hasta el día ZZZ. 9,99 € de descuento en la compra de XXX hasta el día ZZZ.Vale de despensaEs una prestación dada a los trabajadores por parte de la empresa que son intercambiables en tiendas de autoservicio por bienes de consumo.

8. RECIBOS

Un recibo o constancia de pago es una constancia que sirve para certificar que se ha pagado por un servicio o producto. Hay de diversos tipos según el formato, si queda registrado, y otras características. Los recibos por lo general, se extienden por duplicado. El original se entrega a quien hizo el pago y el duplicado queda en poder de quien lo recibe. Un recibo puede ser de muchas maneras diferente como por ejemplo: una persona o empresa, y el detalle de facturas o servicios que se pagan con este cheque emitido, quien lo opera, quien lo revisa, quien lo recibe conforme a lo descrito, fecha de recibido, descripción de las facturas (números que se pagan), los precios totales, los descuentos y los impuestos. Es utilizado para dejar constancia por parte de una empresa de que fue lo que se pago o realizó con la emisión de mencionado cheque que consta en la copia voucher. Se refiere a voucher cuando tiene copias al carbón, como el caso de los vouchers de las tarjetas de crédito que tiene varias copias según el uso de los interesados. Además sirve para sacar cuentas de cuánto dinero se ha gastado.

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9. FACTURA

Una factura es un documento que diligenciado debidamente goza de valor

probatorio y constituye título valor para su emisor o poseedor en caso de endoso.

Una factura es un documento que refleja, que hace constar la adquisición y

entrega de un bien o servicio, en el cual se específica la fecha de la operación, el

nombre de la partes que intervinieron en el negocio, la descripción del producto o

servicio objeto del negocio, el valor del negocio, la forma de pago entre otros

conceptos.

Sobre la factura dice el artículo 773 del código de comercio colombiano:

Factura es un título valor que el vendedor o prestador del servicio podrá librar y

entregar o remitir al comprador o beneficiario del servicio.

Vemos que el código de comercio nuestro define la factura como un título valor,

título valor que legitima el valor derecho literal  y autónomo en el contenido, de

modo que en caso de que el beneficiario de dicho título valor [factura] no reciba a

satisfacción lo allí contenido puede exigirlo judicialmente por cuanto el documento

respectivo presta mérito ejecutivo.

Se debe aclarar eso sí, que la factura para que tenga la naturaleza de título valor

debe cumplir con todos los requisitos que el código de comercio considera para

ello.

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Igualmente la factura debe cumplir determinados requisitos para que tengan valor

desde el punto de vista tributario, requisitos que están contemplados en el artículo

617 del estatuto tributario.

10. CHEQUESEn el francés es donde podemos encontrar el origen etimológico del término cheque. Más exactamente el mismo se halla en la palabra eschec que puede definirse como “jaque” y que se empleaba en el ajedrez para manifestar que un jugador había realizado una jugada que ponía en serio peligro a la figura del rey. Una palabra aquella que posteriormente daría lugar a otro término inglés: check.

Un cheque es una orden de pago puesta por escrito que permite a la persona que lo recibe cobrar una cierta cantidad de dinero que está estipulada en el documento y que debe estar disponible en la cuenta bancaria de quien lo expide.

Es importante resaltar el hecho de que en sus orígenes los cheques fueron utilizados como una medida para evitar fraudes en los bancos gracias a que en los mismos se guardaban las firmas de quienes realizaban los distintos depósitos y estas se cotejaban cuando alguien iba a efectuar el cobro de uno de esos cheques.

El cheque, por lo tanto, es un título a través del cual se autoriza a un individuo a realizar una extracción de dinero de una cuenta, sin necesidad de que este sujeto sea el titular de dicha cuenta. Por tal motivo, el cheque se utiliza como medio de pago, reemplazando al dinero en efectivo.

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Por ejemplo: “¿Te puedo pagar con un cheque? En este momento no tengo efectivo”, “Mañana tengo que ir al banco a cobrar el cheque por el último trabajo que realizamos”, “Estoy furioso: en el banco me dijeron que el cheque no tenía fondos así que no pude cobrar”.

A nivel jurídico, el cheque se define como un título valor mediante el cual el librador le ordena a la entidad bancaria el pago de una cantidad de dinero determinada a favor de un beneficiario.

Los cheques deben cumplir con distintos requisitos, como la inclusión de la fecha y el sitio en que se emite, la orden de pagar una cantidad específica de dinero, el nombre de la organización de crédito y el lugar donde se desarrollará el pago, entre otros.

Entre los distintos tipos de cheques, pueden mencionarse al cheque nominativo (que sólo puede cobrar el sujeto indicado en el documento), el cheque a la orden (el beneficiario puede cobrarlo o cederlo como pago a otra persona, para lo cual debe endosarlo –firmarlo–) y el cheque al portador (puede ser cobrado por cualquier persona).

Además de los citados tenemos que exponer que existen otros tipos de cheques. Así, por ejemplo, está el conocido como cheque en blanco que es aquel documento que expide alguien en beneficio de otra persona pero sin establecer la cantidad monetaria que esta cobrará. Es habitual que aquel aparezca como un recurso en el cine cuando se intenta mostrar que uno de los personajes intenta comprar el silencio o el trabajo de otro. Para ello le da uno de estos cheques con los que deja patente que está dispuesto a darle lo que quiera con tal de que acepte su propuesta.