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NUESTRA MISIÓN

La Comisión de Derechos Humanos de Illinois se dedica a pro-mover la erradicación de la discriminación ilegal, según se de-fine en la Ley de Derechos Humanos del estado.

Esta ley prohíbe…

la discriminación en base al sexo, edad, raza, color, religión, antecedente policial, estado civil, discapacidad, el estatus familiar en las transacciones de bienes y raíces,el estatus de ciudadanía en relación con el empleo, origen nacional, origen étnico, baja militar deshonrosa, orientación sexual, las represalias y el acoso sexual

la discriminación en el área laboral, de transacciones de bienes y raíces, educación superior, alojamiento de tipo público y en el acceso al crédito financiero.

Nuestra misión es ofrecer un foro imparcial para resolverlas quejas relacionadas con discriminación que se presenten bajo las Leyes de Derechos Humanos de Illinois.

Nuestra principal responsabilidad…

Es tomar decisiones imparciales en cuanto a los casos de discriminación ilegal según se define en la Ley de Derechos Humanos de Illinois, además de proporcionarleinformación al público acerca de la Ley y la Comisión.

Los valores fundamentales de la Comisión consisten en ofrecerservicios profesionales, competentes, eficientes y eficaces atodas las personas que se acercan en busca de información, o aquienes han presentado un caso ante la Comisión.

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SIRVIENDO AL PÚBLICO CON ORGULLO

Carta al Honorable Gobernador del Estado Pat Quinn, Miembros de laAsamblea General y Pueblo de Illinois:

Por medio de la presente la Comisión de Derechos Humanos de Illinoisofrece a su consideración un Reporte Anual Combinado para los Años Fis-cales 2008 al 2009.

La Comisión se siente profundamente orgullosa al tener la oportunidad deprestar servicio a la población de Illinois, además de proporcionar un forojusto e imparcial para quienes han sufrido o han sido acusados de actos dediscriminación, de acuerdo a lo establecido en la ley.

Las alianzas estratégicas que la Comisión ha establecido con la Oficina delGobernador, el Congreso de Illinois, el Departamento de Derechos Hu-manos y otras partes interesadas clave han sido y seguirán siendo esen-ciales para que la Comisión pueda cumplir con su misión todos los años.

La Comisión tiene el gusto de reportar que a pesar de los importantesrecortes presupuestales que se han presentado sigue atendiendo exitosa-mente la creciente demanda de servicios. Hemos maximizado los recursos,incrementado los esfuerzos del personal y mejorado en general el valor,mientras que promovemos la misión continua de erradicar las prácticas dis-criminatorias en Illinois.

La Comisión está dedicada a asegurar que Illinois siga siendo líder en labatalla para eliminar la discriminación dentro de la sociedad. En nombrede la Comisión agradecemos su firme y continuo apoyo.

N. Keith Chambers, Director Ejecutivo

Sakhawat Hussain M.D.,Presidente en Funciones 2009

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LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE ILLINOIS

La Comisión de Derechos Humanos (HRC) tieneoficinas en Chicago y en Springfield. La HRC estácompuesta por trece Comisionados, el DirectorEjecutivo, el Juez Presidente Administrativo, el JuezAdministrativo Adjunto y siete Jueces Administra-tivos, el Funcionario Fiscal Presidente, el DirectorJurídico y el Subdirector Jurídico, además del per-sonal administrativo de apoyo.

SOLICITUD DE REVISIÓN

Cuando el Departamento de Derechos Humanos(DHR) desestima una queja debido a la falta de ev-idencia sustancial de actos de discriminación, eldenunciante podrá presentar una Solicitud de Re-visión ante la HRC en un lapso de 30 días o antela Corte de Circuito pertinente en los 90 días pos-teriores a la recepción del Aviso de Desestimación.Cuando el DHR emite un fallo o desestima unaqueja debido a la inasistencia a una reunión deindagación de hechos, la parte podrá presentaruna Solicitud de Revisión ante la HRC en los 30días posteriores a la recepción del Aviso. La de-cisión de la HRC podrá apelarse en la Corte deApelaciones de Illinois que resulte pertinente.

CÓMO PRESENTAR UNA QUEJA

Si el DHR encuentra evidencia sustancial de actosde discriminación y emite un aviso, el denunciantedebe, a fin de que la queja siga en curso: (1) Pre-sentar una queja ante la corte de circuito perti-nente en los 90 días posteriores a la recepción delaviso, o (2) Solicitar que el DHR presente una in-conformidad ante la HRC en nombre del denun-ciante en los 14 días posteriores a la recepción delaviso. Si el DHR no completa su investigación en

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CASO DE MUESTRANO. 1..................................

Discriminación por edad y raza

Montgomery vs. Con-cepts Plus, Inc.

La denunciante alegó quefue despedida de su puestogerencial debido a su edady raza. La parte instada ar-gumentó que actuó en con-secuencia del desempeñolaboral de la denunciante.La denunciante no pudo sus-tanciar su argumento debidoa que no demostró que otrosempleados en puestos simi-lares hubieran sido tratadosen forma más favorable queella.

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La Sección 775 ILCS 5/7A-102 (A)(1) Cargos de la ley indica losiguiente: En los 180 días posteriores a la fecha en que se hayacometido una infracción alegada a los derechos civiles, una parteagraviada podrá presentar un cargo por escrito bajo declaraciónjurada con el Departamento, o dicho recurso podrá ser emitido porel Departamento mismo bajo la firma del Director.El Juez Administrativo ("ALJ") emitió una Recomendación de Ordeny Decisión ("ROD") concediendo la petición para desestimar laqueja. El ALJ determinó que debido a que Juanita no sometió suqueja en el lapso jurisdiccional de 180 días luego de haberse pre-sentado el acto discriminatorio alegado (la cancelación de la licen-cia por incapacidad y el ultimátum para renunciar o enfrentar unposible procedimiento de despido), la queja debe desestimarseporque la Comisión no contaba con jurisdicción sobre el asunto dela queja.

La Sección 775 5/8A-103 (A) Excepciones de la Ley estipula lo sigu-iente :...Excepciones. 30 días después de haber recibido la ordenrecomendada del funcionario de audiencia, las partes pueden pre-sentar una excepción por escrito en relación con cualquier parte dela orden ante la Comisión. Las excepciones deberán estar apoy-adas por argumentos, y ser distribuidas entre todas las partes per-tinentes al momento en que se sometan. Si no se presentanexcepciones, la orden recomendada convertirá en la orden final dela Comisión, sin que se lleve a cabo una revisión más a fondo.

Juanita presentó excepciones a la ROD ante la Comisión en las quealegó: (1) que presentó un cargo y queja oportunamente, (2) que laparte instada no le ofreció un puesto con “labores ligeras”, y (3) elDepartamento no investigó el cargo presentado en un lapso de 365días, argumento que no estaba en disputa. Un panel de tres Comi-sionados declinó la revisión posterior del asunto, con lo que la RODqueda como la Orden de la Comisión. Se le dejó saber a Juanitaque tiene el derecho de apelar la Orden del Comisionado ante laCorte de Apelaciones.

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CASO DE ESTUDIO NO. 5

Queja y cargos por discapacidad presentadosfuera del plazo pertinente

Ley de Derechos Humanos de Illinois (775 ILCS 5/1-101 y sigu-ientes); (775 ILCS 5/7A-101 y siguientes)

Juanita trabajaba en el Departamento Correccional de Illinoisen servicios de campo de libertad condicional (“la parte in-stada”) como Funcionario Principal de Libertad Condicional,cuando inició una licencia por incapacidad no relacionada conel empleo. Juanita posteriormente fue diagnosticada con unaincapacidad permanente por parte de su médico. Poco tiempodespués, la parte instada le dejó saber a Juanita que debido aldiagnóstico de discapacidad la licencia terminaría efectiva-mente en un lapso de 30 días. La parte instada le aconsejó querenunciara, o que en su defecto se retirara (de ser elegible), yle dejó saber que si no aceptaba una de estas opciones se ini-ciarían los procedimientos para despedirla. El 30 de junio de2004 Juanita renunció, esto dentro del periodo de 30 días.

La Sección 775 ILCS 5/7A-102 (G) acerca del límite de tiempoestipulado en la ley indica, en la parte correspondiente... (1)Cuando un cargo por violación a los derechos civiles se pre-senta apropiadamente, el Departamento deberá emitir su re-porte en un lapso de 365 días a partir de que se someta elmismo, o dentro de cualquier extensión del plazo que se hayaacordado por escrito con todas las partes...(2) Si el Departa-mento no emite su reporte en los 365 días posteriores a la pre-sentación del cargo o en cualquier otro periodo mayoracordado por escrito por todas las partes, el denunciante ten-drá 30 días (90 días a partir del 1 de enero de 2008) para pre-sentar su propia queja ante la Comisión de Derechos Humanoso iniciar una acción civil con la corte de circuito pertinente.....Si el denunciante presenta una queja ante la Comisión nopodrá emprender una acción civil posteriormente en una cortede circuito...

Cuando el Departamento no presentó su reporte de la investi-gación del cargo por discapacidad de Juanita en el lapso de365 días, el 6 de febrero de 2007 ella presentó una queja di-rectamente ante la Comisión de Derechos Humanos (“laComisión”) alegando que su queja por discriminación deberíaser desestimada porque el recurso fue presentado más de 180días después de los actos alegados en violación de la Sección7A-102 de la ley.

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un lapso de 365 días, o cualquier plazo adicionalacordado, entonces el denunciante tiene 90 díaspara: (1) Presentar una queja ante la HRC o (2)Iniciar una acción civil ante la corte de circuito per-tinente.

ORDEN VIGENTE EN RELACIÓNCON LOS MEMORANDOS PREVIOSA LA AUDIENCIA

Las partes, en conjunto, prepararán y someteránun memorando previo a la audiencia ante el JuezAdministrativo oficiante (ALJ, por sus siglas en in-glés) de la HRC por lo menos 14 días antes del ini-cio programado del procedimiento. El denunciantedeberá preparar el primer documento preliminar ysometerlo ante la parte instada por lo menos 14días antes de la fecha límite para presentar el re-curso. El ALJ oficiante podría exonerar lapreparación de los memorandos previos a la au-diencia si cualquiera de los litigantes no estásiendo representado por un abogado. Es muy re-comendable solicitar que le represente un abo-gado.

LA AUDIENCIA

Se fija una fecha para establecer una audienciaacerca del asunto ante el ALJ entre 30 y 90 díasdespués de que la queja ha sido presentada antela HRC. Después de la audiencia el ALJ emite unaRecomendación de Orden y Decisión (ROD). Sicualquiera de las partes se opone a la ROD, sepueden solicitar excepciones, y la ROD será re-visada por un panel compuesto por tres Comision-ados. Este panel podrá aceptar, revertir omodificar la ROD, o regresar dicho documento devuelta con el ALJ. Si la ROD se acepta, pasará aconstituir la determinación final de la HRC. La de-cisión final de la HRC podrá apelarse en la Cortede Apelaciones de Illinois que resulte pertinente.

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TRABAJANDO JUNTOS PARA IMPULSAR LOS DERECHOS HUMANOS

La Ley de Derechos Humanos de Illinois fueaprobada por la Asamblea General y promulgadael día 6 diciembre de 1979. En consecuencia, seha creado un sistema de aplicación en dos pasospara garantizarle al público que la intención de laley se vuelva una realidad.

El Departamento de Derechos Humanos inicia elproceso de investigación cuando se presentan car-gos por discriminación bajo la ley. Los cargospueden ser desestimados, resueltos o investigadosmás a fondo. El Departamento hace recomenda-ciones para la resolución o evaluación subsigu-iente.

El espíritu de la ley hace énfasis en la resolución delos reclamos a través de los medios menos liti-giosos. Por lo tanto, los reclamos se resuelven endistintas etapas de los procesos de investigación yaudiencia. Si los reclamos se impugnan, laComisión actúa como foro independiente para quelas partes consigan una audiencia final y una res-olución del asunto.

CUÁNDO ES NECESARIO INVOLUCRAR A LA COMISIÓN DEDERECHOS HUMANOS

El Departamento somete una queja ante laComisión de Derechos Humanos cuando encuentraevidencia sustancial de que se ha presentado unainfracción. La Comisión lleva a cabo audiencias através de los jueces administrativos. Luego de quelas dos partes han proporcionado sus evidencias,incluyendo el testimonio bajo juramento de los tes-tigos, el Juez Administrativo oficiante emite unaorden recomendada y una decisión. Los proced-

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CASO DE ESTUDIO NO. 4

Antecedente de Arrestos

Ivan Story vs. Departamento de Servicios para Niños y

Familias de Illinois

Ley de Derechos Humanos de Illinois (775 ILCS 5/2-103 )A))

Story laboraba en el Departamento de Servicios para Niños yFamilias de Illinois (“la parte instada”) al momento de su de-spido. La parte instada alega que se cesó a Story debido a quefalsificó registros de la agencia. Alegando que la parte instadaprocedió a despedirle luego de conocer su antecedente de ar-restos, Story presentó un cargo por discriminación ante el De-partamento de Derechos Humanos, argumentando que la parteinstada le discriminó en base a sus antecedentes, en violacióna la Ley de Derechos Humanos de Illinois.

La Sección 775 ILCS 5/2-103 (A) de la Ley de Derechos Hu-manos de Illinois indica, en la parte correspondiente...A menosque de otra manera esté permitido por ley, constituye una vio-lación de los derechos civiles que cualquier empleador, agen-cia u organización laboral lleve acabo indagaciones acercade o se base en el hecho de un arresto o información sobre an-tecedentes criminales que hayan sido eliminados, sellados o in-tervenidos bajo la Sección 5.2 de la Ley de IdentificaciónCriminal como base para rehusarse a contratar, para segregaro para tomar determinaciones en cuanto al reclutamiento, con-tratación, ascenso, renovación del empleo, selección para lacapacitación o una pasantía, el despido, la aplicación de me-didas disciplinarias, permanencia de términos, privilegios ocondiciones laborales...

Story presentó una queja ante la Comisión de Derechos Hu-manos, alegando discriminación en base a su antecedentepolicial. El Juez Administrativo emitió una Recomendación deOrden y Decisión (“ROD”), en la que determinó que Story noestableció a través de la preponderancia de la evidencia quela parte instada le hubiera discriminado en base a su prontu-ario policial.

Un Panel de la Comisión compuesto por tres miembros declinóla revisión posterior de la ROD, con lo que dicha disposiciónqueda como la Orden de la Comisión.

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CASO DE ESTUDIO NO. 3

Represalias raciales

Jimmey D. Garry vs. Autoridad de Vivienda de Peoria

Ley de Derechos Humanos de Illinois (775 ILCS 5/1-102 (A);(775 ILCS 5/6-101 (A))

Garry, una persona de raza afroamericana, trabajaba en laAutoridad de Vivienda de Peoria (“la parte instada”) como Di-rector de Mercadotecnia y Vivienda Arrendada, y como Direc-tor de Proyecto de Harrison Homes. Garry asistió a unareunión de NAACP, en la que expresó oposición a lo que élpercibía como discriminación ilegal cometida por la parte in-stada. Tres semanas después, la parte instada reasignó aGarry a un puesto con menor jerarquía. Garry presentó unaqueja por discriminación ante el Departamento de DerechosHumanos, indicando discriminación de tipo racial, y represaliaspor haber expresado su punto de vista, en violación de la Leyde Derechos Humanos de Illinois.

La Sección 775 ILCS 5/1-102 (A) de la Ley de Derechos Hu-manos de Illinois indica, en la parte correspondiente... Espolítica pública de este Estado: (A) Erradicar la discriminaciónilegal. Garantizar que en Illinois ningún individuo sufra dis-criminación debido a su raza...

La Sección 775 ILCS 5/6-101 indica, en la parte correspondi-ente: Es una infracción a los derechos civiles que una persona,o que dos o más individuos conspiren para cometer: (A) Repre-salias. Cometer actos de represalia en contra de una personapor haberse opuesto a una situación que en forma razonabley de buena fe llegara a considerar que constituye discrimi-nación ilegal... ...o debido a que presentó un cargo, sometióuna queja, testificó, colaboró o participó en una investigación,procedimiento o audiencia bajo esta Ley...

Al revisar el caso, el Juez Administrativo (“ALJ”) encontró endos instancias que Garry fue transferido a un puesto de menorcategoría debido a una reorganización, que no pudodemostrar un caso prima facie de discriminación o represaliailegal, y en los dos casos emitió una Recomendación de Ordeny Decisión (“ROD”), señalando que la queja y cargos subya-centes debían ser desestimados.

Un panel de tres Comisionados revisó las excepciones de Garryen cuanto a la ROD y en ambos casos revirtió la decisión delALJ en cuanto al cargo de represalias. El panel remitió el casopara procedimientos de análisis posterior, para incluir conclu-siones de hecho y determinaciones de la credibilidad enrelación con el pretexto y los daños. El asunto sigue en curso.

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imientos son similares a los de un juicio en la corte.

Si cualquiera de las partes lo desea, puede solici-tar una revisión de la audiencia por parte de laComisión. La Comisión escuchará los argumentosde ley en base al registro de los testimonios bajojuramento, y emitirá una Orden de Decisión final.La Comisión se reúne en paneles compuestos portres Comisionados para escuchar los casos enbase a las excepciones a las ordenes de re-comendación presentadas por cualquiera de laspartes. Una parte puede solicitar que todos los in-tegrantes de la Comisión revisen el caso, si así lodesea.

EL PROCEDIMIENTO

La Ley de Derechos Humanos de Illinois establecióun sistema de evaluación para investigar los car-gos y hacer determinaciones en relación con suvalidez.

A partir del mes de febrero 2010 se modificaronalgunos procedimientos de presentación, con el finde proporcionarle al denunciante un lapso detiempo adicional para presentar una inconformi-dad ante la comisión, y para buscar la revisión delas desestimaciones hechas por el Departamentode Derechos Humanos.

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CASO DE MUESTRANO. 2.................................

Discriminación por edad, origen nacionaly origen étnico

Orozco vs. Dycast,Inc.

El denunciante no com-probó que su despido hu-biera sido consecuencia dediscriminación por edad.El reclamo fue desesti-mado. Sin embargo, el de-nunciante resultó triunfanteen cuanto a sus alegatosde discriminación por ori-gen nacional y étnico. Sele concedió una compen-sación completa, in-cluyendo salarios caídos,compensación por estrésemocional y honorarioslegales.

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Cargo presentado ante el Departamento de

Derechos Humanos de Illinois (IDHR)

El DHR noactúa en unlapso de 365

días

Emisión de un Avisode Desestimación por

parte del DHR debido a falta de

evidencia sustancial

Desestimación o incumplimiento porinasistencia a una

reunión de indagación de hechos

El DHR encuentra evidencia

sustancial delos hechos

El denunciante tiene 90días para:

• presentar una quejaante la HRC

-O-

• iniciar una acción civilen la Corte de Circuitopertinente si se sometióen un lapso de 90 días

El denunciante puede:

• buscar que se revise laorden de desestimación

ante la HRC si la Solicitud de Revisión sepresenta en un lapso de

30 días

-O-

• Iniciar una acción civilen la Corte de Circuitopertinente si se sometióen un lapso de 90 días

La HRC hará la evaluación si la Solicitudde Revisión se presentaen un lapso de 30 días

-El denunciante entoncestiene:

• 90 días para poner enmarcha una acción civilante la Corte de Circuito

pertinente

-O-

• 14 días para solicitarque el DHR presente unaqueja ante la HRC en su

nombre

Si el asunto está siendo visto por la HRC y la desestimación se revoca, el mismo será regresado al

DHR

Si el asunto está siendo visto por la HRC y la desestimación se ratifica, el mismo podrá apelarse

ante la Corte de Apelaciones de Illinois en los 35 díasposteriores a la entrega de la decisión de la HRC

LEY DE DERECHOS HUMANOS DE ILLINOIS

Departamento de Derechos Humanos de Illinois

Los cargos presentados se investigan, y luego sonreferidos a la HRC

Comisión de Derechos Humanos

Lleva a cabo audiencias y emite resoluciones Aprueba los acuerdos

CASO DE ESTUDIO NO. 2

Acoso sexual

Donna Feleccia vs. Departamento del Alguacil del

Condado Sangamon

Ley de Derechos Humanos de Illinois (775 ILCS 5/1-102 (B));(775 ILCS 5-1-103); (775 ILCS 5/2-102 )(D))

Feleccia trabajaba como secretaria de los registros de población en elDepartamento del Alguacil del Condado Sangamon (“la parte instada”).Feleccia presentó una acusación por acoso sexual ante el Departamentode Derechos Humanos en contra de la parte instada y uno de sus em-pleados en el área de supervisión, distinto de su supervisor directo.

La Sección 775 ILCS 5/2-102(E) de la Ley de Derechos Humanos de Illi-nois (“la ley”) define el acoso sexual como cualesquiera proposicionessexuales no requeridas, la solicitud de favores de tipo sexual o cualquierconducta de esa naturaleza cuando (1) el acceder a dicha conducta im-plica, en forma directa o indirecta, un término o condición laboral parauna persona, (2) el acceder o rechazar dicha conducta se utiliza paratomar decisiones laborales que afectan a la persona en cuestión, o (3)dicha conducta tiene el objetivo o el efecto de interferir sustancialmentecon el desempeño laboral de una persona, o generar un ambiente lab-oral intimidante, hostil u ofensivo.

Luego de celebrarse una audiencia ante la Comisión, el Juez Adminis-trativo emitió una Recomendación y Decisión (“ROD”), indicando queaunque el empleado en el puesto de supervisión había participado enconductas inapropiadas, la parte instada no podía hacerse responsablepor las mismas.

Un Panel de la Comisión compuesto por tres miembros revirtió la RODdel Juez Administrativo, luego de encontrar que la parte instada era es-trictamente responsable por la conducta del supervisor, sin importar queeste individuo no fuera el supervisor directo de Feleccia.

La Sección 775 ILCS 5/2-102 (D) de la Ley de Derechos Humanos ("laley") indica lo siguiente: Acoso sexual. Se considerará que cualquierempleador, empleado, representante de cualquier empleador, agenciau organización laboral participa en actos de acoso, o que un empleadores responsable por el acoso sexual de los trabajadores por parte de per-sonas que no son sus empleados o de trabajadores que no formen partede la gerencia o de puestos de supervisión, únicamente si el empleadorconoce la conducta y no toma medidas correctivas razonables.

La parte instada presentó una solicitud de revisión ante la Corte deApelaciones, y esta instancia revirtió la decisión del Panel de laComisión, al encontrar que la parte instada no puede ser hecha re-sponsable por la conducta del supervisor debido a que este empleadono era el supervisor directo de Feleccia. Feleccia y la Comisión apelaronante la Corte Suprema de Illinois y expusieron el caso exitosamente. LaCorte Suprema de Illinois revirtió la decisión de la Corte de Apelaciones,al encontrar que la parte instada era estrictamente responsable por laconducta de acoso sexual del empleado de supervisión, incluso cuandoesta persona fuera el superior directo de Feleccia.

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CASO DE ESTUDIO NO. 1

Discriminación por orientación sexual, discapacidad mental y religión

Thomas J. Kuna-Jacob vs. Distrito Escolar No.3 de la

Comunidad North Greene y su Junta Directiva

Kuna-Jacob fue suspendido de su puesto como maestro en elDistrito Escolar No.3 de la Comunidad North Greene, (“laspartes instadas”) luego de haber sido acusado de conducta in-apropiada en el trabajo. Thomas renunció en lugar de pre-sentarse a una audiencia, y firmó un acuerdo conciliatorio conla escuela en el que aceptó una compensación monetaria y re-nunció a presentar cualquier reclamo, incluyendo aquellos bajola Ley de Derechos Humanos de Illinois, como consecuenciadel cese de la relación laboral con la parte instada.

Kuna-Jacob presentó un reclamo por discriminación ante el De-partamento de Derechos Humanos en contra de las partes in-stadas, indicando que lo discriminaron en base a su orientaciónsexual, discapacidad mental (trastorno de ansiedad) y religión,en violación de la Ley de Derechos Humanos de Illinois.

La Sección 775 ILCS 5/1-102 (A) de la Ley de Derechos Hu-manos de Illinois indica, en la parte correspondiente:

Es política pública de este Estado: (A) Erradicar la discrimi-nación ilegal. Garantizar que en Illinois ningún individuo seadiscriminado debido a su raza, color, religión, sexo, origen na-cional, origen étnico, edad, estatus de orden de protección, es-tado civil, discapacidad física o mental, estatus militar,orientación sexual o baja militar deshonrosa en relación con elempleo, transacciones de bienes y raíces, acceso al crédito fi-nanciero y a la disponibilidad de vivienda de tipo público.

Las partes instadas presentaron una petición de sentenciasumaria, argumentando que la queja de Kuna-Jacob deberíaser desestimada debido a que firmó un acuerdo conciliatorio enel que aceptó una compensación monetaria y renunció a pre-sentar cualquier inconformidad. El Juez Administrativo emitióuna Recomendación de Orden y Decisión (“ROD”) en la que lesconcedió a las partes instadas la petición de sentencia sumaria.

Un Panel de la Comisión compuesto por tres miembros declinóla revisión posterior de la ROD, con lo que dicha disposiciónqueda como la Orden de la Comisión.

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Chairman & 12 Commissioners

Esquema organizacional

Director Ejecutivo(N. Keith Chambers)

Secretaria(LaNade Bridges)

Juez Administrativa Adjunta

(Reva Bauch)

Juez AdministrativoPresidente

(Michael Evans)

Funcionario Fiscal Presidente

(Dr. Ewa Ewa)

Directora Jurídica(Harriet Parker)

Juez Administrativo(David Brent)

Juez Administrativa(Gertrude McCarthy)

Juez Administrativa(Sabrina Patch)

Juez Administrativo(Michael Robinson)

Juez Administrativa(Mariette Lindt)

Juez Administrativo(Lester Bovia)

Juez Administrativo(William Borah)

Juez Administrativo(1 Puesto vacante)

Administrador de Oficina IV(Vacant)

Administradora deOficina III

(Shantelle Baker)

Asistente Recepcionistade la Oficina(Ian Fritz)

Asistente Administrativa I

(Graciela Delgado)

Asistente Administrativa I(Elizabeth Rios)

Asistente Administrativo II(Gail Kruger)

Asociado de Oficina(Puesto vacante)

Recepcionista Asistente de la Oficina

(Debra Lowe)

Directora Jurídico Adjunto(Donyelle L. Gray)

Subdirector Jurídico(Evelio Mora)

Asesores Técnicos delDirector Jurídico Administrativo II (Puesto vacante)

Asistente Administrativa

(Christine Welninski)

Asistente Administrativa(Bricia Herrera)

4-6 Pasantes de laBeca Coles

La Comisión atiende los casos de discriminación ilegalLa ley estableció un proceso sin afiliación política, justo y ecuánime entodo el estado. La Comisión cuenta con personal y trece Comisionadosque son nombrados por el Gobernador, y que se encargan de adjudicarlas quejas por discriminación. Un máximo de siete comisionados podránpertenecer al mismo partido político. El Gobernador designa a uno delos Comisionados como presidente.

Las oficinas están en Chicago y Springfield. A través de su estructura nopartidista y sus dos ubicaciones, la Comisión consigue prestar servicio alas personas y entidades en todo el estado.

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David ChangNombrado en 2003Líder cívico, líder en la comunidad asiático-americana de Chicago.

Marylee V. FreemanNombrada en 1999Ex-directora de difusión intergubernamental para el Departamento de Edificaciones de Chicago, donde trabajó conconcejales, funcionarios electos, grupos comunitarios, iglesias y escuelas.

Spencer Leak, Sr.Nombrado en 2001Presidente de Leak and Sons Funeral Home, presidente de Black on Black Love Inc., ex-director del Distrito 1 del Departamento Correccional de Illinois, ex-director ejecutivo del Departamento Correccional delCondado Cook.

Munir MuhammadNombrado en 2003 Activista para CROE y productor ejecutivo del programa televisivo Muhammad and Friends.

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COMISIONADOS DEL AF 2008-2009 SIRVIENDO AL PUEBLO CON ORGULLO

Abner J. MikvaNombrado en 2006-2008 Ex-presidente, ex-juez presidente de la Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia, ex-asesor del Presidente Clinton, profesor de la Facultad de Leyes de la Universidad de Chicago.

Dr. Sakhawat HussainNombrado en 1994 Presidente en funciones, gastroenterólogo, ex-presidente del personal médico en Advocate Hospital, presidente fundador del Congreso Pakistaní-Americano del Advocate Trinity Hospital de Chicago, miembro de la Junta Directiva de la Asociación Islámica Americana. (IL), East West University (IL) Imran Khan Cancer Appeal (EE.UU.)

Marti BaricevicNombrado en 2003Representante de capacitación industrial para el Southwestern Illinois College.

Robert S. EnriquezNombrado en 2003Líder cívico, líder de propietarios de pequeñas empresas, ex-oficialde la marina.

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REqUISITOS LABORALES y PROCEDImIENTO PARA

LA SOLICITUD

Los becarios son responsables principalmente deayudar a los Jueces Administrativos y a la Oficinadel Director Jurídico a llevar a cabo investigaciónlegal, preparación de documentos, resúmenes deinterrogatorios, análisis de registros, preparaciónde órdenes y otros trabajos relacionados con loslitigios. Por otro lado, los becarios podrían par-ticipar en trabajos relacionados con las políticas,como revisión de leyes, normativas administrativasy otros asuntos legislativos relacionados con laHRC.

Los becarios trabajan en una oficina pequeña conun programa de asignaciones estructurado através del que tienen la oportunidad de:

• Afinar sus habilidades analíticas, de investigación y de redacción en temas legales bajo la supervisión de abogadosy jueces administrativos con amplia experiencia

• Conseguir experiencia práctica de campo en una agencia gubernamental, con la opción de obtener créditos escolares

• Ayudar en la preparación de Órdenes dela HRC que podrían ser revisadas por laCorte de Apelaciones de Illinois y la Corte Suprema del Estado

• Participar en difusión pública, al trabajarcon las asociaciones de abogados locales

Se espera que los becarios trabajen 2 ó 3 días ala semana, durante 5 horas. Los becarios de ver-ano deberán trabajar 3 ó 4 días a la semana, du-rante hasta 7 horas.

...............................ESTUDIANTES EXTERNOS

Lisa WilliamsAbogada

Earlie SledgeLoyola School of Law (inscrito en el Programade Maestría en Jurisprudencia)

Deeba YunusNorthern Illinois Univer-sity College of Law(Candidata de mayo de 2010 del Doctorado en Derecho)

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BECA COLES PROmOVIENDO LA PRÁCTICA LEGALEN EL ÁREA DE DERECHOS CIVILES

BECA GOBERNADOR EDwARD COLES

La Beca Edward Coles se estableció en honor de Ed-ward Coles, (1786-1868), quien fue el segundo gob-ernador de Illinois en el periodo entre 1822 y 1826.

Muchos años antes de la Guerra Civil, el nuevo Es-tado de Illinois fue un campo de batalla político en lalucha para erradicar la esclavitud. Edward Coles(1822-1826), el segundo gobernador del estado, de-fendió y se esforzó férreamente para conseguir queIllinois fuera un estado libre de esclavos. Aunque supostura abolicionista le significó el suicidio político,Coles sostuvo apasionadamente la idea de que todaslas personas eran iguales, independientemente de suraza. El gobernador Coles fue uno de los principalesresponsables de que Illinois fuera un estado libre deesclavitud antes de la Guerra Civil.

La Beca Gobernador Edwards Coles de la Comisiónde Derechos Humanos de Illinois es un programa depasantías durante todo el año para estudiantes dederecho de primero (en el verano únicamente), se-gundo y tercer año que estén interesados en la prác-tica legal en el área de derechos civiles y derechoadministrativo. Los becarios ayudan a la HRC a pro-mover las protecciones en contra de la discriminacióny las políticas de la Ley de Derechos Humanos de Illi-nois.

La Beca Gobernador Edwards Coles de la Comisiónde Derechos Humanos de Illinois es un programa depasantías durante todo el año para estudiantes dederecho de primero (en el verano únicamente), se-gundo y tercer año que estén interesados en la prác-tica legal en el área de derechos civiles y derechoadministrativo. Los becarios ayudan a la HRC a pro-mover las protecciones en contra de la discriminacióny las políticas de la Ley de Derechos Humanos de Illi-nois.

Gobernador Edward

Coles

...............................BECARIOS COLES DELAÑO 2009

Erica GelfandDePaul University LawSchool

Stephanie FajuriChicago-Kent College ofLaw

Daniel MarovitchLoyola University Schoolof Law

Brent MovitzChicago-Kent College ofLaw

Lesley A. SmithThomas M. Cooley LawSchool

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Gregory SimonciniNombrado en 2005Socio en Simoncini, Scofield & Co., actualmente presta servicioen el Consejo de Campaña delGay and Lesbian Victory Fund yen el consejo de la Academia para el Liderazgo Escolar Urbano. Prestó servicio en los consejos de Lambda Legal y delGay and Lesbian Victory Fund.

Yonnie StrogerNombrado en 2004Líder cívico y humanitario.

Rozanne RonenNombrada en 2004Líder cívica y propietaria de negocio especializado en tecnología informática.

Diane M. ViveritoNombrada en 2005Administradora en desarrollo estudiantil en Moraine Valley Community College, miembro fundador y ex-presidente del Study Illinois Consortium y defensora de la comunidad universitaria internacional y de la diversidad en la educación.

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CASO DE MUESTRANO. 3.................................

Discriminación racial

Macklin vs.Grossinger NorthAutocorp, Inc.

El denunciante indicó quefue despedido debido a suraza. Sin embargo, laparte instada argumentóque la persona fue despe-dida debido a problemasrelacionados con la asis-tencia. El denunciante nopudo demostrar que la ex-plicación de la parte in-stada fuera un pretextopara cubrir un caso de dis-criminación racial.

Page 12: NUESTRA MISIÓN - Illinois · NUESTRA MISIÓN La Comisión de Derechos Humanos de Illinois se dedica a pro-mover la erradicación de la discriminación ilegal, según se de-fine en

Estado de IllinoisComisión de Derechos Humanos

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS PARA EL AÑO FISCAL 2008

Servicios personales......................... $ 1,182.5

Aportación para el retiro.................. $ 0.0

Cobro de pensión - retiro.................. $ 196.0

Seguro social................................... $ 90.4

Servicios contratados........................ $ 155.0

Viajes.............................................. $ 11.5

Comodidades................................... $ 8.3

Impresiones...................................... $ 8.7

Procesamiento electrónico de

datos............................................... $ 6.9

Equipo............................................. $ 8.6

Telecomunicaciones.......................... $ 26.6

Asignación total............................... $ 1,794.4

Fondos federales

1900 - División de Proyectos Especiales 100.0

Total de asignaciones con fondos

federales $ 1,894.4

El financiamiento es asignado anualmente a partir delpresupuesto estatal para cubrir todos los servicios quela Comisión de Derechos Humanos le proporciona alpueblo de Illinois.

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Estado de IllinoisComisión de Derechos Humanos

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS PARA EL AÑO FISCAL 2009

Servicios personales......................... $ 1,673.0

Aportación para el retiro.................. $ 0.0

Cobro de pensión - retiro.................. $ 297.9

Seguro social................................... $ 128.1

Servicios contratados........................ $ 190.0

Viajes.............................................. $ 25.0

Comodidades................................... $ 12.0

Impresiones...................................... $ 14.0

Procesamiento electrónico de

datos............................................... $ 14.3

Equipo............................................. $ 20.0

Telecomunicaciones.......................... $ 30.0

Asignación total............................... $ 2,405.0

Fondos federales

1900 - División de Proyectos Especiales 100.0

Total de asignaciones con fondos

federales $ 2,505.0

El financiamiento es asignado anualmente a partir delpresupuesto estatal para cubrir todos los servicios quela Comisión de Derechos Humanos le proporciona alpueblo de Illinois.

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DECISIONES EMITIDAS POR LA COMISIÓNAF 2008

Desestimaciones del IDHR, 14

Avisos de ausenciade excepción, 45

Quejas, 592

Resoluciones, 183

Solicitudes derevisión, 5

DECISIONES EMITIDAS POR LA COMISIÓNAF 2009

Quejas, 263

Solicitudes derevisión, 246

Desestimaciones del IDHR, 22

Avisos de ausenciade excepción, 131

Resoluciones, 126

CASO DE MUESTRA 4.................................

Acoso sexual y represalias

Bachman vs. PierceDistribution Services

La denunciante manifestóque fue víctima de acososexual, y que fue despe-dida por haber hecho valersus derechos bajo la Ley deDerechos Humanos. Sinembargo, el compor-tamiento de acoso alegadono cumplió con la defini-ción estatutaria de acososexual. Más aún, elreclamo por acoso resultóimprocedente debido a quela denunciante no pudocomprobar que participóen la actividad protegidade oponerse al acoso.