Nueva Circular Única de Auditores Externos - pwc.com · [email protected] +52 (55) 5263...
Transcript of Nueva Circular Única de Auditores Externos - pwc.com · [email protected] +52 (55) 5263...
Nueva Circular Única de Auditores Externos
La Nueva Circular Única de Auditores Externos entró en vigor el 1 de agosto de 2018. Únicamente los artículos 1 y 25, entraron en vigencia el 28 de abril de 2018, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
EmisorasAquéllas que tienen deuda o acciones colocadas en el mercado de valores
EntidadesInstituciones del sector financiero, excepto compañías de seguros y grupos financiero
¿Quiénes deben cumplir los lineamientos de la Nueva Circular Única de Auditores Externos?
Actualizar la regulación relativa a la auditoría de estados financieros.
¿Cuáles son sus objetivos?
Fortalecer canales de comunicación entre los órganos de vigilancia y auditores externos.
Concentrar las disposiciones relacionadas con los servicios de auditoría externa.
Homologar tratamientos y terminología para las emisoras y entidades.
Contratación de Despacho
Seguimiento de las labores del Despacho y del Auditor Externo Contactos
Francisco Álvarez MendozaSocio de Auditorí[email protected]+52 (55) 5263 6000 ext.5742
Eduardo Gómez AlcaláSocio Líder de la Práctica [email protected]+52 (55) 5263 6000 ext.6174
Denisse Pérez LunaGerente Senior de Auditorí[email protected]+52 (55) 5263 6000 ext.8930
Nancy Velázquez DomínguezGerente Senior de Auditorí[email protected]+52 (55) 5263 6000 ext.6105
©2018 PricewaterhouseCoopers. All rights reserved. PwC refers to the PwC network and/or one or more of its member firms, each of which is a separate legal entity. Please see www.pwc.com/mx for further details. M&S: 20180731-am-placemat-cuae
www.pwc.com/mx
Las entidades deberán
enviar a la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores (CNBV) copia del acuerdo autentificada por
el secretario del Consejo de Administración donde aprueba la designación
del Despacho.
Designar, ratificar o evaluar
la sustitución del Despacho de Auditoría Externa con
base en el cumplimiento de los requisitos profesionales
y de independencia estipulados por la
disposición y la Norma de Control de
Calidad.
Autorizar los servicios
distintos a los de auditoría externa de estados financieros,
así como el importe de las remuneraciones.
Las emisoras, por su parte, deberán
revelar el nombramiento al
Sistema Electrónico de Difusión de Información
(SEDI).
Vigilar y documentar que el
Despacho de Auditoría externa se apegue a lo
establecido en la Circular Única de
Auditores Externos.
Contribuir a que Auditoría Interna, en su
caso, facilite el desarrollo de las actividades del auditor
externo, fomentando la creación de políticas y
procedimientos, invitándolo a sesiones y manteniendo una
comunicación efectiva y constante.
Revisar, previo a la emisión del
Informe de Auditoría Externa, la carta
gerencia y el apego al programa inicial.
Establecer políticas para la evaluación periódica del
Auditor Externo.
Informar anualmente
al Consejo de Administración sobre:
independencia, servicios, hallazgos, evaluación, entre
otros temas establecidos previamente, del Auditor Externo.