Numero de boletin: 27159 Fecha: 12/11/2009 INDICE: Sección...
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Numero de boletin: 27159
Fecha: 12/11/2009
INDICE:
Sección Legislación y Normativa Provincial
12066---DECRETO 2539 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-08-19
12063---DECRETO 3139 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-05
12070---DECRETO 3160 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-07
12064---DECRETO 3161 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-07
12068---DECRETO 3162 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-07
12069---DECRETO 3181 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-09
12065---DECRETO 3182 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-09
12077---DECRETO 3336 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-22
12078---DECRETO 3339 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-22
12062---DECRETO 3407 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-29
12071---DECRETO 3408 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-29
12075---DECRETO 3409 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-29
12074---DECRETO 3410 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-29
12072---DECRETO 3412 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-29
12067---DECRETO 3426 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-29
12076---RESOLUCIONES 184 / 2009 RESOLUCION / 2009-11-10
12073---RESOLUCIONES 52 / 2009 RESOLUCION / 2009-11-05
Sección Avisos
147105---JUICIOS VARIOS / AVILA ALDO EDUARDO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
147079---JUICIOS VARIOS / BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. C/ RAMIREZ MARTINEZ RUBEN
NELSON
147164---JUICIOS VARIOS / BANCO DE LA NACION ARGENTINA VS. GATTI ALDO EDUARDO Y OTRA
147027---JUICIOS VARIOS / BARRIONUEVO ALFREDO OSCAR Y OTRO C/ FRIGORIFICO LOS
VALLISTOS S.R.L.
147135---JUICIOS VARIOS / CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN C/ PEREZ
147169---JUICIOS VARIOS / CARRAZANA HERMANOS O SOCIEDAD DE HECHO CARRAZANA ANTONIO
147089---JUICIOS VARIOS / DOZETOS PAULA CECILIA C/ ROSAC S.A.
147110---JUICIOS VARIOS / FERNANDEZ BRAVO S.A. S/ X* CONCURSO PREVENTIVO
147115---JUICIOS VARIOS / GALVEZ HNOS. O GALVEZ FERNANDEZ HNOS. SOC.C. DE HECHO S/
CONCURSO PREV
147153---JUICIOS VARIOS / JOOS PHILIPPE RENE MICHEL Y OTRO C/ HEREDEROS DE SERVANDO A.
147103---JUICIOS VARIOS / MARGARIA ESTEBAN ALFREDO C/ CENTRO DE AVANZADA GENESIS
147130---JUICIOS VARIOS / NIEVA MARCELO ALBERTO
147160---JUICIOS VARIOS / "NUEVO BANCO SUQUIA S.A. C/FIUME MARCELO ANTONIO
147045---JUICIOS VARIOS / PELUFFO JUAN MIGUEL S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA
147096---JUICIOS VARIOS / PEREZ DE DIAZ MARIA GABINA - DIAZ FRANCISCO JAVIER
147158---JUICIOS VARIOS / PEREZ JUAN GUILLERMO C/ DELACROIX JULIA MARIA Y/O BERGESE
147042---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN C/ EMPRESA DE OMNIBUS CAMINO DEL PERU
S.R.L.
147049---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ COPIADOS INTEGRALES S.R.L.
147131---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN-D.G.R.-C/ FARCA S.R.L.
147052---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. C/ PASCUAL ALBERTO A
147075---JUICIOS VARIOS / ROBLES HECTOR E. C/ COMPLEJO AGROINDUSTRUAL SAN JUAN S.A.
147136---JUICIOS VARIOS / RODRIGUEZ FRANCISCO RENE C/MOLITERNO P. E. Y OTRO
147117---JUICIOS VARIOS / ROJO JOSEFA ESTER C/ PACHECO ELSA DEL VALLE S/ COB
147058---JUICIOS VARIOS / SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN C/ RODRIGUEZ
JUAN CARLOS
147154---JUICIOS VARIOS / SUP. GOB. DE LA PROV. DE TUC. C/ GUANCO MARCELO
147152---JUICIOS VARIOS / VALLEJO VDA. DE BEVACQUA WALDINA BLANCA C/ TREJO EDUARDO
146867---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / CONSEJO DE LA MAGISTRATURA ADMINISTRACIÓN
GENERAL
146869---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / CONSEJO DE LA MAGISTRATURA ADMINISTRACIÓN
GENERAL
147070---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / D.N.V. CONCURSO PUBLICO NACIONAL N° 02-D3-2009
147125---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / IPV Y DU. LICITACIÓN PÚBLICA Nº 22/09 - 1ER. LLAMADO
147084---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PÚBLICA DE OBRA N° 06/2008
147086---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PÚBLICA N° 06/2008
147085---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PÚBLICA N° 20/2009
147087---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PÚBLICA N° 23/2009
147145---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE ECONOMIA - EXPEDIENTE 752/370-DAME-
2009.
147123---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN EXPTE
40.812/09
147147---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTE LICITACIÓN
PÚBLICA N° 03/2009.
147082---REMATES / BUSTOS SERGIO DANIEL C/CHAVEZ LEOPOLDO JAVIER S/ Z- COBR
147148---REMATES / GARCÍA AGUILAR GONZALO LUIS C/ MERCADO JOSE RODOLFO S/ COBRO EJEC
147163---SOCIEDADES / CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES DE MANCOPA
147150---SOCIEDADES / CÁMARA DE TURISMO DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN
147118---SOCIEDADES / COLEGIO DE ODONTÓLOGOS DE TUCUMÁN
147129---SOCIEDADES / COLEGIO PROFESIIONAL DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE
TUC
147172---SOCIEDADES / CONGRESO PROVINCIAL DEL PARTIDO MOVIMIENTO DE AFIRMACION
PERONISTA
147159---SOCIEDADES / COOPERATIVA DE TRABAJO "LOS 7 AMIGOS" LIMITADA
147170---SOCIEDADES / JOSEFA M. DE RODRIGUEZ S.A.
147156---SOCIEDADES / PALPITOS S.R.L.
147171---SOCIEDADES / PARTIDO MOVIMIENTO DE AFIRMACION PERONISTA
147126---SOCIEDADES / SANATORIO REGIONAL S. R. L.
147168---SOCIEDADES / S.A. SAN MIGUEL A.G.I.C.I. Y F
147162---SOCIEDADES / S.A. SAN MIGUEL A.G.I.C.I. Y F.
147155---SUCESIONES / ANTONIO BENEGAS O ANTONIO BENEGA
147133---SUCESIONES / CARLOS EDUARDO GOMEZ
147141---SUCESIONES / CATIVA JUANA ELSA DNI Nº 8.920.588,
147157---SUCESIONES / HUMBERTO AMERICO D ARTERIO
147104---SUCESIONES / JOSE ALBERTO AGUIRRE
147137---SUCESIONES / JOSE RICARDO CORREA DNI N° 8.065.385
147161---SUCESIONES / MARIA ELVIRA VEGA
147109---SUCESIONES / MARIA EMILIA ROBIN DNI Nº 8.664.131
147111---SUCESIONES / MARIA ERIMBAUE D.N.I. N° 11.708.950
147120---SUCESIONES / MARIA MERCEDES ALVAREZ
147124---SUCESIONES / MASSUD BUABSE
147134---SUCESIONES / NORMA BEATRIZ AQUINO DNI N° 13.066.621
147142---SUCESIONES / ORTIZ CARLOS DAVID L.E. Nº 7.018.348
147140---SUCESIONES / PEDRO MIGUEL BUENDIA
147151---SUCESIONES / SILVERIO BRIGIDO ROSALES SORIA Y/O SILVERIO BRIGIDO ROSALE
147143---SUCESIONES / VALERO MARIA ANGELICA
Aviso número 12066
DECRETO 2539 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-08-19
DECRETO N° 2.539/1, del 19/08/2009. --- Queda nuevamente en posesión del Poder
Ejecutivo de la Provincia, su Titular, C.P.N. José Jorge Alperovich.
Aviso número 12063
DECRETO 3139 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-05
DECRETO N° 3.139/9 (MDP), del 05/10/2009. --- Autorízase al señor Secretario de
Estado de Desarrollo Productivo Ing. Jorge Luis Feijóo, a trasladarse vía aérea a
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 8 de octubre de 2009, con regreso el
día 9 del mismo mes y año.
Aviso número 12070
DECRETO 3160 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-07
DECRETO N° 3.160/4 (SENAyF), del 07/10/2009. Expte. N° 012/478-M-2.009. ---
Autorízase a los empleados que mas abajo se detallan, personal de la U. de O. 935
Hogar de Tránsito para la Menor Madre Santa María Micaela, dependiente de la
Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de
Desarrollo Social, a trasladarse a la Provincia de Buenos Aires, durante los días
08 al 11 de octubre de 2009, conjuntamente con las jóvenes internas autorizadas
por sus padres o por la Defensoría de Menores actuante, según el caso: Ibarra,
Pabla Angélica; Soregaroli, Gloria Isabel; Gonzalez, Fabiana Felisa; Robles,
Delia del Carmen; Moyano, Adelia Elisa; Bulacio, Rita del Valle; Yubrin, Norma
Adela; Velez, María José. Déjase establecido que los nombrados utilizarán la vía
terrestre como medio del transporte, como asimismo que lo dispuesto no implica
erogación alguna para el erario provincial.
Aviso número 12064
DECRETO 3161 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-07
DECRETO N° 3.161/9 (MDP), del 07/10/2009. --- Autorízase al señor Secretario de
Estado de MiPyME y Empleo, Ing. Miguel Cerviño, a trasladarse en misión oficial a
la Ciudad Autónoma de Buenos Ates, vía terrestre, el día 12/10/09, regresando vía
aérea el día 14/10/09.
Aviso número 12068
DECRETO 3162 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-07
DECRETO N° 3.162/1 (SEP), del 07/10/2009. Expte. N° 351/131-D-2009. ---
Autorízase a trasladarse vía terrestre, en misión oficial, a la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, desde el día 11 al 15 de octubre de 2009, a la Ing. Silvina
Beatriz Cozzi, personal Planta Transitoria, Cat. 18, de la Dirección de
Estadística.
Aviso número 12069
DECRETO 3181 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-09
DECRETO N° 3.181/1 (SEP), del 09/10/2009. Expte. N° 2.288/130-S-2009. ---
Autorízase al señor Secretario de Estado de Planeamiento, Dr. Julio Saguir, a
trasladarse -vía aérea- en misión oficial a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
del 13 al 15 de octubre del corriente año.
Aviso número 12065
DECRETO 3182 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-09
DECRETO N° 3.182/9 (MDP), del 09/10/2009. --- Autorízase al señor Subsecretario
de Empleo Jorge Luis Domínguez, a trasladarse en misión oficial vía aérea a la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 15 de octubre de 2009 con regreso el día
17 del mismo mes y año.
Aviso número 12077
DECRETO 3336 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-22
DECRETO N° 3.336/3 (ME), del 22/10/2009. --- Autorízase al señor Secretario de
Estado de Hacienda, CPN. Rolando J. Steimberg, a trasladarse a la ciudad de San
Salvador de Jujuy el 22 de octubre de 2009, a efectos de asistir al XXIV°
Congreso Nacional de Contadurías Generales.
Aviso número 12078
DECRETO 3339 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-22
DECRETO N° 3.339/3 (ME), del 22/10/2009. Expte. N° 873/369-U-2009.--- Autorízase,
al Lic. Nicolás Paz, dependiente de la Secretaría de Estado de la Unidad
Ejecutora Provincial del Ministerio de Economía, a trasladarse a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires el día 26 de octubre de 2009, -usando la vía terrestre-
a fin de que el mencionado profesional pueda concurrir al Taller del Sistema
UEPEX, organizado por el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios, durante los días 26 al 28 de octubre de 2009, regresando a nuestra
provincia el día 28 del mismo mes y año.
Aviso número 12062
DECRETO 3407 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-29
DECRETO N° 3.407/3 (SH), del 29/10/2009. Expte. N° 19359/230-D-2009. --- Extráese
de la Jurisdicción 50 "SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 93
"Erogaciones Varias", Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00,
Actividad 03 "Créditos Adicionales", Partida Sub-Parcial 517 "Transferencias
otras Instituciones Culturales sin fines de lucro", Financiamiento 10 "Recursos
Tesoro General de la Provincia", la suma de $12.500.000.-, del Presupuesto
General 2009. Increméntase en la Jurisdicción 36 "SAF MED - Secretaría de Est. de
Gestión Administrativa Min. Educación", Programa 19 "U.O. N° 400 Educación
Pública de Gestión Privada", Finalidad/Función 347, Subprograma 00, Proyecto 00,
Actividad 01 "U.O. N° 400 Educación Pública de Gestión Privada", Partida
Subparcial 515 "Transferencias a Inst. de Enseñanza", Financiamiento 10 "Recursos
Tesoro General de la Provincia", la suma de $12.500.000.-, del Presupuesto
General 2009, quedando exceptuado dicho monto de los alcances del Artículo 1° del
Decreto N° 2/3(SH) del 6 de enero de 2009.
Aviso número 12071
DECRETO 3408 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-29
DECRETO N° 3.408/3 (SH), del 29/10/2009. Expte. N° 8476/323-D-2009. ---
Increméntase en el Presupuesto General 2009 -Ley N° 8147-, el Recurso 17251
"Sistema de Infraestructura de Transporte", por la suma de $15.000.000.-, que
financiará la siguiente estructura de gastos: Jurisdicción 52 "SAF MSC Dpto. S.
Adm. Fin. Dir. G. de Transporte" Programa 12 "Cuentas Especiales Varias"
Finalidad/Función 439 Subprograma 00 Proyecto 00 Actividad 28 "Cuenta Especial N°
248.4 - Sistema de Infraestructura de Transporte" Partida Subparcial 519
"Transferencias a Empresas Privadas" $15.000.000.-. Todo ello del Presupuesto
General 2009. Comuníquese a la Honorable Legislatura de la Provincia, en virtud
de lo dispuesto por el Artículo 17° inciso a) de la Ley N° 8147 -Presupuesto
General 2009-.
Aviso número 12075
DECRETO 3409 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-29
DECRETO N° 3.409/3 (SH), del 29/10/2009. Expte. Nº 19510/230-D-2009. --- Extraése
de la Jurisdicción 50 "SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro", Programa 93
"Erogaciones Varias", Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00,
Actividad 03 "Créditos Adicionales", Partida Subparcial 517 "Transferencias a
otras Instituciones Culturales sin fines de lucro", Fuente de Financiamiento 10
"Recursos Tesoro General de la Provincia", la suma de $277.000.-, del Presupuesto
General 2009. Increméntase en la Jurisdicción 36 "SAF MED - Secretaría de Est. de
Gestión Administrativa Min. Educación", Programa 11 - U.O. N° 329 "Ministerio de
Educación", Finalidad/Función 347, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01 -
U.O. N° 329 "Ministerio de Educación", Partida Subparcial 513 "Becas", Fuente de
Financiamiento 10 "Recursos Tesoro General de la Provincia", por la suma de
$277.000.-, del Presupuesto General 2009, quedando exceptuado dicho monto de las
restricciones contenidas en el artículo 1° del Decreto N° 2/3 (SH) de fecha 6 de
enero de 2009.
Aviso número 12074
DECRETO 3410 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-29
DECRETO N° 3.410/9 (MDP), del 29/10/2009. Expte. N° 2636/460-V-09. --- Autorízase
al señor Presidente del Ente Autárquico Tucumán Turismo Dn. Bernardo A. Racedo
Aragón, a trasladarse en misión oficial vía aérea a la ciudad de Londres
(Inglaterra), el día 7 de noviembre de 2009 con regreso el día 14 del mismo mes y
año.
Aviso número 12072
DECRETO 3412 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-29
DECRETO N° 3.412/3 (SH), del 29/10/2009. Expte. N° 1108/170-FE-2009. ---
Sustitúyese el Artículo 3° del Decreto N° 3.206/3(SH) del 13 de octubre de 2009,
por el siguiente: "Artículo 3°.- Dispónese que el aporte otorgado al Instituto de
Previsión y Seguridad Social de Tucumán se destine a la reposición del monto
embargado en la Cuenta N° 20097100/3 del citado Organismo, ordenado en la causa:
"Teseira, Oscar Hugo c/Instituto de Previsión y Seguridad Social de la Provincia
s/Inconstitucionalidad". Déjase establecido que el saldo remanente del aporte por
el importe de $40.262,21.-, deberá ser reintegrado por el Instituto de Previsión
y Seguridad Social de Tucumán al Superior Gobierno de la Provincia, en la Cuenta
Corriente N° 97091/8- Z05-Rentas Generales- Banco del Tucumán S.A. Asimismo
dispónese que la citada devolución sea registrada como ingreso en el "Recurso
12915 -Devolución de Gastos del Ejercicio". Dispónese que de las sumas embargadas
se den en pago en sede judicial únicamente los importes correspondientes al
capital.
Aviso número 12067
DECRETO 3426 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-10-29
DECRETO N° 3.426/1, del 29/10/2009. --- Otórgase a personas, a requerimiento de
la Corriente Clasista y Combativa, con domicilio en calle Rivadavia y Sáenz Peña,
de la ciudad de Juan Bautista Alberdi, un subsidio por la suma total de
$130.000.-, a Jurisdicción 3, Programa 12, Subprograma 00, Proyecto 00,
Actividad/Obra 01, Finalidad/Función 320, Unidad de Organización N° 040,
Denominación: Secretaría General de la Gobernación, Partida Subparcial 514, del
Presupuesto General Vigente. Establécese que el pago se hará efectivo a través de
la Caja Popular de Ahorros de la Provincia, conforme a lo establecido en el
Convenio aprobado mediante Decreto N° 2.478/1-06, la que una vez terminado el
pago remitirá a la Dirección de Administración de la Gobernación, la totalidad de
los comprobantes suscriptos por los beneficiarios a los fines de la
correspondiente rendición de cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la
Provincia.
Aviso número 12076
RESOLUCIONES 184 / 2009 RESOLUCION / 2009-11-10
DIRECCION GENERAL DE RENTAS. RESOLUCION GENERAL N° 184/09, del 10/11/2009.
VISTO el artículo 15 de la Ley N° 5636 y sus modificatorias y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo citado en el Visto, establece que la Dirección General de Rentas
determinará el valor del impuesto anual a los Automotores y Rodados de
conformidad a la naturaleza y categoría de los vehículos, debiendo considerar a
tales efectos que el valor de los vehículos no supere en ningún caso al que
establezca la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a los fines del
Impuesto sobre los Bienes Personales, y para el supuesto que el Fisco Nacional no
hubiera valuado determinadas unidades, deberá considerarse como base para la
determinación del gravamen el valor determinado para dichas unidades por la Caja
Popular de Ahorros de la Provincia, en su actividad aseguradora;
Que atento a lo normado por el artículo citado, y conforme al estudio técnico
realizado por el Departamento Técnico Tributario de esta Autoridad de Aplicación,
corresponde determinar el valor de las unidades cero kilómetro año 2010 en el
equivalente al establecido para las unidades cero kilómetro año 2009 ajustado por
el coeficiente uno con cinco centésimos (1,05);
Que, por su parte, corresponde proceder a fijar los coeficientes de ajuste del
valor para las unidades cuyo modelo sean menor al año 2010, los cuales, por su
aplicación y no obstante el valor fijado para las unidades cero kilómetro año
2010, conforme a lo antes considerado, representarán una reducción del valor
fijado respecto del período fiscal 2009, lo que implicará una disminución en el
pago del gravamen para el año 2010 en comparación con el período fiscal 2009;
Por ello,
El Director General de Rentas
RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar los coeficientes de ajuste de los valores de las unidades
cuyo modelo sea menor o igual al año 2009, para el período fiscal 2010, a partir
del valor de la unidad cero kilómetro conforme se detalla a continuación:
Año de fabricación Coeficiente multiplicador a aplicar
2010 1,0000; 2009 0,8181; 2008 0,7830; 2007 0,7140; 2006 0,6499; 2005 0,5790;
2004 0,4865; 2003 0,4250; 2002 0,3770; 2001 0,3335; 2000 0,2990; 1999 0,2605;
1998 0,2302; 1997 0,2141; 1996 0,1985; 1995 0,1819; 1994 0,1690; 1993 0,1546;
1992 0,1420; 1991 0,1300; 1990 0,1223; 1989 0,1110; 1988 0,1010; 1987 0,0920;
1986 0,0830; 1985 0,0750; 1984 0,0675; 1983 0,0590; 1982 0,0510; 1981 0,0445;
1980 0,0380; 1979 0,0312; 1978 0,0250; 1977 0,0234; 1976 0,0164; 1975 0,0138;
1974 0,0125; 1973 0,0106; 1972 0,0080; 1971 0,0073; 1970 0,0066.
A los efectos del valor correspondiente a las unidades modelo año 2010 (0 Km), se
considerará como tal el valor establecido por la RG (DGR) N° 109/08 y sus
modificatorias, para los modelos año 2009, ajustado por el coeficiente uno con
cinco centésimos (1,05), excepto para las unidades cuya valuación para el año
2010, según marca y modelo, se establece en Anexo que forma parte integrante de
la presente resolución general.-
Art.2°.- La presente resolución general tendrá vigencia para el período fiscal
2010.-
Art. 3°.- Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 12073
RESOLUCIONES 52 / 2009 RESOLUCION / 2009-11-05
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 52/09 HJEP, del 05/11/2009.
VISTO: La solicitud de reconocimiento de personería jurídico política, de la
agrupación de referencia, para actuar como partido político en el ámbito de la
Provincia, y
CONSIDERANDO:
Conforme surge de los antecedentes del presente legajo se ha cumplimentado con
los requisitos de los artículos 11° y 12° de la Ley N° 5.454 (Orgánica de los
partidos políticos).- Así lo establece resolución de fecha 10/06/2009 corriente a
fs. 70 de estas actuaciones.
A fs. 265 vta. corre informe actuarial sobre el cumplimiento de lo establecido en
el Art. 13° de la Ley 5.454.
Que del análisis de la documentación arrimada se determina consonancia con el
espíritu de la norma contenida en los artículos 28 y 29 de la citada ley.
Corre glosada a fs. 106/111 escrito presentado por el apoderado del Partido
Fuerza Republicana formulando impugnación contra el nombre por considerar que
existe intencionalidad manifiesta de provocar confusión en el electorado, ya que
de aprobarse, habría dos partidos con nombres casi idénticos "Fuerza Republicana
y "Republicano Fundacional". Asimismo sostiene que la sigla "RF" adoptada por la
agrupación cuyo reconocimiento procura en estas actuaciones, también genera
confusión por su similitud con la sigla "FR" perteneciente al partido que
representa. Destaca también que la agrupación en formación nace como una escisión
de "Fuerza Republicana" compuesta por un reducido grupo de afiliados y dirigentes
que optaron por irse de dicho partido político.
A fs. 150 mediante Acta de fecha 31/07/09 la Junta Promotora del Partido de
referencia modifica el art. 2° de la Carta Orgánica partidaria, estableciendo
como sigla la palabra Republicano incluyendo un tilde sobre la letra R, en color
blanco con fondo celeste.
A fs. 152 corre certificación de la H. Legislatura de Tucumán, donde consta que
el Legislador Luis José Bussi, presidente de la Junta Promotora de la agrupación
de referencia, ha solicitado la conformación de un nuevo Bloque Político
Unipersonal con el nombre de Republicano.
A fs. 165/169 el apoderado del partido Republicano Fundacional contesta el
traslado corrido manifestando que la impugnación realizada carece de total
seriedad y razonabilidad por cuanto no cuenta con fundamentos suficientes para
acreditar violación del art. 24° de la Ley 5454 (orgánica de partidos
políticos).-
En oportunidad de la audiencia que manda el art. 2° inc. b) del Dcto.
1835/14(SSG) (Reglamento de la ley 5.454) el apoderado del Partido Fuerza
Republicana ratifica íntegramente lo expresado en el escrito presentado en fecha
31/07/09 glosado a fs. 106/111 vta. y especialmente hace reserva del caso
Federal. El apoderado del partido de referencia ratifica en todos sus términos la
contestación a la oposición por el nombre del partido Republicano Fundacional
efectuado por Fuerza Republicana.
En el desarrollo de su argumentación el oponente manifiesta además, en síntesis,
que la agrupación solicitante de personalidad es una escisión de Fuerza
Republicana y lo pretendido es confundir en el acto de votación a sus afiliados,
no sólo por el nombre del partido, sino también por el de sus referentes, futuros
candidatos.
A tenor del Decreto N° 1835/14 SSG, Reglamentario de la Ley 5454 (orgánica de los
partidos políticos) deben acercarse las pruebas de las que intenten valerse los
acudientes a la audiencia de oposición, como oportunidad propicia. Aparte de la
documentación obrante en autos y lo manifestado en audiencia no se han verificado
otros elementos probatorios.
Sin dejar de lado la situación de que un partido (Fuerza Republicana) tiene
reconocimiento en el Juzgado Federal de Tucumán y el aspirante (Republicano
Fundacional) lo solicita en esta Junta Electoral Provincial, no siendo obstáculo
el estar afiliado en uno u otro, la libertad de afiliación, como modalidad en el
ejercicio de los derechos políticos está garantizada por las Constituciones
Nacional y Provincial. El hecho de la renuncia de afiliados a Fuerza Republicana,
no demostrado en autos, aún cuando hayan ocupado cargos directivos, no constituye
elemento de convicción contundente que haga suponer la escisión de un partido
político para la formación de otro, como lo manifiesta el impugnante.
La referencia a la futura candidatura de los integrantes de ambas entidades, de
apellido Bussi, al ser mera hipótesis no amerita el análisis por esta Junta
Electoral.
Analizadas las composiciones de sus respectivos nombres, llevan al ánimo de esta
Junta Electoral a concluir que en el caso no existe colisión alguna ni acarrea
confusión al electorado, toda vez que la clara y razonable distinción exigida por
el art. 24° de la Ley 5454, debe emanar de la totalidad del nombre y no de una
parte del mismo.
En casos análogos la Cámara Nacional Electoral se pronunció en igual sentido:
"Como lo tiene reiteradamente establecido este Tribunal (cf. Fallos 549/88,
551/88, 554/88, 618/88 y 674/89) la distinción no debe hacerse comparando vocablo
por vocablo, sino tomando el nombre en su integridad, pues es de la impresión de
conjunto de donde ha de resultar si se produce o no confusión". (Fallo CNE
2097/95).
De esta relación surge que no existe coincidencia con el nombre propuesto por la
agrupación que recurre para su habilitación y el del oponente.
Queda así garantizada la salvaguarda esencial querida por dicha norma, por lo que
cabe rechazar la oposición aquí considerada.-
De acuerdo al artículo 26° de la Ley N° 5.454 y a la resolución del 22/04/2003
corresponde que a la presente agrupación se le otorgue el número 212.
Por ello y conforme lo dictaminado por la señora Agente Fiscal en lo Civil,
Comercial y del Trabajo de la II°. Nominación, se:
RESUELVE:
I- Rechazar la oposición al uso del nombre formulado por el partido Fuerza
Republicana.
II.- Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación "Republicano
Fundacional" para actuar como partido político en la jurisdicción de la Provincia
de Tucumán.
III.- Otorgar el número 212 al mencionado partido según lo dispuesto por el
artículo 26 de la Ley 5.454 y resolución de la H. Junta Electoral del 22/04/03.
IV.- Publíquense edictos por un día, Libre de Derechos, en el Boletín Oficial de
la Provincia, haciéndose conocer la Declaración de Principios y Bases de Acción
Política, Carta Orgánica y la presente Resolución. Hágase Saber. Dr. Antonio
Daniel Estofan, Presidente. Dr. Pedro Vicente Giudice, Vocal; Leg. Sergio
Mansilla, Vocal Presidente Subrogante de la H. Legislatura.
Partido Republicano Fundacional
Declaración de Principios y
Bases de Acción Política
"Los pueblos, como los hombres, no tienen alas; hacen sus jornadas de a pie y
paso a paso" (J. B. Alberdi, "Fragmento Preliminar...").
No nos desalienta y menos, pero muchísimo menos, nos condiciona o limita, ni
tampoco hace mella en nuestros espíritus, la crítica insidiosa de los que
claudicaron por intereses mezquinos, dejando de lado las mejores reservas morales
para el fortalecimiento institucional y abandonando el compromiso de
constituirse en instrumento de cambio en los hábitos políticos y en las
condiciones sociales. Nuestra obligación es con Tucumán y con los tucumanos y
nada ni nadie podrá torcer ni demorar el rumbo que nos hemos trazado para
recuperar el bienestar de los ciudadanos, afianzados en los ideales republicanos.
Principios Fundamentales
La Sociedad y La Política
El proyecto de vida en común es lo que identifica a una sociedad. Su
organización, se basa fundamentalmente en un plan que generalmente tiene por
objetivo lograr la permanencia de la vida social. De allí, que la política, como
actividad reguladora y coordinadora, se inserta en la sociedad permitiendo
mantener la cohesión, el orden y la organización, por lo que la función de lo
político permanece a través del tiempo, variando únicamente los medios del que se
vale para mantener su fuerza unificadora, siendo sustancial para la sociedad y
una de las categorías básicas en la dimensión del hombre que permanece en su
existencia no obstante los cambios de regímenes políticos, ideologías o
fronteras, siendo, en lo esencial, indestructible. La meta de lo político está en
relación con el sentido de la sociedad, mutable en su forma para cada tiempo y
lugar, pues, la inteligencia, la voluntad y las pasiones humanas estructuran las
instituciones de acuerdo a las necesidades materiales, morales e intelectuales
impuestas por el espacio y la historia en la búsqueda del "bien común", el que no
consiste en la suma de bienes individuales, ni tampoco como una combinación de
aquellos, sino que es la meta que atrae a los hombres hacia la comunidad, en
orden a la plena satisfacción para los sujetos que la integran.
Los Partidos Políticos y La Dirigencia
Los partidos políticos constituyen organizaciones necesarias para el
desenvolvimiento de la democracia representativa y de fundamental importancia
para la cristalización de instituciones vinculadas al desarrollo y evolución
política. Sin embargo, atraviesan una profunda crisis en su rol debido a que la
ciudadanía ha optado por otras formas de involucrarse en política, sumándose a
protestas o manifestaciones a favor o en contra de cuestiones puntuales,
fomentando el desarrollo social a través de las ONG y numerosas organizaciones
apartidarias. Así, al variar los ámbitos de participación se atenta contra las
definiciones estratégicas, ideológicas y de largo plazo que debe tener una
sociedad. Debemos ocuparnos de transformar a los partidos políticos para
reconstruir la relación con la sociedad ante el desgaste al que se ha llegado,
situación que no puede ser ignorada y que obliga se produzca un saludable proceso
de renovación en las filas de la dirigencia política, con individuos capaces de
liderar verdaderos proyectos políticos. La sensación que predomina en el país es
la de un fracaso acumulativo de gestiones de gobierno que defraudaron las grandes
expectativas generadas, habiéndose vivido etapas intensas, cargadas de conflictos
y dificultades que no pudieron ser resueltos satisfactoriamente, debido a un
sectarismo reduccionista y esquemático que tanto daño le infligió a la sociedad
argentina, por lo que lo más aconsejable para la buena salud del sistema
democrático es la búsqueda de nuevos e idóneos dirigentes que conduzcan el
proceso político contribuyendo con su experiencia y consejo, afianzando el
legítimo uso de la libertad de opinión, cualquiera sea la línea ideológica en que
estén situados, enriqueciendo y matizando con responsabilidad el debate político.
La División de Poderes
Dentro del sistema republicano es nota clásica y esencial la división y el
control del poder, que, acompañados por la publicidad de los actos de gobierno,
la responsabilidad de los funcionarios, la periodicidad de los cargos electivos y
la igualdad ante la ley, evita todo desborde que ponga en peligro las
instituciones y libertades personales. Por ello, rechazamos enérgicamente la
concentración del poder, identificándonos con la verdadera libertad que se
concreta en la independencia de la voluntad arbitraria de una o varias personas.
No obstante que la violación del principio republicano puede provenir de
cualquiera de los tres poderes, en los hechos, el dictado de los llamados
decretos de necesidad y urgencia y la promulgación parcial de leyes han
constituido los eslabones de concentración de poder en el Ejecutivo, en desmedro
del Legislativo que perdió competencia. En el sistema republicano, la separación
de poderes fue dispuesta para controlar el poder mismo, posibilitar la libertad y
garantizar el derecho de las personas, manteniendo este principio su
funcionalidad y razones, no obstante haberse incrementado la función del Estado
para garantizar los derechos sociales. No desconocemos que las crisis económicas
y sociales obligaron al Estado asumir un sinnúmero de funciones, ensanchando el
Poder Ejecutivo el ejercicio de sus atribuciones, pero, tales circunstancias, no
autoriza al desconocimiento de los límites establecidos por mandato
constitucional. Declaramos la necesidad de una justicia idónea, imparcial, rápida
y eficiente que ejerza la función jurisdiccional independientemente de los
restantes órganos de poder, en especial del Poder Ejecutivo, para garantizar la
vigencia plena del derecho; de un Poder Legislativo comprometido con las
circunstancias históricas que le toca vivir a la sociedad, ejerciendo sus
funciones sin delegar facultades legislativas en el Ejecutivo, generando los
controles sobre los otros órganos de poder a fin de revitalizar su prestigio ante
la opinión pública, desgastado por las criticas que suscita el excesivo
clientelismo político y la presión constante de los intereses para plasmar
acuerdos que erosionan las verdaderas políticas que debe llevar adelante el
Estado.
Salud, Educación, Economía y Seguridad
La infraestructura sanitaria y educativa, acorde con las necesidades de la
población, impone profundizar las prestaciones por parte del Estado destinando
mayor porcentaje de sus recursos para la implementación de programas de
prevención sanitaria y profundización de la enseñanza básica, incorporando
técnicas y recursos humanos que permitan no solo mejorar la calidad de vida de la
población en todos sus aspectos, sino también intensificar la capacitación de
docentes y profesionales de la salud, ya que, cuando el Estado olvida el promover
y desarrollar la educación, atenta directamente contra el patrimonio espiritual
de la sociedad, impidiendo el afianzamiento de los principios éticos y
espirituales tan caros para asegurar nuestra continuidad histórica, consolidando
la conciencia nacional; y, cuando no se garantiza al ciudadano, desde su
nacimiento, una adecuada atención médica, sin incorporar a ella los beneficios de
la ciencia y tecnología en materia de salud pública, la población queda
desprotegida a merced de la rentabilidad o no de los prestadores de salud hoy
cada vez más en manos privadas. En lo económico, el Estado debe empeñarse en la
consecución de recursos genuinos para el desarrollo y crecimiento de la
provincia, implementando políticas de reactivación del potencial económico para
multiplicar las fuentes de trabajo, equilibrando la carga impositiva sobre la
producción y el trabajo a fin de lograr mayor competitividad para integrar a
Tucumán, en principio, con la región y el país, impulsando la industrialización
de su producción primaria acorde con la demanda de nuevos mercados y recreando
condiciones específicas para la radicación de empresas e industrias que,
acompañadas con la inversión, mejoren la oferta de trabajo para lograr un
impacto positivo en la reducción de la desocupación. La economía formulada en
forma dinámica y moderna, con sentido social, alentando el desarrollo creciente
de bienes, con una distribución mas justa de la riqueza basándose en la equidad y
real necesidad de bienestar sin exclusión alguna, tendrá como efecto las
respuestas esperadas por la población para cubrir sus necesidades vitales, sin
que por ello el Estado se sirva de estos medios para proponer presiones a
sectores determinados de la producción, que solo trae como consecuencia el
enfrentamiento en una "supuesta lucha de clases". Debe promoverse la obtención de
trabajo compatible con la vocación del individuo, su conocimiento, su libertad,
asegurando el desarrollo personal y el de su núcleo familiar, fundamento de la
dignidad humana, erradicando las prácticas de dádivas sin sentido que, en vez de
una justa ayuda social, solo tiene por finalidad la compra de voluntades al
momento del voto. En el ámbito de la seguridad, asistimos perplejos al aumento
creciente de los hechos delictivos que se cobra, en la mayoría de las veces, la
vida de honestos ciudadanos con la notable ausencia del Estado en materia de
prevención. El ciudadano se encuentra privado de disfrutar en plenitud su derecho
al trabajo, al esparcimiento, al descanso, porque se siente asechado
permanentemente y en todos los ámbitos por la inseguridad que se ha enquistado en
nuestra sociedad que, ante la indulgencia del poder público, vive a merced del
envalentonamiento y soberbia de la delincuencia. Ante estos hechos, el Estado
debe promover la sanción de leyes punitivas acordes con la realidad moderna,
apartándose de doctrinas y teorías "garantistas" que solo sirven para acrecentar
la invulnerabilidad del delincuente, proveyendo, además, los suficientes recursos
económicos y materiales a las fuerzas de seguridad que permitan disuadir y
combatir el delito.
Autonomía Provincial e Identidad Cultural
El régimen federal establecido por la Constitución Nacional no tiene vigencia
efectiva. La concentración del poder político y económico en el gobierno nacional
ha coartado el poder de decisión de las provincias, mutilando su crecimiento.
Existe la necesidad de que las provincias gocen plenamente de sus recursos,
tomando sus decisiones económica-financieras para lograr su progreso mediante el
propio esfuerzo y la contribución solidaria de los mas afortunados. Por su parte,
los municipios y las comunas, tienen la responsabilidad histórica de concretar
una justa prestación y distribución de servicios que hagan realidad la
integración de los ciudadanos sin marginaciones de ninguna naturaleza, asumiendo
e interpretando las inmediatas necesidades de los grupos sociales tanto en lo
material como lo cultural, moral y espiritual. Los argentinos estamos perdiendo
el sentido de solidaridad y prevalece el egoísmo de los individuos, donde grupos
y sectores se desentienden del proceso que nos identifica cultural y
espiritualmente, produciendo el efecto del abandono de la juventud que,
actualmente, se encuentra desvalida, desorientada y sin la conciencia acorde a
los valores tradicionales que permitieron el nacimiento de esta Nación. Por ello,
declaramos la necesidad de afirmar y desarrollar los valores culturales positivos
heredados de nuestros ancestros y de promover una cultura que, sin desdeñar los
aportes creativos de lo contemporáneo, dignifiquen la familia, célula base de la
sociedad, y la fortalezcan ante los intentos de su disolución moral, apoyándonos
en aquellos principios rectores del pleno desarrollo humano, donde el respeto por
la libertad política vaya acompañada por la libertad de conciencia, impulsando la
plena vigencia de los artículos 2° y 14° de nuestra Constitución Nacional, como
eficaz valla para las expresiones que subalternizan la conciencia humana,
oponiéndonos a la manipulación ideológica de la religión con fines políticos y
declarando la irrenunciable defensa de la vida desde el mismo instante de su
concepción.
Reconciliación Nacional
El efecto más hondo y alarmante que sufre la Argentina es la crisis espiritual
que aqueja a hombres y mujeres, originados en desencuentros y enfrentamientos
internos producidos en la última etapa de nuestra historia, que postergaron
muchas realizaciones y desviaron a la Nación de sus grandes objetivos. El
desánimo y la desesperanza hace presa del alma de los argentinos cuando no
existe el esfuerzo necesario para cerrar esa división de la sociedad contra si
misma que permita dar sitio al principio de unidad y solidaridad sobre el que
asentaron sus logros las naciones mas avanzadas del mundo. El consecuencia, la
recuperación total de la República como hazaña colectiva solo será posible si se
funda en la superación concreta y total de los errores del pasado y la renovación
de aquellas fuentes que dieron vida plena a la existencia nacional, tarea en la
que todos debemos poner el empeño a fin de lograr la plena vigencia de las normas
que regulan la convivencia para, de una vez por todas, lograr una sociedad sana,
de hombres y mujeres animosos y esperanzados con una firme conciencia nacional.
Por Todo Ello, Establecemos las siguientes Bases de Acción Política: - Promover
una organización política con responsabilidad cívica y vocación de servicio que
se constituya en el verdadero nexo entre la sociedad y el Estado. - Exigir el
fiel cumplimiento de la Constitución Nacional y el ejercicio pleno del régimen
federal, erradicando las prácticas políticas de absoluta dependencia económica
del Gobierno Nacional. - Promover el desarrollo de la familia, núcleo fundamental
de la sociedad, afianzando los principios éticos y espirituales difundidos por
las Instituciones encargadas de su protección y de la defensa de la vida desde su
concepción. - Recrear las condiciones para que el avance del progreso sirva para
nutrir el bienestar de la sociedad, respetando sus propias tradiciones para
asegurar la continuidad histórica de la Nación Argentina. - Apoyar la actividad
científica y tecnológica como expresión de la autodeterminación intelectual, para
integrarse en plenitud al mundo desarrollado. - Promover políticas coherentes en
el orden provincial y nacional, para que la sociedad pueda encontrar respuestas a
sus necesidades vitales de trabajo, educación, salud, vivienda y seguridad. -
Establecer propuestas políticas orientadas al bien común, impulsando aquellas
doctrinas que logran el equilibrio entre lo material y lo espiritual, que
respetan la propiedad privada e impulsan la igualdad ante la ley, sin privilegio
alguno. - Promover políticas dinámicas para la expansión de una industria
moderna, priorizando el sector agropecuario para reactivar el aparato productivo
de la provincia, en resguardo de sus intereses. - Asegurar que el trabajo
dignifique a los hombres y mujeres, erradicando la explotación y promoviendo su
capacitación para el desarrollo personal y el de su núcleo familiar. - Asegurar
el acceso a una justicia imparcial, idónea, rápida, eficiente e independiente,
subordinada exclusivamente a la Constitución, la ley y al derecho. - Reformular
el Estado en todos sus quehaceres y niveles de conducción, colocándolo al
servicio de los ciudadanos y no de los políticos, reduciendo el gasto público y
en especial el político. - Fortalecer los órganos de contralor del Estado,
impulsando su autonomía y ejecutividad. - Rescatar la obra pública destinada a
mejorar la calidad de vida de los habitantes y la infraestructura productiva -
industrial y como fuente generadora de trabajo. - Promover políticas eficaces
para la defensa del medio ambiente, erradicando las prácticas perniciosas de
contaminación y depredación de nuestra flora y fauna autóctono.
Carta Orgánica
Título I
Artículo 1°: Se constituye en la ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de
Tucumán, donde será su sede, el Partido Republicano Fundacional, Distrito
Electoral Tucumán, integrado por todos los ciudadanos que habiendo adherido a su
Carta Orgánica, Declaración de Principios, Bases de acción Política, se
encuentran inscriptos en los registros partidarios en calidad de afiliados.
Artículo 2°: El Partido Republicano Fundacional, adopta como símbolo partidario
la palabra republicano, incluyendo un tilde sobre la letra R, en color blanco
sobre fondo celeste (Republicano).
Artículo 3°: El Partido Republicano Fundacional, tiene por finalidad concretar el
acceso a los cargos políticos electivos, utilizando los medios que la legislación
vigente autoriza y que le son propias de un estado de derecho, participando,
además, organizadamente en la vida política de la provincia, ofreciendo a la
sociedad la profundización de la conciencia cívica, la exaltación de las virtudes
políticas y del sentido de la ley y de la libertad, donde el pluralismo político
sea la nota esencial de nuestra democracia constitucional, afianzando los valores
tradicionales y considerando como ideal la realidad misma.
Artículo 4°: Esta Carta Orgánica constituye la ley fundamental del Partido, en
cuyo carácter rige los poderes, derechos y obligaciones partidarias y a la cual
sus autoridades y afiliados deberán ajustarse obligatoriamente.
Título II - Organismos Partidarios
Artículo 5°: Son organismos del Partido la Convención Provincial; el Consejo
Superior; las Juntas Departamentales; las Juntas de Circuitos; el Tribunal de
Conducta; Tribunal Electoral y el Tribunal de Cuentas, siendo requisito para ser
integrante de cualquiera de los órganos partidarios, ser afiliado al Partido y no
estar cumpliendo sanción disciplinaria.
Artículo 6°: La Convención Provincial, será integrada por treinta (30) miembros,
correspondiendo catorce (14) delegados por Capital y uno (1) por cada
Departamento de la Provincia, elegidos por el voto directo de los afiliados.
Artículo 7°: El Consejo Superior, se integrará con diez (10) Consejeros, elegidos
por el voto directo de los afiliados y se renovarán cada cuatro (4) años.
Artículo 8°: Las Juntas Departamentales del Interior, serán integradas por diez
(10) miembros, elegidos por los afiliados del Departamento, renovándose cada
cuatro (4) años.
Artículo 9°: Las Juntas de Circuitos, se constituyen por asamblea de afiliados en
distintos puntos de la provincia, previa autorización del Consejo Superior del
Partido.
Artículo 10°: El Tribunal Electoral, se integrará por tres (3) miembros elegidos
por el voto directo de los afiliados.
Artículo 11°: El Tribunal de Cuentas, estará integrado por tres (3) miembros,
elegidos por el voto directo de los afiliados.
Artículo 12°: El Tribunal de Conducta, se integrará por tres (3) miembros y serán
designados por el Consejo Superior.
Título III - Del Consejo Superior
Artículo 13°: El Consejo Superior es la autoridad ejecutiva del partido y estará
integrada por: Un Presidente Un Vicepresidente Un Secretario General Un
Secretario de Actas y Prensa Un Secretario Económico Un Fiscal General Cuatro
Vocales Consejeros Titulares. Habrá cuatro Vocales suplentes.
Artículo 14°: Las autoridades elegidas para el Consejo Superior, constituirán una
Mesa Directiva Coordinadora Provincial que tendrá facultades para resolver
aquellos casos cuya demora pueda afectar la marcha del Partido, con oportuna
rendición de cuentas al Consejo Superior y estará integrada por el Presidente;
el Secretario General; el Secretario de Actas y Prensa; y el Secretario
Económico, agregándose para sus deliberaciones el Presidente de la Convención
Provincial. Podrá citarse a los Presidentes de las Juntas Departamentales de la
Provincia.
Artículo 15°: El Consejo Superior deliberará formando "quórum" con la mitad mas
uno de sus miembros, correspondiendo al Consejo determinar el carácter público o
reservado de sus sesiones. Dictarán su reglamento interno, rigiéndose por los
principios establecidos para el funcionamiento de los órganos colegiados,
entendiéndose, en todo lo que no resulta expresamente establecido en esta carta,
que las funciones de Presidente, Vicepresidente, Secretarios, Fiscal y Vocales
tienen el contenido específico que resulta de las respectivas denominaciones,
teniendo el Presidente doble voto en caso de empate.
Artículo 16°: El Consejo Superior tiene las siguientes atribuciones: a) Gobernar
el Partido con carácter privativo, representándolo a través de su Presidente u
otro miembro designado especialmente, ante los poderes públicos y otras
instituciones políticas, gremiales, culturales, vecinales, deportivas,
religiosas, militares y del quehacer general de la sociedad. b) Ejecutar y hace
cumplir las resoluciones de la Convención Provincial. c) Promover la constitución
de las Juntas Departamentales y de Circuitos en todo el territorio de la
provincia. d) Crear órganos internos y designar comisiones para el mejor
desenvolvimiento y logro de los objetivos del Partido. Las Comisiones que se
designen serán presididas por un (1) miembro del Consejo Superior. e) Intervenir
las Juntas Departamentales y de Circuitos que a juicio del Consejo Directivo no
cumplan con las directivas partidarias. f) Designar una Junta Ejecutiva para el
Departamento Capital, que le dependerá. g) Designar a los miembros del Tribunal
de Conducta, integrándolo con un profesional del derecho como mínimo. h) Adquirir
derechos y contraer obligaciones, designando y contratando empleados y establece
el presupuesto de gastos y recursos, llevando la contabilidad conforme a la ley.
i) Hacer recaudar los fondos, administrando y disponiendo las inversiones y
bienes del Partido. Los actos de disposición de inmuebles requerirán el voto de
la mitad mas uno de la totalidad de sus miembros y la ratificación de la
Convención Provincial. j) Convocar a elecciones internas con cuarenta (40) días
corridos de anticipación como mínimo. Cuando las elecciones internas sean para
cargos partidarios, establecerán si serán simultáneas o escalonadas, totales o
parciales, para un nuevo período o para completar período. Los comicios que
asuman el carácter de reorganizadores solo podrán ser convocados previa
resolución de la Convención Provincial. k) Justificar las ausencias de los
miembros del Consejo Superior, declarando cesantes a los que no hayan concurrido
sin causa justificada a cuatro (4) sesiones consecutivas o diez (10) alternadas
en el año, incorporando los vocales suplentes que por orden corresponda. l)
Requerir al Tribunal de Conducta que intervenga en el juzgamiento de las faltas
en que incurrieran los afiliados. m) Convocar a la Convención Provincial en los
casos que fuere necesario n) Proponer a la Convención Provincial el ingreso o
egreso del partido a confederaciones y/o alianzas electorales. o) Dar mandatos
partidarios para su fiel cumplimiento a los afiliados en ejercicio de cargos
electivos o funciones públicas.
Artículo 17°: Del Presidente: El Presidente del Consejo Superior, es el
Presidente del Partido Republicano Fundacional, representándolo en todas las
clase de actos o manifestaciones políticas, convocando y presidiendo las
reuniones del Consejo, como así de la Mesa Directiva Coordinadora Provincial.
Refrenda los documentos partidarios, con voz y voto en las reuniones de Consejo,
correspondiéndole desempatar en caso de empate.
Artículo 18°: Del Vicepresidente: Reemplaza al Presidente en caso de ausencia,
renuncia, impedimento o muerte, coordinando o dirigiendo las tareas de las Juntas
Departamentales y Circuitos de la Provincia y Capital.
Artículo 19°: Del Secretario General: Refrenda la documentación partidaria
juntamente con el Presidente, compartiendo con éste la responsabilidad de la
administración partidaria. Es el tercero en la sucesión de la presidencia
partidaria.
Artículo 20°: Del Secretario de Actas y Prensa: Es el responsable del fiel
reflejo en las actas del accionar en las reuniones del Consejo Superior y de la
Mesa Directiva Coordinadora, comunicando a sus integrantes día, hora y temario de
reuniones. Asimismo, tiene la responsabilidad de refrendar junto con el
Presidente y el Secretario General, las declaraciones, comunicados de prensa,
publicaciones e intercambio informativo con toda otra organización de la
sociedad.
Artículo 21°: Del Secretario Económico: Es responsable del manejo de fondos y de
la documentación referente a los mismos al igual que todo lo relacionado con los
aportes partidarios, oficiando, al mismo tiempo, de Tesorero.
Artículo 22°: Del Fiscal General: Es el representante del Partido ante la
justicia electoral, controlando los intereses electorales del Partido en comicios
nacionales, provinciales, municipales y/o comunales. Deberá contar con un
auxiliar profesional del derecho.
Artículo 23°: De Las Reuniones: El Consejo Superior, mantendrá, como mínimo, una
vez al mes reuniones ordinarias, pudiendo reunirse extraordinariamente o cuando
el Presidente lo convoque. La Mesa Directiva Coordinadora puede reunirse por
disposición propia y/o cuando fuera convocada por el Consejo Superior.
Artículo 24°: El Consejo Superior podrá constituir Consejos Asesores integrados
por personas de reconocida competencia en su especialidad. Sus funciones serán
colaborar en la formulación de las políticas partidarias.
Título IV - De la Convención Provincial
Artículo 25°: La Convención Provincial es el organismo máximo del Partido, siendo
sus atribuciones: a) La Mesa Ejecutiva está integrada por un Presidente, un
Vicepresidente y un Secretario, disponiendo, en su caso, los reemplazos que
correspondieren. b) Sesionará en forma ordinaria una vez al mes, fijando a tales
efectos las fechas y estableciendo el período de receso, reuniéndose
extraordinariamente por citación del Consejo Superior o del Presidente de la
Convención, obrando a solicitud de no menos de diez (10) convencionales. c)
Invitar a las sesiones ordinarias a cualquiera de las autoridades partidarias.
d) Dictará su reglamento interno y fijará las pautas de acción del Partido, de
acuerdo con la declaración de principios y el programa o bases de acción
política. e) Reformar la Carta Orgánica, con el voto de dieciséis (16) o mas de
sus miembros. f) Decidir el ingreso o egreso del Partido a confederaciones y/o
alianzas electorales propuestas por el Consejo Superior. g) Decidir en los
recursos de apelación en contra de las resoluciones del Tribunal de Conducta. h)
Disponer sobre la renuncia que presentaren sus miembros, justificar sus ausencias
y removerlos por inasistencias injustificadas de cuatro (4) sesiones
consecutivas o cinco (5) en el año. i) Autorizar, a propuesta del Consejo
Superior, la inclusión de extrapartidarios en las listas de precandidatos para
funciones públicas de origen electivo.
Artículo 26°: La Convención Provincial sesionará válidamente con quórum de dos
tercios (2/3) de sus miembros, en primera citación y con la mitad mas uno en
segunda citación, la que se tendrá por practicada para media hora después. La
decisiones se adoptarán por simple mayoría de los presentes, cuando no se
exigiera una mayoría especial. Cuando se presentare situaciones imprevistas que
no pudieren ser resueltas aplicando las disposiciones de la presente Carta
Orgánica o los reglamentos dictados al efecto, la Convención se regirá por los
principios generales de la ley de Partidos Políticos y del derecho electoral.
Artículo 27°: Los convencionales suplentes reemplazarán a los titulares en el
caso de vacancia definitiva o de ausencia transitoria. Cuando el suplente no se
apersonara, corresponderá a la Junta Departamental respectiva designar el
sustituto.
Artículo 28°: Todas las citaciones expresas a la Convención Provincial se harán
de modo fehaciente y con cinco (5) días corridos de anticipación como mínimo,
precisándose la respectiva orden del día y el lugar de reunión.
Artículo 29°: De lo tratado en las sesiones de la Convención, se dejará
constancia en el libro de actas que se llevará al efecto y que serán suscriptas
por quienes hayan actuado como Presidente y Secretario, acompañando en la firma
por lo menos tres (3) convencionales.
Título V - De las Juntas Departamentales
Artículo 30°: Las Juntas Departamentales constituyen el máximo organismo del
Partido en la jurisdicción de su departamento, salvo en la capital. Ajustan sus
actos y resoluciones a las pautas y disposiciones del Consejo, dependiendo de
éste, orgánica y funcionalmente a todos los efectos. Tendrán la misma integración
que el Consejo Superior.
Artículo 31°: Autorizarán el funcionamiento de las Juntas de Circuitos de cada
Departamento y designarán un (1) representante a la Convención Provincial,
sujetos a aprobación por el Consejo Superior.
Artículo 32°: No podrán disponer sanciones disciplinarias a los afiliados,
debiendo remitir los antecedentes al Consejo Superior.
Título VI - De las Juntas de Circuitos
Artículo 33°: Las Juntas de Circuitos son responsables de la promoción y difusión
de las políticas partidarias. Actuarán dentro de la jurisdicción de las Juntas
Departamentales, autorizando el Consejo Superior su organización interna y
domicilio a propuesta de la respectiva Junta Departamental. Se integrarán con un
Presidente, un Vicepresidente, tres (3) Vocales Titulares y tres (3) Vocales
Suplentes, siendo designados éstos por el Consejo Superior propuestos por la
Junta Departamental.
Artículo 34°: Es facultad del Consejo Superior la remoción total o parcial de los
miembros de las Juntas de Circuitos, a propuesta de la respectiva Junta
Departamental.
Título VII - Del Tribunal Electoral
Artículo 35°: Estará integrado por tres (3) miembros titulares y tres (3)
suplentes. Elegirán de su seno un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario,
siendo su lugar de sesiones el local partidario. Sus decisiones no tendrán
recurso alguno dentro del Partido.
Artículo 36°: Las resoluciones del Tribunal Electoral se adoptarán con la
asistencia de por lo menos dos (2) de sus miembros, debiendo fundarse los votos.
Artículo 37°: Cuando fueren convocados los afiliados a elecciones internas, la
ausencia de cualquiera de los miembros del Tribunal Electoral a cuatro (4)
reuniones consecutivas, provocará la separación del miembro ausente y la
incorporación de un suplente. Si el Tribunal quedara sin número para sesionar, el
Consejo Superior procederá a designar sustitutos ad referendum de la Convención
Provincial, con notificación a la Justicia Electoral. Por falta de titulares y
suplentes, será atribución exclusiva de la Convención Provincial el designar
sustitutos.
Artículo 38°: Sus funciones serán las que establece la Ley Electoral de la
provincia para el Tribunal Electoral y la presente Carta Orgánica, en especial
las siguientes: a) Confeccionar el padrón de afiliados, haciéndolo público para
la puesta a disposición, abriendo un período de tacha, la que será notificada
mediante avisos en lugar visible en la sede partidaria, sin perjuicio de otros
medios de notificación. El período de tachas será de cinco (5) días corridos
durante los cuales los afiliados podrán oponer observaciones por las siguientes
causales: 1) estar el observado comprendido dentro de las causales de inhabilidad
establecido en las leyes electorales, nacionales y provinciales; 2) encontrarse
suspendido en la afiliación; 3) haber renunciado o expulsado del partido. b)
Pronunciarse sobre las tachas opuestas y aprobar los padrones, por lo menos con
quince (15) días corridos de anticipación a las elecciones internas. c) Presidir,
organizar y fiscalizar las lecciones internas, realizando el escrutinio
definitivo y proclamando a los electos. d) Nombrar con la antelación necesaria,
para cada mesa electoral, la autoridad respectiva, compuesta por un Presidente y
un Vicepresidente, designando un veedor partidario en cada local donde se
desarrollen los comisiones. e) Designar los locales donde se llevarán a cabo los
comicios, haciéndolos conocer con la debida anticipación al acto electoral. f)
Sesionar con carácter permanente, inmediatamente de concluido el comicio
interno, verificando el escrutinio definitivo y proclamando el resultado.
Título VIII - Del Tribunal de Cuentas
Artículo 39°: Estará integrado por tres (3) miembros titulares elegidos por el
voto directo de los afiliados, y tres (3) suplentes quienes reemplazarán por su
orden ante la ausencia o renuncia de todos o algunos de sus miembros. Sus
facultades son las que otorga a los Síndicos la Ley de Concurso y Quiebra,
siendo responsables del control de la marcha económica-financiera del Partido.
Título IX - Del Tribunal de Conducta
Artículo 40°: Es el órgano encargado de juzgar la conducta partidaria de los
afiliados a pedido del Consejo Superior, ajustando su proceder al debido proceso
y garantizando la defensa en juicio. Estará integrado por tres (3) vocales
Titulares designados por el Consejo Superior, los que no podrán desempeñar otro
cargo partidario. Elegirán de su seno al Presidente y serán reemplazados, en caso
de ausencia o renuncia, por aquellos que designe el Consejo. Le corresponde
instruir proceso partidario, juzgar conductas y aplicar penas conforme las
prescripciones de la Carta Orgánica. Sus resoluciones definitivas serán apelables
fundadamente dentro de los cinco (5) días hábiles de notificadas ante la
Convención Provincial, con excepción de las que impongan apercibimiento o
suspensión de hasta tres (3) meses. Si el sancionado revistare como autoridad
partidaria o desempeñare un cargo electivo, la resolución será apelable en todos
los casos.
Artículo 41°: El Tribunal de Conducta actuará ajustándose a las reglas del
procedimiento establecido y, supletoriamente en los casos no previstos, al
Código de Procedimiento Civil y Comercial Común para Tucumán, asegurando el
debido proceso y la defensa del acusado.
Artículo 42°: La resolución definitiva deberá dictarse dentro de los sesenta (60)
días hábiles desde el inicio de sus actuaciones, plazo que podrá prorrogarse
hasta otros sesenta (60) días corridos por resolución fundada. Podrá tramitarse
el procedimiento en rebeldía del acusado, como así, dictar providencias para
mejor proveer, recabar informes, citar testigos y practicar demás actos
tendientes al mejor cumplimiento de sus funciones.
Artículo 43°: No se admitirá la recusación sin causa. En caso de recusación que
se declare procedente o de excusación de alguno de los miembros en ejercicio,
procederá su reemplazo para esa causa.
Artículo 44°: Los afiliados estarán sujetos a las siguientes sanciones:
amonestación, suspensión de hasta dos (2) años, separación del Partido,
expulsión. La calificación de una determinada conducta como falta, se hará según
las reglas de sociabilidad en el orden político, determinándose la sanción de
acuerdo a una prudente valoración y sana crítica de la gravedad de la falta.
Título X - De las Agrupaciones Internas
Artículo 45°: Las agrupaciones internas desarrollarán actividades de difusión de
los principios partidarios y estudio de su problemática particular a fin de
proponer políticas concretas, conforme sea su naturaleza.
Artículo 46°: Las agrupaciones podrán ser de la juventud, femenina, de jubilados
y de otros núcleos que encaren la problemática política del partido. No podrán
realizar actividades que impliquen discriminaciones raciales, religiosas y/o de
discapacidades, fijando su organización y reglamentación interna que será
aprobada por el Consejo Superior, quien podrá intervenirlo.
Título XI - De las Elecciones Internas
Capítulo I - Clases de Elecciones y Oficialización de Listas
Artículo 47°: Se reconoce dos (2) clases de elecciones: 1) para cargos
partidarios; y 2) para candidaturas a funciones públicas electivas.
Artículo 48°: Las listas de candidatos a cargos partidarios y de precandidatos
para funciones públicas electivas deberán ser presentadas ante el Tribunal
Electoral, por lo menos quince (15) días antes de la fecha fijada para los
comicios, siendo oficializadas por éste con diez (10) días corridos de
anticipación a la fecha de los comicios internos, oportunidad en que se les
asignará un color distintivo. 1 - Para oficializar una lista, esta deberá contar
con el aval de un número de afiliados de acuerdo a los inscriptos en el padrón
partidario a emplearse y será de: a) Hasta 1.500 inscriptos, 50 avales con su
firma b) Mas de 1.500 y hasta 2.500 inscriptos, 75 avales con su firma c) Mas de
2.500 y hasta 5.000 inscriptos, 100 avales con su firma d) Mas de 5.000 y hasta
10.000 inscriptos, 150 avales con su firma e) Mas de 10.000 inscriptos, 200
avales con su firma. 2 - Tratándose de elecciones en donde se considere a la
provincia distrito único, la listas deberá ir avaladas por el dos por ciento (2%)
del total de afiliados del padrón partidario de cada departamento. 3 - Las listas
deberán presentarse consignando los nombres, apellidos y número de documento de
identidad, para cargos partidarios y/o precandidatos para función pública
electiva, titulares y suplentes, con firma de apoderado y la aceptación de los
candidatos y/o precandidatos incluidos. 4 - Para la elección de miembros del
Consejo Superior, Tribunal Electoral y de Cuentas, la provincia será considerada
distrito único. Los miembros de la Convención Provincial y Juntas
Departamentales, con excepción de la Capital, serán elegidos por los afiliados
del respectivo departamento de la provincia. En la elección de candidatos a
funciones públicas electivas, participarán los afiliados de toda la provincia, o
de un sector de ella, según corresponda, atento a la clase de función de que se
trate, según sea nacional, provincial, municipal o comunal. 5 - El Tribunal
Electoral fijará el padrón de afiliados a los fines de los comicios de que se
trate, observando los siguientes plazos: a) Se computarán solo las afiliaciones
que se hubieren producido antes del cierre, operada automáticamente cuarenta (40)
días antes de los comicios, reabriéndose con posterioridad a ellos.
b) Los padrones provisorios deberán estar listos con treinta (30) días de
anticipación a los comicios, habiéndose un período de impugnación y tacha no
menor de cinco (5) días. c) Los padrones definitivos deberán estar confeccionados
veinte (20) días antes de los comicios. 6 - De no realizarse o completarse las
elecciones internas para candidatos a funciones públicas electivas, o las
practicadas resultaren ineficaces, la designación de los candidatos será hecha
por la Convención Provincial a propuesta del Consejo Superior.
Artículo 49°: En caso de oficializarse una sola lista, el Tribunal Electoral la
proclamará sin mas tramite como triunfante. Cuando hubiere pluralidad de listas y
se tratare de una elección para cargos partidarios, la proclamación de los
electos se hará con arreglo al art. 50 de la presente Carta Orgánica.
En los comicios internos para elegir candidatos del Partido para funciones
públicas electivas, se adoptará el sistema de lista completa y mayoría simple.
Capítulo II - De la Cobertura de Cargos Partidarios
Artículo 50°: 1) Convención Provincial: la elección será directa y por simple
mayoría, correspondiendo un convencional a cada departamento del interior de la
provincia, llenándose así el número de dieciséis (16) miembros. Los catorce (14)
restantes, hasta completar el número de treinta (30), serán asignados a la
capital. Del mismo modo se elegirán treinta (30) suplentes. 2) Consejo Superior:
la elección será directa en la que participarán todos los afiliados. Cuando se
presentaren dos (2) listas, corresponderán a la que hubiere obtenido el mayor
número de votos, los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario General,
Secretario de Actas y Prensa, Secretario Económico, Fiscal General y una (1)
Vocalía. A la que le siguiere en el número de votos, alcanzando al menos el
veinte por ciento (20%) de los votos computables, le corresponderá las tres (3)
Vocalías restantes. Si no alcanzare el veinte por ciento (20%) de los votos
computables, se le restará una (1) Vocalía por cada cinco por ciento (5%) que le
faltare, la que acrecerá a la lista ganadora. Cuando por presentarse varias
listas, ninguna hubiere obtenido el veinte por ciento (20%) de los votos
computables, todas las candidaturas se considerarán como diez (10) Vocalías,
distribuyéndose proporcionalmente a los votos obtenidos, procediendo los electos
a elegir de su seno a los que deberán desempeñar las funciones de Presidente,
Vicepresidente, Secretario General, Secretario de Actas y Prensa, Secretario
Económico y Fiscal General. Las cuatro (4) Vocalías suplentes se elegirán del
mismo modo que las titulares. 3) Tribunal Electoral y Tribunal de Cuentas: para
cada tribunal se elegirán tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes, por
lista completa y simple mayoría, en elecciones que participarán todos los
afiliados. 4) Juntas Departamentales: se elegirán con el mismo sistema
establecido para el Consejo Superior, participando en las elecciones internas
solo los afiliados de los respectivos departamentos. 5) Juntas de Circuitos: sus
miembros serán designados en la forma prevista en el art. 33. 6) Agrupaciones
Internas: Su dirigencia será elegida de conformidad a su reglamento interno.
Artículo 51°: Las autoridades partidarias durarán cuatro (4) años en sus
funciones, pudiendo ser reelegidas. Los mandatos podrán ser abreviados por
decisión del Consejo Superior, para llamar a comicios reorganizadores.
Capítulo III - De los Impedimentos para ser Candidato a Funciones Públicas
Electivas
Artículo 52°: Se considerarán inconductas partidarias que impiden a los afiliados
ser candidatos a funciones públicas electivas, las siguientes: a) Desobediencia
de los mandatos partidarios emanados del Consejo Superior y /o de la Convención
Provincial. b) Desautorizar o desconocer públicamente las decisiones oficiales
del Consejo Superior o la Convención Provincial. c) Negarse sin fundamento válido
a desempeñar cargos partidarios o rechazar candidaturas a cargos electivos. d)
Desacreditar o desprestigiar públicamente la orientación política del Partido. e)
La falta de aportes partidarios, en caso de corresponderle, de acuerdo a lo que
establezca el Consejo Superior. Los comprendidos en los incisos a), b), c) y d)
podrán retractarse por escrito, solicitando al Consejo Superior la suspensión de
las sanciones que pudiera corresponderles, la que en ningún caso tendrá una
duración inferior a un (1) año desde la fecha de su solicitud. En todos los casos
precedentes, el apoderado del partido deberá impugnar ante la Justicia Electoral
toda lista de candidatos que, utilizando el nombre del Partido, incluyera
candidatos comprendidos en los supuestos previstos en los incisos precedentes.
Título XII - Del Patrimonio del Partido
Artículo 53°: El patrimonio del Partido se formará con: 1) contribuciones que el
Consejo Superior fije a los afiliados; 2) contribución del diez por ciento (10%)
de los sueldos percibidos por los representantes de los cargos en los cargos
electivos y por el personal de los bloques legislativos y de los Consejos
Deliberantes; 3) donaciones y demás recursos que generen los órganos partidarios,
Título XIII - De los Apoderados
Artículo 54°: El apoderado natural del Partido será el Fiscal General, pudiendo
designar el Consejo Superior apoderados suplentes que ejercerán los mandatos
conforme a las disposiciones del Código Civil y demás normas vigentes.
Título XIV - Disposiciones Generales
Artículo 55°: Los plazos expresados en la presente Carta Orgánica y los que se
fijaren en las decisiones de los órganos partidarios, se computarán corridos,
salvo aquellos en que específicamente se disponga el cómputo en días hábiles,
como así, todo lo no previsto se regirá por la ley de Partidos Políticos,
decretos reglamentarios y principios generales del derecho electoral. Se tendrá
como parte integrante el Anexo con el procedimiento por el que se regirá el
Tribunal de Conducta, pudiendo ser modificado por el Consejo Superior a propuesta
de aquél.
Título XV - Disposiciones Transitorias
Artículo 56°: La Junta Promotora designada por la Asamblea de Fundación y
Constitución del Partido, llamará a elecciones partidarias internas en el término
de ley a fin de cubrir los cargos partidarios para un período de cuatro (4) años,
ajustándose a lo dispuesto por la presente Carta Orgánica y designando, por única
vez, el Tribunal Electoral que controlará los comicios.
Aviso número 147105
JUICIOS VARIOS / AVILA ALDO EDUARDO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la VIII Nominación, Titular Dra. Maria Isabel Tenreyro, Pro-Secretaría a cargo de
Hugo Danel Ramos, tramitan los autos caratulados: "AVILA ALDO EDUARDO S/
PRESCRIPCION ADQUISITIVA" expte. n° 2842/07, se ha dictado el siguiente proveído:
"San Miguel de Tucumán, 13 de octubre de 2009.- I) Atento lo solicitado,
notifiquese de la demanda de fs 7/8 a los demandados José Domingo Peñalva y Ramón
Enrique Peñalva mediante edictos publicaran en el Boletín Oficial por el término
de Ley. II) Agréguese y téngase presente. III) Librese oficio conforme se
solicita" - Se hace constar que el presente juicio tiene por objeto obtener la
prescripción adquisitiva de los inmuebles ubicados en la Localidad Banda del Río
Salí, Dpto. Cruz Alta, Provincia de Tucumán, domicilio: avda. San Martín n° 181,
descriptos en el plano de mensura Nª 48562/06 aprobado en Expte. nª 27327-C-06 de
fecha 03 de noviembre del 2006, dichos inmuebles miden: la fracción "A" del
inmueble n° 1, desde el punto 1 al 2: 12M, desde el punto 2 al 3: 9,93m, desde el
punto 3 al 4: 11,85m. y desde el punto 4 al 1: 9,98m. lindando al Oeste con la
propiedad de Antonio Cesar Jalil, al Este con propiedad del Sr. Avila Aldo
Eduardo, al Norte con la calle Avenida San Martín y al Sur con la propiedad del
Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán. La fracción "B" del inmueble n° 2,
mide desde el punto 5 al 6: 12m., desde el punto 6 al 7: 26,97m., desde el punto
7 al 8: 11,32m. y desde el punto 8 al 5: 27,17m.; lindando al Oeste con la
propiedad del Sr. Avila Aldo Eduardo, al Este con la Propiedad Horizontal 5913,
al Norte con la calle Avenida San Martín y al Sur con la propiedad de Augusto C.
Soria y con la propiedad de Kaberian de Made. Los inmuebles registrados tienen la
siguiente Nomenclatura Catastral: Circ. I, Sección 31, Manzana 113, Parcela 9 y
11, padrón n° 274.592 y n° 274.594 y se encuentran inscriptos en el Registro
Inmobiliario en su mayor extensión en el Libro 13 Folio 1, Serie C, Año 1968. Los
inmuebles cuya prescripción adquisitiva se demanda han sido adquiridos mediante
Boleto de Compra venta de fecha 14/8/1968 al Sr. José Domingo Peñalba y mediante
Escritura de Cesión a los herederos del Sr. Ramón Enrique Peñalba (fracción
actualmente identificada con padrón 274.594) y al Sr. Francisco Pascual Gonzalez
(fracción actualmente identificada con Padrón 274.592) mediante boleto de compra
venta celebrado en el año 1968.-"Fdo. Dra. Maria Isabel Tenreyro. Secretaría. San
Miguel de Tucumán, 03 de noviembre de 2009. Dra. Estela del Valle Ruiz,
Secretaria. E 10 y V 16/11/2009. Libre de Derechos. Aviso N° 147.105.
Aviso número 147079
JUICIOS VARIOS / BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. C/ RAMIREZ MARTINEZ
RUBEN NELSON
POR 5 DIAS - En el Juzgado de Documentos y Locaciones de la V° Nom. a cargo de la
Dra. Noemi Lopez Zigaran de Vigo, secretaría cargo de la Dra. María Inés Barros
de Araujo y Proc. Maria Virginia Pereira Lizondo, del Centro Judicial Capital de
la Provincia de Tucumán, sito en calle 24 de Setiembre 677 4to. piso, se ha
procedido a dictar en los autos caratulados "BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. C/
RAMIREZ MARTINEZ RUBEN NELSON y OTRO S/ COBRO EJECUTIYO (T-149-06) - Exp n°
5699/06" el siguiente proveído: "San Miguel de Tucumán, 10 de noviembre de 2006.
I)- .... II)- .... III)-Intímese a la parte demandada el pago en el acto de la
suma de $9.249,61 en concepto de capital reclamado, con más la suma de $2.774
calculada para acrecidas. Al mismo tiempo cítesela de remate para que dentro del
quinto día hábil subsiguiente al de su notificación oponga las excepciones
legítimas que tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente
ejecución. A sus efectos librese mandamiento al Sr Oficial de Justicia. En caso
de que el deudor no fuese hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las
medidas precedentemente ordenadas procederá con arreglo a lo prescripto por los
arts. 517 y 158 del Cód. de Proc. Civiles y en el mismo acto dejará las copias
del art. 129 ley citada. Notificaciones diarias en Secretaría. Facultese el uso
de la fuerza publica y allanamiento de domicilio en caso necesario (Art. 513 del
C.P.C y C.). San Miguel de Tucumán, 18 de junio de 2009. Proc. M. Virginia
Pereira Lizondo, Sec. Judicial. E 09 y V 13/11/2009. $240,87. Aviso N° 147.079.
Aviso número 147164
JUICIOS VARIOS / BANCO DE LA NACION ARGENTINA VS. GATTI ALDO EDUARDO
Y OTRA
POR 1 DÍA - Se ha dispuesto publicar edictos en los autos caratulados: "BANCO DE
LA NACION ARGENTINA Vs. GATTI ALDO EDUARDO y OTRA S/ COBRO EJECUTIVO".- Expte. N°
234/09, que se tramita por ante el Juzgado Federal N° 2, a cargo del Dr. Mario
Agustín Racedo, Secretaría de Leyes Especiales, a cargo de la Dr. Ramón Alberto
Zelaya, el siguiente proveído:///Cuman. 03 de abril de 2009.- Al escrito de fs.
48/49: Por presentado y por constituido el domicilio legal indicado, téngase al
Dr. Teodoro Daniel Filsinger, en el carácter invocado, en merito a la copia de
poder acompañada. Désele intervención. Por iniciado juicio ejecutivo en contra de
ALDO EDUARDO GATTI Y MARÍA DEL VALLE AUIL y 'por competente el Juzgado para
entender en la presente atento la persona de la actora. De conformidad con los
títulos en base a los cuales se acciona, líbrese mandamiento de intimación de
pago y embargo en contra del demandado hasta cubrir las sumas de $1.750.-, en
concepto de capital, con mas la de $600, provisoriamente calculados para
acrecidas legales. En defecto de pago, lo citará de remate para que dentro del
quinto día de notificado oponga las excepciones legitimas que tuviere, bajo
apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución; y para que dentro del
mismo término, constituya domicilio en el radio del Juzgado, bajo apercibimiento
de ley. Para su cumplimiento comisiónese al Sr. Oficial de Justicia Ad-Hoc para
estos juicios, a quien se autoriza a solicitar el auxilio de la fuerza pública y
el allanamiento de domicilio en caso de resistencia. Al punto 4) como se pide Al
punto 6) y 7): Ofíciese. A lo demás, oportunamente. Al escrito de fs. 53:
Agréguense con la boleta de depósito acompañada y téngase presente.- Fdo: Dr.
Mario Agustín Racedo Juez Federal Subrogante.- Tucumán 01 de Octubre de 2009.- Al
escrito de fs. 105: Al punto 1): Agréguese y téngase presente. Al punto 2):
Atento lo solicitado por el presentante, las razones invocadas y bajo su
responsabilidad, cítese por edictos a la demandada en los términos del arto 531
Inc. 2, 145 Y subsiguientes del CPCN, para que en plazo de 5 días comparezca a
estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. A sus edictos publíquese, edictos
por una sola vez en el Boletín Oficial y ro diario de mayor circulación.- Fdo:
Dr. Mario Agustín Racedo - Juez Federal Subrogante. San Miguel de Tucumán. 19 de
Octubre de 2.009. Ramón Alberto Zelaya, Secretario Jud. E y V 12/11/2009. $75.21.
Aviso N° 147.164
Aviso número 147027
JUICIOS VARIOS / BARRIONUEVO ALFREDO OSCAR Y OTRO C/ FRIGORIFICO LOS
VALLISTOS S.R.L.
POR 6 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la VIII Nominación, Titular Dra. María Isabel Tenreyro, Secretaría autorizante
Dra. Estela del Valle Ruíz, tramitan los autos caratulados: "BARRIONUEVO ALFREDO
OSCAR y OTRO C/ FRIGORIFICO LOS VALLISTOS S.R.L. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA"
expte. N° 50/08, se ha dictado la siguiente providencia: San Miguel de Tucumán,
18 de agosto de 2009.- Advirtiendo la Proveyente que la providencia de fecha
14/08/2009 no se encuentra ajustado a derecho por lo que corresponde corregir el
mismo. En consecuencia, conforme lo dispone los arts. 30 y 41 del C.P.C. y C.,
corresponde revocar la providencia de fecha 14/08/2009 y en sustitutiva proveer
lo siguiente: Cítese a Indutrias de la Carne Frigorífico Los Vallistos SRL y/o
sus herederos y/o quienes se creyeren con algún derecho sobre el inmueble motivo
de esta litis, a fin de que en el término de seis días, se apersonen a estar a
derecho y córrase traslado de la demanda para que en igual plazo la contesten,
bajo apercibimiento de designar como su representante al Sr. Defensor de
Ausentes.- Se hace constar que el presente juicio tiene por objeto la
prescripción del inmueble ubicado en Taco LLano, Dpto. Trancas, sobre ruta Prov.
N°351 - Km 2,5 Nomenclatura Catastral: Circ: I, Secc:C, Lam: 118, 119, Parc:41,
54, Padrón:99.720, 99.721, Matrícula: 29495, 29495 Bis, Orden: 273, 274.-"Fdo.
Dra.. María Isabel Tenreyro.-Secretaría. San Miguel de Tucumán, 3 de noviembre de
2009. Dra. Del Valle Ruiz, Sec. Judicial. E 05 y V 12/11/2009. $148,43. Aviso N°
147.027.
Aviso número 147135
JUICIOS VARIOS / CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
C/ PEREZ
POR 5 DÍAS - En los autos del rubro que tramitan por ante este Juzgado Civil en
Documentos y Locaciones de la Ia. Nominación a cargo de la Dra. Graciela del
Valle Lopez de Valverde, Secretaría de la autorizante Dra. Maria Victoria Gomez
Tacconi, se ha dispuesto librar la presente en los autos caratulados CAJA POPULAR
DE AHORROS DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN C/ PEREZ JOSE MANUEL S/ EJECUCION
HIPOTECARIA (INC EJEC HON PRON OVEJERO DARDO DAMIAN) Expte. n° 5680/04-12 a fin
de notificar al demandado Perez José Manuel de la providencia que a continuación
se transcribe: San Miguel de Tucumán, 26 de agosto de 2008. I)... II) Téngase por
iniciada: Ejecución de Honorarios Deducida por: Dr. Dardo Damian Ovejero, en
contra de Perez José Manuel.- En consecuencia: Intímese al ejecutado el pago en
el acto de la suma de $3247.-, importe de los honorarios regulados al a los
citados profesionales, con mas la suma de $180.-, calculados provisoriamente para
responder a acrecidas provisorias, bajo apercibimiento de embargo. En el mismo
acto, cítesela de remate para que en el término de cinco días hábiles
subsiguientes al de su notificación, oponga las excepciones legítimas que
tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución de
honorarios deducida en su contra. Para su cumplimiento líbrese: Fdo. Dra.
Graciela del V. Lopez de Valverde. Juez. Secretaria San Miguel de Tucumán, 30 de
Octubre de 2009. Libre de Derechos. Ley 5480. E 11 y V 17/11/2009. Libre de
Derechos. Aviso N° 147.135.
Aviso número 147169
JUICIOS VARIOS / CARRAZANA HERMANOS O SOCIEDAD DE HECHO CARRAZANA
ANTONIO
POR 1 DIA - Se hace saber que por ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil y Comercial Común de la IIa. Nominación del Centro Judicial de Concepción,
a cargo de la Dra. Marcela Fabiana Ruiz, se tramitan los autos caratulados:
CARRAZANA HERMANOS O SOCIEDAD DE HECHO CARRAZANA ANTONIO Y ANGEL S/ CONCURSO
PREVENTIVO, en los cuales la Sra. Juez que entiende en la causa a dictado el
siguiente proveído: "Concepción, 26 de agosto de 2009.- Y Vistos: Considerando:
Resuelvo: I.- Fijar como única categoría a los fines de la propuesta de acuerdo
preventivo a los acreedores quirografarios. II.- Fijar como fecha de vencimiento
del período de exclusividad para que los concursados presenten las conformidades
de los acreedores, el día 10de Febrero del año 2.010. III.- Fijar como fecha para
la realización de la audiencia informativa prevista por el art. 45 de la Ley
24.522, el día 03 de Febrero del año 2.010 a hs. 11:00. IV.- Publíquense edictos
por un día en el Boletín Oficial y en un diario de amplia circulación. Hágase
saber.- Fdo. Dra. Marcela Fabiana Ruiz - Juez." Concepción, 31 de agosto de
2009.- Proc. Liliana María Guibert de Gabar, Sec. Judicial. E y V 12/11/2009.
$37,08. Aviso N° 147.169.
Aviso número 147089
JUICIOS VARIOS / DOZETOS PAULA CECILIA C/ ROSAC S.A.
POR 5 DIAS - Se hace saber a Rosac S.A, que por ante este Juzgado de Conciliación
y Trámite del Trabajo de la Segunda Nominación, a cargo de la Dr. Rodolfo Eugenio
Torres, Juez; Secretaría de la Esc. Juana Rosa Ovejero, tramitan los autos
caratulados: "DOZETOS PAULA CECILIA C/ ROSAC S.A. y OTRO S/ Z - INDEMNIZACIONES",
Expediente N° 1322/07, en los cuales se ha dictado el presente proveido que se
transcribe a continuación: "San Miguel de Tucumán, 18 de diciembre de 2008.- I)
Notifíquese a la accionada Rosac S.A Servicios Empresarios del traslado de
demanda y lo dispuesto en el día de la fecha en el domicilio de Presidente Roque
S. Peña 736, 5° piso "A", ciudad autónoma de Bs As, líbrese cédula ley 22.172,
facultándose a su diligenciamiento al Dr Enrique Mirande y/o la persona que este
designe. II) En mérito a lo solicitado, de conformidad a lo normado por la ley
26.086, en su artículo 4, modificatoria del art 21 de la ley 24.522, que
establece la radicación de los juicios contra el concursado por ante el tribunal
de su radicación originaria, siendo el síndico parte necesaria de tales juicios,
con las excepciones allí establecidas, por lo que considero hacer lugar a lo
peticionado, en consecuencia, intímese a Sr Carlos Grela, domiciliado en calle
Nuñez 2.395 8° piso "A" de la ciudad autónoma de Bs As, en su carácter de síndico
del concurso de la demandada, a fin de que en el perentorio término de cinco días
se apersone por ante este juzgado e intervenga en la presente causa, bajo
apercibimiento de continuar la misma en el estado en que se encuentra. Asimismo
notifiquese al mismo del traslado de demanda dispuesto en autos, líbrese cédula
ley 22.172 facultándose a su diligenciamiento al Dr Enrique Mirande y/o la
persona que este designe. Personal. San Miguel de Tucumán, 21 de abril de 2008.-
Téngase presente lo manifestado, en consecuencia; proveyendo el escrito de
demanda, cítase y emplácese a Rosac S.A Servicios Empresarios y Molfino Hnos S.A,
en la persona de su representante legal, a fin de que en el perentorio término de
20 (veinte) en razón de la distancia para el primero y 15 (quince) días para el
segundo, se apersone a estar a derecho en la presente causa por sí o por medio de
apoderado, y conjuntamente córrasele traslado de la demanda, para que en igual
plazo la conteste, bajo apercibimiento de lo previsto por el art 58, teniendo en
cuenta lo dispuesto por el art. 60, y dando cumplimiento con lo normado en el art
61 de la ley 6.204. Lunes y Jueves para notificaciones en secretaría en horas de
despacho o, subsiguiente hábil en caso de feriado. Notifiquese la presente
conjuntamente con la providencia de fecha 25/02/08. Líbrese cédula ley 22.172,
facultándose a diligenciar la misma al letrado Enrique Mirande y/o la persona que
este designe.- Personal. Libre de Derechos. San Miguel de Tucumán, 9 de
septiembre de 2009. Secretaria. Fdo.: Juana Rosa Ovejero, Sec. Judicial. E 09 y V
13/11/2009. Libre de Derechos. Aviso N° 147.089.
Aviso número 147110
JUICIOS VARIOS / FERNANDEZ BRAVO S.A. S/ X* CONCURSO PREVENTIVO
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgad. Civil Comercial Común de la
Ia. Nominación, Secretaria Concursal a cargo de la Dra. Silvia Viviana
Bozikovich, tramitan los autos caratulados: "FERNANDEZ BRAVO S.A. S/ X* CONCURSO
PREVENTIVO" Expte. N° 465/00, en los que se ha dictado el siguiente proveído: San
Miguel de Tucumán, 27 de septiembre de 2009. Autos y Vistos: Considerando:
Resuelvo: 1) Decretar la quiebra de Fernández Bravo SRL (inscripta en el Registro
Publico de Comercio de Tucumán bajo el N° 16, fs. 90/97 tomo VII del Protocolo de
Contratos Sociales año 1984, el 13/09/1984), con domicilio en Ruta Nac. N° 38 Km.
1541 de esta ciudad, cuyo concurso preventivo fue presentado el 10/03/2000 y
abierto el 31/03/2000, 2) Decretar la inhibición general del fallido para
disponer bienes registrables. A tal fin: ofíciese al Registro Inmobiliario,
Registro General de Créditos Prendarios, Registro Público de Comercio, y a todas
las Seccionales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor -Tucumán y
Concepción- para la toma de razón, que deberá ser libre de derechos fiscales,
conforme lo normado por el arto 273 Inc. 8 de la Ley 24.522 Facultase a
Sindicatura para su diligenciamiento- 3) Ordenar al fallido que en 24 hs. ponga
sus bienes a disposición del Síndico, y a los terceros que poseyeren bienes del
deudor los entreguen al funcionario concursal en igual plazo.- 4) Intimar al
fallido para que en 24 hs. haga entrega a Sindicatura de los Libros de Comercio y
demás documentación contable que llevare.- 5) Decretar la prohibición de hacer
pagos al fallido bajo apercibimiento de ser reputados ineficaces.- 6) Ordenar que
se intercepte la correspondencia dirigida al fallido, la que deberá ser entregada
al Sr. Síndico. A tal fin, líbrese oficio a Correo Argentino haciendo conocer el
domicilio de sindicatura.- 7) Intimar al fallido que dentro de 48 hs. constituya
domicilio procesal a los efectos de esta quiebra, bajo apercibimiento de tenerlo
por constituido en los estrados del Juzgado.- 8) Fijar hasta el 17 de noviembre
de 2009 para presentar los pedidos de verificación de aquellas obligaciones
nacidas con posterioridad al 31/03/2000 (fecha de apertura del Concurso
Preventivo) ante el Sr. Síndico, C.P.N. Eduardo Dibi, en el domicilio de calle 25
de Mayo N° 950, Block "D", 7° piso Departamento "D" de esta ciudad, de lunes a
viernes de 15:00 a 21:00 hs.- 9) Fijar el día 09/02/2010 para que el Síndico
presente el informe individual sobre las solicitudes de verificación.-10) Fijar
el día 13/04/2010 para que el síndico presente el Informe General.-11) Librese
mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin de que se constituya en el domicilio
del fallido y conjuntamente con Sindicatura procedan a efectuar el inventario de
los bienes allí existentes, y en el mismo acto, se ponga en posesión de ellos al
funcionario concursal. 12) Publíquense edictos por el término de cinco días en el
Boletín Oficial, libre de derechos fiscales.- 13) Se dispone la prohibición para
salir del país para el señor: Oscar José Fernández Bravo, L.E. N° 8.090.839; Raúl
Cesar Fernández Bravo L.E. N°7.838.889 y Lucia Estela Marcantonio de Fernández
Bravo L.C.N°5.293.553, en su condición de miembros del directorio de la fallida.
14). Conforme lo dispone la Acordada 171/2000 comuníquese la declaración de
quiebra a Mesa de Entradas Civil, Superintendencia de la Excma. Corte Suprema de
Justicia de Tucumán y Dirección de Informática - Area Sistema (Acordada 171/2000)
. Hágase saber.- Fdo. Dra. Emely Ana Amenabar Juez PIT.- Secretaría. San Miguel
de Tucumán, 2 de octubre de 2009. Dra. Silvia Viviana Bozikovich, Sec. Judicial.
E 10 y V 16/11/2009. Libre de Drechos. Aviso N° 147.110
Aviso número 147115
JUICIOS VARIOS / GALVEZ HNOS. O GALVEZ FERNANDEZ HNOS. SOC.C. DE
HECHO S/ CONCURSO PREV
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil y Comercial Común de
la Cuarta Nominación, Dra. Emely Ana Amenabar; Secretaría Judicial de Concursos y
Quiebras a cargo del Dr. Tomas Martinez Pardo, por ante el cual se tramitan los
autos caratulados: "GALVEZ HNOS. O GALVEZ FERNANDEZ HNOS. SOC. C. DE HECHO S/
CONCURSO PREV. (HOY QUIEBRA) S/ INCIDENTE DE CONCURSO ESPECIAL (ART. 209 LC.y Q)
(PROM. POR BCO DE ITALIA Y RIO DE LA PLATA (EN LIQUIDACION))", Expediente N°
919/91-I19, se ha dispuesto por este medio notificar la providencia que se
transcribe a continuación: "SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 21 de octubre de 2009.- Autos
y Vistos: Considerando:... Resuelvo: 1.- Rechazar, conforme lo considerado, la
propuesta de compra formuladas por Emilio Luque SA, Argenti Lemon SA y por
Citromax SACI en la presente causa, como así en el incidente N° 919/91-o23
respectivamente, debiendo acumularse el mismo a estos autos.- 2.- Llamar a mejora
de oferta bajo sobre cerrado para la venta de los inmuebles de propiedad de la
quiebra ubicados en A.- Un inmueble propiedad de los fallidos, según asiento 4
del rubro 6 de la plancha registral corriente a fs. 1899/1901, ubicado en Los
Pocitos. Fracción número 1, identificado en el Registro Inmobiliario de la
Provincia con la matrícula N-19096, Padrón Inmobiliario N° 123913, Matrícula
Catastral N° 195/466, C: I, S: 24, Mza/Lamina 4, Parcela 5GA; que mide según
título del A-B 1.096,27 mts.; del B-E 364,60 mts; del E-F 1.096,44 mts, y del F-A
355,13 mts.- Linda al norte Pedro Vaca y otros, al Sud Segundo Molina, al este
Fracción 2 del vendedor y al oeste Calle Pública, con una superficie total de 40
hectárea 1 mts2.- B.- Finca El Tamajar compuesto de las fracciones, que se
encuentran identificadas en el Registro Inmobiliario de la Provincia como de
propiedad de los fallidos y que a continuación se describen: 1. L/C 36 Finca El
Tajamar Fracción 1, matrícula B-00271 (Burruyacu), nomenclatura catastral: C:I,
S: G, Mza/Lamina 207, parcela 195 (36), padrón inmobiliario N° 97652, matrícula
catastral N° 26110/64.- Según plano mide: 409 mts en el costado norte, 405 mts;
en el costado sur, 447,20 mts en el costado este y 501,20 mts. en el costado
oeste. Linda al norte fracción 46 y 47 del mismo plano, al sud calle proyectada
que lo separa del lote 29, al este Sucesión M. Viaña y E.S. de Viaña y al oeste
Sucesión M. Viaña y E.S. de Viaña.- Antecedentes dominial: FRC: B-00277. Libro 7,
Folio 190/193, S/C., según plancha registral corriente a fs. 1847/1848- 2.- L/C
45 Finca El Tajamar Fracción 2, matrícula B-00276 (Burruyacu), nomenclatura
catastral: C:I, S: G, Mza/Lamina 207, parcela 195 (45), padrón inmobiliario N°
97661, matrícula catastral N° 25110/73.- Según plano mide: 630 mts en el costado
sur, 580 mts y en el costado oeste, 850 mts en el nort-oeste.- Linda al nort-
oeste Herederos de Mariano Viaña y otra, al sud Sucesión de Mariano Viaña, camino
de por medio y al este lote 44 Antecedentes dominial: FRC: B-00276 libro 7 Folio
190/193, S/C según plancha registral corriente a fs. 1860/1861 3.- Finca El
Tajamar Fracción 46 y 47, matrícula B-00277 (Burruyacu), nomenclatura catastral:
C:I, S: G, Mza/Lamina 207B, parcela 195 (46A), padrón inmobiliario N° 97662,
matrícula catastral N° 25110/74.- Según plano mide: 630 mts en el costado norte,
1190 mts; en el costado sur, 470 mts en el costado este y 730 mts. en el costado
oeste.- Linda al norte parcela 45 antes descripta, calle de por medio, al sud
Sucesión M. Viaña y E.S. de Viaña y otra y parcela 36, al este parcela 48 y al
oeste Herederos de Mariano Viaña y otro.- Antecedentes dominial: FRC: B-00277.
Libro 7, Folio 190/193, S/C, según plancha registral corriente a fs. 1862/1863.-
4.- Estancia El Tajamar, matrícula B-01959 (Burruyacu), nomenclatura catastral:
C:I, S: G, Mza/Lamina 207B, parcela 195, padrón inmobiliario N° 97654.- Según
titulo compuesto de una superficie de 24 hectáreas, 2985 mts2.- Linda al norte
calle proyectada que lo separa del lote 41, hoy calle pública, al sud calle
pública, al este calle pública y al oeste lote 37 y 48.- Antecedentes dominial:
FRC: B-01900. Serie B, Tomo 36, Folio 249, según plancha registral corriente a
fs. 1879/1880.5.- L/C 37 Estancia denominada El Tajamar, matrícula B-01959
(Burruyacu), nomenclatura catastral: C:I, S:C, Mza/Lamina 207F, parcela 195-37,
padrón inmobiliario N° 17653, matrícula catastral N° 25110/65.- Según título mide
una superficie total de 29 hectáreas 1873 mts2.- Linda al norte lote 47 y 48, al
sud camino que lo separa de los lotes 27 y 28, al este camino que lo separa de
lote 38 y al oeste lote 36.- Antecedentes dominial: FRC: B-01959, según plancha
registral corriente a fs. 1886/1887.- 6.- L/C 44 El Tajamar, matrícula B-00699
(Burruyacu), nomenclatura catastral: C:I, S:G, Mza/Lamina 207, parcela 195 (14),
padrón inmobiliario N° 96660, matrícula catastral N° 25110/72. Según título mide
una superficie de 34 hectáreas 5785 mts2.- Linda al norte lote 42 de Gaspar Lobo
hoy Pablo Villagra, al sud lote 48 del vendedor, al este lote 41 de Gaspar Lobo
hoy Pablo Villagra y al oeste lote 45 de Benito Araoz y Serrano hoy Perinotti y
Colotti.- Según plano se compone de las siguientes medidas:. en el lado noroeste
245 mts, en el lado noreste 360 mts, en el lado este 530 mts, en el lado oeste
580 mts y en el lado sur 450 mts, con los mismos linderos del título.-
Antecedentes dominial: FRC: B-00699. Serie B, Tomo 31, Folio 141, según plancha
registral corriente a fs. 1892/1893. 7.- Tajamar Lote 48, matricula B-00700,
nomenclatura catastral: C:I, S:G, Mza/Lamina 207B, parcela 195 (48), padrón
inmobiliario N° 97663, matrícula catastral N° 25110/75.Según título mide: 21
hectáreas 1500 mts2.- Linda al norte calle que lo separa lote 44, al sud lote 37,
al este calle que lo separa del lote 38 y al oeste lote 47.- Según plano en el
lado norte 430 mts., en el lado este 450 mts., en el lado sud 420 mts. y en el
lado oeste 470 mts. con los mismos linderos de títulos.- Antecedentes dominial:
Serie B, Tomo 36, Folio 45, según plancha registral corriente a fs. 1951/1952;
conforme condiciones de dominio obrantes en autos y a disposición de los
interesados para consulta.- 3. Aprobar el pliego de condiciones para la
adquisición, mediante oferta en sobre cerrado, en los términos del acápite 5° de
los considerandos que anteceden.- 4. Otorgar a Emilio Luque SA la calidad de
primer oferente, respecto del inmueble ubicado en Los Pocitos, y el privilegio de
mejorar la oferta más alta a presentarse en la audiencia de apertura de sobres en
un 5% de la del mejor postor.- No se admitirán plazos extraordinarios.- Quedando
exento de realizar la compra del pliego de condiciones, conforme lo considerado
precedentemente.- 5.- Determinar, conforme lo considerado, que no existe la
calidad de primer oferente respecto de la Finca El Tajamar.- 6.Declarar que la
presentación de oferta surtirá los efectos de conocimiento y manifestación de
conformidad con que la presente enajenación se realiza "Ad-corpus y en el estado
visto en que se encuentra, sin derecho a reclamo alguno" los bienes inmuebles
objeto de la venta, y con las condiciones contenidas en el pliego, y requisitos
establecidos en general para la enajenación de los bienes de la fallida,
descriptos en el punto 2 de la presente resolutivo.- 7.- Comuníquese al Juzgado
Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 26, Secretaría 51 de la Quiebra
del Banco Italia y Río de la Plata la presente resolución.- A sus efectos,
líbrese oficio ley 22.172, facultándose para su diligenciamiento al letrado
Javier Pablo Roggiero y/o la sindicatura.- 8.- Publíquese edictos por el término
de cinco días en el Boletín Oficial, haciéndose constar el precio base, el valor
del pliego, y las fechas de compra y presentación de pliego y audiencia de
apertura.- En cuanto a la publicación en los diarios La Gaceta, El Tribuno y La
Nación, la misma será por el término de tres días y a cargo de la sindicatura con
los fondos depositados por el acreedor ejecutante, con derecho a prevalecer al
crédito con privilegio especial. Hágase saber Fdo: Dra. Emely Ana Amenabar -
Juez".- "San Miguel de Tucumán, 30 de octubre de 2009.- Autos y Vistos: ..
Considerando: .. Resuelvo: I.- Hacer lugar, conforme lo considerado, al recurso
de aclaratoria deducido por la sindicatura, aclarando que que la ventas de los
inmuebles identificados como Finca Los Pocitos (matrícula N-19096) y Finca El
Tajamar (matriculas B-271, B-276, B-277, B-01900, B-1959, B-699 y B-700), es al
público en general y al que ofreciera el mayor precio de contado efectivo, se
trate o no de los oferentes cuyas propuestas fueron oportunamente rechazadas
(Emilio Luque SA, Argenti Lemon SA, Citromax SA). II.- Aclarar. conforme lo
considerado, que la matricula del inmueble identificado en el punto B.4 es la
número B-01900 y que el padrón inmobiliario del inmueble identificado en el punto
B.7 es el número 97660.- Hágase saber.- Fdo: Dra. Emely Ana Amenabar - Juez Se
hace constar lo siguiente: Valor del Pliego: $1.500, Precio Base: Finca Los
Pocitos: $1.220.000, Finca el Tajamar: $3.280.050.- Plazo de Adquisición del
Pliego hasta hs. 13:00 del 20/11/09, Presentación de Ofertas: hasta hs. 13:00 del
27/11/09.- Audiencia de Apertura de ofertas: Finca Los Pocitos 03/12/09 hs.
10:00; Finca el Tajamar: 04/12/09 a hs. 10:00.- Secretaría, 6 de noviembre de
2009.- Dr. Tomas Martinez Pardo, Secretaria Jud. E 10 y V 16/11/2009. Libre de
Derechos. Aviso N° 147.115.
Aviso número 147153
JUICIOS VARIOS / JOOS PHILIPPE RENE MICHEL Y OTRO C/ HEREDEROS DE
SERVANDO A.
POR 5 DÍAS - Se hace saber A felix Buenaventura Alderete, Juana Palmira Alderete
o Alderete de Teseyra, Lautaro Mercedes Alderete y/o sus herederos que por ante
este Juzgado Civil y Comercial Común de la Ia. Nominación, Secretaría a cargo de
la Dra. Fabiana P. Bórquez, tramitan los autos caratulados: "JOOS PHILIPPE RENE
MICHEL Y OTRO C/ HEREDEROS DE SERVANDO ALFREDO VIAÑA Y OTROS S/ Z- PRESCRIPCION
ADQUISITIVA" Expte. N° 344/97, se ha dictado el siguiente proveído: San Miguel de
Tucumán, 01 de Julio de 2009. Atento a lo solicitado y según el estado del
trámite, ábrase a prueba la presente causa, por el término de Veinte días.
Personal. Fdo. Dra. Graciela del Valle Vázquez Juez P/T.-Secretaría. San Miguel
de Tucumán, 26 de octubre de 2009. Dra. Fabiana. P. Bórquez, secretaria judicial.
E 12 y V 18/11/2009. $116.56. Aviso N° 147.153
Aviso número 147103
JUICIOS VARIOS / MARGARIA ESTEBAN ALFREDO C/ CENTRO DE AVANZADA
GENESIS
POR 3 DÍAS - Se hace saber a Centro de Avanzada Genesis, Santillan Silvia
Eugenia, Carrer Favio Jose y Lopez Ojeda Fatima Rosa Myriam; que por ante este
Juzgado de Conciliación y Trámite del Trabajo de la Quinta Nominación, a cargo de
la Dra. Susana Catalina Fe, Juez; Secretaría actuaria desempeñada por el Dr.
Marcelo Anibal Rodriguez, tramitan los autos caratulados: "MARGARIA ESTEBAN
ALFREDO C/CENTRO DE AVANZADA GENESIS y OTROS S/ COBROS S/ INCIDENTE DE
RECONSTRUCCIÓN (DEL 2do. CUERPO DEL PRINICPAL.-)", Expediente N° 1476/95-11, en
los cuales se han dictado los presentes proveidos que se transcriben a
continuación: "San Miguel de Tucumán 22 de octubre de 2009.- Agréguese el oficio
informado que se acompaña y téngase presente.- Atento lo peticionado y
motivaciones expuestas por el presentante: Notifíquese el decreto de fs. 18 a los
demandados en los Estrados del Juzgado.- Asimismo y sin perjuicio de lo ordenado
precedentemente: Notifíquese a los accionados el decreto antes referenciado
mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Pcia" por el
término de tres días.- A sus efectos, líbrese oficio de rigor por Secretaria al
Sr. Director del Boletín antes mencionado, libre de derechos. Por último y atento
el oficio informado que se acompaña: Notifíquese el decreto de fs. 18 al Sr.
Flavio José Carrer en el domicilio que surge de dicho informe (Avda. Bulnes N°
1474, de esta ciudad).- A tal fin, adjunte la parte interesada la movilidad
correspondiente".- Fdo. Dra. Susana Catalina Fe (Juez).- "San Miguel de Tucumán
27 de abril de 2009.- Téngase presente lo informado precedentemente.- Agréguese a
autos la fotocopia adjuntada por la parte actora con motivo de la reconstrucción
ordenada.- De dicha fotocopia: Córrase Vista a las partes demandadas a fin de que
se expidan sobre la autenticidad de la misma y a su vez, adjunten fotocopias que
obraren en su poder referidas al 2do. cuerpo de las actuaciones del título cuya
reconstrucción se ordenara.- A sus efectos, notifíquese en sus domicilios reales,
debiéndose practicar la notificación conjuntamente con el decreto de fs. 11.-
Asimismo, teniendo en cuenta lo informado precedentemente y a los fines de agotar
las diligencias tendientes a la reconstrucción ordenada, teniendo en cuenta lo
informado en cédula N° 1936: Notifíquese el decreto de fs.11 al letrado
Perdiguero en el domicilio de urgencia que surge del informe que antecede,
haciéndosele saber que dicha notificación lo es a los fines de su colaboración
respecto de la reconstrucción ordenada.- A los fines de la notificación ordenada
a la demandada en su domicilio real: Adjunte la movilidad correspondiente.-
Personal.- Fdo. Dra. Susana Catalina Fe (Juez).- San Miguel de Tucumán, 5 de
Noviembre de 2009. Secretaria.- Dra. Marcelo Anibal Rodriguez, Sec. Judicial. E
10 y V 12/11/2009. Libre de Derechos. Aviso N° 147.103.
Aviso número 147130
JUICIOS VARIOS / NIEVA MARCELO ALBERTO
POR 10 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado en lo Civil y Comercial
Común de la Tercera Nominación, a cargo de la Sra. Juez. Subrogante Dra. Hilda
Graciela Vazquez, y Secretaría a cargo de la Dra. Mónica Romero Paz , tramitan
los autos caratulados : "NIEVA MARCELO ALBERTO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA",
Expediente N° 1225/06, se ha dispuesto la providencia que se transcribe: "San
Miguel de Tucumán, 11 de agosto de 2009. Atento lo solicitado, y constancias de
autos, notifíquese la demanda por edictos en el Boletín Oficial por el término de
diez días. En los mismos hágase saber la iniciación del presente juicio que
inicia Nieva Marcelo Alberto, sobre el inmueble detallado en autos (el que deberá
describirse en los edictos).Asimismo cítese a Nieva José Nicomedes, y/o sus
herederos y/o quienes se creyeran con derecha sobre el inmueble antes descripto,
a fin de que se apersone a estar a derecho en la presente causa y oponga las
defensas que se creyere con derecho en el término de seis días, bajo
apercibimiento de designársele como su legítimo representante al Defensor Oficial
que por turno corresponda. Lunes y Jueves para las notificaciones en Secretaría.-
Fdo. Dra. Emely Amenabar. P/T. Juez.- Se hace saber que el inmueble se encuentra
ubicado en calle Alvear 184 (antes 193) de la Ciudad de Lules, Nomeclatura
Catastral: Padrón : 77. 732, Matrícula: 15607, Orden: 107, Circ: II, Secc: A,
Manz. 41, Parcela: 15 San Miguel de Tucumán, 31 de agosto de 2009 .- Dra. Marta
Mónica Romero Paz, Sec. Judicial. E 11 y V 24/11/2009. $482,36. Aviso N° 147.130.
Aviso número 147160
JUICIOS VARIOS / "NUEVO BANCO SUQUIA S.A. C/FIUME MARCELO ANTONIO
POR 1 DÍA - Por disposición del Sr. Juez Civil en Documentos y Locaciones de la
Octava Nominación, Dr. Tito Raúl Moreno, se ha dispuesto que en los autos
caratulados: "NUEVO BANCO SUQUIA S.A. C/ FIUME MARCELO ANTONIO S/ COBRO
EJECUTIVO".- EXPD. N° 4388/05.- Se publique en el boletín oficial y en un diario
local (art. 558 del CPCC) por un día, lo siguiente: "San Miguel de Tucumán, 10 de
septiembre de 2008.- Autos y Vistos:... y, Considerando: ... .- Por ello,
Resuelvo: I.- Ordenar se lleve adelante la presente ejecución seguida por Nuevo
Banco Suquia S.A., en contra de Marcelo Antonio Fiume, hasta hacerse la parte
acreedora íntegro pago del capital reclamado de pesos dos mil trescientos
veintitrés con 60/100 ($2.323,60), con mas sus intereses, costas y gastos.- Los
intereses se calcularán conforme lo considerando.- II.-Regular los honorarios del
letrado Luís Felipe Courel en su doble carácter como apoderada de la parte
actora, por actuaciones realizadas en autos en la suma de $930.- III- Practíquese
planilla.- Hágase Saber.- San Miguel de Tucumán, 23 de Marzo de 2009.- I) Por
apersonado con los recaudos acompañados y constituido domicilio legal, téngase al
letrado Luis Felipe Courel, en el carácter invocado a mérito de la copia de poder
que adjunta y désele intervención de ley.- II) De la fusión denunciada, póngase a
conocimiento de la contraparte conforme se solicita.- Personal.- Dr. Tito Raúl
Moreno. Juez.- San Miguel de Tucumán, 2 de julio de 2009.- Téngase por
cumplimentado con lo dispuesto por el arto 160 Procesal. Atento lo peticionado:
Notifíquese al demandado Marcelo Antonio Fiume: mediante edictos que se
publicarán en el Boletín Oficial por un día la resolutiva dictada en fecha
10/09/08 (fs. 75) y proveído del 23/03/09 (fs. 96).- Fdo. Dr. Tito Raúl Moreno.
Juez. San Miguel de Tucumán 03 de Agosto de 2009. E y V 12/11/2009. $57,23. Aviso
N° 147.160.
Aviso número 147045
JUICIOS VARIOS / PELUFFO JUAN MIGUEL S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 10 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado Civil y Comercial Común de
la Ia. Nominación del Centro Judicial de Concepción, Pcia. de Tucumán, a cargo de
la Dra. Maria José Posse, Secretaría de la Dra. Mirta Estela Casares, se tramitan
los autos caratulados: "PELUFFO JUAN MIGUEL S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA", y que la
Sra. Juez de la causa ha dictado la Providencia que a continuación se transcribe:
"Concepción, 25 de septiembre de 2009.- publíquense edictos citatorios en el
Boletín Oficial durante diez días, emplazándose a Nestor Alberto Flores y/o sus
herederos, y/o a las personas que se creyeren con derecho sobre el inmueble de
litis, para que dentro de seis días comparezcan a tomar intervención que les
corresponda en éste proceso, bajo apercibimiento de designarse al Sr. Defensor de
Ausentes que por turna corresponda, para que los represente Fdo. Dra. Maria José
Posse. Juez".- En fecha 12/11/04 se presenta el letrado Roberto R. de la Orden,
en el carácter de apoderado del Señor Juán Miguel Peluffo, LE n°: 7.005.358,
Argentina, mayor de edad, casado, con domicilio en calle Lídoro Quinteros n°: 688
de la Ciudad de Juan Bautista Alberdi, e inicia juicio de Prescripción
Adquisitiva de Dominio respecto del inmueble rural ubicado en la Localidad de El
Molino, Dpto. Alberdi, Padrón n°: 60914, Matrícula y Orden n°: 60442/92, Parcela:
549 A, Lámina: 291, C:II, S:D, cuyos linderos son:: Norte: Canal revestido de por
medio con Eduardo Colombres y otros, Sur: Río Marapa, Este: camino vecinal y
Oeste: Eduardo Colombres y otros. Señala que en fecha 08/11/02, mediante Boleto
de Venta pasado por Escritura Pública n°: 307 ante la Escribanía de Silvia Bollea
de de la Orden, adquirió el inmuebles antes referido a Marta María del Pilar
Flores, quién concurre como mandataria del Señor Carlos Hernán Flopres, y que se
identifica como Fracción III que le corresponde al vendedor en mayor extensión
por herencia de Mauricio Flores y de Elena Gordillo. Expresa que el Señor Juán
Miguel Peluffo ejerce la posesión en forma pública, pacífica y no interrumpida
desde época inmemorial afectando dicho inmueble a las actividades agrícolas
estacionales de la zona, como ser tabaco, granos y otros. El inmueble fue
alambrado totalmente en su perímetro y en el extremo Sud se instalo maquinarias
para la extracción de áridos y una planta para la construcción de columnas y
postes de cemento. Ofrece Pruebas. Cita Derecho. Secretaría, Concepción, octubre
10 de 2009. Dra. Mirta Estela Casares, Secretaria. E 06 y V 19/11/2009. $769,11.
Aviso N° 147.045.
Aviso número 147096
JUICIOS VARIOS / PEREZ DE DIAZ MARIA GABINA - DIAZ FRANCISCO JAVIER
POR 5 DÍAS - Se hace saber a Petrona Jesús Díaz y a Azucena Díaz, que por ante
este Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la IIa. Nominación, a cargo de
Sylvia García Zavalía de Sanchez Iturbe, y Secretaría Actuaria desempeñada por la
Dra. Marta Maria Posse y el Dr. Carlos Alberto Prado, se tramitan los autos
caratulados: "PEREZ DE DIAZ MARIA GABINA - DIAZ FRANCISCO JAVIER- DIAZ PEDRO
BERNABE S/ SUCESION - EXP. N° 6242/04, en los que se proveyó lo siguiente: "San
Miguel de Tucumán, 7 de octubre de 2009.- ... 1) ... - 2) Atento a las
constancias de autos, corresponde hacer efectivo el apercibimiento ordenado
mediante decreto de fecha 10 de mayo de 2005, obrante a fs. 31, respecto de las
herederas denunciadas: Petrona Jesús Diaz y Azucena Diaz. En consecuencia,
notifíquese mediante edictos a los mencionados que al no haberse apersonado al
presente sucesorio, a pesar de estar debidamente notificados, proseguirá el
trámite del mismo sin su intervención. Personal. 3) ... - 4) ... - AD 6242/04.-
Fdo. Dra. Sylvia Garcia Zavalia de Sanchez Iturbe.- Juez".- Notifíquese a Petrona
Jesús Díaz y a Azucena Díaz, por edictos por el término de cinco días, libre de
derechos, conforme decreto de fecha 07/10/2009 de fs. 78 con transcripción de la
presente providencia.- Secretaría.- JMAC6242/04.- San Miguel de Tucumán, 22 de
octubre de 2009.- Dr. Carlos Alberto Prado, Sec. Judicial. E 09 y V 13/11/2009.
Libre de Derechos. Aviso N° 147.096.
Aviso número 147158
JUICIOS VARIOS / PEREZ JUAN GUILLERMO C/ DELACROIX JULIA MARIA Y/O
BERGESE
POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la Ia. Nominación, Secretaría a cargo de la dra. Fabiana P. Borquez , tramitan
los autos caratulados: "PEREZ JUAN GUILLERMO C/ DELACROIX JULIA MARIA Y/O BERGESE
DE DELACROIX LETICIA MARGARITA Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA" expte. N°
433/08, se ha dictado el siguiente proveído: San Miguel de Tucumán, 04 de
Noviembre de 2009. Advirtiendo el proveyente que el decreto de fecha 14/10/09 no
corresponde, al no ajustarse a derecho, revoca el mismo, dictando su sustitutiva:
Atento lo solicitado y constancias de autos, publíquense edictos en el Boletín
oficial por el término de diez días haciéndose conocer la existencia del presente
juicio, con una relación extractada de la demanda. En los mismos, cítese a los
ciudadanos: Delacroix Julia María y/o Leticia Margarita Bergese de Delacroix y/o
María Del Carmen Leticia Delacroix y/o Ana María Delacroix y/o Diego Jorge
Delacroix, y/o Agustín Delacroix, y/o Luis Augusto Galli ; y/o sus herederos y/o
quienes se creyeren con derecho, a fin de que dentro del término de seis días
comparezcan a tomar intervención en la presente causa, bajo apercibimiento de
designárseles como representante legal al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes, en
el mismo acto, córrasele traslado de la demanda, la que deberá contestarse en
igual plazo. -Edictos. "Fdo. Dr. Ricardo Molina Juez P/T.- Secretaría. San Miguel
de Tucumán, 9 de noviembre de 2009. E 12 y V 25/11/2009. Libre de Derechos. Aviso
N° 147.158.
Aviso número 147042
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN C/ EMPRESA DE OMNIBUS CAMINO
DEL PERU S.R.L.
POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda
Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Teran, y Claudia
Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN C/ EMPRESA DE
OMNIBUS CAMINO DEL PERU S.R.L. (LINEA 125) S/ COBRO EJECUTIVO. EXPTE. N°
4286/07".-, se hace saber a la Empresa de Omnibus Camino del Perú S.R.L. (Línea
125), cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del rubro se ha
dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 13 de
octubre de 2009. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en autos:
cúmplase con la medida ordenada con fecha, 28/09/2007 mediante la publicación de
edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- San Miguel de Tucumán,
18 de marzo de 2008.- Téngase por apersonado al letrado Horacio José Saleme, con
domicilio legal constituido, désele intervención de ley en el carácter de
apoderado . Con los autos a la vista del interesado. San Miguel de Tucumán, 21 de
noviembre de 2007.- Atento lo solicitado y lo dispuesto por el art. 289, 1ª
parte, téngase por rectificado el monto de la presente demanda, el que queda
fijado en las sumas de $600,00 y $120,00 en concepto de capital y acrecidas,
respectivamente. Líbrese nuevo mandamiento.- San Miguel de Tucumán, 28 de
septiembre de 2007. I) Por apersonado y con domicilio legal constituido, désele
intervención de ley al presentante en el carácter invocado. II) Resérvese la
documentación en Caja Fuerte del juzgado .III) Intímese a la parte demandada al
pago en el acto de la suma de $660,00 y $132,00 por capital y acrecidas,
respectivamente. Al mismo tiempo, Cítesela de Remate para que dentro del quinto
día hábil subsiguiente al de su notificación, oponga las excepciones legítimas
que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución (Art.
502 Inc. I y Ccs. del C.P.C. y C.). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de
que el deudor no fuese hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las
medidas precedentemente ordenadas, procederá de acuerdo a lo prescripto por los
arts. 517 y 158 del C. P. C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 129,
ley citada. Notificaciones Diarias en Secretaría. Se hace constar que las copias
se encuentran a su disposición en Secretaría.- Secretaría. 13 de octubre de
2009.- Liliana Estela Garrocho Terán, Secretaria Jud. E 06 y V 12/11/2009. Libre
de Derechos. Aviso N° 147.042.
Aviso número 147049
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ COPIADOS INTEGRALES
S.R.L.
POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda
Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Teran, y Claudia
Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/
COPIADOS INTEGRALES S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL. EXPTE. N° 8472/06".-, se hace
saber a la firma Copiados Integrales S.R.L., cuyo actual domicilio se desconoce,
que en los autos del rubro se ha dictado la siguiente providencia que se
transcribe: "San Miguel de Tucumán, 23 de octubre de 2009. Atento a lo
peticionado y constancias obrantes en autos: cúmplase con la medida ordenada con
fecha, 22/05/2006 mediante la publicación de edictos durante 5 días en el Boletín
Oficial. Ofíciese Fdo: Dra. Adriana Elizabeth Berni - Juez de Cobros y Apremios
II. Nom. San Miguel de Tucumán, 22 de mayo de 2006.- I) Por apersonado y con
domicilio legal constituido, désele intervención de Ley al presentante en el
carácter invocado. II) Resérvese en caja fuerte del juzgado la documentación
original presentada. III) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de las
sumas de $11.367,55 y $2.273,51 en concepto de capital y acrecidas,
respectivamente. Al mismo tiempo, cítesela de remate para que dentro del quinto
día hábil subsiguiente al de su notificación, oponga las excepciones legítimas
que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución (Arts.
160 y 164 del Código Tributario). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de
que el deudor no fuese hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las
medidas precedentemente ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los
arts. 517 y 158 del C.P.C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 129, Ley
citada. Notificaciones diarias en Secretaría. Fdo: Dra. Adriana Elizabeth Berni -
Juez de Cobros y Apremios II°. Nom. Secretaría. 23 de octubre de 2009. Liliana
Estela Garrocho Teran, Sec. Judicial. E 06 y V 12/11/2009. Libre de Derechos.
Aviso N° 147.049.
Aviso número 147131
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN-D.G.R.-C/ FARCA S.R.L.
POR 10 DÍAS - Se hace saber a Farca S.R.L., cuyo domicilio actual se ignora, que
por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Dra. Ana Maria Antun de Nanni -
Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y Sylvia Liliana Liendo se
tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN-D.G.R.-C/ FARCA S.R.L. S/
EJECUCION FISCAL", Expediente N° 4461/08, en el que se ordenó la siguiente
providencia que a continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 14 de agosto
de 2008. I) Por apersonado y con domicilio legal constituido, désele intervención
de ley al presentante en el carácter invocado. II) Resérvese en caja fuerte del
juzgado la documentación original presentada. III) Intímese a la parte demandada
al pago en el acto de la suma de $1.357,85 y $600,00 en concepto de capital y
acrecidas respectivamente. Al mismo tiempo, cítesela de remate para que dentro
del quinto día hábil subsiguiente al de su notificación, oponga las excepciones
legítimas que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente
ejecución (Arts. 160 y 164 del Código Tributario). Notificaciones diarias en
Secretaría. Fdo.: Dra. Ana Maria Antun de Nanni - Juez". San Miguel de Tucumán,
29 de octubre de 2009.- DED. San Miguel de Tucumán, 22 de octubre de 2009.-
Agréguese. Téngase presente. Atento lo solicitado practíquese la medida ordenada
mediante providencia de fecha "14/08/08 -fs.9-, mediante edictos, debiéndose
efectuar su publicación por diez días, en el Boletín Oficial libre de derechos -
Art. 291 inc. 5° del CPC y C, quedando a su disposición para ser compulsada las
fotocopias de la demanda en Secretaría Actuaria. Fdo: Dra. Ana Maria Antun de
Nanni - Juez - CDA-4461/08. Dra. Sylvia Liliana Liendo, Sec. Judicial. E 11 y V
24/11/2009. Libre de Derechos. Aviso N° 147.131.
Aviso número 147052
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. C/ PASCUAL ALBERTO A
POR 5 DÍAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda
Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Teran, y Claudia
Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. C/
PASCUAL ALBERTO A Y OTRA S/ EJECUCION FISCAL. Expte. N° 2135/07".-, se hace saber
al Sr. Lopez, Silvia Cristina y al Sr. Pascual, Alberto A., cuyo actual domicilio
se desconoce, que en los autos del rubro se ha dictado la siguiente providencia
que se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 23 de octubre de 2009. Atento a lo
peticionado y constancias obrantes en autos: cúmplase con la medida ordenada con
fecha, 06/06/2007 mediante la publicación de edictos durante 5 días en el Boletín
Oficial. Ofíciese Libre de derechos. - MLJ-2135/07 - Fdo: Dra. Adriana Elizabeth
Berni - Juez de Cobros y Apremios II° Nom. San Miguel de Tucumán, 6 de junio de
2007.- I) Por apersonado y con domicilio legal constituido, désele intervención
de ley al presentante en el carácter invocado. II) Intímese a la parte demandada
al pago en el acto de las sumas de $479,23 y $96,00 en concepto de capital y
acrecidas, respectivamente. Al mismo tiempo, cítesela de remate para que dentro
del quinto día hábil subsiguiente al de su notificación, oponga las excepciones
legítimas que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente
ejecución (Arts. 160 y 164 del Código Tributario). A sus efectos líbrese
mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en su domicilio, el
encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas, procederá con arreglo
a lo prescripto por los arts. 517 y 158 del C. P. C. y en el mismo acto dejará
las copias del art. 129, ley citada. Notificaciones diarias en Secretaría. -MLJ
2135/07 - Fdo: Dra. Adriana Elizabeth Berni - Juez de Cobros y Apremios II° NOM.
"Se hace constar que las copias se encuentran a su disposición en Secretaría.-
Secretaría. 23 de octubre de 2009.- Dras. Liliana E. Garrocho Teran, Sec.
Judicial. E 06 y V 12/11/2009. Libre de Derechos. Aviso N° 147.052.
Aviso número 147075
JUICIOS VARIOS / ROBLES HECTOR E. C/ COMPLEJO AGROINDUSTRUAL SAN
JUAN S.A.
POR 5 DÍAS - Se hace saber que por ante este Juzgado de Conciliación y Trámite
del Trabajo de la Segunda Nominación, a cargo de la Dr. Rodolfo Eugenio Torres,
Juez; Secretaría de la Esc. Juana Rosa Ovejero, tramitan los autos caratulados:
"ROBLES HECTOR ELISEO C/ COMPLEJO AGROINDUSTRUAL SAN JUAN S.A. y OTRO S/ COBRO DE
PESOS", Expediente N° 1494/08, en los cuales se ha dictado el presente proveído
que se transcribe a continuación: "San Miguel de Tucumán, 21 de agosto de 2008.-
En mérito a la presentación efectuada, téngase al Dr. Tomas Valois Villafañe por
apersonado, por constituido domicilio procesal en casillero de notificaciones N°
1002, désele intervención de Ley, por repuestos bonos profesionales y tasa de
justicia, téngase presente y agréguese, por adjuntada documentación original
resérvese la misma en caja fuerte para su consulta.; proveyendo el escrito de
demanda, citase y emplácese a Complejo Agroindustrial San Juan S.A. y Indukon
Argentina S.A., en la persona de su representantes legales, a fin de que en el
perentorio término de quince (15) días se apersone a estar a derecho en la
presente causa por sí o por medio de apoderado, y conjuntamente córrasele
traslado de la demanda, para que en igual plazo la conteste, bajo apercibimiento
de lo previsto por el art 58, teniendo en cuenta lo dispuesto por el art. 60, y
dando cumplimiento con lo normado por el art. 61 de la ley 6.204. Lunes y jueves
para notificaciones en secretaría en horas de despacho o, subsiguiente hábil en
caso de feriado.- Personal.- SCD-1494IOB"; "San Miguel de Tucumán, 17 de
septiembre de 2009.- Téngase presente el informe actuarial que antecede, en su
merito, haciéndose efectivo el apercibimiento dispuesto por el art 58 de la Ley
6.204, téngase a Indukom Argentina S.A. por incontestada la demanda. Asimismo, no
habiendo comparecido la misma y de conformidad a lo dispuesto por el art 22 de la
Ley 6.204 hágase saber que las próximas notificaciones se efectuaran en los
estados del juzgado, las excepciones contenidas en el mencionado artículo.
Personal.1494108 BCD.- San Miguel de Tucumán, 27 de octubre de 2009. Secretaría.
Juana Rosa Ovejero, Sec. Judicial. E 09 y V 13/11/2009. Libre de Derechos. Aviso
N° 147.075.
Aviso número 147136
JUICIOS VARIOS / RODRIGUEZ FRANCISCO RENE C/MOLITERNO P. E. Y OTRO
POR 5 DIAS - Se hace saber los herederos del SR. Rodolfo Oscar Andersch, D.N.I:
3.454.491, de las condiciones personales y domicilios que se desconocen, que por
ante éste Juzgado Civil en Documentos y Locaciones de la Octava Nominación, a
cargo del Dr. Tito Raúl Moreno, Secretaría del Dr. Ricardo Torres, se tramitan
los autos caratulados: RODRIGUEZ FRANCISCO RENE C/MOLITERNO PEDRO ETERGIDU y OTRO
S/ Z- COBRO EJECUTIVO DE PESO Expte. N° 4681/98, en la cual se ha dictado la
siguiente providencia: San Miguel de Tucumán, 23 de junio de 2009. Atento lo
solicitado y constancias de autos, Cítese a los herederos del Codemandado Oscar
Adolfo Andersch, mediante edictos, a publicarse durante dos días en el Boletín, a
los fines de que en el término de 48 hs. se apersonen a estar a derecho en el
presente juicio bajo apercibimiento de nombrarles representante al Defensor de
Ausentes - Fd . Dr. Tito Raúl Moreno, Juez.- San Miguel De Tucumán.- 26 de Agosto
de 2009. Dr. Ricardo Dante Torres, Secretario Jud. E 11 y V 17/11/2009. $160,12.
Aviso N° 147.136.
Aviso número 147117
JUICIOS VARIOS / ROJO JOSEFA ESTER C/ PACHECO ELSA DEL VALLE S/ COB
POR 5 DÍAS - Se hace saber a la Sra. Pacheco Elsa del Valle D.N.I. N° 2.635.715,
que por ante este Juzgado de Conciliación y Tramite del Trabajo de la Quinta
Nominación, a cargo de la Dra. Susana Catalina Fe, Juez; Secretaría actuaria
desempeñada por el Dr. Marcelo Anibal Rodríguez, tramitan los autos caratulados:
"ROJO JOSEFA ESTER C/ PACHECO ELSA DEL VALLE S/ COBRO DE PESOS", Expediente N°
1686/06, en los cuales se han dictado los presentes proveídos que se transcriben
a continuación: "San Miguel de Tuc., 28 de Septiembre de 2009.- Agréguese el
oficio informado que se acompaña y téngase presente.- Atento lo informado y
constancias obrantes en autos, en especial lo resuelto por la Excma. Cámara del
Trabajo, Sala Va., en sentencia de fs. 160, en virtud de lo normado por el art.
22 del CPL: Notifíquese a la demandada el traslado de la demanda ordenado por
decreto de fs. 62 mediante edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de
Tucumán, libre de derechos, por el término de cinco días, haciéndosele saber que
el plazo para contestar la demanda es de veinte dìas (conf. art. 59 del CPL).- A
sus efectos, líbrese oficio de rigor por Secretaría".- Fdo. Dra. Susana Catalina
Fe (Juez).- "San Miguel de Tucumán 20 de junio de 2007.- Agréguense y ténganse
presente los juegos de bonos profesionales y tasas de justicia que se acompañan.
En mérito a las constancias de autos téngase al Sr. Miguel Hugo Arce por
presentado en el carácter invocado, con el patrocinio letrado del Dr. Manuel A.
Prado, con domicilio legal constituido. Désele intervención de Ley.- Téngaselo
por adherido a la demanda formulada por la actora Rojo.- Atento a las constancias
de autos: Cítese y emplácese a la demandada, en los domicilios que se denuncias.,
a fin de que en el perentorio término de quince días comparezca a estar a derecho
en la presente causa, bajo apercibimiento de ley. Al mismo tiempo y por igual
plazo córrasele traslado de la demanda y de los planteos de inconstitucionalidad
formulados para que la conteste, bajo apercibimiento de las prevenciones
contenidas en los arts. 56, 58 y 60 y cumplimiento con el 61 del C.P.L. Lunes y
jueves o siguiente día hábil en caso de feriado para notificaciones en
Secretaría. A los fines de las notificaciones ordenadas acompañe una copia
faltante para traslado y los bonos pertinentes".- Fdo. Dra. Susana Catalina Fe
(Juez).- A continuación se transcribe una síntesis extractada de la demanda: Luis
Fernando Ruiz Torres, abogado, con domicilio en calle Lamadrid 548 de esta
ciudad, a V.S. respetuosamente dice: I) Apersonamiento: Que conforme lo acredita
en poder ad-litem glosado a autos a fs. 47, es apoderado para juicios de la Sra.
Josefa Ester Rojo D.N.I. N° 11.740.297, domiciliada en Güemes 2a. cuadra s/n, Los
ralos, Tucumán, que en tal carácter se apersona solicitando intervención de ley,
constituyendo domicilio en casillero de notificaciones N° 402.- II) Objeto:
Deduce demanda en contra de la Sra. Elsa del Valle Pacheco, con domicilio en
calle Miguel Lillo N° 53 y Venezuela N° 3559 de esta ciudad, tendiente al cobro
de la suma de pesos $ 115.000.- y que conforme acta de nacimiento glosada a
autos, asiste la misma el derecho a reclamar en concepto de pago indemnizatorio
por la muerte de su hijo Walter Hugo Arce, el que se encontraba trabajando para
la demandada en autos al momento de su fallecimiento. III) Hechos: A mediados del
año 2.000 el Sr. Walter Hugo Arce comenzó a trabajar para la empresa de Elsa del
Valle Pacheco denominada "Marimon Mudanzas", la que se dedica a realizar mudanzas
dentro de esta provincia y de otras dentro del país. Las tareas del difunto
trabajador consistían en todo lo ateniente a la mudanza, desde auxiliar de chofer
del camión hasta embalar en cajas los bienes a trasladar, acomodar los objetos en
el mismo, bajarlos y colocarlos debidamente en el destino, cumpliendo horarios
discontinuos, adaptándose estos al requerimiento de la empresa, cuya
disponibilidad era permanente las 24 horas, destacando que el accidente ocurrió
cerca de las dos de la mañana. No existía un lugar o domicilio de trabajo ya que
los servicios eran prestados siempre en los camiones. Percibía una remuneración
mensual de $1.200. La relación laboral jamás fue registrada a pesar de los
pedidos del Sr. Arce, lo que debió ser soportado por este para preservar su
puesto de trabajo. El día 29 de Diciembre del año 2.005 aproximadamente a las
01:30 hs., sucede el accidente de trabajo que culmino con la muerte del Sr.
Walter Hugo Arce, el cual se encontraba circulando en un camión de la demandada
por la Ruta N° 9 dirigiéndose a la Provincia de Salta a fin de realizar una
mudanza, y el camión se detiene en una cuesta a la altura del paraje denominado
"La Difunta Correa" debido a que había levantado temperatura. En ese instante el
Sr. Arce se dirige hacia su parte delantera a fin de cargar agua en el radiador,
y el camión comienza a desplazarse cuesta abajo debido a la inclinación de la
pendiente. En ese entonces Arce intenta bajar el capot que se encontraba abierto,
para permitir la visión del conductor y evitar una tragedia que hubiera
involucrado al mismo, a los compañeros, bienes de la empresa y terceros, pero cae
bajo sus ruedas produciéndole la muerte instantáneamente.- IV) Rubros reclamados:
Art. 11 apartado 4°, C, y art. 15 ap. 2° de la Ley de riesgos de trabajo 24.557,
según decreto 1278/2000.- San Miguel de Tucumán, 21 de Octubre de 2009.
Secretaría.- 1686/06 ASP. Dr. Marcelo Anibal Rodríguez, Sec. Judicial. E 10 y V
16/11/2009. Libre de Derechos. Aviso N° 147.117.
Aviso número 147058
JUICIOS VARIOS / SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN C/
RODRIGUEZ JUAN CARLOS
POR 5 DIAS - Se hace saber a Ayusa, José Ramón, cuyo domicilio actual se ignora,
que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Dra. Ana María Antun de
Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y Sylvia Liliana
Liendo se tramitan los autos caratulados: "SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE
TUCUMAN C/ RODRIGUEZ JUAN CARLOS Y OTRO S/ COBRO EJECUTIVO", Expediente N°
4978/02, en el que se ordenó la siguiente providencia que a continuación se
transcribe: San Miguel de Tucumán, 5 de octubre de 2004. Autos Y Vistos:
Considerando: Resuelve: I - Ordenar se lleve adelante la presente ejecución
seguida por Superior Gobierno de La Provincia de Tucumán en contra de Rodríguez
Juan Carlos y Ayusa José Ramón, hasta hacerse la parte acreedora íntegro pago del
capital reclamado en $ 2.040,94 (pesos dos mil cuarenta con 94/100), con más sus
intereses gastos y costas desde la fecha de la emisión del título hasta su real y
efectivo pago. El monto reclamado devengará un interés promedio mensual de la
tasa activa que fije el Banco Nación Argentina, desde la fecha de la mora hasta
la fecha del efectivo pago.-II.- Costas, a la parte vencida conforme a lo
considerado. III-Regular Honorarios por la labor profesional desarrollada en el
presente juicio hasta la sentencia a las letradas Graciela Cristina Jure
(apoderado actor) y Sara Delia del Valle Fauze (patrocinante actor) en las sumas
de $138 (pesos ciento treinta y ocho) y $ 250 (pesos doscientos cincuenta)
respectivamente.- Hágase Saber. Fdo.: Dra. Dra. Ana María Antun de Nanni -
Juez".San Miguel de Tucumán, 16 de octubre de 2009.-DED San Miguel de Tucumán, 13
de octubre de 2009.- Agréguese. Téngase presente. Atento lo solicitado
notifíquese la sentencia de fecha 05/10/2004, mediante edictos, debiéndose
efectuar su publicación por cinco días, en el Boletín Oficial Libre de derechos.
Fdo: Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez - Dra. Sylvia Lilina Liendo,
Secretaria. E 06 y V 12/11/2009. Libre de Derechos. Aviso N° 147.058
Aviso número 147154
JUICIOS VARIOS / SUP. GOB. DE LA PROV. DE TUC. C/ GUANCO MARCELO
POR 5 DIAS - Se hace saber a Guanco, Marcelo, cuyo domicilio actual se ignora,
que por ante éste Juzgado Civil de Cobro y Apremios, Dra. Ana María Antun de
Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y Sylvia Liliana
Liendo se tramitan los autos caratulados: SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE
TUCUMAN C/ GUANCO MARCELO S/ COBRO EJECUTIVO, Expediente N° 4499/02, en el que se
ordenó la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Miguel de
Tucumán, 5 de noviembre de 2007.- Autos y Vistos: Considerando. Resuelve: I:
Ordenar se lleve adelante la presente ejecución seguida por Superior Gobierno de
la Provincia de Tucumán en contra de Guanco Marcelo, hasta hacerse la parte
acreedora íntegro pago del capital reclamado en $391,17 (pesos: Trescientos
noventa y uno con 17/100) con más sus intereses gastos y costas desde la fecha de
la emisión del título hasta su real y efectivo pago. El monto reclamado devengará
un Interés promedio mensual de la tasa pasiva que fije el Banco Central de la
Republica Argentina, desde la fecha de la mora hasta la fecha del efectivo pago.
II.- Costas, a la parte vencida conforme a lo considerado. III.- Regular
honorarios por la labor profesional desarrollada en el presente juicio hasta la
sentencia al letrado Luis Rodolfo Albornoz (Apoderado actor) en la suma de $698
(Pesos seiscientos noventa y ocho) Hágase saber: Fdo.: Dra. Ana María Antun de
Nanni Juez". San Miguel de Tucumán, 26 de octubre de 2009.- San Miguel de
Tucumán, 21 de octubre de 2009. Previamente, notifíquese mediante edictos a
publicarse en Boletín Oficial la sentencia de fecha 05/11/07, por el término de
cinco días, libre de derechos. Fdo. Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez.
CDA.4499/02. Dra. Sylvia Liliana Liendo, Sec. Judicial. E 12 y V 18/11/2009.
Libre de Derechos. Aviso N° 147.154
Aviso número 147152
JUICIOS VARIOS / VALLEJO VDA. DE BEVACQUA WALDINA BLANCA C/ TREJO
EDUARDO
POR 10 DÍAS - Se hace saber a Eduardo Trejo que por ante este Juzgado Civil y
Comercial Común de la Ia. Nominación, Secretaría a cargo de la Dra. Fabiana P.
Borquez, tramitan los autos caratulados: "VALLEJO VDA. DE BEVACQUA WALDINA BLANCA
C/ TREJO EDUARDO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA" expte. n° 2879/07, se ha dictado el
siguiente proveído: San Miguel de Tucumán, 04 de Noviembre de 2009.- Advirtiendo
el proveyente que el decreto de fecha 14/10/09 no corresponde, al no ajustarse a
derecho, revoca el mismo, dictando su sustitutiva: Atento lo solicitado y
constancias de autos, publíquense edictos en el Boletín oficial por el término de
diez días haciéndose conocer la existencia del presente juicio, con una relación
extractada de la demanda. En los mismos, cítese al Sr. Eduardo Trejo, y/o sus
herederos y/o quienes se creyeren con derecho, a fin de que dentro del término de
seis días comparezca a tomar intervención en la presente causa, bajo
apercibimiento de designársele como representante legal si sr Defensor de Pobres
y Ausentes, en el mismo acto, córrasele traslado de la demanda, la que deberá
contestarse en igual plazo.- Edictos. Fdo. Dr Ricardo Molina Juez. PIT.-
Secretaría. San Miguel de Tucumán, 06 de Noviembre de 2009. E 12 y V 25/11/2009.
Libre de Derechos. Aviso N° 147.152.
Aviso número 146867
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ADMINISTRACIÓN GENERAL
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ADMINISTRACIÓN GENERAL
Licitación Pública N° 330/09
Expediente N° 13-23710/09
La Administración General del Poder Judicial de la Nación comunica la apertura
de las ofertas para la Licitación Pública N° 330/09.
POR 8 DIAS - Objeto: Provisión de equipamiento informático con destino a diversas
dependencias del Poder Judicial de la Nación. Valor del Pliego: Pesos Seis Mil
Ciento Sesenta y Cinco Con Sesenta y Cinco Centavos ($ 6.165,65). Venta y Retiro
de Pliegos: Dirección General de Administración Financiera - Departamento de
Compras, sito en Sarmiento 877, 6° piso, Capital Federal, de lunes a viernes, de
8:30hs. a 12:30hs. Para mayor información: web: www.pjn.gov.ar. Plazo de
Consultas: Hasta el día 16 de diciembre de 2009 inclusive, a través de la
Dirección General de Tecnología, Libertad 731, 8° piso, Capital Federal, en el
horario de 8 a 15 hs. te: 011-4370-4902. Lugar, fecha y hora de la Apertura:
Sarmiento 877, 1° Subsuelo, Capital Federal. El día 28 de diciembre de 2009 a las
11:00 horas. E 10 y V 19/11/2009. $263,13. Aviso N° 146.867.
Aviso número 146869
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ADMINISTRACIÓN GENERAL
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ADMINISTRACIÓN GENERAL
Licitación Pública N° 331/09.
Expediente N°13-23712/09 .
La Administración General del Poder Judicial de la Nación comunica la apertura
de las ofertas para la Licitación Pública N° 331/09.
POR 8 DIAS - Objeto: Provisión de impresoras y equipos láser multifunción con
destino a diversas dependencias del Poder Judicial de la Nación. Valor del
Pliego: Pesos Dos Mil Novecientos Ochenta y Ocho Con Setenta y Cinco Centavos ($
2.988,75). Venta y Retiro de Pliegos: Dirección General de Administración
Financiera - Departamento de Compras, sito en Sarmiento 877, 6° piso, Capital
Federal, de lunes a viernes, de 8:30hs. a 12:30hs. Para mayor información: web:
www.pjn.gov.ar. Plazo de Consultas: Hasta el día 17 de diciembre de 2009
inclusive, a través de la Dirección General de Tecnología, Libertad 731, 8° piso,
Capital Federal, en el horario de 8 a 15 hs. te: 011-4370-4902. Lugar, fecha y
hora de la Apertura: Sarmiento 877, 1° Subsuelo, Capital Federal. El día 29 de
diciembre de 2009 a las 11:00 horas. E 10 y V 19/11/209. $284,70. Aviso N°
146.869.
Aviso número 147070
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / D.N.V. CONCURSO PUBLICO NACIONAL N°
02-D3-2009
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL
Inversión Pública y Servicios
Secretaría de Obras Públicas
Subsecretaría de Obras Públicas
Vialidad Nacional
-Aviso de Llamado a Licitación-
La Dirección Nacional de Vialidad llama a Licitación Pública Nacional lo
siguiente: Concurso Público Nacional N° 02-D3-2009
POR 5 DIAS - Objeto: Construcción aulas 8-9 y gabinete de tutoría para Escuela
Técnica Vial N° 3 Gral. Manuel Belgrano Presupuesto Oficial: $ 99.500,00. Fecha
de Apertura de Ofertas: Se realizará el día 23 de Noviembre de 2009 a partir de
las 10:00 hs. Valor del Pliego: Sin Costo. Lugar de Apertura: Avenida Mate de
Luna N° 1975 (4000) San Miguel de Tucumán, (Salón de Actos) - D.N.V. Lugar de
Entrega y Consulta del Pliego: Sección Servicios de Apoyo - Avenida Mate de Luna
N° 1975 (4000) Tel. 0381 4331000 - Int. 15 - Mail: [email protected].
San Miguel de Tucumán, (Salón) de Actos) - D.N.V. - E 09 y V 13/11/2009. $144,31.
Aviso N° 147.070.
Aviso número 147125
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / IPV Y DU. LICITACIÓN PÚBLICA Nº 22/09
- 1ER. LLAMADO
INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO
Expediente N° 13836/440-2009
Licitación Pública N° 22/09 - 1er. Llamado
POR 4 DÍAS - Se notifica a los interesados de la Licitación Pública N° 22/2009
(Primer Llamado) que tiene por objeto "la adquisición de 1.000 (un mil) resmas de
500 hojas cada una de papel obra 1ª calidad, fabricado con fibra de caña de
azúcar, alcalino alto blanco, tipo autor, multifunción de 80g/m2, de 210 x 297mm.
y 1.000 (un mil) resmas de 500 hojas cada una de papel obra 1ª calidad, fabricado
con fibra de caña de azúcar, alcalino alto blanco, tipo autor, multifunción de
80g/m2, de 216 x 356mm.", destinado a Sección Compras para distribuir al personal
del Organismo, aprobado por Resolución N° 7382 del 13.10.09 y su Rectificatorias
N° 7777 del 26.10.2009 y N° 8015 de fecha 05.11.2009. Presupuesto Oficial Total:
$ 42.000,00 (Pesos cuarenta y dos mil con 00/100). Precio del Pliego: Gratuito.
Consultas: en Sección Compras de este Organismo, sito en Calle Muñecas N° 455 de
esta Ciudad Capital, hasta 5 (cinco) días corridos, previos a la fecha de
apertura, de 08:30 hasta las 12:30 horas. Entrega de Pliegos: en Sección Compras
de este Organismo, sito en Calle Muñecas N° 455 de esta Ciudad Capital, de 08:30
hasta las 12:30 horas. Recepción de Ofertas: En Secretaría General del IPV y DU,
sito en Calle Muñecas N° 455 de esta Ciudad Capital, hasta las 10:00 horas del
día 25 de Noviembre de 2009. Apertura de las Propuestas: Se llevará a cabo en la
Sala de Reuniones del IPV y DU, el día 25 de Noviembre de 2009, a partir de las
10:00 horas. E 10 y V 13/11/2009. $199,52. Aviso N° 147.125.
Aviso número 147084
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PÚBLICA DE OBRA N° 06/2008
PODER JUDICIAL DE TUCUMAN
Licitación Pública de Obra N° 06/2008. POR 4
DIAS - Número de expediente: 183/52-2008 Objeto: "Remodelación del 3° piso del
Edificio del Edificio del Palacio de Justicia". Presupuesto Oficial:
$936.956,33.- (c/IVA). Fecha de Apertura: 07/12/2009 horas 09:00. Valor de
Pliegos: $1.000,00.- Hasta el 26/11/09 inclusive. Informes En Secretaría
Administrativa Corte Suprema de Justicia, 3er. Piso, Pje. Vélez Sársfield n° 450
- S. M. de Tucumán. Lugar de Apertura: Secretaría Administrativa Corte Suprema de
Justicia, 3er. Piso, Pje. Vélez Sársfield n° 450 - S. M. de Tucumán. E 11 y V
16/11/2009. $79,48. Aviso N° 147.084.
Aviso número 147086
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PÚBLICA N° 06/2008
PODER JUDICIAL DE TUCUMAN
Licitación Pública N° 06/2008 (II Llamado)
POR 4 DIAS - Número de Expediente: 079/52-2009. Objeto: "Continuación del Proceso
de Modernización e Informatización del Poder Judicial de Tucumán". Presupuesto
Oficial: $551.484,59.- (c/IVA). Fecha de Apertura: 27/11/2009 horas 09:00. Valor
de pliegos: $300,00.- Hasta el 18/11/09 inclusive. Informes En Secretaría
Administrativa Corte Suprema de Justicia, 3er. Piso, Pje. Vélez Sársfield n° 450
- S. M. de Tucumán. Lugar de Apertura: Secretaría Administrativa Corte Suprema de
Justicia, 3er. Piso, Pje. Vélez Sársfield n° 450 - S. M. de Tucumán. E 09 y V
12/11/2009. $75,39. Aviso N° 147.086.
Aviso número 147085
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PÚBLICA N° 20/2009
PODER JUDICIAL DE TUCUMAN
Licitación Pública N° 20/2009.
POR 4 DIAS - Número de Expediente: 122/52-2009. Objeto: "Provisión e instalación
de Equipos de Aire Acondicionado para Subsuelo del Poder Judicial de Tucumán".
Presupuesto Oficial: $137.736,99.- (c/IVA). Fecha de Apertura: 26/11/2009 horas
09:00. Retiro de Pliegos: sin cargo.- Hasta el 17/11/09 inclusive. Informes En
Secretaría Administrativa Corte Suprema de Justicia, 3er. Piso, Pje. Vélez
Sársfield n° 450 - S. M. de Tucumán. Lugar de Apertura: Secretaría Administrativa
Corte Suprema de Justicia, 3er. Piso, Pje. Vélez Sársfield n° 450 - S. M. de
Tucumán. E 09 y V 12/11/2009. $81,22. Aviso N° 147.085.
Aviso número 147087
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PÚBLICA N° 23/2009
PODER JUDICIAL DE TUCUMAN
Licitación Pública N° 23/2009
Número de Expediente: 136/52-2009
POR 4 DIAS - Objeto: "Adquisición de Equipamiento Informático para el Poder
Judicial de Tucumán". Presupuesto oficial: $1.383.477,21.- (c/IVA). Fecha de
apertura: 30/11/2009 horas 09:00. Valor de pliegos: $500,00.- Hasta el 19/11/09
inclusive. Informes en Secretaría Administrativa Corte Suprema de Justicia, 3er.
Piso, Pje. Vélez Sársfield n° 450 - S. M. de Tucumán. Lugar de apertura:
Secretaría Administrativa Corte Suprema de Justicia, 3er. Piso, Pje. Vélez
Sársfield n° 450 - S. M. de Tucumán. E 09 y V 12/11/2009. $78,12. Aviso N°
147.087.
Aviso número 147145
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE ECONOMIA - EXPEDIENTE
752/370-DAME-2009.
MINISTERIO DE ECONOMIA
Secretaría de Estado de Hacienda
Licitación Pública N° 02/2009-S.H.
Expediente N° 752/370-DAME-2009
POR 4 DIAS - Objeto: Contratación de un Servicio de Limpieza y Mantenimiento
diario por el término de doce (12) meses para el Edificio de la Secretaría de
Estado de Hacienda. Llamado Autorizado por Resolución N°: 1.260/ME del 09/11/09.
Valor del Pliego: Gratuito. Fecha de Apertura: 01 de Diciembre de 2009 a hs.
10.00. Lugar de Apertura: Dirección de Administración del Ministerio de Economía,
sita en calle San Martín 362, 1° Piso, San Miguel de Tucumán. Consultas y Retiro
de Pliegos: De 8.00 a 13.00 Hs. en la Dirección de Administración del Ministerio
de Economía, sita en calle San Martín 362, 1° Piso, San Miguel de Tucumán, Tel.:
0381 - 4222708.- E 11 y V 16/11/2009. Aviso N° 147.145.
Aviso número 147123
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE
TUCUMAN EXPTE 40.812/09
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN
Dirección General de Compras y Contrataciones
Llamado A Licitación Pública
POR 4 DIAS - Referencia: Adjudicar "El Mantenimiento (Poda Parcial de Follaje) en
el Arbolado Público Plantado Sobre las Veredas del Distrito I de la Ciudad" (cuyo
detalle se adjunta en el Pliego de Condiciones Particulares) Para la Dirección de
Espacios Verdes. Expte.: N°: 40.812/09 - Resolución: N° 1685/SEH/09. Lugar de
Presentación y Apertura: Dirección Gral. de Compras y Contrataciones 9 de Julio
576. Fecha de Apertura: 25/11/09, Horas : 10:00. Valor de Pliego de Bases y
Condiciones: $284,00.- (Pesos: Doscientos Ochenta y Cuatro.-). Venta y Consultas
del Pliego de Bases y Condiciones: Dirección Gral. de Compras y Contrataciones;
Previo Depósito en Cuenta N° 20003170/9 del Banco del Tucumán (Maipú 70) con
boleta de depósito por Cuadruplicado., www.sanmigueldetucuman.gov.ar. C.P.N. Nora
Liz Rabini, Directora de Planeamiento y Presupuesto a/c Dirección de Compras y
Contrataciones. Municipalidad de San Miguel de Tuc. E 10 y V 13/11/2009. $133,55.
Aviso N° 147.123
Aviso número 147147
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTE
LICITACIÓN PÚBLICA N° 03/2009.
GOBIERNO DE TUCUMAN
Secretaría de Estado de Deporte
Licitación Pública N° 03/2009.
Expte. N° 1130/530/2009
POR 4 DIAS - Objeto del llamado a Licitación: "Elemento Deportivos Varios". Valor
del Pliego: Gratuito. Lugar y Fecha de Apertura: Salón Comedor sito en Casa de
Gobierno -25 de Mayo 90 - Primer piso - S.M. de Tucumán, el día 30/11/2009, a
horas 11:00. Consulta y Adquisición de Pliegos: Dirección General de Compras y
Contrataciones, Casa de Gobierno, Planta Baja, en el horario de 09:00 a 13:00
página web http://compras.tucuman.gov.ar/. Llamado autorizado por Decreto N°
3479/1 (SED) de fecha 05 de Noviembre de 2009. E 11 y V 16/11/2009. Aviso N°
147.147.
Aviso número 147082
REMATES / BUSTOS SERGIO DANIEL C/CHAVEZ LEOPOLDO JAVIER S/ Z- COBR
Martillero Público Fariña Guillermo A.
POR 5 DIAS: Por disposición del Juzgado de Conciliación y Tramite del Trabajo de
la Primera Nominación, con Jurisdicción y Competencia en los Tribunales
Ordinarios de San Miguel de Tucumán, a cargo del Dr. Carlos Alberto Frascarolo.
Juez- Secretaría Actuaria desempeñada por la Dra Luciana Mercado, en los autos
caratulados: "BUSTOS SERGIO DANIEL C/CHAVEZ LEOPOLDO JAVIER S/ Z- COBROS - EXPTE
N° 1376/95.- se han dictado la siguiente providencia:"San Miguel de Tucumán, 23
de octubre de 2009.-Téngase presente lo solicitado, las constancias de autos y
encontrándose cumplidos los extremos contenidos en el art. 557 CPC y C. de
aplicación supletoria al fuero Sáquese a Remate por el Martillero Público
designado a fs.342 de autos Fariña Guillermo A. el el 50% de las acciones y
derechos que le correspondieren al demandado de acuerdo con el informe registral
de fs. 620 sobre el inmueble embargado en forma definitiva en fecha 28.04.2006
Ubicado en Lote Nro.31, Loteo Villa Valle Hermosa, Campo de La Zanja - Raco,
Matricula Registral Nro. T-04647, Padrón Inmobiliario n° 280.614", Matrícula
Catastral 34.609/203, Circunscripción II, Sección B, Manz./Lámina 34C (5);
Parcela 20. Mide según planos (Informe Reg. Inmobiliario de fs.620): 20 mts. de
frente. en el costado Sud por 46,40mts. de fondo. Linda: Al Norte, Lote 31
textual; Al Sud, calle pública; Al Este, Lote 30 y al Oeste Lote 32. Según
verificación: Tiene iguales medida que según plano. Linderos: Al Norte: Sra.
Rivero de Demarco, Al Sud: calle; al este; Flia. Aybar y al Oeste: Flia. Blanco.
Superficie: 928,00m2.- Según Inspección Ocular de fs.549 se constata que el
inmueble en cuestión consta de un living amueblado de mediana dimensiones con un
pequeño hogar de leña, luego se accede a una cocina comedor con su mobiliario de
medianas dimensiones. 3 dormitorios de pequeñas dimensiones (aproximadamente 3
mts. por 2,50) un baño instalado de pequeñas superficie. Toda la casa es de tipo
prefabricada de madera machimbrada a excepción del baño y las paredes externas
del living, se calcula una superficie construida de aproximadamente 85mts. 2
(vivienda), en los lados este y norte se encuentra una galería de aproximadamente
3 mts. de ancho por 25 mts. de largo, con techo de chapa y estructura de hierro,
con piso de mosaico al igual que la vivienda, esta se encuentra insertada en un
lote de terreno de aproximadamente 20 mts.de frente y 40 de fondo, alambrado en
su totalidad con una cerca de ligustros en el frente. Se accede a la vivienda a
través de un portón metálico. La casa habitación se encuentra rodeada de un
especio verde bien cuidado, con el césped bien recortado con plantas ornamentales
y frutales de medianas dimensiones. Deudas: Impuestos inmobiliario $2.934,39 al
02/03/09 (Fs. 631) con un plan de facilidad de pago. Rentas Municipales de la
Comuna de Raco (fs. 639) $ 425,75 al 01.04.09 SAT (Fs. 615): $298,69 al
20.02.09.- Fijase como Base la suma de $35.000 (50% de la valuación fiscal año
2009 s/informe de fs. 613). A tal efecto Señalase el día 27 de noviembre de 2009
a horas 09.30 o día subsiguiente hábil en caso de feriado, a fin que tenga lugar
la subasta pertinente, en el domicilio de calle 9 de Julio N° 421 de esta ciudad,
(Colegio de Martilleros de Tucumán). Se tendrá como base el 50% de la valuación
fiscal para el año que da cuenta el informe de la dirección general de catastro
obrante a fs. 613, de autos, dinero de contado y al mejor postor. En caso de no
existir postores el objeto de la presente medida se rematará media hora más
tarde, con su base reducida en un 25% de su avaluación fiscal (Art.570 CPCyC).
Facultase al Martillero designado a percibir del comprador la suma del 10% del
valor total que resultare de la realización del inmueble en concepto de seña; 3%
comisión del Martillero y 3% Sellado de Ley, al igual que lo correspondiente al
3% de la transferencia del inmueble a cargo del comprador conforme art. 6to.,
Inc.2do.,de la Resolución General Nro.3026 de la AFIP.-Publíquese Edictos en el
Boletín oficial, Libre de Derechos, por el término de cinco días (art. 153 ley
6.204) ,haciéndose constar embargos, deudas, características y condiciones que
pesaren sobre el inmueble en cuestión. Oficiese a los Juzgados embargantes a fin
de hacerles conocer lo ordenado. Comuníquese a la Secretaría de Superintendencia
de la Excma. Corte Suprema de Justicia el lugar donde se llevará a cabo la
subasta ordenada.-Facúltase a la letrada apoderada del actor a arbitrar todos los
medios necesarios a efectos de la mayor publicidad del remate ordenado, teniendo
presente que la primera fecha quedo suspendida por falta de postores y publico
(cfr. acta de fs.702). Personal. Fdo. Dr. Carlos Alberto Frascarolo. Juez.- Se
hace costar que el presente es Libre De Derechos Secretaria Actuaria. San Miguel
de Tucumán, 4 de noviembre de 2009. Dra. Luciana Mercado, Secretaria Jud. E 09 y
V 13/11/2009. Libre de Derechos. Aviso N° 147.082.
Aviso número 147148
REMATES / GARCÍA AGUILAR GONZALO LUIS C/ MERCADO JOSE RODOLFO S/
COBRO EJEC
Martillero: Liquin Roque Omar
POR 3 DIAS - En Los Autos del Rubro que tramitan por ante este Juzgado Civil en
Documentos y Locaciones de La Iª Nominación a cargo de la Dra. Graciela del V.
Lopez de Valverde, Secretaría de la Autorizante Dra. María Victoria Gomez
Tacconi, se ha dispuesto librar la presente en los autos caratulados GARCÍA
AGUILAR GONZALO LUIS C/ MERCADO JOSE RODOLFO S/ COBRO EJECUTIVO Expte. N° 2841/08
a fin de dar cumplimiento de la providencia que a continuación se transcribe: San
Miguel de Tucumán, 3 de noviembre de 2009. Atento lo peticionado, constancias de
autos: Fíjase para el día: 18 de Noviembre de 2009, a horas 11,00 o día
subsiguiente hábil, a la misma hora, en caso de feriado, para que tenga lugar la
Pública Subasta del bien automotor secuestrado, del bien automotor identificado
con Dominio AXW 142; Camión marca: Ford; Modelo: F-4000-D- 1996, Chasis N° 9BF
L2UJG8TDB12187; Motor N° 30602346, Chasis: Marca Ford. Base servirá la suma de
$20.000,00 si fracasare el remate por falta de postores, se procederá a un nuevo
remate, media hora más tarde, sin base, dinero de contado y al mejor postor,
siendo a cargo del comprador el 10% de comisión al martillero y 3% ley de sellos
y el 05% del producido de la subasta como aporte al Colegio de Martilleros de
conformidad con lo establecido por el Art.60 inc. c. de la ley 7.628.- Deudas: a
cargo del comprador, en la Dirección General de Rentas adeuda la suma de
$2.120,64, en el Tribunal Municipal de Faltas: la suma de $200,00. El remate se
realizará en el local de calle 9 de julio N° 421, de esta Ciudad por el
Martillero Púb1ico designado Roque Omar Liquin M.P. N° 307. Publíquese Edictos en
el Boletín Oficial y otro diario local de gran circulación por tres días.
Notifíquese personalmente a las partes y al citado Martillero. Comuníquese a
Secretaría de Superintendencia de la Excma. Corte a los fines que hubiere lugar y
a los Jueces que hubieren ordenado embargos y/o inhibiciones. Líbrese oficio.
Notifíquese al demandado a los fines que prevé el art.555 del C.P.C. 11.- Líbrese
oficio al Juez embargante del Juzgado Federal de Tucumán N° 2, en los autos
caratulados: "Fisco Nacional -AFIP-DGI Vs Mercado José Rodolfo s/ Ejecución
Fiscal" Exp. N° 6344/07.- Personal.- Fdo. Dra. Graciela V. Lopez de Valverde.
Juez- Secretaría, San Miguel de Tucumán, 10 de Noviembre de 2009. Dra María
Victoria Gomez Tacconi, Secretaria Jud. E 11 y V 13/11/2009. $227,48. Aviso N°
147.148.
Aviso número 147163
SOCIEDADES / CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES DE MANCOPA
POR 1 DIA - la Comisión Directiva de la Asociación Civil" CENTRO DE JUBILADOS Y
PENSIONADOS NACIONALES DE MANCOPA"- DPTO LEALES, con domicilio legal en ruta
Nacional N° 9- Km 1269, Tucumán, convoca a sus asociados a la Asamblea General
Ordinaria a realizarse el día 13 de Noviembre del 2009, a hs 17.00 en su sede
social para tratar el siguiente Orden del día: 1- Motivo de la demora 2-
Tratamiento de Memoria, Balance, Inventario e informe de la Comisión Revisora de
Cuenta del ejercicio finalizado al 31-12-2008 , 3- Designación de dos asociados
para firmar el Acta. Fdo. Cristóbal R. Torres, Presidente. E y V 12/11/2009. $20.
Aviso N° 147.163
Aviso número 147150
SOCIEDADES / CÁMARA DE TURISMO DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN
POR 1 DIA - La Honorable Comisión Directiva de la Asociación Civil CÁMARA DE
TURISMO DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN. de acuerdo a la establecido en los estatutos
sociales, convoca a sus Asociados a Asamblea General Ordinaria. el día Jueves 10
de Diciembre de 2009, a horas 20.30, en el salón de Federación Económica de
Tucumán sito en calle San Martín 427, de esta ciudad, a los efectos de tratar el
siguiente: orden del día 1. Motivo de la Demora en la convocatoria. 2.
Tratamiento y consideración de memoria y balance, Inventario, cuadro de resultado
de gastos y recursos e informe de la Comisión Revisora de cuentas al 30/06/09. 3.
Designación de 2 (dos) asociados para la firma del acta. Fdo. Dr. Federico
Lanati, Presidente. E y V 12/11/2009. $22.82. Aviso N° 147.150
Aviso número 147118
SOCIEDADES / COLEGIO DE ODONTÓLOGOS DE TUCUMÁN
POR 3 DIAS - La Junta Electoral del COLEGIO DE ODONTÓLOGOS DE TUCUMÁN, resuelve
fijar para el día 11 de Diciembre de 2009 a horas 08:00 hasta 14:00 hs, en la
sede de la Institución calle Salta 415, de esta ciudad, la convocatoria a
Elecciones de Renovación de Autoridades del Colegio de Odontólogos de Tucumán. En
este acto se considerara: 1 - Renovación de Autoridades del Colegio de
Odontólogos de Tucumán: A) Presidente, Secretario, Tesorero, Vocal Titular 3° y
Vocal Suplente 3° (art. 57 de la Ley N° 5542). B) Honorable Tribunal de Ética y
Disciplina, tres Miembros Titulares y tres Miembros Suplentes (art.62 Ley N°
5542). C) Comisión Revisora de Cuentas, tres Miembros Titulares y tres Miembros
Suplentes (Art.68 Ley N° 5542). 2 - Designación de dos colegiados presentes para
firmar el acta. Informamos que la Junta Electoral actuante fue electa en Asamblea
Gral Ordinaria de fecha 30/04/2009, integrada por los siguientes colegiados Dres.
Titulares: Darío Farag, Carolina Junco, Mariano González, Suplentes: Alcira
Lorca, Mónica Fernández Ponce y Ana María Delgado. Comunicamos que el vencimiento
para la presentación de lista ante la Junta Electoral será hasta el día 2 de
Diciembre de 2009, a horas 13:00. Las impugnaciones podrán ser presentadas ante
la Junta Electoral hasta el 7 de Diciembre de 2009, a hs. 13:00 hs. De acuerdo al
art. N° 52 de la Ley N° 5542, no podrán participar del acto eleccionario los
colegiados que adeuden la cuota anual y los que estuvieren sancionados. El padrón
de los colegiados en condiciones de sufragar se encontrará disponible para su
consulta en Secretaría del Colegio de 8:00 a 14:00 hs. Berta Aida Granillo,
Presidente. Jorge Luis Hache Lizarraga, Secretario. E 10 y V 12/11/2009. $159.96.
Aviso N° 147.118.
Aviso número 147129
SOCIEDADES / COLEGIO PROFESIIONAL DE MARTILLEROS Y CORREDORES
PUBLICOS DE TUC
POR 2 DIAS - COLEGIO PROFESIIONAL DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE TUCUMAN
- Por resolución de la Honorable Comisión Directiva se ha dispuesto convocar a
asamblea general extraordinaria para el día; jueves 17 de diciembre de 2009 a
horas 19 en la sede de calle 9 de julio 421 de esta ciudad, con el siguiente
orden del día: 1) Lectura del acta anterior. 2) Designación de miembros
integrantes de la Junta Electoral. 3) Situación patrimonial del Colegio. 4)
Designación de dos (2) asambleísta para la firma del acta respectiva. San Miguel
de Tucumán, 10 de noviembre de 2.009. Francisco Miguel Díaz, Presidente. E 11 y V
12/11/2009. $39,74. Aviso N° 147.129.
Aviso número 147172
SOCIEDADES / CONGRESO PROVINCIAL DEL PARTIDO MOVIMIENTO DE
AFIRMACION PERONISTA
POR 1 DIA - CONGRESO PROVINCIAL DEL PARTIDO MOVIMIENTO DE AFIRMACION PERONISTA.
En la Ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, en el domicilio de
Calle Congreso 651, sede del Partido Movimiento de Afirmación Peronista, siendo
horas 20.45 del día 15 de septiembre del Año 2009, se reúnen las Autoridades del
Congreso Provincial del M.A.P., quienes luego de examinar la lista que obtuvo
todos los cargos en la renovación de autoridades partidarias en la elecciones del
pasado 21/06/09, observan que la Honorable Junta Electoral de la Provincia, ha
excluido del Congreso Provincial Sección Electoral II, al Candidato Electo en
tercer término Sr. Valenzuela, Horacio Domingo, D.N.I. N° 13.282.333, atento que
el mismo no se encuentra afiliado al partido. En consecuencia y siendo necesario
para el normal funcionamiento del Partido el reemplazo del citado, este Congreso
en atribución de sus facultades, designa a la Sra. Angélica Lucía Casavalle,
D.N.I. 6.437.326, en reemplazo del citado, comunicándose dicha resolución a la
Honorable Junta Electoral. E y V 12/11/2009. $33,73. Aviso N° 147.172.
Aviso número 147159
SOCIEDADES / COOPERATIVA DE TRABAJO "LOS 7 AMIGOS" LIMITADA
POR 1 DIA - De acuerdo con disposiciones Legales y Estatutarias, el Consejo de
Administración de la COOPERATIVA DE TRABAJO "LOS 7 AMIGOS" LIMITADA, convoca a
los Señores Asociados a Asamblea General Ordinaria a realizarse el día 28 de
Noviembre de 2009 a horas 09:00 en Florida 3er Pasaje S/N - San Pablo- :Dpto.
Lules - Provincia de Tucumán, oportunidad en la cuál se tratará el siguiente
Orden del Día: 1.- Elección de 2 (dos) socios para firmar el Acta de Asamblea
juntamente con el Presidente y el Secretario. 2.- Motivo de la demora en
presentar los Estados Contables. 3.- Consideración y Aprobación de Memorias,
Balance General, Cuadros de Resultados, Estados de Flujo de Efectivo, Cuadros y
Anexos, Informes del Auditor, Informes del Síndico e Informes Comentados de
Auditoría, según Resolución 155/80 del Estado Patrimonial al 03/09/2004;
Ejercicio Irregular al 30/06/2005; Ejercicio Regular Cerrado el 30/06/2006; y
Ejercicios Económicos Cerrados el 30/06/2007; 30/06/2008 y 30/06/2009. Nota: De
acuerdo al Art. 49 de la Ley 20337, la Asamblea se realizará válidamente, sea
cual fuere el número de asistentes, una hora después de la fijada en la
Convocatoria, si antes no se hubiera reunido la mitad más uno de los asociados.
Diaz, Ricardo Lorenzo, Presidente. Maza José Gonzalo, Secretario. E y V
12/11/2009. $40,64. Aviso N° 147.159.
Aviso número 147170
SOCIEDADES / JOSEFA M. DE RODRIGUEZ S.A.
POR 1 DÍA - Por disposición del Señor Juez de Comercio, Dr. Carlos Arraya, se
hace saber que por Expediente n° 2471/09, de fecha 30/10/2009, se encuentra en
trámite de inscripción el instrumento mediante el cual la Dirección de Personas
Jurídicas, en fecha 08 de septiembre de 2009, Expte n° 4782/211-J-09, toma nota
de lo resuelto por los accionistas de la sociedad "JOSEFA M. DE RODRIGUEZ S.A.",
en la siguiente asamblea ordinaria a saber: Asamblea General Ordinaria de Fecha
03/06/2009. 1) Se designa a dos accionistas presentes para firmar el acta.- 2) Se
considera y aprueba la documentación prevista en el Art. 234 inc 1 de Ley de
Sociedades comerciales por el ejercicio cerrado al 31/12/2008.- 3) Se considera y
se aprueba la gestión del directorio y la no asignación de honorarios al
directorio.- 4) Se designa directorio: Presidente: Nilda Rodriguez de Orlando,
Vicepresidente: Antonio Orlando, Director Titular: Gabriel Orlando, Directores
Suplentes: Gerardo Orlando, Maria Cecilia Ramirez y se designa como Síndico
Titular al CPN Angel Eduardo Arquez y como Síndico Suplente al CPN Fabio O.
Graneros.- 5) Se designa y se autoriza al Sr. Gabriel Orlando y/o a quién este
autorice a realizar los trámites necesarios para inscribir en el R.P.C. las
resoluciones asamblearias.- San Miguel de Tucumán, 10 de noviembre de 2009. E y V
12/11/2009. $41,97. Aviso N° 147.170.
Aviso número 147156
SOCIEDADES / PALPITOS S.R.L.
POR 1 DIA - Por disposición del Sr. Juez de Comercio, Dr. Carlos Arraya, se hace
saber que por Expediente N° 2010/09, de fecha 10/09/2009, se encuentra en trámite
de inscripción el instrumento de fecha 25 de agosto de 2009, mediante el cuál los
socios, de la sociedad "PALPITOS S.R.L.", Resuelven modificar el domicilio de la
sociedad, estableciéndolo en Calle San Martín N° 666, 1 ° piso oficina 4, ciudad
capital. Se hace constar que se publicó en Boletín Oficial de fecha 26/10/2009
columna 2° Aviso N° 146.815 el instrumento de Cesión de Cuotas de fecha
25/08/2009.- San Miguel de Tucumán, 10 de noviembre de 2009. Dra. María Cristina
Márquez de Robin, Sec. Judicial. E y V 12/11/2009. $21.45. Aviso N° 147.156
Aviso número 147171
SOCIEDADES / PARTIDO MOVIMIENTO DE AFIRMACION PERONISTA
POR 1 DIA - PARTIDO MOVIMIENTO DE AFIRMACION PERONISTA. JUNTA ELECTORAL. ACTA DE
PROCLAMACION DE AUTORIDADES PARTIDARIAS. Visto:... y Considerando: Resolvemos:
Artículo 1°: Proclamar a las Autoridades Electas del Partido Movimiento de
afirmación Peronista, por resultar ser consagradas por la cantidad de 832
(ochocientos treinta y dos) votos validos emitidos por sus afiliados y
verificados por esta Junta Electoral, recayendo en las personas que integran los
Órganos Partidarios en los Cargos que a continuación se indica: Consejo
Provincial: Titulares: Presidente: Delgado, Gladys Rosa - D.N.I. N° 13.939.620.
Vicepresidente 1°: Muroni, Héctor Hugo - D.N.I. N° 7.838.541. Vicepresidente 2°:
Paredes, Fátima del Valle - D.N.I. N° 23.055.168, Secretario General: Contreras,
Claudia Liliana - D.N.I. N° 20.725.022, Secretario Político: Robles Avalos,
Edmundo Eduardo - D.N.I. N° 10.018.032, Prosecretario Político: Flores, Raúl
Héctor - D.N.I. N° 11.380.827., Secretario de Organización: Costilla, Oscar
Adolfo - D.N.I. N° 10.739.967., Prosecretario de Organización: Kermes, Walter
Hugo - D.N.I. N° 21.991.580., Secretario de Finanzas: Toloza, Saturnino - D.N.I.
N° 10.579.987. Secretario de Prensa: Perez, Cynthia Karina del Valle - D.N.I. N°
22.877.758., Suplentes: Secretario Político Suplente: Orozco, Fátima María del
Carmen-D.N.I. N° 14.410.184., Prosecretario Político Suplente: Medina, Rubén
Vicente - D.N.I. N° 21.050.331., Secretario de Organización Suplente: Roldan
Héctor Raúl - D.N.I. N° 22.463.866. Prosec. de Organización Suplente: Ybañez,
Héctor Ramón - DNI N° 14.072.941., Secretario de Finanzas Suplente: Trucco, Julio
César - D.N.I. N° 22.665.227. Secretario de Prensa Suplente: Cardozo, Luis
Alberto - D.N.I. N° 22.810.982. Congreso Provincial. Sección Electoral I -
Capital Iriarte, Pedro Pascual - D.N.I. N° 11.707.597. Castaño, Pascual Anselmo
- DNI N° 8.068.236. Lopez, Roberto Adolfo Gerónimo - D.N.I. N° 23.517.315,
Sección Electoral II - Este Paz, Héctor Rolando - D.N.I. N° 18.537.352, Alvarez,
José del Valle - D.N.I. N° 8.094.024 Valenzuela, Horacio Domingo -D.N.I. N°
13.282.333, Sección Electoral III - Oeste. Castillo, Walter Domingo - D.N.I. N°
29.296.014 Garrido Buadas, Francisco - D.N.I. N° 24.470.260, Macias, Francisco
Antonio - D.N.I. N° 6.999.758. Un candidato a congresal por cada Un Mil afiliados
o fracción no inferior a 750. Avila, Patricia del Valle - D.NI N° 21.330.713,
Ordoñez, Carlos Domingo - D.N.I. N° 21.799.416 Arias, Manuel Adolfo - D.N.I. N°
16.146.798. Roldan, Lucio Rene - D.N.I. N° 16.222.510. Junta Electoral Iriarte,
Pedro Pascual - D.N.I. N° 11.707.597. Roldan, Lucio René - D.N.I. N° 16.222.510.
Castaño, Pascual Anselmo -D.N.I. N° 8.068.236. Suplentes: Arias, Manuel Adolfo -
D.N.I. N° 16.146.798. Ordoñez, Carlos Domingo -D.N.I. N° 21.799.416. Tribunal de
Disciplina Titulares: Meone, Martín Eduardo - D.N.I. N° 25.212.330. Meone,
Eugenia Emilia - D.N.I. N° 21.746.459. Godoy, Teresa Fabiana - D.N.I. N°
33.657.229. Suplentes: Sosa, José Delfín - D.N.I. N° 8.292.541. Rojo, Pedro Lucas
- D.N.I. N° 14.733.528. Comisión revisora de Cuentas Titulares: Robles Avalos
Edmundo Eduardo - D.N.I. N° 10.018.032. Muroni, Héctor Hugo - D.N.I. N°
7.838.541. Suplentes: Lazarte, Juan Manuel - D.N.I. N° 26.385.054. Trucco, Julio
Cesár - D.N.I. N° 22.665.227. Roldan Héctor Raúl - D.N.I. N° 22.463.866. Juarez,
Raúl René - D.N.I. N° 11.010.580 Artículo 2°: Las Autoridades proclamadas quedan
puestas inmediatamente en sus funciones con todas las facultades y atribuciones
que les acuerda la Carta Orgánica Partidaria, las Leyes y Reglamentos del Régimen
Electoral Provincial y de nuestra Carta Magna. Artículo 3°: Comunicar a la H.
Junta Electoral Provincial y Archivar, con lo que se dan por concluidas las
funciones de esta H. Junta Electoral. Dado en la Ciudad de San Miguel de Tucumán,
a los 25 días del mes de junio de 2009. E y V 12/11/2009. $117,15. Aviso N°
147.171.
Aviso número 147126
SOCIEDADES / SANATORIO REGIONAL S. R. L.
POR 5 DIAS - La Gerencia de SANATORIO REGIONAL S. R. L. convoca a los Señores
Socios a Asamblea General Ordinaria a realizarse en la Sede Social, sito en Av.
Juan B. Justo N° 1.592 de esta ciudad, en el 1er. piso, sector de Administración
Central, el día 02 de Diciembre de 2.009, a las horas 21,00 en primera
convocatoria o a horas 22,00 en segunda convocatoria, para tratar el siguiente:
1. Designación de dos socios para la firma del acta. Orden del Día: 2.
Consideración de la gestión desarrollada por la Gerencia. Aprobación. 3. Elección
de dos Socios Gerentes para un nuevo período de dos años. Nota: Se ruega puntual
asistencia. San Miguel de Tucumán, 04 de Noviembre de 2.009. Dr. Eduardo Vargas
Socio Gerente. Dr. Sebastián Gómez Paravan, Socio Gerente. E 10 y V 16/11/2009.
$121.21. Aviso N° 147.126
Aviso número 147168
SOCIEDADES / S.A. SAN MIGUEL A.G.I.C.I. Y F
POR 1 DIA - Por disposición del Señor Juez de Comercio, Dr. Carlos Arraya, se
hace saber que por Expediente n° 1915/09, de fecha 01/09/2009, se encuentra en
trámite de inscripción el instrumento mediante el cuál la Dirección de Personas
Juridicas, en fecha 12 de agosto de 2009, Expte n° 2573/211-S-09 y 3195/211-S-09,
toma nota de lo resuelto por los accionistas de la sociedad "S.A. SAN MIGUEL
A.G.I.C.I. y F.", en la siguiente asamblea ordinaria y reunión de directorio a
saber: Asamblea General Ordinaria de Fecha 04/05/2009: 1) Se considera y aprueba
el aumento de capital social por la suma de $7.625.000 mediante la emisión de
acciones liberadas por capitalización parcial de la cuenta ajuste de capital,
llevando el capital social a la suma de $15.250.000.- Reunión de Directorio de
Fecha 11/05/2009: 1) Emisión de acciones liberadas en virtud del aumento de
capital aprobado en el quinto punto del orden del día de la asamblea anual
ordinaria celebrada el 04/05/2009. Se resuelve: I) Disponer la emisión de
36.025.000 acciones escriturales Clase A de valor nominal $0,10 cada una con
derecho a cinco votos y 40.225.000 acciones escriturales Clase B de valor nominal
$0,10 cada una con derecho a un voto y en proporción a las tenencias accionarias
actuales, las cuales tendrán derecho a dividendo desde el inicio del ejercicio
2009. II) Solicitar la autorización de oferta pública y cotización de las
acciones a emitir ante la Comisión Nacional de Valores y la Bolsa de Comercio de
Buenos Aires, respectivamente. III) Designar a las personas autorizadas para
realizar los trámites vinculados a la aprobación e inscripción del aumento de
capital ente los distintos organismos a fin de obtener las autorizaciones
pertinentes. San Miguel de Tucumán, 10 de noviembre de 2009. Dra. Maria Cristina
Marquez de Robin, Secretaria. E y V 12/11/2009. $57,38. Aviso N° 147.168.
Aviso número 147162
SOCIEDADES / S.A. SAN MIGUEL A.G.I.C.I. Y F.
POR 1 DIA - Por disposición del Señor Juez de Comercio, Dr. Carlos Arraya, se
hace saber que por Expte n° 2363/09, de fecha 21/10/2009, se encuentra en trámite
de inscripción el instrumento mediante el cuál la Dirección de Personas
Jurídicas, en fecha 22 de septiembre de 2009, Expte n° 5261/211-S-09, toma nota
de lo resuelto por los accionistas de la sociedad "S.A. SAN MIGUEL A.G.I.C.I. y
F.", en la siguiente asamblea ordinaria a saber: Asamblea General Ordinaria de
fecha 04/05/2009: 1) Se fija en 9 (nueve) el número de Directores titulares y en
2 (dos) el número de Directores Suplentes y se designa como Directores Titulares
a: Luis Roque Otero Monsegur, Martin Otero Monsegur, Romain Corneille, Pablo
Javier Taussig, Ambrosio Arizu, Gonzalo Tanoira, Agustin Otero Monsegur, Miguel
Crotto y Ruben Dario Patrouilleau y como Directores Suplentes a Santiago Stewart
y Cristian Lopez Saubidet por el término de tres ejercicios. Reunión de
Directorio de Fecha 11/05/2009: 1) Se aceptan y distribuyen los cargos del
directorio de la siguiente manera: Presidente: Luis Roque Otero Monsegur,
Vicepresidente: Gonzalo Tanoira, Directores Titulares: Romain Corneille, Martin
Otero Monsegur, Ambrosio Arizu, Pablo Javier Taussig, Ruben Dario Patrouilleau,
Agustin Otero Monsegur, Miguel Crotto, Directores Suplentes: Santiago Stewart y
Cristian Lopez Saubidet. San Miguel de Tucumán, 10 de noviembre de 2009. Dra.
Maria Cristina Marquez de Robín, Secretaria Jud. E y V 12/11/2009. $45,45. Aviso
N° 147.162.
Aviso número 147155
SUCESIONES / ANTONIO BENEGAS O ANTONIO BENEGA
POR 3 DIAS -. Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Sylvia García Zavalía de
Sanchez Iturbe del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la II° Nominación,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de ANTONIO BENEGAS O ANTONIO
BENEGA, DNI N° 3.540.499, cuya sucesión tramitase por ante la Secretaría del
autorizante. San Miguel de Tucumán, 28 de Septiembre de 2009. Fdo. Dra. Marta
María Posse, Sec. Judicial. E 12 y V 16/11/2009. $26. Aviso N° 147.155
Aviso número 147133
SUCESIONES / CARLOS EDUARDO GOMEZ
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez Subrogante, a cargo del Juzgado en
Familia y Sucesiones de la VI° Nominación, cítese por tres días a los herederos o
acreedores de CARLOS EDUARDO GOMEZ, D.N.I. N° 12.869.969, cuya sucesión tramita
por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 27 de octubre de
2009.- Dr. Ma. Laura Garcia Lizarraga, Sec. Judicial. E 11 y V 13/11/2009. $26.
Aviso N° 147.133.
Aviso número 147141
SUCESIONES / CATIVA JUANA ELSA DNI Nº 8.920.588,
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Ester Valderrabano de Casas,
cítese por tres días a los herederos o acreedores del causante: CATIVA, JUANA
ELSA DNI N° 8.920.588, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del
autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de setiembre de 2009. Dra. Emma Maria
Carmelich, Secretaria Jud. E 11 y V 13/11/2009. $26. Aviso N° 147.141.
Aviso número 147157
SUCESIONES / HUMBERTO AMERICO D ARTERIO
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Marta E. Paz de Centurión del
Juzgado Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Cuarta Nominación, cítese por
tres días a los herederos o acreedores de HUMBERTO AMERICO D ARTERIO, cuya
sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
10 de Noviembre de 2009. Fdo. Fabio Eugenio Barbaglia, Secret. Judicial. E 12 y
V 16/11/2009. $26. Aviso N° 147.157
Aviso número 147104
SUCESIONES / JOSE ALBERTO AGUIRRE
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Marta E. Paz de Centurión, del
Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Cuarta Nominación, cítese por tres
días a los herederos o acreedores de JOSE ALBERTO AGUIRRE, cuya sucesión
tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 11 de
Septiembre de 2009.- Dra. Angela Rossana MArtinez, Secretaria Jud. E 10 y V
12/11/2009. $26. Aviso N° 147.104.
Aviso número 147137
SUCESIONES / JOSE RICARDO CORREA DNI N° 8.065.385
POR 3 DIAS - Por Disposición de la Sra. Jueza Dra. Sylvia Garcia Zavalia de
Sanchez Iturbe del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la II° Nominación,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de "JOSÉ RICARDO CORREA DNI N°
8.065.385", cuya sucesión tramitase por ante la Secretaría del autorizante. San
Miguel de Tucumán, 5 de noviembre de 2009. E 11 y V 13/11/2009. $26. Aviso N°
147.137.
Aviso número 147161
SUCESIONES / MARIA ELVIRA VEGA
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Sylvia García Zavalía de
Sanchez Iturbe del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la II° Nominación,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de "MARÍA ELVIRA VEGA, C.L. N°
6.638.070, y ARTURO RAMÓN VEGA D.I. N° 7.069.059" cuya sucesión tramítase por
ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 4 de noviembre de
2009.- María Celina Carrizo, Sec. Judicial. E 12 y V 16/11/2009. $26. Aviso N°
147.161.
Aviso número 147109
SUCESIONES / MARIA EMILIA ROBIN DNI Nº 8.664.131
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Susana Sánchez Toranzo, a
cargo del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Primera Nominación, cítese
por tres días a los herederos o acreedores de MARIA EMILIA ROBIN D.N.I. N°
8.664.131, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San
Miguel de Tucumán, 23 de Octubre de 2009. Proc. Dra. María Sylvina Miguel
Secretaria. E 10 y V 12/11/2009.
$26. Aviso N° 147.109.
Aviso número 147111
SUCESIONES / MARIA ERIMBAUE D.N.I. N° 11.708.950
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Ester Valderrabano de Casas,
cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante: MARIA ERIMBAUE,
D.N.I. N° 11.708.950, cuya sucesión tramítase por ante la secretaria del
autorizante. San Miguel de Tucumán, 5 de noviembre de 2009. Dra. Emma María
Carmelich, Sec. Judicial. E 10 y V 12/11/2009. $26. Aviso N° 147.111
Aviso número 147120
SUCESIONES / MARIA MERCEDES ALVAREZ
POR 3 DIAS - Por Disposición de la Sra. Juez, Dra. María Elisa Villafañe de De
Mitri, del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la IIa. Nominación Centro
Judicial de Concepción, cítese por tres días a los herederos o acreedores de la
sucesión de: "MARIA MERCEDES ALVAREZ, D.N.I. N° 12.675.393".- Concepción, octubre
15 de 2.009. Proc. Ramón A. Serrizuela, Sec. Judicial. E 10 y V 12/11/2.009. $26.
Aviso N° 147.120.
Aviso número 147124
SUCESIONES / MASSUD BUABSE
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Sylvia García Zavalía de
Sanchez Iturbe del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la II° Nominación,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de "MASSUD BUABSE C.I.P N°
44.388 y JUANA NAUFEL D.N.I. N° 2.280.847", cuya sucesión tramítase por ante la
Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de Octubre de 2009. Fdo.
Dr. Carlos Alberto Prado, Sec. Judicial. E 10 y V 12/11/2009. $26. Aviso N°
147.124.
Aviso número 147134
SUCESIONES / NORMA BEATRIZ AQUINO DNI N° 13.066.621
POR 3 DIAS - Por Disposición de la Sra. Jueza Dra. Sylvia Garcia Zavalía de
Sanchez Iturbe del Juzgado civil en familia y sucesiones de la II Nominación,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de NORMA BEATRIZ AQUINO D.N.I.
N° 13.066.621 cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante.-
San Miguel de Tucumán, 23 de octubre de 2009.- Dr. Carlos Alberto Prado, Sec.
Judicial. E 11 y V 13/11/2009. $26. Aviso N° 147.134.
Aviso número 147142
SUCESIONES / ORTIZ CARLOS DAVID L.E. Nº 7.018.348
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Ester Valderrabano de Casas,
cítese por tres días a los herederos o acreedores del causante: ORTIZ CARLOS
DAVID L.E. N° 7.018.348, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del
autorizante. San Miguel de Tucumán, 09 de junio de 2009. Dra. Emma Maria
Carmelich, Secretaria Jud. E 11 y V 13/11/2009. $26. Aviso N° 147.142.
Aviso número 147140
SUCESIONES / PEDRO MIGUEL BUENDIA
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Familia y Sucesiones
IIIa. Nom. Centro Judicial Concepción, cítese por tres días a los herederos ó
acreedores de "PEDRO MIGUEL BUENDIA", cuya sucesión tramítase por ante la
Secretaría del autorizante. Secretaría, Concepción, 27 de octubre de 2009.
Secretaría, Rolando Andrez Cabrera, Pros. Judicial. E 11 y V 13/11/2009. $26.
Aviso N° 147.140.
Aviso número 147151
SUCESIONES / SILVERIO BRIGIDO ROSALES SORIA Y/O SILVERIO BRIGIDO
ROSALE
POR 3 DIAS - Por Disposición de la Sra. Jueza Dra. Sylvia García Zavalia de
Sanchez Iturbe del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la II Nominación,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de "SILVERIO BRIGIDO ROSALES
SORIA y/o SILVERIO BRIGIDO ROSALES DNI N° 3.634.824". cuya sucesión tramitase por
ante la Secretaría del autorizante.- Libre de derecho.- San Miguel de Tucumán, 4
de noviembre de 2009. María Celina Carrizo, Secretaria. E 12 y V 16/11/2009.
Libre De Derechos. Aviso N° 147.151
Aviso número 147143
SUCESIONES / VALERO MARIA ANGELICA
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Ester Valderrabano de Casas,
cítase por tres días a los herederos o acreedores de: VALERO, MARIA ANGELICA,
D.N.I. N° 5.394.911, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del
autorizante. San Miguel de Tucumán, 2 de Octubre de 2009. Fdo. Dra. Claudia
Inés López, Secretaria. E 11 y V 13/11/2009. $26. Aviso N° 147.143.
Numero de boletin: 27159
Fecha: 12/11/2009