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ESTUDIO DE IMPACTO EX – POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL MARZO, 2015 “OPERACIÓN DE LA PLANTA HARINERA JARAMIJÓ”

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ESTUDIO DE IMPACTO EX – POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MARZO, 2015

“OPERACIÓN DE LA PLANTA HARINERA JARAMIJÓ”

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INDICE

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX – POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA PLANTA HARINERA JARAMIJÓ ..........................................1

3. SIGLAS Y ABREVIATURAS ........................................................................................1

4. DEFINICIONES .............................................................................................................2

5. FICHA TÉCNICA ........................................................................................................5

6. INTRODUCCIÓN ...........................................................................................................6

7. OBJETIVOS ..................................................................................................................7

7.1 Objetivo General ......................................................................................................7 7.2 Objetivos Específicos ..............................................................................................7

8. JUSTIFICACION ...........................................................................................................7

9. IDENTIFICACIÓN DE LA UNIDAD ESPACIAL DE ANÁLISIS ..................................7

10. LINEA BASE AMBIENTAL ........................................................................................8

10.1 Metodología ...........................................................................................................8 10.2 Levantamiento de Información en el Campo ........................................................9

10.2.1 Fase de Campo ..............................................................................................9 10.2.2 Fase de Gabinete .........................................................................................10

10.3 Localización del Área de Proyecto ......................................................................10 10.4 Componente Físico ..............................................................................................10

10.4.1 Clima .............................................................................................................10 10.4.1.1 Temperatura del Aire..............................................................................11 10.4.1.2 Humedad Relativa ..................................................................................12 10.4.1.3 Precipitaciones .......................................................................................12 10.4.1.4 Viento ......................................................................................................14

10.4.2 Caracterización Hidrológica ..........................................................................15 10.4.3 Geología ........................................................................................................15

10.4.3.1 Geomorfología ........................................................................................16 10.4.4 Calidad del Aire .............................................................................................16 10.4.5 Suelo .............................................................................................................17

10.4.5.1 Uso actual y Potencial del suelo ............................................................17 10.5 Medio Biótico .......................................................................................................17

10.5.1 Flora ..............................................................................................................17 10.5.1.1 Metodología Específica para flora .........................................................17 10.5.1.2 Análisis Regional de la flora ...................................................................17 10.5.1.3 Vegetación del Área de Influencia del Proyecto ....................................18

10.5.2 Fauna ............................................................................................................18 10.5.2.1 Metodología Específica para Fauna ......................................................18 10.5.2.2 Análisis regional de la Fauna .................................................................18 10.5.2.3 Fauna Local ............................................................................................21

10.6 Componente Socioeconómico y Cultural ............................................................22 10.6.1 Historia del Cantón Jaramijó.........................................................................22 10.6.2 Población ......................................................................................................23 10.6.3 Aspectos Económicos...................................................................................25 10.6.4 Salud .............................................................................................................25

10.6.4.1 Facilidades de salud en el Cantón .........................................................25 10.6.5 Situación habitacional y Servicios Básicos ..................................................26

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10.6.6 Educación .....................................................................................................28 10.6.7 Vías de Comunicación y Transporte ............................................................29 10.6.8 Análisis de las Encuestas aplicadas a los residentes del Área de

Influencia Directa del Proyecto ..................................................................29 10.7 Diagnóstico Ambiental .........................................................................................30 10.8 Evaluación Ambiental ..........................................................................................30 10.9 Estado de Sensibilidad Ambiental de los principales componentes

ambientales .....................................................................................................32 10.9.1 Sensibilidad Biótica .......................................................................................32 10.9.2 Sensibilidad Socioeconómica .......................................................................32 10.9.3 Sensibilidad total de los componentes analizados ......................................32

11. DESCRIPCION DEL PROYECTO ............................................................................32

11.1 Accesibilidad ........................................................................................................32 11.2 Descripción del Proceso Productivo ...................................................................33 11.3 Procedimientos de Prevención de la Contaminación .........................................34

11.3.1 Emisiones ......................................................................................................34 11.3.2 Descargas de agua .......................................................................................35

12. DETERMINACION DE LA ZONA DE INFLUENCIA AMBIENTAL .........................35

12.1 Zona de Influencia Ambiental Directa (ZIAD) .....................................................35 12.1.1 Descripción de las actividades del proyecto ................................................35 12.1.2 Condiciones ambientales de la zona ............................................................36 12.1.3 Condiciones Sociales de la Zona del Proyecto ............................................36

12.2 Zona de Influencia Ambiental Indirecta (ZIAI) .....................................................36

13. IDENTIFICACION Y EVALUACION DE IMPACTOS AMBIENTALES ...................37 13.1 Objetivo ................................................................................................................37 13.2 Factores Ambientales a ser evaluados ...............................................................37 13.3 Lista de Actividades del Proyecto .......................................................................37 13.4 Cierre y Abandono ...............................................................................................38 13.5 Identificación de Impactos ...................................................................................38 13.6 Metodología de Evaluación de Impactos Ambientales .......................................39

13.6.1 Magnitud (Ma) ...............................................................................................40 13.6.2 Importancia (Im) ............................................................................................41

13.7 Análisis de Resultados ........................................................................................42

14. VALORACIÓN ECONÓMICA DE IMPACTOS NEGATIVOS..................................46

15. MARCO DE REFERENCIA LEGAL E INSTITUCIONAL ........................................47 15.1 Marco Jurídico .....................................................................................................47

15.1.1 La Constitución de la República del Ecuador ..............................................47 15.1.2 Codificación de la Ley de Gestión Ambiental. ..............................................52 15.1.3 Ley Orgánica de Salud. ................................................................................56 15.1.4 Codificación de la Ley de Prevención y Control de la Contaminación

Ambiental. ...................................................................................................57 15.1.5 Ley Orgánica de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial. ..................58 15.1.6 Ley de aguas .................................................................................................58 15.1.7 Ley Reformatoria al Código Penal, Registro Oficial Nº 2 del 25 de

enero del 2000 ...........................................................................................59 15.1.8 Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria (TULAS). ...............60 15.1.9 Decreto Ejecutivo 1040. Registro Oficial 332 (Reglamento de

aplicación de los mecanismos de participación social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental) .....................................................................67

15.1.10 Acuerdo Ministerial 066 del Ministerio del Ambiente .................................69

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15.1.11 Reglamento Sustitutivo al Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador. .........................................69

15.1.12 Ley de Defensa Contra Incendios ..............................................................69 15.1.13 Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y

Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo ..........................................69 15.1.14 Acuerdo Ministerial 026 ..............................................................................70 15.1.15 Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones ....................70 15.1.16 Norma NTE INEN –ISO 3864-1: 2013. Símbolos gráficos. Colores de

seguridad y señales de seguridad .............................................................72 15.2 Marco Institucional en el que se inscribe el Proyecto .........................................72

15.2.1 Ministerio del Ambiente ................................................................................72

16. ALCANCE .................................................................................................................73

17. ANÁLISIS DEL RIESGO AMBIENTAL ....................................................................73 17.1 Identificación de riesgos ......................................................................................74

17.2.1 Riesgos Volcánicos .......................................................................................74 17.2.2 Riesgos Sísmicos .........................................................................................74 17.2.3 Riesgos de Inundación, Tsunamis ...............................................................75

17.3 Análisis de Riesgos Proyecto - Ambiente ...........................................................75 17.3.1 Riesgo de Incendio y Explosión ...................................................................75 17.3.2 Riesgos Antrópicos .......................................................................................76 17.3.3 Riesgos Laborales ........................................................................................76

17.4 Probabilidad de ocurrencia de riesgos identificados ..........................................77

18. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ............................................................................79 18.1 Objetivo ................................................................................................................79 18.2 Alcance del PMA .................................................................................................79 18.3 Responsabilidad de Ejecución del PMA .............................................................79 18.4 Estructura del Plan de Manejo Ambiental ...........................................................80 18.5 Medidas que constan en el Plan de Manejo Ambiental para la fase de

operación, mantenimiento y cierre de la planta .............................................81

19. CRONOGRMA VALORADO DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ............................................................................................94

20. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ........................................................................98 ANEXOS Anexo 1. Certificado de Consultor Anexo 2. Certificado y mapa de no intersección de la planta con el Sistema Nacional de

Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado; y, Captura de la Pantalla del Sistema SUIA.

Anexo 3. Oficio MAE-SUIA-RA-CGZ4-DPAM-2014-01752 del 16 de diciembre de 2014, aprobación de los Términos de Referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental Ex – post de la planta harinera “Jaramijó”

Anexo 4. Formato de Encuesta a la Población del Area de Influencia Directa del

Proyecto. Anexo 5. Resultados de la Tabulación de encuestas a los pobladores del Área de

influencia directa.. Anexo 6. Matriz de identificación, calificación y evaluación de impactos de la operación,

mantenimiento y cierre de la planta a) Identificación y Valoración de la Magnitud de Impactos Ambientales

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b) Identificación y Valoración de la importancia de los impactos Ambientales c) Valoración General de los Impactos Ambientales d) Matriz de Agregación de Impactos.

Anexo 7. Señalética a ser aplicada en la planta ANEXO FOTOGRÁFICO

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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX – POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA PLANTA HARINERA JARAMIJÓ 3. SIGLAS Y ABREVIATURAS A Especie abundante AME Asociación de Municipalidades del Ecuador BsT Bosque seco tropical Bs Bosque secundario C Colinas cc Centímetro cúbico CPE Constitución Política de la República del Ecuador CR Especie en peligro crítico DAP Diámetro a la altura del pecho dB Decibeles DBO Demanda biológica de oxígeno DD Datos insuficientes Dm.R Dominancia relativa Dn.R Densidad relativa DQO Demanda química de oxígeno Dr Doctor EER Evaluación Ecológica Rápida EIA Estudio de Impacto Ambiental EPP equipo de protección personal g/cc Gramo por centímetro cúbico GPS Sistema de posicionamiento global H hora Ha hectárea INEN Instituto Ecuatoriano de Normalización Ing Ingeniero Kcal. Kilocaloría KG./H kilogramo KM. KILÓMETRO Kmph. Kilómetros por hora KW KILOVATIO LB LIBRA M METRO m3/s Metros cúbicos por segundo MAE Ministerio del Ambiente del Ecuador mg/kg Miligramos por kilogramo mg/l Miligramos por litro mm Milímetro MSDS Hoja de datos de seguridad del material (Material data safety sheet) NMP/100ml Número más probable de colonias de coliformes fecales por cada 100ml NOx Óxidos de nitrógeno LGA: Ley de Gestión Ambiental PEA Población económicamente activa pH Potencial hidrógeno PLG. Pulgada PMA Plan de Manejo Ambiental ppm Partes por millón PVC Polivinil-cloruro RAOH Reglamento sustitutivo del reglamento ambiental para las operaciones

hidrocarburíferas en el ecuador R.O. Registro Oficial

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s/d Sin datos SGA Sistema de gestión ambiental SIISE Sistema Integrado de Indicadores Sociales SO2 Dióxido de azufre TPH Total de hidrocarburos de petróleo UICN Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza UTM Universal Transversa de Mercator (Proyección) V Vidrio, voltio VU Especie vulnerable 4. DEFINICIONES Afectación.- Impacto negativo de una actividad sobre la comunidad o el ambiente. Alcance.- Etapa del proceso de evaluación de impactos ambientales en la cual se determina el alcance, la focalización y los métodos a aplicarse en la realización de un estudio de impacto ambiental, basado en las características de la actividad o proyecto propuesto y contando con criterios obtenidos a través de la participación ciudadana. El resultado documental de esta etapa son los términos de referencia para el estudio de impacto ambiental (en la terminología técnica: scoping). Almacenamiento: Acción de guardar temporalmente desechos en tanto se procesan

para su aprovechamiento, se entrega al servicio de recolección, o se disponen de ellos. Ambiente: O Medio ambiente, comprende los alrededores en los cuales la organización

opera, incluye el agua, aire, suelo, recursos naturales, flora, fauna, seres humanos, y su interrelación. Área de Influencia Directa.- Zona o territorio potencialmente afectada por una

actividad o proyecto que implique impacto ambiental, la misma que será definida por la autoridad competente en el ámbito de desarrollo de una obra, proyecto o actividad para limitar su alcance. Aspecto ambiental: Elemento de las actividades de la organización, productos o servicios que puede interactuar con el ambiente. Un aspecto ambiental significativo es uno que tiene o puede tener un impacto ambiental significativo. Auditoría ambiental.- Conjunto de métodos y procedimientos que tiene como objetivo la determinación de cumplimientos o conformidades y incumplimientos o no conformidades de elementos de la normativa ambiental aplicable y/o de un sistema de gestión, a través de evidencias objetivas y en base de términos de referencia definidos previamente. Autoridad ambiental nacional: El Ministerio del Ambiente. Autoridad ambiental sectorial: Reguladores ambientales sectoriales, son las dependencias ministeriales y otras entidades de la Función Ejecutiva, a los que por acto normativo, cualquiera sea su jerarquía u origen, se le hubiere asignado una competencia administrativa ambiental en determinado sector o actividad económica. Autoridad nacional del recurso: Reguladores ambientales por recurso natural son las entidades de la Función Ejecutiva, a los que por acto normativo, cualquiera sea su jerarquía u origen, se le hubiere asignado una competencia en cualquier ámbito relacionado con la gestión ambiental de los recursos agua, aire o suelo.

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Comunidad.- Todo grupo humano que es sujeto del derecho a la participación social a través de cualquiera de sus mecanismos. Comunidad Directamente afectada.- Todo grupo humano que habita en el área de influencia directa donde se genere un impacto ambiental. Contaminante: Cualquier elemento, compuesto, sustancia, derivado químico o biológico, energías, radiaciones, vibraciones, ruidos, o combinación de ellos; que causa un efecto adverso al aire, agua, suelo, recursos naturales, flora, fauna, seres humanos, a su interrelación o al ambiente en general. Control de la contaminación ambiental: Se enfoca en reducir, minimizar o controlar los contaminantes que se han formado en un proceso o actividad y que son o pueden ser liberados o emitidos (output) al ambiente. Desechos: Son las sustancias (sólidas, líquidas, gaseosas o pastosas) u objetos a cuya eliminación se procede, se propone proceder o se está obligado a proceder en virtud de lo dispuesto en la legislación nacional vigente. Desechos Peligrosos: Son aquellos desechos sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje, utilización o consumo y que contengan algún compuesto que tenga características reactivas, inflamables, corrosivas, infecciosas, o tóxicas, que represente un riesgo para la salud humana, los recursos naturales y el ambiente de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Disposición Final: Es la acción de depósito permanente de los desechos en sitios y condiciones adecuadas para evitar daños a la salud y al ambiente. Eliminación: se entiende cualquiera de las operaciones especificadas por la Autoridad

Competente con el fin de disponer de manera definitiva los desechos peligrosos. Entidad ambiental de control: Es la Autoridad Ambiental Nacional, el gobierno seccional autónomo en cuyo favor se ha descentralizado atribuciones de control ambiental correspondientes a la autoridad ambiental nacional, o los organismos del SNDGA o las instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental en su respectivo ámbito de competencias sectoriales o por recursos naturales. Estudio de Impacto Ambiental.- Son estudios técnicos que proporcionan antecedentes para la predicción e identificación de los impactos ambientales. Además describen las medidas para prevenir, controlar, mitigar y compensar las alteraciones ambientales significativas. Evaluación de Impacto Ambiental.- Es el procedimiento administrativo de carácter técnico que tiene por objeto determinar obligatoriamente y en forma previa, la viabilidad ambiental de un proyecto, obra o actividad pública o privada. Impacto Ambiental.- Alteración positiva o negativa del ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en un área determinada. Generador: se entiende toda persona natural o jurídica, cuya actividad produzca desechos peligrosos u otros desechos, si esa persona es desconocida, será aquella persona que éste en posesión de esos desechos y/o los controle.

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Laboratorio acreditado: Persona jurídica, pública o privada, que realiza los análisis físicos, químicos, bioquímicos y/o microbiológicos en muestras de agua, suelo o aire y que se encuentra acreditada bajo la Norma Internacional ISO/IEC 17025 o la que determine el Organismo Oficial de Acreditación. Manejo: Se entiende por manejo las operaciones de recolección, envasado, etiquetado,

almacenamiento, reuso Y/o reciclaje, transporte, tratamiento y disposición final de los desechos, incluida la vigilancia de los lugares de disposición final. Ministerio del ramo: En el ámbito del presente Libro VI se refiere al Ministerio del

Ambiente. Organización: compañía, corporación, firma, empresa, autoridad o institución, o parte o combinación de las mencionadas, ya sea constituidas legalmente o no, pública o privada, y que tiene sus propias funciones y administración. Parámetro, componente o característica: Variable o propiedad física, química, biológica, combinación de las anteriores, elemento o sustancia que sirve para caracterizar la calidad del recurso agua, aire o suelo. De igual manera sirve para caracterizar las descargas o emisiones hacia los recursos mencionados. Participación Social.- Son los mecanismos para dar a conocer a una comunidad

afectada/interesada, los proyectos que puedan conllevar riesgo ambiental, así como sus estudios de impacto, posibles medidas de mitigación y planes de manejo ambiental. Plan de manejo ambiental.- Documento que establece en detalle y en orden

cronológico las acciones que se requieren para prevenir, mitigar, controlar, corregir y compensar los posibles impactos ambientales negativos, o acentuar los impactos positivos causados en el desarrollo de una acción propuesta. Por lo general, el plan de manejo ambiental consiste de varios sub-planes, dependiendo de las características de la actividad o proyecto propuesto. Prevención de la contaminación ambiental: Uso de procesos, prácticas, materiales o productos que evitan, reducen o controlan la contaminación, lo cual puede incluir, reciclaje, tratamiento, cambios de procesos, mecanismos de control, uso eficiente de los recursos y sustitución de materiales. La prevención, se enfoca en evitar o reducir la formación de contaminantes para prevenir la contaminación ambiental, eliminando o reduciendo la utilización o ingreso (input) en un proceso de sustancias o elementos que puedan ser o transformarse en contaminantes. Promotor.- Persona natural o jurídica, del sector privado o público, que emprende una acción de desarrollo o representa a quien la emprende, y que es responsable en el proceso de evaluación del impacto ambiental ante las autoridades de aplicación del presente reglamento; entiéndanse por promotor en el sentido de este reglamento también los promotores y ejecutores de actividades o proyectos que tienen responsabilidad sobre el mismo a través de vinculaciones contractuales, concesiones, autorizaciones o licencias específicas, o similares. Reciclaje: Proceso de utilización de un material recuperado en el ciclo de producción en el que ha sido generado. Recolección: Acción de transferir los desechos al equipo destinado a transportarlo a las instalaciones de almacenamiento, tratamiento o reciclaje, o a los sitios de disposición final.

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Recursos: Este reglamento se refiere al recurso agua, aire o suelo. Regeneración: Tratamiento a que es sometido un producto usado o desgastado a efectos de devolverle las cualidades originales que permitan su reutilización. Regulado ambiental o regulado: Toda persona natural o jurídica u organización de

derecho público o privado, cuya actividad en forma directa o indirecta, recaiga en el ámbito del presente Libro VI De la Calidad Ambiental. 5. FICHA TÉCNICA

PROYECTO “Planta Harinera Jaramijó”

UBICACIÓN Provincia: Manabí Cantón: Jaramijó Parroquia: Jarammijó

Coordenadas UTM: DATUM WGS 84

Puntos X Y

1 538232.0 9892401.0

2 538246.0 9892468.0

3 538207.0 9892478.0

4 538184.0 9892410.0

ACTIVIDAD Industrial

DESCRIPCIÓN

La Planta Harinera Jaramijó se dedica a la producción de harina de pescado utilizando como materia prima los residuos de pescado (atún) procedente de la línea de producción de atún comestible. El proceso implica la recepción de los residuos de atún, la cocción, prensado y deshidratación, obteniéndose como producto final harina y aceite de pescado. La capacidad total que tiene la planta es de 20 ton/hora, aunque el promedio, únicamente se procesa 10 ton/hora. La planta ocupa una superficie de 3500 m2 en donde se encuentran las fosas de recepción, cocina, strainer, prensa, separadores, secadores, molino, ciclón de ensaque y la sala de ensaque; además cuenta con un caldero que utiliza bunker y residuos de hidrocarburos (aceite quemado) para su funcionamiento.

SUPERFICIE 3500 m2

FASES DEL PROYECTO

Operación y Cierre

RAZON SOCIAL Induatún S.A.

REPRESENTANTE LEGAL

Ing. Raúl Paladines Basurto

DIRECCIÓN TELEFONO

Dirección: Av. 2 entre calles 11 y 12 – Ed. Banco del Pichincha # 11-55 Piso 9no. Manta Teléfono: (05) 2624440

CONSULTOR Dr. Milton Freire Taboada. M. Sc.

TÍTULO Dr. En Biología, Maestría en Energía y Medio Ambiente. Diplomado en Gestión Ambiental

CALIFICACIÓN EN EL MAE

MAE-634-CI. (Anexo 1)

DIRECCIÓN Calle Fulgencio Araujo N26-266 y Av. Albornoz, telf.: 3201836

E-MAIL [email protected]

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Equipo Consultor

Dr. Milton Freire T. M Sc. Doctor en Biología, Master en Energía y Medio Ambiente, Diplomado en Gestión Ambiental. Trabajo por 20 años en Estudios de Impacto Ambiental, en lo relacionado a la elaboración, implementación, fiscalización, monitoreo y auditorías ambientales de proyectos de inversión pública y privada

Lcda. Bélgica Padilla. Licenciada en Ciencias Sociales, encargada de los temas sociales en Estudios de Impacto Ambiental. Estudios sociales relacionados con Evaluaciones de Impacto Ambiental, levantamiento de información socioeconómica e identificación de problemas socioambientales

6. INTRODUCCIÓN

La Empresa INDUATÚN, después de varios años de experiencia en la producción de atún ha podido determinar que uno de los beneficios de utilizar toda la materia prima proveniente de esta actividad, reduce al mínimo la generación de desechos y optimiza la producción de derivados de atún, adicionalmente, la dinámica socioeconómica de la zona puede ser positivamente influenciada por dicha actividad puesto que ofrece la posibilidad de que los pobladores del área puedan prestar sus servicios en esta actividad. Desde esta perspectiva, se ha analizado cada uno de los componentes de la actividad que generan impactos negativos en el ambiente del área de influencia de la planta y que requieren ser analizados, de manera tal, que sean adecuadamente mitigados, motivo por el cual la variable ambiental en la protección del ambiente, ha sido considerada como una de las más altas prioridades; durante las fases de operación, mantenimiento y cierre de la planta, para reducir los impactos en el ambiente. Es importante señalar que mediante Oficio No. MAE-SUIA-RA-CGZ4-2014- 01430 del 21 de octubre de 2014, la Dirección Provincial del Ambiente de Manabí, a través del Sistema SUIA emite el certificado de no Intersección de la Planta Harinera Jaramijó con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado (Anexo 2. Oficio, mapa y captura en pantalla del sistema SUIA). Por otra parte, mediante oficio MAE-SUIA-RA-CGZ4-DPAM-2014-01752 del 16 de diciembre de 2014, la Dirección Provincial del Ambiente de Manabí, a través del Sistema SUIA aprueba los Términos de Referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental Ex – post de la planta harinera “Jaramijó” ubicada en la Provincia de Manabí, Cantón Jaramijó (Anexo 3).

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7. OBJETIVOS

7.1 Objetivo General Evaluar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y obtener la Licencia Ambiental como documento habilitante para la ejecución de sus actividades de operación y mantenimiento desde el punto de vista ambiental. 7.2 Objetivos Específicos a) Realizar la descripción del proyecto. b) Identificar la normativa ambiental aplicable y que será utilizada en el EIA Ex – post c) Definir la Zona de influencia directa e indirecta del proyecto d) Describir la metodología y el alcance de la descripción de los medios físico, biótico

y socioeconómico de la Zona de influencia del proyecto. e) Proponer los procesos metodológicos para la identificación de hallazgos f) Determinar los planes, programas y actividades que serán desarrolladas en el Plan

de Manejo Ambiental, así como sus objetivos, alcance, responsables y las medidas a ser implementadas.

g) Proponer la elaboración de una matriz de seguimiento y evaluación en función de las actividades propuestas en el PMA

h) Estructurar un cronograma valorado de implementación de los planes, programas y actividades propuestas en el PMA

i) Contar con herramientas para la socialización de las actividades del proyecto y del Estudio de Impacto Ambiental en cumplimiento de la normativa aplicable.

8. JUSTIFICACION En cumplimiento de la normativa ambiental vigente es necesario obtener la Licencia Ambiental correspondiente y cumplir con todas las exigencias; y, si bien, el proceso de subproductos de la actividad atunera, genera bajos impactos ambientales, el Ministerio del Ambiente ha categorizado a esta actividad en la categoría VI, según la categorización que consta en el sistema SUIA; por lo expuesto, se requiere realizar el proceso de licenciamiento ambiental con la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental Ex post. Desde esta perspectiva, en el presente documento y una vez aprobados los Términos de Referencia, se presentan los estudios ambientales relacionados con la descripción del proyecto, la descripción de la línea base ambiental, el análisis de la normativa ambiental aplicable la definición de la calificación y evaluación de impactos ambientales, el Plan de Manejo Ambiental y todos los aspectos señalados para este tipo de proyectos en el Acuerdo Ministerial 068 de Ministerio del Ambiente. 9. IDENTIFICACIÓN DE LA UNIDAD ESPACIAL DE ANÁLISIS

El proyecto comprende la producción de harina de pescado utilizando como materia prima los residuos de pescado (atún) procedente de la línea de producción de atún comestible, estará ubicado en la provincia de Manabí, Cantón Jaramijó y Parroquia del mismo nombre, en el parque industrial del Atún El Parque del Atún es una zona en la cual se ubican las industrias atuneras, el proyecto está ubicado en los predios de la Empresa Induatún en donde ya estuvo instalada esta planta y actualmente se la está recuperando. Esta es una zona ya intervenida cubierta

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en su mayor parte por industrias y facilidades para su operación sin vegetación nativa; cabe señalar además que el proyecto no intersecta con el Patrimonio de Áreas Naturales del Estado, Bosques y Vegetación protectora y Patrimonio Forestal del Estado. La planta harinera ocupa una superficie de 3500 m2, dentro de las instalaciones de la Empresa Induatún, la zona ofrece un clima tropical seco, con bajos niveles de precipitación y humedad relativa.

En base a la sobreposición de mapas se determinará en primera instancia los tipos de vegetación al que corresponde la zona; en todo caso, la metodología utilizada para la definición de la unidad espacial, es similar a la utilizada en la Definición de la Zona de Influencia del proyecto. 10. LINEA BASE AMBIENTAL 10.1 Metodología Para la elaboración de la línea base se utilizará la metodología conocida como Evaluación Ecológica Rápida, la cual inicia con la búsqueda de información a nivel cartográfico, del área de influencia directa a fin de determinar el grado de alteración de los componentes biofísicos, asentamientos e infraestructura antrópica; a continuación se realizará la recopilación de información bibliográfica de los componentes físicos (climatología e hidrología, geología, geomorfología, suelos,), biológicos (formaciones vegetales, zonas de vida, fauna y flora local) y aspectos socioeconómicos disponibles en organismos gubernamentales tanto a nivel de parroquia como de la ZIAD. Los documentos que serán revisados se detallan en la tabla 1.

Tabla 1. Documentos a ser analizados en la línea base social

DOCUMENTOS INSTITUCION

Cartas Topográficas de la zona de estudio IGM

Anuarios Hidrometeorológicos INAMHI

Ubicación de la planta Harinera

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Censos de población y vivienda INEC

Sistema de Indicadores Sociales, entre otros SIISE

Mapas temáticos y boletines SIGAGRO

Para preparar el mapa base, mapas temáticos de los diferentes tópicos del estudio se realizará una interpretación y análisis de la fotografía aérea de la zona y las cartas topográficas existentes, esta información será procesada y compilada en un Sistema de Información Geográfica y el resultado final de la cartografía será anexado después de haber desarrollado el EIA. Para el levantamiento de información se utilizó la metodología conocida como Evaluación Ecológica Rápida (EER), que fue desarrollada por TNC y sus socios, igual como el Programa RAP de CI, para poder adquirir, analizar y manejar información ecológica de una manera eficiente y eficaz en un corto lapso de tiempo y a bajo costo (Metodología de Sobrevilla & Bath, detallada en: Muchoney et al. 1994; Sayre et al. 2000; ver también Soto & Jiménez 1992 y Kappelle et al. 2002). La EER es una metodología que ayuda a disponer rápidamente de información necesaria para la toma de decisiones relacionadas a la conservación de la biodiversidad en áreas críticas, es decir, en áreas poco conocidas, con una alta biodiversidad, y/o en donde la biodiversidad se encuentra amenazada por la acción humana (Sayre et al. 2000); se puede ampliar con estudios EIA para conocer el impacto ambiental de actividades humanas sobre los ecosistemas. 10.2 Levantamiento de Información en el Campo La línea base permite establecer un conocimiento profundo del entorno físico, biótico y socio-económico de la zona en donde se encuentra la planta. Los principales insumos para el levantamiento de línea base fueron el reconocimiento inicial, informes técnicos y demás estudios existentes referentes a la zona de influencia del proyecto. Con la finalidad de presentar una visión general de las características ambientales de la zona de influencia del proyecto, a continuación se describe las principales características de Línea Base (componentes físicos, bióticos y socioeconómicos), a fin de determinar los impactos ambientales que generan las actividades del proyecto. 10.2.1 Fase de Campo

Las tareas de campo implicaron visitas de inspección a la zona de la planta y engloban el desempeño de las siguientes actividades:

Técnicas de observación visual, que permiten detectar características específicas de los diferentes sectores.

Entrevistas con diferentes moradores del sector, para conocer datos específicos de las actividades socioeconómicas que son desempeñadas, tipo de vegetación y especies existentes; obtención de fotografías que comprueben la información asentada a lo largo del estudio.

Para el levantamiento de la línea base, se utilizó información primaria (estudios de campo, mapas temáticos, entrevistas a la población) e información secundaria (investigación, consultas a textos especializados e interactivos, estudios y normativa nacional e internacional).

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10.2.2 Fase de Gabinete

Tareas que se enmarcan en varios aspectos:

Obtención de datos, mediante consultas bibliográficas, digitales e interactivas.

Elaboración de mapas temáticos preliminares.

Análisis y revisión de la información secundaria existente.

Trascripción de datos obtenidos, una vez que hayan sido depurados, corregidos o complementados con la información obtenida en actividades de campo.

Informes técnicos.

Elaboración del documento final Se recurrieron a varias fuentes bibliográficas, entre las que se puede mencionar: Sistema Integrado de Indicadores Sociales (SIISE) de donde se analizarán datos demográficos, de educación, salud, infraestructura, etc.; Plan de Ordenamiento Territorial de la Parroquia Jaramijó; de Internet y el Plan de Desarrollo y el Ordenamiento Territorial del Cantón del mismo nombre. El objetivo del presente capítulo, es estructurar la Línea de Base Ambiental, detallando y caracterizando los componentes ambientales presentes en la actualidad en la zona de influencia ambiental directa del proyecto de manera tal que permita la obtención de la información básica indispensable para determinar los cambios que se producirán tanto directos como indirectos. 10.3 Localización del Área de Proyecto

Jaramijó es un cantón de la provincia de Manabí, en la Costa del Océano Pacífico, conocido como caleta de pescadores. Limita Al Norte con el Océano Pacífico, al Sur con Montecristi, al este con Portoviejo y al Oeste con Manta. El cantón está ubicado en medio de la vegetación propia del bosque muy seco tropical con escasa vegetación arbustiva baja; es uno de los 23 cantones de la Provincia de M anabí, ubicado al occidente de la misma, consta de una parroquia urbana que lleva el mismo nombre. Con respecto al proyecto, se ubica en el Parque del Atún, en la vía Jaramijó – Manta. Superficie Territorial

El Cantón Jaramijó, tiene una sola parroquia, con categoría de parroquia urbana que lleva el mismo nombre que la cabecera cantonal, tiene una superficie aproximada de 93.8 Km2; según la División Territorial del Plan de Desarrollo Cantonal de la Provincia, se localiza para el 2010 en el Área Metropolitana de la Provincia de Manabí. Sus límites son: al norte con el Océano Pacífico, al sur con el Cantón Montecristi, al este con el Cantón Portoviejo y al oeste con Cantón Manta. 10.4 Componente Físico 10.4.1 Clima La climatología de la región costera ecuatoriana es controlada por la interacción océano-atmósfera regulada por la posición de dos corrientes oceánicas y el desplazamiento de la Zona de Convergencia Intertropical (ZCIT).

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La época de lluvias ocurre durante el debilitamiento de la corriente de Humboldt y la llegada de aguas cálidas provenientes de la cuenca de Panamá, este fenómeno coincide con el desplazamiento hacia el sur de la ZCIT, empezando el periodo de lluvias (estación cálida y húmeda) en el Ecuador. En el periodo seco o verano, la corriente de Humboldt se intensifica avanzando hacia el norte, la ZCIT se desplaza más hacia el norte retirándose las lluvias. Este régimen climático de la zona costera, es afectado frecuentemente por los eventos El Niño-Oscilación Sur (ENOS), que corresponde a la influencia masiva de aguas cálidas al Pacífico Oriental a las costas de Ecuador y Perú, cuyos efectos inmediatos son la elevación de temperatura del océano y grandes precipitaciones. De acuerdo al estudio de Hernández F. (2005-2006), la estación de Manta, registra datos meteorológicos que encajan en el grupo de sectores con meses ecológicamente secos entre mayo y noviembre. Sin embargo el mismo Hernández F., y Zambrano E. (2007), trataron de determinar el inicio, duración y término de la estación de lluvias en varias localidades de la zona costera, una de ellas fue Manta, empleando para ello datos diarios de precipitaciones desde 1975 a 2005, el criterio para definir inicio y duración se basó en el análisis de grupos de 5 datos, si al menos hay presencia de lluvias en 3 grupos de 5 datos consecutivos se marca el inicio de la estación lluviosa, y si no se registra precipitaciones en 3 grupos de 5 datos finaliza la estación de lluvias, los resultados de su análisis muestran una regularidad en las fechas de inicio, fin y duración de la estación lluviosa siendo influenciado por la presencia del evento (ENOS). Para el caso de Manta, F. Hernández y E. Zambrano 2007, determinaron que el promedio de inicio de la estación de lluvias es el 05 de enero, y el promedio de término de la estación de lluvias es el 06 de abril. 10.4.1.1 Temperatura del Aire La Temperatura del Aire permite identificar las características del periodo estacional, es decir si este tiene mayor o menor temperatura que el promedio, ya que, evidentemente si es más cálido, vendrá acompañado por lo general de más precipitaciones, y si es menos cálido será lo contrario, siendo esta particularidad concordante con la estación presente y con la presencia de Eventos Anómalos. En la Figura 1 se presentan los promedios anuales de Temperatura del Aire de una media de datos de 1975 al 2006 de la Estación Meteorológica del Puerto de Manta del Instituto Oceanográfico de la Armada (INOCAR).

Figura 1: Temperatura del Aire Promedio Anual Manta

Fuente: INOCAR, 2007

Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic

Temperatura Aire Promedio MantaNASA 2009 ° C

25,5 25,9 25,6 25,4 25,3 24,8 24,4 24,2 23,5 23,6 24 25,4

Temperatura Aire Promedio IOA 1975 -2006 °C

25,3 25,5 25,6 25,4 25,2 24,8 24,5 24,3 23,8 23,6 24,1 25,3

22

22,5

23

23,5

24

24,5

25

25,5

26

26,5

Tem

pe

ratu

ra d

el A

ire

°C

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10.4.1.2 Humedad Relativa

La humedad relativa es una medida del contenido de humedad del aire y, siendo útil como indicador de la evaporación, transpiración y probabilidad de lluvia convectiva. No obstante, los valores de humedad relativa tienen la desventaja de que dependen fuertemente de la temperatura del momento; en el caso de Manta, el promedio de Humedad Relativa en la época de lluvias es de 73%, y en la época seca de 63,5 %. Figura 2.

Figura 2: Humedad Relativa Manta (%)

Fuente: Aeropuerto de Manta, 2008

10.4.1.3 Precipitaciones En la Costa, la distribución de la precipitación define una temporada seca y otra húmeda, en correspondencia con el calentamiento estacional del océano circundante a la Costa y a la migración sur de la Zona de Convergencia Intertropical (ZCIT). La estación de lluvias (conocida popularmente como invierno) dura entre los meses de diciembre y abril (Hernández y Zambrano, 2007), correspondiendo a los meses restantes la estación seca o verano. El patrón de precipitación en la costa ecuatoriana responde a los cambios latitudinales de la ZCIT que durante los meses de diciembre-abril se ubican bajo el cero ecuatorial; además de esta migración también ejercen influencia los cambios en los patrones de la temperatura superficial del mar. Hernández (2006). En la época lluviosa, el promedio normal es de 193,5 mm de precipitación y en la época seca el promedio es de 25,3 mm. Los meses de agosto, septiembre y octubre son los más secos con precipitaciones casi nulas, y los meses de enero y febrero son los de mayor precipitación. La precipitación anual es severamente alterada en los años en que se presenta el evento de El Niño, cuando el promedio de precipitación suele ser más alto. En la figura 3 se muestra la precipitación normal registrada por la estación meteorológica de Manta durante el año 2011, donde se observa que los cinco primeros meses (enero a abril) se registraron precipitaciones entre 34,7 y 49,6 mm, siendo el mes de enero donde se registró el máximo de precipitación con 49,6 mm.

Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic

Humedad Relativa % 74,8 77,49 78,1 74,47 69,36 63,47 59,56 57,17 61,16 64,85 67,35 71,05

0

10

20

30

40

50

60

70

80

90

Hu

med

ad R

elat

iva%

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Figura 3. Precipitación normal Manta (Zona costera – Estación Meteorológica Puerto de Manta)

Fuente: INOCAR, 2012

Las precipitaciones son el mejor indicador del cambio de estación en condiciones normales marcando la época de lluvias y la época seca, sin embargo cuando ocurren eventos anómalos estos valores rompen la estadística. A continuación se presentan las precipitaciones acumuladas en milímetros de la estación meteorológica de Manta, analizadas mediante promedio estadístico desde 1952 al 2011. Observándose que las mayores precipitaciones se las registraron en los años de 1982-1983 y 1997-1998, siendo estos años Niño, con precipitaciones mayores a los 2000 milímetros.

Figura 4. Precipitación Acumulada Manta (Zona Costera – Estación Meteorológica Puerto de Manta)

Fuente: INOCAR, 2012

La presencia del Evento Anómalo ENOS o Fenómeno de “El Niño”, marca una diferencia sustancial de la precipitación en el sitio del Proyecto, las precipitaciones del año 1982 y 1983, así como de 1997 y 1998, que fueron considerados como Eventos

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Extraordinarios están muy por encima de la media y del resto de periodos considerados como Eventos Anómalos de regular y baja intensidad. 10.4.1.4 Viento El procesamiento de los datos incluyó el cálculo de velocidades de viento máximo y promedio, para cada mes durante los 34 años de registro, más la generación de tablas de frecuencia como una función de velocidad y dirección. La tabla que se muestra a continuación, muestra el viento promedio y máximo mensual del registro por un periodo de 34 años. Estos valores son consistentes con los estudios previos, en los cuales la media de velocidades de viento fue superior durante la temporada de sequía de Julio a Diciembre. Las velocidades promedio del viento entran en un rango de 2,4 m/s en Febrero, y 3,8 m/s de Septiembre a Noviembre, con una velocidad máxima de 30,4 m/s.

Tabla 2. Estadísticas Mensuales de viento (m/s) Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Total

Viento Prom

3.0 2.4 2.5 2.7 3.1 3.4 3.6 3.6 3.8 3.7 3.8 3.7 3.3

Viento Max

17.6 24.5 24.5 16.1 9.8 23.5 30.4 24.5 14.7 16.7 19.6 17.6 30.4

Fuete: Aeropuerto Eloy Alfaro, Manta (1973-2006)

Basado en registros de datos entre los años de 1973 al 2006 en el Aeropuerto Eloy Alfaro de la ciudad de Manta, las velocidades del viento representan promedios de 10 minutos recolectados a una elevación de 14 m y corregidos a una elevación de 10 m. En la rosa de los vientos multi anual para Manta 1982, 1986 - 1997 (figura 5), que se presenta a continuación, se observa que la dirección predominante del viento en la ciudad de Manta es hacia el este. Las direcciones geográficas se indican con letras y las direcciones geométricas con números; por ejemplo este = 0°. Se indica además el porcentaje de vientos en cada dirección hacia donde soplan. Por ejemplo, 45% de las veces la dirección de los vientos fue hacia el este, y por lo tanto son vientos que provienen del oeste.

Figura 5. Rosa de los Vientos Multi-Anual para Manta

Fuente: Aeropuerto De Manta, 2007

Rosa de los vientos

0.00%

5.00%

10.00%

15.00%

20.00%

25.00%

30.00%

35.00%

N

NNE

NE

ENE

E

ESE

SE

SSE

S

SSW

SW

WSW

W

WNW

NW

NNW

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En un análisis de datos desde 1975 a 2006, Gálvez y Regalado 2007, determinaron que los vientos presentan influencia marina y provienen del SW. Figura 6.

Figura 6: Frecuencia de Vientos Predominantes Manta 2007

Fuente: Gálvez – Regalado, Acta Oceanográfica 2007.

Respecto a la Velocidad de los vientos, los vientos del oeste superan los 6 m/s, mientras que los vientos del este tienen en promedio 3,5 m/s. Figura 7.

Figura 7: Velocidad de Vientos Predominantes Manta 2007

Fuente: Gálvez – Regalado, Acta Oceanográfica 2007.

10.4.2 Caracterización Hidrológica En la zona del proyecto no existen cuerpos de agua natural, razón por la cual, no se realizó el análisis hidrológico. 10.4.3 Geología La unidad geológica se encuentra formando parte de la placa continental que desciende mar adentro formando la plataforma oceánica, la proximidad a la zona de subducción submarina con la placa de Nazca convierten toda el área en una de alto riesgo sísmico. Geológicamente, Manta, es parte de la Formación Tablazo, cuya Litología corresponde a Terrazas Marinas bioclásticas; correspondientes al Periodo Cuaternario (QT) (Figura 8).

N NE E SE S SW W NW C

Porcentaje (%) 1 2 2 5 20 36 18 8 8

0

10

20

30

40

N NE E SE S SW W NW C

Velocidad m/s) 4,1 3,8 3,5 4,1 4,4 4,6 6,5 6,2 0

0

1

2

3

4

5

6

7

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Figura 8. Formación Geológica Manta

Fuente: INFOPLAN, 2006

10.4.3.1 Geomorfología Ayón (2002), identifico la Geomorfología del Proyecto, indicando que en el sector alternan acantilados de mediana a baja altura, y playas arenosas bajas, excepto en Punta Jaramijó donde se observa playas de gravas y plataforma rocosas. Las corrientes de resaca son notorias en las Puntas de Jaramijó y Manta. Esta zona se caracteriza por contener dos tipos de relieves bien marcados, relacionados con los procesos endógenos o movimientos tectónicos y exógenos es decir condiciones morfoclimáticas, morfodinámicas y volcanismo marino, entre estos se tiene Relieves Sedimentarios sobre areniscas generalmente terciarias, predominado los Relieves colinados bajos y la Modelación de origen Marino y Fluvio Marino con Antiguas playas levantadas y escalonadas; arenas y areniscas conchíferas. Debido a las transgresiones y regresiones marinas, desarrolladas en la Región Costa y Amazónica, se presentan grandes y potentes estratos de rocas sedimentarías, los mismos que fueron levantados y luego erosionados, para formar relieves tabulares, sinclinales, anticlinales y pilares tectónicos. En los sectores cercanos al mar, se encuentran depósitos marinos recientes que han dado lugar a la formación de playas, cordones litorales, manglares, salitres y playas levantadas (tablazos). 10.4.4 Calidad del Aire El aire en la zona del aire del Proyecto, es relativamente limpio, en cuanto a las emisiones a la atmósfera por las industrias. Las características del área de Jaramijó,

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permite que la brisa elimine la acumulación de gases contaminantes producto de las pocas industrias ubicadas en el área. 10.4.5 Suelo La influencia del clima sobre estos materiales antiguos es determinante pues favorece la presencia de arcillas de los tipos montmorillonita o caolinita. Los suelos característicos de esta zona son sobre materiales antiguos con montmorillonita: vertísol con carbonato de calcio, planosoL. Los vertí soles son suelos muy plásticos cuando están húmedos; y muy duros y fisura dos, cuando están secos. Los suelos plano soles ocupan ciertos lugares planos, se caracterizan por su horizonte superior arenoso o limoso sobre una capa de arcilla. 10.4.5.1 Uso actual y Potencial del suelo El uso de suelo en el sector de implantación del proyecto, se encuentra ubicada a varios kilómetros de la Ciudad de Jaramijó, en un área netamente industrial en una zona que es considerada de desarrollo industrial. El predio en el cual se encuentra la planta, es de propiedad de la Empresa Industrial Atunera (Induatún), el cual está completamente cerrado e intervenido desde hace mucho tiempo. 10.5 Medio Biótico 10.5.1 Flora 10.5.1.1 Metodología Específica para flora

Se analizó el estado actual de la vegetación de la Zona de Influencia ambiental, inicialmente utilizando información de mapas con las formaciones vegetales del Ecuador (Sierra, 1999), con el fin de realizar una primera zonificación de los diferentes tipos de cobertura vegetal o unidades vegetales. Una vez en campo se realizaron recorridos de reconocimiento y puntos de observación en la zona de influencia ambiental directa del proyecto y principalmente en el sitio de emplazamiento de la planta. En vista de la escasa vegetación en la zona de influencia y en el lugar de la planta, no fue necesario realizar el análisis del status de conservación o la identificación de especies importantes ecológicas y económicas. 10.5.1.2 Análisis Regional de la flora La zona del proyecto corresponde al matorral seco de tierras bajas, Sierra (1999), ocurre en la cercanía al mar, a altitudes inferiores a los 100 m.s.n.m. La vegetación se caracteriza por ser seca, achaparrada de hasta 6 metros de altura y espinosa, con notable presencia de cactos columnares. Familias bien representadas son Capparaceae, Euphorbiaceae, Boraginaceae y Convolvulaceae, y el orden Fabales. En 0,1 ha se han encontrado entre 14 y 30 especies de plantas de 2,5 cm de DAP en

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adelante (Cerón ined.). Se puede encontrar en el Parque Nacional Machalilla, cerca de Manta, San Mateo, en la provincia de Manabí, y en Santa Elena y alrededores bordeando el océano Pacífico en la provincia de Guayas. Flora Característica: Capparis crotonoides, C. heterophylla, C. angulata (Capparaceae); Bursera graveolens (Burseraceae); Geoffroea spinosa (Caesalpiniaceae); Maytenus octogona (Celastraceae); Achatocarpus pubescens (Achatocarpaceae); Croton riviniaefolius (Euphorbiaceae); Cordia lutea (Boraginaceae); Ipomoea carnea (Convolvulaceae); Monvilla diffusa, Armathocereus cartwrigthianus (Cactaceae); Vallesia glabra (Apocynaceae); Erythroxylum glaucum (Erythroxylaceae); Althernanthera pubiflora (Amaranthaceae); Pisonia aculeata (Nyctaginaceae); Carica parviflora (Caricaceae); Jacquinia spucei (Theophrastaceae); Tillandsia latifolia y Vrisea barclayana 10.5.1.3 Vegetación del Área de Influencia del Proyecto Como se indicó anteriormente, el sector donde se encuentra el proyecto está dentro de las instalaciones de los frigoríficos de la Empresa Induatún, razón por la cual, es un área completamente alterada, sin vegetación natural. Con fin ornamental se han plantado hileras de “neem” Azadirachta indica, que es una

especie introducida muy resistente a climas secos y de amplia distribución en zonas alteradas de la costa ecuatoriana. Fuera del perímetro (cerrado) de las instalaciones, existe una pequeña mancha de vegetación dominada por “muyuyo” Cordia lutea, que es un arbusto indicador de baja calidad ambiental, es decir, crece en zona previamente alteradas. 10.5.2 Fauna 10.5.2.1 Metodología Específica para Fauna

Inicialmente se buscó información secundaria respecto de la fauna de la zona o piso zoogeográfico de la zona, a continuación, en los recorridos de campo se complementó y corroboró la información bibliográfica de las especies de fauna de la zona de influencia directa del proyecto. 10.5.2.2 Análisis regional de la Fauna El Proyecto se encuentra en el piso zoogeográfico Subtropical del Occidente (Albuja et al. 1980). Piso Zoogeográfico Subtropical Occidental En este piso se consideran las estribaciones o declives externos de las Cordilleras Occidental; en donde los límites altitudinales y factores climáticos aún no están bien definidos; sin embargo, se considera que la zona subtropical está en una altura comprendida entre los 1000 y 1500 msnm hasta los 3000 y 3200 msnm que corresponde a los bosques de montaña en el sistema Holdridge.

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a) Mamíferos En términos generales participa de la fauna de los pisos adyacentes, tanto del piso tropical como de las tierras altas. En lo referente a los mamíferos, se encuentra una alta biodiversidad, así, los quirópteros o murciélagos o chimilacos tienen varias familias que se alimentan de insectos, frutas, semillas y otros son hematófagos como el verdadero “vampiro” Desmodus rotundus, otras especies son el Vampyrops dorsalis, Enchisthenes hartii y otros; entre los primates se pueden observar el “maquizapa” o “bracilargo” Ateles fusciceps, “tutamono” Aotus trivirgatus y dos especies del género Saguinus, se encuentran además el “flor de balsa” Cyclopes didactylus, “perezoso de tres uñas” Bradipus infuscatus, la “mulita o armadillo” Dasypus novemcinctus, “ardillas” Sciurus granatensis, ratones de varios géneros, la “pacarana o guanta de cola” Dinomys branickii que es considerada una especie en peligro de extinción, es común encontrar especies de otros pisos zoogeográficos como el “lobo de páramo” Dusicyon culpeus y el “oso de anteojos” Tremarctos ornatus, el “tapir de altura” Tapirus pinchaque, el “pecarí de labios blancos” Tayassu pecari, y varias especies de cérvidos (Albuja, et al, 1980). Tirira (1999), señala que en el piso Húmedo Subtropical Occidental, se han reportado 96 especies de mamíferos, 84 especies de presencia comprobada, dos especies de presencia dudosa y 10 especies conocidas en una sola localidad. Con respecto al estado de conservación, de acuerdo al mismo autor, una especie están en peligro de extinción y corresponden a la “Guanta de cola” o “Pacarana” Dinomys branickii; 8 especies se consideran vulnerables, entre las que se mencionan: “Raposa lanuda” Caluromys derbianos, “Guanfando” Speothos venaticus, “Tigrillo chico” Leopardus tigrinus, “Puma” Puma concolor, “Nutria neotropical” Lontra longicuadis, “Oso de anteojos” Tremarctos ornatus, “Oso hormiguero gigante” Mymecophaga tridactyla, y el “Bracilargo” Ateles fusciceps Consideradas como especies de menor riesgo se encuentran 7 especies, entre las que se anotan “Raposa de agua” Chironectes minimus, “Tigrillo de cola larga” Leopardus wiedii, “Olingo de occidente” Bassaricyon gabii, “Murciélago de cola libre del Brasil” Tadarida brasiliensis, “Murciélago frutero chico” Rhinophylla alethina, “Murciélago frutero andino” Sturnira bidens y el “Coto negro” Alouatta palliata.

De acuerdo al CITES, 8 especies se encuentran en el apéndice I, es decir en peligro de extinción y son: “Guanfando” Speothos venaticus, “Yaguarundi” Herpailurus yaguarondi, “Tigrillo chico” Leopardus tigrinus, “Tigrillo de cola larga” Leopardus wiedii, “Puma” Puma concolor, “Nutria neotropical” Lontra longicuadis, “Oso de anteojos” Tremarctos ornatus, “Coto negro” Alouatta palliata. Según el mismo CITES, una especie se encuentran en el Apéndice II: “Oso hormiguero gigante” Mymecophaga tridactyl. Finalmente, se han registrado 3 especies endémicas para el noroccidente del piso zoogeográfico subtropical, el “Murciélago frutero del noroccidente” Sturnira sp. “Ratón arrozalero” Oryzomys hammondi, y el “Ratón andino silvestre” Thomasomys silvestris. b) Aves De acuerdo al reporte de Albuja (1980), entre las aves son comunes las “garzas vaqueras” Bubulcus ibis, varias especies de patos como Anas discors, Merganetta armata y Oxyura dominica, gavilanes, “guarro” Accipiter bicolor, “curiquingues” Phalcoboenus carunculatus y “quilicos” Falco sparverius, “pavas de monte” Penelope montagnii y Chamaepetes guodotii, “loros” como Aratinga wagleri y los “pericos” Pionus seniloides; varias especies de colibríes y tangaras que son las más representativas. Una especies característica es el “gallo de la peña” Rupicola peruviana.

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El piso zoogeográfico subtropical se divide en zona de estribaciones (600 - 1,200 mnsm) y zona subtropical propiamente dicha entre 1,000 y 1,200 hasta los 2,300 y 2,500 msnm (Ridgely, et al. 1998). En lo referente a las estribaciones, se reportaron cuatrocientas trece (413) especies, cincuenta y tres (53) especies comunes, doscientas treinta y tres (233) especies poco comunes, ciento veintiun (121) especies raras y seis (6) especies consideradas muy raras; de éstas, cincuenta y ocho (58) especies son endémicas (Ridgely, et al. 1998). Las especies endémicas raras son diecinueve (19), entre éstas tenemos: “Halcón montés plomizo” Micrastur plumbeus, “Paloma perdiz corona” Geotrygon purpurata, “Brillante emperatriz” Heliodoxa gularis, “Coronita aterciopelada” Coissonneaua jardin, “Carpintero del Chocó” Veniliornis callonotus, “Subepalo pechiestrellado” Margarornis stellatus, “Pitasoma coronirrufa” Pittasoma rufopileatum, “Gralaria gigante” Grallaria gigantea, “Picoplano del pacífico” Rhynchocyclus pacificus, “Urraca hermosa” Cyanolyca pulcra, “Solitario negro” Entomodestes coracinus, “Clorospingo verdiamarillo” Chlorospingus flavovirens, “Pava bronceada” Penelope ortoni, “Puntiblanca pechipurpura” Urosticle benjamín, “Estrellita chica” Acestrura mulsant, “Barbablanca del pacífico” Pseudocolaptes Jonson, “Mosquero real occidental” Onychorhynchus occidentalis, “Mosquerito pechigri” Lathrotriccus griseipectus y el “Pájaro paraguas longuipéndulo” Cephalopterus penduliger. Las especies endémicas consideradas muy raras son el “Hormiguero franjeado” Neomorphus radiolosus y el “Rascón montés moreno” Aramides wolfi. En el sector subtropical, se ha reportado doscientas noventa y nueve (299) especies de aves, de las cuales treinta y siete (37) son comunes, ciento setenta y tres (173) poco comunes, ochenta y cuatro (84) son consideradas especies raras y cinco (5) especies son muy raras (Ridgely, et al. 1998). El mismo autor reporta treinta y cuatro (34) especies endémicas, siendo las más importantes, quince (15) especies que a su vez con consideradas raras: “Corcovado dorsioscuro” Odontophorus melanonotus, “Brillante emperatriz” Heliodoxa gularis, “Coronita aterciopelada” Coissonneaua jardin, “Subepalo pechiestrellado” Margarornis stellatus, “Gralaria gigante” Grallaria gigantea, “Gralaria pechiamarillenta” Grallaria flavotincta, “Urraca hermosa” Cyanolyca pulcra, “Solitario negro” Entomodestes coracinus, “Tangara dorsipurpurina” Irodosornis porphyrocephala, “Pinzón tangara” Oreothraupis arremonops, “Puntiblanca pechipurpura” Urosticle benjamín, “Barbablanca del pacífico” Pseudocolaptes jhonson, “Trepamusgos uniforme” Thripadectes ignobilis, “Mosquerito pechigris” Lathrotriccus griseipectus y el “Pinchaflor indigo” Diglossa indigotica; en tanto que una especie endémica es considerada muy rara, el “Loro orejiamarillo” Ognorhynchus icterotis. c) Anfibios, reptiles y peces Los anfibios corresponden a los géneros Eleutherodactylus, Bufo, Hyla, Gastrotheca, Atelopus y el género Anphignatodon endémico para esta región. La herpetofauna está representada por las lagartijas y gekos de los géneros Lepidoblepharis y Anolis, las víboras que se observan son la “equis” Bothrops spp, “corales” Micrurus steindacnneri y otras no muy bien conocidas. La Ictiofauna de esta zona es relativamente baja debido a las pendientes del terreno en las estribaciones y al acarreo de los nutrientes hacia las tierras bajas, los géneros característicos de este piso son los “bagres” Rhamdia, “corroncho” Chaetostoma y “preñadillas” Astroblepus. Existen dos especies de Salmoniformes, las truchas Salmo trutta y S. gairdnerii. En el límite inferior de este piso zoogeográfico, al Occidente

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encontramos los “bocachicos” Ichthyoleohas humealis, mientras que en las estribaciones orientales se encuentran las “coridoras” Corydoras episcopi.

10.5.2.3 Fauna Local Como se indicó en el numeral relacionado con la flora, la vegetación nativa de la zona prácticamente ha desaparecido, reduciéndose a pocas especies y especímenes que se encuentran principalmente en las márgenes del estero; razón por la cual también la fauna ha sido reducida de forma drástica y únicamente se encuentran especies que se han adaptado a las condiciones antrópicas. a) Mamíferos Para el análisis de la mastofauna, se realizó la búsqueda de los especímenes o evidencias de su presencia; se realizaron recorridos por la zona de influencia del proyecto, entrevistas con los habitantes de los alrededores, quienes pudieron proporcionar mayor información actual e histórica de la fauna del sector. Con la aplicación de esta metodología, se determinó que la mastofauna del sector ha desaparecido completamente; es decir, no se encuentran especies de mamíferos, a excepción de mamíferos adaptados a la presencia humana, tales como roedores y animales domésticos. b) Aves Para la descripción de las aves se realizó la observación directa con binoculares en recorridos por toda el área de influencia ambiental directa El grupo de las aves está mejor representado que los mamíferos, ya que muchas especies, generalmente de pequeño tamaño se han adaptado a las condiciones antrópicas; se registraron en el presente estudio nueve especies, cuyo valor difiere en relación al número total reportado para este piso zoogeográfico (Tabla Fa-01)

Tabla Fa–01. Especies de aves registradas en el proyecto

No. Familia Nombre Común Nombre Científico Status Abundancia

1 Ardeidae Garza Blanca Bubulcus ibis LC C

2 Cathartidae Gallinazo común Coragyps atratus LC C

3 Columbidae Paloma plomiza Columba plumbea N C

6 Cuculidae Garrapatero Crotophaga ani LC C

10 Hirundinidae Golondrina azuliblanca Notiochelidon cyanoleuca N C

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Tiranidae

Tirano de Agua Enmascarado

Fluvicola nengeta LC C

26 Tirano Goliníveo Tyrannus niveigularis LC C

27 Tirano tropical Tyrannus melancholicus LC C

28 Tiranolete Cabecicenizo Phyllomyias cinereiceps LC C

C = común; Pc = poco común; R = raro Cat. **= categoría UICN: CR = peligro crítico, EN = en peligro, VU = vulnerable, NT = casi amenazado, LC= Preocupación menor, DD = datos insuficientes, NE = no evaluado y N = Ninguno.

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Las nueve especie registradas en la zona del proyecto, cuatro pertenecen a la familia Tiranidae y las demás familias están representadas por una sola especie; todas son catalogadas como comunes y así mismo, todas están catalogadas dentro de la categoría preocupación menor, a excepción de dos especies que no tienen ningún status de conservación. Este análisis evidencia que el sector está completamente alterado, ya que la dominancia de Tiránidos (papamoscas) es un indicativo del grado de alteración; así mismo, se determinó que 21 especies son comunes, 5 poco comunes y 2 especies se consideran raras. De las especies registradas, ninguna está en la categoría de vulnerable o casi amenazada, 24 especies se consideran en la categoría de preocupación menor (LC) y cuatro especies no se encuentran en ninguna categoría. c) Anfibios, Reptiles y Peces El grupo de anfibios, reptiles, están pobremente representados en el sector. Según la población, en ocasiones es posible observar la “lagartija” Anolis sp, y la iguana verde Iguana iguana, no se observaron anfibios, debido probablemente al alto nivel de sequía que soporta la zona en la época en que se realizó el trabajo de campo. 10.6 Componente Socioeconómico y Cultural Antes de profundizar en los datos y el análisis respecto de la población objetivo del estudio socioeconómico, se presenta una referencia general respecto de la situación en el cantón Jaramijó, donde se encuentran las áreas de influencia directa e indirecta, aledañas a la zona del proyecto. Este cantón tiene algunos datos históricos, geográficos, de recursos económicos y turísticos. Esta parte introductoria general y relativa a un ámbito geográfico más extenso, permite ubicarse en la realidad geográfica y sociocultural de la zona, para posteriormente profundizar en el conocimiento del área relacionada de manera directa con el proyecto. Luego de esta descripción y análisis general sobre la realidad del cantón, se hace referencia y se analizan algunos indicadores sociales involucrados directamente con la zona del estudio específico. Posteriormente y del mismo modo, se hace referencia a indicadores sociales de la zona del proyecto, en las cuales se hallan las familias ubicadas en las áreas de influencia directa e indirecta del Proyecto. Cabe señalar que la información presentada en este capítulo está basada en los datos que constan en el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Jaramijó (2012) y estos a su vez, se basan en el Censo de Población y Vivienda realizado en el año 2010. El cantón de Jaramijó tiene una superficie aproximada de 97,01 km2, según datos INEC 2011, es parte de la provincia de Manabí y representa el 0,51% del territorio de la provincia, colinda al norte con el Océano Pacifico, al oeste con el cantón Manta, al sur con el cantón Montecristi, al este con el cantón Portoviejo. 10.6.1 Historia del Cantón Jaramijó Los indígenas del lugar estaban integrados a la Confederación Manteña pero mucho antes fue poblado primero por las tribus Hara-miasus y siglos después por la tribu

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Hara-way que era significativo de los monarcas, el hombre Jefe de tribu se llamaba Hara y la esposa la diosa way mujer más preciosa de la tribu. Las dos tribus provenían de Polinesia, de piel morena, ojos negros y cafeces, cabello largo, estatura mediana y nariz aguileña. El pueblo de Jaramijó ha sido escenario y protagonista de innumerables hechos históricos, que lo destacan en el ámbito nacional. El 6 de diciembre de 1884, frente a sus costas, se liberó el célebre combate de Balsamaragua, entre los soldados liberales, al mando del General Eloy Alfaro y las fuerzas gobiernistas de Caamaño, en esta fecha, las autoridades del cantón le brindan homenaje con un desfile cívico militar y sesión solemne resaltando esta epopeya. El 26 de mayo de 1927, Jaramijó fue elevada a la categoría de Parroquia Rural de Montecristi, mediante acuerdo 499, tras la desmembración de su territorio, cuando Charapotó pasó a formar parte del cantón Sucre. Con 73 años de vida parroquial, necesitaba de urgencia una decisión de ser Cantón. El Ministerio de ley, en sesión ordinaria del 28 de abril de 1998, Jaramijó alcanzó su cantonización de forma oficial, con el número de acta 0069, siendo presidente interino Fabián Alarcón. Ese mismo año, es sancionada en el registro oficial con el # 306. 10.6.2 Población La composición de la población por edad y sexo, de Jaramijó se halla compuesta por un 51 % de hombres y un 49 % de mujeres (INEC, 2010).

En tanto que la composición demográfica por intervalos de edad, presenta una pirámide poblacional expansiva, de manera que la población con edades que van de 0 a 19 años alcanza el 44,6% de la población total (INEC, 2010).

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Tasa de crecimiento.

Una estimación del ritmo de crecimiento demográfico a lo largo del último período ínter censal en Jaramijó establece una tasa equivalente al 3,8% anual, la cual se encuentra casi dos puntos porcentuales por arriba de la tasa nacional para el mismo intervalo temporal. Los datos demográficos de los asentamientos humanos más importantes del cantón Jaramijó se pueden ver en el cuadro adjunto; el análisis se realiza en base a la zonificación establecida por el INEC – 2010, en que determina 4 zonas para la cabecera cantonal, sus áreas adyacentes y como quinta zona a la comunidad de la Victoria. El cantón de Jaramijó, cuenta con una población total de 18.486 habitantes y se encuentra desagregado de la siguiente manera:

El 70 % de la población, que equivalente a 12.940 habitantes viven en la zona A, que corresponde al casco urbano y el restante se encuentra repartida en las diferentes zonas. La cabecera cuenta con 8 barrios, las características demográficas de cada barrio, en los cuales se puede apreciar que son homogéneas, también se puede observar que la población de Jaramijó es joven, dado que más del 52% de la población aún no llega a la mayoría de edad.

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Cabe señalar que el Parque del Atún y por ende la Planta Harinera se encuentra en la zona B; es decir, alejada de la zona urbana 10.6.3 Aspectos Económicos La Población de Jaramijó, tiene su principal actividad económica en la Pesca Artesanal, cuyo puerto base se encuentra en Jaramijó; además, existen algunos pobladores, que son parte de la Flota Pesquera Industrial cuyo puerto base es el Puerto de Manta, de igual manera existen algunos pobladores que desarrollan su actividad económica en la ciudad de Manta Como se mencionó, la actividad productiva principal de Jaramijó, es la pesca, consta con 790 locales de pesca artesanal, registrados en el Instituto Nacional de Pesca existen 200 botes de fibra de vidrio, 50 canoas de montaña, 50 bongos, 17 balandras, y 5 barcos de madera. Existen 200 motores fuera de borda, y 17 estacionarios. Como artes de pesca se emplea: Red de enmalle de superficie y fondo, línea de mano de media agua y fondo, palangre de superficie, espinel de fondo y red larvera. En lo que tiene que ver con las especies capturadas, se tiene cherna, dorado, pargo, aguja, pámpano, caballa, carita, cucharita, albacora, botellita, bonito y larvas de camarón. El destino de esta pesca es Manta, Portoviejo y Montecristi. Los servicios pesqueros que se disponen son: Una gasolinera y lugares de expendio de gasolina y aceite, el resto de insumos provienen de Manta. En los actuales momentos el mayor rubro económico es la pesca artesanal, turismo e industrias, Jaramijó es uno de los principales Proveedores de pescado para las industrias enlatadas de sardinas de Manta, Guayaquil y al exterior, en los actuales momentos cuenta con 6 Industrias Pesqueras, 5 Harineras, 10 laboratorios y 9 de Servicios. El aporte de las industrias asentadas dentro del cantón es muy importante para la economía de sus habitantes y el desarrollo del Cantón. En la actualidad el Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Jaramijó se ha preocupado por dotar de una infraestructura básica que permita a los Jaramijenses elevar su calidad de vida, además de crear Políticas de ciudad, en cuanto a Educación, Salud, Cultura, Deporte, Turismo e Industria. La promoción turística del cantón es uno de los grandes objetivos de esta administración Municipal y el Desarrollo del Sector Industrial, que genera demanda en mano de obra, la cual repercutirá en el mejoramiento económico de los habitantes del Cantón. 10.6.4 Salud 10.6.4.1 Facilidades de salud en el Cantón

El primer médico que tuvo Jaramijó, fue el Dr. José España Tejena, que se desempeñó como médico rural en el año de 1971, en la actualidad cuenta con un Subcentro de Salud, que brinda servicio a la comunidad jaramijense. Se ha integrado médicos municipales para una mejor atención en el área de ginecología, pediatría laboratorio entre otras. Se considera que la unidad de salud que existe en el cantón no suple satisfactoriamente los requerimientos de salud, es un establecimiento de los servicios públicos de salud

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que tiene una cobertura de centros poblados menores a 5,000 habitantes, bajo la responsabilidad directa de un auxiliar de enfermería, con sala de espera, salón de usos múltiples, consultorio de hidratación, observación, y curaciones. En esta unidad de Salud que presta los servicios mínimos de atención primaria, y está localizada a 2 Km. de la cabecera cantonal, no cuentan con equipo mínimo, no son atendidas sistemáticamente por los promotores y los mismos cuentan ocasionalmente con algún medicamento que no satisface las demandas en salud. El Ministerio de Salud Pública no ha terminado la construcción de infraestructura médica, observándose la creación de unidades por parte del sector privado como: consultorios médicos y odontológicos, boticas, etc. Además es importante señalar que esta unidad de salud no dispone de camas para hospitalización, por lo tanto la población busca en la ciudad de Manta, este servicio. La Unidad de Salud se emplaza en un terreno de 1.750,09 m2, no cuenta con accesos adecuados, por cuanto las vías son de material pétreo y en tiempo de lluvia se convierte en un problema en transitar. 10.6.5 Situación habitacional y Servicios Básicos

Los elementos característicos de la arquitectura se manifiestan en el centro poblado, en donde predominan las paredes de mampostería, las cubiertas de lámina de zinc a dos aguas y en otros casos de hormigón armado, puertas y ventanas de madera. La expresión arquitectura comúnmente se aplica a todas aquellas construcciones que fueron realizadas mediante diseños tradicionales, las estructuras autoconstruidas o aquellas edificadas por la comunidad. Según los datos del INEC – 2010 la distribución porcentual de viviendas de características de vivienda es el 78,66%, el 7.70% de tipo rancho, y el 4.23% de las viviendas consideradas como mediagua, como se detalla en la siguiente tabla.

Hay servicio de agua entubada, su captación es a través de la tubería que atraviesa a Manta, su tratamiento se realiza en Rocafuerte, pero es deficiente, y la distribución es limitada. Se considera que el problema principal en el sector del saneamiento ambiental en Jaramijó es de índole técnico, ya que el abastecimiento de la población con agua potable, no está a la exigencia de la higiene pública. Adicionalmente, la situación económica de los habitantes es limitada y los fondos municipales precarios, por lo que es difícil avanzar en el mejoramiento del sistema, aunque no imposible.

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Según datos del INEC - 2010, del total de viviendas, el 75,74% tienen acceso a agua entubada, y alto porcentaje se abastece por medio de carro repartidor como se observa en la siguiente tabla.

De acuerdo a los datos del INEC – 2010 en el cantón Jaramijó, 12,30% se encuentra conectado a red pública de alcantarillado y la gran parte de la población utiliza los pozos sépticos y ciegos, que es de 70,30%, es decir que el cantón y la cabecera cantonal no cuentan con la cobertura de este servicio, tal como se detalla en la siguiente tabla.

El sistema existente apunta al drenaje de las aguas servidas y negras, en donde hay un escaso tratamiento. Dependiendo de la configuración topográfica del terreno hay infiltraciones grandes en el subsuelo sin ningún tiempo de retención que implica un riesgo de contaminación. La red existente de aguas residuales no funciona nunca en forma general, salvo algunas conexiones. Las aguas residuales se conducen por gravedad por las veredas de las calles hasta la laguna de tratamiento y estas son arrojadas al mar, creando focos de infección constante. Las fosas y pozos sépticos existentes no tienen ninguna separación de fases (sólida y líquida), así como ninguna remoción de contaminantes, aunque existen fosas sépticas y letrinas de diferentes tipos que, a causa de la alta permeabilidad del efluente de las mismas, descarga directamente al subsuelo. Entre tanto la red pluvial no existe, y en muchos casos las aguas invaden las redes sanitarias lo que provocan un colapso en el sistema.

La energía eléctrica en el área urbana y otros asentamientos humanos que se encuentran alrededor lo presta CNEL, de acuerdo a los datos el 90,90% está conectada a la red pública, sin embargo, se manifiesta inconformidad con el servicio, dado que los cortes de energía eléctrica son frecuentes, con perjuicio para los usuarios particulares y comercio en general.

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De acuerdo a las entrevistas realizadas se menciona que las condiciones de servicio y suministro de energía eléctrica en el Jaramijó son claramente deficientes debido al cambio del voltaje en determinados momentos, la concentración del servicio en torno a la cabecera cantonal, dejando prácticamente sin servicio a otros barrios de menor consolidación y frecuentes cortes en el suministro de energía eléctrica. Respecto del manejo de Desechos Sólidos, el botadero municipal se encuentra a una distancia aproximada de 3 kilómetros de la cabecera municipal, en la ruta que conduce hacia Rocafuerte, tiene una área de 37.219 m² en donde se puede observar que los desechos se manejan empíricamente, resultando como consecuencia de esto en condiciones de total insalubridad. Con base a la información de censo 2010, se estableció que el 88,13% de la población de Jaramijó usa el carro colector, es decir que es eliminada en el botadero y es importante señalar que produce la población produce basura de 1 a 7 libras de basura por día. La mayor parte de la basura que se produce es constituida por desechos orgánicos de origen vegetal y en menor proporción por desechos como residuos inorgánicos. Asimismo, se estableció que la práctica más frecuente para el destino final de la basura es que el 10,43% de las familias la queman, el 0,75% la tiran en terrenos baldíos tal como se detalla en la siguiente tabla.

10.6.6 Educación A nivel educativo el centro poblado posee un equipamiento amplio y variado, como lo demuestra el número de establecimientos existentes; sin embargo, se considera susceptible de ser mejorado, en términos generales, especialmente en los niveles medio básico y medio diversificado. El estado físico de la infraestructura educativa es deficiente, manifiesta carencias en la dotación de mobiliario, equipo y en acciones de mantenimiento; además de la falta de material didáctico y refacción escolar.

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El Ministerio de Educación reportó para el municipio de Jaramijó, 11 escuelas fiscales, una escuela municipal y cuatro escuelas particulares; en cuanto a los colegios, existen tres colegios. De los cuales uno es particular. En resumen se puede mencionar que Jaramijó cuenta con 22 planteles, divididos de la siguiente manera: 14 en el orden primario y 8 Secundario, que dan empleo a más de 200 maestros y educación para 3.445 alumnos. El Gobierno Municipal colabora con 10 profesores Municipales. 10.6.7 Vías de Comunicación y Transporte La cabecera cantonal presenta una estructura vial regular, a excepción de las áreas de desarrollo reciente que tienen un trazado planificado. Los principales accesos a la ciudad son básicamente dos, que corresponden a la ruta Manta Rocafuerte, que atraviesa el poblado de este a oeste, y la ruta Manta Jaramijó, la primera vía están recién pavimentada y la otra que se encuentra en malas condiciones. En el cantón se identifica seis tipos de vialidad que básicamente son: la vialidad Nacional, que corresponde Manta – Rocafuerte que tiene una longitud de 15.05 Km.; la vialidad de acceso a la ciudad como son las vías Alajuela y San Isidro Ayora que tienen longitudes de 2.93 km y 2.20 Km respectivamente, las calles y avenidas urbanas que corresponde 38.69 km, y caminos de herradura y senderos que tienen una longitud 153,00 km, esta vías solo es para transitar a pie; de la misma manera tenemos las vías denominada de verano con 75.05 km y finalmente los caminos lastrados y pavimentados con 40,82 km, que son las principales vías que comunican diferentes barrios y zonas; la vialidad secundaria, que son las vías que dan servicio o comunicación interna en los barrios; tal como se detalla en la siguiente tabla.

10.6.8 Análisis de las Encuestas aplicadas a los residentes del Área de Influencia Directa del Proyecto En la zona de influencia socioeconómica del proyecto se encuentran muy pocos habitantes, ya que se trata de una zona netamente industrial; por otra parte, el Cantón Jaramijó categoriza al área como “Zona B”. Desde esta perspectiva, se aplicó una encuesta destinada a determinar el estado actual de los servicios con que cuenta el sector, las actividades económicas a las que se dedican los habitantes y principalmente el punto de vista de la población respecto del proyecto (Anexo 4).

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Se aplicó la encuesta a cuatro personas, que son los pocos habitantes del sector y que potencialmente podrían verse afectados por la operación del proyecto (Anexo 5). Se determinó que en promedio habitan 4.5 personas por vivienda, entre adultos y niños, con un máximo de 6 personas en una casa. El 100 % de los predios son propios, el promedio de tamaño de los lotes es de 800 m2 y una construcción en promedio de 470 m2. Las viviendas son de Zinc/eternit y de losa con paredes de bloque y pisos de cemento y baldosa (Anexo 5). En lo referente a la actividad económica de los representantes de las familias, son empleados asalariados o tiene su negocio propio. Todas las viviendas tienen servicio de luz eléctrica y agua potable con baño interno; sin embargo, solo dos viviendas tienen alcantarillado y dos tienen fosa séptica; así mismo, en dos viviendas se quema la basura y en las dos restantes, cuentan con servicio de recolección municipal En caso de enfermedades, el 100 % de las personas encuestadas señalan que acuden al hospital de Manta ante cualquier tipo de enfermedad. En lo referente al nivel de educación, el 50 % de las personas encuestadas llegaron a un nivel de bachillerato y el 50 % tiene estudios superiores. En lo referente al grado de aceptación o rechazo de la población, los moradores del sector señalan que efectivamente existe afectación por la generación de olores de todas las fábricas del sector; sin embargo, están conscientes que es una zona industrial, por lo que demuestran indiferencia sobre la repotenciación del proyecto; en todo caso, solicitan que se disminuya la generación de olores y se creen más fuentes de trabajo (Anexo 5). 10.7 Diagnóstico Ambiental En función de lo señalado en la normativa ambiental, el diagnóstico Ambiental es la representación de la problemática de los medios físico, biótico y socioeconómico culturales; razón por la cual, a continuación se presenta en forma cualitativa los principales problemas ambientales identificados en la zona de influencia directa del proyecto en función de las actividades desarrolladas.

Generación de olores y emisiones gaseosas por la maquinaria en general.

Deterioro del ambiente acústico por el incremento de los niveles de ruido y vibraciones por uso de maquinaria.

Generación de Residuos Debido al alto grado de deterioro ambiental señalado anteriormente, los problemas ambientales relacionados con el proyecto son mínimos; igualmente, desde el punto de vista socioeconómico y cultural, no se evidencian problemas. 10.8 Evaluación Ambiental La evaluación ambiental constituye un resumen de los indicadores ambientales que fueron descritos, desarrollados y analizados en la descripción de la línea base, de los componentes físicos, bióticos y socioeconómicos y están encaminados a determinar el

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estado de conservación o alteración antrópica de dichos componentes. Los indicadores ambientales que fueron utilizados en el presente estudio son los siguientes: Indicadores bióticos

Componente Parámetros Unidad Observaciones

Flora Cobertura vegetal natural M2 La zona se encuentra deforestada, razón por la cual, la vegetación nativa se reduce a pocos matorrales en la parte externa de la planta.

Diversidad (Número de especies) unidad

Abundancia (Número de individuos/ especie)

Unidad

Número de especies endémicas Unidad Ninguna

Fauna Número de especies/familia Unidad 9 especies/6 familias

Diversidad (Número de especies) Unidad 9

Abundancia (Número de individuos/ especie)

Unidad Común (entre 4 – 5 individuos por especie)

Número de especies endémicas Unidad 0

Número de especies indicadoras de calidad de hábitat

Unidad 3 especies, indicadoras de baja calidad

(Garrapatero, tirano tropical, tirano goliníveo)

Especies en los listados según su status de conservación

Unidad LC = preocupación menor

Indicadores Socioeconómicos

Componente Parámetros Unidad Observaciones

Educación Infraestructura educativa Unidad 2

Nivel de escolaridad unidad Bachillerato/superior

Analfabetismo Unidad No registra

Salud Infraestructura de salud Unidad No existe en la zona, deben acudir a

Manta

Servicios básicos Agua potable Unidad Todas las viviendas

Energía eléctrica Unidad Todas las viviendas

Alcantarillado Unidad 50% de las viviendas

Manejo de residuos sólidos Recolección / quema

Manejo de Aguas residuales Alcantarillado/Fosa Séptica

Vivienda Tenencia de la Vivienda 100 % propio

Condición de la vivienda Casas de cemento armado

Producción por Actividad

Agropecuaria

Industrial Empleados

Agroindustria

Turismo

Otros Negocio propio

Nivel de Empleo Agropecuaria

Industria X

Turismo

Otros X

Tenencia de la tierra Ha 0.08 ha

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10.9 Estado de Sensibilidad Ambiental de los principales componentes ambientales Una vez que se ha determinado el estado actual de conservación o alteración de los componentes biofísicos de la zona de implementación del proyecto, en este acápite se realiza el análisis de la sensibilidad ambiental de los componentes ambientales. 10.9.1 Sensibilidad Biótica La flora y fauna nativa de la zona y del área de implementación de la planta se encuentra completamente alterada y ha desaparecido casi en su totalidad, el único relicto cubierto de muyuyo, se encuentra en la parte posterior, fuera de los límites de la planta y sin influencia de ésta, razón por la cual, esta zona presenta una sensibilidad biótica baja. 10.9.2 Sensibilidad Socioeconómica De acuerdo a la información de campo, al tipo de uso de suelo y al desarrollo de actividades similares en la zona (considerando que la zona es netamente industrial), la cantidad de asentamientos o viviendas es mínima y los habitantes se muestran indiferentes a la repotenciación de esta planta, por lo que se considera que la sensibilidad socioeconómica es baja. 10.9.3 Sensibilidad total de los componentes analizados

Una vez que se ha determinado la sensibilidad de cada uno de los componentes ambientales afectados por la planta, se realizó el análisis de la sensibilidad total de la zona, determinándose que existe una sensibilidad baja. 11. DESCRIPCION DEL PROYECTO A continuación se presenta una descripción general de las actividades de operación de la planta; cabe señalar que en el Estudio de Impacto Ambiental Ex – post se presentará el detalle de la operación desde el ingreso de la materia prima hasta el despacho de la harina y demás subproductos. 11.1 Accesibilidad Como se señaló anteriormente, la planta harinera está ubicada en el Parque del Atún, dentro de las instalaciones de la Empresa Induatún. Esta infraestructura ya funcionaba anteriormente, sin embargo en la actualidad se la ha repotenciado a fin de lograr mayor eficiencia y producción.

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11.2 Descripción del Proceso Productivo

La planta de subproductos se encarga de la producción de harina y aceite de pescado a partir de atún que no es utilizado para consumo humano; en el proceso se realiza la cocción, prensado y deshidratado de producto. La planta que ocupa una superficie de 3500 m2, tiene una capacidad de 20 ton/hora; sin embargo, en promedio se procesará 10 ton/hora. A continuación se presenta un resumen del proceso La harina y aceite de pescado se produce mediante un proceso de cocción y deshidratación durante el cual se separa el aceite de pescado y el agua se retira del producto. Las materias primas ingresan a la línea de producción de harina de pescado a través de un sistema de alimentación, cociéndose a continuación. La temperatura de cocción y la duración de la misma es de aproximadamente 20 minutos a 90˚C. Esta actividad genera niveles considerables de olores. El material cocido se prensa y el líquido de la prensa se desvía hacia un colector centrífugo donde el aceite de pescado se separa del agua de cola. El flujo de agua de cola se evapora entonces en un evaporador de fases múltiples y los lodos restantes se mezclan con la torta de prensado. Estos materiales combinados tienen un contenido en agua inferior al 10 por ciento. Después del secado, el material se tritura para eliminar las irregularidades La harina de pescado se envía luego para el envasado y el almacenamiento intermedio; el objetivo de cada proceso es el siguiente: Cocción: La operación unitaria de cocción tiene como fin:

Coagular las proteínas.

Esterilizar los pescados con el fin de detener la actividad enzimática y microbiana.

Liberar la grasa de las adiposas y el agua. Pre Prensado: El del pre-desaguado es efectuar un drenaje previo al prensado con la

finalidad de aumentar su capacidad.

Ubicación Actual

de la Planta

Ubicación Anterior

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Extrusión o Prensado: La operación de prensado tiene como objetivo la separación de agua y grasa de tal forma que la torta de prensa contenga la menor cantidad posible de estos dos componentes y sea pobre en sólidos. Centrifugación: Es la operación que utiliza la centrífuga para separar los diversos componentes que tiene el licor de prensa como son la grasa, sólidos solubles e insolubles y agua, en razón de su diferencia de densidades. Evaporación: La evaporación consiste en la eliminación de vapor de un soluto relativamente no volátil, el cual suele ser sólido. Secado: El objetivo es deshidratar la torta de prensa, torta separadora y el concentrado de agua de colas unidas y homogenizados previamente; sin afectar la calidad del producto. Molienda: El objetivo de la molienda, es la reducción del tamaño de los sólidos hasta que se satisfagan las condiciones y especificaciones dadas por los compradores.

Diagrama de Flujo

11.3 Procedimientos de Prevención de la Contaminación

11.3.1 Emisiones En la producción de harina de pescado se presenta emisión de gases y vapores y la difusión de partículas hacia la atmosfera. Esta liberación se da principalmente en el proceso de cocción del pescado, conjuntamente con los procesos de secado y envasado. La presencia de malos olores debido a la naturaleza de la materia prima, es un indicado claro de la velocidad de descomposición de los productos y subproductos, manifestada por la generación de amoniaco y trimetilamina; razón por la cual se debe aplicar las siguientes medidas:

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Se implementará un sistema de secado indirecto con el fin de eliminar y/o

mitigar las emisiones al ambiente.

Se aprovechará el vapor de secado como fuente de energía en la planta

evaporadora de agua de cola de película descendente.

Se eliminarán las emisiones fugitivas de gases de los equipos básicos y

complementarios del proceso, mediante un adecuado sistema de

condensación.

11.3.2 Descargas de agua El agua de descarga generalmente presenta una alta DBO5, un contenido alto de sólidos en suspensión, además de la presencia de aceites y grasas. Generalmente, estos desechos no contienen substancias toxicas, como metales pesados, plaguicidas, etc. Sin embargo, eventualmente las descargas pueden presentar altas concentraciones de cloruro de sodio; razón por la cual se debe tener un permanente sistema de limpieza, mediante el lavado diario de pisos, estanques, etc., con abundante agua, lo cual aumenta la cantidad de vertimientos. 12. DETERMINACION DE LA ZONA DE INFLUENCIA AMBIENTAL

La Zona de Influencia Ambiental (ZIA) está definida como la unidad espacial de análisis en la que se relacionan de forma integral la dinámica de los componentes ambientales frente a los elementos de presión que generarían impactos, daños y pasivos por la operación de la planta; desde esta perspectiva, mediante la información cartográfica y de la revisión bibliográfica de la zona del proyecto, se realizó un primer cercamiento a la definición de área de influencia; adicionalmente, en la fase de campo se definieron los parámetros sobre los cuales se determinó la zona de influencia ambiental de la planta. 12.1 Zona de Influencia Ambiental Directa (ZIAD) La Zona de influencia Ambiental directa corresponde a todas las áreas donde se implantarán las diferentes facilidades del proyecto y hasta donde pueden llegar los impactos en forma directa; es decir, donde se manifiesta de manera directa los impactos relacionados con la operación del proyecto. Para la determinación del área de influencia se tomaron en cuenta hasta donde llegan los impactos del proyecto, como la generación de olor, ruido y otros que se analizan a continuación. 12.1.1 Descripción de las actividades del proyecto Si bien la planta aún no está en operación en el nuevo sitio, de la experiencia en la operación en el sitio anterior y de otros proyectos similares, se ha determinado que los efectos tales como olores, ruido y desechos sólidos por el ingreso de materia y retiro de los productos llegan a una distancia de 200 m. Por otra parte, como se describió en el proceso, el agua de proceso será tratada y recirculada, por lo que la descarga al ambiente será mínimo y se prevé el cumplimiento de los parámetros mínimos de descarga, se estima que el agua de descarga (en caso

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de existir) llegará a una distancia máxima de 100 m, debido a la permeabilidad del suelo 12.1.2 Condiciones ambientales de la zona Como se indicó anteriormente, la zona se encuentra completamente alterada, constituyéndose en un área netamente industrial, por lo que las emisiones serán similares a las ya existentes. 12.1.3 Condiciones Sociales de la Zona del Proyecto En la zona del proyecto, existen pocas casas ubicadas en la zona nororiental de la planta, a donde no llegan las emisiones y olores, por lo que el efecto no se considera importante para ser estimado en la definición de la zona de influencia. De acuerdo a este análisis, al Área de Influencia Ambiental Directa se considera un polígono irregular, que abarca un área de 200 m hacia el occidente y 100 m hacia el este, como se presenta en la siguiente imagen:

12.2 Zona de Influencia Ambiental Indirecta (ZIAI) Se considerará como zona de influencia ambiental indirecta a los territorios o áreas aledañas a la planta fuera de la zona de influencia ambiental directa, desde el punto de vista socioeconómico, la zona de influencia ambiental indirecta corresponde a los asentamientos poblados de Manta y Jaramijó.

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13. IDENTIFICACION Y EVALUACION DE IMPACTOS AMBIENTALES

La evaluación de impacto ambiental es una herramienta preventiva que permite anticipar los impactos positivos o negativos que se producirán sobre los componentes ambientales como consecuencia de la operación de la planta. Como se mencionó anteriormente, la planta está siendo reubicada, razón por la cual no se encuentra en operación; desde este punto de vista, se realizará la identificación, calificación y evaluación de impactos de la operación y mantenimiento y su interrelación con los factores ambientales que pueden ser potencialmente afectados dentro del área de influencia ambiental directa. 13.1 Objetivo

La identificación y evaluación de impactos ambientales tiene como fin el diseño de medidas tendientes a la prevención, mitigación, recuperación y compensación de los impactos negativos y la potenciación de los impactos positivos, que agrupadas en proyectos y programas conforman el Plan de Manejo Ambiental. 13.2 Factores Ambientales a ser evaluados

Se definen los factores ambientales a ser potencialmente afectados por la operación y mantenimiento de la planta.

Componente ambiental

Subcomponente ambiental

Aspecto Ambiental

Potencial Impacto

Físico

Agua Calidad del Agua Alteración de los parámetros de calidad del agua superficial

Aire

Incremento de ruido

Variación de los niveles de presión sonora en el AIAD

Emisión de gases Contaminación por la emisión de gases de Combustión equipos y maquinas

Generación de olores

Incremento de olores desagradables

Suelo

Presencia de Hidrocarburos

Contaminación del suelo por aceites y lubricantes

Presencia de desechos sólidos

Contaminación del suelo por desechos sólidos

Biótico Fauna Emigración de la fauna

Pérdida de la fauna de la zona

Socioeconómico

Economía Generación de empleo

Incremento de la economía del sector

Saneamiento Ambiental

Efectos sobre la salud

Mantenimiento o recuperación de la salubridad de la zona

13.3 Lista de Actividades del Proyecto

Para la evaluación del estudio de Impacto Ambiental, se ha conformado un registro de principales acciones ocasionadas por el proyecto en sus fases de Operación, Mantenimiento y abandono, de tal manera que sean lo más representativas

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Fase Actividad Definición Observaciones

Operación

Recepción de materia prima

Comprende la recepción del subproducto de la pesca y clasificación del atún

Esta actividad se realiza dentro de la misma planta

Funcionamiento del Caldero, molino, secador, empaque

Se refiere al funcionamiento de la planta, desde la recepción de la materia prima hasta el empaque del producto final (harina y aceite de pescado)

Sistema de tratamiento de aguas residuales

El proceso incluye una planta de tratamiento de aguas residuales, previo la reutilización o descarga al ambiente

Mantenimiento

Mantenimiento preventivo de equipos y maquinarias

Control y mantenimiento de equipos de acuerdo a sus especificaciones

Repotenciación y optimización de la planta

Se determinarán aspectos que puedan ser mejorados a fin de causar el menor impacto posible sobre el ambiente

Limpieza y mantenimiento de la planta después de cada proceso de producción

Se refiere a la limpieza interna y externa de la planta para evitar la acumulación de desechos

13.4 Cierre y Abandono

La etapa de cierre y abandono se aplica una vez que el proyecto cumpla con su vida útil, sin embargo, en este capítulo se evalúan los posibles impactos que pudieren ocasionar las actividades de desmontaje de los equipos, desmantelamiento de la infraestructura y el levantamiento de las facilidades. 13.5 Identificación de Impactos

Para la identificación de los impactos ambientales que podrían ser generados por las actividades del proyecto, se utiliza como herramienta principal una matriz de identificación, cuyo diseño se realiza de la siguiente manera:

Se establece el estado inicial de los componentes ambientales que son susceptibles de sufrir alguna alteración, ya sea de carácter positivo o negativo;

Se definen las etapas del proyecto y las actividades asociadas a cada una de ellas, que se considera serán las generadoras de las alteraciones sobre los componentes ambientales;

Las columnas de la matriz contienen en su primera fase un listado de las emisiones y efectos posibles a generarse en el proyecto, los mismos que reciben una calificación ya sea como emisión / efecto menor, representado por el símbolo (o); ó emisión / efecto mayor, representado por (*).

Una vez construida la matriz se crea una escala de colores, estableciendo una magnitud: alta, media y baja; la cual identifica la probabilidad de un impacto, el grado de potencialidad y si es de carácter positivo o negativo. Finalmente se relacionan las actividades del proyecto y los componentes ambientales, con el objeto de detectar la causalidad que da origen a los impactos y sus efectos.

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En esta etapa de identificación no se efectúan valoraciones de las características de cada impacto. Sólo se establece la posibilidad de registrarlos, con relación a cada actividad y componente ambiental, con el objeto de focalizar las herramientas de calificación utilizadas en las etapas posteriores del proceso de evaluación. 13.6 Metodología de Evaluación de Impactos Ambientales Para la evaluación de los impactos potenciales se utilizó una matriz causa – efecto, donde se escogieron los factores ambientales más importantes dentro del área del proyecto y las actividades que generan o podrían generar impactos a los factores analizados. Para la evaluación de impactos se ha elaborado una Matriz de Identificación de Impactos o Matriz Modificada de Leopold que es una matriz de doble entrada causa-efecto (Canter, 1998); esta matriz, combina las actividades del proyecto en un eje y la lista de factores ambientales afectados a lo largo del otro eje de la matriz. Cuando se espera que una acción determinada provoque un cambio de un factor ambiental, éste se apunta y posteriormente se describe en términos de magnitud e importancia. De forma que se obtiene un análisis integrado, global, sistemático e interdisciplinario del medio y de sus muchos componentes. Los valores de magnitud de los impactos se presentan en un rango de 1 a 10 para lo cual, se han calificado las características de los impactos de acuerdo a lo siguiente. Por tanto la Evaluación de Impactos se realizó mediante las siguientes matrices: Matriz No. 1: Nos permite identificar las interacciones o posibles impactos ambientales, sean estos positivos ó negativos, producidos entre las actividades del proyecto y los componentes ambientales; así como determinar la Magnitud de cada impacto ambiental en base a la ponderación de los criterios de Carácter, Intensidad, Extensión y Duración. Matriz No. 2: Nos permite identificar las interacciones o posibles impactos ambientales

y determinar su Importancia en base a la ponderación de los criterios de Riesgo y Reversibilidad. Matriz No. 3: Muestra las interacciones identificadas con sus respectivos valores de

Magnitud (determinados en la Matriz No. 1) e Importancia (determinados en la Matriz No. 2). Matriz No. 4: Contiene en primer lugar la valoración final de cada impacto que es el

resultado de la multiplicación entre Magnitud e Importancia y finalmente la agregación de impactos tanto para las actividades propuestas como para cada componente ambiental afectado. Para los impactos negativos que son significativos, se plantean medidas para su prevención, corrección, mitigación y compensación, cuyas propuestas se encuentran detalladas en el Plan de Manejo Ambiental. Los efectos ambientales identificados, se los evaluará y calificará considerando los siguientes criterios y ponderaciones en cada análisis.

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13.6.1 Magnitud (Ma)

El criterio de magnitud amalgama los criterios de Carácter, Intensidad, Extensión y Duración, este parámetro se lo calcula mediante la siguiente fórmula: Ma =C*[(I*WI)+(E*WE)+(D*WD)] Donde, C = Carácter I = Intensidad E = Extensión D = Duración WI = Peso del criterio de Intensidad. WE = Peso del criterio de Extensión. WD = Peso del criterio de Duración Carácter (C): Se refiere al tipo de afectación que la acción analizada provoca o provocará en el factor con el cual interacciona. El carácter puede ser de dos tipos: negativa, perjudicial o desventajosa o a su vez positiva, benéfica o ventajosa. Intensidad (I): Valora la fuerza del impacto ocasionado por las actividades del proyecto sobre el componente ambiental afectado. La valoración cuantitativa de este parámetro es 10,0 para una intensidad alta; de 5,0 para una intensidad media y de 2,5 para una intensidad baja. Extensión (E): Valora la influencia espacial de los impactos previstos sobre el entorno.

La valoración cuantitativa de este parámetro es 10,0 para una extensión regional, es decir cuando se altera superficies extensas; de 5,0 para una extensión local, esto es cuando se altera superficies del entorno inmediato y de 2,5 para una extensión puntual, cuando se trata de un impacto localizado. Duración (D): Se refiere al tiempo que dura la afectación y que puede ser temporal, periódica ó permanente, considerando, además, las implicaciones futuras o indirectas. Las matrices Leopold modificadas se detallan en el Anexo 6 (a-d) de este documento. La valoración cuantitativa de estos parámetros se detalla en la Tabla siguiente:

Tabla EV-1. Escalas de Valoración para los Parámetros de Carácter, Intensidad, Extensión y Duración.

PARÁMETRO ESCALA DE VALORACION

CUALITATIVA ESCALA DE VALORACION CUANTITATIVA

CARÁCTER (C) Positivo +1.0

Negativo -1.0

INTENSIDAD (I)

Alta 10.0

Media 5.0

Baja 2.5

EXTENSION (E)

Regional 10.0

Local 5.0

Puntual 2.5

DURACION (D)

Permanente 10.0

Periódica 5.0

Temporal 2.5

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En la ecuación, la suma de los parámetros de intensidad, extensión y duración corresponde al 100% de la valoración de la magnitud, ponderando a cada parámetro con los siguientes pesos:

Tabla EV-2 Pesos Asignados para cada Parámetro de Valoración de Magnitud

PARAMETRO PESO ASIGNADO

WI (Criterio de Intensidad) 0.4

WE (Criterio de Extensión) 0.4

WE (Criterio de Duración) 0.2

Una vez realizado el cálculo de la magnitud de los impactos, se podrá determinar su valoración cualitativa de acuerdo a la siguiente escala:

Tabla EV-3. Escalas de Valoración para el Criterio de Magnitud

PARÁMETRO ESCALA DE VALORACION CUALITATIVA

ESCALA DE VALORACION CUALITATIVA

MAGNITUD (Ma)

Negativa Muy Alta -7,6 – -10,0

Negativa Alta -5,1 – -7,5

Negativa Media -2,6 – -5,0

Negativa Baja -1,0 – -2,5

Positiva Baja +1,0 – +2,5

Positiva Media +2,6 – +5,0

Positiva Alta +5,1 – +7,5

Positiva Muy Alta +7,6 – +10,0

13.6.2 Importancia (Im) El criterio de importancia se refiere a la gravedad, trascendencia o grado de influencia que tiene el efecto o impacto de una acción sobre un factor ambiental, y amalgama los criterios de Riesgo y Reversibilidad; este parámetro se lo calcula mediante la siguiente fórmula: Im = (Ri *WRi) *( R *WR)

Donde, Ri = Riesgo

R = Reversibilidad WRi = Peso del criterio de Riesgo. WR = Peso del criterio de Reversibilidad.

Riesgo (Ri): Se refiere a la probabilidad de ocurrencia de un efecto que una acción

provoca o provocará en el factor con el cual interacciona. Reversibilidad (R): Se refiere a la posibilidad del medio a retornar a la situación original, es decir mide la capacidad del sistema para retornar a una situación de equilibrio similar o equivalente a la inicial. El impacto ambiental provocado es reversible si las condiciones originales reaparecen de forma natural o inducida a través del tiempo; y es irreversible si la sola actuación de los procesos naturales no es suficiente para recuperar las condiciones originales.

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Tabla EV-4. Escalas de Valoración para los Parámetros de Riesgo y Reversibilidad

PARÁMETRO ESCALA DE VALORACION CUALITATIVA

ESCALA DE VALORACION CUANTITATIVA

RIESGO (Ri)

Alto 10.0

Medio 5.0

Bajo 2.5

REVERSIBILIDAD (R)

Irreversible 10.

Poco Reversible 5.0

Reversible 2.5

En la ecuación, la suma de los parámetros de riesgo y reversibilidad corresponde al 100% de la valoración de la importancia, ponderando a cada parámetro con los siguientes pesos:

Tabla EV-5. Pesos Asignados para cada Parámetro de Valoración de Importancia

PARAMETRO PESO ASIGNADO

WRi (Criterio de Riesgo) 0.5

WE (Criterio de Reversibilidad) 0.5

Una vez realizado el cálculo de la importancia de los impactos, se podrá determinar su valoración cualitativa de acuerdo a la siguiente escala:

Tabla EV-6. Valoración cualitativa de la Importancia

PARÁMETRO ESCALA DE VALORACION CUALITATIVA

ESCALA DE VALORACION CUANTITATIVA

Importancia (Im)

Muy Alta 10.0 – 7.6

Alta 5.1 – 7.5

Media 2.6 – 5.0

Baja 1.0 - 2.5

Una vez calificados los impactos identificados y con el fin de tener una idea general de su valoración, en la Matriz No. 4 están contenidos los resultados de la multiplicación algebraica de los criterios de Magnitud e Intensidad, de forma que se obtenga la calificación cuantitativa de cada afectación mediante valores positivos máximos de + 100,0 o negativos de -100,0, clasificados en la siguiente escala:

Tabla EV-7. Escalas de Calificación de Impactos Ambientales

GRADO DEL IMPACTO RANGO DE IMPACTOS NEGATIVOS

RANGO DE IMPACTOS NEGATIVOS

Muy Alto +75.1 a +100.0 -75.1 a -100.0

Alto +50.1 a +75.0 -50.1 a -75.0

Medio +25.1 a +50.0 -25.1 a -50.0

Bajo +1.0 a +25.0 -1.0 a -25.0

13.7 Análisis de Resultados De conformidad con los resultados obtenidos en las matrices, información válida para la interpretación de las afectaciones ambientales y posterior elaboración del plan de manejo ambiental, se puede concluir lo siguiente:

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La Operación, Mantenimiento y cierre de la planta Harinera presenta un total de 43 afectaciones, de las cuales 31 son negativas, que representan el 72.1 % del total y 12 son positivas (27.9 %), teniendo una agregación de impactos final de -259.4. En general, la operación y mantenimiento de la planta presenta impactos ambientales negativos y positivos, siendo la etapa de operación de los calderos, el molino, secado y empaque, las actividades que generan mayor impacto negativo; sin embargo en la etapa de operación y mantenimiento se puede evidenciar también afectaciones positivas, lo que refleja que el proyecto mejorará las condiciones de vida de los pobladores del área de influencia directa del proyecto. Analizando el parámetro de magnitud, que reúne los criterios de carácter, intensidad, extensión y duración, podemos comprobar que de las afectaciones negativas posibles en la etapa de operación y mantenimiento de la planta tienen una magnitud promedio de – 3.1 (rango de -2.6 a -5.0) que está en el rango de magnitud media , no existe ninguna interacción que presente una magnitud negativa alta o muy alta; esto refleja que la gran mayoría de las afectaciones son de extensión tipo puntual y su duración es de carácter temporal. En lo referente a la etapa de cierre y abandono, de las 8 interacciones negativas, 6 son negativas y 2 son positivas, igualmente presentan una magnitud en promedio de 3, que está en el rango de magnitud media. Esta caracterización nos muestra que implementando un plan de manejo ambiental que contenga medidas de control y mitigación apropiadas, la planta en sí no afectará ni alterará las condiciones ambientales de la zona. A continuación se resumen los resultados obtenidos en las matrices de valoración ambiental de los impactos ambientales generados, tanto los valores obtenidos por las actividades de la planta como para cada uno de los componentes ambientales afectados:

Tabla EV-8. Agregación de Impactos por Actividad del Proyecto

ETAPAS DEL PROYECTO

ACTIVIDADES AFECTACIONES NEGATIVAS

AFECTACIONES POSITIVAS

AGREGACION DE IMPACTOS

OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO

Recepción de material prima 6 1 -46.9

Funcionamiento del Caldero, molino, secador, empaque

8 1 -134.4

Sistema de tratamiento de aguas residuales

1 2 3.8

Mantenimiento preventivo de equipos y maquinarias

4 2 -17.5

Repotenciación y optimización de la planta

1 2 6.3

Limpieza y mantenimiento de la planta después de cada proceso de producción

5 2 -33.1

CIERRE Y ABANDONO

Cierre y abandono 6 2 -37.5

Con los resultados tabulados, vemos que la mayoría de las actividades de la Etapa de Operación y Mantenimiento tienen afectación negativa, siendo Funcionamiento del Caldero, molino, secador, empaque los que presentan valores más altos;.

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Tabla EV-9. Agregación De Impactos por Componentes Ambientales

COMPONENTE AMBIENTAL AFECTACIONES NEGATIVAS

AFECTACIONES POSITIVAS

AGREGACION DE IMPACTOS

COMPONENTE FISICO

SUELO Presencia de Hidrocarburos

5 0 -58.1

Presencia de Desechos Sólidos

6 0 -89.4

AGUA Calidad del Agua

5 2 -34.4

AIRE Incremento de Ruido

5 0 -64.4

Emisión de Gases

2 0 -43.8

Generación de olores

4 0 -76.3

Biótico Fauna Emigración de la fauna

1 1 -2.5

COMPONENTE SOCIO

ECONOMICO

Economía Generación de Empleo

0 5 108.1

Saneamiento Ambiental

Efectos sobre la salud

3 4 1.3

-200,0

-150,0

-100,0

-50,0

0,0

50,0

100,0

Imap

cto

s n

eg

ati

vo

s

I

mp

acto

s P

osit

ivo

s

Actividades de la operación de la planta

DEFINICIÓN DE IMPACTOS POSITIVOS Y NEGATIVOS DE LA OPERACIÓN DE LA PLANTA

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A continuación se describen los principales impactos ambientales identificados en las etapas de construcción, operación y mantenimiento del proyecto

Tabla EV-10. Impactos Ambientales identificados durante la construcción

ACTIVIDAD IMPACTOS AMBIENTALES IDENTIFICADOS

OPERACIÓN

Recepción de material prima

Para el ingreso de la materia prima a la planta, se requiere equipo motorizado, lo cual puede provocar pequeños derrames de hidrocarburos o liqueos de aceite o combustible

La recepción de atún generará cierta cantidad de desechos sólidos orgánicos que podrían contaminar el suelo y el agua; además podrían generar olores por la descomposición natural del atún.

Así mismo, la materia prima si bien, llega congelado a la planta, puede contener residuos de agua; además, el lavado del área de recepción generará agua residual con alta carga de materia orgánica

Generación de ruido por la maquinaria y equipos, lo cual puede provocar la emigración de la fauna de la zona.

Por otra parte, la operación de la planta generará fuentes de empleo como impacto positivo.

Operación y Funcionamiento del Caldero, Molino, secador y empaque del producto terminado

La planta utilizará ciertas cantidad de aceite de motor e hidrocarburos en general, lo que puede provocar pequeños derrames, ruido y emisión de gases que potencialmente podrían afectar al suelo, agua y a la atmósfera.

El proceso de producción genera desechos sólidos orgánicos y aguas residuales con contenido de materia orgánica, lo cual provoca además olores

Por otra parte, la operación de la planta generará fuentes de empleo como impacto positivo.

Sistema de tratamiento de aguas residuales

El agua de proceso será tratada y recirculada en la misma planta, razón por la cual la pérdida y/o descarga de agua con carga orgánica es mínima; sin embargo, se puede generar olores

La generación de agua puede afectar a la salud de las personas en caso de ser descargada directamente al ambiente.

Generación de puestos de trabajo temporales.

Mantenimiento preventivo de equipos y maquinaria

El mantenimiento de los equipos pueden generar residuos sólidos y aguas residuales en mínimas cantidades

Adicionalmente, el mantenimiento de los equipos puede generar niveles de ruido ambiente.

El mantenimiento regular de los equipos, según sus especificaciones disminuye la probabilidad de accidentes.

Repotenciación y optimización de la planta

La repotenciación de la planta genera desechos sólidos.

No obstante, los impactos de esta actividad son positivos ya que optimizan el proceso y generan empleo para la población local.

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Limpieza y mantenimiento de la planta después de cada proceso de producción

Después del proceso productivo o bajo un cronograma establecido se realizará la limpieza interna y externa de la planta, lo que generará desechos sólidos, aguas residuales orgánicas y otros.

Potencialmente se generar á ruido, emisiones y olores que pueden afectar al ambiente y la salud de las personas

Esta actividad asegura el buen funcionamiento de la planta y el mantenimiento de las medidas de seguridad.

14. VALORACIÓN ECONÓMICA DE IMPACTOS NEGATIVOS De acuerdo al anexo 4 de la guía general de la elaboración de Términos de Referencia para Estudios de Impacto Ambiental, que consta en el Acuerdo Ministerial 068, existen dos formas de realizar la evaluación económica ambiental de un proyecto: a través de la evaluación económica del daño ambiental o a través del método directo basado en los beneficios perdidos con la afectación de recursos naturales. La evaluación económica del daño a un recurso natural específico involucra el análisis de las implicaciones biofísicas y de las implicaciones sociales. Las implicaciones sociales se refieren a la pérdida de beneficios que se derivaban del recurso natural afectado y a los costos adicionales en que incurre la población debido a otras afecciones derivadas de la alteración del recurso natural, tales como los de tratamiento de la salud, la pérdida de ingresos asociadas al salario, entre otros. Además, en el caso de extracciones, es necesario cuantificar el valor asociado, para lo cual se requiere conocer o estimar el precio y la cantidad extraída del producto. De acuerdo a lo señalado, se aplicaría esta metodología en caso de que existiera daño a un recurso natural específico como flora, fauna, recurso hídrico u otro; sin embargo, con la repotenciación de la planta (operación) no se está afectando a un recurso natural que implique la pérdida de biodiversidad o de los beneficios para la población ya que únicamente se está moviendo la planta anterior a aproximadamente 8 0 m del sitio actual dentro de las mismas instalaciones de la industria, razón por la cual, no se afectan áreas aledañas. La otra metodología señalada en el anexo 4 es el Método directo basado en los beneficios perdidos con la afectación de recursos naturales. Para efectos de estimar el daño social debido a la alteración de recursos naturales por acciones humanas, se han hecho cuatro agrupaciones de beneficios perdidos y sus respectivos métodos propuestos para la estimación. Los grupos son: 1) Materias primas y productos de consumo final. 2) Protección y seguridad en el abastecimiento de bienes y servicios finales. 3) Protección a la salud. 4) Esparcimiento y desarrollo espiritual. De igual manera, esta metodología no es aplicable al proyecto, ya que con la implementación del proyecto no se están perdiendo materias primas o productos de consumo final, no se está atentando contra la protección y seguridad del flujo de recursos naturales, así como no se afecta a la protección de la salud al esparcimiento o al desarrollo espiritual de la población; por el contrario, se está optimizando la utilización de los subproductos de la pesca de atún.

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15. MARCO DE REFERENCIA LEGAL E INSTITUCIONAL 15.1 Marco Jurídico Las bases legales para la realización de la presente Estudio de Impacto Ambiental se encuentran definidas en el siguiente orden: 15.1.1 La Constitución de la República del Ecuador

La Constitución Política de la República del Ecuador, aprobada el 28 de septiembre del año 2008, establece regulaciones y obligaciones sobre el medio ambiente, que tienen aplicación al proyecto: La Carta Magna establece en el Titulo II, Capitulo segundo (Derechos del buen vivir), sección segunda (Ambiente Sano) lo siguiente: Título II: DERECHOS Capítulo II. Derechos del buen vivir Art. 12, Sección primera “Agua y alimentación”, indica que son deberes primordiales del Estado “El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida”.

Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsway. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. La nueva Constitución presenta un paso importante para la legislación ambiental del país porque profundiza el alcance del derecho de la naturaleza. Se establece además la acción de amparo, que aplicado al tema ambiental, se refiere al derecho que tiene toda persona para acudir ante los órganos de la Función Judicial y hacer cesar, evitar o remediar las consecuencias de un acto u omisión ilegítimos de cualquier autoridad pública que viole o pueda violar los derechos constitucionales ambientales o aquellos consagrados en un tratado o convenio internacional vigente y que de modo inminente amenace con causar un daño grave al ambiente. El recurso de amparo también puede ser presentado en contra de los particulares “cuando su conducta afecte grave y directamente un interés comunitario, colectivo o un derecho difuso” (Artículo 95 de la Constitución Política). Art. 15.- El estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberanía enérgica no se alcanzara en detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectara el derecho al agua. La Constitución además en la Sección Sexta del Capítulo 2 extiende el ámbito del actual Art. 30 “Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda

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adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica”; y en el Art. 31 “Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y sus espacios públicos,

bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el ejercicio pleno de la ciudadanía”. Capítulo VII. Derechos de la naturaleza En el Capítulo séptimo (Derechos de la Naturaleza) La Constitución hace otros importantes avances en materia de derecho ambiental constitucional al establecer: Art. 71.- “La naturaleza o Pacha mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene

derecho a que se respete íntegramente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema”. Art. 72.- “La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de Indemnizar a los individuos y colectivos que dependen de los ecosistemas naturales afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptaran las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas”. Art. 73.- El estado aplicara medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional. Art. 74.- Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir. Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado. En el Título III de las Garantías Constitucionales, Capítulo Primero, Art. 85 numeral 1 se dispone “las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad”. Art. 88.- Toda decisión estatal que pueda afectar al ambiente deberá contar previamente con los criterios de la comunidad para lo cual ésta será debidamente informada y garantizará su aplicación. En el Título III de las Garantías Constitucionales, Capítulo Primero, Art. 85 numeral 1 se dispone “las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se

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orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad”. En el Título V de la Organización Territorial del Estado, Capítulo cuarto, Régimen de Competencias, señala las obligaciones en el Art. 264 numeral 4 “Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley”. Título VI: DEL RÉGIMEN DEL BUEN VIVIR

Capítulo I. Inclusión y equidad Capitulo primero Sección Cuarta, Art. 375, “El Estado, en todos sus niveles de gobierno,

garantizará el derecho al hábitat y a la vivienda digna, para lo cual: numeral 6 Garantizará la dotación ininterrumpida de los servicios públicos de agua potable y electricidad a las escuelas y hospitales públicos”; El Art. 376 también señala que “las municipalidades podrán expropiar, reservar y controlar áreas para el desarrollo futuro, de acuerdo con la ley...” Art. 389.- El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a

los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad. El sistema nacional descentralizado de gestión de riesgo está compuesto por las unidades de gestión de riesgo de todas las instituciones públicas y privadas en los ámbitos local, regional y nacional. El Estado ejercerá la rectoría a través del organismo técnico establecido en la ley. Tendrá como funciones principales, entre otras: 1. Identificar los riesgos existentes y potenciales, internos y externos que afecten al territorio ecuatoriano. 2. Generar, democratizar el acceso y difundir información suficiente y oportuna para gestionar adecuadamente el riesgo. 3. Asegurar que todas las instituciones públicas y privadas incorporen obligatoriamente, y en forma transversal, la gestión de riesgo en su planificación y gestión. 4. Fortalecer en la ciudadanía y en las entidades públicas y privadas capacidades para identificar los riesgos inherentes a sus respectivos ámbitos de acción, informar sobre ellos, e incorporar acciones tendientes a reducirlos. 5. Articular las instituciones para que coordinen acciones a fin de prevenir y mitigar los riesgos, así como para enfrentarlos, recuperar y mejorar las condiciones anteriores a la ocurrencia de una emergencia o desastre. 6. Realizar y coordinar las acciones necesarias para reducir vulnerabilidades y prevenir, mitigar, atender y recuperar eventuales efectos negativos derivados de desastres o emergencias en el territorio nacional.

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7. Garantizar financiamiento suficiente y oportuno para el funcionamiento del Sistema, y coordinar la cooperación internacional dirigida a la gestión de riesgo. Art. 390.- Los riesgos se gestionarán bajo el principio de descentralización subsidiaria, que implicará la responsabilidad directa de las instituciones dentro de su ámbito geográfico. Cuando sus capacidades para la gestión del riesgo sean insuficientes, las instancias de mayor ámbito territorial y mayor capacidad técnica y financiera brindarán el apoyo necesario con respeto a su autoridad en el territorio y sin relevarlos de su responsabilidad. Capítulo VII. Biodiversidad y Recursos Naturales Sección Primera: Naturaleza y Medio Ambiente En el Título VII, Capítulo Segundo (Biodiversidad y Recursos Naturales), Sección Primera (Naturaleza y Ambiente). Art. 395.- La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales: 1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras. 2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales o jurídicas en el territorio nacional. 3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad que genere impactos ambientales. 4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza. Art. 396.- “El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas. La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas. Cada uno de los actores de los procesos de producción, distribución, comercialización y uso de bienes o servicios asumirá la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y reparar los daños que ha causado, y de mantener un sistema de control ambiental permanente. Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán imprescriptibles. Art. 397.- En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que

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produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones y con los procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad también recaerá sobre las servidoras o servidores responsables de realizar el control ambiental. Para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el Estado se compromete a: 1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, ejercer las acciones legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su interés directo, para obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental materia de litigio. La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado. 2. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación ambiental, de recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos naturales. 3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente. 4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los ecosistemas. El manejo y administración de las áreas naturales protegidas estará a cargo del Estado. 5. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales, basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad y solidaridad. Art. 398.- Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser

consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la actividad sometida a consulta. El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos. Si del referido proceso de consulta resulta una oposición mayoritaria de la comunidad respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto será adoptada por resolución debidamente motivada de la instancia administrativa superior correspondiente de acuerdo con la ley. Art. 399.- El ejercicio integral de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza. Como puede observarse, la Nueva Constitución Política vigente, establece la obligación del Estado de cumplir y de hacer cumplir la normativa existente para la preservación de los recursos naturales. Sección Segunda Biodiversidad Art. 400.- El Estado ejercerá la soberanía sobre la biodiversidad, cuya administración y gestión se realizará con responsabilidad intergeneracional. Se declara de interés

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público la conservación de la biodiversidad y todos sus componentes, en particular la biodiversidad agrícola y silvestre y el patrimonio genético del país. Sección Tercera: Patrimonio Cultural y Ecosistemas Art. 404.- El patrimonio natural del Ecuador único e invaluable comprende, entre otras,

las formaciones físicas, biológicas y geológicas cuyo valor desde el punto de vista ambiental, científico, cultural o paisajístico exige su protección, conservación, recuperación y promoción. Su gestión se sujetará a los principios y garantías consagrados en la Constitución y se llevará a cabo de acuerdo al ordenamiento territorial y una zonificación ecológica, de acuerdo con la ley. En la Sección Quinta sobre la protección del “Suelo” el Art. 409 señala “… En áreas afectadas por procesos de degradación y desertificación, el Estado desarrollará y estimulará proyectos de forestación, reforestación y revegetación que eviten el monocultivo y utilicen, de manera preferente, especies nativas y adaptadas a la zona…”; Sección Sexta: Agua Art. 411.- “El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua. La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo humano serán prioritarios en el uso y aprovechamiento del agua”. Art. 412.- “La autoridad a cargo de la gestión del agua será responsable de su

planificación, regulación y control. Esta autoridad cooperará y se coordinará con la que tenga a su cargo la gestión ambiental para garantizar el manejo del agua con un enfoque eco sistémico”. En la Sección Séptima “Biósfera, Ecología Urbana y Energías Alternativas”, una parte del Art. 415 señala que “...Los gobiernos autónomos descentralizados desarrollarán programas de uso racional del agua, y de reducción reciclaje y tratamiento adecuado de desechos sólidos y líquidos…”. 15.1.2 Codificación de la Ley de Gestión Ambiental.

La Codificación de la Ley de Gestión Ambiental es la norma marco, respecto a la política ambiental del Estado Ecuatoriano y todos los que ejecutan acciones relacionadas con el ambiente en general. Esta ley fue publicada en el Registro Oficial No. 245 de fecha 10 de Julio de 1999 y establece lo siguiente: “La presente ley establece los principios y directrices de política ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia”. Esta Ley determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación, límites permisibles, controles y sanciones en la gestión ambiental en el país, la misma que se orienta en los principios universales del Desarrollo Sustentable, contenidos en la Declaración de Río de Janeiro de 1992, sobre Medio Ambiente y Desarrollo, así como, en las políticas generales de desarrollo sustentable para la conservación del patrimonio natural. La Codificación de la Ley de Gestión Ambiental, publicada en el Registro Oficial Suplemento o. 418 del 10 de septiembre de 2004, previo a su actual status de

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codificada, la expedición de la Ley de Gestión Ambiental (D.L. No. 99-37: 22-07-99 R.O. No. 245: 30-O7-99) norma por primera vez la gestión ambiental del Estado, y da una nueva estructuración institucional; además, se establecen los principios y directrices de una política ambiental, determinando las obligaciones de los sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia. Respecto a la normatividad emitida por instituciones del sector público y del régimen seccional en los ámbitos de su competencia, éstas deben contemplar obligatoriamente las etapas de desarrollo de estudios técnicos sectoriales, económicos, de relaciones comunitarias, de capacidad institucional y consultas a organismos competentes e información a los sectores ciudadanos. Respecto a los Instrumentos de la Gestión Ambiental, la Ley señala como tales a la Planificación, los Sistemas de Cuentas Patrimoniales Ambientales, el Ordenamiento Territorial, el Plan Ambiental Ecuatoriano, la Evaluación de Impacto Ambiental y el Control Ambiental, la Participación Social, la Capacitación y Difusión Ambiental e Instrumentos de Aplicación de las Normas Ambientales. Respecto a la obligatoriedad de contar con Estudios Ambientales, la Ley determina que toda obra pública, privada o mixta y los proyectos de inversión públicos o privados, que puedan causar impactos ambientales, deben ser calificados previamente a su ejecución por los organismos descentralizados de control, de conformidad al Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el de precautelar, así como deben contar con una Licencia Ambiental otorgada por el Ministerio del Ambiente. La Ley establece la estructura básica y contenidos mínimos que deben tener los referidos estudios, teniendo el Estado la potestad de evaluar los mismos en cualquier momento. Con relación a la evaluación del cumplimiento de los Planes de Manejo Ambiental aprobados, éstos se realizan a través de la ejecución de auditorías ambientales. Respecto a los mecanismos de participación social, el gobierno nacional a través de un Decreto Ejecutivo N° 1040 establece las nuevas modalidades de participación ciudadana, como las consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector público y el privado, concediéndose acción popular para denunciar a quienes violen esta garantía, constituyendo el incumplimiento a estas normas causal de nulidad de los proyectos propuestos. La Ley analizada establece como instrumentos de aplicación de las normas ambientales a: parámetros de calidad ambiental, normas de efluentes y emisiones, normas técnicas de calidad de productos, régimen de permisos y licencias administrativas, evaluaciones de impacto ambiental, listados de productos contaminantes y nocivos para la salud humana y el medio ambiente, certificaciones de calidad ambiental de productos y servicios y otros que serán regulados en el respectivo reglamento. Posteriormente la Ley determina normas para el financiamiento de las actividades previstas en la misma, así como de la información y vigilancia ambiental; en estas últimas disposiciones se incluye una que tiene relevancia para la Constructora, pues establece que si en algún momento, ellos presumen que una de sus actividades puede eventualmente generar o está generando daños a un ecosistema, deben inmediatamente notificarlo a la Autoridad Ambiental a la que le corresponda, so pena de

ser sancionados con una multa severa. Para proteger los derechos ambientales sean individuales o colectivos, la Ley concede acción pública para denunciar la violación de las normas de medio ambiente, sin

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perjuicios de la acción de amparo constitucional. La Ley establece también que cualquier acción u omisión dañosa, que genera impactos negativos ambientales, es susceptible de demandas por daños y perjuicios, así como por el deterioro causado a la salud o al medio ambiente. La Ley analizada concluye su texto con disposiciones relativas a acciones administrativas a seguir, reformas a varios cuerpos legales conexos y un glosario de términos legales. Título I: Ámbito y principios de la Gestión Ambiental Art. 1.- La presente Ley establece los principios y directrices de política ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia. Art. 2.- La gestión ambiental se sujeta a los principios de solidaridad,

corresponsabilidad, cooperación, coordinación, reciclaje y reutilización de residuos, utilización de tecnologías alternativas ambientalmente sustentables y respecto a las culturas y prácticas tradicionales.

Título II. Del régimen institucional de la gestión ambiental Capítulo I. Del desarrollo sustentable

Art. 7 y 8.- Se establece como principio el desarrollo sustentable para la conservación del Patrimonio Natural y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales. Se dispone como autoridad ambiental nacional el Ministerio de Medio Ambiente que actúa como instancia rectora, coordinadora y reguladora del “Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental”. Esta institución reguladora debe, entre otras cosas, determinar las obras, proyectos e inversiones que requieran estudios de impacto ambiental aprobados. Capítulo IV. De la participación de las instituciones del estado Los diversos organismos estatales y entidades sectoriales intervienen de manera activa en la descentralización de la Gestión Ambiental, prueba de aquello es que el Ministerio del Ambiente asigna la responsabilidad de ejecución de los planes a todas las instituciones del Estado que tienen que ver con los asuntos ambientales. Actualmente son los Municipios los que están actuando en este ámbito con la expedición de Ordenanzas Ambientales. Con esta medida el Estado espera ampliar su ámbito de acción y mejorar su efectividad. Título III: Instrumentos de gestión ambiental

Capítulo II. De la evaluación de impacto ambiental y del control ambiental La Ley de Gestión Ambiental establece entre sus Artículos 19 al 24, la ejecución de Estudio de Impacto Ambiental Ex Post para proyectos que causaren impactos ambientales. Art. 19.- Las obras públicas privadas o mixtas, y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su

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ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio. Art. 20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo. Art. 21.- Los sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación del impacto ambiental; evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificación de los mismos, el Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia correspondiente. Art. 23.- La evaluación del impacto ambiental comprenderá:

a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente afectada; b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, vibraciones, olores, emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecución, y, c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el patrimonio histórico, escénico y cultural. Capítulo III. De los mecanismos de Participación Social Art. 28.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental, a través de los mecanismos que para el efecto establezca el Reglamento, entre los cuales se incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector público y el privado. Se concede acción popular para denunciar a quienes violen esta garantía, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal por denuncias o acusaciones temerarias o maliciosas. Art. 29.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada oportuna y

suficientemente sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que conforme al Reglamento de esta Ley, pueda producir impactos ambientales. Para ello podrá formular peticiones y deducir acciones de carácter individual o colectivo ante las autoridades competentes. Como complemento, respecto a los mecanismos de participación social, el gobierno nacional a través de un Decreto Ejecutivo N° 1040 establece las nuevas modalidades de participación ciudadana, como las consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector público y el privado, concediéndose acción popular para denunciar a quienes violen esta garantía, constituyendo el incumplimiento a estas normas causal de nulidad de los proyectos propuestos. Título VI: De la protección de los derechos ambientales Art. 41. Con el fin de proteger los derechos ambientales individuales o colectivos,

concédase acción pública a las personas naturales, jurídicas o grupo humano a denunciar la violación de las normas del medio ambiente, sin perjuicio de la acción de amparo constitucional previsto en La Constitución Política de la República.

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Capítulo I. De las acciones civiles Art. 43. Las personas naturales, jurídicas o grupos humanos vinculados por un interés común y afectado directamente por la acción u omisión dañosa podrán interponer ante el Juez competente, acciones por daños y perjuicios y por el deterioro causado a la salud o al medio ambiente incluyendo la biodiversidad con sus elementos constitutivos. Capítulo II. De las acciones administrativas y contencioso administrativas Art. 46.- Cuando los particulares, por acción u omisión incumplan las normas de protección ambiental, la autoridad competente adoptará las sanciones previstas en esta Ley, y las siguientes medidas administrativas: Exigirá la regularización de las autorizaciones, permisos estudios y evaluaciones; así como verificará el cumplimiento de las medidas adoptadas para mitigar y compensar daños ambientales, dentro del término de treinta días. 15.1.3 Ley Orgánica de Salud. Art. 1.- La presente Ley tiene como finalidad regular las acciones que permitan efectivizar el derecho universal a la salud consagrado en la Constitución Política de la República y la ley. Se rige por los principios de equidad, integralidad, solidaridad, universalidad, irrenunciabilidad, indivisibilidad, participación, pluralidad, calidad y eficiencia; con enfoque de derechos, intercultural, de género, generacional y bioético. CAPITULO III Derechos y deberes de las personas y del Estado en relación con la salud Art. 7.- Toda persona, sin discriminación por motivo alguno, tiene en relación a la salud, los siguientes derechos: a) Acceso universal, equitativo, permanente, oportuno y de calidad a todas las acciones y servicios de salud; f) Tener una historia clínica única redactada en términos precisos, comprensibles y completos; así como la confidencialidad respecto de la información en ella contenida y a que se le entregue su epicrisis; Art. 53.- Es obligación de los servicios de salud y otras instituciones y establecimientos públicos y privados, inmunizar a los trabajadores que se encuentren expuestos a riesgos prevenibles por vacunación, de conformidad con la normativa emitida por la autoridad sanitaria nacional. LIBRO II Salud y seguridad ambiental Disposición común Art. 95.- La autoridad sanitaria nacional en coordinación con el Ministerio de Ambiente, establecerá las normas básicas para la preservación del ambiente en materias relacionadas con la salud humana, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales, entidades públicas, privadas y comunitarias. El Estado a través de los organismos competentes y el sector privado está obligado a proporcionar a la población, información adecuada y veraz respecto del impacto ambiental y sus consecuencias para la salud individual y colectiva.

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Art. 103.- Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas servidas y residuales, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el reglamento correspondiente, en ríos, mares, canales, quebradas, lagunas, lagos y otros sitios similares. Se prohíbe también su uso en la cría de animales o actividades agropecuarias. Art. 118.- Los empleadores protegerán la salud de sus trabajadores, dotándoles de información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes seguros de trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y aparición de enfermedades laborales. Art. 119.- Los empleadores tienen la obligación de notificar a las autoridades competentes, los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, sin perjuicio de las acciones que adopten tanto el Ministerio del Trabajo y Empleo como el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. 15.1.4 Codificación de la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. Codificación 20 del 10 de septiembre de 2004, R.O 418. En 1999 mediante la promulgación de la LGA se reformó íntegramente el marco institucional de la LPCCA que establecía un régimen de gestión ambiental a través del Comité Interinstitucional de Protección del Ambiente actualmente reemplazado por los esquemas administrativos creados por la LGA. Las disposiciones que se mantienen en la LPCCA son las siguientes: Art. 11.- Para los efectos de esta Ley, serán consideradas como fuentes potenciales de contaminación, las substancias radioactivas y los desechos sólidos, líquidos o gaseosos de procedencia industrial, agropecuaria, municipal o doméstica. Art. 12.- Los Ministerios de Agricultura y Ganadería y del Ambiente, cada uno en el área de su competencia, limitarán, regularán o prohibirán el empleo de substancias, tales como plaguicidas, herbicidas, fertilizantes, defoliadores, detergentes, materiales radioactivos y otros, cuyo uso pueda causar contaminación. Art. 15.- El Ministerio del Ambiente regulará la disposición de los desechos provenientes de productos industriales que, por su naturaleza, no sean biodegradables, tales como plásticos, vidrios, aluminio y otros. Capítulo VI DE LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS Art. 16.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna, a la flora y a las propiedades. Art. 17.- El Instituto Ecuatoriano de Recursos Hidráulicos (INERHI) , en coordinación con los Ministerios de Salud y Defensa, según el caso, elaborarán los proyectos de normas técnicas y de las regulaciones para autorizar las descargas de líquidos residuales, de acuerdo con la calidad de agua que deba tener el cuerpo receptor.

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15.1.5 Ley Orgánica de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial.

Art 49. El transporte terrestre de mercancías peligrosas tales como productos o sustancias químicas, desechos u objetos que por sus características peligrosas: corrosivas, reactivas, explosiva, tóxicas, inflamables, biológicas, infecciosas y radiactivas, que pueden generar riesgos que afectan a la salud de las personas expuestas, o causen daños a la propiedad y al ambiente, se regirá a lo establecido en las leyes pertinentes y a lo dispuesto en el Reglamento de esta ley y en los reglamentos específicos y los instrumentos internacionales vigentes. 15.1.6 Ley de aguas Según el Art. 3 del Decreto Ejecutivo No. 2224, publicado en Registro Oficial Suplemento 558 del 28 de Octubre de 1994 el ente administrativo ejecutor de las disposiciones de la Ley de Aguas, el Instituto Ecuatoriano de Recursos Hídricos (INERHI) fue reemplazado por el Consejo Nacional de Recursos Hídricos (CNRH) correspondiéndole a este último en general, las funciones que la Ley de Aguas, la Ley de Creación del INERHI y la Ley de Desarrollo Agrario asignaban al INERHI. Se exceptúan aquellas funciones que se relacionan con conservación ambiental, control de la contaminación de los recursos hídricos y la construcción, mantenimiento y manejo de obras de infraestructura, que en este Decreto se atribuyen a las corporaciones regionales de desarrollo. Título I Disposiciones Fundamentales Art. 1.- Las disposiciones de la presente Ley regulan el aprovechamiento de las aguas marítimas, superficiales, subterráneas y atmosféricas del territorio nacional, en todos sus estados físicos y formas. Art. 2.- Las aguas de ríos, lagos, lagunas, manantiales que nacen y mueren en una misma heredad, nevados, caídas naturales y otras fuentes, y las subterráneas, afloradas o no, son bienes nacionales de uso público, están fuera del comercio y su dominio es inalienable e imprescriptible; no son susceptibles de posesión, accesión o cualquier otro modo de apropiación. No hay ni se reconoce derechos de dominio adquiridos sobre ellas y los preexistentes sólo se limitan a su uso en cuanto sea eficiente y de acuerdo con esta Ley. Art. 13.- Para el aprovechamiento de los recursos hidrológicos, corresponde al Consejo Nacional de Recursos Hídricos: a) Planificar su mejor utilización y desarrollo; b) Realizar evaluaciones e inventarios; c) Delimitar las zonas de protección; d) Declarar estados de emergencia y arbitrar medidas necesarias para proteger las aguas; y e) Propender a la protección y desarrollo de las cuencas hidrográficas Título II De la Conservación y Contaminación de Las Aguas Art. 20.- A fin de lograr las mejores disponibilidades de las aguas, el Consejo Nacional de Recursos Hídricos, prevendrá, en lo posible, la disminución de ellas, protegiendo y desarrollando las cuencas hidrográficas y efectuando el estudio de investigación correspondiente. Las concesiones y planes de manejo de las fuentes y cuencas hídricas deben contemplar los aspectos culturales relacionados a ellas, de las poblaciones indígenas y locales.

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Art. 21.- El usuario de un derecho de aprovechamiento, utilizará las aguas con la mayor eficiencia y economía, debiendo contribuir a la conservación y mantenimiento de las obras e instalaciones de que dispone para su ejercicio. Art. 22.-Prohíbese toda contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o al desarrollo de la flora o de la fauna. El Consejo Nacional de Recursos Hídricos, en colaboración con el Ministerio de Salud Pública y las demás entidades estatales, aplicará la política que permita el cumplimiento de esta disposición. Se concede acción popular para denunciar los hechos que se relacionan con contaminación de agua. La denuncia se presentará a la Defensoría del Pueblo. Título IV. De los usos de agua y prelación Art. 35.- Condiciones para el aprovechamiento de aguas.- Los aprovechamientos de aguas están supeditados a la existencia del recurso, a las necesidades de las poblaciones, del fundo o industria y a las prioridades señaladas en esta ley. Art. 36.- Preferencias para las concesiones.- Las concesiones del derecho de aprovechamiento de aguas se efectuarán de acuerdo al siguiente orden de preferencia: a) Para el abastecimiento de poblaciones, para necesidades domésticas y abrevadero de animales; b) Para agricultura y ganadería; c) Para usos energéticos, industriales y mineros; y, d) Para otros usos. En casos de emergencia social y mientras dure ésta, el Consejo Nacional de Recursos Hídricos podrá variar el orden antes mencionado, con excepción del señalado en el literal a). Título XVII. De las infracciones y penas

Art. 79.- Multa.- Quien infrinja las disposiciones de esta ley, o de sus reglamentos, será sancionado con una multa, según la gravedad y circunstancias de la infracción, y no mayor del 100% del beneficio obtenido por este medio ilícito o del 100% del perjuicio que hubiera ocasionado. La reincidencia será sancionada además con la suspensión temporal del uso de las aguas. 15.1.7 Ley Reformatoria al Código Penal, Registro Oficial Nº 2 del 25 de enero del 2000

En esta ley se tipifican los delitos contra el Patrimonio Cultural, contra el Medio Ambiente y las Contravenciones Ambientales, además de sus respectivas sanciones, todo ello en la forma de varios artículos que se incluyen en el Libro II del Código Penal, entre ellas: Art. 437 B. “El que infringiera las normas sobre protección ambiental, vertiendo residuos de cualquier naturaleza, por encima de los límites fijados de conformidad con la ley, si tal acción causare o pudiese causar perjuicio o alteraciones a la flora, la fauna, el

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potencial genético, los recursos hidrobiológicos o la biodiversidad, será reprimido con prisión de uno a tres años, si el hecho no constituyera un delito más severamente reprimido. Art. 437 K. “Además otorga potestad al sistema judicial para ordenar, como medida cautelar, la suspensión inmediata de la actividad contaminante, así como la clausura definitiva o temporal del establecimiento, sin perjuicio de lo que pueda ordenar la autoridad competente en materia ambiental” 15.1.8 Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria (TULAS).

Establece de forma general las características del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA), los lineamientos para la realización de Estudios Ambientales y las Normas de Calidad Ambiental. En consecuencia se deben cumplir los siguientes artículos aplicables en el TULAS para las actividades florícolas. Art. 18.- Revisión, aprobación y licenciamiento ambiental.- El promotor de una actividad o proyecto presentará el estudio de impacto ambiental ante la autoridad ambiental de aplicación responsable (AAAr) a fin de iniciar el procedimiento de revisión, aprobación y licenciamiento por parte de la referida autoridad, luego de haber cumplido con los requisitos de participación ciudadana sobre el borrador de dicho estudio de conformidad con lo establecido en el artículo 20, literal b) de este reglamento. La AAAr a su vez y de conformidad con lo establecido en el título I del presente reglamento, coordinará la participación de las instituciones cooperantes (AAAc) en el proceso. La revisión del estudio se efectuará a través de un equipo multidisciplinario que pueda responder técnicamente y a través de sus perfiles profesionales y/o experiencia a las exigencias múltiples que representan los estudios de impacto ambiental y aplicando un sistema de calificación para garantizar la objetividad de la revisión. La revisión del estudio se documentará en el correspondiente informe técnico. El licenciamiento ambiental comprenderá, entre otras condiciones, el establecimiento de una cobertura de riesgo ambiental, seguro de responsabilidad civil u otros instrumentos que establezca y/o califique la autoridad ambiental de aplicación, como adecuado para enfrentar posibles incumplimientos del plan de manejo ambiental o contingencias, de conformidad con la guía técnica específica que expedirá la autoridad ambiental nacional, luego de los respectivos estudios técnicos. Art. 19.- Seguimiento ambiental.- El Seguimiento Ambiental de una actividad o proyecto propuesto tiene por objeto asegurar que las variables ambientales relevantes y el cumplimiento de los planes de manejo contenidos en el estudio de impacto ambiental, evolucionen según lo establecido en la documentación que forma parte de dicho estudio y de la licencia ambiental. Además, el seguimiento ambiental de las actividad o proyecto propuesto proporciona información para analizar la efectividad del sub-sistema de evaluación del impacto ambiental y de las políticas ambientales preventivas, garantizando su mejoramiento continuo. El Seguimiento Ambiental puede consistir de varios mecanismos:

a) Monitoreo interno (automonitoreo, self-monitoring): Seguimiento sistemático y permanente mediante registros continuos, observaciones visuales, recolección, análisis y evaluación de muestras de los recursos, así como por evaluación de

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todos los datos obtenidos, para la determinación de los parámetros de calidad y/o alteraciones en los medios físico, biótico y/o socio-cultural. Para efectos del presente Reglamento, el término monitoreo se refiere a las actividades de seguimiento ambiental realizadas por el promotor de la actividad o proyecto (monitoreo interno) en base de su respectivo plan de manejo ambiental, de conformidad con el artículo 17, literal f) de este reglamento. El promotor de la actividad o proyecto propuesto preparará y enviará a la autoridad ambiental de aplicación correspondiente los informes y resultados del cumplimiento del plan de manejo ambiental y demás compromisos adquiridos conforme la licencia ambiental, con la periodicidad y detalle establecidos en ella y con especial énfasis en la eficiencia de las medidas de mitigación constantes en el plan de manejo ambiental.

b) Control ambiental: Proceso técnico de carácter fiscalizador concurrente, realizado por la autoridad ambiental de aplicación o por terceros contratados para el efecto y tendiente al levantamiento de datos complementarios al monitoreo interno del promotor de una actividad o proyecto; implica la supervisión y el control del cumplimiento del plan de manejo ambiental de toda actividad o proyecto propuesto durante su implementación y ejecución, incluyendo los compromisos establecidos en la licencia ambiental.

c) Auditoría ambiental: Proceso técnico de carácter fiscalizador, posterior, realizado generalmente por un tercero independiente y en función de los respectivos términos de referencia, en los cuales se determina el tipo de auditoría (de cumplimiento y/o de gestión ambiental), el alcance y el marco documental que sirve de referencia para dicha auditoría.

d) Vigilancia comunitaria: Actividades de seguimiento y observación que realiza la sociedad en general sobre actividades y proyectos determinados, por los cuales puedan ser afectados directa o indirectamente, y para velar sobre la preservación de la calidad ambiental.

e) Los detalles del seguimiento Ambiental serán normados por la Autoridad Ambiental Nacional

Art. 23.- Términos de referencia.- Los términos de referencia para la realización de un estudio de impacto ambiental serán preparados inicialmente por el promotor de la actividad o proyecto para la revisión y aprobación de la autoridad ambiental de aplicación responsable, previo a la incorporación de los criterios de la comunidad, de acuerdo al artículo 20 de este reglamento. La AAAr podrá modificar el alcance y la focalización de los términos de referencia previo a su aprobación que se emitirá dentro del término de 15 días, modificaciones que obligatoriamente deben ser atendidos por el promotor en la realización de su estudio de impacto ambiental. Art. 24.- Realización de un estudio de impacto ambiental.- El estudio de impacto ambiental se realizará bajo responsabilidad del promotor y conforme al artículo 17 de este reglamento y las regulaciones específicas del correspondiente sub-sistema de evaluación de impactos ambientales sectorial o seccional acreditado. Art. 25.- Revisión de un estudio de impacto ambiental.- La revisión de un estudio de impacto ambiental comprende la participación ciudadana sobre el borrador final del estudio de impacto ambiental, así como la revisión por parte de la AAAr en coordinación con las AAAc a fin de preparar las bases técnicas para la correspondiente decisión y licenciamiento. a) Revisión.- La decisión de la autoridad ambiental de aplicación responsable, que

constituye la base para el respectivo licenciamiento, puede consistir en:

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a.1) observaciones al estudio presentado a fin de completar, ampliar o corregir la información;

a.2) un pronunciamiento favorable que motiva la emisión de la respectiva licencia ambiental; o,

a.3) un pronunciamiento desfavorable que motiva el rechazo del respectivo estudio de impacto ambiental y en consecuencia la inejecutabilidad de la actividad o proyecto propuesto hasta la obtención de la respectiva licencia ambiental mediante un nuevo estudio de impacto ambiental.

Tanto en la etapa de observaciones como en el pronunciamiento favorable o desfavorable, la autoridad ambiental de aplicación podrá solicitar:

i. modificación de la actividad o proyecto propuesto, incluyendo las correspondientes alternativas;

ii. incorporación de alternativas no previstas inicialmente en el estudio, siempre y cuando éstas no cambien sustancialmente la naturaleza y/o el dimensionamiento de la actividad o proyecto propuesto;

iii. realización de correcciones a la información presentada en el estudio; iv. realización de análisis complementarios o nuevos; o, v. explicación por qué no se requieren modificaciones en el estudio a pesar de

comentarios u observaciones específicos. b) Aprobación.- Si la autoridad ambiental de aplicación responsable considerase que el

estudio de impacto ambiental presentado satisface las exigencias y cumple con los requerimientos previstos en su sub-sistema de evaluación ambiental acreditado, lo aprobará. Si el estudio fuese observado, la autoridad ambiental de aplicación deberá fijar las condiciones requisitos que el promotor deberá cumplir, en un término de 30 días, contados a partir de la fecha de presentación del mencionado estudio.

c) Resolución y Licenciamiento. AAAr notificará la aprobación del estudio de impacto ambiental al promotor, mediante la emisión de una resolución que contendrá: C.1) La identificación de los elementos, documentos, facultades legales y

reglamentarias que se tuvieron a la vista para resolver; C.2) Las consideraciones técnicas u otras en que se fundamenta la resolución; C.3) La opinión fundada de la autoridad ambiental de aplicación, y los informes

emitidos durante el proceso, de otros organismos con competencia ambiental; C.4) Las consideraciones sobre el proceso de participación ciudadana, conforme a

los requisitos mínimos establecidos en este Reglamento y en el respectivo sub-sistema de evaluación de impactos ambientales de la autoridad ambiental de aplicación;

C.5.) La calificación del estudio, aprobándolo y disponiendo se emita el correspondiente certificado de licenciamiento.

La licencia ambiental contendrá entre otros: el señalamiento de todos y cada uno de los demás requisitos, condiciones y obligaciones aplicables para la ejecución de la actividad o proyecto propuesto, incluyendo una referencia al cumplimiento obligatorio del plan de manejo ambiental así como el establecimiento de una cobertura de riesgo ambiental, o seguro de responsabilidad civil u otros instrumentos que establezca y/o califique la autoridad ambiental de aplicación como adecuado para enfrentar posibles incumplimientos del plan de manejo ambiental o contingencias relacionadas con la ejecución de la actividad o proyecto licenciado.

En el caso de que la autoridad ambiental de aplicación determine que el estudio de impacto ambiental no satisface las exigencias y requerimientos mínimos previstos en su sub-sistema de evaluación ambiental acreditado procederá a calificarlo desfavorablemente y, acto seguido, comunicará esta decisión al promotor, mediante la resolución correspondiente.

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Si un estudio de impacto ambiental ha sido calificado desfavorablemente y rechazado, de acuerdo a lo establecido en el inciso precedente, el promotor podrá impugnar esta decisión ante la autoridad ambiental de aplicación responsable de conformidad con el 26 de este reglamento, sin perjuicio de las acciones contenciosas a que considere con derecho. El promotor podrá presentar, cuantas veces estime conveniente, nuevos estudios de impacto ambiental que satisfagan todas las condiciones técnicas y legales, del sub-sistema de evaluación de impacto ambiental acreditado de la autoridad ambiental de aplicación haciendo referencia a las observaciones que dieron lugar a la resolución desfavorable del estudio de impacto ambiental y la denegación de la licencia ambiental. Art. 29.- Registro de fichas y licencias ambientales.- La autoridad ambiental nacional llevará un registro nacional de las fichas y licencias ambientales otorgadas por las autoridades ambientales de aplicación de conformidad con el presente reglamento. Para el efecto, las autoridades ambientales de aplicación remitirán dicha información a la autoridad ambiental nacional, conforme al formato que ésta determine, hasta dentro del término de 15 días después de emitida la correspondiente resolución. Este registro será público y cualquier persona podrá, bajo su costo, acceder a la información contenida en cualquiera de los estudios técnicos que sirvieron de base para la expedición de la licencia ambiental. Art.58.- Estudio de Impacto Ambiental.- Toda obra, actividad o proyecto nuevo o ampliaciones o modificaciones de los existentes, emprendidos por cualquier persona natural o jurídica, públicas o privadas, y que pueden potencialmente causar contaminación, deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental, que incluirá un plan de manejo ambiental, de acuerdo a lo establecido en el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA). El EIA deberá demostrar que la actividad estará en cumplimiento con el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas, previa a la construcción y a la puesta en funcionamiento del proyecto o inicio de la actividad. Art. 59.- Plan de Manejo Ambiental.- El plan de manejo ambiental incluirá entre otros un programa de monitoreo y seguimiento que ejecutará el regulado, el programa establecerá los aspectos ambientales, impactos y parámetros de la organización, a ser monitoreados, la periodicidad de estos monitoreos, la frecuencia con que debe reportarse los resultados a la entidad ambiental de control. El plan de manejo ambiental y sus actualizaciones aprobadas tendrán el mismo efecto legal para la actividad que las normas técnicas dictadas bajo el amparo del presente Libro VI De la Calidad Ambiental. Art. 63.- Actividades con Impacto Ambiental Acumulativo.- Las entidades

ambientales de control deberán evaluar los impactos ambientales acumulativos que puedan producir actividades o fuentes no significativas, para lo cual deberán elaborar estudios o monitoreos de calidad de un recurso. Las actividades no reguladas debido a que su impacto ambiental de manera individual no es fácilmente advertible pero que en conjunto o en combinación con otras fuentes o actividades, contribuye a crear un impacto ambiental significativo en el tiempo o en el espacio pudiendo deteriorar la calidad ambiental, serán consideradas significativas y por tanto pasarán a ser actividades reguladas. Art. 65.- Acciones Administrativas.- Cuando el regulado no estuviere de acuerdo con las resoluciones de los entes reguladores, podrán presentar los recursos de reposición o revisión, según corresponda.

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Art. 66.- Modificaciones al Plan de Manejo.- De existir razones técnicas suficientes, la entidad ambiental de control podrá requerir al regulado, en cualquier momento, que efectué alcances, modificaciones o actualizaciones al plan de manejo ambiental aprobado. Art. 70.- Daños y Perjuicios por Infracciones Ambientales.- La aprobación de planes

de manejo ambiental y otros estudios ambientales no será utilizada como prueba de descargo en incidentes o accidentes de contaminación ambiental atribuibles a cualquier actividad, proyecto u obra. Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que representen a dichas actividades serán responsables por el pago de los daños y perjuicios y sanciones a que haya lugar. Si mediante una verificación o inspección realizada por la entidad ambiental de control o a través de una denuncia fundamentada técnica y legalmente, de acuerdo a lo establecido en el Art. 42 de la Ley de Gestión Ambiental, se conociese de la ocurrencia de un incidente o situación que constituya una infracción flagrante al presente Texto Unificado de Legislación Secundaria Ambiental, o regulaciones ambientales vigentes en el país, mientras se investiga y sanciona el hecho, la actividad, proyecto u obra deberán suspenderse. Art. 72.- Muestreo.- En la toma de muestras se observarán además de las disposiciones establecidas en el plan de manejo ambiental del regulado (programa de monitoreo) las disposiciones sobre: a) Tipo y frecuencia de muestreo; b) Procedimientos o Métodos de muestreo; c) Tipos de envases y procedimientos de preservación para la muestra de acuerdo a

los parámetros a analizar ex situ, que deberán hacerse en base a las normas técnicas ecuatorianas o en su defecto a normas o estándares aceptados en el ámbito internacional, debiendo existir un protocolo de custodia de las muestras.

Art. 74.- Muestras y Parámetros In-Situ.- Para la toma de muestras y la determinación de parámetros in situ de las descargas, emisiones y vertidos, el regulado deberá disponer de sitios adecuados para muestreo y aforo de los mismos y proporcionará todas las facilidades y datos de utilización de materia prima, productos químicos y producción, para que el personal técnico encargado del control, pueda efectuar su trabajo conforme a lo establecido en las normas técnicas ambientales. En toda caracterización de descargas, emisiones o vertidos deberá constar las respectivas condiciones de operación bajo las cuales fueron tomadas las muestras. Art. 77.- Inspección de Instalaciones del Regulado.- Las instalaciones de los regulados podrán ser visitadas en cualquier momento por parte de funcionarios de la entidad ambiental de control o quienes la representen, a fin de tomar muestras de sus emisiones, descargas o vertidos e inspeccionar la infraestructura de control o prevención existente. El regulado debe garantizar una coordinación interna para atender a las demandas de la entidad ambiental de control en cualquier horario. Art. 78.- Determinación de Parámetros de Medición.- En el proceso de aprobación de los estudios ambientales, la entidad ambiental de control deberá determinar los parámetros a medir, la frecuencia y métodos de muestreo y análisis para caracterizar las emisiones, descargas y vertidos a fin de que el regulado reporte los resultados a la Autoridad. Art. 79.- Información de Resultados de Muestreo.- Cuando la respectiva entidad ambiental de control realice un muestreo para control de una emisión, descarga o vertido, deberá informar sobre los resultados obtenidos al regulado respectivo,

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conjuntamente con las observaciones técnicas que hayan a lugar. Durante la toma de muestra deberá estar presente un representante del regulado o en su defecto un fedatario designado para este fin. El protocolo de custodia de las muestras deberá estar avalado por las partes y se empleará un laboratorio acreditado para el análisis. Art. 82.- Reporte de Descargas, Emisiones y Vertidos.- Solamente una vez

reportadas las descargas, emisiones y vertidos, se podrá obtener el permiso de la entidad ambiental de control, para efectuar éstas en el siguiente año. Art. 83.- Plan de Manejo y Auditoría Ambiental de Cumplimiento.- El regulado

deberá contar con un plan de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control y realizará a sus actividades, auditorías ambientales de cumplimiento con las normativas ambientales vigentes y con su plan de manejo ambiental acorde a lo establecido en el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas ambientales. Art. 84.- Responsabilidad por Descargas, Emisiones y Vertidos.- Las organizaciones que recolecten o transporten desechos peligrosos o especiales, brinden tratamiento a las emisiones, descargas, vertidos o realicen la disposición final de desechos provenientes de terceros, deberán cumplir con el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas. Así mismo, deberán obtener las autorizaciones administrativas ambientales correspondientes de parte de la entidad ambiental de control. El productor o generador de descargas, emisiones o vertidos, no queda exento de la presente disposición, y deberá responder conjunta y solidariamente con las organizaciones que efectúen para él las acciones referidas en este artículo. La responsabilidad es solidaria e irrenunciable. Art. 85.- Responsabilidad por Sustancias Peligrosas.- Aquellas actividades que

almacenen, procesen o transporten sustancias peligrosas, para terceros deberán cumplir con el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas. El propietario de las sustancias peligrosas, no queda exento de la presente disposición, y deberá responder conjunta y solidariamente con las organizaciones que efectúen para él las acciones referidas en este artículo. La responsabilidad es solidaria e irrenunciable. Art. 86.- Emisiones o Descargas Accidentales.- Los regulados cuyas emisiones o

descargas sean tratadas en una planta o sistema de tratamiento que atiende a más de una fuente, están obligados a dar aviso inmediato a la entidad encargada de la operación de la planta y a la entidad ambiental de control, cuando con una descarga o emisión ocasional, incidental o accidental originada por causas de fuerza mayor o casos fortuitos puedan perjudicar a su operación. Para tales efectos, deberán contar con un Plan de Contingencias, aprobado por la entidad ambiental de control, que establezca, entre otros, los mecanismos de coordinación y cooperación interinstitucional para controlar cualquier tipo de emergencia. Art. 87.- Información de Situaciones de Emergencia.- El regulado está obligado a informar a la entidad ambiental de control cuando se presenten situaciones de emergencia, accidentes o incidentes por razones de fuerza mayor que puedan generar cambios sustanciales de sus descargas, vertidos o emisiones, con referencia a aquellas autorizadas por la entidad ambiental de control. Así, reportará de manera inmediata, en un plazo no mayor a 24 horas, las siguientes situaciones: a) Necesidad de parar en forma parcial o total un sistema de tratamiento, para un

mantenimiento que dure más de veinticuatro (24) horas;

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b) Fallas en los sistemas de tratamiento de las emisiones, descargas o vertidos cuya reparación requiera más de veinticuatro (24) horas;

c) Emergencias, incidentes o accidentes que impliquen cambios sustanciales en la calidad, cantidad o nivel de la descarga, vertido o emisión; y,

d) Cuando las emisiones, descargas o vertidos contengan cantidades o concentraciones de sustancias consideradas peligrosas

Art. 88.- Situaciones de Emergencia.- Cuando en el ambiente se produzcan descargas, vertidos o emisiones accidentales o incidentales, inclusive aquellas de fuerza mayor o caso fortuito, la entidad ambiental de control exigirá que el regulado causante realice las acciones pertinentes para controlar, remediar y compensar a los afectados por los daños que tales situaciones hayan ocasionado y evaluará el funcionamiento del plan de contingencias aprobado. Sin perjuicio de las sanciones administrativas o las acciones civiles y penales a que haya lugar. Art. 89.- Prueba de Planes de Contingencia.- Los planes de contingencias deberán ser implementados, mantenidos, y probados periódicamente a través de simulacros. Los simulacros deberán ser documentados y sus registros estarán disponibles para la entidad ambiental de control. La falta de registros constituirá prueba de incumplimiento de la presente disposición. Art. 90.- Modificaciones al Plan de Manejo Ambiental.- Cuando se presenten

modificaciones sustanciales de las condiciones bajo las cuales se aprobó el Plan de Manejo Ambiental y por tanto del plan de monitoreo, de tal manera que produzca variaciones en la información suministrada, el regulado deberá informar por escrito a la entidad correspondiente. La entidad ambiental de control decidirá la acción que el regulado deberá efectuar, la que deberá estar acorde con los cambios ocurridos. Entre las acciones que el regulado deberá efectuar se citan las siguientes: a) Modificación del plan de monitoreo y seguimiento de los aspectos ambientales

significativos de la organización, b) Actualización del plan de manejo ambiental, o c) Ejecución inmediata de una AA. Art. 92.- Permiso de Descargas y Emisiones.- El permiso de descargas, emisiones y

vertidos es el instrumento administrativo que faculta a la actividad del regulado a realizar sus descargas al ambiente, siempre que éstas se encuentren dentro de los parámetros establecidos en las normas técnicas ambientales nacionales o las que se dictaren en el cantón y provincia en el que se encuentran esas actividades. Art. 98.- Reporte Anual.- El regulado que origine descargas, emisiones o vertidos hacia el ambiente, incluyendo hacia sistemas de alcantarillado, deberá reportar por lo menos una vez al año las mismas ante la entidad que expide el permiso de descargas, emisiones y vertidos, para obtener las autorizaciones administrativas ambientales correspondientes. Las actividades nuevas efectuarán el reporte inicial de sus emisiones, descargas y vertidos en conjunto con la primera AA de cumplimiento con las normativas ambientales vigentes y su plan de manejo ambiental que debe realizar el regulado un año después de entrar en operación. Art. 123.- Reporte.- La información derivada del monitoreo ambiental deberá ser

reportada por el regulado a la entidad ambiental de control.

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15.1.9 Decreto Ejecutivo 1040. Registro Oficial 332 (Reglamento de aplicación de los mecanismos de participación social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental) Art. 3.- OBJETO: El objeto principal de este Reglamento es contribuir a garantizar el respeto al derecho colectivo de todo habitante a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación. Art. 4.- FINES: Este Reglamento tiene como principales fines los siguientes:

a) Precisar los mecanismos determinados en la Ley de Gestión Ambiental a ser utilizados en los procedimientos de participación social;

b) Permitir a la autoridad pública conocer los criterios de la comunidad en relación a una actividad o proyecto que genere impacto ambiental;

c) Contar con los criterios de la comunidad, como base de la gobernabilidad y desarrollo de la gestión ambiental; y,

d) Transparentar las actuaciones y actividades que puedan afectar al ambiente, asegurando a la comunidad el acceso a la información disponible.

Art. 8.- MECANISMOS: Sin perjuicio de otros mecanismos establecidos en la Constitución Política y en la Ley, se reconocen como mecanismos de participación social en la gestión ambiental, los siguientes:

a) Audiencias, presentaciones públicas, reuniones informativas, asambleas, mesas ampliadas y foros públicos de diálogo;

b) Talleres de información, capacitación y socialización ambiental; c) Campañas de difusión y sensibilización ambiental a través de los medios de

comunicación; d) Comisiones ciudadanas asesoras y de veedurías de la gestión ambiental; e) Participación a través de las entidades sociales y territoriales reconocidas por la

Ley Especial de Descentralización y Participación Social, y en especial mediante los mecanismos previstos en la Ley Orgánica de las Juntas Parroquiales;

f) Todos los medios que permitan el acceso de la comunidad a la información disponible sobre actividades, obras, proyectos que puedan afectar al ambiente;

g) Mecanismos de información pública; h) Reparto de documentación informativa sobre el proyecto; i) Página web; j) Centro de información pública; y, Los demás mecanismos que se establezcan

para el efecto Art. 9.- ALCANCE DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL: La participación social es un elemento transversal y trascendental de la gestión ambiental. En consecuencia, se integrará principalmente durante las fases de toda actividad o proyecto propuesto, especialmente las relacionadas con la revisión y evaluación de impacto ambiental. La participación social en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar la condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases.

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La participación social en la gestión ambiental se rige por los principios de legitimidad y representatividad y se define como un esfuerzo tripartito entre los siguientes actores:

a) Las instituciones del Estado; b) La ciudadanía; y, c) El promotor interesado en realizar una actividad o proyecto.

La información a proporcionarse a la comunidad del área de influencia en función de las características socio-culturales deberá responder a criterios tales como: lenguaje sencillo y didáctico, información completa y veraz, en lengua nativa, de ser el caso; y procurará un alto nivel de participación. Art. 13.- DEL FINANCIAMIENTO: El costo del desarrollo de los mecanismos de participación social será cubierto por la autoridad ambiental de aplicación responsable que deba aprobar el estudio de impacto ambiental de un proyecto o actividad que pueda generar impactos ambientales. Dichos costos serán retribuidos por el promotor del proyecto o actividad a la autoridad ambiental de aplicación, en la forma prevista en la Ley de Modernización. Art. 15.- SUJETOS DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL: Sin perjuicio del derecho colectivo que garantiza a todo habitante la intervención en cualquier procedimiento de participación social, ésta se dirigirá prioritariamente a la comunidad dentro del área de influencia directa donde se llevará a cabo la actividad o proyecto que cause impacto ambiental, la misma que será delimitada previamente por la autoridad competente. En dicha área, aplicando los principios de legitimidad y representatividad, se considerará la participación de:

a) Las autoridades de los gobiernos seccionales, de ser el caso; b) Las autoridades de las juntas parroquiales existentes; c) Las organizaciones indígenas, afroecuatorianas o comunitarias legalmente

existentes y debidamente representadas; y, d) Las personas que habiten en el área de influencia directa, donde se llevará a

cabo la actividad o proyecto que implique impacto ambiental. Art. 18.- DE LAS CONVOCATORIAS.- Las convocatorias a los mecanismos de participación social señalados en el artículo 8 se realizarán por uno o varios medios de amplia difusión pública que garanticen el acceso a la información, principalmente, e incluirá el extracto que resuma las características de la actividad o proyecto que genere impacto ambiental, así como el lugar, fecha, hora y metodología a seguir en el mecanismo de participación social seleccionado previamente. Se realizará en forma simultánea, por lo menos a través de uno los siguientes medios:

a) Una publicación de la convocatoria en uno de los diarios de mayor circulación a nivel local;

b) Publicación a través de una página Web oficial; c) Publicación del extracto en las carteleras de los gobiernos seccionales

autónomos y dependientes del área de influencia; d) Envío de comunicaciones escritas a los sujetos de participación social

señalados en el artículo 15 de este Reglamento, adjuntando el resumen La autoridad ambiental competente vigilará que el proponente utilice a más de los medios de convocatoria referidos, todos aquellos que permitan una adecuada difusión de la convocatoria acorde a los usos, costumbres e idiosincrasia de los sujetos de participación social

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Art. 20.- PLAZO DE APLlCACIÓN DE MECANISMOS DE PARTICIPACION SOCIAL: Los mecanismos de participación social se realizarán en un plazo máximo de treinta (30) días, contados desde la fecha de la publicación de la convocatoria señalada en el artículo 18 y cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 16 de este Reglamento. Art. 22.- Si una vez realizada la participación social prevista en este Reglamento, los sujetos de la participación social se opusieren a la actividad o proyecto que genere impacto ambiental, ésta no podrá llevarse a cabo, a menos que la autoridad como ente insista en su realización, lo cual será absuelto por la instancia superior 15.1.10 Acuerdo Ministerial 066 del Ministerio del Ambiente El Acuerdo ministerial 066 del 18 de Junio de 2013, expide el instructivo al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecido en el Decreto Ejecutivo 1040. El texto de este Acuerdo Ministerial y que aplica al proyecto es muy extenso, razón por la cual únicamente se cita el encabezado; sin embargo, será aplicado en el proceso de participación social en función del tipo del proyecto. 15.1.11 Reglamento Sustitutivo al Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador.

Art.25.- Manejo y almacenamiento de crudo y/o combustibles.- Para el manejo y almacenamiento de combustibles y petróleo se cumplirán con lo siguiente: a) Instruir y capacitar al personal de operadoras, subcontratistas, concesionarios y distribuidores sobre el manejo de combustibles, sus potenciales efectos y riesgos ambientales así como las señales de seguridad correspondientes. 15.1.12 Ley de Defensa Contra Incendios

Art. 35.- (Sustituido por el Art. 3 de la Ley 2003-6, R.O. 99, 9-VI-2003).- Los primeros jefes de los cuerpos de bomberos del país, concederán permisos anuales, cobrarán tasas de servicios, ordenarán con los debidos fundamentos, clausuras de edificios, locales e inmuebles en general y, adoptarán todas las medidas necesarias para prevenir flagelos, dentro de su respectiva jurisdicción, conforme a lo previsto en esta Ley y en su Reglamento. Los funcionarios municipales, los intendentes, los comisarios nacionales, las autoridades de salud y cualquier otro funcionario competente, dentro de su respectiva jurisdicción, previamente a otorgar las patentes municipales, permisos de construcción y los permisos de funcionamiento, exigirán que el propietario o beneficiario presente el respectivo permiso legalmente otorgado por el cuerpo de bomberos correspondiente. 15.1.13 Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo Las disposiciones de este Reglamento, se aplican a toda actividad laboral y en todo centro de trabajo, teniendo como objetivo la prevención, disminución o eliminación de los riesgos del trabajo y el mejoramiento del ambiente laboral.

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Art. 39. Abastecimiento de Agua

l. En todo establecimiento o lugar de trabajo, deberá proveerse en forma suficiente, de agua fresca y potable para consumo de los trabajadores. Protección Colectiva

Capítulo I, Prevención de Incendios.- Normas generales Art. 159. Extintores Móviles. 4. Los extintores se situarán donde exista mayor probabilidad de originarse un incendio, próximos a las salidas de los locales, en lugares de fácil visibilidad y acceso y a altura no superior a 1.70 metros contados desde la base del extintor. 15.1.14 Acuerdo Ministerial 026

Procedimientos para registro de generadores de desechos peligrosos, gestión de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental, y para el transporte de materiales peligros. Art. 1.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que genere desechos peligrosos deberá registrarse en el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al procedimiento de registro de generadores de desechos peligrosos determinado en el Anexo A. Art. 2.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que preste los servicios para el manejo de desechos peligrosos en sus fases de gestión: reuso, reciclaje, tratamiento biológico, térmico, físico, químico y para desechos biológicos; coprocesamiento y disposición final, deberá cumplir con el procedimiento previo al licenciamiento ambiental para la gestión de desechos peligrosos descrito en el Anexo B. Art. 3.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que preste los servicios de transporte de materiales peligrosos, deberá cumplir con el procedimiento previo al licenciamiento ambiental y los requisitos descritos en el anexo C. ANEXO A. Procedimiento de Registro de Generadores de Desechos Peligrosos Este procedimiento describe la forma en que se deberá llevar a cabo la gestión al interior del MAE o en las instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental para el registro de generadores de desechos peligrosos. Incluye los requisitos para evaluar las solicitudes de registro, los criterios para el registro como generador de desechos peligrosos. 15.1.15 Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Publicado en el R.O 351 del 29 de diciembre de 2010, abarca el proceso productivo desde el aprovechamiento de los factores de producción, la transformación productiva, la distribución y el intercambio comercial, el consumo, el aprovechamiento de las externalidades positivas y políticas que desincentiven las externalidades negativas. Art. 2.- Actividad Productiva.- Se considerará actividad productiva al proceso mediante el cual la actividad humana transforma insumos en bienes y servicios lícitos, socialmente necesarios y ambientalmente sustentables, incluyendo actividades comerciales y otras que generen valor agregado.

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Art. 18.- Derecho de propiedad.- La propiedad de los inversionistas estará protegida en los términos que establece la Constitución y demás leyes pertinentes. La Constitución prohíbe toda forma de confiscación. Por lo tanto, no se decretarán ni ejecutarán confiscaciones a las inversiones nacionales o extranjeras. Art. 21.- Normas obligatorias.- Los inversionistas nacionales y extranjeros y sus inversiones están sujetos, de forma general, a la observancia y fiel cumplimiento de las leyes del país, y, en especial, de las relativas a los aspectos laborales, ambientales, tributarios y de seguridad social vigentes. Art. 51.- Infracciones graves.- Constituyen infracciones graves aquellas conductas que hacen presumir un actuar inexcusablemente falto de diligencia y cuidado; y, aquellas en las que hubiese reincidencia en una falta leve. Son infracciones graves sancionadas con suspensión, cancelación de la calificación de operador o revocatoria de la autorización, según corresponda, las siguientes: f. Cuando las actividades que realicen los operadores produzcan daño ambiental o incurran en incumplimiento del Plan de Manejo Ambiental, en caso de existir. LIBRO VI SOSTENIBILIDAD DE LA PRODUCCION Y SU RELACION CON EL ECOSISTEMA TITULO I De la Eco-eficiencia y Producción Sostenible Art. 232.- Definición.- Para fines de este Código, se entenderán como procesos productivos eficientes el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto; adoptadas para reducir los efectos negativos y los daños en la salud de los seres humanos y del medio ambiente. Estas medidas comprenderán aquellas cuyo diseño e implementación permitan mejorar la producción, considerando el ciclo de vida de los productos así como el uso sustentable de los recursos naturales. También, se entenderán como procesos productivos más eficientes y competitivos, la implementación de tecnologías de punta, que permitan mejorar la administración y utilización racional de los recursos, así como prevención y control de la contaminación ambiental, producto de los procesos productivos, la provisión de servicios y el uso final de los productos. Art. 233.- Desarrollo sustentable.- Las personas naturales y jurídicas así como las demás formas asociativas regidas por el presente Código, deberán desarrollar todos sus procesos productivos conforme a los postulados del desarrollo sustentable en los términos constantes en la Constitución y en los convenios internacionales de los que es parte el Ecuador. Art. 234.- Tecnología más limpia.- Las empresas, en el transcurso de la sustitución de tecnologías, deberán adoptar medidas para alcanzar procesos de producción más limpia como por ejemplo: 1. Reducir, reusar y reciclar; 2. Adoptar la mejor tecnología disponible; 3. Responsabilidad integral sobre el uso de determinados productos, particularmente químicos; 4. Prevenir y controlar la contaminación ambiental 5. El que contamina, paga;

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6. Uso gradual de fuentes alternativas de energía; 7. Manejo sustentable y valoración adecuada de los recursos naturales; y, 8. Responsabilidad intra e intergeneracional. Art. 236.- Adaptación al cambio climático.- Con el fin de facilitar la adaptación del Ecuador a los efectos del cambio climático y minimizarlos, las personas naturales y jurídicas así como las demás formas asociativas regidas por el presente Código, deberán adquirir y adoptar tecnologías ambientalmente adecuadas que aseguren la prevención y el control de la contaminación, la producción limpia y el uso de fuentes alternativas. 15.1.16 Norma NTE INEN –ISO 3864-1: 2013. Símbolos gráficos. Colores de seguridad y señales de seguridad

Establece los colores de identificación de seguridad y los principios de diseño para las señales de seguridad e indicaciones de seguridad a ser utilizadas en lugares de trabajo y áreas públicas con fines de prevenir accidentes, protección contra incendios, información sobre riesgos a la salud y evacuación de emergencia. De igual manera, establece los principios básicos a ser aplicados al elaborar normas que contengan señales de seguridad. 15.2 Marco Institucional en el que se inscribe el Proyecto La protección y conservación de los recursos ambientales requieren de la participación activa, tanto de las diversas Instituciones de control del sector público así como de los organismos que ejecutan las diversas actividades de desarrollo. A continuación se analiza el marco administrativo e institucional ambiental relacionado con la actividad, la normatividad y supervisión del cumplimiento de las disposiciones legales ambientales vigentes para las actividades del sector. 15.2.1 Ministerio del Ambiente Creado en Decreto Ejecutivo 195-A publicado en el Registro Oficial No. 40 de 4 de octubre de 1996. Mediante Decreto Ejecutivo 505 publicado en el R.O. No. 118 de 28 de enero de 1999, se fusiona con el INEFAN, y se da origen al Ministerio de Medio Ambiente. El Decreto 505, en su Art. 5, indica que el Ministerio del Medio Ambiente (hoy Ambiente) diseñará y pondrá en funcionamiento una institución que cumpla con los objetivos en materia forestal de conformidad con la visión y propósitos establecidos en el Decreto Ejecutivo 340 publicado en el R.O. No. 77 de 30 de noviembre de 1998. Art. 7. A excepción del Parque Nacional Galápagos, el Ministerio del Ambiente, establecerá los mecanismos para la administración y manejo de las áreas protegidas, pudiendo para ello contar con el apoyo del sector privado, a través de cualquier mecanismo permitido por el sistema jurídico ecuatoriano. En el Decreto Ejecutivo No. 290, R.O. No. 64 de 8 de noviembre de 1996, los objetivos y funciones del Instituto Ecuatoriano Forestal y de Áreas Naturales -INEFAN- son acogidas por el Ministerio del Ambiente, según hace referencia el Art 4...."en todas las

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normas en las que se hace referencia al INEFAN, se entenderá que se habla del Ministerio de Medio Ambiente, el que a partir de la presente fecha ejercerá las funciones y atribuciones que la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre asigna al Ministerio de Agricultura y Ganadería; siendo ellas: Objetivos generales:

Delimitar y administrar el área forestal y las áreas naturales y de vida silvestre pertenecientes al estado.

Velar por la conservación y aprovechamiento racional de los recursos forestales y naturales existentes; y,

Entre sus atribuciones principales se mencionan las siguientes:

Cumplir y hacer cumplir la ley y reglamentos relativos a la materia.

Instituir y administrar los patrimonios forestal y de áreas naturales del Estado; los bosques y vegetación protectores; las tierras marginales para la agricultura; las de manglar, las áreas de preservación de cuencas hidrográficas; los suelos de aptitud forestal.

Elaborar y ejecutar los planes, programas y proyectos para el desarrollo del subsector, en los campos de forestación, investigación, aprovechamiento, manejo y protección de bosques naturales y plantados, cuencas hidrográficas, áreas naturales y vida silvestre.

Administrar y manejar las unidades del patrimonio de áreas naturales del Estado.

Coordinación y control en la ejecución de actividades de desarrollo en áreas de jurisdicción del INEFAN.

Establecer acuerdos entre el gobierno, comunidades, sector privado, ONGs, etc, para el aprovechamiento forestal y el manejo de las áreas naturales y de vida silvestre.

16. ALCANCE El alcance del Estudio de Impacto Ambiental Ex – post de la Planta Harinera Jaramijó se enmarca en las actividades y procesos que serán desarrollados para las fases de operación y cierre del proyecto; así como lo establecido en los Términos de Referencia, especialmente en los objetivos específicos planteados y en lo establecido en el marco legal ambiental aplicable a la actividad que ha sido descrita en el presente documento y en aquellos cuerpos legales que debido a su volumen no es posible transcribirlos en el presente documento. Lla descripción y análisis del grado de conservación y/o alteración biofísico y ambiental de la zona de influencia de la planta permite conocer el estado actual de conservación o alteración del ambiente, lo cual define la sensibilidad de estas áreas; esto, junto con la descripción de las actividades de la planta y la identificación, calificación y evaluación de impactos ambientales de la operación y cierre, son la base para plantear un Plan de Manejo con medidas ambientales de fácil implementación y que posibiliten el cumplimiento de la normativa ambiental, cumplir con los límites de descarga, emisiones al ambiente y asegurar la salud y seguridad de los trabajadores y la población en general. 17. ANÁLISIS DEL RIESGO AMBIENTAL Una vez definidas las zonas sensibles que a su vez se basa en la descripción de los componentes ambientales de la línea base, se procedió con el análisis del riesgo ambiental.

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La metodología que se utilizó para el análisis de riesgos es la denominada Causa – Efecto, la cual permite visualizar todas las causas reales y potenciales de un suceso o problema (riesgo), y no solamente las más obvias o simples, para luego buscar soluciones en donde radica la base del mismo. El objetivo del análisis de riesgos es prevenir los efectos que puedan causar y estar preparados para enfrentarlos. Debido a que los riesgos son eventos inesperados; se adoptó la metodología de causa-efecto para su análisis y cualificación, tomando en cuenta la escala de colores y su probabilidad.

Probabilidad Color

Alta

Media

Baja

Nula

17.1 Identificación de riesgos El riesgo es la probabilidad de que suceda un evento, impacto o consecuencia adversos y de acuerdo a su origen se clasifican en Naturales y Antrópicos. Los riesgos naturales son aquellos sobre los cuales no se puede tener control alguno debido a su magnitud, sin embargo se puede estar preparado, entre éstos tenemos: terremotos, inundaciones, erosión, deslaves, etc; se conocen también como riesgos Ambiente - Proyecto. Los riesgos antrópicos tiene su origen en las actividades humanas, a diferencia de los anteriores éstos pueden ser prevenidos, controlados y corregidos, entre los más comunes está el incendio y accidentes; se los denomina también como riesgos Proyecto - Ambiente. 17.2 Análisis de Riesgos Ambiente - Proyecto Según la clasificación descrita con anterioridad, estos corresponden a los riesgos naturales, de los cuales se identifican: 17.2.1 Riesgos Volcánicos

Según la cartografía consultada, existen riesgos muy bajos de afectación al proyecto por efectos de erupciones volcánicas, la única probabilidad es la presencia de ceniza volcánica arrastrada por los vientos desde la sierra, en la posible erupción del Volcán Pichincha o del Cotopaxi. 17.2.2 Riesgos Sísmicos

Un terremoto o también llamado sismo (en menor escala) es una sacudida del terreno que se produce por choque de las placas tectónicas y por la liberación de energía en el curso de una reorganización brusca de materiales de la corteza terrestre al superar el estado de equilibrio mecánico.

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Hasta el momento no se han realizado estudios que permitan determinar el potencial sísmico de esta fuente, no obstante se puede atribuir una magnitud máxima de 6.5. Se considera que las amenazas volcánicas y sísmicas no causarán daños a las obras, no obstante, se tendría probablemente caídas de ceniza que afectaría en forma leve y temporal a la atmósfera. Como referencia se indica que en la zona se tiene la probabilidad de ocurrencia de un sismo de magnitud máxima 6,5. 17.2.3 Riesgos de Inundación, Tsunamis

De acuerdo a los estudios oceanográficos y de suelos, se considera que este tipo de riesgos son bajos o mínimos ya que la planta se encuentra a una distancia considerable desde la orilla de mar; no obstante, en caso de eventos sísmicos superiores a 6.5 existe la probabilidad de ocurrencia de un Tsunami. 17.3 Análisis de Riesgos Proyecto - Ambiente

Corresponde a los riesgos antrópicos, es decir, aquellos que pueden ser causados por los trabajadores durante la operación de la planta; los principales riesgos identificados son los incendios y accidentes laborales; los cuales serán descritos y se estimará la probabilidad de ocurrencia. 17.3.1 Riesgo de Incendio y Explosión

Un incendio es una ocurrencia de fuego no controlada que puede ser extremadamente peligrosa para los seres vivos y las estructuras. La exposición a un incendio puede producir la muerte, generalmente por inhalación de humo o por desvanecimiento producido por ella y posteriormente quemaduras graves. Los incendios y explosiones, representan un porcentaje de riesgo leve ya que es probable que se presenten en la planta y que generen un conjunto de accidentes con lesiones y pérdidas económicas, este riesgo en el proyecto puede ser producido en la fase de operación por una fuga del gas o un cortocircuito en las instalaciones eléctricas. Sin embargo para prevenir este tipo de contingencias, las conexiones eléctricas deberán tener conexión a tierra, es decir contar con una fase neutra; y los combustibles deben mantenerse con estrictas normas de seguridad. En el plan de contingencias y programa de mantenimiento preventivo, se prevé este tipo de riesgos con medidas de prevención y control. A continuación se presenta una matriz en la cual se ha identificado la posible ocurrencia de un incendio y los riesgos asociados

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17.3.2 Riesgos Antrópicos Uno de los riesgos antrópicos constituye la sublevación popular que se puede presentar como una protesta por defender situaciones o acciones con las que un grupo de personas no esté de acuerdo (personas externas o internas a la planta). 17.3.3 Riesgos Laborales Se denomina riesgo laboral a todo aquel aspecto del trabajo que tiene la potencialidad de causar un daño. La prevención de riesgos laborales es la disciplina que busca promover la seguridad y salud de los trabajadores mediante la identificación,

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evaluación y control de los peligros y riesgos asociados a un proceso productivo, además de fomentar el desarrollo de actividades y medidas necesarias para prevenir los riesgos derivados del trabajo. La actividad laboral representa un porcentaje bajo de riesgo asociado a las operaciones de la planta por la operación de los equipos y materiales especialmente en el mantenimiento y limpieza de las instalaciones. Para reducir o eliminar éste riesgo, se han definido un plan de seguridad industrial donde se exponen las medidas preventivas que deben adoptarse. 17.4 Probabilidad de ocurrencia de riesgos identificados Según el análisis causa – efecto la jerarquización de los riesgos se presenta a continuación:

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Matriz de Calificación y Evaluación de Riesgos

Riesgo Origen Probabilidad Causa Efecto Medida Preventiva

Incendio y Explosiones

Industrial Media Instalación inadecuada de fuentes eléctricas, instalaciones defectuosas

Pérdida de estructuras e instalaciones. Heridos

El riesgo por incendio y explosiones es un evento de probabilidad de ocurrencia leve debido a la poca inflamabilidad de los materiales y equipos de la planta; sin embargo, pueden existir problemas con el sistema eléctrico del proyecto. En el Plan de Manejo Ambiental se presentan medidas para la prevención y control de la potencial ocurrencia de una contingencia de esta naturaleza

Antrópico Antrópico Baja Inconformidad con las actividades de la planta

Afectación a la infraestructura Accidentes

El riesgo antrópico es un evento de probabilidad de ocurrencia baja, sin embargo para evitar este tipo de eventos se cuenta con la participación ciudadana a fin de llegar a buenos términos con la población del área de influencia

Volcánico Natural Baja Movimientos telúricos (placas tectónicas)

Derrumbe de estructuras. Paralización de actividades de la Planta daño a los accesos y vías Heridos

El riesgo volcánico es un evento natural que no se puede estimar su ocurrencia pero su probabilidad es baja ya que los volcanes se encuentran lejos de la zona del proyecto y el único efecto sería la probable caída de ceniza; razón por la cual, en el Plan de Seguridad Industrial se describen medidas para evitar los problemas de salud de las persona por contaminación por particulado atmosférico. Por ésta y otras causas.

Sísmico Natural Media Movimiento telúrico por efecto de placas tectónicas

Derrumbe de la estructura de la planta, daño en vías principales y secundarias

El riesgo sísmico es un evento natural que no se puede estimar su ocurrencia pero su probabilidad es media por la zona de ubicación, En el Plan de Capacitación se prevén medidas para actuación en caso de sismos y Tsunamis.

Riesgos de Tsunami

Natural Media

Eventos fortuitos causados por el movimiento de grandes masas de agua

Destrucción de la infraestructura, daño a los accesos Heridos

En el Plan de Contingencias y en el Plan de Capacitación se presentan medidas encaminadas a disminuir el efecto de este tipo de acontecimientos sobre las personas; incluye, planes de evacuación, señalética de salidas, puntos de encuentro y otros.

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18. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

Uno de los aspectos más importantes dentro del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), constituye la identificación de los aspectos de orden legal y operativo a ser ejecutados dentro de los estándares ambientales vigentes en el marco regulatorio jurídico ambiental, a fin de proponer medidas y acciones que permitan alcanzar una armonía entre las actividades y acciones que se están ejecutando y que van a ser ejecutadas, con los componentes del ambiente que están siendo afectados, a través del Plan de Manejo Ambiental. El Plan de Manejo Ambiental (PMA) para la operación, mantenimiento y cierre del proyecto, se prepara considerando los aspectos ambientales identificados en las fases anteriores. El PMA contiene objetivos, normas, especificaciones y diseños de las diferentes medidas de mitigación propuestas para prevenir, controlar o reducir al mínimo los impactos negativos ambientales y socioculturales que se podrían generar durante la operación de la planta; por lo tanto, el Plan de Manejo Ambiental es parte integral y dinámica del presente Estudio de Impacto Ambiental Ex – post. Es importante señalar que en el PMA constan medidas para todas las fases del proyecto en función de la identificación, calificación y evaluación de Impactos Ambientales. Durante la preparación del EIA, se evaluaron los diversos factores ambientales, para detectar los posibles impactos potenciales resultantes de las diferentes actividades propuestas. Sobre la base de los impactos previstos, se proponen medidas y procedimientos encaminados a evitar o reducir estos impactos. El PMA es el resultado final de este proceso de evaluación y presenta las medidas de prevención, control y mitigación enmarcados en programas, planes y acciones que deben ser cumplidos por parte del proponente y sus contratistas, con el objetivo primordial de cumplir con el marco legal ambiental y las políticas ambientales y sociales vigentes. 18.1 Objetivo Prevenir, mitigar y controlar los impactos negativos y potenciar los impactos positivos generados por las actividades del proyecto en las fases de operación, mantenimiento y cierre del proyecto. 18.2 Alcance del PMA

El PMA está orientado al cumplimiento de todas las acciones, cronogramas y obras para un manejo sustentable del proyecto, considerando las fases de operación, mantenimiento y abandono, en el término de la duración de los trabajos, se espera haber logrado un cumplimiento total de las medidas, en caso de que su aplicación sea imprescindible. 18.3 Responsabilidad de Ejecución del PMA El principal responsable en la ejecución del proyecto será la Empresa Induatún S.A.; sin embargo. El cumplimiento será controlado por la Fiscalización, en consideración de los diferentes sistemas que incluye en proyecto.

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Para la operación y mantenimiento de la planta deberán contar con personal capacitado que aplique y mantenga los aspectos de protección ambiental durante la ejecución de la obra. 18.4 Estructura del Plan de Manejo Ambiental

Los resultados de la evaluación ambiental, desarrollada durante la elaboración del plan de manejo ambiental, en conjunto con los requisitos legales ambientales vigentes y las especificaciones ambientales conducirán a la determinación de los objetivos sobre los cuales se diseñará el Plan de Manejo Ambiental, el cual contendrá las medidas de mitigación, prevención, control y/o compensación, así como el seguimiento y el monitoreo a la aplicación de las medidas y a la valoración final de los efectos ocasionados por el proyecto. Los planes, programas y actividades son los siguientes:

Plan de Análisis de riesgos y de alternativas de prevención Plan de Prevención y Mitigación de Impactos Plan de Manejo Integrado de Desechos Sólidos. Plan de Comunicación, Capacitación y Educación Ambiental Plan de Relaciones Comunitarias Plan de Contingencias Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo Plan de Monitoreo y Seguimiento Plan de abandono y entrega del área Plan de restauración, indemnización y compensación

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18.5 Medidas que constan en el Plan de Manejo Ambiental para la fase de operación, mantenimiento y cierre de la planta

PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Objetivos:

Cumplir y hacer cumplir, el PMA y las leyes, reglamentos y normas para la prevención y control de la contaminación del agua suelo y ambiente en general determinada en la legislación nacional vigente, en especial las de cumplimiento obligatorio, y que se encuentran contenidas en el TULAS (Libro VI De la Calidad Ambiental).

Definir las medidas técnicas, normativas, administrativas y operativas que tienden a prevenir, mitigar y compensar los impactos negativos, antes de que sean producidos.

Vigilar el cumplimiento y los protocolos de control para la utilización de insumos, equipos y demás elementos que constituyen fuentes de contaminación ambiental o de riesgo para el trabajador y la comunidad.

PPM-01

Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Planta Harinera

Responsable: Induatún

Aspecto Ambiental

Impacto Identificado

Medidas propuestas Indicadores Medios de Verificación Plazo (meses)

Mantenimiento de las instalaciones

Contaminación atmosférica

Realizar el mantenimiento y limpieza de las instalaciones a fin de evitar que se generen olores y que los desechos orgánicos contaminen el ambiente

Mínima generación de olores y áreas sin particulado atmosférico

Áreas limpias, sin olores; registro de mantenimiento

Limpieza total al menos una vez al mes

Proliferación de moscas

Potencial transmisión de enfermedades

Disposición adecuada de desechos sólidos (ver plan de manejo de desechos) y eliminación de focos de proliferación de moscas. Fumigación de áreas de contaminación.

Áreas libres de moscas

Inspección visual, registro de fumigación

Una vez al mes

Proliferación de roedores

Potencial transmisión de enfermedades

Se debe realizar el control de roedores, para lo cual, se colocarán cebos a base de un anticuagulante (racumín, klerat u otro) en el perímetro interno de las instalaciones. El veneno será colocado dentro de tubos PVD de aprox 50 cm de largo por 10 cm de diámetro, para evitar que sea consumido por otras especies animales. Se verificará el consumo y se repondrá al menos una vez por semana.

Cebos colocados / cebos consumidos * 100

Registro de consumo de veneno

4 veces al mes

Generación de emisiones del generador

Contaminación atmosférica por emisiones gaseosas

Análisis de las emisiones de gases del generador, siempre y cuando se supere las 60 horas de trabajo/año

Parámetros sobre los límites máximos permisibles / Parámetros analizados *100.

Registro del Horómetro. Resultados de análisis de gases realizado por un laboratorio calificado ante el OAE

De acuerdo a las horas de uso del generador

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PLAN DE MANEJO DE DESECHOS Programa de Desechos Sólidos y Líquidos

Objetivos:

Definir las acciones requeridas para manejar adecuadamente los diferentes tipos desechos comunes y orgánicos desde su generación hasta su disposición final PPM-02

Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Planta Harinera

Responsable: Induatún

Aspecto Ambiental

Impacto Identificado

Medidas propuestas Indicadores Medios de Verificación Plazo (meses)

Generación de desechos sólidos

Contaminación del suelo y agua por desechos comunes y orgánicos

Efectuar el almacenamiento y recolección diferenciada de desechos, los cuales serán colocados en una estación de acopio. Se clasificarán en papel-cartón, vidrio, plástico y orgánicos.

Estación de acopio y clasificación a ser instalado / estación de acopio y clasificación requerido *100.

Fotografías, registros Siempre

Los desechos orgánicos producto del proceso y que no pueden ser reutilizados deberán ser colocados en tanques herméticos y almacenados temporalmente en el área de acopio de desechos orgánicos; desde allí, diariamente deberán ser llevados al relleno sanitario para su disposición final.

Estación de acopio y clasificación a ser instalado / estación de acopio y clasificación requerido *100

Fotografía Único

El almacenamiento temporal se realizará en un área específica, impermeabilizada y bajo techo. Además deberá contar con una trampa de sólidos y conducción de lixiviados a la planta de tratamiento de aguas residuales

Estación de acopio y clasificación a ser instalado / estación de acopio y clasificación requerido *100

Fotografías Único

Realizar el mantenimiento de la señalética que se encuentra en las áreas de clasificación y disposición temporal de los desechos sólidos generados.

Separación de desechos según lo especificado anteriormente.

Permanente

Los desechos sólidos comunes y orgánicos deberán ser entregados al servicio de recolección municipal para su disposición final.

Desechos generados / desechos entregados * 100

Bitácora de entrega Cuando se requiera

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Está terminantemente prohibido la quema de desechos de cualquier índole dentro o fuera de las instalaciones de la planta

100 % del área de la planta sin vestigios de quema de desechos sólidos

Inspección visual Trimestral

Generación y descarga de Aguas residuales

Contaminación por descarga directa de aguas residuales

Todas las aguas residuales del proceso, así como del área de acopio de desechos sólidos deberán ser conducidas a una planta de tratamiento. En términos generales, la planta de tratamiento anaerobia, deberá constar al menos de tres cámaras separadas a las cuales se requerirá inyectar bacterias facultativas. El tiempo de retención de las aguas residuales será de al menos cinco días. Antes del ingreso de las aguas residuales a la planta de tratamiento, deberá contener un sedimentador donde se depositarán los desechos sólidos y que serán retirados hacia el sistema de clasificación de desechos sólidos Al final del proceso, el agua de salida deberá cumplir con los parámetros señalados en la Tabla 11 del Anexo 1 del TULSMA. Cada seis meses se realizará el análisis del agua de salida y se determinará el cumplimiento de los parámetros antes señalados y se retirarán los lodos de la planta, los cuales serán tratados como desecho orgánico a ser depositado en el relleno sanitario. Para la limpieza se deberá utilizar Equipo de Protección Personal.

Agua de descarga cumple con los límites permisibles señalados en la normativa

Resultados de los análisis de la muestra de agua

semestral

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PLAN DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS Programa de Manejo de Residuos Peligrosos

Objetivos:

Gestionar de forma adecuada los desechos sólidos peligrosos generados en la Planta. Disponer los desechos sólidos peligrosos en forma temporal y definitiva de acuerdo a la normativa PMD-02 Lugar de Aplicación: Planta Harinera.

Responsable: Induatún.

Aspecto Ambiental

Impacto Identificado

Medidas propuestas Indicadores Medios de Verificación Frecuencia

Generación de desechos sólidos peligrosos

Contaminación del suelo y el agua.

Colocar al menos una estación de acopio de desechos peligrosos en la planta, específicamente en un sitio aislado, bajo cubierta y con las debidas seguridades para evitar el ingreso de personas y animales.

Estación de acopio y clasificación a ser instalado / estación de acopio y clasificación requerido *100.

Fotografías, registros Permanente

Generación de desechos sólidos peligrosos

Contaminación del suelo y el agua.

Los desechos peligrosos que se generan en la planta son: Restos de hidrocarburos, residuos biológicos, pilas Ni-Cd, recipientes vacíos de químicos, guantes contaminados con fluidos animales. La Estación de acopio deberá contener recipientes con tapa

Desechos peligrosos colocados en recipientes específicos

Inspección visual, fotografías, registro

Permanente

Generación de desechos sólidos peligrosos

Contaminación del suelo y el agua.

Mantener señalizadas las áreas y envases de acopio de estos residuos con el nombre del desecho. La señalización debe ser indeleble.

Señalética instalada / Señalética programada *100

Fotografías Permanente

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Generación de desechos sólidos peligrosos

Contaminación del suelo y el agua.

Gestionar la disposición final de desechos peligrosos con los proveedores o con un Gestor Ambiental calificado por el MAE. Este tipo de desechos podrá ser almacenado temporalmente por un periodo máximo de un año antes de ser entregado a un gestor calificado

Desechos peligrosos recogidos / Desechos peligrosos gestionados *100

Registros de entrega Cuando se requiera

Generación de desechos sólidos peligrosos

Contaminación del suelo y el agua.

Está terminantemente prohibido la disposición de desechos peligrosos directamente al ambiente (Suelo, cuerpos de agua, entrega a la recolección de desechos comunes)

100 % del área de la planta sin vestigios de desechos sólidos peligrosos

Inspección visual Cuando se requiera

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PLAN DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS Programa de Manejo de Residuos Especiales

Objetivos:

Gestionar de forma adecuada los desechos especiales generados en la Planta. Disponer los desechos especiales en forma temporal y definitiva de acuerdo a la normativa PMD-03 Lugar de Aplicación: Planta Harinera.

Responsable: Induatún.

Aspecto Ambiental

Impacto Identificado

Medidas propuestas Indicadores Medios de Verificación Frecuencia

Generación de desechos Especiales

Contaminación del suelo y el agua.

Colocar un recipiente señalizado, con tapa para desechos especiales en el mismo sitio de acopio de desechos peligrosos. En este recipiente se colocarán componentes eléctricos como lámparas fluorescentes, circuitos y otros

Estación de acopio y clasificación a ser instalado / estación de acopio y clasificación requerido *100.

Fotografías, registros Permanente

Generación de desechos Especiales

Contaminación del suelo y el agua.

Los desechos especiales serán entregados a los proveedores o a un Gestor Ambiental calificado por el MAE. Este tipo de desechos podrá ser almacenado temporalmente por un periodo máximo de un año antes de ser entregado a un gestor calificado

Desechos especiales recogidos / Desechos especiales gestionados *100

Registros de entrega Cuando se requiera

Generación de desechos Especiales

Contaminación del suelo y el agua.

Está terminantemente prohibida la disposición de desechos especiales directamente al ambiente (Suelo, cuerpos de agua, entrega a la recolección de desechos comunes).

100 % del área de la planta sin vestigios de desechos sólidos especiales

Inspección visual Cuando se requiera

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PLAN DE CAPACITACIÓN Programa de Capacitación y Educación a Trabajadores

Objetivos:

Definir las actividades de entrenamiento y/o capacitación ambiental para los actores involucrados en la actividad.

Involucrar al personal de la planta en su gestión integral, especialmente respecto a la seguridad laboral y disminución de accidentes de trabajo y respeto a la comunidad local

Asegurar que el personal esté debidamente informado y conozca los procedimientos del entrenamiento y la capacitación a ser proporcionada así como la estructura definida para su ejecución y cumplimiento

PPM-03

Lugar de Aplicación: Personal que labora en la planta

Responsable: Induatún

Aspecto Ambiental

Impacto Identificado

Medidas propuestas Indicadores Medios de Verificación Plazo

(meses)

Falta de inducción

Contaminación de factores ambientales

Inducción de salud y seguridad a los nuevos empleados de la planta

El 100 % de los nuevos empleados han recibido inducción

Registro de inducción Cuando se requiera

No implementación de buenas prácticas ambientales

Contaminación de factores ambientales

Capacitación al personal en los siguientes temas:

Limpieza, desinfección y gestión de desechos

Manejo de desechos sólidos comunes, peligrosos y especiales

Manejo de Planta de tratamiento de aguas residuales

Plan de contingencias y manejo de los extintores.

Medidas de salud y seguridad

# capacitaciones realizadas / # capacitaciones programadas

Registros de la capacitación Anual

No implementación de buenas prácticas ambientales

Contaminación de factores ambientales

Capacitación en la implementación de planes programas y actividades que constan en el Plan de Manejo Ambiental

% de capacitación del PMA programado / % capacitación del PMA ejecutado

Registro de capacitación Anual

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88

PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO Programa de Monitoreo Interno (Automonitoreo) y Supervisión

Objetivos:

Definir los procedimientos que permitan la verificación del cumplimiento del PMA. PPM-04

Lugar de Aplicación: Instalaciones de la planta

Responsable: Induatún

Aspecto Ambiental

Impacto Identificado

Medidas propuestas Indicadores Medios de Verificación Plazo

(meses)

Operación y mantenimiento de la planta

Inadecuada implementación del PMA y de la normativa ambiental

Se deberá llevar un registro de la implementación del Plan de Manejo Ambiental, de todas las medidas cuyo medio de verificación sean registros

# de medidas ambientales propuestas / # de medidas ambientales implementadas

Registros. Continua

Registrar el tipo, cantidad y frecuencia de entrega de desechos sólidos comunes peligrosos y especiales a su respectivo gestor ambiental

# de entregas programadas / # de entregas ejecutadas * 100

Registros Cuando se requiera

Descarga de Aguas residuales

En forma semestral se deberá realizar el análisis del agua de descarga de la planta de con el fin de verificar el cumplimiento de los límites permisibles de descarga. Los parámetros a ser analizados así como los límites permisibles de descarga serán los señalados en la tabla 11 del Anexo 1 del TULSMA.

100 % de cumplimiento de los límites permisibles de descarga, según la tabla 11 del Anexo 1 del TULSMA.

Resultados de análisis de aguas de descarga de la planta de tratamiento, ejecutados por un laboratorio calificado ante el OAE.

Semestral

Cumplimiento de la normativa

Elaborar el informe semestral de cumplimiento al PMA, el mismo que contendrá todas las medidas implementadas, indicadores, medios de verificación, hallazgos y Plan de Acción en caso de no Conformidades. Este informe deberá ser presentado a la Autoridad Ambiental competente.

# de informes de seguimiento programados / # de informes de seguimiento presentados * 100

Informe de seguimiento y oficio de entrega del documento en el Ministerio del Ambiente

Semestral

Implementación del PMA

Realizar una Auditoría anual y luego cada dos años a las instalaciones de la planta a fin de verificar la implementación del Plan de Manejo Ambiental

% Cumplimiento del plan.

Documento de Auditoría Anual

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PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS Programa de Relaciones Comunitarias y Compensación Ambiental

Objetivos:

Mantener relaciones de buena vecindad con la comunidad Evitar conflictos con la comunidad PRC-01 Lugar de Aplicación: Comunidad de la ZIAD de la Planta

Responsable: Induatún.

Aspecto Ambiental

Impacto Identificado

Medidas propuestas Indicadores Medios de Verificación Plazo (meses)

No implementación de buenas prácticas ambientales

Generación de conflictos con la comunidad. Generación de conflictos trabajador – propietario

Atención de inquietudes, solicitudes y quejas a los vecinos y comunidades.

Solicitudes de quejas realizadas /

quejas resueltas.*100

Número de registros

Respuesta a los requerimientos de la comunidad de la ZIAD

Cuando se requiera

No implementación de buenas prácticas ambientales

Generación de conflictos trabajador – propietario

Realizar reuniones para tratar temas laborales.

Reuniones realizadas / Reuniones

programadas * 100

Registro de asistencia a la reunión

Anual

No implementación de buenas prácticas ambientales

Generación de conflictos con la comunidad. Generación de conflictos trabajador – propietario

En caso de generarse un conflicto se deberán definir compromisos escritos entre el propietario y el trabajador y/o comunidad, a ser cumplidos por ambas partes en un tiempo determinado.

Compromisos cumplidos /

Compromisos definidos * 100

Actas de compromiso Cuando se requiera

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90

PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Programa de Seguridad Industrial

Objetivos:

Asegurar que las condiciones de trabajo y seguridad laboral del personal se ajusten a las normas establecidas tanto por la legislación nacional cuanto de aquellas contenidas en los reglamentos para la prevención y control de la contaminación ambiental y seguridad ocupacional; y del fabricante de los equipos

PPM-06

Lugar de Aplicación: Instalaciones de la planta

Responsable: Induatún

Aspecto Ambiental

Impacto Identificado

Medidas propuestas Indicadores Medios de Verificación Plazo (meses)

Ejecución de prácticas inseguras en la planta

Riesgo en la seguridad y salud de los trabajadores

Adoptar medidas básicas de seguridad y mantener acciones de prevención de accidentes laborales con el objetivo de alcanzar una adecuada salud física y mental de los trabajadores

Medidas de seguridad planificadas / medidas de seguridad implementadas * 100

Registros, fotografías Único

Está prohibido “permitir que el trabajador realice una labor riesgosa para la cual no fue entrenado previamente; permitir el trabajo en máquinas, equipos, herramientas o locales que no cuenten con las defensas o guardas de protección u otras seguridades que garanticen la integridad física de los trabajadores”.

100 % del personal realiza actividades para las cuales fueron contratados y de las cuales tienen conocimiento.

Hoja de vida de los trabajadores, inspecciones

Continua

Todos los trabajadores deben utilizar los equipos de protección personal y deberán usar la ropa de trabajo: • Gorra • Gafas de seguridad • Mascarillas • Protectores Auditivos • Guantes • Calzado de Seguridad • Ropa de trabajo, especialmente delantal.

100 % de los trabajadores utilizan EPP de acuerdo al puesto de trabajo

Registro de entrega de EPP o fotografías, llamados de atención en caso de incumplimiento.

Continua

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En todos los lugares de trabajo, así como en los vehículos de transporte, se tendrá botiquines o estuches de primeros auxilios bien protegidos contra el polvo, la humedad o cualquier otro agente de contaminación

# Botiquines programados / # botiquines colocados * 100

Inspecciones, fotografías Continua

PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Programa de Señalización

Objetivos:

Asegurar que las condiciones de trabajo y seguridad laboral se ajusten a las normas establecidas tanto por la legislación nacional cuanto de aquellas contenidas en los reglamentos para la prevención y control de la contaminación ambiental y seguridad ocupacional PPM-07

Lugar de Aplicación: Instalaciones de la planta

Responsable: Induatún

Aspecto Ambiental

Impacto Identificado

Medidas propuestas (Anexo 7) Indicadores Medios de Verificación Plazo (meses)

Seguridad y Salud de los trabajadores l

Afectación a la salud de los trabajadores

Señalización de Advertencia: De acuerdo a la

normativa vigente ( INEN ISO 3864-1 2013)

Señales colocadas en las diferentes áreas de la planta.

Inspecciones, fotografías. Continuo

Señalización de Obligación y Acción de Mando: De acuerdo a la normativa vigente ( INEN ISO 3864-1 2013)

Señales colocadas en las diferentes áreas de la planta.

Inspecciones, fotografías. Continuo

Señalización de Peligro y Prohibición: Se deberá De acuerdo a la normativa vigente ( INEN ISO 3864-1 2013)

Señales colocadas en las diferentes áreas de la planta.

Inspecciones, fotografías. Continuo

Señalización de Evacuación: De acuerdo a la

normativa vigente ( INEN ISO 3864-1 2013)

Señales colocadas en las diferentes áreas de la planta.

Inspecciones, fotografías. Continuo

Otras: De acuerdo a la normativa vigente ( INEN ISO

3864-1 2013)

Señales colocadas en las diferentes áreas de la planta.

Inspecciones, fotografías. Continuo

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PLAN DE CONTINGENCIAS Programa de Actuación frente a Contingencias

Objetivos:

Mantener actualizados los procedimientos, actividades, acciones, materiales, recursos, responsables, presupuestos, que ayudarán a controlar una situación de emergencia y a minimizar sus consecuencias negativas tanto en personas, instalaciones, ambiente y comunidad.

Alcanzar una eficiente capacidad de respuesta de los diferentes actores de la planta. PPM-08

Lugar de Aplicación: Instalaciones de la planta

Responsable: Induatún

Aspecto Ambiental

Impacto Identificado

Medidas propuestas Indicadores Medios de Verificación Plazo (meses)

Seguridad y Salud de los trabajadores y el ambiente

Afectación a la salud de las personas, instalaciones y equipos

PREVENCIÓN DE RIESGOS POR EVENTOS NATURALES La planta deberá colocar señalética de evacuación de las instalaciones y dos puntos de encuentro ubicados en los ingresos a las instalaciones.

Personal capacitado en acciones en caso de desastres naturales. Mapa de ubicación de rutas de evacuación y señalización en todas las áreas

Registro de asistencia / Inspecciones, fotografías

Continuo

PREVENCIÓN Y CONTROL DE INCENDIOS

La planta, dentro de las instalaciones deberá tener extintores de polvo químico seco en número suficiente para enfrentar cualquier connato de incendio, al menos uno por cada área de trabajo. Además, se verifican las cargas y el tiempo de vida útil de las mismas en forma semestral

# extintores colocados / # extintores requeridos

Inspecciones, auditorias, fotografías

Continuo

Realizar al menos un simulacro anual de incendio y emergencias ambientales.

# de simulacros realizados / # de simulacros programados*100

Informe del simulacro Anual

En caso de una emergencia, se reportará a la Autoridad de Control, así como las medidas implementadas durante la emergencia.

Informe de la contingencia a la autoridad de control

Documento de reporte Cuando ocurra

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PLAN DE CIERRE Y ABANDONO DEL AREA

Objetivos:

• Describir las medidas a ser implementadas en la fase de abandono de la planta al culminar su vida útil. • Restituir el Ambiente de la zona a sus condiciones originales PPM-10

Lugar de Aplicación: Áreas de la planta

Responsable: Induatún

Aspecto Ambiental

Impacto Identificado

Medidas propuestas Indicadores Medios de Verificación Plazo (meses)

Desalojo del área de la

planta

Contaminación del agua, suelo.

Limpieza y recuperación de las áreas ocupadas por infraestructura. De ser el caso se entregarán los desechos especiales y/o peligrosos, a un gestor calificado.

Infraestructura removida /

Infraestructura instalada *100

Visita de campo Registro fotográfico.

3 meses después de finalizado el proyecto

En caso de reciclaje de materiales, éstos serán almacenados de acuerdo a las especificaciones técnicas del material, en caso de no ser factible, será transportada y depositada en una escombrera autorizada para tal efecto. Bajo ningún concepto será colocado en terrenos aledaños.

100 % de los materiales serán retirados y dispuestos según su peligrosidad

Informe de disposición final de desechos

Un mes

Todos los suelos contaminados por las actividades en el lugar serán remediados hasta cumplir con los requerimientos establecidos por el SUMA y demás reglamentación ambiental

100 % de la zona del proyecto sin contaminación

Inspección, Fotografías Un mes

Cumplimiento de la normativa ambiental

Falta de notificación del cierre a la Autoridad de Control

Notificación a la Autoridad de Control el cierre de la Planta, entrega del Plan de cierre y solicitud del suspensión de la Licencia Ambiental

Notificación del cierre de la planta

Documentos remitidos a la Autoridad de control

Única

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19. CRONOGRMA VALORADO DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

ITEM CRITERIOS Cronograma para un año de Operación de la planta Presupuesto

Estimado 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

PPM-01 PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Realizar el mantenimiento y limpieza de las instalaciones a fin de evitar que se generen olores y que los desechos orgánicos contaminen el ambiente

X X X X X X X X X X X X NA

Disposición adecuada de desechos sólidos (ver plan de manejo de desechos) y eliminación de focos de proliferación de moscas. Fumigación de áreas de contaminación.

X X X X X X X X X X X X 500

Control de roedores X X X X X X X X X X X X 500

Análisis de las emisiones de gases del generador, siempre y cuando se supere las 60 horas de trabajo/año

X 200

PPM-02 PLAN DE MANEJO DE DESECHOS

Generación de desechos sólidos

Efectuar el almacenamiento y recolección diferenciada de desechos. Se clasificarán en papel-cartón, vidrio, plástico y orgánicos.

X X X X X X X X X X X X NA

Los desechos orgánicos que no pueden ser reutilizados deberán ser colocados en tanques herméticos y almacenados temporalmente en el área de acopio; desde allí, diariamente deberán ser llevados al relleno sanitario para su disposición final.

X X X X X X X X X X X X 800

El almacenamiento temporal se realizará en un área específica, impermeabilizada y bajo techo. Además deberá contar con una trampa de sólidos y conducción de lixiviados a la planta de tratamiento de aguas residuales

X X X X X X X X X X X X NA

Realizar el mantenimiento de la señalética que se encuentra en las áreas de clasificación y disposición temporal de los desechos sólidos generados.

X X X 300

Los desechos sólidos comunes y orgánicos deberán ser entregados al servicio de recolección municipal para su disposición final.

X X X X X X X X X X X X 100

Generación y descarga de Aguas residuales

Todas las aguas residuales del proceso, así como del área de acopio de desechos sólidos deberán ser conducidas a una planta de tratamiento

X X X X X X X X X X X X 2000

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La planta de tratamiento anaerobia, deberá constar al menos de tres cámaras separadas a las cuales se requerirá inyectar bacterias facultativas

X X X X 500

Antes del ingreso de las aguas residuales a la planta de tratamiento, deberá contener un sedimentador donde se depositarán los desechos sólidos y que serán retirados hacia el sistema de clasificación de desechos sólidos

100

Cada seis meses se realizará el análisis del agua de salida y se determinará el cumplimiento de los parámetros antes señalados y se retirarán los lodos de la planta, los cuales serán tratados como desecho orgánico a ser depositado en el relleno sanitario. Para la limpieza se deberá utilizar Equipo de Protección Personal.

X X 400

PMD-02 Programa de Manejo de Residuos Peligrosos y Especiales

Colocar al menos una estación de acopio de desechos peligrosos en la planta, específicamente en un sitio aislado, bajo cubierta y con las debidas seguridades para evitar el ingreso de personas y animales

X 200

La Estación de acopio deberá contener recipientes con tapa X 50

Mantener señalizadas las áreas y envases de acopio de estos residuos con el nombre del desecho. La señalización debe ser indeleble

X X X X X X X X X X X X 250

Gestionar la disposición final de desechos peligrosos con los proveedores o con un Gestor Ambiental calificado por el MAE. Este tipo de desechos podrá ser almacenado temporalmente por un periodo máximo de un año antes de ser entregado a un gestor calificado

X 100

PPM-03 PLAN DE CAPACITACIÓN

Inducción

Inducciones a los trabajadores bajo nómina e invitados. X X X X X X X X X X X X NA

Toda inducción debe ser registrada en un acta, se proporcionará información concerniente a los temas enumerados en el plan de capacitación.

X X X X X X X X X X X X NA

Capacitación

La capacitación será impartida a través de talleres o charlas, para todo el personal.

X X X X X X X X X X X X NA

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PPM-04 PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL

Monitoreo interno o automonitoreo

Se deberá llevar un registro de la implementación del Plan de Manejo Ambiental, de todas las medidas cuyo medio de verificación sean registros

X X X X X X X X X X X X NA

Registrar el tipo, cantidad y frecuencia de entrega de desechos sólidos comunes peligrosos y especiales a su respectivo gestor ambiental

X X X X X X X X X X X X NA

En forma semestral se deberá realizar el análisis del agua de descarga de la planta de con el fin de verificar el cumplimiento de los límites permisibles de descarga

X X NA

Elaborar el informe semestral de cumplimiento al PMA, el mismo que contendrá todas las medidas implementadas, indicadores, medios de verificación, hallazgos y Plan de Acción en caso de no Conformidades. Este informe deberá ser presentado a la Autoridad Ambiental competente

X X NA

Realizar una Auditoría anual y luego cada dos años a las instalaciones de la planta a fin de verificar la implementación del Plan de Manejo Ambiental

X NA

PRC-01 PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS

Atención de inquietudes, solicitudes y quejas a los vecinos y comunidades X X X X X X X X X X X X NA

Realizar reuniones para tratar temas laborales X NA

En caso de generarse un conflicto se deberán definir compromisos escritos entre el propietario y el trabajador y/o comunidad, a ser cumplidos por ambas partes en un tiempo determinado.

X X X X X X X X X X X X NA

PPM-06 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

Programa de Seguridad Industrial

Adoptar medidas básicas de seguridad y mantener acciones de prevención de accidentes laborales

X X X X X X X X X X X X NA

Está prohibido “permitir que el trabajador realice una labor riesgosa para la cual no fue entrenado previamente

X X X X X X X X X X X X NA

Todos los trabajadores deben utilizar los equipos de protección personal y deberán usar la ropa de trabajo

X X X X X X X X X X X X 600

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En todos los lugares de trabajo, así como en los vehículos de transporte, se tendrá botiquines o estuches de primeros auxilios

X X X X X X X X X X X X 200

PPM-07 Programa de Señalización

Colocar y mantener señalización de advertencia, de obligación y acción de mando, de peligro y prohibición, de evacuación y otras

X X X X X X X X X X X X 500

PPM-08 PLAN DE CONTINGENCIA LAS MEDIDAS APLICAN EN CUANTO SURJA UNA CONTINCENCIA O EMERGENCIA O DURANTE SIMULACROS

Prevención de riesgos por eventos naturales

Se realizará charlas de información al personal de obra, sobre las acciones a realizar en caso de sismo y Tsunami.

X X X X X X X X X X X X NA

Se mantendrán despejadas las rutas de evacuación. X X X X X X X X X X X X NA

Prevención y control de incendios

Se mantendrán los extintores contra incendios en todas las áreas de la planta. X X X X X X X X X X X X 300

Se examinarán los equipos de extinción y se probarán semestralmente para evitar problemas en casos de emergencia.

X X NA

Realizar al menos un simulacro anual de incendio y emergencias ambientales X NA

En caso de una emergencia, se reportará a la Autoridad de Control, así como las medidas implementadas durante la emergencia

TOTAL 7600

Se considera que para la implementación del Plan de Manejo Ambiental durante el primer año será de USD $7600 (Siete mil seiscientos dólares norteamericanos); los demás años, el valor será menor, dado que ya no se requerirán construir facilidades como la estación de almacenamiento temporal de desechos, planta de tratamiento de aguas residuales, señalética y demás.

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20. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Conesa Fernández- Vitora; Guía Metodológica para la Evaluación de Impactos Ambientales, 3° edición, mundi – prensa, Madrid 2010 Conesa Vicente, Guía Metodológica para la Evaluación de Impacto Ambiental, 2da. Edición, 1995, Madrid, España. Juan Carlos Páez, 1996. Introducción a la evaluación del impacto ambiental, Ecuador. MOP. 2002. Guías para evaluación de impacto ambiental INEN. Código de prácticas para señalización de vías Código del trabajo 2393. Codificación 17, Registro Oficial Suplemento 167 de 16 de Diciembre del 2005. Código de la Salud. Decreto Supremo 188, Registro Oficial 158 de 8 de Febrero de 1971. Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo. Reglamento General del Seguro del Riesgos del Trabajo IESS. Albuja, et al. 1980. Estudio preliminar de los vertebrados ecuatorianos. Escuela Politécnica Nacional. Departamento de Biología. Quito. Cañadas, L. 1983. El mapa bioclimático y ecológico del Ecuador. MAG. PRONAREG. Quito. Coloma, L. 1991. Anfibios del Ecuador: Lista de especies, ubicación altitudinal y referencias bibliográficas. Reportes técnicos Nº 2. Ecociencia. Corporación de estudios y publicaciones, Julio de 1999. Ley de Minería, reglamento y Legislación conexa. Ministerio del Ambiente, 2002. Texto Unificado de la Legislación Ambiental. Libro VI: De la Calidad Ambiental. Título II. Políticas nacionales de residuos sólidos. Ministerio del Ambiente, 2002. Texto Unificado de la Legislación Ambiental. Libro VI: De la Calidad Ambiental. Título IV. Reglamento a la Ley de Gestión ambiental para prevención y control de contaminación ambiental Ministerio del Ambiente, 2002. Texto Unificado de la Legislación Ambiental. Libro VI: De la Calidad Ambiental. Título V. Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos. Ministerio del Ambiente, 2002. Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria. Anexo 2: Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo y criterios de Remediación para suelos contaminados. Ministerio del Ambiente, 2002. Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria. Anexo 3. Norma de Calidad del Aire Ambiente. Ministerio del Ambiente, 2002. Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria. Anexo 4. Norma de Emisiones al Aire desde Fuentes Fijas de Combustión. Ministerio del Ambiente, 2002. Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. Anexo 5: Límites Permisibles de Niveles de Ruido Ambiente para Fuentes Fijas y Fuentes Móviles y para Vibraciones.

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Ministerio del Ambiente, 2002. Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. Anexo 6: Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de Desechos Sólidos no Peligrosos. RIDGELY AND GREENFIELD. 2001. The Birds of Ecuador. Field guide. Cornell University Press. Ridgely, R. et al. 1998. Una lista anotada de las aves del Ecuador Continental. CECIA. Quito. Sierra, R. 1999. Vegetación remanente del Ecuador continental. Circa. 1997. 1:1’000.000. Proyecto INEFAN/GEF y Wildlife Conservation Society. Quito – Ecuador. Sierra, R. (Ed.). 1999. Propuesta preliminar de un sistema de clasificación de vegetación para el Ecuador Continental. Proyecto INEFAN/GEF – BIRF y Ecociencia. Quito. Tirira, D. 1999. Mamíferos del Ecuador. Museo de Zoología. PUCE. 392 p.

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ANEXOS

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Anexo 1. Calificación del consultor en el Ministerio del Ambiente.

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102

Anexo 2. Certificado y mapa de no intersección de la planta con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado; y, Captura de la Pantalla del Sistema SUIA.

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Anexo 3. Oficio MAE-SUIA-RA-CGZ4-DPAM-2014-01752 del 16 de diciembre de 2014, aprobación de los Términos de Referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental Ex – post de la planta harinera “Jaramijó”

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Anexo 4. Formato de Encuesta a la Población del Area de Influencia Directa del Proyecto.

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108

Anexo 5. Resultados de la Tabulación de encuestas a los pobladores del Área de influencia directa.

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Anexo 6. Matriz de identificación, calificación y evaluación de impactos de la operación, mantenimiento y cierre de la planta

C I E D Ma C I E D Ma C I E D Ma C I E D Ma C I E D Ma C I E D Ma C I E D Ma

SUELOPresencia de

Hidrocarburos-1,0 2,5 2,5 5,0 -3,0 -1,0 5,0 2,5 5,0 -4,0 -1,0 5,0 2,5 5,0 -4,0 -1,0 2,5 2,5 2,5 -2,5 -1,0 2,5 2,5 5,0 -3,0

Presencia de

Deschos

Sólidos

-1,0 2,5 2,5 2,5 -2,5 -1,0 5,0 2,5 5,0 -4,0 -1,0 5,0 2,5 2,5 -3,5 -1,0 2,5 2,5 5,0 -3,0 -1,0 5,0 2,5 2,5 -3,5 -1,0 5,0 2,5 2,5 -3,5

AGUACalidad del

Agua-1,0 2,5 2,5 2,5 -2,5 -1,0 5,0 2,5 5 -4,0 1,0 5 2,5 5 4,0 -1,0 5,0 2,5 2,5 -3,5 1,0 2,5 2,5 2,5 2,5 -1,0 5,0 2,5 5,0 -4,0 -1,0 2,5 2,5 5,0 -3,0

AIREIncremento de

Ruido-1,0 2,5 2,5 2,5 -2,5 -1,0 5,0 5,0 5,0 -5,0 -1,0 2,5 2,5 2,5 -2,5 -1,0 2,5 2,5 2,5 -2,5 -1,0 2,5 2,5 5,0 -3,0

Emisión de

Gases-1,0 5,0 2,5 10,0 -5,0 -1,0 2,5 2,5 2,5 -2,5

Generación de

olores-1,0 2,5 5,0 5,0 -4,0 -1,0 5,0 5,0 5,0 -5,0 -1,0 2,5 2,5 2,5 -2,5 -1,0 2,5 2,5 2,5 -2,5

Biótico FaunaEmigración de

la fauna-1,0 5,0 2,5 5,0 -4,0 1,0 2,5 5,0 10,0 5,0

EconomíaGeneración de

Empleo1,0 2,5 5,0 5,0 4,0 1,0 5,0 5,0 10,0 6,0 1,0 2,5 5,0 2,5 3,5 1,0 2,5 2,5 5,0 3,0 1,0 2,5 5,0 2,5 3,5 1,0 2,5 5,0 2,5 3,5

Saneamiento

Ambiental

Efectos sobre

la salud-1,0 2,5 2,5 2,5 -2,5 -1,0 2,5 2,5 2,5 -2,5 1,0 2,5 2,5 2,5 2,5 1,0 2,5 2,5 2,5 2,5 1,0 2,5 2,5 2,5 2,5 -1,0 2,5 2,5 2,5 -2,5

NUMERO DE INTERACCIONES =43

C = Carácter, I = Intensidad, E = Extensión, D = Duración, Ma = Magnitud

Anexo 6 a. MATRIZ NO. 1 IDENTIFICACION Y VALORACION DE MAGNITUD DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES.

Recepción de material primaFuncionamiento del Caldero,

molino, secador, empaque

Sistema de tratamiento de

aguas residuales

Mantenimiento preventivo de

equipos y maquinarias

Repotenciación y optimización

de la planta

COMPONENTE

SOCIO

ECONOMICO

COMPONENTE

FISICO

Actividades de la Operación

Limpieza y mantenimiento de

la planta después de cada

proceso de producción

Cierre y abandono

Factores Ambientales

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110

SUELOPresencia de

Hidrocarburos2,5 2,5 2,5 5,0 5,0 5,0 2,5 2,5 2,5 2,5 5,0 3,8 5 2,5 3,8

Presencia de Deschos

Sólidos5 2,5 3,8 5,0 5,0 5,0 5,0 2,5 3,8 2,5 2,5 2,5 10,0 2,5 6,3 5,0 5,0 5,0

AGUA Calidad del Agua 5 2,5 3,8 5,0 2,5 3,8 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5

AIRE Incremento de Ruido 5 2,5 3,8 5,0 5,0 5,0 5,0 2,5 3,8 5,0 2,5 3,8 5,0 2,5 3,8

Emisión de Gases 10,0 5,0 7,5 2,5 2,5 2,5

Generación de olores 5 5 5,0 10,0 5,0 7,5 5,0 5,0 5,0 2,5 2,5 2,5

Biótico FaunaEmigración de la

fauna2,5 5,0 3,8 2,5 2,5 2,5

COMPONENTE

SOCIO

ECONOMICO

EconomíaGeneración de

Empleo5,0 2,5 3,8 10,0 5,0 7,5 5,0 5,0 5,0 2,5 2,5 2,5 5,0 5,0 5,0 5,0 2,5 3,8

Saneamiento

AmbientalEfectos sobre la salud 2,5 2,5 2,5 5,0 2,5 3,8 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 5,0 2,5 3,8

Anexo 6 b. MATRIZ NO. 2 IDENTIFICACION Y VALORACION DE IMPORTANCIA DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES.

Actividades de la Operación

COMPONENTE

FISICO

Cierre y AbandonoRecepción de

material prima

Funcionamiento del

Caldero, molino,

secador, empaque

Sistema de

tratamiento de

aguas residuales

Mantenimiento

preventivo de

equipos y

maquinarias

Repotenciación y

optimización de la

planta

Limpieza y

mantenimiento de

la planta después de

cada proceso de

producciónFactores Ambientales

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111

SUELOPresencia de

Hidrocarburos-3,0 2,5 -4,0 5,0 -4,0 2,5 -2,5 3,8 -3,0 3,8

Presencia de Deschos

Sólidos-2,5 3,8 -4,0 5,0 -3,5 3,8 -3,0 2,5 -3,5 6,3 -3,5 5,0

AGUA Calidad del Agua -2,5 3,8 -4,0 3,8 4,0 2,5 -3,5 2,5 2,5 2,5 -4,0 2,5 -3,0 2,5

AIRE Incremento de Ruido -2,5 3,8 -5,0 5,0 -2,5 3,8 -2,5 3,8 -3,0 3,8

Emisión de Gases -5,0 7,5 -2,5 2,5

Generación de olores -4,0 5,0 -5,0 7,5 -2,5 7,5 -2,5 2,5

Biótico Fauna Emigración de la fauna -4,0 3,8 5,0 2,5

Economía Generación de Empleo 4,0 3,8 6,0 7,5 3,5 5,0 3,0 2,5 3,5 5,0 3,5 3,8

Saneamiento

AmbientalEfectos sobre la salud -2,5 2,5 -2,5 3,8 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 2,5 -2,5 3,8

NUMERO DE INTERACCIONES = 82 AFECTACION NEGATIVA

COMPONENTE

SOCIO

ECONOMICO

Actividades de la plantaMantenimiento

preventivo de

equipos y

maquinarias

Anexo 6 c. MATRIZ No. 3 VALORACION DE IMPACTOS AMBIENTALES

Repotenciación y

optimización de la

planta

Limpieza y

mantenimiento

de la planta

después de cada

proceso de

producción

Cierre y abandonoRecepción de

material prima

Funcionamiento

del Caldero,

molino, secador,

empaque

Sistema de

tratamiento de

aguas residuales

COMPONENTE

FISICO

SIMBOLOGIA Ma Im AFECTACION POSITIVA

Ma = Magnitud,

Im = Importancia

Factores Ambientales

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112

SUELOPresencia de

Hidrocarburos-7,5 -20,0 -10,0 -9,4 -11,3 0,0 5,0 -58,1

Presencia de

Deschos

Sólidos

-9,4 -20,0 -13,1 -7,5 -21,9 -17,5 0,0 6,0 -89,4

AGUACalidad del

Agua-9,4 -15,0 10,0 -8,8 6,3 -10,0 -7,5 2,0 5,0 -34,4

AIREIncremento de

Ruido-9,4 -25,0 -9,4 -9,4 -11,3 0,0 5,0 -64,4

Emisión de

Gases-37,5 -6,3 0,0 2,0 -43,8

Generación de

olores-20,0 -37,5 -12,5 -6,3 0,0 4,0 -76,3

Biótico FaunaEmigración de

la fauna-15,0 12,5 1,0 1,0 -2,5

EconomíaGeneración de

Empleo15,0 45,0 17,5 17,5 13,1 5,0 0,0 108,1

Saneamiento

Ambiental

Efectos sobre la

salud-6,3 -9,4 6,3 6,3 7,5 6,3 -9,4 4,0 3,0 1,3

1,0 1,0 2,0 2,0 2,0 2,0 2,0 12,0 31,0

6,0 8,0 1,0 4,0 1,0 5,0 6,0 -259,4

-46,9 -134,4 3,8 -17,5 6,3 -33,1 -37,5 -259,4

AFECTACIONES NEGATIVAS

AGRAGACION DE IMPACTOS

Anexo 6 d. MATRIZ No. 4 MATRIZ DE VALORACION DE IMPACTOS AMBIENTALES. AGREGACION DE IMPACTOS

Limpieza y

mantenimiento

de la planta

después de cada

proceso de

producción

Cierre y abandono

AFECTACIONES POSITIVAS

Recepción de

material

prima

Actividades de la planta

COMPONENTE

FISICO

COMPONENTE

SOCIO

ECONOMICO

AFECTACIONES

NEGATIVAS

AGREGACION

DE IMPACTOS

Funcionamiento del

Caldero, molino,

secador, empaque

Sistema de

tratamiento de

aguas

residuales

Mantenimient

o preventivo

de equipos y

maquinarias

Repotenciaci

ón y

optimización

de la planta

EFECTACIONES

POSITIVAS

Factores Ambientales

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113

Anexo 7. Señalética a ser aplicada en la planta

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114

ANEXO FOTOGRÁFICO

Área de ubicación de la planta

La nueva ubicación de la planta no implicó la remoción de cobertura vegetal nativa,

solamente plantas pioneras rastreras

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115

Encuestas a los pobladores de la zona del proyecto

En la zona de Influencia del proyecto se encuentran pocos habitantes, la mayor parte

son industrias.

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116

La planta harinera se encuentra dentro de las instalaciones del “Parque del Atún”

En el sitio se encuentran además negocios puntuales.