ORDENANZA PARA EL EMPLEO EN EL PANGUI

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GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE EL PANGUI PROYECTO DE ORDENANZA PARA EL EMPLEO EN EL CANTON EL PANGUI EXPOSICION DE MOTIVOS: El país secularmente ha mantenido una errada política laboral, afectando de este modo el legítimo derecho que tenemos los ciudadanos de acceder a una fuente de trabajo que asegure una vida digna para las personas por ende para la institución más importante de la sociedad como es la familia, aspecto que en nuestro cantón no ha sido distinto. Esta situación ha traído consigo el indetenible e incontrolable fenómeno migratorio, que ha obligado a miles de ciudadanos y ciudadanas a salir de nuestro cantón en busca de mejores días para sus seres queridos, y que, no en contados casos han terminado en la desintegración familiar dejando severas huellas entre sus miembros, principalmente en las niñas, niños y adolescentes que son quienes sienten con mayor dureza esta realidad. El sistema económico imperante (capitalismo) atraviesa una de las etapas más agudas de su crisis, cuyos efectos recaen con mayor fuerza sobre las espaldas de la clase trabajadora en los países empobrecidos y dependientes como el nuestro. Con estos antecedentes considero pertinente que nuestra Cámara Edilicia debe cumplir el deber que la Constitución, la Ley y el pueblo le ha encomendado, y contribuya a disminuir el hambre, la pobreza, el analfabetismo y la marginalidad de que es víctima la inmensa mayoría de panguenses legislando en su beneficio. Con estos fundamentos, fácil será comprender la importancia de este proyecto, los objetivos que persigue, con la finalidad de reorientar una política laboral en el cantón que defienda los intereses de nuestra población, mejore la calidad de vida de su gente y sirva para el desarrollo equilibrado y equitativo de los pueblos y nacionalidades en el marco de la interculturalidad. EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE EL PANGUI CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador en el Art. 33 proclama que el trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado;

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PROYECTO DE ORDENANZA PARA EL EMPLEO EN EL CANTON EL PANGUI

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GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE EL PANGUI

PROYECTO DE ORDENANZA PARA EL EMPLEO EN EL CANTON EL PANGUI

EXPOSICION DE MOTIVOS:

El país secularmente ha mantenido una errada política laboral, afectando de este modo el legítimo derecho que tenemos los ciudadanos de acceder a una fuente de trabajo que asegure una vida digna para las personas por ende para la institución más importante de la sociedad como es la familia, aspecto que en nuestro cantón no ha sido distinto. Esta situación ha traído consigo el indetenible e incontrolable fenómeno migratorio, que ha obligado a miles de ciudadanos y ciudadanas a salir de nuestro cantón en busca de mejores días para sus seres queridos, y que, no en contados casos han terminado en la desintegración familiar dejando severas huellas entre sus miembros, principalmente en las niñas, niños y adolescentes que son quienes sienten con mayor dureza esta realidad. El sistema económico imperante (capitalismo) atraviesa una de las etapas más agudas de su crisis, cuyos efectos recaen con mayor fuerza sobre las espaldas de la clase trabajadora en los países empobrecidos y dependientes como el nuestro. Con estos antecedentes considero pertinente que nuestra Cámara Edilicia debe cumplir el deber que la Constitución, la Ley y el pueblo le ha encomendado, y contribuya a disminuir el hambre, la pobreza, el analfabetismo y la marginalidad de que es víctima la inmensa mayoría de panguenses legislando en su beneficio. Con estos fundamentos, fácil será comprender la importancia de este proyecto, los objetivos que persigue, con la finalidad de reorientar una política laboral en el cantón que defienda los intereses de nuestra población, mejore la calidad de vida de su gente y sirva para el desarrollo equilibrado y equitativo de los pueblos y nacionalidades en el marco de la interculturalidad.

EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE EL PANGUI

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la República del Ecuador en el Art. 33 proclama que el trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado;

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Que, la Constitución de la República del Ecuador en el Art. 3, numeral 6, dice: que es deber del Estado, promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el territorio mediante el fortalecimiento del proceso de autonomías y descentralización; Que, la Declaración Universal de los Derechos Humanos en el Art.23 numeral 1, señala: que toda persona tiene derecho al trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo; Que, es imperativo para el cumplimiento de las competencias que la Constitución impone a los Gobiernos Municipales, garantizar, formular y ejecutar políticas de eliminación de la indigencia, la superación de pobreza, la reducción del desempleo y subempleo; promoviendo el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de la riqueza; Que, el Gobierno Nacional, los legisladores, pero esencialmente los ciudadanos y ciudadanas de nuestro cantón, han ratificado en una y otra vez, la voluntad de mantener la unidad, para compartir los beneficios del progreso, asegurando a sus habitantes una vida digna igualdad de derechos y de oportunidades para acceder al trabajo; Que, es necesario vigilar las actividades económicas relacionadas con los recursos naturales no renovables, los productos del subsuelo, los minerales y sustancias cuya naturaleza sea distinta de la del suelo. La diversidad biológica, ictiológica, reservas naturales y áreas protegidas, relacionadas con su conservación y utilización sustentable y sostenible, y, que las mismas se harán con la participación de nuestra población; Que, para combatir la pobreza y contribuir a la eliminación de la indigencia, en forma exclusiva, todas las empresas con capitales nacionales y/o extranjeros, que requieran de la mano de obra calificada y no calificada, darán tratamiento especial y procurarán llenar las plazas de trabajo contratando a los oriundos y residentes en la jurisdicción cantonal; Que, es imperativo contar con una ordenanza que permita realizar un ágil, efectivo, eficaz, eficiente control y oportuna atención a las necesidades sociales de los habitantes; y, En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, Expide la siguiente:

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ORDENANZA PARA EL EMPLEO EN EL CANTON EL PANGUI Art. 1.- Demandar de las instituciones y empresas legalmente constituidas y que se encuentren ejerciendo sus actividades, apegadas a la Constitución de la República del Ecuador, a las leyes vigentes y a la moral y al orden público, sean éstas públicas, privadas, mixtas, comunitarias o de autogestión; agroindustriales, madereras, productivas, constructoras, de prestación de bienes y servicios generales, etc., con capitales nacionales y/o extranjeros, que operen legalmente en la jurisdicción del cantón El Pangui y que requieran de la mano de obra no calificada, contraten de manera obligatoria, el 100% de entre los ciudadanos oriundos y residentes del cantón, y al menos el 60% cuando se trate de mano de obra calificada, quienes prestará, sus servicios lícitos y personales. En caso de no existir los profesionales requeridos, se preferirá a nivel provincial y regional. Art. 2.- Instar a todas las empresas, microempresas y organismos determinadas en el artículo 1 de la presente Ordenanza, contraten a las empresas y organizaciones de bienes y servicios, que tienen su domicilio en el cantón El Pangui. Art. 3.- Procurar mejorar las condiciones del sector informal de bajos recursos económicos, a través de políticas de información, capacitación, producción y comercialización. Se orientará la inversión y reinversión con carácter preferencial. Se estimulará el consumo de productos de la zona. Art. 4.- Vigilar que las actividades económicas, fomenten y generen la confianza y cumplan con la presente regulación, incentivando el pleno empleo. Art. 5.- El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de El Pangui, fomentará la ciencia y la tecnología, dirigidas a mejorar la productividad, competitividad, el manejo sostenible y sustentable de los recursos naturales, y la satisfacción de las necesidades básicas de la población. Art. 6.- Para el desarrollo y control de las actividades relacionadas a la ejecución de la presente Ordenanza, créase la Mesa de Trabajo, que estará integrada por cuatro miembros: 1 El Alcalde o su delegado quien la presidirá; 1 Concejal delegado por la Cámara Edilicia; 1 delegado por la Asociación Interprofesional de Artesanos; 4 delegados de los trabajadores del cantón El Pangui. Art. 7.- Una vez conformada la Mesa de Trabajo, esta expedirá el Reglamento para el fiel cumplimiento de sus funciones a ella encomendada; Art. 8.- Para vigilar el cumplimiento de la presente Ordenanza, será indispensable disponer de los valores económicos en la cantidad y oportunidad debida para satisfacer las necesidades y control de las actividades relacionadas con la ejecución de la presente Ordenanza. Dichos recursos económicos provendrán del Gobierno Municipal.

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Art. 9.- Cuando la Mesa de Trabajo, llamare a prestar su colaboración, a cualquier trabajador o este sea miembro de ella, la empresa, institución u organización empleadora asentada en el cantón, deberá conceder el correspondiente permiso remunerado por el tiempo que sea necesario. Articulo final.- La presente Ordenanza, entrará en vigencia a partir de su sanción por parte del señor Alcalde, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Es dada en la sala de sesiones del Gobierno Municipal del Cantonal de El Pangui, a los 23 días del mes de Mayo de 2011.-

Sr. Luis Mauro Portilla Andrade Dr. Geovanny Caamaño Gangotena ALCALDE DEL GAD SECRETARIO DEL GAD MUNICIPAL DE EL PANGUI RAZON: CERTIFICO: QUE LA PRESENTE ORDENANZA PARA EL EMPLEO EN EL CANTON EL PANGUI, FUE DISCUTIDA Y APROBADA EN LAS SESIONES ORDINARIAS CELEBRADAS LOS DÍAS 02 Y 23 DE MAYO DE 2011. -

Dr. Geovanny Caamaño Gangotena SECRETARIO DEL GOBIERNO AUNTONOMO

DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE EL PANGUI

EL Pangui, 24 de Mayo de 2011, a las 10H00. – De conformidad a la previsto en el inciso tercero del Artículo 322 del Código de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, remito original y tres copias de la presente ordenanza al señor Alcalde, para su sanción y promulgación. -

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Dr. Geovanny Caamaño Gangotena SECRETARIO DEL GOBIERNO AUNTONOMO

DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE EL PANGUI

El Pangui, 24 de Mayo de 2011, a las 11H45. - De conformidad a lo previsto en el inciso tercero del Artículo 322 del Código de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, habiéndose observado el trámite legal pertinente , sanciono la presente ordenanza para que entre en vigencia , su promulgación se hará de acuerdo a lo previsto en el Artículo 324 del Código de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. -

Sr. Luis Mauro Portilla Andrade ALCALDE DEL GOBIERNO AUNTONOMO

DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE EL PANGUI

Sancionó y firmó la presente Ordenanza, conforme al decreto que antecede, el Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de El Pangui, Sr. Luis Mauro Portilla Andrade, a los veinte y cuatro días de mayo de dos mil once, a las 15H00. -

Dr. Geovanny Caamaño Gangotena

SECRETARIO DEL GOBIERNO AUNTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE EL PANGUI