OSQUE DE MARIQUITA No arrojemos residuos de aceite usado ...
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ALCALDÍA MUNICIPAL
DE SAN SEBASTIÁN DE MARIQUITA .
ALEJANDRO GALINDO
RINCÓN
Alcalde Municipal
2016-2019
CARLOS ARTURO ARCILA ÁLZATE.
Secretario de Desarrollo Agropecuario
RICARDO SÁNCHEZ NIÑO.
Profesional Universitario
EDUCACIÓN AMBIENTAL EN
SAN SEBASTIÁN DE
MARIQUITA-TOLIMA
RESERVA FORESTAL PROTECTORA DE LAS
QUEBRADAS EL PEÑÓN Y SAN JUAN– BOSQUE
DE
MARIQUITA
IMPORTANCIA HISTÓRICA AMBIENTAL Y
CULTURAL
PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN
ORDENES DE LA ACCIÓN POPULAR
No arrojemos residuos de aceite usado al lavapla-
tos y evitar al máximo el consumo de icopor.
Cuidemos los animales y en especial protejamos
la fauna silvestre la cual no se puede tener como
mascota.
No realice quemas, el humo afecta la salud de las
personas y el medio ambiente de las aves y la
fauna silvestre que habita en el bosque.
Implemente buenas prácticas agrícolas entre ellas
el manejo de envases de plaguicidas.
BOSQUE DE MARIQUITA
Remanente de la expedición Botánica.
Construcción y licencias para actividades
mineras, como la explotación de recursos
naturales. La suspensión y clausura de toda
explotación minera, hídrica o actividad agrí-
cola y pecuaria incompatible con los usos de
suelo. La realización de un plan zonal de Or-
denamiento y gestión . La realización de
Educación Ambiental sobre la importancia
de proteger y conservar la Reserva. El alin-
dera miento y amojonamiento de la franja
de delimitación. El control y Vigilancia para
evitar nuevos asentamientos.
Mediante la Resolución No. 2709 de 21 de
Diciembre de 2017 del Ministerio de Am-
biente y Desarrollo sostenible se precisan los
límites cartográficos de la Reserva Forestal.
BUENAS PRACTICAS AMBIENTALES
Aplique las 3 Rs: Reduzca, reutilice y recicle.
Evite mezclar los residuos separe adecuada-
mente.
No arroje ninguna clase de residuos al bos-
que, menos aún Pilas o Residuos Peligrosos.
Evitemos recibir bolsas de plástico
LA RESERVA FORESTAL LA ACCIÓN POPULAR
Abarca las microcuencas de las quebradas el
Peñón y San Juan—Bosque de Mariquita y fue
declarada mediante Resolución No. 1.240 de
19 de Diciembre de 1.960 del Ministerio de
Agricultura y constituye patrimonio Ambien-
tal, Social y Cultural de Mariquita.
Reviste un interés particular histórico científi-
co por constituir los remanentes de una de las
áreas en donde en gran parte adelantó su
labor exploratoria la Real Expedición Botánica
del Nuevo Reino de Granada.
Es la determinante Ambiental mas importan-
te de Mariquita, hace parte del sistema de
áreas protegidas, zona de conservación ecoló-
gica de bosque húmedo tropical y reservorio
de fauna y flora silvestre y se encuentra en la
Jurisdicción de la Corporación Autónoma Re-
gional del Tolima CORTOLIMA.
La Reserva Forestal es una zona productora y
protectora de agua precisamente la quebra-
da el Peñón es el Nacimiento del Rio Cuamo
el cual se va fortaleciendo con las aguas de las
quebradas San Juan, San Juancito, la Figue-
roa, El Silencio, la Puerquera, y las Quebradas
Murillo y Morales para desembocar al Rio
Sabandija..
Los bosques de la Reserva forestal contribu-
yen a la limpieza del aire, es donde se mode-
la el clima de la región y tiene una importan-
Cia vital para la salud y calidad de vida de los
habitantes de la ciudad de Mariquita.
La Reserva forestal sufre gran daño Ambiental
con una alta fragmentación de la cobertura
boscosa original, con la consecuente pérdida
de la biodiversidad y el deterioro de la canti-
dad y calidad del recurso hídrico; la contami-
nación y otras afectaciones ecosistemicas
razón por la cual la Procuraduría Judicial Am-
biental y Agraria para el Tolima , instauró Ac-
ción Popular Radicación No. 2007-00200 en
contra del Municipio de Mariquita, el Depar-
tamento del Tolima, la Corporación CORTOLI-
MA y Ministerio de Ambiente en el año 2007.
El Juzgado 5 Administrativo de Ibagué me-
diante auto de 17 de Septiembre de 2.007
decretó medidas cautelares de protección
disponiendo la prohibición de realizar nuevas
construcciones , ordenando control y vigilan-
cia , la recolección de residuos sólidos, la pro-
tección de los recursos naturales y el medio
Ambiente y la ejecución de planes y políticas
para el mantenimiento de su desarrollo soste-
nible. Con fecha 30 de junio de 2015 el Juzga-
do 2 Administrativo de descongestión del
Circulo de Ibagué profirió Sentencia la cual
fue confirmada posteriormente por el Tribu-
nal Administrativo del Tolima en Providencia
del 9 de diciembre de 2.015 declarando res-
ponsables solidariamente a las entidades de-
mandadas por la vulneración de los derechos
colectivos invocados por la parte Actora y
dictando órdenes precisas, por lo cual para el
cumplimiento de la Sentencia se le hace se-
guimiento a través de un comité de verifica-
ción.
ORDENES DE LA SENTENCIA: Entre las Órde-
nes de la Sentencia Proferida se encuentran:
Adquisición de predios para conectividad de
ecosistemas. Reubicación de las personas que
se encuentran en la Reserva Bosque de Mari-
quita . Prohibición de expedir licencias de-