PARA UN CONCEPTO DE TERRITORIO

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PARA UN CONCEPTO DE TERRITORIO

CON ESTATUS CONTITUCIONAL

Por: Diego Cerda Seguel*

Publicado en: https://pactochileverde.cl/2021/01/02/para-un-concepto-de-territorio-con-estatus-

constitucional/

Fecha: 2 enero, 2021

Resumen:

Se planeta que el concepto de territorio debería estar presente de manera explícita como artículo

dentro de la Constitución chilena que debe ser redactada por una Convención Constitucional a ser

elegida en abril de 2021. El fundamento de esta propuesta es que el concepto de territorio ha sido

dado por sentado sin convenir en una definición adecuada del propio concepto de territorio. Para

esta definición explícita y operativa dentro de una Constitución se plantea el uso del concepto de

Geosemántica social, concepto derivado de investigaciones del autor en sociología política sobre el

fenómeno de los mapas digitales sociales, iniciadas hace más de 15 años a través del concepto de

territorio observado, reflexionado y sintetizando desde la sociología política.

Brief:

The proposal of this text is that the concept of territory must be present, explicitly as an article in

the coming Chilean Constitution; that will be redacted by an elected Constitutional Convention in

april 2021. This proposal is founded on the fact that the term territory is used without a proper

definition in Constitutional, to set the wide administrative, political and strategic contexts of use. In

order to achieve this explicit definition as an constitutional article, this text uses the 'social

geosemantics' theoretical framework, derived in 15 years long researches and practical projects

about social digital maps, as an important emergence phenomenon for society, developed thorough

the observation reflexión and synthesis of the territory concept, taking a political sociology stand.

Introducción

Este texto sobre el concepto de Territorio tiene una vocación constituyente, pues se inscribe en el

marco de la tarea de redactar una nueva Constitución para la República de Chile. De manera regular,

en los distintos debates y presentaciones se alude al concepto de Territorio y su relevancia en la

nueva constitución, sin detenernos a definir de manera explícita a que nos referimos, siendo este

concepto un protagonista tal vez central del proceso en ciernes. A continuación, hacemos un ensayo

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tendiente a esa definición. Para esto se problematiza el concepto de Territorio continuando un

trabajo sostenido de más de 15 años, que se desliza a través el concepto de geosemántica social,

que desarrolla la ecuación teórica:

TIERRA + SENTIDO = TERRITORIO

Las investigaciones derivadas de esta línea de trabajo están íntimamente apegadas al fenómeno de

los mapas digitales en internet, en tanto que estos mapas son soporte de anotaciones sociales

contingentes que poseen un impacto potencial sobre el espacio geográfico de la comunidad hasta

alcanzar el nivel político y microgeopolítico.

Desde hace tres décadas trabajo con lecturas, observación, notas y escritos sobre teoría política,

esto lo he realizado por una variedad de entradas, que incluye un origen en Tucídides y Polibio;

siendo de importancia evidente el que hace 30 años se desmoronaba la Unión Soviética y el nivel de

incertidumbre ideológica planteaba un desafío intelectual, válido y auspicioso, que ha tenido como

objetivo vital y profesional, poder avanzar en la comprensión del horizonte político de nuestra

sociedad, especialmente frente a la Esfinge existencial de un mundo en emergencia: un siglo XXI de

mayor concentración, ya propiamente neofeudal y neocolonial de la riqueza; el arranque de los

motores de Inteligencia Artificial; la mano de obra robótica; la edición genética y la nanotecnología

con mayúsculas; las pandemias, así como de otras novedades disruptoras que exigen nuevos marcos

de entendimiento paradigmático del poder y el contrato social que lo faculta.

Hace 17 años estas investigaciones tuvieron un desvío paulatino hacia lo socioespacial en los mapas

digitales, lo que entregó otra perspectiva para facilitar la formulación de un concepto de territorio

que integre las consecuencias culturales del cambio socio tecnológico.

GEOSEMÁNTICA SOCIAL

Inicié con la observación sociológica de los sistemas de información geográfica (SIG), en tanto

dispositivos al servicio del Estado y de grandes intereses geoestratégicos privados, como medio

electrónico de prospección, planificación, programación, sensoramiento y catastro, del espacio

geográfico, el cual ha demostrado una capacidad inmensa como medio de intervención lucrativa del

capital sobre el paisaje y como herramienta de desarrollo económico territorial para los diseños

gubernamentales, proveyendo con la capacidad de resignificar los grandes espacios de tarea; objeto

de la minería, la agricultura industrial, la explotación forestal, la generación y transmisión de energía

eléctrica. Esta observación abrió una visión del territorio que posteriores avances tecnológicos

harían emerger con mayor claridad.

Hace 15 años Google lanzó su software de descarga gratuita Google Earth y este lanzamiento

constituyó un acontecimiento trascendental en términos de su impacto proyectivo para un

concepto novedoso del territorio; derivado de la facilidad de uso (amigable), así como su pronta

popularización y masificación (1). Coincidentemente, alrededor de aquellos años el autor Stuart

Elder (2), dio cuenta de la falta de un concepto de territorio con una definición clara y unívoca,

careciendo de una acepción dedicada que lo defina. Por el contrario, su existencia y uso cotidiano

como operador de la propia teoría política, había sido no problemática en la medida en que su

definición se daba por sentada. Es raro esto: que un concepto de la trascendencia y poder operativo

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como el de territorio nunca haya sido problematizado debidamente. Elden propone el intento de

hacerlo, en 2010 publicó el artículo ya citado, titulado “Land, Terrain, Territory” (tierra, terreno,

territorio), el cual es relevante para entender la necesidad de una definición de territorio ante la

carencia de una definición filosófica y científica del mismo, señalando que no existe un estudio

conceptual e histórico del territorio y que en general la teoría política la ha tratado históricamente

como concepto dado, desconociendo la posibilidad que tenga un contenido propio, que Elden toma

como desafío desarrollar. En este contexto de vacío semántico del territorio, que trasluce una

entelequia discursiva, toma mayor relevancia el surgimiento de propuestas de definición novedosas

como la que se revisa y amplía a continuación.

El año 2008 publiqué (3) una propuesta conceptual novedosa que abría el camino a una definición

del concepto de Territorio utilizando un sistema de ecuaciones narrativas. En su desarrollo integraba

el contexto material del cambio social tecnológico, asumiendo las consecuencias de la integración

de los recursos digitales al mundo de la vida; en el sentido que señaló Manuel Castells al afirmar

que “Internet es el tejido de nuestras vidas” (4), de este modo, integrando la aparición de recursos

de software y aplicaciones de globos y mapas digitales tales como Google Earth y Google Maps,

World Wind de NASA, Open Street Maps, así como otras menos conocidas, se creaba un suelo, un

topos, que permitía asentarse en la práctica cotidiana de revisar y consultar mapas de parte de los

usuarios de internet a nivel mundial, impactando en su relación con el espacio geográfico

representado y la vivencia social asociada a esas experiencias.

En la medida que nuestra sociedad se transforma en una cibersociedad, adquiriendo una expresión

virtual, que soporta y refleja nuestra existencia sobre plataformas electrónicas; la puesta en marcha

de los mapas digitales significó también poner a disposición de las personas una nueva forma de

representar, entender, interactuar, comunicar e incidir sobre el espacio, la geografía, el paisaje y el

territorio.

Desde luego este proceso es dependiente de un movimiento de masificación y apropiación social de

estas plataformas y del sentido profundo de dicha apropiación con un impacto cultural y existencial,

que es el que está en el centro de la definición propuesta: los mapas digitales pueden ayudar a

construir territorios a favor de la comunidad, los habitantes, los vecinos, las personas y sus

afinidades socio espaciales asentadas en un sentido de lugar, especialmente pero no

exclusivamente pensando en el mundo rural; también aplicable a los barrios urbanos con raigambre

y representación de un lugar propio y compartido; comunitario. Así como los SIG han ayudado al

capital y a los estados a planificar los territorios como sujetos apropiados, esta vez la dimensión

social del mapa digital abre al uso cultural una herramienta profundamente cívica, para significar

los lugares como territorios de auto reconocimiento.

Para ello se propuso el concepto de geosemántica social, llamando a la semántica para ser enfocada

como campo y medio de significación diferencial de los espacios, lugares, paisajes y geografías, lo

que corresponde a la partícula ‘geo’. Geosemántica social quiere decir que la sociedad ahora es

capaz de significar ontológicamente un espacio o lugar; la comunidad local encuentra las

herramientas para significar su territorio local y con ello sustancializar de forma válida y gráfica dicho

territorio; saliéndose de la estrechez de una definición limitada a una lógica jurídico administrativa

vertical del Estado, incluyendo la incumbencia de intereses de nivel geoestratégico de

multinacionales, del mercado de bienes raíces o de la lógica militar; pasando a una sustancialidad

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comunitaria sobre lo que es el espacio local, asumiendo elementos de identidad, vecindad,

ancestralidad, habitus y costumbres asociados al conocimiento y simbiosis con los equilibrios

naturales históricos de los territorios.

En la medida que ‘internet es el tejido de nuestras vidas’, los recursos dispuestos por la electrónica,

la realidad digital impacta en nuestra percepción y actuación sobre el mundo. Antes, la televisión

definió la realidad a través del velo de la mediatización, llegando a acaparar un significativo poder

social en ello, válido hasta hoy, del mismo modo internet, en estos 20 años de invenciones y

penetración, con software, aplicaciones y artículos electrónicos portables y disruptivos, asumimos

que su impacto sobre la vida es de una significación cardinal, desde el nivel cultural hacia un sentido

común informatizado.

Tras 15 años de la disponibilidad de mapas digitales de uso masificado, podemos también constatar

que el propio entendimiento del entorno local empieza a ser intervenido por la capacidad de

identificarse con representaciones socioespaciales de la geografía, siendo el paisaje el principal. En

adelante el territorio no puede ser concebido sin atender a lo que pasa en los mapas digitales

sociales, como veremos sus dinámicas pueden adquirir un protagonismo desconocido. En adelante,

una ontología del espacio significativo no puede ser construida sin considerar y utilizar los

rendimientos facilitadores y democratizantes que subyacen en los mapas digitales de internet, los

que han sido trabajados desde el concepto de geosemántica social. Para ello fijemos nuestra mirada

sobre el ecosistema más recurrido de mapas: el de Google.

En octubre de 2019 se inició un estallido social en todas las ciudades de Chile simultáneamente, sin

embargo tuvo un centro geográfico en una Plaza rotonda, llamada popularmente como plaza Italia;

siempre concurrida y magneto de masas en las celebraciones y en la protesta; se llamaba Italia por

una confusión con otra plaza vecina existente en un continuo de áreas verdes que adorna un nudo

vial con rotonda; que es de carácter estratégico, conectando los cuatro puntos cardinales del área

metropolitana, pero cuyo nombre oficial es Plaza Baquedano. Durante el estallido, esta plaza fue

propuesta en Asamblea del pueblo con un nuevo nombre: Plaza de la Dignidad, esto ocurrió in situ,

pero también en las redes sociales, obteniendo una masiva aprobación, hasta constituirse de hecho

como una toponimia consolidada.

En ese proceso ocurrió que este nombre fue formulado ante la plataforma Google Maps; puesto

que esta plataforma permite la posibilidad de sugerir nombres para los lugares, y además, que otras

personas puedan votar y patrocinar el nombre sugerido mediante su votación. De este modo, al

tiempo que la gente popularizaba la nueva denominación Plaza de la Dignidad en la comunicación

directa y las redes sociales digitales, alguien también anotó este nombre sugerido en esta

plataforma y muchos apoyaron este nombre, el resultado fue que durante unos días apareció en

Google Maps el nombre “Plaza De La Dignidad” como etiqueta descriptiva de dicho punto

geográfico. (Ver imagen siguiente).

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Siendo Google una corporación multinacional no fue extraño que en pocos días el nombre

popularizado Plaza De La Dignidad desapareciera del mapa y volviera a ser etiquetada como Plaza

Baquedano.

Actualmente la plataforma acepta las sugerencias de cambio de nombre pero no actualiza la nueva

sugerencia. Es probable y tiene sentido, que el sistema esté protegido contra el vandalismo, para

controlar la publicación de ofensas y palabrotas sobre lugares públicos, pero esta medida en

realidad aquí actúa para bloquear nuevas sugerencias estableciéndose de este modo la censura

geosemántica, que entraría como un novedoso tipo de censura toponímica.

Esto puede constatarse también en Wikipedia (5), dónde la entrada Plaza Baquedano se encuentra

bloqueada para editores no formalizados. De hecho es posible revisar el debate de los usuarios

registrados; allí se hace notar la acusación de censura a la plataforma. Wikipedia y Google se

manifiestan de este modo como agentes de la posverdad, poniendo límites y dificultando la

expresión popular y su definición de territorio, de abajo hacia arriba, desde la base social hacia las

instituciones.

En la medida que Google alteró la voluntad popular de renombrar la Plaza de la Dignidad, y devolvió

el nombre original designado por el Estado como Plaza Baquedano, desconociendo el autor de este

escrito qué criterios se usaron para actuar así – y se puede suponer que fue el Estado de Chile el que

ofició a Google para que procediera de este modo; Google se ha convertido en parte activa de este

conflicto social. Parece ser que para Google el lado correcto es el del Estado, aunque ese estado

reprima manifestaciones, mutile personas y viole sistemáticamente los Derechos Humanos. Y

desconociendo, por otro lado, lo que señalan miles de cibernautas que apoyan testimonialmente

en su plataforma el rebautizo de la Plaza.

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Toda esta dinámica descrita nos acerca a comprobar la hipótesis planteada en mi ensayo ya citado,

titulado “Tierra, Sentido y Territorio..” publicado el año 2008 a pedido del MediaLab – Prado de

Madrid, España. Desde la geosemántica social se propuso una ecuación para definir los territorios,

cada territorio de cada comunidad local; observemos ahora como el principio propuesto en la

ecuación: Tierra + Sentido = Territorio, es aplicable en el contexto del acontecimiento del Estallido

social más importante y reciente en la historia de Chile.

Se postula que los mapas digitales sociales de fácil anotación, de alcance social (Web 2.0),

permitirían que cualquier persona anote su definición de un lugar, y que esta pueda ser patrocinada

(likes) o rechazada por una comunidad cibernética asociada a un territorio geográfico, quienes con

su voto y opinión pueden avalar una lectura del lugar, la que asienta el terreno para un territorio

cívicamente fértil. La anotación sobre mapas digitales puede generar sustancia de territorio, y la

votación, su validez requerida, estableciéndose por este método nuevas cardinalidades

socioespaciales – sentido cardinal territorial -, donde el territorio encuentra su norte y su sur,

proveyendo la capacidad de orientación ontológica y práctica para su continuidad; reforzando la

confianza y entregando energía suficiente para ayudar a constituir como territorio el espacio de la

comunidad. En una mayor escala geográfica, esta dinámica permite definir los territorios de acuerdo

a la visión de una comunidad que conoce, vive y siente los lugares de una forma determinada, que

no tiene relación necesaria a cómo el Estado – y sus cuadros funcionarios – o los intereses de los

grandes grupos económicos y terratenientes, entienden y definen el territorio local en tanto

territorio de faena.

Continuando esta línea de trabajo, en 2014 publiqué otro artículo planteando que la dinámica de

anotación de lugares y su votación por parte de otros cibernautas — apoyando o rechazando las

propuestas toponímicas territoriales, obedece a un nuevo campo denominado microgeopolítica de

la comunidad local (5). El texto “…intenta mostrar la relación entre el emergente poder territorial

que levantan las comunidades locales frente a decisiones del estado y privados, y las potencialidades

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de la comunicación de sus causas sociales mediante mapas digitales”. Dirigiendo el esfuerzo “…hacia

una significación constitutiva del espacio geográfico por el cual las comunidades están dispuestas a

confrontar grandes poderes, al costo que sea. Cuando el Estado nación habla de voluntad soberana,

de manera teórica e inmaculada, nosotros hablamos de voluntad soberana desde las raíces del

territorio, desde la identidad local, desde la voluntad de defensa de un espacio geográfico

significativo y vital para sus habitantes.” “El mapa digital como medio de comunicación tiene la

capacidad de obtener apoyo en el mundo virtual mediante la difusión y discusión en redes sociales,

un apoyo que se traduce en votos mucho más allá de las fronteras locales, nacionales, regionales,

entregando de este modo una validación propiamente democrática, mediante el sencillo acto de

votar en plataformas virtuales.” No es necesario redundar respecto del episodio de la Plaza De La

Dignidad, pero se hace notar la extensión no necesariamente local del público incumbente.

En 2015 publiqué un extenso artículo científico “Mapas digitales y sociedad…” (6), allí se hizo

revisión del estado del arte de los mapas digitales sociales y se puso hincapié en las ventajas del

desarrollo de mapas digitales colaborativos, orientados desde la lógica de semantizar los espacios

de la comunidad para cargarlos de poder territorial, sembrando semillas de territorio en cada

anotación sobre el mapa, para conseguir su reconocimiento e institucionalización bajo la posible

tutela y protección del Estado.

Los territorios son agregaciones de sentido de habitar común, pero han demostrado su gran

debilidad frente al Estado y los proyectos privados disruptores; esos espacios han sido llevados a un

arrinconamiento existencial que incluye, entre otros abusos: la apropiación de las aguas y la

consecuente sequía que ha destruido valles enteros a favor de la agroindustria y la minería. La

investigadora Belén Pedregal, de la Universidad de Sevilla, ha planteado la necesidad y oportunidad

dada por los mapas digitales colaborativos orientados a la justicia ambiental del agua (7). En su

desarrollo plantea la importancia del mecanismo antes descrito tomando como referente mi

trabajo: “La proliferación de herramientas y aplicaciones on-line de interfaz cada vez más sencillas

y amigables ha propiciado la utilización social y también crítica de la cartografía a través de

intercambios colectivos en la elaboración de narraciones y representaciones que pueden

confrontar otras que se consideran hegemónicas (Cerda, 2015).“ Con ello actualiza la urgencia de

poner en obra la realización de metodologías de mapas colaborativos que, de manera unificada,

mediante curatoría de contenidos cartográficos, con el apoyo de expertos y voluntarios que se

transformen en instrumentos ciudadanos constitutivos, se siembren testimonios de territorio como

semillas del espacio social. En otro trabajo publicado por Pedregal y Laconi (2018) concluyen

respecto de la importancia de la participación y trabajo colaborativo tratando el problema de su

financiación, entre otros puntos que “…Las experiencias académicas e institucionales, además,

suelen ofrecer una información supervisada. Es de suponer que el modelo de gestión supervisado

necesita más recursos para mantenerse en el tiempo: es el caso del proyecto Mapa de los conflictos

socio-ambientales de Chile, cuyo estado de abandono puede relacionarse con la falta de

financiación.” (8)

Big data. La Dra. Claudia Ardini, de la Universidad Nacional de Córdoba, Argentina, ha planteado

este año un interesante estudio sobre el Big data en política (8), donde presenta el fenómeno de la

apropiación y procesamiento de perfiles sociales para su uso en favor de corporaciones y gobiernos.

Cito algunos párrafos relevantes que cruza referencias a mi trabajo atingentes a este texto:

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“Habilitado por la tecnología, el big data surge como elemento capaz de potenciar los estudios de

mercado, a partir de los sistemas masivos de recopilación y gestión de datos CRM (Customer

Relationship Management), para optimizar a niveles impensados la gestión de clientes. Cuantos más

datos se tienen acumulados de los clientes, mayor es la capacidad de diseñar y generar formas de

comercialización a medida. Junto con esta colosal acumulación de datos, aparece simultáneamente

la geosemántica, «como examen y expectativa del manto de sentido a la vista con los medios

comunicativos e interactivos de georreferenciación social» (Cerda Seguel, 2015).”

“Esto es posible a partir del desarrollo de capas de información y de geolocalización realizado por

Google, que identifica información sobre puntos determinados en el planeta y luego acumula datos

sobre esos puntos. Esta acumulación de datos geolocalizada puede tener destinos diferentes. Así,

para Cerda Seguel hay un valor social vinculado al sentido construido por las voces que hablan de

un determinado lugar: Una vez que un lugar es hablado (anotado, georreferenciado) por usuarios y

se abre al interés de otros individuos, comunidades, organizaciones y/o instituciones, puede

adquirir un protagonismo nuevo en tanto lugar, pero también puede adquirir nuevas identidades

de acuerdo a quienes hablen sobre dicho lugar; y en este acto, estas anotaciones sean entendidas

como «voces del lugar», es decir: anotaciones que hacen hablar a un lugar. Las anotaciones sociales

son el alimento de construcciones de sentido sobre los mapas digitales, que pueden adquirir

aspectos, dimensiones y validez territoriales relevantes (Cerda Seguel, 2015).”

“Pero estos sentidos construidos a partir de la georeferenciación, son un insumo extraordinario de

información para las corporaciones que gestionan esos datos. Así, estos dispositivos técnicos

configuran el big data como posibilidad de gestión de las relaciones e interacciones humanas. El big

data provee información que permite comprender la conducta humana y fundamentalmente

predecir esta conducta. Hilbert Martin, especialista en big data, señala que «(…) con 150 likes el

algoritmo de aprendizaje automatizado puede detectar tu personalidad y con 200 te conoce más

que tu pareja. Y con 250 likes puede saber más de ti que tú mismo» (Landaluce, 2017).” Cierro

citación.

Aquí se demuestra que estas tecnologías de análisis englobadas en el término Big data, tienen la

capacidad de apropiarse de nuestros perfiles mucho antes de que nosotros logremos darle valor a

nuestro favor. Así ocurre con las anotaciones cartográficas leídas desde la geosemántica social,

reforzando la necesidad y la urgencia en tener una herramienta de mapa digital social colaborativo

a favor de los ciudadanos, con una actividad de vocación cívica y de defensa del territorio, tanto

más, en cuanto que son herramientas que el Big data ya conoce bien, y constantemente se alimenta

de esa actividad.

Por otro lado, me resulta obligado entregar una advertencia más: en términos tecnológicos los

territorios se enfrentan a una nueva amenaza: el uso inescrupuloso y extractivista de la herramienta

LIDAR, para esto citaré un breve artículo propio, publicado recientemente en 2020 (10). “LIDAR

(Light Detection and Ranging o Laser Imaging Detection and Ranging) es una tecnología que, para

ser mejor entendida es algo entre radar y láser que permite penetrar y ver detrás de la superficie

de la tierra; y, del mismo modo como los rayos X nos penetran y ven nuestro interior, logran

penetrar y ver lo que hay a varios metros dentro de la superficie terrestre.” LIDAR también está

presente en algunos proyectos de piloto automáticos de automóviles, entre otros usos.

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“LIDAR no es una tecnología tan nueva, lo nuevo es su masificación y perfeccionamiento

tecnológico, para llegar a la existencia de varios modelos de drones en el mercado listo para adquirir,

que cargan esta tecnología. En Chile está disponible hace un tiempo.”

“LIDAR es un ojo ctónico, palabra que define el suelo desde una óptica mágico-sagrada: las religiones

ctónicas son aquellas que hacen culto a la Madre Tierra que nos acoge como hogar. Con esta

herramienta puesta masivamente en el mercado, para quienes puedan pagar 100 mil dólares por

cada drone de prospección y un equipo de técnico con una carrera en LIDAR, el poder ctónico queda

en manos de potenciales saqueadores.” Amenazando estos usos la historia de los territorios y los

posibles vestigios arqueológicos de valor patrimonial, así como una posible explosión de proyectos

mineros extractivistas.

Tomando en consideración estos últimos tres elementos: 1. La importancia de los mapas digitales

colaborativos como medios de instituir descripciones locales de territorio, considerando la

necesidad de justicia local sobre el caso del agua, pero extensible a otras dimensiones de conflicto

socio-ambiental. 2. El poder del Big data que devora todas nuestras anotaciones y likes en

plataformas electrónicas, avanzando en un conocimiento localizado de las personas, a favor de las

corporaciones y gobiernos. 3. La irrupción del LIDAR en manos de entidades extractivistas, grandes

propietarios de tierra y cíclopes que pretenden borrar la historia.

Pasamos a proponer el rol del territorio como concepto constitucional explícito, ya que estoy

convencido que la mejor forma de detener las conductas perversas de los pocos contra la población

y los territorios, pasa por definir explícitamente este concepto. Poniendo con ello un freno definitivo

a conductas que se permiten y prosperan dentro de constituciones que pueden estar llenas de

buenas intenciones, deseos de protección del territorio y promoción de la justicia social, pero que

no son capaces de detener el poderoso afán de un desarrollo orientado a la ganancia, alejada de

valores humanos, comunitarios y ecológicos. Por ello sabemos que es mediante una definición

constitucional del territorio desde el nivel orgánico constitucional (12), que describe la organización

del Estado y que es por donde implícitamente se ha permitido las conductas depredativas, de

extractivismo destructivo, de mala vecindad que atenta contra la prosperidad y buen vivir de la

población, de acumulación desigual de la riqueza y de cárteles monopólicos intersectoriales. La

definición de territorio se convierte en un instrumento orgánico que podrá describir

minuciosamente cómo es que la comunidad es propietaria de la vocación de su territorio,

alcanzando y disponiendo el control de la planificación y el ordenamiento territorial local en manos

de la comunidad local, hasta dónde el paisaje marca la frontera con otros territorios locales.

ELEMENTOS PARA UN BORRADOR DE UNA DEFINICIÓN CONSTITUCIONAL DEL CONCEPTO DE

TERRITORIO

El 25 de Octubre de 2019 tuvo lugar en la Plaza de la Dignidad una manifestación a la que asistieron

cerca de dos millones de personas, replicada en cada ciudad del país. Estos manifestantes

demostraron de forma pacífica que la visión político económica y social del Estado, propuestas por

los gobiernos durante los últimos 40 años está quebrada y que no es posible continuar soportando

el modelo económico de concentración de la riqueza, con neofeudalismo corporativo y

arrinconamiento de las clases medias y trabajadoras. Por ello el pueblo de Chile ‘Despertó’ para

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exigir la redacción de una nueva Constitución Política, exigencia que venía siendo soslayada por la

clase política de Chile. El reconocido jurista y abogado chileno Hernán Montealegre identificó este

acontecimiento histórico como el inicio de un proceso constituyente para el cual el pueblo de Chile

se auto convocó.

El 25 de Octubre de 2020 se celebró un Plebiscito Nacional con voto voluntario y en contexto de

pandemia Covid-19, fue la mayor votación de la historia, según afirma el sitio oficial del SERVEL “la

mayor participación en la historia de la República”, donde el 78,27% aprobó redactar una nueva

Constitución.

Existiendo un inmenso impulso por fundar un nuevo contrato social y una nueva República donde

vivir, tenemos enfrente un desafío existencial de la mayor envergadura en cuanto a responsabilidad

social, política e intelectual. Aglomerando toda esa energía espiritual, impulsada por un malestar

profundo con un sistema injusto e insustentable, que ha permitido la concentración de la riqueza y

la expansión de la pobreza y desesperanza. Como sabemos en todas partes ese descontento viene

estallando en paralelo desde el llamado primer mundo. En este contexto, la propuesta de una

definición del territorio explícita dentro de la nueva Constitución no es quimérica y más bien tiene

pleno sentido y lugar; formulando el territorio y los territorios donde un nuevo ordenamiento

político tendrá aplicación y validez orgánica constitucional que entregue protección efectiva a la

población y la naturaleza.

La Soberanía popular que encarna ese ordenamiento político, expresa también la voluntad de una

población sobre un territorio, para dar una definición completa de ese espacio vital, una definición

que como comunidad nacional otorgamos al espacio que habitamos y que se encuentra expresado

en territorios singulares que adquieren personalidad propia y se sustancializan mediante la palabra

y el discurso local, mediante la semántica; identificada como un poder de dar sentido constituyente

al espacio, facultad soberana, que es necesario recalcar, cuya residencia está en la comunidad

nacional. La comunidad es el territorio, en tanto establece un significado del espacio que reconoce

como propio. De allí que la responsabilidad para llevar adelante y proteger los espacios, los paisajes,

los lugares donde la comunidad se encarna y enraíza, recae en cada comunidad territorial local y en

su capacidad de defender la esencia propia que la identifica como comunidad, la protección de esta

regla es deber del Estado en la nueva República.

Ante el imperativo de detener la destrucción de nuestro planeta y de sus riquezas paisajísticas,

biológicas y culturales, se debe establecer en Chile una definición Constitucional de derechos de la

naturaleza, es decir: que la naturaleza posee derechos inherentes que se operacionalizan de

acuerdo a la siguiente diferenciación dentro de la orgánica del funcionamiento del Estado. Los

derechos de la naturaleza son en lo principal el derecho de la comunidad a mantener una

protección, respeto, equilibrio y armonía con su espacio. La naturaleza y la comunidad son las partes

vitales de esta relación. Allí donde la comunidad constituye su territorio, un equilibrio y armonía

histórica es el sello de un territorio que el Estado deberá proteger activamente.

Esto se expresa de cinco maneras. 1) La relación de la comunidad nacional con el territorio nacional;

2) La relación de la comunidad nacional con los espacios no habitados, especialmente los grandes

desiertos del norte, las altas cumbres a lo largo del país y las selvas lluviosas y los hielos del sur; 3)

La relación de las comunidades rurales asentadas con raigambre sobre espacios, paisajes y recursos

naturales. 4) La relación ancestral de los pueblos nativos originarios con una identidad y pertenencia

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espacial con carácter de herencia sagrada irrenunciable; 5) Espacios urbanos con sello barrial y

comunitario y la necesidad de establecer límites a la actividad inmobiliaria teniendo como

parámetro común la regla del buen vivir.

Importancia y jerarquía del concepto de territorio. A continuación, se plantea una definición

Constitucional del territorio en un nivel de borrador que se espera sea un aporte al debate que se

está dando, considerando que los redactores de la Constitución serán electos en abril de 2021, para

formar la Convención Constituyente que tendrá un poco más de un año de plazo para concluir esta

obra.

Existen dos conceptos de territorio funcionales para ordenar la nueva Constitución y que son

expresiones de dos dimensiones espaciales complementarias y no contradictorias. En primer lugar,

está el TERRITORIO NACIONAL, definido como la superficie geográfica que ocupa el Estado sobre el

cual fija su Soberanía, definido y establecido por distintos instrumentos internacionales,

especialmente en acuerdo con nuestras repúblicas vecinas de Argentina, Bolivia y Perú. Dicho

territorio posee validez jurídica internacional que a su vez contiene un segundo concepto operativo

de territorio, en segundo orden se encuentra el TERRITORIO LOCAL, aplicado especialmente a los

espacios rurales, pero que se aplica también a los espacios urbanos barriales, el cual es definido

desde un nuevo NOMOS DE LA TIERRA basado EN JUSTICIA a partir del sentido de los lugares y la

convivencia social comunitaria, es decir: en tanto habitar comunitario histórico, ancestral y/o

consuetudinario basado en costumbres comunes, en equilibrio, armonía y simbiosis con los sistemas

ecológicos con que se relaciona. La definición espacial de este territorio está fundada en las bases

sociales organizadas de la población. El Estado de Chile tiene el deber de actuar en defensa del

territorio local definido por sus habitantes, facilitando su constitución y protegiendo los valores,

habitus y costumbres asentadas por los habitantes y sus entornos de vecindad, reconocimiento e

identidad. Del mismo modo el Estado debe facilitar y respaldar la realización de plebiscitos

vinculantes cada vez que proyectos productivos puedan amenazar el equilibrio y armonía de la vida

social y el entorno natural del TERRITORIO LOCAL.

Estando el TERRITORIO NACIONAL compuesto por importantes porciones de espacio geográfico de

desierto, hielos y selvas de difícil acceso y poblamiento, se establece como criterio territorial zonal

para esos espacios, aquellas definiciones de defensa y conservación natural mediante mayorías

simples en plebiscitos vinculantes facilitados por el Estado.

El Estado tiene la capacidad de proveer de una plataforma de geosemántica social que facilite y sea

el medio oficial para compilar las definiciones territoriales de las personas que deseen participar y

votar apreciaciones del sentido de los lugares, una plataforma que permita “hablar a los lugares” a

través de las voces de los habitantes incumbentes para el caso de los territorios locales, pero

también en un aspecto macro, referido a territorios no habitados como los ya mencionados. Esta

plataforma establecida de modo oficial podría ser el soporte para las votaciones programadas con

el fin de establecer la vocación productiva o de conservación de los territorios. La nueva Constitución

política puede establecer esta plataforma como la voz del territorio oficial, considerando distintos

niveles de compromiso: desde un nivel lúdico experimental, a disposición de los ciudadanos activos

en generar propuestas territoriales, llegando a un nivel en que las propuestas se votan y consolidan

como hechos jurídicos. Esta plataforma debe ser propiedad del Estado, mantenida, perfeccionada y

protegida por oficiales informáticos dedicados a este servicio. Se debe descartar el arriendo de esta

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plataforma a proveedores internacionales, puesto que no existen garantías de un manejo provo de

esta información de carácter estratégico y sensible. De este modo, una plataforma geosemántica

social puede ser parte de la orgánica constitucional que ordene la manera en que el territorio es

definido por los ciudadanos incumbentes.

REFERENCIAS.

1.- Cerda Seguel, Diego (2005): «El mundo según google. Google Earth y la creación del dispositivo

geosemántico global». AAInteligencia.cl, Chile.

2.- Elden Stuart. “Land, terrain, territory”. Progress in Human Geography. 2010;34(6):799-817.

doi:10.1177/0309132510362603. Este artículo da pie a un libro titulado The birth of Territory.

3.- Cerda Seguel, Diego (2008). “Tierra, sentido y territorio: la ecuación geosemántica”. En: E.Book,

Inclusiva-net #2. Redes digitales y espacio físico, 2008 pp. 10-25. Disponible en: http://medialab-

prado.es/article/documentacion_2_encuentro_inclusiva-net

4.- Castells, Manuel (2001). La galaxia internet. Barcelona – Areté.

5.- https://es.wikipedia.org/wiki/Discusi%C3%B3n:Plaza_Baquedano Véase también:

https://www.cooperativa.cl/noticias/pais/manifestaciones/en-google-la-plaza-baquedano-ahora-

es-la-plaza-de-la-dignidad/2019-11-11/110854.html.

http://www.laizquierdadiario.cl/Plaza-Baquedano-ahora-es-la-Plaza-de-la-Dignidad.

Google Maps cambió nombre de Plaza Italia a Plaza de la Dignidad

6.- Cerda Seguel, Diego (2014). “Microgeopolítica para la comunidad local: geomántica social y la

sublimación del archivo kml de Google Earth”. En: Revista Escaner cultural, N° 170.

7.- Cerda Seguel, Diego (2015). “Mapas digitales y sociedad: geosemántica social, el poder del

sentido de lugar”. Polígonos. Revista de Geografía, N° 27. doi: 10.18002/pol.v0i27.3276

8.- Pedregal Mateos, Belen, Laconi, Cesare, et al. (2018) . “Mapa Digital Colaborativo De La Justicia

Ambiental En El Agua. Planteamientos Conceptuales Y Debates En Las Primeras Etapas De Su

Desarrollo Operativo.” Conference: X Congresso Ibérico de Gestão e Planeamento da Água.

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9.- Pedregal Mateos, Belen; Laconi, Cesare; del Moral, Leandro (2018). “La cartografía colaborativa

para un cambio social. Análisis de experiencias.” En: López García, |V|.J., Carmona, P., Salom, J. y

Albertos, J.M. (Eds.). Tecnologías de la información Geográfica: perspectivas multidisciplinares en la

sociedad del conocimiento, Universitat de València, pp. 821-830. España, 2018.

10.- Ardini, Claudia y Nahúm Mirad, Heraldo (2020). “El uso del big data en política o la política del

big data”. En: Revista Comunicación y Hombre. Número 16. Argentina Año 2020.

11.- Cerda Seguel, Diego (2020). “LIDAR, El ojo Ctónico”. En: Perro Art Fanzine N° 4.

https://issuu.com/perroarte/docs/perro_4

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12.- https://es.wikipedia.org/wiki/Ley_org%C3%A1nica_constitucional