Participación De La DREM-PUNO En Actividades De … FORO DE... · D.S. Nº 054-93-EM “Reglamento...
Transcript of Participación De La DREM-PUNO En Actividades De … FORO DE... · D.S. Nº 054-93-EM “Reglamento...
Participación de la DREM-PUNO
en Actividades de Hidrocarburos
Dirección Regional de Energía y Minas - Puno
PUNO, Diciembre del 2011
COMPETENCIAS DE LA DREM-PUNO
HIDROCARBUROS Evaluar y aprobar estudios de impacto
ambiental (EIA) para actividades de hidrocarburos (grifos, estaciones de servicios, gasocentros y plantas envasadoras GLP);
Evaluar y aprobar de ser el caso los Estudios de Impacto Ambiental, Declaraciones de Impacto ambiental para la instalación de los establecimientos de venta al público de gas natural vehicular – GNV;
Evaluar y aprobar de ser el caso, los
Planes de Abandono para las
actividades de hidrocarburos (grifos,
estaciones de servicios, plantas
envasadoras de gas licuado de
petróleo – GLP y gasocentros);
Evaluar y aprobar de ser el caso, los
Planes de Abandono para los
establecimientos de venta al público
de gas natural vehicular – GNV;
COMPETENCIAS DE LA DREM-PUNO
HIDROCARBUROS
CAPACITACIONES
RELAIZAN CAPACITACIONES PARA LA FORMALIZACIÓN DE GRIFOS RURALES Y ESTACIONES DE SERVICIOS.
RELAIZAN CAPACITACIONES PARA LA FORMALIZACIÓN DE GRIFOS DE CONSUMIDORES DIRECTOS.
APLICACIÓN DE LA ORDENANZA REGIONAL 04-2010-GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
TIPO DE DOCUMENTO A PRESENTAR
POR TIPO DE ACTIVIDAD
DECLARACIONES DE
IMPACTO MABIENTAL CONTENIDO MINIMO
1. Línea Base.
2. Descripción detallada del proyecto.
3. La identificación y evaluación de los impactos ambientales.
4. Un detallado Programa de Manejo Ambiental.
5. Un adecuado Programa de Monitoreo.
6. Plan de relaciones Comunitarias
7. Un plan de contingencia y un plan de abandono del área.
MARCO LEGAL.
D.S. Nº 015-2006-EM (Y Sus modificatorias) Reglamento Para La Protección
Ambiental En Actividades De Hidrocarburos
D.S. 024-2007-EM. - D.S. 009-2007-EM.- D.S. 065-2006-EM.
D.S. Nº 054-93-EM “Reglamento de Seguridad para Establecimientos de Venta al
Público de Combustibles Derivados de Hidrocarburos” (Modificatorias: DS 020-2001-
EM; DS 027-2005-EM; DS 037-2007-EM)
D.S. Nº 030-98-EM “Reglamento de Comercialización de Combustibles Líquidos”
D.S. Nº 026-94-EM “Reglamento de Seguridad para el Transporte de
Hidrocarburos”.
D.S. Nº 027-94-EM “Reglamento de seguridad para Instalaciones y Transportes de
Gas Licuado de Petróleo”.
D.S. Nº 032-2002-EM “Glosario Siglas y Abreviaturas del Sub Sector
Hidrocarburos”
DECLARACIONES DE IMPACTO MABIENTAL
Grifos con almacenamiento en cilindros
Estaciones de servicios grifos (surtidores)
De GLP para uso automotor (gasocentro).
Según:
FORMATO Nº 7
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES ENERGÉTICOS
DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PARA ESTABLECIMIENTO DE VENTA AL PÚBLICO DE
COMBUSTIBLES Y/ O DE GLP PARA USO AUTOMOTOR (GASOCENTRO).
DECLARACIONES DE IMPACTO MABIENTAL
ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
Objetivo De La Ordenanza.
Controlar la venta o comercialización
ilegal de combustible destinado a
actividades de Minería Informal, en el
ámbito de la Región Puno.
PROCEDIMIENTOS PARA
ALCANZAR EL OBJETIVO
Art. CUARTO: a través de la Implementación
del Sistema Integrado de Vigilancia SIV.
Suscripción de un convenio interinstitucional
para la conformación del Sistema Integrado
de Vigilancia SIV.
ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
FUNCIONES Y
COMPETENCIAS DEL
LOS ORGANISMOS QUE
CONFORMAN EL SIV.
Estos se encuentran en le
reglamento de uso controlado
de hidrocarburos empleados
en actividad minera de alcance
regional.
ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
DE LA DREM – PUNO 1. Establecer los lineamientos técnicos de sobre el
uso combustibles para de maquinaria pesada en pequeña minería y minería artesanal.
2. Coordinar con el OSINERGMIN y las plantas de abastecimiento el suministro de combustible hacia las zonas mineras conforme el plan de prácticas y procesos que declaren los titulares mineros ante la autoridad minera regional.
3. Llevar el registro especial de Maquinaria Pesada, Equipo y Vehículos de transporte empleados para realizar actividad minera y obtener el balance de consumo de combustibles. Exigiendo a los titulares mineros la presentación de la información pertinente al caso.
ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
DE LA POLICÍA NACIONAL
Verificara los documentos
1. Constancia de inscripción del registro DGH de la Dirección Regional de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas.
2. Resolución Directoral para operación de medio de transporte.
3. Guía emitida por la planta de abastecimiento o distribuidor mayorista de transporte en al que se consignara el destino del transporte.
4. Documento de embarque (guía de remisión) correspondiente, preparado de conformidad con las disposiciones de la DGH.
ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
DE LA POLICÍA NACIONAL
5. Cartilla de Seguridad (CS) del o de los productos que transporta.
6. Que el vehículo se encuentre adecuadamente rotulado con la inscripción PELIGRO COMBUSTIBLE, que sea visible en carretera, utilizando en sus tres costados las distinciones que exige el reglamento de comercialización de combustibles líquidos.
ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
DE LA POLICÍA NACIONAL
ACCIONES
En caso se verifique que no corresponda la
documentación con el destino de transporte
y/o no se presente, la autoridad policial
intervendrá al transportista dando
comunicación al OSINERGMIN.
Adicionalmente, la autoridad policial prestará
apoyo a la Autoridad Minera, el OSINERGMIN,
el Ministerio Publico en caso sea requerido en
las acciones de fiscalización, control y vigilancia
del uso de combustibles en zonas mineras.
ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
DEL OSINERGMIN
El OSINERGMIN es el ente competente para fiscalizar el cumplimiento de normas técnicas y de seguridad del subsector hidrocarburos conforme sus atribuciones establecidas en el marco de la Ley Orgánica de Hidrocarburos. Ley 28964, su ley de creación, Ley 26221. Las demás autoridades, incluida la DREM, sólo le prestan colaboración para el mejor cumplimiento de sus funciones.
(De Los cisternas que estén registrados en OSINERGMIN)
ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
DEL MINISTERIO PUBLICO El Ministerio Público, como ente defensor de la
legalidad, los derechos ciudadanos el interés público, la prevención del delito y las demás que contempla su Ley Orgánica, se encarga de conocer todas las acciones vinculadas a la comisión de hechos ilícitos de connotación penal, que implique el uso de combustibles en las operaciones mineras. En el desarrollo de sus funciones, los demás sectores conformantes del sistema integrado de vigilancia le prestan al colaboración necesaria.
(cisternas no registrados o camiones de trasporte en cilindros no registrados en OSINERMIN)
ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
DE LAS DEMÁS AUTORIDADES SECTORIALES Y LA CIUDADANÍA
Las autoridades sectoriales son competentes dentro del ámbito de sus atribuciones y competencias.
Las autoridades sectoriales brindan y facilitan información a los sectores de la sociedad civil y las poblaciones afectadas acreditadas, para que puedan participar vigilando que se cumpla adecuadamente la cadena de consumo de los hidrocarburos, pudiendo efectuar las denuncias que deberán ser atendidas con la mayor celeridad posible.
ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
COMPETENCIA DE SANCIONES
OSINERGMIN.
Las infracciones derivadas relacionadas a la actividad de hidrocarburos, es competencia exclusiva de OSINERGMIN
Gobierno Regional DREM PUNO
El Gobierno Regional a través de la Dirección Regional de Energía y Minas es competente para la sanción de las actividades mineras de acuerdo a la transferencia de funciones, puede disponer las medidas cautelares y coercitivas orientadas a reparar el daño ambiental derivado de la actividad
ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
Persona que adquiere en el país o importa Combustibles para uso
propio y exclusivo en sus actividades y que cuenta con instalaciones
para recibir y almacenar los referidos productos con capacidad mínima
de 1m3 (264.17 gl). Los Consumidores Directos se encuentran
prohibidos de suministrar combustibles y Otros Productos Derivados de
Hidrocarburos a terceros, excepto cuando sus instalaciones se
encuentren ubicadas en zonas alejadas de los establecimientos de
venta al público y la naturaleza de su proceso productivo o de servicio
amerite que se comparta sus facilidades de almacenamiento,
instalaciones y disponibilidad de combustibles con sus proveedores,
contratistas, subcontratistas y asociados sólo en el caso de empresas
de transporte, que ejecuten trabajos para ellos, a fin de no interrumpir
sus operaciones. En cuyo caso, llevarán un registro de los suministros
de Combustibles y Otros Productos Derivados de Hidrocarburos que
realicen a dichos proveedores, contratistas, subcontratistas y asociados.
GRIFO DE CONSUMIDOR
DIRECTO
GRIFO DE CONSUMIDOR
DIRECTO PROCEDIMIENTOS DREM PUNO
DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
RESOLUCION DIRECTORAL PARA TRANSPORTE DE COMPBUSTIBLE A ZONAS MINERAS.
GRIFO DE CONSUMIDOR
DIRECTO
PROCEDIMIENTOS OSINERGMIN
1. ITF (INFORME TÉCNICO FAVORABLE PARA
CONSUMIDORES DIRECTOS DE COMBUSTIBLES
LÍQUIDOS).
2. INFORME TÉCNICO FAVORABLE PARA MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN DE CONSUMIDORES DIRECTOS DE
COMBUSTIBLES LÍQUIDOS
3. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE HIDROCARBUROS
4. VERIFICACIÓN DEL PLAN DE ABANDONO
REQUISITOS PARA LA ELABORACION DEL
DOCUMENTO AMBIENTAL.
Requisitos.
◦ Elaborado Por un profesional del Área, c0n
especialidad en Medio Ambiente (Adjuntar FILE).
◦ Presentar constancia de Habilidad del CIP.
◦ Presentar Documento que acredite la propiedad
del Terreno.
◦ Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil
Extracontractual frente a terceros
GRIFO DE CONSUMIDOR
DIRECTO
ALMACENAMIENTO:
Tanque: Cualquier tipo de almacenamiento > 57 galones
◦ Tanques Enterrados o en estructuras de concreto armado
◦ Tanques Enterrados o en estructuras de concreto armado con Surtidores o dispensadores
◦ Tanques superficiales
◦ Tanques superficiales con Surtidores o dispensadores
SURTIDORES Y DISPENSADORES
GRIFO DE CONSUMIDOR
DIRECTO
¿PREGUNTAS?
GRACIAS