patrimonio cultural, sostenibilidad y desarrollo local

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J O R N A D A S

“PATRIMONIO CULTURAL, SOSTENIBILIDAD Y

DESARROLLO LOCAL”

“KULTUR ONDAREA, IRAUNKORTASUNA ETA TOKIKO-GARAPENA”

E L O R R I A G A • V I TO R I A - G A S T E I Z • 8 y 1 5 D E N O V I E M B R E 2 0 1 2

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J O R N A D A S“PATRIMONIO CULTURAL, SOSTENIBILIDAD Y

DESARROLLO LOCAL”

“KULTUR ONDAREA, IRAUNKORTASUNA ETA TOKIKO-GARAPENA”

Organiza / Antolatzen du

ASOCIACIÓN DE CONCEJOS DE ÁLAVA (ACOA)

ARABAKO KONTZEJU ELKARTEA (AKE)

Colaboran / Laguntzen du

EDITA:Juntas Generales de Álava

IMPRIME:Imprenta de la Diputación Foral de Álava

San Miguel de Acha, 701010 VITORIA-GASTEIZ

DEPÓSITO LEGAL:VI-

HEZKUNTZA, HIZKUNTZA POLITIKAETA KULTURA SAILA

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN,POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA

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I N D I C E

JORNADAS “PATRIMONIO CULTURAL, SOSTENIBILIDAD Y DESARROLLO LOCAL”

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Pág.

Presentación por parte de D. Javier ARGOTE URZELAI. Presidente de la Asociación de Concejos de Álava (ACOA) - Arabako Kontzeju Elkartea (AKE).

APERTURA. José Luis IPARRAGUIRRE. Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes del Gobierno Vasco. Mª Paz LARRUNBIDE. Viceconsejera de Vivienda.

Concepto y significado del Patrimonio Cultural. El Patrimonio Cultural Vasco. Jose Ignacio MARTINEZ DE LUKO. Arquitecto del Centro de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco

Patrimonio, Desarrollo Sostenible y participación de la Comunidad. Maider MARAÑA. UNESCO. Centro del Patrimonio Mundial.

“El Patrimonio Arquitectónico en Euskadi”. Juan Ramón LOMBERA GARCÍA. Arquitecto y Licenciado en Historia (Arte).

La intervención de las Diputaciones Forales en el Patrimonio Cultural del Territorio Histórico de Álava. J. Ignacio LASAGABASTER GÓMEZ

La intervención de las Diputaciones Forales en el Patrimonio Cultural del Territorio Histórico de GIPUZKOA. Xabier MARTIARENA LASA.

Patrimonio y Sostenibilidad Territorial: Reflexiones para la acción. Luis M. JIMÉNEZ HERRERO. Director del Observatorio de la Sostenibilidad en España (OSE).

La rehabilitación urbana integral como instrumento para la sostenibilidad territorial. Mª Rosario ALONSO IBAÑEZ. Profesora de Derecho Administrativo de la Universidad de Oviedo.

Rehabilitación y regeneración urbana en la Comunidad de Euskadi. Ignacio de la PUERTA RUEDA, Arquitecto Director de Vivienda, Innovación y Control. Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. Gobierno Vasco

Presentación del Proyecto piloto de patrimonio en el Concejo de Langarika (Álava). Olatz IÑIGO UGALDE. Teresa ARTOLA GUIJARRO. Jorge RODRÍGUEZ GARCÍA. Igor DÍAZ DE GUEREÑU DE LOS RÍOS.

CLAUSURA. Juan Antonio ZÁRATE PÉREZ DE ARRILUCEA. Presidente de las Juntas Generales de Álava.

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Un año más, la Asociación de Concejos de Álava, con el patrocinio de otras instituciones, propone unas jornadas abiertas en esta ocasión, con el casi inabarcable objeto del Patrimonio Cultural desde la perspectiva de la sostenibilidad y del desarrollo local.

Tal iniciativa, en formato breve de dos mañanas en sendos jueves seguidos, además de un reto en la época de crisis que azota especialmente a nuestras pequeñas entidades concejiles, constituye un orgullo por la abierta y desinteresada aceptación de quienes actuarán como ponentes desplazándose, en algunos casos, desde lugares bastante apartados respecto de nuestra geografía. Son verdaderos expertos y pensadores que abordan el Patrimonio cultural desde diversas disciplinas por más que el reducido espacio de tiempo disponible nos va a limitar, en gran medida, al patrimonio inmueble.

Estamos seguros de una buena respuesta y una activa participación que serán acordes con el alto nivel de los contenidos de las jornadas que se iniciarán con la exposición referente a la protección internacional así como a la de nuestro Patrimonio Cultural Vasco en sus diversas esferas de intervención, para finalizar, en la segunda jornada, en una reflexión más global, desde el análisis de la sostenibilidad territorial a la más concreta de la regeneración urbana siempre preferible al ensanche y colonización irreversible de nuevos suelos con su transformación urbanística.

Javier ARGOTEPresidente de la Asociación de Concejos de Álava

PRESENTACIÓN

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Beste urte batez, Arabako Kontzejuen Elkargoa, beste erakunde batzuren lankidetzaz, oraingo honetan ea mugagabea den Kultur Ondarea iraunkortasunaren eta toki garapenaren ikuspegitik aztertzeko jardunaldiak proposatzen ditu.

Bi goizetan jarraiko bi ostegunetan eta modu laburrean, ekimen hau, batez ere geure kontzeju erakunde txikiak gogor jotzen dituen krisialdi egoera honetan, desafioa izatetik haratago, etorriko diren hizlariek agerturiko onarpen irekia, interesgabekoa,, harro egoteko modukoa dala erakusten dute, gainera, batzuren kasuan, geure geografiatik hain urruneko lekuetatik datozenean. Izango dugun denbora urriak higiezinezko Kultur Ondarearen azterketara mugatuko ba gaitu ere, ikasgai desberdinetatik aztertzen duten eskarmentu handiko pentsalariak ditugu bene benetan.

Jardunaldietako maila garaiko edukinekin bat egingo duela, erantzun onaz eta partaidetza biziaz, seguru gaude,, nazioarteko eta maila desberdinetan gure Euskal Kultur Ondarearen babesaz hasiko diran jardunaldi hauek, , bigarren egun baten, osotasunean, lurralde iraunkorretatik hasita hiriburu urbanoen biziberritzeaz jarraituko dutenak, beti, azken hau hirigintza aldaketekin atzeraezinezko zabalkundea eta zoru berrien koloniazioaren gainetik lehenetsiz,.

P R E S E N T A C I Ó N

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PROGRAMA

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Primer día: JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2012

Recepción de participantes.

APERTURA. José Luis IPARRAGUIRRE. Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes del Gobierno Vasco. Mª Paz LARRUNBIDE. Viceconsejera de Vivienda.

“Concepto y significado del Patrimonio Cultural. El Patrimonio Cultural Vasco”. Jose Ignacio MARTINEZ DE LUKO. Arquitecto del Centro de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco

“Protección internacional del Patrimonio Cultural”. Maider MARAÑA SAAVEDRA. UNESCO, Centro del Patrimonio Mundial, Unidad de Europa y América del Norte.

Receso.

“El Patrimonio Arquitectónico en Euskadi”. Juan Ramón LOMBERA GARCÍA. Arquitecto urbanista que fue miembro del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural.

“La intervención de las Diputaciones Forales en el Patrimonio Cultural de los Territorios Históricos de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa”. J. Ignacio LASAGABASTER GÓMEZ, Jose Miguel AGIRREGOMOZCORTA ETXEZARRETA y Xabier MARTIARENA LASA.

Mesa redonda con la participación del Director del Museo de Ciencias Naturales de Álava, Jesús ALONSO RAMÍREZ.

9:00

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P R O G R A M A

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Segundo día: JUEVES 15 DE NOVIEMBRE DE 2012

Patrimonio y Sostenibilidad Territorial: Reflexiones para la acción. Luis M. JIMÉNEZ HERRERO. Director del Observatorio de la Sostenibilidad en España (OSE).

Ordenación de los centros históricos y conservación del patrimonio. Carlos CLEMENTE SAN ROMÁN. Arquitecto. Universidad de Alcalá de Henares.

Receso.

La rehabilitación urbana integral como instrumento para la sostenibilidad territorial. Mª Rosario ALONSO IBAÑEZ. Profesora de Derecho Administrativo de la Universidad de Oviedo.

Regeneración y rehabilitación urbana en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Ignacio DE LA PUERTA RUEDA. Director de Vivienda, Innovación y Control del Gobierno Vasco.

Presentación del Proyecto piloto de patrimonio en el Concejo de Langarika (Álava). Olatz IÑIGO UGALDE. Teresa ARTOLA GUIJARRO. Jorge RODRÍGUEZ GARCÍA. Igor DÍAZ DE GUEREÑU DE LOS RÍOS

Mesa redonda con la participación del catedrático de arqueología de la Universidad del País Vasco, Agustín AZKARATE GARAI-OLAUN.

CLAUSURA. Excmo. Sr. D. Juan Antonio ZÁRATE PÉREZ DE ARRILUCEA. Presidente de las Juntas Generales de Álava.

P R O G R A M A

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José Luis IPARRAGUIRREViceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes del Gobierno Vasco

APERTURA

Euskadi cuenta con un rico patrimonio cultural que tenemos la obligación de conservar y proteger, para el disfrute de los que estamos y para su transmisión a los que vendrán.

A pesar de ello, constatamos que la ciudadanía no tiene o no tenemos un conocimiento suficiente de ese patrimonio cultural, de nuestro patrimonio arquitectónico, de nuestro patrimonio industrial, de nuestro patrimonio arqueológico o de nuestro patrimonio inmaterial.

Y si existe ese desconocimiento sobre los elementos que integran nuestro patrimonio cultural, qué decir del desconocimiento de la sociedad de los problemas que plantea la conservación y protección del patrimonio y sobre el modo en que se aborda esta cuestión por las instituciones públicas.

Según la definición de la Ley de Patrimonio Cultural Vasco, el patrimonio cultural está integrado por todos aquellos bienes que, con independencia de su naturaleza jurídica, poseen un interés cultural por su valor histórico, artístico, urbanístico, etnográfico, científico, técnico y social y que son merecedores de protección y defensa.

Esta definición pone de manifiesto la importancia del patrimonio cultural. Es imposible la existencia de una cultura sin patrimonio y una sociedad sin memoria.

Sin embargo, como bien sabéis el patrimonio cultural es visto, frecuentemente, como una fuente de problemas, cuando en realidad constituye un importante activo social y económico.

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A P E R T U R A

Esta visión negativa del patrimonio cultural es muestra de una carencia de sensibilización social sobre el valor del patrimonio cultural, problema que, a su vez, está ligado directamente con la falta de formación y de información en este campo. Cuantas veces hemos escuchado que el valor patrimonial es secundario y prescindible, que con nuestra intervención en el ámbito del patrimonio estamos impidiendo el desarrollo social o económico de un territorio, o que que vivimos ajenos a las necesidades reales de la sociedad.

Ante ese tipo de manifestaciones debemos dejar claro que una apuesta clara por la activación de dispositivos de difusión del patrimonio cultural con una visión integral del territorio constituye una apuesta estratégica que implica:

1. Materialización de la autoestima de la población, a través del conocimiento de su patrimonio cultural.

2. Medio para la conectividad universal

3. Oportunidad para un crecimiento económico y una mejora de su cohesión social.

4. Creación de focos turísticos.

Hay que tener en cuenta, además, que el patrimonio cultural en contraposición a otros tipos de patrimonio, como por ejemplo el natural, posee unas connotaciones características: su fragilidad y su irreversibilidad. Ese patrimonio que es de todos nosotros, que nos pertenece, puede perderse si no se gestiona adecuadamente y, lo que es más grave, no se recuperará jamás, con lo que desaparecerá de nuestra memoria y se impedirá su conocimiento a los que nos sucedan.

De ahí la responsabilidad de los gobiernos, administraciones y responsables públicos para garantizar su conocimiento universal, su gestión democrática y su preservación para las generaciones futuras.

Creo que estas jornadas que organiza ACOA en torno al “Patrimonio Cultural, Sostenibilidad y Desarrollo Local” es un extraordinario marco para reflexionar sobre todas estas cuestiones. Por ello, les felicito por la organización de las jornadas y deseo a todos los asistentes que disfruten de las interesantes ponencias programadas.

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Egunon

En primer lugar quiero dar la bienvenida a todos los asistentes y agradecer a la Asociación de Concejos de Álava y en particular a su presidente Javier Argote, la oportunidad que me brinda de inaugurar estas jornadas, que a la vista de las ponencias y al interés despertado en los asistentes, ya hace presentir que va a ser un éxito.

Bajo la forma de Concejos se administran en Álava 335 núcleos rurales, que integran una población de 32.000 personas (el 1,4 % de la población de Euskadi, o el 10 % si nos referimos a Álava), con una media de 95 hab/núcleo.

En Euskadi además del Parlamento autonómico, tenemos tres parlamentos provinciales –Juntas Generales-, y por si fuera poco en Álava contamos con una organización parecida, aunque a otra escala, para administrar a estos núcleos rurales: las Juntas Administrativas. Las JJ AA se eligen mediante procesos electorales. Es una organización que data de la edad media, - con un presidente y un secretario que conserva el entrañable nombre de “FIEL DE FECHOS”-.

Tienen competencias para administrar su patrimonio, gestionar el agua, el saneamiento, el alumbrado, pero cuentan con escasos recursos ya que la administración de sus bienes genera escasos ingresos, -salvo aquellos núcleos que cuentan con montes, en cuyo caso si existe una fuente de ingresos importante-.

Mª. Paz LARRUNBIDE Viceconsejera de Vivienda del Gobierno Vasco

APERTURA

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Trabajan desinteresadamente la mayoría de las veces, la proximidad a la sociedad que administran les hace estar en todo momento presentes, pero reciben poco. Tengo la percepción de que es una labor poco reconocida.

Por eso resulta muy loable que esta modesta asociación, haya sido capaz en unos momentos de crisis y desánimo generalizado, mantenga este alto grado de actividad, haciendo frente a los problemas que ve surgir (a los que supongo no ayudará la inquietud sembrada desde el Estado, a cerca del futuro y la reorganización de administraciones locales).

En este marco de actividad hay que englobar la celebración de estas jornadas sobre el “PATRIMONIO CULTURAL, SOSTENIBILIDAD Y DESARROLLO LOCAL”

Desde que entramos en el Gobierno Vasco, hemos tenido varios contactos con la Asociación de Concejos a través de su presidente Javier Argote, no en vano somos viejos conocidos, y desde la Viceconsejería de Vivienda hemos atendido solicitudes que nos han planteado por considerarlas justas y oportunas.

Así por ejemplo, puesto en relieve la escasa consideración de estos pequeños núcleos de población en la normativa de suelo y vivienda cuyas normas ponen la vista en general en las poblaciones de más de 3000 habitantes, siendo “el resto” un paquete que se excepciona de cualquier medida, hemos introducido siempre que ha sido posible, referencias concretas a estas poblaciones.

No nos gusta y nos parece injusto el tratamiento del 64% de los municipios de Euskadi, como “resto”. Las situaciones que se den en poblaciones pequeñas, serán diferente a las de poblaciones más populosas, pero merecerán un tratamiento específico determinando sus problemas y proponiendo soluciones.

Por eso incluimos en el PROYECTO DE LEY DE VIVIENDA que se presentó en junio de 2012 ante el Parlamento, la referencia a los Concejos, dándoles la consideración que merecen como figura propia. Pero con la anticipación de la elecciones, quedó a la espera de debate y habrá que ver si el nuevo Parlamento tiene a bien considerarla o la retira.

También en el PACTO SOCIAL POR LA VIVIENDA DE EUSKADI (2010-25) recogimos expresamente el establecimiento de programas específicos para la rehabilitación de edificios en poblaciones de menos de 3.000 habitantes y reflejamos la necesidad de tener en cuenta las diferentes necesidades de nuestros pueblos y ciudades atendiendo a su población, a la hora de establecer colaboraciones entre administraciones.

Hace unos meses, la ACOA nos propuso colaborar en un trabajo relativo a un inventario y estudio del SUELO Y VIVIENDA RURAL de 17 Concejos de Álava. Y lo aceptamos porque nos pareció interesante y entendimos justificado.

A P E R T U R A

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La ACOA es consciente de los principales problemas de sus núcleos que podemos resumir en la necesidad de:

• fijar la población de estos núcleos,

• reactivar la economía (con nuevas tecnologías, energías renovables…) y generar empleo para así atraer a la población joven,

• de regenerar los espacios urbanos y fomentar la rehabilitación, conservando el patrimonio que merezca la pena mantener.

• Dotar a los núcleos de las infraestructuras básicas y de las medidas de accesibilidad suficientes para conseguir que sus habitantes vivan dignamente

El trabajo consiste en analizar el patrimonio de estos núcleos, detectar sus necesidades y sacar a la luz los solares y edificios vacantes de uso, especialmente los que sean propiedad de las Juntas Administrativas. Y así, cumpliendo también con el Plan Estratégico De Desarrollo Sostenible, es decir, dentro de los parámetros de sostenibilidad, de respeto al entorno y medio ambiente, de responsabilidad en la gestión de residuos, etc. encontrar la manera de implantar vivienda protegida donde se detecte necesidad.

El trabajo está avanzado y se terminarán a final de año.

Se defiende desde la ACOA la “regeneración urbana ante el ensanche y colonización irreversible de nuevos suelos” utilizando sus palabras.

En este sentido decirles que en la Viceconsejería de Vivienda no solo compartimos esta opinión, sino que estamos trabajando, y mucho, para hacerla posible. Consideramos necesario, aprovechar el parque edificado existente y actuar sobre lo construido, variando la tendencia a consumir de forma preferente nuevos suelos, más cómoda, pero menos sostenible.

Pero hay que hacerlo desde un punto de vista sostenible, con equilibrio social, económico y ambiental.

Durante esta legislatura hemos destinado con gran esfuerzo, una parte importante del presupuesto a operaciones de rehabilitación y de mejora de la accesibilidad.

Las nuevas ordenes de ayudas y la normativa que se viene desarrollando, se encamina a fomentar la intervención en la ciudad existente. Para que las viviendas antiguas tengan el mismo confort que las viviendas nuevas.

En el mes de julio pasado, se firmo la Hoja de Ruta Bultzatu 2025 para el desarrollo sostenible de la edificación. Por primera vez se han establecido y definido los logros que se quieren alcanzar

A P E R T U R A

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para llegar a un determinado grado de sostenibilidad en la edificación, tanto de nueva planta como en rehabilitación, en el escenario de 2015.

Todo ello para alcanzar tres objetivos principales:

– Responder a las necesidades de vivienda, con 250.000 Viviendas rehabilitadas y 114.000 Viviendas construidas

– Avanzar hacia un modelo rehabilitación de carácter integral y hacia una transformación de sector de la construcción, para hacerlo innovador y competitivo.

– Coordinar las políticas de vivienda, sociales, ambientales y económicas, alineándolas con las políticas europeas actuales y futuras.

En 2012 hemos publicado el Plan REVIVE, en el que se iniciarán de forma “experimental” las primeras intervenciones a desarrollar conforme a las directrices de Bultzatu, con 9,3 M€ en un programa plurianual. Se han presentado 35 propuestas que estamos en estos momentos estudiando para ver cuales serán adjudicatarias de las ayudas

Pero de todo esto les hablará pormenorizadamente el Director de Vivienda el próximo jueves. Yo solo lo menciono como hecho real que avala la puesta en marcha de un Programa que de otra forma pudiera parecer tan solo una declaración de intenciones.

Para terminar, solo me queda animar a la ACOA a que siga en esta línea

Los núcleos son pequeños, pero como la unión hace la fuerza, si se trabaja en conjunto se alcanzarán logros relevantes. Establecer rutas con testimonios turístico-culturales, proponer programas que atraigan ocio y actividad económica, regenerar y dar contenido a estas pequeñas poblaciones, -muchas ya lo tienen y todas cuentan con su especial encanto-, son oportunidades para las que les deseo éxito.

Y como seguramente sea esta la última oportunidad que tenga de dirigirme a uds como Viceconsejera de Vivienda, me gustaría aprovechar para manifestar mi agradecimiento a todas las personas e instituciones con las que hemos colaborado y que nos han facilitado la gestión durante estos difíciles y escasos cuatro años.

He tenido el honor durante este tiempo, de asumir una responsabilidad importante en la política de vivienda, lo he hecho con dedicación, ilusión y lo mejor que he podido a pesar de que las condiciones económicas no nos hayan permitido hacer realidad muchos de los proyectos que teníamos en cartera.

Ha sido una satisfacción trabajar con todos uds.

Muchas gracias y feliz jornada.

A P E R T U R A

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CONCEPTO Y SIGNIFICADO DEL PATRIMONIO CULTURAL. EL PATRIMONIO CULTURAL VASCO

JOSE IGNACIO MARTINEZ DE LUKO.Arquitecto del Centro de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco

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P A T R I M O N I O C U L T U R A L , S O S T E N I B I L I D A D Y D E S A R R O L L O L O C A L

Indice:1- Introducción: sostenibilidad y construcción territorial y urbana.

2- Planeamiento y desarrollo local dentro del sistema territorial: necesidad de una visión de conjunto.

3- Los ordenamientos sectoriales y la estrategia habitual empleada para las protecciones sectoriales. El Patrimonio Cultural en los instrumentos de ordenación territorial.

4- El Patrimonio Cultural en distintas disposiciones: Ley 7/1990 de Patrimonio Cultural Vasco; Directrices de Ordenación Territorial; disposiciones internacionales referidas al Patrimonio Cultural.

5- El Patrimonio Cultural y su singularidad en el entramado administrativo: las intervenciones sobre el patrimonio, criterios de intervención.

6- El Patrimonio Cultural y la protección de la ordenación urbanística: Legislación estatal del suelo; ley autonómica Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo.

7- El Patrimonio Cultural como zona medioambiental sensible: Ley autonómica Ley 3/1998 General de Protección del Medio Ambiente y normativa concordante.

8- El Patrimonio Cultural y su tratamiento desde la Ley de Patrimonio Cultural Vasco; diez artículos de la Ley.

Tokiko garapena Kultura Ondarea bihurtuta. Añanan.“En la sociedad que emerge, no sólo el capital y el trabajo son los elementos motores del desarrollo económico: surge con fuerza un

tercer valor como es la cultura.” (Decreto 28/1997 DOT, Directriz 17)

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K U L T U R O N D A R E A , I R A U N K O R T A S U N A E T A T O K I K O - G A R A P E N A

1- Introducción: sostenibilidad y construcción territorial y urbana.

Las nuevas disposiciones urbanísticas generadas por la legislación urbanística del Estado y de las autonomías establecen como objetivo prioritario el compatibilizar la necesidad de crecimiento económico y tecnológico con el denominado desarrollo sostenible.

A través de esas disposiciones, el concepto de sostenibilidad afecta a todos los procesos edificatorios y urbanizadores que se producen sobre el territorio y, sin embargo, en sí mismo, el desarrollo sostenible es un concepto indeterminado al que se le atribuye una triple dimensión también genérica: la dimensión social, la dimensión económica y la dimensión medioambiental.

No obstante, ese concepto, en principio indeterminado, se concreta con importante precisión mediante la aplicación de un grupo de normativas sectoriales que vinculan al planeamiento territorial y urbano, entre ellas la referida al Patrimonio Cultural.

La aplicación de las normativas sectoriales durante el proceso de aprobación del planeamiento es, pues, la estrategia que el ordenamiento territorial y urbano ha venido a implantar al objeto de poder garantizar un desarrollo sostenible sobre el complejo sistema del territorio.

Kultur ondare arkitektonikoa.

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P A T R I M O N I O C U L T U R A L , S O S T E N I B I L I D A D Y D E S A R R O L L O L O C A L

Una de las normativas sectoriales que vinculan al planeamiento y al desarrollo local es la que se refiere al Patrimonio Cultural. Es objeto de esta ponencia el concretar el concepto del Patrimonio Cultural mediante referencia directa a las disposiciones de obligado cumplimiento que ese ordenamiento sectorial introduce en el sistema territorial y urbano.

2- Planeamiento y desarrollo local dentro del sistema territorial: necesidad de una visión de conjunto.

Al objeto de fijar las ideas respecto al planeamiento, conviene afirmar que el objetivo último de todo el complejo proceso administrativo de aprobación de un planeamiento es tan simple como esto: establecer sobre el territorio, de la forma más ordenada posible, unos usos con unas determinadas intensidades de uso.

Para ello es necesario partir de una visión territorial que sea capaz de comprender en unidad la complejidad del sistema territorial y urbano.

El sistema territorial se organiza mediante la ley autonómica Ley 4/1990 de Ordenacion del Territorio, la cual establece :

“Los instrumentos perfilados en la Ley con la finalidad de ordenar el Territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco son los siguientes:

A) Las Directrices de Ordenación Territorial.

Kultur ondare arkitektonikoa.

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K U L T U R O N D A R E A , I R A U N K O R T A S U N A E T A T O K I K O - G A R A P E N A

B) Los Planes Territoriales Parciales.

C) Los Planes Territoriales Sectoriales.”

(Ley 4/1990 Exposicion de motivos, apartado V)

Esa misma Ley 4/1990 establece en su artículo 24:

“Artículo 24. La Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco informará preceptivamente, en el plazo máximo de tres meses, con carácter previo a su aprobación definitiva, los Planes Generales de Ordenación Urbana, los Planes Especiales y las Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento regulados por la legislación sobre Régimen de Suelo a fin de comprobar la adecuación de los mismos a los instrumentos de Ordenación del Territorio previstos en la presente Ley.

El informe de la Comisión será vinculante cuando aprecie la existencia de contradicción o disconformidad entre los planes y normas objeto del informe y los referidos instrumentos.�

Al respecto de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, la ley autonómica Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo concreta en su disposición adicional primera (v. Anexo 2) que ese es el órgano competente para elaborar los criterios básicos de la política de ordenación del territorio. Así mismo establece que forman parte de la comisión “los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco con intereses en las cuestiones a deliberar.” Y es por ello que la Dirección de Patrimonio Cultural del Departamento de Cultura es miembro de la referida Comisión.

A ese respecto, tiene interés mencionar que el reglamento que regula el funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco (COTPV) ha establecido que para que una determinación sectorial sea vinculante no es suficiente la simple mención a lo establecido en el decreto sectorial o en la ley sectorial que corresponda, sino que es necesario valorar para caso la proporcionalidad en la aplicación de la disposición legal o reglamentaria.

Por ello, es del todo necesario explicar y valorar la realidad sectorial cultural desde su inmersión en todo el sistema territorial y urbano.

3- Los ordenamientos sectoriales y la estrategia habitual empleada para las protecciones sectoriales. El Patrimonio Cultural en los instrumentos de ordenación territorial.

Al objeto de tener una suficiente visión de conjuto, resumiendo mucho, podemos hablar de cinco ordenamientos sectoriales principales sobre el sistema del territorio:

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P A T R I M O N I O C U L T U R A L , S O S T E N I B I L I D A D Y D E S A R R O L L O L O C A L

– La Ley 22/1988 de Costas y su reglamento de desarrollo establecido con el Real Decreto 1471/1989; y, relacionado con ellos, el Decreto 196/1997 que regula los usos sobre el suelo afectado y el Plan Territorial Sectorial del Litoral aprobado por el decreto 43/2007.

– El Plan Territorial Sectorial de Ríos y Arroyos establecido con el Decreto 415/1998 para la vertiente cantábrica y con el decreto 455/1999 para la vertiente mediterránea, así como las modificaciones posteriores referidas a las zonas inundables.

– El Plan Territorial Sectorial de las Zonas Húmedas aprobado mediante el Decreto 160/2004.

– El Plan General de Carreteras de la Comunidad Autónoma del País Vasco aprobado por la Ley 2/1989 y sus modificaciones posteriores y, relacionado con ese tema, las órdenes forales de carreteras de los tres Territorios Históricos.

– El Plan Territorial sectorial de la red Ferroviaria, aprobado con el Decreto 41/2001.

Otros planes territoriales están en fase de redacción, como puede son el Plan territorial Sectorial Agroforestal, en fase de aprobación provisional, o el propio Plan Territorial Sectorial del Patrimonio Cultural Vasco del cual se redactó y publicó el documento de Avance el año 2000 y cuya lectura recomiendo a todo aquel que quiera profundizar en la naturaleza del Patrimonio Cultural.

Posiblemente, de entre todos los ordenamientos sectoriales fue el ordenamiento sectorial estableciso en la Ley de Costas el primero en concretar una estrategia eficaz de protección sobre los ámbitos territoriales sensibles. La mecánica de protección que estableció fue doble. En primer lugar, definió mediante un trabajo cartográfico amplísimo una delimitación, con el fin de establecer con precisión dónde comienza el dominio público. En segundo lugar, con la misma precisión cartográfica, concretó junto al dominio público un área denominada Servidumbre de Protección, área en la que se limitan los usos y las intensidades de uso y en la que de forma general se prohiben los usos edificatorios.

Pues bien, con las particularidades de cada ámbito sectorial, particularidades en las que no procede entrar ahora, esa es la forma de protección que el resto de los ordenamientos -también la Ley 7/1990 de Patrimonio Cultural Vasco- ha venido a establecer sobre el territorio al objeto de defender su contenido sustantivo propio.

De esa forma, el conjunto de afecciones, limitaciones, retiros obligados, servidumbres y demás condicionantes que aparecen sobre el suelo territorial y urbano y que se generan desde las visiones sectoriales es de tal envergadura que, a veces, pudieran llegar a impedir el desarrollo local.

En efecto, no pocas veces los municipios, ayuntamientos y concejos, suelen ver coartado su desarrollo por la imposición de condicionantes sectoriales artificiales, abstractos o sencillamente

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K U L T U R O N D A R E A , I R A U N K O R T A S U N A E T A T O K I K O - G A R A P E N A

inadecuados a su realidad territorial y, a menudo, se sienten inmersos en una especie de carrera de obstáculos con el único objetivo de justificar cuanto antes el cumplimiento de los condicionantes que, a su juicio, impiden el desarrollo local.

A ese respecto, no se debe perder de vista que la estrategia de los ordenamientos sectoriales no garantiza por sí misma la visión global sobre el territorio –una visión que entienda en unidad el desarrollo social, económico y medioambiental-, y que cualquier desarrollo local integrado necesita esa visión global, so pena de quedarse en un ejercicio artificial y rígido y, por tanto, inadecuado a la naturaleza viva del sistema territorial y urbano.

Pues bien, si alguien puede hacer esa importante aportación que considere la globalidad del ámbito local concreto son los municipios, ayuntamientos y concejos: no en vano son los que conocen de primera mano el sistema local: el lugar, el medio físico, las infraestructuras de transporte, las redes de suministro, el saneamiento, etc.

Por ello, y para evitar que el desarrollo local se convierta en una carrera de obstáculos que luego haya que absurdamente superar, las iniciativas que se promuevan debieran tener, desde el principio, una idea generadora unitaria enraizada en e l lugar, idea global que en su desarrollo permita generar forma urbana integrada en el sistema local, forma que que cumpla con las funciones nuevas y viejas, y que conviva con el medio ambiente dentro de un sistema territorial natural y humano vivo.

En esa difícil pero apasionante tarea de promoción del desarrollo local sostenible no existe aliado mejor que el Patrimonio Cultural.

Ello, sin duda, tiene que ver con el naturaleza del Patrimonio Cultural, el cual va apareciendo a lo largo del tiempo en determinados puntos del territorio como una muestra, original e irrepetible, de la trabazón existente entre el lugar y los sucesos que sobre ese lugar han ocurrido: sucesos históricos y humanos, además de sucesos biológicos y naturales.

Ninguno de los ordenamientos mencionados tiene la capacidad de regeneración del territorio que tiene el Patrimonio Cultural, porque ninguno como el Patrimonio Cultural participa como él de la naturaleza holística del territorio, integrando desarrollo físico, social, cultural, medioambiental y económico.

4- El Patrimonio Cultural en distintas disposiciones: Ley 7/1990 de Patrimonio Cultural Vasco; Directrices de Ordenación Territorial; disposiciones internacionales referidas al Patrimonio Cultural.

El artículo 2 de la Ley 7/1990 de Patrimonio Cultural Vasco define el patrimonio Cultural de la siguiente manera:

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“Artículo 2.- 1. Integran el patrimonio cultural todos aquellos bienes de interés cultural por su valor histórico, artístico, urbanístico,etnográfico, científico, técnico y social, y que por tanto son merecedores de protección y defensa”

Como se ve, es esa una definición que se cierra en sí misma en cuanto que refiere el Patrimonio Cultural a todo aquello que tiene interés cultural. Sin embargo, se introducen en la definición los valores a tener en cuenta: valores histórico, artístico, urbanístico, etnográfico, científico, técnico y social.

La perspectiva del valor, esto es, la consideración del Patrimonio Cultural como portador de valores es una buena aproximación al mismo. Diferentes autores así lo han hecho. Entre ellos: Aloïs Riegl (propone el valor de antiguedad, valor histórico, valor rememorativo, valor instrumental, valor artístico); Antoni González Moreno-Navarro (propone el valor documental, valor arquitectónico, valor significativo); David Throsby (propone el valor estético, valor espiritual, valor social, valor histórico, valor simbólico, valor de autenticidad); Josep Ballart ( propone el valor de uso, valor de forma, valor significativo, valor simbólico).

No obstante, al objeto de tener una idea general adecuada del Patrimonio Cultural dentro del entramado administrativo de la CAPV, es recomendable la lectura de la Directriz 17 “Ordenación del Patrimonio Cultural” de las DOT (el texto se acompaña como Anexo 1), toda vez que esa directriz, además de ser de obligado cumplimiento, es un resumen en pocas páginas de lo establecido en la mencionada Ley 7/1990 de Patrimonio Cultural Vasco, y ofrece claves para comprender la naturaleza del Patrimonio Cultural.

Respecto a esa directriz, es importante destacar la exigencia establecida en el apartado 4.1.5.c. que en referencia al Patrimonio Cultural inmueble determina:

“c. La importancia de una protección integral del bien cultural inmueble y no solo de sus partes externas.”

En efecto, la protección integral del Patrimonio Cultural es un requisito imprescindible para la conservación y transmisión de los valores de que es portador.

En ese mismo sentido, las disposiciones internacionales en la materia insisten en la importancia de preservar el patrimonio cultural en condiciones de integridad y de autenticidad: no se deben ni se pueden autorizar derribos, ni totales ni parciales del Patimonio Cultural porque ello va contra su integridad; y tampoco se deben posibilitar reconstrucciones en estilo porque van en contra de su autenticidad.

Al objeto de dar a conocer el alcance de la legislación del Estado y de las recomendaciones internacionales al respecto del Patrimonio Cultural se acompaña como Anexo 3 un resumen del contenido de las principales disposiciones en la materia. La lectura completa de esas disposiciones

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permitirá un entendimiento mejor del Patrimonio Cultural lo cual, sin duda, revertirá en disponer de mejor criterio para una mejor y más perfecta preservación.

El Anexo 3 incluye a las siguientes:

– La ley del Estado Ley 16/1985 y su reglamento RD 111/1986.

– Carta Internacional de Atenas (1931).

– Carta Internacional de Venecia (1964).

– Normas de Quito (1967).

– Carta de Amsterdam (1975).

– Recomendaciones de Nairobi (1976).

– Carta Internacional de Florencia (1982).

– Carta Internacional de Washington (1987).

– Convenio de Granada (1985).

– Carta del Patrimonio Vernáculo Construido (1999).

– Carta de Cracovia (2000).

– Convenio Europeo del Paisaje (2000).

– Carta de Nizhny Tagil sobre el patrimonio industrial (2003).

– Memorandum de Viena respecto al Paisaje Urbano Histórico (2005).

– Convención sobre la protección del patrimonio mundial -cultural y natural- (1972) y Directrices prácticas sobre la aplicación de la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial.

5.- El Patrimonio Cultural y su singularidad en el entramado administrativo: las intervenciones sobre el patrimonio, criterios de intervención.

La naturaleza singular del Patrimonio Cultural dentro del entramado administrativo viene establecida desde la propia Constitución, la cual, en su artículo 46 establece como uno de los principios rectores de la política social y económica, lo siguiente:

“Artículo 46Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del

patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de españa y delos bienes que lo integran,

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cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra ese patrimonio.”

Esa naturaleza singular, ha determinado que el ordenamiento urbanístico –principal ordenamiento en materia de usos y de intensidades de uso- haya incorporado, tradicionalmente, un desarrollo legislativo dirigido a garantizar la conservación y promoción del Patrimonio Cultural, tanto desde la legislación Básica del estado como desde la legislación de las autonomías.

Con independencia de que los principios rectores están dirigidos en una dirección favorable al patrimonio Cultural es bueno que, al objeto de tomar conciencia de la realidad del día a día, caigamos en la cuenta de la importancia que tiene para el Patrimonio Cultural el control de la licencia de obra, en el sentido de que se que cumpla en ella con los criterios de intervención sobre el Patrimonio Cultural que correspondan.

Respecto a las licencias, vendrá bien recordar la amplitud de los actos qué actos están sujetos a licencia. Están sujetos a licencia al menos los actos recogidos en el artículo 1 del Real Decreto 2187/1978 por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística:

“Artículo 1.

Estarán sujetos a previa licencia, sin perjuicio de las autorizaciones que fueren procedentes con arreglo a la legislación específica aplicable, los siguientes actos:

1. Las obras de construcción de edificaciones e instalaciones de todas clases de nueva planta.2. Las obras de ampliación de edificios e instalaciones de todas clases existentes.3. Las de modificación o reforma que afecten a la estructura de los edificios e instalaciones

de todas clases existentes.4. Las de modificación del aspecto exterior de los edificios e instalaciones de todas clases

existentes.5. Las obras que modifiquen la disposición interior de los edificios, cualquiera que sea su uso.6. Las obras que hayan de realizarse con carácter provisional a que se refiere el apartado 2

del artículo 58 del Texto Refundido de la Ley del suelo, en adelante Ley del Suelo.7. Las obras de instalación de servicios públicos.8. Las parcelaciones urbanísticas.9. Los movimientos de tierra, tales como desmontes, explanación, excavación y terraplenado,

salvo que tales actos estén detallados y programados como obras a ejecutar en un proyecto de urbanización o de edificación aprobado o autorizado.

10. La primera utilización u ocupación provisional de los edificios e instalaciones en general.11. Los usos de carácter provisional a que se refiere el apartado 2 del artículo 58 de la Ley de

Suelo.12. El uso del vuelo sobre las edificaciones e instalaciones de todas clases existentes.13. La modificación del uso de los edificios e instalaciones en general.

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14. La demolición de las construcciones, salvo en los casos declarados de ruina inminente.15. Las instalaciones subterráneas dedicadas a aparcamientos, actividades industriales,

mercantiles o profesionales, servicios públicos o cualquier otro uso a que se destine el subsuelo.

16. La corta de arboles integrados en masa arbórea que este enclavada en terrenos para los que exista un plan de ordenación aprobado.

17. La colocación de carteles de propaganda visibles desde la vía pública.18. Y, en general, los demás actos que señalen los planes, normas u ordenanzas.”

La exigencia de licencia y el control de los actos que mediante ella se produce es general para cualquier intervención, pero requiere una atención particular en presencia del Patrimonio Cultural.

En efecto, la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) estableció en su artículo 2.2 tres situaciones en las que la exigencia de Proyecto debe ser requerida. Una de ellas, la tercera, es la siguiente:

“c) Obras que tengan el carácter de intervención total en edificaciones catalogadas o que dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico-artístico, regulada a través de norma legal o documento urbanístico y aquellas otras de carácter parcial que afecten a los elementos o partes objeto de protección.”

(LOE artículo 2.2.c.).

Lógicamente, el proyecto a exigir debe incorporar una Memoria descriptiva y justificativa que sea adecuada a los valores del Patrimonio Cultural que estén allí contenidos.

En cuanto a los criterios de intervención exigibles y recomendables se adjunta el Anexo 4 con el texto de los criterios de intervención que el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco hace llegar a los Ayuntamiento al objeto de que se incorporen en el planeamiento municipal.

Esos criterios de intervención hacen referencia a los tipos de obra tasada que se consideran admisibles sobre cada categoría del Patrimonio Cultural. Y son los criterios que están mencionados en las Directrices DOT en su apartado 4.2.5. mediante referencia al decreto 214/1996 vigente en el momento de aprobación de las DOT, decreto hoy sustituido por el actual 317/2002.

6.- El Patrimonio Cultural y la protección de la ordenación urbanística: Legislación estatal del suelo; ley autonómica Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo.

Tal y como venimos viendo el Patrimonio Cultural y la ordenación urbanística están necesariamente interrelacionados.

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La propia Ley 7/1990, en el artículo 2 antes mencionado habla de los valores urbanísticos contenidos en el Patrimonio Cultural y, por su parte, el ordenamiento urbanístico ha considerado la excepcionalidad de ese patrimonio tanto en la legislación del estado como en la legislación autonómica.

Por tanto, la comprensión del Patrimonio Cultural pasa también por conocer el tratamiento que recibe desde el punto de vista urbanístico.

Para facilitar la aproximación, conviene recordar el texto de la Ley de Ordenación de la Edificación cuando, en su artículo 2, al referirse al Patrimonio Cultural lo hacía mediante referencia a las “edificaciones catalogadas” y a las “ que dispongan de algún tipo de protección ambiental o histórico artístico”.

En efecto, es conocido que el ordenamiento urbanístico incorpora el Catálogo municipal como registro administrativo con naturaleza de Instrumento Complementario de ordenación urbanística, registro en el que se

“inventarían e identifican los bienes naturales o artificiales objeto de protección por la ordenación urbanística, recogiendo sus características, precisando, en su caso, la categoría o calificación que les corresponde, de acuerdo con la legislación aplicable, y especificando el plan que contiene las determinaciones reguladoras de su protección”.

El Catálogo es un instrumento de primera importancia a la hora de salvaguardar el Patrimonio Cultural que radica en los municipios. No está demás recordar que conforme se establece en el artículo 4 de la Ley 7/1990 los Ayuntamientos son junto con el Gobierno Vasco y las Diputaciones Forales las tres instituciones competentes a los efectos de la Ley, y que, según se dice en el artículo 4.2:

“En particular corresponde a los Ayuntamientos la misión de realzar y dar a conocer el valor cultural de los bienes integrantes del patrimonio histórico del pueblo vasco que radiquen en su término municipal. Les corresponde asimismo adoptar, en caso de urgencia, las medidas cautelares necesarias para salvaguaradr los bienes del expresado patrimonio histórico cuyo interés se encobtrase amenazado.”

Visto lo anterior, y habida cuenta de que no podemos ser exhaustivos en el análisis de ordenamientos tan amplios, puede ser suficiente a nuestro objeto la lectura de tres artículos: uno de la legislación del Estado y dos de la legislación autonómica.

De la ordenación del estado, el artículo 5 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Suelo. Dice así:

“Art. 5º. Deberes del ciudadano.- Todos los ciudadanos tienen el deber de:

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a) Respetar y contribuir a preservar el medio ambiente, el patrimonio hisdghsgdhsdfstórico y el paisaje natural y urbano, absteniéndose en todo caso de realizar cualquier acto o desarrollar cualquier actividad no permitidos por la legislación en la materia.”

Por su parte, de la legislación urbanística autonómica establecida por la mencionada Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo, son muy destacables los artículos 225 y 238 (se recomienda la lectura completa de esos textos). Son los artículos que tipifican como muy graves las infracciones urbanísticas contra el Patrimonio Cultural.

Así, en el artículo 225:

“Artículo 225. Infracciones urbanísticas.

1. Son infracciones muy graves: …

b) La destrucción de bienes catalogados por el ayuntamiento o declarados de interés cultural en los términos de la legislación sobre patrimonio histórico, cultural y artístico.”

Y, en el artículo 238:

“Artículo 238. Infracciones en materia de medio ambiente y patrimonio cultural y natural.

1. Se sancionará con arreglo a lo establecido en la legislación protectora de patrimonio cultural a quienes derriben o desmonten total o parcialmente bienes que sean objeto de protección especial por el planeamiento por su carácter monumental, histórico, artístico, arqueológico, cultural, típico o tradicional.”

La precisión de la legislación urbanística al determinar que no es admisible derribar o desmontar ni total ni parcialmente el Patrimonio Cultural es modélica y debe servir para desterrar cualquier estrategia rehabilitadora contraria al patrimonio.

Nos referimos, cocretamente, a desterrar de una vez por todas la estrategia de los vaciados de los edificios que forman parte del Patrimonio Cultural, por ser esa una estrategia, además de ilegal, técnicamente arcaica, y letal para el Patrimonio Cultural, en cuanto que liquida su integridad y su autenticidad.

Para terminar con la visión urbanística es ilustrativo analizar la inserción del Patrimono Cultural en la aprobación del planeamiento. Esa aprobación se ordena con los artículos 90 y 91 de la mencionada Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo. Su lectura y análisis son obligados para todo aquel que quiera conocer los documentos administrativos que es necesario generar en cada una de las fases de aprobación del planeamiento. Aquí ahora nos limitaremos a mencionar que de la lectura del artículo 90 se derivan cuatro fases en la tramitación, a saber:

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a) Fase 1, o formulación (art.90.1 y 90.2): en ella se exige, entre otras, la solicitud al Gobierno Vasco de los condicionantes de protección del Patrimonio Cultural, y también la solicitud de informe a las Juntas Administrativas de los condicionantes en materia de servicios de titularidad concejil.

b) Fase 2, o del documento de Avance (art.90.3 y 90.4): entre otras exigencias está la de tramitar la “variable medioambiental” en sus apartados de obtención del denominado Documento de Referencia y del Informe Preliminar de Impacto Ambiental. Dentro de esa “variable ambiental” uno de los factores a considerar es el Patrimonio Cultural. Se verá más adelante.

c) Fase 3, o del documento de Aprobación Inicial (art.90.5): entre otras exigencias está la de solicitar los informes sectoriales.

d) Fase 4, o del documento de Aprobación Provisional: se exige la solicitud del informe definitivo de Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental.

Finalmente, el artículo 91vincula la aprobación definitiva al informe de la Comisión de Ordenación del Territorio anteriormente mencionado en estas líneas y, no lo olvidemos, al informe definitivo de evaluación conjunta de impacto ambiental.

Baserriak: Euskal Herriaren paisaiaren zati.

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7.- El Patrimonio Cultural como zona medioambiental sensible: Ley autonómica Ley 3/1998 General de Protección del Medio Ambiente y normativa concordante.

Es la última variable que desde este texto se propone como componente del ser del Patrimonio Cultural: la naturaleza medioambiental del Patrimonio Cultural.

La compatibilidad del patrimonio Cultural con el medio ambiente no es ajena a la capacidad del Patrimonio Cultural de recuperar y regenerar los entornos medioambientalmente degradados.

Al contrario, la recuperación física y funcional del Patrimonio Cultural es una garantía de éxito en la consecución de la recuperación medioambiental de su entorno.

Es suficiente hacer tres referencias a lo establecido por el ordenamiento del medio ambiente para caer en la cuenta de la importancia de la componente medioambiental del Patrimonio Cultural.

En primer lugar, es ilustrativo el artículo 51 de la ley 3/1998 General de protección del Medio Ambiente del País Vasco por el que se establecen las zonas medioambientalmente sensibles:

“Artículo 51.- Zonas ambientalmente sensibles.

1.- Se entenderá por zona ambientalmente sensible la que por sus especiales características en cuanto a valores ambientales contenidos y fragilidad de los mismos sea susceptible de un mayor deterioro ambiental.

2.- A efectos de la aplicación de lo dispuesto en este capítulo, y exceptuándose en todo caso el territorio clasificado como suelo urbano en el momento de la promulgación de la presente ley, se entenderán, al menos, como zonas sensibles las siguientes:

a) El dominio público marítimo terrestre y su servidumbre de protección.

b) El dominio público hidráulico que incluye los cauces naturales de corriente continua, los lechos de los lagos y lagunas y los embalses superficiales en cauces públicos. Las áreas pertenecientes a la zona de policía y zona de servidumbre de márgenes siempre y cuando se encuentren catalogadas.

c) Areas de recarga de acuíferos, así como zonas que presenten alta vulnerabilidad a la contaminación de los mismos, siempre y cuando se encuentren catalogadas.

d) Areas o enclaves de elevado interés naturalístico siempre y cuando se encuentren catalogadas.

e) Las áreas o enclaves catalogados o inventariados por constituir parte del patrimonio histórico artístico, incluyéndose su entorno.”

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También es oportuno mencionar lo que el Decreto 183/2003 que regula el procedimiento de evaluación conjunta de impacto ambiental. Dice en su artículo 4.2. lo siguiente:

“2.- se entenderá que la modificación de un plan puede causar efectos negativos significativos sobre el medio ambiente, a los efectos del apartado anterior, cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:

a) Cuando afecte a suelo clasificado como no urbanizable con arreglo a la legislación urbanística.

b) Cuando afecte a una zona ambientalmente sensible conforme a lo previsto en e l artículo 51 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.

c) Cuando establezca el marco para la autorización ene l futuro de nuevos proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, conforma a la legislación vigente en la materia.”

Y respecto a la legislación de la evaluación de impacto ambiental, cabe decir que es de rango estatal, y se ordena, por un lado, en lo referente a planes y programas, con la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas; y, por otro, en lo referente a proyectos, con el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Pues bien, la mencionada Ley 9/2006, en su artículo 9, considera:

“Artículo 9. Alcance del informe de sostenibilidad ambiental.

1. La amplitud, nivel de detalle y el grado de especificación del informe de sostenibilidad ambiental se determinará por el órgano ambiental, tras identificar y consultar alas administraciones públicas afectadas y al público interesado. Se considerarán Administraciones públicas afectadas, exclusivamente a los efectos de esta ley, aquellas que tienen competencias específicas en las siguientes materias: biodiversidad, población, salud humana, fauna, flora, tierra, agua, aire, factores climáticos, bienes materiales, patrimonio cultural, incluido el patrimonio histórico, paisaje, la ordenación del territorio y el urbanismo”

Y, finalmente, el mencionado Real Decreto Legislativo 1/2008, en su artículo 1, apartado 3, obliga:

“Artículo 1. Objeto.…3. La evaluación del impacto ambiental identificará, describirá y evaluará de forma apropiada,

en función de cada caso particular y de conformidad con esta ley, los efectos directos e indirectos de un proyecto sobre los siguientes factores:

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a) El ser humano, la fauna y la flora.

b)El suelo, el agua, el aire, el clima y el paisaje.

c) Los bienes materiales y el patrimonio cultural.

d) La interacción entre los factores mencionados anteriormente.

8.- El Patrimonio Cultural y su tratamiento desde la Ley de Patrimonio Cultural Vasco.

La Ley 7/1990 de Patrimonio Cultural Vasco es la disposición reguladora de referencia en la Comunidad autónoma del País Vasco. Pero ya hemos visto que no es la única. En efecto, antes hemos dado referencia de la ley del Estado Ley 16/1985, y de su reglamento RD 111/1986 (el Estado ostenta en materia de cultura una competencia concurrente con las autonomías), y de las denominadas Cartas Internacionales, todas ellas recomendables y alguna vinculante.

También se ha recomendado desde este texto la lectura de la directriz 17 de las Directrices de Ordenación Territorial, mencionando que mediante la lectura de esa directriz se puede tener un conocimiento cabal de la ley.

No obstante, nada sustituye a la lectura directa del texto de la Ley. Pero es verdad que los textos legales suelen derivar de leyes y textos anteriores y, además, suelen ser generados después de amplios consensos mediante los que se introducen posibilidades de interpretaciones no siempre claras.

De todas formas, estas jornadas son una buena oportunidad para poder extender el conocimiento de la misma. Es por ello que, además de la directriz mencionada, se acompaña al texto el Anexo 5 que incluye diez artículos seleccionados de la Ley, cuya lectura permite conocer aspectos concretos importantes del Patrimonio Cultural y de su protección.

Salvo los dos primeros todos los demás forman parte del Título III de la ley, título denominado “Del Régimen de Protección”.

El primero que se propone es el artículo 13, y se hace al objeto destacar que, con independencia de la existencia de las disposiciones de medio ambiente que antes se han mencionado, la propia Ley 7/1990 ya vincula la declaración de impacto ambiental al informe sectorial de Patrimonio Cultural.

El segundo que se propone es el artículo 12.2, toda vez que establece la inmediata eficacia de la declaración monumental y obliga incluso a la revisión del planeamiento municipal.

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El tercero incluido en el anexo es el artículo 22.1, que concreta al artículo anterior en el sentido de que determina que con la incoación del procedimiento de declaración es suficiente para exigir el cumplimiento del régimen de protección (aunque no se haya producido la declaración) y, además, hace referencia a la suspensión de las licencias municipales de obra, aunque estén ya concedidas o incluso en ejecución.

El cuarto es el artículo 24. Se ha incluido al objeto de ilustrar la carga añadida, poco gravosa, que los propietarios deben soportar por el hecho de ser titulares de un bien del Patrimono Cultural.

El quinto es el artículo 28 con sus dos apartados. Por un lado obliga a que el todo el planeamiento que afecte al Patrimono Cultural disponga de informe favorable del Gobierno Vasco. Y, por otro, congela en su estado inicial las alineaciones, rasantes, edificaciones y volúmenes de los conjuntos monumentales hasta que se aprueben los instrumentos urbanísticos que tengan en cuenta el régimen de protección del conjunto monumental.

El sexto es el artículo 29 en sus apartados 1 y 2. En bienes calificados y su entorno, obliga a la necesidad de autorización de la Diputación Foral previa a la concesión de licencia municipal. Esa obligación es aplicable también al cambio de uso.

El séptimo es el artículo 23. El uso y la intensidad del uso deben garantizar la conservación del bien. Otra cosa no es admisible.

El octavo es el artículo 33. Permite autorizaciones de obra directas del ayuntamiento, sin necesidad de autorización previa, si cumplen con el planeamiento informado favorablemente por el Gobierno Vasco.

El noveno es el artículo 36. Es la materia más clara y determinante de la ley: en efcto, si algo hace la Ley 7/1990 es impedir el derribo del Patrimonio Cultural. Cualquier derribo total o parcial del Patrimonio Cultural es ilegal. En ese sentido concuerda con los anteriormente mencionados artículos 225 y 238 de la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo y, también con el ya mencionado artículo 46 de la Constitución, que hace referencia a la ley penal, ley penal que regula esos atentados en sus artículos 321 y 322.

Y el décimo es el artículo 30. Cualquier intervención que se realice sin haber considerado todas las garantías establecidas en la ley para la protección del Patrimono Cultural es ilegal.

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PATRIMONIO, DESARROLLO SOSTENIBLE Y PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD1

MAIDER MARAÑAUNESCO

Centro del Patrimonio Mundial.

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UNESCO (Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura), siendo la única agencia de Naciones Unidas especializada en el área de cultura, abordó desde su creación en 1945 la necesidad de proteger el patrimonio, como reacción frente a la destrucción que numerosos bienes sufrieron a lo largo de varios conflictos, entre ellos la II Guerra Mundial. Las primeras actuaciones se centraron en la creación de campañas de sensibilización y movilización internacionales para salvar algunos bienes concretos, entre los que destacan la campaña en torno a la Represa de Asuán y los Templos de Abú Simbel (Egipto), o la de Venecia, que profundizaron en la creencia de una necesaria y urgente legislación internacional que amparara la protección del patrimonio a escala mundial.1

UNESCO, a raíz de la Campaña de Abú Simbel y de la constatación de que el patrimonio cultural y natural estaba cada vez más amenazado de destrucción, no sólo por el propio deterioro físico, sino también por la evolución de la vida social y económica, comenzó a redactar los primeros borradores de lo que sería a posteriori la Convención internacional en materia de Patrimonio. Si bien en un primer momento el concepto de patrimonio que se manejó estaba más ligado a los aspectos culturales, en el proceso de redacción de la Convención se entendió que era indispensable prestar atención también al patrimonio natural, idea que vino en parte de la mano de una propuesta Estados Unidos, país que cuenta que una larga trayectoria en protección de su patrimonio natural por medio de la figura de Parques Nacionales, y de la organización UICN (Unión Internacional para la conservación de la Naturaleza).

Así nace la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural2, aprobada en noviembre de 1972 por la Conferencia general de la UNESCO. La Convención de 1972 representa así el instrumento internacional más destacado para la protección del patrimonio, cuya

1 Este texto se basa, entre otros, en numerosos documentos de UNESCO, y cuenta también con un importante aporte realizado por Giovanni Boccardi, del Centro del Patrimonio Mundial de la UNESCO.

2 Convención de Patrimonio Mundial, UNESCO, 1972: http://whc.unesco.org/archive/convention-es.pdf

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característica más significativa es que une en un solo documento los conceptos de conservación de la naturaleza y de preservación de bienes culturales, desafiando así la percepción limitada de que naturaleza y cultura están en oposición. Así, al considerar el patrimonio bajo aspectos tanto culturales como naturales, la Convención nos recuerda la interacción entre el ser humano y la naturaleza y la necesidad fundamental de preservar el equilibrio entre ambos.

Esta Convención reafirmó la urgente necesidad de identificar y proteger el patrimonio cultural y natural de valor universal extraordinario, que se considera irremplazable, y sobre el que todas las personas compartimos la responsabilidad moral y financiera de proteger, por medio de la cooperación internacional, lo que se ha llamado nuestro patrimonio cultural y natural común.

La Convención del Patrimonio Mundial que UNESCO lanzó en 1972 fue innovadora por tanto ya en su momento, al incorporar por primera vez en un documento internacional la protección tanto del patrimonio cultural como natural. Pero la Convención, como la sociedad y nuestras percepciones ante el patrimonio, ha ido evolucionando, y generando no sólo nuevas directrices de implementación, sino ampliándose también con la labor de la sociedad civil y las comunidades, así como los nuevos retos y propuestas que vemos en la gestión cotidiana del patrimonio.

En 2012, se conmemora el 40º aniversario de la Convención, y la UNESCO fomenta, bajo el lema de “Patrimonio Mundial y Desarrollo Sostenible: el rol de las comunidades”, la necesaria interacción entre patrimonio y desarrollo, así como pone el acento en la atención que debemos prestar a una real y efectiva inclusión de las poblaciones locales en su gestión3.

Este 40 aniversario es una oportunidad para que la comunidad internacional comprometida con la conservación del patrimonio natural y cultural pueda reflexionar sobre los logros de la Convención hasta la fecha y hacer balance de los retos a los que nos enfrentamos tanto en el presente como de cara al futuro en nuestro trabajo en patrimonio. Esta fecha simbólica también debe ayudar a que la comunidad internacional centre su interés en el Patrimonio Mundial y a mejorar aún más la conciencia de la Convención y la imagen pública de este instrumento jurídico, que, 40 años después, es más relevante que nunca.

Algo de historia…

Y es que si miramos hacia la historia de esta Convención, es sin lugar a dudas una historia de “éxito”, sobre todo si atendemos a los números: 190 Estados han ratificado la Convención, lo que la convierte en la Convención más aceptada y ratificada del mundo. Los casi 1000 sitios inscritos

3 40 Aniversario de la Convención: http://whc.unesco.org/uploads/activities/documents/activity-664-3.pdf

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en la famosa Lista del Patrimonio Mundial también pueden hacernos ver su éxito. Está claro que la Convención, en sus 40 años de andadura, ha conseguido preservar algunos de los sitios más emblemáticos del mundo y difundir en todas las regiones del planeta la necesidad de preservar el patrimonio, así como mejorar los estándares de calidad de la conservación del mismo.

Pero, sin embargo, este triunfo quizá nos parezca menos importante si nos preguntamos si la Convención del Patrimonio Mundial ha tenido éxito en ser una herramienta útil para el desarrollo sostenible, o si ha sido un promotor clave del desarrollo local. En este punto, la imagen de éxito se torna más compleja.

La noción de sostenibilidad estaba ya presente desde 1994, cuando se hizo por primera vez referencia al “uso sostenible” de los paisajes culturales, que a su vez, se introducían como categoría específica.

En ese año se aprobaba la “Estrategia global para establecer una Lista del Patrimonio Mundial creíble, representativa y equilibrada”4, cuyo objetivo era paliar las “lagunas” detectadas en la misma en los años anteriores, tanto desde un punto de vista de la representación geográfica de los bienes inscritos, como de las temáticas, categorías y ámbitos plasmados en la misma. Por señalar sólo algunos de ellos, la región de Europa estaba sobre-representada en la Lista del Patrimonio Mundial, así como los bienes culturales eran ampliamente superiores a los inscritos como naturales; por otro lado, algunas épocas históricas estaban claramente presentes, mientras otras civilizaciones quedaban en el olvido.

La representatividad (todas las regiones geográficas presentes en la Lista), el equilibrio (todas las regiones bio-geográficas y principales acontecimientos de la Historia presentes en la Lista) y la credibilidad son algunos de los puntos clave de esta Estrategia global.

¿Qué se ha conseguido? En 2009, la UNESCO consideró que los resultados respecto a la “representatividad” eran alentadores ya que en ese momento el 79% de los Estados parte tenían bienes inscritos en la Lista. En cuanto al “equilibrio”, es más difícil ver los efectos de la aplicación de esta Estrategia Global, que se proponía en concreto en lo que se refiere a los bienes culturales, “pasar de una visión puramente arquitectónica del patrimonio cultural de la humanidad a una visión mucho más antropológica, multifuncional y universal”5.

En cualquier caso, en los últimos 10 años la diversidad de los sitios incluidos en la Lista ha aumentado más que el número de lugares nuevos inscritos y contamos con más bienes representativos de ámbitos como el patrimonio industrial, arte rupestre o paisajes culturales.

4 Estrategia Global: http://whc.unesco.org/en/globalstrategy/5 DEEGAN, Naomi, in UNESCO, Community Development Trough Heritage (París, 2012) http://whc.unesco.org/

documents/publi_wh_papers_31_en.pdf

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Cabe destacar, la buena aceptación que ha tenido la figura del “paisaje cultural”6, introducida en 1992. El Comité reconoció que los paisajes culturales representan las “obras combinadas de la naturaleza y el ser humano”, y son ilustrativas de la evolución de la sociedad y de los asentamientos humanos a través del tiempo, bajo la influencia de las restricciones físicas y/o las oportunidades que brindaba su entorno natural y las sucesivas fuerzas sociales, económicas y culturales, tanto internas como externas. Desde entonces se han incorporado 66 paisajes culturales a la Lista.

El término “paisaje cultural” abarca una diversidad de manifestaciones de la interacción entre el ser humano y su medio ambiente natural. Los paisajes culturales reflejan con frecuencia técnicas específicas de uso sostenible de la tierra, tomando en consideración las características y límites del entorno natural en el que están establecidas, y una relación espiritual específica con la naturaleza. La protección de los paisajes culturales puede por tanto contribuir a las técnicas modernas de uso sostenible de la tierra y puede mantener o incrementar los valores naturales del paisaje.

Para la UNESCO, la innovación de la inclusión de los paisajes culturales fue una importante contribución al rol que el patrimonio puede jugar en el desarrollo sostenible y la participación activa de la sociedad.

En este mismo camino de reforzar la adaptación de la Convención a las necesidades actuales, en 2002 el Comité adoptó la Declaración de Budapest, que señala la necesidad de “asegurar un adecuado equilibrio entre la conservación, la sostenibilidad y el desarrollo, para que los bienes Patrimonio Mundial puedan ser protegidos por medio de actividades adecuadas que contribuyan al desarrollo económico y social y a la calidad de vida de las comunidades”7.

Ese mismo año, cuando se cumplía el 30 Aniversario de la Convención, se estipularon por medio de la Declaración de Budapest los cuatro objetivos de la Convención, conocidos como las cuatro “C”s: Credibilidad, Conservación, Capacidades y Comunicación.

En 2007, finalmente se incluye una quinta C, que el Comité de Patrimonio Mundial dedica a la “Comunidad”, como uno de esos elementos clave para el futuro de la Convención, para “reforzar el rol de las comunidades en la implementación de la Convención del Patrimonio Mundial”8.

La Comunidad es evidentemente pieza clave, a nuestro entender, en el desarrollo local. Y así, se entendió que “la protección del patrimonio sin el involucramiento y compromiso de la comunidad es una invitación al fracaso” y que “la conservación del patrimonio debería reconciliar las necesidades de las comunidades humanas y la humanidad deberá estar en el

6 Paisajes Culturales: http://whc.unesco.org/en/culturallandscape/7 Declaración de Budapest: http://unesdoc.unesco.org/images/0012/001257/125796e.pdf8 5ª C - http://whc.unesco.org/archive/2007/whc07-31com-13be.pdf

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centro de la conservación”. A lo largo del documento presentado y aprobado por el Comité del Patrimonio Mundial, se justifica que la incorporación de la comunidad es clave para objetivos ligados al desarrollo humano. Además, se ve que la participación de comunidades culturales minorizadas, como indígenas o poblaciones locales es esencial, y analiza en concreto qué se entiende por participación, ya que dentro de esta palabra se dan todo tipo de situaciones, como bien sabemos.

Patrimonio y desarrollo sostenible

En algunos casos, es evidente la vinculación entre protección del patrimonio y desarrollo, como cuando pensamos en los ejemplos de escenarios naturales y monumentos clave para las identidades locales, cuya protección es ya de por sí una contribución intrínseca al bienestar y el desarrollo.

Del mismo modo, es importante destacar la importancia de productos y servicios que un lugar natural bien protegido puede generar a las comunidades locales, como servicios generados por los propios ecosistemas, incluyendo elementos tan importantes como el acceso a un aire puro y limpio, agua, alimentación u otros recursos clave.

La protección de los entornos naturales y culturales genera un medio ambiente resiliente que previene a la gente ante posibles desastres. La experiencia nos muestra que la degrada-ción de espacios naturales, zonas rurales abandonadas, expansiones urbanas realizadas sin una buena planificación y un uso de materiales adecuados, entre otros, acrecientan la vulne-rabilidad de las comunidades ante los desastres. Frente a esto, un entorno natural o histórico bien conservado reduce considerablemente los factores de riesgo, fortalece la resiliencia y a menudo salva vidas.

Por supuesto, estos lugares naturales también son generadores de empleo e inversiones locales y “verdes”. La mayoría de actividades asociadas con la administración de lugares patrimoniales, tanto culturales como naturales, son de hecho, intrínsecamente “verdes”, ya que encarnan un concepto más sostenible de uso y aprovechamiento del territorio, consumo y producción, desarrollado a lo largo de milenios a través de un proceso de adaptación lenta del ser humano a su entorno. Esto es evidente para los lugares naturales, pero también debería serlo para los bienes culturales.

Por supuesto que la protección del patrimonio, incluido el Patrimonio Mundial, es también esencial para el bienestar espiritual y el sentido de pertenencia de los individuos, así como para la necesaria generación de cohesión social y estabilidad en las comunidades, por sus poderosas connotaciones simbólicas y estéticas.

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Pero, ¿y en tiempos de crisis? Pues consideramos que en tiempos de crisis la protección y acceso al patrimonio puede contribuir de manera considerable para que la gente recupere el sentido de comunidad, de dignidad y de empoderamiento. Puede ser un importante elemento y motor de cambio, especialmente para las poblaciones locales más desfavorecidas. La conservación de la diversidad del patrimonio, un acceso justo y equitativo al mismo, y la distribución equitativa de beneficios derivados de su uso, fortalece el sentimiento de pertenencia.

En situaciones de conflicto o de crisis, el conocimiento y conservación del patrimonio, basado en valores e intereses compartidos, puede generar procesos de reconocimiento mutuo y respeto, así como es una pre-condición indispensable para el empoderamiento de las comunidades y los individuos, como protagonistas de su propio desarrollo. Para todo ello será clave la inclusión de las comunidades en la toma de decisiones que afecten a su realidad vital. Y por supuesto, la promoción del patrimonio es un activo que puede generar importantes desarrollos sociales y económicos a medio plazo.

Es por todo esto, que también desde UNESCO se fomenta desde hace años la integración del concepto de desarrollo sostenible en la Convención. Está aceptada la idea de que el patrimonio tanto local, como el Patrimonio Mundial, puede contribuir al desarrollo socio-económico, al menos en principio. Pero, a pesar de este supuesto acuerdo, la impresión es que el gran potencial del patrimonio como motor de desarrollo y protección medioambiental no está aún suficientemente reconocido o utilizado.

Es más, a veces continúa existiendo la percepción de que la conservación del patrimonio, el desarrollo y las necesidades de las comunidades están desconectadas, y en el peor de los casos, que son incluso motivo de conflicto.

Todo esto, conlleva una falta de políticas adecuadas y de apoyo financiero, tanto a nivel global, como nacional y local.

Tenemos, por tanto, aún un amplio margen de mejora, por medio de una mejor articulación entre la Convención del Patrimonio Mundial y el valor que la sociedad da a su patrimonio, integrando a las comunidades y a las instituciones responsables de los programas y políticas de desarrollo.

El potencial está claramente ahí, pero aún no hemos incorporado sistemáticamente este concepto en nuestro sistema. Conseguir las metas vinculadas al desarrollo ni siquiera son aún un objetivo explícito en la Convención de Patrimonio Mundial, una Convención que es referente para muchos Estados y gobiernos locales a la hora de aplicar sus políticas.

El propio texto de la Convención reconoce ya en su articulado que la protección del patrimonio es clave para “su transmisión a las futuras generaciones” (Art. 4), lo que nos indica esa idea de sostenibilidad, en cierta manera, así como que debemos “adoptar una política general

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encaminada a atribuir al patrimonio cultural y natural una función en la vida colectiva y a integrar la protección de ese patrimonio en los programas de planificación general” (Art. 5). A su vez, la idea base de la Convención de promover la cooperación internacional para la conservación del patrimonio conlleva en sí la construcción de valores de cooperación, diálogo y solidaridad, que son precondiciones claves para el desarrollo sostenible.

De este modo, desde UNESCO se prevé actualmente dotar a la Convención de nuevas herramientas que sean relevantes y útiles para las necesidades de los Estados, además de contribuir significativamente a modelar el futuro de las políticas de desarrollo sostenible tanto a nivel global como local, donde el patrimonio deberá jugar un rol beneficioso para las comunidades locales.

Deberemos por tanto transversalizar e incluir el enfoque de desarrollo sostenible en nuestra implementación de la Convención del Patrimonio Mundial. El objetivo final es asegurar que la conservación del patrimonio y las políticas y programas de gestión del patrimonio estén alineados con los objetivos del desarrollo sostenible.

Conclusiones y desafíos

El patrimonio es uno de los aspectos más visibles de las expresiones culturales y es objeto de intervención por parte de instituciones públicas y organizaciones. En las estrategias de promoción de la cultura por parte de diversas organizaciones, incluida la UNESCO, la gestión sostenible del patrimonio como elemento de desarrollo cobra mayor peso cada día.

El patrimonio está siendo en diferentes países el vector preciso y necesario para alcanzar objetivos de desarrollo social, de creación de riqueza, de mejora de las condiciones de vida, todo ello a través de la puesta en valor y la gestión sostenible del patrimonio. El objetivo es que la gente se apropie de su patrimonio, que lo sientan parte de su vida cotidiana, y que desde la participación equitativa de todos los miembros de la sociedad, así como de las instituciones, que tampoco pueden fallar en este trabajo, se logre una gestión sostenible en el tiempo de nuestro patrimonio.

Por su parte, el Patrimonio Mundial se ha convertido en una de las acciones más conocidas y populares de la cooperación internacional, y al ser un texto tan difundido y “visible”, su desarrollo futuro es aún más importante. Los sitios del Patrimonio Mundial se han convertido en focos de buenas prácticas en muchos ámbitos, incluyendo la conservación, la sostenibilidad y la participación de la comunidad. Pero aún queda camino por recorrer.

En estos años, la propia idea base de la Convención del Patrimonio Mundial, lo que es “valor universal” ha cambiado, pasando de una idea más vinculada a los iconos, a un concepto más plural,

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lo que indica también una nueva perspectiva más inclusiva. Así, todas las herramientas y procesos de la UNESCO presentadas a lo largo de este texto tienen el objetivo final claro de conseguir la incorporación sistemática del enfoque del desarrollo sostenible en la gestión del patrimonio.

Para todo ello, desde UNESCO y su Centro de Patrimonio Mundial deberemos tener en cuenta:

1. La comprensión de que el desarrollo sostenible es un objetivo que, por definición, adquiere su significado a una escala más amplia que la conservación del patrimonio, por lo que la gestión de nuestro patrimonio deberá ser integrada en las políticas y actuaciones integrales de desarrollo a escala territorial y regional.

2. Atender a los vínculos estrechos entre el patrimonio cultural y el natural, las dimensiones tangibles como intangibles del patrimonio, así como la relación entre patrimonio y creatividad. Esto nos llevará a tener una visión más interrelacionada de todas las Convenciones internacionales en la materia, así como a atender a su contribución al desarrollo sostenible. Deberemos también incluir programas como el de Reservas de la Biosfera, para contar con una visión más general y abarcadora del desarrollo sostenible y el rol que el patrimonio pueda tener en él.

3. La necesidad de generar estudios e investigaciones para entender mejor la relación dinámica entre la conservación del patrimonio y las variadas dimensiones del desarrollo sostenible. De este modo, contaríamos con posibilidades también de medir el impacto del patrimonio en el desarrollo.

Por tanto, aunque contamos con una evidente vinculación entre Patrimonio Mundial y desarrollo sostenible, hay un consenso general de que debemos aún mejorar el potencial de la conservación del patrimonio como motor y herramienta para el desarrollo sostenible y la protección ambiental. Y que esto sólo será posible en la medida en que incluyamos el concepto de participación de la población local, de la comunidad, que nos recuerda la importancia de los valores locales y comunes en la gestión de nuestro patrimonio.

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“EL PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO EN EUSKADI”.

JUAN RAMÓN LOMBERA GARCÍA. Arquitecto y Licenciado en Historia (Arte).

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0.- INTRODUCCIÓN. OBJETO DE ESTA PONENCIA.

- Como cuestión preliminar, hay que señalar que -a los efectos de la práctica de la protección cultural de la CAV, y de esta ponencia– conviene entender la “arquitectura” en su sentido más amplio, incluyendo en el concepto las obras utilitarias inmuebles, tales como las obras de ingeniería, las conmemorativas, las urbanizaciones, etc.

- El objetivo de esta charla sería – dados los planteamientos de estas jornadas – exponer brevemente (más que desarrollar) una serie de ideas, a modo de apuntes, relacionables entre sí:

1.- La valoración cultural de los objetos del arte – y particularmente de la arquitectura – debería sustentarse en criterios que sobrepasan, sin contradecirlos, las referencias académicas tradicionales, de acuerdo con una visión más actual, más abierta, de la obra del “artista” individual (en su significado más común), la “popular” del anónimo artífice o artesano, e incluso la obra colectiva que llega a transformar territorios.

2.- El patrimonio cultural vasco no ha sido, en general, tan valorado como se merece, sobre todo por nosotros mismos – en base a una quizás excesiva valoración de nuestro “pragmatismo” – alimentando así la frecuente apreciación arrogante de los centros de la cultura “oficial”, en relación con nuestra supuesta “pobreza” cultural.

En efecto, la realidad del patrimonio arquitectónico existente muestra un panorama diferente del tópico oficialista divulgado; abarca un tiempo que va desde la prehistoria hasta nuestros días, casi sin interrupciones, y unos campos enormemente diversos: arquitectura megalítica, rural, funeraria, religiosa, residencial popular y palaciega, militar, administrativa, lúdica, obra civil, de servicios, etc. Nuestro patrimonio arquitectónico es abundante, variado y rico.

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3.- La evidencia de la dificultad de desarrollar una política eficaz de protección, en base a los instrumentos legales que poseemos desde el año 1990, a la vista de la magnitud de nuestro listado arquitectónico y de la experiencia acumulada desde la fecha citada.

4.- La conveniencia de añadir al conjunto del patrimonio cultural, con naturalidad y de manera sistematizada, el concepto complejo de paisaje cultural, mostrándolo tanto en su forma sincrónica (determinado período histórico uniforme diferenciado) como en la diacrónica (mostrando la evolución de campos concretos del sistema). El concepto de “paisaje cultural” puede relacionarse con el de estructura territorial, como valor cultural.

Un buen ejemplo de esta idea, respaldada por historiadores y teóricos del arte, aparece en lo relacionado con el “camino de Santiago”. Pero hay otros: Añana, Urdaibai, etc.

5.- La necesidad de poner en práctica una estrategia de protección eficaz, definiendo diversos campos y planteando una serie de modos de actuación:

a). En el campo legal-administrativo: la actualización de las disposiciones normativas y de los mecanismos de intervención, entre los que cabe incluir la definición de los ya mencionados nuevos conceptos y categorías de protección.

b). En el campo económico, la mejora de las dotaciones presupuestarias para la puesta en valor del patrimonio arquitectónico y urbanístico, como potencial productivo.

c). El el campo del conocimiento, el reconocimiento público, la divulgación, la formación técnica especializada y la acción ejemplar.

1.- PUESTA AL DÍA DE LA VALORACIÓN CULTURAL.

La valoración de los bienes debe superar las referencias canónicas y formales tradicionales, en una más moderna interpretación del hecho arquitectónico y artístico.

Sin dejar de lado dichas referencias, las valoraciones contemplarán asimismo:

A. LA CONCEPCIÓN DE LA ARQUITECTURA DE MANERA AMPLIA E INCLUYENTE.

La arquitectura pertenece claramente al llamado “arte utilitario”, comprendiendo en el término “utilidad” no sólo los aspectos relacionados con la supervivencia (necesidades comunes de cobijo, defensa, producción, alimentación, desplazamiento…), sino también con la ideología

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(poder religioso, político, económico; culto a los muertos…). Incluso la actividad lúdica (restringida o amplia, según el momento histórico-productivo) más allá de la pura necesidad vital, puede ser considerada como necesaria; de ahí el respeto que merece tanto lo estructural y lo sustancial como lo ornamental.

No desprecia, pues, la inclusión en el listado patrimonial de un potro de herrar o un lavadero rural, junto a una catedral, aunque los criterios de valoración aplicados, los niveles de protección asignados o las intervenciones recomendadas no sean, evidentemente, los mismos.

B. UNA MODERNA INTERPRETACIÓN DEL HECHO ARTÍSTICO.

Ello implicaría:

b1.- La utilización de criterios disciplinares en la valoración de la obra arquitectónica:

La arquitectura, como disciplina, tiene sus propias leyes. El valor arquitectónico resulta, principalmente, de una feliz y coherente concurrencia de los aspectos funcionales, espaciales, estructurales, constructivos, tecnológicos, plástico-formales…

Deben considerarse los aspectos puramente disciplinares de manera integral, más allá de la mera apariencia formal o estilística.

b2.- La consideración de los contenidos funcionales y etnográficos:

Como modos particulares de resolver problemas universales relacionados con el amplio concepto de “utilidad”, material o espiritual.

b3.- Las aportaciones culturales: tipológicas, tecnológicas, etc.

La innovación, la “reinterpretación” de soluciones propias o importadas, la singularidad… deben tenerse en cuenta como potenciales aspectos de valor cultural.

b4.- La ampliación de las referencias llamada “cultas” de la valoración cultural.

A través del tiempo los pueblos, las sociedades, han estado condicionadas por las diferentes circunstancias que las afectaban; no todas han gozado, por ejemplo, de las mismas capacidades

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excedentarias. Las condiciones geográficas, el clima, su evolución y organización económico-social, etc., las han hecho diferentes.

Sin aceptar determinismo histórico alguno, el hecho es que ha habido pueblos dominadores en algún momento; fuertemente jerarquizados unos y más igualitarios otros; sociedades más urbanas o más rurales, etc. Las diferentes situaciones y condiciones influyen, sin duda, en la producción de objetos y la modificación de los hábitats.

Generalmente la superproducción del “arte utilitario”, incluyendo en este concepto el arquitectónico, se asocia a centros principales de poder, pero la influencia de éstos tiende a propagarse hacia los centros menores; cualquier pueblo demanda el útil perfeccionado y es, en mayor o menor medida, receptivo a ese fenómeno de la corrección formal-funcional del artificio “ artístico”, lo que confirmaría su carácter universal.

Es en esos centros de dominio cultural donde se imponen los cánones. Por el contrario, en las sociedades periféricas la producción cultural estaría más asociada a la necesidad, sería más dependiente y no crearía cánones, sino productos derivados y, a lo sumo, singularidades o “productos-isla”. ¿Son menos “auténticos” los primeros? ¿Son inferiores los segundos?. La respuesta hoy esté muy condicionada porque históricamente han sido los centros de poder los que han establecido y divulgado las pautas de valoración.

Se plantea así una vieja cuestión que, desde el Romanticismo, distingue la cultura “elitista” o “superior” de la “popular”, más tarde analizadas por Hauser y otros desde una perspectiva de clase.

No se trata aquí tanto de cuestionar el indudable valor de la primera, sino de poner de relieve situaciones históricas tópicas y llenas de valoraciones equívocas puesto que han habido hasta finales del siglo XVIII, poco más o menos, unas actitudes excluyentes hacia las obras “de segundo rango” y las de los centros menores y las periferias, de tal modo que lo oficial, lo académico era la referencia “culta”. Lo distinto era “lo bárbaro”.

Sin embargo, la historia de las formas artísticas muestran que las valoraciones culturales están cargadas de relativismo. Por ejemplo, las querellas surgidas con los cambios de estilo, (el desprecio absoluto por el gótico, arte “bárbaro”, una vez implantadas las formas renacentistas; “anciennes” contra “modernes”, Blondel contra Perrault, lo neoclásico contra lo barroco, etc.) evidencian la existencia de unas oscilaciones del gusto que cuestionan la rigidez excluyente y dogmática del pensamiento artístico “oficial”.

El romanticismo, por ejemplo, abordó radicalmente una visión diferente de los objetos artísticos: el valor del paisaje, lo “pittoresque”, lo popular, la ruina, el sentimiento, la pasión... Pero son, sobre todo, los movimientos que surgen en torno al final del siglo XIX los que va a desmantelar las reglas canónicas y las formas de ver. En efecto, los ojos de occidente comienzan a abrirse a

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otros espacios: Oriente, Meso América, África, los pueblos primitivos, etc. y, en general, las artes plásticas y musicales amplían su campo de experiencia y sus materiales.

Finalmente, el Movimiento Moderno del siglo XX se decide abiertamente por nuevos conceptos y referencias formales: lo sustancial frente al ornamento; la libertad compositiva frente al canon; el gusto por la materia y la textura, etc.

Umberto Eco habla del “carácter circunstancial de todo deleite”, en referencia al arte moderno. Pero no cabe duda de que dichas posibilidades de captación, no afecta únicamente a las “obras abiertas” modernas, sino incluso a las obras del pasado; por extensión, diríamos que las posibilidades de “captación plural” han producido los cambios de visión y valoración en el tiempo.

Arnold Hauser dice que “las obras de arte son provocaciones...polemizamos con ellas, las interpretamos de acuerdo con nuestros propios fines y aspiraciones...”. Cada generación las contempla desde otra perspectiva, viéndolas con nuevos ojos.

Gillo Dorfles abunda en la idea: “...no se debe admitir en absoluto un único modo de fruición de la obra de arte, equivalente a su valor inmutable y eterno, sino más bien diversos modos de fruición e interpretación correspondientes a ... variables dependientes de los tiempos...”.

Es importante, pues, contar con esas consideraciones cuando se trata de establecer criterios generales de valoración selectiva previa del patrimonio cultural de un pueblo que no ha sido protagonista en los llamados grandes movimientos de la historia y la cultura.

Esta postura tampoco pretende invertir los parámetros, puesto que las grandes obras lo seguirán siendo con sus valores reconocidos... e incluso otros añadidos; pero la introducción de otros campos sí podría hacer cambiar la apreciación de una obra, canónica o no.

b5.- Un mayor rigor científico.

Es importante para una datación histórica fiable, mediante la utilización de los métodos de la “arqueología de la arquitectura”. Pero también lo es para valorar aspectos de innovación o de calidad técnico-arquitectónica.

2.- RIQUEZA CUANTITATIVA Y CUALITATIVA DEL PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO DE LA C.A.P.V.

La puesta en valor de nuestro patrimonio cultural exige darlo a conocer a la comunidad, exponiendo todas sus cualidades históricas o disciplinares, pero también mostrarlo en las múltiples

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facetas desde una nueva visión y de una sensibilidad que, fundamentadas en el conocimiento más exacto y riguroso, vaya más allá de la erudición y alcance una fruición artística más incluyente y amplia.

El territorio vasco, en las muy diferentes circunstancias históricas, ha sido sede de actividades humanas, productoras de los que hoy llamamos “objetos del arte”.

• Ekain es un santuario impresionante de la pintura parietal rupestre, equiparable a las más altas cimas de la región francocantábrica, y no es el único ejemplo: Altxerri, Santimamiñe, Ventalaperra...

• Hemos pasado de estar “fuera de la región dolménica” (según las precipitadas y desafortunadas palabras de Menéndez Pelayo) a catalogar un importante muestrario de restos megalíticos y de la edad del hierro: Dólmenes de La Guardia y Egilaz, cromlechs de Oiartzun, menhires de Eteneta y Txoritokieta, túmulos de Trikuaizti y Urkibi, el castro de Intxur o el poblado de la Hoya (épocas del bronce y del hierro)...

• El trabajo va dando frutos de interés en el campo de la romanización, y aunque esta fase cultural tenga una presencia algo escasa, las teorías de hace pocas décadas se encuentran en fase de revisión: oppidum de Iruña de Oka, el yacimiento de Irun, con el probable puerto de Oiasso, asentamiento de Forua, etc..

• Los estudios de arqueología medieval ofrecen un campo de posibilidades amplio que se va confirmando en base la realidad de los hechos: las cuevas artificiales alavesas, la necrópolis de Argiñeta o las propias villas de fundación. Éstas constituyen un fenómeno sistemático de enorme interés histórico, urbanístico, arquitectónico y tipológico, parangonable a otros europeos, que en nuestro pequeño territorio supera la cifra de 60 recintos, entre ellos Vitoria-Gasteiz, Bilbao, Laguardia, Mondragón, etc.

• Las casas-torre no sólo son evidencias de una historia singular, sino de la organización territorial y la estructura socioeconómica del País, junto con las villas, produciendo ejemplares de gran interés, pese a su mutilación forzada o incluso gracias a ella: Mendoza, Muñatones, Aranzibia, Muntxaraz, Loiola...

• Algunas de las soluciones gótico-renacentistas de nuestros templos, sobre todo en las llamadas igesias-salón, presentan un valor indudable de espacio, traza y factura, al combinar correctamente conceptos y técnicas: Azpeitia, Tolosa, Gernika, Markina-Xemein, Gasteiz... Pero el gótico cuenta también con otros ejemplos nada desdeñables como las catedrales de Gasteiz y Bilbo e iglesias como las de Lekeitio y Portugalete. En el barroco eclesial - además del más que notable caso de Loyola, ejemplo culto que puede dialogar con patrones de alto rango - están Sta. María de Donostia, y otras que contienen partes importantes de este estilo, además de valiosos retablos de tallistas autóctonos.

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• Los períodos renacentista y barroco, sobre todo éste último, han dado otros tipos de edificios, como los ayuntamientos y los palacios urbanos o periurbanos. De los primeros destaca la permanencia de las formas herrerianas (Bergara, Otxandio...) que los enlaza con el final del Renacimiento, desembocando en su trasformación casi-churrigueresca (Elgoibar, Oñati, Arrasate...).

Los palacios, adaptando las casas-torre o de nueva planta, introducen los temas de cada modernidad; el paradigma herreriano-palladiano de Ipiñarrieta, pero existen otros muchos de distinta factura: Ataun, Lazkao, Ispaster y Zurbano y Otalora, Narros de Zarautz, Arespakotxaga de Elorrio, Valdespina de Ermua, Intxausti de Azkoitia (éste ya con tintes neoclásicos), etc.

• A resaltar también la proliferación de excelentes ejemplos de la arquitectura del corto período neoclásico, con niveles comparables con los más cultos de Europa: cementerios (Aulestia, Markina-Xemein...) iglesias (Mutriku, Bermeo...), plazas (Gasteiz, Donostia, Bilbo...), ayuntamientos (Donostia, Gasteiz...), fuentes (Berriozabaleta-Elorrio, El Perro-Bilbo, Azkoitia, etc).

• La arquitectura del siglo XIX continúan con esa línea erudita plasmada en numerosos e interesantes ejemplos, entre los que se incluyen los ensanches urbanos, (Donostia, Bilbo…) con gran cantidad de elementos de su concreta tipología residencial, casas, palacios, conjuntos residenciales, equipamientos públicos urbanos, diputaciones, casinos, teatros, hospitales, escuelas, mercados, jardines, puentes, etc.

Pero es en esta época cuando surgen también los palacios de la industria, modificando los paisajes de nuestras ciudades y periferias con su ocupación y con formas que pertenecen sobre todo al eclecticismo y al funcionalismo más directo: los pabellones de Ercross, los Altos Hornos de Sestao y Baracaldo con las oficinas de Smith y las de la Naviera Aznar, las cerrajeras de Bergara y Arrasate, y tantos otros…

• Aquel proceso va a desembocar en el Movimiento Moderno al que nuestro País se incorporó decidida y felizmente: Fábricas de Laborde en Andoain y SACEM en Billabona, Náutico de Donostia, Kikumbera de Bermeo, Escuelas de Briñas, etc....

Sería prolijo detenerse en cada elemento singular de nuestro patrimonio cultural inmueble, aunque fuese únicamente en los más relevantes. Por ello vamos a mencionar finalmente algunos otros grupos.

• Por una parte está el patrimonio rural, que por el número de sus ejemplares, su semejanza tipológica y su calidad media, marcan una evidente señal de identidad cultural, tanto en profundidad como en extensión, dada su fuerte presencia en nuestro paisaje. A ellos se ligan otros grupos, como los productivos y auxiliares, molinos,

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ferrerías, neveras, hornos, etc., pero también los núcleos rurales, sus plazas y, sobre todo, los frontones.

• Por otra parte están las obras públicas, entre las que destacan los puentes, permanentemente construidos o renovados desde la romanización, con ejemplares medievales y, sobre todo, del siglo XVIII. Todo ello muestra de la fuerte humanización del territorio vasco.

3.- LA EXPERIENCIA DE LA PROTECCIÓN Y LA DIFÍCIL GESTIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL.

El Listado de Patrimonio Arquitectónico en la C.A.P. es muy amplio, y, aunque pueda incluir elementos discutibles desde determinados puntos de vista – por razones de elemental diligencia o cautela ante riesgos y presiones permanentes, dada la irreversibilidad actos destructivos – el número de bienes de alto o notable interés alcanza unas cifras bastante elevadas, como se aprecia en el siguiente Cuadro.

TIPO GENÉRICO Nº de elementosVILLAS Y ENSANCHES 60 + RELIGIOSO-FUNERARIO 1.600 + MILITAR-DEFENSIVO 330 + RURAL 2.000 + RESIDENCIAL 1.000 + PATRIMONIO CIVIL Y EQUIPAMº. 250 + PATRIMONIO PREINDUSTRIAL 270 + PATRIMONIO INDUSTRIAL 200 + OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRª 580 + ELEMENTOS DE URBANIZACIÓN 70 + TOTAL 6.000 +

Como puede entenderse fácilmente - dado que, en muchos casos, se trata de elementos de posible valor inmobiliario y, a veces, de no fácil mantenimiento - los riesgos de deterioro, e incluso de pérdida total de los bienes son bastante altos sin un estatus legal de protección.

Sin embargo los ritmos de declaración como bienes protegidos de los que poseen un interés cultural alto o medio, al amparo de la Ley 7/1990 de Patrimonio Cultural Vasco, resultan bastante lentos; tan sólo entre 5 y 10 expedientes son resueltos cada año, y si bien se ha avanzado en el

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campo de los “conjuntos monumentales”, particularmente las villas con todos los elementos que contienen, los mecanismos administrativos de protección legal de los bienes individualizados son insuficientes.

Por otro lado, el intento de culminar el iniciado proceso de tramitación del Plan Territorial Sectorial (PTS) de Patrimonio Cultural Inmueble, resultó fallido debido, muy probablemente - además de a las citadas presiones económicas - a otras de índole político como, por ejemplo, las relacionadas con las competencias administrativo-territoriales.

Así las cosas, la vía de actuación mediante la declaración de “conjuntos” se ha mostrado bastante eficaz, por lo que las posibilidades de dicho sistema deben ser exploradas en su aplicación a casuísticas más amplias, como, por ejemplo, las de los “paisajes culturales” y las “estructuras territoriales”, de las que se trata en los siguientes apartados.

Sin embargo tampoco debe orillarse la realidad del problema económico, a afrontar por parte de las administraciones con competencia en materia de cultura, vivienda y equipamientos.

4.- NUEVOS CONCEPTOS. PAISAJE CULTURAL Y ESTRUCTURA TERRITORIAL.

- LOS PAISAJES CULTURALES.

El concepto de PAISAJE CULTURAL se identifica con una categoría incorporada en el año 1992 por el Comité del Patrimonio Mundial al revisar los criterios culturales de la Guía Operativa para la implementación de la Convención del Patrimonio Mundial de la Conferencia General de la UNESCO en 1972, con el fin de reconocer y proteger el patrimonio cultural y natural.

Los paisajes culturales representan las obras que “...combinan el trabajo del hombre y la naturaleza”, de acuerdo al Artículo 1 de la Convención. El término “paisaje cultural” incluye una diversidad de manifestaciones de la interacción entre el hombre y su ambiente natural.

En base a tal concepción genérica puede definirse el paisaje cultural como la manifestación formal de la acción humana en un territorio concreto que puede ser percibida e interpretada y posee dos dimensiones: temporal y espacial. El paisaje cultural sería, pues, una realidad dinámica, resultado de los procesos que se producen a lo largo del tiempo en un territorio, y compleja porque la integran componentes naturales y culturales, materiales e inmateriales, tangibles e intangibles.

Sin perjuicio de la incorporación a las categorías y Listado de Patrimonio Mundial de los paisajes que presentaren los valores suficientes reconocidos (por ejemplo, el Camino de Santiago o el Paisaje Cultural del Valle Salado de Añana), el concepto podría aplicarse perfectamente,

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de modo análogo, a ámbitos territoriales y competenciales de alcance “regional” (entendido el término como parte del acervo común universal).

Tal sería el caso del territorio de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, donde, asentado sobre un soporte natural verdaderamente valioso, aparece un hábitat complejo y unitario, resultado evolutivo de todo un sistema socioeconómico desarrollado en la historia con manifiesta coherencia. Un conjunto importante de artificios arquitectónicos (caseríos, núcleos rurales, villas, caminos, puentes, casas-torres, molinos, etc,) relativamente bien conservados, se presenta, aun hoy, en diálogo armónico con un paisaje amable y lleno de belleza que, aunque muy antropizado, incluye muestras geomorfológicas significativas de una naturaleza poco intervenida.

- LAS ESTRUCTURAS TERRITORIALES DE INTERÉS CULTURAL.

El concepto de ESTRUCTURA TERRITORIAL está de algún modo ligado al del PAISAJE CULTURAL, si bien su significado posee connotaciones evidentemente urbanísticas, lo que no lo desvincula – sino más bien todo lo contrario – de la disciplina de la protección cultural.

Se refiere precisamente a los aspectos más intensos que intervienen en la transformación del territorio: las edificaciones, construcciones, obras públicas, etc. que sustentan el entramado funcional básico del PAISAJE CULTURAL, si bien, conceptualmente, pueden conformar una especie de “separata” de ese más amplio concepto. Dichos elementos – que constituyen una suerte de “esqueleto” del hábitat - pueden ser identificados y valorados, tanto de manera individual como incluidos en uno o varios conjuntos, lo que permitiría una mayor operatividad en la tarea de la protección, desde el actual marco legal.

5.- AMPLIACIÓN DE LOS MÉTODOS DE PROTECCIÓN CULTURAL.

Actuaciones en los campos de la Legislación, Economía, Formación y Divulgación.

• LEGISLACIÓN.

a) Pasados más de 22 años, y tras la experiencia en la acción pública protectora, la Ley 7/1990 DE Patrimonio Cultural requiere algún perfeccionamiento, así como una particular reglamentación, hoy supeditada a la normativa reguladora de la rehabilitación del parque residencial, que, aunque pueda poseer algunos puntos de contacto con el patrimonio arquitectónico de interés cultural, se trata de un campo específico de carácter predominantemente urbanístico.

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b) Otros mecanismos a explorar serían los que abrieran la posibilidad de incluir los bienes culturales en una gestión urbanística productora de plusvalías inmobiliarias privadas. De ese modo podrían aliviarse las cargas públicas y las privadas que, indudablemente, gravitan sobre determinadas fincas afectadas por expedientes de protección según la legislación de patrimonio cultural.

• ECONOMÍA. EL PRESUPUESTO COMO INVERSIÓN RENTABLE.

La concienciación de los poderes públicos en aras a incrementar las dotaciones públicas o a incentivar las privadas con fines de protección cultural podría resultar algo chocante en esta época de pérdida de derechos sociales y económicos para la mayoría de la población.

Sin embargo – y subrayando que también la cultura es un derecho fundamental afectado por injustas políticas de prevalencia de los intereses de poderosos agentes financieros - no hay que olvidar que dichas acciones protectoras supondrían, sin duda, una mejora de los hábitats urbano y rural así como de la calidad de las viviendas individuales y conjuntos residenciales (rehabilitación) y espacios urbanos (regeneración). Por otra parte implicarían un apoyo a las necesarias políticas de mejora estructural del tejido productivo – industria relacionada con la construcción, etc. – con la consiguiente generación de empleo, un impulso a la industria del turismo y el ocio y, en general, un aumento de la sensibilidad y el conocimiento cultural de nuestra sociedad.

• RECONOCIMIENTO PÚBLICO, DIVULGACIÓN, EDUCACIÓN, FORMACIÓN ESPECIALIZADA.

Es necesario insertar en lo cotidiano - mediante un impulso de carácter “político-pedagógico”, valga la expresión, (reconocimiento público, divulgación, docencia, formación especializada, acción ejemplar, etc.) - el conocimiento de las muestras de nuestro patrimonio arquitectónico, y el respeto por el mismo, como las mejores armas para su consideración como valor colectivo.

El alto nivel cultural de un pueblo es, precisamente, el instrumento más eficaz en la protección de su patrimonio cultural.

Donostia, noviembre de 2012

J.R. Lombera García

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LA INTERVENCIÓN DE LAS DIPUTACIONES FORALES EN EL PATRIMONIO CULTURAL

DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA

J. IGNACIO LASAGABASTER GÓMEZ

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INTRODUCCIÓN

Agradezco la oportunidad que se me ofrece en estas Jornadas para compartir algunas reflexiones que, espero y deseo, puedan servir a la Asociación de Concejos de Álava en la actualización del importante papel que, a mi juicio desempeñan, en la estructuración democrática de nuestra sociedad. En concreto, en la adquisición de un protagonismo cada vez más activo en la conservación del Patrimonio Histórico-Arquitectónico en el Territorio Histórico de Álava. Este texto es la actualización de otro anterior que sobre este tema presenté en 2004 en estas mismas Jornadas. He tratado de reflejar algunos cambios producidos desde entonces y me he dado cuenta, de que aunque se mantienen algunas (e importantes) incertidumbres en la manera de cómo se protege este Patrimonio (reforma de la Ley de Patrimonio Cultural Vasco, Plan Territorial Sectorial del Patrimonio, catalogación de edificios ralentizada, etc.), estamos avanzando en lo que sabemos hacer mejor por aquí: Demostrar con buenas prácticas por dónde hay que ir.

Por entonces me hacía algunas preguntas previas:

¿Qué entendemos por Patrimonio Histórico-Arquitectónico?

¿Cuándo y por qué razones se considera que un edificio o una construcción, forma parte del mismo o reúne méritos para ello?

¿Quién y cómo lo determina?

Y, finalmente:

¿Qué ocurre después? ¿Qué papel pueden desempeñar los Concejos?

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Aunque pueda parecer obvio, de la misma enunciación de los conceptos de Patrimonio Histórico y Arquitectónico se pueden avanzar ya respuestas para alguna de estas cuestiones:

Desde un punto de vista amplio, un edificio (o construcción) histórico sería aquél que se revelara, de algún modo, protagonista del proceso histórico del lugar o ámbito donde se hallara construido y su valoración dentro de este proceso estaría vinculada también, a la significación histórica que hubieran alcanzado sus constructores o usufructuarios. El edificio (o construcción), en este caso, sería valorado y considerado, sobre todo, en función de los acontecimientos que en relación con él se hubieran producido en el tiempo. Su rol histórico tendría, desde este enfoque, una mayor significación. 2

Por otra parte el edificio (o construcción) podría haber adquirido relevancia por sus valores arquitectónicos y constructivos, es decir por sus aportaciones a la Cultura, por sí mismo, como objeto construido. Visto desde esta perspectiva, poseería un valor documental por sus propias cualidades arquitectónicas y constructivas. Desde este otro punto de vista pues, tendría importancia (el edificio o construcción), sobre todo, por la manera de haberse planteado o resuelto en él las funciones para las que fue erigido. El conocimiento de estas realidades constructivas y arquitectónicas resultaría fundamental, además, para emprender las acciones materiales concretas para la conservación del Patrimonio Arquitectónico.

Estas dos percepciones o enfoques sobre lo que denominamos Patrimonio Histórico-Arquitectónico, no son en absoluto incompatibles, puesto que ambas se superponen enriqueciéndose. Así, podríamos constatar que, en última instancia, en todos los casos, una construcción histórica, siempre será también testigo de una manera de resolver constructivamente unas determinadas funciones en un determinado contexto cultural.

Testigo y documento, las construcciones consideradas patrimonio cultural, son pues percibidas socialmente como un Bien a proteger, como algo finito y perecedero que forma parte de la memoria histórica de la colectividad. Pero también, como un importante elemento de reconocimiento cultural y de vinculación con el medio natural y nuestro hábitat, necesario para la comprensión de la evolución de nuestra adaptación, en definitiva, de nuestra supervivencia.

Por lo tanto, desde esta perspectiva, se incorpora a esta reflexión un nuevo valor que, en nuestros días, cada vez está adquiriendo una mayor influencia en la manera con la que nos relacionamos en una sociedad permanentemente cambiante: me refiero al valor emocional.

PATRIMONIO Y MONUMENTO: AMPLIACIÓN DEL CONCEPTO

Tradicionalmente, el papel estelar en el gran escenario del Patrimonio Histórico-Arquitectónico estaba reservado a los grandes Monumentos, Palacios, Catedrales, Murallas, etc.

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lugares llenos de evocaciones históricas, de hechos relevantes, generalmente realizados por encargo de egregios personajes y diseñados y erigidos por grandes constructores, arquitectos o artistas. Sin embargo, esta manera de ver las cosas y los vertiginosos cambios culturales a los que la sociedad se ha visto sometida, nos ha llevado a descuidar un tanto ese ingente volumen de construcciones modestas que se ha venido a denominar “arquitectura popular” y que son las que definen mejor la manera en que se ha ido produciendo esa adaptación al medio por parte de sus habitantes. Arquitectura injustamente denominada “menor” pero que contiene un catálogo de soluciones constructivas y funcionales que, paradójicamente, hoy día se vinculan estrechamente con la arquitectura ecológica y sostenible, restableciendo el enlace perdido con las técnicas constructivas tradicionales. No es cierto, por lo tanto, que exista una dicotomía entre la arquitectura “culta“, la de los Monumentos (iglesias, palacios, casonas, etc.) y la “popular” del ámbito rural: Todas ellas conviven y se desarrollan dentro de un mismo sistema histórico, nutriéndose e influyéndose continuamente.

Pero es que, además, lo que llamamos “el medio natural”, que configura el hábitat donde se erige nuestro Patrimonio Inmueble o Construido, a su vez es un paisaje continuamente sometido a la influencia cultural de sus habitantes que adquiere valores testimoniales y documentales sobre la historia y supervivencia de los mismos. Es decir, que relacionando todas estas realidades podremos hablar, como así lo plantea la misma UNESCO, de nuestro “Paisaje Cultural”.

Si queremos ser consecuentes con los valores que nos transmiten, por lo tanto, deberían ser abordadas todas ellas, mediante la utilización de metodologías de trabajo y estudio similares, posibilitando así su conservación con el mismo rigor, consideración y respeto.

Con este planteamiento, mucho más amplio y ambicioso que el que consideraba exclusivamente al Patrimonio Construido como una parcela especializada y casi autónoma, la responsabilidad sobre su conservación también necesitaría de una supervisión más general, extensa y transversal. Aquél casi siempre será percibido como una realidad más cercana, familiar e inmediata y, por lo tanto, también se encontrará mucho más amenazado frente a enfoques simplificadores aunque éstos fueran bienintencionados. Y en esta percepción más amplia sobre nuestro Patrimonio Cultural y la asunción decidida del mismo como de algo propio (de propiedad) de la sociedad, es donde los concejos pueden adquirir un protagonismo real, ya que hablamos de su verdadero espacio, su hábitat, su memoria colectiva: conceptos tan cercanos, pero también, tan frágiles en estos tiempos.

Centrando nuestra atención en el Patrimonio Inmueble, es cierto que al tratarse de bienes considerados valiosos desde la esfera de lo colectivo, podríamos pretender que fuera la “colectividad” la responsable de su protección e, incluso, se llegara a considerar un deber exclusivo el que las Administraciones Públicas, como gestoras de esa colectividad, asumieran la obligación de financiar el coste de la conservación de esos valores colectivos que la sociedad hace suyos al incorporarlos a lo que llamamos cultura.

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Sí, esa responsabilidad es cierta y ya es asumida y reflejada por la legislación vigente: La Ley 7/90 de Patrimonio Cultural Vasco, es clara al respecto, pero tan sólo lo es, al menos en lo que respecta al Patrimonio Cultural Inmueble (así se denomina), cayendo en la contradicción que aludía anteriormente de centrar la protección en una especie de élite monumental, obviando la existencia de esos otros Patrimonios mucho más indefensos: Así, la Ley 7/90 define solamente dos niveles protección para los Bienes Muebles e Inmuebles: Los Bienes Calificados y los Bienes Inventariados. Todos ellos deberán clasificarse en alguna de las siguientes categorías:

Monumento: “…todo bien mueble o inmueble que individualmente considerado presenta un interés cultural.”

Conjunto Monumental: “…toda agrupación de bienes muebles o inmuebles que conforman una unidad cultural.”

Espacio Cultural: “…el constituido por lugares, actividades, creencias, tradiciones o acontecimientos del pasado vinculados a formas relevantes de la expresión de la cultura y modos de vida del pueblo vasco.”

La consecuencia más negativa a la que ha llevado esta simplificación de los niveles de catalogación ha sido el hecho de que una buena parte del patrimonio arquitectónico se haya visto excluido, en un primer momento, de cualquier nivel de protección al amparo de esta Ley, dejando a las Administraciones responsables del cumplimiento de las medidas de protección, Diputaciones Forales y Ayuntamientos, sin demasiados instrumentos para su aplicación.

Por fortuna, en el caso de Álava, se utilizaron los inventarios provisionales ya elaborados con anterioridad, para establecer por la vía del Planeamiento Urbanístico, medidas de protección a nivel municipal de los edificios y elementos más significativos, que quedaron así amparados al menos por las Normas Subsidiarias o los primeros Planes Especiales (en el caso de algunos Centros Históricos) que se redactaron.

Queda, en consecuencia aún pendiente, en posibles futuras modificaciones de la referida Ley, la ampliación de la protección en un deseable tercer nivel denominado “de protección municipal”, en el que quedarían vinculados los Ayuntamientos a las actividades protectoras del patrimonio de una manera mucho más activa, refundiéndose y coordinándose las competencias protectoras derivadas de las normativas urbanísticas con las culturales.

Es evidente que estos cambios y adaptaciones de las normativas de protección son consecuencia directa de una evolución en la percepción social de esta realidad cultural, que lleva aparejada una progresiva sensibilización y concienciación sobre los riesgos que asedian estos valores que creíamos duraderos y que se han visto gravemente asediados, por ejemplo, por las dinámicas edificatorias, especialmente en el caso de nuestros Centros Históricos.

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Y es cierto que ese interés renovado deriva finalmente en la adquisición de una cierta conciencia de responsabilidad social y, consecuentemente, en una creciente exigencia ante los poderes públicos y las Administraciones. Pero plantear esta situación como un deber limitado a las Administraciones Públicas no soluciona los problemas suscitados: Los recursos públicos que se destinan a la conservación del Patrimonio son (y probablemente lo serán siempre) limitados e insuficientes para conseguir, por la vía exclusiva de la iniciativa pública, una financiación sostenible, continuada y completa de las intervenciones necesarias, máxime si aquella se plantea como un gasto exclusivamente realizado a fondo perdido. Tan sólo los requerimientos económicos que la conservación de los Monumentos relevantes del primer nivel de catalogación exige, limitan fuertemente su extensión a todo el conjunto del Patrimonio construido.

Sin embargo, todo este proceso de mayor conciencia social al respecto, producto de un evidente aumento de los niveles culturales medios de nuestra sociedad, está generando también algunos efectos positivos en relación con las expectativas de poder encarrilar este problema antes de que sea demasiado tarde. El más evidente: La consideración del Patrimonio Cultural (y la actividad que su conservación, disfrute y puesta en valor produce), como un verdadero sector económico en sí mismo, susceptible de generar directa o indirectamente beneficios económicos y, por lo tanto, a que los fondos destinados a esta actividad se perciban como inversión y no como gasto.

En este sentido, es notable el crecimiento que en nuestro País está teniendo la industria del turismo de calidad o turismo cultural, que demanda cada vez más “experiencias transversales” como la participación en el disfrute del Patrimonio Paisajístico, Medioambiental e, incluso, Inmaterial, relacionándolo con el Patrimonio Histórico y Arquitectónico, es decir exigiendo una visión integral de todos ellos (otra vez la transversalidad). Estos nuevos conceptos están implantando consecuentemente, nuevas necesidades y exigencias (también oportunidades) cada vez más sofisticadas en relación con la “calidad” de la conservación, uso y mantenimiento de ambos sectores de interés.

En este contexto los elementos de nuestro patrimonio construido rural, como verdaderos hitos que son en el territorio, pueden llegar a desempeñar, además, un protagonismo fundamental en la adquisición de las referencias necesarias para la formación del cuerpo social y de su identidad cultural. La circunstancia de su gran dispersión en el ámbito territorial alavés, contribuye al acercamiento, difusión y mejor comprensión de esas mismas referencias por parte del conjunto de la sociedad alavesa, formando parte, además, de lo que podría llamarse “el mercado de cambio” de las relaciones culturales y económicas locales con el exterior.

Asumida, por lo tanto, la importancia socio-cultural, pero también económica, de la conservación de este Patrimonio, reflexionemos sobre cómo se produce ésta y en qué medida los concejos pueden aportar su contribución y beneficiarse de ella.

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EL PAPEL DE LA DIPUTACIÓN FORAL

Como es sabido por todos Vds., las competencias en materia de Conservación del Patrimonio Cultural se hallan transferidas a la Comunidad Autónoma del País Vasco en desarrollo del Estatuto de Guernica y las funciones concretas se distribuyen entre el Gobierno Vasco, las Diputaciones Forales y los Ayuntamientos, en el marco legislativo determinado por la Ley de Territorios Históricos 27/1983, de 25 de Noviembre y, sobre todo, la Ley de Patrimonio Cultural Vasco 7/1990, de 3 de Julio.

Ciñéndome siempre al ámbito de la conservación del Patrimonio Cultural Edificado, las Funciones que estas dos Leyes asignan a la Diputación Foral de Álava, se encomendaron en su día, en virtud de la Estructura Orgánica aprobada al efecto, al Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente, que las gestionó a través del Servicio de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de su Dirección de Urbanismo y Arquitectura. En 2008, como consecuencia de una nueva reforma de la citada Estructura Orgánica, este Servicio pasó a depender del Departamento de Cultura y Euskera. En términos generales, se establecieron tres áreas diferenciadas donde se agruparon las Acciones concretas que desde entonces ha venido desarrollando la Diputación en esta materia desde hace 22 años:

En primer lugar mencionaré las Funciones de FOMENTO, donde se incardinaron acciones indirectas de estímulo y directas de protección, con el objetivo de inducir actitudes positivas ante la Conservación de nuestro Patrimonio Cultural Inmueble.

Como acciones indirectas de estímulo se desarrollaron varios Programas de Ayudas y Subvenciones para la Conservación y Rehabilitación del Patrimonio Cultural Edificado, todas ellas reglamentadas por Decretos Forales y concedidas mediante convocatoria pública: Se implantaron las cuatro líneas de Ayudas siguientes:

A) Tres Líneas de Ayudas Públicas dirigidas a la Conservación y Rehabilitación del Patrimonio Cultural propiedad de las Entidades Locales y enfocadas hacia:

- Edificios urbanos de Propiedad Pública.

- Elementos Menores (Puentes, lavaderos, fuentes, rollos y picotas, cruceros, etc.)

- Ermitas

B) Una línea de Ayudas destinadas a Particulares, aplicable a los Edificios que perteneciesen al Patrimonio Cultural Inmueble Calificado o Inventariado o que se encontraran en fase de incoación por el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco. Esta línea de Ayudas, desde el ejercicio de 2003, fue refundida con las Ayudas que para la rehabilitación de

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edificios ubicados en los Centros Históricos de Álava, gestionaba la Sociedad Pública ARABARRI.

El objetivo común a todas estas líneas de ayudas, era el de tratar de favorecer las iniciativas conservadoras o rehabilitadoras promovidas desde la propiedad, posibilitando el cumplimiento por parte de ésta, de las obligaciones que la legislación le impone. También, especialmente en lo que respecta al Patrimonio Cultural Edificado de propiedad pública, se intentaba evitar que la iniciativa recuperadora partiese únicamente de la Diputación Foral de Álava y se vinculara, sobre todo, a la propiedad del bien.

Ciñéndome al caso de los Edificios de propiedad particular, el destino de las ayudas se dirigió principalmente hacia los edificios que se encontraban en uno de los dos niveles de catalogación según la Ley de Patrimonio Cultural, admitiéndose a estudio también aquellos que se hallasen incluidos en los listados (aún provisionales) de “protección municipal” antes citados. En su selección se ponderaba sobre todo, el carácter integral de la intervención y su viabilidad en relación con la futura vida útil de los mismos. La respuesta habida, inicialmente fue algo lenta pues se hallaba muy ligada al proceso de catalogaciones definitivas desarrollado por el Gobierno Vasco que, a su vez, se encontraba condicionado por la elaboración del fallido Plan Territorial Sectorial del Patrimonio Cultural Vasco. La desfavorable coyuntura económica, ha frenado las expectativas iniciales de que se produjese una progresión geométrica de las solicitudes, situación que dificulta la implantación de una cultura sostenible de la conservación de este Patrimonio.

C) En relación con la Rehabilitación Integral de los Cascos Históricos de Alava, donde se incluyen las acciones de conservación de sus edificios, desde la Diputación se impulsó la creación de la Sociedad Pública ARABARRI destinada a la gestión de los procesos de rehabilitación necesarios. En ella participaban, en principio, la Institución Foral y cada uno de los Ayuntamientos de las localidades que accedían a la calificación A.R.I. (Área de Rehabilitación Integral). Surgió dotada de funciones diversas: concesión y regulación de ayudas para rehabilitación de los edificios de estos Centros Históricos, asesoría técnica y jurídica sobre rehabilitación, acceso a otras ayudas o subvenciones facilitadas por otras Instituciones, promoción de estudios específicos de mejora de infraestructuras, etc. En 2006 fueron reformados sus estatutos con el fin de extender su gestión a todo el ámbito provincial, constituyéndose así en una herramienta estrechamente vinculada al Servicio de Patrimonio Histórico-Arquitectónico en las tareas de fomento. Lamentablemente, en 2008, con el tránsito del citado Servicio al Departamento de Cultura y Euskera, y la asignación de ARABARRI al Departamento de Relaciones con las Entidades Locales, quedó seriamente dañada la coordinación mantenida entre las funciones desempeñadas por el Servicio y las desarrolladas por la citada Sociedad Pública. Al día de hoy, y por los mismos motivos derivados de la situación económica, la sociedad ARABARRI. ha sido absorbida por la sociedad pública ARABAKO LANAK, corriendo el riesgo de que su proyección en el ámbito de la protección del Patrimonio Inmueble se vea seriamente disminuida con la consiguiente pérdida de eficacia.

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No puedo dejar de mencionar, dentro de este grupo de acciones y aunque sólo pueda ser de pasada, la labor que se ha venido realizando, en concreto, con la Conservación del Patrimonio Cultural Inmueble propiedad de la Iglesia Católica, regulada mediante un Convenio suscrito con el Obispado de Vitoria, en el marco del cual han sido subvencionadas numerosas intervenciones de restauración en los Templos alaveses.

Hubo un grupo de medidas directas de protección que se impulsaron muy ligadas a la difusión y aplicación de criterios y metodologías de intervención. Fueron actuaciones que se realizaron directamente, financiadas en su totalidad por la Diputación Foral, en Monumentos de propiedad ajena (privada y pública), con fines ejemplarizantes.

Ejemplos del primer caso (propiedad privada) fueron los Convenios suscritos con los propietarios de la Torre de Mendoza, de la Torre-Palacio de los Varona en Villanañe, de la Casa Troncal y Capilla de los Urbina en Urbina de Basabe o de la Torre de Enegorta en Zuaza, con el objeto de la cesión temporal, para usos públicos de carácter cultural, tras su restauración.

Todas ellas han sido actuaciones con desigual resultado funcional, pero que han permitido, al menos, la conservación de estos significativos Monumentos que se encontraban ya en gravísima situación de riesgo. Lamentablemente, estas iniciativas no han tenido la deseable continuidad, pues nunca fueron planteadas con criterios de integralidad en su gestión, lo que ha dificultado su proyección social y la concreción de un modelo sostenible y continuado.

Dentro del segundo caso, mencionaré la realización de campañas de intervención directa en Monumentos de propiedad pública, planteados con vocación de referencia metodológica y didáctica, como pueden ser las actuaciones que se llevaron a cabo en el Valle Salado de Salinas de Añana, en la Torre y Palacio de los Orgaz de Fontecha, en las iglesias de Villanañe y San Román de Tobillas (cedidas a la Diputación), en los castillos de frontera medievales, en varios puentes históricos, en los cruceros y picotas, etc.

A continuación rápidamente citaré las funciones de CONTROL Y DISCIPLINA, es decir las que se refieren a la supervisión sobre las intervenciones en el Patrimonio Cultural Edificado, y concretamente sobre las realizadas en los Bienes Calificados e Inventariados, en el desempeño competencial anteriormente citado de la Ley de Patrimonio Cultural Vasco.

Debo decir que el desempeño de estas funciones se ve actualmente todavía muy limitada debido a la ralentización de las labores de catalogación definitiva de estos Bienes. Desde la entrada en vigor de la Ley Vasca hasta la fecha, se van incorporando muy lentamente, a la relación de antiguos Monumentos (los Bienes de Interés Cultural) promovidas por el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, nuevas declaraciones de Bienes Calificados e Inventariados, los dos niveles existentes. Más rápidamente, se han ido efectuando las declaraciones de Conjuntos Monumentales en los diferentes Centros Históricos de Álava, la mayoría ya protegidos desde el Planeamiento urbanístico por Planes Especiales al hallarse declarados como Áreas de Rehabilitación Integral.

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Con el fin de paliar en lo posible esta relativa indefensión de los Inmuebles desde la Diputación se impulsó en su día la incorporación específica en la Normativa Urbanística Municipal (Normas Subsidiarias) de aquellos edificios que estuvieran incluidos en el Inventario Provisional del Patrimonio Cultural Inmueble del País Vasco, documento de referencia sin valor legal, elaborado por el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco a título orientativo y que a pesar de sus imprecisiones tuvo una utilidad constatable.

Esta incardinación del Inventario Provisional en el ámbito del Planeamiento Urbanístico, produjo dos efectos positivos:

El primer efecto, y el más importante por lo inmediato de su incidencia, fue el de haber dotado de legalidad a la Protección de los Bienes Inmuebles de los municipios, vinculando a la estructura administrativa municipal: Es decir, la Diputación alavesa se anticipó más de 10 años a muchas de las propuestas realizadas en este sentido por el fallido Plan Territorial Sectorial del Patrimonio Cultural Vasco.

La cultura de la legalidad urbanística, afortunadamente cada vez más implantada en los pequeños municipios alaveses y con una ya larga tradición y experiencia en los hábitos de los secretarios y técnicos asesores municipales, produjo la consecución del segundo de estos efectos positivos: La incorporación natural, casi automática, de la protección del Patrimonio Cultural Edificado a la tramitación administrativa, comenzada por el proceso de concesión de licencias de obras en estos edificios.

Actualmente el Servicio de Patrimonio Histórico-Arquitectónico, a pesar de su desvinculación funcional y organizativa de la Dirección de Urbanismo foral, sigue desempeñando un papel referencial sobre los responsables municipales, contribuyendo a profundizar en la implantación de una cultura de la protección del Patrimonio Cultural Edificado a nivel local. Poco a poco se está consiguiendo que toda intervención realizada en cualquiera de los edificios protegidos de esta manera por iniciativa municipal, sea informada, con carácter previo a la concesión de la correspondiente licencia de obra, por el Servicio de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de manera vinculante. La evolución de esta dinámica está permitiendo establecer, en colaboración con los Técnicos Asesores Municipales o de las Cuadrillas, un tejido administrativo más eficaz, así como una vía de asesoramiento y difusión de los criterios de intervención más directa.

No obstante, las competencias reales de la Diputación Foral en materia de protección no podrán ejercerse plenamente, en tanto no se complete la Calificación o Inventariado definitivo de todo el Patrimonio Cultural Edificado, se desarrolle reglamentariamente (o se modifique, adecuándola a las experiencias adquiridas en estos 22 años) la Ley 7/90 de Patrimonio Cultural Vasco y se reactive la deseable implantación del referido Plan Territorial Sectorial hoy paralizado.

Queda, sin embargo, mucho por realizar, y es en el desempeño de esta función de Control donde la escasez crónica de medios se revela como principal obstáculo. Por lo tanto, la supervisión

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encomendada por la Ley de Patrimonio Cultural Vasco en relación con el estado de conservación del Patrimonio Cultural Edificado y la aplicación del régimen de obligaciones que se imponen a los propietarios de los Bienes Calificados e Inventariados, no podrá llevarse a la práctica sin el establecimiento de una verdadera red de supervisores, ni sin la dotación presupuestaria adecuada que permita la adopción de posibles medidas de urgencia, incluidas aquellas que fuera necesario ejecutar subsidiariamente.

En este sentido, un tanto tímida y forzadamente, han sido emprendidos varios expedientes de ejecución en diversas localidades de Álava, que a pesar de los escasos medios disponibles, han servido para señalar un camino por el que también es necesario transitar y desarrollar.

El último grupo de Funciones se refiere al CONOCIMIENTO y DIVULGACIÓN del Patrimonio Cultural. Si bien la Ley de Patrimonio Cultural Vasco no asigna competencias directamente a las Diputaciones Forales en esta materia, las propias funciones asumidas de FOMENTO y CONTROL imponen a las mismas un preciso grado de información en relación con el Patrimonio Cultural Edificado de cada Territorio Histórico.

Esta labor de documentación sobre el Patrimonio Cultural Edificado, en el caso de las Diputaciones, debe abundar especialmente en la investigación sobre el mismo, profundizando y ampliando conocimientos sobre aspectos directamente relacionados con las intervenciones protectoras. La divulgación de éste Conocimiento, digamos especializado, sobre el Patrimonio Cultural Edificado y las maneras de conservarlo, sería la etapa final y complementaria de esta función indirectamente asumida. Pero esta misión no debería quedarse en este punto, como una mera acción cultural meramente unidireccional. Es preciso inducir dinámicas interactivas con la sociedad que realmente puedan llegar a establecer, de manera natural, actitudes positivas sobre estos bienes moralmente públicos y la necesidad y el significado de su protección. Conceptos considerados cuando menos extraños al referirlos a este ámbito cultural como, ”utilidad”, “practicidad”, “inversión”, ”rentabilidad”… u otros, aplicados normalmente a las sensaciones subjetivas como, “emoción”, “añoranza”, “disfrute” o incluso “vergüenza”… al ser aplicados a este Patrimonio, introducen un rico abanico de matices a la hora de reflexionar sobre posibles nuevas potencialidades asociadas al mismo susceptibles de consolidar su asimilación como bien socialmente necesario.

Es este sentido, la Diputación Foral de Álava, históricamente, ha venido realizando una sistemática compilación del Patrimonio Arquitectónico del Territorio Histórico reflejada principalmente en la edición de varias publicaciones que se inician con el ya conocido “Inventario de la Arquitectura Rural Alavesa” redactado por Victorino Palacios.

En esa misma línea, se ha venido realizado una labor de sensibilización sobre los denominados Elementos Menores de este Patrimonio Cultural Edificado, con la publicación de una colección de Inventarios especializados en colaboración con las diferentes Cuadrillas de Álava, intentando no sólo divulgar su existencia e interés, sino sobre todo, señalar su vinculación cultural con los,

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llamémosles, “Monumentos Mayores” y, por lo tanto, subrayando la necesidad de tener que documentarlos, analizarlos y finalmente recuperarlos también, con el mismo rigor y metodología de intervención. Con ello se trató también de dotar al habitante de esas comarcas históricas, con un instrumento visual y material que identificaba su patrimonio emocional con el cultural. Interesante experiencia que desde entonces ha propiciado muchas iniciativas rehabilitadoras desde el ámbito local.

En esta idea divulgativa fue publicado en 2003, el libro “Iglesias Restauradas de Álava”, una recopilación del casi centenar de intervenciones realizadas en el marco del Convenio suscrito con el Obispado de Vitoria durante los primeros 12 años de vigencia del mismo y que hasta la fecha sigue renovándose.

Citaré finalmente, la colaboración que se ha llevado a cabo con varios Departamentos de la Universidad del País Vasco en la documentación edificios con carácter previo a su restauración, aplicando la metodología denominada “Arqueología de la Arquitectura”, culminadas en la redacción del Plan Director para la Restauración de la Catedral de Santa María de Vitoria y la publicación de la revista “Arqueología de la Arquitectura”.

LA REALIDAD ACTUAL

La realidad con la que nos enfrentamos los responsables de la conservación del Patrimonio Cultural Edificado es, a pesar de los notables avances realizados, ciertamente alarmante: La “restauración” se ha puesto de moda y como moda, lleva aparejada un peligroso cariz de superficialidad. Es por desgracia muy frecuente, que se acometan procesos de intervención sin un rigor documental previo y, por lo tanto, sin la suficiente información, que no buena voluntad, por parte de los responsables de la intervención. Si llevamos este fenómeno al ámbito rural o local, la falta de rigor y la improvisación son aún mayores y es algo cotidiano, al menos donde nosotros trabajamos, encontrarse elementos o edificios “restaurados”, en realidad desfigurados y descontextualizados, vuelvo a decir, con la mejor de las intenciones.

Cuando anteriormente hablaba de “la percepción que se tiene del Edificio Histórico”, me refería a las imágenes deformadas que se suelen tener de los mismos como resultado, en la mayoría de los casos, de un desconocimiento respecto a la evolución sufrida por las técnicas constructivas tradicionales y, más recientemente, por las diversas metodologías históricas de intervención, que a su vez van incorporando nuevos-viejos lenguajes arquitectónicos. De esta manera nos encontramos en numerosas ocasiones, con que el poso que han ido dejando algunos criterios de restauración ya desechados, por inadecuados y acientíficos (cuando no directamente lesivos para el Monumento), se mantiene sin embargo fuertemente arraigado en las imágenes colectivas relativas a la restauración.

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De esta forma se han ido incorporando al bagaje cultural presente en las construcciones históricas, numerosas intervenciones inadecuadas o simplemente mistificadoras que quedan unidas, a veces ya indisolublemente, a su actual significado formal.

Ante este hecho no cabe otra actitud, que la de la aplicación del método científico a la restauración, analizando, previamente a cualquier manipulación (restauración), el testimonio más directo y material que tenemos, que es el propio edificio y su realidad constructiva y espacial. Solamente tras un análisis riguroso y lo más completo posible de sus cualidades materiales y formales, una vez jerarquizados valores y patologías y finalmente convertidos estos parámetros en condiciones, entonces y únicamente entonces, es cuando deberíamos empezar la reflexión sobre los posibles usos y funciones.

Por lo tanto, prepararse para Restaurar (restaurar bien) es costoso y para un propietario particular lo es en especial. Administraciones y propietarios deben comprender (comienzan a hacerlo) que si hemos aceptado que la conservación del Patrimonio Cultural es de Interés Público, debe asumirse el que también es preciso hacerlo bien. El objetivo es la transmisión al futuro de ese Patrimonio y debe intentarse, al menos, que durante esa transmisión se pierda lo menos posible de él.

Es conocida a escasez de técnicos y constructores debidamente formados en las técnicas de construcción histórica, ello hace que la compatibilidad de muchas de las soluciones constructivas que se plantean en las intervenciones, no sean eficaces o puedan ser, incluso, perniciosas. Así, en numerosas ocasiones, es el Monumento el que es adaptado a las técnicas proyectadas y no al contrario, como debiera de ser.

Desde la Administración, por tanto, se deberá impulsar y fomentar el conocimiento en la aplicación de estas metodologías y considerar especialmente su empleo en todas las políticas de Fomento que se adopten, en el ánimo de ir creando un marco o ámbito de trabajo especializado, pero también asequible.

Se echa de menos, modestamente por mi parte, una mayor definición en el desarrollo reglamentario de los instrumentos legales de protección, de pautas metodológicas claras que ayuden al desarrollo e implantación de criterios homologados en el estudio, documentación previa e intervención en el Patrimonio Edificado, pero que, al mismo tiempo fueran suficientemente flexibles para su viabilidad real y aplicación según los casos.

Se da la paradoja, además de que las técnicas constructivas tradicionales son, desde el punto de vista de la sostenibilidad, ahorro energético, salubridad habitacional y durabilidad real, mucho más eficientes que algunas prácticas constructivas habitualmente utilizadas, especialmente en la rehabilitación de edificios. Este enfoque “verde” en la recuperación funcional y material del Patrimonio, no puede ser desdeñado, como no lo está siendo en buena parte del resto de Europa (llena de ejemplos de rehabilitación sostenible en, por ejemplo, los Centros Históricos).

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Como afirmaba anteriormente, el Patrimonio Edificado, por lo tanto, y todo el proceso necesario para su estudio, conservación y divulgación, constituye un sector económico de indudable y creciente peso en la economía productiva. Planteado con criterios de integralidad, es un sistema productivo de imposible deslocalización. Por lo tanto el esfuerzo económico necesario para impulsar su desarrollo no debe ser considerado como gasto sino como inversión productiva. En la medida en que este planteamiento se vaya abriendo paso en las mentes de nuestros administradores, será más sostenible su dinámica, generará empleo y la actividad económica asociada (investigación, documentación, conservación, turismo, salud, consumo local, etc.), será fuente, además, de bienestar social.

LA CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO HERRAMIENTA SOCIO-CULTURAL

En este contexto, se hace necesaria la adopción de políticas activas que sean capaces de iniciar e impulsar este proceso pero, sobre todo, de que el mismo se asiente como algo natural, asumido y emocionalmente necesario por la sociedad. Se deberán abrir, en consecuencia, nuevos itinerarios, con sus correspondientes herramientas, capaces de atender esta actualización del papel que desempeña ahora y queremos que desempeñe en el futuro lo que denominamos Patrimonio Cultural.

En nuestro territorio alavés, se han dado ya algunos pasos en esta dirección con muy favorables resultados en lo que respecta a su asunción y vinculación social. Los casos de la Catedral Santa María o el Valle Salado de Añana son dos ejemplos de ello, aunque aún no pasen de ser más que unas prometedores experiencias que precisarían encontrar la manera de ser replicadas sistemáticamente.

La experiencia obtenida en los ejemplos mencionados no puede ser desaprovechada. En ellos se ha establecido una dinámica participativa del proceso de estudio e investigación, primero y restauración después, con el ciudadano-visitante, de manera que todo aquél se convierte en una actividad didáctico-cultura. Por otra parte, a medida que ambos monumentos pueden ser parcialmente “utilizados” (uso cultural de espacios restaurados en la catedral o producción de sal en el Valle Salado), se produce la necesaria visualización de la “rentabilidad” de las inversiones realizadas.

Pero, además, se está demostrando que ambas iniciativas están produciendo objetivamente beneficios económicos al territorio de su área de influencia, generando actividades complementarias inducidas, algunas de ellas relacionadas directamente con la recuperación de otros elementos Patrimoniales: En el caso de la Catedral y Salinas de Añana, claramente asociadas con la puesta en valor de la muralla medieval y ambos Centros Históricos.

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Estoy convencido de que sería un error no tratar de ensayar la aplicación de estos modelos igualmente, eso sí, a una escala adaptada a cada circunstancia, a la gestión del Patrimonio Construido rural, entendido éste, también, como un posible recurso económico.

Caso aparte, aunque ineludiblemente presente en la caracterización emocional de cada uno de los pueblos de Álava, lo constituye el riquísimo patrimonio propiedad de la Iglesia Católica, que en buena medida se encuentra afectado por serios problemas de conservación y, por qué no decirlo, de uso. Durante 2006, 2007 y 2008, fue elaborado a iniciativa del servicio de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de la Diputación Foral y financiado, a través del anteriormente mencionado convenio suscrito con el Obispado de Vitoria, por ambas Instituciones, el llamado “Plan Director de las Iglesias de Álava”. Este Plan era en realidad una herramienta de gestión que, además de completar el extenso fichero (más de 250 iglesias) que venía realizando el citado Servicio desde 2003 para la identificación del estado de conservación de ese Patrimonio, proponía estrategias y prioridades de actuación y facilitaba la optimización del necesario control permanente sobre su evolución futura.

El Plan estaba concebido con una gran base de datos relacionada , que permite asociar toda la información (documentos, estudios, imágenes, planimetrías, etc.) obtenida en la documentación de los templos de la Diócesis. Por desgracia ese Plan no está siendo actualizado desde entonces, pues no fueron destinados recursos en su día para su aplicación y desarrollo, por lo que, posiblemente, precisará ser puesto al día cuando se finalmente se utilice.

Es precisamente, a mi juicio, el papel de las Diputaciones Forales en el diseño de estrategias capaces de inducir procesos de valoración activa del Patrimonio, la principal de las funciones que les corresponden en el cumplimiento y desempeño de las competencias arrogadas por la Ley de Patrimonio Cultural Vasco, incluso por encima de las de Control y Disciplina que, de una manera mucho más precisa y explícita, determina el articulado de la misma.

LOS CONCEJOS: ¿QUÉ HACER?

Si bien la actual legislación no contempla función específica alguna en materia de la conservación del Patrimonio Arquitectónico encomendada a los Concejos, salvo las directamente propiciadas por su eventual condición de propietarios de algunos Bienes protegidos, sí es cierto que un sistema tan arraigado de gestión pública como éste, debería conllevar al respecto un cierto grado de co-responsabilidad al menos moral.

Por su arraigado sentido de lo colectivo y por constituir el vínculo entre lo rural y lo urbano (cada vez más ligero), como conocedores directos del estado de conservación de “su” Patrimonio Cultural Inmueble, el papel de los Concejos debería ser reconocido en su verdadero potencial.

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Posiblemente, explorando otras formas de relación con los Ayuntamientos y la misma Diputación en este campo, dada su condición de “propietarios emocionales” de aquél, siendo implicados directa o indirectamente en la supervisión de su conservación e, incluso, en la gestión de los usos, pero, en todo caso, en el conocimiento de sus valores y su proyección exterior como reflejo de su misma existencia histórica.

Se habla de la democratización (socialización) del conocimiento, como un medio para tratar de aproximar estos Bienes a la colectividad que convive con ellos, pero considero que es el sentido de pertenencia generado por la mera existencia de los mismos, el que produce la empatía colectiva previa imprescindible para que ese conocimiento llegue a traspasar las barreras del elitismo cultural.

En esta dirección es de reconocer que en los últimos tiempos se están produciendo algunos destellos claramente alentadores sobre el papel activo que los concejos de Álava pueden llegar a desempeñar en la rehabilitación del Patrimonio (palabra que habrá que redefinir concediéndole su literal significado cuando se aplique a este ámbito). Son tal vez, quiero pensarlo así, las señales de una sociedad más responsabilizada en estos asuntos, más consciente de la fragilidad de estos símbolos que la representan y relacionan. Como ejemplo algunas iniciativas que surgen desde el ámbito local en relación con el uso transversal del Patrimonio Arquitectónico (ruta de las iglesias pinceladas, ruta de los castillos, iglesias reutilizadas, etc.) ligándolo al resto del Patrimonio Cultural (materia e inmaterial) de sus lugares.

Álava posee en la tradición organizativa que representan hoy día los concejos, una herramienta muy valiosa para que la democratización de los mecanismos de protección activa que necesita la conservación sostenible del Patrimonio puedan darse y aplicarse eficazmente. Es una red que posiblemente necesitará ser actualizada e insertada mejor en la estructura de la administración local (y, tal vez, hasta pueda ser replicada en los municipios más grandes: ¿Por qué no en la organización de la participación ciudadana?), pero que, pienso, puede ayudar mucho a facilitar la cercanía, implicación y participación del ciudadano en la gestión de su hábitat.

Además, en sí mismos, los concejos ¿no forman parte ya del Patrimonio Inmaterial de Álava?

Juan Ignacio Lasagabaster Gómez arquitecto

Elorriaga, 8 de noviembre de 2012

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LA INTERVENCIÓN DE LAS DIPUTACIONES FORALES EN EL PATRIMONIO CULTURAL

DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA

XABIER MARTIARENA LASA.

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La Diputación Foral de Gipuzkoa dentro de los ámbitos de actuación se hace responsable y garante de la supervisión, protección y mantenimiento del patrimonio, siguiendo las directrices de la ley de Patrimonio del Gobierno Vasco y la ley de Territorios Históricos (LTH), lo que incluye toda obra de arte de propiedad pública como las que están dentro del patrimonio de Ayuntamientos y Diputación, así como obras privadas en manos de la Iglesia, personas jurídicas sociedades y fundaciones.

Entre las labores a realizar toma especial relevancia el asesoramiento e información técnica a cualquiera de las entidades propietarias del Patrimonio. Como primer paso a acometer ante cualquier actuación en el Patrimonio se seguirán los siguientes pasos:

A.- Una memoria histórica de la pieza.

B.- Memoria del estado de conservación

C.- Definir los criterios de intervención sobre los que se regirá las pautas a seguir.

D.- Vigilancia y supervisión de los trabajos que se vayan realizando sobre la obra, hasta su finalización.

La colaboración se llevará a cabo con ayudas y subvenciones a la conservación y restauración del patrimonio tanto sea inmueble como mueble .

El Patrimonio está compuesto por Patrimonio inmueble y mueble, sin olvidar la arqueología y el arte paleolítico que posee su propia entidad .

En el patrimonio inmueble se incluye todos los edificios y monumentos sean religiosos o civiles, los jardines históricos, los conjuntos y sitios históricos y la zonas arqueológicas.

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Cuando calificamos un patrimonio inmueble, un edificio a proteger, ¿qué calificamos?

¿Las paredes, los espacios, los espacios importantes de representatividad, los muebles, sus paredes o qué?. Hay que pensar que un edificio no solo lo forman las paredes, sino los espacios diseñados según un momento histórico, su distribución, escaleras, paredes pintadas o no, muebles, etc. Estamos muy habituados a ver que los edificios son respetados en cuanto a su fachada y no sus interiores, creándose falsos históricos importantes.

Por otro lado calificamos un edificio como bien protegido, pero ¿qué protegemos?

Normalmente imaginamos que todo su interior está protegido y la realidad nos demuestra que nada de su interior está protegido. La ley en este caso baila en una ambigüedad enorme, ya que según quien aplique la ley, este bien estará protegido con todos sus elementos; pinturas, muebles, distribución de espacios, etc. o no. Depende del responsable de la Diputación o del Obispado que éste sea protegido en gran medida.

Foto 1

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Como ejemplo, tenemos el caso de los papeles pintados del palacio Gastañaduy o Ganuza de Eskoriaza, protegido por la ley como elemento de interés histórico-artístico bajo la Orden de 17 de enero de 1964 (Ministerio de Educación Nacional) y por lo tanto sus papeles pintados panorámicos, “La chasee en Compiegne” (foto 1) y “Monumentos de Paris” de gran importancia, por la antigüedad de estos papeles pintados (1814 aprox.), por su escasez en Europa y supervivencia, que los hacen casi únicos, deberían estar super protegidos, y la realidad nos demuestra que no. Éstos han pasados por avatares no muy buenos y si situación actual no es muy clara, a pesar de la protección que presenta el palacio por ley. Otros papeles panorámicos que aprovecho para pedir su protección son los del Ayuntamiento de Aretxabaleta, “Vistas de Lyon”, y los de la Torre de los Varona en Vaillanañe (Araba).

Voy a abrir una brecha en defensa del arte mueble ya que a nivel de arte inmueble parece que nuestras autoridades están más concienciadas en su protección, declarando o nombrando iglesias, conventos, ayuntamientos y caserios bienes de interés cultural con categoría de monumento, que al arte mueble, aunque también hay flagrantes excepciones u olvidos como nuestro santuario de Aranzazu , en proceso de incoación para su calificación máxima por el Gobierno Vasco. Tengan ustedes en cuenta que el edificio es un hito de la vanguardia de los años 50 en España y un lugar de suma importancia para los gipuzkoanos. Pensemos quienes intervinieron en esta genial obra: Francisco Javier Sáenz de Oiza y Luis Laorga como arquitectos (1951-52), el retablo fue realizado por Lucio Muñoz(1962), las puertas por Eduardo Chillida, las vidrieras por fray Javier Alvarez de Eulate (1954-57) y la cripta en dos momentos por Nestor Bastarretxea (1953/1984).

Patrimonio mueble .

Volviendo al Patrimonio mueble hablaremos de lo que abarca este término. Entendemos por arte mueble, aunque muchos de ellos no son tales: los retablos, esculturas, pinturas de caballete y pinturas murales, lo denominado como “artes menores” (cerámica, rejería, mobiliario, papeles pintados, etc), material arqueológico (cerámica, huesos, monedas, etc.), órganos, tejidos, fotografía, películas, etc.

Las declaraciones de protección de arte mueble por parte del Gobierno, en general, son muy limitadas. Tenemos la lista de retablos protegidos de las tres provincias del 2001, de los cuales veintiuno corresponden a Gipuzkoa, de éstos catorce ya han sido restaurados y faltan por restaurar siete. Del resto de retablos mayores de Gipuzkoa, en total unos ochenta y uno se encuentran restaurados cincuenta y seis y faltan veinticinco por restaurar. Podemos decir que el número de retablos restaurados en bastante numeroso.

A continuación comentaremos una serie de ejemplos para comprender lo que sucede.

Los mausoleos que actualmente se ubican en Gipuzkoa ninguno está protegido directamente, ni el mausoleo de Oñati de Mercado de Zuazola, obra de Diego de Siloe (foto 2). Los más emblemáticos son: dos en Elgeta (D. Ochoa Donor de Olaegui y Martín Saez de Ibarra), dos en

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Oñati (Conde de Oñati y Mercado de Zuazola), San Telmo (D. Alonso Idiaquez y García de Olazábal, su mujer), dos en Azpeitia (Nicolas Saez de Elola y Martín de Zurbano). De éstos no han sido restaurados el de Martín de Zurbano y el del conde Oñate (?), aunque algunos teóricamente están protegidos, ya que el edificio que los contiene posee esa categoría, pero no están específicamente nombrados.

Con las portadas ocurre lo mismo, Santa María la Real de Deba está protegida como iglesia monumento pero hasta que punto su portada? . Que ocurre con la portada de Idiazabal cuando su iglesia no está protegida? Se debería proteger este elemento independientemente? Habría que estudiarla para definir su valor y dar una respuesta a su originalidad.

¿Qué ocurre con elementos individuales extraordinarios como pueden ser las tablas flamencas, algunas esculturas, cuadros o casullas, por ejemplo?. Dentro de la protección del

Foto 2

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Gobierno Vasco unas cuantas tablas flamencas sí han sido protegidas y otras no, cuando la mayoría son obras flamencas importadas, por qué estas diferencias cuando la categoría es similar? La imagen de San Ignacio de Loyola realizada por Gregorio Fernández (1614), para le seminario de Bergara (foto 3) es una de las primeras esculturas realizadas del santo y ésta se ubica en un retablo no protegido. ¿No debería estar protegida?

¿Qué sucede con unas capillas a restaurar cuando el edificio está protegido? Por ejemplo, en la iglesia de Azpeitia tenemos dos ejemplos cuyos resultados son totalmente diferentes, realizadas en dos momentos históricos. La capilla de Martín de Zurbano (foto 4), donde se siguieron unas modas del momento y cuyos resultados son nefastos, a mi entender, y la capilla de la Soledad,

Foto 3

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capilla de enterramiento de Nicolas Sáez de Elola, donde los criterios han sido estrictos, ha habido control y cuyo resultado ha sido una recuperación magistral de una capilla totalmente pintada en el renacimiento.

Por lo tanto, ¿como podríamos controlar más nuestro patrimonio?. Nos encontramos con muchas dificultades para una planificación en la protección de nuestro patrimonio,a, debido a:

.- Falta de acceso a inventarios.

.- Falta de estudios históricos.

Foto 4.

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.- Falta de catálogos.

.- Legislación insuficiente y confusa.

.- Falta de especialista contratados (piedra, tejidos, fotografía, etc.)

Considero que la falta de catálogos públicos accesibles de una manera fácil de los bienes inventariados tanto a nivel del Gobierno Vasco, como Diputaciones, Ayuntamientos y Obispado dificulta enormemente el control y conocimiento de nuestro patrimonio. Mientras mayor es el desconocimiento más desmanes son posibles y más pautas a los descalabros y a la picardía. Pero son los organismos públicos los que más han contribuido con su pasividad. En épocas de vacas gordas nuestra Diputación y ayuntamientos ¿cómo ha contribuido ha divulgar de una forma científica nuestro patrimonio?. Por ejemplo, ¿existe un catálogo diocesano de las obras de arte de nuestra diócesis?,no.

De nuestros veintidós retablos mayores protegidos cuantos se han restaurado? , catorce y cincuenta y seis retablos mayores no calificados, un número muy considerable de retablos. Ha habido un interés importante por su conservación y restauración material, pero ¿cuantos han tenido una publicación?. Por lo menos los retablos protegidos con la calificación de monumento deberían de haber tenido una publicación (libro, digital, internet, etc.) y cuantos otros podrían haber tenido una publicación al menos municipal o compartida para su divulgación?

Además de las dificultades mencionadas en los párrafos anteriores se le añaden los

obstáculos para una buena difusión. La necesidad de una puesta en valor de nuestro patrimonio comienza por su divulgación y difusión. La ausencia de catálogos de nuestras provincias, en este caso de Gipuzkoa, es decir, catálogos de nuestras iglesias u diócesis, de nuestros ayuntamientos, de nuestros museos, no lleva a un desconocimiento de nuestro patrimonio cultural. Si no conocemos, no podemos valorarlo, NO EXISTE. Si no existe, no se tiene necesidad de pasar ningún control, se puede romper, destruir o vender, cualquier hurto o venta es muy fácil en aras a un beneficio X.

Otro de los temas a tener en cuenta es la ausencia de un espacio expositivo permanente ( Museo de Bellas Artes provincial (¿) ) es lamentable, ya que ese espacio debería cubrir las necesidades exigidas por todo museo.

.- Centro de Investigación

.- Centro de documentación

.- Centro de restauración

.- Centro de difusión / expositiva

.- Centro generador de actividades

.- Centro de aglutinación y recogida de obra (compras, donaciones o depósitos).

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Es verdad que tenemos un museo, el Museo de San Telmo, pero siempre chocamos con la titularidad del mismo, ya que es municipal y por lo tanto el ámbito es más restringido.

En estos momentos se ha dado un paso importante en Gipuzkoa para la conservación de nuestro patrimonio, se trata del almacén de obras de arte “Gordailua”.

GORDAILUA

Gordailua (foto 5) es un edificio almacén donde se trata de albergar todo el Patrimonio Mueble de la Gipuzkoa, partiendo de los propios depósitos de la Diputación y de otros titulares, como puede ser el Museo de San Telmo.

(Trataré de dar una información somera sobre el edificio y aquellas características del mismo sin entrar a valorar las actuaciones de tipo pedagógico, de comunicación o de investigación).

Los bienes muebles a albergar dentro del edificio parten de:

1.- Depósitos de la Diputación. 24.500 piezas etnográficas y de Bellas Artes.

2.- Depósitos de San Telmo. 12.840 piezas (arqueología, Bellas Artes, etnografía e historia).

Foto 5.

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3.- Posibilidad de incorporación de los depósitos de arqueología de Gipuzkoa, gestionados actualmente por el Gobierno Vasco.

4.- Otras colecciones públicas o privadas (Kutxa), colecciones de instrumentos musicales, como las existentes en Oiartzun e Irán.

La idea a la hora de su creación fue:- Conservación.- Difusión.- Asesoramiento.- Restauración.

El edificio inaugurado en el 2011, presenta tres plantas de unos 8.450 m² realizado por el estudio Astigarraga y Lasarte de Donostia. La construcción y características del edificio está diseñado para poseer y ser:

- Un depósito de obras de arte.

- Poseer un espacio para registro de obras.

- Un control y análisis de riesgos.

- Conservación preventiva y restauración.

- Su difusión, tanto en espacios “in situ” o en espacios expositivos externos.

La idea era crear un almacenaje dinámico y adaptado a las nuevas exigencias.

En el 2005 se empezaron a realizar los primeros estudios previos de equipamiento necesario, climatología, seguridad, bases de datos, piezas, etc.

A.- El primer plan fue ver las necesidades y evaluar la colecciones existentes.

B.- Definir las condiciones medio ambientales.

C.- Ver la necesidades de los espacios. Áreas de acceso restringido Muelles de carga Espacios de embalaje Recepción de obra Registro/tránsito Estudio fotográfico con todos sus elementos

D.- Área de intervención. Espacios anteriores al almacenamiento. Cuarentena. Desinsectación. Aclimatación.

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E.- Conservación y restauración. Pintura y escultura Arqueología - seco. - acuoso, piscina. - liofilización, congelación

N.- Espacios de almacenaje están realizados para objetos de gran formato ( de más de 2 m. ó 100 kg.), y medio o pequeño. (foto 6)

E.- Sistemas de seguridad.

Los servicios del edificio cubren diferentes necesidades:- Áreas públicas (oficinas, salas de consulta, de reuniones, biblioteca)- Salas de difusión (sala polivalente para reuniones, conferencias, exposiciones, etc.).- Talleres de restauración (pintura, escultura y arqueología).- Circulación de las piezas (montacargas) y de las personas (escaleras)

independientemente.

Foto 6

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- Los depósitos presentan sus propias características según las necesidades:

Tipo de objetos, dimensiones, materiales, etc.Condiciones climáticas.Medios para su manipulación.( grúas, etc.)

Para ello se ha estudiado el registro general de la colección y sus materiales:

- etnográfico, lapídeo, pinturas, esculturas- papel, cuero, piel, orgánico- metal- papel (aunque esta sección se encuentra en el Archivo de Tolosa)

Se estudió las condiciones medio ambientales para ver la eficacia energética y se resolvió implantar varios sistemas energéticos:

- Placas solares- Sistema geotérmico. (80%)

Se ha creado diferentes sectores climáticos dentro del edificio según las necesidades: zona de oficinas y de trabajo, por un lado y con zonas de almacenaje propiamente dichas, por otro.

Para ello se estudió los datos ofrecidos por el aeropuerto de Hondarribia y éste dio en líneas generales como media estos datos:

Temperatura: 9ºC en invierno y 25ºC en verano con una posible desviación deH.Relativa. 70,8% en invierno y 75,6% en verano con una desviación de

Por lo tanto la consigna mas apropiada era:

A.- H.R. del 60% + - 5% Temperatura 20ºC + - 2ºC

Espacios especiales según el material .

B.- H.R. del 50% +- 5% Temperatura 20ºC +-2

C.- H.R. del 40% +-5% Temperatura 20ºC

Para realizar el control climático nos basamos en las propias máquinas ya que poseen un sistema de ordenador por el que van funcionando y registrando todos los datos, pero a parte se ha instalado otro sistema independiente de los propios aparatos para medir y controlar la climatología del edificio con posibles sistemas de alerta.

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PATRIMONIO Y SOSTENIBILIDAD TERRITORIAL: REFLEXIONES PARA LA ACCIÓN.

LUIS M. JIMÉNEZ HERRERO. Director del Observatorio de la Sostenibilidad en España (OSE).

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1. INTRODUCCIÓN. LA EXPERIENCIA DEL OSE EN EL ANÁLISIS DE LA DIMENSIÓN TERRITORIAL DE LA SOSTENIBILIDAD Y EL PATRIMONIO.

El título de la ponencia que tengo el honor de plantear en estas Jornadas organizadas por ACO-AKE, es PATRIMONIO Y SOSTENIBILIDAD TERRITORIAL: REFLEXIONES PARA LA ACCIÓN. Y precisamente, mis reflexiones vienen de la mano de la experiencia personal y colectiva que hemos desarrollado en el Observatorio de la Sostenibilidad en España (OSE).

El OSE nació en 2005 con la función de proporcionar a la sociedad la mejor información disponible para evaluar la sostenibilidad del modelo de desarrollo en el Estado. Este compromiso se ha venido cumpliendo a través de los ocho informes anuales de Sostenibilidad en España y de los 16 informes temáticos publicados, los cuales tratan de profundizar en aspectos especialmente relevantes en materia de desarrollo sostenible y entre los que destacan una serie de ellos vinculados a la dimensión territorial.

En el OSE, desde su inicio, hemos mantenido un especial interés por lo temas relaciona-dos con el Análisis del Territorio y sus interacciones ambientales y socioeconómicas, donde los aspectos del patrimonio, la cultura y la sostenibilidad local-territorial han tenido un papel relevante. Esto se pone de manifiesto, tanto por los Informes Temáticos realizados en este ámbito, como por otras significativas actividades de investigación, cooperación insti-tucional europea y de comunicación que viene desarrollando el OSE de forma continuada.

Sobre los informes temáticos destaca el dedicado a los Cambios de Ocupación del Suelo en España (2006), elaborado con metodología del programa europeo Corine Land Cover y que ha servido para evaluar las implicaciones de los usos del suelo de cada Comunidad Autónoma y

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analizar las interrelaciones territoriales que actúan como fuerzas motrices y que condicionan los procesos de sostenibilidad territorial.

Asimismo, destaca el informe titulado Sostenibilidad Local; una aproximación urbana y rural (2009), centrado en el estudio las dinámicas locales de sostenibilidad que pretende aproximarse más a los territorios y a los ciudadanos incluyendo los dos grandes ámbitos que tradicionalmente han permanecido separados a pesar de su evidente interdependencia: la sostenibilidad urbana y la sostenibilidad rural.

Al mismo tiempo, cabe señalar el informe sobre Patrimonio Natural, Cultural y Paisajístico: Claves para la Sostenibilidad Territorial que se enmarca en una línea de trabajo del OSE iniciada a través de la Plataforma de Sosteniblidad Urbana y Territorial del OSE y del conocimiento aportado en el Seminario sobre Patrimonio, Paisaje y Sostenibilidad Territorial realizado previamente por el OSE.

En cuanto a la Plataforma de Comunicación de  Sostenibilidad Urbana y Territorial, decir que se configura como un punto de encuentro entre las partes interesadas y los agentes económicos, sociales, sociedad civil y administraciones, con un enfoque participativo y creativo, que trata de divulgar información con intención, en otras palabras, información para la innovación. La Plataforma de Sostenibilidad Urbana y Territorial promueve el cambio hacia una nueva gestión, política y cultura de la ciudad y el territorio, y para ello busca estructurar el conocimiento existente en torno a la buena práctica y la gestión sostenible, identificando, recogiendo y difundiendo experiencias innovadoras, nuevas políticas y las mejores prácticas urbanísticas y territoriales, que les convierten en motor de desarrollo en clave de sostenibilidad. Destaca además, que la Plataforma de Sostenibilidad Urbana y Territorial del OSE ha sido calificada como Best Practice, e incluida dentro de la Short List de las 48 mejores prácticas del Mundo dentro del 8º Concurso Internacional de Dubai de Mejores Prácticas de Naciones Unidas 2010.

El OSE también desarrolla actuaciones de cooperación institucional en el marco de la UE, entre las que destaca ser Punto Focal Nacional del Programa Red de Observación Europea para el Desarrollo y Cohesión Territorial (European Observation Network for Territorial Development and Cohesion – ESPON). Este programa da soporte a las políticas de desarrollo para construir una comunidad científica europea en el campo del desarrollo y la cohesión territorial. Su principal objetivo es contribuir al conocimiento sobre las estructuras territoriales, los impactos y las tendencias de las políticas de la Unión Europea. Han sido muchas las actuaciones que ha realizado el OSE desde sus asignación por parte del Ministerio de Medio Ambiente como Punto Focal Nacional (PFN), desde 2005 hasta la fecha, llevando a España a ser uno de los países miembros más activos en el Desarrollo de la Estrategia Territorial de la UE.

El análisis de la dimensión territorial de la sostenibilidad constituye uno de los ejes estratégicos del OSE y, por ello, una parte importante de las actividades que se desarrollan tienen un marcado carácter territorial. Entre estas actividades, el OSE, ha realizado una labor pionera en

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Análisis territorial mediante Sistemas de Información Geográfica (SIG), así como la elaboración de cartografía analógica y el geoportal mediante la Infraestructura de Datos Espaciales del OSE (IDE-OSE), y a través del Visor Cartográfico y el Catálogo de Datos, conforme con la Directiva Europea INSPIRE, así como la participación del OSE en el proyectos europeo, como el de EUROGEOSS, del 7º Programa Marco.

Toda la información de las actividades del OSE y los informes realizados están disponibles en nuestra web: www.sostenibilidad-es.org

2. SOSTENIBILIDAD, PATRIMONIO Y CULTURA EN UN CONTEXTO TERRITORIAL

La dimensión ambiental-territorial de la sostenibilidad es la más estratégica, si cabe, porque la consecución del equilibrio del territorio es prioritaria para hacer un uso sostenible del capital natural, del patrimonio cultural y de sus recursos con cohesión social y eficiencia económica. La propia dinámica territorial induce cambios estructurales en las actividades socioeconómicas como soporte de actividades productivas y sociales, y también en los procesos ecológicos a lo largo del tiempo, un fenómeno complejo de procesos de producción, consumo y transformación del espacio con evidentes implicaciones para la sostenibilidad del desarrollo local y la conservación de las cultural locales.

En esta perspectiva de trabajo se presenta el Patrimonio como algo más que un recurso, como un factor de identidad y de cohesión territorial y social que lo convierten en un elemento especialmente relevante en términos de sostenibilidad a nivel local y territorial (tal como se ha planteado en el informe del OSE sobre Patrimonio Natural, Cultural y Paisajístico. Claves para la sosteniblidad territorial).

Una línea de trabajo iniciada en el 2007 por el OSE, ha pretendido incorporar la cultura –entendida como conjunto de valores y normas presentes en una sociedad- y los valores patrimoniales en un contexto territorial a fin de completar los análisis de sostenibilidad y cuyos resultados se han ido incorporando a lo largo en distintos informes. Por ejemplo, en el Informe de Sostenibilidad en España 2007, se presentaron por primera vez una batería de indicadores del sector cultural y creativo, que mostraron la contribución del sector a la generación de empleo y riqueza. En el informe de Sostenibilidad Local. Una aproximación urbana y rural (OSE, 2009) se presentó el Patrimonio, como manifestación cultural, como un acervo capaz de generar relaciones más equilibradas entre los territorios, establecer un nueva relación estratégica entre el campo y la ciudad y evidenciar la enorme deuda ambiental de los “urbanitas” frente a los “ruralitas”, así como la necesidad de establecer mecanismos de compensación para lograr relaciones más equilibradas entre los territorios.

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El intento por sistematizar el patrimonio como un factor cultural clave en términos de sostenibilidad, conlleva muchas dificultades metodológicas (cada dimensión patrimonial tiene una trayectoria histórica, dentro de cada una de ellas existen distintas escuelas, lenguajes diferentes que a veces hacen difícil encajar unos discursos con otros. A pesar de todo ello, creemos que este planteamiento supone aportaciones importantes, porque existe una intrínseca relación entre capital natural y cultural.

Todos los sistemas humanos y ecológicos, tienden hacia una mayor estabilidad y adaptabilidad frente a las fluctuaciones externas cuando están más diversificados. Además existe una interacción permanente entre capital natural y cultural, siendo este último el que contiene códigos de información no sólo de la genética humana, sino también los referidos a expresiones diversas de los modos de vida de las sociedades con capacidad de generar conocimiento para la gestión racional del medio. Ambos capitales son “críticos” para mantener de forma perdurable la existencia humana y los sistemas naturales, en base a una simbiosis entre los métodos de explotación del territorio y el mantenimiento de la diversidad de los ecosistemas, favoreciendo la co-evolución sociedad-naturaleza. Todo ello, resulta básico para abordar un planteamiento estratégico de la sostenibilidad territorial, manteniendo la reserva de capital cultural como base para la gestión del conocimiento local.

Además, ante los riesgos de “descapitalización” a los que están expuestos, se precisan de herramientas para el mantenimiento de estos capitales críticos como el “pago por servicios ambientales” para compensar a los conservadores del patrimonio natural y propietarios del capital cultural en base al cual utilizan sosteniblemente los recursos naturales, conservan y mejoran la biodiversidad. En esta línea también descansan las recientes iniciativas como “La custodia del territorio” que supone un punto de encuentro entre agentes públicos y privados. La reciente normativa aprobada como la Ley del Patrimonio Natural y la Biodiveridad, la Ley del Desarrollo Rural Sostenible y el mismo Convenio Europeo del Paisaje también suponen instrumentos validos para avanzar en este terreno.

En este sentido, cabe añadir, además, que es necesario asomarse a estas dos realidades territoriales conjuntamente. Para los habitantes urbanos y los de las zonas rurales, su bienestar presente y futuro puede depender tanto de las condiciones de su entorno más próximo como de otros factores exógenos. Y el simple hecho de vivir en un lugar o en otro puede condicionar la satisfacción de determinadas necesidades o el logro de sus legítimos derechos. Poner de manifiesto las desigualdades puede proporcionar nuevas capacidades para superarlas mediante un mejor acceso a la información y al conocimiento, que permitan decisiones a favor de un mejor suministro de los bienes y servicios necesarios para disfrutar de una vida digna mirando al futuro. Pero, en todo caso, la revalorización de sus patrimonios locales (culturales, naturales y paisajísticos) es una prioridad estratégica para el propio esquema de desarrollo rural sostenible.

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3. EL NUEVO PARDIGMA DEL DESARROLLO RURAL Y EL DIÁLOGO CAMPO CIUDAD EN CLAVE DE SOSTENIBILIDAD

El creciente interés por un desarrollo urbano sostenible resulta cada vez más crucial de cara al futuro. En los cincuenta años próximos, dos tercios de humanidad vivirán en zonas urbanas. Esta “urbanización” de la población mundial está haciendo crecer el interés por los temas urbanos en todo el mundo. Pero el interés por lo urbano, su secular predominio y las expectativas de los “urbanitas” no pueden desviar la atención prioritaria que requiere el olvidado y desfavorecido mundo rural. Una realidad española polifacética y diversificada que territorialmente ocupa un 90% del espacio con un tercio de la población. Y, sin duda ninguna, también la transición rural hacia la sostenibilidad es una prioridad estratégica nacional.

Las ciudades tienen una gran responsabilidad sobre muchos de los riesgos de insostenibilidad a los que se enfrenta la humanidad como consecuencia de los modos de vida urbanos típicos de la nueva era post industrial. Y, ciertamente, los procesos urbanos tienen un enorme peso en del balance de sostenibilidad en España porque la escala que han alcanzado los procesos de captación de recursos y generación de residuos del metabolismo urbano de las ciudades compromete especialmente no sólo su propia sostenibilidad, sino su enorme potencial para afectar a los procesos socioeconómicos y ambientales de las zonas rurales.

Tanto el general atraso socioeconómico del medio rural como el abandono de la población (aun cuando se aprecia una ligera compensación por flujos “neorrurales” y por la inmigración exterior) son buenos indicadores de las características estructurales de dependencia y subordinación que históricamente inducen factores condicionantes de subdesarrollo, en particular por las insuficientes dotaciones de capital físico (infraestructuras, equipamientos y servicios).

Son condicionantes estructurales que no sólo lastran las posibilidades de modernización, sino que aceleran la degradación del capital humano (los niveles de capacitación, formación y calificación) y, asimismo, limitan el desarrollo de potencialidades para fomentar el capital social e institucional, a la vez que también inciden negativamente en la conservación y mejora de la mayor parte del capital natural, así como en una buena parte del capital cultural que se concentra en los espacios rurales.

Estamos, sin duda, ante un nuevo paradigma del mundo rural: el desarrollo rural sostenible. Este nuevo marco de referencia sentencia definitivamente que rural no es sinónimo de declive. Ciertamente aparece una nueva dinámica poblacional y socioeconómica, en general, acorde con los nuevos estilos de vida de las sociedades modernas europeas incluyendo nuevos procesos de localización residencial y desarrollos urbanísticos con importantes impactos. Así, aparecen nuevos factores repobladores que proceden de movimientos “neorurrales”, en su mayor parte de profesionales del sector servicios, especialmente en zonas rurales intermedias o periurbanas, donde también se aprecia una

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significativa aportación de población extranjera inmigrante que realiza diversas funciones en los sectores productivos y el sector servicios que contrarrestan parcialmente el persistente éxodo de la zonas rurales más remotas y desfavorecidas.

Pero, al mismo tiempo, desde distintos ángulos, se atisba un resurgimiento de los medios y modos de vida del campo. Activos rurales como la calidad de vida y el medio ambiente, el patrimonio natural y cultural son objeto de una mayor demanda y constituyen cualidades reales que atraen tanto inversiones como trabajadores. En los últimos veinte años se ha producido una revitalización de las economías locales y regionales gracias a la articulación de sistemas productivos alrededor de redes de pequeñas y medianas empresas. Además, el incremento de la calidad de vida y del bienestar de la población española está haciendo emerger una demanda de productos ecológicos de calidad, con denominación de origen u otros signos distintivos que únicamente pueden ser producidos en áreas rurales y con métodos de producción tradicionales y basados en el aprovechamiento racional del capital natural.

Así las nuevas actividades de ocio asociadas al patrimonio natural y cultural, al hilo de una “reindustrialización” de base natural están impulsando un número significativo de zonas rurales. En definitiva, muchas son las oportunidades del mundo rural, el elemento de identidad, el factor de calidad de vida y el impulso de la diversificación económica. No reconocerlo así se traduciría en una pérdida de oportunidad para la sostenibilidad del mundo rural, en base a potenciar procesos que puedan internalizar debidamente las externalidades positivas desencadenantes e incorporando mecanismos de compensación como el “pago por servicios ambientales”. El “nuevo paradigma rural” se caracteriza por un enfoque integrado que prioriza a las zonas geográficas antes que a los sectores económicos y presta mayor atención a las inversiones que a las subvenciones, y quiere enfatizar, sobre todo, las potencialidades endógenas de los territorios.

Correlativamente a este nuevo enfoque integrado y multisectorial, es necesario abordar las cuestiones de política rural desde el nuevo marco administrativo de la gobernanza. Esto significa ir en la dirección de en un proceso de recomposición de los límites administrativos a la escala necesaria para la gobernabilidad y desarrollo local, en base a una gestión adaptativa, una mayor participación democrática y una mayor cooperación para superar las limitaciones de la perspectiva sectorial. Por su amplio alcance estratégico, los partenariados público-privados son iniciativas muy adecuadas para favorecer estos nuevos procesos.

Hay que plantear las bases de un “nuevo diálogo estratégico campo-ciudad” que permita avanzar hacia un enfoque integrador de sostenibilidad territorial, profundizando a nivel local en las interrelaciones urbano-rurales. Este es un nuevo campo de investigación que conviene impulsar, si bien por el momento sólo se puede abordar un análisis genérico sobre aspectos conceptuales relevantes para indicar algunos escenarios de futuro a los que habrá que hacer frente con estrategias basadas en las nuevas políticas que se van implementando con criterios de sostenibilidad. La reciente aparición de nuevos enfoques estratégicos y marcos normativos como

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la ley sobre Patrimonio Natural y Biodiversidad y la aplicación del Convenio Europeo del Paisaje, y Ley de Desarrollo Rural Sostenible, suponen bases sólidas para afrontar el desarrollo local en clave de sostenibilidad integral.

4. REFLEXIONES FINALES

Todas estas consideraciones anteriores han de enraizase en un cambio más profundo que forzosamente ha de ser cultural. La moderna visión global del patrimonio tanto natural, cultural o paisajístico y la necesidad de plantear su uso racional, impone desarrollar una nueva cultura capaz de generar procesos más sostenibles y territorios más cohesionados.

Si a la situación actual, de crisis global (social, económica y ambiental) nos hemos visto abocados por una forma de ver, entender, gestionar y valorar los recursos, salir de ella supone re-construir desde otra visión. Requiere un cambio de mentalidades, un cambio cultural radical que solo será posible con la complicidad y participación activa de todos los agentes implicados (políticos, sociales y económicos), donde la sociedad civil y determinadas instituciones locales (como la Asociación de Concejos de Álava), juegan un papel dinamizador indispensable.

La sostenibilidad territorial se perfila como una planteamiento avanzado para gestionar racionalmente el capital natural y el acervo de las culturas locales. Y ello debe ser un sólido cimiento para permitir que cada comunicad y cada lugar, puedan aprovechar los recursos y capacidades endógenas, preservar su identidad y seguir beneficiándose de los bienes y servicios que les proporciona su riqueza patrimonial de forma perdurable.

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LA REHABILITACIÓN URBANA INTEGRAL COMO INSTRUMENTO PARA LA SOSTENIBILIDAD TERRITORIAL.

Mª ROSARIO ALONSO IBAÑEZ. Profesora de Derecho Administrativo de la Universidad de Oviedo.

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Aunque no han faltado en la legislación urbanística referencias a la tutela de los valores naturales, ambientales o culturales, el urbanismo y patrimonio cultural inmueble, tradicionalmente, han vivido en un régimen de sustancial separación hasta que la Ley estatal 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, primero, y la subsiguiente producción normativa procedente de las Comunidades Autónomas, después, han ido introduciendo técnicas e instrumentos nuevos, o transformando los ya existentes, poniendo fin, al menos en el plano normativo, a una situación previa que, sencillamente, desconocía la proyección territorial del patrimonio cultural.

En efecto. Se partía de una situación que revelaba una falta de conciencia acerca de la existencia de un contexto territorial específico, dotado de caracteres ambientales, que fuera más allá del interés que presentaban los elementos “monumentales” aislados que en ese contexto físico pudieran existir. La intervención en los espacios urbanos con presencia de valores culturales no partía de una estrategia de elección consciente entre transformación y conservación como políticas alternativas. No se elegía un modo de actuar en ellos; por el contrario, padecíamos las consecuencias de una toma en consideración sí de las peculiaridades que presenta la existencia de esta realidad en nuestras ciudades, pero desde una perspectiva de desarrollo urbano totalmente desconocedora de esa riqueza cultural como motor de desarrollo económico y local.

Como es sabido, urbanismo y patrimonio cultural constituyen ámbitos materiales de la acción pública presididos por títulos competenciales distintos pero fuertemente conexionados. El ejercicio de las competencias normativas en materia de patrimonio cultural puede condicionar, lícitamente, el urbanismo, de la misma manera que el urbanismo condiciona las políticas de protección del patrimonio cultural. Esa íntima conexión se hace mayor si cabe en virtud de la formulación de planeamiento urbanístico protector de elementos que tengan la condición formal de Bienes de Interés Cultural –y más en concreto, en Conjuntos Históricos-, pero no tomó carta de naturaleza

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en nuestro ordenamiento jurídico hasta que no se renovó can carácter general, hace ya más de una década, el marco normativo en el que en la actualidad se inscriben una y otra materias.

Desde entonces, la legislación sectorial protectora del patrimonio cultural ha avanzado de manera significativa al clarificar en base a qué parámetros o presupuestos de partida se deben trazar los confines entre zonas, espacios, lugares o parajes en que la presencia de edificaciones, construcciones u otro tipo de elementos inmuebles de interés cultural imponen una prioridad de acción de tutela desde la legislación sectorial, y aquellas otras para las cuales, por el contrario, aún presentando valores arquitectónicos, ambientales o paisajísticos, no van a tener más ordenación que la procedente del planeamiento urbanístico o territorial. El confín entre unas y otras zonas o espacios lo va a proporcionar la existencia de bienes que estén afectados por alguna de las categorías de protección que predispone la legislación sectorial.

Por su parte, en este nuevo contexto normativo, la ordenación del territorio, como actividad destinada también a controlar los usos del suelo, a planificar los grandes trazos que permiten un uso racional del mismo, capaz por tanto de ofrecer respuestas ante nuevas realidad, aunque no haya logrado aún salir del plano conceptual y teórico en el que básicamente se mueve, contiene referencias a la tutela de los valores culturales, demandando la aproximación y coordinación de todas las políticas que confluyen en el territorio. No obstante, desde hace mucho tiempo, se venía avanzando en una dirección confusa. Así, del análisis de la normativa de las Comunidades Autónomas se deriva, salvo excepciones concretas, una ausencia de la problemática real de los espacios merecedores de protección por los valores culturales que alberguen, a pesar de que entre el contenido mínimo de los instrumentos territoriales se establezca la necesidad de atender al señalamiento de áreas a proteger por la existencia de elementos de interés cultural. Evidentemente, alcanzar los objetivos que están en la base de la ordenación territorial exige ir mucho más allá de la introducción de medidas de conservación de “elementos de interés cultural”. Requiere, por lo pronto, que la política sectorial de tutela de los espacios que dichos elementos conformen sea u más de las que se coordinen en el marco de las distintas políticas territoriales, al mismo nivel que se le da a las políticas de infraestructuras, por ejemplo, tomando conciencia de que todas ellas, de la misma manera, deben ser fundamento de los respectivos programas económicos con los que se pretenda esa utilización racional y equilibrada del territorio.

Pero, decíamos, hemos venido avanzando de manera confusa, porque en otras ocasiones nos encontramos con instrumentos de ordenación territorial que aún refiriendo o señalando la presencia de elementos de interés, paradójicamente, lejos de coordinar la protección de los mismos en conexión con la normativa que en principio esté llamada a tutelarlos de forma directa, entra a tutelarlos directamente, actuando así como una acción sectorial más.

Por su parte, y volviendo al urbanismo, nacido éste para hacer viable la habitabilidad en las ciudades, hace ya tiempo que se ha visto desbordado ante una nueva realidad urbana y territorial, donde lo urbano se diluye cada vez más sobre el territorio, y donde la actividad urbanística se ha ido progresivamente enriqueciendo en sus planteamientos y contenidos, hasta integrar en ella la

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protección del patrimonio cultural en unos términos que desbordan el clásico contexto en el que tradicionalmente había sido contemplado.

Hoy, claramente, el patrimonio cultural está presente en los objetivos que informan la actuación de los poderes públicos en esta materia, en las finalidades con arreglo a las cuales se debe desarrollar el ejercicio de las distintas potestades urbanísticas, en las normas de aplicación directa o disposiciones legales materiales de ordenación, en los estándares urbanísticos referidos al planeamiento urbanístico general, o en el contenido de los derechos y deberes vinculados a la propiedad del suelo.

Es más, el ejercicio de las competencias urbanísticas debe garantizar, de acuerdo con la ordenación territorial, la sostenibilidad del desarrollo mismo. Y es precisamente a este concepto al que ha terminado por llevarse el patrimonio cultural.

La plena recepción de la protección del patrimonio cultural en el ámbito de la ordenación territorial y urbanística es reveladora del modelo de desarrollo urbano querido por el ordenamiento jurídico, modelo que deriva de una serie de principios que se han introducido en la legislación urbanística y territorial con una formulación aparentemente modesta. Uno de estos principios es el referido al desarrollo urbanístico y territorial sostenible, lo que conlleva tener que conjugar necesariamente las necesidades de crecimiento y desarrollo con la preservación de los recursos y valores paisajísticos, históricos y culturales, con el fin de garantizar la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras, Principio que no sólo toma en consideración los valores culturales, al mismo nivel que los naturales, sino que conlleva al mismo tiempo la configuración de modelos de ocupación del suelo que eviten la dispersión en el territorio, favorezcan la cohesión social, consideren la regeneración urbana, tengan en cuenta la preservación y mejora de los sistemas de vida tradicionales en las áreas rurales y consoliden un modelo de territorio globalmente eficiente.

Este principio de desarrollo urbanístico y territorial sostenible no es una fórmula retórica como muchos desearían, no es sólo una máxima para la actuación política, no es un mero objetivo a alcanzar. Por el contrario, es un principio que condiciona el modelo de desarrollo, que conforma una apuesta decidida por el modelo donde se reconozca la identidad de la ciudad histórica compacta, sus usos y actividades, y su patrimonio cultural. Principio jurídico que resulta vinculante y obliga a modificar muchas de las pautas de actuación en el ámbito de la ordenación urbanística y territorial. En cualquier caso, demanda un cambio de actitud entre las autoridades a quienes compete programar, definir, gestionar y controlar la intervención en las ciudades y demás núcleos habitados.

El desarrollo sostenible, a pesar de su ambigüedad y las contradicciones que el término encierra, se ha convertido en el marco de referencia de todas las políticas, actuaciones y estrategias de la Unión Europea, y, más allá, en lo que nos interesa, tiene en el ordenamiento urbanístico español un valor jurídico. La legislación lo ha positivizado como principio jurídico, y la práctica judicial incluye en sus decisiones, de manera ya generalizada, apelaciones a este principio como

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criterio hermenéutico. Por lo dicho, el desarrollo sostenible no debiera tener una consideración subsidiaria en el ordenamiento jurídico.

Hay muchas razones del porqué el concepto del desarrollo sostenible, que inicialmente se configura en torno al medio ambiente, cada vez se focalice más en lo urbano, hasta el punto que es ya un lugar común sostener que los mayores progresos hacia la sostenibilidad se van a decidir en un futuro próximo, fundamentalmente, en las ciudades. Sin embargo, la inicial configuración del principio explica que sea demasiado frecuente agotar la conceptualización del desarrollo urbano sostenible con los planteamientos propios del derecho ambiental, a limitar la sostenibilidad urbana a la dimensión medioambiental, desatendiendo la dimensión social, cultural, incluso económica.

Lo que está en juego cuando hablamos, en general, de desarrollo sostenible está bien identificado, y sus objetivos están ampliamente compartidos. Pero no pasa lo mismo con los métodos y los medios que nos permitan atender a esos objetivos. Hoy el debate jurídico no está en los retos del desarrollo urbano sostenible, ni siquiera en las herramientas o instrumentos a su servicio, que comienzan a ser conocidos. Las mayores incertidumbres en el análisis jurídico están en el método, en cómo hacer operativo el principio, no en si existe o no como principio vinculante.

Justamente lo contrario de lo que es tradición entre nosotros. Estamos diciendo claramente que el principio del desarrollo urbano y territorial sostenible obliga a tomar en consideración la riqueza cultural que acumulan nuestras ciudades, pero el desarrollo de un urbanismo histórico es una más de nuestras asignaturas pendientes. Llevamos muchas décadas practicando un urbanismo de crecimiento indiscriminado de la ciudad, en cuyo contexto, el patrimonio cultural no puede más que mantener posiciones meramente defensivas, cuando no de auténtica precariedad.

Las propias transformaciones del contexto en el que hoy se desenvuelve la economía nos sitúan ante la necesidad de plantearnos nuevas estrategias de actuación. En primer lugar, si la búsqueda de ventajas que permitan competir en una economía cada vez más global exige un mejor aprovechamiento de los recursos propios, no podemos permitirnos el lujo de perder de vista la importancia estratégica que tiene el patrimonio cultural. Y, en segundo lugar, y como consecuencia de lo anterior, el desarrollo territorial tiene que estructurarse en torno a un modelo al que el patrimonio cultural debe contribuir más decididamente, lo que significa encontrar vías para su plena integración en las políticas de desarrollo regional y local.

El cambio climático primero, y la dureza de la crisis económica después, han reforzado aún más una ambición que, a modo de revulsivo, en todo tiempo y lugar siempre han tenido las ciudades, y es lo que hace que en última instancia hoy puedan considerarse una especie de microcosmos en el que se encuentran presentes la mayor parte de los desafíos a los que se enfrenta nuestra sociedad, que es eminentemente urbana, y donde se ensayan nuevos modos de intervención. La ciudad, en la complejidad de formas urbanas que hoy presenta, es el escenario donde se está desenvolviendo

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un debate de profunda reconsideración de las políticas públicas que deban ordenarla, no siendo ni útiles ni suficientes las aproximaciones tradicionales de carácter específicamente urbanístico y local.

Hemos señalado ya que la reconsideración de nuestros viejos modos de intervenir en la ciudad, y la necesidad de tomar en consideración el potencial que representa el patrimonio cultural, está en la base de la legislación urbanística que se hemos producido en la última década. Sin embargo, y resulta paradójico, las reglas e instrumentos que la ordenación urbanística predispone difícilmente posibilitan el desarrollo de políticas de nuevo cuño. En realidad, la legislación urbanística vigente apenas hace perceptible que el urbanismo está inmerso en una profunda crisis, y ha terminado haciendo del planeamiento un instrumento cada vez más complejo, en sus contenidos, en su tramitación, y en su gestión, alejado de los desafíos de las nuevas políticas que las ciudades, y su patrimonio cultural, necesitan.

Si tener un “territorio” propio ha sido un paso decisivo en la modernización de las estructuras políticas, esto es, la existencia de un ámbito espacial donde desplegarse en toda su validez y eficacia las normas jurídicas, donde sea permitido ejercer competencias administrativas, hemos de convenir fácilmente que la ciudad, el espacio urbano, carece de “territorio” propio. Jurídicamente no hemos configurado el espacio urbano como un territorio, y esto desencadena problemas de gestión política y administrativa, pérdida de capital social y pérdida de identidad cultural. Mientras la ciudad no tenga “territorio” propio difícilmente será visible en el tablero de estrategias políticas y económicas que condicionan el crecimiento y desarrollo urbano, llámense Programas Nacionales de Reformas o Marcos Estratégicos Nacionales de Referencia, a pesar, como decimos, de su protagonismo en el escenario económico.

La ausencia de “territorio” da explicación al urbanismo que se ha practicado en nuestro país: la urbanización ha sido el más importante proceso de cambio que hemos tenido en todos los tiempos, la principal fuerza motora de nuestro crecimiento económico, pero se ha desarrollado sin sujeción a parámetros ordenadores al servicio de las necesidades colectivas de la población que las habita, entre ellas, las culturales. Por el contrario, lo que ha prevalecido es la voluntad de satisfacer a grupos de interés políticamente organizados.

Hoy una eclosión de conceptos y explicaciones aspiran a reinterpretar lo urbano. Nada le es ajeno a lo “urbano”. Incorpora plurales ámbitos sectoriales: mercado de trabajo, planificación, vivienda, medio ambiente, seguridad, salud, movilidad, economía, cultura, inclusión social, eficiencia energética, entre otros. Obliga a tomar en consideración plurales aspectos, sociales, económicos, medioambientales y culturales, aspectos que deben tomarse en consideración, esto quizás sea lo más novedoso, con un enfoque integrado, que asegure una sólida coordinación horizontal, transectorial y vertical de las actuaciones públicas. La integración coordinada de todos estos aspectos está llamada a ocupar un papel esencial, como nunca antes lo ha tenido. A esto se reconduce en última instancia el debate del desarrollo sostenible, que no deja de ser otra cosa que el desarrollo urbano duradero y garantizador de calidad de vida para toda la población, y no

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para unos pocos que se puedan beneficiar de intervenciones urbanísticas puntuales, en el mejor de los casos, porque de lo que se trata ya no es solo de buscar soluciones a “las partes” de la ciudad, como por ejemplo, sus centros históricos, sino de no generar más efectos perversos con las intervenciones públicas; es decir, de actuar para que funcione de manera integrada el entero sistema urbano, donde “todo” se relaciona con “todo”, y sin actuar sobre “todo” difícil será hablar de cambios en la buena dirección.

Para afrontar la reconstrucción del marco jurídico que nos permita desarrollar estas nuevas políticas hemos de tomar en consideración el acervo urbano europeo, fruto de la cooperación intergubernamental y la acción de las instituciones comunitarias, que ha ido produciendo objetivos comúnmente aceptados en el ámbito urbano y territorial. Los Estados miembros y las regiones tienen la posibilidad de elaborar, programar y aplicar intervenciones de desarrollo urbano basándose en principios y estrategias que conforman una metodología común europea, donde el enfoque integrado tiene un valor añadido.

Para conseguir este desarrollo urbano más inteligente, más sostenible y socialmente cohesionado, los Estados miembros de la Unión Europea, a través de sus Ministros responsables de las políticas urbanas, han enfatizado la importancia de aplicar estrategias de desarrollo urbano integrado, con una visión global y exhaustiva de la ciudad, convenientemente enmarcadas dentro de una perspectiva territorial, que promuevan armoniosamente todas las dimensiones de la sostenibilidad de un modo integrado, tanto en los nuevos desarrollos urbanos como en las áreas ya consolidadas de la ciudad existente. Así quedó reafirmado en la Declaración de Toledo de 24 de junio de 2010, promovida bajo la Presidencia española del Consejo de la Unión Europea, donde se destacó igualmente que el enfoque integrado en las políticas urbanas es una de las principales herramientas para avanzar en la dirección señalada por la Estrategia Europa 2020, especialmente en el actual escenario de escasez de recursos. Allí quedó establecido y comprometido un entendimiento común del enfoque integrado en el desarrollo urbano, descrito en el “Documento de Referencia de Toledo sobre la regeneración urbana integrada y su potencial estratégico para un desarrollo urbano más inteligente, sostenible y socialmente inclusivo en Europa”. Se trata de una transformación sustancial del modelo de desarrollo urbano, que ya se venía gestando en documentos y declaraciones anteriores, pero cuyo reactivo ha sido la crisis económica y financiera mundial. Las peculiaridades del caso español permitían enfatizar la importancia de esta apuesta, aunque en realidad se trata de un cambio de paradigma que está experimentando la cultura urbana europea en todas sus manifestaciones, que ha resultado apoyado por el Comité de las Regiones y el Consejo Económico y Social, a través de sendos Dictámenes: «El papel de la regeneración urbana integrada en el futuro del desarrollo urbano en Europa» adoptado por el Comité de las Regiones el 10 Mayo 2010, y «La necesidad de aplicar un enfoque integrado a la regeneración urbana», aprobado por el Consejo Económico y Social Europeo el 27 Mayo 2010.

¿En qué consiste el enfoque integrado? Se trataría de proporcionar respuestas convergentes, con idénticos niveles de eficiencia. a los retos ambientales, económicos, sociales y culturales

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a que se enfrentan las ciudades, en un proceso que queda definido como “proceso planificado, que trasciende los ámbitos y enfoques parciales habituales, que aborda la ciudad como totalidad funcional, y sus partes como componentes del organismo urbano, que tiene como objetivo alcanzar el equilibrio en la complejidad y diversidad de las estructuras urbanas, sociales, productivas, impulsando al mismo tiempo la ecoeficiencia ambiental”, algo que sólo puede alcanzarse con eficacia en el nivel regional, y no en el municipal, y algo que desborda a la ordenación del territorio, porque la ordenación del territorio no agota las plurales dimensiones del desarrollo sostenible, que está en la base del acervo urbano europeo.

El Documento de Toledo identifica igualmente los elementos clave del enfoque integrado. En primer lugar, la adopción de una estrategia de ciudad, que sea transversal y multidireccional, alineando los distintos recursos y políticas sectoriales. Agruparía estrategias y acciones unitarias, de totalidad, considerando el papel de cada parte de la ciudad en la estructura total. En definitiva, pensar y trabajar asignando recursos económicos en las múltiples dimensiones de la sostenibilidad al mismo tiempo. En segundo lugar, encontrar compromisos compartidos en la dirección definida por la estrategia de ciudad, para obtener resultados covergentes: con capacidad para resolver interferencias entre los efectos de cada una de las dimensiones de la sostenibilidad sobre las otras, canalizar esos compromisos mediante el establecimiento de plataformas de coordinación apropiadas para las acciones transversales (converger los enfoques sectoriales),verticales (gobernanza multinivel), horizontales (entre los actores implicados en la construcción de la ciudad, haciendo realidad la participación ciudadana). En tercer lugar, los presupuestos de los distintos niveles de gobierno, que se deben poner en común y dirigirse en la misma dirección de forma convergente. En cuarto lugar, articular todas las escalas temporales (largo, corto, medio plazo) y espaciales (región, área metropolitana, ciudad, barrio) y conjugar ambas entre sí. No es una suma de acciones puntuales aisladas: el enfoque integrado debe conjugar los planteamientos globales con los desarrollos mediante acciones concretas territorializadas. No debe actuar sobre objetos (viviendas, suelo, etc.) y sujetos de forma aislada (vivienda a vivienda, suelo a suelo) o de forma indiscriminada y genérica. Debe considerar la puesta en práctica de las acciones en la escala administrativa correspondiente. Por último, articular el cuerpo social en un proyecto ciudadano inclusivo, de coexistencia y convivencia. Esto significa: optimizar el capital urbano (no solo el suelo y la edificación), desbloquear el potencial de las áreas urbanas desfavorecidas, y que todas las partes que componen los tejidos de la ciudad deban ser áreas donde grupos sociales distintos puedan vivir y trabajar ahora y en el futuro.

Por tanto, ya no será suficiente con la mera transformación urbanística de los centros urbanos, ni con hacer ciudad en las periferias mal urbanizadas, ni con integrar los polígonos de viviendas construidas en los años sesenta y setenta resultantes de políticas públicas que se olvidaron de su población. El desafío es mayor y más difícil, por la novedad de la escala urbana, por la complejidad de los procesos de toda índole que se desarrollan en esa escala, y porque el cambio en la forma de administrar es uno de los mayores obstáculos que afrontan nuestras estructuras administrativas, acostumbradas a actuar por hábitos o por inercia.

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Un Derecho urbanístico y territorial finalista como el español, obligado a hacer operativo el principio de desarrollo urbanístico y territorial sostenible, precisa de una metodología clara, al servicio de los nuevos enfoques. Pero nuestra legislación no concreta suficientemente el principio de desarrollo urbano sostenible. Aún no hemos alcanzado una claridad conceptual en la definición de los elementos clave del desarrollo urbano sostenible, tal y como sí los ha ido clarificando el acervo urbano europeo. Así, el enfoque integrado, en la definición alcanzada en el Documento de Referencia de Toledo al que antes nos referíamos, está ausente en el Derecho interno español, ni siquiera asociado a alguna de las dimensiones del desarrollo sostenible, como la medioambiental. Son absolutamente insuficientes las apelaciones clásicas que definen al planeamiento general como “instrumento de ordenación integral del territorio”, están muy alejadas de lo que se considera por tal. Insistimos: una sólida coordinación horizontal y transectorial de las medidas que para la intervención se contemple en los distintos procesos planificados, cubriendo aspectos relacionados con el desarrollo económico local, el empleo, la educación, la formación, la cualificación, la integración social, la cultura, el medio ambiente, la movilidad urbana, los espacios públicos de calidad, y una fuerte coordinación vertical a todos los niveles competenciales pertinentes, sin olvidar la coherencia entre los objetivos que se propongan en dichos procesos y los comprometidos a nivel europeo, nacional y regional.

Desarrollar la actividad urbanística, en este nivel, y no en el marco de la actividad de ordenación del territorio y sin invadir su campo propio, desde una visión que vaya más allá de cada proyecto urbanístico, con una aproximación que considere a la entera ciudad, incluso en el espacio territorial en que ésta se relaciona y convive, la escala metropolitana, tampoco queda garantizada, si acaso, las leyes que posibilitan instrumentos estratégicos a cuyos criterios vinculan al planeamiento urbanístico strictu sensu.

Por no referirnos ya a otros elementos que también son considerados integrantes de la sostenibilidad urbana, como el aseguramiento de financiación para lograr unos efectos duraderos, concentrando los recursos en las zonas previamente seleccionadas; o el aseguramiento mediante instrumentos de gestión que se apoyen en la asociación de los niveles administrativos locales y regionales, que posibiliten la mayor participación ciudadana, que garanticen responsabilidades compartidas entre todos los sectores implicados en los procesos urbanos, que garanticen un seguimiento de las actuaciones, con evaluaciones ex ante, intermedias y ex post que tomen como referencia criterios e indicadores de sostenibilidad.

En la asunción de estos retos están implicadas las distintas estructuras del Estado. Es a todas ellas, organizadas para tal fin, que la sociedad está demandando dotar realmente de contenido a la función pública urbanística y territorial, proporcionando coherencia y unidad al interés general de la población que habita en nuestras ciudades.

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REHABILITACION Y REGENERACION URBANA EN LA COMUNIDAD DE EUSKADI

IGNACIO DE LA PUERTA RUEDA, ARQUITECTO.Director de Vivienda, Innovación y Control.

Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes Gobierno Vasco

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1.- ANTECEDENTES: Herencia del desarrollo urbano: paradojas e invariantes sociales y urbanas

Antes de entrar a analizar el proceso de intervención en la ciudad que se ha venido produciendo en Euskadi durante las últimas décadas, parece oportuno realizar una breve reflexión sobre algunos aspectos que inciden de manera singular en el complejo urbano.

Con carácter histórico, las diversas sociedades y culturas han ido dando respuesta a las necesidades de su forma de vida mediante la intervención en la trama urbana heredada, adaptándola a las demandas que se derivan de su particular manera de entender las relaciones sociales, administrativas, económicas o estructuras sociales, adoptando de las preexistencias los elementos que se ajustaban a sus necesidades y proponiendo nuevos asentamientos más acordes a sus nuevas exigencias.

Las civilizaciones egipcia, griega, bizantina, romana o musulmana, en sus diferentes fases expansivas, son un ejemplo de estos fenómenos. Pero es en el siglo XIX cuando se puede identificar de mejor manera el efecto producido por el crecimiento de las ciudades: la reutilización de los edificios públicos o religiosos adaptándolos a las nuevas necesidades culturales o la reutilización de los materiales en nuevas construcciones, es algo habitual a lo largo de la historia, tal y como se ha visto en las presentaciones de los ponentes anteriores.

Se podría decir que hasta el siglo XIX, las ciudades se mantuvieron acotadas en sus límites, bien por carácter defensivo o bien por tratarse de límites naturales, sin necesidad de desarrollar significativos procesos de desarrollo urbano, salvo los vinculados a puntuales procesos de colonización o de movimientos migratorios.

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Es en ese siglo cuando se produce la ruptura del equilibrio que con carácter secular se había mantenido en el índice de reemplazo: la tasa de natalidad, en relación a la tasa de mortalidad, permitía que se produjera un relevo generacional natural, de tal forma que las generaciones venideras ocupaban el espacio dejado por las que desaparecían. Sólo la alteración de los hábitos y costumbres, que pudieran generar movimientos migratorios, provocaban la exigencia del crecimiento de los núcleos habitados.

Pero la mejora de las condiciones de sanidad, mejorando de forma significativa la esperanza de vida en los nacimientos y prolongando la esperanza de vida de los mayores, junto con el desarrollo provocado con la aparición de la máquina de vapor, el ferrocarril y la industrialización, son los elementos esenciales que provocan el crecimiento exponencial de la población y el movimiento migratorio del campo hacia las ciudades.

Esos fenómenos son las causas del gran debate social, político, económico y cultural que llevaron al desarrollo de las diversas tendencias ideológicas sobre la ciudad, su forma de crecimiento y las necesidades urbanas, hasta ése momento casi ignoradas.

Son el germen de las primeras regulaciones que sirven de base para la actual legislación del suelo. A partir de ése momento surgen los primeros instrumentos legales que tratan de poner orden en el proceso de construcción de la ciudad que se ha venido realizando hasta nuestros días: qué agentes intervienen, qué deberes y derechos tiene cada uno y cuáles son las necesidades sociales (vinculadas a los diversos aspectos sanitarios, culturales, administrativos, civiles o de ocio) que deben quedar garantizadas.

Consecuentemente, toda la legislación del suelo se ha centrado en la regulación de los instrumentos y mecanismos necesarios para el control y tutela de los procesos de crecimiento de las ciudades, olvidándose prácticamente de la intervención en la ciudad consolidada.

Como referencia, en el preámbulo de las diversas leyes del suelo aprobadas, se pueden identificar los principales motivos que justifican su promulgación, tratándose de aspectos y problemas recurrentes a pesar del paso del tiempo: la ausencia de suelo suficiente, adecuado y asequible para dar respuesta a las necesidades de la edificación de las viviendas demandadas por el crecimiento de la población; la carestía de la vivienda y la imposibilidad de acceder a su disfrute por gran parte de la población; la insuficiencia de las dotaciones y equipamientos públicos; la necesaria lucha contra la especulación y carestía del suelo y de la vivienda, son invariantes que se reiteran de forma sistemática.

La respuesta que en cada momento se han dado a estos problemas se han centrado en los aspectos que, en función de las necesidades culturales y sociales se iban identificando, teniendo como elemento común la búsqueda de la mejora de las condiciones de vida de los ciudadanos.

De esta forma fueron surgiendo los planes de higienización y saneamiento de las ciudades o los debates sobre las condiciones mínimas de habitabilidad y salubridad que culminaron

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con la Carta de Atenas. La defensa de la ciudad especializada, preconizada a partir de ese documento, mediante la distinción física y formal de la ciudad residencial, administrativa, comercial, o industrial, es el origen de gran parte de los problemas con los que hoy en día nos encontramos.

El desarrollo de nuevos ensanches con unas mejores condiciones higiénico-sanitarias, la obsolescencia de las dotaciones urbanas de los núcleos antiguos, las limitaciones derivadas de la antigüedad de la edificación y la dificultad de adaptar la ciudad existente a las nuevas demandas derivadas de la extensión y generalización del uso del vehículo a motor, entre otras causas, provocaron el abandono de los cascos históricos por parte de la población más acomodada que se veía impulsada a salir de esos ámbitos en busca de los nuevos desarrollos producidos en los nuevos desarrollos urbanos.

De forma complementaria, la población que llegaba a los núcleos urbanos en busca de una oportunidad para su desarrollo personal, con medios económicos limitados pasaron a ocupar estos lugares que se iban vaciando, provocando la degradación ambiental y social de los núcleos históricos.

Estos fenómenos tuvieron su respuesta desde las administraciones públicas, impulsando diversas políticas centradas en el desarrollo de los instrumentos de intervención y el desarrollo del adecuado marco legal que posibilite alcanzar la respuesta a la necesidad de vivienda generada por esos movimientos migratorios.

Con este fin, desde mediados del siglo XIX, se sentaron las bases de la actual legislación urbanística, centrada en la regulación de los derechos y deberes de los propietarios del suelo con el objetivo de garantizar que la nueva ciudad tenga las adecuadas condiciones de salubridad y servicios públicos.

Con la aprobación de la “Carta de Atenas” en 1931, se trata de dar una nueva orientación a la planificación de las ciudades, tomando como principio básico la separación funcional de las zonas destinadas a la residencia, el ocio, el trabajo, sentando las bases de la ciudad especializada (ciudad administrativa, ciudad comercial, ciudad universitaria, ciudad productiva, ciudad residencial o dormitorio…) que ha venido inspirando el planeamiento de nuestras ciudades y sus entornos a lo largo del siglo XX, manteniéndose hasta la actualidad.

Los objetivos se centraban en la mejora de las condiciones y calidad urbana de los barrios residenciales, tomando en cuenta aspectos climáticos y geográficos, las condiciones higiénicas y desarrollando un nuevo modelo urbano que otorga una nueva cualidad a la calle como espacio destinado primordialmente a resolver las comunicaciones.

En coherencia con todo este proceso intelectual, los principales problemas identificados por el legislador a lo largo de este tiempo, reseñados en el preámbulo de la diversa legislación que se

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ha ido promulgando, tienen una serie de invariantes que no han sufrido mutaciones significativas, a pesar del tiempo transcurrido, como se puede apreciar en las siguientes referencias:

- Ley de Ensanche de 26 de Julio de 1892

- Ley de Saneamiento y Mejora Interior de 18 de Marzo de 1895

- Ley de Solares de 15 de Mayo de 1945

- Ley de Régimen Local de 24 de Junio de 1955

- Ley de 12 de Mayo de 1956 sobre régimen del suelo y ordenación urbana:

- “Problemas: falta de reservas de suelo para expansión de los núcleos urbanos, irradiación desmesurada del perímetro de extensión de las ciudades, construcción arbitraria en las ciudades inasequibles para los limitados recursos económicos disponibles, especulación del suelo colocando a los adquirentes en difícil condición de contribuir a la obra urbanizadora, movimiento migratorio que concentra en algunas ciudades masas de población importantes.

- La acción urbanizadora ha de preceder al fenómeno demográfico, y, en vez de ser su consecuencia, debe encauzarlo hacia lugares adecuados, limitar el crecimiento de las grandes ciudades y vitalizar, en cambio, los núcleos de equilibrado desarrollo, en los que se armonizan las economías agrícola, industrial y urbana, formando unidades de gran estabilidad económico-social.”

- “..se hacía preciso la necesidad de unificación de las leyes vigentes saliendo al paso de los problemas que se avecinan con el normal crecimiento de la población, del éxodo del campo a las ciudades, al aumento de la masa industrial y a las exigencias de las comunicaciones..”

- “ las ciudades crecen a un ritmo de un dos por ciento y la población lo hace en un uno por ciento lo que da un aumento de 280.000 habitantes por año, aglomerados en las grandes poblaciones a que evidencia que a finales del actual siglo la población será el doble que al iniciarse…”

- Ley de 2 de Mayo de 1975 de Reforma de la Ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana:

- “Las dificultades y los problemas que comporta la adaptación de los núcleos urbanos a las exigencias impuestas por la moderna tecnología y por las condiciones de vida propias de la sociedad industrial con sus correlativas mayores exigencias de equipo

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comunitario y de calidad de su entorno y las necesidades de preparar en forma anticipada y racional un asentamiento, social y económicamente adecuado para las grandes masas de población que en los próximos años van a incrementar los núcleos urbanos (del orden de 22 millones más de habitantes sólo de aquí a fin de siglo…” (30.582.936 en 1970).

- “... a pesar de los esfuerzos…y de las cuantiosas sumas invertidas para regular el mercado del suelo, el proceso de desarrollo urbano se caracteriza por la densificación congestiva de las ciudades, el desorden de la periferia, la indisciplina urbanística y los precios crecientes e injustificados del suelo apto para el crecimiento de las ciudades..”

- “desde le punto de vista de la política urbanística, el condicionante fundamental de la oferta de suelo y de su precio excesivo lo constituye la escasez de suelo urbanizado…”

- “... esa elevación excesiva del precio del suelo ha tenido como gravísimas consecuencias no sólo el encarecimiento de la vivienda en todas sus categorías … sino la indebida apropiación de las plusvalías…” así como la más reciente Ley de 2/2006, de 30 de Junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco:

- “Los altos precios de la vivienda y la escasez crónica de suelo del país hacen más necesario que nunca el fomento de un importante volumen de vivienda protegida”

- “Recuperación de la iniciativa pública en las actividades urbanísticas”

- “Interdicción de las prácticas especulativas de carácter inmobiliario”

- “Aseguramiento de los derechos constitucionales del ciudadano al acceso a una vivienda digna y adecuada, a su desarrollo personal y a la calidad del medio urbano y natural en el que se desenvuelve”

En definitiva, a pesar de que existe una cierta referencia a la necesaria mejora del patrimonio existente, la legislación se ha focalizado, casi en exclusiva, en los procesos del desarrollo urbano y ejecución de nuevas edificaciones, teniendo como principio tradicional dar respuesta a la demanda de nueva vivienda.

2.- EVOLUCIÓN: OBJETIVOS Y AYUDAS

De forma paralela la sociedad, y los poderes públicos, han ido efectuando análisis reflexivos sobre la necesaria intervención en la ciudad existente.

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La intervención en el patrimonio edificado tuvo su principal desarrollo a partir de la segunda mitad del pasado siglo XX, fundamentalmente a raíz de la reconstrucción que se debió acometer tras el final de los diversos conflictos bélicos sufridos en los años 30 y 40.

En el caso de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV), el proceso de recuperación de los edificios y elementos singulares tuvo su inicio con la llegada de las primeras competencias, tras la aprobación del Estatuto de Gernika.

Las primeras actuaciones se focalizaron en la intervención de recuperación de los edificios de carácter emblemático así como en los monumentos y elementos de carácter singular. A través de la Dirección de Arquitectura del Gobierno Vasco, se articularon diversos programas que posibilitaron la recuperación de gran parte de los inmuebles y construcciones singulares que hoy son sede de numerosas instituciones y entidades públicas.

Por otra parte, la crisis primero del petróleo y después industrial de los años 70-80, que tuvo su mayor incidencia en el sector siderúrgico y naval, generó un impacto social que elevó la tasa de desempleo en muchas zonas del país hasta valores nunca antes vistos. El cierre de los Altos Hornos de Bizkaia, y la caída del sector naval, generó el cierre en cadena de numerosos talleres y empresas auxiliares provocando nuevos movimientos migratorios que generaron un nuevo declive de los populosos barrios de la margen izquierda o de las zonas más industrializadas del País.

Con esta situación de conflictividad social, se produjeron las lluvias torrenciales del verano de 1983, que se convirtieron en la gota de agua que colmó el vaso de la crisis y del declive que se venía sufriendo en esos últimos años. Las afecciones por el crecimiento de los cauces afectaron a numerosas poblaciones de toda la CAPV, pero especialmente a las zonas del entorno del Nervión con especial incidencia en Bilbao.

Fue en el mes de Diciembre de ese año 1983 cuando se aprobó el Decreto 278/1983 sobre Rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado, que sirvió de base para iniciar un proceso que trataba de fijar la atención más en el patrimonio edificado existente que en la edificación de nueva planta.

Con carácter pionero a nivel estatal, se trataba de centrar el foco de atención en la recuperación de los cascos históricos de los pueblos y ciudades de la CAPV, con el objetivo de recuperar su vitalidad y evitar su deterioro y marginalidad.

A partir de este documento, se establecieron las bases para la definición de las Areas de Rehabilitación Integral (ARIs) y se sentaron las bases del contenido y objetivos que deben reunir los instrumentos de planeamiento, los Planes Especiales de Rehabilitación y Regeneración Interior.

Los objetivos se centraban tanto en lograr la mejora de la calidad de las viviendas existentes como el impulso a la obtención de equipamientos primarios, y la realización de operaciones de

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mejora de la calidad de los trazados y de los acabados de los espacios urbanos de dominio y uso público. Como efecto añadido se pretendía la atención a los valores culturales, la fijación de la población en su medio urbano, la reactivación de las actividades económicas tradicionales y el mantenimiento y la creación de puestos de trabajo en una serie de oficios de la construcción, a los que la obra pública no había favorecido en la medida que se esperaba.

Este Decreto se ha ido actualizando a lo largo del tiempo, adaptándose a la legislación que se ha ido promulgando, a través de los Decretos 189/1990, 214/1996 y 308/2000 estando vigente en la actualidad el Decreto 317/2002.

En la actualidad, se mantiene vigente la Orden de 29 de Diciembre de 2006 de ayudas a la Rehabilitación, en la que se estructuran las ayudas en cuatro tipos de obra en atención a las características y finalidad de las obras planteadas:

- Tipo 1: Adecuación estructural y constructiva

- Tipo 2: Adecuación condiciones de habitabilidad

- Tipo 3: Adaptación de viviendas para la mejora de la accesibilidad, en donde se incluye la instalación de ascensores nuevos y/o sustitución y adaptación de los existentes.

- Tipo 4: Acabado del interior de las viviendas.

Analizando el resultado de las solicitudes de ayudas recibidas durante el año 2011, último ejercicio cerrado, se muestra una clara tendencia a la intervención en las actuaciones de adecuación estructural y constructiva (68,6%) y en las de mejora de la accesibilidad (29,6%).

Como instrumento de gestión, en el Decreto 278/1983 se dio pié a la creación de las primeras Sociedades Urbanísticas de Rehabilitación (S.U.R.) que, hasta la fecha, han venido operando de manera efectiva en estos ámbitos (Cascos Históricos). Esta sociedades, que con carácter general son de capital municipal, tienen su ámbito de actuación limitado al ARI que justificó su creación, y su fin es el apoyo público en la gestión de la recuperación socio-urbanística de esa área.

Con el transcurso del tiempo, a las ARIs se les incorporaron las Areas Degradadas, llegando a crearse un total de 16 Sociedades Urbanísticas a las que habría que añadir la Sociedad Arabarri que, constituida por la Diputación Foral de Alava, tiene por objeto la recuperación del patrimonio edificado de los pequeños municipios de la llanada alavesa.

Con estas sociedades, implantadas en municipios que incluyen al 61,33% de la población de la CAPV, atendiendo a su ámbito de influencia, sólo dan cobertura de apoyo técnico al 25% de

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la población de la CAPV, estando centrada fundamentalmente en loso Cascos Históricos de los municipios.

Municipios con S.U.R.:

Sin S.U.R.

S.U.R. atendiendo ARIs, y Areas Degradadas

S.U.R. atendiendo ARIs y ayudas a Rehabilitación aislada

Con la aprobación de la Ley de Patrimonio Cultural, las ayudas a la intervención en el patrimonio edificado de interés cultural se han dejado fundamentalmente en la competencia de las Diputaciones Forales, el desarrollo y aplicación de los planes de intervención específicos.

Con carácter complementario al proceso de mejora de los Cascos Históricos y a la intervención en el patrimonio cultural, se han ido adoptando otras iniciativas que centraban su objetivo en la mejora de las condiciones urbanas de aquellos ámbitos que se han ido considerando de cierto interés:

- Planes Estratégicos de Revitalización Comercial (PERCO)

- Planes de Revitalización Socio-Económica de Areas Desfavorecidas (IZARTU)

- Planes de Fomento de la Accesibilidad para municipios, entidades locales menores y entidades sin ánimo de lucro.

- Planes de Eliminación de Ruinas Industriales.

- Planes de Mejora de Barrios y Areas Urbanas de Intervención prioritaria (HIRIBER)

3.- SITUACION ACTUAL

Para tratar de aproximarnos a las condiciones en las que nos encontramos y la visión del futuro más cercano, trataremos de analizar de forma somera los diversos aspectos: social, ambiental y económico.

3.1.- ASPECTOS SOCIALES

Con una población de 2.174.000 habitantes, los últimos datos ofrecidos por el EUSTAT, nos sitúan en un panorama en el que la estructura de la edad de la población de la CAPV pasa a ser uno de los principales problemas:

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- Tasa de natalidad: tenemos una de las más bajas de Europa, aunque se recuperó entre los años 2000 y 2008 por el efecto positivo aportado por la población inmigrante,

- Tasa de mortalidad: se mantiene por debajo los valores medios de CE y ligeramente por encima de la del Estado.

- Indice de envejecimiento: se mantienen en un valor significativamente alto.

- Saldo vegetativo: con estos datos, el saldo vegetativo se encuentra cercano a la unidad, lo que significa un retorno a valores de la tasa de reemplazo generacional que no se reproducían desde mediados del siglo XIX, previos al primer desarrollo industrial.

En estas condiciones, nos encontramos con que en la CAPV hay un importante volumen de población, de edad avanzada, que es la que llegó como población inmigrante en los años 40, 50 y 60, que en estos momentos son demandantes de servicios de atención socio-sanitaria, con diversos grados de dependencia y una proyección de descenso de la población en el año 2020 del 1,3%.

3.2.- ASPECTOS AMBIENTALES

Entre los aspectos ambientales se incluyen todos los relacionados con los recursos naturales y energéticos.

3.2.1.- El suelo disponible

En primer lugar, analizando la base de datos UDALPLAN, se puede comprobar que, tomando como referencia la vivienda protegida de la CAPV por tener registros de demandantes oficiales, no hay suelo suficiente para dar respuesta a la demanda existente:

- Agotando todo el suelo de la CAPV clasificado (Urbano o Urbanizable) y calificado con destino a vivienda protegida, se podrían llegar a desarrollar 57.000 viviendas mientras que en el registro de ETXEBIDE hay inscritos más de 90.000 demandantes. Esto significa que, ni siquiera agotando la totalidad del suelo previsto por el planeamiento municipal. Hay que tener en cuenta que en ese suelo se incluyen ámbitos sujetos a operaciones de transformación de cierta complejidad, por lo que incluso su disponibilidad es más bien incierto.

3.2.2.- Energía demandada

En segundo lugar, en relación con la demanda de energía, ésta se produce durante las tres fases de la vida del edificio: edificación, vida útil y demolición, pero más del 80% de la energía total

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se consume durante la fase de explotación o vida útil. Por esta razón, es fundamental intervenir en la reducción de la demanda durante la fase de uso.

En esta circunstancia intervienen de manera decisiva dos variables: la práctica de uso de los ocupantes y las características constructivas de la envolvente del edificio y de sus sistemas de producción de energía.

De acuerdo a los datos del Ente Vasco de la Energía (EVE), Euskadi es dependiente energéticamente en un 95%, con una capacidad de autoabastecimiento de tan sólo el 5%. Por otra parte, la demanda del sector residencial y terciario asciende al 18%, significativamente inferior a la vinculada a estos mismos sectores en Europa, en donde se eleva hasta el 40%.

En la distribución de la demanda energética en los hogares, el mayor impacto (66%) se produce en la vinculada a la calefacción y a la producción de agua caliente sanitaria, por lo que son los elementos primordiales en los que es preciso intervenir para obtener una mayor eficacia en los resultados pretendidos.

Con relación a estas necesidades, la reducción de la demanda pasa inevitablemente por la mejora de las condiciones de la envolvente. Aun más, teniendo en cuenta los objetivos vinculados a la Directiva Europea, el cumplimiento de los objetivos 20/20/20, para el año 2020 obligará a alcanzar una reducción mínima en la demanda de calefacción del 45%.

3.2.3.- Stock edificado

El stock de edificios residenciales existente en la CAPV incluye aproximadamente 1.015.000 viviendas, con una distribución territorial similar a la de al población.

De acuerdo a los datos del EUSTAT, el 91,6% son viviendas principales, y el 71% se encuentran en zonas urbanas.

De acuerdo al estudio sobre vivienda vacía realizado por el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco, sólo el 4% de las viviendas pueden considerarse como vacías, es decir sin uso de segunda residencia, uso temporal, sin encontrarse en situación de fuera de ordenación o sin albergar otro tipo de actividades permitidas en las viviendas.

Esto nos sitúa con una tasa de ocupación bruta de 2,18 habitantes por vivienda, que en neto se corresponde con 2,7 habitantes por vivienda.

En relación a la edad del stock, los datos nos revelan que el 73,5% es anterior a 1980, fecha clave por tratarse del año en el que entro en vigor la primera legislación básica estatal, promulgada

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a raíz de la crisis del petróleo de los años 70, por la que se exigía la incorporación de un cierto aislamiento en las edificaciones de nueva planta.

Esto significa que la edificación residencial anterior a esa fecha (el 73,5% del total) se podría calificar “en situación de precariedad energética” (si no de “ruina energética”), por no disponer de ese mínimo aislamiento.

Tomando como referencia el estudio realizado por el BUILDING PERFORMANCE INSTITUTE EUROPE (BPIE), se puede afirmar que la CAPV dispone del parque edificado más antiguo de la CE, por detrás del Reino Unido.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que ese parque fue construido fundamentalmente en los años 50 y 60, como consecuencia de la importante llegada de población inmigrante. Se trata por tanto de unos edificios que en su momento fueron adecuados para resolver el problema de habitación que se presentó y que fueron ejecutados cumpliendo con las exigencias del momento. Hoy en día, entre otros aspectos relacionados con la obsolescencia de sus sistemas técnicos, presentan una importante carencia en materia de accesibilidad por la ausencia de ascensores o de condiciones de accesibilidad adecuada.

3.3.- ASPECTOS ECONOMICOS

El sector de la construcción ha reducido en los últimos años su contribución directa al PIB de la CPAV del 14% a menos del 7%, con una acusada pérdida de empleo.

Este declive, que no es ajeno a la actual coyuntura del sector financiero mundial, se está produciendo en la CAPV por efecto contagio de lo sucedido en otros lugares del Estado, sin que la denominada burbuja inmobiliaria se haya llegado a producir en este territorio.

El efecto del exceso de la producción de vivienda, que llegó en algunas zonas del Estado a 14 viviendas por cada mil habitantes, en el CAPV se quedó limitado a 5 viviendas por cada mil habitantes. Este ratio es inferior al considerado como referente para dar respuesta a las necesidades naturales de la sociedad, en una situación normalizada cifrado, en el entorno europeo, en 7 viviendas por cada mil habitantes.

Es cierto que aquí se produjo un incremento desaforado del valor de la vivienda, pero ese fenómeno no fue acompañado de un exceso de producción, sino más bien lo contrario.

Tradicionalmente el sector de la construcción ha sido uno de los motores de la economía, no sólo por el efecto directo, que tiene un importante peso específico, sino también por el efecto indirecto e inducido que eleva de forma significativa su impacto.

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Hay que tener en cuenta que el 30 % de las empresas de la CAPV están vinculadas de forma directa al sector de la edificación. No obstante su estructura es endeble puesto que el 95% de ellas son microempresas con menos de 5 trabajadores.

Este cúmulo de datos constatados llevan a la dramática situación actual en la que el sector se encuentra sufriendo una de las crisis más severas que se hayan producido en cualquier sector de actividad económica, que evidencia una necesaria transformación hacia un nuevo modelo de negocio, con mayor cualificación y capacidad de mejorar la competitividad de las empresas tanto del sector de la construcción como del industrial.

4.- ESTRATEGIA

La política de Vivienda centrada en el cumplimiento a corto plazo de objetivos cuantitativos de producción de Vivienda Protegida para su tenencia en régimen de propiedad que se mantuvo desde los años 90 hasta el 2009, ha dado paso en los últimos tres años a un modelo con una visión a largo plazo que centra sus acciones en garantizar el derecho constitucional, que todos los ciudadanos de Euskadi tienen, a “disfrutar de una Vivienda Digna y Adecuada”.

Este derecho, situado en la Constitución en el marco de los derechos sociales, junto con la Educación y la Sanidad, implica la inversión de un importante volumen de recursos económicos para poder dar respuesta a ese derecho y, al igual que en el ámbito sanitario o educativo, es preciso efectuar una importante inversión en equipamientos e instalaciones al servicio de las respectivas políticas sociales.

En el caso de la Vivienda, la cultura de la tenencia en régimen de propiedad impulsada por las diversas acciones públicas acometidas a lo largo de los últimos 50 años junto con la facilidad del acceso al crédito durante los años 2000 a 2007 (con préstamos concedidos casi sin límite de importe, ni un análisis riguroso de la capacidad de los adquirentes), la carestía de los alquileres, los incentivos fiscales y el incremento del valor en venta de la vivienda que configuraban éste como un bien de inversión con el que obtener importantes plusvalías, han sido los principales factores que han llevado a la evolución del régimen de tenencia mayoritario en arrendamiento de los años 50 al actual régimen de tenencia en propiedad.

Estas circunstancias han favorecido una visión de la vivienda como producto de inversión, perdiendo su cualidad como bien que responde a la necesidad de habitación, por lo tanto como respuesta a una necesidad y un derecho social. Pero no hay que perder de vista que, al igual que para garantizar los servicios sanitarios o formativos es preciso disponer de las infraestructuras adecuadas, para garantizar el servicio de vivienda es imprescindible contar con los medios y mecanismos (edificaciones o programas) necesarios para garantizar ese derecho.

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Hoy en día, a los colectivos que tradicionalmente han estado vinculados a la situación de necesidad de vivienda (jóvenes, victimas de terrorismo, víctimas de violencia de género, etc.), hay que añadir otros que teniendo vivienda, se encuentran en situación de necesidad o vulnerabilidad por sus condiciones económicas (desahucios) o por las condiciones del propio inmueble (pobreza energética, habitabilidad y/o defectos y carencias de accesibilidad).

Las condiciones de la población y las características del parque edificado, analizadas en el Diagnóstico de Necesidad de Intervención en el Patrimonio Edificado, identifican la existencia de un importante grupo de población y ámbitos del territorio que se encuentran en grado de vulnerabilidad “Alto” o “Muy alto”.

Sin entrar en la opacidad que se genera en este sector, incentivada por el incremento de la fiscalidad aplicable (incremento del IVA, eliminación o reducción de bonificaciones fiscales, etc.) se está produciendo la parálisis generalizada de la actividad, en un momento en el que el envejecimiento y las limitaciones económicas de la población en general, más recursos públicos requieren.

El otro efecto que está apareciendo en los últimos meses de forma cruda es la situación sobrevenida de numerosas familias y ciudadanos que, afectados por el deterioro de la actividad económica y ausencia de financiación, se han visto abocados a una situación de impago no deseada ni pretendida, y sin capacidad de reacción.

Este drama es un fenómeno no conocido hasta ahora con la crudeza que se está produciendo y debe hacernos reflexionar y trabajar para encontrar fórmulas que permitan paliar situaciones que están llegando a ser terminales.

Si la atención a los mayores, en su doble vertiente social y sanitaria, es uno de los retos de futuro de este País, y se plantea en sus propios domicilios (atención de los crónicos en el domicilio para evitar su hospitalización o el envejecimiento activo de los mayores), difícilmente se puede llevar a cabo con eficacia si la vivienda no reúne las condiciones de habitabilidad y accesibilidad mínimas.

Por otra parte, desde la Comisión Europea se han fijado una serie de objetivos en el horizonte del año 2050, que se centran fundamentalmente en aspectos relacionados con la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero a la atmósfera para minimizar sus efectos. El objetivo se centra en limitar el incremento de temperatura del planeta en 2 grados en el año 2050 para lo que se deben reducir las emisiones de CO2 y el consumo energético en un 90% del que se produjo en el año 1990 que es el adoptado como referente.

Para cumplir con estos objetivos, se han aprobado una serie de Directivas Europeas en la que se establecen las obligaciones de los Estados miembros Esta visión transversal de la política de vivienda, que afecta a los diversos ámbitos (social, económico y ambiental), requiere de la acción

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conjunta de los diversos agentes públicos y privados para garantizar la efectividad y eficacia de las acciones en la búsqueda de la mejorar de las condiciones de calidad de vida de los ciudadanos, centradas en dos objetivos fundamentales: un impulso al acceso a la vivienda en régimen de arrendamiento, como fórmula más coherente de dar respuesta al acceso a la vivienda (para aquella población que la necesita) y una política dirigida a adecuar las condiciones del parque edificado a las necesidades actuales de la población, homologables a las edificaciones de nueva planta.

Con esta visión, con la participación y colaboración de los agentes sociales, ciudadanos, profesionales sectoriales y económicos, se suscribió en el mes de Mayo de 2010 el Pacto Social por la Vivienda de Euskadi. En ese documento se detallan los principales retos y compromisos y se concretan las principales acciones que pueden contribuir a dar respuesta a ese derecho constitucional.

Entre los retos identificados en el horizonte del año 2025, se pueden destacar los dos que tienen por objeto satisfacer las necesidades habitacionales de 90.000 familias y la regeneración de espacios urbanos y mejora de las condiciones del parque edificado mediante la realización de 250.000 actuaciones de rehabilitación en viviendas.

En coherencia con estos compromisos, se elaboró el “Plan Director de Vivienda y Regeneración Urbana 2010-2013”, incorporando por primera vez en su enunciado esa referencia a la necesaria intervención en el patrimonio edificado.

Para desarrollar su contenido, se formuló el “Plan Estratégico de la CAPV de Rehabilitación de Edificios y Regeneración Urbana 2010-2013” (PERHRU), en cuya elaboración participaron tanto las SUR, como EUDEL, los agentes profesionales y los ciudadanos que habían participado en el proceso de trabajo desarrollado con el Pacto Social por la Vivienda.

En este documento, se concretan las prioridades de actuación que, aunque con un horizonte ajustado al del propio Plan Director, por su propia naturaleza deben tener una continuidad mayor a lo largo del tiempo, con una visión de la política de vivienda centrada en la intervención en la ciudad existente y apostando por la ciudad compacta frente a la ciudad extensa.

El PERHRU se estructuró en cinco ejes de actuación, con un total de 49 acciones que se han puesto en marcha a lo largo de estos últimos tres años.

Las acciones que sirven para reorientar la acción en materia de intervención en el stock de edificios existentes anteriores a 1980, se pueden resumir en las siguientes:

- Orden HIRIBER de Intervención en Areas y Barrios de Intervención Prioritaria

- Orden de 23 de Noviembre de 2011, de mejora de la Eficiencia Energética en los edificios.

- Orden de 18 de Julio de 2012, de REhabilitación de VIViendas y Edificios (REVIVE).

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- Diagnóstico de las Necesidades de Intervención en el parque edificado. Análisis de vulnerabilidad de barrios.

- Guía Metodológica de Intervención en los barrios.

- Hoja de Ruta de Edificación Sostenible, BULTZATU 2025.

- Decreto 241/ 2012, de 21 de Noviembre, por el que se regula la Inspección Técnica de los Edificios en la CAPV.

- Estudio sobre la posibilidad de reutilización del patrimonio edificado existente en los Concejos Alaveses.

Sobre este último trabajo, hay que destacar que se trata de profundizar en el conocimiento más detallado posible del patrimonio público existente (edificios y suelos disponibles) en los Concejos Alaveses, susceptible de ser reutilizado para fomentar la revitalización de los núcleos existentes.

Esta revitalización debe incidir tanto en el uso residencial como en la implantación de actividades económicas que puedan llegar a desarrollarse en este entorno: pequeños talleres artesanales, actividades profesionales y mercantiles que no precisan de una ubicación en el centro urbano, etc.

Se trata de la aplicación de la misma estrategia de reutilización y optimización de los recursos existentes sin comprometer los de las generaciones que ha orientado toda la política de vivienda e intervención en el patrimonio existentes de estos tres años.

El trabajo se ha iniciado con el estudio de 17 Concejos, tratando de extender el análisis a los restantes durante los próximos años.

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PRESENTACIÓN DEL PROYECTO PILOTO DE PATRIMONIO EN EL CONCEJO DE LANGARIKA (ÁLAVA)

OLATZ IÑIGO UGALDE. TERESA ARTOLA GUIJARRO. JORGE RODRÍGUEZ GARCÍA.

IGOR DÍAZ DE GUEREÑU DE LOS RÍOS.

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El “Proyecto Langarika” surge de la búsqueda por rentabilizar económica y socialmente el Patrimonio de los pueblos alaveses, dentro de una coyuntura en la que los recursos públicos se ven limitados y cuando se advierte una incipiente recuperación de valores tradicionales que en las sociedades rurales estaban siendo sustituidos paulatinamente por el ritmo de vida que impone la vida urbana.

Centrado en el pueblo alavés de Langarika pero no limitado a él, el proyecto pretende recabar datos suficientes para tipificar un modelo de actuación que se pueda implantar en territorios de similares características. La elección de Langarika como ámbito de estudio ha sido determinada precisamente porque se trata de una población en la que concurren varias circunstancias comunes a muchos otros pueblos de la llanada alavesa, que cuentan con un número reducido de población y de recursos, contrastando con la existencia de un importante patrimonio construido y las consiguientes dificultades inherentes a su gestión. Langarika supone, por tanto, una población ideal para la puesta en práctica de este ejercicio piloto puesto que sus características principales, escala, ubicación y patrimonio, son comunes a las del resto de poblaciones del entorno y gran parte de la provincia.

Como piedras angulares del proyecto, se han establecido objetivos a diferentes niveles para intentar abarcar un amplio espectro de resultados a la hora de valorizar el patrimonio existente; por un lado, el proyecto pretende obtener un modelo de actuación tipificado, mesurable y extrapolable, que establezca proyectos encadenados y encuadrados en visiones globales o estratégicas, en las que las acciones o planes de trabajo se relacionen, dando lugar a sinergias, a efectos multiplicadores y a la aparición de valores añadidos. Por otro lado, se estudiará la posibilidad de aglutinar esfuerzos dispersos existentes bajo un objetivo común; en plena crisis económica, explorar vías de colaboración orientadas a la economía del bien común puede resultar atractivo en sí mismo, la socialización de la gestión del patrimonio se convierte en una herramienta de enorme

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potencial. Por último, una herramienta fundamental para alcanzar los resultados esperados a nivel de rentabilizar socialmente el Patrimonio, se basa en conseguir la implicación de la población de Langarika para considerar tanto de manera consciente y voluntaria, como necesaria y útil la conservación y uso del patrimonio existente.

MODELO DE ACTUACIÓN TRANSVERSAL.

Existen en Álava multitud de elementos patrimoniales de gran valor histórico que han sido identificados, estudiados y catalogados a lo largo de las últimas décadas por insignes eruditos, quedando reflejado su trabajo en abundantes obras literarias que aportan un legado de incalculable valor en aras de su estudio y conocimiento por la sociedad actual y futura. Todas estas obras de investigación y catalogación permiten recuperar una idea fidedigna de cómo fue y cómo ha evolucionado la cultura alavesa, comprendiendo el concepto de cultura como la suma de todas las disciplinas científicas, sociales y artísticas.

Todas estas obras, sin embargo, adolecen de una característica común en cuanto a que se vertebran en torno a agrupaciones de tipologías específicas. A pesar de que somos conscientes de que esta característica es precisamente la metodología empleada en el desarrollo de los trabajos y forma parte intrínseca de su naturaleza de investigación, se podría llegar a considerar que se ha perdido de vista la idea ecosistémica del origen de muchos elementos y es posible que este tratamiento atomizado del estudio del patrimonio haya motivado las políticas de conservación que se han aplicado hasta la fecha, donde primaba el elemento sobre el conjunto.

Este concepto de ecosistema patrimonial se puede explicar adecuadamente mediante el trabajo que pretendemos desarrollar en el entorno de Langarika, de donde se obtendrán las herramientas adecuadas con las que realizar las necesarias interconexiones entre el uso y gestión del patrimonio construido, el patrimonio cultural y la sociedad rural. Para ello el primer paso es comprender el alcance multidimensional del patrimonio y su interpretación por parte de la sociedad.

La idea de materialidad/inmaterialidad representa una noción fragmentaria que superamos al concebir las características del paisaje; su necesaria manufactura humana, su sistema de significación, y su evolución como un todo, nos devuelven la capacidad de integrar una interpretación compleja del territorio y sus procesos de constitución y significación, en permanente estado de transformación, como parte intrínseca de los mismos y como medio de subsistencia.

En un primer acercamiento descubrimos que los antiguos edificios que salpican la geografía de nuestros pueblos se erigieron con una razón de ser que superaba las discretas funciones que habitualmente les otorgamos. Por ejemplo, las iglesias trascendían su carácter religioso y

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se convertían en una poderosa herramienta desde donde los Señores y el clero organizaban el dominio ideológico y recogían los impuestos que alimentaban su poder. O el modesto molino, que suponía una pieza clave para el control de la auténtica economía de la época, cuando era común el pago en especies; además, la posesión del molino otorgaba un gran poder sobre otros territorios mediante el control de los recursos hídricos.

El segundo nivel de interpretación nos acerca a la organización del territorio en función de los diferentes aspectos que conformaban la sociedad. La geografía era un elemento determinante para la configuración de los dominios de los pueblos, que la utilizaban y adaptaban potenciando sus cualidades y protegiendo sus puntos débiles. Pero es importante también conocer las cualidades idiosincrásicas de la época, a través de los topónimos, de los yacimientos e incluso de las leyendas que hayan podido llegar hasta nuestros días. La composición de la sociedad no se limitaba a ser únicamente un poblado de vasallos sometidos al señor feudal de turno, sino que tejía una importante red de producción a lo largo del territorio, que se iba configurando a través de una malla de caminos y campos de cultivo, la mayoría de los cuales siguen utilizándose hoy en día tal y como fueron concebidos hace siglos y que sólo las más recientes técnicas de reconcentración parcelaria han sido capaces de modificar.

Tras entender que nos encontramos frente a todo un sistema, comprendemos que para su preservación no basta únicamente con la protección física de los edificios. Llega el momento de analizar la posibilidad de conectar, a través del tiempo, a la sociedad actual con la que se estableció originalmente en el enclave como medio de organización. Las herramientas de estudio y análisis que conocemos hoy en día indican que el principal valor del conjunto reside en la recuperación de la memoria como parte de la puesta en valor identitaria de la comunidad. La implicación de la sociedad en la conservación y uso del Patrimonio, resulta una pieza clave sin la cual no será posible establecer ninguna propuesta que sirva para, de modo autosuficiente, garantizar la preservación de esta memoria heredada. La vuelta al campo, la rurubanización de la sociedad y la recuperación de valores olvidados como la utilización del tiempo en beneficio de la comunidad parecen ser cualidades que poco a poco se están recuperando. Es precisamente en estos tiempos de crisis económica cuando, por los mismos motivos que supusieron el auge de la sociedad rural, debemos impulsar la utilización de energías colaborativas que vuelvan a imbricar todos los mecanismos sociales de que disponemos en beneficio de la economía más básica del entorno rural. Es necesario el convencimiento de sus habitantes de que el poder de los pueblos, su capacidad de pervivir como núcleo rural, radica precisamente en la malla de relaciones y comunicaciones de que disponen desde tiempos remotos.

PROYECTO LANGARIKA ¿PROBLEMA U OPORTUNIDAD?

Álava encuentra precisamente en su entorno rural y natural, una seña de identidad y modernidad, (hecho que de manera ejemplar representa la Green Capital de Vitoria). Los núcleos

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que jalonan el territorio de la cuenca del Zadorra, configuran la red desde la cual se da escala y sentido al paisaje y a las costumbres que han llegado hasta nuestros días. Sin lugar a dudas la dispersión de la población en el territorio establece dificultades en la gestión del patrimonio y a la vez obliga a investigar dinámicas de gestión que articulen los trabajos necesarios para mantener al patrimonio vivo y necesario.

Como ocurre en muchas poblaciones alavesas, el patrimonio de la localidad de Langarika y su entorno es percibido por sus habitantes de forma sesgada e incompleta, pero al mismo tiempo coexiste con una incipiente sensibilización hacia el tema y una evidencia; los esfuerzos realizados hasta la fecha no consiguen generar una dinámica estable que los rentabilice en algún aspecto y mientras esto sucede el patrimonio se encuentra escasamente atendido y en riesgo de desaparición.

Pese a todo, la situación de Langarika no es ni mucho menos desalentadora, durante años se han realizado intervenciones y trabajos de la mano de los propios habitantes de la localidad y en gran medida impulsados y dirigidos por los responsables de la entidad administrativa local. Fruto de su esfuerzo y tesón el pueblo alberga a día de hoy suficientes fortalezas y oportunidades de acción. Es por tanto preciso explorar las posibles estrategias de gestión, en busca de generar sinergias o dinámicas que aglutinen una mayor cantidad de recursos y recuperen la estructura territorial vertebrada a lo largo de la historia.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS Y PERIODIZACIÓN

Para el desarrollo del proyecto se ha establecido una cronología de trabajo por la que se pretende actuar durante un ejercicio en las tareas de investigación y documentación para culminar en el verano de 2013 con la realización de actividades relacionadas con el proyecto y sus conclusiones.

Los objetivos principales del proyecto son los siguientes:

- Facilitar el diseño y sentar las bases de un futuro modelo de dinamización, en colaboración con las administraciones y el sector turístico de la región, desarrollando las potencialidades que permitan incluir a Langarika entre las poblaciones que forman parte de los atractivos del entorno.

- Colaborar en el diseño de un plan didáctico sobre la orientación de los recursos existentes en relación a la gestión del patrimonio de Langarika, introduciendo conceptos como sostenibilidad y autoabastecimiento.

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- Desarrollar las primeras intervenciones sobre el patrimonio de Langarika, como desencadenantes de plan presentado.

- Estimular una serie de dinámicas entre poblaciones que ayude a concienciar sobre la importancia del patrimonio existente y la transmisión de conocimientos y recursos que alberga para la sociedad que los sustenta

Para su consecución se han establecido diferentes líneas de actuación, diversificadas en función de los objetivos a alcanzar y estructuradas en cuatro fases de desarrollo; comenzando por la fase de Concepción, en la que se determinarán los objetivos principales de la propuesta a la vez que se identifican los agentes intervinientes y se establecen las prioridades de actuación, se podrá iniciar la fase de planificación que definirá las líneas de actuación del programa de acuerdo con los objetivos previamente acordados. Las tareas de difusión de la propuesta se realizarán de forma paralela a los trabajos, permitiendo el seguimiento de las actuaciones por parte de los interesados, y finalizarán en una recopilación de las investigaciones realizadas para una posterior publicación o puesta en común con todos los agentes. Por último, la fase de intervención establecida en la fase de planificación –pero supeditada a ésta- culminará con la vereda, campo de trabajo y workshop que se pretenden realizar en la fase final de la experiencia.

Propuesta de dinámica de gestión aplicada a la puesta en valor del patrimonio rural en la Llanada Alavesa.

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CLAUSURA

JUAN ANTONIO ZÁRATE PÉREZ DE ARRILUCEA

Presidente de las Juntas Generales de Álava

Como presidente de la Juntas Generales de Álava, tengo el honor de clausurar este seminario organizado por ACOA, Asociación de Concejos de Álava, que se ha convertido ya en una cita indispensable de nuestro calendario.

En esta ocasión, el tema tratado, el ‘Patrimonio cultural, sostenibilidad y desarrollo local’ ha sido abordado por diversos especialistas desde puntos de vista legales, urbanísticos fundamentalmente, ecológicos y culturales en general. De esta manera se ha abierto un campo para la consideración del patrimonio cultural en sentido amplio, desde la perspectiva de la realidad de los concejos y de lo que ellos suponen en nuestra identidad alavesa. Y bajo ese punto de vista, será necesario considerar programas de difusión y protección de su patrimonio cultural.

Hay, también, otros aspectos a considerar y que pueden contribuir a la difusión de nuestro patrimonio cultural compatible con el desarrollo local, tal como anuncia el título de las jornadas y sugiero dos temáticas:

– El patrimonio documental: nuestros concejos son ricos en este patrimonio. Creo que hay que felicitarse de los avances que se están dando en este campo mediante la ordenación y digitalización de sus archivos específicos a los que se puede acceder, en muchos casos, por medios informáticos. Esta difusión permite, además, el mejor conocimiento de la historia de nuestras entidades y de nuestro Territorio.

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– El patrimonio natural, ecológico y paisajístico. El pasado mes de mayo, al efectuar el saludo en el Pleno de Tierras Esparsas que celebraban las Juntas Generales en la localidad de Lagrán quise señalar (y perdonad la autocita) que ”este año, en el que presumimos tanto de la Capitalidad Verde Europea, premio concedido a los méritos del municipio de Vitoria-Gasteiz como modelo en el cumplimiento de las normas medioambientales, deberíamos reivindicar, también, un título no oficial, y extender a toda la provincia, a todo el Territorio, el de ‘Provincia Verde’, ‘Territorio Verde’. Nos lo mereceremos si sabemos compaginar nuestro desarrollo económico y productivo y las oportunidades de trabajo para nuestros ciudadanos, con la protección al medio ambiente.”

Deberemos considerar también si los instrumentos legales y administrativos son los adecuados para esta defensa y promoción de nuestro Patrimonio Cultural; si nuestra Ley de Patrimonio Cultural Vasco, de 1990, aún con sus modificaciones, es un instrumento adecuado o habrá que actualizar este modelo; si nuestros incentivos tributarios son los adecuados; y en qué medida estas iniciativas y sus instrumentos pueden contribuir a crear nuevas infraestructuras culturales como factores de renovación urbanística, de revitalización y de regeneración económica.

Un último elemento para estas reflexiones debe ser el de la colaboración, (sobre todo si pensamos en el desarrollo local), con el ámbito económico-empresarial. Como se cita en un trabajo de Xabide “las relaciones entre mundo económico, territorio y cultura deben ser abordadas por la gestión cultural. Se base en la aplicación de técnicas propias de “management” en una realidad fruto de las relaciones entre seis ejes: cultura-economía-territorio-comunicación-artes, que nos posibilita una visión global del campo de actuación profesional de los agentes culturales”

Antes de terminar deseo felicitar a los responsables de ACOA por la organización de esta cita en la que se pone en valor, año tras año, el peso específico de las entidades locales alavesas. Doy por clausuradas estas jornadas permitiéndome convocaros para las del año que viene.

Juan Antonio Zárate Pérez de ArriluceaPresidente de las Juntas Generales de Álava

C L A U S U R A

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