Pautas Trabajo

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Por: Sergio René Oquendo Puerta

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Sergio Rene Oquendo Puerta.

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Por: Sergio René Oquendo Puerta

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PAUTAS PARA UN TRABAJO DIGNO Y DECENTE

Por: Sergio René Oquendo Puerta1

“Un ser humano puede estar totalmente sometido a la necesidad de vivir para

sobrevivir, es decir, trabajar sin tener asegurado el gozo de vivir, si no es por

flashes, momentos privilegiados de poesía... Vivir para sobrevivir mata de raíz la

libertad, y son una aplastante mayoría de los humanos los que, en la historia y

hoy por doquier en el mundo, sólo han podido vivir para sobrevivir, y, en las

sociedades de baja complejidad, en las peores condiciones”.

Morín E. (2000, p. 12)

PRIMERO SOMOS HUMANOS Y LUEGO SOMOS TRABAJADORES

2

1 Administrador de Empresas, Especialista en Asesoría de Organizaciones, Especialista en Cultura Política y Derecho Humanos, MSc Educación y Desarrollo Humano, Doctorando en Administración. Profesor Facultad de Ciencias Económicas Universidad de Antioquia. 2 Tomado de: http://sobrecuriosidades.com/wp-content/uploads/2009/05/leonardo_vitruvian.jpg

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Lo primero que debemos advertir para buscar un trabajo digno y decente es que nuestra

condición principal en la vida no es la de trabajadores, somos fundamentalmente

humanos, lo que implica contar con unas características especiales que nos permiten

adquirir identidad aprendiendo a hablar y a transformar el entorno con la imaginación y

el trabajo, a partir de una constante relación con los demás como iguales y diferentes.

Dichas características podríamos resumirlas en la Naturaleza Humana y la Condición

Humana.

NATURALEZA HUMANA

En la naturaleza humana podemos identificarnos como seres en evolución, con la

esencia de lo humano en el bipedismo como elemento fundamental que permitió a la

especie levantar la mirada para ver el horizonte, remplazar la mandíbula por la mano

para los trabajos de fuerza y como consecuencia liberar mano, con la cual construyo

herramientas para mejorar sus condiciones de supervivencia; liberar la boca y con ello

desarrollar un cerebro diferente que nos ha permitido hablar, crear la palabra, crear

sentido y razonar, aspectos que nos diferencian de los demás seres vivos.

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3 Tomado de: http://biologiamyblog.files.wordpress.com/2010/03/evolucion_humana.jpg

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En el proceso evolutivo como especie humana, el desarrollo genético, neurobiológico, la

naturaleza nos dotó de cerebro y de sistema nervioso; de razón y de la palabra que nos

permite reconocernos como individuos, únicos e irrepetibles; razón y palabra finalmente

se constituyen en claves evolutivas que aportan a la naturaleza humana.

Las posibilidades de pensar, utilizar las manos para transformar y hablar o expresar sus

pensamientos y sentimientos, es decir, poner en juego el potencial creativo, trabajar para

desarrollarse y poner en juego la palabra, son quizás los elementos más importantes de

la naturaleza humana.

4

La naturaleza humana debe entenderse también como el proceso evolutivo de la especie

humana, que parte e integra las etapas desde la fecundación hasta su plenitud, madurez

y consolidación como sujeto con características fisiológicas, psicológicas y sociales

únicas

4 Tomado de: http://sobrecuriosidades.com/wp-content/uploads/2009/05/leonardo_vitruvian.jpg

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CONDICIÓN HUMANA

“Cada hombre lleva la forma entera de la condición humana”.

Montaine

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6

Consecuencia de nuestro proceso

evolutivo como seres humanos, nos

5 Tomado de: www.surimages.com/imagenes/reportajes/051101desplazadosME/051103MORAVIAvistas-15.jpg Moravia. 6 Tomado de: http://www.aoudea.org Poblado.

constituimos como seres sociales con

palabra y actos sociales; es el contacto

con lo social, con el otro y los otros que

se forma una forma particular o

individual de ser, pero debe entenderse

que dichas interacciones se reflejan en

actos y costumbres, pero de igual modo

tienen un altísimo impacto en la

personalidad psíquica de los individuos.

Es decir en lo social se forma lo

intelectual y lo moral.

En la interacción social el individuo y

sus instituciones, las cuales se

materializan en símbolos que

determinan su salud o enfermedad. De

la vida en sociedad nacen sistemas

simbólicos que tienen como primer

plano el lenguaje de donde emerge

naturalmente la expresión de sus

costumbres, pero de igual modo tiene en

su génesis las reglas morales, las formas

de relaciones económicas, el arte la

técnica, la ciencia.

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La palabra como elemento de la

naturaleza humana, es decir como

componente biológico nos diferencia de

los demás seres vivos, y como

componente social cultural nos

identifica, es decir la palabra es la

condición que nos da identidad como

seres humanos, el lenguaje es

constitutivo él es la materia prima como

se construye el ser, en síntesis el ser

humano es lenguaje.

“Yo diría que, antes de servir para comunicar, el lenguaje sirve para vivir”

Alain Chanlat y Renée Bédard.

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7 Tomado de: http://senaenlinea2010.files.wordpress.com/2010/08/03b8461d42ae1be09a6fb97eefacca13.jpg Lenguaje de señas.

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_______________________________________

__________

La palabra es la representación de la realidad y desde allí

se representa la subjetividad de cada persona, en la

palabra están y se representan los rasgos de la cultura, la

norma, lo social, psicológico, lo económico lo individual

y lo colectivo, lo fisiológico y lo psicológico.

_______________________________________

__________

En y con la palabra se reconoce al otro, como igual y diferente, con el otro construyo la

palabra, la identidad individual y cultural; con los otros en aprobaciones y

desaprobaciones nos moldeamos, nos vinculamos.

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8 Tomado de: http://cutautentica.org.py/wp-content/uploads/2011/07/derechos-trabajadores.jpg

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La condición más profundamente humana de los seres humanos, es la posibilidad de

comunicarse, la posibilidad del dialogo, porque en la palabra el ser humano expone todo

su pensamiento, se constituye, se afirma, y verdaderamente se desarrolla como humano.

En la palabra somos libres y esa libertad como plantea (Renaut.1989:66) es la dimensión

de creatividad capaz de fundar el porvenir.

En síntesis como lo plantea la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos

(2003:9).

“Los humanos somos seres temporales, porque tenemos conciencia de la

fugacidad de nuestras vida; singulares, porque cada uno es diferente de los

demás; sociales y morales, porque solos, no somos nada; culturales y

naturales, en tanto creamos nuestras propias condiciones de existencia, pero al

mismo tiempo tenemos que adaptarnos al medio en que vivimos; mortales,

pues dependemos de las limitaciones de la naturaleza para reproducirnos; y

Trascendentes, pues nos expresamos a través de nuestras obras por encima

del lugar que tenemos en la cadena de los seres vivos y de las generaciones

humanas.

Nuestras potencias creadoras, como seres sociales, nos hacen fuertes; pero como

individuos somos frágiles, especialmente en la sociedad moderna, donde nos

debatimos entre las formas masivas más absolutas y la individualización más

extrema; y es allí donde los Derechos humanos se levantan como una

forma específica de reconocer y proteger nuestra particular

condición cultural, política, humana, de seres vivos”.

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¡PARA ENTENDER EL TRABAJO!

El hombre trabaja tanto para satisfacer necesidades, como para adquirir y

acumular potencia – intelectual, moral y económica-, y parte de esa potencia la

revierte en seguir trabajando para alcanzar cierto estándar de vida y mantenerlo

López (1928:95)

http://www.youtube.com/watch?v=Y_UhrvlNwx0&feature=related

¿QUÉ ES EL TRABAJO?

Después de tener clara nuestra naturaleza y condición humana se hace necesario

reconocer el trabajo como una actividad humana, propia, productiva que posibilita el

desarrollo de potencialidades, libertades, realización de necesidades y la vida en

comunidad de los individuos. En el trabajo se dignifica la existencia del hombre como

especie, pero también por medio de él se inhiben y desconoce la naturaleza y condición

humana.

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9 Tomado de: http://www.boyaca.gov.co/tools/microsThumb.php?src=recursos_user/i

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Según Cardona y Vera (2003:374). “El trabajo es el elemento fundante de la realización

del ser social, con visión para su existencia, es el punto de partida en el proceso de

humanización del hombre, pues el trabajo crea valor”. Antunes (1999). El acto de

producción reproducción de la vida humana se realiza a través del trabajo”. Iranzo y

Blanco (1997). “El trabajo es creación o circulación del valor, pero también es poder y

dominación, consenso o coerción, autoritarismo o convencimiento, fuerza o legitimidad,

instrumentalismo o involucramiento, individualismo o identidad colectiva”.

¿QUÉ ES EL EMPLEO?

De acuerdo con la OIT el empleo se entiende como la ubicación de la persona dentro del

quehacer ocupacional de una sociedad, a diferencia del trabajo, bien sea o no asalariado.

Es decir parte de nuestras actividades desarrolladas en razón de nuestra condición

humana son reflejadas en el mundo del trabajo y cuando este es desarrollado

racionalmente en un lugar y tiempo determinado, al servicio de terceros se constituye en

empleo.

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10Tomado de: http://www.ofertasdetrabajo.me/upload/img/trabajo.en.equipo.jpg

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Según De la Garza (2001). “El concepto

de empleo apunta a una relación social-

jurídica o institucional del trabajo, o

bien remite tradicionalmente, al grado

de inserción de la fuerza de trabajo en el

procesos de producción social”. Por su

parte Neffa (2000) El empleo es una

relación que vincula el trabajo de una

persona con una organización dentro de

un marco institucional y jurídico

definido.

11

¿CÓMO PODEMOS CLASIFICAR EL EMPLEO?

En nuestro tiempo y sociedad han emergido diferentes formas de materializar las

condiciones de empleo a saber: empleo, subempleo, e informalidad referida a las formas

de ocupación y a las condiciones en los espacios laborales.

11 Tomado de: http://www.dinero.com/upload/images/2011/9/6/134777_12631_1.jpg

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¿QUÉ ES EL EMPLEO FORMAL?

Según las agremiaciones sindicales el empleo formal es aquel que tiene un asidero legal

una relación empleador empleado donde se respetan los mínimos derechos laborales y

prestacionales a la persona, materializados mediante un contrato laboral que cubra la

seguridad social (salud, ARP, cesantías, pensiones y caja de compensación).

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12 Tomado de: http://brujula.pe/wp-content/uploads/2011/06/industria-manifacturera-1.jpg

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¿QUÉ ES EL SUBEMPLEO?

“… el trabajo es nuestro hecho social total… su eventual desaparición, desde

luego no deseada, pondría nuevamente en cuestión el orden que estructura

nuestras sociedades”. Méda (1995:24).

13

El subempleo se da cuando una persona capacitada se ve obligada dedicarse a una

actividad menor, donde su remuneración es inferior o no corresponde a su nivel de

formación, dicha realidad se da por no encontrar oportunidades para desarrollar su

talento en una actividad acorde a sus competencias.

13 Tomado de: http://libertadoressubempleo.blogspot.com/2009/11/imagenes-del-subempleo.html

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¿QUÉ ES EL EMPLEO INFORMAL?

El empleo informal es aquel empleo donde las garantías laborales mínimas no se

cumplen y en donde no hay una mediación de contrato laboral.

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14 Tomado de: http://mm.servidornoticias.com/w_160/img/3709074w.jpg

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15 Tomado de: http://cemees.org/articulos/wp-content/uploads/2011/03/032711-01-mujeres-obreras.jpg

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“la negación de la libertad de participar en el mercado de trabajo es una manera

de mantener a los individuos en esclavitud, cautividad y supone el trabajo en

condiciones de servidumbre”. Esto para demarcar lo sensible e impactante del

mercado laboral flexibilizado (disyuntiva trabajo-empleo) como única opción para

acceder a los bienes que garantizaran la supervivencia de gran parte de la

población.

Sen (2000, 34)

¿QUÉ ES EL TRABAJO DIGNO O DECENTE?

Como seres humanos tenemos dignidad, y dependemos de la reciprocidad,

respeto mutuo y la convivencia.

Consejería Presidencial para los Derechos Humanos.

Vivimos una emergencia de aportar con

inteligencia una propuesta de trabajo

humano digno y decente, basado en el

Desarrollo Humano, es decir, que parta

de concebir un ser humano que si bien

es cierto, hay que comprenderlo en el

ámbito laboral, ésta es únicamente una

dimensión de su vida, no la vida en su

totalidad.

________________________________

15 Tomado de:

http://3.bp.blogspot.com/_OW6IwqLMjnk/S84

X

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16

El trabajo hoy en día, como espacio y actividad que desarrollamos gran parte de nuestra

vida despiertos, es el espacio que sin lugar a dudas debería posibilitar el desarrollo

humano de sus trabajadores, sin detrimento o en armonía con los objetivos económicos,

incluso como factor fundamental para lograrlo.

Una propuesta de trabajo humano digno, basada en el Desarrollo Humano tendría que

hacer referencia a categorías más generales y en todas sus dimensiones. Por ejemplo: la

condición de autonomía y libertad de las personas; las oportunidades que tienen para la

realización de sus necesidades; la calidad de vida en general; el respeto por los derechos

universales (Derechos Humanos - Derechos laborales); la vida digna en un planeta

realmente habitable para ésta y las generaciones venideras.

16 Tomado de http://fortinmariapaula130710.files.wordpress.com/2008/06/imagen-carto-flickr5.jpg

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La Organización Internacional del

Trabajo OIT define como trabajo

decente aquel que es esencial para el

bienestar de las personas, es decir aquel

que además de generar un ingreso

facilita el progreso social y económico, y

fortalece a las personas, a sus familias

y comunidades. En otras palabras el

trabajo decente es aquel que sintetiza las

aspiraciones de los individuos durante

su vida laboral.

Se basa en el reconocimiento de que el

trabajo es fuente de dignidad personal,

estabilidad familiar, paz en la

comunidad, democracia que actúan en

beneficio de todos, y crecimiento

económico, que aumenta las

oportunidades de trabajo productivo y el

desarrollo de las empresas.

La OIT propone entre otros aspectos

como directrices para garantizar el

trabajo decente crear oportunidades de

trabajo que posibilite modos de vida

sostenibles y sobre todo garantizar los

derechos de los trabajadores para lograr

el reconocimiento y el respeto de los

derechos de los trabajadores. De todos

los trabajadores, y en particular de los

trabajadores desfavorecidos o pobres

que necesitan representación,

participación y leyes adecuadas que se

cumplan y estén a favor, y no en contra,

de sus intereses.

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17 Tomado de: http://3.bp.blogspot.com/_js5D6PWVmgE/S0itaZ1P5II/AAAAAAAAAxc/uVFxi-xO1SA/s400/necesitotrabajarcaja.jpg

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¿QUÉ DEBERES TIENEN LOS EMPLEADORES?

Todo empleador tiene la responsabilidad de guardar absoluto respeto a la dignidad

personal del trabajador, a sus creencias y sentimientos; de igual modo respetar la

reglamentación en materia de Derechos Humanos y Laborarles estipulados en la

Constitución Política y en los tratados y acuerdos internacionales.

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18 http://3.bp.blogspot.com/_n-PFXd0Mi1g/TQ98Sluh5_I/AAAAAAAAAJI/tnmpI_J9XJk/s1600/igualdad-hombre-mujer.jpg

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Todo empleador tiene la responsabilidad de garantizar un ambiente laboral digno,

higiénico y saludable, así como procurar los instrumentos, herramientas y elementos

adecuados para el ejercicio de la labor.

____________________________

Todo empleador tiene la obligación de

compensar el trabajo prestado por sus

colaboradores mediante un salario justo

a las actividades realizadas, de acuerdo a

los periodos y lugares convenidos.

____________________________

Todo empleador tiene la responsabilidad de conceder al trabajador las licencias

necesarias para el ejercicio del sufragio, para la participación y asociación en

organizaciones sindicales.

Todo empleador tiene la responsabilidad de otorgar descanso, disfrute de tiempo libre,

un horario justo y el disfrute de vacaciones periódicas pagadas a sus colaboradores.

_____________________________________________________________________

17 Tomado de: http://relatosnayarit.blogdiario.com/img/pepparo73.jpg

Page 20: Pautas Trabajo

____________________________

Todo empleador tiene la obligación de

procurar la protección ante accidentes y

enfermedades laborales y profesionales,

de tal modo que se garantice la

seguridad y la salud del trabajador.

____________________________

Ningún empleador puede con sus actos generar agresión, maltrato, vejámenes, trato

desconsiderado y ofensivo y en general ultrajar la dignidad humana, en la relación

laboral pública o privada.

Ningún empleador tiene derecho a

infundir miedo, intimidación, terror y

angustia, generar desmotivación al

trabajador, o inducir la renuncia del

mismo.

____________________________________________________________

19 Tomado de: http://www.periodicoelpulso.com/images/0702feb/default/portada.jpg

20 Tomado de: http://4.bp.blogspot.com/_Tok3okeRHCM/TOadZSMm3SI/AAAAAAAAB-

Q/zLtCkqS1GTo/s320/expropiacion.jpg

Page 21: Pautas Trabajo

Todo empleador debe reconocer el trabajo como una actividad humana productiva que

posibilita el desarrollo de potencialidades, libertades, satisface necesidades y posibilita la

vida en comunidad de los individuos.

¿A QUÉ TENEMOS DERECHO COMO TRABAJADORES?

“La acción normativa es una herramienta indispensable para convertir en

realidad el trabajo decente."

Juan Somavia, Director General de la OIT, 2001.

19

19 Tomado de: http://www.filef.org/alb-Corteo%20Porto%20alegre%202003/images/full/PA-corteo%20los%20derechos%20laborales%20sono%20derechos%20humanos.jpg

Page 22: Pautas Trabajo

EN EL UNIVERSO:

Como trabajadores tenemos derecho a

soñar un ideal común que hable de

nuestra condición de seres humanos, en

tal sentido tenemos derecho a la

autonomía, la felicidad, el bien común,

la libertad, el respeto y la justicia como

elementos fundamentales para la

convivencia humana. Para lograrlo,

tenemos el mecanismo de la

Declaración Universal de los Derechos

Humanos.

La Declaración Universal de los

Derechos humanos (1948:5). se

convierte en la herramienta natural, de

carácter internacional que promulga la

defensa de la naturaleza y condición

humana, al determinar que: “ Todos los

seres humanos nacen libres e iguales en

dignidad y derechos y, dotados como

están de razón y conciencia, deben

comportarse fraternalmente los unos

con los otros”, que toda persona “ tiene

todos los derechos y libertades

proclamados en esta Declaración, sin

distinción alguna de raza, color, sexo,

idioma, religión, opinión política o de

cualquier otra índole, origen nacional o

social, posición económica, nacimiento o

cualquier otra condición” y que “Nadie

estará sometido a esclavitud ni a

servidumbre, la esclavitud y la

trata de esclavos están prohibidas

en todas sus formas”. En tal sentido,

La declaración universal de los Derechos

Humanos, brinda al ser humano las

condiciones mínimas para que su

dignidad humana y planetaria sea

garantizada.

Puntualmente la declaración con

respecto a los derechos del trabajador

expresa directamente en los artículos 23,

24 Y 25 las condiciones mínimas en

términos de igualdad de derechos para

cualquier trabajador ciudadano del

universo, a saber:

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El artículo 23:

“1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones

equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo

igual.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria,

que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y

que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección

social.

20

4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus

intereses”.

20 Tomado de: http://diarioestable.blogspot.com/2009/08/congelacion-salarial.html

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Artículo 24:

“Toda persona tiene derecho al

descanso, al disfrute del tiempo libre, a

una limitación razonable de la duración

del trabajo y a vacaciones periódicas

pagadas.

Artículo 25:

“1. Toda persona tiene derecho a un

nivel de vida adecuado que le asegure,

así como a su familia, la salud y el

bienestar, y en especial la alimentación,

el vestido, la vivienda, la asistencia

médica y los servicios sociales

necesarios; tiene así mismo derecho a

los seguros en caso de desempleo,

enfermedad, invalidez, viudez, vejez u

otros casos de pérdida de sus medios de

subsistencia por circunstancias

independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen

derecho a cuidados y asistencia

especiales. Todos los niños, nacidos de

matrimonio o fuera de matrimonio,

tienen derecho a igual protección social”.

Es importante aclarar que los artículos

en mención, están relacionados con los

derechos humanos en el trabajo, sin

embargo, no son los únicos derechos

humanos protegidos en la Declaración

Universal de los derechos humanos.

Todos los derechos en ella estipulados

aplican en el trabajo y en cualquier

ámbito de la vida humana.

En este sentido, la declaración universal

de derechos humanos, plantea para las

personas en relación a su vida

productiva en las organizaciones

(trabajo), elementos para el desarrollo

de libertades, oportunidades y derechos,

es decir una protección internacional

para potenciar y garantizar la calidad de

vida de las personas en las

organizaciones, en otras palabras

posibilita el desarrollo humano

garantizando condiciones de trabajo

digno y decente.

Page 25: Pautas Trabajo

A NIVEL NACIONAL:

En el ámbito nacional los derechos como trabajadores están estipulados en la

Constitución Política de Colombia de 1991, específicamente en el capítulo 1 de los

derechos fundamentales, artículos 17, 25, 37, 38 y 39; en el capítulo 2 de los derechos

sociales, económicos y culturales, artículos 48, 49, 53, 54, 55, 56 y 57.

21

En los derechos fundamentales se destaca el artículo 25 que estipula “El trabajo es un

derecho y una obligación social y goza en todas sus modalidades, de la especial

protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas

y justas”.

21 Tomado de: http://www.enmohca.gob.ve/includes/mostrarfotonoticia.php?id_noticia=61&tamano=2

Page 26: Pautas Trabajo

Por otra parte, en el capítulo 2 de los derechos sociales, económicos y culturales, se

destaca el artículo 53 que expresa textualmente “El Congreso expedirá el estatuto del

trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios

mínimos fundamentales:

Igualdad de oportunidades para los trabajadores.

Remuneración mínima vital y móvil proporcional a la cantidad y calidad de

trabajo.

Estabilidad en el empleo.

Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales.

Facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles.

Situación más favorable al trabajador en caso de duda, en la aplicación e

interpretación de las fuentes formales de derecho.

Primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las

relaciones laborales.

Garantía a la seguridad social, la capacitación el adiestramiento y el descanso

necesario.

Protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad.

Garantía del pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales.

Page 27: Pautas Trabajo

Los convenios internacionales de trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la

legislación interna.

La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la

libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores”.

22

¿CÓMO PODEMOS HACER VALER NUESTROS DERECHOS?

Como lo plantea la consejería presidencial para los Derechos Humanos (1993:28) “La

vigencia de los derechos humanos implica un compromiso y una responsabilidad de

todos: del Estado, propiciando un clima de convivencia; de cada uno, haciéndolo

perdurable.

22 Tomado de: http://madrid.cnt.es/imagenes/derechos-cnt.jpg

Page 28: Pautas Trabajo

La palabra la tenemos todos: quienes por ley deben proteger y respetar los derechos

humanos, como los Personeros, o los funcionarios públicos; pero también los

ciudadanos, nosotros, los vecinos, los pobladores urbanos y rurales, actuando,

denunciando los excesos y el desconocimiento de nuestros derechos, reafirmando las

mejores tradiciones nacionales, regionales y comunitarias en cuanto a solidaridad,

reciprocidad, respeto, convivencia y dignificación propia y de los demás; y desarrollando

nuevos proyectos de vida y de trabajo, donde florezcan por igual nuestra diversidad

social y cultural y los derechos fundamentales de cada uno”.

¿QUÉ MECANISMOS EXISTEN PARA HACER VALER MIS DERECHOS?

La Constitución Política de Colombia en

aras a proteger y garantizar los Derechos

Humanos consagra en el capítulo 4 los

mecanismos para la protección y

aplicación de los derechos, a saber:

La acción de tutela: mecanismo por

medio del cual todo ciudadano podrá

exigir la protección inmediata de sus

derechos fundamentales, ante las

autoridades jurisdiccionales, cuando

considere que le han sido vulnerados

estos.

El defensor del pueblo:

Le corresponde velar por la promoción,

el ejercicio y la divulgación de los

Derechos Humanos; le corresponde

también interponer la acción de tutela y

las acciones populares que sean

necesarias.

El Procurador General de la

Nación:

Quien tiene como función la protección y

defensa de los Derechos Humanos.

Page 29: Pautas Trabajo

¿A QUE INSTANCIAS DEBO ACUDIR PARA HACER VALER MIS

DERECHOS?

Son diferentes las instancias nacionales e internacionales, a las cuales como ciudadanos

y trabajadores podemos acudir, para interponer recursos que garanticen los derechos.

de los Derechos Humanos en el ámbito local.

¿CÓMO Y ANTE QUIÉNES PODEMOS INTERPONER NUESTROS DERECHOS

HUMANOS?

A nivel internacional se cuenta con:

La Comisión de Derechos Humanos de la ONU (Organización de Naciones

Unidas. Ginebra Suiza. http://www.un.org/es/rights/).

23

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA (Organización de

Estados Americanos. Washington USA. http://www.cidh.org/default.htm).

24

23 Tomado de: http://noti.hebreos.net/enlinea/imagenes/onu-1.jpg 24 Tomado de: http://c0364889.cdn2.cloudfiles.rackspacecloud.com/wp-content/uploads/2009/08/oea.jpg

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (San José Costa Rica.

http://www.corteidh.or.cr/).

25

Americas Watch (Washington USA. http://www.hrw.org/americas).

26

Amnistía Internacional (Bogotá Colombia. http://www.amnesty.org/es).

27

Comité Internacional de la Cruz Roja (Bogotá Colombia.

http://www.icrc.org/spa/index.jsp).

28

25 Tomado de: http://infocatolica.com/files/cidh.jpg 26 Tomado de: http://www.hrw.org/americas 27 Tomado de: http://miguelgalbangutierrez.files.wordpress.com/2011/08/logoamnistia2.jpg 28 Tomado de: http://4.bp.blogspot.com/-aLi-w71bFHM/TeLeY_moZ4I/AAAAAAAAACs/6xcAkgCtl1o/s320/CICR_logo.jpg

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A nivel nacional se cuenta con:

La procuraduría General de la Nación.

La Procuraduría Delegada de los Derechos Humanos.

Las Personerías Municipales.

Organizaciones gremiales no gubernamentales.

Consejería presidencial para los derechos humanos.

Defensorías Regionales.

Defensorías Seccionales.

Fiscalía General de la Nación.

Oficina permanente de Derechos humanos.

Comité permanente para los derechos humanos.

Comité por la vida, la justicia y la paz (EPISC) ONG.

Asociación nacional de abogados litigantes (ANDAL).

Comisión andina de juristas.

Oficina de derechos humanos de los pueblos.

Alto comisionado para la policía.

Personerías municipales delegadas para los derechos humanos.

La Consejería Presidencial para Los Derechos Humanos en Colombia.

“Como seres humanos tenemos derechos, los cuales garantizan nuestra

naturaleza y condición y resguardan nuestra dignidad”.

Page 32: Pautas Trabajo
Page 33: Pautas Trabajo

REFERENCIAS

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