P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL...

42
P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo Página - 1 - PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO ESCUELA JARDÍN ( C ) Claustro de profesores

Transcript of P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL...

Page 1: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 1 -

PROYECTO

EDUCATIVO

DEL

CENTRO

ESCUELA JARDÍN ( C ) Claustro de profesores

Page 2: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 2 -

1

1.- ANÁLISIS DEL CONTEXTO ....................................................................................................... 4 1B) La tipología escolar ........................................................................................................................ 5 1c) Indicadores de la estructura y funcionamiento del centro.......................................................... 5

2

2-. RASGOS O CARACTERÍSTICAS DE IDENTIDAD................................................................. 6 2a) Confesionalidad .............................................................................................................................. 6 2b) Lengua y Aprendizaje. ................................................................................................................... 7 2c) Línea metodológica ......................................................................................................................... 7 2d) Pluralismo y valores democráticos................................................................................................ 7 2e) Coeducación .................................................................................................................................... 8 2f) Modalidad de gestión institucional ................................................................................................ 8

3

3. FORMULACIÓN DE OBJETIVOS.............................................................................................. 8

4

4 CONCRECIÓN DE UNA ESTRUCTURA..................................................................................... 9 4.1.- Aspectos generales...................................................................................................................... 11 4.2.- Organización técnico-pedagógica.............................................................................................. 14 4.3.- Órganos de Gobierno................................................................................................................. 17 4.3.2.- ÓRGANOS UNIPERSONALES. ........................................................................................... 17 4.4.- Relaciones con la comunidad..................................................................................................... 17

5

5. FORMALIZACIÓN DE LA ESTRUCTURA.................. ............................................................ 18 5.1 REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR................. .......................................................... 18

A

A) La situación socioeconómica y cultural de la zona. ...................................................................... 4

I

Introducción. ......................................................................................................................................... 3

Page 3: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 3 -

Introducción. El Claustro de Profesores del Colegio Escuelas Jardín, asesorado por el Departamento de Orientación y apoyo Psicopedagógico, ha estudiado y valorado los fundamentos conceptuales de la actual reforma educativa para confeccionar posteriormente un Proyecto Educativo exigido por la sociedad actual. Así pues, nuestro estudio se ha centrado en los siguientes aspectos generales: - Cambios socio-políticos de nuestro entorno. - Situación económica de las familias. - Cambios culturales y religiosos, en relación / oposición con las tradiciones de nuestra Ciudad - Comarca - Comunidad.... - Teorías y experiencias pedagógicas en que se fundamenta la LOGSE. Limitaciones prácticas de estas teorías. - Objetivos de la Reforma. - Adaptabilidad de los diferentes aspectos a las posibilidades reales de los alumnos ( nivel de inteligencia, motivación y actitud, salud... ). Como consecuencia, hemos confeccionado un Proyecto Educativo claro y manejable, susceptible de ulteriores modificaciones en caso necesario. Por supuesto éstas no alterarán nunca contra el respecto a los valores fundamentales del Centro, acordados en el Consejo Escolar, a saber: - Respeto y fomento de los valores humanos. - Respeto y fomento de los valores religiosos. - Respeto y fomento de los valores medio - ambientales. En resumen, nuestro Proyecto Educativo enumera y define las características de identidad del Centro , formula los objetivos que persigue y expresa la estructura de la institución. Tiene carácter integrador y abraza todos los ámbitos de la gestión escolar. Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente, a saber:

ANÁLISIS DEL CONTEXTO

CARACTERÍSTICAS O RASGOS

DE IDENTIDAD

FORMULACIÓN DE OBJETIVOS

CONCRECIÓN DE UNA ESTRUCTURA

Page 4: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 4 -

FORMALIZACIÓN DE LA ESTRUCTURA

( Reglamento de Régimen Interior )

1. ANÁLISIS DEL CONTEXTO 1A) La situación socioeconómica y cultural de la zona. - El Colegio está ubicado en una zona donde prevalecen las parejas jóvenes que están forjando su futuro familiar y estabilidad económica. - La procedencia de las familias es en su gran mayoría autóctona o de la Comunidad Valenciana. Pero hay un pequeño grupo de emigrantes de otras comunidades españolas. - La lengua mayoritaria es pues la Valenciana. Hay algún caso aislado de castellanoparlantes que se han integrado bien y al menos entienden el valenciano. - Familias cuya ideología de base es el catolicismo, aunque hay muchos no practicantes, su relación de pareja es el matrimonio. Empiezan a haber algunas parejas divorciadas. - Situación laboral.- La mayoría son trabajadores por cuenta ajena, tal vez un 30% por cuenta propia, en general en la agricultura y construcción, y un número significativo de trabajo ocasional o en paro. - Ingresos medios sobre las 150.000 pts / mes. - La situación laboral de la zona explica la tendencia política socialista de la zona ( las dos mesas electorales de la escuela dan una mayoría socialista tanta en elecciones nacionales, autonómicas o municipales.) - El nivel cultural.- Da como resultado una mayoría (70%) de estudios primarios, 21% de estudios secundarios y el resto estudios diversos. - El peso de la educación de los hijos recae mayoritariamente en las madres. Acuden a las citas generales del colegio (conferencias, reuniones con tutores, etc.) en un bajo porcentaje. A las actividades festivas la asistencia es masiva. A nivel particular solo acuden si se les cita previamente, raramente se solicitan entrevistas por parte de los padres. 1B) La tipología escolar - El titular del centro es una Sociedad recreativo-cultural ( Ateneo Sueco ) que fundó el colegio para los hijos de sus socios. Actualmente, como centro concertado, la admisión de alumnos la controla la Junta Municipal de Escolarización. - Los niveles educativos que se imparten en el centro son: - 3 unidades de Educación Infantil. - 6 unidades, concertadas, de Primaria. - 4 unidades, concertadas, de E.S.O. - El centro está ubicado en zona urbana, en momento de expansión y los alumnos viven en el entorno del centro.

Page 5: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 5 -

1C) Indicadores de la estructura y funcionamiento del centro. Profesorado. Los profesores del centro son titulados y capacitados para dar las clases que imparten. El claustro de profesores aprueba las directrices generales de la acción docente del centro. El profesorado se agrupa y organiza en equipos de : ciclo, , departamento, comisión pedagógica, que conjuntamente y según sus competencias coordina la organización docente del centro (horarios, distribución de espacios comunes, normas de disciplina, programaciones y evaluaciones . ) La ratio profesor/alumno es de una media de 25 a/p. Relación Profesores - Padres. Existe una comisión A.P.A. – Equipo directivo. El Consejo Escolar: Empresa - Profesores - A.P.A. - alumnos, legalmente constituido, hace la puesta en común de todos los asuntos concernientes al Centro. En último caso las decisiones del Consejo Escolar suelen ser vinculantes. En particular cada profesor tutor se relaciona con los padres de los alumnos de su grupo mediante reuniones generales informativas sobre la normativa a seguir, normas de disciplina, programación general del curso, evaluaciones, etc. Entrevistas particulares del tutor con los padres, cuando lo solicite una de las partes, para informar y coordinar la línea de actuación a seguir con alumnos que precisen un seguimiento especial. Reuniones generales del Centro con los padres en conferencias de interés general o informativo sobre el funcionamiento general del centro, reglamento o temas formativos. En las fiestas del colegio y actos académicos, se solicita la participación y asistencia de las familias. Espacios Escolares. El edificio cumple con la normativa reglada en cuanto a dimensiones, nº de aulas, patio, campo de deportes, aula polivalente, laboratorio y demás dependencias necesarias para la atención y uso de la comunidad educativa. Tiene posibilidades de espacio para ampliar el edificio en caso de que la solicitud de impartir otros niveles sea aprobada. 2-. RASGOS O CARACTERÍSTICAS DE IDENTIDAD. Hemos destacado seis rasgos básicos, a saber: A) Confesionalidad. B) Lengua y aprendizaje. C) Línea Metodológica. D) Pluralismo y valores democráticos. E) Coeducación. F) Modalidad de gestión institucional. Los hemos desarrollado de la siguiente manera:

Page 6: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 6 -

2a) Confesionalidad Según lo expresado en el Reglamento de Régimen Interior, artículo 3.2, este Centro establece que: Los alumnos tienen derecho a una formación que asegure el desarrollo total de su personalidad, formación basada en: 1) La tolerancia y la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia. 2) La formación religiosa y moral que esté de acuerdo con las convicciones de las familias de los alumnos, sin ánimo de adoctrinamiento. Se considera que son los padres los primeros educadores, y que deben elegir los valores religiosos que consideren más adecuados para sus hijos. El Colegio Escuela Jardín se manifiesta aconfesional y respetuoso respecto a todas las creencias, siempre y cuando no se opongan a los valores humanos. Igualmente, se manifiesta libre de cualquier tendencia ideológica o política determinada. De acuerdo con este pluralismo, toda persona que trabaje en la escuela evitará la más mínima actitud de propaganda. 2b) Lengua y Aprendizaje. El uso de la propia lengua es un derecho reconocido a todos los miembros de la Comunidad Escolar. A fin de contribuir a la Normalización del Valenciano, idioma propio de la Comunidad, se procurará que sea cada vez más la lengua ambiental, vehicular y de enseñanza. El objetivo será garantizar, que, al terminar la escolarización, los alumnos tengan un dominio oral y escrito correcto de las dos lenguas oficiales, así como un aceptable conocimiento del Inglés, por su importancia a nivel internacional. 2c) Línea metodológica Hemos decidido : A) Desarrollar el espíritu crítico, la capacidad de discursión y de decisión de los alumnos; así como su voluntad de transformación de la realidad social. B) Diseñar estrategias pedagógicas de acuerdo con el ritmo evolutivo de los alumnos y sus capacidades de asimilación concretas, a través del sistema de refuerzo y ACIS no significativos. C) Dar importancia tanto a la relación educativa, como a la adquisición de técnicas y contenidos básicos. D) Cultivar la investigación, adquisición de conocimientos y sistematización científica en vista a una utilización práctica y evitar que se produzca desconexión entre la teoría y la práctica, entre trabajo y estudio. E) Fomentar la actividad y la iniciativa antes que la búsqueda de conocimientos. F) Tener en cuenta el desarrollo psicológico del alumno en la programación y los niveles..... 2d) Pluralismo y valores democráticos Pluralismo ideológico. Nuestro colegio respetará la evolución del alumno sin imponerle ninguna concepción política. Por otra parte estimularemos los valores propios de una sociedad democrática: solidaridad, respeto a los demás y actitud de diálogo.

Page 7: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 7 -

El profesor podrá manifestar su opinión personal si los alumnos lo solicitaran, pero sin intentar adoctrinar acerca de ninguna teoría política concreta. Convivencia. Nuestro Colegio no se considera “clasista”, por tanto, procuraremos que los alumnos aprendan a vivir con compañeros de cualquier nivel social, raza o religión. Deben aprender a estimarlos y respetarlos, a rechazar la violencia en cualquiera de sus manifestaciones, y a compartir las alegrías o penas de los compañeros. Nuestra formación ética y cívica está basada en los derechos humanos. Asimismo el centro se compromete a proporcionar una educación cívica y política que en ningún caso suponga una manipulación de los alumnos. El centro se ofrece como lugar de acogida y servicio a todos los que lo necesiten. La educación y la convivencia se desarrollaran en un marco de tolerancia y respeto a la libertad de cada uno, a su personalidad y a sus convicciones, que no podrán ser perturbadas por ninguna clase de coacción ni por la obligación de asumir ideologías o creencias determinadas. Nuestro objetivo es promocionar aquellas aptitudes y actitudes que fijen los fundamentos de la convivencia pacífica en la comunidad. 2e) Coeducación Nos proponemos trabajar por la eliminación de las discriminaciones contra la mujer y por la superación de mitos, tabúes y la actitud de la diferenciación de papeles asignados al hombre y a la mujer y así como proporcionar una educación sexual básica a través de las relaciones entre niños y niñas, basada en el respeto hacia la propia persona y la del otro, valorando la complementariedad entre ambos, estimulando la colaboración. 2f) Modalidad de gestión institucional Entendemos que la gestión escolar se debe realizar mediante una participación real y efectiva de todos los estamentos que la componen, por medio de los representantes elegidos de cada uno. El objetivo final será unificar criterios entre la “ Escuela” y los “ Padres “, pues el niño/a debe estar igualmente integrado tanto en la familia como en la escuela. 3. FORMULACIÓN DE OBJETIVOS a) Ámbito pedagógico a1.- Objetivos relativos a la opción metodológica del equipo de profesores.

Erradicar de las aulas el autoritarismo , la competividad y los castigos ( tanto físicos como psíquicos) , potenciando una enseñanza activa en la cual se desarrollen la iniciativa y la creatividad.

a2.- Objetivos relativos a los contenidos de la enseñanza en sus tres grandes categorías: A21.- Hechos, conceptos y principios.

Page 8: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 8 -

Utilizar con fluideza las dos lenguas oficiales.

A22 .- Procedimientos.

Proporcionar a los alumnos instrumentos de análisis científico y fomentar la capacidad de observación, de crítica y la adquisición de hábitos de trabajo intelectual. A23 .- Actitudes, valores y normas.

Potenciar un régimen de coeducación donde no exista la discriminación por razón de sexo.

A3.- Objetivos relativos a otras funciones del equipo de profesores propias de este ámbito.

Incorporar en las programaciones didácticas objetivos y contenidos relacionados con el entorno próximo de los alumnos. B.- Ámbito institucional. B1.- De proyección interior

Fomentar que los profesores, los padres y los alumnos intervengan en el control y la gestión del centro.

B2.- De proyección exterior.

Establecer relaciones sistemáticas de colaboración y coordinación con los institutos de la zona. B3.- De formación permanente

Favorecer la participación del profesorado en actividades de formación permanente. C) Ámbito administrativo.

Page 9: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 9 -

Desarrollar y utilizar instrumentos eficaces para la comunicación interior y exterior. D) De ámbito humano y de servicios.

Conseguir la implantación y el respeto del Reglamento de Régimen Interior. 4 CONCRECIÓN DE UNA ESTRUCTURA 4.1.- Aspectos generales. 4.1.1.- Seguimiento del Plan. 4.1.1.1.- Metodología empleada. 4.1.1.2.- Temas a tratar. 4.1.2.- Infraestructura del centro. 4.1.2.1.- Grado de utilización. 4.1.3.- Recursos materiales. 4.1.3.1.- Valoración de la utilización. 4.1.3.2.- Materiales curriculares, textos,....... 4.1.4.- Programación por la igualdad entre hombres y mujeres. 4.1.4.1.- Materiales no sexistas utilizados. 4.1.4.2.- Aspectos de coeducación introducidos. 4.1.5.- Plan de integración Educativa. 4.1.5.1.- Líneas programadas. 4.1.6.- Plan de normalización lingüística. 4.1.6.1.- Niveles estructurales abordados. 4.1.7.- Horario del centro. 4.1.7.1.- Valoración del horario general y de los grupos. 4.2.- Organización técnico-pedagógica. 4.2.1.- Situación socio-lingüística. 4.2.1.1.- Aprendizaje en Valenciano. 4.2.1.2.- Aprendizaje del Valenciano. 4.2.1.2.- Área de Experiencias.

Page 10: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 10 -

4.2.2.- Proyecto curricular. 4-2.2.1.- Autoevaluación del proceso de elaboración. 4.2.3.- Acción tutorial. 4.2.4.- Ciclos y equipos docentes. 4.2.4.1.- Dinámica de funcionamiento. 4.2.4.2.- Temas tratados, actividades realizadas. 4.2.5.- Programación, evaluación, recuperación. 4.2.5.1.- Grado de aplicación. 4.2.5.2.- Criterios de evaluación y promoción. 4.2.5.3.- Actividades de apoyo. 4.2.6.- Alumnado. 4.2.6.1.- Análisis del absentismo escolar. 4.2.6.2.- Participación. Junta de delegados. 4.2.6.3.- Valoración de la convivencia: Decreto 246/91. 4.2.7.- Servicio Psicopedagógico o Gabinete Municipal. 4.3.- Órganos de Gobierno. 4.3.1.- Consejo Escolar. Comisión Económica. 4.3.2.- Claustro. 4.3.3.- Equipo Directivo. 4.4.- Relaciones con la comunidad. 4.4.1.- Familias. 4.4.1.1.- Asociación de Padres de alumnos. 4.4.1.2.- Participación y colaboración de las familias. 4.4.2.- Otras instituciones y organismos. 4.1.- Aspectos generales. 4.1.1.- Seguimiento del Plan. 4.1.1.1.- Metodología empleada. Con el fin de comprobar y analizar si se alcanzan los objetivos propuestos en el Plan del Centro, se realizaran a lo largo del curso tres reuniones, al finalizar cada trimestre. 4.1.1.2.- Temas a tratar. - Horarios - Disciplina: Profesores y alumnos. - Uso dependencias del centro. - Departamentos: Funcionamiento y Reuniones.

Page 11: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 11 -

- Ciclos: Funcionamiento y Reuniones. - Programaciones didácticas. - Actividades Extraescolares: Visitas, Excursiones, etc. .. - Análisis del Rendimiento Escolar: Evaluación, Recuperación. - Claustro y Consejo Escolar: Funcionamiento. - Adaptación de los alumnos al Colegio y a la Sociedad. 4.1.1.3.- Acuerdos a tomar. Por Departamentos y Ciclos, se tomaran los acuerdos necesarios de los temas anteriormente expuestos para una mejor consecución de los fines propuestos. 4.1.2.- Infraestructura del centro. 4.1.2.1.- Grado de utilización. Consta de : trece aulas ocupadas por los correspondientes cursos. Su utilización es diaria. En cada aula existe su correspondiente biblioteca y material didáctico. Espacios y servicios comunes: Biblioteca.- Se abre todos los días de 13 h. a 14 h. y de 17 h. a 18h.. Este servicio lo pueden utilizar todos los alumnos/as que deseen estudiar o consultar. Hay un profesor de guardia. Sala polivalente.- En esta sala se realizan las siguientes actividades: - Audiovisuales. - Conferencias. - Cine-forun. - Exposiciones actividades varias. - Ensayos dramatizaciones -Ensayos coro. Patio.- (Según horarios clases, y recreos). Se sigue el horario fijado para los dos turnos de recreo y las clases de Educación Física. Vestuarios.- Se utilizan todos los días antes y después de las clases de E. Física, así como también, antes y después de los diferentes partidos que se celebran en el colegio de las competiciones escolares. Hay actividades extraescolares deportivas todos los días de 13 a 14 h.. Por las tardes los lunes, martes y miércoles de 17 a 19 h., con los entrenamientos de fútbol sala. Sábados, campeonatos internos de 10 a 13 h. Laboratorio.- 1º, 2º, 3º y4º de ESO.- Según necesidades del Departamento de Ciencias. . Despachos.- Administración: lunes, miércoles y viernes de 16 a18 h.. Dirección: utilización diaria de 16 a 17 h., además de las entrevistas, previa petición de hora.

Page 12: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 12 -

Psicólogo.- martes , de 9 a 13 h. Sala de profesores.- de utilización diaria, especialmente para claustro, reuniones de ciclos y departamentos. Sala de visitas.- entrevistas con los alumnos, con los padres, etc. .. Cuarto de limpieza.- utilización diaria. Sirve de almacén de productos de limpieza. Aseos.- Preescolar y maternal servicio situado al fondo del pasillo, contiguo a sus aulas. 1º , 2º y 3º Ciclo de Primaria, ESO; servicio situado en el primer piso. Alumnos y alumnas ESO , servicios separados situados en el patio. 4.1.3.- Recursos materiales. Biblioteca de aula: diccionarios.- Enciclopedia de la lengua castellana. Inglés. Valencià. Atlas. Textos de diferentes editoriales y cursos académicos anteriores Material para: geometría, plástica y matemáticas. Juegos educativos. Mapas. Pantallas audiovisuales de diapositivas y retroproyector. Televisor. Vídeo (videoteca) Cadena Musical Cassettes. Biblioteca de consulta y literaria. Biblioteca de aula con más libros. Fichas y material didáctico. Fotocopiadora. Ordenador. Material deportivo. y teatral (armazón escenario) 4.1.3.1.- VALORACIÓN DE LA UTILIZACIÓN- Al 100 %, por tanto tenemos necesidad de reponer algunos de estos materiales y aparatos, especialmente cassettes y material deportivo. 4.1.3.2.- Materiales curriculares, textos,....... Editorial Anaya y materiales de apoyo o refuerzo de otras editoriales. 4.1.4.- Programación por la igualdad entre hombres y mujeres. 4.1.5.1.- Materiales no sexistas utilizados. 4.1.5.2.- Aspectos de coeducación introducidos. Nuestro colegio tiene una larga tradición como centro escolar mixto, por tanto la igualdad hombres-mujeres, no es una innovación y no nos plantea grandes dificultades. Los alumnos conviven y comparten con normalidad el espacio escolar. Excepto los aseos que, dada la infraestructura del centro y otras cuestiones de tipo práctico, se encuentran separados.

Page 13: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 13 -

Los grupos para trabajos en equipos, se dejaran a elección del profesor o los alumnos, según Indique la programación de aula correspondiente a cada asignatura . Las clases de gimnasia se hacen, como todas, en conjunto. Los ejercicios y aparatos son comunes. No se dispensará a las chicas de ella cuando tienen el periodo mestrual. El colegio tiene uniforme, se permite a las chicas utilizar indistintamente falda o pantalón. Todas las actividades complementarias son de libre elección. Incluso corte y confección. Se hará notar a los alumnos que la labor pedagógica es realizada por todos y un trabajo bien hecho debe reconocerse indistintamente, tanto si lo hace un hombre como una mujer. 4.1.5.- Plan de integración Educativa. 4.1.5.1.- Líneas programadas. No se ha planteado ningún caso hasta el momento, pero el colegio tiene previsto para los posibles alumnos con problemas de integración: a) Realizar una valoración de su conocimiento del idioma. b) Realizar una evaluación inicial, de las diversas materias, según su nivel para saber en que nivel correspondería situarlo. c) Realizar un test Psicológico, para conocer sus capacidades y actitudes. d) Reforzar la acción tutorial para que el alumno se sienta orientado. e) Fomentar en los compañeros actitudes positivas, frente a los niños de diferentes razas, nacionalidad, mediante las actividades asignadas en los temas transversales de los Proyectos Curriculares. 4.1.6.- Plan de normalización lingüística. 4.1.6.1.- Niveles estructurales abordados. El grado de tratamiento del valenciano es: TOTAL Los objetivos programados, se consiguen en su mayoría. Los alumnos aprenden a expresarse de forma oral y escrita, corrigiendo castellanismos y barbarismos. Se han elaborado de forma bilingüe los avisos a las familias de los alumnos, los Lemas de las diversas campañas educativas, los letreros e indicaciones de despachos, aulas y laboratorios, según indica el PNL. 4.1.7.- Horario del centro. 4.1.7.1.- Valoración del horario general y de los grupos. Los horarios se siguen con exactitud salvo cuando por una actividad extraescolar organizada por el colegio o bien por el ayuntamiento se ha modificado el horario para poder participar en dicha actividad., previamente programada e indicada en el PGA. 4.2.- Organización técnico-pedagógica. 4.2.1.- Situación socio-lingüística. 4.2.1.1.- Aprendizaje en Valenciano. Se imparten en Valenciano las siguientes asignaturas, aparte de la clase propia del idioma: - Conocimiento del Medio y Experiencias de todos los Ciclos de Primaria. - Ciencias Naturales y Sociales de ESO..Biología y Geologia, Física y Química de ESO. - Plástica (Primaria y ESO) Tecnología ESO.

Page 14: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 14 -

Se intenta proveer a los alumnos de un vocabulario básico correcto, con ausencia de barbarismos o vulgarismos. 4.2.1.2.- Aprendizaje del Valenciano. En todos los ciclos, el horario de las clases de valenciano sigue la indicación de la "Llei d'Us i Ensenyament". El material utilizado consiste en : - fichas ( E. Infantil ) - libro de texto: 1º - 2º-3ºciclos de Educación Primaria ) - " " : ESO - Cuadernos de refuerzo para la expresión escrita.. - Libros de cuentos, poesía, rondalles, etc. ... - Lecturas en general. - Cassettes y videos. 4.2.1.3.- Área de Experiencias. En Valencià: 1º Ciclo de Primaria: En Valencià: 2º Ciclo de Primaria . : ESO – S’imparteix. en Valencià, anivell oral i escrit. 4.2.2.- Proyecto curricular. 4.2.2.1.- Autoevaluación del proceso de elaboración. PROCESO DE ELABORACIÓN. Las fuentes empleadas para elaborar el Proyecto curricular han sido: - LOGSE - CURRICULUM DE LA COMUNIDAD VALENCIANA. - DECRETOS. - ORDENES. Las características del centro son : - Es un colegio privado concertado.. - Se imparte la enseñanza 2º ciclo Educación Infantil, Primaria y E.S.O.. - Consta de 13 unidades. - Ubicado en la periferia de la ciudad, en una zona en plan de expansión de la vivienda. - Es bilingüe. EVALUACIÓN INTERNA. La revisión del Proyecto Curricular de Centro resultará útil para mejorar la actividad escolar , ya que se programan conjuntamente los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación de las distintas áreas; secuencializándolos por niveles y unificando criterios. 4.2.3.- Acción tutorial. Según el plan de acción tutorial del colegio, el tutor tiene la obligación de: 1) Fomentar los aspectos educativos positivos (motivación del alumno, despertar el interés hacia los aspectos educativos). 2) Fomentar los aspectos de aprendizaje : Técnicas de Estudio.

Page 15: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 15 -

3) Orientar a los alumnos hacia conductas positivas como participar en las actividades del Colegio, tanto las referentes a los estudios normales como en las extra-escolares, y obtener provecho de ellas. 4) Educar a los alumnos en las relaciones humanas dentro del aula, respetando las normas de educación, cortesía, orden, etc. ... 5) Educar a los alumnos para que respeten estas normas fuera del colegio. 6) Orientar a los alumnos para que descubran sus propias capacidades e intereses, de cara a un futuro. 7) Dirigir las elecciones de delegados de curso y los encargados de cada actividad. 8) Dar avisos 9) Convocar reuniones con los padres de los alumnos: informarlos y orientarlos respecto a la educación de sus hijos. HORARIO DE REUNIONES Tres por curso. OBJETIVO DE LAS REUNIONES. 1) Señalar normas de disciplina del centro y de la clase. 2) Indicar los objetivos generales. 3) Comentar el resultado de las evaluaciones. 4) Comentar las actividades extra-escolares. 4.2.4.- Ciclos y equipos docentes. 4.2.4.1.- Dinámica de funcionamiento. A lo largo del curso los grupos de profesores que integran los Ciclos se reúnen una vez al mes . 4.2.4.2.- Temas a tratar. a) Elaborar el Plan del Centro. b) Programar objetivos . c) Revisar resultados evaluaciones. d) Estudio individual de cada alumno. e) Disciplina y organización de grupos. f) Fijar fechas de evaluación y recuperación. g) Comunicar acuerdos tomados en la reuniones de departamentos. h) Estudio de las dificultades de aprendizaje de algunos alumnos y presentación al departamento de orientación . 4.2.5.- Programación, evaluación, recuperación. 4.2.5.1.- Grado de aplicación. Consideramos que el grado de aplicación es correcto por cuanto que: Generalmente se cumplen las fechas previstas con anterioridad. Se alcanzan los objetivos previstos para cada nivel y área. 4.2.5.2.- Criterios de evaluación y promoción. Los criterios generales establecidos por el Centro respecto a la evaluación y promoción son los siguientes: Alcanzar los objetivos mínimos. En la medida de lo posible, alcanzar objetivos de desarrollo y recuperación

Page 16: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 16 -

Valorar adecuadamente el esfuerzo personal de cada alumno. Tener en cuenta las distintas capacidades intelectuales, atendiendo a los informes obtenidos por el gabinete Psicopedagógico. Seguimiento y evaluación continua. Valorar la actitud del alumno en general, respecto a la asignatura. 4.2.5.3.- Actividades de apoyo. Material específico sugerido por el psicólogo y logopeda. Cuadernos de refuerzo de lenguaje y cálculo. Lecturas de obras literarias de todas clases. Ejercicios de refuerzo. Murales, trabajos de resumen o investigación. 4.2.6.- Alumnado. 4.2.6.1.- Análisis del absentismo escolar. El absentismo escolar es prácticamente nulo, solamente tenemos faltas justificadas por enfermedad. El porcentaje medio no supera el 0'5 %, exceptuando el segundo trimestre cuyos periodos de gripe elevan ligeramente el porcentaje. 4.2.6.2.- Participación. Junta de delegados. Por norma general se propone renovar a los delegados de clase cada evaluación. Antes de presentarse, a los posibles delegados se les delimitan sus funciones, a saber: Servicios de aula y enlace de la clase con el profesor-tutor o con el resto de los profesores. Hacia final de curso quedan limitadas sus funciones, únicamente al, servicio de aula. Cada alumno prefiere entenderse directamente con el profesor correspondiente. Se realizan las votaciones legales previa campaña electoral, para elegir a los dos representantes de alumnos en el consejo escolar. 4.2.6.3.- Valoración de la convivencia: Decreto 246/91. Alumnos, padres y profesores mantenemos las normas establecidas . A) Respecto a los padres: entrevistas con los tutores siempre que los padres o los profesores lo han considerado oportuno.(ver horario de visitas). El A.P.A. organiza conferencias de tipo educativo formativo para los padres y alumnos. Convivencias prácticas padres-profesores-alumnos en las fiestas del colegio o de carácter local. 4.2.7.- Servicio Psicopedagógico o Gabinete Municipal. 4.3.- Órganos de Gobierno. 4.3.1.- Consejo Escolar. Comisión Económica. 4.3.1.1.- Reuniones celebradas. Se celebran cuatro reuniones a lo largo del curso. 4.3.2.- ÓRGANOS UNIPERSONALES. DIRECTOR: La dirección del colegio, procura desarrollar todas las actividades expuestas en el Plan del Centro.

Page 17: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 17 -

JEFE DE ESTUDIOS. Competencias: Confeccionar los horarios generales en colaboración con el Sr. Director, así como los de utilización del patio , del aula polivalente y del laboratorio. Coordinar a lo largo del curso en colaboración con el Sr. Director las actividades académicas. Coordinar las actividades del Departamento de Orientación de los alumnos que lo precisan. Velar por la utilización y conservación del material didáctico, así como de la biblioteca. laboratorio y audiovisuales. SECRETARIO. Competencias: Actuar como secretario en los órganos colegiados del Centro. Levantar y custodiar las actas de las sesiones de los mismos y dar fe de sus acuerdos. Custodiar los libros y archivos del centro. Expedición, certificación y compulsa de los documentos. Recoger datos para la elaboración de la Memoria anual. Registrar la correspondencia. Cualquier función encomendada por el director que sea de su competencia. 4.4.- Relaciones con la comunidad. 4.1.- Familias. 4.1.1.- Asociación de Padres de alumnos. Programa una serie de actividades dirigidas tanto a los alumnos, como a los padres, con fines educativos. Administra las actividades complementarias. Subvencionan material educativo. Se reúnen una vez al mes con asistencia del director y profesores a petición de la asociación de padres. Participan de manera activa en los actos y fiestas que se organizan en el colegio. 4.1.2.- Participación y colaboración de las familias. Las relaciones con las familias de nuestros alumnos son muy cordiales; participando en todos los actos que programa el claustro a lo largo del curso: - Fiesta Navideña. - Fiesta Fallera. - Carnaval. - Fiesta de San Antonio. - Fiesta de las Catalinas.

- Festival del Colegio. - Fiesta de Educación Infantil. - Fiesta de despedida 4º E.S.O.

4.2.- Otras instituciones y organismos. El colegio participa en las actividades que programan el Ayuntamiento, y otras entidades a nivel local. Mencionamos: La conmemoración del Hallazgo de la Virgen de Sales.

Page 18: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 18 -

Las competiciones de atletismo y deporte. Exposiciones. Representaciones teatrales. Charlas formativas. Día de la Paz. Día del árbol 5. FORMALIZACIÓN DE LA ESTRUCTURA . 5.1 REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR

P R E A M B U L O =================

El Reglamento de Régimen Interior de la ESCUELA JARDÍN DEL ATENEO SUECO DEL SOCORRO constituye la norma básica que rige la vida del centro y a la cual deberá acomodarse cualquier otra reglamentación que regule actividades del mismo.

En la elaboración del presente Reglamento se han tenido básicamente en cuenta los rasgos

fundamentales que definen el carácter propio del Centro y que dan sentido a su proyecto educativo, por considerar que, en torno a ellos, deben girar todas las relaciones y actitudes de los distintos elementos que integran la Comunidad Educativa, aunando sus esfuerzos para la consecución de unas metas comunes.

Las previsiones contenidas en su articulado responden a la normativa actualmente vigente y,

de modo expreso, a la Ley Orgánica del Derecho a la Educación ,al Real Decreto 1543/88 y a la doctrina constitucional en la materia.

En su virtud, y a propuesta del Titular del Centro, el Consejo Escolar, en su sesión del día 1 de

Julio de 1.992, ha aprobado el presente

================================== REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR ==================================

TITULO PRELIMINAR ===================

NATURALEZA, TITULARIDAD Y FINES DEL CENTRO

ARTICULO 1

Page 19: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 19 -

El Centro ESCUELA JARDÍN DEL ATENEO SUECO DEL SOCORRO es un Colegio

que tiene su sede en la calle La Valldigna numero 18 de la ciudad de Sueca y que figura inscrito en la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia de la Generalitat Valenciana con el nº 4608157 como Centro autorizado para impartir la enseñanza de Preescolar y E.G.B. de forma concertada plena.

ARTICULO 2

El titular del Centro es el ATENEO SUECO DEL SOCORRO, asumiendo su representación en todos sus decisiones la Junta Directiva del mismo.

ARTICULO 3

a) El carácter propio del Centro, es cultural, orientan do su magisterio en el respeto y la tolerancia recíproca y sensibilizar la convivencia social.

b) Todos los integrantes de la Comunidad Educativa deben respeto al carácter propio del

Centro, al que habrán de adaptar, sin merma de los derechos y libertades que les son propios, sus actuaciones.

TITULO PRIMERO ==============

LA COMUNIDAD EDUCATIVA

ARTICULO 4

1) El Centro se constituye como una Comunidad Educativa, integrada por el titular, el director, los profesores, los alumnos, los padres de los alumnos y el personal de administración y servicios.

2) La finalidad primordial de dicha Comunidad Educativa es el desarrollo integral de la

personalidad de los alumnos, orientada por los principios y valores que definen el carácter propio del Centro.

ARTICULO 5

1) El titular del Centro establece su carácter propio y garantiza la virtualidad del mismo promoviendo y orientando la actividad de todos los elementos de la Comunidad Educativa hacia la consecución de los fines que le son propios.

2) Son facultades propias del titular del Centro las siguientes:

- Ostentar la representación del Centro ante todo tipo de instancias.

- Interpretar el carácter propio de Centro y velar por su correcta aplicación.

Page 20: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 20 -

- Formalizar los contratos de trabajo del personal docente y no docente del Centro. - Aplicar las normas de admisión de alumnos. -Acordar con el Consejo Escolar los criterios de selección para la provisión de vacantes del

personal docente de las unidades concertadas.

- Presentar al Consejo Escolar para su aprobación el presupuesto y la rendición de cuentas anuales del Centro.

- Cualquier otra función no especificada en este reglamento de régimen interior y que

concierne al titular. ARTICULO 6

El Director desempeña la función de dirigir y coordinar la acción educativa del Centro. ARTICULO 7

Los profesores tiene a su cargo la aplicación práctica y directa del proyecto educativo del Centro, a través del ejercicio de su función formativa y docente, integrada armónica y cooperativamente en el marco de la Comunidad Educativa.

ARTICULO 8

Los alumnos son los destinatarios y, a la vez, los protagonistas del proceso educativa que justifica la existencia de la Comunidad Educativa, en la cual se integran en aquella doble condición.

ARTICULO 9

Los padres, o representantes legales de los alumnos, responsables últimos de su educación, forman parte de la Comunidad Educativa del Centro, colaborando al logro de sus fines a través del mantenimiento de relaciones regulares con los restantes elementos que la componen.

ARTICULO 10

El personal de administración y servicios está integrado en la Comunidad Educativa del Centro, en la que desempeña las tareas que, en cada caso, le son propias.

TITULO SEGUNDO ==============

ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO

CAPITULO I

Page 21: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 21 -

Órganos Unipersonales de Gobierno ARTICULO 11

El Director es el representante del titular del Centro y, en cuanto tal, ejercita los derechos y asume las obligaciones que no sean exclusivas de aquél.

El nombramiento y cese del Director del Centro se efectuarán de acuerdo con las previsiones

establecidas en la normativa vigente. ARTICULO 12

Son funciones propias del Director del Centro:

a) Dirigir y coordinar todas las actividades educativas del Centro de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las funciones del Consejo Escolar.

b) Ejercer la jefatura del personal docente.

c) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados

del Centro.

d) Visar las certificaciones y documentos académicos del Centro.

e) Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de sus facultades.

f) Promover y coordinar la renovación pedagógico-didáctica del Centro y el funcionamiento de sus distintas instancias académicas.

g) Velar por el cumplimiento del calendario escolar, del horario, del orden y de las normas de

convivencia. h) Efectuar las comunicaciones oficiales y despachar la correspondencia del Centro.

ARTICULO 13 El Jefe de Estudios será nombrado por el Consejo Escolar del Centro, a propuesta del Director

entre los profesores del mismo, cuando se renueve el cargo de director..

Son funciones del Jefe de Estudios, de acuerdo con las orientaciones del Director: a) Coordinar y velar por la ejecución de las actividades de carácter académico de profesores y

alumnos, en relación con la programación anual de actividades del Centro. b) Confeccionar los horarios académicos en colaboración con los restantes órganos

unipersonales.

Page 22: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 22 -

c) Coordinar las actividades de orientación, así como las actividades de los servicios de apoyo

que incidan en el Centro. d) Custodiar y disponer la utilización del material didáctico. e) Velar por el efectivo control de la asistencia y puntualidad de los profesores, dando cuenta

al Director. f) Coordinar el funcionamiento de las tutorías, departamentos y la programación educativa. g) Cualquier otra misión que le pueda ser encomendada por el Director dentro de su ámbito de

competencia.

ARTICULO 14

El Secretario será nombrado por el Consejo Escolar del Centro, a propuesta del Director, entre los profesores del mismo, cuando se renueve el cargo de director.

Son funciones del Secretario, de acuerdo con las orientaciones del Director: a) Actuar como tal en los órganos colegiados del Centro, levantar y custodiar las Actas

de las sesiones de los mismos y dar fe de sus acuerdos con el visto bueno del Director. b) Custodiar los libros y archivos del Centro. c) Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de

competencia.

ARTICULO 15

El Administrador tiene a su cargo, con carácter general, la gestión económica-administrativa del Centro, correspondiéndole de modo expreso, las siguientes funciones:

a) Elaborar la propuesta de presupuesto y la de rendición de cuentas del Centro.

b) Asumir la gestión económica-financiera del Centro, informando regularmente de ella al

titular del Centro.

c) Mantener las relaciones de carácter ordinario y de trámite con el personal del Centro, con las familias, con la Administración y con los proveedores.

d) Velar por el buen estado de las instalaciones y servicios del Centro.

e) Cualquier otra que le sea expresamente encomendada por el titular del Centro.

Page 23: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 23 -

ARTICULO 16

El Administrador será nombrado y cesado por el titular del Centro.

CAPITULO II

Órganos Colegiados de Gobierno ARTICULO 17

EL CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO es un órgano colegiado de gobierno del mismo, a través del cual los distintos elementos de la Comunidad Educativa intervienen en el control y gestión del Centro en el marco de lo previsto en la normativa vigente y de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento

ARTICULO 18

1) El Consejo Escolar del Centro está constituido por los siguientes miembros:

a) El Director.

b) Tres representantes designados libremente por el titular del Centro.

c) Cuatro representantes del profesorado, elegidos por el Claustro de profesores.

d) Cuatro representantes de los padres de alumnos, elegidos entre todos y por todos los padres de alumnos del nivel que correspondiente.

e) Dos representantes de los alumnos, a partir del ciclo superior de la E.G.B., elegidos de entre

todos y por todos los alumnos del ciclo correspondiente.

f) Un representante del personal de administración y servicios, elegido por dicho personal.

2) La elección de los distintos representantes se efectuará a través de un procedimiento que garantice la publicidad y objetividad del proceso electoral, así como el carácter personal, directo, igual y secreto del voto de los miembros de la Comunidad Escolar.

3) A las deliberaciones del Consejo Escolar podrán asistir, con voz, pero sin voto, y siempre

que sean convocadas por el Director para informar sobre cuestiones de su competencia, los demás órganos de gobierno del Centro u otras personas por razón de su especialidad.

4) El Secretario del Consejo Escolar será elegido de entre los representantes del profesorado.

ARTICULO 19

Page 24: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 24 -

Corresponde al Consejo Escolar del Centro:

a) Intervenir en la designación y cese del Director, y en la selección y despido del profesorado,

de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente y con lo establecido en este reglamento. b) Garantizar el cumplimiento de las normas generales sobre admisión de alumnos.

c) Resolver los asuntos de carácter grave planteados en el Centro en materia de disciplina de

alumnos, que sean sometidos a su consideración por el Director.

d) Aprobar, a propuesta del titular, el presupuesto del Centro, en lo que se refiere tanto a los fondos provenientes de la Administración, como a las cantidades autorizadas, así como la rendición anual de cuentas.

e) Aprobar y evaluar la programación general del Centro que con carácter anual elaborará el

equipo directivo.

f) Proponer, en su caso, a la Administración, a través del titular del Centro o de la Junta Directiva del A.P.A. la autorización para establecer percepciones complementarias de los padres de los alumnos con fines educativos extraescolares

g) Participar en la aplicación de la línea pedagógica global del Centro y fijar las directrices

para las actividades extraescolares.

h) Elaborar las directrices para la programación y desarrollo de las actividades complementarias, visitas y viajes, comedores y colonias de verano, a propuesta del Equipo Directivo del Centro.

i) Establecer de acuerdo con el Director, los criterios sobre la participación del Centro en

actividades culturales, deportivas y recreativas, así como en aquellas acciones asistenciales a las que el Centro pudiera prestar su colaboración

j) Proponer el establecimiento de relaciones de colaboración con otros Centros, con fines

culturales y educativos.

k) Aprobar, a propuesta del titular, el Reglamento de Régimen Interior del Centro.

l) Supervisar la marcha general del Centro en los aspectos administrativos y docentes. ARTICULO 20

El Consejo Escolar atenderá en su actuación, a las siguientes normas de procedimiento:

a) El Director convocará y presidirá sus sesiones, concediendo y retirando la palabra, dirigiendo los debates y ordenando, en su caso, las votaciones.

Page 25: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 25 -

b) Las convocatorias irán acompañadas del oportuno Orden del Día, cuya elaboración

corresponderá al Director. Cuando algún miembro del Consejo desee incluir algún asunto en el Orden del Día, lo pondrá por escrito en conocimiento del Director.

c) El Consejo se considerará válidamente constituido cuando asistan al mismo al menos la

mitad más uno de sus miembros. d) Los acuerdos del Consejo serán adoptados por mayoría de los miembros presentes, salvo en

los casos en que la normativa vigente exija mayoría cualificada.

e) Los representantes de los alumnos no intervendrán en los casos de designación y cese del Director, ni en los despidos del profesorado.

f) El Consejo Escolar se renovará cada dos años, sin perjuicio de que se cubran antes de dicho

término las vacantes que se produzcan. ARTICULO 21

El Consejo Escolar se reunirá con carácter ordinario, al menos, una vez al trimestre durante el curso escolar, y, con carácter extraordinario, siempre que sea convocado por el Presidente o cuando lo soliciten, al menos, las dos terceras partes de sus miembros.

ARTICULO 22

EL EQUIPO DIRECTIVO es un órgano permanente de consulta y de asistencia a la Dirección, cuyo titular podrá someter a su consideración cuantos asuntos considere oportunos para el eficaz desarrollo de la acción educativa del Centro.

ARTICULO 23

La composición del Equipo Directivo es la siguiente:

a) El Director.

b) Un representante del titular.

c) El Administrador.

d) Un representante del profesorado, designado por el Claustro de profesores.

e) Un representante de los padres de alumnos, designado por la Asociación de Padres. ARTICULO 24

Page 26: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 26 -

El Director del Centro convocará al Equipo Directivo siempre que lo estime necesario y singularmente cuando hayan de debatirse cuestiones relativas a:

a) La programación general del Centro.

b) La coordinación de todos los órganos, personas y medios que integran el Centro.

c) El estudio y la preparación de asuntos que hayan de someterse al Consejo Escolar, excepto

los que correspondan exclusivamente al titular.

d) La resolución de asuntos de carácter no grave planteados en materia de disciplina de los alumnos o la consideración de los de carácter grave.

e) Cualquier otra cuestión que le sea sometida por el Director del Centro.

ARTICULO 25

El CLAUSTRO DE PROFESORES es el órgano propio de participación de éstos en el Centro y esta integrado por la totalidad de los profesores que presten servicios en el mismo, presidido por el Director del Centro.

ARTICULO 26

Corresponden al Claustro de Profesores las siguientes funciones:

a) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar.

b) Formular propuestas para la elaboración, aplicación y evaluación del proyecto educativo del Centro.

c) Participar en la programación de las actividades docentes del Centro en el marco de la

programación general, que, con carácter anual, elaborará el Equipo Directivo.

d) Establecer criterios sobre evaluación y recuperación de alumnos.

e) Elevar propuestas a la Dirección sobre material y equipo didáctico. ARTICULO 27

El Claustro de Profesores podrá establecer, en el marco de la normativa vigente y en el de este Reglamento, sus propias normas de funcionamiento.

TITULO TERCERO ==============

Page 27: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 27 -

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE

LA COMUNIDAD EDUCATIVA ARTICULO 28

1) Al titular del Centro corresponden todos los derechos y obligaciones que se derivan de su condición y, fundamentalmente, los que proceden del principio constitucional de libertad de creación y dirección de Centros docentes.

2) El titular del Centro podrá designar un representante que ejerza, con carácter temporal o

permanente, las funciones propias de la titularidad o parte de ellas. Dicha representación podrá ser revocada por el titular en cualquier momento.

ARTICULO 29

Al Director del Centro le corresponden los derechos y obligaciones propias de su cargo y, de modo explícito, los previstos en la normativa vigente y los que le atribuye el presente Reglamento, así como los que se derivan de la representación que en su caso le otorgue el titular del Centro.

ARTICULO 30

Son derechos de los profesores:

a) La intervención en el control y gestión del centro, a través de su participación en el Consejo Escolar, y en otros órganos de gobierno del Centro.

b) El libre ejercicio de la función docente en el marco del respeto a los derechos y libertades

que corresponden a los demás miembros, de la Comunidad Educativa.

c) La celebración de reuniones, respetando el normal desarrollo de las actividades docentes del Centro.

d) La retribución de su trabajo en los términos que establezca la legislación correspondiente.

e) La promoción y el perfeccionamiento profesionales.

f) La formulación de propuestas y sugerencias al Director y a los restantes órganos de

gobierno del Centro.

g) La petición, queja o recurso formulados razonadamente y por escrito ante el órgano de gobierno que en cada caso corresponda.

h) La aplicación de una metodología en el marco de la programación general del Centro.

Page 28: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 28 -

ARTICULO 31

Son deberes de los profesores:

a) La lealtad a la titularidad del Centro y a sus representantes.

b) El respeto al carácter propio del Centro, a su Proyecto Educativo y a las disposiciones previstas en el presente Reglamento y en cualquier otra norma que, debidamente aprobada, regule la vida del centro.

c) El desempeño eficaz de las obligaciones derivadas de su condición de educadores.

d) El respeto a los derechos y libertades de los demás miembros de la Comunidad Educativa.

e) El cumplimiento de las obligaciones propias de su relación contractual.

DERECHOS DE LOS ALUMNOS

ARTICULO 32

a) Los alumnos tienen derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.

b) la formación a que se refiere el apartado anterior comprende:

1) La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la

tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia

2) La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y estéticos.

3) La formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

4) La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales.

5) La formación en el respeto de la pluralidad lingüística y cultural de España.

6) La preparación para participar activamente en la vida social y cultural.

7) La formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos.

8) El desarrollo armónico de la afectividad, de la autonomía personal y de capacidad de

relación con los demás.

9) La educación que asegure la protección de la salud y el desarrollo de las capacidades físicas.

Page 29: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 29 -

10) La participación en la mejora de la calidad de la enseñanza.

c) El pleno desarrollo de la personalidad del alumno exige una jornada de trabajo escolar

acomodada a su edad. ARTICULO 33

a) Todos los alumnos tienen derecho a las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza.

b) La igualdad de oportunidades se promoverá mediante:

1) La no discriminación por razón de sexo, nacimiento, raza, capacidad económica, nivel

social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por deficiencias físicas o psíquicas , o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

2) El establecimiento de medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real y efectiva

de oportunidades.

3) La realización de políticas educativas de integración y/o de educación especial. ARTICULO 34

a) Los alumnos tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones.

b) El derecho a que se refiere el apartado anterior se garantiza mediante:

1) El fomento de la capacidad y actitud crítica de los alumnos que posibiliten a los mismos la

realización de opciones de conciencia en libertad.

2) La información a los alumnos y, en su caso, a sus padres o tutores acerca del carácter propio del Centro.

3) La elección por parte de los alumnos o de sus padres o tutores, si aquellos son menores de

edad, de la formación religiosa o moral que resulte acorde con sus creencias o convicciones, sin que de esta elección pueda derivarse discriminación alguna.

4) Las enseñanzas se basarán en la objetividad y excluirán toda manipulación propagandística

o ideológica de los alumnos. ARTICULO 35

Page 30: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 30 -

1) Los alumnos tiene derecho a que se respete su integridad física y moral y su dignidad

personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes o que supongan menosprecio de su integridad física o moral o de su dignidad. Tampoco podrán ser objeto de castigos físicos.

ARTICULO 36

1) Los alumnos tiene, asimismo, derecho a que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene.

2) El Centro Escolar esta obligado a guardar reserva sobre toda aquella información de que

dispongan acerca de las circunstancias personales y familiares del alumno, sin perjuicio de la comunicación inmediata a la Administración Pública competente cuando dichas circunstancias puedan implicar malos tratos para el alumno o cualquier otro incumplimiento de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores.

ARTICULO 37

Los alumnos tienen derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del Centro, en la actividad escolar y en la gestión del mismo, en los términos previstos en la legislación vigente.

ARTICULO 38

Los alumnos, a partir del ciclo superior de E.G.B., tienen derecho a la formación de una Junta de Delegados.

ARTICULO 39

LA JUNTA DE DELEGADOS es un órgano colegiado integrado por representantes de los alumnos del ciclo superior de E.G.B y por los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar del Centro.

ARTICULO 40

Las funciones de la Junta de Delegados son:

1) Informar a los Consejeros escolares estudiantiles de la problemática de cada grupo o curso.

2) Ser informados por los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo.

3) Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éste.

Page 31: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 31 -

4) Elaborar propuestas de modificación del Reglamento de régimen interior.

5) Informar a los estudiantes de sus actividades. 6) Elaborar propuestas de criterios para la confección de los horarios de actividades docentes y

extraescolares.

ARTICULO 41

1) Los miembros de la Junta de Delegados serán elegidos mediante sufragio directo y secreto entre los alumnos matriculados en el Centro a partir del ciclo superior de E.G.B.

2) La elección de los representantes de los diferentes cursos académicos en la Junta de

Delegados se realizará al principio de cada curso escolar.

3) Los miembros de la Junta de Delegados no podrán ser sancionados por el ejercicio, en los términos de la normativa vigente, de sus funciones como portavoces de los alumnos.

ARTICULO 42

Los alumnos tienen derecho a ser informados por los miembros de la Junta de Delegados y por los representantes de las asociaciones de alumnos, tanto en las cuestiones propias de su Centro, como de las que afecten a otros Centros docentes siempre que no altere el normal desarrollo de las actividades del Centro.

ARTICULO 43

1) Los alumnos podrán reunirse en el Centro, en los términos previstos en la legislación vigente, para actividades de carácter escolar o extraescolar, así como para aquellas otras a las que pueda atribuirse una finalidad educativa o formativa.

2) Para la consecución del anterior apartado, el Director garantizará el derecho de reunión de

los alumnos. En la programación general del Centro se establecerá el horario que dentro de la jornada escolar se reserve al ejercicio de este derecho.

3) El Director facilitará el uso de los locales y su utilización para el ejercicio del derecho de

reunión, teniendo en cuenta el normal desarrollo de las actividades del Centro.

ARTICULO 44

7) Los alumnos tienen derecho a recibir, de la Administración Educativa, las ayudas precisas, en forma de becas, para compensar posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural, de forma que se promueva su derecho de acceso a los distintos niveles educativos.

ARTICULO 45

Page 32: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 32 -

1) Los alumnos tienen derecho a que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de plena objetividad. La aplicación del proceso de evaluación continua del alumno requiere su asistencia regular a las clases y actividades programadas para las distintas materias que constituyen el plan de estudios.

2) Sin perjuicio de la facultad que, en todo caso, corresponde a los alumnos o a sus padres o

tutores de solicitar aclaraciones de sus Profesores sobre la calificación de actividades académicas o de evaluaciones parciales o finales de cada curso, aquellos o sus representantes legales pueden reclamar contra las calificaciones de dichas evaluaciones.

3) Las reclamaciones se formularán por escrito al Director del Centro para que las remita al

Consejo Escolar se deberán basar en :

La inadecuación de la prueba propuesta al alumno a los objetivos y contenidos de la materia sometida a evaluación y al nivel previsto en la programación por el órgano didáctico correspondiente.

La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación establecidos.

4) A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior el Centro deberá hacer público al comienzo

del curso escolar los objetivos y contenidos mínimos exigibles para obtener una valoración positiva en las distintas materias o áreas, así como los criterios de evaluación que vayan a ser aplicados.

ARTICULO 46

Los alumnos tienen derecho a recibir orientación escolar y profesional para conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones o intereses. A tal fin la Administración Educativa establecerá los recursos necesarios.

De manera especial, se cuidara la orientación escolar y profesional de los alumnos con

dificultades físicas o psíquicas o con carencias sociales o culturales. ARTICULO 47

Los actos que se produzcan en el ámbito del Centro que no respeten los derechos de los alumnos o supongan el establecimiento de impedimentos para su ejercicio por parte de los demás miembros de la comunidad educativa, podrán ser objeto de denuncia por aquellos o por sus padres o tutores ante el Consejo Escolar del Centro.

Previa audiencia de los interesados, el Consejo Escolar del Centro adoptará las medidas que

procedan conforme a lo dispuesto en la legislación vigente. Con independencia de lo anterior, la denuncia podrá ser formulada ante los Servicios

Territoriales de Educación y Cultura correspondiente, cuya resolución podrá ser recurrida según la vigente Ley de Procedimiento Administrativo.

DEBERES DE LOS ALUMNOS

Page 33: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 33 -

ARTICULO 48

El estudio constituye un deber básico de los alumnos. Este deber se extiende a las siguientes obligaciones:

1) Asistir a clase y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de

estudio.

2) Respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del Centro.

3) Seguir las orientaciones del profesorado respeto de su aprendizaje. 4) Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.

ARTICULO 49

Constituye un deber de los alumnos el respeto a las normas de convivencia dentro del Centro docente. Este deber se concreta en las siguientes obligaciones:

1) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la

dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

2) No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento, raza, sexo o por cualquier otra circunstancia personal o social.

3) Respetar el carácter propio del Centro.

4) Respetar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del centro.

5) Participar en la vida y funcionamiento del Centro.

6) Respetar el Reglamento de Régimen Interior del Centro.

FALTAS, SANCIONES Y GARANTÍAS PROCEDIMENTALES

ARTICULO 50

Corresponde al Consejo Escolar del Centro, como manifestación de su función supervisora de la actividad general del mismo, velar para que la actividad académica se imparta en el ambiente idóneo a fin de que los alumnos obtengan la formación adecuada que les permita conseguir el pleno desarrollo de su personalidad. A tal fin deberá ser informado, puntualmente, por del director del centro, de cualquier situación que distorsione la normal convivencia del mismo.

Page 34: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 34 -

El Consejo Escolar velará por el efectivo cumplimiento de las sanciones en los términos en que hayan sido impuestas.

ARTICULO 51 Los miembros de la comunidad educativa, en general, y los profesores, en particular, pondrán

especial cuidado en la prevención de las actuaciones indisciplinadas, desterrando los comportamientos insolidarios, agresivos y antisociales, mediante el contacto y la cooperación constante con los padres o representantes legales de los alumnos afectados.

En el caso de observarse conductas irregulares de determinados alumnos que, a juicio de su

profesor-tutor, pudieran tener como origen la existencia de determinadas carencias sociales o culturales, se elaborará un informe psicosocio-familiar que podrá proponer la cooperación de otras administraciones o instituciones. El referido informe se elaborará y custodiará con las debidas garantías de confidencialidad y reserva.

ARTICULO 52

En la aplicación de las sanciones se tendrá en cuenta las siguientes consideraciones:

1) Ningún alumno podrá ser sancionado por conductas distintas de las tipificadas como faltas por este Reglamento.

2) Ningún alumno podrá ser privado del ejercicio de su derecho a la educación ni a la

escolaridad.

3) No podrán imponerse sanciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del alumno.

4) La imposición de las sanciones previstas respetara la proporcionalidad con la

correspondiente falta y deberá contribuir a la mejora del proceso educativo del alumno.

A estos efectos los órganos competentes para la instrucción del expediente o para la imposición de sanciones, deberán tener en cuenta la edad del alumno, circunstancias familiares, personales y sociales, tanto en el momento de decidir su incoación o sobreseimiento como a efectos de graduar la aplicación de la sanción cuando proceda.

5) La imposición de sanciones deberá ajustarse a las garantías procedimentales establecidas en

este Reglamento. ARTICULO 53

1) Las faltas pueden ser infracciones simples, leves, graves y muy graves.

Page 35: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 35 -

2) Corresponderá sancionar la comisión de faltas graves y muy graves al Consejo Escolar, las leves al director o a la jefatura de estudios y las infracciones simples al profesor o tutor del alumno

3) Se consideran infracciones simples aquellas conductas que, por interferir en el normal

desarrollo de la actividad escolar, deban ser corregidas y enmendadas pero que no revisten la suficiente gravedad para ser calificadas como faltas.

4) Son faltas leves:

- Las faltas injustificadas de puntualidad.

- Las faltas injustificadas de asistencia a clase.

- El deterioro no grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, del material de este, o de los objetos o pertenencias de otros miembros de la Comunidad Educativa.

- Cualquier acto injustificado que perturbe levemente el normal desarrollo de las

actividades del Centro - Los actos de indisciplina, falta de respeto injuria y ofensa no grave que se produzcan contra

cualquier miembro de la comunidad educativa. Las agresiones físicas que se produzcan entre alumnos y no tengan suficiente entidad para ser calificadas como graves. Deberán considerarse con especial ponderación las circunstancias de edad, lugar y contexto en que se lleven a cabo.

5) Son faltas graves:

- Los actos de indisciplina, injuria u ofensas graves contra los miembros de la Comunidad

Educativa.

- La agresión física grave contra los demás miembros de la comunidad educativa. - Causar por uso indebido daños graves en los locales, material o documentos del Centro, o

en los objetos que pertenezcan a otros miembros de la Comunidad Educativa.

- Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades del Centro.

- Las actuaciones irregulares encaminadas a obtener resultados superiores a los merecidos,

en las pruebas de evaluación. - La sustracción de bienes y objetos que pertenezcan a otros miembros de la comunidad

escolar. - La introducción y consumo de sustancias nocivas en el centro.

6) Son faltas muy graves:

Page 36: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 36 -

- Los actos de indisciplina, injuria u ofensas muy graves contra los miembros de la Comunidad Educativa.

- La agresión física muy grave contra los demás miembros de la Comunidad Educativa.

- La suplantación de la personalidad en los actos de la vida docente, y la sustracción,

ocultación y falsificación de documentos académicos.

- La incitación sistemática a actuaciones gravemente perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

- Causar intencionadamente daños muy graves en los locales, materiales y documentos del

centro o en los objetos que pertenezcan a los otros miembros de la comunidad escolar. ARTICULO 54

Por las faltas enumeradas en el articulo anterior podrán imponerse las siguientes sanciones:

1) Por las infracciones simples: La corrección de estas conductas, según la naturaleza, gravedad y reiteración de los hechos,

mediante la utilización de los métodos oportunos que tiendan a la integración del alumno en la normal convivencia.

1) Por las faltas leves:

Amonestación privada.

Amonestación por escrito de la que conservara constancia el tutor y que será comunicada a los

padres.

3) Por las faltas graves: Amonestación con apercibimiento, en el que se incluirá informe detallado del profesor de la

materia o tutor.

Suspensión del derecho de asistencia al centro o a determinadas clases, por un período inferior a siete días lectivos, sin que ello implique pérdida de evaluación y sin perjuicio de conllevar la realización de determinadas actividades o tareas en el domicilio del alumno, bajo supervisión del profesor o tutor.

3) Por las faltas muy graves:

a) Perdida del derecho a la evaluación continua. El alumno se someterá a las pruebas finales

que se establezcan al efecto.

Page 37: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 37 -

b) Privación del derecho de asistencia al centro o a determinadas clases por un periodo superior a siete e inferior a un mes, sin que ello implique la perdida de la evaluación continua y sin perjuicio de que conlleve la realización de determinados deberes o trabajos en el domicilio del alumno, bajo la supervisión de su profesor o tutor.

c) Inhabilitación para cursar estudios en el centro en que se cometió la falta por el tiempo que

reste para la finalización del curso escolar; y d) Inhabilitación definitiva para cursar estudios en el centro en que cometió la falta.

ARTICULO 55

No podrán imponerse sanciones por faltas graves o muy graves sin la previa instrucción de un expediente.

Los escritos mediante los que se sustancia la apertura del expediente, la propuesta de

resolución, y la resolución del expediente disciplinario, contendrán necesariamente: - Nombre y apellidos del alumno. - Hechos que se le imputan. - Fecha en que tuvieron lugar los hechos - Artículo y apartado de esta norma que se considera infringido. Todos los escritos a que se refiere este artículo deberán ir fechados y firmados respectivamente

por el director del centro, el instructor y, el secretario del consejo escolar.

ARTICULO 56 Los miembros de la comunidad escolar tienen la obligación de comunicar al director del centro

todas aquellas conductas tipificadas como faltas. El director del centro, recabada la información que estime conveniente, y si considera que los

hechos pueden constituir falta grave o muy grave, procederá a acordar la instrucción de expediente, que contendrá además de los datos a que se refiere el artículo anterior, el nombramiento de instructor y en su caso, el de secretario, cuando la complejidad del expediente así lo exigiese, que deberán recaer en un profesor del centro. Del acuerdo de instrucción se dará traslado, de forma fehaciente, al profesor designados como instructor y secretario, al consejo escolar del centro, a los representantes legales del alumno y a los servicios territoriales de Cultura y Educación.

El director podrá decidir la no incoación de expediente sancionador, cuando concurran

circunstancias que así lo aconsejen. De esta decisión se dará cuenta al consejo escolar. ARTICULO 57 El director de centro, a propuesta del instructor del expediente, podrá adoptar las medidas

provisionales que estime necesarias, entre ellas, la suspensión temporal del derecho de asistencia del

Page 38: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 38 -

alumno a determinadas clases, al centro, o bien, su cambio de grupo cuando se estime conveniente. De esta medida se dará cuenta al consejo escolar.

ARTICULO 58 Los representantes legales de los alumnos podrán recusar, ante el consejo escolar, el

nombramiento del instructor, cuando a su juicio, de la conducta de éste, pudiera inferirse parcialidad en la instrucción del expediente.

El plazo para la recusación será de cuatro días, a contar desde la notificación de la instrucción

del expediente. El consejo escolar, examinadas las razones alegadas, y oído el instructor del expediente,

resolverá ratificarlo o sustituirlo. Contra esta resolución no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de la posibilidad de alegar la recusación al interponer reclamación contra la resolución que ponga fin al expediente disciplinario.

ARTICULO 59 El instructor, recibido el nombramiento, y auxiliado por el secretario, en su caso, tomará

declaración al alumno y practicará las actuaciones que estime pertinentes para el esclarecimiento de los hechos.

Podrá solicitar informe al profesor o tutor del alumno y del servicio pedagógico. En el plazo de siete días hábiles, elaborará el pliego de cargos. Del citado pliego se dará

traslado fehaciente a los representantes legales del alumno. En el Supuesto de propuesta de sobreseimiento, ésta se elevará al consejo escolar para su

resolución. ARTICULO 60 Los representantes legales del alumno dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar

desde la notificación del pliego de cargos, para la formalización de cuantas alegaciones estimen convenientes.

ARTICULO 61 Formuladas alegaciones, o transcurrido el plazo a que se refiere el artículo anterior, el

instructor, practicadas las averiguaciones complementarias, si del escrito de alegaciones se dedujese dicha necesidad, elevará al consejo escolar la correspondiente propuesta de resolución. Esta propuesta contendrá, además de los datos a que se refiere el artículo 55, cuantos informes y elementos considere conveniente aportar para la formación de opinión por parte del consejo escolar, así como los documentos siguientes:

- Acuerdo del director del centro por el que se inicia el expediente.

Page 39: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 39 -

- Medidas cautelares adoptadas en su caso. - Recusación, si existe, y su correspondiente resolución de ratificación o sustitución. - Documento en el que quede constancia de la notificación de pliego de cargos, remitido al

interesado, mediante el que se sustancia el trámite de audiencia al interesado. - Alegaciones de los interesados; e - Informe del profesor o tutor del alumno y del servicio Psicopedagógico, en su caso. ARTICULO 62 El consejo escolar, estudiada la propuesta, podrá requerir la presencia del instructor, profesor o

tutor, del alumno o de sus representantes legales, y dictará resolución que se comunicará de modo fehaciente a los interesados y de la que se dará traslado a los servicios territoriales de Cultura y Educación.

La citada resolución contendrá además de los requisitos citados en el artículo 55 los siguientes: - Circunstancias agravantes y atenuantes en su caso. - Sanción aplicable. - Fecha de efectos de la sanción; y - Derecho que asiste al interesado de interponer reclamación ante los servicios territoriales de

Cultura y Educación que correspondan, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la comunicación.

ARTICULO 63 La resolución del expediente deberá producirse en el plazo máximo de un mes, a contar desde

la fecha de su iniciación. Las conductas constitutivas de infracciones y faltas, que no hubiesen sido sancionadas,

prescribirán a la finalización del curso académico en que hubieran tenido lugar. Contra la resolución del director de los servicios territoriales de Cultura y Educación cabrán

los recursos establecidos en la legislación vigente. ARTICULO 64 Los servicios territoriales de Cultura y Educación deberán custodiar las comunicaciones

referentes a las actuaciones disciplinarias de cada centro de su ámbito competencial, prestarán el asesoramiento preciso con objeto de que los expedientes se tramiten con las suficientes garantías para los interesados, resolverán las reclamaciones en primera instancia, y propondrán la adopción de cuantas medidas estimen convenientes en los centros que, a la luz de la información recibida, resulten especialmente conflictivos.

ARTICULO 65

Page 40: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 40 -

De las sanciones impuestas por la comisión de faltas se conservará constancia en el expediente académico individual del alumno.

La cancelación de las anotaciones sobre sanciones existentes en el expediente académico

individual podrá efectuarse, a instancia del alumno o, de sus representantes legales y del profesor-tutor.

Se formalizará por escrito ante el director de los servicios territoriales de Cultura y Educación,

quien recabará, de la Inspección Educativa, la elaboración del preceptivo informe sobre la conducta del alumno en los dos últimos cursos escolares.

En la elaboración del precitado informe serán oídos los profesores y tutores del alumno, el

delegado de curso, el director del centro y el consejo escolar. Los informes serán siempre confidenciales y sólo en el caso de favorable unanimidad se

resolverá positivamente la petición, que conllevará la formalización de diligencia de cancelación de anotaciones sobre sanciones existentes en el expediente personal del alumno.

De la resolución se dará traslado al interesado y a la dirección del centro. ARTICULO 66

Son derechos de los padres o representantes legales de los alumnos:

a) Intervenir en el control y gestión del Centro, a través de su participación en el Consejo Escolar.

b) Asociarse con los fines y en la forma establecidos en la ley.

c)Reunirse, respetando el normal desarrollo de las actividades del Centro.

d) Formular, a titulo individual o colectivo, sugerencias y propuestas a los órganos rectores del

Centro.

ARTICULO 67

Son deberes de los padres en relación con el Centro:

a) El respeto al carácter propio del Centro, a su Proyecto Educativo y a las disposiciones establecidas en este reglamento y en cualquier otra norma, que, debidamente aprobada, regule la vida del Centro.

b) La cooperación, desde su posición de responsables últimos de la formación de los alumnos,

en el proceso educativo realizado en el Centro . ARTICULO 68

Page 41: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 41 -

Son derechos del personal de administración y servicios, sin perjuicios de cuantos otros les

otorgue la legislación vigente :

a) La intervención en el control y gestión del Centro, a través de su participación en el Consejo Escolar.

b) La celebración de reuniones, respetando el normal desarrollo de las actividades docentes del

Centro.

c) El respeto y consideración a sus personas y a las funciones que desempeñan, por parte de los demás elementos de la Comunidad Educativa.

d) La formulación de peticiones, quejas o recursos razonadamente y por escrito ante el órgano

de gobierno del Centro que en cada caso corresponda. ARTICULO 69

Son deberes del personal de administración y servicios:

a) El cumplimiento de las normas generales que rigen la vida del Centro y en particular el de las obligaciones estipuladas en su contrato.

b) El ejercicio leal y eficaz de las funciones que en cada caso les correspondan.

c) El respeto y el trato correcto hacia los demás miembros de la Comunidad Educativa y a las

instituciones y equipos del Centro.

DISPOSICIONES ADICIONALES ==========================

PRIMERA

Corresponde al titular del centro, o a sus representantes, la interpretación del presente Reglamento en los casos en que ello sea necesario.

SEGUNDA

El titular del Centro podrá introducir, a través del procedimiento legalmente establecido, las modificaciones que considere oportunas en el presente Reglamento.

TERCERA

Cualquier norma o disposición que en lo sucesivo se dicte en el Centro deberá ajustarse a lo establecido en este Reglamento.

Page 42: P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo PROYECTO EDUCATIVO DEL ...escuelajardin.org/web/attachments/article/509/PEC.pdf · Hemos elaborado un esquema previo, desarrollado posteriormente,

P.E.C. Escuela Jardín del Ateneo

Página - 42 -

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ==========================

Queda derogada cualquier norma o reglamentación actualmente existente en el Centro en todo

aquello que se oponga a las previsiones contenidas en el presente reglamento.

DISPOSICIÓN FINAL ==================

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo Escolar del

Centro.