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GARANTIZADA LA SEGURIDAD SOCIAL A TAXISTAS espués de un largo proceso de

concertación con el gremio, el presidente

Juan Manuel Santos firmó el Decreto

1047 que establece las condiciones para

que todos los taxistas del país tengan

acceso a seguridad social.

La norma establece como requisito que ningún

conductor puede operar mientras no se haya realizado el pago

respectivo de salud, pensión y riesgos laborales, que según el

decreto se hará a través de la Planilla Integrada de Liquidación de

Aportes –PILA-

La afiliación y pago de la cotización a la seguridad social de los

taxistas se regirá por las normas establecidas para el Sistema

General de Seguridad Social y su riesgo ocupacional estará

clasificado en nivel cuatro, por ser considerada una actividad de riesgo alto.

Las entidades administradoras del Sistema Integral de Seguridad Social, no podrán impedir, entorpecer o negar la afiliación de los conductores

cubiertos por el presente Decreto y el ministerio de Salud y Protección Social expedirá las disposiciones para actualizar, en lo que sea necesario,

la PILA, para permitir la identificación de los conductores.

Asimismo, las empresas de transporte que a la fecha de expedición del presente Decreto se encuentran habilitadas para la prestación del servicio,

deberán contratar los seguros de accidentes personales de sus conductores a más tardar al momento de solicitar la renovación de las tarjetas de

operación.

Control y operatividad

Para garantizar la seguridad de los usuarios y de los conductores, las autoridades municipales deberán implementar y mantener actualizado un

Registro de Conductores, que en línea y en tiempo real permita identificar plenamente a los conductores de los vehículos que operen en su

jurisdicción y el vehículo que cada uno de ellos conduce.

Se necesitaron más de 32 mesas de trabajo y 60 sesiones de diálogo, socialización con representantes de los trabajadores y diferentes sindicatos,

propietarios de vehículos, empresarios y agremiaciones del sector, además de delegados de los ministerios del Trabajo, de Transporte, las TIC y la

Alta Consejería para la Seguridad y la Convivencia, para llegar a un conceso general.

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NIIF & IFRS l pasado 27 de diciembre de 2013, el Ministerio de Comercio, Industria y

Turismo y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, pusieron a disposición

el Decreto 3019, por el cual se modifica el Marco Técnico Normativo de

Información Financiera para las Microempresas, anexo al Decreto 2706 de

2012. Busca que la definición de microempresas para efectos del

cumplimiento de la Ley 1314 de 2009, sean consistentes con los definidos

para el Grupo 2 y con el espíritu de la norma, en el sentido de quienes ingresen

el Grupo 3 sean realmente microempresas. Aplicarán esta NIIF las microempresas que

cumplan la totalidad de los siguientes requisitos:

Planta de personal no superior a diez (10) trabajadores; Activos totales, excluida la vivienda, por valor inferior a quinientos (500) Salarios Mínimos

Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) Tener ingresos brutos anuales inferiores a 6.000 SMMLV. También deben aplicar el presente marco técnico

normativo las personas naturales y entidades formalizadas o en proceso de formalización que cumplan con la totalidad de los requisitos

establecidos en el artículo 499 del Estatuto Tributario. Vigencia de este decreto desde la fecha de su publicación.

INCENTIVOS PARA EXPLORACIÓN EN LOS MARES En tres meses estaría listo un documento Conpes para desarrollar la industria petrolera costa afuera,

que contemplará la creación de zonas francas. La industria pide alivios tributarios.

La meta que tiene el país de aumentar sus reservas a 5.520 millones de barriles de petróleo en el

2018, depende, en buena medida, de los hallazgos que haga la industria en yacimientos no

convencionales y costa afuera. O al menos a eso le apuesta el Ministerio de Minas y Energía que, en

particular para los hidrocarburos que se encuentran territorio marítimo del país, prepara un

documento Conpes que busca incentivar la inversión en este tipo de yacimientos.

“Lo que busca el Conpes es articular los esfuerzos de todas las instituciones involucradas en el

desarrollo de esta industria para fomentar la inversión. Un elemento clave que tendrá, que pensamos

que podrá dinamizar rápidamente la industria off shore, es la posibilidad de una zona franca

exclusivamente de servicios para la industria costa afuera”, explicó el viceministro de Energía, Orlando Cabrales. De acuerdo con el funcionario, la

cartera de minas y energía está trabajando para que este documento esté listo antes de la subasta de la Ronda Colombia 2014, que se realizará

en julio de este año, y a más tardar estará listo en tres meses. Esta medida se suma a un cambio en los contratos de la Ronda, que flexibilizó las

condiciones de los mismos para los bloques costa afuera que ofrecerá la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH, este año, que en total son 19.

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NOTICORTAS EXPIDEN DECRETO SOBRE NORMAS DE CONTABILIDAD

GLOBAL El Gobierno expidió el decreto 4946, que permite a las empresas

colombianas acoger, de manera voluntaria e integral, las Normas

Internacionales de Información Financiera (Niif). De esta manera, el país da

un paso hacia la conformación de un sistema único de normas de

información financiera, estandarizado en todo el mundo. El ministro de

Comercio, Industria y Turismo, Sergio Díaz-Granados dijo que esta es una

herramienta para elevar la competitividad de las empresas. Esta decisión

coincide con el propósito del Gobierno de contar rápidamente con los

estándares internacionales, ya que, según el Ministro, hablar un mismo

lenguaje en normas de información financiera es un atractivo para los

inversionistas y para las empresas que invierten en el exterior.

PRODUCTO DIGITAL REVOLUCIONÓ LA CONTABILIDAD EN

EMPRESAS Certiweb es una herramienta digital hecha en Colombia que ha

revolucionado la contabilidad de grandes y medianas empresas. Entre sus

ventajas, permite el ahorro de tiempo y dinero, además de optimizar

procesos y recursos. El sistema modernizó la entrega de certificados de

impuestos tributarios. Mario Valderrama, gerente y creador del software y la

empresa Actitud Digital, explica que utilizar Certiweb es simple: “Con tan sólo

subir al aplicativo un archivo en Excel previamente exportado desde su

sistema contable, tendrá listos los certificados tributarios que a su empresa

le solicitan como Iva, Reteica y Retefuente”. Además, realizó una alianza

estratégica con Certicámara, filial de la CCB, y cuenta con el aval y la asesoría

de Proexport. El producto está también en Venezuela, y llegaría a Ecuador.

POLICÍA USA SENSORES PARA IR POR 3 MILLONES DE

INFRACTORES Este puente festivo, las autoridades inmovilizaron más de 300 carros con soat

y revisión mecánica vencida.

Desde el viernes pasado, la Policía de Tránsito empezó a implementar

gradualmente un sistema que al escanear la placa de un vehículo se conecta

con las bases de datos del Runt, la Dijín y la Interpol, y le hace posible saber

si el automotor posee los documentos en regla, comparendos pendientes, o

si su conductor tiene deudas con la justicia. Desde ese día y hasta el cierre

de esta edición, las autoridades habían inmovilizado 359 vehículos, de los

cuales 227 fueron por tener la revisión técnico-mecánica vencida, 131 por

no tener al día el seguro obligatorio de accidentes de tránsito (soat) y 1

persona por requerimiento judicial. Las 30 máquinas funcionan actualmente

en las carreteras nacionales y más adelante lo harán en las vías urbanas. “Con

esto queremos disminuir la accidentalidad y nos evita parar los vehículos que

sí cumplen con los requisitos y que sus conductores son muy cuidadosos y

portan documentos actualizados”, le dijo a Portafolio el coronel Ricardo

Blanco, de la Dirección Nacional de Tránsito de la Policía. Las autoridades a

la caza de más de 3 millones de vehículos que tienen alguna irregularidad.

De acuerdo con cifras del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), de los

1,6 millones de vehículos y las 3,7 millones de motocicletas particulares que

circulan por las carreteras del país, 626.900 carros y 2,6 millones de motos,

respectivamente, tienen la revisión tecnocomecánica vencida. En total,

incluyendo camionetas, camperos y otros automotores de uso privado, el 43

por ciento de los carros y el 68 por ciento de las motos no tiene al día este

requisito. El panorama no mejora en el soat, que cubre los gastos médicos

de atención de ocupantes o terceros no ocupantes de un vehículo en caso

de choque, pues 592.715 automóviles, 169.870 camionetas, 171.904

camperos y 2.714.114 motocicletas también lo tienen vencido. Esto equivale

al 39,2 por ciento de todo el parque automotor particular. Así mismo, el 25

por ciento de los vehículos dedicados al transporte de pasajeros no cuenta

con la revisión necesaria para prestar el servicio. En total son 40.976

automóviles, 20.883 buses, 19.801 camionetas, 13.668 microbuses y 9.387

busetas que no cumplen con los requerimientos.

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PAGOS EN PARAÍSOS FISCALES Son aceptados fiscalmente como costo o deducción los pagos realizados a favor de entidades o personas ubicadas en paraísos fiscales que no

estuvieron sometidos a retención en la fuente?

En primer lugar, debemos señalar que de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 408 del Estatuto Tributario, los pagos o

abonos en cuenta que por cualquier concepto se realicen a una entidad o persona ubicada en uno de los países catalogados como paraísos fiscales

por el Gobierno Colombiano

(Decreto 2193 de 2013), deberán

estar sometidos a retención en la

fuente por concepto de impuesto

sobre la renta y ganancia

ocasional a la tarifa del 33 por

ciento.

En tal sentido, el artículo 124 del

Estatuto Tributario, también

establece que los pagos o abonos

en cuenta realizados a personas o

entidades localizadas en paraísos

fiscales, no son constitutivos de

costos o deducciones a menos

que se les hubiere practicado la

correspondiente retención en la

fuente.

Ahora, en la última reforma

tributaria (Ley 1607 de 2012), se

modificó el artículo 260-7 del

Estatuto Tributario, con lo cual se

introdujo un requisito adicional al previsto en el citado artículo 124 del Estatuto Tributario, según el cual, los contribuyentes que realicen pagos a

entidades o personas ubicadas en paraísos fiscales, deberán “documentar y demostrar el detalle de las funciones realizadas, activos empleados,

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riesgos asumidos y la totalidad de los costos y gastos incurridos por la persona o empresa ubicada, residente o domiciliada en el paraíso fiscal

para la realización de las actividades que generaron los mencionados pagos, so pena de que dichos pagos sean tratados como no deducibles”.

Así las cosas, respecto de los pagos o abonos en cuenta efectuados a entidades ubicadas en paraísos fiscales, deberán cumplir con dos requisitos,

esto es, aplicarles la retención en la fuente y presentar la documentación y pruebas que demuestren la realidad y transparencia de la transacción,

para que proceda la deducción o el costo en la declaración del impuesto sobre la renta. Es muy importante precisar, que el requisito de practicar

la retención en la fuente respecto de estos pagos a paraísos

fiscales, sólo será exigible en los casos en que para el beneficiario

del pago que está localizado o constituido en un paraíso fiscal,

constituya ingreso gravado que legalmente esté sometido a

dicha retención en la fuente.

Así lo precisó la Dirección de Gestión Jurídica de la Dirección de

Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, en el concepto

100202208-607 de mayo 26 de 2014, señalando lo siguiente:

“En la medida en que el artículo 124-2 no fue derogado por la

Ley 1607 de 2012, sus previsiones siguen siendo aplicables para

el reconocimiento de la deducción de costos y gastos, sin

menoscabo de la posibilidad de demostrar, en los términos del

artículo 260-7, la realidad y transparencia de la operación para la

procedencia de deducciones en aquellos casos en que - por

prescripción legal - no sea procedente la realización de la

retención en la fuente".

En conclusión, para dar respuesta a la inquietud planteada, será procedente el costo o deducción respecto de los pagos realizados a entidades o

personas ubicados en paraísos fiscales, si se les aplicó la retención en la fuente, en los casos en que por ley era exigible dicha retención y en todo

caso, si se demuestra la realidad y transparencia de la transacción en los términos del artículo 260-7 del Estatuto Tributario.

AVANZA LEY DE INCLUSIÓN FINANCIERA Las comisiones terceras de Senado y Cámara votaron este miércoles a favor de la ley de inclusión financiera, una iniciativa que el Ejecutivo presentó

el año pasado. Este proyecto tiene como finalidad disminuir los costos de las transacciones que hacen los colombianos más pobres en todas las

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regiones del país, y permitir que más ciudadanos de la base de la pirámide accedan a un producto financiero. El ministro de Hacienda, Mauricio

Cárdenas, destacó que el proyecto que irá a las plenarias de Cámara y Senado busca crear

entidades especializadas en giros y transferencias entre regiones. “Este proyecto de ley

busca que todos los ciudadanos tengan acceso a los sistemas de pagos modernos, digitales,

seguros y a bajos costos”, dijo.

El jefe de la cartera de Hacienda explicó que, si un giro por 100 mil pesos hoy tiene un costo

de 9 mil pesos, la llegada de nuevos competidores permitirá que esa intermediación baje

considerablemente. Además, con más y mejor tecnología, habrá mayor seguridad en el

manejo de los recursos en efectivo. “Con la aprobación del proyecto los ciudadanos más

necesitados dejarán de acudir a los préstamos gota a gota y, por lo tanto, tendrán acceso

al financiamiento moderno a bajos costos, eso es inclusión financiera”, agregó Mauricio

Cárdenas.

La meta es que más ciudadanos puedan hacer operaciones y giros por medio de sistemas

de pago desde teléfonos celulares, tarjetas débito e Internet, lo que desestimularía el uso

del efectivo. “Van a dejar de usar el efectivo porque van a tener una alternativa de muy bajo

costo y segura. Seguimos el ejemplo mundial, avalados por el premio Nobel Muhammad Yunus, de la Reina de Holanda, enviada especial de

Naciones Unidas para la inclusión financiera y del Fondo Monetario Internacional”. ‘PARABANCA’ E HISTORIA CREDITICIA. Una de las bondades

señaladas por el Gobierno frente a la Ley es que cada transacción que realice un ciudadano va a dejar la historia de sus pagos, “que al día de

mañana se podrá utilizar para que le den un crédito a esa persona”, dijo Cárdenas. Sin embargo, el presidente del Citibank Colombia, Bernardo

Noreña, opinó que hay que tener cuidado de no desinstitucionalizar ciertos servicios que tradicionalmente son prestados por las entidades

financieras. Dice que la banca está en capacidad de prestar cualquier servicio financiero y que se ha avanzado en soluciones móviles y digitales

que permitan reducir los costos a los usuarios, por lo cual considera inconveniente que exista una ‘parabanca’.

Efecty y PayU Latam FIRMAN ALIANZA EN COLOMBIA PayU Latam, plataforma líder en América Latina en el procesamiento de pagos en línea para comercio electrónico, anunció el miércoles la firma

de una alianza estratégica con Efecty, empresa especialista en giros, pagos y recargas. Gracias a este acuerdo, PayU Latam espera aumentar las

transacciones en efectivo, que hoy representan el 15 % de sus operaciones mensuales. Los clientes de PayU Latam que venden sus productos

o servicios por internet pueden recibir ahora pagos a través de más de 5.000 puntos de recaudo de Efecty en el país. "Esperamos poder procesar

cerca de 30.000 transacciones al mes a través de los puntos de recaudo de Efecty a nivel nacional, lo que equivaldría al 50 % de todas las

transacciones mensuales que se pagan solamente en efectivo", manifestó en un comunicado la gerente de PayU Latam, Joanna Aguel. PayU

Latam permite a sus clientes aceptar pagos con tarjetas de crédito, débito, transferencias bancarias y depósitos en efectivo que opera en

Argentina, Brasil, Chile, Colombia, México, Panamá y Perú.