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Salud Ocupacional Fecha: 01/04/2013 Doc.: PE.CSMA.01 Rev.: 2 Pág.: 1 de 8 Emitió CSMA Revisó Gerente de CSMA País Aprobó Country Manager PE.CSMA.01-Rev 2_Procedimiento 1. OBJETO Promover y mantener el más alto nivel de Salud Ocupacional, llevando a cabo todos aquellos requerimientos de la legislación vigente en Perú respecto al control sanitario de los trabajadores. 2. ALCANCE Aplicable a todas las actividades laborales de Skanska Perú Procedimiento alineado al reglamento de seguridad y salud en el trabajo DS Nº 005-2012-TR y a la R.M. N° 312-2011/MINSA “Aprueban Documento Técnicos Protocolo de Exámenes Médicos Ocupacionales y Guías de Diagnostico de los Exámenes Médicos por Actividad” y a la nueva ley 29783 – “Ley de seguridad y Salud en el trabajo” aplicable a todas las actividades laborales de Skanska del Perú. 3. RESPONSABLES Gerentes. Jefe de Obra / Líder Servicio. Administrador de proyecto/servicio. Gerencia CSMA Gerencia de RH Coordinador CSMA. Coordinador RH Medico servicio/proyecto 4. PROCEDIMIENTO 4.1 Examen Médico Ocupacional (EMO) Es la evaluación médica y psicológica que se realiza antes de emplear a un trabajador, durante el ejercicio del vínculo laboral y al finalizar el mismo. Esta evaluación tiene por objetivo conocer el estado de salud y/o aptitud del trabajador, la detección precoz de patologías ocupacionales, la promoción de la salud en el ambiente laboral y la vigilancia del trabajador expuesto. Así mismo, permite evaluar la eficiencia de las medidas preventivas y de control que se toman, y el impacto de éstas. Tipos de Examen Médico Ocupacional:

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Salud Ocupacional

Fecha: 01/04/2013 Doc.: PE.CSMA.01 Rev.: 2 Pág.: 1 de 8

Emitió

CSMA

Revisó

Gerente de CSMA País

Aprobó

Country Manager

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1. OBJETO Promover y mantener el más alto nivel de Salud Ocupacional, llevando a cabo todos aquellos requerimientos de la legislación vigente en Perú respecto al control sanitario de los trabajadores.

2. ALCANCE Aplicable a todas las actividades laborales de Skanska Perú Procedimiento alineado al reglamento de seguridad y salud en el trabajo DS Nº 005-2012-TR y a la R.M. N° 312-2011/MINSA “Aprueban Documento Técnicos Protocolo de Exámenes Médicos Ocupacionales y Guías de Diagnostico de los Exámenes Médicos por Actividad” y a la nueva ley 29783 – “Ley de seguridad y Salud en el trabajo” aplicable a todas las actividades laborales de Skanska del Perú.

3. RESPONSABLES Gerentes. Jefe de Obra / Líder Servicio. Administrador de proyecto/servicio. Gerencia CSMA Gerencia de RH Coordinador CSMA. Coordinador RH Medico servicio/proyecto

4. PROCEDIMIENTO

4.1 Examen Médico Ocupacional (EMO) Es la evaluación médica y psicológica que se realiza antes de emplear a un trabajador, durante el ejercicio del vínculo laboral y al finalizar el mismo. Esta evaluación tiene por objetivo conocer el estado de salud y/o aptitud del trabajador, la detección precoz de patologías ocupacionales, la promoción de la salud en el ambiente laboral y la vigilancia del trabajador expuesto. Así mismo, permite evaluar la eficiencia de las medidas preventivas y de control que se toman, y el impacto de éstas. Tipos de Examen Médico Ocupacional:

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• Examen Médico Pre-Ocupacional. • Examen Médico Ocupacional periódico (anual) • Examen Médico de Retiro o de egreso (EMR) • Otros Exámenes Médicos.

4.1.1 Examen médico pre-ocupacional. En todos los casos sin excepción, las personas que ingresen a trabajar en la Empresa, deberán previamente someterse a un examen médico preocupacional que consiste en lo que figura en el reverso de la Planilla (Pl.PE.CSMA.01-01 Orden de examen Médico) Es la evaluación médica y psicológica que se realiza al postulante antes de que éste sea admitido en un puesto de trabajo que involucre riesgos para su salud de acuerdo a la actividad laboral que va a desempeñar. Tiene por objetivo determinar el estado de salud al momento del ingreso y su aptitud para el puesto de trabajo. Propósitos del examen pre-ocupacional: • Asegurar que el postulante reúna las condiciones psicofísicas que el puesto requiere. • Detectar limitaciones. • Asegurar la ausencia de afecciones pre disponente que puedan agravarse en una tarea particular. • Asegurar la ausencia de afecciones que inhabiliten para algún tipo de tarea (por ejemplo epilepsia, diabetes, hipertensión, etc.). • Establecer la situación inicial de la salud del postulante para detectar desviaciones del estado de salud. Para aquellas tareas que entrañen riesgos tales como: trabajos en altura, operadores de máquinas/ vehículos o trabajos con alta tensión, se deberán llevar a cabo estudios neurológicos y/o psicológicos; para los cuales puede utilizarse un electroencefalograma o el test de Bender. Se analizarán las tareas de mayor riesgo y se individualizarán los casos en que se requieran exámenes adicionales inherentes a las tareas realizadas y de acuerdo al tipo de exposición. En caso de necesidad se identificarán otro tipo de exámenes en la misma planilla y los requeridos por la empresa.

4.1.2 Examen Médico Ocupacional periódico (anual) Son evaluaciones médicas y psicológicas que se realizan al trabajador durante la vigencia del vínculo laboral, es decir una vez al año con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar en forma precoz, posibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud del trabajador que se asocien al puesto de trabajo. Permite además, detectar enfermedades comunes, con el fin de establecer un manejo preventivo. La periodicidad de la evaluación se realizará de acuerdo con el tipo, magnitud y frecuencia de exposición a cada factor de riesgo, así como al estado de salud del trabajador.

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Los antecedentes que se registren en la evaluación médica periódica, se actualizarán a la fecha de la evaluación correspondiente y se revisarán comparativamente, cada vez que se realicen este tipo de evaluaciones. Propósitos del examen periódico: • Diagnóstico precoz de enfermedades y prevención de incapacidades. • Remarcar el valor de la Medicina Preventiva, incentivando la educación sanitaria, la recomendación médica oportuna y la creación de hábitos higiénicos. • Respaldar a la empresa protegiendo la salud del trabajador favoreciendo la productividad y a la comunidad previniendo el deterioro de la salud de sus integrantes. Skanska ha determinado como mínimo para sus exámenes periódicos anuales el protocolo (identificado con asterisco) que figura en el reverso de la Planilla (Pl.PE.CSMA.01-01 Orden de examen médico). En caso de necesidad se identificarán otro tipo de exámenes en la misma planilla a los requeridos por la empresa. Se analizarán las tareas de mayor riesgo y se individualizarán los casos en que se requieran exámenes adicionales inherentes a las tareas realizadas.

4.1.3 Examen Médico de Retiro o de egreso (EMR) : Es la evaluación médica realizada al trabajador respecto de su estado y condición de salud días previos al cese de la relación laboral, sea por jubilación, renuncia, despido o finalización de contrato. Mediante este examen se busca detectar enfermedades ocupacionales, secuelas de accidentes de trabajo y en general lo agravado por el trabajo durante la relación laboral y accesoriamente documentar las condiciones en que el trabajador abandona la empresa. En el reverso de la Planilla (Pl.PE.CSMA.01-01 Orden de examen Médico) consta el detalle del examen médico (identificados mediante asterisco) para el egreso/retiro del personal (identificados mediante asterisco). En el presente apartado se identificaran exámenes adicionales a los obligatorios por la empresa. En caso de necesidad se identificarán otro tipo de exámenes en la misma planilla a los requeridos por la empresa.

4.1.4 Otros exámenes médicos: a. Por cambios de ocupación o puesto de trabajo, de funciones o nuevos riesgos: Esta evaluación se realiza al trabajador cada vez que éste cambie de ocupación y ello implique cambio de puesto de trabajo, de funciones, tareas o exposición a nuevos o mayores factores de riesgo, en los que detecte un incremento de su magnitud, intensidad o frecuencia. b. Por Reinserción laboral o post ausencia prolonga da (Re-Ingreso):

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es la evaluación médica y psicológica que permitirá una evaluación del estado del trabajador y establecer la posibilidad de retornar a su puesto, cambiar a tareas temporarias o definitivamente, horario, turno, etc., o que se realiza posterior a una incapacidad temporal prolongada durante un periodo de 0 a 90 días, para poder ingresar a su puesto de trabajo o a un nuevo puesto. Pasados los 90 días, se realizará el examen pre-ocupacional completo. Este examen post ausencia, sólo se hará efectivo si el examen pre-ocupacional completo del personal que reingresa tiene una antigüedad igual o menor de un año. De tener el examen pre-ocupacional completo más de un año de antigüedad, se realizará el examen pre-ocupacional completo nuevamente. Skanska ha establecido los protocolos y criterios de evaluación para los diferentes tipos de exámenes médicos ocupacionales, y esto depende según los requerimientos, necesidades y estándares de la empresa. El protocolo para el examen médico de reingreso se detalla (identificados mediante asterisco) en el reverso de la planilla (Pl.PE.CSMA.01-01 Orden de examen Médico). Estos tipos de exámenes médicos tienen como objetivo sistematizar los exámenes médicos ocupacionales para todos los trabajadores de SKANSKA.

4.2 Criterio de Aptitud El diagnóstico y la capacidad laboral están en relación directa. Para evaluar la aptitud laboral será importante tener presente los criterios señalados en los Criterios Limitantes médicos para laborar en Skanska El examen médico ocupacional concluye determinando si el trabajador es: � APTO. Trabajador sano o con hallazgos clínicos que no generan pérdida de capacidad laboral ni limitan el normal ejercicio de su labor. � APTO CON RESTRICCIONES. Postulante que a pesar de tener algunas patologías, o condiciones pre-patológicas puede desarrollar la labor habitual teniendo ciertas precauciones, para que estas no pongan en riesgo su seguridad, disminuyan su rendimiento, o puedan verse agravadas deben ser incluidos en programas de vigilancia específicos. � NO APTO. El postulante, que por patologías, lesiones o secuelas de enfermedades o accidentes tienen limitaciones orgánicas que les hacen imposible la labor, ya que podría poner en riesgo la seguridad o salud propia, o la de los demás. El centro médico contratado deberá entregar a Skanska los resultados de los mismos con la calificación correspondiente. (APTO, APTO CON RESTRICCIONES, NO APTO) rubricados por un médico autorizado por el centro médico contratado. Los resultados de los exámenes médicos deberán ser chequeados por un médico independiente del centro médico que los realice, el cual emitirá un informe médico referente a la evaluación de la clínica contratada. Posteriormente serán archivados junto al legajo personal del trabajador,

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lo cual deberá mantener la confidencialidad de la información. Los exámenes pre-ocupacionales de los mensualizados (Empleados) y no mensualizados (Obreros) serán enviados al proyecto/servicio, sector RH o Personal. Asimismo, durante o una vez finalizado el proyecto/servicio los exámenes de los mensualizados (Empleados) deberán ser enviados a la Gerencia de Recursos Humanos en Sede.

4.3 Orden de examen Para la realización del examen médico (pre-ocupacional; periódico anual; post ausencia (reingreso) y egreso), el postulante/trabajador deberá concurrir al Centro Médico designado provisto de la planilla Pl.PE.CSMA.01-01 Orden de examen médico; en dicha planilla se encuentran descritos en negrita los exámenes obligatorios solicitados por Skanska (identificados con asterisco). En caso de necesidad se identificarán otro tipo de exámenes en la misma planilla a los requeridos por la empresa. En la planilla Pl.PE.CSMA.01-01 Orden de examen médico, se establecerán claramente los datos personales del trabajador (el puesto a desempeñar), el Centro Médico seleccionado y será rubricada por una persona autorizada del proyecto/servicio. Los resultados del examen deberán ser devueltos por el Centro Médico dentro de las 48 horas de realizado el mismo, indicándose el tipo de aptitud, las patologías preexistentes y toda observación (y recomendación) que el médico laboral del Centro Médico considere necesaria. La Orden de examen médico será incorporada en los legajos personales de los trabajadores, junto con los resultados y estudios de los exámenes efectuados.

4.4 Aspectos relacionados a la confidencialidad de información médica La información del resultado medico se comunicará al trabajador por escrito en caso sea APTO y APTO CON RESTRICCIONES. Al postulante cuyo resultado del examen pre-ocupacional, lo define como APTO CON RESTRICCIONES para el perfil de puesto requerido, podrá ingresar o ser reubicado a otro puesto de trabajo previa notificación por escrito al trabajador y tras la aprobación por parte de la máxima autoridad del proyecto/servicio. • De acuerdo a lo previsto en el artículo 71° de la Ley 29783, los resultados de los exámenes médicos d eben ser informados al trabajador únicamente por el médi co del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, qu ien le hará entrega del informe escrito debidamente firmado. • Al tratarse de una información de carácter

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confidencial, el médico informa al empleador las condiciones generales del estado de salud de los trabajadores, con el objetivo de diseñar medidas de prevención adecuadas. Las condiciones y el tiempo en que habrán de conservarse los archivos médicos y de salud de los trabajadores no serán menor a 5 años.

4.5 Tratamientos de las urgencias Se instruirá al trabajador para que concurra al Servicio Médico del proyecto/ Servicio ante cualquier lesión menor, por mínima que fuere. El equipamiento para estos fines es variable, dependiendo del número de trabajadores, distancia o acceso a los centros de derivación y facilidades para el transporte. El respectivo plan de emergencia en caso de accidente deberá ser visado por el medico ocupacional externo para la implementación respectiva. Esto incluye asegurar el traslado, determinar en que vehículo se transportará, quien lo conducirá, por qué camino y hacia donde. De contarse con vehículo especialmente destinado a estos fines, deben controlarse sus condiciones de operatividad. Se establecerá que persona acompañará al herido o enfermo.

4.6 Educación sanitaria Es tarea permanente del equipo de salud incentivar la formación de hábitos higiénicos. Programar y ejecutar acciones de educación sanitaria. Promoción de la salud acerca de enfermedades infecto contagiosas, venéreas, sociales (HIV, tabaquismo, cólera y alcoholismo), inmunizaciones (tétano).

4.7 Servicio médico interno (interno/ externo)

4.7.1 Personal médico Profesional universitario con título de médico, con registro en el Colegio Médico del Perú, con curso en OHSAS 18001.

4.7.2 Personal auxiliar Los servicios médicos internos de un proyecto cerrado deberán contar como mínimo con un enfermero por la totalidad de cada turno de trabajo. Los enfermeros deberán estar inscriptos en el Colegio médico de Enfermeros. Para el caso de proyectos de línea, deberán contar con una ambulancia como mínimo si los distintos frentes se hallasen próximos unos de otros, de lo contrario deberán preverse la cantidad de móviles necesarios.

4.8 Registro de las Atenciones Médicas Todos los Servicios Médicos, internos o externos, de o contratados por los proyectos / servicios de Skanska, deberán registrar las atenciones médicas realizadas en la planilla Pl.PE.CSMA.01-02 Registro atenciones médicas, adjunta al presente procedimiento.

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4.9 Enfermedades Ocupacionales Dentro de las tareas permanentes del personal Médico y CSMA de Skanska está la evaluación de análisis de riesgos previniendo de esta manera la ocurrencia de enfermedades ocupacionales, de sucederse las mismas, estas deberán tener el tratamiento correspondiente, previa investigación de las mismas, las cuales serán medidas en estadísticas, bajo la planilla Pl.PE.CSMA.01-03 Estadísticas Enfermedades Ocupacionales.

4.10 Botiquín de Primeros Auxilios El botiquín deberá implementarse de acuerdo a la magnitud y tipo de Proyecto /Servicio así como a la posibilidad de auxilio externo tomando en consideración su cercanía a centros de asistencia médica hospitalaria). El contenido siempre deberá ajustarse a las distintas necesidades, por ello lo mínimo que deberá contener serán los siguientes insumos: El Médico Ocupacional externo deberá visar en cada lugar de servicio / proyecto / sede el contenido adicional, si se requiriese, a abastecer en el botiquín, esto será de acuerdo del nivel de riesgos en cada lugar identificado.

Cantidad Insumo

02 Paquetes de guantes quirúrgicos

01 Frascos de yodopovidona 120 ml. solución antiséptico

01 Frasco de agua oxigenada, mediano 120 mi

01 Frasco de alcohol mediano 250 ml.

05 Paquetes de gasas esterilizadas de 10 cm. x 10 cm.

08 Paquetes de apósitos

01 Rollo de esparadrapo 5 cm. x 4.5 mts

02 Rollo de venda elástica de 3 pulg. x 5 yardas

02 Rollo de venda elástica de 4 pulg. x 5 yardas

01 Paquete de algodón x 100 gr.

01 Venda triangular

10 Paletas baja lengua (para entablillado de dedos)

01 Frasco de solución de cloruro de sodio al 9/1000 x 1 ft. (Para lavado de heridas)

02 Paquetes de gasa tipo jelonet (para quemaduras)

02 Frascos de colirio de 10 ml

01 Tijera punta roma

01 Pinza

01 Camilla rígida

01 Frazada

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5. REFERENCIAS Ley 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo D.S. N° 005-2012-TR Reglamento de la Ley N° 29783 L ey de Seguridad y Salud en el Trabajo R.M. N° 312-2011/MINSA “Aprueban Documento Técnicos Protocolo de Exámenes Médicos Ocupacionales y Guías de Diagnostico de los Exámenes Médicos por Actividad” y sus respectivos Anexos: − Anexo N° 01 Aviso de Accidente de Trabajo/Aviso de Enfermedades Relacionadas al Trabajo − Anexo N° 02 Ficha Medico Ocupacional − Anexo N° 03 Ficha Psicológica Ocupacional − Anexo N° 04 Valoración Musculo esquelética − Anexo N° 05 Informe Técnico de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores − Anexo N° 06 Supervisión de la Implementación de la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores. Adjuntos: • Pl.PE.CSMA.01.01-Rev.2-Orden de Examen Médico. • Pl.PE.CSMA.01.02-Rev.0–Registro de Atenciones Medicas. • Pl.PE.CSMA.01.03-Rev.0–Estadísticas Enfermedades Ocupacionales.