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1 Plan CONVIVENCIA ESCOLAR Reglamento interno 2019 Escuela Particular N°8 Quilacura

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Plan CONVIVENCIA ESCOLAR

Reglamento interno

2019

Escuela Particular N°8 Quilacura

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Contenido Identificación ............................................................................................................................ 4

Planta docente año 2019: ........................................................................................................... 4

Equipo Programa de integración escolar ..................................................................................... 4

Estructura horaria de la jornada diaria y semanal del trabajo escolar. ............................................ 5

CONSIDERACIONES GENERALES DEL REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE

CONVIVENCIA ....................................................................................................................... 6

FUNDAMENTACIÓN .......................................................................................................... 7

ARTÍCULOS: ........................................................................................................................... 8

I. De los derechos de los alumnos y alumnas. ......................................................................... 8

Los alumnos y alumnas tendrán derecho a: .......................................................................... 8

II: De los deberes de las alumnas y alumnos. ........................................................................... 9

III: De los deberes de los padres y apoderados. ........................................................................ 9

IV: De la puntualidad y atrasos. .............................................................................................10

V: De la presentación e higiene personal de los alumnos/as. ....................................................10

VI: De la asistencia a clases...................................................................................................11

VII: Pruebas y controles, disertaciones, entregas de trabajos y materiales. ................................11

VIII: De las prohibiciones de los alumnos ..............................................................................11

IX: Aspectos normativos de las faltas. Procedimientos de evaluación de faltas y aplicación de

sanciones. ............................................................................................................................12

a) Faltas leves: ..............................................................................................................12

b) Faltas graves: ............................................................................................................12

c) Gravísimas: ...............................................................................................................13

X. ACCIONES REMEDIALES.............................................................................................14

Se aplicarán las siguientes medidas para las faltas leves: .....................................................15

Se aplicarán las siguientes medidas para las faltas graves .....................................................15

Se aplicarán las siguientes medidas para las faltas gravísimas ..............................................16

XI. Resolución pacífica de conflictos. ...............................................................................16

XII: De la relación del establecimiento con los apoderados......................................................17

XIII: De la difusión del Reglamento de Convivencia escolar. ..................................................17

XIV: De la relación del Establecimiento con instituciones y organismos de la comunidad. ........17

XV: De los casos especiales y de la continuidad de estudios. ...................................................17

XVI: Disposiciones generales. ...............................................................................................18

XVI: Reforma del Reglamento de Convivencia Escolar...........................................................18

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ANEXOS ................................................................................................................................19

PROTOCOLO FORMATIVO ...............................................................................................19

DEL INGRESO DE LOS ESTUDIANTES AL AULA ........................................................19

DEL COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES DURANTE LA CLASE .................19

PROTOCOLO DE ACTUACION EN CASO DE INCIDENTES QUE INTERRUMPAN EL

NORMAL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ...........................................................20

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN LOS CASOS DE ACOSO ESCOLAR (BULLYNG) .....21

Actuaciones posteriores con los implicados en las situaciones de acoso escolar. ....................22

REGLAMENTO INTERNO CONSEJO ESCOLAR ESCUELA QUILACURA (ENTREGADO,

SEGÚN NORMATIVA, EL AÑO 2009) ...................................................................................24

Título I: Del Consejo ............................................................................................................24

Título II: De las sesiones .......................................................................................................25

Título III: De los miembros del Consejo escolar .....................................................................26

Título IV: Del Secretario General ..........................................................................................26

Título V: De las actas............................................................................................................26

Título VI: De la Comunicación. .............................................................................................27

Título VII: De los acuerdos ...................................................................................................27

Título VIII: Derechos y deberes de los miembros del Consejo Escolar .....................................27

Título IX: De las modificaciones al Reglamento: ....................................................................27

Funciones y Atribuciones de Consejo:....................................................................................28

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Identificación Nombre : Escuela Particular subvencionada N° 8 Quilacura

RBD : 5868-8 Localidad : sector rural

Sostenedora : Herminda Antonieta Aravena Pino

Comuna : Lautaro Matrícula : 101

Años CANTIDAD DE ALUMNOS

2008 128 2009 128

2010 126 2011 124

2012 139 2013 129

2014 124 2015 103

2016 95 2017 97

2018 98 2019 100

Planta docente año 2019: Nombre del docente Título y especialidad Cursos que atiende

Antonieta Aravena Profesora Básica Sostenedora y directora

Alejandra Garrido Ed. Párvulos NT1-NT2 Carlos Godoy Profesor Básica 3º a 8º

Karin Labrín Profesora Básica 1º a 8º Eliana Leiva Profesora Básica 1º a 4º

Giglio Linfati Prof. Ed. Física 1º a 8º Claudia Pérez Profesora Básica 5º a 8º

Yessica Rubilar Prof. Básica- Intercultural 1º a 8º

Carola Rodriguez Profesora Básica mención religión 1º a 8º

Equipo Programa de integración escolar Nombre del Profesional

Título y especialidad Cursos que atiende

Waleska Muñoz Educadora Diferencial NT1 a 4 º

Evelyn Cabrera Educadora Diferencial 3 º a 8 º

Constanza Astete Fonoaudióloga NT1, NT2

Jhonatan Robles Psicólogo NT1 a 8º

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Estructura horaria de la jornada diaria y semanal del trabajo

escolar. A continuación se detalla:

La hora de inicio de la Jornada Diaria.

Los tiempos destinados a recreo y alimentación de los estudiantes.

Hora de término de la jornada diaria.

EDUCACIÓN PARVULARIA N T1 – NT2

LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES Bienvenida y saludo

09:00 hrs 09:30 hrs

09:00 hrs 09:30 hrs

09:00 hrs 09:30 hrs

09:00 hrs 09:30 hrs

09:00 hrs 09:30 hrs

Actividad variable 1

09:30 hrs 10:15 hrs

09:30 hrs 10:15 hrs

09:30 hrs 10:15 hrs

09:30 hrs 10:15 hrs

09:30 hrs 10:15 hrs

Desayuno baño

10:15 hrs 10:30 hrs

10:15 hrs 10:30 hrs

10:15 hrs 10:30 hrs

10:15 hrs 10:30 hrs

10:15 hrs 10:30 hrs

Recreo 10:30 hrs 10:45 hrs

10:30 hrs 10:45 hrs

10:30 hrs 10:45 hrs

10:30 hrs 10:45 hrs

10:30 hrs 10:45 hrs

Actividad variable 2

10:45 hrs 11:30 hrs

10:45 hrs 11:30 hrs

10:45 hrs 11:30 hrs

10:45 hrs 11:30 hrs

10:45 hrs 11:30 hrs

Recreo 11:30 hrs 11:45 hrs

11:30 hrs 11:45 hrs

11:30 hrs 11:45 hrs

11:30 hrs 11:45 hrs

11:30 hrs 11:45 hrs

Momento permanente

11:45 hrs 12:15 hrs

11:45 hrs 12:15 hrs

11:45 hrs 12:15 hrs

11:45 hrs 12:15 hrs

11:45 hrs 12:15 hrs

Actividad variable 3

12:15 hrs 13:00 hrs

12:15 hrs 13:00 hrs

12:15 hrs 13:00 hrs

12:15 hrs 13:00 hrs

12:15 hrs 13:00 hrs

Almuerzo 13:00 hrs 13:30 hrs

13:00 hrs 13:30 hrs

13:00 hrs 13:30 hrs

13:00 hrs 13:30 hrs

13:00 hrs 13:30 hrs

Baño y recreo 13:30 hrs 13:45 hrs

13:30 hrs 13:45 hrs

13:30 hrs 13:45 hrs

13:30 hrs 13:45 hrs

13:30 hrs 13:45 hrs

Despedida 13:45 hrs 14:00 hrs

13:45 hrs 14:00 hrs

13:45 hrs 14:00 hrs

13:45 hrs 14:00 hrs

13:45 hrs 14:00 hrs

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EDUCACIÓN BÁSICA 1° a 8º año.

LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES

Inicio Jornada

9:00 hrs 9:00 hrs 9:00 hrs 9:00 hrs 9:00 hrs

Primer y Segundo periodo

9:00 hrs 10:30 hrs

9:00 hrs 10:30 hrs

9:00 hrs 10:30 hrs

9:00 hrs 10:30 hrs

9:00 hrs 10:30 hrs

Desayuno escolar y recreo

10:30 hrs 10:45 hrs

10:30 hrs 10:45 hrs

10:30 hrs 10:45 hrs

10:30 hrs 10:45 hrs

10:30 hrs 10:45 hrs

Tercer y Cuarto periodo

10:45 hrs 12:15 hrs

10:45 hrs 12:15 hrs

10:45 hrs 12:15 hrs

10:45 hrs 12:15 hrs

10:45 hrs 12:15 hrs

Recreo 12:15 hrs 12:30 hrs

12:15 hrs 12:30 hrs

12:15 hrs 12:30 hrs

12:15 hrs 12:30 hrs

12:15 hrs 12:30 hrs

Quinto periodo

12:30 hrs 13:15 hrs

12:30 hrs 13:15 hrs

12:30 hrs 13:15 hrs

12:30 hrs 13:15 hrs

12:30 hrs 13:15 hrs

Almuerzo y recreo

13:15 hrs 14:00 hrs

13:15 hrs 14:00 hrs

13:15 hrs 14:00 hrs

13:15 hrs 14:00 hrs

13:15 hrs 14:00 hrs

Sexto periodo

14:00 hrs 14:45 hrs

14:00 hrs 14:45 hrs

14:00 hrs 14:45 hrs

14:00 hrs 14:45 hrs

14:00 hrs Termino de clases

Séptimo y Octavo Periodo

14:45 hrs 16:20 hrs

14:45 hrs 16:20 hrs

14:45 hrs 16:20 hrs

14:45 hrs 16:20 hrs

Termino de Jornada

16:20 hrs 16:20 hrs 16:20 hrs 16:20 hrs

CONSIDERACIONES GENERALES DEL REGLAMENTO INTERNO Y

MANUAL DE CONVIVENCIA Considerando los objetivos de todo establecimiento educacional, están encaminados a lograr la

formación integral de los alumnos y alumnas, en la formación de hábitos y conductas deseables y

positivas, es que este documento pretende ser ayuda para el mejor cumplimiento de estas

finalidades.

A) La formación del alumno(a) es responsabilidad de todos los que cumplen funciones en el

Establecimiento. Es deber fundamental de los profesores ser parte activa de esta formación, ya que

a través de la enseñanza que imparten o de la influencia personal que ejerzan, en ambos aspectos

deben tender a infundir en los alumnos (as) determinados principios, como son el sentido de la

responsabilidad individual y grupal, los valores propios de su cultura, los valores éticos y

patrióticos, el amor a la justicia y a la libertad y el respeto hacia sí mismos y hacia los demás.

B) El cumplimiento de este reglamento de Convivencia Escolar es responsabilidad de toda la

comunidad escolar y el sentido de su aplicación debe ser formativo y educativo.

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C) Los padres y apoderados son parte responsable y fundamental en la formación de alumnos y

alumnas; por ello es importante que conozcan este documento para que colaboren en su observancia

y aplicación.

D) Se contemplan dos aspectos generales:

1. Un aspecto normativo, en el que están incluidos los procedimientos a seguir ante

situaciones específicas, que se encuentran señaladas en el Reglamento General de establecimientos

estatuidos por la Dirección de Educación del MINEDUC.

2. Un aspecto formativo, concerniente al desarrollo de conductas y hábitos que proporcionan a

los alumnos no sólo el mayor equilibrio posible en lo intelectual, físico y moral, mientras

permanecen en las aulas, sino, que lo prepare para sus eficiencias y desempeño responsable dentro

de la sociedad que le corresponda vivir.

En relación con el aspecto Técnico Pedagógico se aplican los Planes y Programas, Bases

Curriculares y Procesos Evaluativos vigentes que emanan del Mineduc, a través de los

correspondientes decretos.

En la elaboración del presente cuerpo normativo, se han tenido muy presente el PEI del

establecimiento y con una visión realista y práctica de las necesidades y exigencias de la

realidad de los alumnos, respetando su condición de alumno rural

Nuestra unidad educativa ha asumido muy responsablemente la formación de las personas que

deberán enfrentarse a las características de nuestra sociedad actual.

APRENDIENDO A CONVIVIR EN LA COMUNIDAD ESCOLAR .

Los conflictos son parte inherente de la convivencia entre personas. En la medida en que somos

diferentes, pensamos en forma diversa y tenemos intereses, actitudes y preferencias distintas, es

inevitable que surjan conflictos en la convivencia cotidiana.

Contar con un reglamento de Convivencia es esencial para la comunidad escolar porque permite a

sus integrantes actuar con seguridad, conocer lo que se espera de cada uno, lo que está permitido y

lo que no, así como los procedimientos que serán utilizados para resolver los conflictos emergentes.

FUNDAMENTACIÓN Los estudiantes en su vida adulta deberán integrarse al mundo laboral además de desarrollarse como

seres sociales en constante interacción con otras personas en su calidad de seres humanos, allí

encontrarán normas que regulan el trabajo y la interacción entre las personas, de tal manera es

necesario que ellos en su vida escolar hayan tenido experiencias similares, lo cual les facilitará una

mejor inserción laboral

Las normas disciplinarias que se plantean en este Reglamento se derivan del Proyecto Educativo de

la escuela y se basan en valores, tales como: sentido de pertenencia, disciplina, seguridad en sí

mismo, aprender a aprehender, perseverancia, honestidad, respeto por el otro, respeto mutuo,

convivencia responsabilidad.

La disciplina es un medio educativo que pretende lograr en los estudiantes comportamientos

positivos y hábitos favorables para la creación de un buen clima de aprendizaje, de sana

convivencia y aceptación personal mutua.

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La disciplina es un valor que incide positivamente en el aprendizaje, en el crecimiento personal y

grupal y traspasa el trabajo técnico pedagógico y de orientación.

ARTÍCULOS:

I. De los derechos de los alumnos y alumnas. Los alumnos y alumnas de la Escuela Particular Nº 8 Quilacura, gozarán de todos los derechos

garantizados por la constitución Política de la República de Chile, por la convención de los

Derechos del niño y de los adolescentes, por todas las Convenciones y tratados Internacionales

sobre derechos Humanos Y Civiles ratificados por Chile, normativa legal vigente y nuestro

ordenamiento jurídico y todos los derechos que establece nuestro PEI.

Los alumnos y alumnas tendrán derecho a: 1. Recibir una formación humana de acuerdo al PEI que asegure el pleno desarrollo de su

personalidad y que se caracteriza por rehacer y recrear periódicamente el proceso enseñanza-

aprendizaje, desarrollando estrategias y metodologías que favorezcan la participación y

creatividad, la actitud investigativa, y espíritu crítico en los niños (as).

2. A que su participación, integración y rendimiento escolar sea valorado con objetividad y

rigurosidad profesional.

3. Ser respetado en su integridad personal y dignidad recibiendo adecuada orientación intelectual,

humana y profesional.

4. Plantear respetuosamente preguntas sobre diferentes materias del proceso enseñanza-

aprendizaje las cuales deben ser respondidas con interés y respeto por parte del docente y

personal de la escuela.

5. En caso de indisciplina el estudiante tiene derecho a ser escuchado y explicar las razones que

tuvo para actuar de determinada manera. 6.- Participar activamente en las directivas de sus

respectivos cursos o en otros grupos escolares.

6. Recibir información relacionada con sus actividades escolares tales como: informe y libreta de

notas, de personalidad, pruebas y trabajos realizados y forma de evaluación a utilizar.

7. Información acerca de su participación en programas y proyectos de mejoramiento educativos

destinados a elevar su excelencia académica.

8. Recibir atención del Seguro y Accidentes Escolares, conforme a su normativa ( Centro

hospitalario público).

9. Ser atendido oportunamente en caso de accidente escolar y de acuerdo a su gravedad ser

derivado al centro hospitalario haciendo uso del seguro escolar.

10. Recibir del establecimiento oportunidades y servicios educativos para que puedan desarrollarse

física, mental, espiritual y socialmente en condiciones de libertad y dignidad.

11. Recibir formación relacionada con su condición de alumno rural. 13.- Ser respetada y valorada

su cultura para satisfacer las necesidades propias de los alumnos y alumnas.

12. Participar en el funcionamiento general del establecimiento de acuerdo a lo establecido en el

presente Reglamento de Convivencia Escolar.

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II: De los deberes de las alumnas y alumnos. Los alumnos y alumnas deben:

1. Adoptar un comportamiento acorde con el modelo educativo.

2. Mantener una esmerada presentación personal acorde a sus actividades escolares como a su

condición de alumno rural.

3. Asistir a lo menos el 85% de las clases que se realicen en el año.

4. Usar un lenguaje adecuado con sus compañeros, profesores, auxiliares, evitando

descalificaciones, groserías, calumnias, sobrenombres que menoscaben la dignidad de las

personas.

5. Actuar correctamente en el trato con sus compañeros (as) menores mostrándoles buenos

ejemplos.

6. Participar activamente en el trabajo escolar cumpliendo puntualmente sus horarios de clases

y demás actividades.

7. Usar con el debido cuidado y corrección, las instalaciones, el mobiliario, equipos y todo el

material didáctico a que se tenga acceso, responsabilizándose de su buen uso.

8. Mantener las salas de clases ordenadas, aseadas, con su diario mural y afiches en óptimas

condiciones. Usar adecuadamente y cuidar los útiles de aseo.

9. Abandonar las salas de clases u otra dependencia de la escuela durante los recreos y no

reingresar a ellas durante los mismos sin autorización correspondiente.

10. Cuidar sus pertenencias personales y útiles escolares marcando cada elemento con su nombre y

curso.

11. rendir pruebas y entregar trabajos puntualmente de acuerdo a las indicaciones de sus

respectivos profesores.

12. Los alumnos y alumnas no deben salir de la sala cuando se está desarrollando una clase. De ser

necesario podrán abandonar la sala de clases con la autorización del respectivo profesor a

cargo de ellos.

III: De los deberes de los padres y apoderados. Se comprende dentro del establecimiento un funcionamiento como comunidad escolar, para tales

fines y con motivo de explicitar las implicancias que poseen tanto padres como apoderados, es que

se deja constancia de los deberes que se espera que cumplan o intenten cumplir a cabalidad quienes

forman parte activa del proceso de formación de los niños, niñas y adolescentes.

1. Respetar las normas establecidas en el establecimiento (Curso asignado, horario de clases y

normas de convivencia).

2. Respetar al profesor jefe, profesores, asistentes de la educación y directivos del

establecimiento.

3. Enviar a sus hijos todos los días a clases y con buena presentación personal.

4. Justificar los atrasos e inasistencia de sus pupilos a clases en forma personal en caso de tener

algún inconveniente deberá oportunamente dejar registrado con él o la encargada del

establecimiento el nombre de su reemplazante para tales fines.

5. Motivar e influir positivamente en sus hijos para que estos logren su total integración al

sistema educacional.

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6. Asistir a las reuniones de apoderados de su curso y las que convoque el Centro General de

Apoderados. Si un apoderado no asiste a una reunión debe justificar su inasistencia en el breve

plazo, ya sea con anterioridad o posterioridad al evento.

7. Presentarse en el establecimiento cada vez que se le solicite.

8. Respetar los horarios establecidos por el Profesor Jefe para ser atendidos y así no interrumpir

las clases.

9. No se permitirá el ingreso del ningún apoderado a las sala de clases en horario de

funcionamiento (salvo casos programados por el profesor u otra entidad pertinente, cuya razón

sea fundada en motivos formativos y/o pedagógicos). En caso de alguna urgencia deberá

comunicarse con él o la encargada del establecimiento y será éste quien evalúe la situación y

mande a buscar al profesor solicitado.

10. No llamarle la atención a otro niño que no sea su pupilo. Cualquier conducta que atente contra

la integridad de su hijo(a) debe ser comunicada al profesor o encargado de convivencia escolar

o a la dirección.

11. Hacerse responsable de eventuales daños materiales que su pupilo ocasione al interior de su

sala de clases y en general del establecimiento.

12. Hacerse responsable, si su pupilo daña o rompe implementos, tales como: anteojos, mochilas,

casacas. por juegos bruscos o inadecuados.

13. Los artículos que su pupilo traiga al establecimiento que no sean estrictamente necesarios,

serán siempre responsabilidad del apoderado, siendo este quien controle dicha situación, el

establecimiento no se hará responsable en caso de extravío.

IV: De la puntualidad y atrasos. Los estudiantes deben presentarse puntualmente en el horario que corresponda según su nivel, el

cual se detalla en el punto anterior.

La reiteración en los atrasos se considerará como una falta leve, para la cual se aplicará la sanción

correspondiente.

V: De la presentación e higiene personal de los alumnos/as. a) General: Los alumnos deberán tener una excelente presentación personal dentro de su

condición de alumnos rurales, con consideración de lo anterior el uniforme completo no es exigido.

b) Damas:

Las damas deberán asistir a clases bien aseadas, con su pelo limpio, peinado o atado con

una cinta, colet, cintillo, pinche u otro.

No se recomienda el uso de maquillaje facial, pintura en los ojos , labios y uñas

Las uñas deben estar cortas y limpias

No se recomienda el uso de joyas: anillos brazaletes y otros accesorios. En caso de pérdida

la escuela no se hará responsable, correspondiendo esta responsabilidad al apoderado del o

la estudiante.

c) Varones:

Los varones deben asistir a clases bien aseados, se sugiere un corte de cabello acorde al

contexto educativo.

No se permitirá el uso de brazaletes, aretes, anillos, objetos punzantes y cortantes.

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VI: De la asistencia a clases. Es importante que los estudiantes asuman su responsabilidad cotidiana de asistir puntualmente a las

clases que el horario que se les indica. Lo antes planteado permite mantener continuidad en las

diferentes unidades de aprendizaje evitando así los vacíos que perjudican al alumno.

El alumno deberá asistir a lo menos el 85 % de las clases que se dicten en el año.

Para situaciones de inasistencia permisos y representación pública del establecimiento, se estipulan

los siguientes puntos:

1).- Inasistencia:

Entrevistarse con el apoderado para saber causa de la inasistencia.

Si hay problema de enfermedad presentar certificado médico

2).- Permisos:

El retiro en horario de clases debe quedar escrito en el libro de entrada y salidas de la

escuela.

El alumno debe ser retirado por el apoderado.

El alumno puede salir del establecimiento con permiso verbal y ser retirado por sus padres.

3).- Representación pública del establecimiento:

El alumno debe tener autorización firmada por sus padres. Esta autorización debe indicar

hora, día, lugar y tiempo que permanecerá fuera del establecimiento.

VII: Pruebas y controles, disertaciones, entregas de trabajos y materiales. Si un alumno falta a un control, disertación o entrega de trabajo deberá justificar su inasistencia.

Este deberá ser evaluado por el profesor del subsector correspondiente en horas de clases. El

interesado (alumno (a)) debe comunicarle al profesor su inasistencia y motivo en la ocasión que le

corresponda dicha signatura. De no ser así el profesor podrá aplicar su criterio oportuno de acuerdo

al reglamento de evaluación.

En cuanto a los materiales:

El alumno deberá cuidar los materiales que se le entregan en el establecimiento.

El alumno deberá mantener sus textos y cuadernos forrados y en buen estado.

Los alumnos deberán llevar los materiales requeridos por el profesor, de acuerdo a su

condición de alumno rural.

VIII: De las prohibiciones de los alumnos Para resguardar la integridad de los alumnos y el normal funcionamiento de las actividades dentro

del aula, se prohíbe a los alumnos de la escuela:

Queda estrictamente prohibido portar o ingresar armas o elementos con los cuales puedan

dañar la integridad de los miembros de la comunidad escolar.

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Traer joyas y dinero en mayor cantidad de lo necesario. Los aparatos electrónicos, tales

como radios, juegos u otros, serán retenidos por el profesor hasta el término de la jornada o

entregados al apoderado, según sea pertinente.

La escuela no se hace responsable por la pérdida de los aparatos y accesorios nombrados

anteriormente.

Introducir en la escuela cigarrillos, bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas de

cualquier tipo o denominación

IX: Aspectos normativos de las faltas. Procedimientos de evaluación de

faltas y aplicación de sanciones. La indisciplina personal y grupal dentro de la escuela daña el respeto entre las personas y entorpece

el buen funcionamiento de la comunidad educativa y el logro de sus objetivos. Se consideran faltas

aquellas acciones que dificultan el logro de los objetivos propios de la unidad educativa y las que

sean contrarias a los principios de convivencia de la escuela, a las normas éticas o legales y a las

disposiciones emanadas del ministerio de educación. Se consideran como:

a) Faltas leves:

Se considera una falta leve todo aquello que altere la convivencia y el normal desarrollo del

proceso escolar sin involucrar daño físico, psicológico ni moral a otro integrante de la

comunidad.

Quedarse en la sala de clases u otras dependencias durante los recreos sin autorización del

docente a cargo. .

Utilizar dando mal uso a todo equipo e instrumento técnico pedagógico puesto en servicio

de ellos.

Faltar a clases, pruebas y trabajos sin causales o motivos debidamente justificados.

Fingir o mentir no estar informados de sus actividades cotidianas, así mismo como no

cumplir con sus responsabilidades por simple omisión en reiteradas ocasiones.

Alterar el normal desarrollo de cualquier actividad académica o extra programática.

Evitar, ocultar, desinformar o eludir la comunicación dirigida a apoderados y que emane

desde el establecimiento al hogar.

Deshechar o botar objetos en lugares no habilitados o lanzar objetos en cualquier espacio al

interior del establecimiento.

Desaprovechar las horas lectivas de cualquier asignatura y/o actividad extraescolar sin

seguir instrucciones para la ejecución de diversas tareas y o actividades dedicándose a otras

acciones distintas de las solicitadas.

b) Faltas graves:

Se consideran faltas graves todos aquellos comportamientos que alteren gravemente la

actividad escolar, esto es atentando contra la integridad física, moral y/o psicológica propia

y/o de cualquier integrante de la comunidad escolar. Se consideran faltas graves:

Reiterar en al menos 3 faltas leves.

Interrumpir constantemente el desarrollo de la clase con actos como gritos, silbidos, golpes

o molestar a un compañero, pararse continuamente del puesto sin autorización.

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Utilizar lenguaje y/o actitudes groseras hacia profesores y entre compañeros ya sea dentro

de la escuela como en sus alrededores.

Negarse, sin justificación alguna, a rendir una evaluación programada con anticipación

estando presente en la clase.

Utilizar los computadores de la escuela para actividades que no han sido programadas o

autorizadas por el profesor jefe o de asignatura.

Deteriorar o causar daño la infraestructura del Colegio y demás bienes, tales como

mobiliario, paredes o muros, baños, pasillos o cualquier dependencia. Así mismo, sustraer o

quemar bienes, de cualquier miembro de la comunidad escolar.

Retirarse de clases, de otras actividades de aprendizaje o del Colegio en horario lectivo, sin

la autorización correspondiente.

Crear o publicar material tanto digital como impreso sobre temas que atentan contra la

dignidad de las personas o la institución.

Discriminar a cualquier integrante de la comunidad educativa y/o transeúnte, que

permanezcan en las inmediaciones del Colegio por su aspecto, condición social, económica,

religiosa, política, filosófica, étnica, nacionalidad, sexual, capacidades diferentes o

cualquier otra circunstancia.

Registrar, a lo menos, seis anotaciones negativas en Hoja de Registro de Observaciones

Personales en Libro de Clases.

Dirigirse o responder de manera grosera a cualquier integrante de la comunidad: gritando,

levantando el tono de voz, haciendo gestos corporales obscenos u otros.

Desobedecer órdenes con calidad de atingente al contexto y/o situación, emanadas de los

superiores jerárquicos de la escuela.

c) Gravísimas:

Introducir al establecimiento y/o consumir bebidas alcohólicas, drogas u otras sustancias

que dañen la salud.

Portar, prestar o comercializar armas blancas o de fuego y/o elementos que impliquen temor

o riesgos a cualquier integrante de la comunidad escolar, ya sea física o psicológicamente o

elementos penados por la ley vigente.

Lanzar piedras o cualquier proyectil en actitud amenazante hacia la integridad de los

miembros de la comunidad educativa así como de la infraestructura de ella.

Ejecutar acciones temerarias que provoquen destrozos, daños, peligro de la integridad física

de los integrantes de la unidad educativa.

Abandonar el establecimiento durante el desarrollo de la jornada escolar, sin la autorización

de la dirección, ni previa solicitud del apoderado o de uno de sus padres en forma oral o

escrita.

Hacer mal uso de los equipos de seguridad de la escuela, tales como extintores, red húmeda,

destrucción de señalética, etc.

Realizar y/o participar en actos de bullying, Ciberbullying y/o maltrato físico o psicológico

grave a compañeros (as) y/o personal del Colegio.

Usar en forma indebida elementos informáticos que impliquen un perjuicio para las

personas o la Institución, atentando contra la dignidad y los valores institucionales.

Acosar sexualmente tanto a compañeros (as) como a personal del Colegio y/o demás

miembros de la comunidad escolar.

Practicar actividades de connotación sexual en cualquier dependencia del establecimiento.

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Sustraer especies de valor al establecimiento, profesores, y/o a sus pares.

Grabar en audio o imagen a alumnos(as) y/o cualquier miembro de la comunidad escolar,

difundiendo el material total o parcialmente sin la autorización de las personas involucradas

Suplantar a alguna persona con el objetivo de perjudicar o sacar algún provecho.

Realizar cualquier acción constitutiva de agresión u hostigamiento hacia un (a) estudiante u

otro miembro de la comunidad escolar ya sea dentro o fuera del establecimiento.

Grabar actos de violencia o simulación para después difundirlo a través de cualquier medio.

Quemar papeles en la sala de clases, pasillos, basureros con el consiguiente riesgo de

provocar un incendio y alterar el orden en el Establecimiento.

Invadir y/o revisar pertenencias de cualquier integrante de la comunidad escolar, sin su

autorización (mochilas, carteras, casilleros, otros).

Adulterar o falsificar justificativos, certificados, anotaciones o calificaciones en el Libro de

Clases, o cualquier documento oficial de la institución.

Asistir al Colegio en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas.

Desconocer, no respetando la autoridad de los docentes y asistentes de la educación del

colegio.

En la aplicación de la graduación de faltas se consideran criterios específicos que se aplicarán ante

cada situación particular dada la responsabilidad de sus acciones, entre ellos están.

Edad del alumno

Curso o Nivel del alumno.

Rol que cumple en la escuela

Contexto (Defensa propia, situaciones familiares u otros)

Intereses y motivos.

La aplicación de sanciones será proporcional a las faltas y respetuosas de la dignidad de las

personas sancionadas. Para ello se dejan establecidas algunas de ellas, pudiendo incorporarse otras

de acuerdo a cada caso:

Servicio Comunitario: Realizara algunas actividades que beneficien a la actividad escolar.

Servicio pedagógico: Contemplar acciones en tiempo libre del estudiante asesorado por un

docente en actividades de aprendizaje para otros alumnos.

De recuperación de estudios: Acciones que permitan recuperar tiempo perdido por el

alumno en sus actividades de aprendizaje.

De reparación: Acciones que tengan como fin reparara daños a terceros.

X. ACCIONES REMEDIALES Las faltas leves, graves y gravísimas serán consideradas como indisciplina. Ante cada falta se

procederá a una acción remediad, si las faltas son graves o gravísimas y reiteradas, se aplicarán las

sanciones determinadas en el presente Reglamento Interno.

a) Las faltas en que incurran los alumnos y alumnas que signifiquen alterar la normal

convivencia escolar y menoscaben el clima educacional propio de la escuela, será tratado bajo un

criterio orientador, formativo y normativo por parte de los docentes y dirección.

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b) Se privilegiará el aspecto orientador y formativo por sobre la aplicación de normas

punitivas.

c) Las normas punitivas serán aplicadas en casos graves o gravísimos.

d) Entre las acciones remédiales se encuentran:

Conversación con el alumno(a) por parte del profesor.

Conversación con el apoderado.

Conversación con el Profesor Jefe, alumno(a) y Apoderado.

Firma de contrato remedial acordado entre el Profesor Jefe, alumno(a) y apoderado.

Se aplicarán las siguientes medidas para las faltas leves:

Amonestación verbal (llamado de atención) por parte del profesor o dirección.

La reincidencia de la falta será amonestada por escrito en el libro de clases como una

anotación negativa y /o notificación por escrito al apoderado

Tercera reincidencia: entrevista formal entre el o la estudiante, su apoderado (a) y el

Profesor (a) Tutor (a), firmando acuerdo de mejora.

Cuarta reincidencia: se transforma en falta grave y podrá aplicarse cualquier medida

contemplada para estas faltas.

Se aplicarán las siguientes medidas para las faltas graves

Las medidas buscan ser una vía formativa y de reparación, y guardaran una relación

proporcional con la falta cometida.

Servicio a la comunidad escolar. Conlleva ejercer alguna actividad en tiempo libre que

beneficie a la comunidad educativa. Dentro de esto se contempla: recolectar o elaborar

materiales escolares, clasificar textos en biblioteca, apoyar a estudiantes en sus tareas,

ordenar algún espacio del establecimiento, mantener el jardín, ayudar bajo supervisión a

cuidar a los estudiantes de menor edad.

Suspensión de la participación en actividades extraescolares, complementarias o actividades

de colegio.

Suspensión de clases hasta por tres días.

Conversación con el alumno.

Notificación al apoderado, por escrito sobre el hecho sucedido.

Entrevista con el apoderado y el alumno por parte del profesor jefe y/ o dirección.

Aplicación de la sanción de acuerdo a la falta con conocimiento y responsabilidad del

apoderado.

Los padres y/o apoderados podrán realizar sus descargos y tendrán un plazo de 24

hrs para tales fines, presentándolo a algún miembro de la directiva del

establecimiento, durante las 24 hrs siguientes se informara la resolución definitiva,

dando inicio a la sanción según corresponda o no.

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Se aplicarán las siguientes medidas para las faltas gravísimas:

Toda falta gravísima conllevará la aplicación de una o más sanciones esto dependiendo de

su gravedad y la ocurrencia y/o reiteración de estas, las que no serán aplicadas de manera

graduada y/o sucesiva. Las medidas serán formativas, con carácter reparatorias:

Suspensión de clases por cinco (5) días. (esta medida será aplicada por el Departamento de

Convivencia en conjunto con el respectivo profesor(a) tutor(a), teniendo presente

atenuantes y/o agravantes para ello)

Condicionalidad de matrícula. (esta medida será aplicada por el Departamento de

Convivencia en conjunto con el respectivo profesor(a) tutor(a), teniendo presente

atenuantes y/o agravantes para ello)

No renovación/cancelación de la matrícula. (esta medida será aplicada por la Dirección del

Colegio en conjunto con el Consejo escolar, teniendo presente atenuantes y/o agravantes

para ello).

Expulsión del colegio. (esta medida será aplicada por la Dirección del Colegio en conjunto

con el Consejo escolar, teniendo presente atenuantes y/o agravantes para ello).

Los padres y/o apoderados podrán apelar a las medidas de suspensión y condicionalidad de

matrícula de forma escrita en un periodo de 24 horas hábiles a contar de la fecha de notificación

durante las 24 hrs siguientes se informara la resolución definitiva, dando inicio a la sanción según

corresponda o no.

Las determinaciones en cuanto a la no renovación de matrícula y expulsión del colegio serán

aplicadas por la Rectoría del Colegio en conjunto con el Consejo de Dirección, teniendo presente

atenuantes y/o agravantes para ello.

La no renovación de matrícula, que se hace efectiva en el momento del término del año escolar, es

una medida adoptada sólo por la Dirección del Colegio, la cual será notificada por escrito al

estudiante y al padre, madre o apoderado, quienes tienen derecho a pedir la reconsideración de la

medida dentro de los 15 días hábiles siguientes.

Al ser solicitada la reconsideración, la Dirección del Colegio pedirá la opinión por escrito del

Consejo de Profesores antes de tomar la decisión.

La no renovación de matrícula se informará al estudiante, padre, madre y/o apoderado, y a la

Superintendencia de Educación, en torno a la decisión de aplicar la medida, dentro de los cinco días

hábiles si es que Dirección rechaza la re consideración escrita o transcurridos los 15 días para pedir

la revisión de la medida, sin que el apoderado o el estudiante la soliciten.

Es importante destacar que estas medidas que preceden en el reglamento de convivencia

escolar constituyen una medida excepcional, toda vez que se han puesto en marcha

previamente todos los mecanismos en función de apoyar el estudiante .

XI. Resolución pacífica de conflictos. Luego de evaluar la gravedad de las faltas y definir una sanción proporcionada y con carácter

formativo, es necesario aplicara algunas técnicas que permitan afrontar conflictos interpersonales,

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estas técnicas se aplicarán en forma progresiva los procedimientos para intencionar una solución

pacífica:

a) Negociación: las personas implicadas en el problema dialogarán cara a cara y tratarán de

entender lo ocurrido, cada uno expone su punto de vista, sus motivos y sentimientos, del

mismo modo se escucha el planteamiento del otro y llegarán juntos a acuerdos reparatorios.

b) Mediación: un tercero mediador, previamente establecido y aceptado por las partes

involucradas en el conflicto tienen la misión de ayudar en el diálogo y las partes en

conflicto, los persuade de que voluntariamente reflexionen y asuman sus responsabilidades.

Las personas involucradas buscarán alternativas de acuerdos reparadores.

c) Conciliación y arbitraje: Si los conflictos no son posibles de resolver por las partes,

entonces se requiere la ayuda de un tercero. Este arbitro o juez con poder y atribuciones

reconocidas por las partes define una salida y/ o solución al conflicto. Las personas en

conflicto deberán acatar su decisión tomada de acuerdo a los antecedentes.

XII: De la relación del establecimiento con los apoderados. El establecimiento tendrá distintas instancias y situaciones para relacionarse con los apoderados,

estas relaciones se basarán bajo las siguientes disposiciones:

a) Recibir un trato deferente y justo entre ambas partes.

b) Los apoderados se les dará conocimiento de la situación escolar de los alumnos cuando

ellos lo soliciten.

c) El establecimiento entregará certificados de matrícula u otros a los apoderados cuando ellos

lo soliciten para regular situaciones de cargas familiares, becas, etc, para sus pupilos.

XIII: De la difusión del Reglamento de Convivencia escolar. El presente Reglamento de Convivencia escolar se dará a conocer cada inicio del año escolar y por

escrito a los distintos estamentos de la comunidad educativa, para su difusión, conocimiento y

cumplimiento de sus artículos.

XIV: De la relación del Establecimiento con instituciones y organismos de

la comunidad. La comunicación con las instituciones aledañas a la comunidad, a saber, posta y carabineros, se

mantendrá de manera activa y cordial, para solicitar y recibir apoyo de carácter informativo, de

prevención y ayuda en caso de una emergencia.

XV: De los casos especiales y de la continuidad de estudios. 1. En el caso de que una alumna quede embarazada durante el período escolar, tendrá derecho

a terminar sus estudios de la siguiente manera:

a) Comunicar su situación al profesor jefe y directora.

b) Continuar con sus estudios de forma normal bajo los cuidados que demanda su estado de

gravidez.

c) Permanecerá en su hogar durante el pre y postnatal y el tiempo que medicamente se

prescribiera como necesario por su estado de gravidez y por ende el cuidado de su futuro

hijo(a).

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d) Desarrollar guías de aprendizajes, lecturas, actividades didácticas entregadas por los

profesores de los diferentes sectores de aprendizaje.

e) Rendir pruebas y presentar trabajos en forma y fecha indicada por los profesores y la

dirección.

2. Los alumnos y alumnas en riesgo social:

a) Serán apoyados por el establecimiento dándole posibilidades de reforzamiento y de una

mayor atención personalizada, para incorporarlo al trabajo educativo.

b) Recibirán orientación por parte de los aduladores, contribuyendo al desarrollo y

fortalecimiento de sus potencialidades.

XVI: Disposiciones generales. a) Al presente Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, se anexarán los protocolos que sean

necesarios según la normativa vigente del MINEDUC y otras Instituciones que correspondan

(Superintendencia de Educación, Agencia de Calidad).

b) En todas las faltas y sanciones que no estén previstas o especificadas en el presente Reglamento

de Convivencia escolar de alumnos, le corresponderá a la Dirección, oído el consejo de profesores,

tomar las decisiones correspondientes para cada caso en particular. Agregar injerencia de

convivencia escolar

XVI: Reforma del Reglamento de Convivencia Escolar. El presente reglamento de Convivencia Escolar podrá ser reformado a petición expresa y fundada

de la Dirección del establecimiento, del Consejo de profesores, Consejo Escolar y en cumplimiento

de la normativa legal vigente.

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ANEXOS

PROTOCOLO FORMATIVO El espíritu del presente protocolo es operacionalizar las acciones que se han de realizar para el

desarrollo de una óptima convivencia escolar.

DEL INGRESO DE LOS ESTUDIANTES AL AULA 1. El ingreso al aula deberá ser ordenado y en silencio, para lo cual los estudiantes deberán

dirigirse a su aula correspondiente cuando se escuche la campana de ingreso. Los

estudiantes harán ingreso de manera ordenada según el profesor lo indique o la persona

adulta facultada para hacerlo en casos especiales de demora o ausencia del profesor/a

2. Una vez en el aula los estudiantes deberán esperar de pie y en silencio el saludo inicial del

profesor/a, sentándose solo una vez que el docente los autorice.

DEL COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES DURANTE LA CLASE

1. Los estudiantes se mantendrán en silencio y deberán pedir la palabra cuando deseen realizar

algún aporte, siendo prerrogativa del profesor otorgarla dependiendo del contexto de las

clases.

2. Los estudiantes deberán participar activamente de la clase, tomando conciencia que el éxito

de esta depende en gran medida de su disposición. Para ello, deberán participar plenamente

en el desarrollo de esta y en su cierre, etapas que les pertenecen por esencia.

3. Faltando entre 3 y 5 minutos antes de la campana que indica el fin de la clase el profesor

ordenará que los estudiantes:

Guarden sus cuadernos y saquen lo necesario para el recreo.

Esperen en silencio y de pie detrás de sus sillas para salir al recreo, lo cual harán

cuando el profesor lo indique dependiendo de su comportamiento durante esta

espera, siendo prerrogativa del docente demorar su salida si dicho comportamiento

no es adecuado.

Una vez que el docente autorice la salida del curso, esta se realizara en silencio y en

el orden que establezca el profesor.

Durante estos últimos 3 o 5 minutos de clases, será OBLIGACION del profesor:

a) Firmar el libro de clases.

b) Completar el cuadro de ausentes en caso de ser necesario (atrasados).

c) Completar los contenidos (o actividad /aprendizaje esperado u objetivo según se haya

decidido) de la clase.

Se entiende que en casos extraordinarios el teléfono celular se aceptará, pero bajo estricta

responsabilidad del estudiante y siempre que permanezca apagado durante las clases

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PROTOCOLO DE ACTUACION EN CASO DE INCIDENTES QUE INTERRUMPAN

EL NORMAL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES En caso que en la escuela se produzca un incidente (agresión, amenazas, insultos graves, accidente,

etc.) en el que esté implicado como actor o como víctima cualquier funcionario o profesional del

colegio, la Directora o quien la reemplace procederá conforme a las siguientes pautas:

a) Si el alcance del acontecimiento lo requiere, valorará si procede o no, llamar a las fuerzas

de orden público para que intervengan, protegiendo o garantizando siempre la seguridad de las

personas, la continuidad del servicio educativo y la integridad de las instalaciones.

b) Comunicación inmediata del suceso mediante vía telefónica, (posteriormente corroborar vía

correo electrónico o presencial) a:

Comisaría de Carabineros de Lautaro, o Retén más cercano, teléfonos: (45) 2466091.

Posta más cercana, teléfono: (45) 2381012 (CESFAM Lautaro)

c) Seguir las orientaciones que inmediatamente establecerá el Servicio contactado. En caso de

mediar denuncia se facilitará copia de la misma.

d) Recepción inmediata de personal especializado.

e) Cuando cualquier medio de comunicación solicita a la escuela o a los empleados implicados

información sobre el suceso, se recomienda que éstos contacten previamente con la Directora de la

escuela o quien la reemplace.

f) En caso de mediar denuncia, se recomienda a la persona afectada que recurra a la asistencia

jurídica necesaria.

g) Si la situación que se deriva del siniestro provoca o puede inducir una situación de tensión,

nerviosismo o que pueda tener efectos psicológicos negativos en el personal o en el alumnado, la

dirección del colegio colaborara en el desarrollo de las medidas que convenga adoptar en cada caso.

h) En caso de que el suceso afecte a personal sin vínculo laboral directo con la Administración

del Colegio, se comunicará el siniestro igualmente a las instituciones individualizadas en la letra b).

i) En caso que el funcionario denunciado, haya sido injustamente acusado, corresponderá

restituir su honor y profesionalidad. Una vez dictada sentencia favorable y siempre que se cuente

con su autorización, se realizará una publicación de la información esclarecedora de la verdad en los

medios de comunicación comunal y regional.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN LOS CASOS DE ACOSO ESCOLAR

(BULLYNG) Comunicación de situaciones de acoso.

Cualquier miembro de la comunidad educativa (estudiantes, profesores, asistentes de la educación)

que tenga conocimiento de una situación de acoso entre alumnos o considere la existencia de

indicios razonables, tienen la obligación de ponerla inmediatamente en conocimiento de la directora

de la escuela. En todos los casos se garantizará el anonimato de la identidad de la persona que

realiza la comunicación.

Procedimiento de intervención ante supuestas situaciones de acoso entre escolares.

1. Para valorar la situación denunciada la directora solicitará al profesor/a jefe del alumno

afectado que recabe información relacionada con esa situación. Si considerara necesario completar

esta información con la aportada desde el entorno familiar podrá solicitar reunión con apoderado o

familiar. No obstante, se podrá incorporar cualquier otro tipo de información que se considere

significativa. Todo ello con la necesaria confidencialidad.

2. En función de la información aportada por el profesor /a jefe, la directora podrá establecer

medidas preventivas de protección que garanticen la inmediata seguridad del alumno supuestamente

acosado. Estas medidas de protección consistirán en el incremento de la vigilancia en aquellas

zonas y durante los momentos en los que se haya denunciado que se suele producir el acoso.

3. Si de la intervención del profesor/a jefe del alumno afectado se confirmara la existencia de

indicios de acoso y para verificar la situación, la directora instará al profesor/a jefe, o a la persona

que designe para que continúe el proceso. A tal efecto se mantendrán las siguientes entrevistas, en

un plazo no superior a dos días:

a) Con el alumno presuntamente acosado. Al iniciar la entrevista se asegurará al alumno la

confidencialidad de sus informaciones. A lo largo de esta entrevista se dará prioridad a la

información que permita identificar:

Alumno o alumnos agresores.

Observadores no participantes.

Alumnos que, en ocasiones, han protegido y ayudado a la víctima.

Localización de espacios y tiempos en los que suele producirse la agresión.

Consecuencias de la intimidación para la victima (ausentismo escolar, disminución del

rendimiento académico, repercusiones emocionales y físicas, etc.)

b) Con observadores no participantes. Se trata de recabar información de aquellos compañeros que

conocen los hechos pero que nunca se han involucrado activamente en ellos. Especialmente interesa

conocer:

Frecuencia con la que se produce el acoso.

Tipo de acoso.

Lugar donde se produce

Sentimiento de seguridad que tienen los alumnos en la escuela.

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Como se ha indicado anteriormente, al realizar estas entrevistas conviene señalar el carácter

confidencial de las mismas y, en todo caso, garantizar el anonimato del alumno con relación a las

informaciones que aporte.

c) Con los padres de la presunta víctima. En el caso de ser pertinente la entrevista se informará

sobre los hechos que se investigan sobre las medidas preventivas adoptadas, sobre el proceso

disciplinario que se iniciaría si se confirmase la existencia de una situación de acoso y, en caso

necesario, de las medidas paliativas que se adoptarían. Cuando se planifiquen las entrevistas se

evitará que coincidan los padres de los alumnos implicados como supuesto acosado y agresor o

agresores.

d) Con los padres del alumno o alumnos presuntos agresores. En esta entrevista se informará sobre

la acusación que se ha realizado, sobre las evidencias que existen relacionadas con esa acusación y

que, si se confirma la existencia de acoso, se iniciara el procedimiento disciplinario legalmente

establecido. En cualquier caso se manifestara a los padres la preocupación y el interés del

profesorado por ayudar a los alumnos a que establezcan unas relaciones sociales adecuadas, y se

solicitara la colaboración familiar para conseguir ese objetivo.

e) Con el presunto agresor o agresores. Dentro de lo posible, la primera entrevista se realizará

inmediatamente después de concluir la reunión con sus padres. Se pedirá al alumno que informe

sobre los hechos que están sucediendo al alumno supuestamente acosado, y se contrastará su

versión con los datos conocidos.

4. Una vez concluidas las entrevistas, la persona encargada de realizar el proceso, realizará un breve

informe sobre los datos más relevantes de la situación denunciada y en función de la información

aportada, decidirá si procede la incoación de expediente disciplinario al alumno o alumnos

agresores, en cuyo caso les aplicara de inmediato las medidas contempladas en el Reglamento de

Convivencia. Antes de finalizar el expediente, podrá pedir al alumno acosador que proponga y

adopte compromisos con el fin de que cese la situación de acoso, repare moralmente al acosado y

colabore con el profesorado en la erradicación de este tipo de comportamientos. La actitud y

compromiso del alumno ante estas propuestas se podrá tener en cuenta a la hora de determinar la

medida correctiva que corresponda.

6. La Directora podrá solicitar una intervención más especializada. si lo estima necesario y en

consulta con el profesor o profesora jefe.

7. La directora, una vez decidida la incoación de expediente disciplinario, informará por escrito de

los hechos a la Fiscalía de Menores, además, si alguno de los escolares implicados en la situación

de acoso escolar fuera menor de catorce años se trasladará también esta información a la

Conserjería competente en materia de protección de menores, a los efectos de que dentro de sus

atribuciones adopte las medidas procedentes.

Actuaciones posteriores con los implicados en las situaciones de acoso escolar.

Una vez verificada la situación de acoso, e iniciadas las medidas correctoras previstas, la directora

adoptará las medidas necesarias para paliar sus efectos negativos y evitar la reproducción de

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situaciones similares. A estos efectos dispondrá que se lleven a cabo actuaciones con la víctima,

agresor o agresores y observadores.

1. Actuaciones con la víctima:

a) El profesor jefe o persona que se designe, en colaboración con la directora asesorará al alumno

para que adopte conductas de afrontamiento adecuadas ante aquellas situaciones conflictivas que,

con anterioridad habían concluidos en una situación de acoso. En la instauración de estas pautas se

contará con la colaboración de los padres.

b) El profesorado, coordinado por el profesor jefe introducirá actuaciones tendientes a ampliar y

fortalecer el círculo de relaciones de la víctima. Estas medidas se llevaran a cabo con la adecuada

discreción para evitar que la situación personal de la víctima sea comentada delante de todos los

alumnos.

c) En el caso de que se observe que el alumno está especialmente afectado desde el punto de vista

psicológico, se recomendará a la familia que sea atendido por los servicios externos pertinentes.

2. Actuaciones con el agresor o agresores:

a) Como complemento a las acciones correctoras a las que hubiere lugar, según lo dispuesto en el

Reglamento, el profesor jefe adoptará las medidas necesarias para favorecer la integración del

agresor o agresores en el grupo respetando los intereses y derechos de los demás.

b) En caso necesario, el responsable de la Convivencia Escolar en la escuela podrá recomendar a la

familia que el alumno sea atendido por apoyos externos.

3. Actuaciones con los observadores:

Los profesores/as jefes realizarán actividades con el grupo de curso para que los alumnos conozcan

cómo actuar ante diferentes situaciones de acoso. Especialmente se incidirá sobre:

Modo de reprobar las conductas de acoso.

Modo de Mostrar apoyo a la víctima

Procedimiento para aislar al agresor cuando se comporta de modo inadecuado.

Procedimiento para denunciar las agresiones.

Las actividades anteriores se realzarán evitando, en la medida de lo posible, que los alumnos las

consideren como una consecuencia de la situación de acoso que se ha producido.

Actuaciones de seguimiento y evaluación.

1. La directora mantendrá informado al Consejo Escolar de la situación detectada y de las

actuaciones adoptadas La Comisión de Convivencia, realizará el seguimiento de compromisos y

pautas de actuación adoptados con alumnos con padres.

El Consejo Escolar evaluará, en un período no superior a 30 días, la eficacia de las medidas

correctivas.

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REGLAMENTO INTERNO CONSEJO ESCOLAR ESCUELA QUILACURA

(ENTREGADO, SEGÚN NORMATIVA, EL AÑO 2009)

Título I: Del Consejo Los Consejos Escolares son equipos de trabajo que se deben constituir en cada escuela para

aumentar y mejorar la participación de la comunidad educativa representada en sus distintos

estamentos y promover una vinculación más estrecha entre la Comunidad y el quehacer educativo.

a) Objetivo General: Acercar e integrar a los distintos estamentos de la unidad educativa, de

manera que puedan informarse, participar, opinar y proponer sobre materias relevantes del quehacer

educativo, con el propósito de colaborar en el mejoramiento de la calidad de los aprendizajes

escolares.

b) Método de Trabajo: Para el funcionamiento del Consejo Escolar se realizarán sesiones de

trabajo de carácter informativo, propositivo, participativo y organizativo. Para ello se nombran

algunos puntos importantes:

El consejo Escolar se reunirá a lo menos una vez al mes durante el año escolar, las que se

definirán en función de los objetivos de trabajo.

Las sesiones se realizarán en forma planificada y con regularidad en el tiempo.

Cada sesión de Trabajo tendrá objetivos específicos claros.

Los acuerdos y contenidos tomados en las sesiones quedarán registrados por escrito

mediante actas.

Lo discutido y acordado en las sesiones será difundido a todos los miembros de la

comunidad educativa.

La duración de las reuniones será acordada por todos los miembros del Consejo.

Crear instancias para desarrollar conocimientos y habilidades necesarias para implementar

un plan de trabajo anual.

c) Áreas de acción y funciones del Consejo Escolar: La acción de los Consejos Escolares se

podrá identificar en tres ámbitos.

Contribuir en el logro de aprendizajes efectivos. El Consejo deberá:

Informar y trabajar por el logro de las metas que el establecimiento se proponga para cada

año.

Analizar los resultados obtenidos en mediciones nacionales.

Seguir de cerca la situación de alumnos en riesgo de repitencia y/o deserción escolar.

Conocer el resultado de programas de mejoramiento.

Mejorar la convivencia y apoyar en la formación integral de los estudiantes.

Trabajar por mejorar el reglamento de convivencia, explicitando el sentido de las normas,

definiendo procedimientos justos y transparentes para determinar la aplicación de sanciones

y la resolución de conflictos.

Apoyar el logro de los objetivos fundamentales transversales

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Apoyo en la gestión del establecimiento.

Revisará el Proyecto Educativo Institucional, para evaluar su aporte al logro de los

objetivos de la escuela.

Compartirá el sentido de responsabilidad con las metas del establecimiento.

Propiciará el trabajo en equipo.

Trabajará por el bien común, la confianza institucional.

d) Las atribuciones del Consejo Escolar

1.- El consejo escolar debe ser informado a lo menos de las siguientes materias:

Los logros de aprendizajes de los niños: deberá ser informado a lo menos semestralmente a

cerca de los resultados del rendimiento escolar, mediciones de la calidad de la educación.

(SIMCE), y avances en el desarrollo de aprendizaje Intercultural.

2.- El consejo escolar debe ser consultado a lo menos en los siguientes aspectos:

Proyecto Educativo Institucional

Programa anual y actividades extracurriculares

Metas del establecimiento y proyectos de mejoramiento propuestos

La elaboración y las modificaciones al reglamento interno

3.- El consejo escolar puede opinar respecto a :

Acciones para mejorar la participación de toda la comunidad escolar.

Alternativas para el mejoramiento de la convivencia escolar.

Estrategias para asumir temas sociales emergentes en :

• Seguridad escolar

• Educación ambiental

• Educación en sexualidad

• Derechos humanos y diversidad cultural

• Prevención del tráfico y consumo de droga y alcohol

• Alternativas para fortalecer la relación con la comunidad.

4.- Las atribuciones del Consejo Escolar no contemplan decisiones en materias técnico pedagógico.

Título II: De las sesiones a) Ordinarias: Las sesiones del Consejo Escolar se realizarán una vez al mes durante el año escolar.

b) Extraordinarias: Las reuniones extraordinarias se realizarán en el momento que se precise para

evaluar y resolver situaciones, siendo la directora, más dos de los miembros del consejo quienes

citen a dicha reunión.

c) De las citaciones: Los miembros de Consejo Escolar serán citados a reuniones ordinarias y

extraordinarias, por la directora del establecimiento en su calidad de presidente del Consejo, a

través de una convocatoria escrita indicando temas a tratar, fecha y hora y firmado por el

presidente y secretario del Consejo.

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Título III: De los miembros del Consejo escolar a) Forman parte del Consejo Escolar:

La sostenedora y directora del establecimiento, quién presidirá el Consejo Escolar.

Un docente elegido por los profesores del establecimiento.

Un asistente de la educación elegido por los asistentes de la educación del establecimiento

El presidente del Centro de Padres y Apoderados.

El presidente del Centro de Alumnos.

Un representante de la comunidad

b) Podrán formar parte del Consejo escolar representantes de los distintos estamentos de la

comunidad educativa. Queda estipulado que a petición de cualquier miembro del Consejo, el

Presidente del mismo someterá a consideración la incorporación de nuevos miembros. Asimismo el

director podrá hacerlo por propia iniciativa ante lo cual, el Consejo deberá resolver sobre esta

petición.

c) Como condiciones para pertenecer al Consejo Escolar, los representantes deben pertenecer

a la comunidad educativa y haber sido elegidos democráticamente.

d) Los miembros del Consejo Escolar permanecerán un año en el cargo, pudiendo ser

reelegidos por un período similar.

e) Un miembro del Consejo Escolar deja de pertenecer al mismo cuando:

Cuando no cumple con las funciones establecidas.

Cuando termina su período de permanencia.

Cuando el Consejo lo determine, previo análisis del caso.

f) Para que la gestión del Consejo Escolar pueda llevar a cabo sus objetivos, cada

representante deberá cumplir con una función específica:

Representante Función

Antonieta Aravena Pino Presidente del consejo

Secretaria del consejo

Colaborador

Colaborador

Título IV: Del Secretario General El secretario general del Consejo escolar será elegido a través de votación por parte de los

integrantes del Consejo. Su función será registrar y redactar todos los acuerdos tomados en las

sesiones, quedando constancia de ello en las actas.

Título V: De las actas. Todos los acuerdos tomados en las sesiones del Consejo Escolar, quedarán registrados en las actas,

las cuales deben contener fecha, hora de inicio y término de la sesión, miembros asistentes a la

reunión, tipo de reunión, asuntos tratados y sus responsables, fecha próxima reunión, firma del

secretario y timbre del establecimiento.

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Título VI: De la Comunicación. Los acuerdos y resoluciones tomados por el Consejo Escolar se informarán a la comunidad escolar

a través de notificaciones escritas a cada directiva de los estamentos representados y además se

dejará una copia en el diario mural del establecimiento.

Título VII: De los acuerdos Todos los acuerdos tomados en el Consejo Escolar deben quedar registrados en forma escrita,

firmada por Presidente y Secretaria del Consejo y timbrada por el establecimiento.

Título VIII: Derechos y deberes de los miembros del Consejo Escolar De acuerdo a la ley N° 19.979 que reglamenta los consejos escolares, cada representante de estos

deberá acoger y respetar los deberes y derechos asignados. Además, el consejo propone otros que

deberán ser acogidos de igual manera.

Título IX: De las modificaciones al Reglamento: Las modificaciones al reglamento interno del consejo escolar se harán previo análisis del punto en

cuestión y luego de haber sido aprobado en un 70% de la totalidad de los miembros se dará por

modificada la normativa.

Los miembros del Consejo escolar dan fe de haber consensuado todos los puntos que indica este

reglamento

DEBERES DERECHOS Asistencia periódica a las reuniones

Permanecer en la reunión el

tiempo acordado o justificar.

Escuchar, acoger y responder a los

estamentos que representan.

Los miembros del Consejo Escolar serán

el vehículo para dar a conocer y analizar las inquietudes, necesidades y sugerencias de los distintos estamentos

Derecho a opinar y expresarse dentro del Consejo.

Derecho a informar sobre acuerdos

tratados.

Respeto de sus superiores.

Ser consultados sobre aspectos del PEI, del programa anual, actividades extracurriculares, metas y proyectos del establecimiento.

Revisar y proponer modificaciones del reglamento interno.

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Funciones y Atribuciones de Consejo: 1.- El presente consejo será informado, a lo menos, respecto de las materias consideradas en el

artículo 4º del reglamento.

a) Otras Materias acordadas por este consejo.

Actividades extracurriculares

Metas y Proyectos del establecimiento

2.- El Consejo Escolar será consultado, a lo menos, en los temas que contempla el reglamento de la

ley en su artículo 5º:

a) Otras Materias acordadas por este consejo para ser consultado:

Ser consultados sobre actividades interculturales a realizar en el establecimiento

Ser consultados sobre los recursos tecnológicos que hay en el establecimiento.

Ser consultados respecto de la infraestructura del establecimiento que necesiten

modificación o implementación.

3.- El Consejo podrá ser propositivo en todas las materias que aporten a mejorar la gestión

convivencia y aprendizaje escolar, sin intervenir en funciones que sean de competencia de otros

órganos del establecimiento.

a) Otras funciones que el consejo ha establecido:

Proponer proyectos de mejoramiento para la convivencia y aprendizajes escolares.

4.- Las atribuciones de carácter resolutivo otorgados al Consejo Escolar son los siguientes:

El carácter resolutivo del consejo escolar no fue otorgado por el sostenedor del establecimiento

I.- El Consejo se ha dado la siguiente organización:

- Presidente : Srta Antonieta Aravena Pino

- Secretaria : Sra Claudia Pérez Pantillon

- Colaboradoras : Sr. Nicolás Bustos Rainao

II.- Funcionamiento y Periodicidad del Consejo:

El Consejo ha determinado:

Funcionamiento:

El Consejo escolar realizará sesiones de trabajo de carácter informativo, propositivo, participativo y

organizativo, para planificar actividades, resolver situaciones y crear instancias para implementar el

plan de trabajo anual.

Cada miembro dará a conocer las inquietudes, necesidades y sugerencias de los estamentos

representados.

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El consejo escolar respetará los deberes y derechos atribuidos por ley y los acordados por ellos,

quedando registrados en el reglamento interno.

Las sesiones y los acuerdos o resoluciones tomadas quedarán registradas por escrito en un acta.

Periodicidad:

El consejo se reunirá al menos una vez al mes y cuando se solicite y/o necesite una reunión

extraordinaria.

El presente Consejo se compromete a: cumplir la normativa vigente y a asumir y regular su

funcionamiento según el reglamento interno del consejo Escolar a confeccionar.

La presente acta ha sido realizada con copia para ser presentada en el Departamento Provincial del

Ministerio de Educación.

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Antonieta Aravena Pino Antonieta Aravena Pino Claudia Pérez Pantillon

Sostenedor(a) Director(a) Docente

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Centro de Padres Centro de alumnos