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PLAN DE CAPACITACION SOBRE TOPICOS DEL MANEJO DE LA PESCA RESPONSABLE DE JAIBA Y DE LA NORMATIVIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL Responsable del Proyecto: ASEPYA, S.C. Ocean. María de Lourdes Juárez Romero

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PLAN DE CAPACITACION SOBRE TOPICOS DEL MANEJO DE LA PESCA RESPONSABLE

DE JAIBA Y DE LA NORMATIVIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL

Responsable del Proyecto:ASEPYA, S.C.

Ocean. María de Lourdes Juárez Romero

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Presentación de los participantes

• Nombre.

• Experiencia en la pesca de jaiba.

• Que esperas del curso?.

• Compromiso personal.

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Reglas de convivencia

Evaluación inicial

•Celular apagado o en vibración

•Pedir la palabra

•Intervenciones breves

•Respetar al compañero cuando este participando

•Aplicación de examen diagnóstico

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Capacitar a la mayoría de la población pesquera dedicada al recurso jaiba asentados en los 13 municipios costeros de Sonora, sobre tópicos de manejo responsable de la pesca de la jaiba y sobre la normatividad nacional e internacional que le aplica.

OBJETIVO GENERAL

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

OBJETIVO 1: Capacitar a los pescadores de jaiba de Sonora en buenas prácticas de pesca basado en la aplicación del Código de Conducta de Pesca Responsable y la Norma de Pesca 039.

OBJETIVO 2: Aplicar el conocimiento adquirido y obtener el consenso para sentar las bases de un Código de Conducta de Pesca responsable para la jaiba en Sonora

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Capacitar el 80 % de pescadores de Jaiba en Sonora, en tópicos de la pesca responsable y de las normas oficiales que les aplican en los ámbitos nacional e internacional que propicie un manejo sustentable del recurso pesquero del cual dependen económicamente.

META

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¿Porque ?Los pescadores requieren capacitación y que se les transfiera esos conocimientos.

¿Para que ? Para que cada día estén mas conscientes de la necesidad del cuidado del recurso del cual dependen y capacitarlos en su trabajo diario, de forma tal que las autoridades también cuenten con un elemento adicional para evaluar a los solicitantes.

¿Que beneficio obtengo como pescador? Reconocimiento en el otorgamiento de los permisos de pesca a quienes hayan recibido esta trasferencia de conocimiento.

¿Porque?, ¿para que? y ¿que beneficio obtengo como pescador?

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INTRODUCCION

En el ámbito mundial se han establecido principios y normas internacionales para la aplicación de prácticas responsables con miras a asegurar la conservación, la gestión y el desarrollo eficaces de los recursos acuáticos vivos, con el debido respeto del ecosistema y de la biodiversidad. En ellos se ha reconocido y se reconoce la importancia nutricional, económica, social, cultural y ambiental de la pesca y los intereses de todos aquellos que se relacionan con el sector pesquero, tomando en cuenta las características biológicas de los recursos y su medio ambiente y los intereses de los consumidores y otros usuarios. La Organización de las Naciones Unidas (ONU), a través de la Organización de las naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), insta a los Estados y a todos los involucrados en la actividad pesquera para que apliquen El Código de Conducta para una Pesca Responsable (CCPR) de manera efectiva, ya que dentro de su ámbito prioritario de competencia está la implementación de normas mundiales a través de políticas y leyes nacionales. MEXICO ESTA COMPROMETIDO A APLICAR EL CCPR AL FIRMAR ESE ACUERDO MUNDIAL

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INTRODUCCION

En México existe una serie de regulaciones normativas que parten desde la Constitución Mexicana o Carta Magna, la Ley General de Pesca y Acuicultura Sustentables, y su reglamento y otras leyes relacionadas, hasta llegar a la norma oficial específica que regula la pesca de la jaiba: la NOM-039-pesc-2003, pesca responsable de jaiba en aguas de jurisdicción federal del litoral del Océano Pacífico. Especificaciones para su aprovechamiento.(SAGARPA, 2006)

Y…..EL PLAN DE MANEJO DE JAIBA EN SONORA Y SINALOA

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Se pescan tres especies; siendo la jaiba café la de mayor pesca.

EN 2012 LA PESQUERIA REGISTRÓ UNA PRODUCCION DE 21,535 TONELADAS (253.2 MILLONES DE PESOS)

Unos 20,000 pescadores artesanales capturan jaiba principalmente cuando el camarón esta vedado.

La “rezaga” (juveniles y hembras “enhuevadas”), en un proceso doméstico, constituye un importante aporte a la economía familiar y un reto difícil para su ordenamiento.

Sonora tiene 19 plantas procesadoras y Sinaloa 8.

La jaiba se comercializa local y regionalmente, así como en el mercado nacional e internacional para el consumo humano directo.

RADIOGRAFIA DE LA PESCA DE LA JAIBA EN SONORA Y SINALOA (TOMADO DEL PLAN DE MANEJO)

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El precio por kilo pagado al pescador varía de 15 a 20 pesos para la jaiba café, las otras especies todavía se pagan a menor precio.

Existe un oligopsonio* con fallas de mercado y producción económicamente ineficiente.

Los pescadores de Sonora y Sinaloa representan el 12.7 % del total nacional dedicados a la pesca. Su nivel de alfabetismo es inferior al promedio nacional.

Es muy importante para los pescadores de jaiba pues representa entre el 50% y el 100% de sus ingresos al año.

RADIOGRAFIA DE LA PESCA DE LA JAIBA EN SONORA Y SINALOA (TOMADO DEL PLAN DE MANEJO)

* El oligopsonio, de las palabras griegas oligos (poco) y psonio (compra), es una situación de competencia imperfecta que surge en un mercado donde existe un número pequeño de demandantes en los cuales se deposita el control y el poder sobre los precios y las cantidades de un producto en el mercado. Por lo tanto, los beneficios se concentrarían en los compradores (en la mayoría de los casos, estos compradores son intermediarios), pero no en los productores, los cuales ven empeorar su situación al no recibir un precio razonable por los productos que elaboran.

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IMPORTANCIA DE LA PESQUERIA DE JAIBA

El Instituto Nacional de Pesca (Inapesca) impulsa el aprovechamiento sustentable de la jaiba que se produce en Sinaloa y Sonora, a través de la puesta en marcha de un Plan de Manejo.

La pesca de la jaiba genera en el país más de 20.000 puestos laborales que favorecen a los habitantes de mas de 30 comunidades de Sinaloa y Sonora.

El Plan de Manejo, establece el acopio y la sistematización de los datos de la pesquería, los estudios bioeconómicos y socioeconómicos, el desarrollo de la tecnología para la innovación de artes de pesca y la elaboración de manuales de buenas prácticas post-captura. INCLUYE TAMBIEN EL MONITOREO Y EVALUACION CON PARTICIPACION COMUNITARIA, ESTABLECER UN CENTRO DE ACOPIO DE DATOS, PROFESIONALIZACION DE LOS PESCADORES , Y CERTIFICACION DE LA PESQUERÍA .

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IMPORTANCIA DE LA PESQUERIA DE JAIBA

Para la implementación del Plan es prioritaria la operación de los CONSEJOS ESTATALES DE PESCA Y ACUICULTURA, además de un comité regional y grupos técnicos y LOS COMITÉS ESTATALES DEL SISTEMA PRODUCTO, con la participación de sociedades cooperativas y organizaciones de la sociedad civil.

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A lo largo de Sonora y Sinaloa se pueden identificar tres zonas de producción:

Zona I: Sonora Norte-Centro: El Golfo de Santa Clara a El Choyudo;

Zona II: Sur de Sonora-Norte de Sinaloa: El Choyudo (Sonora) a Jitzámuri (Sinaloa);

Zona III: Sinaloa Norte-Sur: Jitzámuri a Teacapán.

Según estadísticas de SAGARPA, en 2012 se produjeron 11.607 toneladas de jaiba.

Fuente: SAGARPA, 2013

UBICACIÓN DE LA PESQUERÍA

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Producción pesquera.

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• La producción de esta especie en 2012 alcanzó las 21,535 toneladas, siendo los estados de Sinaloa y Sonora los mayores productores de jaiba ya que aportan el 50% de la producción nacional.

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Valor de la producción2010 2011 2012

Volumen (peso vivo en toneladas) 22,817 20,262 21,535

Valor (millones de pesos)

251.9 238. 2 253.2

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DESTINO DE LA PRODUCCIÓN En Sinaloa los principales mercados para su venta son Sinaloa,

Jalisco y el Distrito Federal.

En Sonora la jaiba se comercializa nacionalmente: Guadalajara, México y Monterrey e internacionalmente a Estados Unidos de América, Corea y Japón.

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PRINCIPAL PROBLEMATICA

En las distintas regiones de la costa de Sonora se presentan problemáticas distintas…….PERO EL FACTOR COMÚN ES LA PESCA INDISCRIMINADA Y SIN CONTROL DURANTE LA ÉPOCA DE REPRODUCCIÓN DE LA JAIBA, ASÍ COMO LA EXTRACCIÓN DE ORGANISMOS POR DEBAJO DE LA TALLA DE PESCA PERMITIDA Y QUE SE ESTABLECE EN LA NOM-039 -PESC-2003, (COMUNICACIÓN REITERADA EN LAS DISTINTAS REUNIONES DEL COMITÉ ESTATAL SISTEMA PRODUCTO JAIBA EN SONORA, A.C.).

CORRUPCION….

PESCADORES ILEGALES……..

NARCOTRAFICO…….

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¿Qué es la sustentabilidad?• La sustentabilidad consiste en aprovechar los recursos pesqueros

para satisfacer las necesidades del presente, y a su vez, realizar acciones que permitan la conservación de las especies y el medio ambiente, obteniendo con ello un beneficio económico y social, además de ayudar a garantizar la satisfacción de las necesidades de las futuras generaciones.

• Norma Oficial Mexicana NOM-039-PESC-2003

• VEDA OFICIAL Veda a partir del 2013! Para los Estados de Sinaloa y Sonora, no se permite la captura de jaiba azul , jaiba café y jaiba gigante durante los siguientes periodos: a) Para organismos de ambos sexos del 1o. de mayo al 30 de junio de cada año. b) Para las hembras del 1o. de julio al 31 de agosto de cada año.

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¿QUÉ HARÍAS O PROPONDRÍAS TÚ PARA MEJORAR LA PESCA DE LA JAIBA?

DINÁMICA: 15 MINUTOS

LLUVIA DE IDEAS, ESCRIBELA EN TARJETA Y COLÓCALA EN LA CAJA

UNA IDEA O FRASE POR TARJETA

Hagamos de la pesca de la jaiba una práctica sustentable.

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RECESO DE 10 MINUTOS

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El Código de Conducta para la Pesca Responsable

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1.- NATURALEZA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CODIGO (ES VOLUNTARIO Y DE APLICACIÓN MUNDIAL)2.- OBJETIVOS DEL CODIGO : ESTABLECER PRINCIPIOS DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS DEL DERECHO INTERNACIONAL PARA LA PESCA Y ACTIVIDADES RELACIONADAS)3.- RELACIÓN CON OTROS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES (DERECHO DEL MAR DE 1982, DECLARACION DE CANCUN 1992, DECLARACION DE RIO SOBRE MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO Y EL PROGRAMA 21 DE LA CNUMAD DE LA ONU)4.-APLICACION, SEGUIMIENTO Y ACTUALIZACION (PARA MIEMBROS Y NO MIEMBROS DE LA FAO, ENCARGADA DE SU SEGUIMIENTO Y ACTUALIZACION)5.- REQUERIMEINTOS ESPECIALES DE LOS PAISES EN DESARROLLO6.- PRINCIPIOS GENERALES (SON 19 PRINCIPIOS)7.- ORDENACION PESQUERA (MEDIDAS DE CONSERVACION Y USO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS PESQUEROS)8.- OPERACIONES PESQUERAS (9.- DESARROLLO DE LA ACUACULTURA 10.- INTEGRACION DE LA PESCA EN LA ORDENACION DE LA ZONA COSTERA11.- PRÁCTICAS POSCAPTURA Y COMERCIO12.- INVESTIGACION PESQUERA

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PRINCIPIOS GENERALES DEL CODIGO

6.1 Los Estados y los usuarios de los recursos acuáticos vivos deberían CONSERVAR los ecosistemas acuáticos.

6.2 La ordenación de la pesca debería FOMENTAR el mantenimiento de la calidad, la diversidad y disponibilidad de los recursos pesqueros en cantidad suficiente para las generaciones presentes y futuras, en el contexto de la seguridad alimentaria, el alivio de la pobreza, y el desarrollo sostenible.

6.3 Los Estados deberían EVITAR LA SOBREEXPLOTACIÓN, y el exceso de capacidad de pesca y deberían aplicar medidas de ordenación con el fin de asegurar que el esfuerzo de pesca sea proporcionado a la capacidad de producción de los recursos pesqueros y al aprovechamiento sostenible de los mismos.

6.4 Las decisiones sobre conservación y ordenación de en materia de pesquerías deberían basarse en los DATOS CIENTÍFICOS más fidedignos disponibles, teniendo en cuenta también los conocimientos tradicionales acerca de los recursos y su hábitat, así como los factores ambientales, económicos y sociales pertinentes. Los Estados deberían dar prioridad a las actividades de investigación y recolección de datos, a fin de mejorar los conocimientos científicos y técnicos sobre la pesca y su interacción con el ecosistema.

6.5 Los Estados y las organizaciones subregionales y regionales de ordenación pesquera deberían APLICAR AMPLIAMENTE EL CRITERIO DE PRECAUCIÓN EN LA CONSERVACIÓN, LA ORDENACIÓN Y LA EXPLOTACIÓN DE LOS RECURSOS ACUÁTICOS VIVOS con el fin de protegerlos y de preservar el medio ambiente acuático, tomando en consideración los datos científicos más fidedignos disponibles.

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PRINCIPIOS GENERALES DEL CODIGO

6.6 Deberían continuar perfeccionándose y aplicándose, en la medida de lo posible, ARTES Y PRÁCTICAS DE PESCA SELECTIVAS Y AMBIENTALMENTE SEGURAS a fin de mantener la biodiversidad y conservar la estructura de las poblaciones, los ecosistemas acuáticos y la calidad del pescado.

6.7 La captura, manipulación, procesamiento y distribución del pescado y de los productos pesqueros deberían realizarse DE FORMA QUE SE MANTENGA EL VALOR NUTRITIVO, LA CALIDAD Y LA INOCUIDAD DE LOS PRODUCTOS, SE REDUZCAN LOS DESPERDICIOS y sean mínimos los efectos negativos en el medio ambiente.

6.8 Todos los HÁBITAT CRÍTICOS PARA LA PESCA en los ecosistemas marinos y de agua dulce, como las zonas

húmedas, los manglares, los arrecifes, las lagunas, las zonas de cría y desove se deberían PROTEGER Y REHABILITAR EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE Y CUANDO SEA NECESARIO.

6.9 Los Estados deberían asegurar QUE SUS INTERESES PESQUEROS, incluyendo a la necesidad de conservación

de los recursos, SE TOMEN EN CUENTA EN LA UTILIZACIÓN MÚLTIPLE DE LAS ZONAS COSTERAS Y SE INTEGREN EN LA ORDENACIÓN, LA PLANIFICACIÓN Y EL DESARROLLO DE LA ZONA COSTERA.

6.10 En el ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con el derecho internacional, incluyendo dentro del marco de las organizaciones o arreglos sub-regionales o regionales para la conservación y gestión pesqueras, los Estados deberían ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO Y LA APLICACIÓN de las medidas

de conservación y ordenación, y establecer mecanismos eficaces, según proceda, PARA VIGILAR Y CONTROLAR las actividades de los buques pesqueros y los buques p esqueros de apoyo a la pesca.

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6.11 Los Estados que autoricen a buques pesqueros y a buques de apoyo a la pesca a enarbolar su pabellón deberían ejercer UN CONTROL EFICAZ SOBRE DICHOS BUQUES, con el fin de asegurar la aplicación adecuada de este Código.

6.12 Los Estados, dentro del marco de sus respectivas competencias y de conformidad con el derecho internacional, deberían COOPERAR A NIVEL SUBREGIONAL, REGIONAL Y MUNDIAL, a través de organizaciones de ordenación pesquera, otros acuerdos internacionales u otros arreglos, con el fin de promover la conservación y ordenación y asegurar la pesca responsable y la conservación y protección eficaces de los recursos acuáticos vivos en toda su zona de distribución, teniendo en cuenta la necesidad de medidas compatibles en las áreas situadas dentro y fuera de la jurisdicción nacional.

6.13 Los Estados DEBERÍAN VELAR, en la medida en que lo permitan las leyes y reglamentos nacionales, por que los PROCESOS DE TOMA DE DECISIONES SEAN TRANSPARENTES Y PROPORCIONEN SOLUCIONES OPORTUNAS A CUESTIONES URGENTES.

6.14 EL COMERCIO INTERNACIONAL DE PESCADO Y PRODUCTOS PESQUEROS debería llevarse a cabo de conformidad con los principios, derechos y obligaciones establecidas por la Organización Mundial del Comercio (OMC) y con los acuerdos internacionales pertinentes. Los Estados deberían velar por que sus políticas, programas y prácticas referentes al comercio de pescado y productos pesqueros no se traduzcan en obstáculos a dicho comercio ni tengan efectos de degradación ambiental o repercusiones negativas desde el punto de vista social y nutricional.

6.15 Los Estados deberían cooperar con el objeto DE PREVENIR CONTROVERSIAS. Todas las

controversias relativas a actividades y prácticas pesqueras deberían RESOLVERSE OPORTUNAMENTE, DE FORMA PACÍFICA Y COOPERATIVA, de conformidad con los acuerdos internacionales aplicables o de cualquier otra forma acordada entre las partes.

PRINCIPIOS GENERALES DEL CODIGO

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6.16 Los Estados, reconociendo que es sumamente importante que los pescadores y los acuicultores comprendan los problemas relacionados con la conservación y la gestión de los recursos pesqueros de los que dependen, deberían FOMENTAR POR MEDIO DE LA ENSEÑANZA Y LA CAPACITACIÓN LA TOMA DE CONCIENCIA de éstos acerca de la pesca responsable. Asimismo, deberían velar por que los pescadores y

acuicultores PARTICIPEN, CUANDO PROCEDA, EN EL PROCESO DE FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DE POLÍTICAS CON EL FIN DE FACILITAR LA APLICACIÓN DEL CÓDIGO.

6.17 Los Estados deberían VELAR por que las instalaciones y equipos de pesca, así como todas las actividades

pesqueras, ofrezcan CONDICIONES DE TRABAJO Y DE VIDA SEGURAS, SANAS Y JUSTAS Y CUMPLAN LAS NORMAS internacionalmente acordadas adoptadas por las organizaciones internacionales pertinentes.

6.18 Reconociendo LA IMPORTANTE CONTRIBUCIÓN DE LA PESCA ARTESANAL Y EN PEQUEÑA ESCALA AL EMPLEO, LOS INGRESOS Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA, LOS ESTADOS DEBERÍAN PROTEGER APROPIADAMENTE EL DERECHO DE LOS TRABAJADORES Y PESCADORES, ESPECIALMENTE AQUELLOS QUE SE DEDICAN A LA PESCA DE SUBSISTENCIA, ARTESANAL Y EN PEQUEÑA ESCALA, A UN SUSTENTO SEGURO Y JUSTO, Y PROPORCIONAR ACCESO PREFERENCIAL, CUANDO PROCEDA, A LOS RECURSOS PESQUEROS QUE EXPLOTAN TRADICIONALMENTE ASÍ COMO A LAS ZONAS TRADICIONALES DE PESCA EN LAS AGUAS DE SU JURISDICCIÓN NACIONAL.

6.19 Los Estados deberían CONSIDERAR A LA ACUICULTURA, INCLUIDAS LAS PESQUERÍAS BASADAS EN EL CULTIVO, COMO UNA FORMA DE PROMOVER UNA DIVERSIFICACIÓN EN EL INGRESO Y LA DIETA. Al hacerlo, los Estados deberían velar por que los recursos sean usados de forma responsable y los impactos adversos sobre el ambiente y las comunidades locales sean minimizados.

PRINCIPIOS GENERALES DEL CODIGO

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VIDEOS PESQUERIAS QUE APLICAN EL CCPR

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Imagen geográfica de la región

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¿Cómo le harías para aprovechar mejor la pesquería y donde aplicarías tu sugerencia? :

Dinámica: 15 MINUTOS

( LLUVIA DE IDEAS, ESCRIBELA EN TARJETA Y COLÓCALA EN LA CAJA)