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PLAN ANUAL DE CONVIVENCIA. IES SAN ISIDORO. CURSO 2019-2020

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PLAN ANUAL

DE CONVIVENCIA.

IES SAN ISIDORO.

CURSO 2019-2020

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1. INTRODUCCIÓN.

La convivencia escolar constituye un pilar fundamental en la educación y los centros

educativos son el primer escenario donde los estudiantes se vinculan a la sociedad,

erigiéndose en modelo para el aprendizaje de la convivencia, la formación ciudadana y

el ejercicio de valores como el respeto, la tolerancia, la autonomía, la responsabilidad, la

no violencia, la solidaridad y la justicia.

La Constitución Española, en su Art.27.2 recoge que “ La educación tendrá por

objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios

democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”, por lo que es

deber fundamental desde los centros educativos proporcionar herramientas para la

prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos , así como velar por el

cumplimiento de los deberes y derechos de toda la comunidad educativa y proporcionar

las medidas correctoras de las conductas que los vulneren.

Por otro lado, se marcan las líneas generales de actuación, estableciendo los

objetivos y principios a seguir, así como las actuaciones a realizar en la prevención de

conflictos escolares.

El Plan de Convivencia está adecuado a las características específicas de nuestro

centro, a las peculiaridades de nuestros alumnos y a las circunstancias del entorno.

Por tanto, el objetivo último de su elaboración es favorecer la convivencia, ofrecer

una respuesta educativa a las situaciones de conflicto, además de proporcionar a

nuestros alumnos los valores fundamentales, individuales y colectivos intrínsecos que

caracterizan una sociedad democrática.

2. SEÑAS DE IDENTIDAD. IES SAN ISIDORO.

2.1. UBICACIÓN. ENTORNO SOCIO-CULTURAL Y ECONÓMICO.

El centro se encuentra en el barrio de Los Dolores (Cartagena), en la calle Juan

García s/n. La zona en la que se ubica es limítrofe a barrios y polígonos

residenciales de nueva creación y viviendas populares, más antiguas y obreras.

Para una información más detallada basta consultar los apartados

correspondientes en el P.E.C.

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2.2. ALUMNADO.

Incluye los siguientes Barrios: Los Dolores, S. Cristóbal, Los Gabatos, Bda.

Hispanoamericana. Localidades: La Aljorra, El Albujón, Las Lomas, Miranda, Santa

Ana y Lobosillo.

Colegios de Educación Infantil y Primaria adscritos al IES “San Isidoro”.

C.P. “Vicente Medina” C.P. “Nra. Sra. de los Dolores”

C.P. “Gabriela Mistral”. C.P. “San Cristóbal”.

CP. Luis Calandre C.C.P. “Sagrado Corazón”.

CP Santiago Apóstol CP Antonio Ramos

CP La Aljorra CC San Juan Bosco (sólo bachillerato)

CP Miguel de Cervantes CP Luís Vives

Tenemos un total de 778 alumnos, de los cuales 562 están cursando ESO, 170

son de bachillerato y el resto, 28 , corresponde a alumnos que cursan FP Básica .

Actualmente (curso 2018-2019) se distribuye de la siguiente manera:

GRUPOS ALUMNOS

7 grupos de 1º ESO: 3 grupos bilingües

(uno puro y dos mixtos),, 3 grupos

LOMCE, 1 grupo de PRC.

182

6 grupos de 2º ESO: 3 grupos bilingües

(2mixtos+1 puro)y 3 LOMCE.

147

5 grupos de 3º ESO: 2 grupo bilingües

mixtos + 3 LOMCE.

148

4 grupos de 4º ESO ordinarios: 2 grupos

bilingües y dos LOMCE( uno de

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matemáticas académicas y otro de

aplicadas)

4 grupos de 1º de Bachillerato: 1 grupo

de Investigación bilingüe,1 grupo bilingüe

mixto y dos grupos LOMCE.

89

3 grupos de 2º de Bachillerato: 1 grupo de

investigación bilingüe mixto( Ciencias+

Humanidades)y 1 grupo LOMCE bilingüe

mixto mixto(Ciencias y Humanidades y

Ciencias Sociales)y 1 LOMCE.

67

FP BÁSICA : 1 grupo de 1º y 1 grupo de

2º de Ofimática .

33

TOTAL ESO 574

TOTAL BACHILLERATO 186

TOTAL FP BÁSICA 33

2.3. EQUIPO DOCENTE.

En el curso 2018-2019 imparten clase 79 profesores, de los cuales, 48 tienen

destino definitivo en el centro, lo cual supone un 74% de la plantilla total del

profesorado.

2.4. ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS.

El centro se divide en dos pabellones y cuenta con la siguiente distribución:

Aulas temáticas para todos los niveles.

6 aulas auxiliares( 4 de ellas de desdoble)

Aulas específicas para 1º de la ESO, Enseñanza Digital y FP Básica.

También para 1º PRC .

3 aulas de informática, una de ellas del proyecto Plumier.

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3 laboratorios: uno de Física, otro de Química y otro de Biología y

Geología.

Un salón de actos.

Un gimnasio, dos pistas deportivas.

Cantina.

Aseos correspondientes en cada uno de los pisos.

Departamentos didácticos.

Biblioteca.

Los alumnos de 1º de la ESO, PRC y FP Básica permanecen en sus aulas,

mientras que el resto de los alumnos de ESO (salvo los que cursan el programa

Digital) y bachillerato se desplazan al aula temática correspondiente donde se

imparte la asignatura específica. Ello implica que un gran número de alumnos

desplazándose en las horas de tecnología, música, plástica, educación física, y

optativas en general.

Los pasillos y las escaleras de subida y bajada en el edificio más antiguo no

están diseñadas para soportar semejantes volumen, aunque se han diseñado

normas básicas a seguir en dichos desplazamientos para que estos sean lo más

efectivos y rápidos posible.( señalización de doble sentido, carteles, distinción de

pasillos por colores para agilizar la localización de las aulas, planos al principio de

cada uno de ellos, colocación de barandilla de seguridad en escaleras, normas de

comportamiento en pasillos y escaleras…).Dichas actuaciones, concretadas a través

de indicadores y revisadas periódicamente en CCP, se encuentran incluidas dentro

del Plan de Mejora elaborado por el centro.

Asímismo, se ha procedido a sustituir la antigua cartelería y señalización del centro

para facilitar a los alumnos la orientación dentro del recinto escolar. Por otro lado,

cada aula cuenta con un nombre propio, distintivo de la misma y relacionado con la

materia que se imparte en la misma o con el ámbito educativo o cultural.

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3. LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.

3.1. DEFINICIÓN DE CONVIVENCIA Y CONFLICTO

Definimos la Convivencia como la capacidad de convivir de forma adecuada

y pacífica entre todos los miembros de la comunidad educativa, respetando los

derechos y deberes de cada uno de ellos.

El conflicto será todo aquello que altere el normal desarrollo de las actividades

lectivas y el resto de actividades que se realizan en el centro y que supongan el

incumplimiento de las normas de funcionamiento y de convivencia, en mayor o

menor medida, afectando a:

- Al profesor.

- A otros profesores.

- A los compañeros de clase.

- A las clases próximas.

- Al instituto en general.

- A otros miembros de la comunidad educativa: conserjes, personal

administrativo, personal de la cantina, personal de limpieza, padres y

madres, vecinos del instituto, etc.

3.2. TIPOLOGÍA Y FRECUENCIA.

Las conductas contrarias a las normas de convivencia que se producen en el centro

son por lo general de tipo leve, y suelen darse principalmente en 1º y 2º de la ESO.

Las más frecuentes, están ocasionadas por alumnos desmotivados,

que no quieren estudiar y distorsionan el normal desarrollo de la clase a

la que pertenecen. Estas faltas consisten en interrupciones constantes a

los profesores, falta de material, juegos, etc., haciendo en muchos casos

imposible el desarrollo de la labor del profesorado. Constituyen un grupo

muy pequeño, pero fuertemente desestabilizador y núcleo generador de

conflictos.

Faltas de respeto al profesorado (burlas, imitaciones,

desconsideración, indisciplina….)

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Falta de habilidades sociales, autocontrol y gran impulsividad.

Problemas por el uso del móvil en el centro.

Problemas con alumnos que fuman en el centro.

Poca adaptación de algunos alumnos magrebíes al sistema educativo.

Problemas con alumnos que se escapan del centro saltando la valla.

Faltas de puntualidad y de asistencia injustificadas. (Bastante frecuentes)

Causar daños en las instalaciones del centro.

Peleas entre alumnos.

Mal uso de móviles y redes sociales entre alumnos del centro.

3.3 CASUÍSTICA.

El mayor porcentaje de los conflictos que se producen en el centro están

protagonizados, principalmente, por los alumnos de1º y 2º de ESO.

Ello se explica atendiendo a la gran diferencia del sistema de organización

del colegio al instituto. Normalmente los alumnos que presentan conductas

disruptivas no suelen ser más de 10 ó 15 pero repercuten en gran medida en el

clima de convivencia del centro.

Conflictos Causas

Mal comportamiento de alumnos en

clase: levantarse del asiento sin

permiso, hablar con los compañeros,

no traer el material, salir del aula sin

permiso, comer chicles,

Falta de interés por el estudio,

desmotivación, bajo nivel de

conocimientos (la mayoría sin aprobar la

ED. Primaria), problemas familiares.

Faltas de respeto al profesorado No admiten normas, no reconocen al

profesor como persona a la que han de

respetar y obedecer

Uso indebido del móvil o aparatos Difusión de fotos e insultos a través de

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grabadores o reproductores. grupos de whatsapp y redes sociales .

Alumnos fumadores Se esconden para fumar dentro del

recinto (patios, aseos, etc.)

Con algunos alumnos No asisten a determinadas clases, tratan

de engañar a los profesores, falta de

integración con el resto, mal

comportamiento en general, retrasos

sistemáticos.

Faltas de puntualidad y de asistencia a

clase

Problemas familiares.

Saltan la valla del centro y se escapan. Se

esconden.

Causar daños en las instalaciones, con

o sin intención.

Jugando, dando patadas, empujándose,

etc. Se llegan a romper cristales, armarios,

puertas, vaciado de extintores….

Peleas entre alumnos, insultos a los

compañeros, empujones, zancadillas,

esconder material por broma…

Causas diversas, generalmente dimes y

diretes. Otras veces fruto de mensajes

ofensivos por móvil, correo electrónico y

demás fuera del horario lectivo.

Sustracción de objetos

Causas diversas, en ocasiones obtienen

beneficio económico vendiendo los objetos

sustraídos.(Móviles, material escolar…)

Alumnos que abandonan el centro sin

permiso, saltando la valla por algún punto

poco elevado o escabulléndose por la

puerta cuando ésta se abre para que entre

o salga algún adulto.

Obligan a que los profesores de guardia y el

equipo directivo estén en continua vigilancia

para evitarlo, además de tomar las

correspondientes medidas de subida de la

altura de la valla, etc

Problemas entre compañeros a los que no

se saben dirigir y cuyos conflictos no

saben gestionar ni resolver.

Carencia de habilidades sociales, alta

impulsividad, gran individualismo.

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4. RESPUESTA E IMPLICACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA

COMUNIDAD EDUCATIVA.

4.1. Respuesta del centro.

Fundamentalmente, centrada en el cumplimiento de la normativa

relacionada con el derecho y deberes de los alumnos, normas de

funcionamiento y convivencia en el centro y, en general, de las Normas de

Convivencia y Conducta, con toda la firmeza y contundencia necesaria para ello.

4.2. Profesorado.

El mantenimiento de la disciplina en el centro y el cumplimiento de las

normas de convivencia recaen en todos los miembros de la comunidad

educativa.

La implicación de este sector se produce en los siguientes niveles:

- A título individual.

- A nivel de aula.

- A nivel de pasillos.

- A nivel de guardias.

- A nivel de tutorías

- A nivel de Aula de Convivencia.

- A nivel de jefatura de estudios.

- A nivel de equipo directivo.

En general, buena, pero todo es mejorable.

4.3. Alumnos.

Por lo general, es buena. Los alumnos disruptivos son una minoría frente al

alumnado que no infringe las normas de funcionamiento y de convivencia.

El objetivo es que se conviertan en sujetos activos y partícipes en la vida

del IES y ya se han elaborado actuaciones destinadas a su intervención en el

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Aula de Convivencia, tutela de alumnos menores ,etc. Sobre todo en los cursos

superiores, adoptan un papel cada vez más activo realizando labores de

observación y acompañamiento en los recreos, lo que ha permitido en

ocasiones detectar algunos problemas.

Además, algunos de ellos han sido formados como mediadores y realizan

labores de mediación.

Por otro lado, los alumnos de psicología vienen realizando charlas muy

efectivas a los alumnos de 1º de la ESO sobre ciberacoso y peligro de las redes

sociales.

4.4. Familias.

Salvo contadas excepciones, colaboran con el centro en el cumplimiento

de las normas de convivencia, cuando son requeridos por conductas

contrarias o graves cometidas por sus hijos.

Por regla general, los alumnos más conflictivos tienen situaciones familiares

muy extremas.

A través del Consejo Escolar, el Ampa o el Club de Lectura, las familias se

implican en la dinámica del centro, aunque sería deseable establecer una

relación más dinámica y estrecha con ellas.

4.5. Relaciones con familias y servicios externos.

4.5.1. AMPA.

- A nivel de sus representantes en el Consejo Escolar.

- Reuniones periódicas con dirección.

- Actividades extraescolares.

- Talleres de formación, etc.

- Gestión de licencias para Programa de Enseñanza Digital

- Comisión de Convivencia.

4.5.2. Servicios Sociales.

- Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad a tiempo completo.

- Plan de absentismo del Ayuntamiento.

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- Seguimiento de alumnos con dificultades graves a nivel familiar.

4.5.3. Servicios médicos.

- Llamada al 112 en caso de emergencia sanitaria en el centro.

- Centro de salud: acude ambulancias o se desplaza un médico ante

pequeños accidentes escolares.

- Charlas a cabo del personal del Centro de Salud sobre Primeros

Auxilios para alumnos y profesores, encuadradas dentro del

Programa de Educación para la Salud que se lleva a cabo en el

centro.

4.5.4. Policía Nacional y Local.

- Policía Nacional: Plan Director para alumnos de 1º de ESO.

- Policía Local: Programa” Policía Tutor”.

- Colaboración en situaciones graves de conflicto o alumnos que no

están en el centro en horario escolar.

4.5.5. Biblioteca municipal: Ayuda a la creación de un club de lectura

intergeneracional en el centro, con la participación conjunta de

alumnos, padres y profesores.

5. EXPERIENCIA Y TRABAJOS PREVIOS.

Día del Centro:

Se pretende que sea un día de convivencia y actividades culturales entre

todos los miembros de la comunidad educativa:

Semana cultural:

Se propone un tema de interés y se trabaja sobre el mediante exposiciones,

conferencias, películas, actividades varias, que en ocasiones tiende a orientarse

a valores de tolerancia, respeto, antirracismo, etc.

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5.1. NECESIDADES DE FORMACIÓN Y DE RECURSOS.

- A nivel del alumnado: tutorías, seminarios, talleres, actividades

extraescolares, cursos de formación, charlas de profesionales, curso de

habilidades sociales, de comportamiento cívico, de normas básicas de

educación y respeto y un largo etc.

- A nivel de profesorado: cursos, talleres, seminarios, conferencias, grupos

de trabajo, colaboraciones, cualquier mecanismo que permita la formación

del docente en prevención y solución de conflictos. Principios de psicología,

de derecho básico para el docente, de acoso escolar, de normativa legal al

respecto, de relaciones con las familias, etc.

Para ello se continúan realizando actividades de formación en metodología

ABP y en inteligencia emocional( a través del proyecto de Educación

Responsable), así como en promoción del talento y desarrollo de altas

capacidades que favorezcan la convivencia y el enriquecimiento derivado

de la diversidad en el centro.

- A otros niveles: cursos de formación en los que intervinieran padres,

alumnos y profesores conjuntamente.

6. DESARROLLO DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

6.1. COMISIÓN DE CONVIVENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR.

La Comisión de Convivencia del Consejo Escolar, regulada por el

artículo 2.1.1. de las Normas de Convivencia y Conducta, está formada por la

directora, que es su presidenta, la Jefa de Estudios, un profesor, un alumno y un

padre o madre, elegidos entre los miembros del Consejo Escolar del centro.

La constitución de la comisión de convivencia está recogida en el ROIES en su

Artículo 20. No obstante, en el RD 16/2016 de 9 de marzo, en su artículo 12

especifica cuáles son las funciones de esta comisión de convivencia.

- Canalizará los ámbitos de prevención de conflictos.

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- Gestionará los procesos de mediación para le resolución pacífica de

estos.

- Supervisión y seguimiento de los alumnos que hayan incumplido las

normas de convivencia.

La composición de la Comisión de Convivencia será la siguiente: El Director (que

será su presidente), el Jefe de Estudios, un profesor, un alumno y un padre o

madre elegidos por y entre los representantes los representantes de cada sector en

el Consejo Escolar.

Pautas de actuación de la Comisión de Convivencia.

Funcionamiento: Jefatura proporcionará trimestralmente un informe a la

comisión donde se detalle número y tipo de amonestaciones, expulsiones y

demás conflictos, las medidas correctoras impuestas y cualquier otra información

que resulte pertinente.

- La Comisión valorará:

Análisis de los conflictos ocurridos.

Idoneidad de las medidas correctoras.

Efectividad.

Propuestas para la mejora de la convivencia

- Elaborará un documento escrito que refleje los apartados anteriores que

recogerá Jefatura el trimestre siguiente.

- Se reunirá, como mínimo una vez al trimestre y siempre que lo convoque

el director o se solicite por motivos justificados. Serán preceptivas,

además, una reunión a principio de curso y otra a final de curso. La

asistencia a las sesiones será obligatoria. Se analizarán las incidencias

producidas, las actuaciones realizadas y los resultados conseguidos en la

aplicación de Plan de Convivencia, con la suficiente antelación para

elaborar un documento que será puesto en conocimiento del claustro de

resumen de resultados trimestrales, y en el Consejo Escolar

correspondiente.

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Además podrá:

a) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa

representados en el Consejo Escolar para mejorar la convivencia, el respeto

mutuo la tolerancia en los centros.

b) Coordinar el Plan de convivencia escolar y desarrollar iniciativas que favorezcan

la integración de todos los alumnos.

c) Proponer al Consejo Escolar las medidas que consideren oportunas para mejorar

la convivencia en el centro.

d) Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar , al menos dos veces a lo largo del

curso, de las actuaciones realizadas y de los resultados obtenidos

e) Cualesquiera otras que pueden serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas

al conocimiento de la resolución de conflictos.

6.2. OBJETIVOS Y ACCIONES PREVISTAS PARA SU

CONSECUCIÓN.

6.2.1. OBJETIVOS PREVISTOS.

OBJETIVO GENERAL: “Concienciar y sensibilizar a toda la comunidad

educativa sobre la importancia de una adecuada convivencia escolar y sobre los

procedimientos para mejorarla. Se hará especial hincapié en la prevención de conflictos,

fomentando la adaptación y el respeto de los alumnos de 1º y 2º de ESO a las

Normas de Convivencia y Conducta del centro, con el compromiso de todos los

miembros de la Comunidad Educativa”.

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OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

El equipo docente del IES S. Isidoro se compromete, a través de este proyecto, a

elaborar una serie de acciones encaminadas a la consecución de los siguientes objetivos:

1º Fomentar los valores de convivencia, respeto y tolerancia; valores universales y

comunes a todos los seres humanos sean cuales sean su sexo, creencia o cultura.

Ofreciendo modelos ejemplares distintos a los que el alumno tiene en su entorno, y que

suponen una subversión del compendio de valores que se les pretende fomentar.

2º Favorecer la integración y la igualdad de oportunidades mediante la creación de

un ambiente de entendimiento, respeto y colaboración como base para la resolución de

conflictos.

3º Mejorar la autoestima desarrollando una conciencia de igualdad con independencia

de la procedencia o de las costumbres de cada uno. Elaborando respuestas didácticas

creativas donde se desarrolle la inteligencia emocional y social de aplicación en el aula,

que intenten desarrollar el espíritu emprendedor de nuestros alumnos.

4º Ayudar a gestionar la propia vida, proponiendo una manera creativa de ser

consciente de uno mismo, enfrentándose a los problemas y regulando las emociones.

Proporcionándoles las suficientes habilidades para permitirles ser unos buenos

profesionales y triunfar en la vida.

5º Concienciar a nuestros alumnos de la igualdad de derechos y oportunidades de la

mujer en nuestra sociedad, evitando cualquier tipo de conductas o manifestaciones

que vulneren este derecho o que puedan derivar en futuras situaciones de

discriminación, violencia, o que menoscaben su dignidad.

6º Promover en nuestros alumnos valores y actitudes que favorezcan la valoración y

el respeto medioambiente mediante conductas y hábitos de utilización racional de los

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recursos naturales , así como la concienciación de los efectos nocivos de cualquier tipo

de contaminación ambiental sobre nuestra salud y calidad de vida.

7º Desarrollar el interés por el trabajo cooperativo y solidario, fomentando el trabajo

en equipo como factor de eficacia frente al excesivo individualismo.

8º Favorecer la comunicación entre el profesorado y las familias, promoviendo su

implicación en el proceso educativo y de convivencia.

9º Potenciar el papel de los propios alumnos como elemento clave y eficaz en la

resolución de conflictos.

10ª Fomentar la existencia de actividades, espacios y tiempos comunes para facilitar

la convivencia de toda la comunidad educativa.

11º Prevenir los conflictos.

CRITERIOS DE INTERVENCIÓN :

Planificación de actuaciones dirigidas a favorecer la igualdad de

oportunidades del alumno en situación de desventaja sociocultural, familiar

y personal.

Promover el sentido de comunidad. Trabajo cooperativo

Ayudar a expresar los propios sentimientos y a comprender los ajenos.

Inteligencia emocional

Fomentar los valores de convivencia, respeto y tolerancia; valores

universales y comunes a todos los seres humanos sean cuales sean su sexo,

creencia o cultura. Ofreciendo modelos ejemplares distintos a los que el

alumno tiene en su entorno, y que suponen una subversión del compendio de

valores que se les pretende fomentar.

Favorecer la integración y la igualdad de oportunidades mediante la

creación de un ambiente de entendimiento, respeto y colaboración como base

para la resolución de conflictos.

Ayudar a gestionar la propia vida, proponiendo una manera creativa de ser

consciente de uno mismo, enfrentándose a los problemas y regulando las

emociones.

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6.2.2. ACCIONES PREVISTAS PARA EL CURSO 2019-20.

El objetivo fundamental, además de concienciar e implicar a toda la comunidad

educativa en la convivencia del centro, tiene como prioridad la adaptación y el respeto

a las normas de convivencia y al nuevo ritmo educativo, de los alumnos de 1º y 2º

ESO. Pese a ser único, es en sí bastante ambicioso.

Las acciones previstas para su consecución son:

1) Marcar pautas de actuación muy concretas para los alumnos de 1º y 2º ESO:

a. No empezar la clase si no hay orden y limpieza: subir y bajar sillas, subir

persianas, cuidar el mobiliario, orden en sus apuntes y libros, etc.

b. Mantener criterios comunes entre el tutor y los profesores que les dan

clase respecto al sitio que deben ocupar en la clase, respecto al turno de

palabra y exigirles el material escolar.

Desde el departamento de orientación, el profesor de servicios a la comunidad se

está encargando de proporcionar libros y fotocopias de libros a aquellos alumnos que lo

han solicitado o de los que ha tenido conocimiento que pudieran no estar en condiciones

de comprar el material o libros de texto.

Mentalizar en la corresponsabilidad y/o colaboración a los alumnos mayores del

Instituto (1º y 2º de bachillerato especialmente) para que se impliquen en la

consecución de este objetivo.

c. Plan de Acogida específico para alumnos de primer ciclo durante todo el

primer trimestre, en el que debe involucrarse no sólo el tutor, sino todo el

profesorado.

Este Plan de Acogida tiene como objetivos:

- La integración en el entorno físico y humano del centro.

- La mejora de la convivencia a través del conocimiento de la normativa.

- Conseguir un buen clima de trabajo del grupo e individual.

- Mejorar el rendimiento individual de los alumnos.

Este año , se procederá a la ampliación e intensificación de este plan, por

lo que se elaborará u bloque de actividades a realizar en tutoría durante

todo el trimestre, así como otras que llevará a cabo todo el profesorado

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durante los primeros días. Estas actividades están divididas en tres

bloques:

- Autoconocimiento.

- Mejora de la autoestima y resolución de conflictos.

- Conocimiento del entorno, normas y cohesión del grupo.

Además, se incluirán dinámicas de juego y actividades lúdicas para

favorecer la interacción entre los alumnos.

A tener en cuenta por el tutor:

- Cada tutor se encargará de comprobar las justificaciones de sus alumnos en

Plumier. En reunión de tutor se controlarán por la PTSC del centro que se

encarga del Plan de Absentismo.

- En las notas se reflejarán las faltas de asistencia totales, no se diferencian las

justificadas de las que no lo son.

- En segundo de la ESO, es muy importante llevar control de las asignaturas

pendientes y que el alumno sepa a quién se tiene que dirigir, así como la forma

de recuperar cada materia.

- Cada grupo llevará un cuaderno de registro de aula que será proporcionado

desde jefatura de estudios y en el que quedará reflejada cualquier incidencia

respecto al material, orden o limpieza del aula, así como posibles conductas

contrarias a la convivencia que anotarán los profesores del grupo. Se procederá a

supervisar el contenido del cuaderno con periodicidad semanal en reunión de

tutores, de donde se derivará la toma de medidas oportunas si fuese necesario.

Descripción de las actividades iniciales de tutoría

- Trabajar sobre las Normas de Convivencia, los derechos y deberes del

alumnado.

- Nombrar un responsable de limpieza , funcionamiento del diario de aula…

- Explicar la organización interna del centro y la existencia de delegados,

subdelegados, junta de delegados …

- Trabajar de manera exhaustiva la mediación, habilidades sociales y resolución

de conflictos.

- Seguimiento de alumnos con asignaturas pendientes e información a las familias.

- Llevar a cabo el Plan de Acogida y trabajar el decálogo de conducta.

- Diario de grupo para los alumnos de 1º de la ESO.

2) Acuerdos de Claustro

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i) Desdoblar los grupos de 1º y 2º de ESO siempre que sea posible en función del

cupo asignado, en las asignaturas que lo permitan para disminuir la ratio en los

grupos que puedan necesitarlo a priori.

ii) Trabajar la lectura comprensiva y la operatividad matemática en las guardias de

1º ESO. En jefatura hay material preparado por las jefas de departamento, tanto

de matemáticas como de lengua, para que el profesor de guardia pueda trabajarlo

en esa hora con los alumnos.

iii) Suprimir el trasiego de alumnos por los pasillos a las horas de clase. Prever con

antelación, en la medida de lo posible, lo que se necesita en cada clase y evitar

mandarlos a por folios, tizas, fotocopias, etc. Y utilizar el sentido común cuando

se permite a los alumnos ir al aseo o a “cambiarse” o a beber agua.

iv) Evitar la presencia de alumnos en los pasillos durante los recreos.

v) Presencia de un jefe de estudios en los cambios de clase en el pasillo de los

primeros de la ESO y vigilancia regular de pasillos y pabellones durante las

clases por los profesores de guardia.

vi) Incorporar temporalmente alumnos conflictivos a cursos de 2º bachillerato

donde puedan observar y aprender del comportamiento de alumnos mayores y

responsables con sus estudios.

vii) Mantener los grupos de refuerzo curricular y PMAR para 1º y 2º ESO.

viii) Agrupamientos flexibles durante la primera evaluación que permitan la

movilidad de los alumnos de un grupo a otro a instancias de los equipos

docentes para la mejora de su rendimiento y su óptima ubicación.

ix) Solicitar de los colegios y de los tutores de 6º de primaria informes más

detallados de los alumnos que se incorporan al nuevo curso escolar respecto a la

convivencia. (Se analizan de forma pormenorizada y se entrega a los tutores en

los primeros días de septiembre).

x) Realizar una evaluación inicial efectiva para detectar las carencias del alumnado

que permita adaptar las materias a su punto de partida. Se informará a las

familias de estos resultados en las reuniones iniciales con los padres que se

realizan en la primera quincena de octubre. En 1ºESO además, se reúne la

directora con los padres para comentarles todo lo referente a la organización del

curso.

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xi) Cumplir las normas básicas de comportamiento, las conductas sancionables, las

sanciones a aplicar en cada caso y así como las personas competentes para

asignarlas en cada caso.

xii) Mantener el Plan de Acción Tutorial, sobre todo en 1º y 2º ESO. Se ha

elaborado una programación para desarrollar técnicas de estudio para los

alumnos de primer ciclo en la asignatura de atención educativa.

xiii) Introducir nuevos proyectos para mejorar la convivencia, tales como equipo de

mediación, alumnos tutores, comité de conflictos, aula amiga, etc. Figura del

mediador: profesores y alumnos.

xiv) Facilitar, por parte del departamento de orientación, todo el material disponible

de tutoría a principio de curso, para que el tutor lo trabaje según sus necesidades.

xv) Se crean un turno de guardias de recreo con los profesores de guardia para que

los alumnos sancionados cumplan el castigo en ese periodo de tiempo. Los

alumnos acudirán con amonestación y llevarán trabajo impuesto por el profesor

que ha amonestado.

xvi) Los alumnos que reiteren en retrasos serán castigados a 7ª h además del recreo

correspondiente.

xvii) Los alumnos sancionados por faltas graves podrán cumplir su sanción los

miércoles por la tarde en el centro acompañados por los profesores de

Orientación.

3) Reunión del equipo directivo con los padres de los alumnos de 6º de primaria que

van a cursar sus estudios de secundaria en el instituto para informarles, además de

las características propias de los nuevos estudios que sus hijos van a comenzar, del

PEC, el RRI y Plan anual de convivencia.

4) Jornadas de acogida de los alumnos de 1ºESO

a. Recibimiento de los alumnos de 1ºESO por la dirección, en la sala

Rafael Rubio, el día de la presentación. Charla sobre el RRI y las normas

de funcionamiento del centro.

b. Reuniones previas con los tutores de primer ciclo.

c. Dedicar 2, 3 o los días que se estimen necesario por parte de TODOS los

profesores de primer ciclo para trabajar únicamente la adaptación al

nuevo ritmo de enseñanza en el instituto y al conocimiento de las normas

de convivencia . Además , realización de actividades comunes para

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todos los 1º de la ESO para estrechar lazos entre los alumnos de las

diferentes aulas.

5) Labor tutorial.

- Recabar toda la información posible tanto propia como del resto de

profesores analizarla y trasladarla a las familias, con el objeto de

conocer las características del grupo y detectar problemas de convivencia

que pudieran surgir.

- Realizar una evaluación inicial exhaustiva para detectar y resolver casos

concretos.

- Llevar a cabo el Plan de acción Tutorial abierto a posibles demandas,

intereses o necesidades del grupo.

- Coordinarse con el resto de tutores y con el equipo directivo y de

Orientación del centro a través de reuniones semanales de las que se

deriven actuaciones conjuntas.

- Realizar entrevistas periódicas con las familias de alumnos conflictivos

de manera que se involucren y colaboren.

- Favorecer en la hora de tutoría dinámicas de reflexión en grupos a través

de textos con debates que fomenten la actitud crítica, el respeto, la

colaboración y la libertad.

- Trabajar las habilidades sociales y enseñar a regular y controlar las

emociones que generen conflictos, controlando respuestas impulsivas o

agresivas.

- Controlar las faltas de asistencia de los alumnos.

6) Favorecer el refuerzo positivo.

En muchos casos, un modelo meramente sancionador no permite

controlar fenómenos como la disrupción la disciplina o los distintos modos y

grados de violencia que se producen en las aulas .Por tanto, en ocasiones será

necesario incorporar el concepto de proactividad en el que los hechos sean un

punto de partida para diagnosticar y analizar .Se trata de que el alumno

reflexione, repare, rectifique y aprenda de sus errores para mejorar en el futuro.

Algunas acciones encaminadas a ello serán:

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- Establecimiento de normas claras de conducta en clase, formuladas

en positivo, consensuadas y justificadas, concienciando a los

alumnos de que derivan de la imposibilidad de convivir sin ellas.

- Enseñar a los alumnos a pensar sobre su conducta, causas,

consecuencias, alternativas, soluciones a problemas etc. a través de

fichas de reflexión.

- Tutelar a alumnos con conductas más disruptivas por parte de otros

alumnos.

- Continuar con el programa de alumno tutor cuando se trata de un

conflicto entre dos alumnos.

- Elegir un “tutor de conducta” entre los alumnos de cursos superiores que

se entrevisten con él, supervisen las fichas de reflexión y alcancen

acuerdos y compromisos.

- Seleccionar con los alumnos las conductas que queremos transformar.

- Realización de registros de conducta en determinados grupos y

asignaturas objeto de seguimiento. Traslado periódico a las familias.

- Registros de conducta individuales en los que se premie con una carta de

felicitación si alcanza con éxito el proceso.

- Las consecuencias de conductas contrarias a la convivencia han de ser

advertidas con antelación, y han de ser proporcionadas y tener carácter

reparador, corrector y educativo.

- Contemplar en casos especiales la derivación al Departamento de

Orientación, como alternativa a la expulsión, donde pueda ser atendido

por personal especialista, que pueda valorar y elaborar estrategias a

seguir por el equipo docente.

7) Compromiso de extremar la vigilancia en la observación del cumplimiento de las

normas por parte de todo el profesorado, impartan o no materias del primer ciclo.

8) Involucrar a los alumnos de cursos superiores en la mediación de conflictos.

- Entrevistas con alumnos castigados en la hora del recreo a los que se les

ha dado una ficha de reflexión.

- Cambiar determinados castigos por responsabilidades de colaboración en

actividades de cursos superiores.

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9) Creación de un Aula de Convivencia.

El Decreto de Convivencia 16/2016 en su artículo 26, permite a los centros

docentes disponer de un aula de convivencia para atender, transitoria e individualmente,

a aquellos alumnos que con arreglo al Plan de Convivencia de estos sean destinatarios

de esta medida educativa, bien por haberle sido impuesta una medida correctora por la

comisión de faltas contra las normas de convivencia o como medida para prevenir o

evitar comportamientos disruptivos durante el desarrollo de la actividad docente.

Como novedad, para el curso académico 16/17, el centro adopta esta medida, de

carácter educativo y preventivo, cuyo objetivo es “Que los alumnos comprendan el

alcance, para ellos y para los demás, de sus actos, sentimientos y pensamientos,

trabajando la convivencia, el respeto y la tolerancia, pero también la autoestima, el

autocontrol y la toma de decisiones responsables”.

Los motivos por los que un alumno puede acudir al aula de convivencia son.

- Conductas que impidan o dificulten la actividad educativa.

- Comportamiento irrespetuoso hacia el profesorado o el alumnado.

- Conflictos o peleas entre el alumnado.

- Causar daño en las instalaciones, materiales o documentos del centro.

- Sustraer o causar daños en las pertenencias de los miembros de la

comunidad educativa.

Para el funcionamiento del aula se encuentran implicados:

- La coordinadora de ésta.

- El equipo directivo.

- El Departamento de Orientación.

- Profesorado voluntario.

- Tutores.

A final de cada semana un jefe de estudios deriva a los alumnos que

acudirán al Aula de Convivencia, realizando un informe individualizado

en el que queda reflejada la causa por la que acuden y la duración

prevista de su estancia, informando a todo el profesorado y a la familia

de los alumnos.

A principios de semana, los alumnos mantienen una entrevista individual

con la coordinadora en el que se tratan los motivos por los que acude, se

favorece la reflexión del alumno y se abordan los conflictos de manera

asertiva y pacífica, favoreciendo el diálogo y la escucha activa.

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Durante la estancia, los alumnos trabajarán de manera alternativa

contenidos académicos y habilidades sociales, haciendo hincapié en el

respeto recíproco, la empatía y la responsabilidad, favoreciendo el

autocontrol y la automotivación, así como su autoestima. Todo ello con

actividades y material recopilado para ellos .Estarán atendidos por

profesores voluntarios en horas complementarias o guardias o por

miembros del departamento de Orientación. Su horario será distinto al

del resto de alumnos, permaneciendo leyendo en la biblioteca durante el

horario de recreo del centro. Después de éste saldrán al patio y realizarán

actividades de educación física, colaborando en ocasiones con trabajos

para el centro. Al final de la semana, elaborarán actividades de reflexión

sobre su estancia en el aula, supervisadas por Jefatura de Estudios .Al

salir del aula llevarán una hoja de seguimiento durante un mes

aproximadamente, que deben cumplimentar todos los profesores que

imparten clase a estos alumnos y que entregarán cada viernes en jefatura

de estudios para su control y revisión .Los tutores deben encargarse de un

seguimiento especial con estos alumnos y sus familias para valorar su

paso por el Aula de Convivencia.

10) Programa de acompañamiento escolar:

Dirigido a alumnos que por su trayectoria o comportamiento disruptivo pueden

presentar riesgo de absentismo en caso de expulsiones .Quedarán a cargo de

profesores o alumnos mayores voluntarios que se encarguen de realizarles un

seguimiento durante los periodos de recreo, ayudándoles a redirigir su conducta en

el centro y doten de herramientas para resolver conflictos que hayan surgido o

prevenir los futuros. Funcionará como medida alternativa o complementaria al

aula de Convivencia .

11) Acuerdos y Contratos de Convivencia:

Se podrán establecer acuerdos y contratos de convivencia , en aquellos casos que lo

requieran, que contendrán, de forma clara y precisa, los compromisos, exigencias y

obligaciones asumidos por las familias y los alumnos cuyo comportamiento disruptivo o

perturbador atente o dificulte la convivencia y el proceso educativo .Se llevará a cabo

por iniciativa del tutor, con la supervisión del jefe de estudios, que velará por su

efectivo cumplimiento y con el visto bueno del director , que deberá determinar la

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conveniencia del acuerdo. El incumplimiento de los compromisos asumidos podrá

suponer la aplicación de medidas correctoras u otras de índole educativa.

12) Protección a las víctimas.

A este respecto, se estará a lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 16/2016.

El centro aplicará un protocolo de actuación ante cualquier situación de presunto acoso

escolar , maltrato o agresión que incluirá actuaciones y medidas para identificar las

situaciones referidas y los procedimientos de intervención así como medidas de

urgencia adoptadas por la directora o persona en quien delegue para garantizar la

inmediata seguridad del alumnos acosado, agredido o maltratado, así como para

prevenir posibles situaciones similares en el futuro. Se contará para ello con la

colaboración y asesoramiento del Equipo de Orientación del centro y la ayuda de los

órganos , servicios o instituciones pertinentes.

En caso necesario, las situaciones descritas serán comunicadas a la Dirección general de

la Consejería de Educación, a Fiscalía de Menores o a cuantos organismos procedan

cuando la víctima se encuentre en situación de indefensión.

12) Aula Amiga

Los alumnos acuden durante un período de tiempo establecido por Jefatura de Estudios

a otros grupos , según un horario establecido desde principio de curso en el que

participan profesores voluntarios. Los alumnos llevan una hoja de seguimiento que será

consignada cada hora.

13) Programa Educación Responsable:

Promovido por la “ Fundación Botín” a través de la Dirección General de Atención

a la Diversidad de la Consejería de Educación y del CPR. Incluye un período de

formación para profesores y la aprobación en claustro y colaboración de todo el

profesorado.

La elaboración de este proyecto responde a la necesidad de seguir

potenciando acciones que nos conduzcan a mejorar la educación emocional y

social en nuestro centro, haciendo especial hincapié en el desarrollo de las

competencias personales y sociales de nuestros alumnos.

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14) Programa de Mediación Escolar

OBJETIVOS BÁSICOS:

Prevenir los actos de violencia educando las habilidades sociales

necesarias para mejorar la convivencia: normas básicas de conducta y

tolerancia y respeto ante lo que es diferente. Potenciando mediación para

evitar conductas como el acoso escolar, el racismo, ideologías radicales, etc.

Dotar a los alumnos de las herramientas necesarias para la resolución

pacífica de conflictos. Iniciando la formación de los mediadores y

publicitando dicha herramienta entre toda la comunidad educativa.

Fomentar los valores de convivencia, respeto y tolerancia; valores

universales y comunes a todos los seres humanos sean cuales sean su sexo,

creencia o cultura. Ofreciendo modelos ejemplares distintos a los que el

alumno tiene en su entorno, y que suponen una subversión del compendio de

valores que se les pretende fomentar.

Favorecer la integración y la igualdad de oportunidades mediante la

creación de un ambiente de entendimiento, respeto y colaboración como base

para la resolución de conflictos.

Ayudar a gestionar la propia vida, proponiendo una manera creativa de ser

consciente de uno mismo, enfrentándose a los problemas y regulando las

emociones.

ALUMNADO PARTICIPANTE EN EL PROGRAMA

Creemos que el espíritu de la MEDIACIÓN ESCOLAR debería implicar a toda

la comunidad educativa del centro. Por tanto, consideramos a TODOS LOS

ALUMNOS como posibles participantes en el Programa, pues contaremos con un

nutrido grupo de mediadores, convenientemente formados y, obviamente dadas

nuestras necesidades, con otro nutrido grupo de alumnos con "necesidades de

mediación".

Los objetivos que nos planteamos respecto de los alumnos son:

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Que adquieran las habilidades necesarias para afrontar los conflictos sin

violencia.

Fomentar el consenso por encima de la imposición.

Aumentar la corresponsabilidad frente al conflicto.

Primar la reparación frente al castigo.

Por todo ello, y puesto que la MEDIACIÓN implica NEGOCIACIÓN Y

CONCILIACIÓN, creemos que la relación entre iguales (alumnos en conflicto y

alumnos mediadores) será la mejor manera de educar en valores como el diálogo, el

respeto, el compromiso, la dignidad o la libertad.

Además, la MEDIACIÓN requiere: voluntariedad, confidencialidad,

neutralidad e imparcialidad y todo ello supone escuchar, puesto que lo que se busca

son soluciones al problema y no culpables: una vía de doble dirección. Sabemos que el

dolor es lo que genera el conflicto y la restauración es hacer algo para aliviar el dolor.

15) Programa “Jueces de paz”.

En el curso 16/17 se concedió al centro la Modalidad B de este programa

ofertado por la Dirección General de Innovación educativa y atención a la diversidad.

En esta modalidad se conciertan visitas de jueces a los centros seleccionados. Los jueces

que visitan los centros seleccionados explican a los alumnos y alumnas el significado y

funcionamiento de la Administración de Justicia. Las visitas, con una duración

aproximada de 60 a 90minutos, se desarrollan en el periodo lectivo y tiene la siguiente

estructura: presentación del juez, representación de un juicio de menores que

previamente habrá sido preparado por el profesorado con su alumnado y rueda de

preguntas al magistrado. Posteriormente a la visita del juez al centro, los alumnos y

alumnas tienen la oportunidad de visitar las dependencias judiciales.

Los principales objetivos de este programa son:

- Acercar la Justicia a los centros educativos de la Región de Murcia.

- Visitar las dependencias judiciales y presenciar en directo un juicio real sobre

temáticas adecuadas a la edad del alumnado, siempre y cuando sea posible.

- Ofrecer a los centros educativos una herramienta más de carácter preventivo que

promueva el significado del valor de la Justicia en un Estado de Derecho.

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- Contribuir a la mejora de la convivencia mediante el desarrollo del diálogo, el

consenso y la promoción de experiencias en justicia restaurativa: fundamentada en la

reparación de los daños ocasionados.

- Potenciar la figura de juez de paz educativo en los centros docentes.

- Crear un mejor clima de convivencia social, formando ciudadanos responsables, con

conocimientos y habilidades que les capaciten para la resolución de problemas en cada

comunidad educativa.

La participación en el Programa implica, por parte de nuestro centro, los siguientes

compromisos:

- Facilitar la asistencia del profesorado que va a desarrollar el programa al curso de

formación planificado a tal fin.

- Puesta en marcha del Programa en el centro educativo.

- El Equipo Directivo, para poner en marcha e impulsar el Programa “Educando en

Justicia” en su centro, tendrá que colaborar activamente en el mismo y facilitar las

medidas necesarias de organización y funcionamiento.

- Inclusión del Proyecto en el Proyecto Educativo de Centro.

- Nombrar a un profesor o más en función del tamaño y características del centro como

coordinador del programa.

- El coordinador del programa “Educando en Justicia” que participe en la aplicación del

proyecto “Juez de Paz” (modalidades A y C) deberá realizar o haber realizado, el curso

de formación que se organiza en el CPR Región de Murcia.

- Completar el cuestionario de evaluación que se enviará al finalizar el curso escolar.

La participación en el Programa implica, por parte de la Consejería de Educación y

Universidades los siguientes compromisos:

- Organización de un curso de formación para el profesorado que vaya a implantar el

proyecto “Juez de Paz Educativo” en su centro.

- Organización de las visitas del juez a los distintos centros educativos y de los centros a

las dependencias judiciales a visitar (Palacio de Justicia o Ciudad de la Justicia).

- Organización de una Jornada de conciliación para los centros educativos que

desarrollen el proyecto “Juez de Paz Educativo”.

Para la puesta en funcionamiento, seguimiento y evaluación del presente

programa se constituirá una Comisión Mixta paritaria, compuesta por cuatro miembros,

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dos designados por la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la

Diversidad y los otros dos designados por el Tribunal Superior de Justicia de la Región

de Murcia. Dicha Comisión se reunirá a petición de una de las partes y siempre que se

estime necesario.

PROCESO FORMAL DE CONCILIACIÓN

FASES:

1.- ENTRADA: Presentación y reglas de juego:

A. Dar la bienvenida a los alumnos y presentarse como jueces de paz.

B. Explicar las reglas de juego: respetar los turnos de palabra, no insultar, no

mentir y explicar que la confidencialidad afecta a todo lo que se diga…

C. Preguntar a las partes si están de acuerdo con estas normas y FIRMAR

todos.

2.- CUÉNTAME:

D. Decir a cada parte: “Por favor, explica qué pasó”.

E. Escuchar activamente: asentir, pedir una aclaración…, repetir con otras

palabras lo que va diciendo cada uno.

F. Preguntar “¿y tú cómo te has sentido?” y preguntas concretas para estar seguro

de que se expresa todo. Añadir “¿Quieres contar algo más?”

3.- SITUARNOS:

G. Resumir o aclarar el punto de vista de cada uno: “entonces, si he entendido

bien, tú dices o piensas que….”; “y tú piensas que….”.

H. Pedir a cada parte ponerse en el lugar del otro: “Ahora, ponte en su lugar,

¿cómo crees que se siente el otro?, y viceversa. Intentar que no sea solo “mal”:

enfadado, triste, dolido, cabreado, furioso, con deseo de venganza, avergonzado,

arrepentido, divertido, contento, orgulloso, frustrado, desilusionado, asustado,

deprimido (sin ganas de nada)…

4.- PENSAR SOLUCIONES:

I. Crear soluciones: utilizar la lluvia de ideas, proponiendo que cada parte diga

dos o tres soluciones posibles. Se pregunta: “¿cuál crees que sería para ti la

solución?”; “¿qué estarías dispuesto a hacer?”.

J. Evaluar y seleccionar las soluciones más interesantes: “entonces tú vas a

intentar…”, “y tú vas a intentar…”.

K. Preguntar: “¿Aceptáis estas soluciones?”; “¿Podréis cumplirlas?”; “¿Os parece

que van a funcionar?”...

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5.- ACORDAR:

L. Elaborar un plan de acción: ¿quién hará qué, cuándo y cómo?

M. Preguntar: “¿está arreglado el problema?”

N. Dar las gracias a las personas por haber aceptado la conciliación. Preguntar:

“¿Queréis estrecharos las manos?”.

6.- ACTA DE CONCILIACIÓN:

O. Rellenar y firmar el acta de conciliación (“hoja de registro”), con o sin acuerdo.

16) Desarrollo de Planes de Apoyo Conductual Positivo para alumnos con trastornos

graves de conducta asociados a discapacidad intelectual.

Según la Resolución de 15 de abril de 2016 de la Dirección General de

innovación Educativa y Atención a la Diversidad , se establecerá un protocolo para la

evaluación e intervención ante las conductas problemáticas graves de dichos alumnos

que por su intensidad, duración o frecuencia pueden poner en peligro la integridad física

del alumno y la de los demás y afectan negativamente tanto a su desarrollo personal

como a sus oportunidades de participación en el medio escolar, social y familiar.

Estas conductas problemáticas incluyen comportamientos autolesivos o daño a sí

mismo, heteroagresividad o daño a otros y destrucción de objetos.

Este plan formará parte del Plan de Trabajo Individualizado del alumno e incluirá:

a) Objetivos que se pretende conseguir con el desarrollo del plan.

b) Procedimientos de intervención en los que se contemplarán tanto medidas

preventivas como en su caso, estrategias reactivas y medidas de coordinación.

c) Evaluación y seguimiento del plan, incluyendo los indicadores para valorar el

progreso del alumno y la eficacia del plan de apoyo; así como los instrumentos

para la recogida de información.

Se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

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- El plan de apoyo conductual positivo será elaborado conjuntamente por

el tutor del alumno, el orientador del centro y, en su caso, por el PT.

Contarán con la colaboración de la familia del alumno y de los

profesionales que le atienden en los distintos contextos en los que se

envuelve tanto escolar como sanitario.

- Los profesores técnicos de servicios a la comunidad o los trabajadores

sociales realizarán una intervención socioeducativa en aquellos casos en

los que exista una situación social o familiar que así lo requiera.

- El equipo docente evaluará la eficacia del plan de apoyo conductual

positivo al menos una vez al trimestre.

- El tutor informará a los profesionales implicados y la familia del alumno

de los resultados obtenidos en dichas evaluaciones.

17) Inclusión en 1º y 2º de la ESO y dentro de la metodología ABP de proyectos que

incluyan el conocimiento y la tolerancia a las diferencias tanto personales como

culturales, el respeto, la inclusión y la colaboración mutua como fuente de

enriquecimiento personal y social y vehículo para facilitar la convivencia en el centro y

en la sociedad.

18) Solicitud del programa: “ Si yo puedo, tú puedes” para centros preferentes de

altas capacidades basado en la tutorización entre iguales y coordinado por el

Departamento de Orientación.

19) Dinamización de los recreos:

Evitar situaciones de conflicto y mejorar la socialización de los alumnos a través

de intereses conjuntos incluyendo actividades como:

- “Martes llenos de talento”. Desarrollada y coordinada por el

departamento de música en colaboración con los alumnos de

bachillerato.

- Competiciones deportivas incluidas dentro del Programa de Deporte

Escolar llevado a cabo por el departamento de Educación física.

- Cuidado del huerto escolar por iniciativa de profesores voluntarios.

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- Ajedrez y juegos de mesa organizados por los propios alumnos.

- Aula de informática abierta para los alumnos que quieren realizar tareas

de investigación o búsqueda de información vigilada por un profesor de

guardia.

- Salida de los alumnos que lo deseen a la biblioteca “ Ramón Alonso

Luzzy dos días por semana durante el recreo.

20) Labores de voluntariado y visitas trimestrales al centro de día de los Dolores.

Mediante estas visitas, los alumnos no sólo conocen su entorno sino que viven

otras realidades que favorecerán el desarrollo de la empatía, la reflexión y el

enriquecimiento personal.

21) Programa “ Pulsar “de la Fundación Everis.

Dirigido especialmente a chicas adolescentes con el objetivo de descubrir el potencial,

el talento y las aspiraciones profesionales a través de un programa de mentoría que las

conecta con mujeres referentes de otros países y no las limite por razones de género.

22) Programa ABP.

Puesto en marcha el pasado curso académico para 1º de la ESO, este curso pretendemos

ampliarlo a 2º de la ESO.

Mediante este programa los alumnos utilizarán un sistema de trabajo cooperativo para

adquirir una serie de conocimientos y habilidades necesarios para un aprendizaje

efectivo en todos los ámbitos. La metodología del Aprendizaje Basado en Proyectos

favorecerá un proceso de investigación en grupo estructurado en preguntas, tareas y

productos mediante las que se pretende alcanzar las competencias clave, además de

desarrollar otras habilidades y destrezas tales como la búsqueda de información, la

capacidad de trabajar en equipo, la capacidad de análisis y síntesis, el espíritu crítico, la

valoración del trabajo propio y el de los demás, el respeto y la tolerancia en la

convivencia.

23) Programa “ Huerto Escolar”.

Se trata de poner en marcha y desarrollar un huerto escolar ecológico en el centro que

sirva como recurso educativo transversal en todos los niveles y áreas curriculares ,

fomentando las distintas competencias y difundiendo los valores de la agricultura

ecológica y hábitos de vida saludable y respeto hacia el entorno.

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24) Programa para el Desarrollo de Altas capacidades y Promoción del talento.

Dirigido fundamentalmente a alumnos con unas características y necesidades

específicas para los que deben aplicarse los principios generales que rigen la atención a

la diversidad y cuya ayuda es fundamental para desarrollar sus capacidades y evitar la

segregación, ofreciendo un contexto educativo que favorezca sus necesidades

intelectuales, psicológicas y sociales.

El diseño de tareas actividades y problemas ofrecidos exigirá el desarrollo de

habilidades socio-cognitivas como: razonamiento, creatividad , solución de situaciones

, toma de decisiones y trabajo cooperativo.

Algunos de los objetivos propuestos son los siguientes:

- Conseguir el desarrollo integral de las capacidades del alumno.

- Proporcionar contextos de aprendizaje enriquecedor y propiciar una

actitud de aprendizaje autónomo.

- Desarrollar el pensamiento divergente.

- Fortalecer las habilidades sociales para mejorar la calidad de las

relaciones con los demás y favorecer el crecimiento personal.

- Facilitar la producción de trabajos diferentes.

- Respetar sus ideas y preguntas inusuales.

- Revisar las acciones emprendidas para poder comprobar la eficacia de las

mismas.

25.“Programa cuidadores”.

El Programa Cuidadores es una medida educativa que tiene como fin restablecer un

vínculo debilitado o roto entre dos alumnos del centro. Pretende a su vez que el

alumnado adquiera herramientas para aprender a resolver conflictos por sí mismo.

Para entrar en este programa, la persona cuidadora se compromete a:

No agredir ni verbal ni físicamente a la persona cuidada.

No permitir que nadie le agreda.

Emplear la honestidad con esa persona ayudándole a que vea el conflicto desde

otra perspectiva.

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7.- PERSONAS IMPLICADAS EN EL PLAN DE CONVIVENCIA DEL

CENTRO.

Compromiso de todos los profesores y miembros de la comunidad educativa.

Tutores de primer ciclo.

Profesores de primer ciclo.

Equipo directivo.

Profesor de servicios a la comunidad.

Orientadora.

Padres y madres.

Delegados de alumnos.

Alumnos de cursos superiores.

7.1. METODOLOGÍA.

Reuniones con los padres de los futuros alumnos antes de que se incorporen al

instituto.

Información a los padres en el sobre de matrícula sobre las normas de

funcionamiento del centro, extracto de RRI y decálogo de conductas y

sanciones.

Reuniones iniciales con los padres.

Actividades de tutoría.

Actividades globales.

Elaboración y seguimiento del documento (“decálogo”) sobre las conductas en

clase.

Charlas y coloquios.

Reuniones con profesores y entre profesores.

Claustro de evaluación del cumplimiento del objetivo.

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7.2. TEMPORALIZACIÓN:

Se desarrolla en tres fases:

Fase de preparación. Final del curso escolar se realiza la reunión con los

padres de los alumnos de 6º de primaria.

Fase inicial: Jornada de acogida y toma de conciencia de los nuevos alumnos

durante la primera semana de curso.

Desarrollo del plan. Durante el resto del curso.

7.3. RECURSOS Y MATERIALES.

Proporcionados por el ayuntamiento: Programa de habilidades sociales, Escuela

abierta a otras culturas, Programa de Prevención del consumo de alcohol, tabaco

y otras drogas, Programa Espacio Joven.

Normas de Convivencia y Conducta del centro.

Material tutorial.

Plan Director gestionado por la Policía Nacional.

Necesidad de cursos de formación específicos en el centro o fuera del centro

sobre prevención de conflictos en general, figura del mediador, comité de

conflictos y todas aquellas que se están desarrollando actualmente para la

prevención de conflictos en el aula.

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8. NORMAS INTERNAS DE CONVIVENCIA.

8.1. SOBRE LA ASISTENCIA A CLASE Y JUSTIFICACIÓN DE FALTAS.

a) Los alumnos asistirán a clase con puntualidad como medio indispensable de su

formación humana y académica.

b) Todos los profesores anotarán los retrasos y las faltas de asistencia de los

alumnos, sea o no justificados, en los partes de faltas establecidas a tal efecto.

c) Los alumnos justificarán sus faltas en un plazo máximo de tres días desde su

incorporación a las clases, entregando el justificante al tutor (quien lo custodia

hasta final de curso) y enseñándolo previamente a los profesores implicados. El

impreso oficial de justificación de faltas lo podrán recoger en Consejería.

d) Las faltas se pondrán, a través de la plataforma digital, lo antes posible por parte

del profesorado.

e) El alumno que llegue tarde a clase deberá rellenar el parte de retraso, y si

dicha falta no está justificada, se quedará sin recreo.

f) Tres horas de inasistencia clase sin justificar constituyen una falta leve. Esta

falta constará en el boletín de los alumnos y será comunicada a sus padres. El

Tutor, de acuerdo con el Jefe de Estudios, cumplimentará una amonestación que

constará en el expediente del alumno y se aplicarán las correcciones por faltas

leves contempladas en el presente Reglamento.

g) La acumulación de tres faltas leves por inasistencia dará lugar a una falta grave,

y al alumno correspondiente se le aplicarán las correcciones establecidas en el

presente Reglamento para este tipo de faltas.

h) La valoración de los justificantes de las faltas enviadas por los padres la

realizará el tutor y/o el jefe de estudios. En caso de solicitar la realización de un

examen no hecho por no haber asistido a clase, deberá presentarse justificante

médico o documento debidamente contrastado.

i) En ausencia del profesor, los alumnos permanecerán en el aula esperando las

instrucciones del profesor de guardia.

j) El porcentaje de faltas de asistencia, justificadas e injustificadas, que originan la

imposibilidad de aplicación de la evaluación continua se establece en el 30% del

total de horas lectivas de la materia (orden de 1 de junio de 2006). El alumno

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que se vea implicado en esta situación, se someterá a una evaluación

extraordinaria que será establecida de forma pormenorizada en la programación

didáctica de cada una de las materias que conforma la etapa.

k) En caso de que se programen actividades extraescolares fuera del centro, los

alumnos que no asistan tienen la obligación de asistir al centro donde

permanecerán debidamente atendidos por profesores. Dicha obligación es

extrapolable a casos de viajes de estudios o de inmersión lingüística

programados desde el centro.

8.2. SOBRE EL RECREO Y OTROS PERÍODOS DE DESCANSO

a) Ningún alumno podrá abandonar injustificadamente el centro.

b) Los alumnos no pueden abandonar el centro durante las horas de recreo. El

incumplimiento de esta norma y de la anterior será de exclusiva responsabilidad del

alumno, de sus padres o de sus tutores legales. El abandono del centro sólo podrá ser

justificado con un parte de salida firmado por el profesor de guardia o miembro del

equipo directivo. El profesor de guardia siempre se pondrá en contacto telefónico

con la familia, aún cuando presenten la autorización por escrito. Los menores de

edad deben ser acompañados siempre por un adulto responsable (mayor de edad).

Jefatura de estudios podrá hacer excepciones en condiciones extraordinarias.

c) Durante las horas de clase los alumnos no deberán salir del aula, en casos

excepcionales es el profesor correspondiente quien concederá permiso para hacerlo.

d) Cuando un profesor tenga examen, todos los alumnos permanecerán en el aula hasta

el final de la clase.

e) Durante los recreos los alumnos no podrán permanecer en las aulas, pasillos,

escaleras o vestíbulo. El delegado se responsabilizará de que el aula permanezca

cerrada durante este periodo de tiempo. En caso de inclemencias climatológicas

permanecerán en el vestíbulo.

f) Durante los recreos se utilizarán sólo los aseos de la planta baja.

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8. 3. SOBRE EL APROVECHAMIENTO Y LA ACTITUD DE LOS ALUMNOS.

a) El control del aprovechamiento y actitud del alumnado se comunicará en el

boletín de calificación escolar, después de cada evaluación. Debidamente

firmado por el padre, madre o representante legal del alumno, será devuelto al

tutor en el plazo máximo de una semana.

b) Los padres tendrán derecho a recabar información sobre el rendimiento y actitud

de su hijo a través del profesor tutor, en la hora destinada a ello (atención a

padres) y previa cita. Así mismo, deberán acudir a cuántas reuniones se les

convoque al efecto.

c) Los profesores tutores, de acuerdo con la jefatura de estudios y con el

departamento de orientación, podrán convocar en cada período de evaluación

reuniones de profesores y de alumnos para analizar y comentar las incidencias

académicas o de convivencia.

d) El profesor tutor preparará con los alumnos cada sesión de evaluación y les

comunicará posteriormente las observaciones pertinentes de la junta de

evaluación. El delegado/a puede asistir al comienzo de la sesión de evaluación,

antes de que ésta comience a hablar de alumno por alumno.

8.4. SOBRE EL MATERIAL Y EL MANTENIMIENTO DE LAS

INSTALACIONES.

a) Los alumnos, profesores y demás miembros de la comunidad educativa

procurarán contribuir eficazmente al mantenimiento de la limpieza, cuidado y

embellecimiento de las instalaciones y material del centro.

b) Los responsables de los desperfectos producidos en las instalaciones, material o

mobiliario por negligencia, mala intención o por uso indebido, así como de

sustracciones de material, serán sancionados, exigiéndose la reposición o las

reparaciones precisas, incluso económicas, a que hubiera lugar. En último

término, será responsable de los daños y se hará cargo de la sanción al grupo o

sector de alumnos donde se produzcan los daños, salvo constancia del

responsable o responsables de los desperfectos o sustracciones.

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c) Los pasillos y demás dependencias del centro deberán mantenerse limpios

haciendo uso correcto de las papeleras. Si fuera necesario otros elementos para

lograrlo, los delegados lo comunicarán al secretario.

d) Quedan prohibidas todo tipo de pintadas.

8.5. SOBRE OTROS ASPECTOS DE LA CONVIVENCIA.

a) El recinto del instituto está reservado a los alumnos matriculados en el mismo,

por lo tanto no se permitirá la entrada de personas ajenas al mismo a no ser que

vengan a realizar gestiones que tengan que ver con el funcionamiento del centro.

b) Queda prohibido el uso de aparatos grabadores y reproductores y a la utilización

de teléfonos móviles, alarmas sonoras de relojes y otros que perturben el curso

normal de las clases. Estos aparatos podrán ser incautados y depositados en

secretaría o jefatura de estudios hasta la recuperación de los mismos por los

padres o tutores legales.

c) Se prohíbe la posesión o consumo de drogas o bebidas alcohólicas en el centro.

d) No está admitido mascar chicle o comer en la clase.

e) Como queda establecido por ley, está rigurosamente prohibido fumar en

cualquier dependencia del centro.

f) Los alumnos deberán ir vestidos adecuadamente y con decoro. No se permite el

uso de gorras en las clases, bañadores, tops, etc.

g) Está prohibido terminantemente el uso de juegos de cartas en el aula.

8.6. SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA LA MANIFESTACIÓN DE

DISCREPANCIAS SOBRE DECISIONES EDUCATIVAS.

El orden a seguir para ejercer este derecho, dependiendo del tipo de discrepancia

de que se trate, será:

- Profesor o profesores implicados.

- Profesor tutor.

- Documento por escrito dirigido a jefatura de estudios.

- En última instancia, documento por escrito al Director.

Las personas competentes para manifestar las discrepancias serán:

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- Delegado y subdelegado del grupo.

- Junta de delegados.

- Representantes legales en el consejo escolar.

Dichas discrepancias serán puestas en conocimiento por los canales citados, lo

más rápidamente posible tras el hecho que las haya ocasionado.

En todo caso, será sancionada cualquier otra forma de expresarse que altere el

normal funcionamiento del centro.

En caso de discrepancia colectiva que pueda suponer la interrupción de la

actividad normal del centro, los alumnos deberán avisar con la antelación suficiente al

equipo directivo y a la vez, respetar el derecho a la educación que el centro garantizará

en todo momento.

9. LA DISCIPLINA Y LAS NORMAS DE CONVIVENCIA.

9.1. LA DISCIPLINA Y LAS FALTAS DE DISCIPLINA.

1. La disciplina se concibe como un medio para la formación de la persona y la

consecución de los objetivos del centro.

2. Constituirán faltas de disciplina todas las que atentan contra:

a. El respeto a cualquier miembro de la comunidad educativa.

b. El normal funcionamiento de la vida escolar.

c. El trabajo escolar

d. La conservación del material y de las instalaciones.

3. Los principios que han de regir en la aplicación de la correcciones serán:

a. Educación: Cuando la comisión de una falta haga necesaria la adopción

de medidas disciplinarias, las correcciones que se impongan deberán

tener un carácter educativo y deberán contribuir al proceso general de

formación y recuperación del alumno, por lo que en ningún caso dichas

correcciones afectará a su derecho a la educación y a la evaluación.

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b. Inmediatez: Para que las correcciones sean efectivas han de aplicarse lo

más cercanas posibles al momento en que las faltas sean cometidas, de

esta forma el alumno establecerá la asociación conducta-consecuencia.

c. Proporción: La corrección ha de ser proporcionada a la falta, teniéndose

en cuenta las circunstancias concretas que la rodeen. En ningún caso

serán contrarias a la integridad física ya la dignidad personal del alumno.

d. Consistencia: Las mismas conductas han de tener siempre las mismas

consecuencias, sin perjuicio de los atenuantes y agravantes que

concurran en ellas.

e. Interés general: A la hora de aplicar las correcciones se considerará la

repercusión que las faltas tengan en el resto del alumnado y sus derechos.

9.2. CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS

Según establece el Decreto 16/2016 de 9 de marzo, las conductas contrarias a las

normas de convivencia se clasifican en faltas leves, graves y muy graves. La tipificación

de las mismas, así como de las medidas correctoras correspondientes, deberá figurar en

las normas de convivencia y conducta del centro y se atendrán a lo dispuesto en el

presente decreto.

DESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS LEVES CONTRA LAS NORMAS

DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Se consideran faltas leves contra las normas de convivencia en el centro las siguientes

conductas, cuando por su entidad no llegaran a tener la consideración de faltas graves o

muy graves:

a) Las faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase.

b) Las conductas que puedan impedir o dificultar a sus compañeros el ejercicio del

derecho o el cumplimiento del deber del estudio, el comportamiento disruptivo y los

actos que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro.

c) La asistencia reiterada a clase sin el material necesario.

d) No esforzarse por realizar las actividades de aprendizaje indicadas por el profesor.

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e) No trasladar a sus padres o representantes legales la información del centro dirigida a

ellos.

f) El uso, sin autorización, de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos en las

aulas u otras dependencias del centro.

g) Los actos de indisciplina, desobediencia, incorrección o desconsideración hacia el

profesor o demás personal del centro, cuando por su entidad no sean considerados

graves.

h) La desconsideración, insultos o agresiones entre compañeros, cuando por su entidad

no sean consideradas graves.

i) Los daños leves causados en las instalaciones o el material del centro, así como el

deterioro de las condiciones de limpieza e higiene del mismo.

MEDIDAS CORRECTORAS POR LA COMISIÓN DE FALTAS

LEVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR (art. 30 D. 16/2016)

1. Las faltas leves contra las normas de convivencia en el centro podrán ser corregidas

con hasta dos de las siguientes medidas educativas:

a) Situar temporalmente al alumno en un lugar determinado dentro del aula o enviarlo al

espacio, que, en su caso, pueda tener habilitado el centro en su plan de convivencia.

b) Realización de actividades de aprendizaje e interiorización de pautas de conductas

correctas.

c) Amonestación por escrito, con posterior comunicación a los representantes legales,

en caso de los menores de edad.

d) Comparecencia inmediata ante la jefatura de estudios o el director del centro.

e) Retirada del teléfono móvil o del dispositivo electrónico que haya sido utilizado por

el alumno, de forma no autorizada, que será custodiado en las condiciones establecidas

en las normas de funcionamiento del centro hasta que sus padres o representantes

legales lo recojan en el mismo.

f) Privación del tiempo de recreo por un periodo máximo de cinco días lectivos. Durante

ese tiempo el alumno permanecerá debidamente atendido.

g) Realización en casa de tareas educativas o actividades de carácter académico para el

alumno.

h) Realización, dentro de la jornada escolar y durante un máximo de cinco días lectivos,

de tareas específicas dirigidas a mejorar las condiciones de limpieza e higiene del centro

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como fórmula de reparación del daño causado a las dependencias o material del centro,

o de cualquier miembro de la comunidad educativa.

i) Realización de un curso o taller de habilidades sociales programado por el centro para

aquellos alumnos que requieran esta medida reeducativa.

j) Suspensión del derecho a participar en alguna actividad extraescolar o

complementaria que tenga programada el centro, previo informe del profesor encargado

de su desarrollo y una vez oído el alumno y sus padres o representantes legales, si es

menor de edad.

k) Cambio de grupo por un periodo máximo de cinco días lectivos.

l) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia, o en el lugar determinado

por el centro en su plan de convivencia, durante un máximo de cinco días lectivos.

m) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de cinco días, de una

tarea o un servicio a la comunidad educativa como fórmula de reparación del daño

causado. Esta medida deberá comunicarse previamente a los padres o representantes

legales en el caso del alumnado menor de edad.

2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 132 f) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de

mayo, las faltas leves contra las normas de convivencia serán corregidas por el director

que, de acuerdo con lo dispuesto en las normas de convivencia y conducta del centro,

podrá delegar en las personas que se indican a continuación:

a) Los profesores, oído el alumno, y dando cuenta al tutor y a jefatura de estudios, para

la imposición de las medidas previstas en las letras a), b), c), d), e) y f).

b) El tutor, tras oír al alumno, a la persona que, en su caso, haya presenciado los hechos,

y dando cuenta a jefatura de estudios, para la imposición de las mismas medidas que el

profesor, y además, para las previstas en las letras g) y h).

c) El jefe de estudios, tras oír al alumno y su profesor o tutor, para la imposición de las

mismas medidas que el profesor y el tutor, y además, para las previstas en las letras i),

j), k), l) y m) del número anterior.

j) Los daños leves causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la

comunidad educativa, así como la apropiación indebida de material escolar de escaso

valor.

k) La incitación o estímulo a la comisión de una falta leve contra las normas de

convivencia del centro.

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l) El incumplimiento de las normas establecidas por el centro en cuanto a indumentaria,

higiene, alimentación, horarios y uso de instalaciones y recursos, así como aquellas

otras establecidas en sus normas de convivencia y conducta.

DESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS GRAVES CONTRA LAS

NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

1. Se consideran faltas graves contra las normas de convivencia en el centro las

siguientes conductas, cuando por su entidad no llegaran a tener la consideración de

faltas muy graves:

a) La comisión de una falta leve tras haber sido corregido el alumno durante el curso por

la comisión de tres faltas leves.

b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas leves

contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas

al propio alumno, o, en su caso, la negativa a cumplir los acuerdos alcanzados en el

proceso de mediación escolar o en los contratos de convivencia.

c) La grabación o difusión, sin autorización, a través de teléfonos móviles o de cualquier

otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de imágenes o comentarios

que guarden relación con la vida escolar.

d) Los actos graves de indisciplina, incorrección o desconsideración, injuria u ofensa

contra el personal del centro o encargado de las actividades extraescolares o servicios

complementarios.

e) Las amenazas, insultos o actos violentos entre compañeros que no causen un daño

grave.

f) Los actos de falta de respeto, amenazas, insultos, coacciones o agresión cometidos

contra el profesorado, cuando por su entidad y circunstancias no sean considerados

como muy graves, así como aquellos que pudieran causar grave perjuicio a la

integridad, dignidad o a la salud personal de cualquier miembro de la comunidad

educativa.

g) Copiar en los exámenes, trabajos o pruebas de evaluación, consultando o plagiando

los trabajos o ejercicios de otros alumnos, u obteniendo, en el caso de los exámenes y

pruebas de evaluación, información de libros de texto, apuntes o dispositivos

electrónicos o telemáticos.

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h) La suplantación de personalidad en actos de la vida académica y la falsificación o

sustracción de pruebas de evaluación, documentos académicos, boletines de

calificaciones o cualquier otro documento de notificación a los padres o representantes

legales, en el caso de alumnos menores de edad.

i) El acceso indebido o sin autorización a ficheros, documentación y dependencias del

centro.

j) Los daños graves causados en los documentos, locales o materiales del centro,

transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o

extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa, así como

la sustracción de los mismos.

k) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros

de la comunidad educativa, así como la introducción en el centro de objetos peligrosos.

l) El consumo dentro del recinto del centro, en los alrededores o en el desarrollo de

actividades complementarias o extraescolares de alcohol, drogas y de cualquier tipo de

sustancias perjudiciales para la salud.

m) Las conductas tipificadas como leves contra las normas de convivencia del centro,

recogidas en el artículo 29, si concurren circunstancias de colectividad o publicidad

intencionada por cualquier medio.

n) La incitación o el estímulo a la comisión de una falta grave contra las normas de

convivencia.

2. En el supuesto previsto en la letra c) y g) del apartado anterior se procederá a la

retirada del teléfono móvil, o dispositivo electrónico o similar que haya sido utilizado

por el alumno para grabar, difundir las imágenes o copiar, que le será devuelto según el

procedimiento establecido en el plan de convivencia del centro.

3. En el supuesto de lo previsto en la letra g) del apartado 1 de este artículo el alumno

que copie o plagie podrá ser corregido con alguna de las medidas previstas para las

faltas leves o graves previstas en este decreto, sin perjuicio de las consecuencias

académicas que, conforme a la normativa correspondiente en materia de evaluación,

puedan derivarse de la anulación, total o parcial, del trabajo, examen o prueba de

evaluación en que haya sido sorprendido copiando.

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MEDIDAS CORRECTORAS POR LA COMISIÓN DE FALTAS

GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR (art. 33 D. 16/2016)

1. Las faltas graves contra las normas de convivencia en el centro podrán ser corregidas,

con alguna de las medidas previstas para las faltas leves, o con una de las siguientes

medidas educativas:

a) Cambio de grupo por un periodo máximo de quince días lectivos.

b) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia del centro, o en su defecto

en el lugar que se determine, durante un máximo de quince días lectivos.

c) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de quince días, de una

tarea o un servicio a la comunidad educativa como fórmula de reparación del daño

causado. Esta medida deberá comunicarse previamente a los padres o representantes

legales en el caso del alumnado menor de edad.

d) Suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o

complementarias que tenga programada el centro en los tres meses siguientes a la

comisión de la falta grave contra las normas de convivencia.

e) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del centro durante un

periodo máximo de quince días lectivos, cuando la conducta contraria haya sido

cometida en el transporte escolar, siempre que en función de la edad o de la existencia

de transporte público alternativo el alumno no se viera imposibilitado de acudir al

centro.

f) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un periodo máximo

de quince días lectivos. Durante la impartición de estas clases el alumno deberá

permanecer en el centro efectuando los trabajos académicos que se le encomienden, por

parte del profesorado responsable del área, materia o módulo afectado, para evitar la

interrupción en el proceso formativo. El jefe de estudios organizará la atención al

alumno al que le haya sido impuesta esta

medida correctora, según lo dispuesto en las normas de funcionamiento.

g) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre

uno y quince días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá

realizar los trabajos académicos que determine el equipo docente de su grupo de

referencia, para evitar la interrupción en el proceso formativo. Las normas de

convivencia y conducta del centro determinarán los mecanismos que posibiliten un

adecuado seguimiento de dicho proceso, especificando el horario de visitas al centro del

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alumno y garantizando siempre el derecho del alumno a realizar las pruebas de

evaluación o exámenes que se lleven a cabo durante los días que dure la suspensión.

2. El director impondrá las medidas correctoras previstas en el apartado anterior,

amparado en la competencia que le atribuye el artículo 132.f) de la Ley Orgánica

2/2006, de 3 de mayo, pudiendo delegar en el jefe de estudios la imposición de las

medidas correctoras previstas en las letras a), b), c) y d) del mismo.

3. Para la aplicación de las medidas correctoras por faltas graves contra las normas de

convivencia se seguirá el procedimiento establecido en el capítulo IV del título III del

decreto 16/2016.

DESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS MUY GRAVES CONTRA LAS

NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Se consideran faltas muy graves contra las normas de convivencia en el centro las

siguientes conductas:

a) La comisión de una falta grave tras haber sido corregido el alumno durante el curso

por la comisión de dos faltas graves.

b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas graves

contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas

al propio alumno.

c) Las amenazas, insultos y agresiones o actos violentos entre compañeros que causen

un daño grave, así como los actos que atenten gravemente contra la integridad,

intimidad o dignidad de los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.

d) Los actos graves de agresión, insultos, amenazas o actitudes desafiantes cometidos

hacia los profesores y demás personal del centro, así como el acoso físico o moral,

realizado por cualquier vía o medio, contra los miembros de la comunidad educativa.

e) Las vejaciones, humillaciones, discriminaciones u ofensas muy graves contra

cualquier miembro de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia

una discriminación o acoso basado en el sexo, orientación o identidad sexual, o un

origen racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra

el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas.

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f) La grabación, publicidad o difusión, a través de teléfono móvil o de cualquier otro

medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de agresiones, actos que tengan

un componente sexual, humillaciones o actos violentos, que guarden relación con la

vida escolar o que atenten contra la intimidad, el honor, la integridad o dignidad de

algún miembro de la comunidad educativa.

g) Los daños muy graves causados en los documentos, locales o materiales del centro,

transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o

extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

h) La venta en el centro de sustancias perjudiciales para la salud, o la incitación de su

consumo a otros alumnos, así como la incitación al uso de objetos peligrosos para la

integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

i) La posesión o venta de sustancias estupefacientes.

MEDIDAS CORRECTORAS POR LA COMISIÓN DE FALTAS

MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

ESCOLAR (art. 35 D. 16/2016)

1. Las faltas muy graves contra las normas de convivencia y conducta en el centro

podrán ser corregidas, con alguna de las medidas previstas para las faltas leves y graves,

o con una de las siguientes medidas correctoras:

a) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre

dieciséis y treinta días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno

deberá realizar los trabajos académicos que determine el profesorado que le imparte

docencia, para evitar la interrupción en el proceso formativo. Las normas de

convivencia y conducta del centro determinarán los mecanismos que posibiliten un

adecuado seguimiento de dicho proceso, especificando el horario de visitas al centro del

alumno y garantizando siempre el derecho del alumno a realizar las pruebas de

evaluación o exámenes que se lleven a cabo durante los días que dure la suspensión.

b) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del centro durante todo

el curso académico, cuando la conducta contraria haya sido cometida en el transporte

escolar, siempre que en función de la edad o de la existencia de transporte público

alternativo el alumno no se viera imposibilitado de acudir al centro.

c) Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias

durante todo el curso académico.

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d) Cambio de centro, cuando se trate de un alumno de enseñanza obligatoria.

e) Expulsión del centro.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 124.2, tercer párrafo de la Ley

Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, la conducta tipificada en el artículo 34, letra e) llevará

asociada, como medida correctora la expulsión, temporal o definitiva, del centro.

3. La medida correctora de expulsión o cambio de centro, se acordará con carácter

excepcional, una vez agotadas todas las medidas adoptadas para el alumno en aplicación

del plan de convivencia del centro, o cuando concurran circunstancias que la hagan

necesaria. El director del centro deberá exponer las razones que, a su juicio, justifican o

exigen que el alumno sea trasladado o expulsado del mismo y motivar, en su resolución,

la necesidad de la medida.

4. Cuando se imponga la medida de expulsión o cambio de centro a un alumno de

enseñanza obligatoria, la comisión de escolarización correspondiente procurará al

mismo un puesto escolar en otro centro docente. En el supuesto de que un alumno haya

sido corregido con la medida de cambio o expulsión del centro, no se volverá a

escolarizar en el mismo centro o centros en los que se le aplicó esta medida en el plazo

de los doce meses siguientes a su aplicación.

5. Cuando el alumno cambie voluntariamente de centro antes del cumplimiento de la

medida correctora que le haya sido impuesta, deberá terminar de cumplir la misma en el

nuevo centro, salvo que la medida correctora impuesta fuera el cambio de centro. A tal

fin se acompañará, con los documentos básicos de evaluación, un informe con las

medidas educativas que estén pendientes de cumplir, salvaguardando los datos del

alumno que exijan confidencialidad o sean objeto de privacidad o protección.

9.3. PRESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS

Las faltas leves prescribirán en el plazo de 1 mes. Las faltas graves prescribirán

en el plazo de 3 meses. Las faltas muy graves prescribirán a los 6 meses. Siempre

comenzaría el plazo a partir de la fecha en que los hechos se hubieran producido.

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9.4. PROCEDIMIENTO POR FALTAS GRAVES Y MUY GRAVES

(capítulo IV D. 16/2016)

9.4.1 PROCEDIMIENTO POR HECHOS CONSTATADOS POR UN

PROFESOR (art. 36 D. 16/2016)

1. Para la imposición de las medidas correctoras por faltas graves y muy graves contra

las normas de convivencia, cuando el profesor que haya estado presente durante su

comisión constate en su informe la autoría y veracidad de los hechos, el director, o el

jefe de estudios cuando tenga delegada esta competencia, impondrá la medida

correctora correspondiente con arreglo al procedimiento establecido en el presente

artículo.

2. El profesor que haya estado presente durante la comisión de conductas contrarias a

las normas de convivencia, en el plazo de los dos días lectivos siguientes entregará en la

jefatura de estudios un informe en el que describirá detalladamente los hechos, las

personas que hayan intervenido en su realización, el lugar y las circunstancias en que se

han producido, así como los testigos, que en su caso, los hayan presenciado.

3. El director designará como instructor a un profesor, preferentemente un jefe de

estudios, y lo comunicará al alumno y a sus padres o representantes legales, cuando sea

menor de edad.

4. El instructor designado, a la vista del informe del profesor, elaborado conforme a lo

dispuesto en el apartado 2, y en caso de estimarse necesario, de las nuevas pruebas

practicadas, redactará la propuesta de resolución, que se comunicará al alumno, y si es

menor de edad también a sus padres o representantes legales, conteniendo los hechos

que se le imputan, la tipificación de los mismos con arreglo a lo establecido en este

decreto, las circunstancias paliativas o acentuantes, si las hubiere y las medidas

correctoras que se podrían imponer, concediéndoles un plazo de dos días lectivos para

formular alegaciones y proponer aquellos medios de prueba que en el ejercicio de su

derecho de defensa considere oportuno para tratar de desvirtuar la presunción de

veracidad

de los hechos que impugna. Dichas alegaciones podrán formularse por escrito o

mediante comparecencia personal en el centro, de la que se levantará acta, en su caso.

Cuando el alumno autor de los hechos reconozca su responsabilidad se hará constar y

firmará su conformidad, debiendo realizarse, dicho reconocimiento para que tenga valor

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probatorio, en presencia de sus padres o representantes legales, cuando sea menor de

edad.

5. El director, o el jefe de estudios cuando tenga delegada la competencia para imponer

las medidas previstas en las letras a), b), c) y d) del artículo 33, a la vista del informe del

profesor y de las alegaciones presentadas, en su caso, por el alumno o sus padres o

representantes legales, tomará la decisión, detallando en su resolución los hechos

probados, la calificación de los mismos, las circunstancias paliativas o acentuantes , si

las hubiere, y la medida correctora que proceda aplicar.

9.4.2. PROCEDIMIENTO POR FALTAS GRAVES Y MUY

GRAVES ANTE HECHOS NO CONSTATADOS POR UN

PROFESOR (art. 37 D. 16/2016)

1. Cuando los hechos no se puedan constatar con el informe de un profesor que haya

estado presente durante su comisión, para la imposición de las medidas correctoras por

faltas graves o muy graves contra las normas de convivencia el director ordenará la

incoación de un expediente y designará un instructor, que en el caso de faltas graves

será preferentemente el tutor. La incoación del expediente y la designación del

instructor se comunicarán al alumno, y a sus padres o representantes legales cuando

sea menor de edad, a efectos de lo dispuesto en el artículo 46.

2. El tutor, o el profesor designado, iniciará las actuaciones conducentes al

esclarecimiento de los hechos mediante la declaración de testigos y la práctica de

cuantas diligencias se estimen oportunas. Cuando el alumno autor de los hechos

reconozca su responsabilidad se hará constar y firmará su conformidad, debiendo

realizarse, dicho reconocimiento para que tenga valor probatorio, en presencia de sus

padres o representantes legales, cuando sea menor de edad.

3. Concluida la instrucción del expediente, cuyo plazo, en función de las pruebas

practicadas no podrá exceder de diez días lectivos, el instructor formulará la propuesta

de resolución, que deberá contener una descripción detallada de los hechos o conductas

probadas que se imputan al alumno; la tipificación de los mismos con arreglo a lo

establecido en este decreto; las circunstancias paliativas o acentuantes , si las hubiere,

y la medida correctora que se propone.

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4. Cuando se trate de faltas graves o muy graves el instructor concederá el trámite de

audiencia al alumno y, si es menor, también a sus padres o representantes legales, para

comunicarles la propuesta de resolución y el plazo de diez días lectivos de que dispone

para alegar y proponer aquellos medios de prueba que considere oportuno. Dichas

alegaciones y pruebas propuestas se podrán formular por escrito o mediante

comparecencia personal en el centro, de la que se levantará acta, en su caso.

5. La conformidad y renuncia a dichos plazos, deberá formalizarse por escrito.

6. Transcurrido el plazo de alegaciones el instructor elevará al director el expediente

completo, incluyendo la propuesta de resolución y todas las alegaciones que se hubieran

formulado. El director, o el jefe de estudios cuando tenga delegada la competencia para

imponer las medidas previstas para las faltas graves en las letras a), b), c) y d) del

artículo 33 adoptará la resolución y la notificará.

7. La resolución contendrá los hechos o conductas probados que se imputan al alumno;

la calificación de los mismos con arreglo a lo establecido en este decreto; las

circunstancias paliativas o acentuantes si las hubiere; los fundamentos jurídicos en que

se base la medida correctora impuesta; el contenido de la misma, y su fecha de efectos.

9.4.3 PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE LOS EXPEDIENTES

DISCIPLINARIOS.

Las pautas y trámites establecidos para la incoación de los expedientes disciplinarios

están detallados en el Decreto 16/2016 de 9 de marzo. Cualquier profesor puede ser

nombrado juez instructor.

En el claustro de inicio de curso se procederá a establecer, mediante sorteo, el

orden alfabético que seguirán los profesores a la hora de ser designados como

instructores. Si un profesor ya ha instruido un expediente en el centro, pasará la lista al

siguiente. Con ello se pretende evitar que haya profesores que hayan sido jueces

instructores varias veces y otros nunca.

La directora, a la hora de nombrar profesor instructor, tendrá en cuenta los

siguientes criterios:

a. Que no esté realizando una sustitución.

b. Que no imparta clase en el grupo del alumno.

c. Que no sea miembro del equipo directivo.

d. Que no pertenezca al Consejo Escolar.

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SEGUIMIENTO DEL PROCESO POR SUSPENSIÓN DEL DERECHO DE

ASISTENCIA A CLASE.

El alumno expulsado entregará los trabajos realizados a los profesores correspondiente

inmediatamente después de su incorporación al centro. Si la expulsión supera los seis

días lectivos, el tutor establecerá una hora semanal de asistencia al centro para el control

del trabajo realizados por el alumno.

10. INSTRUCCIONES EN RELACIÓN CON SITUACIONES DE ACOSO ESCOLAR.

PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE AGRESIONES.

10.1. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE ACOSO, MALTRATO

O AGRESIÓN (art. 18 D. 16/2016)

1. El centro aplicará, ante cualquier situación de presunto acoso escolar, maltrato o

agresión el protocolo de actuación que establecido a tal fin por la administración

educativa. Este protocolo incluirá tanto las actuaciones y medidas específicas a

desarrollar para identificar las situaciones antes referidas y los procedimientos de

intervención, como las medidas de urgencia que el director, o persona en quien delegue,

podrá adoptar tanto para garantizar la inmediata seguridad del alumno acosado,

agredido o maltratado, como para prevenir y evitar nuevas agresiones o situaciones de

acoso, garantizando su seguridad, protección y continuidad de su aprendizaje en las

mejores condiciones. En dicho protocolo se establecerán las medidas educativas que

podrán recibir tanto los alumnos agredidos, como los agresores, así como el tipo de

intervención que se requiera en cada situación.

2. Cuando la gravedad de los hechos lo aconseje, los centros podrán requerir el

asesoramiento e intervención del equipo de orientación educativa y psicopedagógica

específico de convivencia escolar y la ayuda de aquellos órganos, servicios, unidades,

instituciones locales o agentes sociales que consideren oportunos, en cumplimiento de

la legislación vigente en materia de convivencia escolar y de protección de menores.

3. En los casos de agresión o maltrato al personal del centro se deberá actuar de acuerdo

con protocolo específico de actuación que se haya establecido por la administración

educativa para los supuestos de agresiones que los docentes y el resto del personal del

centro pudieran sufrir en el desarrollo o desempeño de sus funciones.

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En base a la Resolución de 13 de Noviembre de 2017 de la Dirección General

de Atención a la Diversidad y Calidad educativa, por la que se dictan instrucciones para

la mejora de la convivencia escolar en los centros educativos no universitarios

sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma de la Región de Murcia, se

incluyen en este Plan de Convivencia , las siguientes

10.2. MEDIDAS ORGANIZATIVAS CONDUCENTES AL FOMENTO DE LA

CONVIVENCIA, LA IGUALDAD Y EL RESPETO A LAS DIFERENCIAS CON

LA FINALIDAD DE PREVENIR Y ERRADICAR CUALQUIER TIPO DE

DISCRIMINACIÓN, EXCLUSIÓN, HOSTIGAMIENTO , AGRESIÓN,

VIOLENCIA DE GÉNERO O MALTRATO INFANTIL, INCLUÍDO EL

ACOSO.

Se contemplarán:

Atención individualizada con el alumnado ante cualquier indicio de conflicto.

Utilización de las sesiones de tutoría grupal y las reuniones del equipo docente

para detectar posibles situaciones de acoso.

Establecer una relación cercana y de escucha con el alumnado.

Transmitir el mensaje nítido de tolerancia cero ante cualquier conducta agresiva.

Trabajar las habilidades sociales y destrezas de gestión de emociones básicas

para la convivencia en el aula.

Ejercitar técnicas de autocontrol, empatía y resistencia a la frustación.

Educar en las relaciones interpersonales e igualitarias basadas en la

autovaloración, la valoración mutua y el respeto.

Organizar, por parte del profesorado encargado, los agrupamientos en aquellas

actividades que así lo requieran, en las que se detecten indicios de exclusión de

algún alumno o alumna.

Poner en marcha programas de mediación entre iguales.

Facilitar al alumnado cauces de comunicación con el profesorado.

Promover la implicación de todo el alumnado en la resolución de conflictos.

Establecer medidas para la observación y supervisión en tiempos y espacios no

lectivos.

Poner en valor la disciplina en el aula, consensuada con el alumnado, haciéndole

partícipe de la misma.

Dentro del Plan de Acción Tutorial se programarán actividades para

sensibilizar, prevenir y mejorar la convivencia escolar.

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Se establecerán, además, medios para facilitar la comunicación de cualquier

situación que afecte a la convivencia por parte de cualquier miembro de la

comunidad educativa a jefatura de estudios.

PROTOCOLO A SEGUIR ANTE UN POSIBLE SITUACIÓN DE ACOSO

ESCOLAR:

Pueden ser constitutivas de acoso, conductas que conllevan de manera implícita:

indefensión, frecuencia, repetición e intencionalidad y que pueden presentar las

siguientes manifestaciones:

Exclusión o marginación social (ignorar, no dejar participar…)

Agresión verbal (insultar, hablar mal, poner motes, difamar, mofarse,

ridiculizar…)

Agresión física directa (golpear).

Agresión física indirecta (esconder, romper o sustraer pertenencias…)

Intimidación, extorsión, chantaje o amenazas (obligar a hacer cosas, degradar,

humillar, ofender e instigar).

Ciberacoso: amenazas, insultos, grabaciones, suplantación de personalidad

digital, etc , que se difunden a través de mensajes de móvil, redes sociales,

chats, etc.

1.- Inicio de actuaciones: designación del equipo de intervención.

- Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una

situación de acoso o considere que existen indicios razonables tiene la obligación

de ponerla inmediatamente en conocimiento del equipo directivo. No hacerlo, podría

ser constitutivo de ilícito penal.

- El director acordará en todos los casos el inicio de diligencias informativas y

actuaciones, designando un equipo de intervención integrado por el tutor y el

profesorado necesario bajo la coordinación del jefe de estudios, para recabar toda la

información necesaria de la forma más discreta posible y evidenciar la existencia o

no de acoso escolar, adoptando las medidas pertinentes.

- El jefe de estudios mantendrá una primera reunión, de la que se levantará acta , con

independencia de que se confirme la existencia o no de acoso .De aquí se propondrá

una agenda de actuaciones que contemplarán medidas de vigilancia y observación

sistemática y de protección de la víctima, dentro de la más estricta intimidad.

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2.- Medidas de urgencia:

Se podrán llevar a cabo las siguientes medidas para crear un marco de protección

y seguridad al alumno acosado:

Vigilancia discreta del alumno en zonas comunes, cambios de clase y recreos,

así como entrada y salida del centro.

Coordinación con la familia para la protección, vigilancia y supervisión en los

momentos de entrada y salida del centro y al final de actividades lectivas,

complementarias y extraescolares.

Atención individualizada por parte del tutor o profesor asignado para que el

alumno pueda, dentro de un clima de confianza y seguridad, contar lo que está

viviendo.

Ofrecimiento de pautas de auto protección al supuesto acosado en el entorno

escolar.

Cambio de grupo del alumno presuntamente agresor, si se detectan evidencias de

acoso, informando previamente a su familia, pudiéndose revocar con

posterioridad dicha medida.

En caso de indicios de ciberacoso, solicitud de permiso escrito al alumno y a su

familia para el acceso a redes sociales o herramientas de comunicación

utilizados para acosarle. En caso necesario, se podrá solicitar asesoramiento de

los expertos en redes sociales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

3.- Comunicación a la Consejería de Educación:

El director comunicará de forma inmediata a Inspección de Educación y al Servicio

de Ordenación Académica, informando de la apertura de del protocolo de acoso, así

como de las medidas preventivas adoptadas en su caso.

Aquellas situaciones de especial gravedad se comunicarán de forma urgente a la

Dirección General competente en materia de Convivencia Escolar, al Ministerio

Fiscal y en su caso a los servicios sociales o de protección de menores que

procedan.

4.- Actuaciones:

Con el objetivo de recabar cuantas pruebas se consideren necesarias, se llevarán a

cabo las siguientes entrevistas, de las que se dejará constancia por escrito y en el

marco de la más estricta confidencialidad:

a) Con la presunta víctima: Se intentará recabar información sobre:

Alumno o alumnos agresores.

Observadores no participantes.

Alumnos que en ocasiones, han ayudado a la víctima.

Localización de espacios y tiempos en los que se suele producir la agresión.

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Consecuencias de la intimidación para la víctima (absentismo escolar,

disminución del rendimiento académico, repercusiones emocionales y físicas,

etc ).

5.- Asesoramiento de la Inspección de Educación e intervención del EOEP

específico de Convivencia Escolar.

Si es necesario, a lo largo del proceso, se podrá solicitar ayuda tanto a Inspección

como al EOEP de Convivencia, tanto a lo largo del proceso, como cuando sea

precisa la intervención de personal especializado por la dificultad o gravedad del

caso en cualquiera de sus fases.

6.-Informe del equipo de intervención.

Una vez concluido el proceso, en un plazo de 20 días, se hará llegar al director un

informe con las diligencias y actas de todas las reuniones celebradas, así como los

documentos que reflejen las actuaciones realizadas.

7.- Conclusión del proceso.

Con el informe anterior, el director convocará una reunión con el equipo de

intervención, junto al jefe de estudios y el orientador/a del centro, para valorar y

formular una conclusión, de la que se levantará acta, sobre la evidencia o no de acoso

escolar.

8.- Conclusión del director sobre la posible situación de acoso escolar.

El director determinará si existe o no evidencia de acoso escolar. Se finalizará el

proceso:

a) Con consideración de que NO hay evidencia de acoso escolar. Si no se ha

podido constatar la existencia de acoso escolar, se podrá elaborar un Plan de

Seguimiento Sistemático, transcurrido el cual se podrá proceder al cierre o

reapertura del expediente de protocolo de acoso.

b) Con consideración de que SÍ hay evidencia de acoso escolar. En ese caso se

adoptarán las medidas educativas, disciplinarias y de protección provisionales de

protección a la víctima si no se han adoptado con anterioridad. Todo ello sin

perjuicio de realizar el seguimiento mencionado en el apartado anterior.

c) No hay evidencia de acoso pero sí de FALTA GRAVE O MUY GRAVE. Se

acordará la apertura de expediente de aplicación de medidas correctoras según

legislación vigente.

9.- Actuaciones posteriores con los implicados en situaciones de acoso escolar.

Medidas Educativas:

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a) Con la víctima: Se procurará realizar un programa de mejora de autoestima y

afrontamiento de conflictos desde el departamento de Orientación. El equipo

docente procurará fortalecer y ampliar su círculo de relaciones. En caso de

afectación psicológica se elaborará un informe de derivación a los profesionales

sanitarios competentes en colaboración con los padres.

b) Con los agresores: se adoptarán las medidas educativas, correctoras y en caso

necesario se recomendará la ayuda de personal especializado. Se intentará

favorecer su integración en el aula.

c) Con el grupo: Se desarrollarán actividades para prevenir, responder y actuar ante

el acoso escolar.

Se intentará cerrar el protocolo con un compromiso de arrepentimiento por parte de

el/los acosadores, mostrando la intención de reparar el daño causado. En caso de no

existir y cuando el caso sea de especial gravedad, se procederá al cambio de centro o

expulsión, en caso de enseñanzas no obligatorias.

10.- Comunicación a las familias.

De todo lo anterior, se informará personalmente a las familias implicadas .También

se informará al Servicio de Inspección y de Ordenación Académica.

11.- Comunicación a órganos judiciales y concurrencia con el orden penal.

Asimismo, se procederá a su comunicación a:

- Servicios Sociales en caso de alumnos menores de 14 años.

- Fiscalía de Menores: en caso de alumnos mayores de 14 años.

- Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado: Mayores de 18 años.

11. PROMOCIÓN DE ACTUACIONES QUE PERMITAN DETECTAR Y

PREVENIR ACCIONES DE DISCRIMINACIÓN O ACOSO Y EVITAR

LA IMPARTICIÓN DE CONTENIDOS DISCRIMINATORIOS HACIA

LAS PERSONAS LGBTI.

Según el artículo 26.3 de la Ley 8/2016 de 27 de Mayo, se procederá a la toma de las

siguientes medidas relativas a la identidad de género con la finalidad de prevenir y

erradicar cualquier tipo de discriminación, exclusión, hostigamiento o agresión,

incluido el acoso, por este motivo.

- Comunicación al equipo docente si existiera comunicación por escrito,

debidamente justificada de las familias, del sexo con el que se siente identificado

el alumno.

- Se indicará al profesorado que se dirija al alumno por el nombre comunicado.

- Se evitarán actuaciones diferenciadas por géneros y en el caso de que se

realizaran, se tendrá en cuenta el sexo elegido por el alumnado.

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- Se tendrá en cuenta la imagen física e indumentaria

- Podrá cambiarse el nombre en Plumier aunque en documentos oficiales figure el

que consta en el Registro Civil.

- Solicitud de colaboración, en caso de que fuera necesario, al Observatorio para

la Convivencia Escolar y al EOEP de Convivencia.

- Se contemplarán las medidas encaminadas a evitar el acoso escolar mencionado

anteriormente, así como su protocolo cuando se trate de conductas que

menoscaben la igualdad de género, la identidad o condición sexual de los

alumnos.

12. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASOS DE RIESGO DE

AUTOLISIS.

Ante la detección de esta conducta en alumnos del centro, se procederá, de manera

inmediata y confidencial a lo siguiente:

- Contactar urgentemente con la familia y concertar una cita en el centro.

- Evitar que el alumno salga sólo del centro al finalizar la jornada escolar.

- Si el alumno está alterado, llamar al 112 para su valoración por profesionales.

- En caso de no localizar a la familia, llamar al 112.

- Informar de lo sucedido al Observatorio para la Convivencia Escolar y a

Inspección.

- En caso necesario, solicitar la colaboración del EOEP específico.

- En caso necesario y cuando el alumno se encuentre en situación de desamparo

familiar y para garantizar su seguridad y evitar agresiones en el ámbito familiar,

se informará a los Servicios Sociales y/ o se activará el Protocolo de atención al

Maltrato Infantil desde el Ámbito Educativo establecido por la Consejería de

Familia e Igualdad de Oportunidades

- Se solicitará la atención del Servicio de Salud cuando se produzcan lesiones

graves o se sospechen casos graves de negligencia, así como de abuso sexual.

- - Se pondrán en marcha medidas de seguimiento y actuaciones con la familia

según se especifica en la Resolución de 13 de noviembre de 2017 por la que se

dictan instrucciones para la mejora de la Convivencia Escolar en los centros

educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos en la Comunidad

Autónoma de la Región de Murcia, como:

Sistema de supervisión diario y registro por escrito de las

actuaciones realizadas.

Derivación, en caso necesario a salud Mental.

Facilitar la relación con su grupo de iguales dentro del centro

educativo.

Coordinación e información fluida con las familias, intentando

que se lleve a cabo con la máxima confidencialidad.

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13. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN ANTE SITUACIONES DE VIOLENCIA DE

GÉNERO Y MALTRATO INFANTIL EN EL ÁMBITO EDUCATIVO.

Se procederá conforme a la guía de actuación contra la violencia de género en el

ámbito educativo, así como del Protocolo de Atención al Maltrato Infantil elaborados

por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS: (art. 19 D. 16/2016)

1. Los centros educativos adoptarán cuantas medidas sean necesarias para garantizar el

derecho a la educación y la seguridad, integridad y dignidad personal de los alumnos

que sean víctimas de abuso sexual, acoso, maltrato o agresión, así como de cualquier

situación que pueda atentar contra su dignidad o integridad física o moral, aún cuando

se produzca fuera del ámbito escolar.

En el tratamiento de estas situaciones deberá primar siempre el interés de la víctima

sobre cualquier otra consideración, dentro del marco de la legislación vigente sobre

derechos de la infancia, protección jurídica de los menores y responsabilidad penal de

estos y conforme al protocolo específico de actuación que se haya establecido por las

administraciones públicas competentes.

2. Las situaciones descritas en el apartado anterior, en atención a su gravedad o

relevancia, serán comunicadas, inmediatamente a su conocimiento, por el centro a la

dirección general competente en materia de convivencia escolar, al Ministerio Fiscal, y

en su caso, a los servicios sociales o de protección de menores, o a los organismos que

procedan, cuando la víctima se pueda encontrar en una situación de indefensión o

desprotección.

3. Se podrá solicitar la ayuda e intervención de los servicios municipales, regionales o

estatales que proceda, para prestar a las víctimas y a sus familias el apoyo psicológico,

sanitario o social que, en su caso, pudieran precisar.

4. Al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional vigésima de la Ley Orgánica

2/2006, de 3 de mayo, la administración regional facilitará que los centros educativos

puedan prestar especial atención a los alumnos víctimas del terrorismo para que éstos

reciban la ayuda necesaria para realizar adecuadamente sus estudios.

5. Al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional vigésimo primera de la Ley

Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, la administración regional asegurará la escolarización

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inmediata de las alumnas o alumnos que se vean afectados por cambios de centro

derivados de actos de violencia de género o acoso escolar. Igualmente, facilitará que los

centros educativos presten especial atención a dichos alumnos.

14. EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

14.1. MECANISMOS DE DIFUSIÓN.

Actividades realizadas: Se pueden proponer tales como:

- A nivel de los padres: charlas coloquio dirigidas a los padres, desde el

AMPA o el centro.

- Boletines informativos sobre el tema, para padres, alumnos y profesores

- Claustro de profesores.

- A nivel del profesorado: habilitar el documento en soporte informático

en la sala de profesores para que sea consultado en cualquier momento.

- A nivel de alumnado: actividades específicas en el plan de acción

Tutorial al respecto.

14.2. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

La Comisión de Convivencia del Consejo Escolar es, en primera instancia, la

responsable del seguimiento, según las pautas establecidas y mencionadas en el

apartado correspondiente.

14.3. INFORME ANUAL DE CONVIVENCIA (CONSEJO ESCOLAR)

Tal y como se explicita en la orden de 20 de febrero de 2006, al finalizar el

curso, el Consejo Escolar evaluará el Plan de Convivencia Escolar y elevará el

equipo directivo las propuestas para su mejora que, junto con las del claustro de

profesores, serán tenidas en cuanta para la actualización del mismo.

El equipo directivo facilitará al Consejo Escolar para su análisis, información

relativa a la aplicación del Plan de Convivencia escolar y las normas de convivencia

en los siguientes aspectos:

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- Actividades realizadas.

- Formación relacionada con la convivencia.

- Recursos utilizados.

- Asesoramiento y apoyo técnico recibido (orientaciones, equipos,

servicios externos, etc.)

- Porcentaje de correcciones impuestas relativo a las conductas contrarias y

gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro; tipología de las conductas

corregidas y de las medidas educativas aplicadas; caso de acoso o intimidación

detectados, etc.

Los centros elaborarán un Informe anual de Convivencia en el que incorporará la

evaluación del Plan de Convivencia:

a) En relación con la evaluación del plan de convivencia escolar.

- Nivel de consecución de los objetivos propuestos.

- Grado de participación de los diferentes componentes de la comunidad

educativa.

- Valoración de resultados, propuestas de continuidad y de mejora.

b) En relación con los resultados de la aplicación de las normas de convivencia:

- Análisis de los problemas detectados.

- Propuestas de adopción de medidas e iniciativas que favorezcan la

convivencia.

c) Anexo que incluye el informe del equipo directivo.

El Informe anual de convivencia del centro se incorporará a la Memoria Anual.

Una vez elaborado el Plan, las modificaciones que anualmente se incorporen por el

equipo directivo serán incluidas en la Programación General Anual

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ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………………………… 1

2. SEÑAS DE IDENTIDAD. IES SAN ISIDORO ……………………………………..……….2

2.1. Ubicación .Entorno socio-cultural y económico………………………… 2

2.2. Alumnado ……………………………………………………………………………… 3

2.3. Equipo docente … ………………………………………………………………… 3

2.4. Organización de espacios …… ………………………………………………… 4

3. LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO ………………………………………………………. 6

3.1. Definición de convivencia y conflicto……………………………………… 6

3.2. Tipología y frecuencia………………………………………………………… 6

3.3. Casuística…………………………………………………………………………………7

4. RESPUESTA E IMPLICACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA.

4.1. Respuesta del centro ……………………………………………………………… 9

4.2. Profesorado …………………………………………………………………………… 9

4.3. Alumnos………………………………………………………………………………… 9

4.4. Familias……………………………………………………………………………………10

4.5. Relaciones con familias y servicios externos………………………………10

5. EXPERIENCIA Y TRABAJOS PREVIOS……………………………………………………….11

5.1. Necesidades de formación y recursos…………………………………………12

6. DESARROLLO DEL PLAN DE CONVIVENCIA…………………………………………… 12

6.1. Comisión de Convivencia del Consejo escolar…………………………… 12

6.2. Objetivos y acciones previstas para su consecución…………………… .14

7. PERSONAS IMPLICADAS EN EL PLAN DE CONVIVENCIA Y METODOLOGÍA 34

7.1. Metodología……………………………………………………………………… ……….34

7.2. Temporalización……………………………………………………………………… 35

7.3. Recursos y materiales…………………………………………………………… 35

8. NORMAS INTERNAS DE CONVIVENCIA……………………………………………… 36

8.1. Sobre la asistencia a clase y justificación de las faltas………………. 36

8.2. Sobre el recreo y otros periodos de descanso…………………………. 37

8.3. Sobre el aprovechamiento y la actitud de los alumnos………… 38

8.4. Sobre el material y el mantenimiento de las instalaciones……… 38

Page 64: PLAN DE CONVIVENCIA - murciaeduca.es...En el curso 2018-2019 imparten clase 79 profesores, de los cuales, 48 tienen destino definitivo en el centro, lo cual supone un 74% de la plantilla

63

8.5. Sobre otros aspectos de la convivencia…………………………………… 38

8.6. Sobre el procedimiento para la manifestación de discrepancias sobre

decisiones educativas……………………………………………………………………….. 39

9. LA DISCIPLINA Y LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ………………………. 40

9.1. La disciplina y las faltas de disciplina.

9.2. Clasificación de las faltas ……………………….………………………… 40

9.3. Prescripción de las faltas …………………………………………………… 48

9.4. Procedimiento por faltas graves y muy graves ………………………… 48

10. INSTRUCCIONES EN RELACIÓN CON SITUACIONES DE ACOSO ESCOLAR.

PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE AGRESIONES. ……………………………………… 53

10.1. Protocolo de actuación ante situaciones de acoso, maltrato o agresión… 53

10.2. Medidas organizativas conducentes al fomento de la convivencia, la igualdad

y el respeto a las diferencias……………………………………………………………………… 54

11. PROMOCIÓN DE ACTUACIONES QUE PERMITAN DETECTAR Y PREVENIR

ACCIONES DE DISCRIMINACIÓN O ACOSO Y EVITAR LA IMPARTICIÓN DE

CONTENIDOS DISCRIMINATORIOS HACIA LAS PERSONAS LGBTI

……………………………………………………………...................................... 58

12. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASOS DE RIESGO DE AUTOLISIS 59

13. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE VIOLENCIA DE

GÉNERO………………………………………………………………………………………………….. 60

14. EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA ………………………………………… 61

14.1. Mecanismos de difusión……………………………………………………… 61

14.2. Seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia ………………. 61

14.3. Informe Anual de convivencia……………………………………………… 61