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PERÚ Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías “Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú” “Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad” PLAN DE OPERACIONES VIAJE SEGURO FIESTAS PATRIAS Del 26 al 31 de Julio 2013

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

“Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú”

“Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad”

PLAN DE OPERACIONES VIAJE SEGURO

FIESTAS PATRIAS

Del 26 al 31 de Julio 2013

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

“FIESTAS PATRIAS 2013”

I. INTRODUCCIÓN

El Plan de Operaciones Viaje Seguro, se encuentra enmarcado en la política institucional de acciones preventivas que desarrolla la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, a fin de minimizar el riesgo de ocurrencia de accidentes de tránsito con consecuencias fatales, mediante el reforzamiento de las acciones de fiscalización que desarrollan los inspectores en las regiones con presencia permanente y el destaque temporal de personal en las regiones sin presencia que cuentan con destinos turísticos importantes o índices alto de siniestralidad, en beneficio de los usuarios de los servicios de transporte terrestre de pasajeros y de las vías nacionales. El desarrollo del plan permite, además de minimizar la ocurrencia de siniestros, colaborar con la erradicación de la trata de menores y la defensa de los derechos de los usuarios de los servicios de transporte terrestre, entre otros, en los feriados largos decretados por el Estado, en que existe una mayor demanda de viaje por parte de la ciudadanía. Asimismo, los lineamientos del Plan de Operaciones - Viaje Seguro incluyen la convocatoria y consolidación de la participación multisectorial coordinada, decidida y sostenida de autoridades nacionales, regionales y locales, integrando esfuerzos y recursos económicos y humanos, con la implementación de estrategias conjuntas que se convierten en actividades y acciones preventivas, para consolidar la cultura de seguridad vial, necesaria para la promoción del turismo interno, lo que propicia el desarrollo sustentable de las regiones del país. En este sentido, se promueve el empoderamiento de las autoridades, dentro de sus competencias y funciones, mediante el mejoramiento de las capacidades de coordinación y apoyo multisectorial, promoviendo que las acciones desarrolladas se conviertan en lineamientos y políticas de gestión, para elevar los niveles de calidad de vida de los ciudadanos de sus jurisdicciones. Para lograr los objetivos propuestos, SUTRAN coordinará con el Congreso de la República, las autoridades municipales y regionales, Policía Nacional del Perú (tránsito y carreteras), el Consejo Nacional de Seguridad Vial, el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ministerio de Salud, Defensoría del Pueblo, RENIEC, SUNAT e INDECOPI, entre otros, así como cualquier otra autoridad o institución, pública o privada, que se considere necesario para el éxito del plan propuesto. Con Decreto Supremo N° 123-2012-PCM, publicado el 31 de diciembre de 2012, con ocasión de conmemorarse las Fiestas Patrias a celebrarse el 28 y 29 de julio, el gobierno decretó feriado largo declarando el día 30 de julio 2013 como feriado no laborable para el sector publico en un afán de incentivar el turismo interno. Ante ello, SUTRAN reforzará las acciones de control y fiscalización en la regiones en las cuales cuenta con presencia permanente, mientras que en aquellas en las que aun no cuenta con personal propio, se destacará personal de manera temporal para efectuar capacitaciones, así como coordinaciones con las autoridades de la región (regionales y municipales, de salud, policía nacional, etc.), poniendo especial énfasis en aquellas con las cuales se ha suscrito convenio marco para la homologación de los inspectores regionales y las que presenten mayores índices de siniestralidad, y ejecutar acciones de supervisión, control y fiscalización de los servicios transporte terrestre de pasajeros.

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

II. ANTECEDENTES

2.1 FILOSOFÍA SUTRAN

En el año 2010, SUTRAN inició sus actividades con la implementación de una nueva filosofía de fiscalización, considerándola una herramienta para promover la formalización del sector del transporte terrestre, como medio impulsor del desarrollo y progreso, lo que promueve la inclusión social al permitir accesibilidad y comunicación a las regiones y ciudades del país, dentro de una cultura de paz y seguridad nacional, para salvaguardar la vida de los usuarios de las vías nacionales.

FISCALIZADOR

FISCALIZACIÓN PREVENTIVA

CAPACITADOR

PROMOCIÓN DE LA FORMALIDAD

ORIENTADOR

CORRECTIVO

DIFUSOR

PREVENTIVO

VISIÓN DE SUTRAN SOBRE FISCALIZACIÓN

MEJORES CONDICIONES DEL MERCADO

MENOR RIESGO DE ACCIDENTES

MEJOR SERVICIO

SECTOR FORMAL FORTALECIDO

MAYOR SEGURIDAD

DESDE EL AÑO 2010

ESTA

DO

PR

OM

OTO

R

La visión de la fiscalización de SUTRAN convierte a la autoridad en promotora de la formalidad y del mejoramiento permanente de los

servicios de transporte en beneficio de los usuarios.

En este sentido, el esquema de trabajo es como sigue:

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

2.2 ESTADÍSTICAS - FACTORES DIRECTOS DEL TRANSPORTE TERRESTRE a. PARQUE AUTOMOTOR

El crecimiento sostenido registrado en el parque automotor a nivel nacional en los últimos 13 años ha tenido un incremento del 243%, alcanzando la cifra de 3,986,241 vehículos a fines del año 2012, según información de la Superintendencia de Registros Públicos – SUNARP, según cuadro elaborado por el Consejo Nacional de Seguridad Vial – CNSV.

1,162,859 1,209,006 1,252,006 1,290,471

1,707,381

1,869,0781,976,532

2,133,690

2,394,387

2,826,909

3,099,235

3,548,231

3,986,241

0

500,000

1,000,000

1,500,000

2,000,000

2,500,000

3,000,000

3,500,000

4,000,000

4,500,000

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

A NIVEL NACIONAL

CRECIMIENTO DEL PARQUE AUTOMOTOR NACIONAL2000 - 2012

Fuente: SUNARP

Elaboración: CNSV

Parque Automotor Polinómica (Parque Automotor)

243%

NOTA: Incluye vehículos menores (motocicletas, mototaxis, cuatrimotos, etc). En los últimos 10 años, el parque automotor se ha duplicado, lo que se traduce en una saturación de las vías del país y que exista un mayor riesgo de ocurrencia de accidentes.

Para el presente año, se estima un crecimiento ascendente. Según las estadísticas de la Asociación de Representantes Automotrices del Perú – ARAPER, publicadas en su página web (http://araper.pe/index.php?item3=1&item4=93&item5=32), los autos vendidos entre enero y abril de 2013 habían superado en 27% las ventas en el mismo periodo del año 2012. Las cifras demuestran el incremento y saturación de las vías nacionales, tanto en las ciudades como en las carreteras. El aumento de vehículos nuevos de última generación, capaces de alcanzar altas velocidades, sumado a la imprudencia de algunos conductores, la falta de respeto de las normas de tránsito, la infraestructura vial obsoleta y sin fiscalización electrónica, son factores que contribuyen a la maximizar el riesgo de ocurrencia de accidentes de tránsito en las vías nacionales.

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

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10

15

1817

16

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15

6

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8

6

1716

24

11

9

12

67

17

13 13 13

15

10

16

22

32

22

20

16

18

4

76

3

9

13

98

5

2223

26

15

0

5

10

15

20

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30

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AMISTAD SEMANA SANTA DIA DEL TRABAJO

DIA DE LA MADRE

FINES DE MAYO INTI RAYMI SAN PEDRO Y SAN PABLO

FIESTAS PATRIAS

SANTA ROSA ASPA COMBATE DE ANGAMOS

TODOS LOS SANTOS

INMACULADA CONCEPCION

DEL 7 AL 14DIC NAVIDAD AÑO NUEVO

FEBRERO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

CA

NTI

DA

D D

E A

CC

IDEN

TES

OPERATIVOS

ACCIDENTES DE TRANSITO REGISTRADOS EN FERIADO LARGOCOMPARATIVO ENE2010 - DIC2012

2010

2011

2012

b. ACCIDENTES DE TRÁNSITO REGISTRADOS EN FERIADO LARGO 2010-2012

Los accidentes ocurridos en el año 2012 respecto al año 2011 han disminuido, la presencia fiscalizadora de la SUTRAN ha contribuido a una mayor prevención en seguridad.

c. ÍNDICES DE ACCIDENTABILIDAD

La SUTRAN viene elaborando las estadísticas y realizando los análisis de los accidentes de tránsito con daños personales en las vías nacionales, información oportuna y veraz que se dispone para las autoridades que lo requieran en forma permanente, asimismo, ha permitido desarrollar e implementar las estrategias de control, supervisión y fiscalización para el transporte de carga y pasajeros. En los últimos 13 años, las estadísticas de accidentes de tránsito a nivel nacional, muestran la cantidad de siniestros que ocurren en las vías urbanas (ciudades) con el 97.57% en promedio (con tendencia creciente); mientras que en las vías no urbanas (carreteras), se mantiene el 2.44% en promedio (con tendencia decreciente entre el 2010 y 2012), lo que plantea la necesidad de una estrategia conjunta multisectorial de las autoridades competentes en el tránsito y transporte terrestre, para evitar trasladar a las carreteras, las inconductas y faltas que los conductores presentan en las ciudades.

73,85896.3%

74,11996.8%

71,97797.0%

72,75497.5%

73,47498.4%

73,80098.5%

76,24698.0%

78,05597.6%

83,52497.9%

84,07997.7%

81,56397.5%

82,19897.3%

93,63197.8%

2,8073.7%

2,4263.2%

2,2443.0%

1,8582.5%

1,1981.6%

1,1451.5%

1,5942.0%

1,9172.4%

1,8132.1%

1,9472.3%

2,0902.5%

2,2972.7%

2,0612.2%

0

20,000

40,000

60,000

80,000

100,000

120,000

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

76,665 76,545 74,221 74,612 74,672 74,945 77,840 79,972 85,337 86,026 83,653 84,495 95,692

Fuente: Policía Nacional del Perú - MININTER.NOTA: En el ámbito No Urbano se considero lo registrado en las carreteras de penetración sur, centro , norte y la carretera panamericana norte y sur.Elaboración: MTC - OGPP / Oficina de Estadística.

ACCIDENTES DE TRÁNSITO A NIVEL NACIONAL2000 - 2012

NO URBANAS

URBANAS

25%

TOTAL

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

En las vías nacionales, en las estadísticas comparativas del 2012 vs 2011, se aprecia la disminución en un 7% entre el 2011 y 2012 (al cierre del 2012 ocurrieron 801 frente a 857 accidentes ocurrido el año 2011). Sin embargo, existe un ligero incremento en los índices de fatalidad del 4% en el número de fallecidos (555 en el 2012 frente a 535 en el 2011), por otro lado, la cantidad de heridos disminuyó en 3% (3618 al cierre del año 2012 frente 3717 en el 2011)

El análisis efectuado por la SUTRAN ha permitido conocer que en el 2010, 2011 y 2012, la mayor participación en accidentes ocurre con camiones con 49%, 46% y 47% respectivamente, mientras que los ómnibus ocupan el segundo lugar con 32%, 30% y 28% de incidencia en siniestros, seguidos por los vehículos de menor capacidad y menores con 18%, 24% y 25%, en el periodo comparado de enero a diciembre de los últimos tres años.

823 857 801 685535 555

39133717 3618

0

500

1000

1500

2000

2500

3000

3500

4000

4500

5000

2010 2011 2012 2010 2011 2012 2010 2011 2012

ACCIDENTES FALLECIDOS HERIDOS

CA

NT

IDA

D

ACCIDENTES DE TRÁNSITO CON DAÑOS PERSONALES

CANTIDAD DE ACCIDENTES, FALLECIDOS Y HERIDOS

AÑOS 2010-2011-2012

Fuente: REPORTE DE ACCIDENTES DE PNP-DIRPRCAR,

REPORTE PRELIMINAR OPERADORES SUTRANREPORTE DE ADMINISTRADOS.

Oficina de Planeamiento y Presupuesto: Eco. Gilbert Vallejos Agreda / Unidad de Estadística y Registro: Ing. Christian Nalvarte B. 1

25/01/2013

REDUCCION en cantidad de accidentes de tránsito 2012 vs

2011 -7%INCREMENTO en cantidad de fallecidos en accidentes de

tránsito 2012 vs 2011 4%

REDUCCION en cantidad de accidentes de tránsito 2012 vs

2010 -3%REDUCCIÓN en cantidad de fallecidos en accidentes de

tránsito 2012 vs 2010 -19%

REDUCCIÓN en cantidad de heridos de tránsito 2012 vs 2011 = -3%

REDUCCIÓN en cantidad de heridos de tránsito 2012 vs 2010 = -8%

La disminución de la incidencia de accidentes en las vías nacionales, es uno de los objetivos principales de SUTRAN, a través de la fiscalización preventiva que se realiza en Lima y las regiones del interior del país.

2

Fuente: REPORTE DE ACCIDENTES DE PNP-DIRPRCAR,

REPORTE PRELIMINAR OPERADORES SUTRANREPORTE DE ADMINISTRADOS.

Oficina de Planeamiento y Presupuesto: Eco. Gilbert Vallejos Agreda / Unidad de Estadística y Registro: Ing. Christian Nalvarte B.

ACCIDENTES DE TRÁNSITO CON DAÑOS PERSONALES

PARTICIPACIÓN VEHICULAR (%) EN ACCIDENTES DE TRANSITO

AÑOS 2010-2011-2012

25/01/2013

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

35%

40%

45%

50%

2010 2011 2012 2010 2011 2012 2010 2011 2012 2010 2011 2012CAMIÓN / REMOLCADOR OMNIBUS VEHÍCULOS DE MENOR

CAPACIDADVEHÍCULOS MENORES

49%46% 47%

32%30%

28%

16%20% 21%

2%4% 4%

CA

NT

IDA

D

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

0%

2%

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10%

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00:00 -02:00

02:00 -04:00

04:00 -06:00

06:00 -08:00

08:00 -10:00

10:00 -12:00

12:00 -14:00

14:00 -16:00

16:00 -18:00

18:00 -20:00

20:00 -22:00

22:00 -24:00

9%

7%

11%

10%

7%

6% 6%

8%

9%

10%

9%8%

INCIDENCIA DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO (%) POR INTERVALOS HORARIOS

1

Fuente: REPORTE DE ACCIDENTES DE PNP-DIRPRCAR,

REPORTE PRELIMINAR OPERADORES SUTRANREPORTE DE ADMINISTRADOS.

ACCIDENTES DE TRÁNSITO CON DAÑOS PERSONALES

HORARIO DE OCURRENCIA DE LOS ACCIDENTES

AÑOS 2010-2011-2012

Oficina de Planeamiento y Presupuesto: Eco. Gilbert Vallejos Agreda / Unidad de Estadística y Registro: Ing. Christian Nalvarte B.

25/01/2013

Entre otros aspectos evaluados, entre enero y diciembre del 2012, los rangos horarios de mayor ocurrencia de siniestros con daños personales en vías nacionales, ocurrieron entre las 4 y 6 de la mañana con 11%, seguido por el horario de 18 a 20 horas con 10% y el rango de horario de 6 a8 de la mañana con 10%. Similar situación se ha detectado en los años 2010 y 2011, ocupando ambos horarios los primeros lugares, lo que lleva a estudiar las probables causas relacionadas con el cambio de luz, cansancio de los conductores, hábitos alimenticios y de sueños, horas de conducción, entre otros, que servirían para minimizar los riesgos de accidentes.

d. INTERVENCIONES DURANTE OPERATIVOS VIAJE SEGURO 2010-2012

Asimismo, las acciones de control y fiscalización en terminales terrestres, garitas de control y operativos inopinados, durante el desarrollo de los diferentes planes de Viaje Seguro, son claros indicadores de la demanda de viaje a nivel nacional, en especial en las regiones con atractivos para los visitantes nacionales y extranjeros, en los diferentes feriados largos decretados por el Estado para promover la actividad turística.

0

6,6

15

0

2,3

26

1,8

29

0 0

5,9

63

0 0 0

3,6

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0

3,0

31 3,4

01

3,3

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5,3

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3,2

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80

4,4

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1

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4,1

52

2,5

52

1,6

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3,7

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0 0

4,4

57

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0

1,000

2,000

3,000

4,000

5,000

6,000

7,000

AMISTAD SEMANA SANTA

DIA DEL TRABAJO

DIA DE LA MADRE

FINES DE MAYO

INTI RAYMI SAN PEDRO Y SAN PABLO

FIESTAS PATRIAS

SANTA ROSA ASPA COMBATE DE ANGAMOS

TODOS LOS SANTOS

INMACULADA CONCEPCION

DEL 7 AL 14DIC

NAVIDAD AÑO NUEVO

FEBRERO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

CA

NTI

DA

D D

E IN

TER

VEN

CIO

NES

OPERATIVOS INOPINADOS POR MES

INTERVENCIONES REALIZADAS EN PUNTOS MÓVILES DURANTE OPERATIVOS VIAJE SEGURO AÑOS 2010-2012

2010

2011

2012

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

III. BASE LEGAL

- Constitución Política del Estado. - Ley Nº 27181: Ley General de Transporte y Transito. - Ley Nº 29380 – Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte de Personas,

Carga y Mercancías. - D.S. Nº 021 – 2010 – MTC: Aprueba el ROF de la SUTRAN. - D.S. Nº 017-2009- MTC. y modificatorias: Reglamento Nacional de Administración de

Transporte. - D.S. Nº 016-2009- MTC. y modificatorias: Reglamento Nacional de Transito. - D.S. Nº 025 – 2011 – MTC Obligación de mantener encendidas las luces, las 24

horas del día. - D.S. Nº 021 – 2008: Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y

Residuos peligrosos. - D.S. N°058-2003-MTC – Reglamento Nacional de Vehículos. - D.S. Nº 099-2011-PCM – Declaran días no laborables compensables para los

trabajadores del Sector Público, durante el año 2012.

IV. OBJETIVOS 1. OBJETIVO GENERAL

Implementar y desarrollar estrategias, actividades y acciones preventivas multisectoriales conjuntas, para consolidar la cultura de seguridad vial, que permita salvaguardar a los usuarios de las vías, promoviendo el turismo interno y el empoderamiento de las autoridades nacionales, regionales y locales, con una participación multisectorial coordinada, decidida y sostenida, integrando esfuerzos y recursos económicos y humanos, que propicien el desarrollo sustentable de las regiones del país.

2. OBJETIVOS ESPECIFICOS

- Salvaguardar la vida de los usuarios de las vías y de los servicios de transporte

terrestre, mediante la consolidación de la cultura de seguridad vial.

- Elaborar e implementar estrategias, actividades y acciones preventivas, multisectoriales conjuntas, que permitan minimizar el riesgo de ocurrencia de accidentes de tránsito en las vías nacionales, regionales y locales.

- Apoyar en la promoción del turismo interno en los feriados largos que incentiva el

gobierno, temporada en que aumenta la demanda de viaje de la población, que repercute directamente en las actividades económicas y sociales de las regiones con mejor oferta turística.

- Empoderar a las autoridades, dentro de sus competencias y funciones, a través del

fortalecimiento de sus capacidades de coordinación y apoyo, para el desarrollo de estrategias y acciones preventivas conjuntas.

- Desarrollar actividades y acciones preventivas conjuntas coordinadas y sostenidas,

que se integren en las políticas de gestión de las autoridades participantes.

- Propiciar, conjuntamente con sus autoridades, el desarrollo sustentable de las regiones que son los principales destinos de viaje.

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

V. AUTORIDAD COMPETENTE La autoridad competente es la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN y directamente la Dirección de Supervisión y Fiscalización SUTRAN. De otro lado, las autoridades regionales y municipales, dentro de sus ámbitos de funciones pueden efectuar control y fiscalización de los Reglamentos de Transporte (de acuerdo a los convenios marcos suscritos con SUTRAN) y de tránsito (en las ciudades de origen y destino), con el apoyo de la Policía Nacional del Perú y Ministerio Público, entre otras autoridades.

Elaboración propia.

En el presente año, 2013, las coordinaciones con las autoridades se han visto fortalecidas, generándose mecanismos de participación que se incrementan en cada Viaje Seguro, permitiendo cumplir los objetivos que se han propuesto. El cronograma de viajes seguro para el año 2013 es como sigue:

MES FERIADO

FEBRERO DIA DE LA AMISTAD

MARZO SEMANA SANTA (desplazamiento masivo a lugares turísticos y referentes religiosos)

JUNIO SAN PEDRO Y SAN PABLO (solo en algunos puertos de la costa)

JULIO FIESTAS PATRIAS

OCTUBRE COMBATE DE ANGAMOS (celebración relacionadas con el mar Peruano y Grau)

NOVIEMBRE TODOS LOS SANTOS (concurrencia masiva a los cementerios en todo el país)

DICIEMBRE NAVIDAD

DICIEMBRE AÑO NUEVO

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

VI. AMBITO DE APLICACIÓN:

La SUTRAN está presente de manera permanente en 10 regiones, y durante los Operativos de Viaje Seguro la presencia y las actividades de Supervisión y Fiscalización se incrementa a 19 regiones a nivel nacional.

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PRESENCIA SUTRAN A NIVEL NACIONAL

Regiones con presencia de

inspectores SUTRAN

Regiones sin presencia

Plan de Operación

Viaje Seguro

RegiónAño de

inicioRegión Ciudades

Piura 2010 Cajamarca Cajamarca

Lambayeque 2010

Ancash

Chimbote

Lima 2010 Huaraz

Junín 2010 Huánuco Huánuco

Ica 2010 Ayacucho Ayacucho

Arequipa 2010 Huancavelica Huancavelica

Tacna 2010

Moquegua

Ilo

Cusco 2011 Moquegua

La Libertad 2011 Pasco Pasco

Puno 2012 Tumbes Tumbes

En el Plan de Operaciones Viaje Seguro, se refuerzan las acciones de fiscalización en regiones con presencia permanente y en aquellas en donde no

se cuenta con inspectores, estos viajan para actuar de manera coordinadas con las autoridades de la región.

El ámbito del Plan de Operaciones - Viaje Seguro es a nivel nacional, estando clasificado en:

1. LIMA.- siendo la capital de la República el principal generador de la demanda de viajes a nivel nacional, se pondrá un especial énfasis en las acciones y actividades que se desarrollen durante las festividades. Comprende a Lima Metropolitana y la Región Lima (provincias).

2. REGIONES.- las otras regiones las que se dividen en:

i. REGIONES CON PRESENCIA DE SUTRAN, realizando acciones de control en

forma permanente y constante, reforzando el control y fiscalización durante los feriados largos en Puntos Fijos, móviles y en Terminales Terrestres, contando con el apoyo de las autoridades regionales, locales y policiales, así como del Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo, entre otras.

ii. REGIONES SIN PRESENCIA DE SUTRAN, con el destaque temporal de inspectores y mediante la comunicación con oficios para las coordinaciones con las autoridades regionales, como las Direcciones Regionales de Transporte Terrestre, la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público y Defensoría del Pueblo, entre otras, para la realización de acciones conjuntas de control en las etapas previstas en el presente Plan.

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

VII. VIGENCIA DEL PLAN:

Fiestas Patrias 2013 Del jueves 25 de julio al miércoles 31 de julio del 2013.

VIII. AUTORIDADES DE COORDINACION Y APOYO A NIVEL NACIONAL. El trabajo conjunto y coordinado de las autoridades municipales, regionales y nacionales, asegura la seguridad en las vías del país, minimizando el riesgo de ocurrencia de siniestros. También participan otras autoridades como son: - Congreso de la República - Ministerio Público: Fiscales de Prevención del Delito. - Ministerio de Salud - Ministerio de Trabajo - Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES - Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC - Defensoría del Pueblo. - Presidente del Gobierno Regional - Municipalidades Provinciales - Policía Nacional del Perú: Direcciones Territoriales Policiales, - Dirección de Policía de Carreteras, Policía de Tránsito, Comisarías - Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad

Intelectual - INDECOPI. - Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.

IX. ETAPAS DEL PLAN DE OPERACIONES 1. ETAPA PREVIA

i. APROBACIÓN DEL PLAN

Se efectúa la redacción del plan de acuerdo con los resultados obtenidos en feriados anteriores y las estadísticas e índices de accidentes de tránsito con daños personales, que elabora la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de SUTRAN, ajustando las estrategias y acciones, para su aprobación por la Alta Dirección.

ii. PUBLICACIÓN DEL PLAN

Para dar a conocer el plan a las autoridades a nivel nacional, se publica el mismo en la página web de SUTRAN (www.sutran.gob.pe), sirviendo para el desarrollo de las estrategias y acciones propuestas en el mismo, según la realidad de cada región.

iii. COORDINACIONES

Emisión de los oficios a las distintas autoridades a nivel nacional, para la convocatoria al Plan de Operaciones Viaje Seguro, para el posterior seguimiento mediante comunicaciones telefónicas o mediante correos electrónicos y asegurar la participación de las autoridades en beneficio de los pobladores de sus respectivas jurisdicciones, así como de los visitantes que los elijan como destinos.

En la Región Lima se efectuará una reunión general de coordinación con las autoridades,

instituciones públicas y privadas y empresas participantes, con la finalidad de afinar los detalles del Plan Operativo Viaje Seguro, asegurándose el compromiso de los involucrados para minimizar el riesgo de ocurrencia de accidentes en las vías nacionales.

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

iv. DIFUSIÓN

1. Medios de Comunicación

Envío de notas de prensa sobre, principales faltas que comenten los conductores de transporte terrestre de personas y de carga, según la experiencia de operativos anteriores, a fin de que corrijan actitudes. Se brindará información estadística de principales faltas detectadas en cada Región.

Difusión de los operativos de Viaje seguro mediante notas de prensa, entrevistas radiales y televisivos y enlace microondas en vivo a funcionarios de SUTRAN en Lima, así como los designados en cada región, para dar a conocer la realización del Plan Operativo a nivel nacional, así como las condiciones mínimas de seguridad que deben respetar para culminar de manera segura los itinerarios de viaje.

2. Publicidad Directa Remisión a los Terminales, empresas de transporte y sus agencias, de “Cartillas de

Seguridad a Bordo”, que contiene información importante y recomendaciones para un VIAJE SEGURO, para ser leído por cada pasajero, sugiriéndose que sean colocadas en la parte posterior de cada asiento del bus.

De otro lado, los inspectores entregarán al público usuario las mencionadas cartillas en

los Terminales Terrestres, Puntos de Control, Peajes o lugares de mayor concentración o tránsito de vehículos de Transporte Terrestre de Personas.

3. LANZAMIENTO DEL PLAN Presentación del plan a la sociedad y los medios de comunicación, lo que se realiza de

manera simultánea a nivel nacional, en los terminales terrestres o puntos estratégicos, con la participación de las diversas autoridades involucradas.

4. ETAPA DE CAPACITACIÓN

Encuentro Multisectorial para el desarrollo de Acciones Preventivas por la Seguridad

Vial (mesa de trabajo - capacitación), a realizarse entre el miércoles 10 al viernes 12 de

julio del 2013, en 19 regiones, que son las siguientes:

REGIONES CON PRESENCIA

REGIONES SIN PRESENCIA

AREQUIPA ANCASH - CHIMBOTE

CUSCO ANCASH - HUARAZ

JUNIN APURIMAC

ICA AYACUCHO

LAMBAYEQUE CAJAMARCA

LA LIBERTAD CERRO DE PASCO

PIURA HUANCAVELICA

PUNO HUANUCO

TACNA MADRE DE DIOS

MOQUEGUA

TUMBES

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

Objetivo: Generar conciencia participativa sobre la temática de accidentes de tránsito con consecuencias fatales, entre las autoridades de la región, a fin de involucrarlos de manera directa en la solución de la problemática Público Objetivo: se efectuará en dos partes con públicos objetivos diferentes, que son:

1er. Parte: Mesa de Trabajo, con autoridades regionales y municipales (provincial y distrital), así como la policía de tránsito y carreteras, funcionarios de instituciones públicas (ministerios y organismos gubernamentales, entre otros). Al finalizar el evento se suscribirá un ACTA DE ACUERDOS Y COMPROMISOS, que comprenderá la participación de las instituciones y las acciones a desarrollar en la Etapa de Control. 2do. Parte: Inducción, dirigido a los empresarios de transporte y conductores, así como a las organizaciones sociales y la sociedad civil. Al finalizar el evento se suscribirá un ACTA DE COMPROMISO CÍVICO POR LA SEGURIDAD VIAL, que consignará el compromiso de las empresas de transporte, los conductores y las organizaciones de la sociedad civil, para colaborar con las acciones por la Seguridad Vial. Expositores:

1) SUTRAN – Accidentes de tránsito con consecuencias fatales en carreteras.

Realidad y Prevención.

2) PNP – Tránsito y Carreteras – Acciones de control en la red vial, acciones

preventivas para conductores.

3) Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Perú – Primeros Auxilios.

4) UDEX o DISCAMEC – Materiales peligrosos, explosivos y pirotécnicos.

5) Compañías de Seguros – Autoestima y manejo preventivo.

Responsables: Coordinadores Nacionales. Coordinadores Regionales. Inspectores Destacados. Unidad de Imagen Institucional.

2. ETAPA DE CONTROL

- Control en Terminales y Garitas.- Acciones de reforzamiento, poniendo especial énfasis entre otros aspectos en:

La verificación del buen estado del vehículo: la operatividad del sistema de luces, el estado de los neumáticos, el uso de cintas retroreflectivas, el estado del parabrisas y el correcto funcionamiento y uso de los cinturones de seguridad.

La revisión de la documentación de la unidad y del conductor: habilitación vehicular, CITV, el SOAT y la licencia de conducir y portar los implementos de seguridad correspondientes como el botiquín de primeros auxilios debidamente equipados y extintores en perfecto estado de funcionamiento y operatividad.

Verificación de la transmisión de la señal de GPS.

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

La supervisión de portar el DNI tanto en adultos como menores, en caso de viaje de menores sin sus padres, deberán llevar el correspondiente permiso de viaje.

No transportar en las unidades vehiculares: M3, materiales inflamables, explosivos o pirotécnicos.

Asimismo en los terminales, las Empresas deberán exhibir las modalidades de sus servicios y las prestaciones de los mismos, horarios y tarifas de pasajes en sus oficinas, áreas de ventas, salas de espera y en su pag. Web, información que puede ser exigida por los usuarios y que será controlada por los Inspectores en los terminales y agencias.

- Operativos Inopinados.-

Destinados a fiscalizar el servicio de transporte terrestre de personas, carga y

mercancías en las vías nacionales, a fin de que cumplan con las condiciones mínimas

de seguridad y documentación de autorización y habilitación correspondiente.

Asimismo, en el caso de las Empresas de Transporte formales en sus distintas

modalidades, continúen con las condiciones con las que han sido controladas en los

Terminales Terrestres, para evitar que cometan algunas conductas informales

(embarcar y/o desembarcar pasajeros en ruta, llevar pasajeros de pie, continuar el

viaje con un solo conductor cuando por la distancia o tiempo del viaje amerita 02

conductores, etc.), para tal fin se coordina con la Policía de Carreteras, Fiscalía de

Prevención del Delito, Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales, para el

apoyo y participación con los inspectores de SUTRAN en la realización de operativos en

puntos específicos posteriores a las garitas de control.

- Control de la Servicio NO Autorizados.- EN LIMA Y REGIONES

Durante los feriados largos, el uso de transporte no autorizado en sus diferentes

modalidades, así como las infracciones cometidas por estas unidades, conllevan al

riesgo de accidentes de tránsito y a la comisión de ilícitos penales (transporte de

materiales peligrosos, explosivos e inflamables), debido a que las unidades vehiculares

circulan con conductores que no tienen el conocimiento de la ruta, carecen de licencia

de conducir vigente o de otra categoría, no cuentan con Certificados de Inspección

Técnica vigente, por lo tanto no cumplen con las condiciones mínimas de seguridad.

Para este fin se contará con el apoyo de una brigada especial de Inspectores de

Transporte distribuidos entre las zonas Norte, Centro y Sur de la Región Lima para la

ejecución de acciones de fiscalización de los vehículos, conductores y transportistas

que prestan servicio de transporte regular de personas sin contar con la autorización

correspondiente, cuyos puntos de intervención y fiscalización serán coordinados de

manera confidencial.

En las Vías urbanas de la Capital, se coordinaran acciones de fiscalización en conjunto

con la Gerencia de Transporte Urbano y la Policía de Tránsito para la realización de

operativos en los alrededores del Terminal Molina, Fiori y Plaza Norte y aquellos

lugares en donde se detecte unidades informales partiendo con destino a provincias.

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

En las ciudades de las Regiones donde la SUTRAN tiene presencia con Inspectores, se

realizaran las coordinaciones con la Policía de Tránsito y Direcciones Municipales

Provinciales de Transito y Circulación Vial, para que realicen acciones de control en las

vías y Puntos donde se detecte el embarque de pasajeros de vehículos informales o

que teniendo autorización para realizar servicio de transporte de terrestre de

personas, realicen servicio en modalidad distinta a la autorizada; para el efecto, se

proporcionarán las placas y el estado de los SOAT, Certificado de Inspección Técnica

Vehicular. Asimismo, se oficiarán y coordinaran con las Municipalidades Distritales

para que fiscalicen las oficinas y/o locales que son utilizadas para la venta de pasajes y

embarque de pasajeros.

En las vías nacionales se coordinará con la Policía de Carreteras a fin de realizar

operativos a los vehículos sin autorización y apliquen infracciones al DS Nº 016-2009-

MTC – Reglamento Nacional de Tránsito.

- Otras acciones de control.-

Embarque en la Vía Pública

A fin de evitar asaltos en las carreteras, obstaculización del tránsito, incomodidad a los

pasajeros que abordaron en un terminal terrestre, se realizará de manera inopinada la

fiscalización de vehículos que embarcan pasajeros en la vía pública, principalmente en los

alrededores de los terminales terrestre de las ciudades, para lo cual se convoca la

participación de la Policía Nacional de Transito.

TERMINALES TERRESTRE EN LIMA Y REGIONES SUTRAN

REGION DENOMINACION DIRECCION

LIMA

PLAZA NORTE Av. Gerardo Unger 6917 – Independencia.

FIORI Urb. Fiori San Martín de Porras km 13.5.

MOLINA Av. Nicolás Ayllon cdra. 13.

PIURA

AGENCIAS DE EMPRESAS DE LA AV.SANCHEZ CERRO

Cdra. 11. Av. Sánchez Cerro – Piura.

AGENCIAS DE EMPRESAS DE LA AV. LORETO -BOLOGNESI

Cdra. 12-13-14. Av. Loreto - Piura

LAMBAYEQUE TERMINAL SULLANA Fco. Bolognesi 504-536. Chiclayo.

TERMINAL ORMEÑO Av. Haya de La Torre 242-246.Chiclayo.

LA LIBERTAD TERMINAL NORTE

Av. Nicolás de Piérola 1270.Urb.San Fernando Cdra. 10 y 11.

TERMINAL SUR Av. La Marina cdra2 y 3.Urb Santa María – Trujillo.

ICA

TERMINAL TERRESTRE SOYUZ

Jr. Matías Manzanilla 164 - Ica.

TERMINAL TERRESTRE FLORES

Jr. Matías Manzanilla 152 - Ica.

JUNIN TERMINAL TERRESTRE HUANCAYO

Av. Evitamiento s/n.

AREQUIPA TERMINAL CORATTSA-TERRAPUERTO

Jr. Jacinto Ibáñez s/n. Distrito Jacobo Hunter – Arequipa.

TACNA

TERMINAL MANUEL A.ODRIA

Hipólito Unanue s/n. Cercado - Tacna.

TERMINAL TERRESTRE FLORES

Jr. Saucini lotes 5 y 6.

PUNO TERMINAL TERRESTRE PUNO

Jr. 1 de Mayo N° 703. Barrio César Vallejo – Puno.

CUSCO TERMINAL TERRESTRE CUSCO

Av. Evitamiento 429 - Distrito de Santiago.

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

3. ETAPA DE EVALUACIÓN Informe de los coordinadores encargados de los operativos en Lima y las Regiones con presencia SUTRAN, conteniendo el consolidado de la información general, resultados, novedades, situación del transporte, apoyo de las autoridades, respecto a las acciones de control realizadas en las Regiones o ciudades designadas. Recopilación y consolidación de un Informe integral a nivel nacional de los resultados de las acciones de control realizadas según el presente Plan. Formulación y emisión de oficios a los niveles superiores de las autoridades comprometidas, con los resultados de las acciones de control, así como la publicación en la página Web de la SUTRAN. Adicionalmente, se efectuarán exposiciones de los coordinadores y de los inspectores destacados ante la Alta Dirección, informando sobre lo indicado en los informes.

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Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

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APROBACION DEL PLAN DFST/ SDFST

PUBLICACION DEL PLAN EN WEB SUTRAN Imagen Institucional

OFICIOS A AUTORIDADES A NIVEL NACIONAL Región Lima - Regiones

COORDINACION CON AUTORIDADES Región Lima - Regiones

DIFUSION EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN Imagen Institucional

REUNION DE COORDINACION EN SUTRAN Región Lima

ENCUENTRO MULTISECTORIAL Regiones

CAPACITACION A CONDUCTORES Región Lima

REFORZAMIENTO A INSPECTORES Regiones

LANZAMIENTO DE PLAN DE OPERACIONES Región Lima

LANZAMIENTO DE PLAN DE OPERACIONES Regiones

OPERATIVOS EN CONJUNTO CON AUTORIDADES

( Terminales Terrestres, garitas y Operativos

Inopinados)

Regiones

OPERATIVOS EN CONJUNTO CON AUTORIDADES

( Terminales Terrestres, garitas y Operativos

Inopinados)

Lima

OPERATIVOS FUEGO CALETA ( Terminales

Terrestres, garitas y Operativos Inopinados) Lima

ARRIBO DE INSPECTORES DESTACADOS Regiones

OPERACIONES EN CONJUNTO CON AUTORIDADES Regiones

EXPOSICION DE INSPECTORES Imagen Institucional

INFORME FINAL

PLAN DE OPERACIONES VIAJES SEGURO FIESTAS PATRIAS 2013

ENCUENTRO MULTISECTORIAL

LANZAMIENTO

ETAPA DE CONTROL

REGIONES CON PRESENCIA DE SUTRAN

ACTIVIDAD UNIDAD ENCARGADA

JULIO AGOSTO JUNIO

ETAPA PREVIA

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

X. ACTIVIDADES

1. ETAPA PREVIA

EN LIMA Y REGIONES A. Oficios a autoridades a nivel nacional

Entre el 14 y 22 de junio del 2013 con la distribución de los oficios a las autoridades y entidades participantes

B. Coordinación con autoridades y difusión del Plan : Entre el 24 de junio hasta el 26 de julio del 2013 coordinación con las diversas autoridades y entidades participantes, así como la emisión de notas de prensa a los medios de comunicación y el reparto de volantes y folleteria en los principales puntos de control (terminales y garitas).

C. Reunión de Coordinación - Región Lima

A efectuarse en la Sede Central de SUTRAN el día 10 de julio de 2013, en la que participarán las autoridades, entidades y empresas públicas y/o privadas, para ultimar detalles de la participación conjunta de las mismas, así como informar sobre los avances del plan en regiones.

D. Encuentro Multisectorial para Acciones por la Seguridad Vial Con la finalidad de transmitir capacidades a las autoridades regionales y coordinar acciones de supervisión, control y fiscalización, se efectuarán mesas de trabajo en las distintas regiones. Asimismo, se brindará capacitación a los empresarios y conductores con la participación de funcionarios de SUTRAN, entidades públicas, policía nacional y empresas privadas, motivando conductas adecuadas de manejo. Estas actividades se efectuarán entre el 15 al 17 de Julio de 2013.

E. Capacitación a Conductores de la Región Lima Se realizarán charlas de inducción dirigidas a los conductores de las empresas de transporte de personas que parten desde Lima hacia el interior del país, motivando conductas de manejo adecuadas, así como mejoramiento de la autoestima, primeros auxilios, normatividad vigente, entre otros temas de interés, en los tres terminales terrestres: Fiori, Yerbateros y Plaza Norte. Entre el 15 al 17 de Julio de 2013.

F. Inducción de reforzamiento a inspectores SUTRAN: Dentro de la política de capacitación permanente que desarrolla SUTRAN, se ha programado un curso de reforzamiento a los inspectores que serán destacados, desde la región Lima, y también los inspectores de cada región, que se realizará entre el 22 y 23 de julio de 2013.

G. Lanzamiento del Plan: Difusión del Plan de Operaciones Viaje Seguro – FIESTAS PATRIAS 2013, a la opinión pública a través de los medios de prensa radial, escrita y televisiva, así como el internet, en las siguientes fechas: Lanzamiento a nivel Nacional (en simultáneo): jueves 24 de julio de 2013. En Lima:

Jueves 25 de julio - Terminal Yerbateros (5:30 am)

Viernes 26 de Julio: Terminal Fiori (5:30 am)

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

En Regiones:

Jueves 26 de julio – En los principales terminales terrestres.

H. Plan de Operaciones FUEGO CALETA Estando en vigencia el plan de fiscalización para la detección de materiales peligrosos que se trasladen en buses de pasajeros, en vista del incremento de la comercialización de artículos pirotécnicos que caracterizan las celebraciones de navidad y Año Nuevo, se reforzarán en coordinación de las autoridades competentes, las acciones destinadas a la detección de los mencionados productos para garantizar la seguridad de los pasajeros de los servicios de transporte terrestre. A realizarse entre el 01 de julio hasta el 04 de agosto del 2013.

I. Participación de entidades de apoyo :

Consiste en la participación de entidades en la difusión y orientación a través de módulos y stand hacia el público usuario y a los operadores del servicio en las acciones cuya competencia se encuentra estrechamente relacionada con actividades de prevención, seguridad y orden en el servicio de transporte terrestre. Entidades participantes.

MIMDES.

MINSA.

MINTRA.

INDECOPI.

RENIEC.

Cuerpo General de Bomberos del Perú.

Cruz Roja del Perú.

Fundación Transitemos.

Compañía de Seguros.

Concesionarias.

Policía de Tránsito. Fechas de actividades de participación de entidades

J. Acciones de control: Desde el 26 al 31 de Julio de 2013. En las regiones con presencia SUTRAN, en las fechas indicadas, por el incremento de la demanda de viaje y el mayor uso de las vías nacionales, se reforzarán las acciones permanentes de control, supervisión y fiscalización en terminales terrestres, garitas de control y en la realización de operativos inopinados, con el apoyo de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público. En aquellas regiones sin presencia de SUTRAN, se destacarán inspectores que en coordinación con las autoridades municipales, regionales y nacionales, efectuarán las acciones de control y fiscalización. Asimismo, se coordinará que las autoridades regionales puedan iniciar desde días previos distintas acciones en los alrededores de los terminales (detección y erradicación de la servicios no autorizados), en las vías locales y/o regionales (inspectores municipales y regionales, y Policía de Tránsito), en las vías nacionales (Policía de Carreteras), y en los terminales terrestres, entre otros, dependiendo de las realidad propia de cada región.

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

XI. PARTICIPACION DE LAS AUTORIDADES

Las Instituciones que se indican a continuación, tienen asignadas dentro de sus funciones relacionadas con el Transporte y Tránsito Terrestre, las mismas que son establecidas mediante sus respectivas Leyes Orgánicas y Manuales de Organización y Funciones:

FUNCIONES BASE LEGAL PARTICIPACI

ON

POLICIA NACIONAL DEL PERU

Finalidad fundamental de la Policía Nacional del Perú es garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras.

Ley Orgánica de la PNP – Ley N° 27238 en su Artículo 3º

Apoyo en las acciones de control en Terminales, Puntos Fijos y Operativos móviles.

Garantizar y controlar la libre circulación vehicular y peatonal en la vía pública y en las carreteras, asegurar el transporte automotor y ferroviario, investigar y denunciar los accidentes de tránsito, así como llevar los registros del parque automotor con fines policiales, en coordinación con la autoridad competente.

MINISTERIO PUBLICO

Artículo 1.- Función

Ley Orgánica del Ministerio Público - Decreto Legislativo Nº 052

Participación en las acciones de control en Terminales, Puntos Fijos y Operativos móviles, en forma conjunta con el Personal de la SUTRAN y Policía Nacional del Perú.

El Ministerio Público es el organismo autónomo del Estado que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interés social, así como para velar por la moral pública; la persecución del delito y la reparación civil. También velará por la prevención del delito dentro de las limitaciones que resultan de la presente ley y por la independencia de los órganos judiciales y la recta administración de justicia y las demás que le señalan la Constitución Política del Perú y el ordenamiento jurídico de la Nación.

Artículo 6.-Solicitud de información a otras entidades

Cuando fuere necesario para el eficaz ejercicio de las acciones y recursos que competen al Ministerio Público, el Fiscal de la Nación podrá dirigirse solicitando, por escrito, a los Presidentes de las Cámaras Legislativas y de la Comisión Permanente del Congreso, de la Corte Suprema y de las Cortes Superiores de Justicia, a los Ministros de Estado y, en general, a los organismos públicos autónomos, personas jurídicas de derecho público interno, empresas públicas y cualesquiera otras entidades del Estado, las informaciones y documentos que fueren menester. Las solicitudes serán atendidas, salvo que se trate de actos no comprendidos en la segunda parte del artículo 87 de la Constitución y que, con su exhibición, pudiere afectarse la seguridad nacional, a juicio del organismo de mayor jerarquía de la correspondiente estructura administrativa.

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

DEFENSORIA DEL PUEBLO

Artículo 1°.-FUNCIONES: A la Defensoría del Pueblo cuyo titular es el Defensor del Pueblo le corresponde defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; y supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración pública y la prestación de los servicios públicos.

Ley Orgánica de la DEFENSORIA DEL PUEBLO - Ley Nº 26520

Participación de acuerdo a sus funciones en las Inspecciones en los Terminales Terrestres

GOBIERNOS REGIONALES

Artículo 9.- Competencias constitucionales, los gobiernos regionales son competentes para:

Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - LEY Nº 27867

Participación en las Acciones de Control en los Terminales terrestres, Operativos móviles, en conjunto y por separado, supervisando las Empresas y vehículos bajo su jurisdicción.

g) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley.

Artículo 56.- Funciones en materia de transportes

a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la región, de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales.

b) Planificar, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en el Red Vial Nacional o Rural, debidamente priorizada dentro de los planes de desarrollo regional. Asimismo promover la inversión privada, nacional y extranjera en proyectos de infraestructura de transporte.

f) Supervisar y fiscalizar la gestión de actividades de infraestructura de transporte vial de alcance regional.

g) Autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la prestación de servicios de transporte interprovincial dentro del ámbito regional en coordinación con los gobiernos locales.

h) Regular, supervisar y controlar el proceso de otorgamiento de licencias de conducir, de acuerdo a la normatividad vigente.

MUNICIPALIDADES PROVINCIALES

Funciones específicas compartidas de las municipalidades provinciales:

Ley Orgánica de Municipalidades - LEY Nº 27972

Acciones de Control dentro de su jurisdicción en materia de Transporte, Transito y servicios autorizados de acuerdo a sus funciones. Asimismo, fiscalización y sanción del correcto uso de las vías, paraderos y

2.1. Ejecutar directamente o concesionar la ejecución de las obras de infraestructura urbana o rural de carácter multidistrital que sean indispensables para la producción, el comercio, el transporte y la comunicación de la provincia, tales como corredores viales, vías troncales, puentes, parques, parques industriales, embarcaderos, terminales terrestres, y otras similares, en coordinación con las municipalidades distritales o provinciales contiguas, según sea el caso; de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Desarrollo Regional.

Artículo 81º.- TRANSITO, VIALIDAD Y TRANSPORTE PUBLICO

1.- Funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales:

1.1. Normar, regular y planificar el transporte terrestre,

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

fluvial y lacustre a nivel provincial. Terminales terrestres. 1.2. Normar y regular el servicio público de transporte

terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia.

1.3. Normar, regular, organizar y mantener los sistemas de señalización y semáforos y regular el tránsito urbano de peatones y vehículos.

1.4. Normar y regular el transporte público y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros, así como regular el transporte de carga e identificar las vías y rutas establecidas para tal objeto.

1.5. Promover la construcción de terminal terrestre y regular su funcionamiento.

1.6. Normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos, y otros de similar naturaleza.

1.7. Otorgar autorizaciones y concesiones para la prestación del servicio público de transporte provincial de personas en su jurisdicción.

1.8. Otorgar certificado de compatibilidad de uso, licencia de construcción, certificado de conformidad de obra, licencia de funcionamiento y certificado de habilitación técnica a los terminales terrestres y estaciones de ruta del servicio de transporte provincial de personas de su competencia, según corresponda.

1.9. Supervisar el servicio público de transporte urbano de su jurisdicción, mediante la supervisión, detección de infracciones, imposición de sanciones y ejecución de ellas por incumplimiento de las normas o disposiciones que regulan dicho servicio, con el apoyo de la Policía Nacional asignada al control de tránsito.

1.10. Instalar, mantener y renovar los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción, de conformidad con el reglamento nacional respectivo.

2. Funciones específicas compartidas de las municipalidades provinciales:

2.1. Controlar, con el apoyo de la Policía Nacional, el cumplimiento de las normas de tránsito y las de transporte colectivo; sin perjuicio de las funciones sectoriales de nivel nacional que se deriven de esta competencia compartida, conforme a la Ley de Bases de la Descentralización.

2.2. Organizar la señalización y nomenclatura de vías, en coordinación con las municipalidades distritales.

2.3. Ejercer la función de supervisión del servicio público de transporte provincial de su competencia, contando con el apoyo de la Policía Nacional asignada al control del tránsito.

2.4. Instalar, mantener y renovar los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción y establecer la nomenclatura de vías, en coordinación con las municipalidades distritales.

MINISTERIO DE SALUD

La Ley del Ministerio de Salud, establece en su Artículo, 1 Objetivo de la Ley.

Ley 27657 – “Ley del Ministerio de

CAMPAÑAS DE SALUD, EN

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

La presente Ley comprende el ámbito, competencia, finalidad y organización del Ministerio de Salud, así como la de sus organismos públicos descentralizados y órganos desconcertados.

Salud”. TERMINALES TERRESTRES, DIRIGIDOS AL PUBLICO USUARIO Y CONDUCTORS DE VEHICULOS. FORMACION DE BRIGADAS DE PERSONAL DE LA SALUD, PARA ATENCION DE EMERGENCIAS EN LUGARES DE ACCIDENTES O CENTROS DE SALUD.

Articulo 2.- De la naturaleza del Ministerio de Salud.

S.-) La promoción de la defensa de los derechos del ciudadano en salud.

Asimismo, la Defensoría de la Salud y Transparencia, es el órgano responsable de la protección y defensa de los derechos en salud, depende de la Alta Dirección y tiene a su cargo las siguientes funciones generales: (Pagina Web www.minsa.gob.pe)

Promover la defensa de los derechos, deberes y responsabilidades en salud.

Promover una cultura de ética, la transparencia en la gestión administrativa del Ministerio de Salud, el derecho de acceso a la información pública y la vigilancia ciudadana de los actos propios de función de los servidores y funcionarios.

Proponer normas para la protección del derecho a la salud de la persona humana, de la familia y de la comunidad, u otras materias vinculadas con la defensoría de la salud, transparencia y acceso a la información pública.

Proponer la creación, regular y evaluar el funcionamiento de las Defensorías de Salud en los órganos y organismos que mantienen dependencia técnica y funcional del Ministerio de Salud a nivel nacional.

Evaluar el cumplimiento de las normas relativas a la transparencia y acceso a la información pública.

Intervenir de oficio o a solicitud de parte en los hechos o actos que vulneren o pudieran vulnerar el derecho a la salud de las personas, la familia y la comunidad.

Intervenir de oficio o a solicitud de parte en los hechos o actos que atenten contra la ética y transparencia en la gestión administrativa del Ministerio de Salud.

Coordinar las mejoras en la atención de salud por los órganos y organismos que mantienen dependencia técnica y funcional del Ministerio de Salud a nivel nacional.

Proveer información y consejería en salud a través de INFOSALUD, para fortalecer el ejercicio y protección del derecho a la salud y de acceso a la información.

MINISTERIO DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

1.- Formular, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política en el área de Mujer y Desarrollo Social.

Ley 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.

Difusión en los Terminales Terrestres, respecto al uso de los DNI de los menores de edad, que los menores no viajen sin acompañamiento o autorización de sus Padres, que los

3.- Fiscalizar y Supervisar el cumplimiento del marco normativo relacionado con su ámbito de competencia.

El MIMDES desarrolla programas que están dirigidos al respeto de los derechos de la mujer y del desarrollo social.

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

mayores de CINCO (05) AÑOS DE EDAD, viajen ocupando un asiento.

MINISTERIO DE TRABAJO

Artículo 25°. La jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, como máximo. En caso de jornadas acumulativas o atípicas, el promedio de horas trabajadas en el período correspondiente no puede superar dicho máximo.

Constitución política del Perú.

Inspecciones en los Terminales terrestres, sobre el cumplimiento de la jornada de las OCHO (08) horas del trabajador, así como las exigencias del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias, convencionales y condiciones contractuales de la relación Empresas de Transporte trabajadores.

Los trabajadores tienen derecho a descanso semanal y anual remunerados. Su disfrute y su compensación se regulan por ley o por convenio.

El conductor no exceda la jornada máximas de conducción establecidas por este reglamento.

D.S.017-2009-MTC.- articulo 41 inciso 42.2.7

TÍTULO I

LEY N° 28806 – LEY GENERAL DE INSPECCION DEL TRABAJO.

DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO

Artículo 1.- Objeto y definiciones:

Inspección del Trabajo, es el servicio público encargado de vigilar el cumplimiento de las normas de orden socio laboral y de la seguridad social, de exigir las responsabilidades administrativas que procedan, orientar y asesorar técnicamente en dichas materias, todo ello de conformidad con el Convenio Nº 81 de la Organización Internacional del Trabajo.

Artículo 3.- Funciones de la Inspección del Trabajo:

1. De vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias, convencionales y

Condiciones contractuales, en el orden socio laboral, ya se refieran al régimen de común aplicación o a los regímenes especiales: contractuales.

a.1) Derechos fundamentales en el trabajo.

2.1 Informar y orientar a empresas y trabajadores a fin de promover el cumplimiento de las normas, de preferencia en el sector de las Micro y Pequeñas Empresas así como en la economía informal o no estructurada.

2.2 Informar a las autoridades competentes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y de los Gobiernos Regionales sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ocurridos.

2.3 Informar, orientar y colaborar con otros órganos del Sector Público respecto a la aplicación del Ordenamiento Jurídico Socio laboral.

2.4 Emitir los informes que soliciten los órganos judiciales competentes, en el ámbito de las funciones y competencias de la Inspección del Trabajo.

2.5 Colaboración institucional, de conformidad con los términos establecidos por los Convenios que sean suscritos por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo con otras Instituciones.

Artículo 4.- Ámbito de actuación de la Inspección del Trabajo:

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

En el desarrollo de la función inspectiva, la actuación de la Inspección del Trabajo se extiende a todos los sujetos obligados o responsables del cumplimiento de las normas socio laborales, ya sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, y se ejerce en:

1. Las empresas, los centros de trabajo y, en general, los lugares en que se ejecute la prestación laboral, aun cuando el empleador sea del Sector Público o de empresas pertenecientes al ámbito de la actividad empresarial del Estado, siempre y cuando estén sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

2. Los vehículos y los medios de transporte en general, en los que se preste trabajo, incluidos los buques de la marina mercante y pesquera cualquiera sea su bandera; los aviones y aeronaves civiles, así como las instalaciones y explotaciones auxiliares o complementarias en tierra, para el servicio de aquellos.

Artículo 5.- Facultades inspectivas:

En el desarrollo de las funciones de inspección, los inspectores del trabajo que estén debidamente acreditados, están investidos de autoridad y facultados para:

1. Entrar libremente a cualquier hora del día o de la noche, y sin previo aviso, en todo centro de trabajo, establecimiento o lugar sujeto a inspección y a permanecer en el mismo. Si el centro laboral sometido a inspección coincidiese con el domicilio de la persona física afectada, deberán obtener su expreso consentimiento o, en su defecto, la oportuna autorización judicial. Al efectuar una visita de inspección, deberán comunicar su presencia al sujeto inspeccionado o a su representante, así como al trabajador, al representante de los trabajadores o de la organización sindical, a menos que consideren que dicha comunicación pueda perjudicar la eficacia de sus funciones, identificándose con la credencial que a tales efectos se expida.

2. Hacerse acompañar en las visitas de inspección por los trabajadores, sus representantes, por los peritos y técnicos o aquellos designados oficialmente, que estime necesario para el mejor desarrollo de la función inspectora.

3. Proceder a practicar cualquier diligencia de investigación, examen o prueba que considere necesario para comprobar que las disposiciones legales se observan correctamente y, en particular, para:

3.1 Requerir información, solo o ante testigos, al sujeto inspeccionado o al personal de la empresa sobre cualquier asunto relativo a la aplicación de las disposiciones legales, así como a exigir la identificación, o razón de su presencia, de las personas que se encuentren en el centro de trabajo inspeccionado

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIDAD Y ESTADO CIVIL – RENIEC

Articulo7.- Son funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil:

LEY ORGANICA DE LA RENIEC N° 26497

Campañas en los Terminales Terrestre, para I.-) Colaborar con el ejercicio de las funciones de las

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

autoridades policiales y judiciales pertinentes para la identificación de las personas, dejando a salvo lo establecido en el inciso siguiente y en los incisos 1), 5) y 6) del Artículo 2 de la Constitución Política del Perú;

la identificación de los ciudadanos, en especial de los menores de edad, a fin de que sus Padres procedan a la Obtención de sus DNI.

INDECOPI

Artículo 2.- El INDECOPI es el organismo encargado de la aplicación de las normas legales destinadas a proteger:

DECRETO LEY Nº 25868 - LEY DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE INDECOPI En

cumplimiento de de las funciones asignadas supervise el cumplimiento de las normas generales sobre protección al consumidor, en materia de Tránsito y transporte Terrestre, exigiendo calidad del servicio: verificar en los terminales terrestres que las Empresas de Transporte respeten los horarios de salida, respeto de los pasajes vendidos y las condiciones del servicio ofrecidos por los administrados.

a) El mercado de las prácticas monopólicas que resulten controlistas y restrictivas de la competencia en la producción y comercialización de bienes y en la prestación de servicios, así como de las prácticas que generan competencia desleal, y de aquellas que afectan a los agentes del mercado y a los consumidores;

Artículo I.- Contenido

LEY Nº 2957 CODIGO DE PROTECCION Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR:

El presente Código establece las normas de protección y defensa de los consumidores, instituyendo como un principio rector de la política social y económica del Estado la protección de los derechos de los consumidores, dentro del marco del artículo 65º de la Constitución Política del Perú y en un régimen de economía social de mercado, establecido en el Capítulo I del Título III, Del Régimen Económico, de la Constitución Política del Perú.

Artículo II.- Finalidad

El presente Código tiene la finalidad de que los consumidores accedan a productos y servicios idóneos y que gocen de los derechos y los mecanismos efectivos para su protección, reduciendo la asimetría informativa, corrigiendo, previniendo o eliminando las conductas y prácticas que afecten sus legítimos intereses. En el régimen de economía social de mercado establecido por la Constitución, la protección se interpreta en el sentido más favorable al consumidor, de acuerdo a lo establecido en el presente Código.

Derechos de los consumidores

Artículo 1º.- Derechos de los consumidores

1.1 En los términos establecidos por el presente Código, los consumidores tienen los siguientes derechos:

a. Derecho a una protección eficaz respecto de los productos y servicios que, en condiciones normales o previsibles, representen riesgo o peligro para la vida, salud e integridad física.

c. Derecho a la protección de sus intereses económicos y en particular contra las cláusulas abusivas, métodos comerciales coercitivos, cualquier otra práctica análoga e información interesadamente equívoca sobre los productos o servicios.

Artículo 25º.- Deber general de seguridad

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PERÚ

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

Los productos o servicios ofertados en el mercado no deben conllevar, en condiciones de uso normal o previsible, riesgo injustificado o no advertido para la salud o seguridad de los consumidores o sus bienes.

Artículo 57º.- Prácticas abusivas

También son métodos abusivos todas aquellas otras prácticas que, aprovechándose de la situación de desventaja del consumidor resultante de las circunstancias particulares de la relación de consumo, le impongan condiciones excesivamente onerosas o que no resulten previsibles al momento de contratar.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

De acuerdo a la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, ésta tiene domicilio legal y sede principal en la ciudad de Lima y puede establecer dependencias en cualquier lugar del territorio nacional.

Ley de creación, Ley N° 24829 y a su Ley General aprobada por Decreto Legislativo Nº 501. Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado mediante D.S. 115-2002-PCM publicado el 28-10-02)

Campañas de difusión de las Funciones de acuerdo a su competencia.

(Artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado mediante D.S. 115-2002-PCM publicado el 28-10-02)

2.- Finalidad.-

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria con las facultades y prerrogativas que le son propias en su calidad de administración tributaria y aduanera, tiene por finalidad:

Administrar y controlar el tráfico internacional de mercancías dentro del territorio aduanero y recaudar los tributos aplicables conforme a ley.

Facilitar las actividades económicas de comercio exterior, así como inspeccionar el tráfico internacional de personas y medios de transporte y desarrollar las acciones necesarias para prevenir y reprimir la comisión de delitos aduaneros

Sancionar a quienes contravengan las disposiciones legales y administrativas de carácter tributario y aduanero, con arreglo a Ley.

Ejercer las demás funciones que sean compatibles con la finalidad de la SUNAT.

XII. LOGISTICA, PERSONAL Y COSTO La Logística para las Etapas consideradas en el presente Plan, serán las asignadas al Personal de las Regiones SUTRAN.