PLAN ECONÓMICO-FINANCIERO INDICE 1.- INTRODUCCIÓN 2 ... · (-) Obligaciones reconocidas netas en...
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PLAN ECONÓMICO-FINANCIERO
INDICE
1.- INTRODUCCIÓN
2.- CONTENIDO DEL PLAN Y TRAMITACIÓN
3.- SITUACIÓN ACTUAL: DIAGNOSTICO ECONÓMICO-FINANCIERO
A. Análisis de la estructura económica del municipio: ingresos y gastos
B. Análisis de las principales variables financieras
C. Conclusiones y causas de incumplimiento
4.- PLAN ECONÓMICO-FINANCIERO 2020-2021
A. Objetivos
B. Proyección de ingresos y gastos sin medidas
C. Medidas
D. Proyección de resultados
E. Proyección de variables financieras
F. Conclusiones
Ayuntamiento de Hinojos
Plaza de España nº 2, Hinojos. 21740 (Huelva). Tfno. 959459453. Fax: 959079213
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1.- INTRODUCCIÓN
La elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos y demás actuaciones que afecten
a los gastos o ingresos de las entidades locales se someterán a los principios de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera, coherente con la normativa europea y de
conformidad con lo establecido en los artículos 3, 4, 11, 12 y 13 de la Ley Orgánica 2/2012,
de 27 de abril, de Estabilidad presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).
Se entenderá por estabilidad presupuestaria de las administraciones públicas la situación de
equilibrio o superávit estructural. De acuerdo con los artículos 11.3 y 11.a de la LOEPSF, las
Corporaciones Locales no podrán presentar déficit estructural, definido como déficit ajustado
al ciclo, debiendo mantener una posición de equilibrio o superávit presupuestario.
Igualmente se deberá cumplir con el principio de Sostenibilidad Financiera, entendiendo
como la capacidad para financiar compromisos de gastos presentes y futuros dentro de los
límites de déficit, deuda pública y morosidad de la deuda comercial de acuerdo con lo
establecido en esta Ley, la normativa sobre morosidad y en la normativa europea.
Finalmente se evaluará el cumplimiento de la Regla de Gasto, a los efectos de que la
variación del gasto computable no supere la tasa de referencia del crecimiento del producto
interior bruto, publicada por el Ministerio de Economía y Hacienda (2,7% para 2019).
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 1463/2007 por parte de la
Intervención y con ocasión de la liquidación del Presupuesto correspondiente al ejercicio
2019, se ha puesto de manifiesto el incumplimiento de la regla del gasto establecida para el
citado ejercicio.
A la vista del informe, mediante Decreto de la Alcaldía número 2020-0248 de 29 de Abril de
2020, se aprueba la liquidación del Presupuesto General del ejercicio 2019, compuesta
únicamente por el del propio Ayuntamiento, donde se pone de manifiesto el incumplimiento
de la Regla de Gasto y se acuerda la elaboración del preceptivo Plan económico-financiero
que a su vez requirió de esta Intervención para su redacción.
El artículo 12 de la Ley Orgánica de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera (LOEPSF) establece la obligación, para todas las Administraciones Públicas, del
cumplimiento de la "regla del gasto". De acuerdo con la misma, el "gasto computable" de las
Administraciones no podrá aumentar por encima de la Tasa de crecimiento de referencia del
Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española.
Asimismo el artículo 12.1 de la citada ley define el gasto computable como "los empleos no
financieros definidos en términos del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales,
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excluidos los intereses de la deuda, el gasto no discrecional en prestaciones por desempleo,
la parte del gasto financiado con fondos finalistas procedentes de la Unión Europea o de
otras Administraciones Públicas y las transferencias a las Comunidades Autónomas y a las
Corporaciones Locales vinculadas a los sistemas de financiación"
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la LOEPSF, en caso de
incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda
pública o de la regla del gasto, la Administración incumplidora formulará un plan
económico-financiero que permita en el año en curso y el siguiente el
cumplimiento de los objetivos o de la regla del gasto, con el contenido y alcance
previstos en este artículo.
Este hecho implica la necesaria formulación de un Plan Económico-Financiero que permita, en
el año en curso y en el siguiente, el cumplimiento de la regla de gasto, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 21 y 23 de la LOEPSF.
Debe tenerse en cuenta que, el artículo 28 de Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, establece que, constituye
infracción muy grave en materia de gestión presupuestaria:
o La no presentación o la falta de puesta en marcha en plazo del plan
económico-financiero o del plan de reequilibrio de conformidad con el artículo 23 de
la LOEPSF.
o El incumplimiento de las obligaciones de publicación o de suministro de información
previstas en la normativa presupuestaria y económico-financiera, siempre que en
este último caso se hubiera formulado requerimiento.
o La falta de justificación de la desviación, o cuando así se le haya requerido la falta
de inclusión de nuevas medidas en el plan económico-financiero o en el plan de
reequilibrio de acuerdo con el artículo 24.3 de la LOEPSF.
o La no adopción de las medidas previstas en los planes económico-financieros y de
reequilibrio, según corresponda, previstos en los artículos 21 y 22 de la LOEPSF.
2.- CONTENIDO DEL PLAN Y TRAMITACIÓN
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Determina el artículo 21 de la LOEPSF que plan económico-financiero deberá contener,
como mínimo, la siguiente información:
a) Las causas del incumplimiento del objetivo establecido, o en su caso, del incumplimiento
de la regla del gasto.
b) Las previsiones tendenciales de ingresos y gastos, bajo el supuesto que no se producen
cambios en las políticas fiscales y de gastos.
c) La descripción, cuantificación y el calendario de aplicación de las medidas incluidas en el
plan, señalando las partidas presupuestarias o registros extrapuestarios en los que se
contabilizarán.
d) Las previsiones de variables económicas y presupuestarias de las que parte el plan, así
como los supuestos sobre los que se basan estas previsiones.
e) Un análisis de sensibilidad considerando escenarios económicos alternativos.
Así como, el artículo 9 de la Orden HAP/2015/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan
las obligaciones de suministro de información previstas en la LOEPSF, señala como contenido
del Plan lo siguiente:
a) Las medidas correctoras aprobadas, cuantificadas y fundamentadas señalando la fecha de
su implementación. Estas medidas deberán ser coherentes con la variación interanual de sus
previsiones presupuestarias respectivas.
b) La estimación y justificación de los ajustes de contabilidad nacional y la coherencia con el
límite del gasto no financiero, calculado en la forma que determina la regla del gasto.
c) La evolución de la deuda, el cumplimiento del límite de la deuda, las magnitudes de
ahorro bruto y neto, la estimación de los saldos de tesorería, el exceso de financiación
afectada y el remanente de tesorería para gastos generales.
En lo que respecta a la tramitación, el artículo 23 del mismo texto legal, determina que los
planes económico-financieros y los planes de reequilibrio serán presentados, previo informe
de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, en los que resulte preceptivo, ante
los órganos contemplados en los apartados siguientes en el plazo máximo de un mes desde
que se constate el incumplimiento, o se aprecien las circunstancias previstas en el artículo
11.3 respectivamente.
En consecuencia, el Plan Económico-financiero será presentado ante el Pleno de la
Corporación en el plazo máximo de un mes desde que se constate el incumplimiento.
El plazo máximo para la aprobación del Plan por el Pleno es de dos meses contados desde la
fecha de su presentación y su puesta en marcha no podrá exceder de tres meses desde la
constatación del incumplimiento.
Los planes económico-financieros se remitirán para su conocimiento a la Comisión Nacional
de Administración se entenderá cumplida con el envío a través de la central de información
económico-financiera de las Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y
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Administraciones Públicas (Oficina Virtual de Coordinación financiera de las entidades
locales).
Por su parte la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía
indica en su web la obligación de comunicar el plan aprobado a la Dirección General de
Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales.
A estos planes de les dará la misma publicidad que la establecida por las leyes para las
Presupuestos de la entidad.
3.- SITUACIÓN ACTUAL: DIAGNOSTICO ECONÓMICO-FINANCIERO
La liquidación del presupuesto municipal 2019 ha arrojado unas magnitudes cuyas cifras nos
podrían permitir indicar que nos encontramos inicialmente en una situación de equilibrio
presupuestario:
3.1. Resultado presupuestario
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RESULTADO PRESUPUESTARIO(+) Derechos reconocidos netos 3.712.109,24 euros(-) Obligaciones reconocidas netas 3.646.861,17 eurosTOTAL RESULTADO PRESUPUESTARIO 65.248,07(+) Gastos Financiados RLTGG 106.668,46(-) Desv. Positivas Financiación GAFA 194.380,95(+) Desv. Negativas Financiación GAFA 142.049,74
TOTAL RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO 119.585,32
3.2. Remanente de Tesorería
REMANENTE DE TESORERÍAA. (+) Derechos pendientes de cobro a 31/12/2018
— Derechos pendientes de cobro del presupuesto corriente
— Derechos pendientes de cobro de presupuestos cerrados
— Derechos pendientes de cobro correspondientes a cuentas de
deudores que no sean presupuestarios
2.737.741,77 euros
484.589,56 euros
2.253.004,84 euros
147,37 euros
B. (-) Obligaciones pendientes de pago a 31/12/2018
— Obligaciones pendientes de pago del presupuesto corriente
— Obligaciones pendientes de pago de presupuestos cerrados
— Obligaciones pendientes de pago correspondientes a cuentas
de acreedores que no sean presupuestarios
434.428,99 euros
34.806,14 euros
65.337,85 euros
334.285,00 eurosC. (+) Fondos líquidos a 31/12/2019
— Saldos disponibles en cajas de efectivo y cuentas bancarias.
— Inversiones temporales en que se hayan materializado los
excedentes temporales de tesorería que no tengan carácter presupuestario.
643.696,85 euros
D. (-) Partidas pendientes de aplicación definitiva a 31/12/2019
— (-) Cobros realizados Pendientes de Aplicación Definitiva
— (+) Pagos realizados Pendientes de Aplicación Definitiva.
1.486.241,65 euros
177.807,49 euros
1.664.049,14 eurosTOTAL REMANENTE DE TESORERÍA 4.433.251,28 euros
- Saldos De Dudoso Cobro
- Exceso de financiación afectada
1.565.635,48 euros
403.336,48 eurosREMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES 2.464.279,32 euros
3.3. Sostenibilidad Financiera
SOSTENIBILIDAD FINANCIERA(+) Ingresos corrientes ordinarios liquidados en los
capítulo 1 a 5
3.374.609,88
(-) Ingresos corrientes afectados 0,00TOTAL INGRESOS CORRIENTES A CONSIDERAR 3.374.609,88VOLUMEN DE DEUDA VIVA A 31-12-2019 339.525,93Porcentaje de deuda viva sobre los ingresos corrientes 10,06%
3.4. Ahorro Bruto y Ahorro Neto
(+) Derechos reconocidos netos ordinarios liquidados en 3.374.609,88
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los capítulos 1 a 5(-) Obligaciones reconocidas netas en los capítulos 1, 2 y
4
3.126.478,39
Ahorro Bruto 248.131,49Anualidad teórica de amortización 90.039,20Ahorro neto 158.092,29
Por otro lado el ahorro bruto ascendió a 248.131,49 euros, en tanto que el ahorro neto
presupuestario alcanzó la cifra de 158.092,29 euros.
El Ahorro neto positivo nos indica que los ingresos corrientes de la Corporación Local son
suficientes para hacer frente a los gastos corrientes y a las amortizaciones de capital de los
préstamos concertados y, por otra parte, se encuentra muy por debajo del coeficiente del
75% de la Ratio Legal de Endeudamiento.
Para el cálculo de la anualidad teórica se ha tenido en cuenta la Guía que figura en la oficina
virtual de las EELL del Ministerio de Economía y Hacienda, que dice: ”La anualidad teórica de
amortización comprensiva de los intereses y cuota de amortización se obtendrá de la suma
algebraica de las anualidades teóricas de cada uno de los préstamos concertados y avalados
a largo plazo pendientes de reembolso, estén o no dispuestos, incluida la operación u
operaciones proyectadas y excluidas las operaciones de crédito garantizadas con hipoteca
sobre bienes inmuebles, en proporción a la parte de préstamo afectado por dicha garantía,
calculada en términos constantes.”
Cuotas pendientes en 2019 436.533,30 €Intereses pendientes en 2019 12.549,88 €
3.5. Estabilidad presupuestaria
PRESUPUESTO DE
INGRESOSAYUNTAMIENTO
+ Capítulo 1: Impuesto Directos 1.176.102,56
+ Capítulo 2: Impuesto Indirectos 48.661,10
+Capítulo 3: Tasas y otros
ingresos 397.912,41
+Capítulo 4: Transferencias
corrientes 1.365.475,34
+Capítulo 5: Ingresos
patrimoniales 386.458,47
+Capítulo 6: Enajenación de
inversiones 8.879,20
+Capítulo 7: Transferencias de
capital 327.851,32
=A) TOTAL INGRESOS (Capítulos
I a VII) 3.711.340,40
PRESUPUESTO DE GASTOS AYUNTAMIENTO
+ Capítulo 1: Gastos de personal 2.070.170,26
+ Capítulo 2: Compra de bienes y 967.390,41
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servicios
+ Capítulo 3: Gastos financieros 7.497,89
+Capítulo 4: Transferencias
corrientes 88.917,72
+Capítulo 5: Fondo de
Contingencia 0,00
+ Capítulo 6: Inversiones reales 414.439,00
+Capítulo 7: Transferencias de
capital 90,00
=B) TOTAL GASTOS (Capítulos I a
VII) 3.548.505,28
=
A - B = C) ESTABILIDAD/
NO ESTABILIDAD
PRESUPUESTARIA 162.835,12
D) AJUSTES SEC-10
-96.056,45
C+D= F) ESTABILIDAD/ NO
ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA 66.778,67
OBLIGACION DE REALIZAR
PLAN ECONÓMICO
FINANCIERO
NO
3.6. Regla de gasto
Liquidación
año 2018
Liquidación año
2019CÁLCULO DE LA REGLA DE GASTO (art. 12 Ley Orgánica 2/2012)
= A) EMPLEOS NO FINANCIEROS (SUMA DE CAPÍTULOS 1 A 7) 3.151.469,65 3.541.007,39
(-) Intereses de la deuda NO APLICA NO APLICA
= B) EMPLEOS NO FINANCIEROS (excepto intereses de la deuda) 3.185.803,63 3.593.547,01
(-) Enajenación NO APLICA -8.879,20
(+/-) Inversiones realizadas por cuenta de la Corporación Local NO APLICA NO APLICA
(-) Inversiones realizadas por la Corporación Local por cuenta de otras AAPP NO APLICA NO APLICA
(+) Ejecución de Avales NO APLICA NO APLICA
(+) Aportaciones de capital NO APLICA NO APLICA
(+) Asunción y cancelación de deudas NO APLICA NO APLICA
(+/-) Gastos realizados en el ejercicio pendientes de aplicar al presupuesto 34.333,98 61.418,82
(+) Pagos a socios privados en el marco de Asociaciones público privadas NO APLICA NO APLICA
(+/-) Adquisiciones con pago aplazado NO APLICA NO APLICA
(+/-) Arrendamiento financiero NO APLICA NO APLICA
(+) Préstamos fallidos NO APLICA NO APLICA
(+/-) Grado de ejecución del Gasto NO APLICA
(-) Ajustes Consolidación presupuestaria NO APLICA NO APLICA
(-) Gastos financiados con fondos finalistas UE / AAPP -374.961,11 -577.978,00
(-) Inversiones Financieramente Sostenibles NO APLICA NO APLICA
= D) GASTO COMPUTABLE 2.810.842,52 3.015.569,01
(-) Aumentos permanentes de recaudación (art. 12.4) NO APLICA
(+) Reducciones permanentes de recaudación (art. 12.4) NO APLICA
=E) GASTO COMPUTABLE AJUSTADO año n = Gº computable +/-
Aumento/reducción permanente recaudación 2.810.842,52 3.015.569,01
a Variación del gasto computable 204.726,49
b Tasa de referencia crecimiento PIB m/p 2,7% (máx. 75.892,75)
Concepto Liquidación Cierre final
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Ejercicio 2018 Liquidación 2019Suma de los capítulos 1 a 7 de gastos
(1)
3.151.469,65 3.541.007,39
AJUSTES Calculo empleos no financieros
según el SEC
34.333,98 52.539,62
(-) Enajenación de terrenos y demás inversiones
reales
0,00 -8.879,20
(+/-) Gastos realizados en el ejercicio pendientes de
aplicar al presupuesto (cuenta 413
según Orden HAC/1364/2018)
34.333,98 61.418,82
Empleos no financieros términos SEC excepto intereses de
la deuda
3.185.803,63 3.593.547,01
(+/-) Gasto financiado con fondos finalistas procedentes
de la Unión Europea o de otras
Administraciones públicas
-374.961,11 -577.978,00
Unión Europea -21.908,29 -116.396,41Estado -135.008,51 -178.202,21
Comunidad Autónoma -119.724,17 -133.914,89Diputaciones -98.320,14 -149.464,49
Otras Administraciones Públicas - -Total de Gasto computable del ejercicio 2.810.842,52 3.015.569,01
En base a los cálculos precedentes y a los datos presentados, resultando necesario realizar
los ajustes detallados, se observa que el gasto computable consolidado de Hinojos, es de
2.810.842,52 euros en el año 2018, y de 3.015.569,01 euros en el año 2019.
Por tanto, la variación del gasto computable es del 7,28 %, mayor a la tasa de referencia de
crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española, situada en
el 2,7% para el ejercicio 2019.
Así las cosas, esta entidad no cumple el objetivo de la Regla del Gasto, entendido como la
situación en la que la variación del gasto computable no supera la tasa de referencia de
crecimiento del PIB correspondiente a este ejercicio.
3.7. Deuda comercial.- La deuda comercial, tal como refleja el último informe de pago a
proveedores y de morosidad, se realiza sobradamente en los plazos establecidos:
Entidad Ratio Operaciones
Pagadas(días)
Importe Pagos
Realizados(euros)
Ratio Operaciones
pendientes(días)
Importe Pagos
pendientes
PMP(días)
Hinojos 20,39 242.256,35 57,30 33.449,21 24,87PMP
Global
242.256,35 33.449,21 24,87
Asimismo el periodo medio de pago, calculado según se precisa en el Real Decreto 635/2014,
a proveedores se ha situado al cierre del ejercicio presupuestario en 24,87 días.
A. Análisis de la estructura económica del municipio: ingresos y gastos
Para llevar a cabo el estudio de la estructura económica de este Ayuntamiento se analizan
los datos de liquidación de los 3 ejercicios económicos anteriores, que son 2017, 2018 y
Ayuntamiento de Hinojos
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2019, ya que el análisis de los tres últimos años permite obtener la información necesaria
para determinar, en su caso, las causas que han llevado al incumplimiento de la variable
regla del gasto.
A.1 INGRESOS.
A.1.1 Totales.
Cap.
Denominación LIQUIDACIÓN
2017LIQUIDACIÓN 2018 LIQUIDACIÓN 2019
Valor Valor Variación Valor Variación
1Impuestos directos
1.203.873,501.184.342,21
-1,62% 1.176.102,56 -0,70%
2Impuestos indirectos
32.062,1844.344,26
+38,30% 48.661,10 +9,73%
3Tasas y otros ingresos
485.703,77448.229,38
-7,72% 397.912,41 -11,23%
4Transferencias corrientes
1.211.494,041.171.350,75
-3,31% 1.365.475,34 +16,57%
5Ingresos patrimoniales
308.042,03314.637,37
+2,14% 386.458,47 +22,83%
6Enajenación de inversiones
8.879,20
7Transferencias de capital
226.960,17217.901,34
-3,99% 327.851,32 +50,46%
8Activos financieros
508,15
1.377,46
+171,07% 768,84 -44,18%
9Pasivos financieros
TOTALES
3.468.643,84 3.382.182,77 -2,49% 3.712.109,24 +9,75
El total de recursos liquidados de este Ayuntamiento, que en el último año liquidado
(2019) se situó en 3.712.109,24 euros, ha experimentado tras una disminución inicial, un
aumento medio a lo largo del periodo objeto de análisis del 3,63%.
A.1.2 Capítulos económicos más representativos.
El capítulo de ingresos más importante es el capítulo IV relativo a Transferencias Corrientes,
pues representa el 36,78% del total de ingresos del municipio, debido a que ha supuesto un
ingreso para la entidad por importe de 1.365.475,34 euros y que se ha visto incrementado en
este último ejercicio en un 16,57%.
La cifra de ingresos por Impuestos Directos disminuye año a año, pasando de los
1.203.873,50 € en 2017 a los 1.176.102,56 € en el año 2019, ese importe tienen su origen en
Impuestos como son el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto de Vehículos de Tracción
mecánica, Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o
Impuesto sobre Actividades Económicas.
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Destaca también la tendencia a la baja que está experimentando el Capítulo III Tasas y otros
Impuestos, que ha disminuido desde los 485.703,77 euros hasta los 397.912,41 euros.
Estas disminuciones de los capítulos I y III se han visto compensadas con el aumento de los
Capítulos IV-VII
El notable incremento de los derechos reconocidos por Transferencias Corrientes en el
ejercicio 2019 se debe fundamentalmente a las subvenciones concedidas por la Junta de
Andalucía en materia de Fomento del Empleo que ascienden a 123.500,00 euros, el restante
incremento se debe a otras subvenciones obtenidas de la Diputación Provincial de Huelva y
de otras Administraciones Públicas.
A.1 GASTOS.
A.2.1 Totales.
Cap.
DenominaciónLIQUIDACIÓN 2017 LIQUIDACIÓN 2018 LIQUIDACIÓN 2019
Valor Valor % Valor %
1 Gastos de personal 1.990.546,791.898.301,11
- 4,63% 2.070.170,26 +9,05%
2 Compra de bienes y servicios 913.034,78 805.245,77-11,81%
967.390,41 +20,14%
3 Gastos financieros 9.543,017.549,77
-20,89% 7.497,89 -0,69%
4 Transferencias corrientes 72.406,4072.646,94
+0,33% 88.917,72 +22,40%
6 Inversiones reales 304.310,70375.275,83
+23,32% 414.439,00 +10,44%
7 Transferencias de capital 90,00
8 Activos financieros 1.500,001.045,25
-30,32% 1.348,49 +29,01%
9 Pasivos financieros 97.007,4097.007,40
0% 97.007,40 0%
TOTALES
3.388.349,083.257.072,07
-3,87% 3.646.861,17 +11,97%
En el año 2019 se da un incremento del nivel de gastos del 11,97%, consecuencia
fundamentalmente del aumento de gastos en los capítulos I, II, IV y VI.
A.2.2 Capítulos económicos más representativos.
La cifra de gastos tras una ligera disminución en el ejercicio 2018, volvió a aumentar en el
ejercicio 2019. Destaca el incremento de los capítulos I, II, IV y VI. Si bien, mientras que los
capítulos I y II sufrieron una disminución en el ejercicio 2018, se observa una tendencia al
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alza en los capítulos IV y VI pues han ido aumentando durante todo el período analizado.
Los gastos de mayor importancia son los correspondientes al capítulo I que recoge los gastos
de personal. El incremento en este capítulo es debido, además de la subida del salario
conforme a lo fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, al importante
incremento experimentado en la partida de Servicios extraordinarios que pasa de 29.248,15
euros en 2018 a 86.781,51 euros en 2019, si bien, hay que minorar de este importe un total
de 34.632,86 euros que se corresponden con el importe aprobado relativo al reconocimiento
extrajudicial de créditos llevado a cabo en el ejercicio para aplicar al presupuesto pagos
efectuados en ejercicios anteriores. Junto a esta partida, se producen también incrementos
en las partidas de “Asignación Corporativos” (16.753,36 euros más que en 2018)
consecuencia del cambio producido tras las Elecciones Municipales celebradas en Mayo de
2019;y, en las retribuciones básicas y complementarias de los funcionarios públicos
consecuencia de los procesos de promoción interna que han tenido lugar en los últimos
ejercicios y que finalizaron en 2019. Así, las retribuciones básicas pasan de los 142.442,34
euros reconocidos en 2018 a los 165.175,03 euros de 2019; y, las complementarias, de
117.895,85 euros a 130.257,94 euros, lo que provoca el correspondiente incremento en la
partida de Seguridad Social Funcionarios que pasa de 123.282,32 euros a 157.886.05 euros.
Todas las partidas señaladas suponen un incremento de 154.756,36 euros.
En lo relativo al Capítulo II (Gastos en Bienes Corrientes y Servicios) podemos ver como este
capítulo ha incrementado en el reconocimiento de obligaciones contraídas con respecto a la
liquidación del ejercicio 2018, pasando de los 805.245,77 euros a los 967.390,41 euros, lo
que supone un incremento de 162.144,64 euros. Si bien, cabe destacar que este aumento se
produce tras una disminución de gastos en este Capítulo durante el ejercicio 2018 que
supuso un 11,81% menos que en el ejercicio 2017. No obstante lo anterior, es importante
dejar constancia que parte del aumento, unos 50.521,51 euros se corresponde con los pagos
aplicados como consecuencia de un reconocimiento extrajudicial de créditos,
correspondiendo a gastos efectuados de ejercicios anteriores.
En el caso del Capítulo IV, el notable incremento de las obligaciones reconocidas por
Transferencias Corrientes se ha debido a las nuevas subvenciones concedidas a diferentes
asociaciones, a las ayudas sociales que se han facilitado a los vecinos del municipio y, en
definitiva, a la apuesta del Equipo de Gobierno por los Servicios Sociales. Este capítulo, dada
la situación actual en que nos encontramos tras la declaración del Estado de Alarma por el
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la
gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se espera que continúe
su tendencia al alza dado que se espera que los Ayuntamientos como administración más
cercana al ciudadano tengan un importante papel para hacer frente a la importante crisis
económica que se prevé como consecuencia del Covid-19.
Por su parte, el Capítulo VI Inversiones, ha ido en aumento en los últimos años, así ha pasado
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de los 304.310,70 euros en 2017 a los 414.439,00 euros en 2019, lo que supuso un
incremento del 23,32% en 2018 y del 10,44% en 2019.
B. Análisis de las principales variables financieras
Para completar el estudio de la estructura económica de este Ayuntamiento se analiza la
evolución de las principales variables financieras en los 3 últimos ejercicios liquidados, 2017,
2018 y 2019.
B.1 Remanente de Tesorería
LIQUIDACIÓN 2017 LIQUIDACIÓN 2018 LIQUIDACIÓN 2019
Remanente de tesorería abreviado Valor Valor Variación Valor Variación
+ Deudores pendientes de cobro 2.164.434,02 euros 2.172.288,57 euros +0,36% 2.737.741,77 euros +26,03
+Del presupuesto corriente
466.996,42 euros 428.434,19 euros -8,26 484.589,56 euros +13,11%
+De presupuestos cerrados
1.697.290,23 euros. 1.743.707,01 euros +2,73% 2.253.004,84 euros +29,21%
+ De otras operaciones no presupuestarias 147,37 euros. 147, 37 euros 0% 147,37 euros 0%
- Acreedores pendientes de pago 483.525,51 euros 417.736,77 euros -13,61% 434.428,99 euros +3,99%
+Del presupuesto corriente
108.179,75 euros 29.551,01 euros +72,68% 34.806,14 euros +17,78%
+De presupuestos cerrados
63.577,72 euros 65.799,06 euros +3,9% 65.337,85 euros -0,70%
+ De otras operaciones no presupuestarias 311.768,04 euros. 322.386,70 euros +3,41% 334.285,00 euros +3,69%
+ Fondos líquidos de Tesorería 623.623,61 euros 631.701,95 euros +1,29% 643.696,85 euros +1,90%
-Partidas pendientes de aplicación definitiva
1.558.241,35 euros 1.569.893,03 euros +0,75% 1.486.241,65 euros -5,33%
- Cobros realizados Pendientes de Aplicación Definitiva 174.800,23 euros 174.800,23 euros 0% 177.807,49 euros +1,72%
+ Pagos realizados Pendientes de Aplicación Definitiva. 1.733.041,58 euros. 1.744.693, 26 euros +0,85% 1.664.049,14 euros -4,61%
= REMANENTE DE TESORERÍA 3.862.773,47 euros 3.956.146,78 euros +2,42% 4.433.251,28 euros +12,06%
- Saldo de dudoso cobro 1.228.853,69 euros 1.355.770,16 euros +10,33% 1.565.635,48 euros +15,48%
- Exceso de financiación afectada 343.270,35 euros 341.958,55 euros -0,38% 403.336,48 euros +17,95%
= REMANENTE PARA GASTOS GENERALES 2.290.649,43 euros. 2.258.418,07 euros -1,41% 2.464.279,32 euros +9,12%
El Remanente de Tesorería es un indicador de la liquidez de la entidad. Cuando muestra
valores positivos es un excedente financiero acumulado disponible para financiar gastos de
ejercicios futuros.
El pendiente de cobro de corriente aumenta en el ejercicio 2019 alcanzado los 484.589,56 €,
lo que supone un 13,11% más que en el ejercicio 2018; asimismo, el pendiente de cobro de
cerrado aumenta en el ejercicio 2019 alcanzado los 2.253.004,84 euros €, lo que supone un
aumento bastante importante, del 29,21%.
B.2 Ahorro Neto
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AHORRO NETO LIQUIDACIÓN 2017 LIQUIDACIÓN 2018 LIQUIDACIÓN 2019
ING I a V 3.241.175,52 3.162.903,97 3.374.609,88
GTOS I, II, IV 2.975.987,97 2.776.193,82 3.126.478,39
Obligaciones financ. remanente liq. de tesorería 437.902,69 202.826,60 138.107,45
ANUALIDAD TEÓRICA 94.074,03 92.286,87 90.039,20
El Municipio presenta ahorro neto positivo durante 2019, observándose en el cuadro cómo
va disminuyendo la Anualidad Teórica de Amortización lo que favorece el cálculo de eta
magnitud.
B.3 Carga Financiera
CARGA FINANCIERA LIQUIDACIÓN 2017 LIQUIDACIÓN 2018 LIQUIDACIÓN 2019
Carga financiera ( capítulo III + IX ) 106.550,41 104.557,17 104.505,29
ING I a V 3.241.175,52 3.162.903,97 3.374.609,88
3,29% 3,31% 3,10%
La carga financiera del Municipio se sitúa en 104.505,29 € durante 2019, lo que supone
un 3,10% de los ingresos corrientes, por debajo del límite legal del 25% de los ingresos
corrientes.
B.4 Endeudamiento
- Deuda financiera
Ejercicio DRN Corrientes Ajustes DF31ª LGPE 2013
DRN Ajustados Deuda PDE Coeficiente endeudamiento
2017 3.241.175,52 - 3.241.175,52 533.540,73 16,46%
2018 3.162.903,97 - 3.162.903,97 436.533,33 13,80%
2019 3.374.609,88 - 3.374.609,88 339.525,93 10,06%
- Deuda comercial:
Ejercicio Deuda comercial de Corriente
Deuda Comercial de Cerrados
Saldo 413 Total Deuda Comercial
PMP
2017 106.622,69 42.880,14 9.264,73 158.767,56 16,68
2018 29.551,01 45.516,96 34.333,98 109.401,95 21,36
2019 34.237,24 45.143,35 61.418,82 140.799,41 24,87
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El municipio tiene un endeudamiento, que se sitúa en 339.525,93 €, que supone un 10,06%
de sus ingresos corrientes, lo que hace que la Entidad se posicione en el rango de volumen
de deuda por debajo del 75% de sus ingresos corrientes. En cuanto a la deuda comercial,
esta se sitúa en 140.799,41 €, siendo el PMP de 24,87 días, inferior al plazo máximo
establecido en la normativa de morosidad.
B.5 Estabilidad Presupuestaria
Ejercicio Ingresos no
financieros
Gastos no
financieros
Ajustes propia
entidad
Ajustes
operaciones
internas
Capacidad/necesidad
financiación
2017 3.468.135,69 3.289.841,68 64.308,73 0,00 242.602,74
2018 3.380.805,31 3.159.019,42 -115.264,95 0,00 106.520,94
2019 3.711.340,40 3.548.505,28 -96.056,45 0,00 66.778,67
El municipio presentó estabilidad presupuestaria por importe 66.778,67 €, lo que supone una
situación de superávit no financiero.
Debido a las diferencias de criterio entre la contabilidad presupuestaria y la contabilidad
nacional, en las Entidades Locales se hace necesaria la realización de ajustes a fin de
adecuar la información presupuestaria a los criterios establecidos en el Sistema Europeo de
Cuentas Nacionales y Regionales.
Así, se aplicaron los ajustes que constan en el cuadro del apartado 3.5.
B.6 Regla de Gasto
Ejercicio Gasto
computable
ejercicio -1
Tasa
referencia
Aumentos y
disminuciones
Límite regla
gasto
Gasto
computable
liquidación
Cumplimiento/
incumplimiento regla
gasto2017 2.998.201,81 2,1 0,00 3.061.164,05 2.779.976,09 Cumplimiento
2018 2.779.976,09 2,4 0,00 2.846.695,52 2.810.842,52 Cumplimiento
2019 2.810.842,52 2,7 0,00 2.886.735,27 3.015.569,01 Incumplimiento
El municipio presentó un gasto computable de 3.015.569,01 €, lo que supone un
incumplimiento de la regla del gasto por importe 128.833,74 €.
Debido a las diferencias de criterio entre la contabilidad presupuestaria y la contabilidad
nacional, en las Entidades Locales se hace necesaria la realización de ajustes a fin de
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adecuar la información presupuestaria a los criterios establecidos en el Sistema Europeo de
Cuentas Nacionales y Regionales.
Así, se aplicaron los ajustes que constan en el cuadro que figuran en el apartado 3.6.
C. Conclusiones Estructura Económica
1. Variables económicas
a. Estado de la liquidación de ingresos: 3.712.109,24 euros.
b. Estado de la liquidación de gastos: 3.646.861,17 euros.
c. Remanente de Tesorería: 2.464.279,32 euros.
d. Ahorro Neto: 158.092,29 euros.
e. Carga financiera: 104.505,29 euros.
f. Endeudamiento: 339.525,93 € (10,06%)
g. Estabilidad Presupuestaria: 66.778,67 euros (Superávit).
h. Regla del gasto: 204.726,49 euros (tasa del 7,28% superior al 2,7%).
2. Causas del incumplimiento
A la vista de los datos anteriores, de los deducidos de los estados de ejecución, y
esencialmente de los emanados del cálculo del límite de empleos no financieros realizados
por esta Intervención en informe relativo al cumplimiento de objetivos de estabilidad, regla
del gasto y límite de deuda pública en la liquidación del ejercicio 2019, se pueden extraer las
siguientes conclusiones que han podido provocar el incumplimiento de la Regla del Gasto y
así podemos citar:
a. La variación del gasto computable ha sido de 204.726,49 euros mientras que
el máximo estaba en 75.892,75. En este sentido se observa que se ha
superado el límite en 128.833,74 euros.
b. Dentro de las posibles causas del incumplimiento, destaca el aumento del
capítulo 1 por importe de 171.869,15 euros debido, como se ha indicado en
el apartado 3.A.2.2, fundamentalmente al incremento de los servicios
extraordinarios y el incremento de las partidas de retribuciones básicas y
complementarias de funcionarios con su correspondiente partida de
Seguridad Social así como Asignación Corporativos.
c. Asimismo, el aumento del capítulo VI en 39.163,17 euros ha contribuido,
aunque en menor medida, al incumplimiento de la magnitud señalada.
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d. Si bien el capítulo IV también se ha visto incrementado respecto del ejercicio
inmediato anterior, y cabría aplicar sobre el mismo también medidas de
contención del gasto, dada la crisis económica consecuencia de la situación
actual en que nos encontramos tras la declaración del Estado de Alarma por
el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de
alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19, se espera que continúe su tendencia al alza dado que se espera
que los Ayuntamientos como administración más cercana al ciudadano
tengan un importante papel en la recuperación económica y la asistencia a
familias y colectivos desfavorecidos.
e. En lo relativo al Capítulo II (Gastos en Bienes Corrientes y Servicios) podemos
ver como este capítulo ha incrementado en el reconocimiento de
obligaciones contraídas con respecto a la liquidación del ejercicio 2018,
pasando de los 805.245,77 euros a los 967.390,41 euros, lo que supone un
incremento de 162.144,64 euros y es sobre el mismo sobre el que habría que
comenzar practicando como a continuación veremos, medidas de contención
del gasto.
f. Finalmente, cabe apuntar los gastos realizados en el ejercicio 2019
pendientes de aplicar al presupuesto que han aumentado de los 34.333,98
euros en la liquidación del presupuesto del ejercicio 2018 a los 61.418,82
euros en la liquidación del presupuesto del ejercicio 2019 de acuerdo con el
siguiente desglose.
1 Pagos pendientes de aplicación 2019 -24.634,472 Pagos de ejercicios anteriores aplicados 105.278,593 Saldo Facturas no reconocidas -142.062,94
TOTAL -61.418,82
Ayuntamiento de Hinojos
Plaza de España nº 2, Hinojos. 21740 (Huelva). Tfno. 959459453. Fax: 959079213
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4.- PLAN ECONÓMICO-FINANCIERO 2020-2021
A. Objetivos.
La liquidación del último año del presupuesto de este Ayuntamiento ha puesto de manifiesto
un aumento del gasto computable, provocada por los aumentos en los capítulos señalados
en el apartado anterior así como en los gastos pendientes de aplicación.
Por ello, los objetivos del Plan económico-financiero buscan equilibrar y estabilizar la
institución en 2020-2021, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
B. Medidas.
El objetivo del Plan económico-financiero no es otro si no acometer a largo del ejercicio 2020
y 2021 las medidas correctoras que resulten necesarias a los efectos de que los empleos no
financieros deducidos de las liquidaciones de los citados ejercicios resulten compatibles con
el cumplimiento de la regla del gasto en el ejercicio 2019.
5.1.- Previsiones y Objetivos
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La previsión para cada uno de los ejercicios del Plan (2020-2021) será la recogida en los
formularios del Modelo Normalizado del Plan Económico Financiero (habilitado en la Oficina
Virtual de Coordinación Financiera de las Entidades Locales del Ministerio de Hacienda y
Administración Pública).
Siendo el objetivo de este Plan económico-financiero buscar el cumplimiento de la Regla del
Gasto de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
En este punto, cabe destacar que se hace harto complicado, dada la situación actual en que
nos encontramos tras la declaración del estado de alarma y la publicación el día 14 de marzo
de 2020 en el BOE del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el
estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19, prever el volumen de ingresos y gastos que se liquidarán a final del ejercicio 2020.
5.2.-Medidas
En relación con el incumplimiento de la Regla de Gasto, hemos de destacar que el Ministerio
de Hacienda viene manteniendo el criterio de que no es necesario implementar medidas con
la aprobación de un PEF cuando el incumplimiento se deba a actuaciones de carácter
coyuntural, al margen de la actividad normal de la Corporación. En este sentido, si el análisis
de las causas del incumplimiento del objetivo de regla de gasto determina que éste se ha
debido a actuaciones de carácter coyuntural, al margen de la actividad presupuestaria
habitual de la Corporación y que, por tanto, no son susceptibles de repetirse, salvo por
razones imprevisibles, el PEF puede reducirse a la plasmación de las causas de
incumplimiento, garantizando que no hay necesidad alguna de implementar medidas
correctoras, pues la ejecución ordinaria del presupuesto permitirá cumplir los objetivos
fijados en la LOEPYSF.
El presupuesto de gasto para 2020 se aprobó con un importe inicial de 3.058.833,95 euros,
de modo que siendo la Tasa de referencia de crecimiento del PIB de la economía española a
medio plazo para el Presupuesto del este año es de 2,9%, de manera que el gasto
computable de Hinojos en este ejercicio, no podría aumentar por encima de la misma, nos
encontramos con lo siguiente:
Gasto computable
2019
Tasa de Referencia Límite regla de gasto Presupuesto ejercicio
20203.015.569,01 2,9% 3.103.020,51 3.058.833,95
En este sentido, aún en el caso de que se ejecutara el 100% del presupuesto de gasto del
ejercicio 2020, a la vista del gasto computable de la liquidación del presupuesto del ejercicio
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2019, la entidad cumpliría con el objetivo de regla de gasto siempre y cuando no se llevaran
a cabo gastos ni pagos pendientes de aplicar al presupuesto.
Todo ello en base a la nueva versión del manual de la aplicación PEFEL2 sobre el Modelo de
Plan Económico Financiero desarrollado en aplicación del artículo 21 de la Ley Orgánica
2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, (Guía de
septiembre de 2015) que se deberá tener en cuenta para las proyecciones de los Planes que
se aprueben a partir de este momento, establece que el límite de la regla de gasto en el
ejercicio n-1 se «corresponde al techo de gasto autorizado para el ejercicio n-1. Para
sucesivos ejercicios, se utilizará como base de cálculo los empleos no financieros
correspondientes al último ejercicio, actualizados por la tasa de referencia autorizada +/-
aumentos y disminuciones».
Lo que se traduce en que a partir del ejercicio en el que se apruebe el Plan Económico
Financiero, se tomará como techo de gasto no el límite de la entidad en base a la tasa de
referencia correspondiente, sino el gasto real ejecutado (por encima de ese límite) en el
ejercicio del incumplimiento.
De manera que la base de cálculo al año para los sucesivos ejercicios de vigencia del Plan,
será el gasto computable incumplido o excedido, permitiendo de esta forma «sobrepasar» la
regla del gasto en los años sucesivos tras la aprobación del Plan Económico Financiero.
Por su parte, por lo que hace a la liquidación del presupuesto del ejercicio 2021, una vez
conocido el gasto computable de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2020 sería
recomendable declarar como crédito no disponible la diferencia entre el gasto computable
de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2020 más la tasa de referencia y el
presupuesto de gasto aprobado inicialmente para 2021, si este último fuera superior, de
modo que la ejecución del 100% del presupuesto no conllevara el incumplimiento de la
citada magnitud.
Partiendo de ello, una vez detectadas y analizadas las causas que motivan este
incumplimiento, teniendo en cuenta la situación económico- financiera de la Corporación a
31/12/2019, así como el presupuesto de 2020, no se considera preciso establecer ninguna
medida estructural para corregir este desequilibrio, pues la aprobación del presupuesto del
ejercicio 2020 con cumplimiento de los principio de Estabilidad presupuestaria, sostenibilidad
financiera y real de gastos, han de propiciar que en 2020 se cumpla con la Regla de Gasto al
liquidar el presupuesto.
No obstante, y a fin de garantizar la consecución de tal objetivo se hará una permanente
evaluación y seguimiento del desarrollo presupuestario, de forma que, ante la primera señal
de existencia de riesgo, se adopten las medidas necesarias para asegurar su cumplimiento,
llegando en última instancia a declarar como crédito no disponible el importe preciso de las
partidas que se estime oportuno.
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Según lo apuntado hasta el momento, y si bien puede entenderse a la vista del análisis
efectuado que el incumplimiento de la Regla de gasto con ocasión de la liquidación del
presupuesto del ejercicio 2019 se debe a las diferencias apuntadas en los capítulos
reseñados, que salvo los relativos a algunas de las partidas del capítulo I como es el caso de
las retribuciones básicas y complementarias de los funcionarios, serían gastos de carácter
coyuntural por lo que siguiendo las directrices del Ministerio no sería necesario implementar
medidas con la aprobación del Plan Económico financiero, sería conveniente en lo relativo a
los Capitulo II, IV y VI del gasto hacer un ejercicio de contención del gasto siendo
OBLIGATORIO se apuntara en la circular interna 1/2020: Sobre los Contratos Menores así
como solicitar la oportuna retención de créditos.
Asimismo, se deberían efectuar las correspondientes retenciones de crédito en los restantes
capítulos de gasto del presupuesto con carácter previo a su autorización, debiendo prestar
especial atención dentro del capítulo I a las nuevas contrataciones así como a los servicios
extraordinarios.
Además, las medidas reseñadas, deberían completarse con el compromiso por parte de esta
entidad de no asumir mayores servicios que implicasen mayores gastos.
Finalmente, cabe añadir que si durante la ejecución del Plan económico financiero se
detectara una desviación relevante de las variables económicas presupuestarias que conlleve
la previsión de incumplimiento de algunos de los objetivos de la normativa de estabilidad
presupuestaria, deberían adoptarse las medidas pertinentes prestando especial atención a
los capítulos II, IV y VI.
5.3.- Conclusiones
Analizada la situación económica de la Corporación derivada de la liquidación del
presupuesto 2019, podemos afirmar que, en general, las magnitudes presupuestarias son
claramente positivas.
Con todo lo dicho con anterioridad se prevé que esta entidad cumpla con el objetivo de
estabilidad presupuestaria y regla del gasto en los ejercicios 2020 y 2021.
El presente Plan tendrá que ser aprobado por el Ayuntamiento Pleno de la Corporación y
remitido en el plazo de cinco días naturales desde su aprobación al Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas para su correspondiente publicación en la web oficial, así como se
deberá dar publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia. Una copia del Plan y mientras esté
vigente, deberá quedar a disposición del público a efectos informativos.
5.4.- Seguimiento y Evaluación del Plan
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El control de cumplimiento de los objetivos del Plan será ejercido por la Intervención de
Fondos, mediante informe trimestral previsto en el artículo 16 de la Orden HAP72015/2012,
de 1 de octubre (modificada por la Orden HAP/2082/2014, de 7 de noviembre) por las que se
desarrollan las obligaciones de suministro previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de
abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
En Hinojos a fecha de firma electrónica.
La Secretaria-Interventora
Fdo. Dª María Martínez Villamor
Ayuntamiento de Hinojos
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