PLIEGO CONDICIONES ALQUILER GRANJA PERDICES APROSUBA 11.pdf

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Calle Europa, 18 06600 Cabeza del Buey (Badajoz) Tfnos: 924 60 10 81 695 48 02 22 Fax: 924 60 10 87 Email: [email protected] PLIEGO DE CONDICIONES PARA ARRENDAMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE LA GRANJA CINEGÉTICA DE APROSUBA 11 Y LA VENTA DE PERDICES REPRODUCTORAS CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato El objeto del contrato es el arrendamiento de LAS INSTALACIONES DESTINADAS A GRANJA CINEGÉTICA, propiedad de APROSUBA 11, ubicada en la finca rústica POLÍGONO 48, PARCELA 151 del término municipal de Cabeza del Buey, así como la VENTA DE LAS PERDICES REPRODUCTORAS DEL PARQUE DE PUESTA de dicha granja. 1.- Descripción de los inmuebles: TERRENO SUPERFICIE APROXIMADA 2,366 ha LINDEROS Norte: Callejón de la Selva Sur: Olivar de herederos de Juan Bautista Gallo Este: cerca de Matías del Campo Oeste: Olivar de los herederos de Rafael Nieto. Destino GRANJA DE PERDIZ ROJA ESPAÑOLA Y OLIVAR Descripción Explotación destinada y autorizada para la cría de una única especie, la Perdiz Roja (Alectoris rufa), para la repoblación de cotos de caza y/o sueltas autorizadas. El terreno incluye olivar, nave de almacén/administración, nave de criaderos, nave de voladeros y zona de reproductoras. Son objeto del presente contrato de arrendamiento únicamente la nave de criaderos, los voladeros, y el parque de puesta. El resto de las instalaciones (olivar y nave almacén) no son objeto del presente contrato de arrendamiento, estando su uso y acceso limitado para el arrendatario, según se expone en el presente pliego de condiciones INMUEBLES QUE SE LICITAN EN ARRENDAMIENTO NAVE DE CRIADEROS Ubicación Polígono 48, Parcela 151 Superficie 270 m 2 totales Destino Salas de cría de perdices Descripción Nave de criadero, que contiene 9 salas de cría para las perdices, de 20 m 2 cada sala (5*4 metros), y un pasillo

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PLIEGO DE CONDICIONES PARA ARRENDAMIENTO DE LAS INSTALACIONES

DE LA GRANJA CINEGÉTICA DE APROSUBA 11 Y LA VENTA DE PERDICES

REPRODUCTORAS

CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato

El objeto del contrato es el arrendamiento de LAS INSTALACIONES

DESTINADAS A GRANJA CINEGÉTICA, propiedad de APROSUBA 11, ubicada en la

finca rústica POLÍGONO 48, PARCELA 151 del término municipal de Cabeza del

Buey, así como la VENTA DE LAS PERDICES REPRODUCTORAS DEL PARQUE DE

PUESTA de dicha granja.

1.- Descripción de los inmuebles:

TERRENO

SUPERFICIE

APROXIMADA

2,366 ha

LINDEROS

Norte: Callejón de la Selva

Sur: Olivar de herederos de Juan Bautista Gallo

Este: cerca de Matías del Campo

Oeste: Olivar de los herederos de Rafael Nieto.

Destino GRANJA DE PERDIZ ROJA ESPAÑOLA Y OLIVAR

Descripción

Explotación destinada y autorizada para la cría de una

única especie, la Perdiz Roja (Alectoris rufa), para la

repoblación de cotos de caza y/o sueltas autorizadas.

El terreno incluye olivar, nave de

almacén/administración, nave de criaderos, nave de

voladeros y zona de reproductoras.

Son objeto del presente contrato de arrendamiento

únicamente la nave de criaderos, los voladeros, y el

parque de puesta. El resto de las instalaciones (olivar y

nave almacén) no son objeto del presente contrato de

arrendamiento, estando su uso y acceso limitado para

el arrendatario, según se expone en el presente pliego

de condiciones

INMUEBLES QUE SE LICITAN EN ARRENDAMIENTO

NAVE DE CRIADEROS

Ubicación Polígono 48, Parcela 151

Superficie 270 m2 totales

Destino Salas de cría de perdices

Descripción Nave de criadero, que contiene 9 salas de cría para las

perdices, de 20 m2 cada sala (5*4 metros), y un pasillo

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con acceso directo a cada sala de criadero. Desde cada

sala de cría se accede a cada voladero por medio de

una puerta.

PARQUE DE VUELO

Ubicación Polígono 48, Parcela 151

Superficie 4.500 m2

Destino VOLADERO DE PERDICES

Descripción

Zona de parque de vuelo, proyectada para un total de

9 voladeros, de 5 m de ancho por 100 metros de largo

cada uno. El cerramiento perimetral está construido

con estructura de postes de acero galvanizado de 2

metros de altura, cogidos al terreno mediante pozos

con hormigón, y tela metálica de simple torsión.

Se encuentran construidos y operativos un total de 5

voladeros, con una superficie total de 500 m2 cada

voladero.

Los techos de los 5 voladeros construidos están

formados por malla galvanizada. Las divisiones

interiores y el techo interior de los 5 voladeros

construidos están formados por malla plástica de 20

mm.

La superficie de cada voladero es de 500 m2, y dispone

de una zona de adaptación al parque de vuelo de 35

m2, que parte desde el límite de la fachada de la Nave

de Criadero. Cada voladero dispone de una puerta de

entrada desde la nave de cría.

PARQUE DE PUESTA

Ubicación Polígono 48, Parcela 151

Superficie 500 m2

Destino Parque de puesta para perdices reproductoras

Descripción

Cerramiento para perdices reproductoras, con una

superficie total de 500 m2. En la zona de reproductores

se encuentran dispuestas en cinco hileras un total de

43 jaulas prefabricadas de chapa galvanizada para 5

parejas reproductoras cada una, con comedero y

bebedero. El recinto del parque de puesta está vallado

por la parte lateral con malla metálica y murete de

hormigón, y malla de sombraje para evitar que se

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asusten las parejas reproductoras. En el techo hay

estructura para colocación de malla de pescador para

sombraje.

2.- Descripción de las perdices en venta:

PAREJAS REPRODUCTORAS

Ubicación Polígono 48, Parcela 151. Parque de Puesta

Número de parejas 205

Destino Producción de huevos para la explotación.

Descripción

En el momento de redacción del pliego, hay 205

parejas reproductoras en el parque de puesta. Las

parejas son de perdiz roja (Alectoris Rufa),

procedentes de la propia Granja objeto de

arrendamiento, de edades entre 1 y 3 años, con una

media de producción por pareja de 41 huevos por año

productivo.

Que dicho terreno se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad de

Castuera, con el número de finca 6.860, en libro 119, tomo 899.

El presupuesto de valoración del inmueble objeto de arrendamiento asciende

a 278.165,00 euros, sin contar el valor del terreno.

El presupuesto de valoración de las parejas reproductoras oscila en el mes

de abril entre 24,00 y 30,00 euros por pareja viva.

El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como

establece el artículo 4.1.p) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector

Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación

La forma de adjudicación del contrato del arrendamiento será el concurso

público, en el que cualquier interesado que cumpla los requisitos del presente pliego

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podrá presentar una oferta.

Para la valoración de las ofertas y la determinación de la mejor oferta

deberá de atenderse a varios criterios de adjudicación.

CLÁUSULA TERCERA. Importe del arrendamiento

El importe del arrendamiento se establece en la cantidad mínima de

4.000,00 euros anuales, que podrá ser mejorado al alza por los licitadores. La

forma de pago será semestral, abonando el 50% a la firma del contrato, y el otro

50% restante a los 6 meses del inicio del contrato.

El precio anual estará sujeto a actualización en función del IPC que se

publique a tal efecto para cada ejercicio.

El importe de la venta de las perdices reproductoras se establece en la

cantidad mínima de 24,00 euros por pareja viva en el momento de la venta,

pagaderos en una sola vez a la firma del contrato de venta, que podrá ser

mejorado al alza por los licitadores.

CLÁUSULA CUARTA. Duración del Contrato

La duración del contrato de arrendamiento se fija hasta el 10 de marzo de

2018, y tendrá carácter prorrogable.

Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con treinta días de antelación a dicha

fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante tres años más.

Al contrato prorrogado, le seguirá siendo de aplicación el régimen legal y convencional al que estuviera sometido.

El régimen de prorroga previsto operará por periodos de tres años, salvo

acuerdo expreso de ambas partes.

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CLÁUSULA QUINTA. Capacidad

Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes, las

personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena

capacidad para ello.

CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar

Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas que tengan plena

capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica.

1. La capacidad de obrar de los licitadores se acreditará:

a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del

documento nacional de identidad.

b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del

CIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional,

en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente

inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de

persona jurídica de que se trate.

CLÁUSULA SÉPTIMA. Presentación de Licitaciones

Las ofertas se presentarán en APROSUBA 11, C/ Europa, 18, en horario de

atención al público, antes del día 17 de abril de 2015, a las 14.00 horas, a la

atención de la Mesa de Contratación.

Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. La presentación de una

oferta supone la aceptación incondicional por el licitador de las cláusulas del

presente Pliego.

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Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres

cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de

notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda

“Oferta para licitar el arrendamiento de “Granja de Perdices de APROSUBA 11 y

para la compra de las perdices reproductoras del parque de puesta”. La

denominación de los sobres es la siguiente:

— Sobre «A»: Documentación Administrativa.

— Sobre «B»: Oferta Económica y Documentación que permita la valoración

de las ofertas según los criterios de adjudicación.

Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias

compulsadas, conforme a la Legislación en vigor.

Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una

relación numerada de los mismos:

SOBRE «A»

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

En este sobre, se incluirá toda la documentación administrativa para participar en la

licitación, conforme al modelo de Anexo I. Se incluirá así mismo la Declaración

responsable conforme al Anexo III.

a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica y la

capacidad de obrar del licitador.

- En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del

documento nacional de identidad.

- En cuanto a personas jurídicas: se acreditará mediante los siguientes

documentos: fotocopia compulsada del CIF; fotocopia compulsada de la escritura o

documento de constitución; fotocopia compulsada de los estatutos o el acta

fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad;

fotocopia compulsada de la inscripción en el Registro público que corresponda,

según el tipo de persona jurídica de que se trate; certificado original del acuerdo

tomado en el órgano de representación (asamblea, junta directiva, etc.), en el que

se acredite el acuerdo tomado en relación a esta licitación.

b) Documentos que acrediten la representación.

— Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, acreditarán la

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representación de cualquier modo adecuado en Derecho.

— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en

el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.

— Igualmente la persona que actúe en representación de otro, deberá

acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su

documento nacional de identidad.

c) Documentos que acrediten la solvencia económica, financiera y

técnica o profesional.

Documento expedido por entidad bancaria que acredite que el licitador tiene

capacidad económica para contratar por importe superior a 25.000,00

euros.

Documento expedido por el licitador (si procede), de personal técnico y

profesional con que cuenta para la ejecución del contrato.

Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones

tributarias con la Hacienda estatal y autonómica, con la Seguridad social, y

con la Junta de Extremadura.

Declaración responsable de tener plena capacidad de obrar y no estar

incurso en ninguna de las causas de prohibición de contratación previstas en

la normativa vigente (según modelo de Anexo III)

SOBRE «B»

OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

En este sobre, se incluirá toda la propuesta económica para participar en la

licitación, conforme al modelo Anexo II.

a) Oferta económica.

Se cumplimentará el Anexo II, donde se especificará la propuesta

económica, y en su caso, las mejoras que se vayan a realizar

b) Documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las

condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación.

Otros documentos acreditativos de los criterios de adjudicación valorables,

según la siguiente cláusula octava, que acompañen a la oferta, según se especifica

en el Anexo II

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CLÁUSULA OCTAVA. Criterios de Adjudicación

La adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la mejor

oferta, teniendo en cuenta los criterios que se establecen en el presente Pliego, sin

atender exclusivamente al precio de la misma.

Los criterios objetivos y vinculados al objeto del contrato para valorar la

oferta son:

CONCEPTOS PUNTOS

Precio de la oferta: por cada 500 € anuales por encima de la oferta mínima establecida para el arrendamiento del inmueble objeto del pliego

1

Precio de la venta: por cada 1 € por pareja reproductora por encima del precio de venta establecido como mínimo

1

Mejoras a implantar en las instalaciones, excluyendo la terminación de voladeros: por cada 1.000,00 euros de inversiones realizadas en mejoras, acreditadas con presupuestos, facturas pro-forma, o proyecto de inversiones

1

Por tratarse el licitador de ganadero a título principal o titular de explotación ganadera prioritaria

1

CLÁUSULA NOVENA. Apertura de Ofertas

El siguiente día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las

ofertas, se procederá a la apertura de los Sobres «A» y se calificará la

documentación administrativa contenida en los mismos.

Si fuera necesario, APROSUBA 11 concederá un plazo de 3 días hábiles para

que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la

documentación presentada.

Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «B», que

contienen las ofertas económicas y los documentos que permitan a la Mesa de

Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de

adjudicación.

Tras la lectura de dichas ofertas, la asociación podrá solicitar cuantos

informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo

a los criterios establecidos en este Pliego.

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CLÁUSULA DÉCIMA. Adjudicación del Contrato

A la vista de la valoración de las ofertas, la Mesa de Contratación propondrá

al licitador que haya presentado la mejor oferta.

La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los licitadores y, se

publicará en los medios que la asociación disponga para ello.

El órgano de contratación formalizará el contrato dentro de los 3 días

siguientes hábiles a la adjudicación.

El órgano de contratación requerirá al arrendatario, tras la firma del contrato

de arrendamiento y del contrato de compra-venta de las perdices, para que en el

plazo de 10 días hábiles, presente la siguiente documentación:

- Constitución de la fianza correspondiente

- Presentación de las Pólizas de Responsabilidad Civil de todas las

instalaciones, Pólizas de los locales (contenido y continente) y la Póliza

de Accidentes Personales

- Solicitud de alta en el registro de explotaciones ganaderas en el registro,

en el caso de no tenerlo.

- Solicitud de cambio de titularidad de la explotación.

- Solicitud de suministro de propano de la explotación.

- Solicitud de cambio de domiciliación de los recibos de agua.

La no presentación de esta documentación será causa de disolución del

contrato, pasando al siguiente licitador con más puntuación.

CLÁUSULA UNDÉCIMA. Fianza

Aunque normalmente, la fianza en arrendamientos suele ser por una

cantidad equivalente a dos mensualidades de arrendamiento, APROSUBA 11, al

considerar que el bien inmueble que alquila tiene una serie de características

especiales y un valor económico muy elevado y que puede deteriorarse

considerablemente, considera oportuno fijar una fianza de 5.000,00 euros, en

metálico o mediante aval bancario, la cual será entregada a la asociación

APROSUBA 11 tras la formalización del contrato.

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CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Peculiaridades del contrato

1. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO:

a) Obtener todos los permisos, licencias y contratos de suministros, etc.,

necesarios para ejercer la actividad, así como cumplir con las obligaciones

fiscales, tributarias, sanitarias y con la Seguridad Social en todos los

aspectos.

b) Mantener todas las instalaciones en el mejor estado posible, comunicando a

la asociación cualquier clase de anomalía o desperfecto que encuentre, tanto

en los bienes muebles como en el inmueble, conforme al inventario incluido

en el contrato.

c) Solicitar permiso a la asociación APROSUBA 11 para cualquier reforma,

mejora, sustitución o cambio en las instalaciones y en el equipamiento.

d) Realizar la inversión de mejoras, en el caso de que lo hayan propuesto en el

procedimiento de licitación, en el plazo y formas establecidos.

e) Hacer frente a los gastos derivados del mantenimiento de la actividad, desde

el momento de la firma del contrato, independientemente del cumplimiento

de los requisitos para la puesta en marcha de la explotación o de la rescisión

del mismo por causas técnicas.

f) Permitir a APROSUBA 11 que realice cuantas inspecciones considere

oportunas a fin de supervisar el estado de las instalaciones y del

equipamiento existente.

g) Suscribir las Pólizas de seguros descritas en la cláusula décima del presente

Pliego.

h) Hacerse cargo de todas las reparaciones y/o desperfectos, ocasionados como

consecuencia de la actividad o de otra índole (fenómenos atmosféricos,

robo, incendio, averías, alimañas, etc.) durante el arrendamiento, por

medios propios o por cobertura mediante seguros.

i) Todas las obligaciones legales vigentes inherentes al arrendamiento objeto

de este contrato.

2. OBLIGACIONES DE APROSUBA 11:

a) En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la

Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

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b) Quedan expresamente excluidos de este contrato la indemnización prevista

en el artículo 34 de la vigente LAU, los derechos de adquisición preferente, y

la posibilidad de subarriendo o cesión a terceros sin consentimiento expreso

del arrendador.

CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Otras consideraciones del contrato

PRIMERO: APROSUBA 11 alquila las instalaciones para una producción de

5.000 perdices anuales, con 5 voladeros operativos. Se establecerá, mediante

contrato, posibilidad de ampliar la capacidad hasta 9.000 perdices, con la

adecuación de los cuatro voladeros restantes, en la forma y plazos establecidos en

dicho documento.

APROSUBA 11 se compromete a terminar, en caso de acuerdo con el

arrendatario, un máximo de 2 voladeros por año.

La asociación APROSUBA 11 cobraría anualmente 800,00 euros más por

voladero terminado cada año (o la cantidad resultante de actualizar el IPC

correspondiente). La actualización del precio del arrendamiento o la diferencia

anual, se abonará en el segundo pago semestral de cada anualidad.

La ampliación de los voladeros irá supeditada a que el arrendatario obtenga

la ampliación de la capacidad de producción.

SEGUNDO: Serán deberes generales del Arrendatario:

Indemnizar a terceros de los daños que les ocasione el funcionamiento de la

granja.

Ejercer por sí la concesión y no concederla o traspasarla a terceros sin el

consentimiento de la asociación.

Sufragar todos los gastos inherentes al funcionamiento de la explotación objeto

de arrendamiento.

Cumplir escrupulosamente las disposiciones vigentes o que en lo sucesivo se

dicten sobre el funcionamiento de este tipo de actividad por los organismos

competentes, sobre los aspectos técnicos, sanitarios y de seguridad o de

cualquier otra índole.

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Permitir que en cualquier momento la asociación o persona en quien delegue,

inspeccione el estado de la conservación y funcionamiento de todas las

instalaciones y adoptar las medidas que en su caso se indiquen.

Cuidar las instalaciones y dependencias interiores y exteriores, así como los

equipos y mobiliario.

Las pólizas de R.C., locales y accidentes, serán presentadas previamente a la

formalización del contrato. Anualmente, el arrendatario justificará la vigencia de

las mismas mediante la presentación de los correspondientes recibos.

TERCERO: RÉGIMEN DE TRANSICIÓN

1. Las instalaciones deberán encontrarse, en el momento de la reversión, en

el mismo estado en que estuvieran en el momento del inicio del contrato, salvo los

normales deterioros por el uso y el transcurso del tiempo.

Todas las mejoras y modificaciones, en su caso, efectuadas por el

arrendatario, revertirán de pleno derecho en beneficio de APROSUBA 11, salvo las

pactadas en contrato en otro sentido.

2. Anteriormente al fin del periodo de contrato en el plazo de un mes

anterior del plazo estipulado, APROSUBA 11 designará un responsable para la

vigilancia de la conservación de las obras e instalaciones y material reversible, el

cual informará a la asociación sobre las reparaciones y reposiciones necesarias para

mantenerlas en las condiciones previstas.

3. En caso de desobediencia sistemática a las disposiciones e instrucciones

de la asociación por parte el arrendatario, o el incumplimiento de sus obligaciones

contractuales, APROSUBA 11 podrá rescindir el contrato de arrendamiento tras tres

advertencias por escrito.

CUARTO: INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Si el arrendatario incumpliere las obligaciones que le incumben, APROSUBA

11 estará facultada para exigir el cumplimiento de las mismas o declarar la

resolución del contrato, aun después de haber optado por el cumplimiento cuando

este resultase imposible.

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QUINTO: RESPONSABILIDADES

1. El arrendatario será responsable civil y criminalmente de los daños que

cause a terceras personas por razón de los elementos que obren en su poder y por

razón de la actividad contractual.

2. También será civilmente responsable de los perjuicios que puedan

irrogarse por medio de los empleados, obreros o personal a sus órdenes en el

desempeño de sus cometidos. Deberá otorgar póliza de accidente para cubrir dichas

responsabilidades.

CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Formalización del Contrato

El contrato se formalizará en documento administrativo, en el que se

transcribirán los derechos y deberes de ambas partes que han sido enumerados en

este Pliego.

El arrendamiento objeto de este contrato deberá ser elevado a escritura

pública en el plazo máximo de un mes desde su otorgamiento, con el fin de acceder

al Registro de la Propiedad oportuno, debiendo soportar los gastos generados como

consecuencia de dicha elevación conforme a lo previsto en la ley.

CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Régimen Jurídico del Contrato

Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá

por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la

normas de derecho privado inherentes al mismo como la Ley de Arrendamientos

Urbanos, el Código Civil, todo ello sin perjuicio de la legislación administrativa

aplicable, como la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las

Administraciones Públicas; el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que

se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; los principios

extraídos de la legislación contenida en el Texto Refundido de la Ley de Contratos

del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de

noviembre y sus disposiciones de desarrollo, para resolver las dudas y lagunas que

pudieran presentarse; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de

derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.

En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por la normativa patrimonial de

las Entidades Locales, cuando resulte de aplicación, y las Normas de Derecho

privado.

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El orden jurisdiccional civil será el competente el conocimiento de las

cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este

contrato.

El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias

que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del

contrato.

Cabeza del Buey, 1 de abril de 2015.

El Presidente El Secretario

Marcelino Sánchez Sereno Jesús Gutiérrez Mora

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ANEXO I

SOLICITUD PARA LICITAR EL ARRENDAMIENTO DE LA GRANJA DE

PERDICES, ASÍ COMO LA COMPRAVENTA DE LAS PAREJAS REPRODUCTORAS DE LA GRANJA CINEGÉTICA DE APROSUBA 11

D. ________________________________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en

______________________________, c/ _____________________, n.º ___, con DNI n.º ___________, y teléfono nº ___________, en

representación de _______________________, con CIF n.º ___________, habiéndose enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la

adjudicación de contrato de arrendamiento de LA GRANJA DE PERDICES DE APROSUBA 11, ASÍ COMO LA COMPRAVENTA DE LAS PAREJAS DE REPRODUCTORAS de dicha granja, hago constar que conozco el pliego que

sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente.

A tal efecto, SOLICITO, participar en el procedimiento de licitación,

para lo cual presento la siguiente documentación administrativa (marcar con una x):

En el caso de personas físicas:

Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

En el caso de personas jurídicas:

Fotocopia compulsada del CIF

Fotocopia compulsada de la escritura o documento de constitución Fotocopia compulsada de los estatutos o el acta fundacional, en los que

consten las normas por las que se regula su actividad Fotocopia compulsada de la inscripción en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate

Documentos que acrediten la representación:

Fotocopia compulsada del poder de representación acreditado de

cualquier modo adecuado en Derecho, otorgado ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.

Certificado original del acuerdo tomado en el órgano de representación competente (asamblea, junta directiva, etc.), en el que se acredite el acuerdo tomado en relación a esta licitación.

Fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.

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Documentos que acrediten la solvencia económica, financiera y

técnica o profesional:

Documento expedido por entidad bancaria que acredite que el licitador

tiene capacidad económica para contratar por importe superior a 25.000,00 euros.

Documento expedido por el licitador (si procede), de personal técnico y profesional con que cuenta para la ejecución del contrato.

Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones

tributarias con la Hacienda estatal y autonómica, con la Seguridad social, y con la Junta de Extremadura.

Declaración responsable de tener plena capacidad de obrar y no estar incurso en ninguna de las causas de prohibición de contratación

previstas en la normativa vigente, según modelo de Anexo III.

En ________________, a ___ de ________ de 201__.

Firma del candidato

(y sello, en su caso)

Fdo.: _____________________

DNI: _____________________

MESA DE CONTRATACIÓN – APROSUBA 11

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ANEXO II

PROPOSICIÓN ECONÓMICA PARA EL ARRENDAMIENTO DE LA GRANJA DE

PERDICES, ASÍ COMO LA COMPRAVENTA DE LAS PAREJAS

REPRODUCTORAS DE LA GRANJA CINEGÉTICA DE APROSUBA 11

D. ________________________________________________, con

domicilio a efectos de notificaciones en ______________________________, c/ _____________________, n.º

___, con DNI n.º ___________, y teléfono nº ___________, en representación de _______________________, con CIF n.º ___________, habiéndose enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la

adjudicación de contrato de arrendamiento de LA GRANJA DE PERDICES DE APROSUBA 11, ASÍ COMO LA COMPRAVENTA DE LAS PAREJAS DE

REPRODUCTORAS de dicha granja, hago constar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente. A efectos de valoración

de criterios, realiza la siguiente PROPUESTA:

CONCEPTOS PROPUESTA

Oferta económica anual para el arrendamiento del inmueble

objeto del pliego (Granja de Perdices)

Oferta económica única por pareja reproductora en venta.

Mejoras a implantar en las instalaciones, excluyendo la terminación de voladeros (deberá presupuestos, facturas pro-forma, y descripción de las inversiones con el plazo de

ejecución de las mismas)

El licitador es ganadero a título principal o titular de explotación ganadera prioritaria (aportar la documentación acreditativa)

En ________________, a ___ de ________ de 201__.

Firma del candidato

(y sello, en su caso)

Fdo.: _____________________DNI: _____________________

MESA DE CONTRATACIÓN – APROSUBA 11

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ANEXO III

DECLARACIÓN RESPONSABLE

D. ___________________________________________, NIF.

__________, con domicilio en la C/ _____________________________, C.P. (___________) de la localidad de

_____________________________________________, en nombre propio o en representación de la empresa: ______________________________, con CIF - NIF: ______________, con domicilio a efecto de notificaciones C/

____________________________, C.P. (__________), de la localidad de ________________________________.

En su calidad de ______________________________ según acredita mediante Escritura de Apoderamiento núm.:__________________, del

protocolo de D. ________________________________________________ Notario de ______________________; bastanteada por la Secretaría

General del Ayuntamiento de Cabeza del Buey.

Declara bajo su personal responsabilidad:

PRIMERO: Que el que suscribe la presente declaración, y en su caso, la empresa en cuyo nombre actúa y el/los Administrador/es de la misma, no

están incursos en ninguna de las causas de prohibición de contratar de las previstas en la legislación vigente.

SEGUNDO: Que el que suscribe la presente declaración, y en su caso, la empresa en cuyo nombre actúa y el/los Administrador/es de la misma, se

encuentra actualmente al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según se acredita en la documentación aportada.

TERCERO: Que el que suscribe la presente declaración, y en su caso, la

empresa en cuyo nombre actúa y el/los Administrador/es de la misma, tiene plena capacidad de obrar.

En ____________________ a ____ de ___________________ de 20 __

Firma del declarante

(y sello, en su caso)

Fdo.: _____________________DNI: _____________________

MESA DE CONTRATACIÓN – APROSUBA 11