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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CONTRATO DE SERVICIOS DE ANALISIS EN REDES E INSTALACIONES DE ABASTECIMIENTO GESTIONADAS POR AGUAS DE BENAHAVÍS
Expediente Servicios 01/2015
Agosto de 2015
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Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Específicas Contrato de Servicios de análisis
en redes e instalaciones de abastecimiento gestionadas por Aguas de Benahavís
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INDICE
OBJETO DEL CONTRATO
2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO………………………………………………….4
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. ..................................................................... 4
4. AMBITO DE APLICACIÓN DEL CONTRATO .............................................................. 5
5. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN, PRECIO DEL CONTRATO Y REVISIÓN DE
PRECIOS ..................................................................................................................... 5
6. DURACIÓN DEL CONTRATO ..................................................................................... 7
7. GARANTIA DE LOS TRABAJOS ................................................................................. 7
8. FIANZAS ........................................................................................................................
9. CAPACIDAD PARA CONTRATAR ............................................................................... 8
10. LUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES .........................
10.1 LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. ..........................
10.2 FORMA DE PRESENTACIÓN. .......................................................................
11. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y VALORACIÓN………………………………..………
12. MESA DE CONTRATACIÓN ..........................................................................................
13. ADJUDICACION ............................................................................................................
14. FORMALIZACION DEL CONTRATO .............................................................................
15. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ...............................................................................
16. DEBERES DEL ADJUDICATARIO .................................................................................
17. CONOCIMIENTO DEL CONTRATO
18. DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS
19. RIESGO DE LOS TRABAJOS
20. OBLIGACIONES SOCIALES Y LABORALES DEL CONTRATISTA
21. SUBCONTRATOS
22. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
23. CONFIDENCIALIDAD
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24. ACREDITACIONES
25. SEGURO
26. JURISDICCIÓN COMPETENTE ................................................................................ 24
Anejo 1: Modelo de oferta económica
Anejo 2: Modelo de aval
Anejo 3 Modelo de declaración aptitud para contratar.
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1. OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto de este Pliego la definición de las condiciones jurídicas, económicas
y administrativas para la contratación del servicio de análisis en redes e instalaciones de
abastecimiento gestionadas por Aguas de Benahavís, que se detallan en el Pliego de
Prescripciones Técnicas, y según el mismo.
2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
La presente contratación es de naturaleza privada de conformidad con lo dispuesto en el art.
20 del TRLCSP.
El contrato que se adjudique y formalice conforme a las presentes cláusulas se regirá por lo
dispuesto en este documento, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en las
Instrucciones reguladoras de los procedimientos de contratación de AGUAS DE
BENAHAVÍS, que tendrán carácter contractual y se encuentran publicadas en el portal
informático o web:
www.aguasdebenahavis.es
En todo lo no previsto en los referidos documentos será de aplicación al contrato, en lo
referente a su preparación y adjudicación, la normativa de contratación pública y, respecto
de sus efectos y extinción, el ordenamiento jurídico privado, salvo lo dispuesto en el artículo
20.2 del TRLCSP para la modificación del contrato.
El contrato que resulte del procedimiento de adjudicación se ajustará al contenido del
presente Pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del mismo. El
desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos o de las Instrucciones, Pliegos
o normas de toda índole que puedan ser de aplicación a la ejecución de lo pactado, no
eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
Será la jurisdicción civil la competente para conocer de las incidencias y/o reclamaciones
que traigan causa de la adjudicación, formalización y ejecución de este contrato.
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante el procedimiento negociado con publicidad en la web.
El procedimiento elegido se justifica por ajustarse económica y jurídicamente a este tipo
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procedimiento según las Instrucciones Internas de Contratación de Aguas de Benahavís
S.A., así como el Real decreto Legislativo 3/2011 que aprueba el Texto refundido de la
Ley Contratos del Sector Público en lo que le fuere aplicable.
4. AMBITO DE APLICACIÓN DEL CONTRATO
El Contrato se aplicará y tendrá plena vigencia en todas las instalaciones y redes que
Aguas de Benahavís S.A. gestione o pueda gestionar, y en aquellas otras de las que
tengan o pudiera tener encargos específicos que pudieran requerir los servicios objeto del
contrato y respecto de los cuales se cursen órdenes específicas de actuación al
adjudicatario.
El periodo de vigencia se iniciará a partir de la fecha de inicio pleno de las actividades
contratadas.
5. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN E INFORMACIÓN Y PERFIL DEL CONTRATANTE.
Nombre oficial: Aguas de Benahavís S.A.
Dirección postal: Plaza Huerto de Salvarito, s/n, Benahavís, Málaga, C.P. 29.679.
Dirección URL del poder adjudicador: www.aguasdebenahavis.es
Perfil del contratante: www.aguasdebenahavis.es
Órgano de contratación: Director Gerente
Para plantear consultas relacionadas con el expediente de licitación, las empresas
licitadores podrán dirigirse a la Entidad Contratante a través de la siguiente dirección de
correo electrónico:
La respuesta a las distintas consultas planteadas será facilitada a través del perfil del
contratante de Aguas de Benahavis.
6. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN, PRECIO DEL CONTRATO Y REVISIÓN DE PRECIOS.
El precio máximo base de licitación para la ejecución de los servicios requeridos será de
VEINTE Y UN MIL EUROS, correspondiente a una anualidad, (21.000€/año), IVA no
incluido.
El valor estimado del contrato, en base a la duración máxima prevista en la cláusula 6 de
este pliego, es de OCHENTA Y CUATRO MIL EUROS (84.000 €).
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El precio del contrato abarca tanto los gastos correspondientes a las prestaciones que
comprenden el objeto del contrato, como todos aquellos que se deduzcan de la ejecución
de dichas funciones. Se incluirá dentro del precio contractual cualquier gasto necesario
para la correcta ejecución del objeto del contrato. Entre otros gastos, en el precio se
considerarán incluidos todos los conceptos especificados en el PPT.
A excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido, en los precios ofertados por el
empresario seleccionado, se considerarán incluidos todos los demás tributos, tasas y
cánones de cualquier índole que sean de aplicación a este contrato, así como todos los
gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia de las obligaciones
contempladas en los pliegos de esta licitación.
Al ser la presente licitación a precios unitarios, el importe indicado como presupuesto
base, no supone tope máximo o mínimo alguno.
Los licitadores podrán formular ofertas económicas mejorando el precio unitario base de
licitación a la baja. Las proposiciones que se presenten superando el mencionado precio
unitario serán desechadas.
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se contemplará como partida independiente.
Debido a la naturaleza de los servicios a contratar, la determinación de este valor
estimado no supone un compromiso de gasto por parte de AGUAS DE BENAHAVIS,
generando obligación de pago exclusivamente, los servicios efectivamente realizados.
Existe el crédito suficiente para atender a las obligaciones económicas que se deriven de
la contratación.
El adjudicatario, mensualmente, y en los primeros días de cada mes, presentará factura
por los importes devengados como consecuencia de su actuación en el mes anterior, y
conforme a lo establecido en PPT. Si dicha facturación es conforme, el pago de su
importe se verificará mediante “confirming” en el plazo legal establecido en la Ley
15/2010 de Modificación de la Ley de Morosidad, desde la fecha de la facturación
aceptada.
El adjudicatario tendrá derecho a la revisión del precio del contrato, de acuerdo con los
siguientes criterios:
- Durante los dos primeros años del contrato, no tendrá derecho a revisión alguna.
- Transcurridos 24 meses desde la adjudicación definitiva, y siempre que el contrato siga
en vigor, los precios se revisaran anualmente para los doce meses siguientes según la
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siguiente formula K= Ht/Ho, siendo Ho el índice de precios de mano de obra de 2015
correspondiente al mes de julio establecido por el Ministerio de Hacienda (con el límite
del 2%), y Ht el precio correspondiente al año inmediatamente inferior al que se aplica la
revisión de precios.
La revisión se aplicará en las liquidaciones devengadas en el período de revisión
exclusivamente. Si hubiese liquidaciones acreedoras de revisión a las que no se les ha
aplicado la misma por demoras en la publicación del índice correspondiente, se practicará
una liquidación complementaria.
Existe el crédito preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven para
Aguas de Benahavís del contrato a que se refiere el presente pliego.
7. DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será de DOS AÑOS, a contar desde el día siguiente a su
formalización.
El contrato deberá formalizarse en la forma y plazo descritos en el presente pliego. No se
podrá iniciar la ejecución del contrato sin su previa formalización.
Se prevé la posibilidad de prórroga del contrato por dos plazos consecutivos de UN AÑO,
salvo denuncia expresa por parte de AGUAS DE BENAHAVÍS, que se deberá realizar
con una antelación mínima de 4 MESES a la finalización del plazo inicial de duración del
contrato o a la finalización de cada una de las prórrogas que, en su caso, se produzcan.
La prórroga se llevará a cabo de forma expresa.
No obstante, por tratarse de trabajos imprescindibles para la prestación por AGUAS DE
BENAHAVIS del servicio público que tiene encomendado, podrá prorrogarse el contrato a
su término final, de forma obligatoria para el contratista, hasta que un nuevo contratista
se haga cargo del servicio.
8. GARANTIA DE LOS TRABAJOS
Aguas de Benahavís determinará si la prestación realizada se ajusta a las prescripciones
establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo la realización de las
prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados. Si los trabajos
efectuados no se adecúan a la prestación contratada, como consecuencia de defectos
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imputables al adjudicatario, quedará exento de la obligación de pago o teniendo derecho,
en su caso, a la recuperación del precio que corresponda.
El plazo de garantía se fija en un año, a contar desde la fecha del acta de recepción de
los trabajos.
9. FIANZAS
a) Provisional: No se exige.
b) Garantía definitiva: Será del 5% del importe de la adjudicación.
Se adjunta modelo de aval como “Anexo II”
La garantía definitiva se devolverá, una vez terminado el plazo de garantía (un año),
siempre que no existan motivos para su ejecución como consecuencia de
responsabilidades del adjudicatario, sin otro trámite que la petición por escrito.
10. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
A) Capacidad para contratar
Podrán tomar parte en el presente expediente las personas naturales o jurídicas,
españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en
ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el art. 60 del TRLCSP y que
gocen de la debida solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Los licitadores deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga
relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o
reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y
materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
En todo caso, las empresas interesadas en participar en el procedimiento deberán contar
con la capacidad y habilitación profesional adecuada para la realización de la prestación.
Los licitadores no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberán
acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los
registros profesionales o comerciales que se indican en el anexo I del Reglamento
General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Las empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico
Europeo, además de acreditar su capacidad de obrar conforme la legislación de su
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Estado de origen y su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, deberán
justificar mediante informe de la respectiva representación diplomática española, que se
acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la
empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la
contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga.
B) Solvencia económica y financiera.
Podrán tomar parte en esta licitación las personas naturales o jurídicas que acrediten la
siguiente solvencia económica y financiera:
- El licitador deberá tener suscrito (con anterioridad a la fecha de finalización del
plazo para formular ofertas) un seguro que cubra la responsabilidad que se derive
por la ejecución de la actividad con cobertura mínima de 500.000 euros, así como
los seguros que le sean obligatorios por el desempeño de su actividad, siendo
necesario acreditar dicha circunstancia en el Sobre nº 1 de Documentación
Administrativa mediante el correspondiente Certificado de vigencia de la
correspondiente póliza, emitido por la compañía aseguradora.
- Estar inscrito como proveedor en el Registro Achilles- REPRO (Central de
compras para Utilities), para acreditar la solvencia económico-financiera
(http://www.achilles.com/es/sectoresindustriales/utilities?option=com_content&vie
w=category&id=471&Itemid=568&select_item=113_260&select_item_113_260=11
8_471), o presentar una declaración responsable de intenciones de solicitar y
obtener el citado certificado.
C) Solvencia técnica o profesional.
Podrán tomar parte en esta licitación las personas naturales o jurídicas que acrediten la
siguiente solvencia:
- Clasificación como contratista de servicios en el Grupo N, Subgrupo 2, Categoría
A.
En caso de licitar en UTE, al menos una de las empresas concurrentes deberá acreditar
íntegramente la experiencia anterior, y deberá participar en la UTE con un porcentaje de,
al menos, el 50%.
En cualquier caso, la presentación de proposición no atribuye más derecho al licitador
que el de ser parte en el proceso y que AGUAS DE BENAHAVÍS valore su oferta de
acuerdo con los términos previstos en los Pliegos por los que se rige el presente contrato.
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11. SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
Las empresas interesadas deberán presentar una solicitud de participación conforme al
modelo que se incluya en el anuncio de licitación, no admitiéndose ningún otro.
Igualmente se presentarán los siguientes documentos:
Sobre nº 1: Documentación Administrativa acreditativa de la capacidad de obrar.
- Copia autenticada notarial o administrativamente del D.N.I. o del documento que
reglamentariamente le sustituya del licitador o su representante.
- Cuando el licitador sea una persona jurídica, (i) copia autenticada notarial o
administrativamente de la Tarjeta de Identificación Fiscal o del documento que
reglamentariamente le sustituya; (ii) copia autenticada notarial o administrativamente de
la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el
Registro Mercantil. En caso de no ser obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil, la
acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de
constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se
regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
- Cuando el licitador actúe por medio de representante, copia autenticada notarial o
administrativamente de Poder Notarial, inscrito en el Registro Mercantil si ello fuera
obligatorio, a favor de la persona que hubiere firmado la proposición en nombre del
licitador, así como del D.N.I., o documento que reglamentariamente le sustituya, de la
persona apoderada.
- Declaración expresa responsable en la que el licitador manifieste no estar él ni la
entidad a la que representa incursa en alguna de las causas de prohibición para contratar
con la Administración previstas en el artículo 60 del de la TRLCSP. Esta declaración
incluirá también la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las
obligaciones tributarias con la Administración tributaria y con la Seguridad Social
impuestas por las disposiciones vigentes.
- Clasificación como contratista de servicios en el Grupo N, Subgrupo 2, Categoría A.
- Acreditación de haber satisfecho el último recibo del IAE o del alta, si ésta se ha
producido en el ejercicio corriente, o, en su caso, acreditación de estar exento de su
pago.
- Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los
términos previstos en el presente pliego.
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- Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se
encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que
presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación,
deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición.
- Declaración de aceptación de comunicaciones y notificaciones por medio de correo
electrónico y/o fax.
Los anteriores documentos podrán ser sustituidos por una declaración responsable
ajustada al modelo recogido como Anexo II al presente PCAP. En este caso, una vez
efectuada la adjudicación y con carácter previo a la formalización del contrato, el licitador
que haya resultado adjudicatario deberá presentar a Aguas de Benahavís toda la anterior
documentación.
En caso de licitadores que concurran en UTE, además, se indicará esta circunstancia,
identificando a las empresas que componen la agrupación y el porcentaje que
representan en la UTE cada una de ellas.
El número máximo de licitadores a seleccionar para presentar ofertas será de SEIS, sin
justificación de su elección.
Se publicará en el perfil de contratante dicha selección de empresas e invitación, sin
necesidad de notificar a cada una de las empresas no seleccionadas.
12. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
12.1.- LUGAR Y PLAZO
Las empresas seleccionadas presentarán sus proposiciones, en el Registro General de
Aguas de Benahavís sito en Benahavís, C/ Huerta de Salvarito s/n, en el plazo que se
indique en la carta de invitación, y en la forma contenida en este pliego.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta
en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión
temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las
propuestas por él suscritas.
La presentación de proposición conlleva la aceptación incondicionada de las cláusulas de
este Pliego y del de Prescripciones Técnicas, que formarán parte del futuro contrato y
que, por tanto, tienen pleno carácter contractual.
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12.2.-FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Las empresas que resulten seleccionadas, y en el plazo que se indique en la invitación,
presentarán las proposiciones tanto en formato papel como digital en un sobre cerrado
(Sobre nº 2) debidamente firmado y sellado, que contenga el nombre del contrato e
indique que se trata de las Ofertas Técnica y Económica.
- Proposición técnica.
Deberá presentarse tanto en formato papel como en formato digital pdf.
Se ajustará al índice siguiente:
1. Medios humanos y materiales a disposición de los trabajos objeto del contrato:
Descripción del equipo humano propuesto para la correcta ejecución de la totalidad de los
trabajos del presente contrato. En el caso del personal operario y técnico responsable de
los trabajos propuestos, se deberá presentar curriculum vitae, donde se especificará el
menos, su formación y la experiencia y capacitación profesional en trabajos similares. En
caso de disponer de personal adicional, que pudiera colaborar como apoyo ante
situaciones excepcionales deberá realizar descripción del mismo. Deberán describirse los
medios materiales a disposición de los trabajos objeto del contrato, especificando sus
características y número.
2. Memoria técnica del desarrollo de los trabajos: Descripción de la propuesta de la
organización y desarrollo de los trabajos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas
de este concurso. Los licitadores presentarán un plan detallado de organización y
desarrollo de los trabajos, que incluya programación, metodología y procedimientos a
utilizar. No obstante, si durante el desarrollo del contrato, se detectara la necesidad o
conveniencia de modificar este planteamiento, en aras a un mejor funcionamiento o
cualquier otra razón, a juicio de Aguas de Benahavís, la empresa estará obligada a
realizar los cambios solicitados.
3. Documentación acreditativa de la disponer de la certificación UNE ENISO/IEC17205
matriz de aguas de consumo.
4. Mejoras sobre la propuesta técnica del pliego.
- Proposición Económica.
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Proposición económica propuesta por el licitador en Euros, conforme al modelo recogido
en el presente pliego. Dicha proposición incluirá la baja que dicha oferta supone sobre el
precio de licitación.
Junto con este anexo, se presentará detalle de precio unitario de cada tipo de análisis
incluyendo todos los trabajos descritos en el PPT.
13. CRITERIOS DE VALORACIÓN Y NEGOCIACIÓN.
La valoración de las ofertas, se realizará atendiendo a los siguientes criterios,
reservándose Aguas de Benahavís la posibilidad de declarar desierto el Concurso.
Valoración técnica sujeta a juicio de valor hasta 40 puntos: las ofertas se valorarán
de 0 a 40 puntos, de acuerdo con la baremación siguiente:
1. Se valorará la puesta a disposición de medios humanos y materiales para la
realización de los trabajos objeto del contrato de 0 a 10 puntos.
2. Se valorará la memoria técnica del desarrollo de los trabajos de 0 a 10 puntos.
3. Se valorará la disposición de la acreditación UNE ENISO/IEC17205 matriz de
aguas de consumo con un máximo de 15 puntos, para el cálculo de este punto
se empleara la siguiente formula: Pe=15xAe/53
Pe: Puntuación de la empresa e.
Ae: Número de acreditaciones según UNE ENISO/IEC17205 matriz de aguas de
consumo incluidos en el análisis tipo completo del RD 140/2003.
4. Se valoraran las mejoras sobre la propuesta técnica del pliego de 0 a 5 puntos.
Valoración económica cuantificable automáticamente: hasta 60 puntos.
El precio máximo admisible de licitación es de VEINTE Y UN MIL euros/año (IVA no
incluido). No se admitirán ofertas cuya propuesta económica difiera a la baja en más de
un 15% de la media aritmética del conjunto de las ofertas presentadas, entendiéndose
como baja temeraria. La valoración de cada oferta (i) se realizará de acuerdo a la
siguiente fórmula:
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Siendo:
Pi: Precio de la oferta i en euros.
Pmin: Precio mínimo admisible ofertado. Sin incurrir en baja temeraria.
Pmax: Precio máximo admisible de licitación ofertado.
Todos los precios se contemplan sin IVA.
El valor obtenido en la fórmula se redondeará a un decimal, de tal forma que si el dígito
correspondiente a las centésimas es superior o igual a cinco se adoptará para las
décimas una unidad más, y en caso contrario se mantendrá el valor de las mismas.
Aguas de Benahavís, podrá pedir, una vez abiertas las ofertas, aclaraciones a los
Concursantes sobre los aspectos técnicos y económicos que a su juicio lo necesiten para
la correcta aplicación y evaluación de los criterios de adjudicación
14. MESA DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación de Aguas de Benahavís estará asistido por aquéllos técnicos
que expresamente designe para el estudio e informe de las ofertas, así como para la
realización de las gestiones relacionadas con la licitación. A tales efectos, se constituirá
una Mesa de Contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 del Real Decreto
817/2009, de 8 de mayo.
15. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, SUBSANACIÓN DE DEFECTOS Y OMISIONES. EXCLUSIÓN.
Para la calificación de la documentación presentada por los licitadores, el órgano de
contratación observará el siguiente procedimiento:
La documentación administrativa (Sobre 1) presentada por los licitadores será calificada
por quien designe el órgano de contratación de Aguas de Benahavís en acto no público.
Deberá dejarse constancia en el expediente de contratación de la relación de
documentos aportados por cada licitador.
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Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se
comunicará por escrito a los licitadores afectados, concediéndose un plazo no superior a
tres (3) días para que los licitadores los corrijan o subsanen.
En este sentido, se considerarán no subsanables los defectos consistentes en la
inexistencia de los requisitos exigidos, y subsanables aquéllos que hagan referencia a la
mera falta de acreditación de los mismos. En todo caso, por lo que respecta a la
calificación de la documentación presentada, será de aplicación lo previsto en las IIC.
No se admitirá en el procedimiento de licitación a aquellos licitadores cuya
documentación tenga defectos no subsanables o que no se hayan subsanado en el plazo
otorgado.
Asimismo, y a efectos de verificar la eventual concurrencia de prohibiciones para
contratar, se podrá requerir al licitador para que presente certificados y documentos
complementarios a los que hubiesen presentado, o bien realicen aclaraciones sobre
éstos. Este requerimiento deberá llevarse a cabo en el plazo máximo de diez (10) días.
Una vez calificada la documentación administrativa y subsanados, en su caso, los
defectos u omisiones advertidos por el órgano de contratación, se procederá a determinar
las empresas que se ajustan a los criterios de selección fijados en el PCAP.
16. APERTURA DE PROPOSICIONES (SOBRES 2 Y 3).
Si de la calificación resultara que la documentación presentada es correcta, el órgano de
contratación o la Mesa de Contratación procederá en acto no público, a la apertura del
Sobre nº 2, que contiene la proposición técnica y se requerirá informe a los servicios
técnicos sobre la ponderación de los criterios correspondientes al sobre nº 2. De la
reunión en la que se proceda a la apertura de este sobre quedará constancia en el
expediente mediante la correspondiente Acta. No se admitirá la presentación de
documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas o,
en su caso, durante el plazo otorgado para la subsanación de defectos.
La apertura del Sobre nº 3 se efectuará, en acto público, en el día y hora señalados por el
órgano de contratación, notificándose la fecha de apertura a los licitadores admitidos vía
e-mail o a través del perfil del contratante de Aguas de Benahavís.
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La ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor se dará a
conocer con carácter previo a la apertura de Sobre nº 3, mediante su publicación en el
Perfil del Contratante.
Las sesiones públicas serán anunciadas en el Perfil del Contratante de Aguas de
Benahavís con, al menos, tres días hábiles de antelación a la fecha de su celebración. En
su caso, la Mesa de Contratación procederá, en sesión no pública, a formular la
propuesta de adjudicación al órgano de contratación, previa solicitud de los informes
técnicos que considere precisos.
En el caso de que varias empresas licitadoras empaten, en cuanto a la proposición
económicamente más ventajosa, tendrán preferencia en la adjudicación aquellas
empresas que hayan declarado tener en su plantilla un número de trabajadores con
discapacidad superior al 2 por cien.
Si varias empresas licitadoras, de las que hubieran empatado en cuanto a la proposición
económicamente más ventajosa, declarasen tener relación laboral con personas con
discapacidad en un porcentaje superior al 2 por cien, tendrá preferencia en la
adjudicación el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con
discapacidad en su plantilla.
Para acreditar los extremos señalados en los dos párrafos anteriores, las empresas
licitadoras incluirán en el Sobre nº 1, la documentación correspondiente.
De persistir el empate tras la aplicación del criterio anterior, o bien, en el supuesto de que
ninguna de las empresas solicitase la aplicación de la preferencia en la adjudicación
regulada en la disposición adicional cuarta del TRLCSP, para dirimir el empate se
procederá a efectuar sorteo.
A la vista de la clasificación por orden decreciente de valoración de las proposiciones, la
Mesa de Contratación propondrá al Órgano de contratación la adjudicación a favor del
licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto
frente a Aguas de Benahavís. No obstante, cuando el órgano de contratación no
adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
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17. ADJUDICACION
Una vez recibido el correspondiente informe técnico de valoración definitiva de las
proposiciones conforme a los criterios contenidos en el pliego de cláusulas
administrativas, la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación al Órgano
de Contratación, el cual procederá a resolver el Concurso y la Adjudicación del concurso.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y se
publicará en el perfil del contratante, concretando y fijando los términos definitivos del
contrato. Se considerará motivación suficiente si en la resolución se asume el informe
técnico de valoración.
En la notificación y en el perfil del contratante se indicará el plazo en que debe
procederse a la formalización del contrato.
El Órgano de contratación podrá desestimar una proposición en caso de considerar que
no puede ser cumplida por ser considerada temeraria o desproporcionada.
18. FORMALIZACION DEL CONTRATO
Con carácter previo a la formalización del contrato y en el plazo de diez días hábiles
desde la notificación de la adjudicación, el adjudicatario deberá presentar la siguiente
documentación:
a) Escritura de constitución de la sociedad y modificaciones, en su caso, donde
figure el objeto que concuerde con la actividad a desarrollar en la ejecución del
contrato, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
b) Documento acreditativo de la representación con que actúa el firmante de la oferta
(escritura de poder, escritura de nombramiento, delegación de facultades,
estatutos, etc) debidamente inscrito en el Registro Mercantil.
c) Copia legitimada del DNI del firmante.
d) Los anteriores documentos no deberán ser presentados por el adjudicatario si ya
constan en los archivos de Aguas de Benahavís.
e) Certificación acreditativa de carecer de deudas con la Seguridad Social.
f) Certificación acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con
la AEAT.
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g) Certificación acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con
la Hacienda Autonómica.
h) Certificado del alta en el Impuesto de Actividades Económicas y último recibo de
pago de tal impuesto.
i) Copia del Seguro de Responsabilidad Civil y documento acreditativo de
encontrarse en vigor, con cobertura mínima de 500.000 € por siniestro.
j) Garantía definitiva, de conformidad con lo señalado en este PCAP.
En caso de haber sustituido la documentación exigida en el Sobre nº 1 por la declaración
responsable, la documentación acreditativa de la solvencia económica-financiera y
técnica o profesional.
De no presentarse la anterior documentación por el adjudicatario, se entenderá que
queda sin efecto la adjudicación y se procederá a dejar sin efecto la misma, dando un
trámite de audiencia al interesado por plazo de 10 días y se procederá seguidamente a
efectuar una nueva adjudicación en favor de la siguiente oferta más ventajosa, de
conformidad con el informe de valoración. En este caso, se confiscará la garantía, en su
caso, y Aguas de Benahavís podrá exigir una indemnización por los daños y perjuicios
causados.
Simultáneamente a la firma del contrato, deberán firmarse por el adjudicatario, tanto el
presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, como el correspondiente
Pliego de Prescripciones Técnicas.
El contrato tendrá naturaleza privada, pudiendo elevarse a público a petición de una de
las partes, siendo los gastos de ello de cuenta del adjudicatario.
19. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El contrato no se entenderá cumplido por el adjudicatario hasta que no haya realizado la
totalidad de su objeto, ejecutándose a su riesgo y ventura.
El incumplimiento por el adjudicatario de cualquier cláusula contenida en el contrato,
autoriza a Aguas de Benahavís S.A. para exigir su estricto cumplimiento, o bien acordar
la resolución del mismo.
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La ejecución de los trabajos se realizará y ajustará en todo momento a las condiciones
del Pliego de Prescripciones Técnicas y las directrices del Departamento de Explotación
de Aguas de Benahavís.
Los trabajadores del contratista no adquirirán, bajo ningún concepto, vínculo laboral con
Aguas de Benahavís y ésta no asumirá responsabilidad alguna respecto de las
obligaciones existentes entre el contratista y sus empleados, aun cuando las medidas
que en su caso adopten sean consecuencia directa o indirecta del cumplimiento,
incumplimiento, interpretación o resolución del contrato.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la fianza y
deberá, además, indemnizar a Aguas de Benahavís S.A. de los daños y perjuicios.
Las causas de resolución del contrato serán las determinadas en la TRLCSP y las
especificas contempladas en el mismo.
El adjudicatario está obligado a guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que,
no siendo públicos o notorios, están relacionados con el objeto del contrato, de los que
tenga conocimiento con ocasión del mismo.
20. DEBERES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario se atendrá además de las obligaciones comprendidas en el contrato y en
los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas Particulares del
presente contrato, a las contenidas en la TRLCSP y en las IIC de Aguas de Benahavís
S.A., y demás normas concordantes.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos
anejos, que forman parte del mismo o de las instrucciones de las normas de carácter
reglamentario o de cualquier otra índole que puedan tener aplicación a la ejecución de los
servicios pactados, no eximirá al Adjudicatario de la obligación de su cumplimiento.
21. DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS
El contratista se responsabilizará de la correcta ejecución de los trabajos, de acuerdo con
las directrices que le comunique Aguas de Benahavís S.A., debiendo utilizar los impresos
y formatos que ésta le indique, entregando a su vez la documentación e informes que se
le requiera.
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Los trabajadores del contratista no adquirirán, bajo ningún concepto, vínculo laboral con
Aguas de Benahavís y ésta no asumirá responsabilidad alguna respecto de las
obligaciones existentes entre el contratista y sus empleados, aun cuando las medidas
que en su caso adopten sean consecuencia directa o indirecta del cumplimiento,
incumplimiento, interpretación o resolución del contrato.
22. RIESGO DE LOS TRABAJOS
Los trabajos objeto del Contrato se ejecutarán, en cuanto a su coste, plazos de ejecución
y artes de la actividad, a riesgo y ventura del Contratista, sin que tenga por tanto, derecho
a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios de cualquier tipo.
El Contratista será responsable de la maquinaria, instrumental y demás medios
materiales utilizados o acopiados en los trabajos, en todas las circunstancias de robo,
incendio, efectos atmosféricos, etc., debiendo cubrirse contra tales riesgos mediante el
seguro correspondiente.
23. OBLIGACIONES SOCIALES, LABORALES Y TRIBUTARIAS DEL CONTRATISTA
El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en material
laboral, de Seguridad, Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales, así como las
dictadas en materia tributaria; y en especial estará obligado a lo siguiente:
a) El contratista asume, como total y único responsable de la obligación de guardar y
hacer guarda las prescripciones dimanantes de la Legislación Laboral, Seguridad Social y
de Prevención de Riesgos Laborales, aplicables al objeto del contrato, que se encuentren
vigentes durante la duración del mismo, siendo de su exclusiva cuenta y abono todos los
gastos que ello ocasionare, así como las consecuencias derivadas del incumplimiento,
siendo de su cuenta el abono de todos los importes que Aguas de Benahavís tuviera que
abonar por sanciones o responsabilidades que se le exigieren por dicho incumplimiento,
la cual detraerá dichas cantidades de las facturaciones que haya de abonar al contratista.
b) La empresa adjudicataria pondrá a disposición de Aguas de Benahavís, en el momento
de la firma del contrato, el alta de los trabajadores a emplear en la prestación de los
trabajos objeto del contrato, en el régimen correspondiente a la Seguridad Social.
Igualmente pondrá a disposición de Aguas de Benahavís copia de los TC-2 o los que
vengan a sustituirlos.
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c) Mensualmente acreditará el mantenimiento en alta de todos los trabajadores
empleados, el pago de cotizaciones y abono de nóminas, Si se hubieran producido
variaciones en el número o identidad de los trabajadores, se hará constar expresamente.
d) Las certificaciones exigidas, de estar al corriente de pago con las Administraciones,
serán renovadas semestralmente.
e) Se deberá acreditar antes del comienzo del contrato, haber dado cumplimiento a la
normativa vigente y aplicable al mismo, en materia de Seguridad Social, Salud Laboral y
Prevención de riesgos Laborales, y a las obligaciones que le impone dicha normativa:
formación a trabajadores, información de riesgos, garantía periódica de salud, certificados
médicos etc.; no pudiendo realizar el servicio objeto del contrato ningún trabajador cuyo
estado de salud no sea apto para el mismo.
f) Deberá poner en conocimiento de Aguas de Benahavís la filiación de cada trabajador
que preste sus servicios a la misma: Nombre y apellidos, categoría profesional, TC-2 del
último mes cotizado, Convenio por el que se rigen, y certificado de haber realizado un
curso de Seguridad de Salud Laboral y Prevención de Riesgos. Estos datos deberán
aportarse para todas aquellas altas que se produzcan.
Toda persona que preste algún tipo de trabajo de los incluidos en los servicios regulados
directa o indirectamente por este Pliego, deberá estar necesaria e ineludiblemente, dado
de alta en la Seguridad Social y amparado por la correspondiente póliza de seguro contra
accidentes.
El Contratista será el único responsable de los daños causados a terceros, como
consecuencia directa o indirecta de los servicios o trabajos que ejecute o motivados por
el personal a su cargo o a cargo de la empresa con la que haya subcontratado o
destajado, cualquiera que sea la causa de los mismos.
24. SUBCONTRATOS, MODIFICACIÓN Y CESIÓN DEL CONTRATO.
El adjudicatario, previo conocimiento y autorización de Aguas de Benahavís S.A., podrá
destajar o subcontratar trabajos que no constituyan parte esencial de los servicios objeto
del contrato con los límites marcados en el artículo 227 TRLCSP, reservándose Aguas de
Benahavís, S.A. el derecho a recusar a aquellos subcontratistas que a su juicio no
reuniesen las condiciones idóneas para ejecutar el trabajo destajado o subcontratado.
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El subcontrato, no exime en modo alguno al Contratista de las responsabilidades
derivadas del contrato. En ningún caso, por tanto, Aguas de Benahavís S.A. reconocerá
derechos ni obligaciones al subcontratista.
Cualquier subcontratista que intervenga en la prestación de los trabajos a efectos
contractuales, lo hará como personal del contratista y por tanto con conocimiento y
sumisión a las condiciones de este Pliego y a las demás del contrato.
El régimen de modificación del contrato se regirá por lo establecido en el Título V del
Libro I del TRLCSP.
En este sentido, el contrato se modificará en caso de producirse adiciones en las
instalaciones o redes gestionadas por Aguas de Benahavís.
Así, al adjudicatario estará obligado a prestar el servicio, al mismo precio ofrecido, en las
nuevas instalaciones o redes que pase a gestionar Aguas de Benahavís.
El contrato no podrá cederse por el contratista, salvo previa autorización por escrito del
órgano de contratación. A tal efecto, deberán facilitarse los datos relevantes del potencial
cesionario, con el fin de comprobar si cumple los requisitos de solvencia. Una vez
comprobado que reúne la solvencia suficiente, el órgano de contratación decidirá
discrecionalmente si autoriza o no la cesión, teniendo en cuenta para ello la necesaria
confianza que debe existir entre entidad contratante y contratista.
En caso de fusión, escisión o transmisión de rama de actividad, el contrato proseguirá
con la entidad resultante siempre que acredite solvencia suficiente, lo que deberá ser
valorado por el órgano de contratación.
25. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
El Contratista o Adjudicatario del contrato objeto de este Pliego, sin perjuicio de las
atribuciones fiscalizadoras que corresponden a Aguas de Benahavís, S.A. y que se
regulan en el mismo, asume la total responsabilidad en la ejecución de los trabajos que
exija la prestación de los servicios, tanto en lo que se refiere a su aspecto técnico,
laboral, de Seguridad Social, así como de Prevención, Seguridad y Salud Laboral.
Las omisiones y contradicciones en los distintos documentos contractuales, así como las
descripciones erróneas de los detalles, no sólo no eximen al adjudicatario de la obligación
de ejecutarlos, sino que por el contrario, le obligan a realizarlos como si hubieran sido
correctas y completamente especificados en todos los documentos.
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26. PROTECCIÓN DE DATOS Y CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario tratará de modo confidencial cualesquiera datos e información de
carácter personal que le sean proporcionados, o a la que tenga acceso directamente, con
motivo de la ejecución del contrato. En este sentido, vendrá obligado al cumplimiento del
contenido de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de
carácter personal y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 1720/2007
de 21 de diciembre, y demás normas concordantes vigentes, o que se promulguen en un
futuro.
Los licitadores podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por
ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o
comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas.
El órgano de contratación no podrá divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella
información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le
hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia
naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco
años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato
establezcan un plazo mayor.
27. ACREDITACIONES
Respecto a los trabajadores que desarrollen trabajos para la consecución de los objetivos
del contrato, el adjudicatario a requerimiento aportará a Aguas de Benahavís, S.A. el alta
en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y en la mutua de accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales y certificación que acredite la no existencia de
deudas por cotizaciones a dicho organismo. Igualmente tendrá a disposición de Aguas de
Benahavís, S.A. copia del libro de matrícula del personal o documento que lo sustituya,
en el que habrán de figurar todos los trabajadores a destinar en la prestación de los
servicios objeto de la presente contratación, así como copia de los modelos de cotización
TC-2 o los que les sustituyeren, en los que habrá de constar la situación de alta de todos
los trabajadores empleados en la prestación de los servicios.
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28. SEGURO
El adjudicatario aportará a Aguas de Benahavís, S.A., antes del inicio de la ejecución de
los trabajos, copia de su seguro de responsabilidad civil, que cubra todas las incidencias
propias y respecto de terceros posibles en la ejecución del presente contrato.
29. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Además de las disposiciones recogidas en este pliego, el adjudicatario deberá observar lo
dispuesto en cualquier otra disposición de carácter sectorial que pueda afectar al objeto
del contrato y a su ejecución.
El órgano jurisdiccional competente para resolver las cuestiones litigiosas que se
planteen en el desenvolvimiento del presente contrato, serán los Juzgados y Tribunales
de Málaga.
Benahavís a 3 de agosto de 2015
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ANEXO I
MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA
D. ............................................................................. con DNI. ............... en nombre y
representación de ................................................. con CIF ………………. Y domicilio
social en ......................................................... MANIFIESTA, que enterado del concurso
para la contratación del “Servicio de análisis en redes e instalaciones de abastecimiento
gestionadas por AGUAS DE BENAHAVÍS S.A.” Exp Servicios 1/2015, convocado por
Aguas de Benahavís S.A. y teniendo capacidad legal para ello el contratista se
compromete a la ejecución de los mencionados trabajos con sujeción a los Pliegos de
Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas por el precio de
............................................. euros/año.
Lo que representa una baja de ………………… del precio de licitación
En el importe total ofertado se entienden incluidos tanto el importe de ejecución material,
como gastos generales, beneficio industrial y todos aquellos gastos contemplados en el
Pliego de Bases así como todos los impuestos dentro de los cuales no está comprendido
el Impuesto sobre el Valor Añadido (21%), de acuerdo con lo especificado en el citado
Pliego.
Asimismo, se obliga al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en materia laboral,
en especial en previsión y seguridad social, así como en materia tributaria.
(Fecha y firma del Licitador)
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ANEXO II
MODELO DE AVAL
GARANTÍA DEFINITIVA
La Entidad Bancaria ..................................................................................... con C.I.F.................................... y en su nombre y representación D. ……………… ................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto según resulta del bastanteo efectuado por.......................AVALA
A..................................., con C.I.F................., en virtud de los dispuesto en el artículo 95 y ss., del Texto refundido de la Ley Contratos del Sector Público, Real Decreto Legislativo 3/2011, en concepto de fianza DEFINITIVA para responder de las obligaciones derivadas de la ADJUDICACION del contrato de servicio de “ANALISIS EN REDES E INSTALACIONES DE ABASTECIMIENTO GESTIONADAS POR AGUAS DE BENAHAVÍS”, Expediente Servicios 01/2015
Ante AGUAS DE BENAHAVÍS S.A. (AGUAS DE BENAHAVÍS) C.I.F.: A…….., por importe de………..
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Este aval podrá ser ejecutado de forma parcial, quedando obligada la entidad avalista por el resto; y mantendrá su validez en tanto que Aguas de Benahavís S.A. no autorice su cancelación. "
EL presente aval ha sido inscrito con fecha ................ en el registro especial de avales con el Nº .........................
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ANEXO III
DECLARACIÓN RESPONSABLE A LOS EFECTOS DE LA CAPACIDAD DE OBRAR A
LA QUE SE HACE REFERENCIA EN EL PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS
PARTICULARES
Don/ña…………………………………………………………….., mayor de edad, vecino/a de
………………., con domicilio en …………………., titular del D.N.I. nº ……………,
expedido en fecha …./…./……., actuando en nombre propio, o actuando en
representación de la entidad……………….., con domicilio social en…………., y NIF nº
………………, con respecto al concurso relativo a la
“…………………………………………”, Expediente………………………..
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD LO SIGUIENTE:
1º.- La empresa a la que ha sido constituida cumpliendo con todos los requisitos
legalmente establecidos y tiene plena capacidad de obrar.
2º.- Dicha empresa posee la solvencia necesaria para realizar las actividades o
prestaciones exigidas, de conformidad con lo dispuesto en el PCAP.
3º.-Las prestaciones que constituyen el objeto del contrato están comprendidas dentro de
los fines, objeto o ámbito de actividad que le son propios, a tenor de lo establecido en sus
estatutos o reglas fundacionales.
4º.- No se encuentran incursos en ninguna de las causas de prohibición para contratar,
señaladas en el art. 60 del Real decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
5º.- Se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la AEAT y
Hacienda Autonómica, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigente.
6º.- A efectos de facilitar las comunicaciones relativas a este procedimiento, muestra su
conformidad para que todas las notificaciones y requerimientos correspondientes al
mismo se les efectúen por medio de correo electrónico, comprometiéndose a acusar
recibo y, a tales efectos, comunica que los datos de contacto son los siguientes:
Denominación completa del licitador:
NIF:
Exp Servicios 1/15.
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Dirección completa:
Código Postal:
Persona de contacto:
Dirección de correo electrónico:
Teléfonos:
Fax:
7º.- En relación a la declaración concerniente de concurrir a esta licitación empresas
vinculadas por encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del
código de comercio, manifiesta (marcar con X lo que proceda):
□ No encontrarse vinculada con ninguna empresa.
□ Ser empresa vinculada, por encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el
artículo 42 del Código de Comercio, presentándose a la licitación las siguientes
empresas.
8º.- Se compromete a presentar los documentos acreditativos de los anteriores requisitos
de capacidad, cuando así sea requerido por el Órgano de Contratación.
En……………………..a……….. de……………….. de………………………
Firmado: