PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS SERVICIO DE … · 24. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER...
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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR EL
CONTRATO PARA EL “SERVICIO DE JARDINERIA Y MANTENIMIENTO DE ZONAS
VERDES DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL DE CERCEDA”, A ADJUDICAR POR
PROCEDIMIENTO ABIERTO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA
DOCUMENTALMENTE SIMPLIFICADA
(NC0004/2016)
Marzo 2016
SERVICIO DE JARDINERIA Y MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL DE CERCEDA Pliego de condicionesGenerales
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ÍNDICE
CUADRORESUMENDECARACTERÍSTICAS....................................................................4
1.‐OBJETO..............................................................................................................................16
2.‐NATURALEZAYRÉGIMENJURÍDICO.......................................................................16
3.‐PROCEDIMIENTOYFORMADEADJUDICACIÓN..................................................18
4.‐DOCUMENTACIÓNQUETENDRÁVALORCONTRACTUAL................................18
5.‐.ÓRGANODECONTRATACIÓNYACCESOALPERFILDELCONTRATANTE..18
6.‐CONSULTASRELACIONADASCONELEXPEDIENTE:..........................................18
7.‐CAPACIDADYSOLVENCIADELASEMPRESAS.....................................................19
8.‐GARANTÍASPROVISIONALYDEFINITIVA.............................................................20
9.‐CONTENIDODELASPROPOSICIONES.....................................................................21
10.‐PROPOSICIONESSIMULTÁNEAS.............................................................................25
11.‐PLAZO,LUGARYREQUISITOSDEPRESENTACIÓNDELASPROPOSICIONES...................................................................................................................26
12.‐MESADECONTRATACIÓN,APERTURADEPROPOSICIONESYPROPUESTADEADJUDICACIÓN...............................................................................................................28
13.‐CRITERIOSPARALAADJUDICACIÓN.....................................................................31
14.‐CLASIFICACIÓNDELASOFERTAS,ADJUDICACIÓNDELCONTRATOYNOTIFICACIÓNDELAADJUDICACIÓN..........................................................................31
15.‐PERFECCIONAMIENTOYFORMALIZACIÓNDELCONTRATO.......................35
16.‐PLAZODEEJECUCIÓNDELCONTRATO................................................................36
17.‐GASTOS,LICENCIAS,PERMISOSYAUTORIZACIONES.....................................37
18.‐OBLIGACIONESDELADJUDICATARIO..................................................................37
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19.‐FORMADEPAGOALADJUDICATARIO.................................................................40
20.‐DERECHOSDELÓRGANODECONTRATACIÓN..................................................41
21.‐CESIÓNYSUBCONTRATACIÓN...............................................................................42
22.‐EXTINCIÓNDECONTRATO......................................................................................42
23.‐GARANTÍASTÉCNICASYPENALIZACIONES.......................................................43
24.PROTECCIÓNDEDATOSDECARÁCTERPERSONALYCONFIDENCIALIDAD.....................................................................................................................................................45
25. RESPONSABLE DEL CONTRATO...................................................................46
ANEXO I..................................................................................................................................49
ANEXO II.................................................................................................................................52
ANEXO III...............................................................................................................................55
ANEXO IV...............................................................................................................................57
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CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Nº: 0004/2016
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A.
1. OBJETO DEL CONTRATO:
El objeto de este expediente es definir el alcance y las condiciones que deberá
cumplir el contrato, respetando los mínimos fijados en el Pliego de Prescripciones
Técnicas, para la prestación del Servicio de jardinería y mantenimiento de zonas
verdes del Complejo Medioambiental de Cerceda.
2. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
Procedimiento de Adjudicación: ABIERTO REGULACIÓN ARMONIZADA
DOCUMENTALMENTE SIMPLIFICADA
Forma de Adjudicación: MULTICRITERIO
Tipo de contrato: SERVICIO
Publicidad: DOUE, BOE, DOG, prensa escrita y plataforma contratación Xunta de
Galicia
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3. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN
El precio máximo de licitación es de 9.300 €/mes sin IVA.
El importe estimado para el primer año de contrato asciende a 111.600 € sin IVA.
El valor estimado del contrato según lo establecido en el RDL 3/2011, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) es
de 446.400 € sin IVA. Las ofertas que superen los precios máximos de licitación
establecidos en el presente pliego serán rechazadas del proceso de contratación, de
conformidad con el artículo 84 del RGCAP.
4. REVISIÓN DE PRECIOS
El precio de adjudicación no sufrirá alteración alguna durante la vigencia del contrato
5. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las proposiciones se presentarán en el siguiente domicilio:
a) SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A. (SOGAMA)
MORZOS, 10 (ENCROBAS) CERCEDA (A Coruña) Tlf: 981698500 Fax: 981686064
b) Plazo de presentación de Ofertas: El plazo de presentación de las ofertas
finaliza a las 13:00 horas del día 18 de abril de 2016.
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6. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:
1. VALORACIÓN TÉCNICA (de 0 a 40 puntos): se valorará la coherencia y la
idoneidad de la propuesta técnica de acuerdo con los criterios siguientes y
con lo solicitado en los apartados Objeto, Alcance, y Propuesta Técnica del
pliego de condiciones técnicas:
Mejor Organización y planificación del servicio y trabajos, incluyendo
detalle de los distintos trabajos a realizar. Hasta 25 puntos, conforme al
siguiente desglose:
Medios Humanos (hasta 5 puntos): Mejor relación de medios
humanos dedicados de forma específica a la ejecución del contrato,
en los que se especificará la categoría, características funcionales,
así como la dedicación anual del personal asignado al servicio
detallando como mínimo el siguiente:
Personal Común o de la estructura de la Empresa (en este
apartado se detallará el personal de desbroce).
Personal Operativo a subrogar.
Plantilla Equivalente para cubrir los puestos del Personal
Operativo por sustituciones, vacaciones y absentismos.
Control de Actividades (hasta 2,5 puntos): Mejor explicación de los
mecanismos y medios de control que se implantarán para el control
de actividades de Jardinería ofertadas.
Coordinación del Servicio (hasta 2,5 puntos): Mejor explicación de los
mecanismos que se implantarán para Coordinar el Servicio con el
Responsable designado por Sogama.
Plan de trabajo (hasta 15 puntos); Mejor Plan ofertado conforme a lo
indicado en el Pliego de Condiciones Técnicas, punto 1.3.
Medios Materiales, Mejor relación de medios materiales, utillaje y
materiales de conservación dedicados en exclusiva a la realización del
servicio. Hasta 15 puntos. La maquinaria ofertada será efectiva,
coherente, idónea, con buenos rendimientos y adaptada a las zonas de
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trabajo.
Aquellas ofertas que no superen el 30% de la valoración técnica, serán
excluidas del procedimiento de licitación, no abriéndose la oferta
económica.
2. VALORACIÓN ECONÓMICA (de 0 a 60 puntos):
En primer lugar se calculará la valoración económica de 1 a 44 puntos por la fórmula
elaborada en el apartado siguiente.
Con el valor obtenido se calculará el valor ponderado desde los 44 puntos iniciales al
valor máximo final de 60 puntos empleando la siguiente fórmula:
6044
Ei
PPunt
Siendo:
Punti = Puntuación oferta económica: De 1 a 60 puntos.
PE = Puntuación obtenida a partir de la fórmula de valoración económica: De 1 a 44
puntos.
VALORACIÓN ECONÓMICA DE 1 A 44 PUNTOS
En función de la proposición económica las ofertas se puntuarán de 1 a 44 puntos
según la fórmula que figura a continuación:
e
eiE
B
BBP
*2.0
)*8,0(*341
para 0,80*Be- < Bi ≤ Be
e
eiE
B
BBP
*25.0
)*55,0(*635
para 0,55*Be< Bi ≤ 0,80*Be
)*55,0(*341
e
iE
B
BP para 0 < Bi ≤ 0.55*Be
Siendo:
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n
BiB
n
im
1
PE = Puntuación económica: De 1 a 44 puntos
Bi = Baja de la oferta para la que se quiere determinar la puntuación calculada
como el porcentaje que represente la diferencia entre el presupuesto base de
licitación (IVA excluido) y el presupuesto de la oferta presentada (IVA
excluido), expresado en tanto por ciento sobre el presupuesto base de
licitación (IVA excluido).
Be = Baja de la oferta más económica de todas las admitidas
Además se tendrá en cuenta que las ofertas que se declaren anormales o
desproporcionadas quedarán excluidas de clasificación de acuerdo con el artículo
152.4 del TRLCSP.
A los efectos de consideración de presunción de ofertas con valores anormales o
desproporcionados se considera que están incursas en esa situación (baja temeraria)
las proposiciones con una Bi que exceda en 0,5 *´al valor de la “baja de referencia”
Br
Presunción de temeridad: Bi > Br + 0,5 * ´
Siendo:
Br = mínimo [Bm , B´m]
Bm=Baja media calculada
Bi = Baja de la oferta para la que se quiere determinar la puntuación calculada
como el porcentaje que represente la diferencia entre el presupuesto base de
licitación (IVA excluido) y el presupuesto de la oferta presentada (IVA
excluido), expresado en tanto por ciento sobre el presupuesto base de
licitación (IVA excluido), de todas las proposiciones admitidas, incluyan o no
valores anormales o desproporcionados.
n = Número de ofertas admitidas tras el análisis de la documentación
presentada en los sobres A y B, incluyan o no valores anormales o
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n
BBn
imi
1
2
desproporcionados
= desviación típica calculada
B´m = media aritmética de las bajas de las ofertas que cumplan la condición
siguiente
( Bm – σ ) ≤ Bi ≤ ( Bm + σ )
´= desviación típica de las bajas de las ofertas que cumplen la condición
anterior
A los efectos de establecer esta media se tendrá en cuenta que cuando las empresas
que formen parte de un mismo grupo, según los supuestos de artículo 42.1 del
Código de Comercio, presenten distintas proposiciones, se tomarán únicamente la
oferta más baja de todas las del grupo.
OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS:
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada
o anormal, se dará audiencia al licitador que la presentara para que justifique la
valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular a lo que se
refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las
soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que
disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas,
con respeto a las disposiciones relativas a la protección del empleo y a las
condiciones de trabajo vigentes en el lugar en el que se va a realizar la prestación, o
la posible obtención de alguna ayuda de Estado.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y
el informe emitido por el servicio técnico, estima que la oferta no puede cumplirse
como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, será
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excluida de la clasificación, atendiendo a los criterios de adjudicación, de las
proposiciones presentadas.
Las proposiciones de carácter económico que presenten individualmente sociedades
pertenecientes a un mismo grupo no podrán ser consideradas a los efectos de
establecer el precio de referencia para valorar las ofertas económicas e identificar las
que deben considerarse como desproporcionadas o temerarias. De esta forma,
presentadas distintas proposiciones por estas empresas, se tomará únicamente para
aplicar el régimen de ofertas desproporcionadas o anormales la oferta más baja,
produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido
para la apreciación de las ofertas desproporcionadas o anormales respecto de las
restantes ofertas presentadas por empresas del grupo.
CRITERIOS DE DESEMPATE:
Si se presentan dos o más ofertas iguales que resulten ser las más ventajosas, al
amparo de la disposición adicional cuarta, párrafo primero del TRLCSP, prevalecerán
aquellas que cumplan los requisitos de preferencia que se señalan a continuación:
En primer lugar:
La empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica cuente en su plantilla
con un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento.
Si varias empresas licitadoras de las que hayan empatado en cuanto a la
oferta más ventajosas acreditaran tener relación laboral con personas con
discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en
la adjudicación del contrato del licitador que disponga del mayor porcentaje de
trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
A empresa dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de
personas en situación de exclusión social.
En el caso de existir empate, la relación laboral con personas con discapacidad se
acreditará mediante la aportación por parte de las empresas, en el momento de la
licitación, de la siguiente documentación:
1.- Documento TC2 (relación nominal de trabajadores) correspondiente a todo el
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personal de la empresa.
2.- Relación de los trabajadores fijos discapacitados acompañada de la resolución o
certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad.
3.- Contrato de trabajo de los trabajadores fijos discapacitados.
El porcentaje de contratos de trabajadores fijos discapacitados deberá mantenerse
durante el tiempo que dure la ejecución de la prestación objeto del contrato
adjudicado, o si es el caso, durante el plazo de garantía, si la ejecución no se
realizara en tracto sucesivo. El incumplimiento de tal condición será causa de
resolución del contrato adjudicado debiendo constar en el mismo como tal causa de
resolución.
En segundo lugar:
Conforme a lo establecido en el artículo 28.1 del Decreto 33/2009, del 21 de enero,
por el que se regula la promoción de la igualdad en las empresas y la integración del
principio de igualdad en las políticas de empleo (DOG núm. 35, de 19 de febrero de
2009), la obtención de la Marca Galega de Excelencia en Igualdade da derecho a una
preferencia en la adjudicación de los contratos de la comunidad autónoma.
Si la empresa hiciese uso de esta preferencia, estará obligada a mantener los
parámetros de igualdad durante el plazo fijado en la adjudicación que, si el contrato
resultase de ejecución sucesiva, será igual a su duración temporal.
De ser el caso, las empresas deben acreditar estar en posesión de la Marca Galega
de Excelencia en Igualdade, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de dicho
Decreto.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.4 de la Ley 2/2007 de 28 de marzo,
del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia, las empresas que implantasen un
plan de igualdad tendrán preferencia en la adjudicación de los contratos de la
Comunidad Autónoma de Galicia siempre y cuando las ofertas presentadas igualen
en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos
que sirvan de base para la adjudicación
Las empresas deben acreditar la implantación del plan de igualdad. En virtud de lo
establecido en el artículo 11.1 del Decreto 33/2009, del 21 de enero, por el que se
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regula la promoción de la igualdad en las empresas y la integración del principio de
igualdad en las políticas de empleo, la acreditación de la implantación del plan de
igualdad en las empresas, se realizará mediante certificación expedida por la persona
titular de la Secretaría Xeral del departamento de la Administración Autonómica
competente en materia de trabajo, luego de solicitud de la empresa interesada.
En tercer lugar:
La empresa que tenga una mayor valoración técnica.
En el caso de existir igualdad en la puntuación total alcanzada y en la aplicación de la
preferencia señalada anteriormente, tendrá prioridad la oferta de la empresa que
reúna más de una de las características indicadas.
Resultará adjudicataria aquella empresa licitadora que obtenga la mayor puntuación de
la total posible según la aplicación del baremo anterior.
7. GASTOS DE PUBLICIDAD
Importe máximo a pagar por el adjudicatario: 1.200€ sin IVA.
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8. MESA DE CONTRATACIÓN
La mesa de contratación estará compuesta por:
a. Presidente: el Presidente de SOGAMA, S.A. o en quien este delegue.
b. Vocal 1: Director General de SOGAMA, S.A.
c. Vocal 2: Representante de la Intervención Xeral de la Xunta de Galicia, si se
considera conveniente por esta última.
d. Vocal 3: Representante de la Consellería de Medio Ambiente e Ordenación do
Territorio.
e. Vocal 4: Representante del Departamento económico-financiero de SOGAMA,
S.A.
f. Secretario: Representante de la Asesoría Jurídica de SOGAMA, S.A.
9. GARANTÍA PROVISIONAL: No se exige
10. GARANTÍA DEFINITIVA: 5% del importe de adjudicación excluido el IVA.
11. CONSULTAS RELACIONADAS CON EL EXPEDIENTE:
Para cualquier consulta relacionada con este Pliego de Condiciones, el ofertante
podrá dirigirse al teléfono, fax o dirección postal y electrónica apartado 6 de este
pliego.
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12. PLAZO DE EJECUCIÓN
El contrato se realizará por un periodo de tres años desde el momento en el que
el adjudicatario comience la ejecución de los trabajos objeto del mismo,
pudiéndose prorrogar un año más de forma expresa, hasta un máximo de 4 años
(contrato más prórroga).
13. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
Según los criterios recogidos en el artículo 74 del RDL 3/2011, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público
(TRLCSP), los licitadores nacionales podrán acreditar su solvencia mediante la
presentación de el/los correspondiente/s certificado/s de clasificación de
empresas, que para este contrato son:
Grupo O (Servicios de conservación y mantenimiento de bienes
inmuebles).
Subgrupo 6 (Conservación y mantenimiento de montes y jardines).
Categoría 1. (Anualidad media inferior a 150.000 €uros).
Para los licitadores pertenecientes a países de la Unión Europea, deberán
acreditar su solvencia mediante los certificados de clasificación o documentos
similares que acrediten la inscripción en las listas oficiales de empresarios
autorizados para contratar, establecidas por los miembros de la Unión Europea.
De no tener certificados de clasificación o documentos similares, podrán
acreditar su solvencia de conformidad con lo establecido para los licitadores de
países extracomunitarios que se citan en el párrafo siguiente.
Para los licitadores pertenecientes a países extracomunitarios, deberán justificar
su solvencia económica, financiera y técnica de acuerdo con el siguiente:
Solvencia económica y financiera: mediante la acreditación del volumen anual
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de negocio referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos
por un importe igual o superior a 111.600 euros
Solvencia técnica: se acreditará mediante una relación de los principales
servicios o trabajos relacionados con conservación de montes y jardines
realizados en los últimos cinco años, avalados por certificados de buena
ejecución que incluya importes, fechas y el destinatario público o privado,
de los mismos. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado
en el año de mayor ejecución sea igual o superior 78.120 euros
Los licitadores nacionales y los comunitarios con sistemas de clasificación
similar, podrán acreditar la solvencia económica, financiera y técnica bien
mediante la presentación del certificado de clasificación de servicios citado
anteriormente o por medio de los requisitos establecidos en los dos
párrafos anteriores.
En el caso de ofertas presentadas por empresarios o licitadores
englobados en una UTE, se tendrán en cuenta a la hora de valorar la
clasificación las reglas contenidas en el Reglamento General de Contratos
de las Administraciones Públicas (RGCAP)
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NATURALEZA Y EXTENSIÓN DE LAS NECESIDADES A SATISFACER A TRAVÉS
DE LA PRESENTE LICITACIÓN.
1.- OBJETO
El objeto del presente pliego de condiciones es definir el alcance y las condiciones
que deberá cumplir el contrato para la prestación del servicio de jardinería y
mantenimiento de zonas verdes del Complejo Medioambiental de Cerceda con el
objeto de cumplir con lo solicitado en el presente pliego.
2.- NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato que se suscriba al amparo del presente Pliego tendrá naturaleza
privada, y se regirá:
a) En cuanto a su preparación y adjudicación, por lo establecido en el presente
Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación:
1. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público
(TRLCSP)
2. Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas, en todo aquello que no resulte contrario al TRLCSP.
3. Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento que desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de
octubre.
b) En cuanto a sus efectos y extinción, por las normas de Derecho Privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para
resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación de
los contratos sujetos a regulación armonizada. Por su parte, el orden
jurisdiccional civil será el competente para resolver las cuestiones que se
susciten en relación a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos
privados.
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Los licitadores renuncian expresamente al foro jurisdiccional que, en su caso,
pudiera corresponderles, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los
juzgados o tribunales de la ciudad de A Coruña.
Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación previo a la
interposición del contencioso-administrativo, los actos que a continuación se
relacionan.
Este recurso tiene carácter potestativo y, en su caso, se interpondrá ante el
Tribunal Central de Recursos Contractuales (TACRC) dirección Avda. Gral.
Perón, 38; 28020-Madrid (http://tribunalcontratos.gob.es), en el plazo y forma
señalados en el artículo 44 de la TRLCSP.
Podrá interponer el recurso toda persona física o jurídica cuyos derechos o
intereses se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las
decisiones objeto de recurso.
Actos recurribles:
Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos
contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la
contratación.
Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de
adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente
sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el
procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a
derechos o intereses legítimos. Se consideran actos de trámite que
determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos
de la Mesa de Contratación por los que se acuerde la exclusión de
licitadores.
Los actos de adjudicación adoptados por los poderes
adjudicadores.
No procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios
contra los actos antes enumerados, salvo, en caso de existir, la
excepción prevista en el artículo 41.3 del TRLCSP respecto de las
Comunidades Autónomas.
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Contra la resolución del recurso sólo procederá la interposición de recurso
contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
De conformidad con el artículo 43del TRLCSP, las personas físicas y jurídicas
legitimadas podrán solicitar ante el TACRC la adopción de medidas provisionales.
3.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del contrato objeto del presente Pliego de Condiciones
Particulares será adjudicado mediante procedimiento abierto sujeto a regulación
armonizada, de tal manera que la adjudicación del mismo recaerá en la oferta
económicamente más ventajosa de conformidad con los criterios de valoración
contenidos en el presente Pliego deCondiciones Particulares.
4.- DOCUMENTACIÓN QUE TENDRÁ VALOR CONTRACTUAL
Tendrán valor contractual los siguientes documentos con el siguiente orden de
prelación:
- Documento de formalización del contrato.
- Pliegos deCondiciones Particulares y Prescripciones Técnicas.
- Oferta del licitador adjudicatario, aceptada por SOGAMA, S.A.
5.-.ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y ACCESO AL PERFIL DEL CONTRATANTE
El órgano de contratación de SOGAMA para este expediente será el Consejo de
Administración de la Sociedad.
El acceso al perfil del contratante de SOGAMA se realizará de la siguiente forma:
Acceso página web www.SOGAMA.es, o en la Plataforma de Contratación de la
Xunta de Galicia página web www.contratosdegalicia.es.
6.- CONSULTAS RELACIONADAS CON EL EXPEDIENTE:
Para cualquier consulta relacionada con los Pliegos de Prescripciones Técnicas y
Administrativas, el ofertante podrá dirigirse al teléfono, fax o dirección postal y
correo electrónico que a continuación se señala:
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SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A. (SOGAMA)
MORZOS, 10 (ENCROBAS) CERCEDA (A Coruña) Tlf: 981698524 Fax: 981686064 Correo electrónico : [email protected]
7.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS
1. Estarán facultadas para contratar con SOGAMA, S.A. las personas físicas y
jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no
se hallen incursas en algunas de las prohibiciones comprendidas en el art. 60
del TRLCSP.
2. Así mismo, será requisito para contratar con SOGAMA, S.A., que las
personas físicas y jurídicas tengan una finalidad o actividad relacionada
directamente con el objeto del contrato y dispongan de una organización con
elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del
contrato.
La solvencia económica, financiera y técnica se acreditará según los
criterios establecidos en el cuadro resumen de características de este
Pliego de Condiciones.
En el caso de uniones de empresarios y para los casos en que sea exigible
clasificación, será requisito básico que todas las empresas que concurran a
la licitación del contrato hayan obtenido previamente clasificación como
empresas de obras o como empresas de servicios en función del tipo de
contrato (obras o servicios).
En el caso de Integrantes de las uniones temporales pertenecientes a
países de la Unión Europea, deberán presentar los certificados de
clasificación o documentos similares que acrediten la inscripción en las
listas oficiales de empresarios autorizados para contratar, establecidas por
los miembros de la Unión Europea.
En el caso de integrantes de las uniones de empresarios pertenecientes a
países extracomunitarios, deberán justificar su solvencia económica,
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financiera y técnica en función de lo previsto en los artículos 74 A 79 (A.I.)
del TRLSCP.
3. De presentarse a la licitación uniones de empresarios que se constituyan
temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las
mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a
su favor, será necesario que los empresarios integrados en ella indiquen sus
nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada
uno de ellos y que asuman el compromiso de constituirse formalmente en
unión temporal, caso de resultar adjudicatarios.
Asimismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante
SOGAMA, S.A. y nombrar un representante o apoderado único de la
agrupación con poderes bastantes ante dicha Sociedad para ejercitar los
derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la
extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados
que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración
de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del
contrato hasta su extinción.
4. Si durante la tramitación del presente expediente de contratación y antes de
la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una
empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su
patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la
sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión
o la adquiriente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de
capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia y
clasificación en las condiciones exigidas en los Pliegos deCondiciones
Particulares y Prescripciones Técnicas , para poder participar en el
procedimiento de adjudicación, de conformidad con el art. 149 del TRLCSP.
8.- GARANTÍAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA
1. No se exige garantía provisional a los que deseen tomar parte en el presente
procedimiento de licitación.
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2. En caso de exigirse, la garantía provisional podrá ser constituida en
cualquiera de las formas establecidas en el art. 96delTRLCSP, y con sujeción
a las demás condiciones fijadas reglamentariamente.
3. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, una vez se efectúe la
adjudicación del contrato o se declare desierta la licitación. Esta garantía
provisional será incautada a las empresas que retiren injustificadamente su
proposición antes de la adjudicación.
4. El licitador que resulte propuesto como adjudicatario deberá acreditar, en
cualquiera de las modalidades especificadas en el artículo 96delTRLCSP en
el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que
hubiera recibido requerimiento a tal efecto del órgano de contratación, la
constitución de una garantía definitiva por importe del 5% del importe de
adjudicación excluido el IVA, el cual se calculará tomando como base el
precio ofertado y la duración del contrato, debiendo acreditarse su
constitución mediante la entrega del correspondiente justificante ante el
órgano de contratación. De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en
el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, siendo
de aplicación lo dispuesto en el artículo 151.2, párrafo tercero, del TRLCSP.
5. Se acompaña al Pliego un modelo de aval bancario como Anexo I y modelo
de certificado de seguro de caución como Anexo II.
9.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
La documentación para la presente licitación se presentará en sobres cerrados,
de forma que se garantice la confidencialidad de la oferta, identificado en su
exterior, con indicación de la licitación a la que concurre, y firmado por el
licitador, o la persona que lo represente, e indicación del nombre y apellidos o
razón social de la empresa.
Las proposiciones se ajustarán a los modelos que se incorporan al presente
Pliego y se efectuarán en tres sobres, debidamente cerrados y sellados,
identificados con las letras A, B y C. En el exterior de cada sobre deberán
indicarse los datos de los ofertantes y su representante firmando los mismos y
deberán poner una dirección de correo electrónico y un número de fax a los
efectos de las notificaciones que sea preciso realizar durante el desarrollo del
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procedimiento de contratación. Se indicará en el exterior de cada sobre el
número de inscripción del licitador en el Registro de Contratistas de Galicia, en
caso de estar inscrito en dicho registro.
En cada uno de los sobres se incluirá la documentación que a continuación se
indica:
9.1.- Sobre A – Documentación Administrativa
En el Sobre A figurarán los siguientes documentos, originales o copias de los
mismos que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación
vigente, acompañados, en hoja independiente, de una relación de todos los
documentos que el licitador incluya en este sobre.
a) Documentación acreditativa de la personalidad empresarial, la
capacidad de obrar de los licitadores y la representación .
Dado que se trata de un procedimiento de contratación documentalmente
simplificado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la ley
14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público
autonómico, y en el artículo 146.4 del TRLCSP, el licitador deberá
presentar declaración responsable conforme al modelo previsto como
ANEXO IV a este pliego de condiciones. En todo caso, y de acuerdo con lo
establecido en el artículo 146.4 del TRCSP, el órgano de contratación, en
orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá solicitar, en
cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación,
que los candidatos aporten la documentación acreditativa del cumplimiento
de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
En el supuesto de que se presenten proposiciones suscritas
conjuntamente por varios licitadores como Unión Temporal de Empresas
(UTE), todos los integrantes de dicha UTE deberán cubrir el ANEXO IV de
este pliego, incorporando además un compromiso por los licitadores para
constituir una UTE en el caso de que sean adjudicatarios. En todo caso,
los empresarios que deseen concurrir integrados en ellas deberán indicar
en la propuesta los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la
participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de
constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar
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adjudicatarios, así como la designación de un apoderado único de la UTE
con poder bastante para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones
que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo. El escrito habrá
de estar firmado por los representantes de las diversas empresas
promotoras.
b) Solvencia económica, financiera y técnica
Los licitadores, tanto nacionales como extranjeros, deberán justificar su
solvencia económica, financiera y técnica con arreglo a lo dispuesto en el
cuadro de resumen de características de este pliego de condiciones.
c) Resguardo garantía
En este sobre deberá introducirse el correspondiente justificante de haber
constituido la garantía provisional ante el órgano de contratación exigido en el
apartado correspondiente de este pliego de condiciones.
d) Inscripción en el Registro General de Contratistas de la Xunta de
Galicia
En el caso de que el licitador se encuentre inscrito en el registro general de
contratistas de la Xunta de Galicia, deberá incorporar al sobre A una copia de
la certificación en la que consten los datos que obran en el registro.
9.2.- Sobre B – Propuesta técnica
Propuesta Técnica
En este sobre se incluirá la Propuesta técnica que recogerá los siguientes puntos, los
cuales servirán para evaluar y puntuar la oferta técnica presentada al procedimiento:
A. Mejor Organización y planificación del servicio y trabajos, incluyendo detalle
de los distintos trabajos a realizar, conforme al siguiente desglose:
Medios Humanos: Mejor relación de medios humanos dedicados
de forma específica a la ejecución del contrato en los que se
especificará la categoría, características funcionales, así como la
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dedicación anual del personal asignado al servicio detallando
como mínimo el siguiente:
Personal Común o de la Estructura de la Empresa (en
este apartado se detallará el personal de desbroce).
Personal Operativo a subrogar.
Plantilla Equivalente para cubrir los puestos del Personal
Operativo por sustituciones, vacaciones y absentismos.
Control de Actividades: Mejor explicación de los mecanismos y
medios de control que se implantarán para el control de
actividades de Jardinería ofertadas.
Coordinación del Servicio: Mejor explicación de los mecanismos
que se implantarán para Coordinar el Servicio con el Responsable
designado por Sogama.
Planta de trabajo; Mejor Plan ofertado conforme a lo indicado en el
Pliego de Condiciones Técnicas, punto 1.3.
B. Medios Materiales, Mejor relación de medios materiales, utillaje y materiales
de conservación. Se detallaran (marca, modelo, características técnicas y nº
de unidades), tanto de la maquinaria permanente como de la maquinaria con
disponibilidad parcial. La maquinaria ofertada será efectiva, con buenos
rendimientos, coherente, idónea y adaptada a las zonas de trabajo.
Con el objeto de facilitar el estudio y la valoración de las ofertas, la propuesta técnica
que presente cada ofertante, no podrá exceder de 40 páginas impresas a una sola
cara, modelo DIN-A4, mecanografiadas con un interlineado mínimo de 1,5 líneas y con
una letra de tamaño de 11 puntos o superior. La inclusión de una oferta que supere el
número máximo de páginas dará lugar a que sólo se evalúe lo desarrollado hasta el
máximo permitido.
Aquellas ofertas que no superen el 30% de la valoración técnica, serán excluidas
del procedimiento de licitación, no abriéndose la oferta económica.
Se rechazarán aquellas ofertas en las que el examen de la documentación
técnica, permita conocer o deducir el importe de la oferta económica.
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Cada uno de los puntos anteriores, se entregarán debidamente identificados de
tal forma que en el acto de apertura del sobre “B” se pueda comprobar por la
Mesa de Contratación la inclusión de todos ellos.
9.3.- Sobre C – Propuesta económica
La propuesta económica se cumplimentará de acuerdo al Anexo III de este Pliego de
Prescripciones, y consistirá en un precio único mensual expresado en euros/año (IVA
excluido) y se acompañará a título informativo de un desglose que el Ofertante estime
de interés para el desarrollo de los trabajos.
El precio de la Oferta será la contraprestación por la gestión totalmente ejecutada,
independiente de los medios a utilizar, o si estas medidas han sido o no, incluidas en
la Oferta. SOGAMA no aceptará la petición de NIGÚN TIPO DE SOBRECOSTES. Las
propuestas económicas han de tener en cuenta, inexcusablemente, todos los aspectos
necesarios para cumplir con toda la normativa legal aplicable.
El precio ofertado no sufrirá alteración durante la vigencia del contrato.
El hecho de que en la redacción de los presupuestos de la oferta económica, no se
incluyan o reflejen determinadas partidas, necesarias para el normal desarrollo del
presente servicio, o cualquier otro concepto no incluido de forma específica en este
Pliego pero que sea de aplicación por aplicación de los documentos que forman parte
integrante de este Pliego de Concurso, no implica la exoneración de su cumplimiento a
cargo del Adjudicatario.
La inclusión de la documentación en un sobre distinto a los señalados será causa
automática de exclusión de la licitación.
10.- PROPOSICIONES SIMULTÁNEAS
1. En la licitación del contrato regulado en el presente Pliego, cada licitador no
podrá presentar más de una proposición.
2. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo
ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal de
empresas.
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3. La infracción de lo previsto en los dos párrafos anteriores dará lugar a la no
admisión de todas las propuestas suscritas por el licitador.
11.- PLAZO, LUGAR Y REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
11.1.- Lugar y plazo de presentación de las proposiciones
1. El plazo de presentación de las proposiciones, junto con la documentación
preceptiva, finaliza a las 13:00 horas del día 18 de abril de 2016.
2. En cuanto al lugar de presentación de las proposiciones, éstas deberán
presentarse en la sede de SOGAMA, S.A, situada en Calle Morzós, 10,
Bajo, 15.187, San Román-Encrobas, Cerceda (A Coruña), Tlf. 981698500,
y Fax 981686064.
3. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar
la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de Correos, y anunciar
al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o
telegrama el mismo día.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición, si
es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora
de terminación del plazo señalado en el anuncio.
No obstante, no será admitida en ningún caso, la documentación que no se
recibiera transcurridos 10 días naturales desde la finalización del plazo
fijado para la admisión de propuestas.
4. Una vez entregada o remitida la documentación, ésta no podrá ser retirada
salvo por causa justificada.
5. Cuando la proposición se presente en las dependencias señaladas por el
órgano de contratación, éste registrará la solicitud de participación y
devolverá una copia sellada de la misma como resguardo de la
participación.
11.2.- Requisitos de la documentación
1. La presentación de proposiciones presume por parte del concurrente la
aceptación incondicionada de las cláusulas del presente Pliego y de los
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restantes documentos que tienen carácter contractual, sin salvedad alguna,
así como la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las
condiciones exigidas para contratar con SOGAMA, S.A. Cualquier salvedad
se entenderá en todo caso como no puesta.
2. Las proposiciones se presentarán en lengua castellana y/o gallega y toda
la información debe facilitarse tanto en papel impreso como en soporte
informático. En caso de discrepancia entre los datos o información de
ambos soportes prevalecerá la contenida en la documentación presentada
en papel impreso.
3. Las proposiciones se presentarán escritas a máquina u otro tipo de
impresión mecánica o informática (un soporte informático en cada uno de
los sobres que componen la oferta, conteniendo exclusivamente la
información de ese sobre), y no se aceptará ningún documento manuscrito
ni con omisiones, errores o enmiendas que no permitan conocer claramente
las condiciones para valorar la oferta.
4. La totalidad del coste de la elaboración de la documentación para la
confección de las ofertas que se presentan al procedimiento de licitación
serán por cuenta de los licitadores, que no podrán reclamar compensación
económica alguna en caso de no resultar adjudicatarios.
5. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o
tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que SOGAMA,
S.A. estime fundamental para la oferta, o que incurra en los supuestos
establecidos en el artículo 84 del RGCAP.
6. Serán excluidas, y por tanto no valoradas, las ofertas de los licitadores que
no se ajusten a las prescripciones técnicas y requisitos mínimos
establecidos en los Pliegos.
7. Las ofertas tendrán una validez mínima de 6 meses, contados a partir de la
fecha de apertura de las proposiciones.
8. Las proposiciones serán secretas y quedarán bajo la custodia de SOGAMA,
S.A. a disposición de la Mesa de Contratación, hasta el momento señalado
para el acto de apertura de plicas.
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9. Una vez presentada la oferta, el licitador no podrá retirarla, quedando
obligado a cumplir el contrato, si le fuese definitivamente adjudicado, que
será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con
estricta sujeción a las cláusulas y los pliegos que le sirven de base, cuyas
condiciones jurídicas y económicas sólo podrán modificarse con base a las
causas admitidas en el presente Pliego y en la legislación aplicable
12.- MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
12.1.- Mesa de Contratación
El Órgano de Contratación, para la adjudicación del contrato, estará asistido de
una Mesa de Contratación que estará compuesta por:
a. Presidente: el Presidente de SOGAMA, S.A. o en quien este delegue.
b. Vocal 1: Director General de SOGAMA, S.A.
c. Vocal 2: Representante de la Intervención Xeral de la Xunta de Galicia, si se
considera conveniente por esta última.
d. Vocal 3: Representante de la Consellería de Medio Ambiente Territorio e
Ordenación do Territorio.
e. Vocal 4: Representante del Departamento económico-financiero de
SOGAMA, S.A.
f. Secretario: Representante de la Asesoría Jurídica de SOGAMA, S.A.
En caso de ausencia de cualquiera de sus miembros, las personas encargadas
de la designación de estos nombrarán los que deban sustituirlos.
Se podrá incorporar con carácter facultativo a la Mesa de Contratación,
personal técnico especializado para valorar aquellos criterios cuya
cuantificación dependa de un juicio de valor y no sean evaluables de manera
automática.
En cuanto al régimen de convocatoria de funcionamiento de la Mesa de
Contratación se estará a lo dispuesto en el Reglamento de desarrollo parcial de
la LCSP aprobado por RD 817/2009, de 8 de mayo y en la Ley 30/1992, de 26
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de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del
Procedimiento Administrativo Común respecto a los órganos colegiados.
En los casos en los que para la valoración de las proposiciones deban ser
tenidos en cuenta criterios distintos al precio, el órgano competente podrá
solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere
precisos. Asimismo, podrán solicitarse estos informes cuando sea necesario
verificar que las ofertas cumplen con el Pliego de Prescripciones técnicas.
12.2.- Calificación previa
1. Antes de la fecha de la apertura pública de ofertas técnicas yeconómicas, la
Mesa de Contratación realizará una comprobación y calificación de la
documentación administrativa presentada por los licitadores (sobre A).
2. Si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables
en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los
interesados, o a través de cualquier otro medio que acredite su recepción
por los licitadores, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles
para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de
Contratación.
3. No tendrán en ningún caso la consideración de defectos subsanables la
falta o insuficiencia de prestación de la garantía provisional.
12.3.- Apertura de los Sobres B y C
1. Una vez calificada la documentación del Sobre A, y solventado, de haber
existido, el trámite de subsanación de errores, la Mesa procederá a determinar
las empresas que se ajustan a los criterios de selección con pronunciamiento
expreso sobre las admitidas a licitación y las rechazadas indicando en este
caso las causas de su rechazo.
2. Las ofertas que correspondan a las proposiciones rechazadas quedarán
excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las
contengan no podrán ser abiertos.
3. El acto de apertura del Sobre B tendrá lugar el 29 de abril de 2016 las
11:30 horas en las oficinas de la Sociedad en Cerceda.
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Antes de la apertura de la primera proposición, se invitará a los licitadores
interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las
explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa de
Contratación a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en
este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen
sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o
subsanación de defectos a que se refiere el artículo 81.2 del RGCAP.
4. Concluido el acto público de apertura, la Mesa de contratación examinará
la documentación contenida en el sobre B de las ofertas admitidas, pudiendo
solicitar cuantos informes técnicos considere necesarios para evaluarlas.
Emitirá un pronunciamiento expreso sobre las empresas admitidas a licitación y
las rechazadas indicando en este caso las causas de su rechazo, y asimismo,
indicará la puntuación otorgada a cada una de las proposiciones presentadas,
debidamente desagregada. Estas circunstancias figurarán en el acta de la
mesa.
5. La Mesa de Contratación, constituida en acto público en el lugar y día que
previamente se haya señalado, procederá al acto público de apertura de las
proposiciones económicas de las ofertas admitidas (Sobre C) de los que
tuvieran el mínimo de puntuación técnica requerida.
Comenzará el acto de apertura de proposiciones dándose lectura al anuncio
del procedimiento y procediéndose seguidamente al recuento de las
proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuren en
los certificados expedidos por el personal de SOGAMA, S.A., hecho lo cual se
dará conocimiento al público del número de proposiciones recibidas y nombre
de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar
que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa de
Contratación y en idénticas condiciones en que fueron entregados.
A continuación, el Secretario, dará lectura a los resultados de las puntuaciones
técnicas obtenidas por cada licitador y a continuación, abrirá el Sobre C, y el
Presidente dará lectura de las proposiciones económicas de los licitadores
admitidos.
Tras lo anterior se levantará la sesión levantando acta de la misma el
Secretario con el Vº Bº del Presidente.
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Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación
examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara
sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el
importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de
que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será rechazada
por la Mesa de Contratación, en resolución motivada. Por el contrario, el
cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra
no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la
proposición.
12.4.- Propuesta de adjudicación
Concluida la lectura y tras el estudio y baremación de las ofertas presentadas,
en el plazo máximo de cuatro meses a contar desde la apertura de las
proposiciones , la Mesa de Contratación elevará propuesta de adjudicación del
contrato al Órgano de Contratación a favor del licitador que efectuase la mejor
oferta en su conjunto.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario
propuesto frente a SOGAMA, S.A. mientras no se haya adjudicado el contrato
por acuerdo del Órgano de Contratación
13.-CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN
Los criterios a tener en cuenta para la adjudicación son los que se establecen
en el punto 6 del cuadro resumen de características que acompaña a este
Pliego.
14.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
1. La Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas, por
orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación establecidos en
este pliego, a cuyo efecto, cuando deban tenerse en cuenta una pluralidad de
criterios de adjudicación, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime
pertinentes.
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2. Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una
pluralidad de criterios, el plazo máximo para efectuar la adjudicación es de seis
meses, contados desde la apertura de las proposiciones.
3. La Mesa de Contratación no podrá declarar desierta la licitación cuando
exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los
criterios que figuran en el pliego.
4. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta
económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación siguiente:
.- Documentación justificativa de encontrarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias (con la hacienda estatal,
de no tener deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma
de Galicia, de estar dadas de alta en el Imposto sobre Actividades
Económicas), yal corriente en el cumplimiento de sus obligacionescon
la Seguridad Social.
.- Documentación justificativa de la constitución de la garantía definitiva
que sea procedente, mediante la entrega de la misma.
.- De ser el caso, la disponibilidad efectiva de los medios que se hubiese
comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al
art. 64.2 del TRLCSP.
.- En caso de empresarios individuales, deberán presentar fotocopia
compulsada del Documento Nacional de Identidad o del documento
que reglamentariamente lo sustituya, con expresión de las circunstancias
personales y el domicilio.
.- Las personas jurídicas deberán aportar escritura de constitución y/o
modificación, en su caso, inscrita en Registro Mercantil, cuando este
requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea
aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se
realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatuto o
acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su
actividad, inscritos en el correspondiente Registro Oficial.
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Los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros
de la Unión Europea o firmantes del acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrarmediante presentación
de certificación o declaración jurada de estar inscritas enalguno de los
registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP.
Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de
obrar mediante informe expedido por la representación diplomática
española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que
figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en
su falta, que actúan con habitualidad en el tráfico local del ámbito de las
actividades que constituyen el objeto del contrato.
Así mismo, deberán presentar informe de la respectiva misión diplomática
permanente española relativo a que su Estado de origen admite asu vez la
participación de empresas españolas en la contratación con la
Administración, en forma substancialmente análoga.
.- Escritura de apoderamiento original o compulsado por notario u
Organismo Administrativo competente del representante legal, incluida
copia compulsada por notario u Organismo Administrativo competente de
su DNI.
Cuando se trate de una UTE cada uno de los empresarios acreditará la
representación en la forma descrita anteriormente.
Registro General de Contratistas de la Xunta de Galicia
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del decreto 262/2001, de 20
de septiembre, por el que se refunde la normativa reguladora del Registro
General de Contratistas de la Xunta de Galicia, los licitadores inscritos en
el mismo, quedarán exonerados de aportar la documentación que se
encuentra vigente en dicho registro el último día de presentación de las
proposiciones relativa a la acreditación de la capacidad jurídica,
representación y clasificación, si es el caso. Tampoco tendrá el licitador
inscrito en el registro de contratistas que aportar los certificados de
cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal, con la
autonómica gallega y con la seguridad social, ni la justificación de estar de
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alta y al corriente de pago del Impuesto de Actividades Económicas (o
acreditativa de exención), en el caso de que obren en poder de dicho
registro y estén vigentes en el último día de plazo para presentar
proposiciones.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado,
se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso
a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que
hayan quedado clasificadas las ofertas.
6. Cuando el órgano de contratación se aparte de las propuestas elevadas por
la Mesa de Contratación, deberá motivar su decisión.
7. De no dictarse el acuerdo de adjudicación dentro de plazo, los empresarios
admitidos tendrán derecho a retirar su propuesta y a que se les devuelva o
cancele la garantía que hubiesen prestado.
8. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Si se interpusiera
recurso especial en materia de contratación contra el acto de adjudicación,
quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación.
9. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y,
simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante de SOGAMA, en
ambos casos se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de
la contratación conforme al art. 156.3 del TRLCSP.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que
permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al art.
40delTRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de
adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las
razones por las que se haya desestimado su candidatura.
Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación,
también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su
oferta.
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En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la
proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la
oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes
licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a
la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente,
que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una
norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales
legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia leal entre ellas, o
cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya
ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme
a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses
esenciales de la seguridad del Estado y así se haya declarado de conformidad
con lo previsto en el art. 13.2.d) del TRLCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar
constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse
por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen
designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el
artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los
Ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar
rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
15.- PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
1. El contrato se perfecciona con su formalización.
2. Tratándose de un contrato sujeto a regulación armonizada, siendo el mismo
susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no
podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se
remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
A estos efectos, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que
formalice el contrato privado en plazo no superior a cinco días a contar desde el
día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, una vez
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transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto
recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De
igual forma se procederá cuando el órgano competente para la resolución del
recurso hubiera levantado la suspensión.
3. La formalización del contrato se publicará en el Diario Oficial de la Unión
Europea, en la Plataforma de Contratación de la Comunidad Autónoma de
Galicia y en el perfil de contratante de SOGAMA.
4. El documento de formalización del contrato deberá contener las menciones y
datos establecidos en el artículo 26 del TRLCSP y en el art. 71, apartados 3, 4, 6
y 7 del RGCAP.
5. El contrato podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el
contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento.
6. Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el
contrato dentro del plazo indicado, SOGAMA, S.A., podrá acordar la resolución
del mismo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 109 del
RGCAP y con incautación de la garantía provisional e indemnización por los
daños causados.
16.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1. El plazo de ejecución del contrato comenzará a contar desde el día de la
firma del mismo.
2. El contrato se formalizará por un periodo de 3años desde la firma del mismo,
pudiéndose prorrogar un año más de forma expresa, hasta un máximo de 4
años (contrato más prórroga).
3. El precio de adjudicación no sufrirá alteración alguna durante la vigencia del
contrato.
4. En cualquier caso el contrato se entenderá otorgado a riesgo y ventura del
adjudicatario.
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17.- GASTOS, LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES
Serán por cuenta del adjudicatario los gastos y tributos de la formalización del
contrato, así como cualesquiera impuestos, tasas o arbitrios de índole estatal,
autonómica o municipal, que pudieran gravar el contrato, y demás gastos que
resulten de aplicación según las disposiciones vigentes.
El adjudicatario será el responsable de elaborar la documentación, tramitar y
conseguir en nombre de SOGAMA las licencias, permisos y autorizaciones
necesarias para la ejecución del presente servicio. Será por cuenta del
Adjudicatario los costes por concepto de visados, licencias, permisos,
autorizaciones requeridas para la realización de los servicios objeto del presente
Pliego.
18.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Sin perjuicio de las demás obligaciones y responsabilidades, expresamente
reflejadas en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el
adjudicatario se compromete, en la ejecución del contrato al cumplimiento de lo
siguiente:
a) Obligación principal.
Será obligación principal del adjudicatario la ejecución del contrato a su
cuenta y riesgo, con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el
presente Pliego y demás normas de aplicación.
b) Cumplimiento de plazos
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del
Contrato.
c) Subcontrataciones
El Adjudicatario someterá a la aprobación de SOGAMA las subcontrataciones
que piense realizar, así como las variaciones que sobre las mismas hubiese.
El Adjudicatario será el único responsable de las subcontrataciones
realizadas.
d) Dirección y organización del trabajo
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La empresa contratista, bajo la supervisión de SOGAMA, S.A., aportará su
propia dirección y gestión del contrato siendo responsable de la organización
de la prestación contratada, de la calidad técnica de los trabajos que
desarrolla y de las prestaciones realizadas.
Asimismo, dispondrá para la ejecución del contrato de una estructura
jerarquizada, con un responsable que se encargará de impartir a sus
trabajadores las correspondientes órdenes, criterios de realización de la
prestación objeto del contrato, directrices, etc.
e) Obligaciones laborales y sociales
En ningún caso el otorgamiento del contrato supondrá la existencia de una
relación laboral entre SOGAMA, S.A., y el contratista.
El personal necesario para la ejecución del contrato dependerá
exclusivamente de la entidad adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos
y deberes inherentes a su condición de empleador respecto de éste, siendo
SOGAMA, S.A., del todo ajena a las referidas relaciones. Por consiguiente,
en ningún caso podrá alegarse derecho alguno por el referido personal en
relación con SOGAMA, S.A., ni exigirse a ésta responsabilidades de
cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el
adjudicatario y sus empleados, aun en el supuesto de que los despidos o
medidas que la empresa adopte se basen en el incumplimiento,
interpretación o resolución del contrato.
El adjudicatario se compromete a retribuir adecuadamente al personal
destinado a la realización del objeto del contrato, asumiendo de forma directa
y no trasladable a SOGAMA, S.A., el coste de cualquier mejora en las
condiciones de trabajo y/o en sus retribuciones, ya sea como consecuencia
de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, de modo
que, en ningún caso, podrá repercutir las referidas modificaciones sobre el
importe que se facturará por la realización del objeto contractual.
La entidad adjudicataria queda obligada, respecto del personal destinado al
servicio, al cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de
prevención de riesgos laborales que se encuentre vigente en cada momento,
así como de los procedimientos de seguridad de SOGAMA.
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En caso de accidente o perjuicio de cualquier índole acontecido a los
trabajadores con ocasión del ejercicio de sus cometidos, el adjudicatario
cumplirá con lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad,
sin que éstas alcancen de ningún modo a SOGAMA, S.A.
Es responsabilidad de la empresa contratista y de sus encargados impartir
todas las órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices a sus
trabajadores, siendo SOGAMA, S.A., completamente ajena a estas
relaciones laborales. Corresponde asimismo a la empresa contratista la
vigilancia del horario de trabajo de los trabajadores, las posibles licencias
horarias o permisos o cualquier otra manifestación de las facultades del
empleador. En todo caso, en la forma establecida en estos pliegos, la
realización de la prestación objeto del contrato debe quedar siempre
convenientemente cubierta.
Es responsabilidad de la empresa contratista facilitar a sus trabajadores los
medios materiales precisos para llevar a cabo su trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la
infracción de estas disposiciones sobre seguridad por parte del personal
técnico designado por él no implicará responsabilidad alguna para SOGAMA,
S.A.
f) Daños, perjuicios y accidentes a terceros
Será responsabilidad del Adjudicatario la derivada directa o indirectamente
de daños y perjuicios ocasionados a terceros por las acciones llevadas a
cabo para la ejecución del Contrato en virtud del objeto de este
procedimiento. En los casos en que tales daños y perjuicios sean
ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden del
órgano de contratación de SOGAMA S.A., será éste el responsable dentro de
los límites señalados en las Leyes.
Al efecto, el Adjudicatario mantendrá a su costa hasta la terminación del
objeto del Contrato, como mínimo, los siguientes contratos de seguros:
a) De accidentes de trabajo y Seguros Sociales de su personal, conforme a
la legislación que le resulte de aplicación.
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b) De Responsabilidad Civil Extracontractual que garantice el pago de las
indemnizaciones a que el Adjudicatario resultase obligado frente a
terceros como civilmente responsable de los daños accidentales
causados a los mismos, en sus personas o en sus bienes por acción o
por omisión, y ya sea directa o subsidiaria tal responsabilidad, como
consecuencia de la ejecución del objeto del Contrato, debiéndose
entender SOGAMA como tercero a los efectos de esta responsabilidad. El
límite de indemnización mínimo a establecer será 1.000.000 €.
El adjudicatario indicará la cobertura y la prima a pagar por cada seguro.
SOGAMA se reserva el derecho a comprobar y exigir que se cumplan las
mismas.
Las posibles cantidades a establecer con franquicia serán a cargo del
adjudicatario.
En todo caso, el adjudicatario dejará indemne a SOGAMA de cualquier
daño o reclamación que por cualquier concepto pueda efectuarle
cualquier tercero a la administración y que sea consecuencia directa o
indirecta de la ejecución del contrato, quedando expresamente habilitada
SOGAMA para repetir contra el adjudicatario el abono de las
reclamaciones que, eventualmente, ésta se hubiese visto obligada a
asumir, incluyendo las que pudieran derivarse de incumplimientos que
respecto de las obligaciones y exigencias contenidas en la Autorización
Ambiental Integrada así como en el resto de normativa aplicable al
desarrollo de las actividades, y que pudieran darse durante la ejecución
de los trabajos.
19.- FORMA DE PAGO AL ADJUDICATARIO
La facturación se realizará de forma mensual por la parte proporcional del importe
anual de la oferta.
Los pagos se efectuarán en el máximo plazo permitido por la normativa de aplicación
vigente en cada momento mediante pagaré y/o transferencia reservándose SOGAMA
el derecho de transferencia del pago antes de la fecha estipulada.
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20.- DERECHOS DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Son derechos del Órgano de Contratación los siguientes:
1. Interpretar el contrato.
2. Resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.
3. Modificar el contrato en los términos establecidos en el TRLCSP y
especialmente en relación a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 14/2013
de 26 de diciembre de racionalización del sector público autonómico en
cumplimiento de los principios de sostenibilidad financiera y estabilidad
presupuestaria.
La modificación del contrato por cumplimiento de los principios de
sostenibilidad financiera y estabilidad presupuestaria tendrá la consideración
de modificación prevista conforme a lo establecido en el artículo 106 de
TRLCSP. El procedimiento para dicha modificación será el establecido en el
artículo 211 del TRLCSP, dándose audiencia al contratista.
El límite máximo de reducción del presupuesto del contrato será del 40% y se
efectuará mediante la reducción del volumen de deberes del contratista,
siempre que esto sea posible. La reducción del precio del contrato será
proporcional a la reducción de las prestaciones, de forma que se respete la
ecuación financiera del contrato originario, sin alterar su equilibrio económico.
Las modificaciones podrán afectar a una reducción del personal adscrito a la
ejecución del contrato.
Se entiende que concurren causas económicas que justifican la modificación,
cuando se produzca un descenso en la transferencia de subvenciones
finalistas de la Administración respecto de las previsiones efectuadas
inicialmente en la aprobación de los presupuestos que financian las
prestaciones contratadas; se adopten medidas legales de ajuste que
determinen la modificación del contrato o se adopten medidas derivadas de
un plan de ajuste aprobado de acuerdo con la normativa vigente de
estabilidad presupuestaria por las autoridades competentes.
4. Acordar la resolución del contrato y determinar sus efectos
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21.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
1. Para la cesión del contrato deberán observarse las previsiones contenidas en
el artículo 226deTRLCSP, siendo asimismo necesario que el cesionario
tenga la capacidad exigida para contratar al cedente del contrato.
2. La subcontratación de parte del objeto del contrato se ajustará a lo previsto
por el artículo 227delTRLCSP.
El Adjudicatario someterá a la aprobación de SOGAMA, S.A. las
subcontrataciones que piense realizar, así como las variaciones que sobre las
mismas hubiese.
El Adjudicatario será el único responsable de las subcontrataciones realizadas.
22.- EXTINCIÓN DE CONTRATO
El contrato se extinguirá por su conclusión o cumplimiento, o bien por su
resolución.
22.1.- Cumplimiento y recepción
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este realizase, de
acuerdo con los términos de este y a satisfacción deSOGAMAla totalidad de su
objeto.
La recepción del objeto del contrato exigirá por parte de SOGAMAun acto
formal y positivo de conformidad dentro del plazo de 30 días, contados desde
la realización del objeto contractual.
SOGAMA determinará si las prestaciones realizadas por el contratista se
ajustan a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento,
requiriendo, si es el caso, la realización de las prestaciones contratadas y la
enmienda de los defectos observados con ocasión de su recepción.
Si los trabajos efectuados no se ajustasen a la prestación contratada, como
consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazarla
quedando exento de pago y teniendo derecho, si es el caso, a la recuperación
del precio satisfecho.
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22.2.- Resolución
Serán causas de resolución de los contratos firmados por SOGAMA, S.A.:
- Incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del
Adjudicatario.
- Demora del contratista en el cumplimiento de los plazos contractuales
- El mutuo acuerdo de las partes.
- La muerte o la incapacidad temporal del contratista individual en los casos
en los que no fuera posible la continuación del objeto del contrato por parte
de su heredero o sucesor legal.
- La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista excepto
en los casos de fusión de empresas en las que participe la sociedad
contratista, en los que continuara el contrato vigente con la entidad
absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en
todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en
los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas
de actividades de las mismas, continuará el contrato con la entidad
resultante o beneficiaria, que quedará subrogada en los derechos y
obligaciones dimanantes del mismo, siempre que tenga la solvencia exigida
al acordarse la adjudicación.
- Las demás causas específicamente establecidas respecto del contrato de
servicios por la LCSP.
23.- GARANTÍAS TÉCNICAS Y PENALIZACIONES
El incumplimiento de las prescripciones del Pliego durante la ejecución del
contrato conllevará penalizaciones.
El objeto de la penalización es doble; garantizar un plan de respuesta por parte
del adjudicatario, y recuperar el coste económico producido, penalizando al
adjudicatario como vía para que no se reiteren las causas de incumplimiento.
Las penalizaciones una vez firmes se detraerán directamente de las facturas
mensuales correspondientes, pudiendo llevarse a cabo en cualquier mes de
facturación independientemente del mes en el que se haya producido.
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En el expediente de la penalización se incluirá, la descripción del incumplimiento,
el carácter temporal (puntual, reiterativo,…), si procede o no de un incumplimiento
anterior, su clasificación (en función de su mayor gravedad y reiteración),
evaluando su incidencia económica y/o en la calidad del servicio.
La apertura, seguimiento y cierre del expediente de penalización corresponde a
SOGAMA.
El Plan de Respuesta al incumplimiento que genera la penalización corresponderá
al adjudicatario.
23.1. Procedimiento de imposición de penalizaciones
En el desarrollo del expediente de la penalización se dará audiencia al
contratista.
La resolución tendrá que ser motivada y, una vez sea efectiva, se entenderá que
es firme a los efectos de que SOGAMA pueda detraerla de los abonos periódicos
que haya de efectuarle al contratista, con independencia del recurso que contra
la misma pueda interponer éste.
De haber finalizado el contrato, y haber penalizaciones firmes pendientes, se
detraerán de la garantía del contrato.
La penalización no significa la ausencia de respuesta del adjudicatario, en el
sentido de que solo implementa una medida económica que repare el daño
causado y/o penalice al adjudicatario.
La penalización no se cerrará hasta que no cese la causa/s que la originaron,
mediante el cierre del Plan de Respuesta que el adjudicatario presente.
El adjudicatario deberá informar a SOGAMA de dicho Plan de Respuesta, y de
su finalización.
23.2. Tipos de garantías y penalizaciones.
De forma general y con respecto a todas las garantías exigidas en el resto de
este Pliego y en el propio contrato, el Adjudicatario vendrá obligado a efectuar, a
su costa, las acciones necesarias para el desarrollo sin incidencias del presente
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servicio, sin perjuicio del derecho de SOGAMA a resolver el Contrato si lo estima
conveniente, por incumplimiento del mismo.
Garantía de Disponibilidad de los Equipos. El Adjudicatario garantizará que
la disponibilidad media de todos los equipos sea 95%, no pudiendo ser
menor la indisponibilidad por equipo del 90%. Sogama aplicará una
penalización anual del 1% del importe total del contrato por cada punto que
sea inferior dicha disponibilidad al valor garantizado del 95% hasta un mínimo
del 90% en cuyo caso Sogama se reserva el derecho a rescindir el contrato.
Cualquier sanción administrativa de que sea objeto SOGAMA por cualquier motivo
(prevención, medioambiente, etc.), relativo a incumplimientos en las normativas
vigentes, será repercutida al adjudicatario, y adicionalmente se le penalizará con un
importe igual a la cuantía de la sanción recibida por SOGAMA.
Los costes de garantizar todo lo relacionado en este apartado serán a costa del
adjudicatario.
24. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y CONFIDENCIALIDAD.
Los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán
respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. Para el
caso de que la contratación implique el acceso del contratista a datos de carácter
personal de cuyo tratamiento sea responsable SOGAMA, aquél que tendrá la
consideración de encargado del tratamiento. En este supuesto, el acceso a estos
datos no se considerará comunicación de datos, cuando se cumpla lo previsto en
el artículo 12.2 y 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
Cuando finalice la prestación contractual los datos de carácter personal deberán
ser destruidos o devueltos a SOGAMA o al encargado de tratamiento que ésta
hubiese designado. El tercero encargado del tratamiento, conservará debidamente
bloqueados los datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su
relación con la entidad responsable del tratamiento.
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En el caso de que un tercero trate los datos personales por cuenta del contratista,
encargado del tratamiento, deberán de cumplirse los siguientes requisitos:
a) Que el contratista encargado del tratamiento de datos de carácter
personal se ajuste a las instrucciones del responsable del tratamiento.
b) Que el contratista encargado del tratamiento y el tercero formalicen el
contrato en los términos previstos en el artículo 12.2 de la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
En estos casos el tercero tendrá también la consideración de encargado del
tratamiento.
El contratista está obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que,
no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que
tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato, el plazo
de garantía (de ser el caso) y los cinco años posteriores en los términos del artículo
140 del TRLCSP.
25. RESPONSABLE DEL CONTRATO
SOGAMA nombrará un responsable del contrato, que será persona de su organización
con titulación adecuada y suficiente y será directamente responsable de la
comprobación, coordinación y vigilancia correcta realización del objeto y alcance del
contrato. Para este contrato en concreto se designará al Técnico de Asesoría Jurídica.
Las principales funciones del responsable del contrato son las de interlocución con el
contratista, dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos, proponer las
modificaciones que estime oportunas en la ejecución de los trabajos en orden a un
mejor cumplimiento del objeto del contrato, formular liquidación de la labor realizada
dando conformidad si es el caso a las facturas presentadas por el adjudicatario y
tramitar cuantas incidencias surjan en el desarrollo de los trabajos objeto del contrato.
26. PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL
1.- Las empresas deberán en sus ofertas a SOGAMA hacer constar la relación de
patentes y demás derechos de propiedad industrial o intelectual que implicarán
en el cumplimiento del contrato, de forma que queden perfectamente
acreditadas la propiedad industrial o intelectual previas al contrato y que se
aportarán a la ejecución del mismo. Cualquier propiedad industrial o intelectual
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no identificada como tal en la oferta de las empresas será considerada como
posterior y obtenida con motivo del presente contrato.
2.- Todos los derechos, títulos e intereses tanto de propiedad industrial o
intelectual previos al contrato permanecerán como propiedad del contratista,
pero éste le concede a SOGAMA una licencia no exclusiva y gratuita durante el
plazo de vigencia de dichas propiedades en relación con el desarrollo,
resultado y aplicación de los trabajos objeto de este contrato.
3.- El contratista contará con las cesiones, permisos y autorizaciones necesarios
de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación
correspondientes para emplear materiales, suministros, equipos en la ejecución
del objeto del contrato, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e
indemnizaciones relativas a reclamaciones en materia de propiedad industrial y
comercial, debiendo indemnizar a SOGAMA por los daños y perjuicios que se
le causen por tal concepto.
4.- Todos los documentos que se elaboren y los trabajos que se realicen para la
ejecución del presente contrato, que puedan ser objeto de protección como
propiedad industrial o propiedad intelectual serán propiedad de SOGAMA, que
podrá ejercer el derecho de explotación. Dicho derecho de explotación,
comprenderá la reproducción, distribución, divulgación, comunicación pública e
información. La empresa adjudicataria para hacer uso de los mismos como
referencia o como base de futuros trabajos, necesita la autorización expresa de
SOGAMA. Por tanto, quedarán en propiedad de SOGAMA tanto los servicios
recibidos como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad
industrial e intelectual, reservándose SOGAMA su utilización, no pudiendo ser
objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado
expresamente por SOGAMA, y ésta, en consecuencia podrá recabar en
cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren,
con todos sus antecedentes, datos o procedimientos. En cuanto sea
legalmente necesario para hacer efectivos la titularidad o los derechos de
SOGAMA reconocidos en la presente cláusula el contratista, desde que sea
requerido para ello y en cualquier caso antes de la recepción de los trabajos
objeto del contrato, formalizará un documento público, que se inscribirá en los
correspondientes registros, la transmisión a SOGAMA de los derechos de
explotación de la propiedad intelectual e industrial generada o adquirida con
motivo del presente contrato y la cesión de derechos a los fines de explotación
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de los resultados del contrato. Todos los gastos que pudieran originarse serán
por cuanta del contratista, quien habrá de satisfacer también las
remuneraciones que resulten legalmente procedentes.
5.- El adjudicatario no podrá hacer uso alguno de la información, productos o
tecnologías desarrollados en el presente contrato, ni publicar, divulgar o
proporcionar a terceros ningún dato o documento procedente de los trabajos de
no mediar autorización expresa y por escrito de SOGAMA, obligándose a
resarcir a esta por los perjuicios que se le causen.
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ANEXO I
MODELO DE AVAL
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ANEXO
MODELO DE AVAL
La entidad ______________ (razón social de la entidad de crédito o sociedad de
garantía recíproca), NIF __________, con domicilio a efectos de notificaciones y
requerimientos en _______________, código postal __________, localidad
__________, y en su nombre __________ (nombre y apellidos de los apoderados),
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de
poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA A
_______________ (nombre y apellidos o razón social del avalado), (domicilio a efecto
de notificaciones), NIF __________, en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 del
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del sector Público (TRLCSP) para responder de las
obligaciones siguientes: _______________ (detallar el objeto del contrato y obligación
asumida por el garantizado), ante la SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE,
S.A., con C.I.F. nº __________, por importe de __________ (en letra y cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos
previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que
se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con
renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer
requerimiento, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de
las Administraciones Públicas.
El presente aval estará en vigor hasta que la SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO
AMBIENTE, S.A., o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice
su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la
Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
(Lugar y fecha)
(Razón social de la entidad)
(Firma de los apoderados)
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BASTANTEO DE PODERES POR ______
Provincia, Fecha, Número o Código.
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ANEXO II
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
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ANEXO II
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número (1) __________ (en adelante, asegurador), con domicilio en
_______________ (calle), y NIF __________, debidamente representado por
Don/Doña _______________ (2), con poderes suficientes para obligarle en este acto,
según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este
documento,
ASEGURA A
(3) _______________, NIF __________ ), (domicilio a efecto de notificaciones), en
concepto de tomador del seguro, ante la SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO
AMBIENTE, S.A., con C.I.F. nº __________, en adelante, asegurado, hasta el importe
de (en letra y cifra) __________ (4), en los términos y condiciones establecidos en el
artículo 103 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público (TRLCSP),
normativa de desarrollo y Pliego de condiciones por la que se rige el contrato (5)
______________, en concepto de garantía provisional para responder de las
obligaciones, penalidades y demás gastos que se pueden derivar conforme a las
normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos
en el artículo 57.1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se
aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguiente, no dará derecho al
asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del
asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, en caso de que el
asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan
corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado, al primer
requerimiento, en los términos establecidos en la normativa de contratos del Sector
Público.
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El presente seguro de caución estará en vigor hasta que la SOCIEDADE GALEGA DO
MEDIO AMBIENTE, S.A., o quien en su nombre habilitado legalmente para ello,
autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de
Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
En _____, a __ de _____ de ____
_______________
Fdo.: (Asegurador)
BASTANTEO DE PODERES POR _____
Provincia, Fecha, Número y Código.
Instrucciones para la cumplimentación del modelo.
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) Importe en letra, por el que se constituye el seguro.
(5) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato
en virtud del cual se presta la caución.
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ANEXO III
MODELO PROPUESTA ECONÓMICA
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D._______________, con domicilio en _________-____, provisto de D.N.I. núm. ____
expedido en _________, con fecha________, en nombre y representación de
________, CIF núm. ________ (cuya representación acredita con escritura de poder
que se incluye en el “Sobre A: Documentación Administrativa”), sabedor de la licitación
por anuncio publicado en________en fecha _______, y de las condiciones y requisitos
que se exigen para concurrir a la licitación y adjudicación del contrato de ____, por
procedimiento abierto, para ___________.
DECLARA
1. Que conoce el Pliego de condiciones y sus anexos que contienen las condiciones
técnicas y económicas que le sirven de base a la convocatoria del citado contrato,
y que los acepta incondicionalmente en la totalidad de su contenido.
2. Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con
SOGAMA, S.A., y que se compromete en nombre de ____, a cumplir el contrato
con estricta sujeción a los documentos citados de acuerdo con la siguiente
oferta:__________ €/mes sin IVA.
3. Asimismo, se compromete al cumplimiento de las disposiciones vigentes en
materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo.
En____, a__ de___de____
Fdo.:_____
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ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
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ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Número de expediente: _______
Denominación de la contratación:___________
Fecha de la declaración: _________
DATOS DEL DECLARANTE
Nombre y apellidos:. ___________ DNI/NIF : ________________, Teléfono:
__________ (A efectos de notificaciones) FAX: _______ Correo electrónico: ________
Dirección Postal: ____________
(en caso de actuar en representación)
Entidad Mercantil a la que representa: _________________________
Domicilio social: _________________
CIF:______________
Cargo: _______________
Datos de constitución (Referencia escritura): _____________
Poder de representación (Referenciaescritura):___________
Teléfono: _________
Fax: _____________
Correo electrónico:____________
Dirección Postal: ____________
Número de inscripción en el registro de contratistas de la Xunta: __________
Manifiesta su voluntad de participar en el procedimiento abierto con varios criterios de
adjudicación convocado por la Sociedade Galega do Medio Ambiente para la
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ejecución del contrato de referencia por el importe señalado en la proposición
económica, así como que cumple los requisitos y condiciones de aptitud establecidos
legalmente para contratar, dispone de la documentación que así lo acredita, autoriza al
órgano de contratación a recabar los datos necesarios que obren en la administración
para comprobar la veracidad de lo manifestado y expresa lo siguiente:
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que según se recoge en el artículo 24 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de
racionalización del sector público autonómico y en el artículo 146. 4 del TRLCSP,
la empresa a la que represento cumple las condiciones establecidas en los pliegos
de la licitación y en el TRLCSP para poder concurrir a esta licitación, en cuanto a
la capacidad, solvencia y representación.
Que conoce los pliegos de cláusulas de la licitación que sirven de base al contrato
y los acepta incondicionalmente.
Que ni el firmante de esta declaración, ni la entidad a la que represento, ni
ninguno de sus administradores o representantes se encuentran incursos en
ninguna de las causas de prohibición para contratar conforme con lo dispuesto en
el artículo 60 del texto refundido de la Ley de contratos del sector público, así
como que el empresario persona física o, en su caso, la empresa que se
encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la
Administración del Estado y con la de la Comunidad Autónoma de Galicia, así
como en el pago del Impuesto de Actividades Económicas, en su caso) y con la
Seguridad Social establecidas en las disposiciones vigentes.
Que no forma parte de los órganos de gobierno u de administración ningún alto
cargo a los que se refiere la Ley 5/2006, del 10 de abril, de regulación de los
conflictos de interés de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la
Administración General del Estado, la Ley 9/1996, del 18 de octubre, de
incompatibilidades de los miembros de la Xunta de Galicia y altos Cargos de la
Administración Autonómica, la Ley 53/1984, del 26 de diciembre, sobre
incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y la
Ley Orgánica 5/1985, del 19 de junio, de régimen electoral general, en los
términos establecidos en las mismas, o en cualquier otra norma de aplicación en
la materia.
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Que ni el firmante de esta declaración, ni ninguno de los administradores o
representantes de la entidad a la que represento, es, es cónyuge, persona
vinculada con análoga relación de convivencia afectiva o descendientes de las
personas a las que se refiere el párrafo anterior (siempre que, respecto de estos
últimos, dichas personas ostenten su representación legal)
Que en el caso de ser adjudicatario declara de someterse a la jurisdicción de los
Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias
que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su
caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante y
aceptando la jurisdicción de los tribunales de la Ciudad de A Coruña.
Que en relación con lo establecido en el artículo 145.4 del TRLCSP y en el
artículo 86 del RGLCAP sobre empresas vinculadas, la entidad mercantil a la que
represento (marcar lo que proceda):
□ No tiene vinculación con otra/s empresa/s licitadora/s en el procedimiento de adjudicación o que perteneciese a su mismo grupo de empresas ni está integrada por ningún socio en el que concurra alguno de los supuestos previstos en el artículo 42.1 del Código de Comercio en relación con alguna sociedad también licitadora en el procedimiento de adjudicación.
□ Sí tiene vinculación con otra/s empresa/s licitadora/s en el procedimiento de adjudicación o sí pertenece a su mismo grupo de empresas ___________ y/o sí está integrada por algún socio en el que concurra alguno de los supuestos previstos en el artículo 42.1 del Código de Comercio en relación con una/s sociedad/s también licitadora/s en el procedimiento de adjudicación. Se incluye a continuación la denominación social de la/s empresa/s en la/s que concurre/n esta circunstancia:_________
Que la entidad a la que represento se encuentra inscrita en el Registro General de
Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia con el número _________ y
que, teniendo en cuenta que se acreditan las circunstancias de aptitud para
contratar mediante certificación de dicho registro, se manifiesta que (marque lo
que proceda):
a) Las circunstancias de aptitud para contratar acreditadas mediante certificación de dicho registro no experimentaron variación a fecha de la firma de esta declaración.
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b) Las circunstancias de aptitud para contratar acreditadas mediante certificación de dicho registro no experimentaron variación a fecha de la firma de esta declaración, excepto las que a continuación se indican, según se justifica con los documentos que se acompañan:
- Circunstancias varias:………………………………………
- Documentación justificativa que se
adjunta:……………………………………….
Que manifiesto conocer el contenido y alcance del Código Ético Institucional de
la Xunta de Galicia, aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia del 24 de
julio de 2014 y publicado por resolución de 8 de septiembre de 2014 (DOG núm.
179 del 19/09/2014).
Firma y sello en todas las páginas
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HABRÁ DE REGIR EL “SERVICIO DE JARDINERIA Y MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL DE CERCEDA”, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA (NC0004/2016)
Marzo 2016
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INDICE
1. OBJETO Y ALCANCE DEL EXPEDIENTE 3
1.1 Jardinería y Mantenimiento de las zonas verdes del Complejo Medioambiental de Cerceda. 3
1.2 Medios humanos 4 1.3 Plan de Trabajo. 4 1.4 Medios Materiales. 9
ANEXO I 11
ANEXO II 12
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
1. OBJETO Y ALCANCE DEL EXPEDIENTE
El presente expediente se convoca con el objeto de adjudicar el servicio de “Jardinería y
Mantenimiento de las zonas verdes del Complejo Medioambiental de Cerceda”, de acuerdo
con el alcance que se describe a continuación, así como en la información contenida en el
Anexo I y Anexo II.
El presente Pliego tiene por objeto describir los trabajos, definir las condiciones y criterios
técnicos que han de servir de base para su desarrollo.
1.1 Jardinería y Mantenimiento de las zonas verdes del Complejo Medioambiental de Cerceda.
1.1 Trabajos de Jardinería y Mantenimiento de las zonas verdes del Complejo
Medioambiental de Cerceda así como de las antiguas oficinas de Sogama.
1.2 Deberá incluir el mantenimiento y conservación de zonas ajardinadas, de zonas
arbóreas, de pequeñas plantaciones, considerando como mínimo las siguientes
operaciones: el cortado, podado, preparación de tierras, abonos, plantación de
cualquier especie de elemento vegetal, recorte y limpieza de ramas, siega de
césped, recogida de elementos vegetales, poda aclarado y recorte de arbustos,
preparación de insecticidas, protección y entutoraje de árboles, arbustos y
trepadoras. Dichas operaciones se efectuaran en cada caso según el tipo de
zona, elemento vegetal y la periodicidad adecuada, de acuerdo con la
Organización y planificación del servicio y trabajos que se oferte.
1.3 El personal al servicio estará debidamente uniformado, y con formación
suficiente que será impartida por la empresa en relación con sus derechos
deberes y responsabilidades.
1.4 Todo el material, vehículos y maquinaria que oferte la empresa adjudicataria
estará en perfecto estado de conservación y utilización, pudiendo ser
rechazado cuando no reúna estas condiciones.
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1.2 Medios humanos
El adjudicatario deberá tener en cuenta a los efectos del cálculo de su oferta y
cumplimiento de obligaciones laborales, lo establecido en el Convenio Colectivo de
Centro de Trabajo de las Empresas que prestan servicios en el Complejo
Medioambiental de Cerceda, como subcontratas de SOGAMA, especialmente en lo
referente a subrogación de personal.
El personal dependerá a todos los efectos del adjudicatario, a quien corresponde el
cumplimiento de todo tipo de obligaciones en materia tributaria, laboral, de seguridad
social, de seguridad e higiene laboral o cualquier otra que resulte de aplicación.
Sogama podrá requerir en cualquier momento información o justificación sobre el
cumplimiento de todo tipo de obligaciones legales, en particular las de carácter laboral,
administrativo, de seguridad social y de seguridad e higiene.
El Servicio será prestado como mínimo por la siguiente relación de medios humanos:
Plantilla Permanente en el CMC.
- 2 Oficiales de 1ª Jardineros, jornada completa, tipo de contrato: 189 y
100, Antigüedad: 5 de febrero de 2007 y 18 de septiembre de 2012.
Plantilla de estructura para desbroce.
- Personal especifico para los trabajos de desbroce y tareas afines en
las fechas estipuladas según plan de trabajo ofertado.
Será a costa del Adjudicatario cualquier coste de cobertura por absentismo, bajas,
vacaciones..etc, garantizando el mínimo de medios humanos establecido en el
presente apartado durante la ejecución del contrato, todo ello de acuerdo con la
normativa vigente así como las obligaciones derivadas del Convenio Colectivo de
aplicación “Convenio Colectivo de Centro de Trabajo de las Empresas que prestan
servicios en el Complejo Medioambiental de Cerceda, como subcontratas de
SOGAMA” o aquel que se negocie a su vencimiento en el caso de que el contrato se
prorrogue mas allá de la vigencia del actual Convenio.
1.3 Plan de Trabajo.
CÉSPED, PLANTAS EXTERIORES, ÁRBOLES Y ARBUSTOS.
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.- SIEGA: Tantas veces como el césped alcance los siete cm. de altura, empleando
maquinaria adecuada a las condiciones del terreno y en todo caso con carácter
quincenal de febrero a agosto y mensual el resto del año.
.- RECORTE DE TALUDES Y BORDES: con las mismas condiciones que el
césped, de manera que este no invada las flores, aceras y viales en su caso.
.- AIREACIÓN: se realizará por lo menos una vez al año, evacuando los residuos
obtenidos y resembrado en las zonas que se requiera.
.- FERTILIZADO: como mínimo dos veces al año, con fertilizantes minerales en la
cantidad que se estime conveniente.
.- RIEGO: durante el tiempo necesario según la época del año.
.- PLANTAS Y ÁRBOLES: conservación en perfecto estado de las mismas,
incluyendo su retirada y trasplante cuando sea necesario así como su reposición
previa aceptación por parte de SOGAMA.
Durante la vigencia del contrato, se mantendrá la composición e unidades de
plantas, árboles y árido de los parterres ubicados en las zonas verdes: Zona II,
ubicada detrás del edificio de pesaje y Zona I, donde se ubica el monolito. Se
adjuntan al presente Pliego los planos de dichas zonas en el Anexo II. En base a
lo anterior, se hará un mantenimiento intensivo reponiendo de forma inmediata
las plantas necesarias. Cada parterre tendrá como mínimo las siguientes
especies de plantas.
Zona I: 4 juníperos, 1 camelia, 1 rododendro, 3 nandinas, 3 pieris, 15
agapantos, 8 azaleas.
Zona II: 9 hortensias, 3 camelias, 2 rododendros, 9 nandinas, 9 pieris, 6
juníperos, 25 agapantos.
.- REPOSICION: Consistirá en la sustitución, renovación o siembra de plantas,
arbustos, árboles y zonas de césped que hubiesen perdido considerablemente
sus características ornamentales, o bien que su precario estado botánico haga
prever tal situación para un futuro próximo.
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En la reposición se utilizarán plantas, arbustos o árboles de idénticas
características botánicas, edad, tamaño y conformación a las existentes.
.- PODA: se realizará cuando sea necesaria y para ayudar al árbol o planta a
adquirir o conservar su forma natural o favorecer la floración, y como mínimo una
vez al año, en enero o bien cuando sea necesario y aconsejable según la clase
de planta.
.- RECORTE DE SETOS Y ENREDADERAS: cuando proceda en función de su
crecimiento y como mínimo dos veces al año.
.- DESBROCE: desbroce de maleza de zonas ajardinadas y no ajardinadas dos
veces al año. En aquellas zonas en las que se pueda realizar, el desbroce se
realizará también en todo el contorno exterior del cierre del CMC con un alcance
de entre 2-3 metros. El desbroce del cierre perimetral se realizará a mano
pudiendo aplicar tratamiento mediante herbicida autorizado.
Los desbroces se realizarán con maquinaria que se desplazará al CMC
exclusivamente para esa actuación, y que esas máquinas serán operadas por
maquinistas del Adjudicatario, ajenos al personal que presta servicios en el CMC.
El desbroce de las arquetas de las zonas de vertedero de cenizas e inertes se
realizará manualmente y la máquina no podrá pisar dichas arquetas.
En el vertedero de cenizas se desbrozarán los caballones y terrazas (espacios
entre caballones) existentes actualmente a pesar de no encontrarse reflejados en
el plano del Anexo I, ya que durante el desarrollo del contrato de jardinería se
producirán desarrollos del vertedero de cenizas, aumentando el número de
caballones y terrazas respecto a los existentes en el plano. Estos caballones se
desbrozarán con brazo de gran alcance de al menos 12 metros.
Igualmente, se realizará el desbroce manualmente a lo largo de la traza del
ramal de gas con un alcance de 3 metros como mínimo a cada lado del tubo,
evitando que la máquina de desbroce se aproxime a dicho elemento sensible.
Teniendo en cuenta las dimensiones y la altura de los taludes de la vía férrea, de
viales y del vertedero de cenizas del CMC, su desbroce se realizará como
mínimo con un brazo que alcance, como mínimo, los 12 metros de altura.
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.- TRATAMIENTO DE PLAGAS: se realizarán oportunamente los tratamientos
fitosanitarios preventivos de plagas y enfermedades de las plantas, árboles y
arbustos, y cuando surja alguna enfermedad se procederá a combatirla de forma
inmediata.
.- PLANTAS INVASIVAS: El CMC se mantendrá libre de Plantas Invasivas,
aplicando para ello, los métodos de control establecidos en la guía de Plantas
Invasoras de Galicia” de la Dirección Xeral de Conservación da Natureza.
.- TABLA DE FRECUENCIAS. Dentro del plan de trabajo del personal con
dedicación parcial para labores de desbroce, el adjudicatario contemplará como
mínimo las siguientes frecuencias anuales.
Personal de Estructura; Desbroce: Desbroce con brazo y arrastre
Personal de Estructura; Desbroce: Cuadrilla apoyo al tractor
Personal Permanente del CMC.
Tarea En Fe Mr Ab My Jn Jl Ag Sp Ot Nv Dc
Desbroce de superficie, taludes, caballones..etc
Vallado perimetral
Cunetas Vertederos *1 *1
Colocación Tutores
Conducciones y arquetas
Pozos piezométricos
*1. El personal permanente realizará un mantenimiento puntual correctivo
consistente en la limpieza manual de cúmulos puntuales producidos por arrastre,
escorrentías…etc. También realizará el arreglo del pasillo realizado por la
cuadrilla de desbroce en abril y octubre en el programa de mantenimiento
preventivo que se oferte.
PLANTAS DE INTERIOR.
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.- RIEGO: cuando cada planta, según su situación o características así lo
aconsejen y precisen.
.- REPOSICIÓN: cuando tuviesen perdido considerablemente sus características
ornamentales, o bien que su precario estado botánico haga prever tal situación
para un futuro próximo. En la reposición se utilizarán plantas, arbustos o árboles
de idénticas características botánicas, edad, tamaño y conformación a las
existentes
.- PODA: cuando cada planta lo precise y como mínimo en el mes de marzo.
.- CONSERVACIÓN: pulverizado y limpieza de hojas y demás restos.
.- FERTILIZADO: según las características de cada planta.
.- TRANSPLANTE: cuando la planta lo precise.
.-TRATAMIENTO DE PLAGAS: se realizarán oportunamente los tratamientos
fitosanitarios preventivos de plagas y enfermedades a las plantas, y cuando surja
alguna enfermedad se procederá a combatirla de modo inmediato.
LIMPIEZA.
.- Se procederá a la recogida de los residuos derivados de las labores propias de la
actividad de jardinería (tierra, césped, podas etc.) así como de los papeles u otros
elementos ajenos al jardín, de tal forma que el césped se encuentre en todo
momento libre de cualquier desperdicio.
.- Se realizará la limpieza de zonas asfaltadas cuando sea preciso (caída de hoja
de los árboles, etc.).
.- Todas las cunetas de la zona del vertedero de cenizas e inertes, se
mantendrá libres de vegetación y restos vegetales. Se mantendrá mediante
desbroce manual de forma permanente un pasillo libre de vegetación a lo largo
de todas las cunetas del CMC y del vertedero de cenizas y escorias, de entre 1
metro a 2 metros a ambos márgenes.
.- El acceso y el contorno de los Pozos Piezométricos y del Punto de Vertido, se
mantendrán permanentemente libres de vegetación y restos vegetales realizando
un desbroce manual.
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.- Las arquetas situadas en las zonas de desbroce del vertedero de cenizas e
inertes, tendrán que estar permanente marcadas con tutores pintados con pintura
de alta visibilidad, para evitar que la maquinaria de desbroce las dañe al pisarlas.
Los tutores tendrán una altura mínima de 2 metros. Las arquetas se desbrozarán
manualmente.
.- Acera del edificio oficinas: Dado que dicha acera está constituida por
adoquines sobre arena, es preciso que se mantengan las juntas libres de
elementos vegetales. Por ello, se realizarán los tratamientos con herbicida
necesarios y se realizará una limpieza anual con hidrolimpiadora.
1.4 Medios Materiales.
El adjudicatario prestará el servicio con sus propios medios, debiendo aportar todo el
material necesario para su adecuada prestación (Abonos, útiles y herramientas de
trabajo, EPI´S, Maquinaria específica tipo cortacésped, vehículo para desplazamientos
en el Complejo, remolques, Desbrozadoras...etc).
Todos los productos, medios materiales y maquinarias que se utilicen para la ejecución
de los servicios, serán por cuenta del adjudicatario, así como su mantenimiento,
conservación y recambio cuando proceda.
Cada licitante indicará en su oferta tanto la composición, formato y fabricante de todos los
productos que se vayan a emplear, como sus concentraciones, contradicciones,
mecanismos de acción y persistencia, poniendo a disposición de Sogama la ficha de
seguridad de cada producto. Así mismo se indicará la marca, modelo, características y nº de
unidades de maquinaria y equipamientos que se destinaran en exclusiva para este servicio.
La maquinaria ofertada será efectiva, con buenos rendimientos y adaptada a las
dimensiones y características de las zonas de trabajo.
Todo material y maquinaria se almacenará en cuartos específicamente destinados a tal uso
que facilitará Sogama.
El agua y la energía eléctrica para la prestación del servicio serán facilitadas por Sogama.
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El transporte del personal, maquinaria, herramienta, restos de podas y siegas…etc. en las
zonas de trabajo descritas, será por cuenta de la empresa adjudicataria, debiendo contar
para ello con un mínimo de un vehículo tipo furgoneta ligera con remolque basculante
homologado.
Los medios materiales, utillaje y materiales de conservación que se destinarán como mínimo
para el correcto desempeño de este servicio serán al menos los siguientes:
1. Maquinaria permanente del CMC:
1.1. .-1 furgoneta ligera.
1.2. .-1 remolque doble eje, basculante, capacidad de carga de 4.600 kgr y medidas
mínimas de 4*2 metros.
1.3. .-1 tractor de siega, mínimo 15 cv y 100 cm de corte.
1.4. .-2 cortacésped, mínimo 8 cv y 50 cm de corte.
1.5. .-2 desbrozadoras, mínimo 35 cc con cabezales intercambiables.
1.6. .-1 motosierra, mínimo 50 cc y espada de 60 cm.
1.7. .-1 motosierra para podas altas con alcance mínimo de 3 metros y espada de 30
cm.
1.8. .-1 corta setos, mínimo 1,1 cv y espada de 70 cm.
1.9. .-1 Aspirador soplador, mínimo 2,5 cv.
1.10. .-1 Hidrolimpiadora.
1.11. .-1 Mochila de fumigación de 20 litros.
1.12. Cepillos, carretilla, palas, bolsas, azada, azadilla, rastrillos, tijeras de mano,
recoge hojas, hachas, serrucho, conos de señalización..etc.
2. Maquinaria con disponibilidad parcial.
2.1. .-Tractor desbrozador con brazo largo de alcance mínimo de 12 metros.
2.2. .-Tractor con desbrozadora de arrastre.
2.3. .-Desbrozadoras forestales para cuadrilla, mínimo 35 cc de puntas o disco.
2.4. .-1 retroexcavadora con cazo oscilante o en “V” para la limpieza de cunetas y
colocación de tutores.
2.5. .-Aireadora, escarificadora.
El contratista facilitará cuantos elementos y útiles a mayores se requieran para el
cumplimiento de las obligaciones de la prestación de los servicios de Jardinería y
Mantenimiento de las zonas verdes del Complejo Medioambiental de Cerceda.
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ANEXO I
ZONAS VERDES Y DESBROCE DEL CMC
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ANEXO II
PARTERRES ZONA I Y ZONA II
ZONA I
ZONA II