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ESTABLECIMIENTO DE UN ACUERDO MARCO DE SELECCIÓN DE PROVEEDORES PARA EL SUMINISTRO DE ROPA DE TRABAJO A LA EMPRESA “TRANSPORTES URBANOS DE VITORIA, S.A.” PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CLÁUSULA 1. OBJETO DEL ACUERDO MARCO El objeto del establecimiento de este Acuerdo Marco es la selección de proveedores y la regulación de las condiciones que regirán en los contratos de suministro de vestuario y calzado para empleados de “Transportes Urbanos de Vitoria, S.A” (TUVISA), suministros que podrán ser ofertados de acuerdo con los lotes independientes que se especifican a continuación, y se detallan en el Pliego de Condiciones Técnicas: CONDUCTORES DE AUTOBÚS, INSPECTORES Y VIGILANTES DE APARCAMIENTO LOTE Nº 1: PANTALONES DE INVIERNO, PANTALONES DE VERANO LOTE Nº 2: CAMISAS DE INVIERNO, CAMISAS DE VERANO LOTE Nº 3: JERSEYS DE INVIERNO Y JERSEYS DE VERANO LOTE Nº 4: POLOS DE MANGA CORTA LOTE Nº 5: CHAQUETAS DE PUNTO DE ENTRETIEMPO LOTE Nº 6: ANORAKS TRIVALENTES LOTE Nº 7: CHALECOS POLARES LOTE Nº 8: ZAPATOS DE INVIERNO, ZAPATOS DE VERANO Y SANDALIAS LOTE Nº 9: CALCETINES LOTE Nº 10: BANDOLERAS LOTE Nº 11: PARKAS PERSONAL DE TALLERES LOTE Nº 12: BUZOS LOTE Nº 13: BOTAS DE SEGURIDAD LOTE Nº 14: BOTAS DE AGUA LOTE Nº 15: BOTAS DE AGUA DE SEGURIDAD LOTE Nº 16: TOALLAS LOTE Nº 17: PRENDAS DE AGUA LOTE Nº 18: CHALECOS REFLECTANTES LOTE Nº 19: PANTALONES LOTE Nº 20: CAMISAS LOTE Nº 21: JERSEYS LOTE Nº 22: CALCETINES

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ESTABLECIMIENTO DE UN ACUERDO MARCO DE SELECCIÓN DE PROVEEDORES PARA EL SUMINISTRO DE ROPA DE TRABAJO A LA EMPRESA “TRANSPORTES URBANOS DE VITORIA, S.A.”

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CLÁUSULA 1. OBJETO DEL ACUERDO MARCO El objeto del establecimiento de este Acuerdo Marco es la selección de proveedores y la regulación de las condiciones que regirán en los contratos de suministro de vestuario y calzado para empleados de “Transportes Urbanos de Vitoria, S.A” (TUVISA), suministros que podrán ser ofertados de acuerdo con los lotes independientes que se especifican a continuación, y se detallan en el Pliego de Condiciones Técnicas: CONDUCTORES DE AUTOBÚS, INSPECTORES Y VIGILANTES DE

APARCAMIENTO LOTE Nº 1: PANTALONES DE INVIERNO, PANTALONES DE VERANO LOTE Nº 2: CAMISAS DE INVIERNO, CAMISAS DE VERANO LOTE Nº 3: JERSEYS DE INVIERNO Y JERSEYS DE VERANO LOTE Nº 4: POLOS DE MANGA CORTA LOTE Nº 5: CHAQUETAS DE PUNTO DE ENTRETIEMPO LOTE Nº 6: ANORAKS TRIVALENTES LOTE Nº 7: CHALECOS POLARES LOTE Nº 8: ZAPATOS DE INVIERNO, ZAPATOS DE VERANO Y SANDALIAS LOTE Nº 9: CALCETINES LOTE Nº 10: BANDOLERAS LOTE Nº 11: PARKAS PERSONAL DE TALLERES LOTE Nº 12: BUZOS LOTE Nº 13: BOTAS DE SEGURIDAD LOTE Nº 14: BOTAS DE AGUA LOTE Nº 15: BOTAS DE AGUA DE SEGURIDAD LOTE Nº 16: TOALLAS LOTE Nº 17: PRENDAS DE AGUA LOTE Nº 18: CHALECOS REFLECTANTES LOTE Nº 19: PANTALONES LOTE Nº 20: CAMISAS LOTE Nº 21: JERSEYS LOTE Nº 22: CALCETINES

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CONDUCTORES DE GARAJE DE NOCHE LOTE Nº 23: BOTAS DE SEGURIDAD LOTE Nº 24: TOALLAS LOTE Nº 25: JERSEYS LOTE Nº 26: PANTALONES LOTE Nº 27: CAMISAS LOTE Nº 28: CALCETINES LOTE Nº 29: PRENDAS DE AGUA CONDUCTORES DE GRÚA LOTE Nº 30: POLOS DE ALTA VISIBILIDAD DE MANGA CORTA Y MANGA LARGA LOTE Nº 31: PANTALONES LOTE Nº 32: PANTALONES DE ALTA VISIBILIDAD LOTE Nº 33: JERSEY DE INVIERNO DE ALTA VISIBILIDAD LOTE Nº 34: CHAQUETAS AMBIVALENTES DE ALTA VISIBILIDAD LOTE Nº 35: TOALLAS LOTE Nº 36: ANORAKS TRIVALENTES DE ALTA VISIBILIDAD LOTE Nº 37: PRENDAS DE AGUA DE ALTA VISIBILIDAD LOTE Nº 38: BOTAS Y ZAPATOS DE SEGURIDAD LOTE Nº 39: CALCETINES LOTE Nº 40: CHALECOS REFLECTANTES CLÁUSULA 2. PRESUPUESTO BASE DE LA CONVOCATORIA DE

OFERTAS

Con carácter orientativo se estima que el importe global anual de los contratos a realizar con las empresas seleccionadas asciende a 174.000 € (CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL EUROS) (IVA incluido). No obstante, esta cantidad es meramente estimativa y no supone un compromiso de gasto por parte de TUVISA. CLÁUSULA 3. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN La adjudicación del contrato se llevará a cabo por el procedimiento ABIERTO y la forma de adjudicación será el CONCURSO con arreglo a los criterios objetivos de valoración y su ponderación que se establecen a continuación:

3.1. El precio ofertado en igualdad de condiciones (30%) 3.2. La calidad y/o prestaciones del suministro ofertado, considerando en los

elementos en que resulte procedente, la mayor adecuación de los mismos a la normativa europea sobre prendas de protección que deberá acreditarse

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mediante la presentación de los oportunos certificados o declaraciones responsables de la “autocertificación” de las prendas. También se considerará la variedad y amplitud de tallas disponibles. (30%).

3.3. Plazo de entrega ofertado (20%) 3.4. Servicio de atención post-venta acreditándose mediante declaración

responsable (20%). La adjudicación del contrato se realizará por lotes y podrán seleccionarse a una o a varias empresas en función de los productos ofertados. Se admitirán variantes en la composición de acuerdo a lo establecido con carácter general en los pliegos de condiciones técnicas. FASES DEL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR EL ACUERDO DE HOMOLOGACIÓN Y LA TRAMITACIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN El procedimiento para determinar el alcance material del acuerdo de homologación y para la adjudicación de los contratos de suministro se realizará por:

a) El Consejo de Administración que determinará mediante concurso público y procedimiento abierto, las empresas de suministro de ropa de trabajo homologadas, precios unitarios máximos de los suministros, y otras condiciones generales de contratación.

b) El Consejo de Administración o, en su caso y en función de la cuantía, el Gerente, procederá a la adjudicación de los contratos, mediante procedimiento negociado, o en su caso a través del contrato menor.

CLÁUSULA 4. DURACIÓN DEL ACUERDO MARCO DE SELECCIÓN El período de vigencia del Acuerdo Marco de selección de proveedores será de cuatro años, contados a partir de la formalización de dicho Acuerdo, sin posibilidad de prórroga. CLÁUSULA 5. EXPOSICIÓN DEL EXPEDIENTE

El expediente estará de manifiesto en TRANSPORTES URBANOS DE VITORIA, S.A., con domicilio social en C/ Aguirrelanda nº 2, hasta el día anterior al señalado para la presentación de ofertas durante las horas de oficina de atención al público y en el sitio Web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, correspondiente al perfil de TUVISA como poder adjudicador y podrá ser solicitado en formato electrónico en el correo [email protected].

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CLÁUSULA 6. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES

Podrán presentar proposiciones en la licitación, y en la forma que se especifica más adelante, las personas físicas o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera, técnica o profesional, que no estén incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar con el sector público establecidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y cuya finalidad o actividad tengan relación directa con el objeto del contrato según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales, acreditándose debidamente disponer de una organización con elementos personales y suficientes para la debida ejecución del contrato.

En las licitaciones, cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en Unión Temporal de Empresarios con otros, si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas.

La presentación de las proposiciones presume la aceptación por el licitador de las cláusulas de este pliego y del resto de documentos contractuales y la declaración responsable de la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas. CLÁUSULA 7. LUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE

PROPOSICIONES 7.1. LUGAR

Las proposiciones deberán ser presentadas en “TRANSPORTES URBANOS DE VITORIA, S.A.”, sita en la calle Aguirrelanda nº 2 de Vitoria (Álava).

7.2. PLAZO Dentro de las horas de oficina y hasta las 13 horas del

quincuagésimo segundo día natural a contar desde la fecha de envío del anuncio de licitación a la Comisión Europea. En caso de que ese día fuera inhábil, el último día será el primer día hábil siguiente.

7.3. FORMA

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Las proposiciones podrán presentarse por correo en la forma que establece el artículo 100 del Reglamento General de Contratación del Estado, debiendo justificarse en dichas proposiciones la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta, mediante telex, fax, telegrama o correo electrónico el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio.

Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha, sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.

Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados, A, B y C,

y un paquete con la documentación que luego se especifica, indicando en cada uno de ellos, el procedimiento al que concurre, así como de existir lote o lotes al que se efectúa o efectúen las ofertas (la propuesta podrá presentarse a uno, a varios o a la totalidad de los lotes objeto del concurso, pero sólo se admitirá una proposición por lote), denominación y C.I.F. de la empresa, nombre y apellidos de quien firma la proposición, carácter con que lo hace. Los sobres y el paquete deberán ser necesariamente firmados por el licitador o persona que lo presenta.

7.3.1. SOBRE A. PROPOSICIÓN ECONÓMICA Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o

persona que ostente su representación, redactada conforme al modelo que figura como anexo nº 1, incluyéndose en el precio ofertado todos los conceptos desglosados, incluidos impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, seguros, aranceles, licencias, autorizaciones de todo tipo que recaigan sobre la operación.

Se entenderá a todos los efectos, que las ofertas de los empresarios comprenderán el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, incluso cuando las proposiciones sean por precios unitarios, descuentos unitarios o por porcentajes de bajas sobre precios unitarios.

La propuesta no podrá ser superior al presupuesto aprobado para la contratación.

7.3.2. SOBRE B. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

Se incluirá en el sobre “B” una ficha con las características específicas para cada producto ofertado , firmada y sellada. Grapada a cada una de estas fichas se adjuntará toda la documentación acreditativa que avale el cumplimiento de las especificaciones obligatorias y de los factores valorables, según pliego de condiciones técnicas, a los que se compromete el licitador, adquiriendo los relacionados con el objeto del contrato carácter contractual en caso de adjudicación.

7.3.3. SOBRE C. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Deberán acreditar la capacidad para contratar, y la solvencia

técnica y económico-financiera aportando:

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• Documento Nacional de Identidad de la persona que firma la proposición económica en nombre propio o como apoderado (deberá presentarse original y copia para su cotejo, o bien copia autenticada ante Notario).

• La capacidad de obrar de las empresas que fueran personas jurídicas se acreditará mediante escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.

• Si se trata de una persona jurídica, asociativa o societaria, o siendo empresa individual, no firme la proposición económica el titular registral de la empresa, habrá también de incluirse escritura de apoderamiento, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil, a favor de la persona que suscriba la oferta económica, con facultades para contratar con la Administración.

• Declaración expresa responsable de no estar incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito se exija antes de la adjudicación a los que vayan a resultar adjudicatarios del contrato. No obstante lo anterior, cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos referidos a las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, se acreditará esta circunstancia mediante declaración expresa responsable. La omisión de cualquiera de los documentos citados, o la no observancia estricta del cumplimiento de los previstos en los apartados anteriores podrán ser motivo para la no admisión de la oferta.

• Documentación acreditativa de hallarse en situación de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, sea el licitante persona física o jurídica

• Los contratistas que acrediten la posesión del Certificado de Clasificación expedido por el Registro Oficial de Contratistas del Estado y los que acrediten mediante certificación su inscripción en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi estarán eximidos de presentar la documentación señalada en los puntos 2, 4 y 5 de esta cláusula.

• Las empresas licitadoras deberán presentar como solvencia técnica: - Relación de los trabajos ejecutados durante los últimos tres años

debiendo acreditar, al menos, la ejecución de dos trabajos iguales o similares a los objeto de la presente licitación y acompañados de certificados de buena ejecución de los mismos.

Adicionalmente, podrán presentar:

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- Descripción del equipo técnico, medidas empleadas por el suministrador para asegurar la calidad y los medios de estudio e investigación de la empresa.

- Certificaciones establecidas por los institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de calidad y que acrediten la conformidad de artículos bien identificados con referencia a ciertas especificaciones o normas.

• Para acreditar la solvencia económica, las empresas licitadoras deberán presentar los siguientes documentos:

- un certificado de alguna institución financiera que acredite la solvencia económica y financiera del licitador, redactado conforme al modelo de solvencia económica indicado en el anexo nº 2

- cifra de negocios global anual de la empresa de los tres últimos años de, al menos, el doble de la suma de los importes de los lotes a los que se presenta: este extremo se acreditará mediante declaración responsable donde se recoja la cifra de negocios global de la empresa en los tres últimos años desglosada por anualidades.

7.3.4. MUESTRAS: Además de los tres sobres, los licitadores

presentarán una muestra de cada uno de los productos comprendidos en los lotes a los que presenten oferta, en un paquete cerrado durante el plazo de presentación de ofertas. Quedarán excluidas aquellas ofertas que no presenten muestras. Una vez que la adjudicación del contrato sea firme, se remitirá a las empresas licitadoras una comunicación indicándoles el plazo para la retirada de las muestras presentadas. Una vez finalizado dicho plazo, si la empresa licitadora no procediera a la retirada de dichas muestras, se procederá a la entrega de las mismas a una institución sin ánimo de lucro.

7.3.5. GARANTÍA PROVISIONAL: Tratándose de un acuerdo marco, no es necesaria la constitución de garantía provisional.

7.3.6. CRITERIOS PARA LA APRECIACION DE BAJAS

DESPROPORCIONADAS O TEMERARIAS Se consideraran en principio como bajas desproporcionadas o

temerarias, la baja de toda proposición cuyo tanto por ciento exceda en 10 unidades, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas.

7.4. UNION TEMPORAL DE EMPRESARIOS

TUVISA podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesario la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante TUVISA.

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Cada uno de los empresarios que la componen deberán acreditar su capacidad de obrar, y su solvencia económica, financiera, y técnica de conformidad a lo establecido en las cláusulas anteriores. Además en el escrito de proposición deberán indicar los nombres y circunstancia de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y la designación de la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a TUVISA.

La duración de la unión temporal de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

CLÁUSULA 8. APERTURA DE PROPOSICIONES

Finalizado el plazo de presentación de proposiciones La Mesa de Contratación, en el lugar, día y hora que se señale, dará cuenta en actor público de las proposiciones recibidas. Seguidamente y en privado procederá a la apertura del sobre C.

Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente y por fax a los interesados, concediéndoles un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación.

La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación referida a la capacidad para contratar y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección establecidos, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y la causa de su rechazo.

Una vez realizadas las actuaciones anteriores tendrá lugar el acto de apertura de los sobres B en el lugar y día previamente señalados, constituyéndose a estos efectos la Mesa de contratación.

Por la mesa de contratación se procederá a redactar la propuesta de valoración de las propuestas técnicas.

Una vez realizada la valoración se procederá al acto público de la apertura de los sobres A en el lugar y la fecha que se señale, constituyéndose a estos efectos la Mesa de contratación.

VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS: La Mesa apreciará la existencia de valores anormales o desproporcionados, evaluando cada oferta en relación a las restantes, integrando en la evaluación la globalidad de los factores que afectan al precio. Para la exclusión de una oferta por contener valores anormales o desproporcionados, se requerirá previamente a la empresa licitadora en cuestión, la información necesaria que permita justificar dichos valores, salvo que ya se contenga

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dicha información en la propia oferta. En caso de que la justificación no se valore como suficiente, quedará excluida de la licitación.

Por la mesa de contratación se procederá a redactar la propuesta de valoración de las propuestas económicas.

La Mesa de Contratación podrá solicitar antes de formular propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.

La Mesa de Contratación por medio de su Presidente, manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios objetivos de valoración establecidos en los Pliegos de Condiciones Administrativas, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de éstas últimas y notificará el resultado de la calificación.

Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de la licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte de licitador, de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal de que el uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.

La Mesa de Contratación formalizará la propuesta que considere más adecuada en la que constará, siempre que el número de licitadores admitidos y su cumplimiento del objeto del contrato lo permita, un número mínimo de tres empresas para cada uno de los lotes objeto de contratación. El número máximo de empresas homologadas se establece en el Pliego de Condiciones Técnicas para cada uno de los lotes.

La resolución adoptada por el Consejo de Administración consistirá en la determinación de las empresas, con sus precios unitarios máximos y condiciones generales de ejecución, que integrarán la lista de empresas homologadas, y recaerá en los concursantes que, en su caso, hagan las proposiciones más ventajosas en su conjunto de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el presente Pliego de Condiciones Administrativas.

CLÁUSULA 9. ACREDITACIÓN DE HALLARSE AL CORRIENTE EN

EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Las empresas propuestas por la Mesa de Contratación para la adjudicación del

contrato deberán acreditar, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la fecha en que se les requiera para ello, estar al corriente de las obligaciones tributarias establecidas en el artículo 7 del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, mediante la o las

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certificaciones administrativas expedidas por la Hacienda que corresponda (Diputación Foral de Alava, Diputación Foral de Vizcaya, Diputación Foral de Guipuzcoa, Diputación Foral de Navarra, Agencia Estatal Tributaria) y estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones de la Seguridad Social establecidas en el artículo 8 del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, mediante certificación administrativa expedida por la Tesorería de la Seguridad Social. CLÁUSULA 10. ADJUDICACIÓN

La Mesa de Contratación elevará las proposiciones presentadas junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación.

TUVISA tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa en su conjunto, mediante la aplicación de los criterios de valoración establecidos en la carátula del Pliego de Condiciones Administrativas, sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución con referencia a dichos criterios de valoración.

CLÁUSULA 11. CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA El adjudicatario del contrato, en el plazo de 15 días contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación de cada contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 4% del montante de cada pedido adjudicado.

Dicha garantía deberá constituirse por alguno de los medios siguientes: en metálico o mediante aval bancario, acreditándose tal hecho mediante alguno de los documentos que a continuación se indican: - Si la fianza se constituye en metálico, el resguardo de su ingreso, en la cuenta corriente 2097 0178 16 0010904516 abierta a nombre de Transportes Urbanos de Vitoria en la oficina de entidades Publicas de la Caja vital. - De utilizarse aval bancario para la constitución de la fianza, deberá ajustarse al modelo oficial aprobado por TRANSPORTES URBANOS DE VITORIA (se adjunta modelo Anexo III) y estar emitido por Banco o Caja de Ahorro, con sucursal abierta al público en la plaza de Vitoria, o por Entidad de Seguros, debidamente autorizada para ello y con domicilio y Delegación en Álava, o bien por Sociedad de Garantías Recíprocas, con domicilio social en Álava, y asimismo, debidamente autorizado por los Apoderados de la Entidad avalante que tengan poder suficiente para obligarla plenamente. CLÁUSULA 12. FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO MARCO DE

SELECCIÓN

Dentro de los 30 días siguientes a la notificación del acuerdo de homologación, los concursantes incluidos en la relación aprobada deberán comparecer para formalizar la plena aceptación del acuerdo de homologación con la firma de los documentos que integran el presente pliego de condiciones administrativas particulares.

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Cuando, por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, TUVISA podrá acordar la resolución del mismo, siendo trámite necesario la audiencia del interesado, y cuando se formule oposición por el contratista, el informe del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma respectiva. En tal supuesto procederá la incautación de la garantía provisional y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.

Además las empresas homologadas deberán designar la persona que en nombre de la empresa actúe como la persona de contacto, interlocutor de las incidencias que puedan derivarse durante la ejecución del contrato, así como la transmisión de los datos de la empresa, avisos de entregas, de facturas, y otros de carácter similar, indicándose el nombre, apellidos, DNI, teléfono, fax y dirección de correo electrónico asignados, y cargo en la organización de la empresa. CLÁUSULA 13. IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

En el caso de que la empresa adjudicataria no figure dada de alta en el Impuesto de

Actividades Económicas en el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, deberá formalizar su alta o acreditar estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas de ámbito estatal o provincial en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación.

EJECUCIÓN DEL CONTRATO CLÁUSULA 14. NORMAS GENERALES

El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del Pliego de Condiciones Técnicas, al programa de trabajo y a lo establecido en este Pliego, y en todo caso de acuerdo con las instrucciones, que para su interpretación diere TUVISA al contratista.

El contratista quedará obligado a aportar para la realización de los trabajos el equipo y medios auxiliares que sean precisos para la buena ejecución.

Los concursantes homologados estarán obligados a cumplir las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, social, y de seguridad e higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones de orden laboral y social por parte de las empresas o la infracción de las disposiciones sobre seguridad e higiene en el trabajo, no comporta ningún tipo de responsabilidad para TUVISA. Si se incumpliese esta estipulación el contratista y/o su administrador único vendrán obligados a indemnizar a Tuvisa por los daños causados. Pudiendo Tuvisa retener el importe de la fianza para resarcirse de los daños sufridos.

Serán de cuenta de las empresas homologadas los gastos que se requieran para la obtención de licencias, documentos o cualquier información de Organismos Oficiales o particulares. Asimismo, los impuestos, derechos, tasas, o compensaciones y demás

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gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas seña len.

La empresa adjudicataria responderá de que los trabajos se realicen con la diligencia y nivel de calidad adecuados.

El empresario responderá de la calidad de la ejecución de los trabajos y de las faltas que hubiere. Sólo quedará exento de responsabilidad cuando los vicios que se observen, sean consecuencia directa de una orden de Tuvisa o de las condiciones impuestas por ella. CLÁUSULA 15. PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS

CONTRATOS DE SUMINISTRO DE ROPA DE TRABAJO A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO

Una vez determinadas las empresas adjudicatarias con los precios unitarios máximos de los suministros homologados, se realizarán las consultas con las empresas aceptadas por el acuerdo marco de selección, mediante la utilización del procedimiento negociado para el caso en que el presupuesto del contrato sea superior a 12.000 €. En las convocatorias de licitación de los contratos, el importe máximo de licitación en ningún caso podrá exceder de la cifra derivada de multiplicar los precios unitarios máximos homologados por el número de unidades previstas en el correspondiente objeto de licitación. En ningún caso, los precios ofrecidos por los licitadores podrán exceder de aquellos que hayan sido aprobados en el acuerdo marco. El pliego de cláusulas administrativas particulares y técnicas determinarán el objeto del contrato, el presupuesto de licitación máximo, las condiciones de ejecución, la duración del contrato, el plazo de garantía, la cláusula de revisión de precios cuando sea procedente, penalizaciones contractuales, así como las estipulaciones de obligado cumplimiento. Los expedientes de contratación podrán ser tramitados con carácter anticipado en el período de vigencia. En el expediente constarán en todo caso los siguientes trámites:

a) Consulta de la oferta al menos a tres empresas adjudicatarias del concurso de homologación del bien o servicio de que se trate con indicación de las condiciones del contrato que puedan ser negociables, a excepción hecha de las características mínimas y del precio máximo del bien o suministro homologado.

b) Previa propuesta de adjudicación por la mesa de contratación, resolución y notificación del procedimiento negociado, atendiendo a los criterios de valoración establecidos en el Pliego. Además, antes de la formalización del contrato y dentro de los quince días siguientes a la notificación de la resolución en que se adjudiquen los contratos, la empresa adjudicataria deberá acreditar haber depositado la garantía definitiva por el importe del 4% del precio de adjudicación.

c) Recepción, liquidación y extinción de las prestaciones del contrato de acuerdo con las cláusulas del procedimiento negociado.

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CLÁUSULA 16. CONVOCATORIA MEDIANTE CONTRATO MENOR

Cuando se traten de contratos de licitación inferiores, iguales o similares a 12.000 €, los documentos justificativos del expediente serán los señalados para el contrato menor en los artículos 95 y 122.3 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.

Cuando parte del equipo disponible se emplee en la ejecución de otros suministros, la empresa adjudicataria deberá dar cuenta de ellos a la Administración en la propuesta de programa de los trabajos.

La empresa adjudicataria deberá contratar el personal necesario para atender a sus necesidades. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuánto éste tendrá los derechos inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir con las disposiciones vigentes en materia laboral, y de prevención de riesgos laborales, referidas al propio personal en su caso. CLÁUSULA 17. OBLIGACIÓN DE SANEAMIENTO

Los bienes a entregar por el empresario deberán cumplir cuantas normas de carácter general sobre los mismos hayan sido dictadas por la Administración del Estado, Autonómica o Local, sin perjuicio de las específicas que hayan podido establecerse en el correspondiente Pliego de Bases Técnicas.

El empresario será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial de los suministros que se efectúe por un tercero, y deberá indemnizar a la TUVISA todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos todos los gastos derivados de las mismas.

El empresario responderá de la calidad de los bienes suministrados y de las faltas que hubiere. Sólo quedará exento de responsabilidad cuando los vicios que se observen, sean consecuencia directa de una orden de la TUVISA o de las condiciones impuestas por ella.

CLÁUSULA 18. ENTREGA DEL SUMINISTRO – LUGAR DE ENTREGA

DEL SUMINISTRO

El presente concurso se refiere al suministro de la ropa de trabajo, para los años 2010 al 2013 inclusive.

El plazo de ejecución y entrega de las prestaciones será ofertado por el licitador en su propuesta, y posteriormente fijado de forma definitiva en la adjudicación que se resuelva.

Salvo casos de fuerza mayor, debidamente acreditados mediante Certificado Oficial de las autoridades competentes, las demoras en el cumplimiento de las fechas de entrega ofertadas por el adjudicatario a partir del tercer día contado desde la fecha fijada

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para la entrega serán compensadas económicamente a Tuvisa en concepto de indemnización de daños y perjuicios, conforme a la siguiente tabla:

Demora en días Compensación económica diaria Del 3º al 5º 0,05 % Del 6º en adelante 0,1 %

El lugar de entrega será el domicilio de TUVISA sito en c/ Aguirrelanda, s/n de Vitoria-Gasteiz (cp.:01013). No obstante, durante la ejecución del contrato, el contratista se reserva el derecho de fijar otro lugar de entrega diferente siempre dentro del término municipal de Vitoria-Gasteiz.

Los gastos de entrega y transporte del suministro al lugar indicado serán a cargo del adjudicatario, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del contrato. Los plazos de entrega se computarán desde el día en que tenga lugar, por parte de la empresa adjudicadora, la notificación, por escrito o cualquier otro medio que posibilite la constancia del acto, al contratista de la orden del inicio de las prestaciones o el pedido correspondiente. La mora del empresario no requerirá la previa intimación del contratista. Cuando el suministro consista en la entrega de una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario, la cuantía de los mismos estará subordinada a las necesidades de la empresa contratante, sin que exista obligación de adquirir una cantidad mínima de unidades. La entrega se entenderá hecha cuando el suministro haya sido efectivamente recibido por la empresa contratante, de acuerdo con las condiciones del contrato. En todo caso, la entrega total o parcial exigirá un acto formal y positivo, documentado mediante el justificante de recepción. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos, se hará constar así en el acta de recepción, dándose las órdenes precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado. Cualquiera que sea el tipo de suministro, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la empresa contratante, salvo que ésta hubiera incurrido en mora al recibirlos.

TUVISA podrá modificar el contrato, en razón de las necesidades reales del Servicio destinatario, dentro de los límites establecidos en la legislación vigente.

Cuando como consecuencia de las modificaciones del contrato de suministro se produzca aumento, reducción o supresión de las unidades de bienes que integran el suministro o la sustitución de unos bienes por otros, siempre que los mismos estén comprendidos en el contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el contratista, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de unidades o clases de bienes a reclamar indemnización por dichas causas.

TUVISA tendrá la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma, análisis, ensayos, pruebas de los

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materiales que vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estimen oportunas por el estricto cumplimiento de lo convenido. CLÁUSULA 19. DEMORA EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto de los plazos parciales establecidos o cuando la demora en el cumplimiento de aquellos haga presumir razonablemente la imposibilidad de cumplimiento del plazo total, o éste hubiera quedado incumplido, TUVISA podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias establecidas en el artículo anterior. CLÁUSULA 20. RECEPCIÓN, PLAZO DE GARANTÍA Y LIQUIDACIÓN

DEL CONTRATO

El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste se haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de TUVISA la totalidad de su objeto.

El plazo de garantía será de 30 días a contar desde la recepción del suministro. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en

los bienes suministrados TUVISA tendrá derecho a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.

Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados.

Si el órgano de contratación estimase durante el plazo de garantía que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de la expiración del plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación del pago o teniendo derecho, en su caso ,a la recuperación del precio satisfecho.

Terminado el plazo de garantía sin que TUVISA haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a la que se refieren los apartados 3 y 5 de esa cláusula, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados. CLÁUSULA 21. COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO La coordinación y seguimiento del suministro corresponderá a TUVISA que deberá velar por el cumplimiento del Contrato. TUVISA para realizar el seguimiento y control podrá exigir en cualquier momento la revisión del estado del suministro. Para ello podrá establecer:

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• Reuniones de información sobre aspectos generales o particulares con la empresa adjudicataria y aquellas personas de su organización que estén relacionadas con los temas a tratar.

• Informes por escrito sobre el estado de los trabajos y sobre cualquier aspecto del desarrollo de los trabajos que la empresa adjudicataria.

CLÁUSULA 22. DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA Vencido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se devolverá o cancelará la misma. CLÁUSULA 23. FORMA DE PAGO

El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de los suministros entregados y recibidos de conformidad por TUVISA.

Transferencia a 30 días a contar desde la fecha de presentación de la factura correspondiente a la compra, previo visto bueno dado a dicha factura. CLÁUSULA 24. MODIFICACIONES

En esta materia se estará a lo establecido en la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público y Ley 31/2007 sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

La empresa adjudicataria, ante cualquier incidencia, deberá comunicarla a TUVISA, a la mayor brevedad posible, para su conocimiento y la aprobación de la propuesta alternativa presentada por la Empresa adjudicataria si fuera preciso.

Desde la empresa adjudicataria se pondrán hacer cuantas sugerencias se consideren necesarias para el mejor logro de los objetivos perseguidos, siempre dentro del límite máximo del presupuesto.

CLÁUSULA 25. REVISIÓN DE PRECIOS

Los precios unitarios durante el primer año de homologación – contado desde la firma del acuerdo – no serán objeto de revisión de precios de conformidad a la legislación vigente.

A partir del segundo año del período de vigencia del acuerdo de homologación y en su caso durante la prórroga, tendrá lugar una revisión de precios mediante la aplicación de los porcentajes de variación del I.P.C. a nivel estatal, publicado por el Instituto Nacional de Estadística. La fecha que se tendrá en cuenta a los efectos de determinar la base para el inicio del cálculo de los índices de actualización será el de la

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firma del acuerdo de homologación. Este incremento en los precios unitarios por aplicación del IPC no afectará a los contratos ya suscritos. CLÁUSULA 26. DEVOLUCIÓN DE LA FIANZA

Aprobada la liquidación del contrato, si no resultaran responsabilidades que

hayan de ejercitarse sobre la garantía y, transcurrido el plazo de la misma, se dictara acuerdo de devolución de aquélla o de cancelación del aval. CLAÚSULA 27. SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN DEL CONTRATO

Las empresas adjudicatarias podrán ceder a un tercero los derechos y obligaciones dimanantes de los contratos del acuerdo de homologación, con la previa autorización expresa de TUVISA, cuando se cumplan los requisitos establecidos en la legislación vigente.

También podrán contratar con terceros la realización parcial del contrato, con los requisitos, condiciones y porcentajes establecidos en el artículo 210 de la Ley 30 /2007 de Contratos del Sector Público, debiéndose en todo caso dar a conocer por escrito a TUVISA el subcontrato, con indicación de las partes del contrato a realizar por el subcontratista.

Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no excederán del 50% del importe de la adjudicación.

El contratista se obligará a abonar a los subcontratistas y suministradores el pago del precio pactado en los plazos y condiciones que no sean más desfavorables que los establecidos en el artículo 200.4 de la Ley antes referida.

Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a TUVISA.

En ningún caso podrá concertarse por el contratista la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar.

Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que sus cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante para la adjudicación del contrato. CLÁUSULA 28. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Las causas de resolución de los contratos de suministros, además de las ya señaladas, serán las establecidas en el artículo 206 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.

El incumplimiento por el contratista de las obligaciones establecidas con carácter preceptivo en el presente Pliego, o en el resto de los documentos contractuales podrán ser causa de resolución del contrato. CLÁUSULA 29. JUZGADOS Y TRIBUNALES

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La presente licitación se rige por la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público y la Ley 31/2007 sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y demás legislación que le sea aplicable.

Para resolver cualquier controversia sobre la eficacia, ejecución, interpretación

de dicho contrato las partes se someten al Fuero de los Juzgados y Tribunales de Vitoria - Gasteiz, haciendo renuncia expresa a cualquier otro que pudiera corresponderles.

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ANEXO I

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA D......................................................................................................., con domicilio en ..................................................,calle ...................................................................... , y provisto de D.N.I .............................,en nombre propio o en representación de ............................. , con domicilio en ............................... , calle ..................................Tfno ................................y N.I.F......................., bien enterado de los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas que han de regir el presente ACUERDO MARCO DE SELECCIÓN DE PROVEEDORES PARA EL SUMINISTRO DE ROPA DE TRABAJO A LA EMPRESA “TRANSPORTES URBANOS DE VITORIA, S.A.”, se compromete a llevar a cabo el suministro de acuerdo a las características contenidas en los pliegos. El importe unitario del lote XX asciende a la cantidad de xx.xxx,xx € (IVA incluido) El importe unitario del lote XX asciende a la cantidad de xx.xxx,xx € (IVA incluido) … La presentación de la oferta supondrá la aceptación de las condiciones administrativas y técnicas de los pliegos que obran en el expediente. (Fecha y firma del proponente)

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ANEXO II

MODELO DE SOLVENCIA ECONOMICA Y FINANCIERA

D……………………………………….. en calidad de ……………………….. del Banco …………………………..

CERTIFICA

En relación a su solicitud de acreditación de su solvencia y capacidad económica-financiera le comunicamos que su entidad (nombre del licitador) ………………….. con C.I.F./D.N.I. (del licitador) ……………………………. con domicilio social o personal (del licitador) ……………………………………. opera, a nuestro juicio, con completa y absoluta solvencia económica y financiera desarrollando su actividad con total normalidad. Esta información se ofrece de manera confidencial, sin que pueda ser utilizada fuera del contexto de la solicitud de la propia compañía y en ningún caso debe entenderse esta carta como garantía o promesa de garantía. Y para que así conste donde sea necesario, expido el presente certificado en (localidad) …………… a (fecha) …… de …………….. de ………… Firma y sello.

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ANEXO III

MODELO DE AVAL (PROVISIONAL O DEFINITIVO).

(Entidad Bancaria Avalista) y en su nombre y representación D............................. con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la escritura de poder otorgada ante el Notario de .................................Don ................................. en fecha......................, con el número .......................................... de su protocolo, y bastanteado por la Asesoría Jurídica de .................................., el día .............................

AVALA

A (adjudicatario), haciendo renuncia expresa de los beneficios de excusión, orden y división, ante Transportes Urbanos de Vitoria-Gasteiz S.A. hasta la cantidad de ............................................... euros en concepto de garantía (provisional o definitiva) para responder de las obligaciones derivadas (de la participación en el concurso o del cumplimiento de la contratación conforme al concurso) convocado por TUVISA para el SUMINISTRO DE ROPA DE TRABAJO DE SU PERSONAL. (Entidad Bancaria Avalista) se compromete a efectuar el pago de la cantidad garantizada, a primer requerimiento por escrito de persona autorizada de TUVISA sin que sea admisible excusa alguna, incluida la oposición del avalado. Este aval tendrá validez en tanto no sea autorizada su cancelación por TUVISA. El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número......

En Vitoria-Gasteiz, a ....................... Firma