PLIEGO DE CLAUSULAS GENERALES Y PRESCRIPCIONES...
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PLIEGO DE CLAUSULAS GENERALES Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
PARA LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD, DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE
REPARACIÓN DE LAS PUERTAS CORTAFUEGOS PARA VEHÍCULOS EXISTENTES EN LAS GALERÍAS DE EVACUACIÓN DE LOS TÚNELES DE LA
VARIANTE SUR METROPOLITANA
Nº EXP. 088/2013/N3/AT
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
A) Entidad adjudicadora y perfil del contratante:
INTERBIAK BIZKAIKO HEGOALDEKO AKZESIBILITATEA, S.A.
Islas Canarias, 19, 1º
48015-Bilbao-Bizkaia
Tel. 94 405 70 00 – Fax 94 405 70 01
-http://www.interbiak.bizkaia.net
B) Objeto del contrato:
Ejecución de las obras correspondientes al proyecto de reparación de las puertas
cortafuegos para vehículos en las galerías de evacuación de los túneles de la
Variante Sur Metropolitana.
C) Tipo de contrato y procedimiento de adjudicación:
Contrato no sujeto a regulación armonizada
Procedimiento negociado con publicidad
D) Presupuesto de licitación:
Presupuesto de licitación: (25.904,36 €)
IVA 21%: (5.439,92 €)
TOTAL: (31.344,28 €)
Valor estimado (IVA excluido): (25.904,36 €)
E) Plazo de ejecución:
Dos (2) meses.
F) Garantía Provisional:
Dos por ciento (2%) del presupuesto de licitación.
Dada la finalidad del contrato y debido a los perjuicios que causaría a INTERBIAK
la retirada injustificada de las ofertas presentadas, entre ellos, retrasos en la
adjudicación del contrato y en su inicio, resulta necesario exigir la constitución de
garantía provisional por el importe indicado, para asegurar, por una parte, la
seriedad de las ofertas presentadas, esto es, la viabilidad de su realización y, de
otra, el cumplimiento de los requisitos formales al que se refiere el artículo 151.2
del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
G) Garantía Definitiva:
Cinco por ciento (5%) del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el
Valor Añadido.
H) Revisión de precios:
No procede.
I) Clasificación de contratistas:
No se exige.
J) Obtención de documentación: -http://www.interbiak.bizkaia.net
La visita para ver las puertas y sus desperfectos, será el 26 de noviembre de
2013, a las 22:00 horas, en el Centro de Control de la Variante Sur Metropolitana,
sito en Camino de Peñaskal, s/n, 48002 Bilbao (ver plano de situación adjunto).
K) Presentación de ofertas:
4 de diciembre de 2013, hasta las 12:00 h.
INTERBIAK, S.A., c/Islas Canarias 19. 48015-Bilbao
L) Plazo de garantía:
Dos (2) años, desde la recepción de las obras objeto del contrato.
M) Cobertura de riesgos:
Según lo estipulado en el apartado 9 del Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares.
N) Criterios de adjudicación:
- Oferta económica (100 puntos)
- Oferta técnica (100 puntos)
INDICE
CAPITULO I – DISPOSICIONES GENERALES ................................................................. 1
1. NATURALEZA DE INTERBIAK ...................................................................................... 1
2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO ........................................................................ 1
3. NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO ............................................................. 2
4. OBJETO .......................................................................................................................... 2
5. PRESCRIPCIONES GENERALES ................................................................................. 2
6. ALCANCE DE LOS TRABAJOS ..................................................................................... 3
7. PLAZO DE EJECUCION ................................................................................................. 5
8. PRESUPUESTO DEL CONTRATO ................................................................................ 5
9. FACULTADES QUE SE RESERVA INTERBIAK ........................................................... 8
10. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES ............................................................. 8
11. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES ................................................................... 9
12. CALIFI.DOCU.PRESENTADA, APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSI. .......... 13
13. CRITERIOS DE VALORACIÓN .................................................................................. 13
14. GARANTÍA DEFINITIVA Y CONTRATO .................................................................... 18
15. ABONOS AL CONTRATISTA ..................................................................................... 19
16. SEGUROS .................................................................................................................. 19
17. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ............................................................................ 19
18. OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES ............................................................ 21
19. SEGURIDAD Y SALUD LABORAL ............................................................................. 21
20. PLAZO DE GARANTIA ............................................................................................... 22
21. CONCLUSIÓN DEL CONTRATO ............................................................................... 23
22. JURISDICCIÓN COMPETENTE ................................................................................. 27
CAPITULO I – DISPOSICIONES GENERALES
1. NATURALEZA DE INTERBIAK
Interbiak Bizkaiko Hegoaldeko Akzesibilitatea, S.A. (en lo sucesivo, “INTERBIAK”)
es una Sociedad Pública Unipersonal de la Diputación Foral de Bizkaia, constituida
por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia de fecha 28
de mayo de 2002, mediante escritura autorizada el día 30 de mayo de 2002 por el
Notario del Ilustre Colegio de Bilbao D. José María Arriola Arana, número de su
protocolo 1.065 y se rige por la Ley de Sociedades de Capital y cualquier otra
disposición que le sea de aplicación.
De acuerdo con su objeto social, INTERBIAK actúa en nombre propio y por cuenta
de la Diputación Foral de Bizkaia, con la finalidad de realizar estudios, proyectar,
construir y explotar, por sí misma o por terceros, las infraestructuras viarias que se
le encomienden por la Diputación Foral de Bizkaia.
2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
El contrato no está sujeto a regulación armonizada y se regirá:
• Por las cláusulas contenidas en este Pliego.
• En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de
los documentos contractuales, prevalecerá el presente Pliego de Cláusulas,
en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes
del contrato.
• En cuanto a su preparación y adjudicación, por las Instrucciones Internas de
Contratación de Interbiak.
• En cuanto se refiere a la interpretación, efectos, cumplimiento y extinción,
el contrato se regirá por las normas de Derecho privado.
Las comunicaciones y solicitudes dirigidas a Interbiak que los licitadores y/o
adjudicatarios deban realizar, conforme a lo previsto en este pliego y en la
legislación aplicable, solo surtirán efectos desde el momento que las mismas sean
remitidas oficialmente para lo que deberán ser presentadas en el registro oficial de
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Interbiak. La fecha del registro de entrada de Interbiak se considerará a todos los
efectos la fecha de la comunicación.
3. NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO
A los efectos de lo previsto en el artículo 22 del texto refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, la naturaleza y extensión de las necesidades que
pretenden cubrirse mediante el presente contrato, así como la idoneidad de su
objeto y contenido para satisfacerlas, son las señaladas en el presente pliego de
cláusulas generales y prescripciones técnicas particulares y en la documentación
preparatoria del contrato.
4. OBJETO
El objeto del presente contrato consiste en la realización de todos los trabajos
necesarios para la reparación de las puertas cortafuegos para paso de vehículos,
existentes en las galerías de los túneles de la Variante Sur Metropolitana, al objeto
de que cumplan su función de vía escapatoria y refugio en situaciones de
emergencia y de paso ocasional de vehículos de mantenimiento.
5. PRESCRIPCIONES GENERALES
Los sistemas de cierre instalados en las grandes puertas para el paso de vehículos
en las galerías de evacuación de la VSM presentan diversas deficiencias, que
generan los siguientes problemas:
• Dificultad de apertura y cierre.
• Incorrecta fijación de la puerta en su posición cerrada.
• Este último problema tiene consecuencias sobre la estanqueidad de la
puerta frente al fuego y también provoca falsas alarmas en la detección de
puerta abierta.
La principal causa del deterioro de las puertas viene motivada por los continuos
golpes y vibraciones que produce el tráfico en las puertas, que al estar mal
ancladas, está desencajando los marcos, lo que provoca un peor cierre de las
puertas, que impide su estanqueidad.
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Los deterioros en alguna de las puertas, está, en algún caso, provocando pérdida
del material contenido en el interior que confiere a la puerta su resistencia al fuego.
Estos daños están especialmente agravados en las dos puertas existentes en la
galería número 8 del túnel de Arraiz.
En esa situación, las galerías no pueden ser sometidas a presurización y por tanto,
dejan de ser una salida y refugio seguro en caso de incendio.
Así pues, la reparación de todas las puertas deberá, por un lado, asegurar su
función de seguridad y estanqueidad frente al fuego y a la vez asegurar unos
correctos mecanismos de apertura y cierre, y por otro, deberá soportar las
condiciones del entorno, ya sea la humedad o ambientes salinos y los continuos
golpes de presión que ejercen, sobre todo, los vehículos pesados al circular por los
túneles.
Se valorarán especialmente la durabilidad y solidez de las soluciones propuestas
por el licitador así como la calidad de los materiales utilizados. También será
importante la reducción del mantenimiento necesario.
6. ALCANCE DE LOS TRABAJOS
Concretamente, las obras de reparación de las puertas consisten en:
• La sustitución de los sistemas de cierre por otro tipo más robusto, en 12
puertas de doble hoja, ubicadas en 6 galerías de la VSM.
• La instalación de topes y sistemas de retención en todas las puertas.
• La sustitución de todas las manillas.
• La reparación de los desperfectos puntuales, ya sean en los recibidos de los
marcos como en las partes metálicas de los marcos o puertas.
Además, se deberá tener en cuenta que será por cuenta del ofertante lo siguiente:
- La fabricación, transporte y montaje, junto con todos los materiales
auxiliares, tornillería, y medios auxiliares necesarios para el montaje.
- Todos los trabajos en las galerías de los túneles, deberán ajustarse a las
normativas de seguridad actualmente en vigor, así como las normas propias
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de Interbiak y de la empresa explotadora.
- Los medios humanos necesarios para el correcto montaje de todos los
elementos.
- Cuando termine la jornada laboral, se tendrá especial atención a la limpieza
diaria de la zona de trabajo retirando todos los restos y si fuera necesario
dejar algún material para utilizarlo al día siguiente, se acopiará en el interior
de la galería, dejando siempre suficiente paso libre.
- Todos los trabajos se comunicarán con la suficiente antelación al Centro de
Control, para coordinar los accesos, cortes de carril, sistemas de alarma,…
- A estos efectos, los trabajos o cargas/descargas puntuales de materiales se
llevarán a cabo en el horario (diurno o nocturno) que determine la empresa
explotadora, por lo que deberá tenerse en cuenta en la oferta, esta
contingencia.
Por contra, los trabajos de señalización provisional para cortes de carril, serán por
cuenta del Explotador.
Estas prescripciones son abiertas al objeto de posibilitar a los distintos ofertantes la
presentación de su mejor solución a las necesidades, que contemple el objetivo de
la reparación de las puertas para que cumplan correctamente su función. En este
sentido, se valorará especialmente la claridad y detalle con que se aborden las
soluciones propuestas. Las empresas ofertantes deberán especificar en sus
propuestas todos los elementos a utilizar para la reparación, especificando los
materiales utilizados y el posterior mantenimiento requerido.
6.1 Visita para recopilación de datos.
Al objeto de inspeccionar y determinar las medidas a adoptar para la reparación de
cada puerta, el ofertante podrá visitar las puertas, el día 26 de noviembre de 2013,
a las 22:00 horas, en el Centro de Control de la Variante Sur Metropolitana, sito en
Camino de Peñascal, s/n, 48002 Bilbao (ver plano de situación adjunto).
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7. PLAZO DE EJECUCION
El plazo de ejecución para llevar a cabo los trabajos será de DOS (2) MESES
desde la firma del contrato hasta la puesta en servicio, incluyendo la fabricación de
las diferentes piezas y el correcto montaje de todas las puertas totalmente
acabadas (pintura, recibidos de marcos, retirada de restos y limpieza, etc.).
8. PRESUPUESTO DEL CONTRATO
El presupuesto de licitación con arreglo al cual debe ser presentada la oferta se
desglosa según lo siguiente:
GALERIA 05 - SENTIDO CANTABRIA - Recolocación de pieza de selector de hoja. - Reposición de cerradura CR3. - Ajuste de muelle cierrapuertas. - Ajuste de puerta activa que tira las bisagras. - Colocación de pasador de sobreponer en hoja pasiva, zona inferior. - Recolocación de pasador en hoja pasiva, parte superior, embutido en el canto de la puerta.
IMPORTE DE INSTALACION, MATERIALES, MANO DE OBRA Y DESPLAZAMIENTOS INCLUIDOS
1 238,74 238,74
GALERIA 05 - SENTIDO DONOSTI - Reposición de muelle cierrapuertas en hoja pasiva. Sin retención, color plata, fuerza EN 4-6.
- Colocación de pasador de sobreponer en hoja pasiva, zona inferior. - Recolocación de pasador de la parte superior, embutido en el canto de puerta.
- Soldar bisagra rota, y ajuste de puerta. IMPORTE DE INSTALACION, MATERIALES, MANO DE OBRA Y DESPLAZAMIENTOS INCLUIDOS
1 498,18 498,18
GALERIA 08 - Reposición de puerta en ambos sentidos. Puerta abatible EI2-120, fabricada en dos hojas de medida 3550*3550 mm. Formada por dos chapas de acero de 1.2 mm de espesor. Aislamiento interior a base de lana de roca de alta densidad que garantiza la clasificación al fuego del conjunto,
cerco en "U" o en "Z", fabricado en chapa de 1.5 mm con garras de anclaje. Sistema de giro mediante tres o cuatro bisagras. Se suministra con bombillo, cerradura, y manilla homologada. Acabado
chapa galvanizada. Incluye puerta peatonal de paso libre 900*2000 mm en cada hoja, con mirilla tipo ojo de buey con vidrio EI-120 instalado.
Antipánicos en satin-inox. Muelle Cierrapuertas en puerta grande (2 uds) (se aprovecharan los existentes para las puertas peatonales).
Se aprovecharan los marcos actuales como premarco, y se fijara la nueva puerta sobre ellos mediante soldadura.
IMPORTE DE INSTALACION, MATERIALES, MANO DE OBRA Y
1 17.890,32 17.890,32
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DESPLAZAMIENTOS INCLUIDOS
GALERIA 13 - SENTIDO CANTABRIA - Sustitución de manilla. - Sustitución de cerradura CR-3. - Ajuste de muelle cierrapuertas. - Ajuste de antipánicos de hojas peatonales. - Colocación de pasador de sobreponer en hoja pasiva, zona inferior. - Recolocación de pasador de zona superior, embutido en el canto de la puerta.
IMPORTE DE INSTALACION, MATERIALES, MANO DE OBRA Y DESPLAZAMIENTOS INCLUIDOS
1 219,42 219,42
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GALERIA 13 - SENTIDO DONOSTI - Regulación de selector de hoja. - Ajuste de antipánicos de hojas peatonales. - Colocación de pasador de sobreponer en hoja pasiva, zona
inferior. - Recolocación de pasador de zona superior, embutido en el
canto de la puerta. IMPORTE DE INSTALACION, MATERIALES, MANO DE OBRA Y DESPLAZAMIENTOS INCLUIDOS
1 164,22 164,22
GALERIA 15 - SENTIDO CANTABRIA - Sustitución de cerradura CR-3. - Recolocación de muelle cierrapuertas. - Recolocación de selector de hoja. - Ajuste de antipánicos en puertas peatonales. - Colocación de pasador de sobreponer en hoja pasiva, zona
inferior. - Recolocación de pasador de la parte superior, embutido en
el canto de la puerta. IMPORTE DE INSTALACION, MATERIALES, MANO DE OBRA Y DESPLAZAMIENTOS INCLUIDOS
1 249,78 249,78
GALERIA 15 - SENTIDO DONOSTI - Echar al suelo la hoja pasiva para recolocación de umbral
inferior de la puerta peatonal integrada. - Recolocación de muelle cierrapuertas selector - Recolocación
de selector de hoja. - Recolocación de antipánicos. - Colocación de manillas. - Colocación de pasador de sobreponer en hoja pasiva, zona
inferior. - Recolocación de pasador en la puerta superior, embutido en
el canto de la puerta. IMPORTE DE INSTALACION, MATERIALES, MANO DE OBRA Y DESPLAZAMIENTOS INCLUIDOS
1 818,34 818,34
GALERIAS 23 Y 25 - Colocar pasador de sobreponer en hoja pasiva, zona inferior. - Recolocación de pasador de la parte superior, embutido en el
canto de la puerta. IMPORTE DE INSTALACION, MATERIALES, MANO DE OBRA Y DESPLAZAMIENTOS INCLUIDOS
1 347,76 347,76
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GALERIAS 05 - 08 - 13 - 15 - 23 - 25 ELEMENTOS COMUNES PARA LAS PUERTAS DOBLES DE GRANDES DIMENSIONES. - Instalación de tubos de 100*40*1.5 mm galvanizado (2 uds
por hoja), de refuerzo vertical para conseguir darle rigidez al conjunto de paño superior e inferior. Instalado por el interior de la puerta en ambas hojas, fijado mediante soldadura o atornillado.
IMPORTE DE INSTALACION, MATERIALES, MANO DE OBRA Y DESPLAZAMIENTOS INCLUIDOS
1 3.477,60 3.477,60
VARIOS - Remates varios de albañilería, acometidas eléctricas, etc. - Medios auxiliares de elevación incluidos.
1 2.000,00 2.000,00
SUMA 25.904,36
I.V.A. (21 %) 5.439,92
TOTAL 31.344,28
9. FACULTADES QUE SE RESERVA INTERBIAK
Cuando el adjudicatario incurra en actos u omisiones que perturben el correcto
desarrollo de las actividades encomendadas por Interbiak, ésta podrá exigir la
adopción de medidas concretas, a fin de conseguir, o en su caso restablecer el
buen orden en su realización.
La Dirección del Contrato será llevada por un técnico cualificado que designará
Interbiak al efecto y actuará de Director de los trabajos en cuanto al cumplimiento
de las condiciones de las recogidas en el presente pliego.
El adjudicatario estará sometido en sus actuaciones a las pautas marcadas por
Interbiak, pudiendo ésta modificar el diseño definitivo de las reparaciones,
respetando en todo caso, los condicionantes mínimos del presente pliego o de la
oferta.
10. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, se presentarán dentro
del plazo señalado en la convocatoria, en las oficinas de INTERBIAK, sitas en:
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C/ Islas Canarias, nº 19 – 1º
48015 Bilbao (Bizkaia)
La presentación de las proposiciones presupone la aceptación incondicional por
parte del licitador del contenido de las cláusulas de este Pliego, sin salvedad
alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos
presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la
contratación de los trabajos.
11. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Los licitadores presentarán tres sobres (A, B y C), firmados por estos, o por
personas que los represente, y cerrados de forma que se garantice el secreto de
su contenido, con la siguiente descripción:
Sobre A.- Título: Documentación General
Sobre B.- Título: Documentación Técnica
Sobre C.- Título: Proposición Económica
En cada uno figurará el nombre del licitador (o licitadores si se trata de Uniones
Temporales de Empresas o similares), domicilio social, teléfono y fax y el título de
la licitación, e incluirá la documentación, debidamente cumplimentada, que a
continuación se indica.
INTERBIAK podrá pedir aclaraciones o justificaciones documentales de los datos
aportados por el licitador. Por tal motivo, en cada uno de los sobres se adjuntará
una hoja donde se indique el nombre, cargo de la/s persona/s suficientemente
responsable/s, número de fax o e-mail, con quien deberá tratarse para las posibles
gestiones aclaratorias y de estudio que hayan de realizarse.
Los licitadores respetarán en su presentación de documento el orden establecido
en los puntos que siguen, incluso para aquellos apartados en que, por razones que
se aduzcan, no proceda su presentación.
Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición.
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11.1 SOBRE A) DOCUMENTACIÓN GENERAL
- Datos generales del licitador o representante, en cuyo caso se incluirá el poder
bastante para representar a la persona o entidad en cuyo nombre licite.
- Si la empresa es persona jurídica: Escritura de Constitución o Modificación,
debidamente inscrita en el Registro Mercantil y adaptada a la nueva Ley de
Sociedades.
- En el caso de persona física, fotocopia de DNI. del licitador, y en el caso de
persona jurídica, C.I.F. de la Sociedad y DNI. del representante.
- Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por la legislación
vigente.
- El último recibo del Impuesto sobre Actividades económicas, completado con la
declaración responsable de no haberse dado de baja del citado impuesto.
- Documento justificativo de la constitución de la Garantía Provisional establecida
en el apartado 3.
Una vez resuelta la adjudicación del Contrato, el adjudicatario deberá presentar en
el plazo de diez días hábiles las certificaciones positivas de acreditar estar al
corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social. A tal efecto, deberán aportarse:
(i) Certificaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, en su
caso, de la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria de la
Diputación Foral de Bizkaia, en las que se haga constar que la respectiva
persona física o jurídica está al corriente de sus obligaciones tributarias.
(ii) Certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social de
hallarse al corriente de pago de sus obligaciones ante ésta.
Por lo que se refiere a la solvencia económica, financiera y técnica o profesional se acreditará acompañando la siguiente documentación e información:
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a) Informe de instituciones financieras acreditativo de la solvencia económica y
financiera o, en su defecto, seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Para las sociedades balance o extractos de balance.
c) Declaración de las cifras de negocios globales de servicios realizados en los
últimos tres años.
d) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados durante los
últimos tres años, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o
privados de los mismos.
11.1.1 UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS
Cuando varios licitadores o empresas acudan a una licitación constituyendo una
unión temporal, cada uno de los que la componen deberá acreditar su capacidad
de obrar conforme establece la TRLCSP.
Para que sea eficaz la unión frente a INTERBIAK bastará que en el escrito de
proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que la
suscriban, la participación porcentual de cada uno de ellos, que se designe la
persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena
representación de todos ellos frente a INTERBIAK y que asuman el compromiso
de constituir una unión temporal de empresas en el caso de resultar adjudicatarias
del contrato.
Sólo en el caso de que la licitación sea adjudicada a la unión de empresas deberán
éstas acreditar la constitución formal de la misma en escritura pública ante
INTERBIAK.
11.2 SOBRE B) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Se acompañará un sobre “B”, que deberá contener como mínimo los siguientes
documentos:
Memoria breve, en soporte de papel, acompañados de los correspondientes
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planos a escala de los trabajos, así como los detalles que considere necesarios.
En sus ofertas particulares, las empresas licitadoras, podrán proponer, además
de las actividades señaladas en las bases, otras mejoras que consideren para
garantizar un mejor funcionamiento o mayor durabilidad de las puertas.
Relación de medios técnicos y materiales con los que cuentan para la ejecución
del presente trabajo, presentando una relación del personal especializado que
participará en los trabajos, así como el "Curriculum Vitae" en relación con
trabajos similares efectuados para otras entidades públicas o privadas.
En un documento específico, claro y diferenciado, para que pueda ser valorado
correctamente, se incorporarán aquellas mejoras sin coste, no se considerarán
mejoras aquellos aspectos solicitados como precisos y necesarios para el
desarrollo de lo previsto en el pliego.
En general, cuantos documentos se estimen necesarios para la correcta
ponderación de los criterios de adjudicación establecidos en el presente pliego.
11.3 SOBRE C) OFERTA ECONÓMICA
El sobre “C” contendrá la proposición económica del licitador formulada con arreglo
al modelo de proposición adjunto al presente Pliego como Anexo nº 1. La
proposición económica deberá ir fechada y firmada por persona con poder
suficiente para representar y asumir el compromiso derivado de la licitación.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del
Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. La proposición
económica deberá ir fechada y firmada por persona con poder suficiente para
representar y asumir el compromiso derivado de la licitación.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica.
A todos los efectos, se entenderá que la proposicion económica presentada por el
licitador, comprende, no sólo el precio del trabajo, sino también el importe de todos
los gastos, impuestos y tributos que puedan originarse como consecuencia del
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contrato.
12. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA, APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES
La apertura de los sobres se efectuará de forma interna para su examen.
En cualquier momento del procedimiento, el órgano de contratación puede requerir
a las empresas participantes que aclaren determinados aspectos de su oferta, sin
que puedan modificar en sus aclaraciones los elementos sustanciales de la misma,
y siempre que no se falsee la competencia.
La Mesa de Contratación, en los casos en que se haya constituido, valorará las
ofertas de las empresas o profesionales licitadores que no hayan sido declaradas
desproporcionadas o anormales, a cuyo efecto podrá recabar los informes técnicos
que considere precisos, y propondrá al órgano de contratación la adjudicación al
licitador que presentó la oferta económicamente más ventajosa.
En los casos en que no se hubiera constituido la Mesa, el órgano de contratación
clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas que no hayan
sido declaradas anormales o desproporcionadas, atendiendo a los criterios de
adjudicación señalados en el apartado 14, pudiendo solicitar para ello cuantos
informes técnicos estime pertinentes, al objeto de determinar al licitador que
presentó la oferta económicamente más ventajosa.
13. CRITERIOS DE VALORACIÓN
Los criterios objetivos que servirán para valorar cuál sea la proposición más
ventajosa en su conjunto para los intereses públicos son dos:
La oferta técnica...............(100 puntos)
La oferta económica.........(100 puntos)
Ambas valoraciones se harán de forma independiente, de acuerdo con los criterios
que se expresan a continuación.
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13.1 Valoración de la oferta técnica
El criterio “valoración técnica” se subdivide a su vez en los subcriterios que se
enuncian a continuación y se valorará cada uno de uno de esos aspectos con la
puntuación máxima que se indica. La suma total alcanza la puntuación máxima del
criterio, fijada en 100 puntos. Será rechazada toda oferta que en el criterio
“valoración técnica” no alcance una puntuación mínima de 50 puntos.
Los aspectos técnicos a valorar serán los siguientes:
A.1.- MEMORIA DEL ESTUDIO TÉCNICO DE LA OBRA, se valorará como
máximo con 60 puntos
En particular la valoración se centrará en lo siguiente:
− Estudio detallado de la reparación a ejecutar y de otros condicionantes externos.
− Nivel de detalle de los planos.
− Propuestas de horarios de trabajos y necesidades de cortes de carril.
− Equipos, medios materiales y medios personales de producción.
A.2.- PLAZO OFERTADO Y PROGRAMACIÓN DE LA OBRA, se valorará como
máximo con 20 puntos:
− Plazo máximo ofertado. Se valorará positivamente ofertar una disminución del
plazo máximo establecido para la ejecución del contrato. Deberá razonarse de
forma concisa y clara la viabilidad del plazo propuesto en relación con la
programación propuesta y los medios utilizados.
No se otorgará puntuación alguna en este criterio, cuando se aprecie de forma
razonable que el plazo ofertado no puede ser cumplido y no sea más que una
expresión voluntarista del licitador sin justificación.
A.3.- MEJORAS (20 puntos)
Se valorarán hasta un máximo de 20 puntos las mejoras que se propongan por el
Contratista, entendiéndose que las mismas se encuentran incluidas en el precio
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ofertado.
Dichas mejoras podrán estar referidas a:
• Mejoras en calidades de materiales
• Incorporación de soluciones tecnológicas alternativas
• Servicios complementarios a la propia ejecución de la obra
• Ampliaciones voluntarias del periodo de garantía
• Otras que puedan proponer los licitadores por encima de las exigencias de
los Pliegos
Las mejoras únicamente se valorarán si representan ventajas respecto de la
calidad, seguridad o plazo de ejecución de la obra. La puntuación otorgada a las
mejoras que cumplan la condición anterior será coherente con la incidencia de su
coste en la valoración económica y con el grado de aportación de dicha mejora a la
calidad, seguridad o plazo de ejecución de la obra.
13.2 Valoración de las ofertas económicas
Para la valoración del importe económico de las ofertas económicas, que han sido
admitidas a la licitación por el Órgano de Contratación, se procederá de forma que
a la oferta económica que fuere la más baja se le asignarían cien (100) puntos. La
oferta económica promedio (media aritmética de las ofertas admitidas) se valorará
con 95 puntos.
- Oferta admitida con el precio más bajo (OFMB) 100 puntos
- Precio medio de las ofertas admitidas (PMOF) 95 puntos
A estos efectos se considera la "oferta más económica" a la oferta más baja de las
presentadas que no se presuma fundadamente que no pueda ser cumplida como
consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o
desproporcionados, una vez aplicados los criterios establecidos en el apartado
13.3.
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Las ofertas económicas cuyo importe se encuentre entre la oferta más económica y
la oferta promedio se valorarán con la puntuación obtenida mediante la
interpolación lineal entre ambos valores, aplicándose la siguiente fórmula:
VOFBi = 100 – (POFBi-POFMB)/(PMOF - POFMB)*5,
Siendo:
VOFBi la puntuación de la oferta i, con precio inferior al precio medio de las ofertas
admitidas.
POFBi el precio de la oferta i, con precio inferior al precio medio de las ofertas
admitidas.
POFMB el precio de la oferta con el precio más bajo de las admitidas.
La puntuación de las ofertas presentadas, con importe superior al PMOF (POFSi)
se valorarán aplicándose la siguiente fórmula:
VOFSi = 95 – (POFSi - PMOF)/PMOF*95,
Siendo:
VOFSi la puntuación de la oferta i, cuando su precio es superior al precio medio de
las ofertas admitidas.
POFSi el precio de la oferta i, cuando su precio es superior al precio medio de las
ofertas admitidas.
La puntuación de este apartado se redondea al segundo decimal.
La Mesa analizará la oferta económica y su coherencia con la oferta técnica.
13.3 Ofertas con valores anormales o desproporcionados
Para apreciar si una oferta no pueda ser cumplida como consecuencia de la
inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, se aplicarán los
siguientes criterios:
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- Si concurre un solo licitador, cuando la oferta realizada sea inferior en más de un
20% al presupuesto máximo de licitación
- Si concurren dos licitadores, la que sea inferior en más de un 15% a la otra
oferta.
- Si concurren tres o más licitadores, la que sea inferior en más de un 10% a la
media aritmética de las ofertas presentadas.
Para la valoración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas, la Mesa
de Contratación podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la
oferta presentada.
Si una oferta económica resulta incursa en presunción de desproporcionada o
anormal por su bajo importe en relación con la prestación, la Mesa de Contratación
si considera que no cuenta con información suficiente recabará la información
necesaria para poder estar en disposición de determinar si efectivamente la
oferta resulta anormalmente baja en relación con la prestación y por ello debe
ser rechazada o, si por el contrario, la citada oferta no resulta anormalmente baja,
y por ello debe ser tomada en consideración para adjudicar el contrato.
Para ello, INTERBIAK solicitará al licitador, por escrito, las precisiones que
considere oportunas sobre la composición de la citada oferta económica y sus
justificaciones o, en su caso, la persona encargada de la realización de los
informes técnicos de las ofertas podrá solicitar a cualquiera de los licitadores las
aclaraciones que precisare sobre los aspectos en la interpretación de la oferta
correspondiente. El licitador dispondrá de un plazo máximo de diez (10) días
hábiles, a contar desde la fecha en que reciba la solicitud, para presentar sus
justificaciones también por escrito.
Si transcurrido este plazo la Mesa de Contratación no hubiera recibido dichas
justificaciones considerará que la proposición no podrá ser cumplida y, por tanto, la
empresa que la haya realizado quedará excluida del procedimiento de selección. Si,
por el contrario, se recibieran en plazo las citadas justificaciones, la Mesa de
Contratación estudiará la documentación correspondiente y podrá decidir, o bien la
PPGPT / REPARACIÓN PUERTAS GALERIAS VSM. Pág.: 17 de 27
aceptación de la oferta contando con ella a todos los efectos para resolver lo que
proceda en relación con la adjudicación del contrato, o bien, el rechazo de dicha
oferta.
Admitidas las justificaciones por la Mesa de Contratación, se procederá a evaluar
las ofertas económicas de todos los licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas
(hayan estado o no incursas inicialmente en presunción de anormalidad por su bajo
importe) en la forma descrita anteriormente de “Valoración de las ofertas
económicas”.
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo presenten distintas
proposiciones para concurrir individualmente (solas o en unión temporal de
empresas) a la adjudicación de un contrato, será considerada a los efectos de
establecer la baja de referencia la más baja del grupo, produciéndose la aplicación
de los efectos derivados del procedimiento establecido respecto de las restantes
ofertas formuladas por las empresas del grupo.
Se entiende por empresas pertenecientes a un mismo grupo, las que se encuentren
en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio.
14. GARANTÍA DEFINITIVA Y CONTRATO
En el plazo de diez (10) días hábiles, contados desde la notificación de la
adjudicación definitiva, el adjudicatario está obligado a constituir y presentar ante
INTERBIAK, la garantía definitiva de un 5% del importe de adjudicación del
contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
El adjudicatario queda obligado a formalizar el contrato, dentro del plazo de diez
(10) días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación de la
adjudicación. Simultáneamente a la formalización del contrato, el adjudicatario
firmará la conformidad a este Pliego. Todos estos documentos y las características
de las ofertas adjudicadas tendrán carácter contractual, no obstante, en caso de
contradicción prevalecerá lo dispuesto en el presente Pliego
El contrato se formalizará en documento privado.
PPGPT / REPARACIÓN PUERTAS GALERIAS VSM. Pág.: 18 de 27
15. ABONOS AL CONTRATISTA
Tras la finalización del objeto del presente contrato el adjudicatario emitirá informe
valorado de los trabajos realizados, junto con la memoria evaluativa del trabajo. A
tal efecto, lo presentará en Interbiak, que en el plazo de cinco días, lo revisará y
comunicará su conformidad, procediendo el adjudicatario a emitir la
correspondiente factura. El pago de la factura tendrá lugar a los 60 días a contar
desde que la factura se reciba en Interbiak.
16. SEGUROS
El contratista vendrá obligado a suscribir con carácter general para el servicio, un
seguro de responsabilidad civil, en sus vertientes general, patronal y de servicios
terminados, incluyendo como asegurado al contratista y subcontratista, en su caso,
por el importe que asegure sin reservas cuantos daños directos e indirectos puedan
serle exigibles por posibles afecciones a terceros derivados de la ejecución del
contrato y desarrollo general de sus obligaciones contractuales.
El seguro será suscrito por un importe suficiente que asegure la ejecución del
trabajo, así como cualquier otro seguro que la legalidad vigente determine para este
tipo de actividades.
La cuantía mencionada, se entenderá desde luego como mínima y no divisible, pero
extendida, con idénticos efectos a las incidencias que pudieran surgir ante terceros
para la totalidad del servicio, en la medida que, con arreglo a la reglamentación
vigente y mediante las actuaciones que en su caso o en derecho procedan, sean
efectivamente exigibles a la responsabilidad del contratista.
La contratación de este seguro por el contratista, no le libera de sus
responsabilidades por lo que queda obligado a asumir los incumplimientos que la
Compañía de Seguros tenga establecidos.
17. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, INTERBIAK sólo podrá introducir modificaciones
en los elementos que lo integran por razones de interés público en los casos y en la
forma prevista en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
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Ni el Director de Obras ni el Contratista podrán introducir o ejecutar modificaciones
en las obras comprendidas en el contrato, sin la debida aprobación de la
modificación y del presupuesto resultante como consecuencia de ella.
Cuando se trate de modificaciones no previstas en la documentación que rige la
licitación, resultará de aplicación lo establecido en los artículos 107 y 108 del texto
refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
En este supuesto, deberá procederse a formalizar la modificación del contrato,
previo ajuste de la garantía definitiva y del contenido de los seguros, en caso de
resultar necesario.
El coste de estas variaciones y modificaciones, en más o en menos, será fijado
como sigue:
(a) Cuando las modificaciones se correspondan con unidades que figuran en la
Oferta Económica del Contratista con mediciones y precios unitarios, el Contratista
vendrá obligado a ejecutarlas o descontarlas del Precio a dichos precios.
(b) Cuando las modificaciones se correspondan con unidades o trabajos no
previstos en la Oferta Económica o se modifique el origen de los materiales, se
prepararán nuevos precios antes de la ejecución de la unidad de obra, teniendo en
cuenta los fijados en el Contrato o, por asimilación, los de obras semejantes. En
particular, será requisito imprescindible utilizar los precios simples y rendimientos
determinados en la Oferta Económica.
(c) En caso de imposibilidad de aplicar dichos criterios por analogía, el Director de
Obra, con el Vº Bº de INTERBIAK, fijará sin ulterior recurso el coste de la
modificación según la base precios de HERRILAN vigente en ese momento, con el
objetivo de determinar los rendimientos de los precios simples que sean de
aplicación en el precio de la nueva unidad, y los precios simples no contemplados
en la oferta económica. Obtenida la descomposición y aplicados los precios
correspondientes se determinará el Precio Contradictorio correspondiente.
Toda modificación que haya de introducirse en el Proyecto y que suponga aumento
o disminución del presupuesto o de las unidades que lo componen, será objeto de
un acta con los anejos precisos, debiendo firmarse aquellas y éstos por el Director
de Obra y el Contratista, con la aprobación de INTERBIAK.
En toda modificación acordada entre las partes se hará constar la valoración de los
días de retraso o de adelanto que dicha modificación pueda suponer, adaptándose,
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en su caso, el Programa de Obras.
La modificación del contrato no podrá realizarse con el fin de adicionar prestaciones
complementarias a las inicialmente contratadas, ampliar el objeto del contrato a fin
de que pueda cumplir finalidades nuevas no contempladas en la documentación
preparatoria del mismo, o incorporar una prestación susceptible de utilización o
aprovechamiento independiente. En estos supuestos, deberá procederse a una
nueva contratación de la prestación correspondiente, en la que podrá aplicarse el
régimen establecido para la adjudicación de los contratos complementarios si
concurren las circunstancias previstas en los artículos 171.b) del texto refundido de
la Ley de Contratos del Sector Público.
18. OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES
El contratista respecto al personal que emplee en la realización del trabajo
adjudicado, está obligado al exacto cumplimiento de la normativa vigente en
materia laboral, de Seguridad Social, de integración social de minusválidos y de
prevención de riesgos laborales y, con respecto a estas últimas, de formación
social, comprometiéndose a que por parte de las empresas subcontratistas – en su
caso – se cumpla la legislación vigente en materia laboral con respecto a sus
trabajadores/as.
El personal adscrito por el Contratista a la prestación objeto del Contrato, no tendrá
ninguna relación laboral con INTERBIAK, bajo ningún concepto, dependiendo
exclusivamente del Contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes
inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
El contratista estará obligado a que el trabajo, tanto en su empresa como con las
empresas que subcontrate – en su caso – se desempeñe en condiciones dignas,
siéndoles de aplicación a los trabajadores el convenio del sector del que forman
parte, especialmente en cuanto a la subrogación del personal se refiere.
19. SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
El Adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones en materia de seguridad y
salud laboral establecidas en la Ley 31/1.995 de 8 de noviembre de Prevención de
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Riesgos Laborales y en el Real Decreto 1.627/1.997, de 24 de octubre, por el que
se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras y
cualquier otra disposición que resulte de aplicación.
En cumplimiento de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y de la
Normativa vigente de Seguridad y Salud, el Adjudicatario y sus subcontratistas
deberán tener realizada la evaluación de riesgos de acuerdo a las actividades a las
que se dedican, tener planificada la prevención de riesgos en la empresa, haber
formado e informado a sus trabajadores y haber adoptado las medidas necesarias
en evitación de los riesgos típicos de sus actividades propias.
El Adjudicatario y sus empleados deberán cumplir las especificaciones del Plan de
Seguridad y Salud vigente en las obras en las que realicen los trabajos, y obedecer
en todo momento las órdenes e indicaciones dadas por el Coordinador de
Seguridad y Salud en el marco de sus atribuciones.
El Adjudicatario quedará obligado con respecto al personal que emplee en los
trabajos objeto de este contrato. El incumplimiento de estas obligaciones, o la
infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico
designado por él, no implicarán responsabilidad alguna para INTERBIAK.
Los gastos ocasionados por el cumplimiento de las medidas preventivas y de
seguridad derivados por los trabajos a realizar por el Adjudicatario deberán tenerse
en cuenta en la definición de los precios ofertados para la realización de los
trabajos, dentro de los gastos generales de su empresa.
20. PLAZO DE GARANTIA
El plazo de garantía será el siguiente:
Dos (2) años contados desde la fecha de recepción de las obras
El Contratista responderá de los daños o deterioros que puedan producirse en la
obra durante el plazo de garantía, a no ser que pruebe que los mismos han sido
ocasionados por el mal uso que de aquélla hubieran hecho los usuarios,
INTERBIAK, S.A. o la Diputación Foral de Bizkaia y no por incumplimiento de sus
obligaciones de vigilancia y policía de la obra; en dicho supuesto, tendrá derecho a
PPGPT / REPARACIÓN PUERTAS GALERIAS VSM. Pág.: 22 de 27
ser reembolsado del importe de los trabajos que deban realizarse para restablecer
en la obra las condiciones debidas, pero no quedará exonerado de llevar a cabo los
citados trabajos.
Todos los gastos que se ocasionen por la conservación de las obras durante este
plazo serán de cuenta del Contratista, sin derecho a pago o indemnización alguna
por este concepto.
Dentro del plazo de quince días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el
director de la obra, de oficio o a instancia del contratista, redactará un informe sobre
el estado de las obras. Si éste fuera favorable, el contratista quedará relevado de
toda responsabilidad, salvo lo dispuesto en cuanto a vicios ocultos del presente
Pliego, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía y a la
liquidación, en su caso, de las obligaciones pendientes. En el caso de que el
informe no fuera favorable y los defectos observados se debiesen a deficiencias en
la ejecución de la obra y no al uso de lo construido, durante el plazo de garantía el
director facultativo procederá a dictar las oportunas instrucciones al contratista para
la debida reparación de lo construido, concediéndole un plazo para ello durante el
cual continuará encargado de la conservación de las obras, sin derecho a percibir
cantidad alguna por ampliación del plazo de garantía.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya manifestado ningún daño o perjuicio
quedará totalmente extinguida la responsabilidad del Contratista, y se procederá a
la devolución de la garantía correspondiente, siempre que no exista motivo que
determine su retención.
21. CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
21.1 Resolución del contrato y devolución de la garantía definitiva
Son causas de resolución del contrato a instancia de INTERBIAK sin perjuicio de
su derecho a exigir su cumplimiento, las siguientes:
- La suspensión del inicio de los trabajos por plazo superior a seis meses por
parte de INTERBIAK.
- El desistimiento o la suspensión de los trabajos por un plazo superior a seis
meses acordada por INTERBIAK.
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- El mutuo acuerdo entre INTERBIAK y el Contratista.
- El abandono de los trabajos por parte del Contratista por más de 15 días
- El simple retraso, constatado por la Dirección Facultativa, de un mes
contado acumulativamente, en los plazos señalados en el Programa de obras,
todos ello sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula de penalización.
- La existencia de graves deficiencias en el cumplimiento de las
prescripciones técnicas y de las condiciones facultativas que rigen la ejecución del
contrato. Se calificarán como deficiencias graves, además de las de carácter
técnico, todas aquellas que puedan repercutir desfavorablemente en el plazo,
duración o calidad de los trabajos.
- La muerte o incapacidad sobrevenida del adjudicatario individual o la
extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier
procedimiento.
- La omisión de contratar o mantener en vigor las pólizas de seguros.
- El incumplimiento por el Contratista de las órdenes de la Dirección
Facultativa
Aquellas que se establezcan expresamente en el contrato.
En caso de resolución, INTERBIAK podrá continuar, por sí mismo o a través de un
tercero, la ejecución de la Obra quedando autorizado para tomar posesión de
manera inmediata de la misma en tal supuesto.
La garantía definitiva será devuelta una vez se haya producido el vencimiento del
plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato a juicio del director del
mismo. En caso de que se resuelva el contrato por causa imputable al Contratista
se incautará la garantía definitiva depositada.
21.2 Efectos de la resolución
Una vez haya sido notificada la causa de resolución del Contrato, se levantará, en
un plazo máximo de diez (10) días, la correspondiente acta en presencia del
Contratista, o si se negara a asistir sin su presencia, reflejándose en ella el estado
de los trabajos, su carácter recepcionable o no y la liquidación que proceda, que
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será abonada en la forma ordinaria para el pago de las certificaciones. En el
supuesto que el Contratista no hubiera asistido la Sociedad le dará traslado del
acta.
El Contratista vendrá obligado, salvo orden en sentido contrario de la Dirección
Facultativa, a no retirar de la Obra todos los elementos relacionados con la
seguridad de la misma durante dos (2) meses después de producida la resolución.
Si la resolución se debiera a causa imputable al Contratista, se procederá a la
liquidación mediante Certificación final que, al efecto, expedirá la Dirección
Facultativa. En dicha Certificación se fijará, como partidas en favor de Contratista,
el importe de la Obra efectivamente realizada y recepcionable hasta el momento de
la resolución y el importe de los acopios que, estando en Obra o fuera de ella, sean
igualmente recepcionables y entregados, así como las demás procedentes en virtud
de este Contrato. Constituirán partida en favor de INTERBIAK las penalidades
contempladas en este Contrato y el importe necesario para restituir o adecuar la
Obra defectuosa a situación de recepcionable.
Cifradas las partidas recíprocamente abonables, se compensarán en la cantidad
concurrente. El saldo acreedor que pudiera resultar en favor de INTERBIAK podrá
ser inmediatamente reclamado mediante la ejecución de la garantía bancaria.
En el caso de resolución del Contrato por incumplimiento del Contratista éste se
compromete a abandonar todos los tajos de trabajos en un plazo máximo de treinta
(30) días a contar desde la notificación que le haga INTERBIAK.
Transcurrido dicho plazo, cualquier persona dependiente del Contratista o de los
subcontratistas de éste, en su caso, dejará de estar autorizada para entrar en la
obra y en las instalaciones, y los equipos, maquinaria u otros enseres de éstos que
pudieran permanecer en la obra serán depositados por INTERBIAK a cargo y riesgo
de dicho Contratista, dónde éste estime conveniente.
El Contratista confiere expresamente esta facultad a INTERBIAK, renunciando
desde ahora, para tal eventualidad, a cualquier tipo de posesión que pudiera alegar
sobre la obra ejecutada o en curso, posesión ésta que, expresamente reconocen
PPGPT / REPARACIÓN PUERTAS GALERIAS VSM. Pág.: 25 de 27
las partes, corresponde en todo momento a INTERBIAK, sin perjuicio de las
acciones de resarcimiento o daños que, en su caso, pudieran asistir al Contratista, y
de la liquidación de la obra ejecutada de acuerdo con la valoración de la misma
realizada según lo pactado en este contrato.
Consecuentemente, y transcurrido el plazo de desalojo, INTERBIAK podrá impedir
al Contratista, a los subcontratistas de éste y al personal de toda clase de uno y
otros, el acceso a las obras, así como contratar la finalización de la misma con
cualesquiera otros terceros, e instalar los servicios de vigilancia y guardería que
estime oportunos para velar por la integridad y seguridad de dicha obra, y por el
cumplimiento de lo pactado en esta cláusula.
Resuelto el Contrato por causas imputables a INTERBIAK, ésta abonará al
Contratista el importe de la Obra ejecutada recepcionable y, además, los daños y
perjuicios que se le hayan ocasionado y que acredite debidamente, con el límite
máximo del 4% del Precio del Contratista. La garantía constituida por el Contratista,
le será devuelta en la cuantía que corresponda, después de realizada la liquidación
de la Obra. Además, correrán a cargo de INTERBIAK los gastos de instalaciones no
amortizables en función del volumen de la obra y la indemnización por daños y
perjuicios.
21.3 Desistimiento unilateral
INTERBIAK puede desistir, por su sola voluntad, de continuar con la Obra, con
sujeción a lo que se pacta en los siguientes apartados. Esta Cláusula no será de
aplicación en los supuestos de extinción o suspensión por causas de fuerza mayor.
El desistimiento unilateral del Contrato por parte de INTERBIAK podrá efectuarse
en cualquier tiempo, una vez que el Contratista haya ejecutado trabajos por un
importe igual al 10 por ciento, cuando menos, del costo total de la Obra.
INTERBIAK notificará por escrito al Contratista su decisión de denunciar el
Contrato, con 15 días de antelación a la fecha prevista para su terminación.
En caso de desistimiento la Sociedad abonará al Contratista el importe de la Obra
ejecutada y recepcionable y, además, los daños y perjuicios que se le hayan
PPGPT / REPARACIÓN PUERTAS GALERIAS VSM. Pág.: 26 de 27
ocasionado y que acredite debidamente, con el límite máximo del 4% del Precio. La
garantía constituida por el Contratista, le será devuelta en la cuantía que
corresponda, después de realizada la liquidación de la Obra.
Además correrán a cargo de INTERBIAK los gastos de instalaciones no
amortizables en función del volumen de la Obra y la indemnización por daños y
perjuicios.
22. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Con objeto de resolver los litigios derivados de la interpretación o ejecución del
presente Contrato, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción y
competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Bilbao, con renuncia a
cualquier otro fuero.
En ningún caso y bajo ningún concepto, podrá el Contratista suspender ni retrasar
la asistencia, ni tampoco el abandono de ésta en los supuestos de resolución y/o
rescisión del presente contrato, bajo el fundamento o la alegación de tener
pendientes reclamaciones, diferencias o reservas de cualquier naturaleza o entidad,
ni bajo la excusa de que tales reclamaciones hubieran dado lugar o no a
procedimientos arbítrales, judiciales o contenciosos de cualquier clase.
Bilbao, 12 de noviembre de 2013
PPGPT / REPARACIÓN PUERTAS GALERIAS VSM. Pág.: 27 de 27
ANEXO Nº 0
DATOS IDENTIFICATIVOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
D./D.ª [ ] con domicilio a estos efectos en [ ] (C.P. [ ]), calle [ ] nº [ ] piso [ ] y provisto del DNI [ ] actuando en su propio nombre y derecho/en representación de “[ ]” con domicilio en [ ] (C.P. [ ]), calle [ ] nº [ ], piso [ ], Teléfono [ ] y NIF [ ], lo que acredito en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, manifiesta que los datos para practicar en esta licitación toda clase de requerimientos, comunicaciones y notificaciones con los efectos jurídicos establecidos por la ley son los siguientes: Domicilio (calle, número, piso, código postal, población y provincia) ...............................................................................................................................................
Persona de contacto………………………………………………………………………
Teléfono…………………………………………………………………………………….
Fax………………………………………………………………………………………….
Dirección de correo electrónico………………………………………………………….
Nota: téngase en cuenta que los requerimientos, comunicaciones, notificaciones, se
efectuarán preferentemente a la dirección de correo electrónico por Ud. indicada.
Fecha y firma
En [ ], a [ ] de 2013 [ ].
P.p.
D[ ]
PPGPT / REPARACIÓN PUERTAS GALERIAS VSM. Anexo I
ANEXO Nº 1
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y PLAZO
D/Dª……………………………………………………………………..con residencia en ……………………………………………, provincia de …………………………..……. Calle………………….número , ……….. , con Documento Nacional de Identidad número …………………….. enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la Adjudicación del contrato de Obra de “Reparación de las puertas cortafuegos para vehículos en las galerías de evacuación de los túneles de la Variante Sur Metropolitana” (Nº Exp. 088/2013/N3/AT), por procedimiento negociado con publicidad, se compromete, en nombre (propio o de la empresa que representa), a tomar a su cargo la ejecución de las obras, con estricta sujeción a los requisitos exigidos, de acuerdo con las condiciones ofertadas y por la cantidad de (1):
OBRAS DE REPARACIÓN DE LAS PUERTAS CORTAFUEGOS PARA VEHÍCULOS EN LAS
GALERÍAS DE EVACUACIÓN, DE LOS TÚNELES DE LA VSM
PRESUPUESTO PLAZO
OFERTA BASE (IVA EXCLUIDO) (1)
I.V.A (21%)
PRESUPUESTO TOTAL OFERTADO
(IVA incluido) (2)
Lugar, fecha y firma del proponente. (1) Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros, IVA
excluido, por las que se compromete el proponente. En caso de discrepancia prevalecerá la cifra escrita en letra.
(2) Corresponde al resultado de aplicar al Cuadro de Precios, que se debe incluir, el 21% correspondiente al IVA. Deberá ser inferior al presupuesto de licitación.
Nota. El licitador deberá presentar dentro del sobre “C” el programa, de trabajos, con la distribución temporal de cada apartado y su valoración económica, debiendo coincidir la suma de cada apartado con el importe total ofertado.
PPGPT / REPARACIÓN PUERTAS GALERIAS VSM. Anexo I
ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. [ ] con domicilio a estos efectos en [ ] (C.P. [ ]), calle [ ] nº [ ] piso [ ] y
provisto del DNI [ ] actuando en su propio nombre y derecho/en
representación de “[ ]” con domicilio en [ ] (C.P. [ ]), calle [ ] nº [ ], piso [ ],
Teléfono [ ] y CIF. [ ].
Certifica que ni él mismo, ni la Sociedad Mercantil que representa, ni las
personas que integran los Órganos de Gobierno de la Sociedad se hallan
incursos en las causas de prohibición, incapacidad o incompatibilidad para
contratar con la Administración enumeradas en el Art. 60 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
Asimismo, hace constar que, dicha empresa se halla al corriente del
cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
impuestas por las disposiciones vigentes.
Y para que así conste a efectos de la documentación a presentar por los
licitadores, para contratar con INTERBIAK expide esta Certificación
En [ ], a [ ] de 2013
[ ].
P.p.
_________________________
D[ ]
PPGPT / REPARACIÓN PUERTAS GALERIAS VSM. Anexo II
ANEXO Nº3
MODELO DE AVAL DE GARANTÍA PROVISIONAL La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía
recíproca) .... .... NIF con domicilio (a efectos de notificaciones y
requerimientos) en , C/ y en su nombre (nombre y apellidos de los
apoderados) con poderes suficientes para obligarle en este acto,
según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este
documento, AVALA a: (nombre y apellidos o razón social del avalado)
......................................... ....... NIF en virtud
de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares que
impone la constitución de esta garantía, para responder de las obligaciones
derivadas de la participación en la licitación del contrato de ejecución de las obras
correspondientes al “Proyecto de ” ante INTERBIAK, S.A., por importe de (en
letra y en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos
previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos para
las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al
obligado principal, con renuncia expresa del beneficio de excusión y con
compromiso de pago al primer requerimiento de INTERBIAK, S.A., con sujeción a
los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
El presente aval estará en vigor hasta que INTERBIAK, S.A., o quien en su
nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público.
En a .. de ........ de 2013
................(razón social de la entidad).............................(firma de los
apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA INTERBIAK
Fecha ............................................
PPGPT / REPARACIÓN PUERTAS GALERIAS VSM - Anexo III.
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN Certificado número
(en adelante, asegurador), con
domicilio en calle y CIF debidamente representado por don
con poderes suficientes para obligarle en este acto,
según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este
documento.
ASEGURA
A NIF/CIF,
en concepto de tomador del seguro, ante INTERBIAK, S.A.
(en adelante, asegurado), hasta el importe de Euros
en los términos y condiciones establecidos en
la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de
cláusulas administrativas particulares por las que se rige el contrato de ejecución de
las obras del “Proyecto de ” en concepto de GARANTÍA PROVISIONAL
para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan
derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas
frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos
exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará
derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la
cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de
que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan
corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer
requerimiento de INTERBIAK, S.A. en los términos establecidos en el Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de Contratos del Sector Público.
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El presente seguro de caución estará en vigor hasta que INTERBIAK, S.A. o
quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o
devolución, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de
14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos
del Sector Público.
En.................., a ........ de ...... de 2013.
Firma (Asegurador):
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE
INTERBIAK
Fecha ..........................................
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ANEXO Nº 4
MODELO DE AVAL GARANTÍA DEFINITIVA
El banco ____________ con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida___________y en su nombre y representación ______________________, con poderes suficientes para obligarse en este acto, otorgados a su favor con fecha ________ de _________ de ____________ ante el notario de __________________ D. ___________________ bajo el número ________ de su protocolo y que asegura que no han sido revocados ni modificados
AVALA
Solidariamente a la sociedad __________________, con domicilio en _______________, calle ____________, frente a la sociedad INTERBIAK, S.A., con C.I.F. [ ] y domicilio en Bilbao, [ ], renunciando a los beneficios de excusión, división y orden por la cantidad de __________Euros.
Este Aval se presta en concepto de Garantía Definitiva de las obligaciones derivadas de la ejecución del contrato para la “Reparación de las puertas para vehículos en las galerías de evacuación de los túneles de la Variante Sur Metropolitana” suscrito entre ambas Sociedades con fecha _______________ de ________ de ___________.
La sociedad INTERBIAK S.A. podrá hacer efectiva la presente garantía, hasta la cantidad de _______________ Euros, en una o varias veces, siempre que en su conjunto no supere la citada cantidad, sin más requisito que efectuar por escrito requerimiento de pago al Banco conforme al modelo que se une como Apéndice 1.
El Banco procederá al pago a INTERBIAK, S.A. del importe a que se refiera el requerimiento en el plazo máximo de cinco días.
La garantía que consta en el presente documento es irrevocable, abstracta e independiente de la obligación causal garantizada y tendrá una vigencia hasta que transcurra el período de garantía previsto en el contrato. A los efectos del presente aval, el período de garantía no se entenderá cumplido hasta que INTERBIAK se lo comunique por escrito al Banco___________
(lugar y fecha) (razón social de la entidad)
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ANEXO Nº 5
DECLARACIÓN IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
D. [ ] con domicilio a estos efectos en [ ] (C.P. [ ]), calle [ ] nº [ ] piso [ ] y
provisto del DNI [ ] actuando en su propio nombre y derecho/en representación de
“[ ]” con domicilio en [ ] (C.P. [ ]), calle [ ] nº [ ], piso [ ], Teléfono [ ] y CIF. [ ].
Declara, bajo su responsabilidad:
Que, según la normativa vigente de aplicación en materia de tributación
local y, concretamente la que rige el Impuesto sobre Actividades Económicas, está
obligado a prestar declaración de alta en la matrícula de este impuesto en los
siguientes epígrafes, no habiéndose dado de baja en el día de la fecha:
............................
............................
............................
En [ ], a [ ] de 2013
[ ].
P.p.
_________________________
D[ ]
FIRMADO:
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