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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA Y ASESORAMIENTO PARA

LA PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES

TERRORISMO EN EL GRUPO DE EMPRESAS DE EXTREMADURA AVANTE,

POR MEDIO DEL USO DE ARCHIVOS

CONTRATO NO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA

SERVICIO DE AUDITORÍA Y ASESORAMIENTO PARA

LA PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIACIÓN DEL

TERRORISMO EN EL GRUPO DE EMPRESAS DE EXTREMADURA AVANTE,

EL USO DE ARCHIVOS DIGITALES Y FIRMA ELECTRÓNICA

AVANZADA.

CONTRATO NO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA

SERVICIO DE AUDITORÍA Y ASESORAMIENTO PARA

Y FINANCIACIÓN DEL

TERRORISMO EN EL GRUPO DE EMPRESAS DE EXTREMADURA AVANTE,

DIGITALES Y FIRMA ELECTRÓNICA

CONTRATO NO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA

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1. OBJETO DEL PRESENTE PLIEGO ........................................................................................... 3 2. OBJETO DEL CONTRATO ...................................................................................................... 3 3. RÉGIMEN JURÍDICO Y LEGISLACIÓN APLICABLE ................................................................. 3 4. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN ............................................................................. 4 5. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO ............................................................................... 4 6. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS ..................................................................... 5 7. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.……………………………..……………………………………………...6 8. PUBLICIDAD DE LA CONTRATACIÓN ........................................................................ …………10 9. MESA DE CONTRATACIÓN ................................................................................................. 10 10. GARANTÍA PROVISIONAL .................................................................................................. 10 11. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES ...................................................................... ...11 12. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS …………………………………………………………………..………………..14 13. APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES .................................... ……………………....15 14. SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN…………………………………..17 15. ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN ..................................................................................... 17 16. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ................................................................................... 18 17. GARANTÍA DEFINITIVA .................................................................................................... 19 18. REVISIÓN DE PRECIOS .................................................................................................... 19 19. PROGRAMA DE TRABAJO ................................................................................................ 19 20. EQUIPO Y ORGANIZACIÓN .............................................................................................. 20 21. CONDICIONES DE EJECUCIÓN ......................................................................................... 20 22. RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS ........................................................................................ 21 23. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ........................................................................... 22 24. RESPONSABILIDAD .......................................................................................................... 22 25. PLAZO DE GARANTÍA ...................................................................................................... 23 26. SUBCONTRATACIÓN ........................................................................................................ 23 27. FINANCIACIÓN DEL CONTRATO ...................................................................................... 24 28. JURISDICCIÓN ................................................................................................................. 24 29. ACLARACIONES SOBRE PLAZOS Y CUANTÍAS ................................................................... 25 30. OTRAS ESPECIFICACIONES…………………………………………………………………………………………….25 ANEXO Nº 1: MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE EL ART. 60 DEL TRLCSP Y SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y COMPROMISO DE JUSTIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN CASO DE RESULTAR ADJUDICATARIO .......................................... 27 ANEXO Nº 2: MODELO DE GARANTÍA PROVISIONAL (DISPENSADA) .................................... 28 ANEXO Nº 3: MODELO DE PROPOSICION ECONÓMICA ....................................................... 29 ANEXO Nº 4: MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA (EXIMIDA EN LA PRESENTE CONTRATACIÓN) 30 ANEXO Nº 5: MODELO DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN Y TRIBUNALES ESPAÑOLES (EMPRESAS EXTRANJERAS), CONFORME A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 146.1 letra e), Y LA DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA APARTADO SEGUNDO DEL TRLCSP. .............................................................................. 31 ANEXO Nº 6: MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE GRUPO DE EMPRESAS ................................... 32

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1. OBJETO DEL PRESENTE PLIEGO

El presente Pliego concreta las normas para la presentación de proposiciones, los requisitos de los licitadores,

el procedimiento de adjudicación y las relaciones entre las partes durante el desarrollo de la Contratación

del servicio de auditoría y asesoramiento para la prevención del blanqueo de capitales y financiación del

terrorismo en el Grupo de Empresas Extremadura Avante, por el uso de archivos digitales y firma

electrónica avanzada, así como los documentos que deberán ser entregados por los interesados en

participar en el presente procedimiento de contratación no sujeto a regulación armonizada.

La documentación básica a utilizar por las empresas invitadas que deseen participar en el presente

procedimiento de contratación son: el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de

Prescripciones Técnicas y el Cuadro Resumen de Características.

2. OBJETO DEL CONTRATO

La presente licitación tiene como objeto la adjudicación del contrato de los servicios expresados en el

apartado 1 del Cuadro Resumen de Características, que forma parte del presente Pliego.

Los licitadores presentarán sus ofertas de acuerdo con las determinaciones que se establecen en este Pliego

y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

La codificación que corresponde al objeto del presente Contrato, establecida según la nomenclatura de

Vocabulario Común de los Contratos (CPV) del Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del

Consejo de 5 de noviembre de 2002, es la señalada en el apartado 1 del Cuadro Resumen de Características.

3. RÉGIMEN JURÍDICO Y LEGISLACIÓN APLICABLE

La presente licitación tiene como objeto la adjudicación del Contrato de servicios expresado conforme a lo

dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el

texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo TRLCSP) con base en la concurrencia

de las circunstancias previstas en los artículos 137, 191 y concordantes del TRLCSP. El procedimiento se

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tramitará conforme a las INSTRUCCIONES INTERNAS DE CONTRATACIÓN (en adelante IIC) aplicables a

Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes S.L.U. disponibles en www.extremaduraavante.es y en

https://contratacion.gobex.es , así como las disposiciones complementarias a éstas que se establezcan en el

presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

La ejecución del contrato se regirá, en primer lugar, por lo establecido en el Contrato, en el presente Pliego

de Cláusulas Administrativas Particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, integrados por la

Legislación Civil y Mercantil. Sin perjuicio de lo anterior, el texto refundido por el que se aprueba la Ley de

Contratos del Sector Público (TRLCSP) regirá como derecho supletorio en los casos en que se haga mención o

remisión a los preceptos de la misma o a los supuestos que la misma regula. Asimismo, el contrato se

ejecutará de conformidad con las órdenes que en interpretación de los pliegos de la presente licitación y del

contrato, diere el Órgano de Contratación y/o el Responsable del Contrato.

4. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN

El presupuesto de licitación del Contrato es el que figura en el apartado 2 del Cuadro Resumen de

Características y en el apartado 10 del Pliego de Prescripciones Técnicas, entendiéndose como presupuesto

máximo de licitación, por lo que las ofertas no podrán superar en ningún caso el referido presupuesto,

comportando en dicho caso, la exclusión automática de la empresa del presente proceso de licitación.

La oferta económica del licitador incluirá, separada y expresamente, el importe del Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA) que proceda por la ejecución de su prestación así como el tipo aplicable al mismo.

A todos los efectos, se entenderá que el importe de adjudicación comprende todos los gastos que el

adjudicatario deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los

generales, financieros, beneficios, seguros, transporte y desplazamientos, tasas y toda clase de impuestos,

tanto municipales, provinciales y estatales, a excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

5. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO

El plazo de ejecución del Contrato, como se establece en el apartado 4 del Cuadro Resumen de

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Características y en el Pliego de Prescripciones Técnicas se iniciará desde la fecha de su formalización y se

extenderá hasta la finalización de todas las actividades comprendidas en el servicio, que como máximo

abarcará VEINTICUATRO MESES, estableciéndose la fecha concreta de finalización en el Contrato que se

derive con cada una de las sociedades.

6. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS

Podrán presentar proposiciones y ser licitadores, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras

que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su

solvencia económica, financiera, y técnica o profesional, o en los casos en que así lo exija el Órgano de

Contratación (apartado 7 del Cuadro Resumen), se encuentren debidamente clasificadas, en su caso.

Los participantes deberán contar con las habilitaciones empresariales y profesionales que sean precisas para

las actividades objeto del presente contrato, y para el caso de las personas jurídicas, sólo podrán ser

adjudicatarias del contrato aquéllas cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o

ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales les sean propios.

A estos efectos, en el supuesto de que liciten personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se

podrá tener en cuenta la solvencia de las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquéllas

acrediten que tienen efectivamente la libre y plena disponibilidad de los medios necesarios de las sociedades

del grupo para la ejecución del contrato.

Cada licitador no podrá presentar más que una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en

unión con otros si lo ha hecho individualmente, o participar en más de una agrupación de licitadores. La

infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas suscritas por el licitador.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 63 del TRLCSP, los participantes podrán basarse en la solvencia y

medios de otras entidades, siempre que se demuestre por cualquier medio válido en derecho que a la fecha

de ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esos medios.

Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al

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efecto, sin que sea precisa la formalización de las mismas en escritura pública hasta que resulten

adjudicatarias del contrato, conforme se estipula en el art. 59 del TRLCSP.

La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las

cláusulas de este Pliego, del Pliego de Prescripciones Técnicas y restantes documentos que sirvan de base a la

licitación, y la Declaración Responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para

contratar.

Los participantes no adquirirán ningún derecho frente a la Sociedad Extremadura Avante S.L.U, ni en sus

sociedades filiales. por el hecho de participar en el procedimiento.

7. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.

El contrato resultante de la presente licitación se adjudicará mediante procedimiento abierto, en virtud de lo

establecido en los artículos 138.2, 157 y ss. del TRLCSP y en las Instrucciones Internas de Contratación 24 y

siguientes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes S.L.U. y la forma de adjudicación, se realizará

en concordancia con lo establecido en las IIC de la Sociedad, disponibles en

http://www.extremaduraavante.es y en el portal de contratación de la Junta de Extremadura

(http://contratacion.gobex.es).

De conformidad con lo dispuesto en las Instrucciones Internas de Contratación y con la finalidad de

garantizar el respeto a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y

no discriminación, así como con la finalidad de implementar un procedimiento de adjudicación sencillo y ágil,

se seguirán las siguientes actuaciones:

1. En una primera fase, y en sesión abierta, se valorará el contenido del SOBRE 2 “DOCUMENTACIÓN PARA

LA VALORACIÓN DE CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR”, acompañado

de la Documentación General siguiente: Una Declaración responsable de que el licitador reúne los requisitos

necesarios para contratar con la Sociedad (Anexo Nº 1), una Declaración Expresa responsable de pertenencia

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o no a grupo de empresas (Anexo nº 6) (en caso positivo, relación exhaustiva), la correspondiente garantía

provisional (Anexo Nº 2) y el Compromiso de constitución de UTE, éstas últimas en caso que procedan,

Modelo de sometimiento a la jurisdicción y Tribunales extranjeros, para empresas extranjeras (Anexo Nº 5).

Las empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social y que

pretendan contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la Disposición Adicional 4ª del TRLCSP,

deberán aportar en este Sobre 2 un Certificado de la empresa en el que conste tanto el número global de

trabajadores de plantilla como el número particular de trabajadores con discapacidad en la misma, o en el

caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, una copia de

la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto

aplicadas.

En caso de empate en la puntuación entre empresas licitadoras, a los efectos de acreditar la relación laboral

con personas con discapacidad, con carácter previo a la adjudicación, a aquellas empresas que se encuentren

en dicha situación y hubieren presentado la declaración jurada a que se refiere el párrafo anterior, deberán

presentar la siguiente documentación:

a) Declaración responsable del número de trabajadores fijos discapacitados y porcentaje que

éstos representan sobre el total de la plantilla.

b) Documento TC2 (relación nominal de trabajadores) correspondientes a todo el personal de la

empresa.

c) Relación de los trabajadores fijos discapacitados acompañada de la resolución o certificación

acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad.

d) Contrato de trabajo de los trabajadores fijos discapacitados.

En acto público se procederá en primer lugar a examinar la adecuación de la Documentación general que se

incluye en el SOBRE 2 (Declaración Responsable del artículo 60 del TRLCSP, Declaración de pertenencia o no a

grupo de empresas y otros documentos que sean enunciados en el Cuadro Resumen, si procede), que tendrá

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carácter subsanable.

A continuación se examinará el contenido del SOBRE 2 y la mesa de contratación encargará un informe de

valoración de las ofertas. El resultado se publicará en el perfil de contratante de la Sociedad y de la Junta de

Extremadura, al tiempo que se anunciará fecha, lugar y hora de apertura del SOBRE 3.

2. En una segunda sesión, también pública, se procederá a la apertura del contenido del SOBRE 3 “OFERTA

ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN PARA LA VALORACIÓN DE CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA

AUTOMÁTICA”. A la vista de la documentación presentada y de los informes técnicos emitidos sobre las

ofertas anormales, en su caso, se establecerán las empresas admitidas y excluidas en esta fase y se encargará

por la Mesa Informe técnico de valoración. A la vista del Informe emitido, la Mesa de Contratación resolverá

sobre la puntuación obtenida por cada uno de los licitadores, debiendo publicarse el resultado de la

valoración en el perfil de contratante.

3. Tan sólo el licitador seleccionado deberá justificar que reúne los requisitos que acrediten que es apto para

contratar con la Sociedad mediante la presentación del “SOBRE 1 “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”,

comprensivo de la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus

obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, la garantía definitiva cuando sea procedente, la escritura de

la Unión Temporal de Empresas o empresarios, en su caso, y demás documentación exigida en el presente

Pliego así como la documentación acreditativa de su personalidad y solvencia, y con referencia concreta a la

solvencia, la acreditación de la solvencia a continuación referenciada:

- Acreditación documental de la solvencia económica y financiera a través del cumplimiento de los

siguientes requisitos o criterios objetivos de solvencia exigibles, y que serán acreditados para el servicio al

que el licitador opte, mediante la presentación de los medios que se detallen a continuación:

• Cifra anual de negocios: En el ámbito al que se refiere el contrato referida al año de mayor volumen

de negocio de los tres últimos años concluidos, por importe igual/superior en 2 (DOS) veces el valor

estimado del contrato.

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Forma de Acreditación: por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil,

si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro

oficial en que deba ser inscrito.

Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios

mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados en el Registro Mercantil

El cómputo se efectuará desde la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u

ofertas.

- Acreditación de la solvencia técnica y profesional a través del cumplimiento de los siguientes requisitos o

criterios objetivos de solvencia, que se acreditarán para el servicio al que el licitador opte, mediante la

presentación de los medios que se detallen a continuación:

El licitador deberá presentar:

A) Solvencia de la empresa.

• Una relación de los principales trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya

importe anual (mínimo de 10.000€ el año de mayor ejecución del periodo citado), fechas y el

destinatario, público o privado de los mismos, que certifique la prestación de servicios

análogos al objeto del contrato.

Forma de Acreditación: Los trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados

por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el

destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado,

mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al

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órgano de contratación por la autoridad competente.

B) Solvencia del personal técnico, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato.

Perfil mínimo del personal técnico/equipo adscrito a la ejecución del contrato):

Personal que reúna las condiciones académicas y de experiencia profesional idóneas para el desempeño de la

función, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 20/2010, de 28 de abril, de prevención

del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, y que tengan comunicado al SEPBLAC el

ejercicio de su actividad, y que no tenga incompatibilidad alguna derivada de las prohibiciones establecidas

en la citada ley.

Forma de acreditación: Se acreditará mediante las titulaciones correspondientes en cada caso y la

verificación de la comunicación ante el SEPBLAC.

8. PUBLICIDAD DE LA CONTRATACIÓN.

El anuncio de licitación se publicará en el perfil del contratante de la Sociedad Extremadura Avante, S.L.U.,

https://www.extremaduraavante.es y en el portal de contratación de la Junta de Extremadura

http://contratacion.gobex.es

9. MESA DE CONTRATACIÓN.

El órgano de contratación, para la adjudicación del contrato resultante de la presente licitación estará asistido

de una Mesa de Contratación en los términos que prevé la Instrucción 21 y 28 de Extremadura Avante, S.L.U.

10. GARANTÍA PROVISIONAL.

En la presente licitación no es preceptiva la constitución de garantía provisional como consta en el apartado 3

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del Cuadro Resumen por haber sido dispensada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de

Extremadura de 12 de diciembre de 2008.

11. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.

Las proposiciones de las empresas interesadas se presentarán antes de la finalización del plazo indicado en el

Cuadro Resumen de Características y anuncio de la licitación, que será, de DIEZ (10) días naturales, a contar

desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el perfil de contratante accesible desde las direcciones

https://www.extremaduraavante.es y https://contratacion.gobex.es/

El lugar de presentación será el domicilio sito en la Avda. José Fernández López, nº 4, 06800 Mérida

(Badajoz). Cuando las proposiciones no se presenten directamente en el domicilio indicado deberán remitirse

al mismo por correo dentro del plazo de admisión indicado de conformidad con lo dispuesto en el artículo

80.4 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley

de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), debiendo justificarse la fecha y hora de

presentación y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante fax, télex, telegrama o

correo electrónico dentro del día de finalización de plazo.

El fax, télex, telegrama o correo electrónico deberá haberse remitido igualmente dentro del plazo de DIEZ

(10) días naturales citado y como máximo dentro del día natural de finalización del plazo de presentación de

proposiciones, en caso de que se determine hora de finalización. En el supuesto de remisión por correo

electrónico, del justificante mencionado, deberá enviarse a la dirección indicada en el apartado 19 del

Cuadro Resumen y sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del

contenido íntegro de las comunicaciones y si identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este

supuesto se procederá a la obtención de copia impresa y a su incorporación al expediente.

Los licitadores que opten por enviar sus ofertas por correo postal, tendrán que tener en cuenta que

transcurridos 3 días hábiles siguientes a la fecha de terminación del plazo de presentación de proposiciones

sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.

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DE CONCURRIR ALGUNAS DE LAS ANTERIORES CIRCUNSTANCIAS, EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

DETERMINARÁ LA EXCLUSIÓN AUTOMÁTICA DEL LICITADOR QUE INCUMPLA ESTOS REQUISITOS.

La Sociedad Extremadura Avante, S.L.U., efectuará las comunicaciones con la empresa indistintamente a

través del fax o bien por correo electrónico.

La presentación de proposiciones se formalizará en SOBRE CERRADO, haciendo constar en el exterior:

• El número correspondiente al SOBRE.

• El título y código de la licitación.

• El nombre completo -y siglas en su caso-, dirección, C.I.F. (o N.I.F) del licitador.

• Número de teléfono, fax y correo electrónico del licitador.

• Nombre y firma de la persona que actúa representando al licitador.

La presentación de ofertas supone la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad de las

cláusulas de los Pliegos que sirven de base a la licitación y anexos, en su caso, sin reserva ni salvedad alguna.

Ningún licitador podrá presentar más de una proposición.

Cuando los documentos se presenten por empresas extranjeras que contraten en España, la misma deberá

presentarse traducida de forma oficial al castellano, según lo dispuesto en el artículo 23 del Real Decreto

1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las

Administraciones Públicas (RGLCAP).

Los empresarios que concurran a la presente licitación presentarán en el plazo indicado, en un único sobre y

de manera separada, el SOBRE 2 y el SOBRE 3, ajustándose a los requisitos de identificación del “SOBRE”

expuestos en este apartado, con el siguiente contenido:

SOBRE 2): Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor.

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En este SOBRE 2 se incluirá la documentación necesaria para la valoración de los criterios cuya cuantificación

dependa de un juicio de valor, relacionándose en un índice que la preceda. Esta documentación es la

establecida en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

En este sobre deberá acompañarse indispensablemente, además, la siguiente documentación:

• Declaración responsable firmada por el licitador o su representante, en la que manifieste que aquél tiene

capacidad de obrar para la realización del objeto del contrato, que no está incurso en prohibición de

contratar y que cuenta con solvencia económica, financiera y técnica o reúne los requisitos necesarios para

contratar con la Sociedad (Anexo Nº 1).

• (*) Declaración expresa responsable de pertenencia o no a grupo de empresas (en caso positivo, relación

exhaustiva).(Anexo nº 6)

• (*) Compromiso de constitución de UTE, si procede.

(*) Estas declaraciones se tendrán en cuenta a los efectos establecidos en el art. 145.4 “in fine” del TRLCSP

(cálculo de ofertas que presentan valores anormales o desproporcionados).

• El documento de Garantía Provisional, si procede (Anexo Nº 2).

• El documento de Clasificación Empresarial, en caso de ser exigible.

• Modelo de sometimiento a la jurisdicción y tribunales Españoles (empresas extranjeras) (Anexo Nº 5).

IMPORTANTE: EN ESTE SOBRE 2 QUE CONTIENE LA DOCUMENTACIÓN PARA VALORACIÓN DE CRITERIOS

CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR NO SE ADMITIRÁ NINGÚN DATO QUE PONGA DE

MANIFIESTO INFORMACIÓN RELEVANTE SOBRE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBTENIDOS A TRAVÉS

DE LA MERA APLICACIÓN DE FORMULAS MATEMÁTICAS O DE VALORACIÓN AUTOMÁTICA DEL SOBRE 3. DE

CONCURRIR DICHA CIRCUNSTANCIA, LA MESA DE CONTRATACIÓN DETERMINARÁ LA EXCLUSIÓN DEL

LICITADOR CORRESPONDIENTE QUE INCUMPLA ESTE REQUISITO.

SOBRE 3): Oferta Económica y documentación para valoración de criterios cuantificables de forma

automática.

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En el SOBRE 3 se incluirá la Propuesta económica, que se formulará conforme al modelo que figura en el

Anexo Nº 3, recogiéndose en la misma el presupuesto total ofertado, sin tachaduras, ni enmiendas y deberá

ir debidamente firmada por el licitador o persona que lo represente.

La proposición económica se presentará en caracteres claros, escrita a máquina o por medios informáticos de

impresión y firmada. No se aceptarán aquellos que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan

conocer claramente su contenido. Si existiese discrepancia entre la cantidad escrita en número y la escrita en

letra, se estará a lo expresado por esta última.

En la proposición económica se deberá expresar claramente la baja que representa dicha proposición con

relación al tipo de licitación.

12. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.

Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta más ventajosa, se atenderá a los

criterios directamente vinculados con el objeto del contrato, que se indican en el Pliego de Prescripciones

Técnicas.

Siempre que existan varias proposiciones que estén igualadas en sus términos a las más ventajosas desde el

punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, tendrán preferencia en la adjudicación

de los contratos las proposiciones presentadas por aquellas empresas en las que concurra alguna o algunas

de las circunstancias que se señalan en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP.

La documentación relativa a criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor se valorará con

carácter previo a la del resto de la proposición con objeto de evitar el conocimiento de esta última antes de

que se haya efectuado la valoración de aquéllos, según las especificaciones indicadas a continuación.

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13. APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.

13.1. APERTURA Y EXAMEN DEL SOBRE 2

En el lugar, día y hora señalados en la convocatoria que se publique en el perfil de contratante, se constituirá

la primera sesión de la Mesa de Contratación para apertura pública del SOBRE 2.

Comenzará el acto dándose lectura al anuncio del contrato y procediéndose seguidamente al recuento de las

proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuran en el certificado de ofertas

recibidas, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los Sobres que contienen las

ofertas se encuentran en la Mesa en idénticas condiciones que fueron entregadas.

A continuación, se valorará la Documentación general de la empresa y si se considera correcta, se procederá

a la revisión de la documentación para valorar los criterios de valoración que dependen de un juicio de valor.

Será motivo de exclusión del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en el SOBRE

2 documentación que aporte información directa o indirecta sobre alguno de los criterios de adjudicación

obtenidos a través de la aplicación de formulas matemáticas (criterios objetivos) que deba ser objeto de

evaluación posterior, es decir, cuando se proceda a la apertura del SOBRE 3.

Las proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los

sobres que las contengan no podrán ser abiertos.

Si las empresas pertenecientes a un mismo grupo, en la forma en que se define al grupo de empresas en el

artículo 42 del Código de Comercio, presentasen distintas proposiciones se tomará, para aplicar el régimen

de apreciación de ofertas anormales o con valores desproporcionados, la oferta más baja, produciéndose la

aplicación de los aspectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas anormales

o desproporcionadas a las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo.

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La Mesa de contratación encargará un informe técnico para valorar la documentación. El resultado de esta

valoración se publicará en el Perfil de contratante de la Sociedad, así como se indicará el lugar, día y hora

fijados para la apertura del SOBRE 3.

13.2 APERTURA Y EXAMEN DEL SOBRE 3

En el lugar, día y hora señalados en el perfil del contratante se constituirá la segunda sesión de la Mesa de

Contratación para la apertura pública del SOBRE 3.

Comenzará el acto dándose lectura del resultado de la apertura del sobre anterior, expresando las eventuales

exclusiones del procedimiento de adjudicación por incumplimiento de los requisitos mínimos del Pliego de

Prescripciones Técnicas.

A continuación se abrirá el SOBRE 3, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los

sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa y en idénticas condiciones en que fueron

entregados. Se procederá a la lectura en voz alta de la oferta económica según el modelo facilitado (Anexo Nº

3),

En caso que se identifiquen ofertas anormalmente bajas a las que se refiere el art. 152 del TRLCSP, los

parámetros para el cálculo de éstas se ajustarán a lo establecido en el artículo 85 del Real Decreto

1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las

Administraciones Públicas (RGLCAP), otorgando a la empresa un plazo de tres días hábiles para la

justificación de este hecho. Dicha información, así como los informes técnicos necesarios serán evaluados

por el Órgano de Contratación, que acordará la adjudicación de conformidad con lo establecido en el artículo

151 del TRLCSP.

A la vista de la documentación presentada y de los informes técnicos emitidos sobre las ofertas anormales,

en su caso, se establecerán las empresas admitidas y excluidas en esta fase y se encargará por la Mesa

Informe técnico de valoración.

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A la vista del Informe emitido, la Mesa de Contratación resolverá sobre la puntuación obtenida por cada uno

de los licitadores, debiendo publicarse el resultado de la valoración en el perfil de contratante.

14. SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN.

El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan

sido declaradas desproporcionadas o anormales, en consonancia con las valoraciones realizadas por la Mesa

de Contratación y notificará al licitador cuya oferta hubiere sido considerada más ventajosa esta

circunstancia, requiriéndole al propio tiempo para que, en el plazo de 10 días naturales, a contar desde el

siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente el SOBRE 1 comprensivo de la

documentación acreditativa de su personalidad, capacidad de obrar y solvencia y la documentación

acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad y justificante de la

constitución de la garantía definitiva, en su caso.

De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha

retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el

orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

15. ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN.

15.1 Si la documentación aportada por el licitador cuya oferta ha resultado ser la más ventajosa fuese

calificada como correcta, se le adjudicará el contrato requiriéndole para la formalización del contrato en un

nuevo plazo máximo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación. La

adjudicación del contrato deberá ser motivada, se notificará a los licitadores.

Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el

artículo 153 del TRLCSP.

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La notificación de la adjudicación se hará por cualquier medio que permita dejar constancia de su recepción

por el destinatario.

En el supuesto de que el contrato no se llegase a formalizar por causa imputable a la empresa seleccionada,

se procederá descrita con el segundo y sucesivos licitadores por el orden de sus ofertas.

15.2 Cuando el Órgano de Contratación se aparte de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación,

deberá motivar su decisión.

15.3 Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o

privadas, que, hayan acreditado tener en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al

2 por 100 de la misma, siempre que dichas proposiciones igualaran en sus términos a las más ventajosas

desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación.

En caso de empate entre varias empresas licitadoras, tendrán preferencia en la adjudicación aquellas que,

habiendo acreditado tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por

100 del total de trabajadores de su plantilla, dispongan del mayor porcentaje de trabajadores fijos con

discapacidad en su plantilla.

Igualmente, tendrán preferencia en la adjudicación, en igualdad de condiciones con las que sean

económicamente más ventajosas, las proposiciones presentadas por las empresas de inserción reguladas en

la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que

cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración.

16. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

El contrato se entenderá perfeccionado con su formalización y se ajustará con exactitud a las condiciones de

la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público y en

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ningún caso podrá iniciarse la ejecución del contrato antes de su formalización.

La formalización del contrato deberá efectuarse dentro del plazo máximo de 15 días hábiles a contar desde el

día siguiente al de la recepción por el adjudicatario de la notificación de la adjudicación del contrato.

Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiere formalizado el contrato dentro del plazo

indicado, Extremadura Avante, S.L.U. podrá acordar la incautación de la garantía definitiva, que en su caso se

hubiera exigido.

En caso de que el Contrato fuera adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, deberán éstas acreditar la

constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato,

y el CIF asignado a la Unión.

De la formalización del contrato se dará publicidad según lo dispuesto en el artículo 154 del TRLCSP y en la

Instrucción 34ª.

17. GARANTÍA DEFINITIVA.

El adjudicatario no estará obligado a constituir la garantía definitiva tal y como se establece en el apartado 3

del Cuadro Resumen.

18. REVISIÓN DE PRECIOS.

No procede la revisión de precios en la presente licitación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89

del TRLCSP y conforme se establece en el Apartado 6 del Cuadro Resumen.

19. PROGRAMA DE TRABAJO.

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El contratista está obligado a presentar en su Proposición Técnica un programa de trabajo. Dicho programa

de trabajo respetará todos los requerimientos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo

contener, en la medida de lo posible, la fijación de los contenidos que integran el objeto del contrato, los

medios técnicos y personales a emplear y el calendario de plazos de ejecución de los trabajos.

20. EQUIPO Y ORGANIZACIÓN.

El contratista queda obligado a aportar para la realización del servicio el equipo y medios auxiliares que sean

precisos para la buena ejecución de aquél.

En el caso que para la adjudicación del contrato hubiese sido condición necesaria la aportación por el

contratista de equipos y medios auxiliares concretos y detallados, se exigirá aquella aportación.

21. CONDICIONES DE EJECUCIÓN.

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista adjudicatario, con estricta sujeción a

las estipulaciones que se establecen en el presente Pliego, en el de Prescripciones Técnicas y a las

instrucciones que en su caso diera el Órgano de Contratación o el Responsable del contrato en cumplimiento

de sus atribuciones.

El contrato regido por este Pliego contará con un Responsable del contrato designado por el Órgano de

Contratación en el contrato o comunicado al contratista tras la formalización del mismo. El Responsable del

contrato será el encargado de la comprobación, coordinación y vigilancia de la correcta realización del objeto

del contrato, así como de la relación directa e inmediata con el contratista adjudicatario.

El contratista adjudicatario responderá de su personal dependiente por actos, errores u omisiones que

comprometan o perturben la buena marcha de la ejecución del contrato.

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El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con

ocasión de la ejecución del contrato, no podrá utilizar para sí ni facilitar a un tercero dato alguno del objeto

del contrato, ni publicar total o parcialmente el contenido del mismo. El incumplimiento de esta obligación

será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad en la que incurra el contratista.

Sin perjuicio de que el Órgano de Contratación preste su apoyo al contratista, corresponde al mismo la

obtención de las oportunas autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares que

requieran la ejecución del contrato, salvo aquellas que sean competencia del Órgano de Contratación y que

se precisen por el contratista para la ejecución del servicio. Así mismo, serán de cuenta del contratista la

obtención de los derechos derivados de la propiedad industrial, comercial e intelectual que requiera la

ejecución por utilización de patentes, modelos de fábrica, etc., corriendo por su cuenta el abono por tales

derechos, y respondiendo frente a los titulares de dichos derechos por su utilización ilegítima.

La propiedad de los trabajos, informes y servicios objeto del contrato en cualquiera de sus fases serán de la

Sociedad contratante, pudiendo en todo momento solicitar la entrega de la parte realizada del objeto del

contrato cuando ésta sea compatible con el desarrollo de la ejecución final del mismo.

En el caso de modificación del contrato, cuando no se hayan previsto modificaciones en la documentación

que rige la licitación (Anuncio, Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego de Prescripciones

Técnicas, Cuadro Resumen), si concurriera alguno de los supuestos previstos en el artículo 107 del TRLCSP, el

importe de la modificación del contrato no podrá ser igual o superior en más o en menos, del 10% del precio

de adjudicación del contrato. En el caso de modificaciones sucesivas, el conjunto de ellas no podrá superar

este límite.

Se establece como condición esencial de ejecución, las obligaciones, recogidas en la cláusula 26 del presente

Pliego, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá

la imposición de las penalidades que a tal efecto se contengan en el contrato.

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22. RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS.

El Órgano de Contratación se reserva el derecho a realizar las comprobaciones oportunas en relación a la

ejecución del contrato. Si el objeto del contrato no se está acometiendo adecuadamente se hará constar así y

se darán las instrucciones precisas al contratista para que, en el plazo que determine el Órgano de

Contratación, subsane los defectos observados.

23. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

El contratista vendrá obligado al cumplimiento de los requisitos y obligaciones exigidos en materia de

Seguridad y Salud Laboral contenidos en la normativa vigente de Prevención de Riesgos Laborales y en

especial en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley

31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades

empresariales.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de las disposiciones de

seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicará responsabilidad alguna para el

Órgano de Contratación o la Sociedad.

24. RESPONSABILIDAD.

El contratista será responsable de la calidad técnica del servicio realizado, así como de las consecuencias que

se deduzcan para el Órgano de Contratación frente a terceros.

De advertirse vicios o defectos en el trabajo, el contratista podrá alegar lo que estime oportuno al respecto.

En el caso de no subsanarse los defectos en el plazo establecido, el Órgano de Contratación podrá resolver el

contrato, previa audiencia del contratista.

No se validarán las facturas recibidas o expedirán las actas de recepción positivas correspondientes hasta

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tanto se hayan recibido total o parcialmente, según el caso, los trabajos a plena satisfacción del Responsable

del Contrato y/o del Órgano de Contratación.

Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos

imputables al contratista, el Órgano de Contratación podrá rechazar la misma, quedando exento de la

obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.

25. PLAZO DE GARANTÍA.

Dado que en la presente licitación no se exige garantía definitiva, no procede el establecimiento de un plazo

de garantía.

26. SUBCONTRATACIÓN.

El adjudicatario podrá subcontratar con terceros la realización parcial del contrato, salvo que esta posibilidad

haya sido excluida en el Cuadro Resumen de Características, o que por la naturaleza y condiciones del

contrato se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario.

Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del porcentaje

que se fije en el Pliego de Prescripciones Técnicas o en el Cuadro Resumen. En el supuesto de que no figure

en el Pliego un límite especial, el contratista podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda del 60 %

del importe de adjudicación, y deberán, en todo caso, ser objeto de previa autorización por el Órgano de

Contratación, debiendo seguirse el procedimiento establecido en el artículo 227.2 b) del TRLCSP. No

obstante, el Órgano de Contratación podrán imponer al contratista la subcontratación con terceros no

vinculados al mismo, de determinadas partes de la prestación que no excedan del 50 por ciento del importe

del presupuesto del contrato, cuando gocen de una sustantividad propia dentro del conjunto que las haga

susceptibles de ejecución separada, por tener que ser realizadas por empresas que cuenten con una

determinada habilitación profesional o poder atribuirse su realización a empresas con una clasificación

adecuada para realizarlas. Serán nulos de pleno derecho los acuerdos o pactos a que puedan llegar el

contratista adjudicatario y el subcontratista que vulnere lo establecido en este apartado, incluso si tales

pactos o acuerdos fueren comunicados al Órgano de Contratación.

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El Órgano de Contratación, podrán comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que los contratistas

adjudicatarios de los contratos públicos, calificados como tales en el artículo 5, han de hacer a todos los

subcontratistas o suministradores que participen en el contrato.

En tal caso, los contratistas adjudicatarios remitirán al Órgano e Contratación, cuando este lo solicite, relación

detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione

su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que

guarden una relación directa con el plazo de pago.

Asimismo, deberán aportar a solicitud del Órgano de Contratación, justificante de cumplimiento de los pagos

a aquellos, una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el

artículo 228 y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en lo que le sea de aplicación. Estas obligaciones, se

consideran condiciones esenciales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias

previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se

contengan en el contrato.

27. FINANCIACIÓN DEL CONTRATO.

La presente actuación está financiada por recursos propios de cada una de las siguientes sociedades en el

porcentaje que a cada una les corresponda y que se detalla a continuación:

Nombre de la empresa Porcentaje de financiación

Sociedad de Fomento Industrial de Extremadura 25%

Extremadura Avante Inversiones SGEIC, S.A 25%

Fomento Extremeño de Infraestructuras

Industriales, S.A.U.

25%

Sociedad Gestora de Ciudad de la Salud y la

Innovación, S.A.U.

25%

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28. JURISDICCIÓN.

El orden jurisdiccional civil será el competente para conocer de cuantas cuestiones litigiosas afecten a la

preparación y adjudicación de este contrato e igualmente para resolver las controversias que surjan entre las

partes en relación al cumplimiento, efectos y extinción de aquél.

29. ACLARACIONES SOBRE PLAZOS Y CUANTÍAS.

Los plazos establecidos en el presente documento se entenderán referidos a días naturales, salvo que

expresamente se indicase que fuesen hábiles, debiendo considerarse inhábiles a estos efectos los sábados,

domingos y días festivos. En caso de días naturales, cuando el último día del plazo sea sábado, domingo o

festivo, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Las cuantías establecidas en el presente documento, en el Cuadro Resumen y en el Pliego de Prescripciones

Técnicas se entenderán referidas a cantidades sin IVA.

30. OTRAS ESPECIFICACIONES.

1º.- Los datos personales facilitados por los licitadores serán tratados de conformidad con la Ley Orgánica

15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Real Decreto 1720/2007, de 21

de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de dicha Ley.

El otorgamiento voluntario de los datos personales necesarios para participar en el presente procedimiento

implica el consentimiento del afectado para que el Órgano de Contratación los trate automatizadamente, con

el fin de llevar a cabo la tramitación propia de la contratación.

Los datos facilitados por el licitador que resulte adjudicatario podrán ser cedidos a la Intervención General de

la Junta de Extremadura y al Tribunal de Cuentas en su caso, sin perjuicio de que se puedan ceder a otros

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órganos en virtud del control a que está sujeta la presente contratación de conformidad con la legislación

vigente, y algunos de esos datos formarán parte del anuncio de adjudicación y de formalización del contrato.

Asimismo, se obliga a mantener controlado el acceso de los datos a los que se hace referencia en el párrafo

anterior en el caso de que hayan sido o fuera informatizados, en los términos previstos en la Ley Orgánica

15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007 que lo desarrolla, y demás

disposiciones vigentes.

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ANEXO Nº 1: MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE EL ART 60 DEL TRLCSP Y SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y COMPROMISO DE JUSTIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS

EXIGIDOS EN CASO DE RESULTAR ADJUDICATARIO

D./Dña. …………………………………………………………………………………………, con DNI ……………………………………….., en su propio

nombre, o como representante legal de la Empresa…………………………………………………………, DECLARA BAJO SU

RESPONSABILIDAD: Que no concurre [en el mismo]/[en la empresa representada] ninguna de las circunstancias

recogidas como prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de

noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Que [él]/ [la empresa representada] se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 1098/2001, de 5 de julio, y con la Seguridad Social a tenor de lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto señalado, o, en su caso, que no tiene obligación de presentar las declaraciones o documentos a que se refieren los citados artículos. Que la empresa no se halla incursa en los supuestos a que se refiere la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los

conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, la

Ley 53/1984, de 26 de Diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas y la

Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y de la Administración de

la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Que si resultase adjudicatario del procedimiento de licitación al que presenta esta proposición se compromete, de conformidad con lo requerido en las Instrucciones Internas de Contratación, a aportar toda la documentación requerida para acreditar su completa aptitud para resultar adjudicatario. Y para que conste a los efectos oportunos, firmo la presente en .............. a ........ de ………………. de 2016 (Firma del proponente y sello de la empresa) Fdo.: ………………………………………………………..

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ANEXO Nº 2: MODELO DE GARANTÍA PROVISIONAL

(DISPENSADA POR ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 12 DE DICIEMBRE DE 2008)

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ANEXO Nº 3: MODELO DE PROPOSICION ECONÓMICA

D./Dña. ...................................................., domiciliado/a en......................., provincia de ......................., calle ..................... nº ................, y DNI nº ......................., en nombre [propio] /[de la empresa que representa] ............., con CIF nº .................. domicilio fiscal en .................... calle .................... nº ....., [enterado/a del anuncio publicado en el perfil del contratante del día .... de .......... de 2.0…]/ [enterado/a del proceso de licitación mediante invitación cursada el día ….. de…………. de ……….], y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de ........................................................................................... se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad total de .........., IVA excluido Esta cantidad se incrementará con (Expresar claramente, escrita en letra y cifra la cantidad euros) euros en concepto de impuesto sobre el valor añadido (IVA). Importe total: ………………………………………………………………………………………………………………………. (Expresar claramente, escrita en letra y cifra, la cantidad en euros a que asciende la oferta). La proposición económica representa una baja del……….por ciento con relación al tipo de licitación. PLAZO DE EJECUCIÓN…………………………………….……………. (Expresar claramente, escrita en letra y cifra, la cantidad en [meses/días] a que asciende la oferta). El licitador que suscribe autoriza el tratamiento automatizado de los datos personales que voluntariamente suministrado y que son necesarios para el procedimiento de licitación. Los datos personales recogidos pueden ser incorporados a los correspondientes ficheros titularidad de la Sociedad, los cuales serán confidenciales y estarán protegidos según lo dispuesto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación de estos datos, en su caso, serán ejercitados enviando comunicación a la Sociedad. Asimismo, autorizo a que las comunicaciones relacionadas con la adjudicación y ejecución del contrato me las envíen al fax /correo electrónico. ................................ Todo ello de acuerdo con el Pliego de Prescripciones Técnicas y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares cuyos contenidos conozco y acepto sin reservas. En ................, a .... de ............ de 2.016

(Firma del proponente y sello de la empresa)

Fdo.: ……………………………………………………

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ANEXO Nº 4: MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA

(EXIMIDA EN LA PRESENTE CONTRATACIÓN)

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ANEXO Nº 5: MODELO DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN Y TRIBUNALES ESPAÑOLES (EMPRESAS EXTRANJERAS), CONFORME A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 146.1 letra e), Y LA DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA APARTADO SEGUNDO DEL TRLCSP. D./Dña. …………………………………………………………………………………………, con DNI/TARJETA RESIDENCIA Nº ……………………………………….., con validez hasta…………………………………….. en su propio nombre, o como representante legal de la Empresa…………………………………………………………, DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: 1.-Que para actuar en nombre y representación legal de la citada empresa dispone de poder bastante, suficiente y subsistente, otorgado ante el Notario de ………………………………………………., el día………………………, bajo el número ………….. de su protocolo, entre cuyas facultades figura la de concurrir a licitaciones de obras, servicios y suministros de la Administración Pública Española y sus poderes adjudicadores. 2.- Someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante, conforme a lo previsto en el artículo 146.1 letra e), del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Y para que conste a los efectos oportunos, firmo la presente en .............. a ........ de ………………. de 20… (Firma del licitante e y sello de la empresa). Fdo.: ………………………………………………………..

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ANEXO Nº 6: MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE GRUPO DE EMPRESAS

D. ______________________________________________________, con DNI ___________________________, en su

propio nombre, o como representante legal de la Empresa _______________________, DECLARA BAJO SU

RESPONSABILIDAD:

Que a los efectos de lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del art. 86 del RGLCAP y de la presente licitación: (señalar lo

que proceda)

! La empresa licitadora representada no pertenece a ningún grupo empresarial.

! No concurren empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial de la empresa que represento, entendiéndose

por tales las que se encuentran en cualquiera de los supuestos del art. 42.1 del Código de Comercio.

! Concurren las siguientes empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial de la empresa que represento,

entendiéndose por tales las que se encuentran en cualquiera de los supuestos del art. 42.1 del Código de Comercio:

Y para que conste a los efectos oportunos firmo la presente en............... a...................... de 2016