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Páxina 1 de 13 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DE UNA CAMPAÑA DE PUBLICIDAD PARA LA PROMOCIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE GALICIA 2014_2020. 1. INTRODUCCIÓN El Reglamento (UE) 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, del 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen las disposiciones comunes de FEDER, FSE,FC, Feader y el FEMP, y el Reglamento (UE) 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, del 17 de diciembre de 2013, de ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desenvolvimiento Rural (Feader), configuran el marco normativo básico en materia de información y publicidad de los programas de desenvolvimiento rural. Este marco normativo es desenvuelto por el Reglamento de ejecución (UE) 808/2013, de la Comisión, del 17 de junio de 2014. Esta reglamentación determina la obligación que afecta a la Autoridad de gestión de dar publicidad al programa, en particular, a través de la Red rural nacional, informando a los beneficiarios potenciales, a las organizaciones profesionales, a los interlocutores económicos y sociales, a los organismos que promueven la igualdad entre hombres y mujeres y las organizaciones no gubernamentales interesadas, de las posibilidades que ofrece el programa y de las normas para acceder a su financiamiento, así como informando a los beneficiarios de la contribución de la Unión y al público en general del papel que desempeña la Unión en el programa”. Corresponde a la Autoridad de gestión la adopción de las medidas de información y comunicación del programa que busquen la mayor cobertura mediática posible para la mejora de su visibilidad teniendo en consideración las diferentes formas y métodos de comunicación. La Autoridad de gestión tiene la obligación de organizar, por lo menos, una actividad informativa importante anual en la que se promuevan las oportunidades de financiamiento que se ofrecen, así como los objetivos y estrategias seguidos con la programación. El Reglamento de ejecución (UE) 808/2014, de la Comisión, del 17 de junio de 2014, establece la obligación de la elaboración por parte de la Autoridad de gestión de la Estrategia de información y publicidad (EIP) que deberá ser presentada al Comité de seguimiento una vez aprobado el programa. Las actividades de información y publicidad deberán estar conformes con la Estrategia de información y publicidad aprobada por la Autoridad de gestión. El Programa de desarrollo rural de Galicia 2014_2020 (PDR), fue aprobado por Decisión C (2015) 8144 final, de la Comisión del 18.11.2015. La EIP del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014_2020, pretende el desarrollo de las medidas precisas para dar una mayor notoriedad y transparencia a la actuación comunitaria, autonómica y estatal determinando las responsabilidades y funciones que corresponden a los diferentes entes involucrados en la gestión del programa, al tiempo que da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la normativa comunitaria y en Ley 1/2016, del 18 de enero, de transparencia y buen gobierno.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE

PROCEDIMIENTO ABIERTO DE UNA CAMPAÑA DE PUBLICIDAD PARA LA PROMOCIÓN DEL

PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE GALICIA 2014_2020.

1. INTRODUCCIÓN El Reglamento (UE) 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, del 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen las disposiciones comunes de FEDER, FSE,FC, Feader y el FEMP, y el Reglamento (UE) 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, del 17 de diciembre de 2013, de ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desenvolvimiento Rural (Feader), configuran el marco normativo básico en materia de información y publicidad de los programas de desenvolvimiento rural. Este marco normativo es desenvuelto por el Reglamento de ejecución (UE) 808/2013, de la Comisión, del 17 de junio de 2014. Esta reglamentación determina la obligación que afecta a la Autoridad de gestión de dar publicidad al programa, en particular, a través de la Red rural nacional, informando a los beneficiarios potenciales, a las organizaciones profesionales, a los interlocutores económicos y sociales, a los organismos que promueven la igualdad entre hombres y mujeres y las organizaciones no gubernamentales interesadas, de las posibilidades que ofrece el programa y de las normas para acceder a su financiamiento, así como informando a los beneficiarios de la contribución de la Unión y al público en general del papel que desempeña la Unión en el programa”. Corresponde a la Autoridad de gestión la adopción de las medidas de información y comunicación del programa que busquen la mayor cobertura mediática posible para la mejora de su visibilidad teniendo en consideración las diferentes formas y métodos de comunicación. La Autoridad de gestión tiene la obligación de organizar, por lo menos, una actividad informativa importante anual en la que se promuevan las oportunidades de financiamiento que se ofrecen, así como los objetivos y estrategias seguidos con la programación. El Reglamento de ejecución (UE) 808/2014, de la Comisión, del 17 de junio de 2014, establece la obligación de la elaboración por parte de la Autoridad de gestión de la Estrategia de información y publicidad (EIP) que deberá ser presentada al Comité de seguimiento una vez aprobado el programa. Las actividades de información y publicidad deberán estar conformes con la Estrategia de información y publicidad aprobada por la Autoridad de gestión. El Programa de desarrollo rural de Galicia 2014_2020 (PDR), fue aprobado por Decisión C (2015) 8144 final, de la Comisión del 18.11.2015. La EIP del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014_2020, pretende el desarrollo de las medidas precisas para dar una mayor notoriedad y transparencia a la actuación comunitaria, autonómica y estatal determinando las responsabilidades y funciones que corresponden a los diferentes entes involucrados en la gestión del programa, al tiempo que da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la normativa comunitaria y en Ley 1/2016, del 18 de enero, de transparencia y buen gobierno.

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Dentro de la estrategia de información y publicidad destacan las campañas de divulgación y de publicidad del PDR que establecen, que deberá realizarse como mínimo, una campaña genérica de información y promoción general del programa al año. Para su financiamiento, el artículo 59 del Reglamento (UE) 1303/2013, del 17 de diciembre de 2013, del Parlamento Europeo e del Consejo, determina sobre la asistencia técnica que los Fondos EIE podrán apoyar acciones de preparación, gestión, seguimiento, evaluación de comunicación, creación de redes, resolución de reclamaciones, control y auditoría, y que estas acciones podrán corresponder a períodos de programación previos o posteriores. DISPOSICIONES GENERALES: 1. COMUNITARIAS: • Reglamento (UE) 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, del 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen las disposiciones comunes al FEDER, FSE, FC, Feader, FEMP, y las disposición generales de FEDER, FSE, FC, FEMP. • Reglamento (UE) 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, del 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través de Feader y por el que se deroga el Reglamento (CE) 1698/2005. • Reglamento de ejecución (UE) 808/2014, de la Comisión, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 1305/2014, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

Reglamento de ejecución (UE) 669/2016, de la Comisión, de 28 de abril de 2016, que modifica al Reglamento (UE) 808/2014 en lo que afecta a la modificación y al contenido de los programas de desarrollo rural, a la publicidad de los mismos y a los tipos de conversión a unidades de ganado mayor. • Reglamento de ejecución (UE) 809/2014, de la Comisión, de 17 do julio de 2014, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control, a las medidas de desarrollo rural y a la condicionalidad. 2. NACIONALES: • Real Decreto Legislativo 3/2011, del 14 de noviembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público. • Real Decreto 1098/2001, del 12 de octubre, que aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las administraciones públicas. 3. AUTONÓMICAS: • Ley 16/2010, del 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia. • Ley 1/2016, del 18 de enero, de transparencia y buen gobierno.

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2. OBJETO DEL CONTRATO El presente pliego establece las condiciones de contratación de los trabajos de elaboración y difusión de una campaña de publicidad dirigida a la sociedad gallega en general para informar respeto de las posibilidades del Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2014_2020. En todo caso, la campaña deberá señalar la intervención de la Unión Europea y garantizar las ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de desarrollo rural (Feader). El contrato abarca el desarrollo integral de la campaña, considerando, la definición de las vías de comunicación, los soportes y los tiempos más apropiados para su divulgación y para la difusión y el control de la correcta ejecución de las actuaciones programadas. Todos los costes derivados de la ejecución del contrato irán por cuenta de la empresa adjudicataria. El contrato incluirá también el seguimiento del desarrollo y la ejecución de la campaña de publicidad así como el asesoramiento técnico a los responsables del órgano contratante en todas aquellas actuaciones dirigidas a mejorar la gestión de la campaña, la consecución de los objetivos propuestos y la toma de decisiones sobre la misma, así como sobre cualquiera otro específico que proponga el responsable del contrato. ÁMBITO TERRITORIAL Y DURACIÓN DE LA CAMPAÑA: El ámbito territorial para el desarrollo de la Campaña será todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, priorizando la presencia publicitaria en los núcleos de población rural de mayor densidad de la Comunidad Autónoma, así como en aquellos dónde pueda determinarse una mayor presencia de la actividad agrícola, ganadera o forestal. Se establecerán también como prioritarios aquellos lugares donde se produzcan actividades de promoción, transformación o venta de productos relacionados con estas actividades. En todo caso, la oferta especificará el lugar de colocación de los elementos fijos antes de proceder a la misma (vallas publicitarias). La distribución territorial de estos elementos y su situación exacta será especificada y remitida a la dirección del contrato, que aprobará esta distribución con carácter previo a su ejecución. La campaña tendrá una duración de 4 o 5 semanas finalizando, preferentemente, antes del 30 de noviembre debiendo justificar la elección de otros períodos o la imposibilidad de la ejecución de la prestación en el período señalado. Corresponde al director del contrato la determinación de la suficiencia ou insuficiencia de la justificación aportada. En todo caso, la ejecución de las prestaciones debe permitir la realización de las actividades de control a realizar por la dirección del contrato o cualquier otro órgano de control, nacional o comunitario, conforme al Reglamento de ejecución (UE) 809/2014, de 4 de diciembre, por el que se establecen los criterios para subvencionar los costes en el marco de los programas de desarrollo rural cofinanciados con Feader, por lo menos, controles administrativos, controles sobre el terreno y controles a posteriori.

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BASES DE LA CAMPAÑA: a. Finalidad. El Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2014_2020, cofinanciado con cargo a Feader, establece los criterios y prioridades de gestión de los fondos públicos destinados a políticas de desarrollo rural durante ese período fijando tres objetivos esenciales (medio ambiente, mitigación y adaptación al cambio climático e innovación), que se concretan en seis prioridades de desarrollo rural: 1. Fomentar la transferencia de conocimientos y la innovación en la agricultura, la silvicultura y las zonas rurales. 2. Mejorar la viabilidad de las explotaciones y la competividad de todos los tipos de agricultura en todas las regiones y promover las tecnologías innovadoras y la gestión sostenible de los bosques. 3. Fomentar la organización de la cadena de distribución de alimentos en particular la transformación, comercialización de los productos agrícolas, bienestar animal y la gestión de riesgos en el sector agrícola. 4. Restaurar, preservar y mejorar los ecosistemas relacionados con la agricultura y la silvicultura. 5. Promover la eficiencia de los recursos y alentar el paso a una economía hipocarbónica capaz de adaptarse a los cambios climáticos en los sectores agrícola, alimentario y silvícola. 6. Fomentar la inclusión social, la reducción de la pobreza y el desarrollo económico en las zonas rurales. En coherencia con estas prioridades, la Xunta de Galicia va impulsar en este nuevo período de programación una inversión de más de mil cien millones de euros (1.100.000.000,00 €). El Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2014_2020, supone una apuesta por el rural gallego que tendrá como líneas de actuación básicas, en concordancia con los objetivos definidos por la Política Agrícola Común (PAC), las siguientes: 1. El mantenimiento de una red permanente y organizada de innovación y transferencia de conocimientos en la economía rural, la promoción de los sistemas de formación profesional continua y la modernización de las explotaciones agrarias, así como actuaciones de fomento de la incorporación de agricultores jóvenes a las explotaciones. 2. La ordenación del territorio y la gestión de las tierras, la promoción de los canales de distribución cortos y el fomento de la producción alimentaria de calidad diferenciada, mejora de la productividad de la industria alimentaria o integración vertical de la cadena agroalimentaria. 3. Actuaciones de mantenimiento de una red permanente y organizada de innovación y transferencia de conocimientos así como de mejora de la competitividad forestal y refuerzo de las estrategias de prevención contra los incendios forestales.

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4. Acciones de promoción del mantenimiento de la población en el medio rural gallego, y en particular en las zonas de montaña, así como la mejora del uso de la energía en la agricultura y en la industria agroalimentaria, fomento del uso de las energías renovables y la conservación y revalorización del patrimonio natural de Galicia. 5. Creación de empleo mediante la diversificación de la actividad económica y la creación de nuevas empresas, la dotación de acceso a banda ancha de calidad a la totalidad del rural gallego, la mejora de la dotación de los servicios básicos en los núcleos rurales y la promoción de las iniciativas de cooperación innovadora en el ámbito rural así como la mejora de la oferta de turismo rural en Galicia. b. Directrices de la campaña. En coherencia con estos objetivos, la Unión Europea, junto con la Xunta de Galicia y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama), viene a impulsar el desarrollo rural de Galicia, a través de medidas orientadas a fomentar la formación, la innovación y la investigación en el sector agrario y forestal, con el objetivo de garantizar la viabilidad de las explotaciones, apostando por las nuevas tecnologías con el fin de mejorar sus resultados económicos y contribuir a su reestructuración y modernización, creando nuevos servicios y productos de base tecnológica y teniendo como máxima, una apuesta decidida por el relevo generacional. En esta nueva etapa, el desarrollo rural apuesta por el aumento del valor añadido de los productos agrarios, potenciando la imagen de los regímenes de calidad y ofreciendo información sobre la calidad y seguridad de estos productos. Se atiende también al objetivo de restaurar, preservar y mejorar el medio ambiente, con especial incidencia en aquellos relacionados con la agricultura y la silvicultura a través de actuaciones en la Red Natura 2000, relacionadas con la agricultura ecológica o con la mejora en la gestión del agua. Se promoverá la eficiencia de los recursos y el paso a una economía baja en carbono a través de la promoción del uso de energías renovables y la reducción de gases de efecto invernadero, se fomentará la conservación de captura del carbono y se apostará por la prevención contra la erosión del suelo. Por último, se establece el objetivo del fomento de la inclusión social y la reducción de la pobreza facilitando la diversificación y la creación de desarrollo de pequeñas empresas para la creación de empleo y mejorando la accesibilidad a las nuevas tecnologías por parte de la población rural. En este sentido, se proyectará una imagen positiva, que no idealizada, del medio rural gallego, entendiendo que la riqueza natural y paisajística de nuestra comunidad es una oportunidad para la generación de riqueza y empleo en Galicia y atendiendo a las nuevas oportunidades que ofrecen las nuevas tecnologías. El público objetivo de la campaña es la población gallega en general y, particularmente, la gente joven en expectativa de empleo.

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Buscamos que los gallegos y gallegas de entre 25 y 45 años, independientemente de su lugar de nacimiento, sepan de las posibilidades de iniciar un camino de vida en el rural y de las facilidades que el Programa de Desarrollo Rural les ofrece como ayuda para comenzarla. La estrategia contemplará inserciones en prensa, radio, internet y vallas publicitarias. c. Requisitos básicos. Son requisitos básicos para entender adecuadamente cumplidas las prestaciones objeto del contrato: 1. Obligaciones de información y publicidad: Todos los elementos y mensajes que integren la campaña harán constar los logotipos oficiales de la Xunta de Galicia, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama), y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), además del lema Europa invierte en el rural. La imagen institucional se ajustará a las prescripciones establecidas en el Reglamento de ejecución (UE) 808/2013, de la Comisión, del 14 de junio de 2014. 2. Elemento básico: se cuidará que en la ejecución de la campaña publicitaria tanto para las inserciones en prensa, internet y vallas publicitarias como para la inserción en radio no se menoscabe la mención expresa al Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2014_2020 y a los elementos identificativos del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo rural (Feader). 3. Selección de soportes: La campaña no deberá incluir soportes o espacios que tengan un contenido no adecuado a juicio de la dirección del proyecto. En este sentido, el órgano de contratación, a solicitud de la dirección del proyecto, podrá excluir de la campaña, en cualquier momento, aquellos soportes o espacios planificados cuyo contenido no se considere adecuado (por ejemplo: no contenga los elementos básicos, ...). 4. Entrega de materiales: Con la suficiente antelación, la empresa adjudicataria deberá remitir a la dirección del contrato los materiales establecidos para cada soporte, siendo la empresa adjudicataria responsable de la correcta difusión de las piezas en los términos y medios contratados, incluida la recogida, devolución y presentación de las copias de emisión a efectos de la realización de los controles exigidos por la normativa comunitaria. 5. Controles: La empresa adjudicataria deberá realizar todas las actuaciones oportunas para facilitar la dirección del contrato, la realización de las actuaciones de control previstas en el Reglamento (UE) 809/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por lo menos los controles administrativos, sobre el terreno y a posteriori. 7. Son obligaciones contractuales esenciales, establecidas en los términos previstos en el artículo 223 f) del Real decreto legislativo 3/2011, que aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público: A. La transmisión de forma clara e inequívoca del financiamiento por parte de la Unión Europea y con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) del Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2014_2020 B. El cumplimiento de las obligaciones de información y publicidad previstas en el anexo III del Reglamento de ejecución (UE) 808/2014, de la Comisión, del 14 de junio de 2014.

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El incumplimiento de estas condiciones esenciales por parte del adjudicatario, dará lugar a la resolución del contrato, que será acordada de oficio por el órgano de contratación conforme a lo previsto en el artículo 224 del TRLCSP y con los efectos previstos en el artículo 225. 3. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN El presupuesto máximo de licitación será 251.680,00 €, estando el IVE incluido, así como cualquiera otro impuesto, tasas o derecho que pudieran deducirse. El objeto de la inversión es obtener del presupuesto establecido la mayor rentabilidad posible.

Importes sin IVA IVA Importes IVA incluido

Inserción en medios 203.921,57 € 42.823,53 € 246.745,10 €

Comisión de la agencia (entre o 0.3%-2%) 4.078,43 € 856,47 € 4.934,90 €

208.000,00 € 43.680,00 € 251.680,00 €

CONCEPTO PRESUPUESTO

Importe neto sin IVA 208.000,00 €

IVA (21%) 43.680,00 €

Total 251.680,00 €

El presupuesto máximo del contrato será de 251.680,00 €. Este presupuesto incluye el coste de la estrategia, investigación, planificación, ejecución, justificación y evaluación de la campaña de medios durante la vigencia del contrato, así como el coste de la adquisición de espacios publicitarios en todos los medios/soportes que se determinen y todos los gastos, tasas e impuestos derivados de la compra de los espacios publicitarios. El importe de la contratación ascenderá al 100 % del importe de la licitación, IVA incluido, de tal manera que el presupuesto se ejecutará en su totalidad (o la cifra más aproximada posible). El presente coste se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 2016.13.01.711A.640.2, siendo el código del proyecto 201600184. Existe el crédito preciso para atender las obligaciones de esta propuesta en el presupuesto de la Consellería do Medio Rural del ano 2016. Este coste se financia a través de la medida 20 Asistencia técnica del Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2014_2020, con una participación del 75 % de fondos de la Unión Europea, a través del Feader, en un 7.5 % con fondos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) y en un 17.50 % con fondos de la Xunta de Galicia. Los licitadores deberán incluír en el sobre C el presupuesto detallado de la oferta que presenten.

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4. CONTENIDOS A PRESENTAR POR LOS LICITADORES (SOBRE B): Los licitadores deberán presentar, en el sobre B, un proyecto de estrategia de medios y una planificación prevista para una campaña a modo de EJEMPLO. Un ejercicio teórico - práctico a efectos de valoración de aquellos aspectos cualitativos que resulten pertinentes. En este ejercicio deberá constar la enumeración de los medios contemplados, los formatos de anuncios, fechas y número de inserciones para cada soporte. Los precios que se utilizarán serán para uso estricto del ejercicio y no están vinculados con los precios de la oferta económica que presenten los licitadores. Junto al proyecto de campaña, en documento aparte, se entregará una propuesta de seguimiento, control y evaluación de la misma. Las creatividades a introducir serán entregadas por la Xunta de Galicia a los adjudicatarios. 4.1. Proyecto de campaña: Investigación, objetivos, estrategia, mix de medios y evaluación previa de resultados. El documento descriptivo de la propuesta de la campaña ocupará una extensión máxima de 25 páginas tamaño DIN A4 (incluyendo portada y contraportada). Este documento deberá incluir la siguiente información: 1. Análisis y definición del grupo objetivo propuesto para la planificación y estudio de las audiencias de medios para el grupo objetivo propuesto para la planificación. 2. Objetivos, estrategia y mix de medios (indicando objetivos, medios principales y secundarios, duración de la campaña, fases o turnos, distribución temporal de la presión, porcentajes de inversión en los medios en coherencia con las decisiones abordadas en el a apartado anterior). 3. Planificación táctica. Incluyendo detalle de las inserciones (emplazamientos, ubicaciones, número y porcentajes de pases posicionados, etc.). 4. Evaluación previa de resultados de las campañas (cobertura, frecuencia media, impactos, GRP, etc). Deberán utilizarse los últimos datos para EGM y ComScore (en su caso) disponibles el día de publicación del anuncio en el Diario Oficial de Galicia. -Las herramientas aceptadas para la evaluación de prensa y radio son Tom Micro y Galileo.

- En la evaluación de prensa se usará el dato de la audiencia potabilizada de cada soporte.

- En la evaluación de radio para cada inserción se utiliza el dato de audiencia probabilizada de

la hora concreta de emisión planificada.

- La herramienta aceptada para la evaluación de las ediciones digitales de los medios de

comunicación es ComScore.

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*Deberán entregarse los documentos de salida generados por los programas informáticos empleados para esta evaluación. *El proyecto de campaña debe venir acompañado de un anexo (modelo de evaluación) que se junta al pliego de cláusulas administrativas particulares.

I. Parámetros básicos de la campaña

Proyecto de campaña publicitaria de información del Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2014_2020

Duración máxima: 35 días (5 semanas).

Ámbito: Galicia.

Presupuesto: Entre 215.000,00 € y 218.000,00 € (sin IVA).

Esta planificación deberá ajustarse obligatoriamente al presupuesto establecido, sin que se puedan minorar o incrementar los precios establecidos en la siguiente tabla:

II. Precios En la planificación de esta campaña ejemplo, los licitadores, teniendo en cuenta las condiciones obligatorias de mix y formatos del siguiente punto deberán emplear obligatoriamente los siguientes precios, sin IVA:

1. Coste por millar impactos (CPM) en diarios (+14, Galicia)

Medio Formato CPM

Diarios Media página color impar lunes a domingo 20,00 €

2. Coste por millar impactos (CPM) en radios (+14, Galicia)

Medio Formato CPM

Radio Cuña 20” para Galicia (mínimo 50% en mañanas, 7-12.00h)

6,00 €

3. Coste por millar impresiones (CPM) en ediciones digitales de los medios de

comunicación (+15 Galicia)

Medio Formato CPM

Ediciones digitales de los medios de comunicación

Banner gráfico (portada y rotación; mix ofertado por los licitadores) Galicia + 15

17,00€

4. Coste por unidad para Galicia

Medio Formato CPM

Soportes exteriores Vallas 8⨯3 m en Galicia durante 14 días, producción y fijación incluída

180,00€

* No podrán incluirse soportes no previstos en este listado. * Los precios solamente se aplican en este supuesto, en el que no habrá comisión de la agencia.

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III. Inversión de referencia

El plan de medios deberá encuadrarse dentro de los siguientes porcentajes de inversión en cada medio, tanto en la ejecución de la campaña como en el ejercicio a presentar con la oferta técnica:

SOPORTE % DE INVERSIÓN

MÍNIMO MÁXIMO

PRENSA 35,00% 50,00%

PRENSA ESPECIALIZADA (deportiva, económica, etc)

0,00% 1,50%

RADIO 15,00% 30,00%

EDICIONES DIGITALES DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

25,00% 40,00%

EXTERIOR 0,00% 15,00%

* La suma de estos porcentajes, en cualquier caso, será del 100%.

IV. Condiciones de obligado cumplimiento (mix y formatos) 1. Diarios:

Formatos: Media página color impar en domingo/festivo y laborable en el primer tercio del diario o en la sección Galicia.

Mix de soportes: se tendrá en cuenta la audiencia (EGM) en el ámbito gallego. Todos los diarios con audiencia y posibilidad de segmentación publicitaria para Galicia tendrán, por lo menos, una inserción.

2. Radio:

Formato: cuñas de 20” de lunes a domingo.

Por lo menos, un 20% de las cuñas de cada emisora estarán situadas en la primera o segunda posición del corte publicitario.

Por lo menos, un 50% de las cuñas de cada emisora se emitirán en horario de mañana (7:00 a 12:00). No se admitirán inserciones de 1:00 a 7:00 AM.

Mix de emisoras: todas las emisoras con audiencia y posibilidad de segmentación publicitaria para Galicia incluirán por lo menos 10 cuñas.

3. Ediciones digitales de los medios de comunicación:

Formato: los licitadores detallarán un mix de formatos para banner gráfico animado, en portada y rotación, de las ediciones digitales de los medios de comunicación de Galicia. Formatos admitidos: robapáginas simple (300x300, 415x415,...), robapáginas doble (300x300 o similar), megabanner superior (990x90), faldón superior (980x90) o skyscrappers portada (120x800).

Mix de ediciones digitales de los medios de comunicación: todas las webs de los diarios digitales gallegos incluirán, por lo menos, 50.000 impresiones en portada.

La herramienta aceptada para la evaluación será ComScore.

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4. Soportes exteriores:

Formato: valla 8x3 (o similar) durante una catorcena en los principales núcleos y villas de Galicia. Producción y fijación incluida.

4.2. Propuesta de seguimiento, control y evaluación de la campaña Los licitadores presentarán en el sobre B una propuesta de seguimiento, control y evaluación de la campaña en el que se incluya información puntual sobre el seguimiento de la misma (informes semanales de seguimientos de audiencias en televisión y de inserciones en el resto de medios, así como una evaluación final de campaña) empleando todas las herramientas cuantitativas necesarias específicas de medición de audiencias (EGM para periódicos impresos y radio y ComScore para las ediciones digitales de los medios de comunicación). Se tendrán en cuenta las herramientas propias y/o propuestas de procesos que contribuyan a un mejor seguimiento, control y gestión por parte de la empresa licitadora (incluida una propuesta de reuniones periódicas de seguimiento). 5. PLAN ESTRATÉGICO DE MEDIOS QUE PRESENTARÁ EL ADJUDICATARIO DEL CONTRATO El adjudicatario estará obligado a presentar un plan de medios en el que se detalle la campaña de publicidad objeto de este contrato en el plazo de 7 días desde la solicitud de la Consellería de Medio Rural. En este documento se aportará información sobre el grupo objetivo, objetivos de medios, ámbito geográfico, etc., así como los medios en los que harán las inserciones, las fechas y, en su caso, el horario, así como el número de inserciones de cada tipo para cada soporte. El adjudicatario elaborará las propuestas de planificación con los precios y la comisión de la agencia ofertados en el sobre C hasta agotar el importe completo de la licitación (o la cifra más

próxima que sea posible).

Junto con el plan de medios se aportará una evaluación de resultados en términos de presión, cobertura y frecuencia para los medios de prensa, radio y Internet. Se deben respetar las indicaciones propuestas por el organismo licitante en los términos de inversión, objetivos de comunicación y medios, fechas, públicos objetivos, etc, así como los requerimientos de medios indicados en este pliego de prescripciones técnicas en cuanto a formatos, franjas, ubicaciones, etc. También se deberán contratar las inserciones a los costes y comisión de la agencia ofertados y, indicando claramente los porcentajes de inversiones para cada medio. El plan de medios definitivo deberá ser aprobado por la Consellería do Medio Rural, que podrá solicitar los ajustes necesarios en el caso de que no cumpla los requisitos señalados en la presente cláusula.

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6. INFORMES PERIÓDICOS E INFORME FINAL DE CAMPAÑA El adjudicatario deberá presentar informes semanales de seguimiento de las campañas en los que se realice un seguimiento de inserciones en el resto de medios contemplados en la campaña. En estos informes deberán exponerse y justificarse los eventuales ajustes que resulten necesarios respeto al plan de medios aprobado, y deberán ser previamente aprobados por la Consellería do Medio Rural. Así mismo, el adjudicatario deberá presentar un informe final de campaña a efectos de comprobar la correcta ejecución de la misma. El contenido mínimo será el siguiente: - Una relación de las inserciones realizadas. - Una relación detallada en la que conste la inversión realizada por medios y soportes, así como el porcentaje que supone sobre el importe total destinado a la inserción en medios. - Cuadro resumen con la evaluación de resultados obtenidos en la campaña, según las indicaciones de grupo objetivo, fuentes de datos y herramientas descritas antes. - Documentos de salida generados por los programas informáticos empleados para la evaluación. - Documentación acreditativa de las inserciones realizadas, según lo siguiente: * Prensa: originales de las inserciones. * Radio y internet: certificado emitido por el correspondiente medio de comunicación. Además de presentar los en el informe final, la Consellería do Medio Rural se reserva el derecho de solicitar directamente los citados certificados a los medios de comunicación, así como a solicitar una auditoría externa de la ejecución de estas campañas. Todos los gastos derivados de los análisis, estrategia, planificación, envío de materiales a cada medio o soporte, contratación, compra de espacios, seguimiento y control, dosieres pre y pos campaña así como cualquier otro gasto, correrán por cuenta del adjudicatario. La Administración, atendiendo a las necesidades de comunicación de la campaña en las fechas que tenga lugar, se reservará el derecho de solicitar modificaciones en los formatos, presión, frecuencia y soportes en el momento de ejecución definitiva de la campaña. Estas modificaciones no alterarán la estrategia del adjudicatario. 7. PROTECCIÓN DE DATOS El contratista se compromete a no facilitar información ni datos proporcionados por la Consellería do Medio Rural para usos no previstos en este pliego. En particular, no

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proporcionará sin autorización expresa de la Consellería copias de los documentos a terceras personas. Todos los datos manejados por el contratista a causa de la prestación del servicio, añadiendo los soportes utilizados, son propiedad de la Consellería, sin que el contratista pueda conservar copia o utilizar los con un fin distinto a lo que figura en el contrato. El contratista declara expresamente conocer sus derechos y deberes y queda obligado a el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal e del Real Decreto 994/1999, del 11 de junio, por el que se aprueba el reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal. Santiago de Compostela, 3 de agosto de 2016 La Subdirectora Xeral de Planificación e Coordinación de Fondos Patricia Ulloa Alonso APROBADO (5/08/2016) La conselleira del Medio Rural P.D. (Orde do 17/11/15, DOG núm. 223, do 23 de novembro) La secretaria general técnica Mª Carmen Bouso Montero