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1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016) ÍNDICE CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES............................................................. 5 Artículo 1.1 Disposiciones aplicables ........................................................................ 5 Artículo 1.2 Obligaciones sociales y laborales del contratista .................................... 5 Artículo 1.3 Obtención de permisos y responsabilidades legales del contratista ....... 6 Artículo 1.4 Control de calidad .................................................................................. 7 Artículo 1.5 Reglas de Policía Urbana ....................................................................... 7 Artículo 1.6 Medidas de Prevención .......................................................................... 8 Artículo 1.7 Representantes de EMASESA y del Contratista..................................... 9 Artículo 1.8 Protección de datos de carácter personal............................................. 11 CAPITULO II. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS ................................................. 12 Artículo 2.1 Objeto de este Pliego ........................................................................... 12 Artículo 2.2 Ámbito de actuación del Pliego ............................................................ 12 Artículo 2.3 Presupuesto de Licitación..................................................................... 13 Artículo 2.4 Duración ............................................................................................... 13 Artículo 2.5 Trabajos comprendidos ........................................................................ 13 2.5.1 Actuaciones de Mantenimiento y limpieza planificada. ................................ 13 2.5.2 Trabajos puntuales de inspección y limpieza de tuberías y redes de saneamiento. ....................................................................................................... 14 2.5.3 Transporte de residuos a EDAR ................................................................. 14 2.5.4 Actividades adicionales a los trabajos de Limpieza ..................................... 15 2.5.5 Informes a presentar ................................................................................... 17 2.5.6 Actividades en AQUAWS-RED incluidas en el conjunto de los trabajos...... 19 Artículo 2.6 Otros trabajos que hubiera que ejecutar ............................................... 19 Artículo 2.7 Trabajos excluidos ............................................................................... 19 Artículo 2.8 Precios ................................................................................................. 19 Artículo 2.9 Revisión Precios................................................................................... 19 CAPÍTULO III. DE LA EJECUCIÓN ........................................................................... 20 Artículo 3.1 Información facilitada por EMASESA ................................................... 20 Artículo 3.2 Ejecución de las unidades de obra ....................................................... 20 Artículo 3.3 Jornada de trabajo. Retenes de guardia. Actuación en lluvias.............. 20 Artículo 3.3.1.- Retenes de guardia ......................................................................... 21

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

ÍNDICE

CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES ............................................................. 5

Artículo 1.1 Disposiciones aplicables ........................................................................ 5

Artículo 1.2 Obligaciones sociales y laborales del contratista .................................... 5

Artículo 1.3 Obtención de permisos y responsabilidades legales del contratista ....... 6

Artículo 1.4 Control de calidad .................................................................................. 7

Artículo 1.5 Reglas de Policía Urbana ....................................................................... 7

Artículo 1.6 Medidas de Prevención .......................................................................... 8

Artículo 1.7 Representantes de EMASESA y del Contratista ..................................... 9

Artículo 1.8 Protección de datos de carácter personal ............................................. 11

CAPITULO II. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS ................................................. 12

Artículo 2.1 Objeto de este Pliego ........................................................................... 12

Artículo 2.2 Ámbito de actuación del Pliego ............................................................ 12

Artículo 2.3 Presupuesto de Licitación..................................................................... 13

Artículo 2.4 Duración ............................................................................................... 13

Artículo 2.5 Trabajos comprendidos ........................................................................ 13

2.5.1 Actuaciones de Mantenimiento y limpieza planificada. ................................ 13

2.5.2 Trabajos puntuales de inspección y limpieza de tuberías y redes de saneamiento. ....................................................................................................... 14

2.5.3 Transporte de residuos a EDAR ................................................................. 14

2.5.4 Actividades adicionales a los trabajos de Limpieza ..................................... 15

2.5.5 Informes a presentar ................................................................................... 17

2.5.6 Actividades en AQUAWS-RED incluidas en el conjunto de los trabajos ...... 19

Artículo 2.6 Otros trabajos que hubiera que ejecutar ............................................... 19

Artículo 2.7 Trabajos excluidos ............................................................................... 19

Artículo 2.8 Precios ................................................................................................. 19

Artículo 2.9 Revisión Precios ................................................................................... 19

CAPÍTULO III. DE LA EJECUCIÓN ........................................................................... 20

Artículo 3.1 Información facilitada por EMASESA ................................................... 20

Artículo 3.2 Ejecución de las unidades de obra ....................................................... 20

Artículo 3.3 Jornada de trabajo. Retenes de guardia. Actuación en lluvias .............. 20

Artículo 3.3.1.- Retenes de guardia ......................................................................... 21

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Artículo 3.3.2.- Activación Plan de Emergencia en Lluvias. ..................................... 21

Artículo 3.4 Inicio de las actuaciones...................................................................... 21

Artículo 3.5. Duración de los trabajos. ..................................................................... 21

Artículo 3.6 Equipos ................................................................................................ 22

Artículo 3.7 Suministro de agua para los equipos de limpieza ................................. 23

Artículo 3.8 Ejecución de trabajos de mantenimiento y limpieza. ............................. 23

Artículo 3.9 Condiciones de los trabajos de limpieza general de las redes de saneamiento y sus elementos ................................................................................. 23

Artículo 3.10 Condiciones de los trabajos de eliminación de atascos y retenciones en la red y sus elementos. ............................................................................................... 24

Artículo 3.11 Reconocimiento de la red de saneamiento. ........................................ 24

Artículo 3.12 Protección y señalización ................................................................... 25

Artículo 3.13 Documentación a entregar y notificaciones con EMASESA ................ 25

Artículo 3.14 Garantías ........................................................................................... 26

Artículo 3.15 Facilidades para la inspección de los trabajos .................................... 26

CAPÍTULO IV. MEDICIÓN, VALORACIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS ................... 28

Artículo 4.1 Bases de medición ............................................................................... 28

Artículo 4.2 Trabajos nocturnos ............................................................................... 28

Artículo 4.3 Disponibilidad en domingos, festivos y días inhábiles. .......................... 28

Artículo 4.4 Trabajos fuera del Término Municipal de las Áreas Territoriales .......... 28

Artículo 4.5 Trabajos que no se pudieran efectuar. ................................................ 29

Artículo 4.6 Modificación del contrato ...................................................................... 29

Artículo 4.7 Validación técnica de los trabajos ......................................................... 30

CAPÍTULO V. PERSONAL Y MEDIOS ...................................................................... 31

Artículo 5.1 Medios personales mínimos exigidos para la ejecución de los trabajos. Dirección de los trabajos ......................................................................................... 31

5.1.1 Director de los trabajos ............................................................................... 33

5.1.2. Responsable de Seguridad y Salud ........................................................... 33

Artículo 5.2 Formación y cualificación del personal ................................................. 34

Artículo 5.3 Medios materiales ................................................................................ 34

5.3.1 Comunicaciones ......................................................................................... 34

5.3.2 Sistemas Informáticos ................................................................................. 35

5.3.3 Centro de trabajo, oficinas y almacén ......................................................... 35

5.3.4 Maquinaria y medios auxiliares ................................................................... 35

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Artículo 5.4 Compromiso de adscripción de medios técnicos y humanos y posterior modificación de los mismos. .................................................................................... 36

CAPITULO VI. SOLVENCIA TÉCNICA MÍNIMA EXIGIDA Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LAS OFERTAS. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN .................... 38

Artículo 6.1 Solvencia técnica mínima exigida a los licitadores para la admisión de las ofertas. .................................................................................................................... 38

Artículo 6.2 Documentación a incluir en la oferta ..................................................... 39

6.2.1 Documentación administrativa (Sobre nº 1) ................................................ 39

6.2.2. Documentación relativa a la parte de la oferta técnica cuya cuantificación dependa de un juicio de valor (Sobre nº 2) .......................................................... 39

Artículo 6.3.- Criterios de adjudicación. .................................................................. 41

6.3.1 Valoración Técnica ..................................................................................... 41

6.3.1 Valoración económica. ................................................................................ 43

6.3.2 Criterios de adjudicación de lotes ............................................................... 43

6.4 Acreditación de disponibilidad de los medios humanos y técnicos ofertados. .... 43

CAPÍTULO VII PENALIZACIONES Y CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO45

Artículo 7.1 Penalización por incumplimiento .......................................................... 45

Artículo 7.2 Causas de resolución ........................................................................... 46

ANEXO Nº1: TABLAS DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN Y RESUMEN DE INFORMACIÓN DE EQUIPOS Y MEDIOS MATERIALES OFERTADOS .................. 48

ANEXO Nº 2: DATOS DE LA RED POR LOTES ....................................................... 53

ANEXO Nº 3: TIEMPO DE ACTUACIÓN EN LOS TRABAJOS ................................. 55

ANEXO Nº4: ............................................................................................................... 56

CARTEL DE SEÑALIZACIÓN DE OBRA .................................................................. 56

HOJA DE BUZONEO ................................................................................................. 57

ANEXO Nº 5: LISTADO DE ALIVIADEROS Y ZONAS DE EMERGENCIA ............... 58

LOTE 1: AREA TERRITORIAL DE DOS HERMANAS .............................................. 58

LOTE 2: AREA TERRITORIAL DE LA VEGA ............................................................ 62

LOTE 3: AREA TERRITORIAL DE LOS ALCORES .................................................. 62

LOTE 4: AREA TERRITORIAL DE MARGEN DERECHA ......................................... 63

ANEXO Nº 6: GESTIÓN AMBIENTAL ....................................................................... 64

1. Objeto y alcance. ............................................................................................... 64

2. Obligaciones ambientales generales del contratista. ..................................... 64

3. Copia de autorizaciones y requisitos ambientales. ......................................... 65

4. Control ambiental durante la ejecución. .......................................................... 65

5. Gestión de residuos .......................................................................................... 65

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6. Actuaciones en la vía pública. Limpieza del viario.......................................... 66

Actuaciones y servicios en la vía pública. .............................................................. 66

Carga, descarga y transporte de materiales. .......................................................... 66

7. Contaminación atmosférica .............................................................................. 67

8. Contaminación de suelos y agua. .................................................................... 68

9. Afección a la flora y la fauna. ............................................................................ 68

10. Consumo de recursos y materias primas..................................................... 68

11. Cambio Climático. .......................................................................................... 68

12. Actuación ante situaciones de emergencia ambiental. ............................... 68

13. Vigilancia y seguimiento ambiental. ............................................................. 69

ANEXO Nº 7: ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ................................................. 70

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CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.1 Disposiciones aplicables Además de la normas legales vigentes en cada momento que regulen las actividades objeto de este contrato e independientemente de que a los efectos de la normativa de contratación pública este contrato se tipifique como un contrato de servicios, a los trabajos objeto de este Proyecto se aplicará el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales (en adelante también, PPTG) de EMASESA vigente, cuyo texto puede consultarse en el apartado “Datos de contacto y documentación general” del perfil de contratante de EMASESA publicado en la Plataforma de Contratación del Ayuntamiento de Sevilla, además de las prescripciones técnicas particulares que se recogen en este Pliego. Serán igualmente de aplicación los Reglamentos reguladores de la prestación de los servicios de abastecimiento domiciliario de agua potable y otras actividades conexas al mismo y de saneamiento (vertido y depuración) y las Normas Técnicas de EMASESA vigentes en cada momento (Instrucciones Técnicas para Redes de Saneamiento; Instrucciones Técnicas para Redes de Abastecimiento), que están publicadas la web de EMASESA (http://www.emasesa.com/normativa-tecnica/). A los efectos de la Disposición Adicional Primera del RD 20/2012, de 13 de julio, se recuerda que la contratación de estos trabajos, comporta únicamente el nacimiento de una relación mercantil entre EMASESA y la adjudicataria, la cual desarrollará los servicios contratados con plena independencia y autonomía en la organización de los recursos humanos y materiales para la ejecución de los mismos, sin que de ella se derive nacimiento de relación laboral alguna entre los trabajadores de la contratista y EMASESA. A tales efectos, el supervisor designado por EMASESA para el control de la calidad y adecuación de los servicios contratados, no ostentará ninguna facultad de organización, control o asignación de funciones sobre los trabajados desarrollados por los trabajadores de la contratista, limitando su interlocución al reporte de las necesidades del servicio y el ajuste de los mismos en los términos acordados, a la persona designada por la adjudicataria como interlocutora, sin suponer injerencia alguna en el servicio contratado.

Artículo 1.2 Obligaciones sociales y laborales del contratista El contratista vendrá obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral y de Seguridad Social, así como de la vigente Ley de Prevención de Riesgos Laborales, siendo responsable de los daños, perjuicios o transgresiones que pudieran sobrevenir en el transcurso de los trabajos debidos al incumplimiento de aquéllas, y de cuantas disposiciones legales de carácter social estén en vigor en la fecha en que se ejecutan las obras.

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El contratista deberá dar cuenta a EMASESA del cumplimiento de estas obligaciones de acuerdo con los procedimientos establecidos para ello. El incumplimiento de lo anterior será causa de resolución del contrato, según el Art. 7.2., además de la penalización correspondiente.

Artículo 1.3 Obtención de permisos y responsabilidades legales del contratista Por el Contratista se obtendrán todos los permisos y licencias necesarios para la ejecución de los trabajos. El Contratista debe proveerse de cuantos planos de otras canalizaciones y servicios del subsuelo necesite para ejecutar correctamente los trabajos, así como de la coordinación con las demás empresas de servicios (electricidad, gas, alumbrado, telefonía, etc.). Será responsable el Contratista de los accidentes, daños y perjuicios ocasionados a terceros, como consecuencia de los actos, omisiones o negligencias del personal a su cargo, por una deficiente organización y realización de los trabajos o por incumplimiento del Plan de Seguridad y Salud y disposiciones complementarias, durante el periodo comprendido desde que recibe la orden de trabajo hasta la finalización completa de los mismos más el periodo de garantía de las intervenciones, con independencia de cuándo se evidencien los daños o se produzca la pertinente reclamación. Asimismo serán de cuenta del Contratista:

• Las indemnizaciones que se deban abonar como consecuencia de sus actuaciones por la interrupción de servicios públicos (incluidos los prestados por EMASESA) o privados.

• El establecimiento de instalaciones provisionales como vallas, carteles y otros

elementos necesarios para la ejecución de los trabajos.

• Los daños provocados por maquinaria y vehículos durante los traslados o la ejecución de los trabajos.

A tal efecto deberá disponer, de un Seguro de Responsabilidad Civil frente a terceros que alcance una cobertura de 300.000 Euros por siniestro y en el cual figure como asegurado adicional EMASESA sin perder su condición de tercero. Será condición indispensable para proceder a la formalización del contrato, que el adjudicatario acredite ante EMASESA esta circunstancia mediante aportación de copia de la póliza y del recibo del pago de la prima. Este seguro deberá estar en vigor en tanto dure el contrato, por lo que el adjudicatario deberá aportar justificación de las renovaciones de la póliza, teniendo esta obligación contractual carácter esencial, y su incumplimiento podrá dar lugar a la resolución del contrato con pérdida de la fianza.

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Será a cargo del contratista el importe de las sanciones que fuesen impuestas a EMASESA como consecuencia del incumplimiento o inobservancia, por parte del contratista, de las condiciones establecidas en los Pliegos del presente procedimiento, en las licencias, autorizaciones o permisos, así como por el incumplimiento o inobservancia de la normativa municipal, autonómica o estatal aplicable.

Artículo 1.4 Control de calidad El contratista deberá a su cargo realizar las pruebas, ensayos y controles que sean necesarios para un correcto control de los trabajos, además de aquellos que determine EMASESA.

Artículo 1.5 Reglas de Policía Urbana Será obligación del Contratista acatar las órdenes de Policía Local, EMASESA, Tráfico, Gerencia de Urbanismo y Delegación Municipal correspondientes en las poblaciones en las que actúe, con objeto de causar el menor perjuicio a los vecinos y circulación general de peatones y rodados, cuidando al máximo la buena imagen tanto de la obra como la del personal que en ella participa. Los costes que se produzcan por las medidas de seguridad y tasas extraordinarias que fueran necesarias para cumplir lo anterior, tales como cortes o desvíos del tráfico rodado solicitados, serán por cuenta del adjudicatario. El contratista estará obligado a instalar la señalización y balizamiento que sean precisos para indicar y delimitar la zona de obra, accesos y circulación dentro de la misma y de sus inmediaciones, cumpliendo todas las Ordenanzas Municipales reguladoras de las obras e instalaciones que impliquen afección a la vía pública, vigentes en cada momento. Si los trabajos se realizan en vías públicas, deberá colocar las señales de seguridad vial correspondientes para la circulación diurna y nocturna, incluyendo la iluminación de la zona de trabajo siempre que sea necesaria. Serán responsabilidad del Contratista los daños y perjuicios que la ausencia o deficiencias de las señales citadas ocasionaran, pudiendo ser causa de resolución del contrato, de acuerdo al Artículo 7.2., además de la penalización correspondiente.

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Artículo 1.6 Medidas de Prevención La actividad de limpieza de EMASESA contemplada en este Pliego, es una de las actividades principales de EMASESA, y están sometidas a lo establecido en toda la normativa recogida en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 54/2003, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, R.D. 171/2004 por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades empresariales y R.D. 1627/97, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. A tal efecto y de acuerdo con lo establecido en dicha legislación se adjunta como Anexo nº 7 el documento denominado “Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto para la limpieza de las redes de saneamiento en las Áreas Territoriales (Expte.: 231/2016)”. EMASESA designará un Coordinador de Seguridad y Salud cuyo nombramiento será comunicado por escrito al adjudicatario. El estudio servirá de base al contratista adjudicatario para preparar la documentación que contemple la legislación vigente en cada momento; entre ella, su Plan de Seguridad, en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio, en función de su propio sistema de ejecución de la obra y que deberá presentar a EMASESA antes del inicio de los trabajos, como se establece en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales. Una vez dicha documentación esté en poder de EMASESA será sometida a la aprobación del Coordinador de Seguridad y Salud designado por EMASESA y será aplicado obligatoriamente en todos los trabajos que realice el adjudicatario, siendo responsabilidad del contratista adoptar todas las medidas que contribuyan a incrementar la seguridad del personal encargado de acometer las actuaciones que comprende este Pliego. Los trabajos ejecutados por el contratista podrán ser paralizados temporal o definitivamente por riesgos surgidos en la ejecución del trabajo, tanto para sus trabajadores, como para terceros, por incumplimiento de la normativa vigente en prevención de riesgos laborales, incumplimiento de las medidas y/o procedimientos que EMASESA tenga establecido o pueda establecer, infracciones o incumplimientos cometidos por los empleados de la contrata, mal estado de herramientas, equipos o materiales propiedad de la contrata. Las pérdidas ocasionadas por la paralización correrán a cargo del contratista, sin perjuicio de las reclamaciones que pudiera plantear EMASESA. Las infracciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales cometidas por la contrata, podrán ser causa de la resolución del contrato, de acuerdo con el Artº. 7.2., además de la penalización correspondiente.

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Todos los equipos y trabajos deberán cumplir la legislación vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo en lo que les fuera aplicable. Asimismo, en los supuestos de trabajos en que concurran actividades empresariales en un mismo centro de trabajo, se estará a lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en materia de coordinación de actividades empresariales.

Artículo 1.7 Representantes de EMASESA y del Contratista Para asumir la representación de EMASESA en sus relaciones con el contratista se nombrará un supervisor del contrato. Tendrá las facultades que en el presente Pliego, en el PPTG, y en el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas Generales (PCEAG) se atribuyen a EMASESA y actuará como interlocutor con el Director de los Trabajos nombrado por la empresa adjudicataria, desempeñando también las funciones correspondientes al control administrativo del contrato así como las de inspección, comprobación y vigilancia técnica para asegurar que la obra ejecutada y recibida se ajusta al objetivo recogido en este proyecto. Asimismo, para velar por el cumplimiento de las medidas de seguridad necesarias en las obras, por parte de EMASESA se designarán Coordinadores competentes en materia de Seguridad y Salud laboral acreditados al efecto por la Autoridad Laboral, los cuales tendrán asignadas las tareas que se mencionan en el artículo 9 del Real Decreto 1627/1997. Por parte del Contratista, y vendrá indicado en su oferta, se deberá designar un técnico que asumirá la dirección de los trabajos y ostentará su representación en todos los actos derivados del cumplimiento de sus obligaciones contractuales. El técnico así designado, asumirá las responsabilidades que la legislación vigente confiere al mismo, debiendo adoptar cuantas medidas de seguridad sean necesarias para evitar el riesgo de accidentes y daños de todo tipo. En caso de ausencia programada del director de los trabajos se deberá comunicar esta circunstancia a EMASESA con una antelación mínima de una semana, debiendo informarse también de la persona encargada de su sustitución, conforme a lo establecido en el PPTG. Corresponde al supervisor del Contrato la interpretación técnica del Proyecto y la facultad de dictar las órdenes para su desarrollo. El contratista no podrá aducir, en ningún caso, indefinición del Proyecto. Si, a su juicio, adoleciese de alguna indefinición, deberá solicitar por escrito al Supervisor de la obra la correspondiente definición con la antelación suficiente a su realización, quien deberá contestar en el plazo de una semana a la citada solicitud.

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El Supervisor del Contrato será responsable de la inspección, comprobación y vigilancia de las obras, asumiendo cuantas obligaciones y prerrogativas puedan corresponderle, de acuerdo con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales y constituyendo la Supervisión de los trabajos. Será misión del Supervisor la comprobación de la realización de las obras según Proyecto, así como según sus instrucciones en el curso de la ejecución de las mismas. En sus ausencias estará representado, a todos los efectos, por el personal técnico por él designado. El contratista guardará y hará guardar las consideraciones debidas al personal de la supervisión de las obras, que tendrá libre acceso a todos los puntos de trabajo para su previo reconocimiento. Cuando el contratista o personas de él dependientes, incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del Contrato, el Supervisor de las Obras podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado. El Supervisor de las Obras exigirá la puesta a disposición del personal y los medios comprometidos por el contratista con el fin de lograr los objetivos contratados. Si los plazos parciales correspondientes a determinados trabajos no se cumplieran y el Supervisor de las obras considerase necesario acelerar el ritmo de estos, el contratista vendrá obligado a disponer los medios técnicos, humanos y de organización necesarios para cumplir con los plazos establecidos El contratista estará obligado a velar por que el personal que tenga empleado guarde una conducta correcta durante su permanencia en la obra y acatará cualquier indicación que a este respecto le transmita la supervisión de las Obras. El contratista dará a la Supervisión de las Obras y a sus representantes toda clase de facilidades para los replanteos, reconocimientos y mediciones, así como para la inspección de todos los trabajos, con objeto de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en los documentos contractuales y facilitará en todo momento el acceso a todos los talleres o fábricas donde se reparen equipos. Durante la ejecución del Contrato, el adjudicatario asumirá sus responsabilidades inherentes a la ejecución de los trabajos y al control y vigilancia de obras que ejecute conforme a las instrucciones, de obligado cumplimiento, dadas por la supervisión e inspección de la obra.

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Artículo 1.8 Protección de datos de carácter personal Dado que el adjudicatario tendrá acceso al Fichero “Clientes” de EMASESA, inscrito en el Registro General de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección de Datos, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal (en adelante LOPD) las condiciones y términos de dicho acceso por parte del adjudicatario a los datos personales del Fichero, titularidad de EMASESA, se regularán en un contrato por escrito, estableciéndose expresamente que el encargado del tratamiento únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento, que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figure en dicho contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. En el contrato se estipularán, asimismo, las medidas de seguridad a que se refiere el Artículo 9 de esta Ley que el encargado del tratamiento está obligado a implementar.

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CAPITULO II. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS

Artículo 2.1 Objeto de este Pliego El presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares tiene por objeto contratar parte de las actuaciones necesarias para la limpieza de los imbornales y las redes de saneamiento a cargo de EMASESA y regula la ejecución de los trabajos realizados de alguna de las formas siguientes: - Mantenimiento y limpieza planificada de redes y acometidas de saneamiento en las Áreas Territoriales. - Mantenimiento y limpieza sistemática de imbornales en las Áreas Territoriales - Trabajos puntuales de inspección y limpieza de tuberías y redes de saneamiento en todo el ámbito de EMASESA. La contratación de estos trabajos se ha estructurado en (4) Lotes definidos según un criterio de Conservación de las redes. A lo largo de este pliego y de los restantes documentos contractuales, el término “obra” se entenderá referido a los trabajos que en este pliego se describen y que son objeto del contrato, al igual que los términos “servicios” y/o “trabajos”, independientemente de que la calificación del contrato sea de servicios a los efectos de la legislación de contratos públicos o de obra en cualquier otra legislación específica que también sea de aplicación.

Artículo 2.2 Ámbito de actuación del Pliego El ámbito de actuación de este Pliego corresponde con la siguientes Zonas, cada una de las cuales se considera un Lote: LOTE 1: AREA TERRITORIAL DE DOS HERMANAS LOTE 2: AREA TERRITORIAL DE LA VEGA LOTE 3: AREA TERRITORIAL DE LOS ALCORES LOTE 4: AREA TERRITORIAL DE MARGEN DERECHA. Los licitadores podrán presentar oferta a uno, varios o todos los Lotes, aunque solo podrán ser adjudicatarios de dos (2) Lotes como máximo, con independencia de que se presenten individualmente o en UTE. Se formalizará un contrato por cada adjudicatario, tenga éste adjudicado un lote o dos.

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Artículo 2.3 Presupuesto de Licitación El presupuesto de licitación se indica en el cuadro siguiente, no suponiendo un compromiso de ejecución total para EMASESA. El presupuesto es el siguiente (IVA excluido):

PPTO. SIN SEGURIDAD Y

SALUD

CAPÍTULO SEGURIDAD Y SALUD

PRESUPUESTO LICITACIÓN

Lote 1 1.017.045,40 17.000,00 1.034.045,40 Lote 2 608.732,60 12.000,00 620.732,60 Lote 3 708.597,40 12.000,00 720.597,40 Lote 4 646.051,00 12.000,00 658.051,00 TOTAL 2.980.426,40 53.000,00 3.033.426,40

Posible incremento del 15% por modificación contrato 455.013,96 Valor estimado del contrato 3.488.440,36

El valor estimado del contrato asciende a 3.488.440,36 €, resultante de sumar a los presupuestos de licitación de cada lote las posibles modificaciones del contrato que se indican en el Artículo 4.6.

Artículo 2.4 Duración El plazo de ejecución de cada lote, será de DOS (2) AÑOS, contados a partir de la fecha de inicio de los trabajos, que tendrá lugar con la firma del Acta de Replanteo. En caso de que un contrato contemple dos lotes, el comienzo de los trabajos podrá ser simultáneo en ambos lotes. La empresa adjudicataria debe estar en disposición de iniciar la ejecución del contrato en el plazo máximo de UN (MES) desde la firma del mismo. No se contempla en el presente Pliego la posibilidad de ejecución de prórrogas del contrato.

Artículo 2.5 Trabajos comprendidos Los trabajos presupuestados en este Pliego no suponen un compromiso de ejecución para EMASESA.

2.5.1 Actuaciones de Mantenimiento y limpieza planificada. La limpieza planificada comprende lo siguiente:

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- Limpieza de redes generales, colectores, galerías, aliviaderos, pozos y acometidas domiciliarias, que se realizarán de forma uniforme a lo largo del periodo de duración del Proyecto. Se establecerán subsectores homogéneos de acuerdo a un plan de trabajo que se preparará con el adjudicatario. - Limpieza de los imbornales, caces y sus acometidas, realizando los trabajos de forma uniforme y de acuerdo a una ruta que se preparará con el adjudicatario. Se tendrá en cuenta la celebración de los festivos nacionales, autonómicos y locales, así como la programación de celebraciones, festivos y todo tipo de actos públicos, a efectos de adecuar las programaciones o incluir las actuaciones complementarias preparatorias al evento, precisas en la zona correspondiente al recinto ferial y aledaños, conforme a la campaña establecida. Se han de considerar en la limpieza las condiciones excepcionalmente difíciles debido a que algunos trabajos han de desarrollarse en un espacio confinado, siendo necesaria la adopción de las medidas de seguridad que la legislación marca en los mismos y que vendrán recogidas en el correspondiente Plan de Seguridad, según Art. 1.6. Dichos trabajos serán valorados según lo expuesto en el Capítulo 01 del Cuadro de Precios.

2.5.2 Trabajos puntuales de inspección y limpieza de tuberías y redes de saneamiento. A requerimiento de EMASESA, el adjudicatario realizará los trabajos de inspección con circuito cerrado de TV, limpieza de imbornales, de los tramos de red que se le indiquen y actuaciones puntuales en todo el ámbito de EMASESA. Se preparará un informe cuando se realice la inspección por televisión de la red de saneamiento, entregándose los resultados de la misma y su incorporación a GIS. Dichos trabajos serán valorados según lo expuesto en el Capítulo 02 y 03 del Cuadro de Precios y al igual que en los del apartado anterior, se han de considerar la adopción de las medidas de seguridad que la legislación marca en los mismos y que vendrán recogidas en el correspondiente Plan de Seguridad.

2.5.3 Transporte de residuos a EDAR El adjudicatario realizará los trabajos de carga y transporte de los productos sobrantes y extraídos de las redes a las EDAR COPERO, TABLADA y NORTE, con informe de los m3

o toneladas transportadas. En todo momento atenderá las instrucciones que reciba en la EDAR y para el transporte tendrá en cuenta las características de estos residuos. Seguirá en todo momento lo indicado en el Anexo nº 6 de Gestión Ambiental de este Pliego, atendiendo a las diferentes normas y condicionantes que regulan este transporte. Los

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gastos que genere la ejecución de estos trabajos están ya incluidos en el precio de cada una de las diferentes unidades del Cuadro de Precios. Atenderá así mismo las instrucciones recibidas de EMASESA en lo relativo a la organización de los turnos para las operaciones de descarga en los puntos habilitados por EMASESA en las tres EDAR arriba definidas. Para los lodos contaminados, y en general todos los vertidos que no sean admitidos en las EDARes gestionadas por EMASESA, el adjudicatario deberá buscar por su cuenta el vertedero correspondiente autorizado, considerándose los costes de la gestión asociada incluidos en los precios definidos en el presente Pliego.

En referencia a la documentación de carácter ambiental, el adjudicatario deberá cumplir los siguientes requisitos, cuyo cumplimiento deberá acreditar en forma y tiempo conforme se indica en el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas Particulares

• Inscripción como pequeño productor de residuos peligrosos. • Compromiso de que los residuos peligrosos originados durante las actuaciones de

limpieza, serán recogidos por un gestor de residuos peligrosos autorizado por el órgano competente. En caso que durante la vigencia del contrato se produzca algún cambio sobre la información aportada en la oferta respecto a la trazabilidad de los residuos, el adjudicatario informará de ello indicando los nuevos gestores y/o el nuevo tratamiento dado.

• Autorización como transportista de residuos no peligrosos. • Inscripción como productor de residuos no peligrosos, en caso que el

adjudicatario generase más de 1.000 t anuales de este tipo de residuos, tal y como se establece en el art. 17 del Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía.

2.5.4 Actividades adicionales a los trabajos de Limpieza La ejecución de los anteriores trabajos en cualquiera de los casos también incluye los siguientes aspectos, que están incluidos en el precio de cada una de las diferentes unidades del Cuadro de Precios (y en general el cumplimiento de todas las obligaciones del contratista establecidas en los pliegos): 1. Protección, señalización y balizamiento, con desvío de tráfico si procede, de la zona

afectada durante los trabajos de limpieza, de acuerdo con el Plan de Seguridad y Salud y órdenes de Policía Local o Autoridad Portuaria.

2. Aseguramiento de las conducciones de fibra óptica existentes en el interior del colector a las paredes de éste, en aquellos puntos donde se encuentre la conducción descolgada.

3. Gestiones con Tráfico, Policía Local y autoridades municipales, autonómicas y estatales, para los desvíos de vehículos y peatones, si proceden, siguiendo las directrices de EMASESA, así como la gestión para obtención de autorizaciones especiales para circular por zonas peatonales y cascos históricos.

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4. Gestiones con las compañías de servicios afectados durante la ejecución de los trabajos objeto de este Pliego.

5. Gestiones para la coordinación con otras empresas que prestan servicios a EMASESA, como recepción de avisos, limpieza de redes, reparación de averías, obras, etc.

6. Información a EMASESA de los posibles daños provocados por otros a las redes de saneamiento de EMASESA.

7. Mantenimiento de los datos propios de los trabajos de este Pliego en el Sistema de Gestión de las actuaciones de EMASESA, AQUA-WS RED, TOMTOM, tales como cumplimentación de actuaciones, anexos de limpieza, altura de barros, video inspecciones, valoraciones de los trabajos….

8. Registro fotográfico del tramo limpiado que será entregado al adjudicatario, según AQUA-WS.

9. Registro fotográfico con pértiga u otros medios del estado de cada uno de los pozos, antes y después de la limpieza, y su incorporación al GIS de EMASESA.

10. Fichas y croquis del estado de los elementos y secciones que presenten modificación respecto a los datos existentes en GIS. De las redes no incluidas en GIS, se presentarán datos precisos para su incorporación al mismo, según las fichas modelos vigentes en EMASESA en cada momento.

11. Desplazamientos necesarios de personal, equipos, materiales y maquinaria. 12. Materiales, elementos fungibles, combustibles y herramientas. 13. Retirada y entrega de órdenes de trabajo, planos y documentación precisa en las

oficinas. 14. Costes de conexión y de llamadas a los sistemas informáticos de EMASESA. 15. Los trabajos de inspección descritos en el Art. 3.12 Garantías. 16. Preparación de toda la documentación, informes, planos y documentación indicados

en los Pliegos. 17. De la misma manera, se consideran incluidos en el proyecto, los gastos derivados de

la ejecución de aquellos trabajos que, por condicionantes externos (autorización de cortes de Tráfico…) o de explotación, fuera necesario realizar en jornadas por turnos, en jornadas extraordinarias, con horario nocturno y/o en días festivos, por lo que no procederá reclamación alguna por este concepto.

18. También se encuentran incluidos en el Proyecto, los gastos derivados de la maquetación y buzoneo de la documentación que EMASESA tiene establecida repartir en sus obras entre los vecinos y/o afectados por las mismas, en las distintas etapas de su ejecución (inicio, cortes, desvíos,…), por lo que la Empresa que resulte Adjudicataria, deberá prever los medios necesarios para recoger, distribuir esta información y notificar las incidencias que se produzcan en este proceso, según modelo Anexo nº 4.

19. Los costes de gestión de los residuos generados por la actividad, incluyendo los lodos y materiales procedentes de la limpieza de los colectores, conforme a lo establecido en el art. 2.5.3 del presente Pliego.

20. Los de instalación de bombeos para bypass, o evacuación que fueran necesarios a la conveniencia de la obra, y la conservación de estos mientras se efectúen estos trabajos.

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2.5.5 Informes a presentar Además de la información con los avances diarios de los trabajos que el adjudicatario tiene la obligación de ingresar en la aplicación de redes AQUAWS-RED, mensualmente se presentará un informe a origen con avances de los trabajos y con rendimientos alcanzados. Debe presentarse la documentación gráfica detallada del estado anterior y posterior a la limpieza, lo que se realizará mediante fotografías con pértiga u otros medios, de cada pozo antes y después de la limpieza. Esta información deberá ser trasladable a AQUAWS-RED. Trimestralmente el contratista presentará una memoria explicativa de las acciones llevadas a cabo en la red, los sistemas y métodos de limpieza de acometidas, imbornales, pozos, arquetas y demás elementos de la red, indicando: 1º Equipos empleados, que deben coincidir con los ofertados. 2º Rendimientos alcanzados en:

− m. por turno de trabajo. − m. por hora de trabajo de equipo. − m³ de barro extraído. − m³ de barro por metro lineal limpiado.

Tendrá que presentar cuando la situación lo requiera, informes de las anomalías que sean patentes en lo referente a:

⋅ Vertidos nocivos o peligrosos. ⋅ Escapes de aguas en grietas o roturas en las redes. ⋅ Afecciones a las redes por particulares, empresas y compañías de servicios. ⋅ Información sobre defectos en tapas de registro y pates de acceso. ⋅ Información sobre roturas de tubos y conductos del colector. ⋅ Cualquier anomalía detectada durante los trabajos de limpieza.

A la terminación de los trabajos de limpieza y de forma previa a la Recepción Provisional, el Contratista deberá entregar los Planos de Liquidación reflejarán como mínimo, los siguientes datos:

⋅ Localización en planta de todas las conducciones limpiadas, incluso conexiones, mediante un plano a la escala y con la precisión que especifique el Supervisor de las obras.

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⋅ Perfiles longitudinales de las conducciones que se hayan comprobado que presentan diferencias con el GIS de EMASESA.

⋅ Cruces con otros servicios, que no estén recogidos en GIS.

El informe resultante de Inspección interior de redes y colectores con cámara de TV al que se hace referencia tanto en las partidas presupuestarias del proyecto como en el Art. 3.12 Garantías, y que deberá contener, como mínimo, los siguientes documentos:

- Informe-resumen, en el que se destaque la existencia o no de anomalías en la red inspeccionada, donde se detallarán y ubicarán éstas resumidamente, y también se explicitará su localización y habrán de describirse y analizarse pormenorizadamente. - Anexo fotográfico, donde queden reflejadas la totalidad de las instantáneas convenientemente localizadas y comentadas. Deberán destacarse y separarse las fotografías que corresponden a las anomalías detectadas, del resto. - Plano de perfil longitudinal del tramo inspeccionado. Otros informes que deberán presentar son:

- Activación del Plan de Emergencia en lluvias. - Comunicación a EMASESA del estado de alarma, activación de su propio Plan, que tendrá que desarrollar, disposición de medios de campo y oficina, equipos de vigilancia y coordinación con EMASESA. -Informe de afecciones producidas por las lluvias, expresando la problemática detectada y la situación de la misma. Se emitirá siempre que las lluvias sean superiores a 10 l/m² en cualquier punto del ámbito del Proyecto. - Información Ambiental derivada del cumplimiento de los requisitos legales y cláusulas del presente Pliego, con especial atención a los puntos aliviaderos y vertidos nocivos. Los aliviaderos de las poblaciones indicadas según Anexo 6, serán revisados cada dos meses por el adjudicatario.

Se preparará la documentación que certifique la correcta gestión final de los residuos no peligrosos generados como consecuencia del contrato. En el caso de detectarse deficiencias en la limpieza que conlleven la nueva limpieza del mismo, el Contratista estará obligado a repetir, cuantas veces sea necesaria, esta inspección por TV, y sin coste alguno para EMASESA. El adjudicatario asesorará a EMASESA, informándole sobre las mejores soluciones de las que se tenga conocimiento o vayan surgiendo durante el desarrollo del contrato.

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2.5.6 Actividades en AQUAWS-RED incluidas en el conjunto de los trabajos El adjudicatario viene obligado al uso del sistema de información corporativo de EMASESA para las tareas de planificación y gestión de las actuaciones de limpieza e inspección en las redes de EMASESA, AQUAWS (AQUAWS-RED), de tal forma que queden registradas en el mismo todas las intervenciones que se realicen, así como los informes realizados, estando vinculadas dichas intervenciones e informes a los elementos de GIS correspondientes utilizando al efecto los equipos informáticos compatibles con dicha aplicación, de tal forma que sea lo más inmediata la transmisión y recepción de la información con EMASESA, para lo que se dará la formación correspondiente.

Artículo 2.6 Otros trabajos que hubiera que ejecutar Si en la ejecución de las obras o servicios incluidos en el contrato, EMASESA deseara ejecutar otros trabajos, o emplear técnicas y/o equipos distintos a los reseñados en este Pliego, se ejecutarán los mismos con arreglo a las instrucciones que señale EMASESA, sin perjuicio de formular los correspondientes precios contradictorios y condiciones adicionales al presente Pliego.

Artículo 2.7 Trabajos excluidos EMASESA se reserva la facultad de excluir del contrato aquellos trabajos incluidos en el objeto de este pliego, que por conveniencia de la explotación pudieran ser ejecutados por medios propios o por otros contratistas.

Artículo 2.8 Precios Los precios de cada unidad incluyen, además de la propia ejecución de la actuación, conceptos tales como los descritos en los artículos 2.5.3, 2.5.4, 2.5.5, 2.5.6 y 3.12. Dichos precios incluyen todo tipo de cargas, (sociales, fiscales, etc.) que pudieran gravarlos, a excepción del I.V.A.

Artículo 2.9 Revisión Precios No resulta procedente la revisión de precios en lo referente a la ejecución de los trabajos contemplados en el presente Pliego, en ningún caso

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CAPÍTULO III. DE LA EJECUCIÓN

Artículo 3.1 Información facilitada por EMASESA

EMASESA facilitará al adjudicatario todos los datos disponibles, en lo que concierne a las redes a su cargo, para la ejecución de los trabajos que le sean encomendados. Toda esta información será facilitada con la Orden de Trabajo, la cual es imprescindible que obre en poder de la contrata durante la ejecución del trabajo. Para más información se tendrá en cuenta el Plan de Seguridad y lo indicado sobre otros servicios y permisos en el Art.1.3.

Artículo 3.2 Ejecución de las unidades de obra

Regirá lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales actualmente en vigor para la ejecución de las obras que contrata EMASESA, además de lo indicado en este Pliego y todas aquellas órdenes instruidas por EMASESA antes y durante el desarrollo de los trabajos, cuyo incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato de acuerdo con el Art. 7.2., además de la penalización correspondiente.

Artículo 3.3 Jornada de trabajo. Retenes de guardia. Actuación en lluvias

El adjudicatario, tanto en días laborales como en domingos, festivos y días inhábiles, tendrá siempre disponibles medios, tanto de personal como de equipos y maquinaria, para atender cualquier intervención que se le encargue durante las 24 horas del día, por lo que adaptará su organización a las necesidades que se presenten en cada momento y que permitan cumplir este Pliego, siempre de acuerdo a su Memoria de organización del servicio y conforme a los medios materiales y humanos comprometidos en su oferta. En jornadas normales tendrán siempre en servicio y disponible un equipo desde las 7 horas hasta las 15 horas al menos. A partir de esta hora y en caso de que según su planificación y programa de desarrollo de los trabajos no estuviera ningún equipo en servicio, el adjudicatario indicará la relación de personal que permanecerá de retén y que incluirá al menos un encargado y dos operarios. En cuanto a la regulación de los trabajos nocturnos, como norma general no se realizarán trabajos en periodos comprendidos entre las 23’00 h. y las 7’00 horas. En todo caso el contratista deberá mantener disponibilidad de equipos dentro de estos periodos nocturnos para atender los requerimientos de EMASESA si fuera necesario trabajar en esos momentos, (por ejemplo atascos urgentes, lluvias intensas, disposiciones de Policía Local, Tráfico o circunstancias similares). Igualmente EMASESA podrá aprobar propuestas del contratista para trabajar dentro de estos periodos nocturnos si concurren causas de interés público que aconsejan proceder de esta forma. El contratista deberá organizar los medios humanos y materiales para que puedan estar disponibles y trabajando en un plazo máximo de 1 hora, contada a partir del momento en que reciban la notificación de EMASESA, ello sin menoscabo de lo dispuesto en el art 3.4 para emergencias de lluvia.

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Artículo 3.3.1.- Retenes de guardia

Para todos los domingos, festivos y días inhábiles, los adjudicatarios de cada uno de los lotes presentarán en las oficinas de EMASESA, una relación de personal que incluirá, al menos, un técnico o un encargado y dos operarios, además de la maquinaria correspondiente, que permanecerán de retén durante estas jornadas y podrán ser requeridos para intervenir en cualquier momento por avisos urgentes de EMASESA, teniendo previsto su relevo, si fuese necesario, en cumplimiento de la normativa de seguridad y salud. Los técnicos estarán operativos y localizables las 24 horas del día, además de lo indicado para los días de guardia.

Artículo 3.3.2.- Activación Plan de Emergencia en Lluvias.

Además de este personal, el contratista organizará sus servicios para disponer, en los casos en que fuera preciso realizar trabajos urgentes o activación del Plan de Emergencia en lluvias, de los operarios y equipos que permitan acudir al lugar que se le indique y realizar las actuaciones encomendadas en el tiempo máximo exigido en el Art.3.4.

Artículo 3.4 Inicio de las actuaciones.

En los trabajos que se encarguen sin planificación previa y con la característica de urgentes, el adjudicatario dispondrá de los medios para iniciarlos en el plazo de 30 minutos como máximo, en días laborables, y 45 minutos en días inhábiles y noches, trabajando en ellos sin interrupción, hasta su finalización. Los trabajos previamente planificados se realizarán en el orden marcado en la Hoja de Ruta entregada al inicio de cada turno de trabajo. El adjudicatario será responsable de cuantas reclamaciones se formulen y que sean imputables al retraso, por causas injustificadas, en el inicio de la limpieza y actuaciones en las redes, siendo éste causa de resolución del contrato de acuerdo con el Art.7.2 además de la penalización correspondiente.

Artículo 3.5. Duración de los trabajos.

Se estimará como duración media de una intervención la que figura en los históricos de actuaciones similares y que se incluyen en el Anexo nº 3. El contratista dispondrá todos los medios para concluir los trabajos previamente planificados dentro de ese turno. Si avanzada la jornada, el contratista no viera factible

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cumplir con la planificación prevista, justificará las causas de dicho incumplimiento y solicitará la autorización de EMASESA para continuar con la planificación en el turno siguiente. En ningún caso se podrá retirar personal de un trabajo en curso sin autorización de EMASESA. Si a juicio de EMASESA no se hubieran dispuesto todos los medios para que los trabajos se realicen en el menor tiempo posible se comunicará dicha circunstancia al adjudicatario, siendo causa de resolución del contrato de acuerdo con el Art. 7.2., además de la penalización correspondiente.

Artículo 3.6 Equipos El adjudicatario debe disponer de maquinaria, equipos y elementos suficientes para poder atender los trabajos, debiendo tener en cuenta las características de las calles a intervenir, lo que obligará no solo a disponer de equipos aspiradores y/o impulsores con la presión suficiente, sino equipos y maquinaria de toda índole. Los vehículos y demás maquinaria deberán estar en perfecto estado de mantenimiento y limpieza, debiendo presentar un aspecto sin deterioro de ningún tipo y un buen estado de conservación y pintura, pudiendo ser penalizados según Art. 7 o retirados del servicio por EMASESA si no cumplen estas características. Todos los vehículos y maquinaria que se utilicen durante el desarrollo el contrato estarán matriculados a partir de enero del 2011. Los medios, maquinarias y procedimientos se adecuarán de forma que se garantice que la emisión de ruidos se encuentre dentro de los límites permitidos por la Ordenanza Municipal sobre Protección Ambiental en materia de ruidos. Para ello tales equipos deberán contar con aquellos dispositivos que técnicamente hagan posible minimizar la contaminación acústica o sonora. Debido a las exigencias y normativas sobre emisiones, los vehículos cumplirán con la norma EURO 5 o 6, dependiendo de su antigüedad. Los vehículos irán identificados sólo con el logotipo de la empresa adjudicataria y el de EMASESA y, deberán ser completamente rotulados de acuerdo a las Normas internas de EMASESA. Los equipos cumplirán lo especificado en los Pliegos y Normas indicados en el Artículo 1.1. Todos los equipos de transporte deben cumplir la normativa vigente (matriculación, tarjeta de transporte, ITV, normas de seguridad, seguros, etc.) documentación de la que se facilitará copia actualizada a los Servicios Técnicos de EMASESA. Las consecuencias del incumplimiento de estas normas solo serán imputables al adjudicatario. Igualmente, el

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adjudicatario comprobará y mantendrá los vehículos, maquinaria, equipos y medios materiales de forma que cumplan con las normas que les resulten de aplicación, facilitando la relación de matrículas y conductores autorizados a EMASESA.

Artículo 3.7 Suministro de agua para los equipos de limpieza El agua necesaria para la realización de los trabajos se realizará preferentemente con tomas de agua no potable, que podrán obtener, entre otros, en los puntos dispuestos para ello e indicados en la página Web de EMASESA y también de la red de riego y baldeo instalada en determinadas zonas de la ciudad En casos especiales EMASESA autorizará el uso de agua potable, para lo que deberán disponer de los contratos y elementos de medida y facturación correspondiente.

Artículo 3.8 Ejecución de trabajos de mantenimiento y limpieza. Los servicios que ha de realizar el adjudicatario para cumplir el Art. 2.5.1 y 2.5.2 serán:

a) Limpieza general de la red de saneamiento no visitable. b) Limpieza general de la red de saneamiento visitable de cualquier tipo. c) Limpieza general de las acometidas domiciliarias. d) Limpieza general de imbornales de cualquier tipo y sus acometidas, pozos y

arquetas de registro, así como cualquier otro elemento que forme parte de la red. e) Desatasco de la red de saneamiento y sus elementos. f) Reconocimiento de la red de saneamiento visitable y no visitable. g) Proporcionar datos con información de la red.

Artículo 3.9 Condiciones de los trabajos de limpieza general de las redes de saneamiento y sus elementos Las operaciones de limpieza de la red de saneamiento tendrán por objeto dejar expeditas todas las conducciones de la red, liberándolas de la materia sólida retenida, de forma que las aguas circulen por ella con facilidad y sin que se produzcan retenciones. Las operaciones de limpieza deberán ejecutarse empleando los medios precisos y con la máxima mecanización posible que garanticen la seguridad del personal que los lleva a cabo y de terceras personas, a la vez que se minimicen las afecciones a la vía pública y molestias a personas ajenas a los trabajos que se desarrollan. Se dispondrá de los medios mecánicos necesarios para la manipulación, carga y transporte de los residuos, empleándose vehículos y contenedores adecuados que impidan la pérdida de materiales en el transcurso de las actividades, quedando prohibido el depósito o almacenamiento de residuos en la vía pública.

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Además de las conducciones se extenderá la limpieza a banquetas, imbornales, arquetas, pozos, así como a cualquier otro elemento que forma parte de la red, y en especial a las conducciones instaladas en el interior del colector que contienen fibra óptica. La localización de pozos y arquetas tapados o enterrados en las zonas donde se realiza el mantenimiento, será por cuenta del adjudicatario, siendo por cuenta de EMASESA los trabajos posteriores necesarios para su puesta en servicio.

Artículo 3.10 Condiciones de los trabajos de eliminación de atascos y retenciones en la red y sus elementos. Las operaciones de desatasco tendrán por objeto la eliminación de obstrucciones o retenciones que afecten a un tramo concreto de la red de saneamiento. Se efectuarán de modo que se impida que los productos causantes de la obstrucción o retención sean arrastrados a otros puntos de la red. Durante la realización de estos trabajos se tendrá en cuenta todo lo dispuesto en el Artículo 3.12. sobre protección y señalización.

Artículo 3.11 Reconocimiento de la red de saneamiento. El reconocimiento de la red de saneamiento no visitable se realizará con equipos de circuito cerrado de TV, que emitirán informes digitales. Esta inspección debe de ser acompañada con un informe técnico según se solicita en el punto 2.5.2., 2.5.4 y 2.5.5 Los resultados de la inspección realizada deberán exponerse en modo ordenado, tanto en designación de pozos o registros como en el sentido u orden de la misma, salvo motivos de fuerza mayor. Independientemente de lo citado, el informe deberá aportar gráficas, a escala apropiada, indicando la pendiente media del tramo entre pozos y en caso necesario a los puntos de inflexión intermedios en caso que los haya. El contratista tendrá en cuenta lo indicado en el Art. 2.5.5 sobre la incorporación a las aplicaciones de EMASESA de estos informes. Las cámaras de televisión para el reconocimiento de la red deberán permitir visualizar tuberías de Ø >= 300 mm. Además deberá poseer al menos una pértiga de inspección con cámara digital portátil.

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Artículo 3.12 Protección y señalización La protección y señalización se realizará siempre de acuerdo con el Plan de Seguridad y Salud. El contratista deberá formar a su personal en estas materias. El contratista tiene la obligación de proteger y señalizar debidamente los trabajos que realice y disponer de los elementos de seguridad necesarios para protección del paso de peatones y acceso a los inmuebles, siempre conforme al Plan de Seguridad y Salud. El contratista delimitará con las vallas necesarias cada punto donde esté efectuando una actuación. Estas vallas estarán siempre en buen estado y llevarán el anagrama de la empresa adjudicataria y la leyenda “Limpieza de redes y colectores de saneamiento de EMASESA” o la que se indique posteriormente. Si la señalización no fuera la correcta a juicio de EMASESA, se requerirá al contratista para su modificación y si no se atendiera será causa de resolución del contrato según el Artº 7.2., además de la penalización correspondiente al contratista, que también correrá con los gastos que ocasione su instalación por EMASESA u otro.

Artículo 3.13 Documentación a entregar y notificaciones con EMASESA Los Técnicos del adjudicatario asistirán diariamente a las oficinas de EMASESA, y recibirán las órdenes y documentación necesarias que permita la planificación, organización y posterior ejecución de los trabajos. Asimismo, se establecerán con EMASESA los protocolos correspondientes donde se indicará toda la información a transmitir tales como el inicio y finalización de los trabajos, cortes de tráfico, gestiones con otros servicios y compañías, reclamaciones, cargos, etc. La documentación básica está constituida por la Orden de Trabajo. Se denomina Orden de Trabajo (OT) a la solicitud realizada por el Supervisor de las Obras a la empresa adjudicataria para una intervención determinada, en la que se define la actuación, se describen los trabajos a realizar y se determina el plazo de ejecución. De acuerdo con la Gestión Integral de Actuaciones que se realiza en la División de Distribución de EMASESA, el adjudicatario recibirá normalmente estas órdenes de trabajo a través del sistema AQUAWS RED, aunque en determinados casos podrá recibirla por otros medios tales como teléfono o correo electrónico. La OT quedara totalmente cumplimentada a la finalización del trabajo y la información contenida en la misma estará a disposición de EMASESA desde la terminación de las actuaciones del contratista. Posteriormente junto con los anexos correspondientes tales como croquis de GIS, elementos vinculados y todos aquellos que sean necesarios de

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acuerdo con el trabajo realizado, se procederá a la valoración de los mismos que se presentará en plazo suficiente para cumplir el proceso de liquidación de los mismos. Antes del inicio de los trabajos se formara por Emasesa al personal del Adjudicatario en el uso de AQUAWS RED. El incumplimiento de lo anterior será causa de resolución del contrato según el Artº 7.2., además de la penalización correspondiente.

Artículo 3.14 Garantías Los trabajos realizados en las zonas acordadas con Emasesa, tendrán una garantía de UN (1) AÑO por parte del adjudicatario, a partir de su total finalización del contrato. Antes del cumplimiento del plazo de garantía de las zonas citadas se realizará por el adjudicatario y sin coste para EMASESA, una inspección por TV de la red donde se haya realizado la limpieza sistemática, comprobando el estado de limpieza de la misma. Esta inspección se realizará sobre el 0,5% de la longitud limpiada con cargo al contrato. Si durante el tiempo del plazo de garantía algún elemento sobre el que ya hubiera actuado el adjudicatario presentara falta de limpieza de forma significativa y contrastada, EMASESA podrá requerir al contratista la intervención en dicho elemento, o el depósito de una garantía especial que cubra los trabajos necesarios para subsanar ese defecto. Si se advierten vicios o defectos en los trabajos de limpieza o se tienen razones fundadas para creer que existen vicios ocultos en los trabajos ejecutados, la Supervisión de los Trabajos tomará las medidas precisas para comprobar la existencia de tales defectos ocultos. Si, tras las investigaciones correspondientes, la Supervisión de los Trabajos ordena de nuevo la limpieza de algunos tramos, los gastos de esas operaciones serán de cuenta del contratista, con derecho de éste a presentar alegaciones ante EMASESA en el plazo de diez días naturales contados a partir de la notificación escrita de la Supervisión de las Obras. El Supervisor de las Obras podrá siempre aceptar en los casos de trabajos defectuosos, soluciones alternativas propuestas por el contratista, de tal forma que garanticen que los trabajos de limpieza queden en condiciones análogas a las que inicialmente se impusieron.

Artículo 3.15 Facilidades para la inspección de los trabajos El Adjudicatario facilitará las labores de inspección de EMASESA, en replanteos, reconocimientos y mediciones; asimismo, entregará cuanta información o documentación

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sea precisa a juicio de EMASESA para garantizar el cumplimiento de las condiciones establecidas en este Pliego. Permitirá a los inspectores designados por el Supervisor de los Trabajos, el libre acceso a la obra e incluso a talleres o almacenes, donde se reparan o estacionan los equipos y vehículos.

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CAPÍTULO IV. MEDICIÓN, VALORACIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS

Artículo 4.1 Bases de medición A efectos de medición, cada trabajo se descompondrá en unidades según los diferentes Capítulos del Cuadro de Precios. La medición se realizará contradictoriamente entre el responsable de EMASESA y el Contratista en cada trabajo, siendo la orden de trabajo el documento que la recoja y el valor de longitud de GIS el usado para la medición. En caso de error en cuanto a longitudes o unidades ausentes en GIS, el adjudicatario preparará la ficha GIS correspondiente para su actualización por EMASESA. Se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. La limpieza de la red de saneamiento, se medirá por metros lineales de red general donde se haya actuado. 2. La limpieza de imbornales, se medirá por unidad de imbornal donde se haya actuado y por metros lineales en el caso de caces. 3. Las actuaciones puntuales, bajo demanda de EMASESA, para inspección y limpieza de redes, se medirán por metro lineal.

Artículo 4.2 Trabajos nocturnos Los trabajos nocturnos quedarán regulados por lo dispuesto en el apartado 3.3 del presente Pliego. Dichos trabajos serán abonados a los precios establecidos en el Cuadro de Precios, sin suplemento alguno.

Artículo 4.3 Disponibilidad en domingos, festivos y días inhábiles. La disponibilidad en domingos, festivos y días inhábiles, con independencia de las unidades de obra que se realicen, que serán abonadas a los precios establecidos en el Cuadro de Precios, no devengarán ningún complemento. Se entenderá que comenzarán los periodos de disponibilidad a las 7 horas del sábado o festivo hasta las 7 horas del lunes o día siguiente al festivo.

Artículo 4.4 Trabajos fuera del Término Municipal de las Áreas Territoriales Los trabajos realizados en el ámbito de actuación de EMASESA, incluso el TM de El Garrobo o aquellos otros municipios o zonas que pudieran incorporarse a la gestión por EMASESA durante el periodo de vigencia del pliego, serán abonados sin suplemento alguno sea cual sea el municipio de su realización.

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Artículo 4.5 Trabajos que no se pudieran efectuar. Si por causas ajenas al adjudicatario, suficientemente justificadas por éste, no se pudiera efectuar algún trabajo ordenado, tras haber incurrido en algún gasto para realizarlo, aquél recibirá la compensación económica establecida en el Cuadro de Precios, cualquiera que fuera el tiempo y los medios empleados en el desplazamiento, comprobaciones u otras operaciones que determinen la imposibilidad de la ejecución del trabajo de que se trate. No se incluyen aquellos trabajos en los que se ordene su paralización antes de las mencionadas comprobaciones u operaciones.

Artículo 4.6 Modificación del contrato El Contrato objeto de este pliego, podrá modificarse en los siguientes supuestos: 1. Cuando sea preciso ejecutar, o asumir en las obras, trabajos o partidas no previstas en el proyecto, provocadas por condicionantes de licencias, autorizaciones, u otros permisos, requeridos por Administraciones, Entidades u Organismos, que legalmente los impongan como requisito para la ejecución de los trabajos proyectados. . 2. Cuando sea preciso ejecutar, o asumir en las obras, trabajos o partidas no previstas en el proyecto, necesarias para la resolución de afecciones a servicios, o instalaciones, o exigidos por las Cías. o Entidades responsables o explotadoras de estas instalaciones, o derivadas de condicionantes de seguridad y salud. 3. Cuando sea preciso ejecutar, o asumir en las obras, trabajos o partidas no previstas en el proyecto, derivadas de la necesidad de ejecución de trabajos de limpieza de restos de hormigón, reparaciones estructurales en el colector imprescindibles para la continuación de los trabajos de limpieza. 4. Cuando sea preciso e imprescindible, para ejecutar trabajos o partidas previstas en el presente Pliego, realizar nuevas unidades complementarias no identificadas inicialmente. En caso de modificaciones sucesivas, en uno o varios de los supuestos anteriores, el incremento total acumulado de la modificación del contrato no podrá superar el 15% del importe de adjudicación del contrato. En el caso de que las modificaciones indicadas conlleven un aumento del importe del contrato (con los límites indicados), podrán llevarse a cabo si por parte de EMASESA existe capacidad económica para afrontar el mayor gasto. La valoración de todas estas modificaciones, se calculará utilizando el Cuadro de Precios del contrato, siempre que esto sea factible. En caso contrario, se hará mediante la

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elaboración de los correspondientes precios contradictorios, definidos, siempre que sea posible, a partir de los precios unitarios utilizados en el proyecto, o, en caso contrario, obtenidos de forma análoga y por importe coherente con los existentes en el proyecto. Una vez aprobadas estas modificaciones por el órgano de contratación (sin perjuicio de sus facultades de delegación), estos cambios serán obligatorios para el Contratista.

Artículo 4.7 Validación técnica de los trabajos El sistema de planificación y visto bueno técnico de las actuaciones seguirá los procedimientos establecidos en AQUAWS-RED con los sistemas de VºBº y de validación allí establecidos. Para cada trabajo realizado y una vez recibido el conforme de los técnicos de EMASESA, se presentará una valoración para que sea aprobada por EMASESA. Este proceso debe estar terminado en un plazo máximo de 30 días naturales desde que se realizó el trabajo de la correspondiente actuación. Si no estuviese completado el proceso que permita facturar ese trabajo por razones imputables al contratista, se procederá a penalizarle según el Art. 7.2., apartado i, y tampoco cabrá al contratista realizar reclamación alguna de intereses o perjuicios por mora en el pago. En cada obra o trabajo ejecutado y conformado por el técnico responsable de EMASESA, el importe de Ejecución Material, se incrementará en un 19% (diecinueve por ciento) en concepto de Gastos Generales y Beneficio Industrial y al importe resultante se le aplicará el porcentaje de baja ofertado en la licitación por el contratista adjudicatario. Este importe se incrementará en el porcentaje determinado para el IVA.

La facturación de los trabajos por el contratista y su posterior abono por EMASESA se efectuará conforme lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Económico-Administrativa Generales para la contratación de Servicios por EMASESA

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CAPÍTULO V. PERSONAL Y MEDIOS

Los medios personales y materiales que, como mínimo, el contratista adjudicatario deberá adscribir al contrato (a cada lote, en caso de que tenga dos lotes adjudicados) son los que se exigen a continuación. El licitador, deberá presentar con su oferta un compromiso de adscripción de estos medios, tal y como se indica más adelante en el art. 5.4. Posteriormente, el licitador cuya oferta resulte con mejor puntuación según los criterios de adjudicación que se indican más adelante, dispondrá de cinco días hábiles, a partir del momento en que reciba la comunicación de EMASESA, para acreditar que efectivamente dispone de los mismos en ese momento (no es necesario que los tenga a su disposición en el momento de presentar la oferta). En ese trámite, se permite la subsanación de la documentación, incluyendo el cambio de un medio por otro en el caso de que el inicialmente propuesto no estuviera disponible y siempre y cuando el nuevo cumpla todos los requisitos exigidos y tenga las mismas características que aquel al cual sustituye, para lo cual se concederán tres días hábiles. No obstante, en el caso del centro de trabajo y de la maquinaria y medios auxiliares, podrá presentar (en el indicado plazo de cinco días hábiles) documentación que acredite que dispondrá de ellos una vez sea adjudicatario y antes de la formalización del contrato.

En tal caso, una vez esté notificada la adjudicación, en el plazo concedido para formalizar el contrato el adjudicatario deberá presentar la documentación que acredite la disposición efectiva de los medios técnicos, y por EMASESA se verificará antes de la firma del contrato mediante una visita a las instalaciones que efectivamente el contratista dispone de los medios declarados. De no ser así, se revocará la adjudicación (con pérdida de la fianza provisional).

La documentación que se exige en este capítulo se aportará en el momento que se indica en el pliego de condiciones económico-administrativas particulares.

En caso de ofertar a más de un Lote los medios técnicos propuestos en la oferta podrán ser los mismos, tanto los medios mínimos prescritos en el pliego como los posibles medios extraordinarios que pudiera proponer el licitador. Si un Licitador resultara adjudicatario de dos (2) Lotes, deberá acreditar con anterioridad a la firma del contrato que dispone del personal y medios técnicos comprometidos en la oferta

Artículo 5.1 Medios personales mínimos exigidos para la ejecución de los trabajos. Dirección de los trabajos Todo el personal que el licitador oferte adscribir al contrato deberá formar parte de su plantilla antes de procederse a la adjudicación, lo que se acreditará mediante copia del último TC-2, en el que se destacarán las líneas referidas a las personas que formarán

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parte del equipo de trabajo para facilitar la comprobación. En caso de que sea personal de nueva contratación, se acreditará mediante certificado de la seguridad social que acredite que el trabajador ha sido dado de alta. Será obligatorio para el adjudicatario, disponer para cada lote adjudicado durante toda la ejecución del contrato de una plantilla adscrita al mismo que cuente con al menos el siguiente número mínimo de personas (en caso de no indicarse otra cosa, la disponibilidad para este contrato deberá ser del 100%; en los casos en que la dedicación exigida es inferior o igual al 50%, una misma persona podrá estar adscrita a los dos lotes, en su caso, u otros contratos diferentes al que nos ocupa:

• Dos cuadrillas formadas cada una por un oficial y un ayudante, con dos años de experiencia en limpieza de redes de saneamiento en el mismo cargo o categoría que va a ejercer en este contrato.

• Un administrativo, o auxiliar técnico, para planificación de trabajos y mantenimiento de datos en AQUAWS, con una dedicación mínima del 50%.

• Un encargado con la formación profesional acorde a las funciones que van a desarrollar en el área de saneamiento, con dos años de experiencia en trabajos de limpieza de redes de saneamiento, y con el 50 % de dedicación mínima para este proyecto.

• Un Técnico titulado, con Título de Máster en Prevención de Riesgos Laborales debidamente acreditado, que asumirá las funciones correspondientes a la Prevención de Riesgos Laborales que competen a la empresa contratista, con dedicación compatible con otras funciones dentro de este pliego o en otros trabajos. En su caso, la empresa contratista podrá optar por la posibilidad de contratar externamente una empresa especializada en la realización estas funciones si legalmente resultase procedente.

• Un técnico que actuará como Responsable Ambiental que proporcionará a EMASESA toda la información sobre las medidas adoptadas durante la ejecución de los trabajos, con dedicación compatible con otras funciones dentro de este pliego o en otros trabajos. . En su caso, la empresa contratista podrá optar por la posibilidad de contratar externamente una empresa especializada en la realización estas funciones si legalmente resultase procedente.

• Un Técnico titulado (Ingeniero superior o Ingeniero Técnico Industrial, de Obras Públicas o titulación técnica similar debidamente acreditada) con un año de experiencia en limpieza o mantenimiento o instalación de redes de saneamiento que realizará las funciones de Jefe de Servicio, con una dedicación mínima del 50% para este proyecto.

• Un Titulado Superior o de Grado Medio debidamente acreditado, que será el Director de los Trabajos del Contratista, y que tendrá dos años de experiencia en gestión de proyectos de limpieza, mantenimiento e instalación de redes de saneamiento o similares, según Art. 5.1.1., con dedicación compatible con otras funciones dentro de este pliego o en otros trabajos.

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Se considerará solo la experiencia obtenida desde 2007 incluido. A efectos de acreditar experiencia se considerarán solo los trabajos de cuantía superior a 100.000 € (IVA excluido). Para el Técnico Jefe de Servicio/ Director de los Trabajos se tendrá en cuenta solo aquella experiencia obtenida por su participación en trabajos de proyecto, construcción, explotación, mantenimiento y limpieza de redes de saneamiento. Para los operarios y encargado se tendrá en cuenta solo aquella experiencia obtenida por su participación en trabajos de limpieza de redes. Esta experiencia para el Jefe de Servicio/Director de los Trabajos será acreditada con certificados expedidos por las empresas destinatarias de los trabajos, y que serán firmados por los responsables de dichas empresas destinatarias. Para el resto será suficiente con la declaración que acredita dicha experiencia realizada por el representante de la empresa licitadora.

5.1.1 Director de los trabajos La empresa adjudicataria de los trabajos designará, para asumir la Dirección de las tareas objeto del Contrato y durante todo el periodo de vigencia del mismo, un trabajador con el perfil indicado en el artículo anterior. El nombramiento de un nuevo Director, por sustitución del anterior, requerirá en todo caso, la autorización de EMASESA, al igual que cualquier sustitución en los medios personales o materiales ofertados, como se indica en el art. 5.4. El Director de los Trabajos, asumirá la Dirección de la Obra; tendrá las facultades y responsabilidades que en el presente Pliego se asignan al Contratista adjudicatario. Entre sus responsabilidades se incluirá la presentación en tiempo y forma de las valoraciones de los trabajos realizados, las relaciones con clientes, organismos y en general, todas aquellas gestiones que EMASESA delegue en el adjudicatario, como gestión de permisos ante diferentes organismos. Será responsable de adoptar cuantas medidas sean necesarias para cumplir la normativa vigente en materia de Seguridad y Salud.

5.1.2. Responsable de Seguridad y Salud Durante la ejecución de los trabajos, el responsable de Prevención de riesgos laborales del contratista, tendrá las siguientes funciones y cometidos:

a) Aplicar los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en particular al desarrollar las tareas o actividades indicadas en el artículo 10 Real Decreto 1627/1997.

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b) Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el plan de seguridad y salud, y específicamente a las medidas preventivas dispuestas en el mismo.

c) Cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, teniendo en cuenta, en su caso, las obligaciones sobre coordinación de actividades empresariales previstas en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el anexo IV del presente Real Decreto, durante la ejecución de la obra.

d) Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra.

e) Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra o, en su caso, de la dirección facultativa

f) Vigilancia y aseguramiento de la disponibilidad y buen estado de los equipos de protección individual y colectiva.

Artículo 5.2 Formación y cualificación del personal El adjudicatario viene obligado a que todo su personal respete el buen nombre y prestigio de EMASESA, así como a exigir la más estricta confidencialidad, en cuantos datos sean conocidos como consecuencia de la ejecución del contrato, ya sean datos propios de EMASESA o de sus clientes. Dicho personal estará en todo momento debidamente identificado y uniformado con vestimenta acorde al trabajo que realiza y cuyo modelo se indicará en la propuesta técnica y deberá ser aprobado por EMASESA.

En su trato con los clientes de EMASESA en particular, y con la ciudadanía en general, mantendrá una actitud correcta y educada, atendiendo en cuanto sea posible las consultas evacuadas por terceros, absteniéndose de facilitar información no contrastada, no veraz o reservada, y derivando la consulta a EMASESA cuando resulte procedente.

Asimismo, el adjudicatario será responsable de que todo el personal empleado en la ejecución de los trabajos reúna las debidas condiciones de competencia y comportamiento requeridos. El incumplimiento de estas condiciones podrá ser causa de resolución del Contrato, de acuerdo con el Artículo 7.2., sin perjuicio de la penalización correspondiente.

Artículo 5.3 Medios materiales El Contratista adjudicatario deberá disponer en todo momento de la organización, estructura y medios adecuados para la debida prestación del objeto del presente Pliego tal y como describa en su oferta.

5.3.1 Comunicaciones

El Contratista deberá disponer de una base en su Centro de Trabajo, con teléfono, correo electrónico, fax y sistemas informáticos suficientes para recibir las comunicaciones que sean precisas realizar con EMASESA.

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Asimismo deberá contar con telefonía móvil (para voz y datos) que permitirá su localización urgente por EMASESA y equipos de comunicación, que permitan un adecuado control y seguimiento de los distintos trabajos encomendados.

El técnico, encargado y equipo de limpieza, dispondrán de sendos teléfonos móviles equipados para transmisión de datos, que tendrán el mismo número durante toda la duración del contrato, para facilitar su localización.

5.3.2 Sistemas Informáticos

Los sistemas informáticos del Contratista deberán tener capacidad, y contar con los medios y recursos adecuados para conectar con las aplicaciones de EMASESA que se autoricen, procurando que la obsolescencia de los mismos no afecte a la correcta prestación de los trabajos encomendados.

El adjudicatario asumirá los costes que se generen para la adecuación y compatibilización de sus equipos informáticos para el correcto uso del aplicativo empleado para la planificación de las actuaciones de reparación, mantenimiento y explotación en las redes de EMASESA, AQUAWSRED, según Art. 2.5.5.

El adjudicatario deberá disponer de equipos informáticos capaces de conectar con la aplicación AQUAWS, para un seguimiento continuo de los trabajos de campo.

Se exige también la adscripción al contrato de equipos de oficina capaces de conectarse al GIS de EMASESA, así como los equipos multifunción que permitan la impresión de planos y documentos descritos en este pliego.

5.3.3 Centro de trabajo, oficinas y almacén El Contratista deberá disponer de un Centro de Trabajo autorizado, con oficina en Sevilla capital o localidad del Área Metropolitana, con almacén y con superficie suficiente para ubicar los medios auxiliares, maquinaria, vestuarios y zonas de personal y oficinas. Si el mismo centro de trabajo se ofertara por el licitador para varios lotes o bien estuviera adscrito a otro contrato con Emasesa o con otra entidad, deberá justificarse en la oferta los dos posibles usos. Se acreditará mediante título de propiedad o contrato de arrendamiento por una duración igual a la prevista del contrato.

5.3.4 Maquinaria y medios auxiliares

La relación de maquinarias y equipos necesarios para cubrir las expectativas del Pliego y exigida como mínimo para cada lote es:

1) Un equipo de limpieza hidrodinámica de canalizaciones de saneamiento de potencia aproximada de 250 C.V., y tonelaje mínimo 18 Tm de Masa Máxima Autorizada, con presión de trabajo aproximada de 200 Kg/cm2 para la modalidad de trabajo de impulsión/succión. Este equipo tendrá fecha de matriculación no anterior al 1 de enero del 2011. El equipo irá rotulado según las normas de EMASESA y dispondrá de GPS.

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2) Un equipo de limpieza hidrodinámica de canalizaciones de potencia aproximada de 150 C.V., y tonelaje máximo 15 Tm de Masa Máxima Autorizada, con presión de trabajo mayor de 140 Kg/cm2 para la modalidad de trabajo de impulsión/succión y depósito de capacidad idónea para su movimiento por calles angostas. Este equipo tendrá fecha de matriculación no anterior al 1 de enero del 2011. Estará rotulado según el modelo de EMASESA y dispondrá de GPS.

3) Un equipo de inspección de televisión mediante circuito cerrado, con equipo portátil para diámetros ≥ 300 mm. Disponibilidad de al menos el 20%.

4) Una pértiga con cámara para inspección de pozos. 5) Un equipo de detección de tapas, tuberías y cables eléctricos. 6) 15 metros de vallas, 15 balizas intermitentes y señales de tráfico suficientes para

proteger y señalizar adecuadamente las zonas afectadas por los trabajos.

El adjudicatario deberá mantener durante la vigencia del contrato la maquinaria y medios auxiliarles solicitados aquí.

Estos equipos ofertados deberán tener disponibilidad total para cada lote al que estén adscritos y no estarán adscritos a otros contratos vigentes con Emasesa o con otra entidad, excepto el equipo de inspección de TV, del que, en cualquier caso, se debe asegurar la disponibilidad requerida.

Se acreditará su disponibilidad mediante título de propiedad, o contrato de arrendamiento durante el periodo previsto de ejecución de los trabajos contemplados en el presente Pliego.

Artículo 5.4 Compromiso de adscripción de medios técnicos y humanos y posterior modificación de los mismos. El adjudicatario queda obligado a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para ello. Dichos medios son, como mínimo, los exigidos en este capítulo. Además de acreditar su solvencia como se exige en el artículo siguiente, en todo caso los licitadores deberán presentar el compromiso de adscribir al contrato como mínimo los medios exigidos en este capítulo. De acuerdo con estos compromisos, EMASESA podrá exigir, en cualquier momento, la presencia de cualquiera de los medios ofertados, o comprobar su implicación directa en los trabajos, con el grado de dedicación comprometido. El cumplimiento de este compromiso tiene el carácter de obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En general el Contratista, en cada caso y además de los medios mínimos exigidos, deberá disponer de la organización específica para asumir por su cuenta y riesgo, la prestación debida en el objeto de este pliego, habilitando cuantos medios humanos,

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económicos y técnicos sean precisos para realizar con la adecuada diligencia los trabajos contratados. En el caso de que durante la ejecución del contrato sea necesaria la sustitución de alguno de los medios ofertados, el adjudicatario deberá justificarlo ante el Supervisor del Contrato. EMASESA autorizará el cambio tras verificar que los medios o las personas propuestas cumplen los requisitos exigidos en este pliego.

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CAPITULO VI. SOLVENCIA TÉCNICA MÍNIMA EXIGIDA Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LAS OFERTAS.

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

Artículo 6.1 Solvencia técnica mínima exigida a los licitadores para la admisión de las ofertas.

1. Haber ejecutado correctamente, en un período máximo de doce meses dentro de los últimos diez años, trabajos de construcción, mantenimiento o limpieza de redes de saneamiento, en zona urbana, y por importe superior a 200.000 euros (IVA excluido), para Administraciones Públicas (Estatal, Autonómica, Municipal) y/o empresas públicas dependientes o privadas.

En caso de licitar en UTE, se sumará la experiencia de cada una de las empresas componentes de la misma, en un porcentaje igual al de su participación en la UTE.

En los casos de empresas que hubieran realizado los trabajos formando parte de una UTE, deberán acreditar su porcentaje de participación en aquélla, el cual servirá para ponderar el volumen de trabajo acreditado.

No obstante lo anterior, aquellos licitadores que dispongan de clasificación de contratistas del Estado en vigor en el Grupo O, Subgrupo 3, Categoría 3 (o anterior Categoría C), se entenderá que cumplen el requisito de solvencia exigido en este punto. En caso de licitar en UTE, se comprobará si la UTE dispone de la clasificación acumulando las clasificaciones de sus componentes como se establece en el artículo 52 del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto 1098/2001, de 12 octubre).

2. Estar en posesión, en el momento de presentar la oferta, de las certificaciones

conforme a las siguientes normas:

ISO 14001: 2004 ISO 9001: 2008

Dichas certificaciones deberán incluir específicamente las actividades relacionadas con la instalación, mantenimiento o conservación de redes de saneamiento.

En caso de UTE, será necesario que dispongan de cada una de dichas certificaciones al menos la empresa o empresas que constituyan el 50% o más de la UTE.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

Artículo 6.2 Documentación a incluir en la oferta Sin perjuicio de las formalidades exigidas por los Pliegos de Condiciones Económico-Administrativas Generales y/o Particulares, los licitadores deberán presentar la siguiente documentación:

6.2.1 Documentación administrativa (Sobre nº 1) Sin perjuicio de otra documentación que se indique en el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas particulares, en este sobre se incluirá la siguiente documentación,

• Compromiso de adscripción de medios conforme al modelo definido en el mencionado PCEAP

6.2.2. Documentación relativa a la parte de la oferta técnica cuya cuantificación dependa de un juicio de valor (Sobre nº 2) A fin de comprobar que las ofertas se ajustan a los pliegos, y evaluarlas conforme a los criterios expuestos en el art. 6.3 se debe presentar la documentación técnica que se indica a continuación, por ser evaluable conforme a criterios sujetos a juicio de valor. La documentación de este sobre se presentará únicamente en formato electrónico, tal y como se indica en el pliego de condiciones económico-administrativas generales para la contratación de servicios por EMASESA. 1. Memoria de la organización general del servicio. Contendrá la documentación donde se desarrolla la organización propuesta para cumplir lo requerido en los Pliegos de Prescripciones Técnicas. Debe incluir:

• Organización de los Servicios, incluyendo procedimientos de trabajo en jornadas normales y jornadas correspondientes a festivos y noches, para atender los trabajos planificados, tanto sistemáticos como derivados de la concesión de permisos y los trabajos denominados urgentes, indicando horarios de trabajo de equipos y personal de las oficinas.

• Descripción de los procedimientos para la gestión de los diferentes permisos de

corte de tráfico ante autoridades locales, autonómicas y estatales, así como gestión de autorizaciones para circulación en zonas peatonales y con accesos restringidos.

• Descripción de los procedimientos de actuación ante la activación del Plan de

Emergencia en lluvias, definiendo sistemas de alarma, activación de su propio Plan, desarrollo de este, disposición de medios extraordinarios, coordinación de estos con los de EMASESA, zonas de intervención e informes finales.

• Sistema de predicción meteorológica.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

Esta Memoria no deberá tener una extensión superior a las 20 páginas (tipo de letra Times New Roman, tamaño 11 y espaciado sencillo), y no podrá incluir información alguna que de forma directa o indirecta pueda advertir o anunciar la que debe ser incluida específicamente dentro del sobre 3 2. Accesibilidad a redes y documentación descriptiva Dentro del sobre 2 el licitador incluirá la información y documentación descriptiva de los sistemas propuestos en su caso para la inspección y diagnóstico para redes de diámetros iguales o menores de Ø100 mm. La oferta técnica que no cumpla con los apartados definidos anteriormente, o con los requisitos esenciales o establecidos como mínimo en el Pliego Prescripciones Técnicas no será tomada en consideración en el presente procedimiento de licitación. 6.2.3. Documentación relativa a la oferta económica, así como la relativa a la parte de la oferta técnica cuya cuantificación dependa de la mera aplicación de fórmulas (sobre nº 3). En este sobre se incluirá: Medios Materiales. De conformidad con lo solicitado en el Artículo 5.3, se incluirá relación y descripción precisa y concreta de los equipos y otros medios materiales, tanto los mínimos requeridos como aquellos extraordinarios adicionales, que el licitador se compromete a asignar al servicio, utilizando el modelo de Tabla nº 1 que figuran en el Anexo 1 de este pliego:

• Tabla 1 de Compromiso de Adscripción y Resumen de equipos y maquinaria, con la relación de las mismas expresando para cada una de ella, características, fecha de matriculación y régimen de posesión

Proposición económica, que se presentará según el modelo que figura en el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas Particulares Para cada lote al que el licitador quiera ofertar se presentará una única baja porcentual que afectará a todos los precios del cuadro de precios, salvo a los relativos a seguridad y salud que se ofertarán al tipo. Medios Extraordinarios Los licitadores podrán, potestativamente, ofertar sin sobrecoste alguno para EMASESA, la disposición de un equipo impulsión adicional por encima de las dos unidades mínimas exigidas en cada lote en este Pliego, con una dedicación del 100% para dicho Lote de este Pliego, para lo cual presentará un compromiso de adscripción de medios extraordinarios conforme a Tabla 1 de Anexo 1 También podrán potestativamente ofertar sin sobrecoste alguno para EMASESA, la disposición de hasta dos equipos, compuesto por un oficial y un peón cada uno de ellos, que podrán tener dedicación total o parcial, para lo cual en su caso presentará un compromiso de adscripción de medios extraordinarios conforme al modelo que figura en el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas Particulares. También podrán potestativamente ofertar la incorporación de un sistema de reciclaje y la

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disponibilidad de dos equipos terminales informáticos para trabajo en campo con la aplicación GIS y AQUAWS de EMASESA.

Artículo 6.3.- Criterios de adjudicación. Se aplicarán los siguientes criterios de adjudicación, una vez se haya comprobado la solvencia de los licitadores y el cumplimiento de los requisitos mínimos de carácter técnico exigidos en este Pliego. Los criterios de valoración a tener en cuenta para la adjudicación de esta licitación se definen según el siguiente baremo de puntos: Máxima Valoración Técnica 50 puntos Máxima Valoración Económica (Vmax) 50 puntos

6.3.1 Valoración Técnica La Valoración Técnica vendrá determinada por las siguientes puntuaciones: 1. Memoria de la Organización General del Servicio de 0 a 15 puntos 1.1 Organización……………………………………………………..de 0 a 5 puntos Organigrama del equipo de trabajo, se valora de 0 a 1 punto. Cuadrante de turnos incluyendo guardias y retenes. Se valora de 0 a 2 puntos Cuadrante de turnos, incluyendo guardias y retenes en alerta de lluvias valorándose de 0 a 2 puntos 1.2 Procedimiento: Normalidad (sin lluvias)…………………….de 0 a 5 puntos 1.2.1 Organización de los Servicios, incluyendo procedimientos de trabajo en jornadas normales, jornadas correspondientes a festivos y noches, para atender los trabajos planificados y los trabajos denominados urgentes, indicando horarios de trabajo de cuadrillas, de las oficinas y del almacén, valorándose de 0 a 3 puntos. 1.2.2 Descripción de los procedimientos para la gestión de los diferentes permisos de corte de tráfico ante autoridades locales, autonómicas y estatales, así como gestión de autorizaciones para circulación en zonas peatonales, valorándose de 0 a 2 puntos. 1.3 Procedimiento : Lluvias.………………………..………………de 0 a 5 puntos 1.3.1 Descripción de los procedimientos de actuación ante la activación del Plan de Emergencia en lluvias, valorándose de 0 a 5 puntos:

Definiendo sistemas de alarma, activación de su propio plan,… 4 puntos. Desarrollo del Plan de Emergencia …………………..…….1 punto,

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2. Medios extraordinarios, valorándose de 0 a 15 puntos.

− 5 puntos por un equipo impulsor por encima del mínimo exigido. − 5 puntos por cada equipo de oficial y peón, con dedicación completa,

incorporado sobre el mínimo exigido, máximo dos equipos, que deberán cumplir con las condiciones exigidas para los equipos previstos en este Pliego. La puntuación de los equipos con dedicación parcial será afectada por un porcentaje igual al porcentaje de dedicación.

3. Maquinaria y Medios Materiales…………………………............de 0 a 20 puntos. 3.1 Maquinaria. Características técnicas más fiables, más seguras y menos molestas hasta 15 puntos. Se valora la antigüedad de los equipos de limpieza hidrodinámica de tal forma que se evalúan las características técnicas más fiables, más seguras y menos molestas para los trabajadores y para los vecinos y personas situadas en las proximidades de los equipos, puntuando a los equipos con antigüedad: Menor de un año desde la publicación del pliego, 15 puntos Mayor de un año y menor de dos años desde la publicación del pliego, 12 puntos Mayor de dos años y menor de tres años desde la publicación del pliego, 8 puntos Mayor de tres años y menor de cuatro años desde la publicación del pliego, 4 puntos Mayor de cuatro años y menor de cinco años desde la publicación del pliego, 2 puntos Mayor de cinco años desde la publicación del pliego y fecha de matriculación posterior al 31 de diciembre del 2010, 0 puntos. Se obtendrá la media aritmética correspondiente a la puntuación por antigüedad de los dos equipos presentados y exigidos en el Pliego, y con un máximo de 15 puntos. 3.2 Nuevas Tecnologías incorporadas en los equipos del contrato, hasta 5 puntos. Se valorará la incorporación de sistema de reciclaje en un equipo de limpieza con 3 puntos, independientemente del número de equipos que se presenten con esta característica. Se acompañarán características del sistema montado. En caso de ser adjudicatario deberá demostrar la disponibilidad de este equipo antes de la firma del contrato. Se penalizará de forma concreta la ausencia injustificada de este equipo durante el transcurso del contrato. Accesibilidad a redes menores o iguales a diámetro Ø100 mm., hasta 1 punto. Disponibilidad de dos equipos terminales portátiles para trabajo en campo con la aplicación GIS y AQUAWS de Emasesa, 1 punto; se valorará a cero si solo se dispusiera de un terminal. Una vez analizados estos aspectos, se sumarán las puntuaciones obtenidas para cada uno de los criterios técnicos reseñados. Posteriormente, se asignará la máxima puntuación técnica, VTéc (50 puntos), a aquel ofertante cuya oferta técnica sea la mejor valorada, puntuándose en la misma proporción al resto de los licitadores mediante una regla de tres simple directa.

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6.3.1 Valoración económica. La valoración económica de las ofertas admitidas vendrá determinada por la siguiente fórmula:

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dónde:

Omin= Oferta mínima de las presentadas Oi= Oferta del licitador i-ésimo Vmax= Valoración económica máxima (50) Vi = Valoración del licitador i-ésimo

6.3.2 Criterios de adjudicación de lotes Una vez puntuados las ofertas de todos los licitadores admitidos en cada uno de los lotes, se procederá a la adjudicación de los mismos por orden descendente de presupuesto de licitación, a saber:

• Primer lote en ser adjudicado Lote 1. Presupuesto 1.034.045,40 € • Segundo lote en ser adjudicado Lote 3. Presupuesto 720.597,40 € • Tercer lote en ser adjudicado Lote 4. Presupuesto 658.051,00 € • Cuarto lote en ser adjudicado Lote 2. Presupuesto 620.732,60 €

Si en la adjudicación del segundo (Lote 3), tercero (Lote 4) o cuarto (Lote 2) lotes en orden de adjudicación, el ofertante mejor puntuado ya hubiera resultado adjudicatario de alguno de los lotes previos, y ofertase a ambos lotes los mismos medios técnicos y/o humanos, EMASESA requerirá a dicho Licitador para aportar la documentación acreditativa de que dispone del personal y medios descritos en este apartado 5 del presente Pliego para cada uno de los dos Lotes, es decir, deberá disponer del número de trabajadores y equipos, con el perfil, cualificación, experiencia y características mínimas requeridas, o mejores que el propuesto en la oferta, teniendo en cuenta, como ya se ha dicho, que en los casos de dedicación parcial una misma persona podrá atender dos lotes. En ningún caso un licitador podrá resultar adjudicatario de más de dos lotes. Si un adjudicatario propuesto declarase que no dispone de los medios necesarios o hiciese renuncia expresa a la adjudicación de uno de cualquiera de los lotes en los que hubiera resultado adjudicatario, quedará también excluido en la adjudicación de los siguientes lotes según el orden de adjudicación descrito.

6.4 Acreditación de disponibilidad de los medios humanos y técnicos ofertados.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

La acreditación del cumplimiento de los compromisos adquiridos por el licitador propuesto como adjudicatario de cada uno de los lotes, se realizará conforme lo establecido en el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas Particulares.

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CAPÍTULO VII PENALIZACIONES Y CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Artículo 7.1 Penalización por incumplimiento Tendrán penalización los trabajos cuya realización no se ajuste a lo indicado en este Pliego. La cuantía de esta penalización será de 300 € (diarios, en el caso de incumplimientos que persistan en el tiempo), por cada una de las causas de penalización aún en caso de concurrir varias, más el costo total de la intervención por EMASESA u otro contratista para la corrección del incumplimiento, o el pago de tasas o costo de las infracciones cometidas, además de lo indicado en el Artº 1.3 sobre responsabilidades y en el Artº 7.2 sobre causas de resolución del contrato. Las causas de penalización serán las siguientes

a. Incumplimiento de órdenes dadas por EMASESA. b. Retraso injustificado en el inicio de los trabajos y en el cumplimiento de

plazos, por causa imputable al adjudicatario, incumpliendo los Artículos 3.3 y 3.5.

c. Faltas y fallos injustificados en los sistemas de alertas en lluvias y organización en caso de Emergencia en lluvias, según Articulo 3.4.

d. Incumplimiento en la gestión y obtención de permisos y coordinación con otras compañías de servicios, según Artículo 1.3 y 1.5.

e. Realización de trabajos sin autorización previa de EMASESA, incumpliendo el Art. 3.2.

f. Deficiente realización del trabajo e incumplimiento del Programa de Desarrollo de Trabajos por indisponibilidad de equipos, fallos o falta de mantenimiento de los equipos, según los Artículos 3.3 y 3.5.

g. Deficiencias en la protección y señalización de la zona de trabajo, así como daños no justificados causados a terceros, según el Artículo 1.3, 1.5 y 3.10.

h. Incumplimiento de las Ordenanzas Municipales, según los Artículos 1.3 y 1.5.

i. Inasistencias a las oficinas de EMASESA, deficiencias en la entrega de la documentación según el Art. 3.11.

j. Deficiente organización general de los trabajos. k. Deficiencias en la ejecución de los trabajos, que afecten a la imagen de

EMASESA.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

l. Incumplimiento del Plan de Seguridad y Salud. Las infracciones graves o la acumulación de infracciones leves en esta materia, calificadas como tales por la normativa de aplicación, podrán ser causa de resolución del contrato, sin perjuicio de las reclamaciones a que hubiera lugar.

m. Incumplimientos de las disposiciones vigentes en materia laboral y de seguridad social.

n. Incumplimiento en lo referente a Gestión de los residuos según Art. 2.5.2 y Anexo 6.

Para aquellos licitadores que en su oferta hubieran comprometido la utilización de un equipo con sistema de reciclaje, se aplicará una sanción de 50 € diarios por cada día que no se emplee dicho sistema No obstante lo anterior, en caso de que ocurra alguna incidencia en ejecución de las prestaciones objeto del contrato, que suponga daño para las personas o los bienes, o manifiesto peligro para los mismos, el contratista está obligado a comunicar de forma inmediata dicha incidencia a la persona de EMASESA que sea Responsable del Contrato. El incumplimiento de dicha obligación llevará aparejada la imposición de una penalización de 1.500 euros. La aplicación y el pago de las penalizaciones no excluyen la indemnización a que EMASESA pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del incumplimiento imputable al contratista. Terminado el trabajo en que se hubiera producido una penalización y tras seguir el procedimiento establecido para ello en el pliego de condiciones económico-administrativas generales, EMASESA comunicará ésta al adjudicatario, el cual quedará obligado a ingresar su importe en la Caja de EMASESA. De no hacerlo así se hará efectiva la penalización con cargo a la factura presentada o a la fianza definitiva, que en tal caso deberá ser repuesta.

Artículo 7.2 Causas de resolución Los licitadores se atendrán a lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas Generales. Así mismo, sin perjuicio de las causas previstas en la legislación que sean de aplicación, será motivo de resolución del contrato: 2. Concurrencia de forma acumulativa de un número superior a seis (6)

penalizaciones según el Art.7.1, durante el plazo de ejecución del contrato, por las incidencias que a continuación se relacionan, y que hayan sido notificadas por EMASESA al adjudicatario mediante escrito correspondiente.

3. No atender en el plazo de diez (10) días naturales el requerimiento que hiciera EMASESA por incumplimiento de las condiciones técnicas exigidas para ser admitido a la licitación, relativas a los medios personales y materiales que se han

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

de adscribir al contrato o que se hubieren ofertado, sin perjuicio de la aplicación de la sanción correspondiente.

4. No mantener en vigor, durante la vigencia del contrato, la póliza de seguro de responsabilidad civil exigida en este pliego.

Sevilla, 10 de Mayo de 2017

El Técnico autor del Proyecto Rafael Montero Romero

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ANEXO Nº1: TABLAS DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN Y RESUMEN DE INFORMACIÓN DE EQUIPOS Y MEDIOS MATERIALES OFERTADOS

En esta sección se incluirá la relación de Equipos y medios materiales que el

ofertante se compromete a adscribir al contrato, así como el compromiso explícito de adscripción de estos medios al mismo, aspectos que se formalizarán a través de la cumplimentación de las correspondientes Tablas, tal y como se indica a continuación:

Tabla 1: Equipos y Maquinaria

Tal y como se ha señalado, será imprescindible aportar la relación que especifique exhaustivamente los equipos y medios materiales que el licitador se compromete a adscribir al contrato, junto con el número de unidades ofertadas, modelos, características técnicas y datos concretos para su identificación incluyendo, de forma imprescindible, el compromiso explícito de adscripción de estos medios al contrato, firmado por un responsable de la empresa ofertante, con capacidad suficiente para ello, de acuerdo al modelo que se adjunta a continuación (Tablas 1), y en las que tendrán que recogerse, aspectos tales como su denominación o descripción resumida, modelo, características técnicas, número de unidades comprometidas para el contrato y aclaración sobre su propiedad, con indicación de si pertenece a la empresa licitadora o ésta prevé su uso en alquiler o subcontratado.

No obstante, estas tablas no se entenderán como limitativas, ni excluyentes pudiéndose aportar adicionalmente, cualquier otra información que el licitador considere conveniente proporcionar (descripciones, informes, fotografías, fichas técnicas, etc…) así como añadir otros equipos y medios que el licitador entienda que permitirán una mejor realización de los trabajos de este pliego.

De acuerdo con estos compromisos, EMASESA podrá exigir, en cualquier momento, la presencia de cualquiera de los medios ofertados, o comprobar su implicación directa en los trabajos.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

ANEXO Nº 2: DATOS DE LA RED POR LOTES

LONGITUD REDES DE SANEAMIENTO POZOS

E IMBORNALES Red General

(Km) Pozos

(unidades) Imbornales (unidades)

LOTE 1 537 18.400 22.100 LOTE 2 256 8.300 10.900 LOTE 3 351 12.500 12.700 LOTE 4 293 10.500 11.800

TOTAL 1.437 49.700 57.500

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

Tipo de Red

Lote 1 DDHH

Lote 2 VEGA

Lote 3 ALCORES

Lote 4 M. DECHA

TOTAL

Limpieza de red de saneamiento en redes de diámetro. comprendidos entre 15 cm y 40 cm.,

90.000 52.000 70.000 64.000 276.000

Limpieza de red de saneamiento en redes de diámetro mayor de 40 cm y menor o igual a 60 cm.,

52.500 27.000 33.000 33.000 145.500

Limpieza de red de saneamiento en redes de cualquier sección, altura mayor de 60 cm. y menor o igual a 180 cm.

16.000 7.500 9.000 7.000 39.500

Limpieza de red de saneamiento en colectores de cualquier sección de altura mayor de 180 cm. y menor o igual de 300 cm.

2.300 2.200 1.700 1.700 7.900

Limpieza de red de saneamiento en colectores de cualquier sección de altura mayor de 300 cm.,

700 300 300 300 1.600

TOTAL (m)

136.600 79.100 101.000 106.000 422.700

NÚMERO APROXIMADO DE IMBORNALES A LIMPIAR: LOTES 1, 2, 3 Y 4

Lote 1 DDHH

Lote 2 VEGA

Lote 3 ALCORES

Lote 4 M.DERECHA TOTAL

NUM. IMBORNALES 13.300 7.300 7.800 7.300 35.700

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

ANEXO Nº 3: TIEMPO DE ACTUACIÓN EN LOS TRABAJOS

Actuaciones Saneamiento Tiempo de actuación (horas) LIMPIEZA ACOMETIDA DOMICILIARIA 1

LIMPIEZA RED GENERAL 2

LIMPIEZA ACOMETIDA IMBORNAL 1

LIMPIEZA IMBORNAL 1

LIMPIEZA DE POZO O ARQUETA STO. 1

DESAGÜAR POZO/ARQUETA 1

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ANEXO Nº4:

CARTEL DE SEÑALIZACIÓN DE OBRA

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HOJA DE BUZONEO

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ANEXO Nº 5: LISTADO DE ALIVIADEROS Y ZONAS DE EMERGENCIA

LOTE 1: AREA TERRITORIAL DE DOS HERMANAS

ALIVIADEROS

Ctra. Copero, C/Turdetanos, C/ Sestercio, C/ Denario, C/ Foro, C/ Termas, C/ Hornos P1, C/ Hornos P2, Av. de la Palmera, C/ Datilero, C/ Sauce, Ctra. Isla (frente. Typsa), C/ Trasera Templarios, Ctra. Isla (Ramón Polo), Madrid Cádiz (Viveros Rocío), Madrid Cádiz (Talleres Yacos), Madrid Cádiz (Lugar Nuevo), Madrid Cádiz (Monumento) Maestro Sorozábal, Ctra. Alcalá, C/ Leopoldo Calvo Sotelo (Tanatorio), Ctra. Dos Hermanas Montequinto, c/ Placido Fernández Viagas (C-3), C/ Felipe Gonzalez Márquez, c/ Santiago Carrillo, Av. Libertad P1, Av. Libertad P2, Av. Libertad P3, Av. del Pan de Alcalá, C/ Fernando Magallanes 108, c/ Fernando Magallanes 32, C/ Hernán Cortes, C/ Hermanos de la Cruz Blanca, Gl. Viriato, C/ Jara.

ZONAS DE EMERGENCIAS

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

ZONA DE EMERGENCIA Nº 1 NUCLEO ZONA NORTE

INICIO: OFICINAS A.T. DOS HERMANAS: AVD LIBERTAD Nº 5

1.- BDA. LA MONEDA / CL BERRUGUETE / CL ALONSO CANO

2.- AVD. 28 DE FEBRERO / ENTRADA PARQUE ALQUERIA / CL RECREO SAN JOSE

3.- BDA, RECREO SAN JOSE / CL DOCTOR LARA GÓMEZ

4.- PASO INFERIOR PURISIMA CONCEPCIÓN / EBAP MIGUEL FLETA

5.- CL TAJO / CL MADRE TERESA DE CALCUTA

6.- BDA. CONSOLACION / EBAR CONSOLACION

7.- CL GUADALQUIVIR ESQUINA CL PINTOR ROMERO ROSSENDI

8.- CL PINTOR RICO CEJUDO FINAL DE CALLE BDA. ENTRENARANJOS

9.- AVDA. DE ESPAÑA / ROTONDAS / ZONA FERIA

10.- P.I. CANTAELGALLO

11.- CL ALBENIZ

12.- ADOLFO SUAREZ ESQUINA RAMON Y CAJAL

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13.- CL MIGUEL HERNANDEZ ZONA BAJA RAMON DE VALLE INCLAN

14.- GABRIEL MIRO ESQUINA AVD DE LA LIBERTAD.

ZONA DE EMERGENCIA Nº 2 NUCLEO ZONA SUR

INICIO: P. I. VENTA LAS PALMAS / AV INGENIERO JOSE LUIS PRATS

15.- P.I. VENTA LAS PALMAS

16.- AVD. INGENIERO JOSE LUIS PRATS

17.- AVD. DE ESPAÑA ESQUINA DOCTOR FLEMING / ROTONDAS

18.- CL DEL ATALAJE / INICIO CANAL DE DESAGÜE

19.- CL BOGOTÁ / 19 DE ABRIL

20.- PLZ. JUAN TALAVERA

21.- ROTONDA NIV / URB. PARQUE GIRALDA

22.- CL LEPANTO / BDA. LAS PORTADAS

23.- CL CANARIO / AVDA. VIRGEN DEL ROCIO

24.- CL ARAGÓN

25.- CL CARLOS I / AVDA. DE ANDALUCIA

26.- CL SANTA MARÍA MAGDALENA / CL SANTA CRUZ

27.- CL MIGUEL FLETA

28.- CL MARBELLA / CL BRASIL / TANQUE DE TORMENTAS PLZ FELIX RODRIGUEZ DE LA FUENTE

29.- CL CERRO BLANCO ESQUINA CORNICABRA

30.- CL LAS BOTIJAS

31.- CL SANCHEZ CHACÓN

32.- CL REAL DE UTRERA ESQ. PURISIMA CONCEPCIÓN

33.- PLAZA DEL ARENAL / PI BDA. LA MONEDA.

ZONA DE EMERGENCIA Nº 3 NUCLEO DE MONTEQUINTO

INICIO: ROTONDA AVDA. DE LAS UNIVERSIDADES / HIPODROMO

1.- CL JARA

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

2.- CL CERRO DEL MONTE

3.- CL TAVIRA / ESTACION METRO OLIVAR DE QUINTO

4.- ESTACION METRO EUROPA

5.- MADRE PAULA MONTAL ESQUINA CL CALIGULA

6.- CL COLISEO / GLORIETA VIRIATO

7.- ESTACION METRO MONTEQUINTO /OFICINAS MUNICIPALES / ESTACION DE METRO CONDEQUINTO

8.- MADRE PAULA MONTALT ESQUINA ENRIQUE DE RIBERA / MERCADONA

9.- CL CREMONA

10.- CL MURANO / CL ESTRASBURGO

11.- CL ESTRASBURGO / AVDA. EUROPA

12.- CL ESTRASBURGO ESQUINA CL SIENA

13.- CL HERMANOS DE LA CRUZ BLANCA

14.- ROTONDA CL HERNAN CORTES

15.- EBAR SEVILLA GOLF

16.- CL HISTORIADOR JUAN MANZANO / MARTIN ALONSO PINZON

17.- CL FERNANDO DE MAGALLANES / PASO BAJO EN CANAL DE RIEGO

ZONA DE EMERGENCIA Nº 4 FUENTE DEL REY, PI LA ISLA / POBLADO DE ADRIANO

INICIO: ROTONDA CRTA. DE LA ISLA / COLEGIO BLANCO WHITE

1.- CL TEMPLARIOS

2.- CL ALMIRANTE BONIFAZ

3.- PI LA ISLA CRTA. DEL COPERO

4.- CL RIO VIEJO ESQUINA DENARIO

5.- FINAL CL DENARIO

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

LOTE 2: AREA TERRITORIAL DE LA VEGA ALCALÁ DEL RÍO

CR/A 8000

C/ HUERTA SANTA ANA

C/ NUESTRO PADRE JESÚS NAZARENO

HUERTA SANTA ANA (EBAR)

LA RINCONADA

ACCESO A SAN JOSÉ EN LA ZONA DEL MALECÓN DE ALMONAZAR.

POZOS DE CABECERA EN EL P.I. EL CÁÑAMO III (SAN JOSÉ DE LA RINCONADA.)

PASO INFERIOR DE RENFE EN LA AVD. DE SAN JOSÉ (SAN JOSÉ DE LA RINCONADA.)

EL RONQUILLO

C/ NUEVA (JUNTO URB. POZO CELESTE)

LOTE 3: AREA TERRITORIAL DE LOS ALCORES ALCALÁ DE GUADAIRA

C/ LAS ACEÑAS (COLECTOR AV. SANTA LUCÍA)

C/ TREN DE LOS PANADEROS (ALV Y PARQUE)

C/ PUENTE ROMANO

C/ PEREJIL (DETRÁS DE BIBLIOTECA)

CTRA. SEVILLA-MÁLAGA (COLECTOR NORTE)

AV. PRÍNCIPE DE ASTURIAS, CRUCE CTRA.

CTRA.. 8033 ESQ. ZACATÍN (MAR MEDITERRÁNEO)

CTRA. 8033 JUNTO ADUFE BAJO

AVDA. DOS HERMANAS (COLECTOR M.I.)

AVDA. PORTUGAL (COLECTOR M.I.)

CM. RETAMA JUNTO A NOCLA (COLECTOR M.I)

CM. RETAMA (SIFÓN COLECTOR M.I.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

C/ DOS DE MAYO ESQ. TREN DE LOS PANADEROS

TANQUE DE TORMENTAS

RETAMA. SIFÓN DEL COLECTOR

MAIRENA DEL ALCOR

PI EL GANDUL (COLECTOR CARRASCAL)

C/ TRIANILLA

CM. DE ALCONCHEL

CM. DE ZAPATA

LOTE 4: AREA TERRITORIAL DE MARGEN DERECHA CORIA DEL RÍO

C/ CHAMARÍN, ESQ. C/ PIPITITA

C/ JILGUERO, FRENTE AL Nº 12

C/ JESÚS Y MARÍA, JUNTO EMBARCADERO

C/ JESÚS Y MARÍA

C/ JESÚS Y MARÍA, EN LA CURVA

C/ BATÁN ESQ. AVDA. ANDALUCÍA

C/ BATÁN ESQ. AVDA. ANDALUCÍA

C/ BATÁN, FRENTE AL Nº 67

C/ BATÁN, FRENTE A C/ ASTILLEROS

C/ BATAN, FRENTE A GASOLINERA

C/ BATAN ESQ. C/ GRAN AVENIDA

PUEBLA DEL RÍO.

ALIVIADEROS DE LAS DOS ESTACIONES DE BOMBEO

CAMAS

ARQUETÓN DEL TIMÓN (DONDE SE UNEN LOS COLECTORES DE EMASESA Y ALJARAFESA) ANTES DE LA E.B. EL PULPO.

C/ CLARA CAMPOAMOR ESQ. C/ AZAHAR

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

ANEXO Nº 6: GESTIÓN AMBIENTAL

1. Objeto y alcance. El presente documento tiene por objeto establecer los requisitos generales que en materia ambiental deberá cumplir el adjudicatario en la realización de todas las actividades y servicios objeto de la presente contratación. Para ello, se establecen pautas de actuación que permitan la ejecución de los trabajos con los niveles de calidad requeridos y en condiciones controladas desde el punto de vista ambiental. Los presentes requisitos ambientales constituyen una ampliación a las Cláusulas Ambientales generales indicadas en el Anejo IV del Pliego de Condiciones Económico-Administrativo generales para contratación de servicios por EMASESA.

2. Obligaciones ambientales generales del contratista. El adjudicatario cumplirá, en todo el momento, con la legislación ambiental aplicable a las actividades que son objeto de la presente contratación. Para ello, estará en posesión y al corriente de cualquier tipo de licencia o autorización que la normativa en vigor establezca (o la que se promulgue durante la vigencia del contrato) para la prestación de este tipo de servicios, en especial la normativa ambiental. Con idea de desarrollar una mejor supervisión del servicio, nombrará a un Responsable Ambiental que proporcionará a EMASESA toda la información sobre las medidas adoptadas durante la ejecución de los trabajos. Esta responsabilidad se podrá ejercer por una persona que desempeñe simultáneamente alguna otra responsabilidad en el Pliego, o en su caso, de forma exclusiva por una persona a tiempo total o parcial. Para el correcto desempeño del servicio, el adjudicatario actuará conforme a las normas, procedimientos y medidas ambientales implantados en el Sistema de Gestión Ambiental de EMASESA. Los servicios se prestarán con los medios materiales, personales y bajo la dirección y exclusiva responsabilidad del adjudicatario, con arreglo a las indicaciones que reciba del responsable asignado por EMASESA para la ejecución del objeto del contrato y cumpliendo los requisitos ambientales establecidos. El adjudicatario se responsabilizará de que todo el personal que preste servicios en este contrato tenga formación ambiental adecuada a las tareas que realice, incluidas las posibles situaciones incidentales. El adjudicatario es responsable de todos los perjuicios y accidentes de cualquier naturaleza, pública o privada, causados a terceras personas o instalaciones propias o ajenas por su personal, su maquinaria o como consecuencia de la ejecución de los servicios de este pliego. La carga, transporte y descarga de los residuos generados como consecuencia de los trabajos será de absoluta responsabilidad del adjudicatario, siendo a su cargo el coste y consecuencias de todo tipo de infracción derivada de cualquier sanción impuesta por la autoridad competente debido al incumplimiento de la normativa ambiental vigente, de circulación o por incidencias que pudieran ocurrir durante la prestación del servicio El adjudicatario será responsable del cumplimiento de estas condiciones por parte de sus subcontratistas, si los hubiere.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

3. Copia de autorizaciones y requisitos ambientales. En referencia a la documentación de carácter ambiental, el adjudicatario deberá presentar los siguientes documentos:

• Certificado acreditativo por el que justifique que los residuos peligrosos originados durante las actuaciones que se acometan como consecuencia del servicio, serán recogidos por un gestor de residuos peligrosos autorizado por el órgano competente.

• Autorización como transportista de residuos (art. 44 del Decreto 73/2012) • Documentación que acredite que todos los equipos de carga, descarga y

transporte y maquinaria empleada en la actuación están en condiciones de cumplir con la normativa vigente: matriculación, tarjeta de transporte, ITV, seguros, marcados CE.

A la finalización de los trabajos, el contratista deberá aportar prueba documental de la correcta gestión por gestor autorizado de los residuos peligrosos que su gestión pueda haber causado.

4. Control ambiental durante la ejecución. A continuación, se exponen las medidas (preventivas y/o correctivas) mínimas, a adoptar durante el desarrollo de los trabajos, pudiendo así incidir en la minimización de los principales impactos ambientales ocasionados por los mismos. No obstante, será necesario adoptar todas aquellas medidas adicionales que se establezcan de acuerdo a:

• La legislación ambiental aplicable, • Los criterios y pautas definidas en el Sistema de Gestión Ambiental de

EMASESA.

5. Gestión de residuos Para la gestión de los residuos producidos en la actuación se seguirán las siguientes pautas:

• Separar adecuadamente y no mezclar los residuos con otras sustancias, materiales o residuos, evitando particularmente aquellas mezclas que impliquen peligrosidad o dificulten la gestión.

Para dar cumplimiento a los artículos 41 del Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía, el adjudicatario del servicio estará en posesión de la autorización como transportista autorizado de residuos no peligrosos por el órgano ambiental competente. En concreto y como mínimo para los residuos que se prevén generar durante la prestación del servicio:

Salvo indicación expresa en contra, las actividades de transporte, carga y aseguramiento de los residuos generados en el servicio se realizarán por cuenta y cargo de la empresa adjudicataria, y con su personal. El adjudicatario es responsable, frente a EMASESA y frente al Ayuntamiento afectado, de cualquier incumplimiento en este apartado efectuado por transportes realizados por vehículos de la propia empresa, o de empresas subcontratadas o suministradoras de la primera, así como de las indemnizaciones o sanciones a que el mismo pudiera dar lugar.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO PARA LA LIMPIEZA DE LAS REDES DE SANEAMIENTO EN LAS ÁREAS TERRITORIALES (Expte.:231/2016)

Igualmente, y según lo recogido en el art. 44 del mencionado Decreto:

• Todo traslado de residuos deberá ir acompañado de un documento de identificación, a los efectos de seguimiento, que en el caso de los residuos no peligrosos será la carta de porte u otro documento que acredite el origen y el destino de los residuos.

• El adjudicatario llevará una copia del contrato del servicio junto con la documentación del vehículo, de manera que se pueda identificar en cada momento quien asume la responsabilidad de cada transporte, junto con los correspondientes documentos de identificación del residuo.

• Dispondrá de un libro-registro en soporte informático en el que se indique la cantidad, naturaleza, origen, medio de transporte y destino de los residuos (acreditará el destino final del transporte de residuos).

Igualmente, cumplirá con todos los requisitos exigidos por la legislación para circulación de vehículos y con los establecidos en la normativa en materia de transporte de mercancías peligrosas, en caso que fuera de aplicación (permiso de circulación, tarjeta de inspección técnica en vigor, etc). Las consecuencias de incumplimiento de estas normas sólo serán imputables al adjudicatario.

En cuanto a los residuos peligrosos, el adjudicatario se encontrará dado de alta como productor de residuos peligrosos, según lo recogido en el art. 10 del Decreto 73/2012, e informará a los Servicios Técnicos de EMASESA de la tipología y cantidad de los residuos de estas características generados como consecuencia del servicio. La gestión será realizada por gestores debidamente autorizados para cada uno de ellos por el órgano ambiental competente.

6. Actuaciones en la vía pública. Limpieza del viario.

Actuaciones y servicios en la vía pública. ! El adjudicatario deberá prevenir el ensuciamiento de la misma. Para ello será

obligatorio colocar vallas y elementos de protección para las operaciones de limpieza de redes desarrolladas en vía pública.

! Será obligación del adjudicatario la limpieza diaria y sistemática de la vía pública que resulte afectada, incluido el ensuciamiento derivado del trasiego de maquinaria y vehículos de limpieza

! La empresa adjudicataria será responsable de la limpieza de la vía pública en todo lo relativo a las maniobras limpieza

Carga, descarga y transporte de materiales. ! De las operaciones de descarga del respectivo vehículo, así como del transporte

de cualquier material, se responsabilizará el adjudicatario y el conductor del vehículo como el titular del mismo.

! Para la organización de las maniobras de descarga en las EDAR de EMASESA se cumplirán las prescripciones establecidas en el presente Pliego

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7. Contaminación atmosférica Calidad del Aire: Las emisiones que se producen durante la ejecución de los trabajos pueden ser:

! Emisiones de gases de los tubos de escape de los vehículos ! Proyección de partículas sólidas o liquidas en suspensión, procedentes de las

tareas de limpieza de la red. En el caso de que la actividad desarrollada por el adjudicatario durante el servicio conlleve emisiones a la atmósfera de cualquier naturaleza, la empresa adjudicataria adoptará las medidas necesarias para su minimización. EMASESA podrá solicitar las evidencias de las medidas adoptadas, estando la empresa obligada a suministrar la información pertinente.

Las medidas básicas establecidas para su control son las siguientes:

Para controlar las emisiones de gases de los vehículos o de la maquinaria:

• Los vehículos y maquinaria serán objeto de los correspondientes controles de ITV, e inspecciones obligatorias, así como de un mantenimiento planificado en los plazos normativamente señalados.

• Se limitará la velocidad de los vehículos durante las operaciones mediante señalización y/o indicaciones. Ruido.

• Se reducirán los ruidos producidos fundamentalmente por el funcionamiento de la maquinaria, por mala manipulación de materiales y por trabajos mecánicos de los operarios, etc.

• Como norma general los motores de los vehículos y maquinaria se mantendrán parados siempre que no estén realizando trabajos y se limitarán las señales acústicas siempre y cuando no repercuta en la seguridad de las personas.

• Toda la maquinaria dispondrá de su correspondiente marcado CE, o en su defecto, su adecuación al RD 1215/1997.

• Siempre que resulte posible, se ejecutarán las tareas más ruidosas en horarios compatibles con la actividad de la zona descrita en el PGOU correspondiente. En los casos en que la naturaleza de la actividad, o la repercusión al servicio imposibiliten adaptarse a estos horarios, el adjudicatario previamente a la ejecución de los mismos, documentará las medidas correctoras a aplicar, lo que requerirá aprobación previa por parte de los Servicios Técnicos de EMASESA. Igualmente, realizará la actuación de las operaciones más ruidosas, lo más rápida posible, evitando que la percepción molesta del ruido se grave con la duración del mismo.

• El adjudicatario evitará, en la medida de lo posible, las afecciones de ruido a zonas especialmente sensibles (colegios, equipamiento sanitario, residencial etc), debiendo ser consensuados los trabajos en estas zonas con los Servicios Técnicos de EMASESA

• La maquinaria que trabaja al aire libre deberá cumplir los requisitos establecidos en la legislación vigente en cuanto a emisiones de ruido.

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8. Contaminación de suelos y agua. Operaciones de repostaje, engrase, limpieza y mantenimiento de la maquinaria:

• Está prohibido realizar los cambios de líquidos contaminantes (aceite, líquido de frenos) de la maquinaria adscrita al servicio en el lugar donde se realicen las intervenciones. En cualquier caso se dispondrá de material absorbente para recoger posibles derrames accidentales.

• El repostaje de la maquinaria se realizará sobre zona hormigonada y tomando todas las medidas preventivas necesarias para evitar el derrame de combustible.

Ningún otro equipo se someterá a actividades de limpieza en el emplazamiento de la intervención. En caso de ser necesario, se hará en seco, con trapos, paños, papel, material absorbente, etc depositándolos posteriormente en el contenedor que le corresponda, de acuerdo a su peligrosidad.

9. Afección a la flora y la fauna. En lo referente al arbolado del viario, se atenderá a lo dispuesto en la Ordenanza de Arbolado, Parques y Jardines Públicos en el Municipio de Sevilla o cualquier otra que se promulgue en el ámbito de actuación de EMASESA.

10. Consumo de recursos y materias primas. Para controlar el consumo del agua empleada en la limpieza de la red, las pautas de actuación se describen a continuación:

• Para la carga del tanque de agua de los camiones se utilizará preferentemente agua no potable, obtenida de puntos de servicio de EMASESA.

• Los dispositivos instalados para el aporte de agua han de quedar perfectamente cerrados cuando ésta no sea necesaria.

11. Cambio Climático. Anualmente y antes del 1 de marzo, el contratista remitirá a los Servicios Técnicos de EMASESA las emisiones de gases efecto invernadero generadas como consecuencia del servicio y realizados bajo la metodología en vigor del Ministerio de Agricultura, Alimentación, Pesca y Medio Ambiente. Para ello podrá contar con el apoyo de la UF de Gestión Ambiental.

12. Actuación ante situaciones de emergencia ambiental. Ante una emergencia, que afecte a la seguridad de las personas, se actuará según lo establecido en el Plan de Seguridad y Salud del servicio, informando de manera inmediata a los Servicios Técnicos de EMASESA y analizando la posible incidencia ambiental.

Una vez finalizada la emergencia, el adjudicatario procederá a gestionar los aspectos ambientales generados de acuerdo a la normativa vigente, documentando las causas de la emergencia, sus consecuencias y la gestión posterior de los aspectos generados, informando de todo ello a los Servicios Técnicos de EMASESA.

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El adjudicatario adoptará las medidas de prevención necesarias para evitar cualquier incidente ambiental durante el desarrollo de los trabajos, actuaciones, servicios o suministros incluidos en el contrato, en especial las que afecten negativamente a las instalaciones públicas de saneamiento o al suelo. En caso de generar vertidos, residuos, otros incidentes que puedan contaminar el agua, el aire o el suelo, informará de ello a los Servicios Técnicos de EMASESA y se responsabilizará de aplicar las medidas correctivas necesarias, disponiendo de todas las medidas de contención para evitar fugas y derrames.

Se verá obligado a reparar las consecuencias de cualquier incidente o accidente ambiental que, por su inadecuada actuación o mera negligencia, pueda generar durante el desarrollo del contrato. Igualmente el adjudicatario asumirá las responsabilidades que puedan derivarse por daños de carácter ambiental, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Responsabilidad Medioambiental. Así mismo, comunicará a EMASESA inmediatamente, cualquier incidencia ambiental detectada en el transcurso de la obra/servicio y de forma fehaciente por escrito con posterioridad.

13. Vigilancia y seguimiento ambiental. Se deberá asegurar la correcta gestión y seguimiento ambiental del servicio, con objeto de garantizar el cumplimiento de las indicaciones y medidas establecidas en el presente documento.

Los Servicios Técnicos de EMASESA comprobarán el cumplimiento de los requisitos ambientales mediante inspecciones, desempeñando las siguientes funciones:

• EMASESA llevará a cabo, tantas veces como se estime necesario, la supervisión y control ambiental de las actividades desarrolladas por el adjudicatario, debiendo la empresa facilitar el acceso al personal de EMASESA. Para la debida comprobación del cumplimiento ambiental de las condiciones de este pliego y de las órdenes de los Servicios Técnicos, EMASESA designará a los técnicos que crea conveniente, dando cuenta de ello al adjudicatario. Las órdenes de los Servicios Técnicos de EMASESA tendrán carácter ejecutivo, sin perjuicio de los demás derechos legales del contratista una vez cumplidas.

• Las tareas de inspección se realizarán con una periodicidad variable y en función de la envergadura y tipología de la actuación, así como de la sensibilidad del entorno en el que se desarrolle la misma.

• Supervisar las soluciones planteadas por el adjudicatario a los problemas ambientales que surjan durante la ejecución del servicio.

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ANEXO Nº 7: ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD