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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)

Iíiíhi Muyoi n" 5 ■ 284JO SuKbuoma (Matine!) Tolalono: 91 Sfi-l OO Si Khx: 91 H64 1O S3 c.l.F. P-2BO«8OOEwww í

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO

DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE PLAGAS DEL MUNICIPIO DE GUADARRAMA Y ENLOS EDIFICIOS PÚBLICOS E INSTALACIONES MUNICIPALES.

1.- JUSTIFICACIÓN Y NECESIDADES DEL SERVICIO

Determinadas especies animales representan un problema para la Salud Pública y el bienestar

de la población a! estar implicadas, directa o indirectamente, en la propagación de ciertas

enfermedades transmisibles. Por ello las actividades de Desratización. Desinsectación y

Desinfección, constituyen, desde eí punto de vista sanitario, pilares esenciales para controlar

las poblaciones de artópodos, asi como de roedores con incidencia negativa en la población.

Estas plagas se consideran instaladas en la mayoría de los municipios, frecuentando la red de

alcantarillado público, zonas abandonadas, etc., por ser aquellas que reúnen las condiciones

necesarias para su asentamiento. Teniendo en cuenta la imposibilidad de erradicar por

completo estas plagas, el objetivo del control de plagas urbanas es la mejora del bienestar de

los residentes urbanos, la reducción de las enfermedades transmisibles y el mantenimiento de

ambientes sanos.

Los tratamientos de control de plagas son realizados por empresas autorizadas para tales fines

por las Comunidades Autónomas, según lo establecido en la Orden SCO/3269/2006, de 13 de

octubre, por la que se establecen las bases para la inscripción y funcionamiento del Registro

Oficial de Establecimientos y Servicios de Biocidas. desarrollada en la Comunidad de Madrid

por la Orden 700/2010, de 29 de diciembre, por !a que se crea el Registro de Establecimientos

y Servicios de Biocidas

La Ley 7/1985, de 2 de abril. Reguiadora de las Bases del Régimen Local y la Ley 14/1986, de

25 de abril, General de Sanidad, atribuye a los Ayuntamientos las responsabilidad de control

del medio ambiente (saneamiento de aguas residuales, residuos urbanos e industriales,

etcétera) que puedan favorecer la aparición y proliferación de artrópodos y roedores con

incidencia para la salud pública en el ámbito de su territorio, asi como velar, con carácter

preventivo, por el mantenimiento de las condiciones higiénico-sanitarias de las instalaciones e

infraestructuras Municipales Para el cumplimiento de estos fines es imprescindible llevar a cabo

la contratación de este servicio de control de plagas necesario para mantener la salud pública

en nuestro municipio.

2.- OBJETO DEL CONTRATO.

El presente Pliego de Prescripciones Técnicas tiene por objeto regular y definir el alcance y las

condiciones técnicas que habrán de seguirse para la contratación del servicio de prevención y

control de plagas del municipio de Guadarrama y en los edificios públicos e instalaciones

municipales, así como las que, sin serlo, se considere necesario aplicar los servicios por

motivos de salud pública.

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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)iaiu Muyur. rr s ZB.I1O Oiiuutitn.irna (MtiUiid) ■ TtoKMono: «1 Sbt OO 61 ■ Fn« f>1 BS4 10 sa - CI.R P-^BOOBOOE

ttdfgi^vlfii'rnmníiTi

lucha antivectorial integrada y permanente contra roedores comensales, artrópodos nocivos ygérmenes patógenos, manteniendo en el tiempo las operaciones de eliminación, reducción y

control mediante la aplicación de los métodos físicos, mecánicos, biológicos y/o químicos {en

este orden) que sean necesarios.

Las actividades a realizar por la empresa adjudicataria serán las necesarias para controlar las

poblaciones de vectores que pueden constituir un riesgo para la salud pública, pérdida

económica o deterioro del patrimonio público y de la calidad de vida en el municipio en general.

o para edificios, dependencias o servicios en particular.

Para el control de plagas urbanas en ambientes interiores y el área de influencia exterior de las

instalaciones interiores se exigirá el cumplimiento de la norma UNE EN 16636: 2015. que

especifica los requisitos relativos a los servicios de gestión de plagas y ias competencias que

los proveedores profesionales de dichos servicios deben cumplir para proteger la salud pública,

los bienes y el medio ambiente.

En cuanto a las plagas objeto de control se contemplan las mencionadas en el segundo párrafo

de este punto, quedando excluidas las plagas fitosanitarias, a excepción de aquellas que

puedan suponer un riesgo para la salud púbiica según el ámbito donde se produzcan.

3.- ÁMBITO DEL SERVICIO

El ámbito territorial que abarca este servicio se extiende al municipio de Guadarrama,

considerando especialmente.

• La totalidad de la red de alcantarillado.

• Edificios e instalaciones municipales y/o públicos. En anexo I se relacionan las

dependencias municipales. Se incluirán todas aquellas instalaciones o infraestructuras

municipales que se vayan creando durante la vigencia del presente contrato.

• Área de redes subterráneas de instalaciones o edificios municipales.

• En lugares privados cuando la Autoridad Sanitaria competente y/o la Autoridad judicial lo

ordene, incluyendo viviendas, locales o instalaciones de cualquier tipo que con motivo de

su abandono, apertura o realojo representen un riesgo sanitario

También se atendería alguna posible incidencia que se detecte en los siguientes ámbitos:

• Solares municipales.

• Zonas verdes municipales, plazas, parques y jardines.

• Semáforos y red de alumbrado.

• Sistema de contenedores soterrados.

• Otras redes municipales.

En el caso de que se produjera alguna circunstancia extraordinaria de riesgo para la salud

pública derivada de la presencia de plagas urbanas, el adjudicatario deberá realizar los trabajos

necesarios con los medios de que disponga dentro del ámbito de actuación, o incluso si las

zonas afectadas sobrepasan el ámbito de actuación, sin que tales actuaciones implique

incremento económico del servicio.

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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)

Plaza Mayor, 11" S ■ 284JD Guatlouiimd (Mmirid) ■ ToliSfono: O 1 8S<1 UO S I ■ Fax. DI Bi-í lo 53 ■ CI.F. R-;?HOtiaooh£

4- DURACIÓN DEL CONTRATO

La duración de la prestación objeto del presente contrato será de cuatro años, pudiéndose

prorrogar por otros dos por mutuo acuerdo expreso de las partes antes del a finalización del

contrato.

5.- PRECIO DE LICITACIÓN

El precio máximo estipulado anual no superará los 8.700 €, IVA no incluido (10%).

6- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

Las empresas licitadoras propondrán los sistemas que les parezca oportuno para disminuir y/o

mantener el grado de infestación admisible por la O.M.S. en cada uno de las áreas de

tratamiento.

Las empresas licitantes presentarán un Proyecto o Programa de Control Integrado de Plagas

Urbanas para disponer de un servicio básico de control de plagas donde se contemple al

menos las siguientes actuaciones:

Actuaciones planificadas:

Se establece una serie de inspecciones/tratamientos generales que abarcarán el ámbito fisico

contemplado en este pliego, teniéndose en cuenta el ciclo biológico de los posibles vectores y

las condiciones climatológicas o climáticas que puedan intervenir en el mismo, con el número

de tratamientos que figura en el anexo I

• Programa de Desratización y Desinsectación del alcantarillado municipal.

• Programa de Desratización, Desinsectación y Desinfección en edificios públicos e

instalaciones municipales.

• Mantenimiento del nivel poblacional conseguido mediante los tratamientos aplicados. Se

deberá contemplar un programa periódico de inspección y control de la situación del

alcantarillado.

Actuaciones puntuales:

• Atención de incidencias detectadas en el plazo temporal existente entre los diferentes

tratamientos de choque realizados para el control de plagas en los diferentes ámbitos

• Atención a alguna posible denuncia de los ciudadanos respecto a la aparición de plagas

urbanas en los espacios físicos contemplados en el presente pliego.

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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)Plaza Mayor rv 5 ■ KB4-1O 3uK)armmB (Mm)tiel) ■ Teléfono: 91 esa OObi Fan.'JI B64 lasa ■ O.l F P-:>aOSSac)t

ld'ii'Miiiirlfigiiciiliirriimíi £»(¿

7- DESARROLLO DEL SERVICIO

El desarrollo del servicio seguirá el procedimiento de control integrado de plagas, orientado a la

protección de la salud y el medio ambiente. Para ello todas las actuaciones realizadas deben ir

precedidas de una diagnosis que determinará el alcance de las medidas de control y/o

correctoras a realizar.

También se implantará un sistema de seguimiento, evaluación y control de la efectividad de los

métodos que se han empleado.

La periodicidad y las fechas de los tratamientos se coordinarán con los técnicos municipales.

Se elegirá para los tratamientos la época y fechas del desarrollo de ia especia diana más

apropiada y de mayor vulnerabilidad, considerando la alimentación, metamorfosis, ciclos

biológicos, conductas, etc.

La prestación del servicio se realizará en horario y forma de manera que no se ponga nunca

en peligro la salud de las personas ni al medio ambiente en general. Tampoco generarán

molestias ni perturbaciones en el funcionamiento de los servicios públicos y en la normalidadciudadana, debiendo adecuarse el horario de actuación a las directrices señaladas por los

técnicos municipales.

Los avisos de incidencias se remitirán preferentemente por correo electrónico a la empresa

adjudicataria haciendo constar la fecha y hora de la transmisión. La empresa estará obligada asu atención en el plazo máximo de 7 días naturales, exceptuando ios casos de urgencias que

se tramitarán en un plazo máximo de 24 h. Las incidencias en instalaciones municipales

tendrán carácter de urgencia, como norma general.

El parte de trabajo se pondrá a disposición de los técnicos municipales, indicando el día y hora

de realización de la inspección y/o tratamiento así como de la diagnosis. Se complementará

con el certificado de tratamiento y diagnosis.

Los técnicos municipales podrán modificar la frecuencia, el horario, los días y los lugares

donde se efectuará la prestación del servicio, atendiendo al interés público y del servicio o

cuando las circunstancias excepcionales, como causas climatológicas o cualquier otra de

fuerza mayor asi lo requieran.

En los edificios municipales se establecerán las medidas necesarias de seguridad para los

usuarios/as y trabajadores/as, cumpliendo en todo momento con los plazos de seguridad y

protocolos de actuaciones que deberán coordinarse con los técnicos municipales y con la

persona responsable del centro a tratar.

Se delimitarán las distintas zonas del municipio de Guadarrama en diferentes secEores en

función de su situación o nivel de infestación. Esta forma de actuación permitirá realizar los

tratamientos de manera sectorial y príorizada en función del nivel de infestación real y/o

esperable. Los tratamientos serán planificados en función de las necesidades y características

puntuales de cada sector, con los condicionantes que en cada caso existan.

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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)laxa M.W01 n" S 7B14D Goodorrapnu (Madrid) ■ Telefona- 91 »!>■! DO Bi ■ I1»". 91 KM 1O B3 ■ C i-F- r-»-ü£toeeooe

En todas las actuaciones la empresa adjudicataria extremará el cuidado y las medidas deseguridad para acometer las actividades con las máximas garantías de seguridad para las

personas, animales y el medio ambiente.

El personal técnico aplicador cumplimentará con cada servicio los partes de trabajo,

proporcionados por la empresa adjudicataria, en los que se reflejarán como mínimo:

• Registros de alcantarillado y/o zonas objeto de inspección y/o tratamiento.

• Signos de infestación observados y vectores detectados.

• Indicadores de actividad de la especie plaga (nivel de presencia de la especie plaga,

consumo de cebos preinstalados, en el caso de trampas adhesivas especie, número y

fase de desarrollo).

• Datos del estado del alcantarillado o de la zona a tratar e incidencias medioambientales

de interés.

• Datos del tratamiento realizado (tipo de plaguicida, dosificación, cantidad aplicada).

La empresa adjudicataria comunicará de modo inmediato cualquier incidente o accidente que

se produzca durante la prestación del servicio.

La empresa adjudicatarta proporcionará un número de teléfono operativo todos los días del año

y a todas horas, para atender las posibles urgencias.

Si fuera necesario aplicar tratamientos con productos plaguicidas/ biocidas en los edificios y

dependencias municipales, se comunicará previamente al centro la fecha en la que se realizará

la intervención, la hora (que obligatoriamente será fuera de la jornada labora!) y las medidas de

seguridad previas y posteriores a la aplicación. En tos centros educativos los tratamientos se

realizarán en vacaciones, los fines de semana y en caso de urgencia, fuera del horario laboral,

extremando las medidas de seguridad y teniendo en cuenta el plazo de seguridad de los

producios utilizados.

8- RECURSOS DE LA EMPRESA

La empresa adjudicataria deberá mantener, durante todo el tiempo de duración del contrato, el

equipo material y humano necesario para satisfacer adecuadamente las necesidades del

servicio.

RECURSOS HUMANOS

El personal necesario para realizar los trabajos de desratización, desinsectación y desinfección

dependerá exclusivamente de la empresa adjudicataria. por tanto ésta tendrá todos los

derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones

vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales con el

personal a su cargo.

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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)

El personal aplicador y el responsable técnico, cumplirán con lo dispuesto en el Real Decreto830/2010. de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitaciónpara realizar tratamientos con biocídas. El personal "aplicador" dispondrá de acreditaciónprofesional homologada de "Aplicador de Plaguicidas nivel básico", mientras dure el periodotransitorio de validez de dichos carnés, o dispondrán de acreditación de la cualificaciónprofesional de Servicios de control de plagas (nivel 2). El responsable técnico, se encontrará enposesión de certificado acreditación profesional homologada de 'apiicador de plaguicidas nivel

cualificado", o dispondrá de la formación profesional de cualificación profesional de gestión de

servicios para el control de organismos nocivos (nivel 3). Se considerará igualmente

capacitados quienes se encuentren en posesión de titulo universitario relacionado con la

sanidad ambiental o ingeniería sanitaria.

El responsable técnico será responsable directo de la planificación, seguimiento y evaluación

de los programas de trabajo, y se encargará además de la coordinación y relación con los

técnicos municipales.

En el supuesto de sustitución o baja de personal, se cubrirá el puesto de trabajo a la menor

brevedad posible y, como máximo, dentro de los 3 días siguientes a la baja del trabajador. La

planificación de los periodos de descanso y vacaciones se realizará de manera que las

necesidades del servicio sean convenientemente atendidas y teniendo en cuenta la

estacionalidad de las piagas a prevenir y/o controlar.

En supuesto de nueva normativa relativa a la cuaüficación profesional, la empresa adjudicataria

deberá proceder a las actualizaciones correspondientes asumiendo los costes que ello pudiera

implicar.

RECURSOS MATERIALES

La empresa adjudicataria aportará, a su cargo, los siguientes recursos materiales necesarios

para la ejecución de los trabajos y que dispondrá de los mismos desde el inicio del contrato:

• Vestuario y equipos de protección individual (EPI's).

• Material de aplicación de biocidas que cumplirán la normativa y homologación vigentes.

• Material de trabajo complementario.

• Vehículos, con las siguientes características mínimas: furgonetas de tamaño medio con

separación estanca entre zona de carga y zona de conducción, ventilación de la caja del

vehículo, luces rotativas de señalización de emergencia,

• Biocidas {insecticidas y rodenticidas).

Se deberá prever un número de vehículos y maquinaria suficiente de reserva por si se

produjera cualquier circunstancia que dificultara el normal funcionamiento del servicio.

Los gastos que deriven de los recursos materiales como mantenimiento y reparación de

vehículos y materiales adscritos al servicio, los ocasionados por la corrección de deficiencias

observadas en las inspecciones, etc serán a cargo del adjudicatario.

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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)lcii-il Mnvor, n" S ■ PB-4-1C) «Huillín lime (IUUkIiIO) ri.-lúturiO: El 1 HtiA OO hl - Fax- 151 Bíj-l IO í\3 C.I.F.

La empresa deberá utilizar en la prestación del servicio, como minimo, trampas de

monitorización, identificación y control de fas especies objeto de control, insecticidas y

rodenticidas en diferentes formulaciones, desinfectantes, fungicidas y acaricidas necesarios

para establecer un sistema de control basado en la lucha integral de plagas.

Respecto de la maquinaria, se dispondrá al menos de pulverizadores manuales mecánicos,

nebulizadores, espolvoreadores, termonebulizadores, aplicadores de cebo insecticida, bombas

de aplicación y cebaderos entre otros.

Todo vehículo que desarrolle su trabajo en la vía pública será perfectamente visible y dispondrá

de los sistemas de seguridad y señalización que le sea de aplicación para preservar a los

operarios en las operaciones.

La sustitución de vehículos o maquinaria será inmediata si hay avería, siendo causa de sanción

si se interrumpe o queda sin prestar el servicio.

El Ayuntamiento entenderá que el material ofertado en la propuesta por la empresa

adjudicataria es e! suficiente para la prestación del servicio. Si no fuera suficiente, la empresa

adjudicataria adquirirá eí necesario asumiendo el coste.

Los biocidas que se utilicen en los distintos tratamientos deberán estar registrados en el

registro correspondiente del Ministerio de Sanidad y Consumo.

Los biocidas utilizados se adaptarán a las condiciones especificas del ámbito temporal y físicodel servicio, eligiendo en cada momento los más apropiados en función del resultado de las

diagnosis realizadas.

Nunca se utilizarán biocidas calificados como tóxicos o muy tóxicos, según la legislación

vigente.

9.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA.

La empresa adjudicataria deberá poseer un número de inscripción en el Registro Oficial deEstablecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad Autónoma de origen en la que tenga

ubicada su sede, delegación o instalaciones, cumpliendo en todo momento con los requisitos

legales necesarios para el ejercicio de sus competencias.

Deberá cumplir con la legislación en materia fiscal, social, laboral y de prevención de riesgos

laborales vigente en el momento de la firma del contrato o las que se puedan crear o modificar

durante el periodo de vigencia del mismo, quedando el Ayuntamiento de Guadarrama

exonerado de responsabilidad por un posible incumplimiento de la misma.

Deberá asumir la total responsabilidad por los daños o deterioros que puedan producirse en

inmuebles, instalaciones, vehículos, animales y/o personas, como consecuencia del desarrollo

de los trabajos realizados. Por ello, deberá justificar la suscripción de una póliza de seguro deresponsabilidad civil y daños a terceros por un importe suficiente como para cubrir con

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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)Plaza Mnyoi n" s ■ saaaa QuMiaiñma CMuctna) ■ TsMiorio: si bsj uo üi ■ f*x: 01 B54 iob3- c i.f

ntaYltonloclíiriLi

solvencia los riesgos derivados de las actividades, incluidos los ambientales, no inferior a

600.000 €.

La prestación del servicio se realizará por personal de la empresa adjudicataria y bajo su

exclusiva responsabilidad, sin que pueda subcontratar la prestación de este servicio.

La empresa adjudicataria será responsable del cumplimiento de todos los servicios

contratados, por tanto, no le servirán de excusa las faltas que realicen los suministradores o

trabajadores que para él efectúen suministros o trabajos.

Si hubiera alguna denuncia de los ciudadanos por aparición de plagas urbanas, el aviso se

atendería en un plazo inferior a 7 días, salvo las actuaciones de urgente necesidad que

deberán ser atendidos inmediatamente en un plazo inferior a 24 h.

Deberá adoptar las medidas necesarias de seguridad en la aplicación de los tratamientos de

acuerdo con la legislación vigente, en particular en los edificios municipales. Para ello aportará

un protocolo de seguridad y actuación en la documentación a presentar

El adjudicatario eliminará cualquier residuo que se genere (restos de biocidas, asi como los

envases que los contienen.) que los entregará a un gestor autorizado para su gestión y

eliminación (Real Decreto 180/2015. de 13 de marzo, por el que se reguía el traslado de

residuos en el interior del territorio del Estado).

Deberá estar inscrita en el Registro de pequeños productores de residuos peligros de la

Comunidad de Madrid según Articulo 37 Registro de Pequeños Productores de Residuos

Peligroso de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.

Deberá guardar total confidencialidad comprometiéndose a cumplir la ley de protección de

datos de carácter personal.

El adjudicatario no podrá hacer declaraciones a medios de comunicación o entregar

documentación o datos concernientes al servicio sin la autorización expresa del Ayuntamiento

de Guadarrama.

10.- CONTROL DE LOS SERVICIOS

Los servicios contratados estarán sometidos a control y seguimiento permanente por lostécnicos municipales, estando obligada la empresa adjudicataria a facilitar toda la información

requerida en relación con el servicio a prestar y confeccionar todos los partes de trabajo en un

modelo que. entre otros, especificará:

• Los productos utilizados.

• Las aplicaciones realizadas conforme al plan de trabajo, indicando la fecha, el lugar y

las incidencias que se hayan podido producir.

• Las aclaraciones correspondientes si se tratara de un foco detectado por una

denuncia ciudadana, por ejemplo.

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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)

lnín Mayar, n" 5 ■ HS-l-lO CIliiiiI hitcima (MurlucJ) ■ Tolólonor OÍ HSJ UD 51 - Fax- B1 8M 1O S3 - C.I.F P-HBOtt«OOElíliírfrñoi

Éstos se pondrán a disposición del Ayuntamiento en el menor tiempo posible.

El programa de control de plagas urbanas deberá ser coordinado con los servicios técnicos

municipales.

La empresa realizará la recogida de los datos necesarios durante la ejecución de los

programas de control que servirán posteriormente para la elaboración de estudios y/o informes

sobre la situación del municipio en cuanto a la prevención y control de plagas. Se entregará un

informe diagnóstico de la situación del municipio con carácter semestral e informes periódicos

de las actuaciones planificadas y puntuales realizadas. No obstante se le podrá requerir en

cualquier momento información o documentación sobre las actuaciones realizadas.

La empresa estará obligada a aceptar todas las inspecciones, controles y solicitudes de

documentación y/o información que los técnicos municipales consideren oportuno para realizar

labores de comprobación y control de los recursos humanos y materiales asignados al servicio,

pudiendo rechazar la maquinaria y/o material que a su juicio no resulte apropiado. En este caso

la empresa adjudicataria lo sustituirá por otro en e! menor tiempo posible siguiendo las

directrices de ios técnicos municipales.

El Ayuntamiento se reserva el derecho a solicitar la realización de mejoras en los trabajos de

control de plagas reflejados en el Pliego de Prescripciones Técnicas siempre que los mismos

no supongan la utilización de mano de obra suplementaria a la prevista en el mismo, quedando

la empresa adjudicataria obligada a realizar las mismas, sin que ello implique bonificación

alguna en el precio ofertado

11.-GARANTÍA

El cumplimiento del objetivo general del contrato se observará con la ausencia continuada de

plagas como consecuencia de los tratamientos, evaluaciones, revisiones y operaciones de

mantenimiento efectuadas.

La empresa adjudicataria efectuará todos los trabajos que se requieran según lo estipulado en

el presente pliego, de forma que quede asegurada la eficacia det servicio de control de plagasen el municipio, edificios públicos e instalaciones municipales incluidas en el presente pliego.

Si se detectan roedores, insectos y/u organismos diana en los centros y lugares a tratar, la

empresa adjudicataria efectuará las intervenciones adicionales que sean necesarias para su

erradicación, sin coste adicional al de la oferta y sin limite de actuaciones o aplicaciones.

La empresa adjudicataria garantizará la efectividad de los servicios realizados, así como la

veracidad de la utilización de los productos detallados en cada servicio de tratamiento

efectuado, siendo responsable de su utilización y de las consecuencias que pudiera originar la

utilización de otros productos distintos a los indicados.

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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)lBza Moyoi. m" 5 ■ ad-l-IO Lkmdar..un.l (MitOcrcO T.ilrilono: 91 «£"» OU5" ■ Fnx f> I 8S4 IO 53 ■ C.I.F. P-USOBSOaE

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12.- PROYECTO DETALLADO

Los licitadores deberán presentar una Memoria Técnica detallando el programa de control a

desarrollar indicando de forma detallada las actuaciones además de la justificación del

programa de control propuesto y que como mínimo deberá contener los siguientes apartados:

1. Estudio preliminar sobre el problema en el área objeto de la campaña y catalogación de

los focos necesarios para la definición del servicio en sus aspectos esenciales y para la

valoración de los trabajos a realizar.

2. Definición de la campaña. Definición, programación y periodicidad de las actuaciones

propuestas, que deberá incluir una programación temporal detallada y justificada de las

actividades a realizar, asi como de los informes sobre la evolución de la campaña que se

facilitarán al Ayuntamiento para el seguimiento de la misma.

3. Criterios para la decisión de los tratamientos en base a un sistema de control

integrado de plagas urbanas.

4. Seguimiento: Detalle sobre la documentación, registros u otros sistemas para dejar

constancia del trabajo realizado. También se planteará la formulación de informes o

métodos para el seguimiento sobre la correcta ejecución del servicio.

5. Metodologías y técnicas: Detalle del tipo de actuación y de los tipos de aplicación a

realizar.

6. Productos: Principios activos y formulados propuestos, con especificación en su caso, de

la rotación de productos a establecer. Los formulados propuestos no deberán estar

incluidos en las categorías toxicológicas "tóxico" o "muy tóxico". Cualquier cambio en los

productos destinados a la campaña reflejados en la oferta deberá ser comunicado y

autorizado previamente por el Ayuntamiento. Deberá aportarse copia de la resolución de

inscripción en el Registro de Biocidas, asi como de la ficha de seguridad de datos de los

formulados propuestos. Se especificará cantidades totales/año estimadas.

7. Recursos humanos: Personal dedicado al desarrollo del programa: número de equipos,

asi como su composición y dedicación de los mismos Se aportará una estimación del

número de horas anuales que se dedicarán al servicio.

8. Recursos materiales. Detalle de los materiales y equipos técnicos que se pondrán a

disposición de ¡a campaña (tipo y número), incluyendo vehículos.

9. Sistema y protocolo de atención de denuncias Plan de atención a las posibles

denuncias efectuadas por los ciudadanos y/o técnicos municipales. También se detallarán

los tiempos de atención y respuesta.

10. Planificación de la actividad preventiva de riesgos laborales, donde se incluyen lasmedidas preventivas que deben implantarse en la empresa para eliminar y/o reducir losriesgos laborales en los trabajadores (equipos de protección individual, señalización, etc).

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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)

Ih-íh Mayor, n" ■> ■ 284JD Guadarrama (M»a<.ci) TelAlono: 91 «íi* OO G i ■ fax- 91 SS-i 1O 63 ■ C l.F, Pwww.4ivi'ntammnl odidcj 1 j.ktr*rr

Se indicarán también las pautas a seguir para asegurar la existencia de condiciones

adecuadas para permitir la entrada de personas en las dependencias que hayan sido

objeto de tratamiento.

11. Plan de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos La empresa adjudicataria

deberá cumplir con lo establecido en la legislación especifica y establecer un programa

para la eliminación de los residuos que se puedan generar como consecuencia del trabajo

realizado.

Dicho proyecto debe incluir toda aquella documentación justificativa de la oferta como:

• Justificante del seguro de responsabilidad civil.

• Carnés de aplicadores

• Inscripciones en el registro de pequeños productores de residuos peligrosos.

• Registros y fichas de seguridad de los biocidas.

13.- INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y SANCIONES.

La empresa adjudicataria está obligada al cumplimiento del Contrato con estricta sujeción al

Pliego y a las indicaciones que se realicen desde el Ayuntamiento de Guadarrama para la

mejor prestación del servicio desde el criterio municipal.

Se podrán imponer penaiizaciones por la deficiente prestación de los servicios, según tabla de

indemnizaciones reflejada en el Anexo II, las cuales repercutirán directamente sobre la factura,

previo informe del técnico correspondiente, dando cuenta inmediata a la empresa adjudicataria.

Si por causa imputable a la empresa adjudicataria, alguno de los servicios reflejados en el

contrato dejara de prestarse, se dejará de emitir la correspondiente factura, pero si dicha falta

se repite se procederá a la resolución del contrato.

Si no se cumple el programa de actuación o se exceden los plazos de respuesta ofertados para

ios distintos tratamientos, o que la aplicación del plan de control de plagas propuesto por el

adjudicatario no rindiera los efectos de control previstos, de manera que alguna de estas

circunstancias obligasen a la contratación directa con otra empresa para solventar laeventualidad, el Ayuntamiento podrá practicar la estricta minoración del importe, sin que el

adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna, y en su caso, llegar a la rescisión del

contrato en los términos establecidos en la legislación aplicable.

Las infracciones cometidas por la empresa adjudicataria por incumplimiento del contrato, se

penalizarán como indemnizaciones en función de lo estipulado en el anexo I.

14.-DOCUMENTACIÓN

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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)

Mayor, n" 5 CKimlnrrnmH |Mndrid) - Tolfilano: £>1 8S4 Oü 51 tix tu os» to 5ci

www iiviinmmi«1í

c.i.f.

Las empresas deberán presentar una propuesta de servicio respetando el Pliego de

Prescripciones Técnicas que contenga:

• Proyecto detallado del servicio.

• Medios con los que cuenta el contratista no adscritos al servicio ofertado para poder

asumir cualquier contingencia o avería que puede entorpecer el normal

funcionamiento del servicio.

15.- CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

Oferta económica: De 0 a 100 puntos

Se asignará la puntuación máxima, 100 puntos, a la mejor oferta económica que realice la

mayor bajada. El resto de propuestas recibirán una puntuación resultado de aplicar una reglamayor bajada

de tres inversa.

16.-FORMA DE PAGO

El pago se realizará por meses vencidos previa presentación de la correspondiente factura y la

oportuna tramitación. El proveedor deberá entregar la factura antes del dia 20 del mes

siguiente. El Ayuntamiento de Guadarrama pagará en los plazos legalmente establecidos

siempre antes de 60 días desde la presentación de la factura

Las facturas mayores de 5.000,00 euros se presentarán por via electrónica (optativo para lasfacturas de menor importe), según art. 4 de la Ley 25/2013 de 27 de diciembre, de impulso de

la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas en el Sector Público. Será

a través del portal de factura electrónica habilitado por el Ministerio de Economía y Hacienda(FACE). Para más información: http://www.facturae.gob.es/que-

desea/Paginas/administraciones-publicas.aspx; portal de acceso: https;//face.gob.es/es/.

Los datos que le requerirá la plataforma para el envío de la factura al Ayuntamiento de

Guadarrama son los siguientes:

OFICINA CONTABLE LA0002616

ÓRGANO GESTOR U\0001922

UNIDAD TRAMITADORA LA0004873

CONTABILIDAD

ÓRGANOS DE GOBIERNO

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

En Guadarrama, a 13 de mayo de 2016

LA TÉCNICO DE, PREVENCIÓN

Fdo. Evade Maria de Antonio

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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)

Pluzu Muyoi n" 5 Toti'itooo: t>1 «í>«t CÍO SI m m ■ c i.F

ANEXO I- RELACIÓN DE INSTALACIONES Y TRATAMIENTOS.

INSTALACIONES

1. ALCANTARILLADO Y VIARIO

PUBLICO

2. LASIERRA1-NAVE

3. NAVES0 LIMPIEZA VIARIA Y

RECOGIDA DE BASURAS, 01

ROMERO. 3 ABPol. Ind. La

Mata

4. PUNTO LIMPIO, a CAMINO

LABORES 8, Pol. Ind. La Mata

5. CTRA. GUADARRAMA-

COLLADO MEDIANO. KM 2

6. P° DE LA ALAMEDA, 4-

ARALAR

7. PLAZA MAYOR, 1-2

8. PLAZA MAYOR, 4

9. PLAZA MAYOR. 5

10. PLAZA MAYOR. 6

11. PLAZA MAYOR. 8

12. PLAZA MAYOR, 9

13. C/ ARCIPRESTE DE HITA. 1-

POLICIA

14. RECADERO COLLAR, 1-

URBANISMO/ CATASTRO

15. LA CALZADA. 10 - HOGAR DEL

PENSIONISTA

16. COLEGIO SIERRA

TRATAMIENTOS Y MANTENIMIENTOS

Desratización y desinsectación.

Mantenimiento del nivel poblacional conseguido mediante los

tratamientos de choque. Se deberá programar una serie de

revisiones de inspección y control de la situación del alcantarillado

entre los periodos temporales existentes entre dos tratamientos de

choque,

Tratamiento de choque inicial y anualmente desraíízación,

desinsectación y desinfección en aseos, vestuarios y duchas.

Además, un mantenimiento anual.

Tratamiento de choque inicial y anualmente desraíización,

desinsectación y desinfección en aseos, vestuarios y duchas.

Además, un mantenimiento anual.

Tratamiento de choque inicia! y anualmente desratización,

desinsectación y desinfección en aseos.

Además, un mantenimiento anual.

Tratamiento de choque inicial y anualmente desratización,

desinsectación y desinfección en aseos, vestuarios y duchas.

Además, un mantenimiento anual.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización.

desinsectación y desinfección en aseos.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización,

desinsectación y desinfección en aseos.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización.

desinsectación y desinfección en aseos.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización.

desinsectación y desinfección en aseos.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización,

desinsectación y desinfección en aseos.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización,

desinsectación y desinfección en aseos.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización,

desinsectación y desinfección en aseos.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización,

desinsectación y desinfección en aseos y vestuarios.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización.

desinsectación y desinfección en aseos.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización,

desinsectación y desinfección en aseos y vestuarios.

Tratamiento de choque inicia! y anualmente desratización,

desinsectación y desinfección en aseos.

13

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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)

Muyoi. ri" 5 - ;jü**-lü 91 »!•■• oo 31 Fax Oí 8:>-> 1O c.i R

17. COLEGIO VILLA

18. LOS HERRENES, S/N-ALFONSO

X EL SABIO

19. LOS ESCORIALES. 3- CASA DE

NIÑOS

20. CERVANTES. 1-C.C.

CERVANTES

21. PZA. DE LA TORRE, S/N- LA

TORRE

22. DEHESA DEL SOTO. S/N- C.

FORMACIÓN

23. ESCUELA DE MÚSÍCA

24. C. NATACIÓN- LOS

ESCORÍALES. S/N

25 POLIDEPORTIVO ANTIGUO-C/

LOS ESCORIALES. S/N

25 PISCINA DE VERANO-LOS

ESCORIALES, S/N

27. CAMPO DE FÚTBOL- LOS

ESCORIALES, S/N

28. NAVE DE PROTECCIÓN CIVIL

29. C/ ALFONSO SENRA, 17-

ARCHIVO

30. C/CENTRO DE DÍA

31. EL RASO

32. ESCUELA INFANTIL LOS TILOS

33, CENTRO DE INTERPRETACIÓN

EL GURUGÚ

Además, un mantenimiento anual.

Tratamiento de choque inicial y anualmente desratizacion.

desinsectación y desinfección en aseos.

Además, un mantenimiento anual.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización.

desinsectación y desinfección en aseos y camerino.

Tratamiento de choque inicial y anualmente desratización.

desinsectación y desinfección en aseos.

Además, un mantenimiento anual.

Tratamiento de choque inicial y anualmente desratización.

desinsectación y desinfección en aseos.

Además, un mantenimiento anual.

Tratamiento de choque inicial y anualmente desratización,

desinsectación y desinfección en aseos y camerinos.

Además, un mantenimiento anua!.

Tratamiento de choque inicial y anualmente desratización,

desinsectación y desinfección en aseos y vestuarios.

Además, cinco mantenimientos al año.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización,

desinsectación y desinfección en aseos.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización,

desinsectación y desinfección en aseos, vestuarios y duchas.

Además, un mantenimiento anual.

Desratización, desinsectación en almacenes, cuartos técnicos y

pasillos de uso por personal. Desinfección en aseos, vestuarios y

duchas.

Además, tres mantenimientos al año.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización,

desinsectación y desinfección en aseos, vestuarios y duchas.

Tratamiento de choque inicial y anualmente desratización,

desinsectación y desinfección en aseos, vestuarios y duchas.

Además, un mantenimiento anual.

Tratamiento de choque inicial y anualmente desratización,

desinsectación y desinfección en aseos y vestuarios

Además, un mantenimiento anual.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización y

desinsectación.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización,

desinsectación y desinfección en aseos.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización,

desinsectación y desinfección en aseos.

Tratamiento de choque inicial y anualmente desratización,

desinsectación y desinfección en aseos y vestuarios.

Además, un mantenimiento anual.

Tratamiento de choque inicial y anual de desratización,

desinsectación y desinfección en aseos.

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AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA (MADRID)

n" 5 - 9SA4O í-i nd) CQ 51 - Pan: f»1 US-I 10 & CI.F.

ANEXO II- INFRACCIONES

INFRACCIÓN

Retraso injustificado del comienzo de algún servicio, siempre que no ocurra

más de tres veces al mes o doce en el año, respecto a dia y horario previsto.

Incorrección en la prestación de ios servicios. Siempre que no se repita más de

seis veces en el año y no hay reiteración en un mes.

La descortesía del personal con los ciudadanos/as y los usuarios/as.

Incorrección en la prestación de los servicios, entre una y cinco veces en el

mes 0 entre seis y dieciocho veces en el año.

El retraso o interrupción de algún servicio más de una hora hasta tres, siempre

que no totalicen más de nueve horas ai menos o veinticuatro horas en el año.

Incumplimiento de prestaciones establecidas en materia de prevención de

riesgos laborales.

Incumplimiento de las directrices de los responsables municipales.

Alteración de los programas de control, técnicas, métodos, productos, etc sin el

previo acuerdo con los responsables municipales.

Incumplimiento de los protocolos de seguridad en edificios o infraestructuras.

El retraso o interrupción de algún servicio por más de nueve horas al mes o

más de veinticuatro al año.

Incorrección en la prestación de los servicios más de cinco veces en el mes o

más de dieciocho en el año.

CUANTÍA

150 €

150 €

150€

450 €

450 €

450 €

450 €

450 €

450 €

700 €

700 €