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PLIEGOS DE CONDICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS CUADRO DE CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DEL CONTRATO REFERENCIA EXPTE: 12/2019 TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE: Ordinaria Urgente VARIOS CRITERIOS ÚNICO CRITERIO: OBJETO: TALLERES DEDICADOS AL ENVEJECIMIENTO ACTIVO PARA LOS MAYORES EN LA MANCOMUNIDAD DE SS.SS. Y MUJER LA MALICIOSA PERFIL DE CONTRATANTE PÁGINA WEB: hps://mancomunidad-lamaliciosa.org/ CÓDIGO CPV: 85320000, Programas de Servicios Sociales; 85322000Programas de Acción Municipal POSIBILIDAD DE LICITAR POR LOTES: SI NO IMPORTE: 71.840,16.-€ +10% IVA= 79.024,18.-€/ANUAL En letra: (IVA excluido) setenta y uno mil ochocientos cuarenta euros con dieciséis céntimos, anuales. PLAZO DE EJECUCIÓN: 1 AÑO, PRÓRROGAS: SI NO (PRORROGABLE POR PERIODOS ANUALES HASTA MÁXIMO DE 5 AÑOS) PROCEDIMIENTO: PROCEDIMIENTO ABIERTO REVISIÓN DE PRECIOS: SI NO GARANTÍA PROVISIONAL: NO PROCEDE GARANTÍA DEFINITIVA: EXENTA (PLAN PARA EL IMPULSO DE LA CONTRATACIÓN SOCIALMENTE RESPONSABLE, PUBLICADA EN EL BOE EL DÍA 25 DE MAYO DE 2019) 1 Cód. Validación: 7G7WTMWQWRJ5J97WK6JRL2JDF | Verificación: http://mancomunidad-lamaliciosa.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 29

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PLIEGOS DE CONDICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS

CUADRO DE CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DEL CONTRATO

REFERENCIA EXPTE: 12/2019

TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE: Ordinaria Urgente

VARIOS CRITERIOS

ÚNICO CRITERIO:

OBJETO: TALLERES DEDICADOS AL ENVEJECIMIENTO ACTIVO PARA LOS MAYORES EN LA MANCOMUNIDAD DE SS.SS. Y MUJER LA MALICIOSA

PERFIL DE CONTRATANTE

PÁGINA WEB: https://mancomunidad-lamaliciosa.org/

CÓDIGO CPV: 85320000, Programas de Servicios Sociales; 85322000Programas de Acción Municipal

POSIBILIDAD DE LICITAR POR LOTES: SI NO

IMPORTE: 71.840,16.-€ +10% IVA= 79.024,18.-€/ANUAL

En letra: (IVA excluido) setenta y uno mil ochocientos cuarenta euros con dieciséis céntimos, anuales.

PLAZO DE EJECUCIÓN: 1 AÑO,

PRÓRROGAS: SI NO (PRORROGABLE POR PERIODOS ANUALES HASTA

MÁXIMO DE 5 AÑOS)

PROCEDIMIENTO: PROCEDIMIENTO ABIERTO

REVISIÓN DE PRECIOS: SI NO

GARANTÍA PROVISIONAL: NO PROCEDE

GARANTÍA DEFINITIVA: EXENTA (PLAN PARA EL IMPULSO DE LA CONTRATACIÓN SOCIALMENTE

RESPONSABLE, PUBLICADA EN EL BOE EL DÍA 25 DE MAYO DE 2019)

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PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: No inferior a 15 días naturales desde el

día siguiente a la publicación en el Perfil del Contratante y en la Plataforma de Contratación del

Sector Público.

LICITACIÓN ELECTRÓNICA: SI NO a través de la Plataforma de la

Contratación del Sector Público.

1.- NATURALEZA Y REGIMEN JURÍDICO DE LOS CONTRATOS

a) Los contratos de servicios que celebre la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer la Maliciosa al amparo del presente pliego modelo tendrán naturaleza administrativa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25 de la LCSP, como contrato típico de servicios definido en el artículo 17 de la LCSP, y se ajustarán, entre otros, a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores; así como asegurar, en conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto, y el principio de integridad, una eficiente utilización de los fondos destinados a la prestación de servicios, definiendo las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la mejor oferta.

b) Estos contratos se regirán, en primer lugar, por lo establecido en este pliego y en los restantes documentos, que revestirán carácter contractual.

En lo no regulado expresamente en dichos documentos contractuales, se regirán por lo dispuesto en la LCSP, por el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinado preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP), y demás disposiciones aplicables a los contratos administrativos celebrados por las Administraciones Públicas.

En caso de discordancia entre el presente pliego y cualesquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá lo dispuesto en este pliego y de forma específica lo establecido para cada contrato en el CCP.

c) Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo, y en su defecto las de derecho privado.

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2.- FORMA DE ACCESO AL PERFIL DEL CONTRATANTE Y PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA

De conformidad con el art. 63 de la LCSP, a efectos de asegurar la transparencia y el acceso público a la actividad contractual a través de la documentación necesaria a tales efectos, como los pliegos modelo de cláusulas administrativas particulares, los Cuadros de Características Particulares, los anuncios de licitación y demás documentos e información a que el precitado artículo 63 hace referencia, la forma de acceso público al perfil del contratante de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer la Maliciosa es a través de la plataforma de contratación del sector público https://www.contrataciondelestado.es

La presentación de ofertas y de solicitudes de participación se llevarán a cabo utilizando medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional decimoquinta.

Las propuestas se presentarán a través de la plataforma de contratación pública electrónica.

Una vez presentada una proposición a través de dicha plataforma de contratación pública se generará un aviso de recepción electrónico que garantizará la fecha, hora y contenido de la oferta.

Las ofertas extemporáneas serán excluidas, a no ser que se acredite que la presentación fuera de plazo es por razones operativas de la propia plataforma. Se entenderá cumpliendo el plazo si se inicia la transmisión dentro del mismo y finaliza con éxito.

Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse al presente pliego, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.

Las proposiciones serán secretas y cada licitador no podrá presentar más de una proposición, tampoco se podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo han hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.

3.- ORGANO DE CONTRATACIÓN

De conformidad con la Disposición Adicional Segunda de la LCSP y con el art. 121 de la Ley 7/1985 Reguladora de Bases del Régimen Local, las competencias en materia de contratación se ejercerán por

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la Presidencia de la Mancomunidad, sin perjuicio de los acuerdos de delegación que pueda adoptar.

4.- JUSTIFICACIÓN DEL CONTRATO

Este servicio se realiza con el fin de desarrollar actividades destinadas a prevenir deterioro físico y/o psíquicos, así como restablecer hábitos de salud abandonados por desconocimiento o desidia, provocada estas en muchas ocasiones por la pasividad que en la que muchos mayores están inmersos. Se fomenta además la autonomía de las personas, estimulando el desarrollo de sus habilidades físicas y psíquicas, y secundariamente, pero no por ello menos importante facilitar la relación de pertenencia a un grupo social activo en evolución y capaz de organizarse por sí mismo

El artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, establece que el municipio para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer la necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.

La Ley 11/2003 de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 2 que los servicios sociales tienen por finalidad la promoción del bienestar de las personas, la prevención de situaciones de riesgo y la compensación de déficits de apoyo social, centrando su interés en los factores de vulnerabilidad o dependencia que, por causas naturales o sobrevenidas, se puedan producir en cada etapa de la vida y traducirse en problemas personales.

En su artículo 9 recoge entre las funciones de los Servicios Sociales:

c) Prevención de las causas que generan situaciones de vulnerabilidad o desventaja para las personas, mediante la intervención en contextos y grupos de riesgo.

d) Apoyo para la adquisición o recuperación de habilidades y capacidades personales que faciliten el desenvolvimiento autónomo, la permanencia en el medio habitual de convivencia y la participación en la vida social de los individuos.

i) Desarrollo de actuaciones para combatir la exclusión y la discriminación y promover la inclusión social, favoreciendo así la cohesión de la sociedad.

j) Protección de los derechos de las minorías, implantando las medidas de refuerzo necesarias para facilitar su acceso normal a los recursos ordinarios.

n) Promoción, en las materias propias de los servicios sociales, de las condiciones para que la libertad y la igualdad del

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individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, así como remoción de los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud, e impulso de la participación de todos los ciudadanos en la vida social.

La Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa tiene entre sus funciones:

- La prevención de las causas que generan situaciones de vulnerabilidad o desventaja para las personas, mediante la intervención en contextos y grupos de riesgo.

- El apoyo para la adquisición o recuperación de habilidades y capacidades personales que faciliten el desenvolvimiento autónomo, la permanencia en el medio habitual de convivencia y la participación en la vida social de los individuos.

- El desarrollo de actuaciones para combatir la exclusión y la discriminación y promover la inclusión social, favoreciendo así la cohesión social.

5.- OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del presente contrato es la realización de TALLERES DEDICADOS AL ENVEJECIMIENTO ACTIVO PARA LOS MAYORES EN LA MANCOMUNIDAD DE SS.SS. Y MUJER LA MALICIOSA, en los municipios que componen la Mancomunidad.

Estos talleres se han venido desarrollando en la Mancomunidad desde el año 2004, dentro del Programa de la Prevención de la Dependencia y Promoción de la Autonomía Personal. Para la impartición de este tipo de actividades es necesario personal especializado responsable de las actividades formativas de carácter estable.

El objetivo general de los talleres es el desarrollo tanto cognitivo como físico de las personas mayores de la Mancomunidad, retrasando los procesos de dependencia y potenciando la autonomía personal proporcionado así alternativas que mejoren su calidad de vida y fomentando su participación en el entorno social.

Los objetivos específicos son:

- Potenciar un envejecimiento activo y saludable a través del desarrollo de actividades y talleres.

- Favorecer la convivencia y la comunicación, evitando el aislamiento social y fomentando las relaciones personales.

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- Promover la participación de los mayores en la vida social de los municipios.

- Atención a la demanda de los mayores para la participación en los talleres y otras actividades programadas por la Mancomunidad.

Los talleres se dividirán en tres bloques, por un lado, talleres que favorezcan el envejecimiento físico activo, por otro lado, los talleres que favorezcan el envejecimiento cognitivo activo y por último, talleres que tengan que ver con la autonomía personal de nuestros mayores.

6.- ANALISIS TÉCNICO

6.1.- Consideraciones técnicas y requerimientos, CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN:

Las normas generales de funcionamiento de todos estos talleres serán las siguientes:

- El catálogo de actividades, el horario y la ubicación de las mismas para cada municipio se determinará por la Mancomunidad y se pondrán en común en una reunión de coordinación entre la empresa adjudicataria y personal de la Mancomunidad que se desarrollará con carácter general en la segunda quincena de julio. Se priorizará la no coincidencia de actividades en el mismo municipio que permita que los usuarios/as de los mismos concurran a varias actividades ofertadas.

- Las inscripciones a los talleres se realizarán por personal de la Mancomunidad con carácter general en el mes de septiembre.

- El resultado de las inscripciones será trasladado a la empresa adjudicataria para la organización de los diferentes talleres por municipios, en la última semana del mes de septiembre.

- Los talleres se desarrollarán con carácter general durante el curso que comprenderá los siguientes periodos:

o Octubre- diciembre: 10 semanaso Enero- mayo: 20 semanas

- Las actividades quedarán interrumpidas durante los periodos de navidad y semana santa.

- Para el desarrollo de los talleres se requerirá un mínimo de 10 participantes, transcurridas 5 sesiones con una media inferior a los citados participantes se ofrecerá de común acuerdo con la empresa y a propuesta de la Mancomunidad un cambio en la temática plateada, no abonándose las sesiones no efectivamente realizadas. La empresa deberá hacer efectivo el

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cambio de temática de taller antes de transcurridos 15 días desde la última sesión realizada.

- La Mancomunidad se reserva el derecho a modificar o suprimir las actividades a lo largo del curso.

- La Mancomunidad se reservará el derecho de admisión a los talleres.

- La prestación del servicio recogido en el presente pliego, quedará siempre supeditada a la disponibilidad presupuestaria anual de la Mancomunidad, recogida en su presupuesto.

- Los costes indirectos contemplados en el presente pliego comprenden los materiales para la realización de los talleres. En el caso que alguno de los talleres requiriera materiales por encima del presupuesto estimado, éstos correrán a cargo de los participantes, y previa autorización por parte de la Mancomunidad.

La prestación de los talleres conllevará la realización de:

- Asistencia a las reuniones de coordinación con personal de la Mancomunidad que se desarrollarán de la siguiente forma:

A. Una reunión de inicio para el cierre de la temática de los talleres.

B. Una reunión de coordinación a la finalización del primer trimestre de realización de los talleres, es decir en el mes de diciembre.

C. Una reunión de coordinación en el mes de marzo.D. Una reunión de cierre de los talleres en el mes de mayo.E. La mancomunidad y el adjudicatario estarán en

permanente contacto durante todo el desarrollo de los servicios.

- Recepción y aceptación de las listas de asistentes a los talleres que se facilitarán desde la Mancomunidad a los adjudicatarios, así como trasladar las asistencias y ausencias a los mismos por parte de los alumnos/as.

- Desarrollo efectivo de las sesiones de todos los talleres organizados.

- Elaboración de los materiales didácticos que pudieran proceder para los alumnos/as, así como para el seguimiento del desarrollo de las sesiones de los diferentes talleres.

- Asistencia y preparación del Festival navideño de mayores por una duración total de 2 horas por taller que participe en el mismo.

- Envío por administración electrónica de los listados mensuales de asistencia a los talleres, con el modelo que desde la Mancomunidad se establezca. Salvo en incidencias de

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ausencia de participantes, la falta injustificada a tres sesiones seguidas conllevará la baja del participante y la entrada de uno nuevo de la lista de espera. Esto se hará en coordinación con personal de la Mancomunidad La Maliciosa.

- Elaboración de una memoria anual a la finalización de la actividad en el formato establecido desde la Mancomunidad, donde constarán al menos descripción de la actividad realizada, y valoración cualitativa, detallando las horas de servicio prestadas, los participantes iniciales y los que finalizan el taller, así como las incidencias acaecidas en el mismo. Además, se realizará una valoración del impacto de las actividades en la mejora del bienestar de los participantes a las mismas, teniendo para ello que realizar una valoración inicial y una medición de beneficios al finalizar el curso.

- Deberán mantenerse los horarios establecidos desde la Mancomunidad en común acuerdo con el adjudicatario. Si por cualquier razón el horario ó ubicación de realización del servicio sufriera algún cambio respecto a lo establecido inicialmente, se comunicará a la responsable de la Mancomunidad para su autorización previa con la suficiente antelación a que haya de hacerse efectivo. El adjudicatario se encargará de avisar a los usuarios del servicio de dichos cambios.

- En caso de ausencia del monitor/profesor titular del taller, el adjudicatario/a con la antelación suficiente, podrá proponer un sustituto/a para el tiempo de ausencia, que cuente con formación y experiencia similar al titular, para su autorización previa por la Mancomunidad.

- La empresa adjudicataria deberá adoptar durante la ejecución de los trabajos, todas aquellas medidas que resulten de aplicación y vayan encaminadas a promover la igualdad de hombres y mujeres, en particular aquellas contempladas en la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Estrategia madrileña para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres (2018-2021)

- Toda documentación, publicidad, imagen o materiales deberán emplear un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de géneros. La justificación final, deberá incorporar un informe abreviado de impacto de género, con indicadores, datos desglosados por sexo de personas usuarias

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o beneficiarias y comprensión de las medidas de igualdad aplicadas.

Los diferentes talleres se prestarán en todos los municipios que componen la Mancomunidad (Guadarrama, Cercedilla, Collado Mediano, Becerril de la Sierra, Los Molinos y Navacerrada), distribuidos por horas, grupos y temática de la siguiente forma:

1. TALLERES DE ACTIVIDAD FÍSICA: CATÁLOGO: YOGA, TAICHI, BAILES DE SALÓN, BAILES FOLKLÓRICOS, BAILES EN LÍNEA, GYMNASIA DE MANTENEMIENTO, GYMNASIA RÍTMICA VITAL, HAPPY LEGS, TÉCNICAS DE RELAJACIÓN Y ESTIRAMIENTOS, MARCHA NÓRDICA, Y OTROS TALLERES PROPUESTOS POR LOS LICITADORES(Cada licitador deberá ofertar al menos cuatro tipos de actividades diferentes por cada uno de los municipios de la mancomunidad, para posteriormente escogerlas): por un total de 834 horas anuales distribuidas por municipios de la siguiente manera;

A. Guadarrama: 294 horas/anuales (9 grupos+ 2 grupos verano)B. Cercedilla: 180 horas/anuales (6 grupos)C. Collado Mediano: 90 horas/anuales (3 grupos)D. Becerril de la Sierra: 60 horas/anuales (2 grupos)E. Los Molinos: 90 horas/anuales (3 grupos)F. Navacerrada: 120 horas/anuales (4 grupos)

2. TALLERES DE DESARROLLO COGNITIVO: CATÁLOGO: MEMORIA Y ESTIMULACIÓN COGNITIVA, MUSICOTERAPIA, BRAIN TRAINING, COGNIFIT, Y OTROS TALLERES PROPUESTOS POR LOS LICITADORES (Cada licitador deberá ofertar al menos cuatro tipos de actividades diferentes por cada uno de los municipios de la mancomunidad, para posteriormente escogerlas): por un total de 450 horas anuales distribuidas por municipios de la siguiente manera:

A. Guadarrama: 150 horas/anuales (5 grupos)B. Cercedilla: 90 horas/anuales (3 grupos)C. Collado Mediano: 90 horas/anuales (3 grupos)D. Becerril de la Sierra: 60 horas/anuales (2 grupos)E. Los Molinos: 30 horas/anuales (1 grupo)F. Navacerrada: 30 horas/anuales (1 grupo)

3. TALLERES DE DESARROLLO PERSONAL: CATÁLOGO: MANUALIDADES, PINTURA, INFORMÁTICA, TEATRO, ANIMACIÓN A LA LECTURA, BISUTERÍA, EDUCACIÓN SANITARIA (DIETAS ESPECIFICAS PARA PATOLOGÍAS) TALLERES DE AUTOCUIDADO PERSONAL, MAQUILLAJE, CORTE Y CONFECCIÓN, GANCHILLO, PACHTWORK, PINTURA EN TELA, Y OTROS TALLERES PROPUESTOS POR LOS LICITADORES (Cada licitador deberá ofertar al menos cuatro tipos de

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actividades diferentes por cada uno de los municipios de la mancomunidad, para posteriormente escogerlas): por un total de 540 horas anuales distribuidas por municipios de la siguiente manera:

A. Guadarrama: 135 horas/anuales (3 grupos)B. Cercedilla: 90 horas/anuales (2 grupos)C. Collado Mediano: 90 horas/anuales (2 grupos)D. Becerril de la Sierra: 90 horas/anuales (2 grupos)E. Los Molinos: 90 horas (2 grupos)F. Navacerrada: 45 horas /anuales (1 grupo)

El horario de prestación estará establecido por las necesidades del servicio y se determinará al comienzo de la prestación en la reunión de coordinación de comienzo de los talleres, en todo caso los talleres se desarrollarán de lunes a viernes en horario de mañana y tarde en espacios municipales determinados por la Mancomunidad.

La empresa adjudicataria deberá disponer de personal necesario con cualificación y titulación adecuada para efectuar los trabajos específicos del presente pliego de condiciones.

Para el correcto desarrollo de los talleres se deberá contar con personal del ámbito sociocultural y de la terapia ocupacional recreativa.

Este personal debe contar con al menos 2 años de experiencia en cada una de las materias desarrolladas en los talleres y dentro del ámbito de trabajo con el colectivo de mayores/tercera edad.

La empresa adjudicataria designará a una persona con capacidad de decisión que actuará como coordinador/a del servicio, con facultades organizativas, supervisoras o en su caso sancionadoras. Las relaciones entre la Mancomunidad y la empresa se llevarán a cabo a través de la persona responsable del programa de la Mancomunidad.

El presente servicio se distribuye en los siguientes lotes:

LOTE Nº 1

DENOMINACIÓN DEL PROYECTOTALLERES DE ACTIVIDAD FÍSICACARACTERÍSTICAS:27 talleres (octubre/mayo) con sesiones de 1 hora semanal por municipio (30 semanas) y 2 talleres de verano (junio, julio y septiembre) con sesiones de 1 hora semanal por municipio (12

UBICACIÓNGuadarrama, Cercedilla, Collado Mediano, Becerril de la Sierra, Los Molinos y Navacerrada

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semanas)

Duración (horas): 834 horas/anuales

Resumen de costes del Lote número 1:COSTES DIRECTOS: 33,71 €/hora (28.114,14 €)Costes del Personal para talleres (animación sociocultural/terapia ocupacional recreativa/coordinación talleres)

COSTES INDIRECTOS: 1 €/hora (834,00 €)Coste de materiales de los talleres

OTROS COSTES:Beneficio empresarial: 4,38 €/hora (3.652,92 €)

Total sin IVA: 39,09 €/hora (32.601,06 €)Iva 10%: 3,91 € (3.260,11 €)TOTAL CON IVA: 43,00 € (35.861,17 €)

LOTE Nº 2

DENOMINACIÓN DEL PROYECTOTALLERES DE DESARROLLO COGNITIVOCARACTERÍSTICAS15 talleres (octubre/mayo) con sesiones de 1 hora semanal por municipio (30 semanas)Duración (horas): 450 horas/anuales

UBICACIÓNGuadarrama, Cercedilla, Collado Mediano, Becerril de la Sierra, Los Molinos y Navacerrada

Resumen de costes del Lote número 2:COSTES DIRECTOS: 33,71 € (15.169,50 €)Costes del Personal para talleres (animación sociocultural/terapia ocupacional recreativa/ coordinación talleres):

COSTES INDIRECTOS: 1 €/ hora (450,00 €)Coste de materiales de los talleres

OTROS COSTES: Beneficio empresarial: 4,38€ (1.971,00 €)

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TOTAL SIN IVA: 39,09 € (17.590,50 €)IVA 10%: 3,91 € (1.759,05 €)TOTAL CON IVA: 43 € (19.349,55 €)

LOTE Nº 3

DENOMINACIÓN DEL PROYECTOTALLERES DE DESARROLLO PERSONALCARACTERÍSTICAS12 talleres (octubre/mayo) con sesiones de 1,5 hora semanal por municipio (30 semanas)

Duración (horas): 540 horas

UBICACIÓNGuadarrama, Cercedilla, Collado Mediano, Becerril de la Sierra, Los Molinos y Navacerrada

Resumen de costes del Lote número 3:COSTES DIRECTOS: 33,71 € (18.203,40 €)Costes del Personal para talleres (animación sociocultural/terapia ocupacional recreativa/ coordinación)

COSTES INDIRECTOS: 2 €/hora (1.080,00 €)Coste de materiales de los talleres

OTROS COSTES: Beneficio empresarial: 4,38 € (2.365,20 €)TOTAL SIN IVA: 40,09 € (21.648,60 €)IVA 10%: 4,01 € (2.164,86 €)TOTAL CON IVA: 44,09 € (23.813,46 €)

Para el cálculo de los costes directos de personal de talleres se ha aplicado el Convenio Colectivo estatal del sector de acción e intervención social y sus tablas salariales para los año 2018,2019,2020 y 2021.

El Convenio no establece desagregación por género, por lo que no existen diferencias por este motivo.

6.2.- Personal

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La empresa velará por el cumplimiento de las siguientes funciones de personal:

- Acudir a la instalación asignada con puntualidad, respetando los horarios de la programación

- Garantizar el cuidado de las instalaciones, materiales y espacios destinados a la actividad asignada

- Planificar las sesiones - Respetar las indicaciones del personal responsable de la

instalación- Cuando por causa de fuerza mayor, algún miembro del personal

docente no pueda prestar el servicio, lo comunicará a la Mancomunidad

- Dar aviso de cualquier anomalía o desperfecto que aprecie, bien sea en la instalación donde se desarrolle el programa o bien en el equipamiento a utilizar.

- Ofrecer a los participantes un trato amable y de colaboración en las cuestiones que les sean planteadas.

- Tomar las medidas necesarias para la prevención de accidentes en el desarrollo de la actividad.

Sin perjuicio de aquellas concretas obligaciones que puedan fijarse en el CCP, al adjudicatario le corresponden las siguientes obligaciones:

- El contratista dará cumplimiento a cuanto obligan las leyes en materia laboral, debiendo estar al corriente en el pago de las cuotas de los Seguros Sociales, Accidentes, Mutualidades y demás carácter laboral. Recaerá únicamente sobre el contratista cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de tales obligaciones. Los servicios técnicos podrán requerir al contratista para que aporte documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones de índole laboral, a los que deberá, inexcusablemente, dar cumplimiento, y en especial la empresas adjudicatarias y, en su caso, todas las empresas de la cadena de subcontratación estarán obligadas a aplicar el convenio colectivo sectorial que legalmente corresponda, especialmente el pago del salario de los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato, siendo esta última obligación considerada de carácter esencial.

- La Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa en ningún caso asumirá relación laboral ni responsabilidad en especie alguna con el personal dedicado por el contratista a la ejecución del contrato.

- La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no

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alterar el buen funcionamiento de los trabajos (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento a la Mancomunidad.

- La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.

- La entidad adjudicataria sustituirá las posibles bajas que pudieran producirse en un periodo máximo de 7 días.

7.- ANALISIS ECONÓMICO. -

El presupuesto de licitación incluye todos los gastos necesarios para la ejecución del servicio en las condiciones establecidas en los pliegos técnicos y en particular los derivados de:

TOTAL ANUAL SIN IVA: 71.840,16 €/anual

TOTAL ANUAL CON IVA DEL 10%: 79.024,18 €/anual

- Contratación de personal- Suministros, equipamiento y medios materiales- Gastos de gestión (seguros de responsabilidad etc.)- Beneficio industrial

8.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINACIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL

Además de los requisitos reseñados, los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, que se acreditará mediante la inscripción del licitador en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar.

La Mesa de Contratación (permanente de la Mancomunidad) comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas

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Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar.

A tal efecto, la solvencia exigida para la correcta prestación del contrato que nos ocupa es la siguiente.

8.1.- Solvencia económica y financiera (art. 87 LCSP)

a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras, o en su caso

b) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales de una cuantía mínima del 20% del importe del contrato excluido IVA.

8.2.- Solvencia técnica y profesional (art. 90 LCSP)

El licitador deberá acreditar la solvencia mediante la aportación de la documentación acreditativa de alguno de los siguientes requisitos, en aras de acreditar que dispone de suficiente solvencia técnica para ejecutar el contrato objeto de licitación:

a) Una relación de principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, fecha y destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes.

b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. Todo el personal relacionado con la prestación directa de los talleres debe contar con al menos 2 años de experiencia en cada una de las materias desarrolladas en los talleres y dentro del ámbito de trabajo con el colectivo de mayores/tercera edad.

c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.

d) Control efectuado por el órgano de contratación, o en nombre de esto por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y si fuese necesario, sobre los

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medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad.

e) Curriculums profesionales del empresario y de los directivos de la empresa, y en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma.

f) Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.

g) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y el número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.

h) Declaración indicando la maquinaria, material, y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a las que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Si procede.

i) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar, en caso que proceda, conforme el art. 214 LCSP de 2017

9.- ANALISIS DE PROCEDIMIENTO

9.1.- Justificación del procedimiento y criterios de valoración

El procedimiento de adjudicación más adecuado para la adjudicación de un servicio es el Procedimiento Abierto, según el artículo 156 de la LCSP, utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación basados en el principio de mejor relación calidad-precio, que se evaluará con arreglo a los siguientes criterios:

Serán criterios de adjudicación los siguientes:

Criterios evaluables de forma automática (hasta un máximo de 60 puntos):

o Oferta económica . Por la mejora económica en el precio del presupuesto base de licitación. Hasta un máximo de 30 puntos

Se asignará la mayor puntuación (30 puntos) a aquella que mayor porcentaje de baja presente.

La puntuación obtenida por cada licitador (Pi) se obtendrá de la siguiente forma:

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Cuando:

Donde:

= puntos obtenidos por el licitador

= puntuación máxima a otorgar

=Baja de cada uno de los licitadores. Medida en % con relación al presupuesto de licitación

= baja de la oferta más barata, medida en % con relación al presupuesto de la licitación.

Cualquier minoración superior al 15% de la media de licitación podrá desestimarse, siendo considerada la oferta como anormal o desproporcionadas o bajas temerarias por presumirse impida la ejecución correcta del contrato, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 149 de la LCSP.

o Mejoras: hasta un máximo de 30 puntos

Se valorarán exclusivamente los contenidos que complementen las prescripciones técnicas y supongan innovaciones y mejoras respecto a la organización planteada. Los distintos aspectos que serán objeto de valoración serán los siguientes:

1º Incrementar el número de encuentros de coordinación entre el adjudicatario y la mancomunidad, con respecto a las establecidas en pliego (4 establecidas en pliego). Puntuable a partir de una reunión más de coordinación, (hasta 10 puntos).

2º Salidas relacionadas con la temática de los talleres, al entorno de los municipios. Puntuable a partir de una salida (hasta 10 puntos).

3º Realización de Jornadas con diferentes temáticas relacionadas con el envejecimiento activo, dirigidas a la población mayor de nuestros municipios. Puntuable a partir de una Jornada por cada municipio de la Mancomunidad (hasta 10 puntos).

En cada uno de los apartados se otorgará mayor puntuación a la propuesta más ventajosa. El resto de propuestas de valorarán proporcionalmente.

Criterios evaluables por juicios de valor (hasta un máximo de 40 puntos): formación específica y experiencia en el desarrollo de servicios de iguales o similares características

o Proyecto del servicio: diseño y metodología (hasta un máximo de 40 puntos) se deberá presentar un

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proyecto técnico en el que se incluya un programa de actividades a desarrollar, con una extensión máxima de 20 páginas a una cara para cada uno de los lotes a los que quieran licitar, en el que se describirán de manera específica y singular cada uno de los siguientes apartados, en función de las características específicas de los centros implicados:

Objetivos de los talleres Propuesta específica de las actividades a realizar

para cada uno de los lotes Implantación y seguimiento del Proyecto

10.- PRESENTACIÓN, CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS. -

El plazo de presentación de proposiciones será no inferior a 15 días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el perfil del contratante según el artículo 156 subsección segunda de la LCSP.

El acto de apertura de los sobres o archivos electrónicos conteniendo la proposición se hará en la mesa de contratación permanente de la Mancomunidad, siendo público el que haga referencia a la parte de la oferta evaluable a través de criterios cuantificables mediante las fórmulas establecidas en el pliego.

En el caso de que se contemplen criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, para lo que será requisito la presentación de dos sobres o dos archivos electrónicos, la valoración de dichas proposiciones será efectuada por los servicios técnicos de la Mancomunidad, en un plazo no superior a 10 días naturales.

En todo caso la apertura de proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de 20 días contados desde la fecha de finalización de la presentación de las propuestas.

En todo caso dicha valoración deberá estar efectuada con anterioridad al acto público de apertura del sobre que contenga la oferta evaluable a través de criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas. En dicho acto público se procederá a la lectura del resultado de aquella.

Tras dicho acto público en la misma sesión, la mesa procederá, previa exclusión, en su caso, de las ofertas que no cumplan los

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requerimientos del pliego, a evaluar y clasificar las ofertas, realizando la propuesta de adjudicación a favor del candidato con mejor puntuación.

La mesa de contratación permanente requerirá a la empresa que ha obtenido la mejor puntuación, mediante comunicación electrónica, para que, en un plazo de 5 días hábiles, a contar desde el envío de la comunicación:

- Acredite, en el caso de que el empresario deba recurrir a las capacidades de otras entidades, la disposición de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto de la acreditación de la solvencia de dichas entidades.

- Cualquier otra documentación que no esté inscrita en el Registro de Licitadores.

La resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil del contratante en el plazo de 15 días naturales.

La notificación y la publicidad deberán contener la información necesaria que permita a los interesados interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.

La notificación se realizará por medios electrónicos.

Formalización de los contratos: La formalización de los contratos deberá efectuarse no más tarde de los 15 días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación a los licitadores.

10.1.- Sobre o archivo electrónico nº 1- Documentación administrativa, Oferta económica y propuesta sujeta a evaluación posterior

Las empresas que figuren inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, no estarán obligadas a facilitar a aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique esta circunstancia.

Documentación administrativa:

CIF de la empresa Fotocopia de las escrituras de constitución de la empresa y/o de

Estatutos de la Asociación. Justificante de estar al corriente del pago en Hacienda Justificante de estar al corriente del pago de Seguridad Social

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Póliza de responsabilidad civil y accidentes.

Documentos relativos a la solvencia técnica, que se explicitan en el artículo 8.2. del este Pliego de Condiciones Técnicas.

Oferta económica/mejoras cuantificables automáticamente:

Se deberá incluir la oferta económica y el resto de los documentos relativos a la propuesta oferta que estén considerados de evaluación posterior por ser susceptibles de evaluación automática.

Las proposiciones deberán formularse en número y letra y para una anualidad, en caso de discordancia entre el número y la letra, se considerará válida la oferta expresada en letra.

Se aportará la siguiente documentación:

Oferta Económica según Anexo II Declaración de responsabilidad según Anexo I Mejoras En relación con lo establecido en el apartado “criterios

evaluables de forma automática”.

10.2.- Sobre o archivo electrónico nº 2-Documentos sujetos a evaluación previa

En este archivo se incluirán los criterios de adjudicación apreciables mediante juicios de valor que deberán ser objeto de evaluación previa por parte de la mesa de contratación.

Se aportará la siguiente documentación: En relación con lo establecido en el apartado “criterios evaluables por juicios de valor”

Proyecto para el servicio

11.- MESA DE CONTRATACIÓN

De conformidad con lo establecido en el artículo 326 y la Disposición Adicional segunda de la LCSP, la composición de la mesa de contratación será acordada por el órgano de contratación y estará publicada en el perfil del contratante.

12.- GARANTÍA DEFINITIVA

El artículo 107 de la LCSP regula la consignación de la Garantía definitiva. Por el tipo de contrato de servicios relacionados con la prestación de servicios sociales a personas pertenecientes a colectivos en riesgo de exclusión, no se requerirá la constitución de la garantía definitiva.

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Según el acuerdo por el que se aprueba el Plan para el Impulso de la contratación pública socialmente responsable en el marco de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en su cláusula Séptima, cuatro, referida a la garantía definitiva y su exención a licitaciones de contratos de servicios que tengan por objeto la prestación de servicios sociales o la inclusión a personas pertenecientes a colectivos especialmente vulnerables.

13.-PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO, SANCIONES, PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

Las infracciones cometidas por el adjudicatario en el cumplimiento del contrato objeto de esta licitación, se calificarán como faltas leves, graves o muy graves, y serán sancionadas con arreglo a lo dispuesto en esta cláusula.

a) Se consideran faltas leves:

1) Las imperfecciones no reiteradas en la prestación del servicio.

2) La interrupción o retraso en el inicio de las sesiones en la prestación de los talleres, por causas no justificadas y siempre que no sea reiterada.

3) La falta leve de consideración, respeto o amabilidad hacia los participantes de los talleres por parte del personal del servicio.

4) No mantener las condiciones de las instalaciones municipales y en el material utilizado para la prestación de los servicios.

5) En general, el incumplimiento o defectuoso cumplimiento de cualquiera de las condiciones de este pliego y la comisión de actos que repercutan negativamente en la imagen o servicio, o supongan una irregular prestación de los mismos, sin que, por el grado de su importancia, puedan calificarse como graves o muy graves.

b) Se considerarán faltas graves:

1) La comisión reiterada de faltas leves. Se entiende por reiteración la comisión de más de tres faltas de la misma clase o de seis de distinta naturaleza, en un semestre natural.

2) La interrupción en la prestación de cualquiera de las sesiones, sin previo aviso y sin la propuesta de un monitor sustituto como se señala en la cláusula 6.1 (Análisis técnico), sin causa justificada.

3) Las faltas graves de consideración o respeto hacia los participantes de los talleres por parte del personal del servicio.

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4) El incumplimiento no reiterado por el adjudicatario de las obligaciones laborales o de seguridad social con el personal adscrito a los talleres.

6) El incumplimiento de acuerdos o decisiones de la Mancomunidad sobre variaciones en los talleres que no impliquen gastos para el contratista.

7) La comisión de faltas no contempladas en ninguno de los apartados anteriores y que, a juicio de la Mancomunidad, merezcan la condición de graves.

8) En general, el incumplimiento o defectuoso cumplimiento de cualquiera de las condiciones de este pliego, y la comisión de actos que puedan repercutir en la prestación de los servicios y que, por el grado de su importancia, no puedan considerarse leves ni muy graves.

c) Se consideran faltas muy graves:

1) La comisión reiterada de faltas graves. Se entiende por reiteración la comisión de más de tres faltas de la misma clase o de seis de distinta naturaleza, en un semestre natural.

2) La paralización o interrupción de la prestación del taller por plazo superior a 2 sesiones, salvo causa justificada o fuerza mayor.

3) El retraso sistemático comprobado en los horarios, graves irregularidades reiteradas en la forma de la prestación.

4) El cese en la prestación de cualquiera de los servicios de los talleres por el adjudicatario, sin que existan circunstancias que lo justifiquen.

5) La desobediencia reiterada de órdenes escritas de la Mancomunidad, relativas al orden, forma, prestación, y régimen del servicio.

6) La percepción por el contratista o su personal de los talleres de cualquier remuneración, canon o merced por parte de los participantes a los mismo, a consecuencia de la prestación del servicio, salvo en los materiales necesarios para realizar el taller, que serán aportados por los alumnos/as, tal como se establece en la cláusula 6.1 (Análisis técnico).

7) Demora superior a un día sobre la fecha prevista en el comienzo de la prestación de los servicios, salvo causa de fuerza mayor.

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8) Prestación manifiestamente defectuosa o irregular del servicio, con incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente pliego o por las órdenes del servicio.

14.- SANCIONES

1.- El régimen sancionador se entiende dispuesto sin perjuicio de la regulación contenida en la normativa legal y reglamentaria aplicable.

2.- Las faltas cometidas por el adjudicatario se sancionarán de la siguiente forma:

a) Las faltas leves se sancionarán con multa de hasta 750 €.

b) Las faltas graves con multas de 751 a 1.500 €.

c) Las muy graves, con multa de 1.501 a 3.000 €.

En todo caso el importe de las sanciones será independiente, en su caso, de las detracciones que proceda efectuar en las facturaciones mensuales del servicio, por la no prestación del mismo o parte de él por el adjudicatario, o por la no justificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social.

El importe de las sanciones económicas será ingresado por el adjudicatario en el lugar que se le indique en la notificación de la sanción, dentro del plazo que al efecto se señale, y si transcurriesen dos días más sin haberse efectuado, la cantidad se incrementará en un 20%.

15. – CAUSAS DE RESOLUCIÓN DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS

1. Son causas de resolución del contrato, artículo 211 de la LCSP:

a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 98 relativo a la sucesión del contratista.

b) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.

c) El mutuo acuerdo entre la Administración y el contratista.

d) La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.

En todo caso el retraso injustificado sobre el plan de trabajos establecido en el pliego o en el contrato, en cualquier actividad, por

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un plazo superior a un tercio del plazo de duración inicial del contrato, incluidas las posibles prórrogas.

e) La demora en el pago por parte de la Administración por plazo superior al establecido en el apartado 6 del artículo 198 o el inferior que se hubiese fijado al amparo de su apartado 8.

f) El incumplimiento de la obligación principal del contrato.

Serán, asimismo causas de resolución del contrato, el incumplimiento de las restantes obligaciones esenciales siempre que estas últimas hubiesen sido calificadas como tales en los pliegos o en el correspondiente documento descriptivo, cuando concurran los dos requisitos siguientes:

1.º Que las mismas respeten los límites que el apartado 1 del artículo 34 establece para la libertad de pactos.

2.º Que figuren enumeradas de manera precisa, clara e inequívoca en los pliegos o en el documento descriptivo, no siendo admisibles cláusulas de tipo general.

g) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a los artículos 204 y 205; o cuando dándose las circunstancias establecidas en el artículo 205, las modificaciones impliquen, aislada o conjuntamente, alteraciones del precio del mismo, en cuantía superior, en más o en menos, al 20 por ciento del precio inicial del contrato, con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido.

h) Las que se señalen específicamente para cada categoría de contrato en esta Ley.

i) El impago, durante la ejecución del contrato, de los salarios por parte del contratista a los trabajadores que estuvieran participando en la misma, o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los Convenios colectivos en vigor para estos trabajadores también durante la ejecución del contrato.

2. En los casos en que concurran diversas causas de resolución del contrato con diferentes efectos en cuanto a las consecuencias económicas de la extinción, deberá atenderse a la que haya aparecido con prioridad en el tiempo

16. – TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL POR EL ADJUDICATARIO

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El contratista adjudicatario de un contrato, que acceda a datos de carácter personal, deberá respetar en su integridad las obligaciones recogidas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo, y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esto datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personal y de garantía de los derechos digitales.

A todos los efectos de normativa de protección de datos, el adjudicatario será considerado como encargado del tratamiento de los datos de los ficheros a los que tenga acceso y de acuerdo con ello se establece expresamente que el adjudicatario únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones de la Mancomunidad y que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figura en lo pactado entre las partes, ni los comunicará, no siquiera para su conservación, a otras personas.

Si el interesado o afectado ejercitara sus derechos de acceso, rectificación, supresión (derecho al olvido), limitación de tratamiento, portabilidad de los datos, oposición, y a no ser objeto de decisiones automatizada, ante la empresa adjudicataria ésta dará cuenta inmediatamente a la Mancomunidad.

Una vez cumplida la prestación de servicios pactada, y cuando ya no sean necesarios para continuar con el encargo realizado, los datos de carácter personal serán destruidos o devueltos al responsable del tratamiento (Mancomunidad) al igual que cualquier soporte o documentos en que consten algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.

No obstante una vez adjudicados los servicios y talleres objeto de este Pliego, el contratista firmará un contrato de acceso a datos con la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa.

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

LA PRESIDENTA DE LA MANCOMUNIDAD

ANEXO I

D. ________________________________, con DNI nº _________________, en su propio nombre o en representación de _______________________ con NIF__________

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DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:

Que cumpliendo todas las condiciones legalmente establecidas para contratar con la Administración, así como las condiciones particulares que rigen la licitación convocada por la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer la Maliciosa, se compromete, en caso de resultar propuesto como adjudicatario, a acreditar tales circunstancias, mediante la presentación de la documentación administrativa a que se refiere el Pliego Modelo de Cláusulas Administrativas Particulares, así como cualquier otro tipo de documentación por la que se rige esta licitación. Asimismo, se compromete a cumplir con todas las condiciones especiales de ejecución, contempladas en el presente Pliego de Condiciones.

Asimismo, declaro responsablemente:

Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación.

Que como firmante de la declaración ostento la debida representación de la sociedad que presenta la proposición. (En caso de licitar en nombre propio: Declara que tiene que capacidad necesaria para firmar la presente declaración).

Que la sociedad a la que represento (o el firmante de la declaración, cuando actúe en nombre propio), cuenta con la correspondiente clasificación, en su caso, o que cumple con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos en las condiciones

- Cuando en el Pliego se prevea la división en lotes del objeto del contrato, si los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos variaran de un lote a otro, se aportará una declaración responsable por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia.

- En el caso de las UTE, y sin perjuicio de las particularidades que puedan establecerse en el pliego, si se exige como condición objetiva la realización de contratos similares, dicho requisito se entenderá cumplido siempre que al menos una de las empresas que concurren en UTE cumpla el mismo sin que quepa la suma de los trabajos realizados por los integrantes de la misma.

- En los casos en que el empresario recurra a la solvencia y medios de otras empresas, declaración responsable de que va a disponer de los recursos necesarios, mediante la presentación a tal efecto del compromiso escrito de dichas entidades.

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- En los procedimientos restringidos, la declaración responsable, pondrá de manifiesto, además, que se cumple con los requisitos objetivos que se hayan establecido en el CCP.

Que la sociedad a la que represento (o el firmante de la declaración cuando actúe en nombre propio) no está incursa en prohibición de contratar por sí misma ni por extensión como consecuencia de la aplicación del art. 71.3 de la LCSP.

El compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresarios. Si varios empresarios concurren agrupados en una unión temporal, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, en caso de resultar adjudicatarios del contrato.

Que designa a la siguiente dirección de correo electrónico, a los efectos de practicar las notificaciones ___________________________________________

Además, las empresas extranjeras deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.

Fecha y firma del declarante

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ANEXO II

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D……………………………………………con D.N.I. nº …………………………………………………………………..domiciliado en…………………………………………………………………………………… C.P…………..…………. en su nombre o representación de la Empresa…………………………………………………………………….., C.I.F. nº………………………… con domicilio en ……………………………………………………………………………..…….. C. P.………………………… Teléfono……………………………… Fax…………………………………..

en relación con el contrato, lote, de:……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

DECLARO

I - Que he quedado enterado del anuncio publicado y/o la invitación a licitar en …………………………………………………………….de fecha ……………………………………………………………………. del contrato, lote, de………………………………………………………………………………………………………………………

II - Que igualmente conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que debe regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.

III - Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.

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IV – Que, en relación con el contrato de referencia, formulo la siguiente oferta

IMPORTES DE LICITACIÓN 1 Base imponible ……………………………………………………………….EUROS (……………….€) anual………% de IVA ………………………………………………………………….EUROS (……………… €)anual

(Lugar, fecha, sello y firma del apoderado de la empresa)

ESPECIFICACIONES PARA CUMPLIMENTAR LA OFERTA ECONÓMICA 1ª) Las Empresas licitadoras deberán rellenar la oferta económica de acuerdo a este modelo. El no presentar la oferta económica ajustada a este modelo y a las instrucciones que en el mismo figuran, podrá dar lugar a su desestimación. 2ª) Se indicará el importe en cifra y letra y por anualidad. 3ª) En caso de que haya varios lotes se presentará una proposición por cada lote. 6ª) La oferta económica se indicará teniendo en cuenta el presupuesto base de licitación sin incluir la posible prórroga.

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