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Fundado el 14 de Enero de 1877 Registrado en la Administración de Correos el 1o. de Marzo de 1924 GUANAJUATO, GTO., A 27 DE MARZO DEL 2007 NUMERO 50 AÑO XCIV TOMO CXV S E G U N D A P A R T E S U M A R I O : GOBIERNO FEDERAL - PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO CONVENIO Relativo al mecanismo de ajuste sobre las diferencias que esulten de los anticipos trimestrales otorgado por la Secretaría al Estado en los termínos del Decreto de Presupusto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006. GOBIERNO DEL ESTADO - PODER LEGISLATIVO FE DE ERRATAS al Decreto numero 45 relativo a la Ley de Ingresos, del Muncipio de Uriangato, Gto., para el Ejercicio Fiscal del año 2007. ACUERDO expedido por la Sexagésima Legíslatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, mediante el cual, se declaran revisadas las cuentas públicas municipales de Manuel Doblado, Gto., correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto del ejercicio fiscal del año 2004. ACUERDO expedido por la Sexagésima Legíslatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, mediante el cual, se declaran revisadas las cuentas públicas municipales de Manuel Doblado, Gto., correspondientes a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del ejercicio fiscal del año 2004. ACUERDO expedido por la Sexagésima Legíslatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, mediante el cual, se declaran revisadas las cuentas públicas municipales de Salvatierra, Gto., correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio, del ejercicio fiscal del año 2004. 6 8 11 12 13

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PERIODICO OFICIAL 27 DE MARZO - 2007 PAGINA 1

Fundado el 14 de Enero de 1877

Registrado en la Administración de Correos el 1o. de Marzo de 1924

GUANAJUATO, GTO., A 27 DE MARZO DEL 2007 NUMERO 50AÑO XCIVTOMO CXV

S E G U N D A P A R T E

S U M A R I O :

GOBIERNO FEDERAL - PODER EJECUTIVOSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO

CONVENIO Relativo al mecanismo de ajuste sobre las diferencias que esulten de los anticipostrimestrales otorgado por la Secretaría al Estado en los termínos del Decreto de Presupustode Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.

GOBIERNO DEL ESTADO - PODER LEGISLATIVO

FE DE ERRATAS al Decreto numero 45 relativo a la Ley de Ingresos, del Muncipio deUriangato, Gto., para el Ejercicio Fiscal del año 2007.

ACUERDO expedido por la Sexagésima Legíslatura Constitucional del Estado Libre ySoberano de Guanajuato, mediante el cual, se declaran revisadas las cuentas públicasmunicipales de Manuel Doblado, Gto., correspondientes a los meses de enero, febrero,marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto del ejercicio fiscal del año 2004.

ACUERDO expedido por la Sexagésima Legíslatura Constitucional del Estado Libre ySoberano de Guanajuato, mediante el cual, se declaran revisadas las cuentas públicasmunicipales de Manuel Doblado, Gto., correspondientes a los meses de septiembre, octubre,noviembre y diciembre del ejercicio fiscal del año 2004.

ACUERDO expedido por la Sexagésima Legíslatura Constitucional del Estado Libre ySoberano de Guanajuato, mediante el cual, se declaran revisadas las cuentas públicasmunicipales de Salvatierra, Gto., correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo,abril, mayo y junio, del ejercicio fiscal del año 2004.

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ACUERDO expedido por la Sexagésima Legíslatura Constitucional del Estado Libre ySoberano de Guanajuato, mediante el cual, se declaran revisadas las cuentas públicasmunicipales de Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Gto., correspondientesa los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio, del ejercicio fiscal del año 2004..

ACUERDO expedido por la Sexagésima Legíslatura Constitucional del Estado Libre ySoberano de Guanajuato, mediante el cual, se declaran revisadas las cuentas públicasmunicipales de San José Iturbide, Gto., correspondientes a los meses de enero, febrero,marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto del ejercicio fiscal del año 2004.

PRESIDENCIA MUNICIPAL - APASEO EL GRANDE, GTO.

ACUERDO Municipal, mediante el cual, se otorga el permiso de venta de los lotes queintegran al Desarrollo Habitacional denominado "Punta Diamante" Primera Etapa, ubicadoen el Municipio de Apaseo el Grande, Gto.

PRESIDENCIA MUNICIPAL - DOLORES HIDALGO, GTO.

ACUERDO Municipal, mediante el cual, se aprueba la Tercera Modificación al Presupuestode Ingresos, Egresos, Plantilla de personal y programa de inversión del Presupuesto 2006,del Municipio de Dolores Hidalgo, Gto.

PRESIDENCIA MUNICIPAL - LEON, GTO.

REGLAMENTO para la Competitividad y Mejora Regulatoria, del Municipio de León, Gto.

PRESIDENCIA MUNICIPAL - SALAMANCA, GTO.

ACUERDO Municipal, mediante el cual, se reforma el artículo 12 del acuerdo de constitucióndel Instituto Municipal de Salamanca para la Mujer, del Municipio de Salamanca, Gto.

ACUERDO Municipal, mediante el cual, de reforman las fracciones I, II, III y IV del artículo36 del Reglamento de compras, adquisiciones, enajenaciones de bienes muebles e inmueblesy servicios, del Municipio de Salamanca, Gto.

PRESIDENCIA MUNICIPAL - SANTA CRUZ DE JUVENTINO ROSAS, GTO.

ACUERDO Municipal mediante el cual, se crea el Fondo de Ahorro para el Retiro de losServidores Públicos de elección popular, del Muncipio de Santa Cruz de Juventino Rosas,Gto.

SECCION JUDICIAL

EDICTOS Y AVISOS.

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GOBIERNO FEDERAL - PODER EJECUTIVOSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

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PRESIDENCIA MUNICIPAL - APASEO EL GRANDE, GTO.

EL CIUDADANO SALVADOR OLIVEROS RAMÍREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DE APASEO ELGRANDE, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HACE SABER: QUE ELAYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL QUE PRESIDO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE MECONCEDE EL ARTICULO 115, FRACCION I Y II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOSUNIDOS MEXICANOS, ARTICULO 117, FRACCION I Y II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADODE GUANAJUATO Y ARTICULO 156 DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL, ARTICULO 7 FRACCION I DELA LEY DE FRACCIONAMIENTOS PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS EN LA114ª Y 10ª SESIONES ORDINARIAS DEL H. AYUNTAMIENTO, CELEBRADAS EL 22 DE SEPTIEMBREDEL 2006 Y EL 20 DE ENERO DEL 2007 RESPECTIVAMENTE, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIONSÉPTIMA DEL ARTICULO 112 DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL, SE APROBÓ LO SIGUIENTE: - - - -

ACUERDO.- UNICO: "SE APRUEBA EL DICTAMEN NO. CDU/73/06 EN EL CUAL SE OTORGAPERMISO DE VENTA DE LOTES DEL FRACCIONAMIENTO HABITACIONAL DENOMINADO: "PUNTADIAMANTE", UBICADO EN EL EJIDO DE "EL CASTILLO", DEL MUNICIPIO DE APASEO EL GRANDE,GTO., LA CUAL ESTARÁ SUJETA A LAS SIGUIENTES CONDICIONANTES: 1.- SE OTORGUE PARALOS LOTES QUE INTEGRAN LA PRIMERA ETAPA DEL FRACCIONAMIENTO CONSISTENTE EN:70LOTES DUPLEX Y 11 LOTES DE VIVIENDA UNIFAMILIAR. 2.- SE ENTREGUE EN UN TERMINO NOMAYOR DE 45 DIAS A PARTIR DEL DIA 20 DE ENERO DE 2007, LA ESCRITURACION DE LASVIALIDADES, AREAS DE EQUIPAMIENTO Y EQUIPOS DE SERVICIO DEL FRACCIONAMIENTO AFAVOR DEL MUNICIPIO DE APASEO EL GRANDE, GTO. 3.- EL DESARROLLADOR DEBERA FIRMARUN CONVENIO DE COLABORACION CON EL MUNICIPIO A FIN DE SOLUCIONAR LA PROBLEMÁTICAQUE ENFRENTA LA COMUNIDAD DE EL CASTILLO CON SU DRENAJE SANITARIO. 4.- DEBERAOTORGAR GARANTIA CORRESPONDIENTE POR LAS OBRAS FALTANTES DE URBANIZACION PORUN MONTO DE $943,286.73 M.N. (NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTAY SEIS PESOS 73/100 MN). 5.- QUE LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES COMPETENTESINSPECCIONEN Y EVALUEN LAS OBRAS DE URBANIZACION Y EQUIPAMIENTO PARA VERIFICAREL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE Y EN TANTO NO SE CUMPLAN LOSREQUISITOS LEGALES Y TECNICOS, NO SE PODRA HABITAR EL FRACCIONAMIENTO. 6.- SEDEBERA PUBLICAR EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATOEL PERMISO DE VENTAS QUE CONTENGA LAS CONDICIONANTES ANTES MENCIONADAS. 7.- LAVIOLACION A CUALQUIERA DE LAS DISPOSICIONES SERA MOTIVO DE CANCELACION DE LAAUTORIZACION DEL PERMISO DE VENTAS. SE APRUEBA CON 9 VOTOS A FAVOR."- - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A N T E C E D E N T E S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

PRIMERO.- QUE EL ING. RAUL G. HERNÁNDEZ REYNOSO, SOLICITO A ESTE HONORABLEAYUNTAMIENTO DE APASEO EL GRANDE, GUANAJUATO, CON FECHA 3 DE MAYO DE 2004 LAAUTORIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO HABITACIONAL DENOMINADO "PUNTA DIAMANTE",PRIMERA ETAPA EL CUAL PRETENDE DESARROLLAR EN EL PREDIO PROPIEDAD FIDUCIARIA DEBANCO MERCANTIL DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPOFINANCIERO BANORTE, DIVISIÓN FIDUCIARIA, EN EL FIDEICOMISO IRREVOCABLE TRASLATIVODE DOMINIO DE ADMINISTRACION E INVERSION DENOMINADO "PUNTA DIAMANTE", UBICADO ENEL EJIDO "EL CASTILLO" DE ESTE MUNICIPIO, MISMO QUE CUENTA CON UNA SUPERFICIE DE 1-48-40 HAS. UNA HECTÁREA CUARENTA Y OCHO ÁREAS CUARENTA CENTIÁREAS, Y LASSIGUIENTES COLINDANCIAS: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

AL NORTE, 71.603 SETENTA Y UNO PUNTO SEISCIENTOS TRES METROS CON BRECHA;

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AL SUR, 130.332 CIENTO TREINTA PUNTO TRESCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CONBRECHA; - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

AL NORESTE, 159.188 CIENTO CINCUENTA Y NUEVE PUNTO CIENTO OCHENTA Y OCHOMETROS CON MISMO PROPIETARIO (LINEA DE ALTA TENSIÓN); - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

AL OESTE, 145.661 CIENTO CUARENTA Y CINCO PUNTO SEISCIENTOS SESENTA Y UNMETROS CON BRECHA.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ACREDITANDO LA PROPIEDAD DEL PREDIO DESCRITO A TRAVES DE ESCRITURA PUBLICANo. 6,234 SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO, OTORGADA EN CELAYA, GUANAJUATO, EL28 VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DE 2004 DOS MIL CUATRO, ANTE LA FÉ DEL LICENCIADO EUGENIOCHICO GONZÁLEZ, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 20 VEINTE, INSCRITA EN EL REGISTRO PUBLICODE LA PROPIEDAD DE APASEO EL GRANDE, GUANAJUATO, BAJO EL FOLIO REAL NÚMEROR05*007225 EL 8 OCHO DE ABRIL DE 2005 DOS MIL CINCO, Y LIBRE DE GRAVAMEN.- - - - - - - - - -

SEGUNDO.- QUE SE DONO A FAVOR DEL MUNICIPIO UNA SUPERFICIE DE 3,379.06 M2DESTINADA A LAS AREAS VERDES Y EQUIPAMIENTO URBANO, DE ACUERDO CON ESCRITURAPÚBLICA NÚMERO 6,708 SEIS MIL SETECIENTOS OCHO TOMO C CENTESIMO DE FECHA 14CATORCE DE NOVIEMBRE DE 2005 DOS MIL CINCO ANTE LA FE DEL LICENCIADO EUGENIO CHICOGONZALEZ NOTARIO PUBLICO NUMERO 20 DE CELAYA, GUANAJUATO E INSCRITA EN EL REGISTROPUBLICO DE LA PROPIEDAD DE APASEO EL GRANDE, GUANAJUATO BAJO EL FOLIO REAL: R5*10631DE FECHA 2 DOS DE JULIO DEL 2006 DOS MIL SEIS.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

TERCERO.- QUE EL 17 DE AGOSTO DE 2005, EL CIUDADANO ING. RAÚL G. HERNÁNDEZREYNOSO, SOLICITO ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO Y PRESERVACIÓNECOLÓGICA DE ESTE AYUNTAMIENTO, EL PERMISO DE VENTA PARA LOS LOTES QUE INTEGRANEL DESARROLLO HABITACIONAL DENOMINADO "PUNTA DIAMANTE" .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - R E S U L T A D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

PRIMERO.- QUE SE OTORGO MEDIANTE OFICIO NUMERO DPD/638/07/05-A, EL 25VEINTICINCO DE JULIO DE 2005 DOS MIL CINCO, LA AUTORIZACIÓN DE TRAZA PARA ELFRACCIONAMIENTO DENOMINADO "PUNTA DIAMANTE". - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

SEGUNDO.- QUE SE OTORGO MEDIANTE OFICIO NUMERO DPD/663/08/05-A, EL 30 TREINTADE AGOSTO DE 2005 DOS MIL CINCO, LA LICENCIA PARA EJECUTAR OBRAS DE URBANIZACIÓNDEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "PUNTA DIAMANTE". - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

TERCERO.- QUE EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DEL INTERESADO PARA OBTENER ELPERMISO DE VENTA DE LOS LOTES QUE INTEGRAN EL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "PUNTADIAMANTE", SE LLEVO A CABO UNA SUPERVISIÓN AL DESARROLLO EN REFERENCIA,OBSERVÁNDOSE QUE SE ENCUENTRA TERMINADO AL 92% NOVENTA Y DOS POR CIENTO.- - -

CUARTO.- EL FRACCIONAMIENTO EN EL CUAL SE DESARROLLA, CUENTA CON UNASUPERFICIE TOTAL DE 1-48-40 HAS. UNA HECTÁREA CUARENTA Y OCHO ÁREAS CUARENTACENTIÁREAS.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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QUINTO.- QUE EL FRACCIONADOR HA EXHIBIDO TANTO CERTIFICADO DE LIBERTAD DEGRAVAMEN COMO EL PLANO DE LOTIFICACION A QUE SE REFIEREN LAS FRACCIONES I, II Y IIIDEL ARTICULO 49 DE LA LEY DE FRACCIONAMIENTOS PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO Y SUSMUNICIPIOS Y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - C O N S I D E R A N D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

I.- QUE ESTE HONORABLE AYUNTAMIENTO DE APASEO EL GRANDE, GUANAJUATO, ESCOMPETENTE PARA RESOLVER LAS SOLICITUDES DE PERMISO DE VENTA DE LOSLOTES DEL DESARROLLO QUE SE ESTABLEZCAN DENTRO DE SU CIRCUNSCRIPCIÓNTERRITORIAL, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 69FRACCION I, INCISO N) DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DEGUANAJUATO ARTICULO 7 FRACCION I, 8 FRACCIONES I A LA VI, 9 FRACCIONES IA LAXV Y 49 FRACCIONES I A LA IV DE LA LEY DE FRACCIONAMIENTOS PARA EL ESTADODE GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

II.- QUE LA PARTE INTERESADA OBTUVO LA AUTORIZACIÓN DEL DESARROLLO, CUBRIOLOS IMPUESTOS Y DERECHOS CORRESPONDIENTES, GARANTIZO A SATISFACCIÓNDE ESTE AYUNTAMIENTO LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN FALTANTES, CUMPLIENDOCON LO PREVISTO POR LOS ARTICULOS 50, 51 Y 52 DE LA LEY DE FRACCIONAMIENTOSPARA EL ESTADO DE GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

POR LO EXPUESTO Y FUNDADO SE RESUELVE- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

PRIMERO.- QUE ESTE HONORABLE AYUNTAMIENTO DE APASEO EL GRANDE,GUANAJUATO, TIENE PARA BIEN APROBAR EL PERMISO DE VENTA DE LOS LOTES QUE INTEGRANEL DESARROLLO HABITACIONAL DENOMINADO "PUNTA DIAMANTE", MISMOS QUE SE DETALLANA CONTINUACION: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

70 SETENTA LOTES DUPLEX Y 11 ONCE LOTES DESTINADOS A VIVIENDA UNIFAMILIAR,DISTRIBUIDOS DE LA SIGUIENTE MANERA: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

MANZANA I: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

LOTES DEL 1, 1 A, 2, 2 A, 3, 3 A, 4, 4 A, 5, 5 A, 6, 6 A, 7, 7 A, 8, 9, 10, 11, 11 A, 12, 12 A, 13, 13A, 14, 14 A, 15, 15 A, 16, 16 A, 17, 17 A, 18, 18 A, 19 INCLUSIVE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

MANZANA VIII.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

LOTES DEL 1, 1 A, 2, 2 A, 3, 3 A, 4, 4 A, 5, 5 A, 6, 6 A, 7, 7 A, 8, 8 A, 9, 9 A,10, 11, 12, 13, 13 A, 14,14 A, 15, 15 A, 16, 16 A, 17, 17 A, 18, 18 A, 19, 19 A, 20, 20 A, 21, 21 A, 22, 22 A. INCLUSIVE.- - - - - -

MANZANA VII.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

LOTES DEL 1, 1 A, 2, 2 A, 3, 3 A, 4, 4 A, 5, 5 A, 6, 6 A, 7, 7 A, 8, 8 A, 9, 9 A, 10, 10 A, 11, 11 A, 12,13, 14, 15, 15 A, 16, 16 A, 17, 17 A, 18, 18 A, 19, 19 A, 20, 20 A, 21, 21 A, 22, 22 A, 23, 23 A, 24, 24 A, 25,25 A, 26, 26 A. INCLUSIVE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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MANZANA VI.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

LOTES DEL 1, 1 A, 2, 2 A, 3, 3 A, 4, 4 A, 5, 5 A, 6, 6 A, 7, 7 A, 8, 8 A, 9, 9 A, 10, 10 A, 11, 11 A, 12,12 A, 13, 13 A, 14. INCLUSIVE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

EL PREDIO OBJETO DEL PRESENTE PERMISO TIENE UNA SUPERFICIE DE 1-48-40 HAS.UNA HECTÁREA CUARENTA Y OCHO ÁREAS CUARENTA CENTIÁREAS, EN EL QUE PODRANCONSTRUIRSE 140 CIENTO CUARENTA VIVIENDAS DUPLEX Y 11 ONCE UNIFAMILIARES,CLASIFICANDOSE COMO HABITACIONAL DE INTERES SOCIAL; LA SUPERFICIE SE ENCUENTRADISTRIBUIDA DE LA SIGUIENTE MANERA: SUPERFICIE VENDIBLE 10,521.34 M2, SUPERFICIE ENVIALIDADES Y BANQUETAS, 5,306.20 M2, SUPERFICIE DE DONACIÓN 2,226.16 M2 CON UNASUPERFICIE TOTAL A FRACCIONAR 18,053.79 M2.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

SEGUNDO.- EN LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA, PROMESA DE VENTA O CUALQUIERINSTRUMENTO NOTARIAL EN QUE SE HAGA CONSTAR EL TRASLADO DE DOMINIO DE ALGUNLOTE INTEGRANTE DEL DESARROLLO, SE DEBERA INSERTAR O SEÑALAR LAS CARACTERÍSTICASDE ESTE PERMISO. LOS DESARROLLADORES TIENEN PROHIBIDO CELEBRAR ACTO O CONTRATOALGUNO, QUE IMPLIQUE LA TRASNMISIÓN DEL DOMINIO DE INMUEBLES, LOTES,DEPARTAMENTOS, VIVIENDAS, LOCALES O ÁREAS DE LOS FRACCIONAMIENTOS O DESARROLLOSEN CONDOMINIO SI CARECEN DEL PERMISO RESPECTIVO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POREL ARTÍCULO 63 DE LA VIGENTE LEY DE FRACCIONAMIENTOS PARA EL ESTADO DE GUANAJUATOY SUS MUNICIPIOS. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

TERCERO.- EN TODOS LOS INSTRUMENTOS NOTARIALES EN QUE SE HAGA CONSTAR LATRANSMISIÓN DE DOMINIO Y EN LAS ESCRITURAS PUBLICAS, SE INCLUIRAN LAS CLAUSULASRESTRICTIVAS NECESARIAS PARA ASEGURAR POR PARTE DEL ADQUIRENTE QUE LOS LOTESNO SE SUBDIVIDIRAN EN OTROS DE DIMENSIONES MENORES QUE LOS AUTORIZADOS. - - - - -

CUARTO.- INSCRIBASE ESTA AUTORIZACIÓN A COSTA DEL SOLICITANTE EN EL REGISTROPUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL PARTIDO JUDICIAL DE APASEO EL GRANDE,GUANAJUATO, Y PUBLIQUESE DOS VECES EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADOY EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACIÓN DEL MUNICIPIO CON UN INTERVALO DE CINCO DIASENTRE CADA PUBLICACIÓN, DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 50 DE LA LEY DEFRACCIONAMIENTOS PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS.- - - - - - - - - - - - - -

QUINTO.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE AL PROPIETARIO DE ACUERDO A LO PREVISTOPOR LOS ARTICULOS 78 FRACCIONES I A LA IV Y 80 DEL ORDENAMIENTO LEGAL EN CITA.- - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - T R A N S I T O R I O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO PRIMERO. EL PRESENTE ACUERDO QUE REGIRA EN ESTE MUNICIPIO ENTRARAEN VIGOR EL CUARTO DIA SIGUIENTE A SU PUBLICACIÓN, EN EL PERIODICO OFICIAL DELGOBIERNO DEL ESTADO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO SEGUNDO.- SE DEROGAN LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS QUE SEOPONGAN AL PRESENTE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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POR LO TANTO CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 70 FRACCIONES I Y VI DE LA LEYORGANICA MUNICIPAL, MANDO SE IMPRIMA, PUBLIQUE, CIRCULE Y SE LE DE EL DEBIDOCUMPLIMIENTO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

DADO EN LA PRESIDENCIA DEL H. AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE APASEO EL GRANDE,ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS 23 VEINTITRÉS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2007 DOSMIL SIETE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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PRESIDENCIA MUNICIPAL - LEON, GTO.

EL CIUDADANO VICENTE GUERRERO REYNOSO, PRESIDENTE DEL HONORABLEAYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE LEÓN, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DELMISMO, SABED:

QUE EL H. AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCION POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 117FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE GUANAJUATO; Y, 2, 3, 69, FRACCIÓNI, INCISO b), FRACCIÓN V, INCISO a) DE LA LEY ORGÁNCA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DEGUANAJUATO; EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2007, APROBÓ ELREGLAMENTO PARA LA COMPETITIVIDAD Y MEJORA REGULATORIA DEL MUNICIPIO DE LEÓN,GUANAJUATO., DE CONFORMIDAD CON LA SIGUIENTE:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En las ultimas décadas y en los distintos órdenes de gobierno, se han implementado programasde mejora regulatoria con el propósito de elevar la eficiencia de la administración pública para incidir en losniveles de competitividad de los municipios y de los estados de nuestro país.

La sociedad leonesa, cada vez más participativa, madura y plural, exige mayor claridad y sencillezen los diversos procedimientos que se realizan ante la dependencias y entidades de la administraciónpública municipal.

El Plan de Gobierno Municipal estableció como uno de sus proyectos de cobertura social elPrograma de Competitividad y Mejora Regulatoria, el cual pretende atender la legítima demanda ciudadanapor un gobierno que propicie y facilite el desarrollo económico y social.

De acuerdo con lo anterior, el presente reglamento establece los lineamientos normativos paraque las dependencias y entidades de la administración pública municipal efectúen la simplificación de susprocedimientos, mediante la adopción de las mejores prácticas a nivel nacional e internacional con lafinalidad de incrementar la competitividad del Municipio de León.

La organización y funcionamiento del Consejo de Competitividad y Mejora Regulatoria comoórgano de participación ciudadana permitirá dar legitimidad a las acciones de mejora que realiza el gobiernomunicipal para colocarlo a la vanguardia en la definición de políticas públicas innovadoras y de importantealcance social y humano.

REGLAMENTO PARA LA COMPETITIVIDAD Y MEJORA REGULATORIA DEL MUNICIPIO DE LEÓN,GUANAJUATO.

CAPÍTULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer las instancias y procesos legalesy administrativos que impulsen la competitividad, la mejora regulatoria, la calidad de las funciones y de losservicios a cargo de la administración pública municipal.

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Artículo 2.- Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:

I. Comisiones Técnicas: Los órganos integrados por representantes de una o variasdependencias y entidades municipales, encargados de dictaminar técnicamente sobre temasespecíficos que les encomiende el Consejo, con relación a los planes, programas y accionesen materia de competitividad y mejora regulatoria;

II. Competitividad: Es la capacidad del Municipio de León para generar infraestructura,incrementar el desempeño económico y la eficiencia gubernamental para fomentar, atraer yretener empresas generadoras de empleo;

III. Consejo: Consejo de Competitividad y Mejora Regulatoria;

IV. Coordinación: Coordinación de Mejora Regulatoria;

V. Dependencias: Las Unidades Administrativas que integran la administración PúblicaCentralizada del Municipio, conforme a la Ley Orgánica Municipal para el Estado deGuanajuato;

VI. Empresa: La organización individual o social dirigida al desarrollo de una actividad económicaque se vincule con la producción, intercambio y distribución de bienes y servicios;

VII. Entidades: Aquéllas que integran la administración pública paramunicipal, conforme a laLey Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato;

VIII. Manifestación de Impacto Regulatorio: Es el estudio que justifica la necesidad de expedirdisposiciones reglamentarias y/o administrativas, mediante el cual se efectúa el análisis decosto beneficio, considerando la opinión de los sectores publico, privado o social involucrados;

IX. Mejora Regulatoria: Es el conjunto de acciones gubernamentales de carácter permanenteque tienen como propósito hacer más eficaz y eficiente el marco legal y administrativo, paraelevar la calidad de los servicios y procedimientos de la Administración Pública Municipal yla competitividad municipal; y,

X. Municipio: El Municipio de León, Estado de Guanajuato.

Artículo 3.- El presente Reglamento es de observancia obligatoria para las dependencias yentidades que conforman la administración pública municipal, por lo cual deberán participar en la ejecuciónde los planes, proyectos y programas que apruebe el Consejo en cumplimiento a sus atribuciones.

Lo no previsto en el presente Reglamento será resuelto por el Ayuntamiento.

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CAPÍTULO SEGUNDODEL CONSEJO DE COMPETITIVIDAD Y

MEJORA REGULATORIA

SECCIÓN PRIMERADE LA CREACIÓN Y ATRIBUCIONES

DEL CONSEJO

Artículo 4.- Se crea el Consejo de Competitividad y Mejora Regulatoria del Municipio de León,Guanajuato., como un órgano de coordinación, consulta y consenso para el cumplimiento del objeto delpresente Reglamento.

Artículo 5.- Para el cumplimiento del presente Reglamento, el Consejo tendrá las siguientesatribuciones:

I. Proponer al Ayuntamiento las estrategias generales en materia de competitividad y mejoraregulatoria para su inclusión en el Plan de Gobierno Municipal;

II. Aprobar el Plan de Trabajo en materia de competitividad y mejora regulatoria;

III. Aprobar las acciones para elevar la competitividad de las dependencias y entidades de laadministración municipal, en aquellas áreas o materias que no correspondan a las atribucionespropias del Ayuntamiento;

IV. Proponer al Ayuntamiento, por conducto de sus representantes en el Consejo, la actualizacióndel marco jurídico municipal para elevar la calidad y eficiencia de la administración pública,así como las demás acciones que conforme a la ley requieran de su aprobación;

V. Aprobar los lineamientos generales y el calendario institucional para la simplificación de lostrámites que los ciudadanos realizan ante las dependencias y entidades municipales;

VI. Aprobar los lineamientos para el establecimiento y funcionamiento del Sistema de AperturaRápida de Empresas que contribuyan a la creación de empleos en el Municipio;

VII. Aprobar la creación de las Comisiones Técnicas que sean necesarias para el cumplimientode los propósitos del presente Reglamento;

VIII. Establecer los mecanismos de participación y colaboración de las dependencias y entidadesen los procesos para elevar la competitividad e impulsar la mejora regulatoria;

IX. En materia de competitividad y mejora regulatoria, establecer los indicadorescorrespondientes, y verificar el cumplimiento de los objetivos y programas relacionados;

X. Proponer al Ayuntamiento la celebración con instituciones públicas o privadas, de acuerdos,convenios y cualquier otro acto jurídico que sea conveniente para elevar la competitividad ymejora regulatoria en el Municipio;

XI. Informar al Ayuntamiento, por conducto del Presidente del Consejo, sobre el cumplimientode los programas y objetivos en materia de competitividad y mejora regulatoria; y

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XII. Las demás que le confiera el Ayuntamiento o se deriven del presente Reglamento y de otrasdisposiciones legales.

Artículo 6.- El Consejo se integrará con los siguientes miembros:

I. Un Presidente cuyo cargo recaerá entre los miembros representativos del sector privado osocial con amplia trayectoria empresarial;

II. Un Secretario Técnico, que será el Secretario del H. Ayuntamiento, o la persona que éstedesigne;

III. Dos representantes del Ayuntamiento que serán los Presidentes de las Comisiones asignadasa las Secretarías del Ayuntamiento y de Economía;

IV. El Secretario de Economía del Municipio de León;

V. El Secretario de Desarrollo Sustentable del Municipio de León;

VI. El Secretario de Seguridad Pública del Municipio de León;

VII. El Director General de Desarrollo Institucional Municipal;

VIII. Dos representantes del Consejo Coordinador Empresarial, propuestos por el propioorganismo;

IX. El Presidente del Consejo Municipal de Fomento Económico;

X. El Presidente del Consejo del Instituto Municipal de Planeación;

XI. El Presidente del Consejo del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León;

XII. Dos representantes del sector académico, propuestos por la Secretaría del Ayuntamiento; y,

XIII. Un representante de Gobierno del Estado, del área de mejora regulatoria;

Todos los miembros del Consejo tendrán voz y voto en sus sesiones.

Los representantes del Consejo Coordinador Empresarial y del sector académico durarán en elcargo 3 años a partir de su nombramiento.

El Ayuntamiento podrá acordar la incorporación de otros miembros, cuando a su juicio sea necesariopara el mejor desempeño de las atribuciones del Consejo.

El Presidente Municipal podrá asistir a las sesiones del Consejo como miembro honorífico, encuyo caso presidirá la sesión correspondiente con voz y voto.

Artículo 7.- Los cargos de Consejeros serán honoríficos y no recibirán remuneración económicapor el desempeño de sus funciones.

Los titulares de las dependencias o entidades de la administración pública municipal asumirán elcargo de consejeros por el sólo nombramiento y los representantes de organismos empresariales, por su

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designación en el organismo de que se trate. Los cambios de denominación de los cargos públicos noafectarán la conformación del Consejo.

Artículo 8. El Consejo, de entre sus miembros del sector privado o social, nombrará al Presidentedel Consejo, dentro de los primeros tres meses del inicio de cada administración.

SECCIÓN SEGUNDADE LAS FACULTADES DE LOSINTEGRANTES DEL CONSEJO

Artículo 9.- El Presidente del Consejo tendrá las facultades siguientes:

I. Proponer al Consejo las estrategias generales en materia de competitividad y mejoraregulatoria, para su inclusión en el Plan de Gobierno Municipal;

II. Presidir las sesiones del Consejo;

III. Elaborar, en coordinación con el Secretario Técnico, el Plan de Trabajo anual en materia decompetitividad y mejora regulatoria y, presentarlo al Consejo para su aprobación;

IV. Supervisar el cumplimiento de los planes y programas de competitividad y mejora regulatoriaen cada una de las dependencias y entidades;

V. Fomentar la participación activa de todos los miembros del Consejo y de las dependenciasy entidades municipales;

VI. Rendir al Ayuntamiento, cuando menos una vez al año o cuando éste se lo solicite, el informede actividades del Consejo;

VII. Proponer a la Secretaría del H. Ayuntamiento la realización de obras prioritarias deinfraestructura que propicien la atracción de inversiones y el desarrollo integral del Municipio;

VIII. Representar al Consejo ante toda clase de autoridades e instituciones públicas y privadas, ydelegar en su caso dicha representación; ,

IX. Las demás que le confiera el Consejo o deriven del presente Reglamento.

Artículo 10.- El Secretario Técnico tendrá las facultades siguientes:

I. Verificar el cumplimiento de los acuerdos del Consejo;

II. Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus atribuciones;

III. Evaluar el cumplimiento de los planes y programas de competitividad y mejora regulatoriaen cada una de las dependencias y entidades;

IV. Administrar los recursos que se destinen para el desarrollo de los proyectos y programas enmateria de Competitividad y Mejora Regulatoria;

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V. Someter a revisión de las Comisiones Técnicas las propuestas o reformas de ordenamientoslegales relacionados con la competitividad y mejora regulatoria;

VI. Apoyar a las Comisiones Técnicas con la realización de estudios y análisis, que requieranpara el ejercicio de sus atribuciones;

VII. Servir de enlace para facilitar los trámites ante las Dependencias y Entidades Municipales,que permitan la concreción de proyectos en el Municipio;

VIII. Realizar encuestas o estudios de evaluación de la percepción de los ciudadanos con relacióna los trámites y procedimientos administrativos;

IX. Coordinar la difusión de las actividades del Programa de Competitividad y Mejora RegulatoriaMunicipal; y,

X. Las demás que le confiera el Consejo o deriven del presente Reglamento.

Artículo 11.- Además de las señaladas en el artículo anterior, el Secretario Técnico, con el auxiliode la Coordinación, tendrá las facultades siguientes:

I. Convocar a las Sesiones de Consejo;

II. Revisar los avances de los planes y programas de competitividad y mejora regulatoria quese implementen en la administración municipal; y,

III. Las demás que le confiera el Consejo o se deriven del presente Reglamento.

Artículo 12.- Son atribuciones de los demás miembros del Consejo las siguientes:

I. Asistir a las sesiones del Consejo con voz y voto;

II. Proponer al Consejo planes, programas y acciones que consideren pertinentes para cumplircon el objeto del presente Reglamento

III. Formar parte de las Comisiones Técnicas que determine integrar el Consejo; y,

IV. Las demás que les encomiende el Consejo o deriven del presente Reglamento.

Artículo 13.- Los integrantes del Consejo podrán proponer al Consejo las reformas o modificacionesa leyes, reglamentos, disposiciones administrativas de carácter general y de procesos administrativosinternos.

SECCIÓN TERCERADE LAS SESIONES DEL CONSEJO

Artículo 14.- El Consejo sesionará en forma ordinaria, por lo menos una vez al mes, en lasfechas que se establezcan en el calendario que al efecto apruebe. Asimismo, podrá sesionar de maneraextraordinaria cuando la urgencia o importancia del asunto así lo amerite. Sus resoluciones se tomaránpor mayoría de votos de los miembros presentes.

Todos los consejeros tendrán voz y voto dentro de las sesiones. El Presidente tendrá ademásvoto de calidad, en caso de empate.

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Artículo 15.- Las sesiones del Consejo se realizarán en el domicilio que se indique en laconvocatoria o en el lugar que de común acuerdo determinen sus miembros.

Artículo 16.- Para sesionar válidamente se requiere contar con la asistencia de la mitad más unode sus integrantes. De no reunirse dicho número se citará nuevamente y la sesión se celebrará con losque asistan y sus acuerdos serán válidos. En todo caso, se requerirá la presencia del Presidente.

Artículo 17.- El Presidente o el Secretario Técnico podrán convocar, indistintamente, a las sesionesdel Consejo.

Artículo 18.- Las actas del Consejo contendrán los acuerdos que se tomen en las sesiones delmismo y deberán ser firmadas por el Presidente y Secretario Técnico. Preferentemente las actas selevantarán en la misma sesión.

Artículo 19.- El titular de la Coordinación, en auxilio del Secretario Técnico, elaborará las actascorrespondientes, recabará las firmas y organizará el sistema de seguimiento de acuerdos. Asimismoorganizará y controlará la correspondencia oficial del Consejo.

Artículo 20.- Por acuerdo del Consejo podrán asistir a las sesiones, como invitados permanentes,servidores públicos u otras personas que no formen parte del Consejo, cuya participación resulte convenientepor las funciones que realicen o los conocimientos que posean.

Asimismo, el Presidente, o el Secretario Técnico podrán convocar, como invitados eventuales, adependencias, entidades, instituciones o personas, cuando por la naturaleza de los asuntos a tratar serequiera su intervención.

Los invitados a que se refiere el presente artículo tendrán derecho a voz pero no a voto.

CAPÍTULO TERCERODE LAS COMISIONES TÉCNICAS

Artículo 21.- El Consejo podrá integrar Comisiones Técnicas para el estudio, análisis y dictamende los asuntos relacionados con la competitividad y mejora regulatoria.

Artículo 22.- Las Comisiones Técnicas, tendrán las siguientes funciones:

I. Analizar y dictaminar técnicamente sobre temas específicos que les solicite el Consejo enlas materias a que se refiere el presente Reglamento;

II. Analizar y/o proponer al Consejo reformas o modificaciones a leyes y reglamentos, así comoa los procedimientos administrativos que aplican las dependencias y entidades, que incidanen la actividad empresarial; y,

III. Las demás que les encomiende el Consejo.

Artículo 23.- Las comisiones técnicas se integrarán de manera colegiada, con el número demiembros y en la forma que el Consejo estime conveniente en cada caso.

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Los Titulares de las Dependencias o Entidades que tenga relación directa con el procedimiento,actividad u ordenamiento materia del trabajo de la Comisión, deberán formar parte de dichas comisionescon la participación de los funcionarios de mayor jerarquía de las demás dependencias o entidadesinvolucradas.

Asimismo, tratándose de la emisión o reformas de reglamentos, deberá integrarse a las comisiones,personal jurídico de la Secretaría del Ayuntamiento.

El Consejo designará un Presidente de entre los integrantes de la Comisión, fungiendo comosecretario el titular de la Coordinación, quien en ausencia del Presidente dirigirá las sesiones.

Artículo 24.- Las Comisiones se reunirán las veces que sea necesario hasta la resolución de losasuntos que tenga encomendados.

Artículo 25.- Las Comisiones sesionarán con la asistencia de la mayoría de sus integrantes y susresoluciones se tomarán por mayoría de votos. Todos los integrantes tendrán voz y voto. En caso deempate, el Presidente tendrá además voto de calidad.

Artículo 26.- Si no se reuniere el quórum legal estipulado en el artículo anterior, el Presidente dela Comisión convocará a nueva reunión, la cual tendrá validez con los miembros que asistan.

Artículo 27.- Cuando un asunto por su naturaleza, así lo requiera, el Consejo o su Presidentepodrá turnar el asunto a dos o más comisiones para su análisis y dictamen de manera conjunta.

Artículo 28.- Las Comisiones no tendrán facultades ejecutivas, por lo que en todo caso someterána consideración del Consejo sus dictámenes o propuestas.

Artículo 29.- El Consejo podrá autorizar que participen en las Comisiones Técnicas, representantesde los sectores privado y social involucrados.

CAPÍTULO CUARTODE LA COORDINACIÓN DE MEJORA REGULATORIA

Artículo 30.- Para el ejercicio de sus atribuciones, el Consejo y el Secretario Técnico se auxiliaránoperativamente de la Coordinación de Mejora Regulatoria, que estará adscrito a la Secretaría del H.Ayuntamiento.

Artículo 31.- El titular de la Coordinación será designado y removido por el Secretario Técnicodel Consejo, a propuesta de su Presidente, y tendrá las siguientes atribuciones:

I. Proponer adecuaciones a los anteproyectos de iniciativas de leyes, reglamentos y demásdisposiciones administrativas que se analicen en las Comisiones Técnicas, para el logro delos propósitos de la mejora regulatoria;

II. Revisar los procesos, trámites, requisitos y procedimientos que aplica la administraciónmunicipal, proponiendo al Consejo y a las dependencias y entidades, los ajustes que estimepertinentes para cumplir con los propósitos de la mejora regulatoria;

III. Auxiliar al Secretario Técnico en la elaboración del informe trimestral sobre los avances delos planes y programas de competitividad y mejora regulatoria que se implementen en laadministración municipal, para su presentación al Consejo;

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IV. Operar y mantener actualizado el Registro Municipal de Trámites y Servicios;

V. Diseñar la Guía Técnica para la elaboración de la Manifestación de Impacto Regulatorio;

VI. Asesorar en materia de mejora regulatoria a las dependencias y entidades de la administraciónpública municipal;

VII. Proponer, en coordinación con la Dirección General de Desarrollo Institucional, losmecanismos para el uso de medios electrónicos en los trámites y procedimientosadministrativos;

VIII. Redactar las actas de las Comisiones Técnicas y dar seguimiento a sus acuerdos; y,

IX. Las demás que establezca el presente ordenamiento o le delegue el Secretario Técnico.

CAPÍTULO QUINTODE LAS OBLIGACIONES DE LOS TITULARES

DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES

Artículo 32.- Son obligaciones de los titulares de las dependencias y entidades en materia decompetitividad y mejora regulatoria, las siguientes:

I. Ejecutar en las áreas a su cargo, las acciones que deriven del Plan de Trabajo en materia deCompetitividad y Mejora Regulatoria aprobado por el Consejo;

II. Elaborar los estudios para simplificar trámites y procedimientos al interior de su dependenciao entidad;

III. Implementar programas de simplificación administrativa de trámites en las áreas a su cargo,atendiendo a los criterios señalados en el capítulo sexto del presente Reglamento;

IV. Formar parte de la Comisiones Técnicas que determine el Consejo;

V. Participar en las sesiones del Consejo a las que sean convocados;

VI. Participar y colaborar en las actividades que se requieran realizar por su dependencia oentidad para elevar la competitividad municipal, en su ámbito de competencia;

VII. Proporcionar la información necesaria para la actualización del Registro Municipal de Trámitesy Servicios;

VIII. Coadyuvar en la operación y funcionamiento del Sistema de Apertura Rápida de Empresas;

IX. Elaborar la Manifestación de Impacto Regulatorio de los proyectos de reforma normativaque en su caso propongan al Consejo y que tengan relación con el objeto del presenteReglamento;

X. Elaborar los Manuales Internos de Organización para determinar el ámbito de facultades ydecisión de cada una de las áreas que integren su dependencia o entidad, de conformidadcon los lineamientos emitidos por la Dirección General de Desarrollo Institucional; y,

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XI. Las demás que se establezcan en el presente Reglamento.

Artículo 33.- Los titulares de las dependencias y entidades, deberán enviar al Consejo un reportebimestral sobre los avances en la ejecución del Plan de Trabajo en materia de Competitividad y MejoraRegulatoria, que corresponda a sus áreas. El Secretario Técnico rendirá al Consejo el informe que concentrelos avances y resultados alcanzados.

Artículo 34.- El incumplimiento a las obligaciones previstas en el presente Reglamento darálugar a la aplicación de sanciones en los términos de la normatividad aplicable; para tal efecto, el Presidentedel Consejo dará vista al superior jerárquico inmediato del servidor público de que se trate.

CAPÍTULO SEXTODE LA SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES

Artículo 35.- Para la simplificación de trámites, las dependencias y entidades de la administraciónpública municipal considerarán los siguientes criterios:

I. Fomentar la buena fe entre los ciudadanos y los funcionarios de la administración municipalque permita elevar el espíritu de cumplimiento de la normatividad;

II. Disminuir costos innecesarios a las empresas y ciudadanos, con el propósito de alentar lacompetitividad, la inversión productiva y la generación de empleos;

III. Minimizar el impacto negativo que las regulaciones tengan sobre los ciudadanos, lasempresas, en particular las micro, pequeñas y medianas;

IV. Brindar alternativas a los ciudadanos para facilitar la apertura y operación de negocios ydemás proyectos ciudadanos;

V. Fomentar mecanismos innovadores que fortalezcan los procesos de simplificación y eficienciade la Administración Pública Municipal;

VI. Prevenir situaciones que causen o puedan causar un perjuicio público, riesgo ambiental, desalud o de insuficiencia de información a los ciudadanos;

VII. Fomentar el uso de medios electrónicos en la realización de trámites y procedimientosadministrativos;

VIII. Informar con claridad y transparencia a los ciudadanos sobre la importancia y significado decada trámite o procedimiento, así como de su beneficio para el ordenado desarrollo de laciudad y la convivencia armónica de sus ciudadanos;

IX. Disminuir considerablemente los plazos de respuesta a las peticiones que les formulen yevitar exigir la presentación de datos y documentos innecesarios; y,

X. Los demás que apruebe el Consejo.

Artículo 36.- Las dependencias y entidades procurarán integrar un expediente único para realizarlos diversos trámites que se requieran, a efecto de agilizarlos y evitar duplicidad de requisitos, de conformidadcon los parámetros que le proponga la Coordinación.

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Artículo 37.- Los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública procurarándelegar en sus áreas o unidades administrativas, la facultad para otorgar licencias, permisos oautorizaciones, así como para suscribir cualquier otro documento, que permita agilizar los trámites queante ellas se realicen. Lo anterior, siempre y cuando no se contravengan disposiciones legales.

Los acuerdos respectivos deberán publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

CAPÍTULO SÉPTIMODEL REGISTRO MUNICIPAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS

Artículo 38.- El Registro Municipal de Trámites es el catálogo informativo de los trámites que losempresarios y ciudadanos realizan ante las dependencias y entidades.

La Coordinación elaborará el Registro atendiendo a la información que las dependencias yentidades le proporcionen, conforme a los lineamientos, plazos y formatos que para tal efecto determine.

Artículo 39.- Cuando exista alguna modificación a los trámites inscritos en el Registro, lasdependencias o entidades deberán comunicarlo a la Coordinación a la brevedad posible.

Artículo 40.- Las dependencias y entidades sólo podrán exigir a los interesados el cumplimientode los requisitos y documentos que señalen las disposiciones legales.

CAPÍTULO OCTAVODEL SISTEMA DE APERTURA RÁPIDA DE EMPRESAS

Artículo 41.- El Sistema de Apertura Rápida de Empresas, es el Programa permanente de laAdministración Pública Municipal, bajo la coordinación de la Secretaría de Desarrollo Sustentable. Losobjetivos del sistema son los siguientes:

I. Fomentar la coordinación entre los diferentes ámbitos de gobierno para promover en laesfera de su competencia, la pronta resolución de trámites empresariales;

II Identificar y clasificar los giros o actividades productivas para determinar los tramites yrequisitos que en cada caso se deban satisfacer; y,

III. Implementar los mecanismos que permitan la apertura rápida de empresas consideradas debajo, mediano y alto impacto social o económico, conforme a la normatividad aplicable.

Artículo 42.- La supervisión de la operación del Sistema estará a cargo de la Coordinación.

Las Entidades o Dependencias en las cuales se realicen trámites de licencias o permisos para lainstalación u operación de empresas, deberán colaborar con la Coordinación para disminuir sus tiemposde respuesta.

CAPÍTULO NOVENODE LA MANIFESTACIÓN DE IMPACTO REGULATORIO

Artículo 43.- Los anteproyectos de creación o modificación de la normatividad municipal, asícomo de iniciativas de leyes o de modificación a las mismas, deberán ser justificados mediante laManifestación de Impacto Regulatorio correspondiente.

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La Manifestación de Impacto Regulatorio deberá ser formulada por quien elabore la propuestacorrespondiente.

Artículo 44.- Para la elaboración de la Manifestación de Impacto Regulatorio, las dependenciasy entidades contarán con la asesoría técnica de la Coordinación de Mejora Regulatoria.

No se requerirá la Manifestación de Impacto Regulatorio tratándose de regulaciones que noimpliquen la creación de un nuevo trámite.

CAPÍTULO DÉCIMOINDICADORES DE COMPETITIVIDAD

Artículo 45.- El Municipio podrá celebrar, con los gobiernos federal y estatal, así como coninstituciones del sector privado o social convenios institucionales, con el propósito de intercambiarinformación y experiencia para fortalecer sus procesos, elevar y evaluar la competitividad e impulsar lamejora regulatoria.

Artículo 46.- El Consejo de Competitividad y Mejora Regulatoria establecerá los indicadores decompetitividad del Municipio de acuerdo con los siguientes criterios:

I. Desempeño Económico;

II. Eficiencia de las Empresas;

III. Infraestructura; y,

IV. Eficiencia del Gobierno.

La evaluación de desempeño de estos indicadores se realizará de acuerdo con los parámetrosnacionales e internacionales en la materia.

CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERODISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Artículo 47.- Los proyectos de Reglamentos, Acuerdos, o Disposiciones Administrativas deobservancia general o las reformas a los mismos que resulten de la aplicación del presente Reglamento,serán sometidos a la aprobación del Ayuntamiento, previo dictamen de Comisiones Unidas de la Secretaríadel Ayuntamiento y de la Comisión que corresponda al asunto de que se trate.

Los trabajos para el análisis, dictamen y aprobación de los proyectos a que se refiere este artículo,serán coordinados por la Secretaría del Ayuntamiento.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor al cuarto día siguiente al de su publicaciónen el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.

SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo para la Competitividad y Mejora Regulatoria del Municipio deLeón, Gto., publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 84, terceraparte, de fecha 25 de mayo de 2004.

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TERCERO.- El Consejo de Competitividad y Mejora Regulatoria que ha venido funcionando alamparo del acuerdo que se abroga, continuará en funciones, de conformidad con el Reglamento que seaprueba.

Los servidores públicos y los representantes del sector académico que se incorporan al Consejo,se integrarán al mismo en su próxima sesión, la cual deberá realizarse en un término no mayor a 30 díassiguientes a la entrada en vigor del presente Reglamento.

Asimismo, y por única ocasión, el Presidente Adjunto, nombrado en la presente administraciónmunicipal, asumirá la Presidencia del Consejo de Competitividad y Mejora Regulatoria.

POR TANTO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 70FRACCIONES I Y VI Y 205 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO,MANDO QUE SE IMPRIMA, PUBLIQUE, CIRCULE Y SE LE DÉ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO.

DADO EN LA CASA MUNICIPAL DE LEÓN, GUANAJUATO AL DÍA 1° DEL MES DE MARZODEL AÑO 2007.

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PRESIDENCIA MUNICIPAL - SALAMANCA, GTO.

El ciudadano Ingeniero Jorge Ignacio Luna Becerra, Presidente del Honorable Ayuntamiento deSalamanca, Guanajuato, a los habitantes del mismo hace saber:

Que el H. Ayuntamiento que presido, en cumplimiento a los Artículos 115, fracción II de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 106, 107 y 117, fracciones I y V, de la ConstituciónPolítica del Estado de Guanajuato; 2, 69, fracción I, inciso h, 106, 108, y 125 de la Ley Orgánica Municipal;en la Séptima Sesión Ordinaria de fecha 18 dieciocho de Enero de 2007 y Décima Primera Sesión Ordinariade Ayuntamiento de fecha 05 cinco de Marzo de 2007 dos mil siete, aprobó el siguiente:

ACUERDO

UNICO.- Se reforma el primer párrafo del artículo 12 del Acuerdo mediante el cual se constituyeel Instituto Municipal de Salamanca para las Mujeres, del Municipio de Salamanca, Gto. Publicado en elPeriódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 130, segunda parte, de fecha 16 deagosto del 2005.

Artículo 12.- Los cargos de quienes integren el Consejo Directivo serán honoríficos y por sudesempeño no recibirán retribución, emolumento, ni compensación alguna, con excepción de la secretariatécnica.

Por cada…

TRANSITORIO UNICO.- El presente acuerdo entrará en vigor al cuarto día siguiente al de supublicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Por tanto con fundamento en los artículos 70, fracción VI y 205 de la Ley Orgánica Municipal,mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento en todos y cada uno de sus términos.

Dado en la residencia del H. Ayuntamiento en la ciudad de Salamanca, Estado de Guanajuato, alos 5 cinco días del mes de Marzo de 2007 dos mil siete.

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El Ciudadano Ingeniero Jorge Ignacio Luna Becerra, Presidente Municipal del HonorableAyuntamiento de Salamanca, Guanajuato, a los habitantes del mismo hace saber:

Que el H. Ayuntamiento de Salamanca, Guanajuato, en cumplimiento a los Artículos 115 FracciónII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, 106, 107 y 117, fracción I, de laConstitución Política del Estado de Guanajuato; 2, 3, 5, 69, fracción I, inciso b, 202, 203, 204 y 205 de laLey Orgánica Municipal; en la Séptima Sesión Ordinaria de Ayuntamiento de fecha 18 dieciocho de Enerode 2007 dos mil siete, aprobó el siguiente:

A C U E R D O:

Artículo Único.- Se reforman las fracciones I, II, III y IV del Artículo 36 Párrafo Primero delReglamento de Compras, Adquisiciones, Enajenaciones de Bienes Muebles e Inmuebles y Servicios parael Municipio de Salamanca, Guanajuato, para quedar como sigue:

“……….Artículo 36.- Los montos máximos de las adquisiciones, arrendamientos o servicios serán:

I.- de $ 1.00 a $ 350,000.00 mas IVA, siendo esta unidad una adjudicación directa;

II.- de $ 350,001.00 a $ 750,000.00 mas IVA, concurso simplificado mediante invitación a cuandomenos tres proveedores a través del Comité;

III.- de 750,001.00 a $ 1’150,000.00 mas IVA, concurso simplificado mediante invitación a cuandomenos cinco proveedores a través del Comité;

IV.- de $ 1’150,001.00 mas IVA en adelante, a través del Comité mediante licitación pública enlos términos de este reglamento……..”

Para……….

En caso………

En la……….

Artículos Transitorios

Primero.- El presente acuerdo entrará en vigor al cuarto día siguiente al de su publicación en elPeriódico Oficial del Gobierno del Estado.

Segundo.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente.

Por lo tanto, con fundamento en los artículos 70, fracción VI y 205 de la Ley Orgánica Municipal,mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento en todos y cada uno de sus términos.

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Dado en la residencia del H. Ayuntamiento en la ciudad de Salamanca, estado de Guanajuato, alos 18 dieciocho días del mes de enero de 2007.

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PRESIDENCIA MUNICIPAL - SANTA CRUZ DE JUVENTINO ROSAS, GTO.

EL CIUDADANO JUAN ANTONIO ACOSTA CANO, PRESIDENTE MUNICIPAL DE SANTA CRUZDE JUVENTINO ROSAS, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HACE SABED:

QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL 2006-2009 QUE PRESIDO, ENEJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LACONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS MEXICANOS; 117 FRACCION I DE LA CONSTITUCIÓNPOLÍTICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; 69 FRACCIÓN I, INCISO B), 70 FRACCIÓN I, II Y V,202, 204 FRACCIÓN III Y 205 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL VIGENTE EN LA ENTIDAD;40,41,42,43,44,45,46 y 47 DE LA LEY PARA EL EJERCICIO Y CONTROL DE LOS RECURSOS PÚBLICOSPARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO; EN EL PUNTO NÚMERO 5 DE LA SESIÓNORDINARIA DE AYUNTAMIENTO NÚMERO 11 DE FECHA 10 DIEZ DE ENERO DEL 2007 DOS MILSIETE, APROBÓ EL SIGUIENTE:

A C U E R D O

QUE AUTORIZA LA CREACIÓN DEL FONDO DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOSSERVIDORES PÚBLICOS DE ELECCIÓN POPULAR

DE SANTA CRUZ DE JUVENTINO ROSAS

CONSIDERANDO

ÚNICO: Que a cada Servidor Publico del Ayuntamiento del Municipio de Santa Cruz de JuventinoRosas Guanajuato, se le aplique la retención del 8.33% de su remuneración integrada para abrir unacuenta denominada Fondo de Ahorro para el Retiro, y que a la misma se le vaya acumulando, con aportacióndel Municipio una cantidad similar a la que aporte el Servidor Publico de manera constante mientras dureen su cargo.

RESUELVE:

PRIMERO: En virtud de hacer mas transparente la procedencia de los recursos públicos destinadosal bono de retiro de los Servidores Públicos de Elección Popular y de contar con un instrumento legal quepermita regular las aportaciones mensuales que realice el Servidor Publico y el Municipio al que pertenezca,la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuatoen sus artículos 40,41 y 42 otorga a los Servidores Públicos de Elección Popular el derecho a que se lesabra una cuenta denominada Fondo de Ahorro para el Retiro, durante su mandato.

SEGUNDO: Este Fondo de Ahorro para el Retiro se integrara por la aportación mensual querealice el Servidor Publico, siendo el equivalente al 8.33 % (Ocho punto treinta y tres por ciento) de suremuneración integrada y de la aportación que realice el Municipio, que será equivalente a la realizada porel Servidor Publico.

TERCERO: La cuenta de Fondo de Ahorro para el Retiro se abrirá a solicitud de cada ServidorPublico al realizar la aportación correspondiente.

CUARTO: Las cantidades que se aportaran al Fondo de Ahorro para el Retiro, serán acordadaspor el Ayuntamiento al inicio de cada Administración Municipal siempre observando el marco legal para talfin.

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QUINTO: La Tesorería Municipal será responsable de manejar las aportaciones del Fondo deAhorro para el Retiro de los integrantes del Ayuntamiento.

SEXTO: La Tesorería Municipal será responsable de aplicar los descuentos sobre la remuneraciónintegrada de los Servidores Públicos y serán depositados en la cuenta que se abra para tal efecto, a mástardar al día siguiente hábil de su retención.

SÉPTIMO: La Tesorería Municipal deberá informar al Servidor Publico a quien le lleve su cuentaindividual, sobre el estado de la misma, periódicamente o a solicitud del Servidor Publico titular de lacuenta.

OCTAVO: El monto correspondiente de Fondo de Ahorro para el Retiro solo podrá ser entregadoal Titular de la retención, a la separación del cargo o cuando concluya su mandato, o en caso extraordinarioa falta del titular se entregara a la persona habilitada por el mismo en forma escrita ante la TesoreríaMunicipal.

NOVENO: Lo establecido en los artículos 40,41,42,43,44,45,46 y 47 de la Ley para el Ejercicio ycontrol de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

TRANSITORIOS

ÚNICO: El presente acuerdo entrara en vigor al cuarto día al de su publicación en el PeriódicoOficial del Gobierno del Estado, considerando retroactividad al 10 de Octubre de 2006.

En virtud de los anterior y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 70, fracción VI y 205de la Ley Orgánica Municipal vigente para el Estado de Guanajuato, se manda imprimir, publique, circuley se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la residencia de la Presidencia Municipal de Santa Cruz de Juventino Rosas Guanajuato,a los 10 Diez días del mes de Enero de 2007 dos mil siete.

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EDICTOS Y AVISOS

E D I C T O

Al margen un sello con el Escudo de la Nación.-Poder Judicial.- Guanajuato.- Juzgado Cuarto de loCivil.- Secretaría.- Irapuato, Gto.

Publicaráse tres veces dentro de nueve días enPeriódico Oficial Gobierno Estado, periódico localmayor circulación, Tabla Avisos este Tribunal,anunciando Venta Primera Almoneda bien inmuebleembargado Juicio Ejecutivo Mercantil número 43/2004, promovido por Luis Francisco Zaras Lópezcontra de LAC CREM S. DE R.L. DE C.V. sobre pagode pesos, en casa habitación construida sobre lotede terreno, en Colonia Playa Azul, en Lote 31,Manzana 8, Zona 2, con superficie 302 metroscuadrados, que mide y linda: Al Noreste 12.04 metroslineales con la Calle Pinos; al Sureste 25.10 metroslineales con Lote 32; al Noroeste 25.10 con Lote 30;al Suroeste 11.95 metros lineales con Lote 5.Almoneda que tendrá verificativo en el JuzgadoCuarto Civil de Partido, el día 26 veintiséis de Abrildel año 2007 dos mil siete a las 12:00 doce horas.Siendo postura legal quien cubra las dos terceraspartes de la suma de $939,960.00 (NOVECIENTOSTREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTAPESOS 00/100 M.N. ) valor pericial. Convóquensepostores.- Doy fe.

Irapuato, Gto., a 22 de Marzo de 2007.- El C.Secretario.- Lic. Enrique Melgoza Salazar.50 2da.-57-60

E D I C T O

Al margen un sello con el Escudo de la Nación.-Poder Judicial.- Juzgado Primero Civil de Partido.-Secretaría.- Silao, Gto.

Anúnciese Remate Pública Almoneda mejorpostor, bien inmueble ubicado en Calle Alfarerosnúmero 5, Manzana 4, Cuartel 4, de esta Ciudad,superficie de 808.74 metros cuadrados, siguienteslinderos: Norte 53.63 metros con propiedad que es ofue de Julia Campos; Sur 53.63 metros con propiedadque es o fue de Joaquín Santibáñez; al Oriente 15.08

metros con calle de su ubicación; al Poniente 15.08metros con propiedad que es o fue de FermínBlancarte. Inmueble secuestrado en Juicio EjecutivoMercantil expediente M31/2001, promovido por Lics.Juan Adalberto Ybarra Rocha y Ma. de la LuzElizabeth Ibarra Rocha, endosatarios en procuraciónde José Cruz Rangel Pérez en contra deFRANCISCO RAMIREZ GONZALEZ, sobre pago de$1’500,000.00 de pesos y demás anexidades legales.Cítese acreedores y convóquese postores. Diligenciaa llevarse a efecto a las 9:30 horas del 26 veintiséisde Abril de año del 2007. Servirá como postura legalla que cubra las dos terceras partes de la cantidadde $1’511,437.33 (UN MILLON QUINIENTOS ONCEMIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS33/100 M.N.) y que es el valor pericial. Presentepublicaráse tres veces dentro de nueve días,Periódico Oficial Gobierno Estado, diario mayorcirculación, Tabla de Avisos este Juzgado.

Silao, Gto., a 22 de Marzo de 2007.- La C.Secretaria del Juzgado Primero del Ramo Civil.- Lic.Jazmín Fernández Ferro.50 2da-57-60

E D I C T O

Al margen un sello con el Escudo de la Nación.-Juzgado Unico Menor Mixto.- Secretaría.- Valle deSantiago, Gto.

Se ordena citar a la Venta de bienes propiedaddel demandado PEDRO HERNANDEZ CHAVEZ enel Juicio Ejecutivo Mercantil número M123/01, por elpago de pesos en Primer Almoneda, debiéndosepublicar Edictos en el Periódico Oficial del Gobiernodel Estado, en el periódico de mayor circulación y enTabla de Avisos de este Juzgado de esta Ciudad, por3 tres veces consecutivas dentro de 9 nueve días,del siguiente bien inmueble embargado siendo: I).-Un solar urbano, ubicado Zona 2, del Poblado de SanJoaquín de este Municipio, Lote 4, Manzana 3, consuperficie de 1,279.63 metros cuadrados, que midey linda: Al Este 7.14 metros con Avenida Allende; alSureste 40.83 metros con Solar número 5; al Oeste

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8.13 metros con Avenida del Trabajo; y al Noroeste39.73 metros con Solar número 3. Inmuebleregistrado bajo el folio real R 42*4963 del RegistroPúblico de la Propiedad y del Comercio, en estePartido Judicial, Remate que tendrá verificativo el día27 veintisiete de Abril del año en curso a las 11:00once horas, siendo postura legal la que cubra las dosterceras partes de $31,000.00 (TREINTA Y UN MILPESOS), siendo ésta la cantidad de $20,666.66(VEINTE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS 66/100 M.N.). Cítese acreedores, convóquese postores,expídanse los Edictos correspondientes.

Valle de Santiago, Gto., a 21 de Marzo de 2007.-El C. Secretario de Acuerdos.- Lic. Alejandro AyalaRodríguez.50 2da-57-60

E D I C T O

Al margen un sello con el Escudo de la Nación.-Poder Judicial.- Guanajuato.- Juzgado SéptimoMenor Civil.- León, Gto.

Por éste publíquese por 03 tres veces dentro de09 nueve días en el Periódico Oficial del Gobiernodel Estado y en el diario de mayor circulación en lalocalidad y Tablero de Avisos de este Juzgado,anúnciese Remate en Primera Almoneda del bien

inmueble embargado en el Juicio Ejecutivo Mercantilsobre pago de pesos número 706/03-M, promovidopor Mario de Jesús Gallardo Mendiolea en contra dela C. MA. JUANA HERNANDEZ MORENO,consistente en: 1.- El inmueble ubicado en la CalleVilla de la Parra número 225, del FraccionamientoVilla de la Rosa de esta Ciudad, en Lote 13, Manzana3, con una superficie de 90 m2 metros cuadradoscon las siguientes medidas y colindancias: Al Norte 6metros con Lotes 10 y 16; al Sur 6 metros con callede su ubicación; al Oriente 15 metros con propiedadde Rosalinda Rangel García; y al Poniente 15 metroscon propiedad de Sergio Rodríguez Ibarra. Seencuentra registrado bajo el folio real R20*177984,con un valor pericial de $219,986.50 (DOSCIENTOSDIECINUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA YSEIS PESOS 50/100 MONEDA NACIONAL)sirviendo como postura legal la que cubra las dosterceras partes del precio de avalúo de dicho bieninmueble. Señalándose las 10:00 diez horas del díaveintiséis de Abril del año dos mil siete. A efecto deque tenga verificativo en el Despacho de esteJuzgado el desahogo de la Audiencia de Remate,convóquese a postores, lo que se asiente paraconstancia legal.- Doy fe.

León, Gto., a 23 de Marzo de 2007.- La C.Secretaria del Juzgado Séptimo Menor Civil.- Lic. Ma.del Carmen Orozco Hinojosa.50 2da-57-60

AVISO

A todos los usuarios de las diferentes Dependencias de los Gobiernos Federal, Estatal y

Municipal, así como a los diferentes Organismos Públicos Descentralizados que envian diversos

documentos para su publicación en el Periódico Oficial, se les solicita de la manera más atenta se

sirvan remitir dicho documento en forma impresa, en discos de 31/2 o en CD, (realizado en Word

con formato rtf), lo anterior debido a que los procesos de impresión de esta Dirección del Periódico

Oficial así lo requieren.

Agradecemos la atención que le sirvan al presente Aviso.

Atte.La Dirección

PERIODICO OFICIAL 27 DE MARZO - 2007 PAGINA 47

AVISO

Por este conducto se les comunica a todos los usuarios en general, que a partir del día 10 de Abrildel año 2003, esta disponible la información del texto del Periódico Oficial en su página de Internet.

Para su consulta, se deberá accesar a la Dirección:( www.guanajuato.gob.mx ) de Gobierno del Estado,

hecho lo anterior dar clic sobre la Pestaña Informatela cual mostrara otras Ligas entre ellas la del Periódico.

o bien ( http://periodico.guanajuato.gob.mx )

Agradecemos la atención que le sirvan al presente Aviso.

Atte.La Dirección

27 DE MARZO - 2007PAGINA 48 PERIODICO OFICIAL

D I R E C T O R I OPERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO

DEL ESTADO DE GUANAJUATO

Se publica los LUNES, MARTES, JUEVES y VIERNES

Oficinas: Km. 10 Carr. Juventino Rosas

Tel. (473) 3-12-54 * Fax: 3-30-03

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