Politicas Publicas Analisis Art Constitucion

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INTRODUCCIÓN El constitucionalismo venezolano, o mejor dicho la Constitución, en Venezuela, es la norma fundamental o Carta Magna, establecida para regir jurídicamente al país, fijando los límites y definiendo las relaciones entre los poderes de la federación: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral, entre los tres niveles diferenciados del gobierno (Nacional, Estadal y Municipal), entre todos aquellos y los ciudadanos; asimismo, establece las bases para el gobierno y para la organización de las instituciones en que el poder se asienta, y garantiza finalmente, en tanto que pacto social supremo de la sociedad venezolana, los derechos y los deberes del pueblo.

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Analisis articulo 2, 55, 326 y 332 de la Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela

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INTRODUCCIN

El constitucionalismo venezolano, o mejor dicho la Constitucin, en Venezuela, es la norma fundamental o Carta Magna, establecida para regir jurdicamente al pas, fijando los lmites y definiendo las relaciones entre los poderes de la federacin: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral, entre los tres niveles diferenciados del gobierno (Nacional, Estadal y Municipal), entre todos aquellos y los ciudadanos; asimismo, establece las bases para el gobierno y para la organizacin de las instituciones en que el poder se asienta, y garantiza finalmente, en tanto que pacto social supremo de la sociedad venezolana, los derechos y los deberes del pueblo.

ANLISIS ARTCULOS DE LA CONSTITUCIN DE LA REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CONSTITUCIN DE LA REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAArtculo 2.Venezuela se constituye en un Estado democrtico y social de derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurdico y de su actuacin, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la tica y el pluralismo poltico.

Anlisis:En este artculo se establece la condicin del Estado Venezolano, expresada libremente por los medios de participacin poltica y social para conformar el Estado democrtico, ms la concepcin de Estado Social, la de un Estado con obligaciones sociales, de procura de la justicia social, lo que lo lleva a intervenir en la actividad econmica y social, como un Estado prestacional.El Estado Social de Derecho es un punto de equilibrio entre el Estado Liberal o Estado de Derecho y algunos aspectos del Estado Socialista. El Estado Social desarrolla los principios contenidos en el Estado Liberal o Estado de Derecho y amplia radicalmente su campo de accin al tratar de establecer como valor fundamental la justicia distributiva. Los principios de la solidaridad social y del bien comn conducen al establecimiento de un Estado social, sometido al imperio de la Constitucin y de la ley, convirtindolo entonces en un Estado de Derecho.Artculo 55.Toda persona tiene derecho a la proteccin por parte del Estado, a travs de los rganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad fsica de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.La participacin de los ciudadanos y ciudadanas en los programas destinados a la prevencin, seguridad ciudadana y administracin de emergencias ser regulada por una ley especial.Los cuerpos de seguridad del Estado respetarn la dignidad y los derechos humanos de todas las personas. El uso de armas o sustancias txicas por parte del funcionariado policial y de seguridad estar limitado por principios de necesidad, conveniencia, oportunidad y proporcionalidad, conforme a la ley.

Anlisis:El Estado tiene dentro de sus fines esenciales la defensa de la persona, de su desarrollo y de su dignidad el garantizarle al pueblo su prosperidad y bienestar y el ejercicio democrtico de suvoluntad la construccin de una sociedad justa y amante de la paz. Esta norma, que involucra el ejercicio de la fuerza legtima por parte del Estado, da derecho a cualquier persona a ser protegida y crea la obligacin, a los agentes del Estado, de actuar en consecuencia, respetando dos lmites en particular: a) la dignidad y los derechos humanos de las personas, y, b) los principios de necesidad, conveniencia, oportunidad y proporcionalidad.El derecho a la proteccin por parte del Estado, obliga a ste a adoptar medidas adecuadas y dentro del Estado de Derecho, para garantizar la seguridad ciudadana, as como regular mediante ley el uso de armas por los cuerpos de seguridad del estado.Artculo 326.La seguridad de la Nacin se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil, para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promocin y conservacin ambiental y afirmacin de los derechos humanos, as como en la satisfaccin progresiva de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos y venezolanas, sobre las bases de un desarrollo sustentable y productivo de plena cobertura para la comunidad nacional. El principio de la corresponsabilidad se ejerce sobre los mbitos econmico, social, poltico, cultural, geogrfico, ambiental y militar.

Anlisis:El artculo anterior hace alusin al principio de la corresponsabilidad, el cual hace alusin a que el Estado y los ciudadanos son corresponsables en la construccin de la sociedad, ambos deben decidir y actuar en el camino comn, por ello la Constitucin establece que El principio de la corresponsabilidad se ejerce sobre los mbitos econmicos, social, poltico, cultural, geogrfico, ambiental y militar El sealado artculo desarrolla la seguridad como una corresponsabilidad entre Estado y sociedad civil para cumplir con los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promocin y conservacin ambiental y defensa de los derechos humanos, as como para lograr la satisfaccin progresiva delas necesidades de la poblacin.Este artculo incluye a las Fuerzas Armadas en esta corresponsabilidad, dndole adems de las funciones que le caracterizan la participacin en otros mbitos que se relacionan con la seguridad de la nacin, es por esto que hoy en da las Fuerzas Armadas participan activamente en todos los mbitos del pas.Artculo 332.El Ejecutivo Nacional, para mantener y restablecer el orden pblico, proteger a los ciudadanos y ciudadanas, hogares y familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y asegurar el pacfico disfrute de las garantas y derechos constitucionales, de conformidad con la ley, organizar:1. Un cuerpo uniformado de polica nacional.2. Un cuerpo de investigaciones cientficas, penales y criminalsticas.3. Un cuerpo de bomberos y bomberas y administracin de emergencias de carcter civil.4. Una organizacin de proteccin civil y administracin de desastres.Los rganos de seguridad ciudadana son de carcter civil y respetarn la dignidad y los derechos humanos, sin discriminacin alguna.La funcin de los rganos de seguridad ciudadana constituye una competencia concurrente con los Estados y Municipios en los trminos establecidos en esta Constitucin y en la ley.

Anlisis:El Ejecutivo Nacional para mantener y restablecer el orden pblico, proteger a los ciudadanos y ciudadanas, hogares y familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y asegurar el pacfico disfrute de las garantas y derechos constitucionales, deber crear un cuerpo de Polica Nacional para la defensa del estado con el fin de controlar la seguridad ciudadana combatiendo la delincuencia, deber crear un cuerpo de Investigacin Cientfica para que se hagan investigaciones muy profundas sobre hechos ocurridos por ejemplo los asesinatos.asimismo, deber crear un cuerpo de bomberos que trabaje las 24 horas por si acaso ocurre un incendio en las jurisdicciones de dicho departamentos bomberiles, para su mayor control deber tener una organizacin que este pendiente de los desastres de la naturaleza, uno de las desastres ms comunes en Venezuela sera los derrumbes cuando llueve. Todo esto es de Suma importancia para el Ejecutivo ya que esto le permite la seguridad ciudadana permitiendo un desarrollo sin problemas en el pas, siendo esto de manera obligatoria ya que su labor es velar por el bienestar de la ciudadana. esta responsabilidad es compartida con los estados y municipios con la creacin de estos de iguales cuerpos de seguridad en su mbito territorial.