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DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RESOLUCIÓN N° DGCP-DS-059-2020 De veintidós (22) de abril de dos mil veinte (2020).
(POR LA CUAL SE ORDENA LEVANTAR LA SUSPENSIÓN DE LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN EL TEXTO ÚNICO LEY N° 22 DE 27 DE JUNIO DE 2006, ORDENADO POR LA LEY N° 61 DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2017, PARA LAS DISTINTAS ETAPAS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN DE CONTRATISTA DEL MINISTERIO DE SALUD, LA CAJA DE SEGURO SOCIAL Y
TODAS SUS DEPENDENCIAS),
EL DIRECTOR GENERAL
en uso de sus facultades legales;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Contrataciones Públicas, conforme con lo dispuesto en el artículo
11 del Texto Único de la Ley N° 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley N° 61 de 27
de septiembre de 2017, se crea como una entidad autónoma, con patrimonio propio,
personería jurídica, autonomía en su régimen interno e independencia en el ejercicio de sus
funciones, facultada para regular, interpretar, fiscalizar y asesorar en los procedimientos de
selección de contratista que realicen las instituciones estatales; sujeta a la fiscalización de la
Contraloría General de la República y a las políticas del Órgano Ejecutivo, para lo cual el
enlace será el Ministerio de Economía y Finanzas.
Que de acuerdo al numeral 2 del artículo 12 de la citada norma, la Dirección General de
Contrataciones Públicas tiene la función de dictar actos administrativos que garanticen la
correcta aplicación de dicha Ley y su reglamento, a fin de posibilitar el funcionamiento de la
Dirección y su interrelación con los demás organismos.
Que en este sentido, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 9 del Decreto Ejecutivo N°
507 de 24 de marzo de 2020, que ordena la suspensión de todos los términos dentro de los
procesos administrativos, seguidos en las diferentes instituciones de Gobierno, debido al
“Estado de Emergencia Nacional”, declarado por el Consejo de Gabinete mediante Resolución
N° 11 de 13 de marzo de 2020, como consecuencia de la situación sanitaria que atraviesa el
país, la Dirección General de Contrataciones Públicas, por medio de la Resolución N° DGCP-
DS-056-2020 de 26 de marzo de 2020, ordenó la suspensión de todos los términos
estipulados en el Texto Único de la Ley N° 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley N°
61 de 27 de septiembre de 2017, que a la fecha se encontraban en curso, dentro de los
distintos Procedimientos de Selección de Contratista y para cada una de sus etapas, hasta
que se dictaran nuevas disposiciones al respecto.
Que no obstante, mediante Decreto Ejecutivo N° 513 de 27 de marzo de 2020, se modifica el
del Decreto Ejecutivo N° 507 de 24 de marzo de 2020, señalando que “se exceptúan de la
suspensión los procedimientos de selección de contratistas para la contratación de obras,
compras de equipos, bienes e insumos hospitalarios; medicamentos; y otros bienes, servicios
o artículos, que hayan superado la etapa de presentación de propuestas”.
Que posteriormente, a través del Decreto Ejecutivo N° 534 de 16 de abril de 2020 se adiciona
un artículo nuevo al Decreto Ejecutivo N° 507 de 24 de marzo de 2020, en el que se estipula
textualmente lo siguiente:
Resolución N°DGCP-DS-059 -2020 De 22 de abril de 2020 Página 2 de 2
Que en base a lo expresado, resulta necesario levantar la suspensión de los términos
estipulados en el Texto Único de la Ley N° 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley N°
61 de 27 de septiembre de 2017, para las distintas etapas de los Procedimientos de Selección
de Contratista convocados por el Ministerio de Salud, la Caja de Seguro Social y todas sus
dependencias, que tengan como propósito el funcionamiento ordinario del sistema de salud.
En este sentido, las unidades de compras de estas entidades deberán reanudar los trámites
de los actos convocados, a partir de la etapa procesal en que se encontraban al momento en
que fueron suspendidos, adoptando las medidas necesarias para que los procedimientos
continúen hasta su finalización, de forma tal que se mantengan las operaciones del sistema
de salud del país.
Que en atención a lo expuesto, el Director General de la Dirección General de Contrataciones
Públicas;
RESUELVE:
PRIMERO: LEVANTAR la suspensión de los términos estipulados en el Texto Único de la Ley
N° 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley N° 61 de 27 de septiembre de 2017, para
las distintas etapas de los Procedimientos de Selección de Contratista del Ministerio de Salud,
la Caja de Seguro Social y todas sus dependencias, que tengan como propósito el
funcionamiento ordinario del sistema de salud.
SEGUNDO: ORDENAR a las unidades de compras del Ministerio de Salud, la Caja de Seguro
Social y todas sus dependencias, a que procedan a reanudar los trámites de los actos
convocados, a partir de la etapa procesal en que se encontraban al momento en que fueron
suspendidos, adoptando las medidas necesarias para que los procedimientos continúen hasta
su finalización, de forma tal que se mantengan las operaciones del sistema de salud del país
TERCERO: MODIFICAR el estado de los actos públicos del Ministerio de Salud, la Caja de
Seguro Social y todas sus dependencias, para que en adelante, aparezcan con el estado que
corresponda según la etapa procesal en que se encontraban al momento en que fueron
suspendidos, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.
CUARTO: PUBLICAR la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones
Públicas “PanamaCompra”.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículos 11 y 12 del Texto Único de la Ley N° 22 de 27 de
junio de 2006, ordenado por la Ley N° 61 de 27 de septiembre de 2017; Decreto Ejecutivo N°
534 de 16 de abril de 2020.
Dada en la ciudad de Panamá a los veintidós (22) días del mes de abril de dos mil veinte
(2020).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
RAPHAEL A. FUENTES G.
DIRECTOR GENERAL GBP/MLV/yr