Posecion

2
La posesión : es una situación de hecho, mas no de derecho como lo es la propiedad (derecho real por excelencia consecuencia de la posesión a través de la prescripción). Elementos de la posesión ; la posesión requiere 2 elementos para configurarse y ellos el corpus que es la cosa en si, y el animus rem sibi habendi que es la intención de comportarse como su dueño, es decir la posesión necesita de la intención y conducta de un dueño. Naturaleza jurídica : si bien la posecion no es un derecho en si, es necesaria una protección de la misma, de forma que un poseedor no se vea en la obligación de probar su titulo posesorio cada vez que alguien intente interrumpir su posesión. Objeto . Está contemplado en el art 778 del cc que dispone que solo puede ser objeto de posesión las cosas… que sean susceptibles de apropiación. Fundamentos de la protección posesoria : es el poder de hecho sobre una cosa. El poseedor de hecho es la persona que se metió o invadió un terreno. Interdicción de violencia: consiste en que el poseedor diario no perturbe en su posesión o le violenten sus derechos reparación de daños. Principio de que nadie puede vencer a otro si no tiene motivos preponderantes para fundar su derecho: el que ejerce un derecho debe ser mantenido hasta tanto no se demuestre por otro que este último tenga un derecho mejor. Prerrogativa de probidad: esto es toda persona se considera probo y honrado hasta que no se demuestre lo contrario. Probabilidad de propiedad: derecho a la presunción de que puede ser también propietario. Protección de la propiedad que comienza: se puede adquirir la propiedad de diferentes formas y por ello se defiende. La protección de la voluntad; es el corpus y el animus de querer ser poseedor o sea exteriorizar la voluntad. Importancia jurídica de la protección: aca se satisfacen las necesidades humanas por medio de la cosa. Adquisición de la posecion : originaria: es aquella que se produce por un acto unilateral del quien la adquiere. Derivativa: cuando proviene de una herencia legado o donación. Efectos: para savegny ocurre 2: la posibilidad de protección mediante interdictos posesorios y la posibilidad de adquisición del dominio por medio de la usucapión.

description

Posecion

Transcript of Posecion

Page 1: Posecion

La posesión: es una situación de hecho, mas no de derecho como lo es la propiedad (derecho real por excelencia consecuencia de la posesión a través de la prescripción).

Elementos de la posesión; la posesión requiere 2 elementos para configurarse y ellos el corpus que es la cosa en si, y el animus rem sibi habendi que es la intención de comportarse como su dueño, es decir la posesión necesita de la intención y conducta de un dueño.

Naturaleza jurídica: si bien la posecion no es un derecho en si, es necesaria una protección de la misma, de forma que un poseedor no se vea en la obligación de probar su titulo posesorio cada vez que alguien intente interrumpir su posesión.

Objeto. Está contemplado en el art 778 del cc que dispone que solo puede ser objeto de posesión las cosas… que sean susceptibles de apropiación.

Fundamentos de la protección posesoria: es el poder de hecho sobre una cosa. El poseedor de hecho es la persona que se metió o invadió un terreno.

Interdicción de violencia: consiste en que el poseedor diario no perturbe en su posesión o le violenten sus derechos reparación de daños.

Principio de que nadie puede vencer a otro si no tiene motivos preponderantes para fundar su derecho: el que ejerce un derecho debe ser mantenido hasta tanto no se demuestre por otro que este último tenga un derecho mejor.

Prerrogativa de probidad: esto es toda persona se considera probo y honrado hasta que no se demuestre lo contrario.

Probabilidad de propiedad: derecho a la presunción de que puede ser también propietario.

Protección de la propiedad que comienza: se puede adquirir la propiedad de diferentes formas y por ello se defiende.

La protección de la voluntad; es el corpus y el animus de querer ser poseedor o sea exteriorizar la voluntad.

Importancia jurídica de la protección: aca se satisfacen las necesidades humanas por medio de la cosa.

Adquisición de la posecion: originaria: es aquella que se produce por un acto unilateral del quien la adquiere.

Derivativa: cuando proviene de una herencia legado o donación.

Efectos: para savegny ocurre 2: la posibilidad de protección mediante interdictos posesorios y la posibilidad de adquisición del dominio por medio de la usucapión.

Perdidas de la posesión: por desaparición simultánea del animus y el corpus, por desaparición de solo el corpus, cuando la cosa cae en dominio público, y por ausencia del animus cuando el poseedor conviene enajenar la cosa a un tercero