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Posición de la Deuda Pública En esta Administración, la Política de Financiamiento del Estado de Sonora debe constituirse como un elemento clave para la adecuada estrategia en la planeación financiera de la Hacienda Pública Estatal, la cual establece un marco de control en el origen y uso de los recursos públicos obtenidos por la vía del financiamiento, buscando garantizar el racionamiento y disciplina del mismo. De esta manera, se pretende asegurar que esta política se realice conforme al marco legal existente, con el fin de mantener un nivel de apalancamiento óptimo, un perfil financiero sólido y una buena calificación crediticia de acuerdo con las necesidades de inversión del Estado. Asimismo, esta tendrá como objetivo cubrir las necesidades de inversión pública, fortalecer los niveles de liquidez y mantener el equilibrio presupuestal mediante el manejo prudente y responsable de la deuda pública. Política de Financiamiento La Política de Financiamiento del Gobierno del Estado como estrategias de búsqueda de mejores condiciones para los financiamientos, así como la implementación de esquemas de financiamiento, garantías e instrumentos de cobertura financiera encaminados a fortalecer el perfil de la deuda estatal; lo anterior, con la finalidad de promover mayores niveles de inversión pública, siguiendo los principios de disciplina financiera y responsabilidad hacendaria. De esta manera, se debe entender la política de deuda como un instrumento óptimo que posibilita materializar bienes públicos a futuro con miras a un Sonora competitivo, dinámico, moderno y sostenible. El Estado trabaja continuamente en fortalecer la estructura financiera de la deuda con la búsqueda de mejores condiciones financieras de los créditos. Asimismo, el Gobierno del Estado colabora con las diversas agencias calificadoras y mantiene una comunicación constante que permite el flujo de información de las diversas acciones tomadas.

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Posición de la Deuda Pública

En esta Administración, la Política de Financiamiento del Estado de Sonora debe constituirse como un elemento clave para la adecuada estrategia en la planeación financiera de la Hacienda Pública Estatal, la cual establece un marco de control en el origen y uso de los recursos públicos obtenidos por la vía del financiamiento, buscando garantizar el racionamiento y disciplina del mismo.

De esta manera, se pretende asegurar que esta política se realice conforme al marco legal existente, con el fin de mantener un nivel de apalancamiento óptimo, un perfil financiero sólido y una buena calificación crediticia de acuerdo con las necesidades de inversión del Estado.

Asimismo, esta tendrá como objetivo cubrir las necesidades de inversión pública, fortalecer los niveles de liquidez y mantener el equilibrio presupuestal mediante el manejo prudente y responsable de la deuda pública.

Política de Financiamiento

La Política de Financiamiento del Gobierno del Estado como estrategias de búsqueda de mejores condiciones para los financiamientos, así como la implementación de esquemas de financiamiento, garantías e instrumentos de cobertura financiera encaminados a fortalecer el perfil de la deuda estatal; lo anterior, con la finalidad de promover mayores niveles de inversión pública, siguiendo los principios de disciplina financiera y responsabilidad hacendaria. De esta manera, se debe entender la política de deuda como un instrumento óptimo que posibilita materializar bienes públicos a futuro con miras a un Sonora competitivo, dinámico, moderno y sostenible.

El Estado trabaja continuamente en fortalecer la estructura financiera de la deuda con la búsqueda de mejores condiciones financieras de los créditos. Asimismo, el Gobierno del Estado colabora con las diversas agencias calificadoras y mantiene una comunicación constante que permite el flujo de información de las diversas acciones tomadas.

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Objetivos

- Entablar estrategias que permitan al Estado tener mejores condiciones de sus financiamientos y así coadyuvar a una mejora de las Finanzas Públicas Estatales;

- Promover la inversión pública productiva mediante mecanismos de financiamiento que permitan al Estado obtener altos rendimientos en beneficios sociales;

- Mejorar la liquidez del Estado;

- Fortalecer el perfil financiero y calificación de riesgo crediticio del Estado para tener acceso a las mejores condiciones crediticias; y

- Mantener el acceso al financiamiento bancario y a los mercados bursátiles.

Estrategias:

- Fomentar la eficiencia del perfil financiero de la deuda y del servicio de la deuda;

- Administrar el grado de madurez de la deuda para destinar menos recursos al pago del servicio de la deuda y orientar dichas eficiencias a inversiones públicas productivas que coadyuven al crecimiento económico del Estado;

- Dar seguimiento al mercado crediticio para determinar la situación que guarda la deuda pública estatal y mantener o modificar las tasas y los plazos en condiciones financieras que resulten más favorables, asegurando que el costo de la deuda sea el mínimo posible;

- Disminuir las vulnerabilidades cubriendo el riesgo mediante instrumentos del mercado de derivados; y

- Evaluar distintas opciones de financiamiento para proyectos de inversión como las Asociaciones Publico-Privadas (“APPs”).

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Líneas de acción:

- Cumplir con las obligaciones de los contratos de crédito con el propósito de evitar el incumplimiento y mora de las carteras;

- Buscar las oportunidades que el mercado de derivados ofrece para reducir el riesgo de que eventos externos aumenten los costos de los financiamientos contratados; y

- Dar seguimiento a los indicadores del Sistema de Alertas que publica la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para una planeación oportuna en la estrategia de deuda.

Fortalezas crediticias

Según lo indican las agencias calificadoras en sus últimos reportes emitidos, las fortalezas crediticias del Estado de Sonora, son:

Economía fuerte, próspera y diversificada;

Nivel de ingresos propios elevados;

Tendencia neutral de la deuda pública; e

Inversión estable.

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Análisis de la Deuda Directa

Se presenta a continuación una gráfica sobre el comportamiento histórico de la Deuda Directa neta contratada por el Gobierno del Estado de Sonora:

La gráfica anterior considera el saldo neto de la deuda, una vez que se descuentan los fondos de reserva, los cuales constituyen activos líquidos para hacer frente al servicio de la deuda, de acuerdo con el cuadro siguiente:

Tabla 1. Saldo de la Deuda Directa y Reservas

Concepto 31 de diciembre de 2019 30 de junio de 2020

Gobierno del Estado $22,972,090,057 $22,168,981,588

Reservas 1 $586,026,567 $595,524,091

Total Neto $22,386,063,490 $21,573,547,497(1)

Al cierre del segundo trimestre del 2020, el saldo neto de la deuda directa a cargo del Gobierno del Estado respecto al cierre del ejercicio 2019 muestra una disminución de $812.6 mdp (ochocientos doce punto seis millones de pesos Moneda Nacional ); es decir, una disminución del 3.63% (tres punto sesenta y tres por ciento).

                                                            1 Al 30 de junio de 2020 el saldo contable de las reservas se ubica en $599,564,091 M.N. (quinientos noventa y nueve millones quinientos sesenta y cuatro mil noventa y un pesos Moneda nacional), de los cuales $4,040,000 M.N. (cuatro millones cuarenta mil pesos Moneda Nacional) corresponden a deuda avalada de organismos, específicamente al contrato de crédito celebrado entre Banorte y Fondo Nuevo Sonora por un monto de hasta $240,000,000 M.N. (doscientos cuarenta millones de pesos Moneda Nacional). Por lo anterior, el monto que se incluye en el cuadro presenta únicamente la parte correspondiente a Deuda Directa, es decir, descontando lo correspondiente a organismos.

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9.0

2,51

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2,61

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COMPORTAMIENTO DE LA DEUDA DIRECTA

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En la siguiente tabla se muestra el Saldo Neto al 30 de junio de 2020 conforme a las operaciones que se realizaron durante el ejercicio.

Gobierno del Estado de Sonora Tabla 2. Evolución de la Deuda Pública Directa (Créditos Bancarios)

Del 1 de Enero al 30 de Junio de 2020 (Cifras en pesos)

Saldo al 31 de diciembre 2019 $22,972,090,057

Disposiciones de Créditos de Corto Plazo a) $500,000,000

Disposiciones de Créditos de Largo Plazo b) $0

Pagos a Capital de Créditos de Corto y Largo Plazo $1,303,108,469

Saldo al 30 de junio 2020 $22,168,981,588

a/ Contratos de Crédito de Corto Plazo del Gobierno del Estado Celebrados Durante Segundo Trimestre 2020

Se contrató una línea quirografaria, mediante la celebración de un Contrato de Apertura Crédito Simple Quirografario, de fecha 29 de mayo de 2020 entre el Gobierno del Estado y Banco Azteca, S.A., Institución de Banca Múltiple, por un monto de $500,000,000 M.N. (quinientos millones de pesos Moneda Nacional). Este crédito se autorizó bajo el Artículo 20 Quater y penúltimo párrafo del artículo 20 Bis de la Ley de Deuda Pública del Estado de Sonora y artículo 30 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y a través del Fallo del Proceso Competitivo No. GES-SH-FIN-03/2020.

b/ Contratos de Crédito de Largo Plazo del Gobierno del Estado Celebrados Durante Segundo Trimestre 2020

Se celebró un Contrato de Apertura de Crédito Simple en fecha 9 de junio de 2020, entre el Gobierno del Estado y Banco Multiva, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Multiva hasta por un monto de $500,000,000 M.N. (quinientos millones de pesos Moneda Nacional). A la fecha no se han realizado disposiciones de esta contratación.

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Se celebró un Contrato de Apertura de Crédito Simple en fecha 9 de junio de 2020, entre el Gobierno del Estado y Banco Multiva, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Multiva hasta por un monto de $343,825,911 (trescientos cuarenta y tres millones ochocientos veinticinco mil novecientos once pesos Moneda Nacional). A la fecha no se han realizado disposiciones de esta contratación.

Se celebró un Contrato de Apertura de Crédito Simple en fecha 9 de junio de 2020, entre el Gobierno del Estado y Bansi, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple hasta por un monto de $500,000,000.00 M.N. (quinientos millones de pesos 00/100 M.N). A la fecha no se han realizado disposiciones de esta contratación.

Se informa que los créditos de largo plazo mencionados, fueron autorizados bajo la Ley número 87, de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal del año 2020 expedido por el H. Congreso del Estado, la cual fue publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora Edición Especial del día viernes 27 de diciembre de 2019, en donde se autorizó al Gobierno del Estado para contratar financiamiento hasta por la cantidad de $1,300,000,000 Moneda Nacional (mil trescientos millones de pesos Moneda Nacional), sin considerar gastos ni costos derivados de la contratación. Asimismo, se considera el Decreto del 16 de abril del 2020 que modifica la Ley Ingresos y Presupuesto de Egresos 2020, emitido por el H. Congreso del Estado, derivado la situación surgida por la pandemia de COVID-19.

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En el cuadro siguiente, se muestran los pagos a capital efectuados mensualmente durante 2020, hasta el final del segundo trimestre:

Gobierno del Estado de Sonora Tabla 3. Pagos de Capital de la deuda Directa en 2020

(Créditos de Corto Plazo y Largo Plazo)

Mes Monto en Pesos

Enero $117,318,785

Febrero $245,693,937

Marzo $245,756,664

Abril $237,465,149

Mayo $237,506,967

Junio $219,366,967

Total b) $1,303,108,469

El servicio de la deuda directa (capital e intereses) del 1 de enero al 30 de junio de 2020 fue de $2,161,268,692 M.N. (dos mil ciento sesenta y un millones doscientos sesenta y ocho mil seiscientos novena y dos pesos Moneda Nacional), los cuales se desglosan de la siguiente manera: $1,303,108,469 (capital) y $858,160,223 (intereses).

Los costos adicionales (comisiones, gastos y coberturas) efectuados durante el periodo comprendido durante el segundo trimestre 2020 son por un total de $160,140,7462 M.N. (ciento sesenta millones ciento cuarenta mil setecientos cuarenta y seis pesos Moneda Nacional). En los siguientes cuadros se muestran los saldos de deuda directa al 30 de junio de 2020.

                                                            2 Monto correspondiente al Reporte del Estado del Ejercicio, momento acumulado, columna “Devengado”.

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Gobierno del Estado de Sonora Tabla 5. Relación de Créditos de Deuda Directa de Largo Plazo

Al 30 de Junio de 2020 (Cifras en pesos)

Institución Financiera

Monto Inicial

Tasa Tasa Swap 

Fecha de Firma Garantía 

Fecha de Vencimiento

Registro Ante SHCP

Saldo al 30 de Junio de 2020

BBVA BANCOMER $3,468,000,000 TIIE+0.48% 8.34% 20/06/2018 10.93% 07/06/2038 P26-0718071 $3,456,271,224

BANOBRAS $4,994,377,299 TIIE+0.74% 8.36% 12/06/2018 14.33% 04/06/2048 P26-0718065 $4,977,486,315

BANOBRAS $4,387,687,907 TIIE+0.50% 8.36% 12/06/2018 13.87% 07/06/2038 P26-0718064 $4,373,405,983

BANOBRAS $3,059,009,620 TIIE+0.86% 8.36% 12/06/2018 8.78% 04/06/2048 P26-0718066 $3,049,052,544

SANTANDER $2,000,000,000 TIIE+0.60% 8.29% 12/06/2018 6.31% 07/06/2038 P26-0718068 $1,993,363,856

SANTANDER $2,000,000,000 TIIE+0.65% 8.29% 12/06/2018 6.31% 07/06/2038 P26-0718069 $1,993,490,000

BANCO DEL BAJÍO $1,000,000,000 TIIE+0.80% 8.35% 12/06/2018 3.15% 07/06/2038 P26-0718070 $996,745,000

MULTIVA $500,000,000 TIIE+2.20% No Aplica 09/06/2020 1.67% 30/01/2041 P26-0620067 $0

MULTIVA $343,825,911 TIIE 2.55% No Aplica 09/06/2020 1.15% 30/01/2041 P26-0620068 $0

BANSI $500,000,000 TIIE+2.20% No Aplica 09/06/2020 1.67% 30/01/2041 P26-0620066 $0

Total Deuda Largo Plazo $20,839,814,921

Gobierno del Estado de Sonora

Tabla 5. Relación de Créditos de Deuda Directa de Corto Plazo Al 30 de Junio de 2020

(Cifras en pesos)

Institución Financiera

Monto Inicial

Tasa Fecha de

Firma Garantía

Fecha De Vencimiento

Registro Ante SHCP

Saldo al 30 de Junio de 2020

SCOTIABANK $200,000,000 TIIE + 0.48 03/06/2019 Recursos propios 31/05/2020 Q26-0120010 $0

HSBC $350,000,000 TIIE + 0.39 16/07/2019 Recursos propios 14/07/2020 Q26-0220036 $29,166,667

HSBC $400,000,000 TIIE + 0.35 28/08/2019 Recursos propios 26/08/2020 Q26-0420056 $66,666,667

HSBC $300,000,000 TIIE + 0.59 21/10/2019 Recursos propios 19/10/2020 Q26-0520062 $133,333,333

BBVA $200,000,000 TIIE + 0.75 20/11/2019 Recursos propios 18/11/2020 Q26-0520069 $100,000,000

HSBC $300,000,000 TIIE + 0.58 21/11/2019 Recursos propios 19/11/2020 Q26-0620082 $150,000,000

SCOTIABANK $130,000,000 TIIE + 0.70 21/11/2019 Recursos propios 19/11/2020 Q26-0620090 $65,000,000

BANORTE $570,000,000 TIIE + 0.85 22/11/2019 Recursos propios 20/11/2020 Q26-0720100 $285,000,000

BANCO AZTECA $500,000,000 TIIE + 2.60 29/05/2020 Recursos propios 28/05/2020 En proceso $500,000,000

Total Deuda Corto Plazo $1,329,166,667

Total Deuda Directa $22,168,981,588

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Otros Instrumentos de Deuda

Se informa al H. Congreso del Estado que durante el periodo de enero a junio 2020 se celebraron las siguientes operaciones relacionadas con Cadenas Productivas para realizar Factoraje Electrónico y/o Descuento Electrónico a través de Nacional Financiera, Banca de Desarrollo (NAFIN):

Se celebró una Carta de Ingreso a la Cadena Productiva para realizar descuento Electrónico celebrado en fecha 25 de mayo de 2020 entre el Gobierno del Estado y como Intermediario Financiero Arrendadora y Factor Banorte, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Reguladora, Grupo Financiero Banorte hasta por un monto que no exceda de $100,000,000 M.N. (cien millones de pesos 00/100 Moneda Nacional), con relación al Convenio denominado Cadenas Productivas para el Desarrollo de Proveedores por medios Electrónicos, de fecha 6 de marzo de 2019, que el Gobierno del Estado de Sonora tiene celebrado con Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito.

Se celebró de una Carta de Ingreso a la Cadena Productiva para realizar Factoraje Electrónico y/o Descuento Electrónico celebrado en fecha 7 de mayo de 2020 entre el Gobierno del Estado y como Intermediario Financiero Bansi Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple hasta por un monto que no exceda de $200,000,000.00 M.N. (doscientos millones de pesos Moneda Nacional), con relación al Convenio denominado Cadenas Productivas para el Desarrollo de Proveedores por medios Electrónicos, de fecha 6 de marzo de 2019, que el Gobierno del Estado de Sonora tiene celebrado con Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito.

Se informa al H. Congreso del Estado de Sonora, que la totalidad de obligaciones que se detallan en el presente apartado, fueron celebrados y dispuestos en apego al artículo 20 Quáter y penúltimo párrafo del artículo 20 Bis de la Ley de Deuda del Estado de Sonora, así como el artículo 30 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.    

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Gobierno del Estado de Sonora Tabla 6. Relación de Cadenas Productivas

Al 30 de Junio del 2020 Institución Financiera

Monto Inicial Fecha de

ContrataciónGarantía

Fecha de Vencimiento

Registro Ante SHCP

Saldo3

BANORTE $100,000,000 25/05/2020 Recursos Propios 23/05/2021 En proceso $0

BANSI $200,000,000 07/05/2020 Recursos Propios 06/05/2021 En proceso $60,379,106

TOTAL $300,000,000 $60,379,106

Respecto a las Cadenas Productivas, al 30 de junio de 2020, se han operado $60,379,106 M.N. (sesenta millones trescientos setenta y nueve mil ciento seis pesos Moneda Nacional) del total contratado y, a dicha fecha no se ha pagado monto alguno.

Gobierno del Estado de Sonora Tabla 7. Evolución de Cadenas Productivas

Al 30 de Junio de 2020 (Cifras en pesos)

Saldo al 31 de diciembre 2019 $99,828,847

Disposiciones del período $108,727,718

Pagos durante el período $148,177,459

Saldo al 31 de marzo 2020 $60,379,106

Durante el período del 1 de enero al 30 de junio 2020, se realizaron disposiciones por $108,727,718 M.N. (ciento ocho millones setecientos veintisiete mil setecientos ocho pesos Moneda Nacional), derivados de las líneas de cadenas productivas con Bansi y Scotiabank, señalados en el cuadro que antecede. La línea celebrada con Banorte, al momento no ha sido utilizada.

                                                            3 Saldos conforme a Portal de Nacional Financiera (NAFIN).

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Calificación Quirografaria

Las calificaciones quirografarias son necesarias para cualquier entidad pública que solicita créditos, ya que permite medir su capacidad de pago frente a obligaciones crediticias adquiridas. Las Agencias Calificadoras revisan anualmente las calificaciones otorgadas, estando vigentes al cierre del segundo trimestre 2020 las siguientes:

Fitch Ratings: se ratificó la calificación asignada al Estado de “A- (mex)” con perspectiva estable en reporte de fecha 12 de febrero de 2020, el cual indica que los factores claves de la calificación otorgada son:

- Solidez y adaptabilidad de los Ingresos;

- Sostenibilidad de los gastos; y

- Solidez media de los Pasivos y liquidez;

HR Ratings: el día 27 de diciembre de 2019 se registró una reducción en la calificación (pasando de “A” a “A-”) así como modificándose la perspectiva de la misma de negativa a estable, la cual según indica el reporte, dicho cambio se debe al uso frecuente de créditos de corto plazo por insuficiencias de liquidez. Asimismo, el cambio se debe a la necesidad de que la entidad recurra brindar apoyo económico al Instituto de Pensiones (ISSSTESON) durante 2020. Se destaca el hecho que el Gobierno del Estado de Sonora cuente con un Balance Primario Superavitario.

El día 23 de junio de 2020 la calificadora revisó las diferentes calificaciones crediticias de los créditos de largo plazo contratados, a continuación los resultados:

Se modificó a la alza de HR “AA+” a HR “AAA”, modificando la perspectiva de positiva a estable, la calificación crediticia del crédito de Banobras por un monto inicial de $5,000.0 MDP.

Se modificó a la alza de HR “AA+” a HR “AAA”, modificando la perspectiva de positiva a estable, la calificación crediticia del crédito de Banobras por un monto inicial de $3,064.9 MDP.

Se ratificó la calificación HR “AAA”, con perspectiva estable, del crédito de Banobras por un monto inicial de $4,400.0 MDP.

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Se ratificó la calificación HR “AAA”, con perspectiva estable, del crédito de BBVA por un monto inicial de $4,468.0 MDP.

Se ratificó la calificación HR “AAA”, con perspectiva estable, del crédito de Bajío por un monto inicial de $1,000.0 MDP.

Se ratificó la calificación HR “AAA”, con perspectiva estable, del crédito de Santander por un monto inicial de $2,000.0 MDP y sobretasa aplicable de 65 pb.

Se ratificó la calificación HR “AAA”, con perspectiva estable, del crédito de Santander por un monto inicial de $2,000.0 MDP y sobretasa aplicable de 60 pb.

Moody’s Investors Service: el 23 de abril de 2020 se ratificó la calificación de A3.mx (escala nacional de México), pero registrando una modificación en la perspectiva de estable a negativa. Entre los argumentos, se encuentra la existencia de una amplia base económica que respalda los ingresos propios, con tendencia creciente, en comparación de sus pares nacionales. Asimismo, el reporte indica pesar que el Estado de Sonora cuenta con una limitada posición de liquidez y endeudamiento alto en comparación con otras entidades, la deuda sigue siendo manejable y con tendencia a la baja. Sin embargo, se especifica que el deterioro de la economía mexicana derivado de la caída en los precios del petróleo y la pandemia COVID-19 debilita la perspectiva de crecimiento de los ingresos, ocasionando presiones crediticias negativas.

Gobierno del Estado de Sonora Tabla 8. Calificaciones Quirografarias

Al 30 de Junio de 2020

Agencia Calificadora Fitch Ratings Moody’s HR Ratings

Deuda Soberana ‘A-(mex)’

Perspectiva Estable

“A3” Perspectiva Negativa

“A-” Perspectiva Estable

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Deuda de Organismos Paraestatales (Avalada)

La deuda de organismos paraestatales avalada por el Gobierno del Estado, al 30 de junio de 2020, cerró con un saldo de $977,511,109 M.N. (novecientos setenta y siete millones quinientos once mil ciento nueve pesos Moneda Nacional), 4después de descontar las Reservas para el pago del servicio de deuda, lo cual se muestra en la siguiente gráfica de saldos históricos:

977.

0

1,06

9.0

1,23

1.0

1,19

1.0

1,15

7.0 1,41

7.0

1,36

0.0

1,28

4.0

1,24

9.0

1,26

4.0

1,25

9.0

1,22

1.0

1,21

7.0

1,17

2.0

1,67

8.0

1,55

0.0

1,46

7.0

1,41

8.1

1,44

1.1

1,41

7.0

1,39

7.0

1,37

1.0

1,34

6.0

1,31

8.7

1,29

1.7

1,26

5.0

1,23

8.0

1,21

1.0

1,19

6.4

1,15

5.0

1,1

26.0

1,09

8.0

1,06

8.3

1,03

8.4

0

200

400

600

800

1,000

1,200

1,400

1,600

1,800

dic-

98

dic-

99

dic-

00

dic-

01

dic-

02

dic-

03

dic-

04

dic-

05

dic-

06

dic-

07

dic-

08

dic-

09

dic-

10

dic-

11

dic-

12

dic-

13

dic-

14

dic-

15

1°T

rim/1

6

2°tr

im/1

6

3°tr

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6

4°tr

im/1

6

1°T

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7

2°T

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7

3°T

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4°T

rim/1

7

1°tr

im/1

8

2°tr

im/1

8

3°T

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8

4°T

rim/1

8

1°T

rim/1

9

2°tr

im/1

9

3°tr

im/1

9

4°T

rim/1

9

MIL

LON

ES

COMPORTAMIENTO DE LA DEUDA DE ORGANISMOS

La tendencia muestra una disminución de $61 mdp (sesenta y un millones de pesos) entre el 31 de diciembre 2019 al 30 de junio de 2020; es decir un aproximado del 5.88% (cinco punto ochenta y ocho por ciento) derivado del pago del servicio de la deuda correspondiente al periodo. Se presenta a continuación un cuadro comparativo de dichos saldos.

Tabla 9. Saldo de la Deuda y Reservas de Organismos

Concepto 31 de Diciembre de 2019 30 de Junio de 2020

Organismos $1,052,080,158 $991,182,092 Reservas $13,550,983 $13,670,983

Total Neto $1,038,529,175 $977,511,109

                                                            4 Conforme a la información que tiene la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, considerando que el Organismo Descentralizado es el obligado respecto a sus obligaciones financieras, así mismo, de conformidad con la información recibida por parte de las Instituciones Financieras.

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Gobierno del Estado de Sonora Tabla 10. Evolución de la Deuda Pública Contingente

Al 30 de Junio de 2020 (Cifras en pesos)

Saldo al 31 de diciembre de 2019 $1,052,080,158

Disposiciones 0

Pagos de Capital $60,898,066

Saldo al 30 de junio de 2020 $991,182,092

El servicio de la deuda de organismos avalada por el gobierno del Estado del 1 de enero al 30 de junio de 2020 registrado dentro del capítulo 9000 fue por la cantidad de $90,405,532 M.N. (noventa millones cuatrocientos cinco mil quinientos treinta y dos pesos Moneda Nacional)5, cantidad que incluye el pago de capital e interés correspondiente al periodo.

En el siguiente cuadro se muestra la relación detallada de los créditos vigentes al 30 de junio de 2020:

Gobierno del Estado de Sonora

Tabla 11. Relación de Créditos de Organismos Al 30 de Junio de 2020

(Cifras en pesos)

Organismo Institución Financiera

Monto Tasa Fecha Firma

Fecha Vencimiento

No. Registro Ante UCEF

Saldo al 30 de Junio de 2020

Comisión Estatal Del Agua (CEA) BANCO DEL BAJÍO $428,629,037 TIIE+0.80% 07/10/2004 26/06/2028 237/2004 $304,521,956

Fondo Nuevo Sonora (FIDESON) BANORTE $238,766,114 TIIE+0.65% 07/10/2004 22/06/2028 236/2004 $162,982,114

PROGRESO Fideicomiso Promotor Urbano de Sonora

BANCO DEL BAJÍO $513,066,879 TIIE+0.80% 07/10/2004 26/06/2028 238/2004 $364,511,304

Fondo Estatal Para la Modernización del Transporte (FEMOT)

BANCA MIFEL $400,000,000 FIJA 9% 28/03/2012 28/03/2022 P26-0412048 $70,000,000

Fondo Estatal Para la Modernización del Transporte (FEMOT)

BANCA MIFEL $200,000,000 FIJA 9% 24/07/2012 24/07/2022 P26-0812117 $41,666,649

Televisora de Hermosillo, S.A. DE C.V. (TELEMAX)

BANCO INTERACCIONES (BANORTE)

$90,000,000 TIIE+2.85% 01/04/2015 31/03/2025 P26-0515046 $47,500,068

      TOTAL $991,182,091

                                                            5 Conforme a la información que tiene la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora. Monto correspondiente al Reporte del Estado del Ejercicio, momento acumulado, columna “Devengado”. En esta cifra no se incluye el servicio de deuda correspondiente al crédito de Fondo Nuevo Sonora, el cual presenta un manejo presupuestal distinto.

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Deuda de Ayuntamientos (Avalada)

La Deuda de los Ayuntamientos avalada por el Gobierno del Estado al 30 de junio de 2020, presenta un saldo de $17,611,888 M.N. (diecisiete millones seiscientos once mil ochocientos ochenta y ocho pesos Moneda Nacional), según se muestra en la gráfica siguiente: Durante el año 2015 se liquidaron los créditos celebrados por los municipios avalados debido al efecto del pago del servicio de la deuda correspondiente al periodo, y así mismo el Gobierno del Estado ha dejado de avalar créditos a municipios.

Al cierre del ejercicio 2019, por solicitud e información recibida por parte de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas y Municipios (UCEF), se integra a este apartado de deuda avalada a municipios, un crédito celebrado por el municipio de Agua Prieta en fecha 28 de agosto de 2003, por un monto inicial de $40,000,000 M.N. (cuarenta millones de pesos Moneda Nacional), el cual al 30 de junio 2020 presenta un saldo de $17,611,888 M.N. (diecisiete millones seiscientos once mil ochocientos ochenta y ocho pesos Moneda Nacional).

947.

01,

040.

01,

086.

01,

108.

01,

115.

01,

100.

087

3.0

757.

070

2.0

116.

011

1.0

110.

010

8.0

106.

010

5.0

103.

086

.067

.055

.054

.653

.052

.051

.550

.649

.448

.347

.246

.144

.86.

15.

54.

84.

03.

22.

41.

60.

70.

00.

00.

00.

00.

00.

0 18.9

18.3

17.6

0

200

400

600

800

1,000

1,200

dic-

98di

c-99

dic-

00di

c-01

dic-

02di

c-03

dic-

04di

c-05

dic-

06di

c-07

dic-

081°

Trim

/09

2° T

rim/0

93°

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/09

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rim/0

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/10

2°T

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/10

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01°

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/11

2°T

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13°

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/11

4°T

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11°

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/12

2°T

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23°

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/12

4°T

rim/1

21°

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/13

2°T

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33°

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/13

4°T

rim/1

31°

Trim

/14

2°T

rim/1

43°

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/14

4°T

rim/1

41°

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/15

2°T

rim/1

53°

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/15

4°T

rim/1

54°

Trim

/16

4°T

rim/1

74°

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94°

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/19

1° T

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02°

Trim

/20

MIL

LONE

S

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Deuda de Municipios No Avalada por el Gobierno del Estado

El saldo de los créditos de municipios no avalados muestra una disminución estimada de $133.1 mdp (ciento treinta y tres punto un millones de pesos) del 1 de enero 2020 al 30 de junio 2020; es decir, una reducción del 2.73% (dos punto setenta y tres por ciento). En la siguiente tabla se muestra la composición de la deuda total por municipio al 30 de junio de 2020:

Gobierno del Estado de Sonora Tabla 12. Composición de Saldos de Deuda No Avalada a Municipios6

(Cifras en pesos)

Municipio 31 de Diciembre De 2019 30 de Junio de 2020

Aconchi $2,608,435 $2,451,929

Agua Prieta $234,104,912 $230,911,901

Arizpe $1,591,158 $1,465,599

Álamos $1,748,760 $1,643,834

Bacanora $1,111,111 $1,044,444

Bacerac $1,333,333 $1,233,333

Bacum $37,701,297 $37,440,395

Baviácora $0 $0

Benjamín Hill $4,027,446 $3,740,102

Benito Juárez $1,387,726 $1,031,692

Caborca $14,628,085 $18,287,855

Cajeme $693,148,906 $681,815,608

Carbó $1,230,278 $1,058,611

Cananea $0 $5,416,667

Cumpas $3,471,189 $3,271,189

Divisaderos $3,793,237 $3,576,570

Empalme $68,891,435 $68,467,108

Etchojoa $20,620,032 $20,080,038

Fronteras $0 $0

General Plutarco Elías Calles $9,470,480 $8,708,174

Guaymas $355,745,877 $352,480,745

Hermosillo $2,155,308,500 $2,078,784,133

                                                            6 Los saldos presentados corresponden a la información presentada por parte de los municipios e Instituciones Financieras. El informe actual, refleja ajustes de información solicitados tanto por los municipios como por la Unidad de Coordinación de Entidades Federativas y Municipios (UCEF). Es responsabilidad del municipio la información presenta al Gobierno del Estado de Sonora.

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Huásabas $982,014 $860,586

Huatabampo $56,492,193 $55,368,612

Ímuris $11,820,005 $11,091,144

Magdalena $12,237,011 $11,673,365

Mazatán $2,160,000 $2,040,000

Naco $0 $0

Nácori Chico $2,266,502 $2,094,887

Nacozari de García $5,851,663 $5,191,569

Navojoa $123,641,282 $120,982,447

Nogales $592,480,712 $570,853,323

Onavas $4,071,692 $3,816,770

Opodepe $2,914,055 $2,693,496

Oquitoa $2,682,539 $2,521,587

Puerto Peñasco $307,282,186 $298,633,767

Rayón $2,795,139 $2,625,737

Sahuaripa $4,029,641 $3,696,507

Suaqui Grande $1,238,993 $1,159,762

San Ignacio Río Muerto $20,342,452 $19,082,194

San Luis Río Colorado $94,918,101 $90,958,170

San Felipe de Jesús $1,457,836 $1,374,502

Santa Ana $1,675,625 $1,478,493

Tubutama $5,615,654 $5,278,715

Ures $3,263,333 $3,043,333

Villa Pesqueira $1,902,084 $1,786,806

Yécora $4,252,879 $3,983,648

TOTAL $4,878,295,788 $4,745,199,345

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Informe sobre Pasivos Contingentes

Los pasivos contingentes son obligaciones que tienen su origen en hechos específicos e independientes del pasado que en el futuro pueden ocurrir o no y, de acuerdo con lo que acontezca, desaparecen o se convierten en pasivos reales por ejemplo: juicios, garantías, avales, costos de planes de pensiones, jubilaciones, entre otros.

En este apartado se presentan los pasivos contingentes relacionados únicamente con el tema de Deuda Pública, los cuales se ven representados por los saldos insolutos al 30 de junio de 2020 por los créditos adquiridos por organismos y municipios avalados por el Estado. En el entendido de que si los deudores directos dejaran de hacer frente a sus obligaciones de pago el Gobierno del Estado deberá pagar estos adeudos. Los saldos son los siguientes:

Gobierno del Estado de Sonora Tabla 13. Saldo de los Pasivos Contingentes

Al 31 de Junio de 2020 (Cifras en pesos)

Tipo De Deudor Saldo al 30 de Junio de 2020

Organismos $991,182,092

Municipios Avalados $17,611,888

Otras Contingencias 0

TOTAL $1,008,793,980

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Se presenta a continuación el Endeudamiento Neto del periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2020, en formato establecido por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC):

Gobierno del Estado de Sonora Tabla 14. Endeudamiento Neto

Del 1 de Enero al 30 de Junio de 2020 (Cifras en pesos)

Identificación del Crédito o Instrumento Contratación Amortización Endeudamiento Neto

Creditos Bancarios

BANCO AZTECA - $500mdp $500,000,000 $1,303,108,469 -$803,108,469

Total créditos bancarios $500,000,000 $1,303,108,469 -$803,108,469

OTROS INSTRUMENTOS DE DEUDA DISPOSICIONES DE CRÉDITOS VIGENTES DE CADENAS

PRODUCTIVAS $108,727,718  $148,177,459 -$39,449,741

Total otros instrumentos de Deuda $108,727,718 $148,177,459 -$39,449,741

Total $608,727,718 $1,451,285,928 -$842,558,210

 

 

 

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Se presenta a continuación el Endeudamiento Neto Detallado del periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2020:  

Gobierno del Estado de Sonora Tabla 15. Endeudamiento Neto Detallado

Del 1 de Enero Al 30 de Junio de 2020 (Cifras en pesos)

Disposiciones Del Periodo Amortizaciones

Del Periodo

Endeudamiento Neto

Al Cierre

Institución Financiera

Tipo De Contrato

Fecha del

Contrato Destino Fundamento

Monto de la Disposición

Periodo Monto Trimestre

Bansi Cadena

Productiva 30/04/2019 Necesidades de Liquidez

LEY y artículo 2º[1] $21,802,735

Primer Trimestre

$657,463,719 -$609,115,107

Scotiabank Cadena Productiva

29/04/2019 Necesidades de Liquidez

LEY y artículo 2º

$26,545,877

Banorte Cadena Productiva

25/05/2019 Necesidades de Liquidez

LEY y artículo 2º

$0

Segundo Trimestre $793,822,209 -$233,443,103

Bansi Cadena Productiva

07/07/2019 Necesidades de Liquidez

LEY y artículo 2º[1]

$60,379,106

Banco Azteca

Crédito de Corto Plazo

30/04/2019 Necesidades de Liquidez

LEY y artículo 2º[1]

$500,000,000

Multiva Crédito de

Largo Plazo

Inversión Público

Productiva $0

Multiva Crédito de

Largo Plazo

Inversión Público

Productiva $0

Bansi Crédito de

Largo Plazo

Inversión Público

Productiva $0

                                                             

 

 

 

 

 

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Se presenta a continuación el Estado Analítico de la Deuda del Gobierno del Estado:

Gobierno del Estado de Sonora Tabla 16. Informe Analítico de la Deuda Pública y Otros Pasivos

Del 1 de Enero Al 30 de Junio de 2020 (Cifras en pesos)

Concepto

Saldo Disposiciones

del Periodo (e)

Amortizaciones del Periodo

(f)

Revaluaciones, Reclasificaciones y Otros Ajustes

(g)

Saldo Final del Periodo Pago de

Intereses del Periodo

(i)

Pago de Comisiones y demás costos

asociados durante el Periodo 7

al 31 de diciembre de 2019 (d)

h=d+e-f+g

1. Deuda Pública (1=A+B) $22,972,090,057 $500,000,000 $1,303,108,469 0 $22,168,981,588 $859,160,223 $159,676,746

A. Corto Plazo (A=a1+a2+a3)8 $2,111,742,425 $500,000,000 $1,282,575,758 0 $1,329,166,667 $64,962,942 0

a1) Instituciones de Crédito $2,111,742,425 $500,000,000 $1,282,575,758 0 $1,329,166,667 $64,962,942 0

a2) Títulos y Valores 0 0 0 0 0 0 0

a3) Arrendamientos Financieros 0 0 0 0 0 0 0

B. Largo Plazo (B=b1+b2+b3) $20,860,347,632 0 $20,532,711 0 $20,839,814,921 $793,197,281 $159,676,746

b1) Instituciones de Crédito $20,860,347,632 0 $20,532,711 0 $20,839,814,921 $793,197,281 $159,676,746

b2) Títulos y Valores 0 0 0 0 0 0 0

b3) Arrendamientos Financieros 0 0 0 0 0 0 0

2. Otros Pasivos $6.588.589.617 $5,063,742,265

3. Total de la Deuda Pública y Otros Pasivos (3=1+2)

$29,560,679,674 0 $27,232,723,853 $859,160,223 $159,676,746

4. Deuda Contingente 1 (informativo)9 $1,052,080,158 0 $60,898,066 0 $991,182,092 $41,084,143 $464,000

A. Deuda Contingente (Organismos)10 $1,052,080,158 $60,898,066 0 $991,182,092 $41,084,143 $464,000

B. Deuda Contingente 2

C. Deuda Contingente XX

5. Valor de Instrumentos Bono Cupón Cero 2 (Informativo)

0 0 0 0 0 0 0

A. Instrumento Bono Cupón Cero 1

B. Instrumento Bono Cupón Cero 2 0 0 0 0 0 0 0

C. Instrumento Bono Cupón Cero

                                                            7 La cifra de comisiones, coberturas y demás costos asociados corresponde al del Estado del Ejercicio en momentos acumulado, columna “Devengado". El gasto total registrado, incluyendo deuda directa y organismos avalados, es por $160,140,746 M.N. (ciento sesenta millones ciento cuarenta mil setecientos cuarenta y seis pesos Moneda Nacional) 8 No se incluyen líneas de Cadenas Productivas. 9 La cifra presentada corresponde al gasto “Devengado” dentro del capítulo 9000 por concepto de comisiones, coberturas y otros gastos de la deuda. En dicho importe se presentan los costos por coberturas; así como honorarios fiduciarios y costos de calificadoras. 10 El gasto registrado por servicio de la deuda de organismos avalados, incluyendo Capital e intereses, es por $90,405,532 M.N. (noventa millones cuatrocientos cinco mil quinientos treinta y dos pesos Moneda Nacional), de acuerdo al Reporte del Estado del Ejercicio en momentos acumulado, columna “Devengado" debido a que el servicio de la deuda del crédito avalado a Fondo Nuevo Sonora presenta un tratamiento contable distinto y no se registra en el capítulo 9000.

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Gobierno del Estado de Sonora Tabla 17. Obligaciones de Corto Plazo

Al 30 de Junio 2020

Obligaciones a Corto Plazo

(K)

Monto Plazo Tasa de Interés

Comisiones y Costos

Relacionados (O)

Tasa Efectiva

Contratado (L)

Pactado (N) (P)

(M)

6. Obligaciones a Corto Plazo (Informativo) SCOTIABANK INVERLAT

$200,000,000 11 TIIE + 0.48%

0 10.48%

HSBC $350,000,000 12 TIIE + 0.39%

0 8.76%

HSBC $400,000,000 12 TIIE + 0.35%

0 8.17%

HSBC $300,000,000 12 TIIE + 0.59%

0 8.09%

HSBC $300,000,000 12 TIIE + 0.58%

0 7.99%

BBVA $200,000,000 12 TIIE + 0.75%

0 8.17%

SCOTIABANK $130,000,000 12 TIIE + 0.70%

0 8.11%

BANORTE $570,000,000 12 TIIE + 0.85%

0 8.27%

BANCO AZTECA $500,000,000 12 TIIE + 2.60%

0 8.1075%

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Durante el periodo del 1 de enero al 30 de junio de 2020 no se realizaron pagos por comisiones y/o costos relacionados a las obligaciones de Corto Plazo vigentes. Todos los créditos de corto plazo que se presentan en este recuadro se celebraron con fundamento en el Articulo 20 Quáter de la Ley de Deuda Pública del Estado de Sonora y al artículo 31 de la Ley de Disciplina Financiera de los Estados y Municipios.

Se presenta a continuación el cuadro de intereses de la deuda directa pagados en el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2020:

Gobierno del Estado de Sonora Tabla 18. Intereses de la Deuda de Créditos Bancarios

Del 1 de Enero al 30 De Junio de 2020 (Cifras en pesos)

Identificación del Crédito o Instrumento Devengado Pagado BBVA BANCOMER 3,468 MDP REFIN 2018 (76) $128,460,129 $128,460,129 BANOBRAS 5,000 MDP REFIN 2018 (71) $191,725,253 $191,725,253 BANOBRAS 4,400 MDP REFIN 2018 (69) $163,147,486 $163,147,486 BANOBRAS 3,060 MDP REFIN 2018 (70) $119,295,726 $119,295,726 SANTANDER 2,000 MDP 0.60 REFIN 2018 (74) $75,698,599 $75,698,599 SANTANDER 2,000 MDP 0.65 REFIN 2018 (75) $76,210,359 $76,210,359 BAJÍO 1,000 MDP REFIN 2018 (72) $38,659,729 $38,659,729 HSBC 300 MDP CP-PQ (83) $140,933 $140,933 SCOTIABANK INVERLAT 100 MDP CP-PQ (84) $287,462 $287,462 SCOTIABANK INVERLAT 200 MDP CP-PQ (85) $1,774,863 $1,774,863 HSBC 350 MDP CP-PQ (86) $4,986,773 $4,986,773 HSBC 400 MDP CP-PQ (87) $6,881,726 $6,881,726 HSBC 300 MDP CP-PQ (88) $9,357,166 $9,357,166 BBVA 200 MDP CP-PQ (89) $6,482,448 $6,482,448 HSBC 300 MDP CP-PQ (90) $9,506,843 $9,506,843 SCOTIABANK 130 MDP CP-PQ (91) $4,186,273 $4,186,273 BANORTE 570 MDP CP-PQ (92) $18,703,076 $18,703,076 BANCO AZTECA 500 MDP CP-PQ (93) $2,655,378 $2,655,378 TOTAL $858,160,223 $858,160,223

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En el siguiente cuadro se muestra la relación de créditos pagados con recursos federales, de acuerdo con la “NORMA PARA ESTABLECER LA ESTRUCTURA DE LOS FORMATOS DE INFORMACIÓN DE OBLIGACIONES PAGADAS O GARANTIZADAS CON FONDOS FEDERALES” que establece el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC):

Gobierno del Estado de Sonora Tabla 19. Formato de Información de Obligaciones Pagadas o Garantizadas

Con Fondos Federales Al Segundo Trimestre 2020

(Cifras en pesos)

Tipo de Obligación

Plazo Tasa Fin, Destino y

Objeto

Acreedor, Proveedor o Contratista

Importe Total Fondo

Importe Garantizado

(Porcentaje del Fondo General de Participaciones)

Importe y Porcentaje del Total que se Paga y

Garantiza con el Recurso de Dichos Fondos

Importe Pagado

% Respecto al Total

Crédito Simple

20 TIIE + 0.48%

Refinanciamiento de Pasivos

Bancomer $3,468,000,000RAMO

28 8.75%

$1,737,468 0.0501%

Crédito Simple

30 TIIE + 0.74%

Refinanciamiento de Pasivos

Banobras $4,994,377,299RAMO

28 11.47%

$2,502,183 0.0501%

Crédito Simple

20 TIIE + 0.50%

Refinanciamiento de Pasivos

Banobras $4,387,687,907RAMO

28 11.10%

$2,198,232 0.0501%

Crédito Simple

30 TIIE + 0.86%

Refinanciamiento de Pasivos

Banobras $3,059,009,620RAMO

28 7.03%

$1,532,564 0.0501%

Crédito Simple

20 TIIE + 0.60%

Refinanciamiento de Pasivos

Santander $2,000,000,000RAMO

28 5.04%

$1,002,000 0.0501%

Crédito Simple

20 TIIE + 0.65%

Refinanciamiento de Pasivos

Santander $2,000,000,000RAMO

28 5.04%

$1,002,000 0.0501%

Crédito Simple

20 TIIE + 0.80%

Refinanciamiento de Pasivos

Bajío $1,000,000,000RAMO

28 2.52%

$501,000 0.0501%

 

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La reducción del saldo de su deuda pública bruta total con motivo de cada una de las amortizaciones, con relación al registrado al 31 de diciembre del ejercicio fiscal anterior, se muestra en la siguiente tabla:

Gobierno del Estado de Sonora Tabla 20. Comportamiento del Saldo de la Deuda

Al Segundo Trimestre 2020

Concepto Importe

Deuda Pública Bruta Total al 31 de diciembre del Año 201911 $20,860,347,633 (-) Amortización 1 $10,057,265 Deuda Pública Bruta Total descontando la amortización 1 $20,850,290,368 (-) Amortización 2 $10,475,447

Deuda Pública Bruta Total descontando la amortización 2 $20,839,814,921 (-) Amortización 3 Deuda Pública Bruta Total descontando la amortización 3 (-) Amortización 4 Deuda Pública Bruta Total descontando la amortización 4

Se presenta el saldo de los créditos que se pagan con recursos provenientes de Fondos Federales, es decir, se presenta únicamente el saldo de los créditos incluidos en el Cuadro 1 del presente documento.

La deuda pública total directa al 30 de junio 2020 cerró con un saldo de $22,168,981,588 pesos. Este saldo considera la contratación y disposición de los créditos de corto plazo celebrados durante el ejercicio 2020.

El monto anterior se compone de la siguiente manera:

- Largo plazo: $ 20,839,814,921

- Corto plazo: $ 1,329,166,667

Por su parte, el saldo de los créditos vigentes que se pagan con recursos provenientes de Fondos Federales, incluidos en el Cuadro 1 del presente documento, es de 20,839,814,921 pesos, el cual corresponde a la totalidad de créditos de largo plazo celebrados por el Gobierno del Estado.

                                                            11 Se presenta el saldo de los créditos que se pagan con recursos provenientes de Fondos Federales, es decir, se presenta únicamente el saldo de los créditos incluidos en el Cuadro 1 del presente documento.

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Gobierno del Estado de Sonora Tabla 21. Comparativo de la Relación Deuda Pública Bruta Total a Producto

Interno Bruto del Estado Entre el 31 de Diciembre 2019 y el 30 de Junio 2020

(Cifras en pesos)

Concepto Al 31 de

diciembre 2019 Segundo Trimestre

2020

Producto interno bruto estatal12 $762,760,000,000 $762,760,000,000

Saldo de la deuda pública13 $22,972,090,057 $22,168,981,588

Porcentaje 3.01% 2.91%

Gobierno del Estado de Sonora Tabla 22. Comparativo de la Relación Deuda Pública Bruta Total a

Ingresos Propios del Estado Entre el 31 de Diciembre 2019 y el 30 de Junio 2020

(Cifras en pesos)

CONCEPTO Al 31 de

diciembre 2019 Segundo

Trimestre 2020

Ingresos Propios $6,428,051,890 $3,595,926,216

Saldo de la Deuda Pública Directa $22,972,090,057 $22,168,981,588

Porcentaje 361% 617%

 

                                                            12 PIB correspondiente al 2018 cifras preliminares según última actualización de INEGI. Millones de pesos a Precios Corrientes, en cifra revisada. Se utiliza el PIB 2018, debido a que no hay un dato más reciente en la página del INEGI. 13 Saldo de la deuda directa total al 30 de junio de 2020.

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Gobierno del Estado de Sonora Tabla 23. Deuda Total por Origen y Fuentes de Financiamiento

Al 30 de Junio de 2020 (Cifras en pesos)

Concepto Saldo al 31 de

Diciembre 2020 Saldo al 31 de

Diciembre 2020

Estructura Porcentual

2019

Estructura Porcentual 2020

TOTAL $23,071,918,904 $22,229,360,694

100% 100%

INTERNA VALORES GUBERNAMENTALES BONOS TASA FIJA UDIBONOS CETES BONDES UDIBONOS SEGREGADOS OBLIGACIONES POR LEY DEL ISSSTE

EMPRESAS PRODUTIVAS SAR BANCA DE FOMENTO Y DESARROLLO

BANOBRAS $12,412,161,976 $12,399,944,841 53.80% 55.78% NAFIN $99,828,847 $60,379,106 0.43% 0.27% OTRAS INSTITUCIONES DE CREDITO

$10,559,928,081

$9,769,036,747 45.77% 43.95%

EXTERNA PAGARES BONOS PUBLICOS CRÉDITOS BILATERALES INSTITUCIONES FINANCIERAS DEL EXTERIOR

OTROS

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Coberturas Financieras

Se presenta a continuación la “Relación de Esquemas Bursátiles y de Coberturas Financieras” pagadas en el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2020:

Gobierno del Estado de Sonora Tabla 24. Relación de Esquemas Bursátiles y de Coberturas Financieras

Del 1 de Enero al 30 de Junio de 2020 (Cifras en pesos)

IDENTIFICACIÓN DEL INSTRUMENTO COLOCACIÓN

INTERESES GANADOS

VALOR ACTUAL

A B C=A+B

1

Total -

- -

OTROS INSTRUMENTOS DE BURSATILIZACIÓN

1 SWAPS BANORTE (CUBRE BANOBRAS)

-93,633,770.20 -93,633,770.20

2 SWAPS SANTANDER -28,587,818.60 -28,587,818.60

3 SWAP ACCENDO (CUBRE BBVA) -25,904,900.66 -25,904,900.66

4 SWAP ACCENDO (CUBRE BAJIO) -7,516,273.51 -7,516,273.51

Total Otros Instrumentos

TOTAL -155,642,762.97 0.00 -155,642,762.97

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Autorizaciones del Congreso para Contratación de Créditos y Refinanciamiento de la Deuda Avalada

Por este medio se informa que el H. Congreso del Estado, a través del artículo 16 de la Ley número 87, de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal del año 2020, publicada en el Boletín Oficial de Edición Especial en fecha viernes 27 de diciembre de 2019, autorizó al Estado, por conducto del Poder Ejecutivo y a través de la Secretaría de Hacienda para contratar financiamientos por un monto de hasta $1,300,000,000.00 M.N. (mil trescientos millones de pesos 00/100 Moneda Nacional) sin incluir intereses, más las cantidades necesarias para las reservas que deban constituirse en relación a los mismos; la contratación de Instrumentos Derivados y/o Garantías de Pago (como dichos términos se definen en los párrafos V y IX, respectivamente), y honorarios y gastos de calificadoras, asesores financieros, legales, fiduciarios y/o de fedatarios públicos, en términos de lo previsto en la presente Ley, así como en los artículos 117, fracción Vlll, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 64, fracción XXVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano; 47 fracción I y 50 de la Ley de Coordinación F iscal; 22, 23, 24, 26 y 29 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y 6, 6 Bis, 7 Bis, y demás aplicables de la Ley de Deuda Pública del Estado de Sonora, de conformidad con las bases de la autorización otorgada.

Dicha autorización contempla que:

1) Los financiamientos podrán instrumentarse a través de uno o varios contratos de crédito con instituciones de banca múltiple o banca de desarrollo de nacionalidad mexicana; hasta por un plazo de 20 (veinte) años, o su equivalente en meses y/o días.

2) Deberán ser pagaderos en pesos y dentro del territorio nacional, con la prohibición expresa de su cesión a personas físicas o morales, de nacionalidad extranjera.

3) Los recursos líquidos señalados en el primer párrafo anterior y sin perjuicio de las cantidades necesarias para los demás conceptos señalados en el mismo, deberán destinarse a los proyectos de inversión pública productiva, en términos de los artículos 2, fracción XXV, de la

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Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, 2, fracción XI , de la Ley de Deuda Pública para e l Estado de Sonora y 4 7 fracción 1 de la Ley de Coordinación Fiscal; de acuerdo a las especificaciones y cantidades señaladas en la autorización.

4) Las cantidades adicionales que se contraten para la contratación de Instrumentos Derivados y/o Garantías de Pago; así como el pago de honorarios y gastos de calificadoras, asesores financieros, legales, fiduciarios y/o de fedatarios públicos será por hasta el 1.2% (uno punto dos por ciento) del monto contratado de los financiamientos. Lo anterior, en el entendido que los gastos y costos derivados de la contratación de los financiamientos no podrán ser con cargo a los financiamientos que en su caso tengan como fuente de pago el Fondo de Aportaciones para el Forta.leci1niento de las Entidades Federativas. En términos de la fracción IV, IX, X, XII

5) Se autoriza para celebrar, modificar o renovar operaciones financieras derivadas con objeto de mitigar riesgos económicos, financieros o de mercado relacionados con las operaciones de financiamiento a celebrar en términos del Artículo 16 Fracciones V, VIII, X, XII.

6) Se autoriza la afectación de participaciones y Fondos Federales, en términos del artículo 16 Fracción VI y VII.

7) El Ejecutivo del Estado, con el apoyo de la Secretaría de Hacienda, deberá prever en el proyecto de presupuesto de cada ejercicio fiscal, incluido el ejercicio fiscal para el que se aprueba la presente Ley, el pago y servicio de los financiamientos que se contraten al amparo del presente Artículo 16, hasta su total liquidación.

8) A más tardar diez días posteriores a la inscripción en el Registro Público Único, a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Estado deberá publicar en su página oficial de Internet los instrumentos legales celebrados y formalizados al amparo del Artículo 16.

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Los créditos correspondientes a la autorización descrita, fueron contratados el pasado 9 de junio de 2020, a los cuales se hizo referencia anteriormente, dentro del apartado de “Contratos de crédito de Largo Plazo del Gobierno del Estado celebrados durante el Segundo Trimestre 2020”. Dichos contratos aún no han sido dispuestos.

Asimismo, a través del artículo 17, del mismo ordenamiento en referencia, se autoriza a los Entes Públicos siguientes para incurrir en endeudamiento por las cantidades que en la siguiente tabla se indican para cada uno, mismas que, en su conjunto, ascienden a $1,071,956,176 M.N. (mil setenta y un millones novecientos cincuenta y seis mil ciento setenta y seis pesos 00/100 Moneda Nacional), a ser ajustados al momento de su disposición, cuyos recursos serán destinados al refinanciamiento, total o parcial, y/o a la reestructuración, de los financiamientos previamente contratados, por cada uno de dichos Entes Públicos, según corresponda:

Ente Público Endeudamiento Autorizado Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sonora

Hasta por $317,027,696.67 M.N. (trescientos diecisiete millones veintisiete mil seiscientos noventa y seis pesos 67/100 Moneda Nacional)

Fideicomiso denominado “Progreso Fideicomiso Promotor Urbano Sonora”

Hasta por $379,480,615.40 M.N. (trescientos setenta y nueve millones cuatrocientos ochenta mil seiscientos

quince pesos 40/100 Moneda Nacional) Fondo Estatal para la Modernización del Transporte

Hasta por $151,666,644.57 M.N. (ciento cincuenta y un millones seiscientos

sesenta y seis mil seiscientos cuarenta pesos 57/100 Moneda Nacional)

Televisora de Hermosillo, S.A. de C.V. Hasta por $54,166,724.00 M.N. (cincuenta y cuatro millones ciento sesenta y seis mil

setecientos veinticuatro pesos 00/100 Moneda Nacional)

Fondo para Actividades Productivas del Estado de Sonora

Hasta por $169,614,495.55 M.N. (ciento sesenta y nueve millones seiscientos

catorce mil cuatrocientos noventa y cinco pesos 55/100 Moneda Nacional)

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De acuerdo con las siguientes bases:

1) Los recursos de los financiamientos que sean contratados por los Entes Públicos al amparo de este Artículo, deberán destinarse al refinanciamiento, total o parcial, y/o la reestructuración de los financiamientos que se enlistan en la tabla del artículo 17 Fracción I.

2) Se autoriza a cada uno de los Entes Públicos para incurrir en endeudamiento adicional de hasta el 2.5% (dos punto cinco por ciento) del monto del financiamiento a contratar para la constitución de fondos de reserva, así como para liquidar primas, comisiones, costos y cualquier otra erogación relacionada con el diseño, estructuración, contratación y/o reestructuración de los financiamientos, incluyendo, sin limitar aquellos relacionados con (i) la liquidación de los financiamientos objeto de refinanciamiento y/o reestructuración, tales como costos de rompimiento de fondeo y/o terminación de operaciones financieras derivadas, (ii) la terminación anticipada de las garantías de pago o soporte crediticio que se hubieren contratado en relación con dichos financiamientos, (iii) la celebración de Instrumentos Derivados, (iv) la contratación de Garantías de Pago, y (v) honorarios y gastos de calificadoras, asesores financieros, legales, fiduciarios y/o de fedatarios públicos. Lo anterior, en el entendido que, en caso de que no se incluyan Instrumentos Derivados y Garantías de Pago, el monto referido en el presente párrafo, con excepción de las cantidades requeridas para la conformación de los fondos de reserva, no rebasará el 1.5% (uno punto cinco) del monto del financiamiento a contratar, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento del Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de las Entidades Federativas y Municipios.

3) Se autoriza a los Entes Públicos, por conducto de sus respectivos representantes, para contratar uno o más créditos con instituciones de banca múltiple o banca de desarrollo de nacionalidad mexicana, hasta por la cantidad autorizada para cada Ente Público, respectivamente, en el entendido de que los financiamientos serán pagaderos en pesos, dentro de territorio nacional, por un plazo de hasta 20 (veinte) años, o

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su equivalente en meses y/o días, según corresponda, contados a partir de la fecha de la primera disposición de recursos de los financiamientos, respectivamente.

4) Las operaciones de refinanciamiento podrán establecer, entre otros términos y condiciones que determine cada Ente Público, amortizaciones de principal, iguales o crecientes, así como plazos de gracia para el pago de principal. Asimismo, los intereses que se convengan respecto de éstos podrán pactarse a tasa fija o variable. En este último caso, podrán celebrarse los Instrumentos Derivados que se estimen convenientes y necesarios para mitigar los riesgos de las variaciones en las tasas de interés.

5) Se autoriza al Estado para que, por conducto del Poder Ejecutivo y a través de la Secretaría de Hacienda, se obligue solidariamente con los Entes Públicos, respecto del pago total y oportuno de las obligaciones de pago de dichos Entes Públicos al amparo de las operaciones de reestructuración y/o refinanciamiento, así como para que gestione, negocie, acuerde y celebre los convenios, contratos y demás documentos que sean necesarios o convenientes para instrumentar dicha obligación solidaria.

6) Se autoriza a cada uno de los Entes Públicos, por conducto de sus respectivos representantes, y al Estado, por conducto del Poder Ejecutivo y a través de la Secretaría de Hacienda, para que gestione, negocie, acuerde y celebre los demás términos y condiciones que se estimen necesarios o convenientes para la celebración de las operaciones de refinanciamiento y/o reestructuración materia del Artículo 17, y firmen y suscriban los convenios, contratos, títulos de crédito, valores, demás documentos y actos jurídicos que sean necesarios o convenientes a su juicio.

7) La celebración, modificación, renovación o extinción de operaciones financieras derivadas con objeto de mitigar riesgos económicos, financieros o de mercado relacionados con las operaciones de refinanciamiento y/o reestructuración celebradas en términos del Artículo 17, incluyendo, sin limitar, para mitigar riesgos de mercado

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relativos a las tasas de interés, así como la celebración de contratos de intercambio de flujos (swaps) o coberturas de tasa de interés (caps), hasta por los montos del saldo o principal de las operaciones de refinanciamiento y/o reestructuración (los "Instrumentos Derivados"); lo anterior, en el entendido de que los derechos de los Entes Públicos y/o del Estado al amparo de dichas operaciones y contratos podrán ser afectados a los fideicomisos o mecanismos a que se refiere el Artículo 17-Vlll y, en su caso, compartir la fuente de pago de los financiamientos que están cubriendo;

8) La adopción de las obligaciones de dar, hacer y no hacer que se consideren necesarias o convenientes;

9) La modificación, revocación o cancelación de instrucciones, notificaciones o avisos girados con anterioridad para la afectación de derechos o ingresos, o bien el otorgamiento y/o emisión de nuevas instrucciones, notificaciones o avisos, las que podrán tener el carácter de irrevocable, en relación con lo establecido en el Artículo 17-VII y Vlll;

10) Las promociones, avisos, instrucciones y registros que sean necesarios y/o convenientes ante autoridades, estatales y/o federales, incluyendo, sin limitar, a la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, tendientes o requeridos para llevar a cabo las operaciones autorizadas en el Artículo 17;

11) La constitución de fondos de reserva;

12) El otorgamiento de mandatos, revocables o irrevocables;

13) Proponer, negociar y obtener de los acreedores bajo los financiamientos referidos o los que posteriormente sean celebrados al amparo del Artículo 17, de las instituciones que actúan o actúen como contrapartes de los Instrumentos Derivados o como fiduciarios de los fideicomisos conexos.

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14) Cualesquiera autorizaciones, dispensas, renuncias de derechos o instrumentos o actos similares que sean necesarios o convenientes para realizar las operaciones de refinanciamiento y/o reestructuración;

15) Celebrar las transmisiones, cesiones, mandatos, convenios de tercerización, convenios de comisión mercantil, o en general cualquier acto jurídico necesario o conveniente para la afectación o desafectación de sus ingresos o derechos a fin de dar cumplimiento a la autorización;

16) La contratación de cualesquiera terceros que resulten necesarios o convenientes para llevar a cabo y celebrar los actos, y la negociación y celebración de cuantos términos y condiciones se estimen necesarios o convenientes para el cumplimiento de las disposiciones de la autorización;

17) La contratación de los financiamientos, Instrumentos Derivados y/o Garantías de Pago, se realizará mediante uno o varios procesos competitivos o licitaciones públicas, en términos de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, a efecto de obtener las mejores condiciones de mercado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley ele Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y atendiendo a los Lineamientos ele la Metodología para el Cálculo del Menor Costo Financiero y de los Procesos Competitivos de los Financiamientos y Obligaciones a contratar por parte de las Entidades Federativas, los Municipios y sus Entes Públicos. Los aspectos no previstos en las disposiciones aplicables serán definidos por la Secretaría de Hacienda.

18) Se autoriza al Estado para que, por conducto del Poder Ejecutivo y a través de la Secretaría de Hacienda, siempre que, en todo momento, se respeten los derechos adquiridos de terceros, afecte y ceda irrevocablemente, como fuente de pago directa o alterna, garantía, o ambas, de las obligaciones que se deriven de los convenios, contratos: títulos de crédito, valores y demás documentos que, en su caso, se suscriban para instrumentar las operaciones de refinanciamiento, reestructuración, Instrumentos Derivados y/o las Garantías de Pago, hasta el 8.0% (ocho punto cero por ciento) de los derechos a recibir las

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participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le corresponden al Estado del Fondo General de Participaciones, incluyendo los flujos de efectivo que deriven del mismo, o cualquier otro Fondo que lo substituya o complemente de tiempo en tiempo, pero excluyendo aquellos que corresponden a los Municipios del Estado, de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Coordinación Fiscal. Las afectaciones no podrán ser revocadas o revertirse a favor del Estado, a menos que se cuente con el consentimiento expreso y por escrito de las instituciones de crédito con las que se celebren los convenios, contratos títulos de crédito y demás documentos, mediante los cuales se instrumenten las operaciones de refinanciamiento, reestructuración, Contratos de Cobertura y/o Garantías de Pago autorizadas.

Las afectaciones se entenderán válidas y vigentes, con independencia de que se modifiquen sus denominaciones o se substituyan por uno o varios nuevos conceptos que se refieran a situaciones jurídicas o de hecho iguales o similares a las que dan origen a los derechos o ingresos cuya afectación se autoriza.

Asimismo, la Secretaría de Hacienda podrá desafectar, liberar, transmitir, ceder o por cualquier otro título legal transferir recursos previamente destinados o afectados al pago de los financiamientos señalados en el Artículo 17-I y/o de las obligaciones de pago derivadas de las operaciones que se autorizan en el Artículo 17, ajustándose al marco legal y contractual aplicable.

19) Se autoriza al Estado para que, por conducto del Poder Ejecutivo y a través de la Secretaría de Hacienda, constituya uno o más fideicomisos irrevocables, de administración, fuente ele pago y/o garantía, con carácter de fideicomitente y/o fideicomisario y para que, en general, utilice y celebre cualquier instrumento o mecanismo, necesario o conveniente, con objeto de garantizar y/o efectuar el pago de las obligaciones que se deriven de los convenios, contratos, títulos de crédito, valores y demás documentos que se celebren o suscriban para instrumentar las operaciones de refinanciamiento, reestructuración, Instrumentos Derivados y/o Garantías de Pago,

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incluyendo, entre otras, las garantías y los mecanismos de pago, avales, obligaciones solidarias o mancomunadas.

Los derechos de los beneficiarios o fideicomisarios conforme a dichos fideicomisos podrán, a su vez, ser aportados por éstos a otros fideicomisos o bien cedidos a terceros en términos de la legislación aplicable.

En los fideicomisos que se constituyan al amparo del Artículo 17 se deberá estipular que, una vez que se hayan liquidado en su totalidad los financiamientos respecto de los cuales estos sirvan como fuente de pago, así como, en su caso, los Instrumentos Derivados y/o Garantías de Pago, u operaciones asociadas a los mismos, revertirán al Estado los derechos y/o ingresos derivados de las participaciones presentes o futuras en ingresos federales del fondo general de participaciones que se hubiere afectado como garantía y/o fuente de pago directa o alterna, así como cualesquiera cantidades líquidas que existieran en las cuentas del fideicomiso correspondiente.

Asimismo, se autoriza a cada uno de los Entes Públicos, por conducto de sus respectivos representantes, y al Estado, por conducto del Poder Ejecutivo y a través de la Secretaría de Hacienda, así como, en su caso, a los Entes Públicos señalados en el artículo 17, por conducto de sus respectivos representantes, para que lleven a cabo cualesquiera actos necesarios al efecto para que modifiquen o extingan fideicomisos constituidos como mecanismos de garantía y/o fuente de pago de financiamientos, incluyendo, sin limitar, la posibilidad de incrementar, reducir o desafectar, según resulte necesario o conveniente, los derechos e ingresos que formen parte del patrimonio de dichos fideicomisos, así como para modificar, en lo conducente, los contratos que los documenten, oo en su caso, los convenios, contratos, títulos de crédito, valores y demás documentos relacionados con aquéllos, de manera que pueda consolidar el servicio o pago de los financiamientos, en el entendido de que se deberá cumplir previamente con los requisitos aplicables establecidos en los instrumentos respectivos y de que deberán respetarse, en todo momento, los derechos de terceros.

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Los Entes Públicos estarán autorizados para ser parte en dichos fideicomisos, como fideicomitentes y/o fideicomisarios.

Los fideicomisos que se constituyan o modifiquen en términos de la autorización, no serán considerados fideicomisos públicos paraestatales y no formarán parte de la Administración Pública Paraestatal.

20) Se autoriza a cada uno de los Entes Públicos, por conducto de sus respectivos representantes, y al Estado, por conducto del Poder Ejecutivo y a través de la Secretaría de Hacienda, para que contraten directamente o, en su caso, instruyan al fiduciario de cualquier fideicomiso de administración, garantía y/o fuente de pago para que éste contrate, con cualquier institución o entidad financiera mexicana o, en su caso, modifique alguno existente, una o más garantías financieras o una o más garantías de pago, mecanismos de refinanciamiento garantizado u otros mecanismos de respaldo o soporte crediticio (las "Garantías de Pago") hasta por un monto equivalente al 30% (treinta por ciento) de la totalidad de los financiamientos u obligaciones a su cargo que deriven de las operaciones de refinanciamiento y /o reestructura que se celebren.

El período de disposición de las Garantías de Pago será igual al plazo de los financiamientos garantizados y, adicionalmente, contarán con un periodo de amortización adicional de hasta una cuarta parte del periodo de disposición.

Se podrá pactar con la institución financiera que emita la Garantía de Pago correspondiente que dicha institución cuente con algún tipo de recurso contra el Estado y /o Entes Públicos en los supuestos que, en su caso, se convenga. Asimismo, se autoriza a cada uno de los Entes Públicos, por conducto de sus respectivos representantes, y al Estado, por conducto del Poder Ejecutivo y a través de la Secretaría de Hacienda, para contratar, bajo las mismas condiciones establecidas en este apartado para ls Garantías de Pago, el financiamiento derivado del posible ejercicio de días Garantías de Pago.

Los derechos de disposición del Estado y/o de los Entes Públicos al amparo de las Garantías de Pago referidas en el presente artículo

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podrán ser afectados al patrimonio de cualquier fideicomiso de administración, garantía y/o fuente de pago.

El Estado, por conducto del Poder Ejecutivo y a través de la Secretaría de Hacienda podrá afectar los ingresos y derechos suficientes mencionados en el artículo 17-VII para el pago de tales Garantías de Pago.

21) Anualmente, el Poder Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Hacienda, deberá prever en su iniciativa de Decreto del Presupuesto de Egresos de cada ejercicio fiscal, las partidas presupuestales necesarias para cubrir el pago de las obligaciones derivadas de los convenios, contratos, títulos de crédito, valores y demás documentos que se celebren o suscriban para instrumentar las operaciones de refinanciamiento y/o reestructuración objeto del Artículo 17, incluyendo, sin limitar, accesorios legales y contractuales, así como los Instrumentos Derivados y/o las Garantías de Pago, hasta su total liquidación. Las partidas presupuestales antes señaladas serán autorizadas anualmente por el Congreso del Estado.

22) Los contratos y actos jurídicos, en general, que sean celebrados deberán inscribirse en el Registro Público Único que lleva la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como en el Registro Estatal de Deuda Pública, en términos de lo dispuesto por la Ley de Deuda Pública del Estado.

23) Se autoriza a cada uno de los Entes Públicos, por conducto de sus respectivos representantes, y al Estado, por conducto del Poder Ejecutivo y a través de la Secretaría de Hacienda, para que realicen las erogaciones que resulten necesarias y convenientes para pagar cualesquier comisiones, costos, honorarios, gastos, penas y pagos que, por cualquier otro concepto, llegaran a causarse con motivo de las operaciones y actos autorizados.

24) La autorización fue otorgada previo análisis de la capacidad de pago de los Entes Públicos, respectivamente, y la del Estado de Sonora, del destino que se otorgará a los recursos que se obtengan con las operaciones de reestructuración y/o refinanciamiento que se contraten

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al amparo del artículo17, así como del otorgamiento de la garantía y/o fuente de pago que se constituirá en términos de lo que dispone la Ley de Coordinación Fiscal; y fue aprobado por al menos las dos terceras partes de los Diputados presentes, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo de la fracción VIII del artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo23 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y el artículo 6° Bis de la Ley de Deuda Pública del Estado.

Al respecto se informa, que derivado de la volubilidad de la situación financiera que se presentó en el País por la contingencia sanitaria COVID-19, se tomó la decisión de posponer el Proceso Competitivo para llevar a cabo el Refinanciamiento o Reestructura de la deuda de los Organismos Avalados, con la intención de poder obtener condiciones financieras más favorables.