POSICION DEL MUNICIPIO DE CULEBRA Y LA … · Oficina ejecute todos aquellos remedios que tiene a...

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GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DE GERENCIA Y PERMISOS HEATHER D'JANGALI, DUENO ING. FELIX CARABALLO ORTIZ PROPONENTE Sobre: Consulta de Construccion Num.2013-190812-CCO-21100 Reconsideracion Num. 2014-RVA-19224 POSICION DEL MUNICIPIO DE CULEBRA Y LA AUTORIDAD DE CONSERVACION Y DESARROLLO DE CULEBRA Y REQUERIMIENTO DE INFORMACION PUBLICA ANTE EL HONORABLE FORO ADMINISTRATIVO: COMPARECEN de manera conjunta el Municipio de Culebra y la Autoridad de Conservaci6n y Desarrollo de Culebra (ACDEC) por conducto de la representaci6n legal que suscribe, quienes muy respetuosamente, exponen, alegan y solicitan: 1. En este caso, la ACDEC endos6 la construccion de una residencia unifamiliar sobre colunmas con fecha del 10 de septiembre de 2013. Conforme a dicho endoso, esta Honorable Oficina autoriz6 la construccion de la referida vivienda mediante el permiso de construcci6n 2013- 190812-PCO-87107. 2. Posteriormente, mediante escrito con fecha del 25 de abril de 2014, radicado ante la ACDEC con fecha del 29 de abril de 2014, el proponente presento para endoso una enmienda al proyecto. La enmienda consistio en afiadir a la residencia unifamiliar, la construcci6n de dos areas de estudios y un apartamento con balcones abiertos hacia la vista, escalera externa en. el patio lateral derecho y un espacio de estacionamiento para un solo vehiculo en el lateral izquierdo de la propiedad. 3. Estando pendiente de adjudicaci6n por la ACDEC la autorizaci6n del proyecto enmendado, el proponente continuo con el desarrollo del proyecto de construccion de manera ilegal y/o sin la aprobaci6n de la ACDEC y de esta Honorable Oficina. De hecho, al dia de hoy, la ACDEC aun no ha tomado una determinacion final en cuanto a la enmienda solicitada. 4. A pesar de ello, con fecha del 6 de julio de 2014, archivada en autos copia de su notificaci6n el 18 de julio de 2014 esta Honorable Oficina emitio una Resolucion de Consulta de Construcci6n aprobando las enmiendas al proyecto y luego Ie lleg6 al proponente el correspondiente permiso de uso. 5. En atenci6n a los incidentes provocados por la Reconsideraci6n de marras, los comparecientes advinieron en conocimiento de que esta Honorable Oficina habia aprobado la consulta de

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GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DE GERENCIA Y PERMISOS

HEATHER D'JANGALI, DUENO ING. FELIX CARABALLO ORTIZ PROPONENTE

Sobre: Consulta de Construccion Num.2013-190812-CCO-21100 Reconsideracion Num. 2014-RVA-19224

POSICION DEL MUNICIPIO DE CULEBRA Y LA AUTORIDAD DE CONSERVACION Y DESARROLLO DE CULEBRA Y REQUERIMIENTO DE

INFORMACION PUBLICA

ANTE EL HONORABLE FORO ADMINISTRATIVO:

COMP ARECEN de manera conjunta el Municipio de Culebra y la Autoridad de

Conservaci6n y Desarrollo de Culebra (ACDEC) por conducto de la representaci6n legal que

suscribe, quienes muy respetuosamente, exponen, alegan y solicitan:

1. En este caso, la ACDEC endos6 la construccion de una residencia unifamiliar sobre colunmas

con fecha del 10 de septiembre de 2013. Conforme a dicho endoso, esta Honorable Oficina

autoriz6 la construccion de la referida vivienda mediante el permiso de construcci6n 2013-

190812-PCO-87107.

2. Posteriormente, mediante escrito con fecha del 25 de abril de 2014, radicado ante la ACDEC

con fecha del 29 de abril de 2014, el proponente presento para endoso una enmienda al

proyecto. La enmienda consistio en afiadir a la residencia unifamiliar, la construcci6n de dos

areas de estudios y un apartamento con balcones abiertos hacia la vista, escalera externa en. el

patio lateral derecho y un espacio de estacionamiento para un solo vehiculo en el lateral

izquierdo de la propiedad.

3. Estando pendiente de adjudicaci6n por la ACDEC la autorizaci6n del proyecto enmendado, el

proponente continuo con el desarrollo del proyecto de construccion de manera ilegal y/o sin la

aprobaci6n de la ACDEC y de esta Honorable Oficina. De hecho, al dia de hoy, la ACDEC

aun no ha tomado una determinacion final en cuanto a la enmienda solicitada.

4. A pesar de ello, con fecha del 6 de julio de 2014, archivada en autos copia de su notificaci6n

el 18 de julio de 2014 esta Honorable Oficina emitio una Resolucion de Consulta de

Construcci6n aprobando las enmiendas al proyecto y luego Ie lleg6 al proponente el

correspondiente permiso de uso.

5. En atenci6n a los incidentes provocados por la Reconsideraci6n de marras, los comparecientes

advinieron en conocimiento de que esta Honorable Oficina habia aprobado la consulta de

construcci6n de epigrafe, utilizando un supuesto endoso emitido por la ACDEC con fecha del

"30 de septiembre de 2013". Seglin surge del parrafo 9 de la pagina 2 de la Resoluci6n de

Consulta de Construcci6n emitida por esta Honorable Oficina.

6. No obstante, al revisar los expedientes digitales de esta Honorable Oficina, nos percatamos de

que el antes referido "endoso" no es de fecha del 30 de septiembre de 2013 y si de fecha del

30 de septiembre de 2014, fecha que al momento de emitida la Resoluci6n recurrida, atm no

habia transcurrido. Asimismo, nos percatamos de que el referido "endoso" es radicalmente

nulo por ser uno falso y/o no emitido por la ACDEC y/o no firmado por el Hon. Alcalde de

Culebra y presidente de la ACDEC. Vease las declaraciones jnradas que se acompaiian.

De ellas se desprende que el Honorable Alcalde nunca firm6 el supuesto endoso y que

dicho documento no fue expedido por la ACDEC.

7. Al momento en que esta Honorable Oficina emiti6 la Resoluci6n sobre Consulta de

Construcci6n recurrida, 10 hizo sin el beneficio de contar con el endoso de ACDEC y sin

percatarse de que el supuesto "endoso" de la ACDEC era post-datado del 30 de septiembre de

2014 y no de130 de septiembre de 2013. 0 sea, de todas maneras resulta nula la Resoluci6n y

el supuesto endoso de la ACDEC.

8. "Ninguna agencia aprobara obra 0 proyecto privado alguno en relacion con la Isla de

Culebra que conflija con los planes y politicas formuladas y adoptadas por la Autoridad, segUn

dispuesto en la sec. 890c (b) de este titulo ". A esos efectos, el promovente debera obtener un

endoso favorable de la Autoridad. Articulo 6 de la "Ley de Conservacion y Desarrollo de

Culebra", 21 L.P.R.A. § 890e.

9. En este caso, la proponente admiti6 mediante moci6n suscrita por su abogado que el "endoso

del 30 de septiembre de 2014" es nulo y solicita que sea dejado sin efecto el permiso de

construcci6n y de usc emitido en cuanto al proyecto enmendado, hasta que la ACDEC emita

su posici6n. Petici6n a la cual nos allanamos.

10. No obstante, la proponente y su ingeniero autorizado a realizar las gestiones de marras, deben

explicar y asumir la responsabilidad sobre el progreso de construcci6n de una obra que no tenia

el endoso de esta Honorable Oficina y la ACDEC. Al presente la obra se encuentra terminada

y fue terminada antes del 18 de julio de 2014, fecha en que es notificada la Resoluci6n

recurrida.

2

II. Asimismo, en vista de que estos reconocen que el endoso de la ACDEC es nulo, deben

responder por sus actos al continuar con una obra de construcci6n a sabiendas de que no tenian

el endoso de la autoridad competente. Esto, asumiendo que no tenian conocimiento sobre el

endoso que ahora catalogan como "a todas luces invalido y nulo". Si ahora admiten que el

"endoso" es nulo y que no tenian conocimiento sobre el mismo, como justifican el que hubieren

continuado construyendo. 0 sea, construyeron a sabiendas de que no tenian autorizaci6n para

ello.

12. Ademas, deben explicarle a esta Honorable Oficina el proceder del endoso "a todas luces

invalido y nulo", pues no se pudo haber radicado solo. En este caso, la persona autorizada a

someter documentos en favor de los duefios de la propiedad es el lng. Felix Caraballo Ortiz.

Esta persona debe tener explicaci6n a todas las interrogantes pues este es el proponente del

proyecto y la persona que tenia a su haber, radicar todos los documentos necesarios para poner

en condiciones a esta Honorable Oficina de poder considerar y finalmente aprobar el proyecto

enmendado.

13. Esta Honorable Oficina se encuentra ante una situaci6n sumamente seria y tiene el deber

ministerial de atenderla hasta su completo y debido esclarecimiento. El hecho indiscutible de

que se encuentre en los autos de la agencia, un documento falso es un acto altamente

reprochable que atenta contra la integridad de los procesos Municipales y administrativos de

las agencias concemidas. Ante la posible comisi6n de multiples delitos de caracter grave, esta

Honorable Oficina no puede simplemente mirar para ellado y llevar el caso hasta su etapa de

radicaci6n original como pretende la proponente.

14. Cuando menos, esta Honorable Oficina debe poder identificar la fecha, hora y la parte que

radica un documento en su base de datos, pues de 10 contrario, la radicaci6n de documentos

ante esta Honorable Oficina careceria de toda validez 0 confiabilidad. Asi las cosas, las partes

comparecientes tienen derecho a solicitar y esta agencia tiene el deber ministerial (exigible

mediante mandamus) de identificar y producir toda la informaci6n y/o documentaci6n en su

poder, relevante a la radicaci6n del documento falso.

15. Petici6n de acceso a informaci6n publica que es aqui formalizada y practicada a tenor con las

garantias a tales efectos concedidas por la Constituci6n del Estado Libre Asociado de Puerto

Rico, la Ley Nfun. 5-1955, segUn enmendada, conocida como "Ley de Administracion de

Documentos Publicos de Puerto Rico ", 3 L.P.R.A., sec. IDOl et seq., y el Articulo 409 del

3

Codigo de Enjuiciamiento Civil, el cual dispone que: "[tjodo ciudadano tiene derecho a

inspeccionar y sacar copia de cualquier documento publico de Puerto Rico, salvo 10

expresamente dispuesto en contrario por la ley". Vease, 32 L.P.R.A., sec. 1781. Vease

ademas, Trans. Ad. de P.R. v. Junta de Subasta, 174 D.P.R. 56 (2008); Colon Cabreara v.

Caribean Petroleum, 170 D.P.R. 582 (2007); Nieves v. Juntib 160 D.P.R. 97 (2003).

16. Por otra parte, el documento e informacion solicitada, forma parte del expediente oficial del

caso, segun dispone el Articulo 3.18 de la LPAU, 3 L.P.R.A., sec. 2168. Por 10 que no cabe

duda de que esta Agencia tiene el deber ministerial de poder producir la informacion solicitada

y/o realizar todas las gestiones que se encuentren a su alcance para garantizar la integridad de

los procesos.

POR TODO LO CUAL, se solicita muy respetuosamente de esta Honorable Oficina que:

a. Tenga como un hecho cierto e incontrovertible, que el documento de supuesto "endoso"

de la ACDEC del 30 de septiembre de 2014 es nulo. Ello por no existir controversia entre

las partes y en virtud de las declaraciones juradas que se acompafian.

b. Deje sin efecto el permiso de construccion y de usa, asi como la Resolucion recurrida, hasta

tanto el caso sea resuelto por la ACDEC.

c. Conforme a los hechos y admisiones de la parte proponente, no cabe duda de que dicha

parte continuo construyendo y termino la obra antes del 18 de julio de 2014, fecha en que

fue notificada la Resolucion recurrida. Asi pues, la proponente construyo de manera ilegal,

sin el endoso de esta Honorable Oficina ni de la ACDEC, por 10 que procede que se

impongan las correspondientes multas y penalidades aplicables y que esta Honorable

Oficina ejecute todos aquellos remedios que tiene a su alcance para hacer valer su

jurisdiccion y el cumplimiento especifico con las disposiciones de su Ley habilitadora y

Reglamentos.

d. Cite al proponente, lng. Felix Caraballo Ortiz a la vista sefialada para el proximo 20 de

octubre de 2014 para que comparezca de manera compulsoria a testificar sobre todo asunto

relacionado al supuesto "endoso" del 30 de septiembre de 2014.

e. Se solicita por este medio de manera formal y expresa, que Honorable Oficina produzca

toda la informacion relativa a la radicacion del supuesto endoso del 30 de septiembre de

2014. Lo anterior, sin limitarse a, la fecha de radicacion, hora, parte presentante forma de

4

la radicaci6n, nfunero de IP de la computadora que produjo el documento y a nombre de

quien se encuentra registrado dicho IP, etc. Toda informaci6n relativa a la forma y manera

en que el documento faIso gan6 acceso aI legajo administrativo. En caso de que esta

Honorable Oficina no pueda producir la informaci6n solicitada, favor de proveer una

certificaci6n oficial a los efectos de que el requerimiento de informaci6n publica es

imposible de cumplir y las razones para ello.

En San Juan, Puerto Rico, a 8 de octubre de 2014.

CERTIFICO: Haber enviado copia fiel y exacta del presente escrito aI Lcdo. Luis E.

Migenis Lopez, [email protected] y al Lcdo. Carlos E. Geigel, [email protected].

BUFETE FRANK TORRES VIADA, C.S.P. P.O. Box 192084

San Juan, P.R. 00919-2084 Tel: 787.754.1102 Fax: 787.754.1109

[email protected]

ezToro 17833

[email protected]

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GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DE GERENCIA Y PERMISOS

HEATHER D'JANGALI, DUENO ING. FELIX CARABALLO ORTIZ PROPONENTE

Sobre: Consulta de Construcci6n Num.2013-190812-CCO-21100 Reconsideraci6n Num. 2014-RVA-19224

DECLARACION JURADA

Yo, William I. Solis BermUdez, mayor de edad, casado, ejecutivo y vecino de Culebra, Puerto Rico, bajo juramento declaro como sigue:

1. Que mi nombre y demas circunstancias personales son las anteriormente expuestas.

2. Que actualmente ostento el cargo de Alcalde del Municipio de Culebra, Puerto Rico y Presidente de la Autoridad de Conservaci6n y Desarrollo de Culebra (en adelante ACDEC).

3. En relaci6n a los casos de epigrafe, la Autoridad de Conservaci6n y Desarrollo de Culebra emiti6 un endoso con fecha del lOde septiembre de 2013 para la construcci6n de una Residencia ubicada en la Calle #1, Lote C-7 de La Romana, Bo. Flamenco en Culebra. Se acompaiia como Anejo, copia del endoso emitido por la ACDEC.

4. Posterior a la emisi6n de dicho endoso, el29 de abril de 2014, fue recibido en las oficinas de la Junta de Directores de la ACDEC una solicitud de enmienda al referido proyecto. Al dia de hoy, la ACDEC no ha dispuesto sobre dicha solicitud de endoso enmendado.

5. Sin embargo, hemos obtenido en un CD, copia de todos los documentos radicados ante la OGPe y de alIi surge un supuesto documento de endoso, alegadamente emitido por la ACDEC con fecha del 30 de septiembre de 2014. Se acompaiia copia del supuesto documento de "endoso".

6. Dicho documento de "endoso" nunca fue firmado por el aqui suscribiente, por 10 que el mismo, no tiene validez alguna.

7. Dicho documento de "endoso" es evidentemente una copia alterada del endoso dado por la ACDEC el 10 de septiembre de 2013. Lo anterior, surge de su faz inequivocamente.

Y para que asi conste, juro y suscribo la presente, en Culebra, Puerto Rico, hoy 30 de septiembre de 2014.

l:O-William I. Solis Bermudez

Affidavit Num. /&] Jurado y suscrito ante mi por William I. Solis Bermudez, de las circunstancias personales antes mencionadas, y a quien conozco personalmente.

En Culebra, de septiembre de 2014.

9397 0911012014

$5.00 $5 5ello Asistencia Legal

5314 7 14-091 0-49579883

CONSERVACIOI>I Y

AUTORIDAD DE CONSERVACION Y DESARROLLO DE CULEBRA

DE CULEERA 197E

Heather Lynn D' Jangaly Felix Caraballo Ortiz Calle 17 B-54 Urb. Villas de Humacao Humacao, Puerto Rico 00754 PETICIONARIO

10 DE SEPTIEMBRE DE 2013

Re: Solicitud de Endoso Permiso de Construcci6n para Residencia en Calle #1, Lote C-7 La Romana, Bo. Flamenco ACDEC: 13-07-009

ENDOSO

La peticionaria solicita de la Autoridad de Conservaci6n y Desarrollo de Culebra (ACDEC) endoso para la actividad descrita en epigrafe.

En Reuni6n Ordinaria del 9 de septiembre de 2013, la Junta de Directores resolvi6 endosar 10 solicitado bajo las siguientes condiciones:

1- La peticionaria sera responsable de conseguir la aprebaci6n de

j2 cualquier agencia federal, estatal 0 municipal con jurisdicci6n en este asunto.

peticionaria cumplira fiel y cabalmente con todas las disposiciones ,Iamentarias de la Junta de Calidad Ambiental, el Cuerpo de

, ' /, ieres, la Junta de Planificaci6n, la Oficina de Gerencia y Permisos /6;" antes ARPE, el Departamento de Recursos Naturales y

> -if {G: i ,ntales, el Plan de Usos de Terrenos de Culebra vigente y el cip tIde Zonificaci6n. '\

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''''''', ...... '--.: c/C,A .:1 ... 1 \ . BRE ASOCIADC DE PUERTO RICO' AUTORIDAD DE CONSERVACION Y DESARROLLO DE CULEBRA

ARTADO DE CORREOS NUM. 217 • CULEBRA. P.R. 00775 • TELEFONOS: 742-3880 • FAX 742-0020

Heather Lynn D' Jangali ACDEC: 13-07-009

Pagina 2

3- Esta comunicacion no la autoriza a mover material de la corteza terrestre ni a realizar ningun trabajo en el area hasta tanto se cumpla con todos los reglamentos y reg las aplicables a la aceion propuesta. Para cualquier movimiento de terreno en dicho predio debe referirse al Reglamento para la Extraccion de Materiales de la Corteza Terrestre, para el cumplimiento del mismo.

4- Este endoso no sera valido sin la obtencion de los permisos requeridos otras agencias gubernamentales.

5- La peticionaria sera completamente responsable de cualquier dano que pueda sufrir alguna(s) persona(s) motivo de la(s) obra(s) aqui endosada(s). Este endoso es intransferible. Se concede unica y exclusivamente para realizar la actividad arriba descrita. Cualquier otra actividad aqui no incluida tendra que solicitarse por separado.

6- Este endoso tendra vigencia un (1) ana a partir de la firma del Presidente de la Junta de Directores de la Autoridad de Conservacion y Desarrollo de Culebra (ACDEC), para iniciar los tramites con las agencias pertinentes.

7- EI incumplimiento de cualesquiera de estas condiciones podra dar lugar a la revocacion del endoso aqui aprobado.

Esta comunicacion puede ser presentada requerimiento de cualquier otra agencia gubernamental.

En Culebra, Puerto Rico, hoy 10 de septiembre de 2013.

Hon. William I. Solis Bermudez Presidente

Junta de Directores

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Heather Lynn 0' Jangaly Felix Caraballo Ortiz Calle 17 B-54 Urb. Villas de Humacao Humacao, Puerto Rico 00754 PETICIONARIO

30 de septiembre de 2014

Re: Solicitud de Endoso Permiso de Construcci6n para Residencia en Calle #1, Lote C-7 La Romana, Bo. Flamenco Caso: 2013-190812-CCO 21100 ACDEC: 13-07-009

ENOOSO

La peticionaria solicita de la Autoridad de Conservaci6n y Desarrollo de Culebra (ACDEC) endoso para la actividad descrita en epigrafe.

En Reunion Ordinaria del 9 de septiembre de 2013, la Junta de Directores resolvio endosar 10 solicitado bajo las siguientes condiciones:

1- La peticionaria sera responsable de conseguir la aprobaci6n de cualquier

fo agencia federal, estatal 0 municipal con jurisdicci6n en esle as unto.

2- La peticionaria cumplira fiel y cabalmente con lodas las disposiciones , ' reglamentarias de la Junta de Calidad Ambiental, el Cuerpo de Ingenieros, la

de Planificacion, la Oficina de Gerencia y Permisos (OPGE) antes el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, el Plan de Terrenos de Culebra vigente y el Mapa de Zonificacion.

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3- Esta comunicaci6n no la autoriza a mover material de la corteza terrestre ni a realizar ningun trabajo en el area hasta tanto se cum pia con todos los reglamentos y reg las aplicables a la acci6n propuesta. Para cualquier movimiento de terreno en dicho predio debe referirse al Reglamento para la Extracci6n de Materiales de la Corteza Terrestre, para el cumplimiento del mismo.

4- Este endoso no sera valido sin la obtenci6n de los permisos requeridos otras agencias gubemamentales.

5- La peticionaria sera completamente responsable de cualquier dana que pueda . sufrir alguna(s) persona(s) por motivo de la(s) obra(s) aqui endosada(s). Este endoso es intransferible. Se concede unica y exclusivamente para realizar la actividad arriba descrita. Cualquier otra actividad aqu[ no incluida tendra que solicitarse por separado.

6- Este endoso tendra vigen cia por un (1) ana a partir de la firma del Presidente de la Junta de Directores de la Autoridad de Conservacion y Desarrollo de Culebra (ACDEC), para iniciar los tramites con las agencias pertinentes.

7- EI incumplimiento de cualquiera de estas condiciones podra dar lugar a la revocaci6n del endoso aqui aprobado.

Esta comunicaci6n puede ser presentada por requerimiento de cualquier otra agencia gubernamentaL

En Culebra, Puerto Rico, hoy 30 de septiembre de 2014.

Hon. William I. Solis Bermudez Presidente

Junta de Directores

GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DE GEREN CIA Y PERMISOS

HEATHER D'JANGALI, DUENO ING. FELIX CARABALLO ORTIZ PROPONENTE

Sobre: ConsuIta de Construccion Ntim.2013-190812-CCO-21100 Reconsideracion Ntim. 2014-RVA-19224

DECLARACION JURADA

Yo, Carlota Santos Grana, mayor de edad, casada, secretaria y vecina de Culebra, Puerto Rico, bajo juramento dec1aro como sigue:

1. Que mi nombre y demiis circunstancias personales son las anteriormente expuestas.

2. Que actualmente ostento el cargo de Secretaria de la Junta de Directores de la Autoridad de Conservaci6n y Desarrollo de Culebra (en adelante ACDEC).

3. En relaci6n a los casos de epfgrafe, la Autoridad de Conservaci6n y Desarrollo de Culebra emiti6 un endoso con fecha del lOde septiembre de 2013 para la construcci6n de una Residencia ubicada en la Calle #1, Lote C-7 de La Romana, Bo. Flamenco en Culebra. Se acompaiia como Anejo, copia del endoso emitido por la ACDEC.

4. Posterior a la emisi6n de dicho endoso, el 29 de abril de 2014, fue recibido en las oficinas de la Junta de Directores de la ACDEC una solicitud de enmienda al referido proyecto. Al dfa de hoy, la ACDEC no ha dispuesto sobre dicha solicitud de endoso enmendado.

5. Sin embargo, hemos obtenido en un CD, copia de todos los documentos radicados ante la OGPe y de alH surge un supuesto documento de endoso, alegadamente emitido por la ACDEC con fecha del 30 de septiembre de 2014. Se acompaiia copia del supuesto documento de "endoso".

6. Dicho documento de "endoso" nunca fue emitido por la ACDEC, por 10 que no existe en los expedientes a mi cargo.

Y para que asf conste, juro y suscribo la presente, en Culebra, Puerto Rico, hoy 30 de septiembre de 2014.

Affidavit Ntim. {(ow

Jurado y suscrito ante mf por Carlota Santos Grana, de las circunstancias personales antes mencionadas, y a quien conozco personalmente.

En Culebra, Puerto Rico, hoy 30 2014.

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AUTORIDAD DE CONSERVACION Y DESARROLLO DE CULEBRA

Heather Lynn D'Jangaly Felix Caraballo Ortiz Calle 17 B-54 Urb. Villas de Humacao Humacao, Puerto Rico 00754 PETICIONARIO

10 DE SEPTIEMBRE DE 2013

Re: Solicitud de Endoso Permiso de Construcci6n para Residencia en Calle #1, Lote C-7 La Romana, Bo. Flamenco ACDEC: 13-07-009

ENDOSO

La peticionaria solicita de la Autoridad de Conservacion y Desarrollo de Culebra (ACDEC) endoso para la actividad descrita en epigrafe.

En Reunion Ordinaria del 9 de septiembre de 2013, la Junta de Directores resolvio endosar 10 solicitado bajo las siguientes condiciones:

1- La peticionaria sera responsable de conseguir la aprobacion de cualquier agencia federal, estatal 0 municipal con jurisdiccion en este asunto .

. La peticionaria cumplira fiel y cabalmente con todas las disposiciones . de la Junta de Calidad Ambiental, el Cuerpo de

la Junta de Planificacion, la Oficina de Gerencia y Permisos :/ /:;";;1 ' E) antes ARPE, el Departamento de Recursos Naturales y

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Heather Lynn D' JangaJi ACDEC: 13-07-009

Pagina 2

3- Esta comunicaci6n no la autoriza a mover material de la corteza terrestre ni a realizar ningun trabajo en el area hasta tanto se cumpla con todos los reglamentos y reg las aplicables a la acci6n propuesta. Para cualquier movimiento de terreno en dicho predio debe referirse al Reglamento para la Extracci6n de Materiales de la Corteza Terrestre, para el cumplimiento del mismo.

4- Este endoso no sera valido sin la obtenci6n de los permisos requeridos por otras agencias gubernamentales.

5- La peticionaria sera completamente responsable de cualquier dane que pueda sufrir alguna(s) persona(s) por motivo de la(s) obra(s) aqui endosada(s). Este endoso es intransferible. Se concede (mica y exclusivamente para realizar la actividad arriba descrita. Cualquier otra actividad aqui no incluida tendra que solicitarse por separado.

6- Este endoso tendra vigencia por un (1) ano a partir de la firma del Presidente de la Junta de Directores de la Autoridad de Conservaci6n y Desarrollo de Culebra (ACDEC), para iniciar los tramites con las agencias pertinentes.

7- EI incumplimiento de cualesquiera de estas condiciones podra dar lugar a la revocaci6n del endoso aqui aprobado.

Esta comunicaci6n puede ser presentada requerimiento de cualquier otra agencia gubernamental.

En Culebra, Puerto Rico, hoy 10 de septiembre de 2013.

Hon. William I. Solis Bermudez Presidente

Junta de Directores

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Heather Lynn 0' Jangaly Felix Caraballo Ortiz Calle 17 8-54 Urb. Villas de Humacao Humacao, Puerto Rico 00754 PETICIONARIO

30 de septiembre de 2014

Re: Solicitud de Endoso Permiso de Construccion para Residencia en Calle #1, Lote C-7 La Romana, Bo. Flamenco Caso: 2013-190812-CCO 21100 ACOEC: 13-07-009

ENOOSO

La peticionaria solicita de la Autoridad de Conservaci6n y Desarrollo de Culebra (ACDEC) endoso para la actividad descrita en epigrafe.

En Reunion Ordinaria del 9 de septiembre de 2013, la Junta de Directores resolvi6 endosar 10 solicitado bajo las siguientes condiciones:

1- La peticionaria sera responsable de conseguir la aprobaci6n de cualquier agenda federal, estatal 0 municipal con jurisdicci6n en este asunto.

2- La peticionaria cumplira fiel y cabalmente can todas las disposiciones reglamentarias de la Junta de Calidad Ambiental, el Cuerpo de Ingenieros, la

._' Junta de Planificaci6n, la Oficina de Gerencia y Permisos (OPGE) antes el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, el Plan de

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3- Esta comunicaci6n no la autoriza a mover material de la corteza terrestre ni a realizar ningun trabajo en el area hasta tanto se cumpla con todos los reglamentos y reglas aplicables a la acci6n propuesta. Para cualquier movimiento de terreno en dicho predio debe referirse al Reglamento para la Extracci6n de Materiales de la Corteza Terrestre, para el cumplimiento del mismo.

4- Este endoso no sera valido sin la obtenci6n de los permisos requeridos otras agencias gubemamentales.

5- La peticionaria sera completamente responsable de cualquier dano que pueda sufrir alguna(s} persona(s} por motivo de la(s) obra(s) aqui endosada(s). Este endoso es intransferible. Se concede (mica y exclusivamente para realizar la actividad arriba descrita. Cualquier otra actividad aqui no incluida tendra que solicitarse por separado.

6- Este endoso tendril vigencia por un (1) ano a partir de la firma del Presidente de la Junta de Directores de la Autoridad de Conservaci6n y Desarrollo de Culebra (ACDEC), para iniciar los tramites con las agencias pertinentes.

7- EI incumplimiento de cualquiera de estas condiciones podra dar lugar a la revocaci6n del endoso aqui aprobado.

Esta comunicaci6n puede ser presentada requerimiento de cualquier otra agencia gubemamental.

En Culebra, Puerto Rico, hoy 30 de septiembre de 2014.

Hon. William I. Solis Bermudez Presidente

Junta de Directores